1 o sep 2015 - cusco region · sobrecímientos, asentado de muro con ladrillo cara vista del cerco...

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GOBIERNO REGIONAL cusca .¿ Gobierno Regional · CUSC'1 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 1 8 7 4 -2015-GR CUSCO/GR Cusca, 1 O SEP 2015 ca.!!:l!!!!!2~!jtmtos EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. VISTO: La Carta 12-2015-AMC 399-CONSORCIO ANTARES/RL del Contratista Consorcio Antares, Informe 014-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI/COXC/GMDG de la Inspectora de Obra, Informe 021-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/OGF/MSR del Analista Técnico y Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia Proyectos de Inversión, Informe 497- 2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y Memorándum 713-2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de mayo del 2015, a mérito del proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía 399-2014 -GR CUSCO/GGR derivada de la Licitación Pública 13-2015- $ GR cusca, se suscribió el Contrato 011 -2015-GR CUSCO/GGR, para la Ejecución de la .{, Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I. Creadas en los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco I.E.I. 53370 Ccoyani'~ con el Contratista CONSORCIO ANTARES integrado por la Empresa Angulo & Salazar S.A. C. Contratistas Generales y la Empresa Anti Construcciones y Negocios E.l.R.L., y la Empresa DC' Antares Arquitectos Consultores en General E.l.R.L., con el plazo de Ejecución de Obra de 150 días calendario por el sistema de Suma Al zada; Que, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 41º del Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, tratándose de obras, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y que modifiquen el cronograma contractual. y el Artículo 200° del Reglamento la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo 184-2008- EF, establece que el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de etecución de obra vigente, por las siguientes causales: 1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista; 2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad; 3. Caso Fortuito o Fuerza mayor debidamente comprobado; 4. Cuando se aprueba la prestación adicional de Obra. En este caso, el Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubi ere otorgado. Asi mi smo, el Artículo 201 ° prevé el procedimiento de ampliación de plazo, preci sando que para que proceda, desde el inicio y durante la ocurrencia de la ca usal, el contratista, por intermedio de su residente, deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio ameriten ampliación de plazo. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hec ho invocado, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la Obra. En caso que el hecho invocado pudiera superar el pl azo vigente de ejecución contractual, la solicitud se efectuará antes del vencimiento del mismo. El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remitirá a la Entidad en un plazo no mayor de siete (7) as, contados desde el día si guiente de presentada la soli citud. La Entidad resolverá sobr e dicha ampliación y notifi cará su decisión al Con tr atista en un plazo máximo de catorce (14) días, contados desde el día sig ui ent e de recepción del indicado i nforme. De no emi tir se pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se considera ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la E ntidad. Toda soli citud de ampl iación de plazo debe efect uarse dentro del plazo vigente de ejecución de obra, fuera del cual no se admitir á las solicit udes de ampliaciones de plazo; Que, mediante Carta 12-2015-AMC Nº 399-CONSORCIO ANTARE S/RL de fecha 20 de agosto del 2015, el Consorcio Antar es ad junt a el expedient e de Ampliación de Plazo 01 1

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Page 1: 1 O SEP 2015 - Cusco Region · sobrecímientos, asentado de muro con ladrillo cara vista del Cerco Perimétrico, por lo que dicha paralización de frentes de trabajo ha modificado

GOBIERNO REGIONAL cusca .¿ ~~, Gobierno Regional · ~~,!~ CUSC'1

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 1• Nº 8 7 4 -2015-GR CUSCO/GR

Cusca, 1 O SEP 2015

ca.!!:l!!!!!2~!jtmtos

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

VISTO: La Carta Nº 12-2015-AMC Nº 399-CONSORCIO ANTARES/RL del Contratista Consorcio Antares, Informe Nº 014-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI/COXC/GMDG de la Inspectora de Obra, Informe Nº 021-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/OGF/MSR del Analista Técnico y Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia Proyectos de Inversión, Informe Nº 497-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y Memorándum Nº 713-2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 15 de mayo del 2015, a mérito del proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 399-2014-GR CUSCO/GGR derivada de la Licitación Pública Nº 13-2015-

$ GR cusca, se suscribió el Contrato Nº 011 -2015-GR CUSCO/GGR, para la Ejecución de la .{, Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel

Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I. Creadas en los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco I.E.I. Nº 53370 Ccoyani'~ con el Contratista CONSORCIO ANTARES integrado por la Empresa Angulo & Salazar S.A. C. Contratistas Generales y la Empresa Anti Construcciones y Negocios E.l.R.L., y la Empresa DC' Antares Arquitectos Consultores en General E.l.R.L. , con el plazo de Ejecución de Obra de 150 días calendario por el sistema de Suma Alzada;

Que, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 41º del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, tratándose de obras, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por atrasos y/o paralizaciones ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y que modifiquen el cronograma contractual. y el Artículo 200° del Reglamento la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de etecución de obra vigente, por las siguientes causales: 1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista; 2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad; 3. Caso Fortuito o Fuerza mayor debidamente comprobado; 4. Cuando se aprueba la prestación adicional de Obra. En este caso, el Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiere otorgado. Asimismo, el Artículo 201 ° prevé el procedimiento de ampliación de plazo, precisando que para que proceda, desde el inicio y durante la ocurrencia de la causal, el contratista, por intermedio de su residente, deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio ameriten ampliación de plazo. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho invocado, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la Obra. En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de ejecución contractual, la solicitud se efectuará antes del vencimiento del mismo. El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remitirá a la Entidad en un plazo no mayor de siete (7) días, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La Entidad resolverá sobre dicha ampliación y notificará su decisión al Contratista en un plazo máximo de catorce (14) días, contados desde el día siguiente de recepción del indicado informe. De no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se considera ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad. Toda solicitud de ampliación de plazo debe efectuarse dentro del plazo vigente de ejecución de obra, fuera del cual no se admitirá las solicitudes de ampliaciones de plazo;

Que, mediante Carta Nº 12-2015-AMC Nº 399-CONSORCIO ANTARES/RL de fecha 20 de agosto del 2015, el Consorcio Antares adjunta el expediente de Ampliación de Plazo Nº 01

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Page 2: 1 O SEP 2015 - Cusco Region · sobrecímientos, asentado de muro con ladrillo cara vista del Cerco Perimétrico, por lo que dicha paralización de frentes de trabajo ha modificado

GOBIERNO REGIONAL cusca -f

~~ Gobierno Regional . ~:rn:,J CUSC'1

Gaminemot ¡untos

por 19 días calendario, sustentado en los documentos que adjunta a dicha carta, la causal sobre Atrasos y/o Paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista, por atraso en la ejecución de las partidas que se encuentran en ruta crítica como consecuencia de la demora del pago del Adelanto de Materiales, fundamentando lo peticionado en las anotaciones del cuaderno de obra Nº 31, 33, 34, 35, 40, 43, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 53 y 55;

Que, mediante Informe Nº 014-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI/COXC/GMDG de fecha 27 de agosto del 2015, la Inspectora de Obra Arq. Gloría M. Dalguerre Gudiel, concluye que es Procedente la solicitud de Ampliación de Plazo Nº 01 por 19 días calendario para la obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas en los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Uvítaca, Chamaca, Velílle, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbívílcas - Cusca I.E.I. Nº 53370 Ccoyaní'~ indicando que la causal es justificada, en vista de que la falta de pago por concepto del Adelanto por Materiales ha afectado el normal abastecimiento de los materiales ( cemento, fierro, agregados, piedra, madera y ladrillos), ocasionando la paralización en la ejecución de las partidas: Concreto de sobrecimíentos, concreto de columnetas, concreto de cimentaciones para cerco perimétrico, asentado de ladrillo para muros, encofrados de vigas y loza inclinada en los bloques Administrativo y de Aulas, de igual forma afectó las partidas estructurales como armado de acero para columnetas para su posterior ízamíento, encofrado y concreto de sobrecímientos, asentado de muro con ladrillo cara vista del Cerco Perimétrico, por lo que dicha paralización de frentes de trabajo ha modificado la Ruta Crítica del Programa de Ejecución de Obra; y que la solicitud de ampliación de plazo se ha efectuado dentro del plazo vigente de ejecución considerando que se inició el plazo de ejecución de obra el 03 de julio del 2015 con una duración de 150 días calendario, concluyendo el 29 de noviembre del 2015;

Que, mediante Informe Nº 021-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/OGF/MSR de fecha 31 de agosto del 2015, el Analista Técnico y la Analista Legal de la Coordinación de Obras por Contrata, concluyen por la PROCEDENCIA de la solicitud de Ampliación de Plazo Nº 01 por 09 días calendario a favor del Contratista Consorcio Antares, toda vez que habiéndose verificado los plazos que prevé la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento éste se halla presentado dentro del plazo cumpliendo los alcances del Artículo 201 ° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Contrato de Obra Nº 011-2015-GR CUSCO/GGR, donde se establece que la Entidad tenía 10 días calendarios para cancelar el pago del Adelanto de Materiales, plazo que venció el 25 de julio del 2015, por consiguiente habría retraso de 18 días calendario, considerando el análisis siguiente: i) En fecha 03 de julio del 2015 el Contratista presentó la solicitud de Adelanto de Materiales. íi) El contratista tenía 10 días calendarios para que sea aprobado por el Inspector. íii) La Entidad tenía 10 días calendarios para realizar dicho pago hasta el 25-07-2015. ííí) en fecha 12 de agosto del 2015 la Entidad desembolsó el pago de Adelanto de Materiales al Contratista según el SIAF. Sin embargo para otorgar la solicitud de Ampliación de Plazo se debe tener en cuenta los días que realmente han afectado la ruta crítica, hecho que se corrobora de la verificación y análisis del Cuaderno de Obra, cuyas partidas afectadas: fueron : cimientos, sobre cimientos, muros, acero en vigas las mismas que datan del 04 de Agosto hasta el 12 de agosto del 2015, computándose 09 días de afectación a la ruta crítica, considerando que la programación PERT-CPM ha sido afectada, se cumple con todas las formalidades establecidas que prevén los Artículos 200° y 201º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, por lo que se ratifica en parte la conclusión de la Inspectora de Obra sobre Procedencia de la Ampliación de Plazo Nº 01 por la causal "atrasos y/o paralizaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad'~ motivo por el cual resulta procedente otorgar la Ampliación de Plazo Nº 01 por 09 días calendario, a consecuencia del cual, la conclusión del plazo de ejecución de obra se difiere al 08 de diciembre del 2015;

Que, la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión mediante Informe Nº 497-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de 02 de setiembre de 2015, valida los contenidos del Informe Nº 014-2015-GR CUSCO/GGR­ORSLTPI/COXC/GMDG de la Inspectora de Obra en cuanto a la procedencia de la Ampliación de Plazo Nº 01 más no en cuanto al número de días calendario, y del Informe Nº 021-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/OGF/MSR del Analista Técnico y Analista Legal de las Coordinación de Obras por Contrata, del que se desprende la Procedencia de la Ampliación de Plazo N º 01 por 09 días calendario para la ejecución de la obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I .E.I. Creadas en los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca,

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GOBIERNO REGIONAL cusca A~,. GobiernoRegional

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Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca I.E.I. Nº 53370 Ccoyani'~ por el atraso en la ejecución de las partidas que se encuentran en la ruta crítica a consecuencia de la demora en el pago del Adelanto de Materiales establecida en el Contrato de Obra Nº 011-2015-GR CUSCO/GGR;

Estando a los documento del Visto y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusca;

o\l.EGro,v..¡ En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, "Ley de Bases W 1""~·¿' <~ de la Descentralización'~ el inciso d) del artículo 21º y el inciso a) del artículo 41º de la Ley Nº

<l:I / g 7867, "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" y su modificatoria Ley Nº 27902 y el Artículo Único de la Ley Nº 30305, "Ley de Reforma de los artículos 191 °, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes'~

RESUELVE: 11. ""º c:s: f::~ ~ r

,-;, ,- ~~ 'o ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la Ampliación de Plazo Nº 01 por -.. %11 ~ 09 días calendario para la ejecución de la obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación " "":/) JJ de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I. Creadas en

_, e/;.,.~ los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y ~ "' .. ;."'·~' '"' Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca I.E.I. Nº 53370 Ccoyani'~ a cargo

del Contratista CONSORCIO ANTARES, por los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente Resolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que el nuevo plazo contractual de ejecución de la obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Servicios Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas en los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velil/e, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca I.E.l. Nº 53370 Ccoyani'~ es de 159 días calendario, con fecha de culminación de obra al 08 de diciembre del 2015.

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución Ejecutiva Regional al Contratista CONSORCIO ANTARES, Inspectora de Obra, y a los Órganos Técnico Administrativos correspondientes de la Sede del Gobierno Regional Cusca para su conocimiento y fines de Ley.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

ING. EDWIN LICONA LICONA GOBERNADOR REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL cusca

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