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Date Printed: 04/21/2009 JTS Box Number: Tab Number: Document Title: Document Date: Document Country: Document Language: lFES 10: lFES 66 53 Acordeon Electoral 1994 Mexico Spanish CE01050

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Date Printed: 04/21/2009

JTS Box Number:

Tab Number:

Document Title:

Document Date:

Document Country:

Document Language:

lFES 10:

lFES 66

53

Acordeon Electoral

1994

Mexico

Spanish

CE01050

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PROCESO ELECTORAL FEDERAL 1994

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INSTITUTO FEDERAL !ELECTORAL DR. JORGE CARPIZO

Presidente del Consejo General

Uc. ARTIJRO NUNEZ JIMENEZ

Director General

UC. AGUSTIN RICOY SALDANA

Secretario General

DR. CARLOS F. ALMADA LOPEZ

Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores

DR. JUAN MOUNAR HORCASITAS

Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Politicos

uc. FEUPE SOUS ACERO

Director Ejecutivo de Organizaci6n Electoral

Uc. RUBEN LARA LEON

Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral

Uc. ANTONIO SANTIAGO BECERRA

Director Ejecutivo de Capacitaci6n Electoral y Educaci6n Civica

UC. MARIA EUGENIA DE LEON MAY

Directora Ejecutiva de Administraci6n

uc. CARLOS MUNOZ VILLALOBOS

Contra lor General

Uc. VALENTIN MARTINEZ GARZA

Director Juridico

UC. AMET RAMOS TROCONIS

Director del Secretariado

Uc. FRANCISCO CASANOVA ALVAREZ Coordinador Nacional de Comunicaci6n Social

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Indlce

IFalta a1gt1n funclonarlo de casllla? ........................................................................ 1 lLa persona que·se.presenta como funcionarlo deilFE no porta Ia acredltacl6n correspondlente? ............................................................................ 2 IExlste propaganda de partidos en ellugar en que se Instalar4 la casllla? .... 3 ICuando se Instala la casllla en un lugar dlstinlO aI sefialado? ....................... .4 lLa documentacl6n y los materiales eleclOrales no estan en la casllla 0 estan IncomplelOs? ........................................................................... 5 lCuantos representantes de partido se pueden aeredllar? ................................. 6 IRepresentante general de partido? ........................................................................ 7 IRepresentantes de partido aeredltados ante la casllla? ..................................... 8 IObservadores electorales? ....................................................................................... 9 lSe pueden f1rmar 0 sellar las boletas? ................................................................ 10 lPuede negarse a1gt1n representante de partido a flrmar las aetas? .............. 11 IQul~nes pueden Ingresar a la casilla? ................................................................. 12 IQui~nes no pueden entrar a la casllla? .............................................................. 13 IQul~nes pueden VOlar en la casilla? ................................................................... 14 ICredenciales para VOlar con a1teraelones? ........................................................ 15 lSe presenta un ciudadano a volar con una credencial que no Ie pertenece? .. 16 lEI elector no aparece en la Usta Nominal? ........................................................ 17 IPodran votar los electores que presenten la resoluci6n favorable del Tribunal Federal Electoral? ............................................................................. 18 tEl elector no permlte que se Ie Impregne con Iiquido Indeleble eI pulgar derecho? . 19 lSe pueden realizar aetos de propaganda durante la votaci6n? ..................... 20 ICuando solicilar el auxillo de la fuerza publica? .............................................. 21 lPuede suspenderse la votacl6n? .......................................................................... 22 i.A qu~ hora conduye la votaci6n? ........................................................................ 23 lSe puede camblar de lugar la casllla para realizar el escrutinlo y c6mputo de la votael6n? ..................................................................................... 24 IQu~ son las boletas sobrantes y los votos nulos? ............................................ 25 IC6mo se Integra el expedlente de casilla? ......................................................... 26 IPrograma de Resultados Electorales Prellminares (PREP)? ............................ 27 ILas coplas de las aetas de casilla no son legibles 0 no son recogidas? ........ 28 IQu~ hacer con la Constancia de Clausura de Ca.~iIIa? ..................................... 29 ICu:Ues son los plazos para la remisi6n del paquete aI Consejo Dlstrltal? ... 30

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t. LFalta algun funclonario de casilla?

SI a las 8:00 de Ia mafiana no esta presente uno 0 m:ls de los miembros propletarios de Ia mesa directiva de la casilla, se Ies esperanl hasta las 8: 15 de la manana

Si a las 8: 15 horas no se presenta a1guno 0 algunos de los funcionarios propietarios, actuacin en su lugar sus respectivos suplentes.

SI a las 8:30 horas aUn no esta integrada Ia mesa directiva conforme a 10 anterior, pero esta el Pre:;idente propietario 0 su suplente, cuaIquiera de los dos designara a los funcionarios que sean necesarios para suplir a los ansentes, escogiendo de entre los electores que se encuentren en ese momento en Ia casilla para emitir su voto.

Si a las 8:45 horas quienes faltan son el Presidente propietario y su suplente, el Consejo Distrital tomara las medidas necesarias para instalar Ia casilla y designara aI personal del Instituto Federal Electoral encargado de ejecutarlas y cerdorarse de su instalaci6n.

Si a las 11:00 horas no es posible Ia intervenci6n oportunadel personal del Instituto Federal Electoral design ado, los representantes de los partidos politicos ante Ia casiUa designar:io por mayona a los funcionarios necesarios, escogiendo de entre los electores que se encuentren en ese momento en Ia casilla formadas para votar.

Para ello, se requerir.\ Ia presencia de un juez 0 notario publico que de fe de los hechos. De no ser posible la presencia de a1guno de eUos, bastar:\ que los representantes de los partidos politicos hagan Ia designaci6n de los fundonarios faltantes de comun acuerdo.

En nlngJin alSO podra rwmbrarse C01IU) junclolllJrW de aJSIIJJJ a aigUn represetJlanle de partido polilico (Art 213 del C6digo Federal de Instituciones y Procedimientos E1ectorales, COFIPE).

En cualquiera de estos casos, debeni escribirse en el Acta de Ia Joroada E1ectoralla palabra "sr' en el espacio correspondiente a Ia pregunta: • thubo inddentes durante Ia instalaci6n de la casilla?", y se explicacin en Ia Hoja de Incidentes las razones del retraso y los nombramientos hechos, anotando en el Acta de la Jomada Electoral el nUmero de hojas que se utilizaron para explicar los sutesOS.

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I i

~• I1.Il.cJ [;!1013@1i'!iil ~ue se presenta Ci:@iW@ {I~Jil~!@na6'!@ I

C2'loO O!'I!< 1110 porta 1<1 <1@Qditaclolll C~~G'G3[p!!lill!£!()irete1? i

____ _ _ _ ___ J

FJ Presidente de Ia mesa dlrectiva de caslI1a permitir.i el acceso ala mlsma a los funcionarlos del InsIituto Feder3I FJectorai Unicamente cuando se identiliquen con Ia acredltllCl6n correspondiente y expllquen el objeto de su visita.

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3. ,Exlste propaganda de partldos en el lugar en que se Instalara la casllla7

El Presldente y el Seaetllrio de Ia casilla mandaran retirar dicha propaganda por completo (Art. 210 del COFIPE). En este caso, se anotar.i Ia palabra "51'" en el apartado: "thubo Inddentes durante Ia insta1ad6n de Ia casilla?" delActa de Ia Jomada Electoral, explicando el hecho en Ia Hoja de Incidentes.

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4> l 4. L Cuiindo se instaDa la casilla eli'il ~., iu~a;-­dist1:l\lIlO al senalado?

Se puede instaIar la casilla en un lugar distinto aI seilalado cuando:

• No existe ellocal indicado en las publicaciones respectivas.

• Ellocal se encuentra cerrado 0 dausurado y la instalaci6n de la casilla no se puede lIevar a cabo.

• Se advierte, aI momento de la instalaci6n, que esta se pretende realizar en un lugar prohibido por la ley, debido a que:

· No esta dentro de la Secci6n Electoral. · Es casa de un servidor publico de conlianza, federal, estatal 0 municipal. · Es casa de un candidato registrado. · Es un establecimiento fabril. · Es un templo 0 local destinado aI culto religioso. · Es un local de partido politico. · Es una cantina, centro de vicio 0 similar.

• Las condiciones del local no aseguran la Iibertad y el secreto del voto o el facil y Iibre acceso de los electores, 0 bien no garantizan la realizaci6n de las operaciones electorales en forma normal. En este caso, sera necesario que los funcionarios de casilla y los representantes de los partidos polfticos presentes tomen la determinaci6n de comun acuerdo.

• La casilla tambien puede instalarse en otro lugar cuando el Consejo Distrital, por causa de fuerza mayor 0 caso fortuilO, asf 10 determine y 10 notifique aI Presidente de la mesa directiva.

En cualquiera de estos supueslOs, la casilla debe quedar instalada dentro de Ia misma Secci6n, en ellugar adecuado mas pr6ximo, dejando aviso de la nueva ubicaci6n en el exterior dellugar originalmente designado que no reuni610s requisitos (Arts. 194 Y 215 del COFlPE).

En el apartado de "lnstalaci6n de Casilla" del Acta de lajornada Electoral se debe explicar la causa que motiv6 el carnbio de ubicaci6n de Ia casil\a.

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5. {La documentacion y los materiales electorales no estan en la casilla 0 estan incompletos?

En ambos casos se notificara aI Consejo Distrital correspondiente, por la via que se considere mas rapida y segura, solicitandole al mismo tiempo < 5 la reposici6n de los mismos para instalar la casilla. EI Consejo Distrital atendera estos casos, en el entendido de que seran excepcionales.

Esto mismo debera realizarse si antes 0 durante la Jornada Electoral se detecta que la documentaci6n 0 los materiales han sido afectados (mojados, quemados, robados 0 destruidos parcialmente), por descuido o acci6n voluntaria .

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6 )

6. LCM.iJIlil~<lllS ~C!1[p>~C!1SC!1Ilil&<>lIlil~C!1S ~C!1 [p><>lllilodo se [p>Me~C!1i'i1 acreditar?

. -------------

Se pueden acreditar dos tipos de representantes de partidos politicos: representantes generales y representantes ante la casilla.

Los partidos politicos pueden acreditar en cada uno de los distritos electorales uninominales un representante general propletarlo por cada cinco casillas rurales y uno por cada dlez urbanas. Asimismo, pueden acreditar dos representantes propletarlos y un suplente ante cada mesa directiva de casilla (Art. 198 del COFlPE).

Los representantes generales y ante las mesas directivas de casilla, designados por los partidos politicos para fungir en las casillas electorales durante los comicios del 21 de agosto de 1994, deberan firmar sus nombramientos correspondientes antes de presentarlos para acreditarse ante la mesa 0 mesas directivas de casilla de que se trate, en los terminos del articulo 203, p:irrafo I, inciso g), del COFIPE.

Los nombramientos de los representantes generales y de casilla de los partidos politicos solamente tendr:in validez cuando contengan todos los requisitos previstos por la ley y por el Acuerdo del Consejo General dellnstituto Federal Electoral correspondiente.

El Presidente de la mesa directiva de casilla pOOra solicitar al representante general, 0 ante la mesa directiva de casilla de que se trate, la exhibici6n de su Credencial para Votar con fotografia, unicarnente para efectos de constatar que la clave de elector, y eventualmente las firmas que aparezcan en esta y en el nombramiento respectiv~, sean las mismas, cuando existan razones para suponer alguna irregularidad. Q

De presentarse alguna irregularidad en los datos y requisitos de los represen­tantes de los partidos politicos, generales y ante las mesas directivas de casilla, como pudieran ser la negativa de identificaci6n para los efectos citados en el punto anterior, que no coincida la clave de elector 0 que la diferencia de las firmas sea notoria entre la que aparezca en el nombrarniento y la de la Credencial para Votar con fotografia de su titular, ella deber:i hacerse constar mediante la anotaci6n respectiva como incidente en el Acta de la }ornada Electoral, en el apartado considerado para tales efectos (Acuerdo del Consejo General deilFE del 29 de julio de 1994).

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7. LRepresentante general de partido?

Los representantes generales de los partidos politicos tienen los slgulen· tes derechos y obllgadones:

• Ejercer su cargo exclusivamente ante las casillas Instaladas en el < 7 Distrito Electoral para el que fueron acreditados.

• Actuar IndivlduaImente. • No ejercer ni asumir las fundones de los miembros de la mesa direcliva

de casilla. • No obstacullzar el desarrollo normal de \a votaci6n. • No sustituir en sus funclones a los representantes de su partido

acreditados ante \a casilla; sin embargo, podran apoyarlos en sus fundones y en el ejerddo de sus derechos ante las mesas direclivas de casilla.

• Presei'ltar en todo tiempo escritos de Inddentes que se susciten durante el desarrollo de la Jornada Electoral, asi como escritos de protesta aI termlno del escrulinio y c6mputo, cuando el representante de su partido ante la mesa directiva de casilla no estuvlese presente.

• Sollcitar y obtener coplas de las aetas que se levanten, s610 cuando no hubiese estado presente el representante de su partido politico acreditado ante \a mesa directiva de casilla.

• Comprobar \a presencia de los representantes de su partido politico acreditados ante la casilla y recibir de ellos Informes relativos a su desempei\o.

• Comprobar la presencia de los representantes de su partido politico acreditados ante la casilla y recibir de ellos Informes relativos a su desempei\o (Art 199 del COFIPE).

Para tener acceso a \a casilla, los representantes generales deben acreditarse ante el Presidente con el nombramiento expedido por su partido y registrado en el Consejo Distrital

En nlng1ln caso podran hacerse presentes en lascasillas, aI mismo tiempo, mas . de un representante general de un mismo partido politico.

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8)

------

8. tRepresentantes de partido acr<a<CiJifta<CiJos ante la casilla'l'

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Los representantes de los partidos politicos acreditados ante la casilla tienen los siguientes derechos y obligaciones:

• Participar en la instalacion de la casilla y contribuir al buen desarrollo de sus actividades hasta su clausura (Art. 200 del COFIPE).

• Tener una ubicaci6n tal en la casilla de manera que puedan observar y vigilar el desarrollo de la elecci6n; en la medida de 10 posible dispondran de asientos en la mesa (Acuerdo del Consejo General del IFE del 29 de julio de 1994).

• Recibir copia legible de las actas levantadas en la casilla. • Presentar escritos de incidentes ocurridos durante la votaci6n, mismos

que deberan ser recibidos sin discusi6n por el Secretario y anexados al Acta de la Jornada Electoral.

• Presentar, al termino del escrutinio y c6mputo, escritos de protesta. • Acompailar al Presidente de la mesa directiva al Consejo Distrital

correspondiente para hacer entrega de la documentaci6n y el expe· diente electoral.

• Vigilar el cumplimiento de las disposiciones del C6digo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).

• Firmar las actas que se levanten, pudiendolo hacer bajo protesta, con menci6n de la causa que la motiva (Art. 200 del COFIPE).

Para tener acceso a la casilla deberan acreditarse ante el Presidente con el nombramiento expedido por su partido y registrado ante el Consejo Distrital (Art. 203.4 del COFlPE).

Podran utilizar las Ustas Nominales de Electores que les fueron entrega· das para verificar, durante el desarrollo de la votaci6n, si son iguales a C la que se este utilizando en la casilla, sin interferir en el desarrollo de las actividades de la propia casilla. Asimismo, cuando un representante de partido asi 10 solicite, en caso de duda y por excepcion, el Presidente Ie permitira corroborar los datos que consigne una credencial (Acuerdo del Consejo General dellFE del 29 de julio de 1994), sin que por ella se obstruya 0 interrumpa el desarrollo de la votaci6n.

Los representantes propietarios podtan ser sustituidos por el suplente en cualquier momenta de la Jornada Electoral hasta antes del escrutinio; dicha circunstancia se consignara en el acta correspondiente (Acuerdo del Consejo General dellFE del 29 de julio de 1994).

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9. LObservadores electorales7

Los observadores electorales podran presentarse el dfa de laJornada Electoral, con sus acreditaciones y gafetes, en una 0 varias casillas, asf como en ellocal del Consejo Distrital correspondiente, pudiendo observar los siguientes actos:

• Instalaci6n de la casilla. • Desarrollo de la votaci6n. • Escrutinio y c6mputo de la votaci6n en la casilla. • Fijaci6n de resultados de la votaci6n en el exterior de la casilla. • Cia usura de la casilla. • Lectura en voz alta de los resultados en el Consejo Distrital. • Recepci6n de escritos de incidencias y protesta.

Los ciudadanos acreditados como observadores electorales se abstendran de:

• Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones e interferir en el desarrollo de las mismas.

• Hacer proselitismo de cualquier tipo 0 manifestarse en favor de partido 0

candidato alguno. • Externar cualquier expresi6n de of ens a, difamaci6n 0 calumnia en contra de

las instituciones, autoridades electorales, partidos polfticos 0 candidatos. • Dedarar el triunfo de partido politico 0 candidato alguno (Art. 5 del COFIPE).

Los observadores, ademas de observar los aetas previstos en la ley de Ia materia, podran:

• Celebrar entrevistas con autoridades y funcionarios electorales con el fin de obtener orientaci6n 0 informacion explicativa sobre las instituciones y procedimientos electorales. Estas entrevistas no deberan interferir, en ningun caso, en el desarrollo de la )ornada Electoral y, en particular, en el normal desarrollo de la votaci6n.

• Celebrar reuniones con los representantes de los partidos politicos y sus candidatos, para obtener informaci6n respecto de las organizaciones polfti­cas, con el consentimiento de las mismas. Estas reuniones no deber:iri interferir, en ningun caso, en el desarrollo de la )ornada Electoral y, en particular, en el normal desarrollo de la votaci6n.

• Recibir de los partidos polfticos los planteamientos y la documentaci6n que consideren pertinentes con respecto al proceso electoral (Acuerdo del Consejo General del IFE del 29 de julio de 1994).

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10>

--- -!

A'solidtud de a1gt1n partido politico, las boletas electorales pueden ser firmadas 0 seUadas por uno de los representantes de partido ante la casilla, el cual debe nombrarse por sorteo.

La firma 0 el seUado de las boletas puede hacerse por partes, para no obstaculizar el desarroUo de 1a votad6n.

La/alta deflrma oseUo en las bo/etas no es molivo para anular los volos reclbidos (Art 212.3 del COFIPE).

De seUarse las boletas, debeni hacerse por el reverso, sin que el seUo contenga o sugiera siinbolo, emblema 0 siglas de a1gt1n partido politico.

Por ningt1n motivo este procedimiento debe retrasar el inido de la votad6n u obstaculizar su desarroUo.

En el supuesto de que el representante de partido que result6 facultado en el sorteo se negare a firmar 0 seUar las boletas, el representante que en un prindpio 10 haya solidtado tendra ese derecho (Acuerdo del Consejo General deilFE del 29 de julio de 1994).

, , J

(

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, ,. LPuede negarse algun representante de partido a firmar las aetas?

Los representantes de los partldos politicos deberin finnar todas \as aetas que se Ievanten, pudiendolo hacer bajo protesta con mend6n de la causa que la motiva (Arts. 200.2 Y 214 del COFlPE).

Si un representante firma bajo protesta, debera anotarse en la Hoja de Inddentes la causa que motiv6 dicha protesta.

Si un representante se negara a finnar, deberii marcarse el espado correspondiente que indica "no 1lrm6 por negativa" en el acta de que se Irate.

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12)

12. LOl!.!ienes pue<t1Ja!U'il ii"lgresar aJ DaJ li:<iIIsilial L-__________ _ ----------

Ademas de los electores que ingresen a la casilla para ejercer su derecho al voto, podran hacerlo las siguientes personas:

• Los representantes de los partidos politicos debidamente acreditados. • Los jueces 0 notarios publicos que a peticion de los funcionarios de la mesa

directiva de casilla 0 de los representantes de los partidos politicos acudan a dar fe de los hechos 0 situaciones que se presenten en la casilla durante la Jornada Electoral.

• Los funcionarios del Instituto Federal Electoral que fueren lIamados por el Presidente de la mesa directiva de casilla.

· Los representantes generales, quienes permaneceran en la casilla el tiempo necesario para cumplir con las funciones que les fijan los Arts. 199, 213.2 y 219.3 del COFlPE.

• Los observadores electorales, quienes deber:\n presentar aI Presidente de la casilla sus gafetes y acreditaciones correspondientes (portaran gafetes con franja color gris y letras negras sobre un fondo blanco). No podran intervenir en ninguna de las actividades de la Jornada Electoral, debien· dose concretar a sus funciones de observacion (Art 5 del COFIPE).

• Los visitantes extranjeros invitados, debidamente acreditados (Acuerdo del Consejo General del IFE del 18 de junio de 1994), quienes no podran intevenir de ninguna manera en el desarrollo de las elecciones ni solicitar ningun tipo de informacion a los funcionarios de la casilla.

• Los integrantes de las empresas privadas, quienes por encargo de la Direccion General del lFE realicen estudios con el fin de conocer las tendencias de los resultados electorales el dfa de lajornada Electoral (Art. 89.1 del COFIPE). Dicho personal se acreditara mediante gafete con la leyenda "Conteo Rapido del IFE" y estaran facultados para solicitarle al Presidente de la casilla les muestre el Acta de Escrutinio y Computo de la eleccion presidencial, y les proporcione los resultados obtenidos.

Adicionalmente, al concluir la integracion del paquete electoral, se presen· tara a las casillas distantes del Consejo Distrital un Asistente Electoral con la finalidad de prestar apoyo para la transportacion de los funcionarios de casilla y representantes de los partidos politicos que entregaran el paquete electoral y el sobre color cafe del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

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, ,

13. LOuiimes no pueden entrar a la casilla7

En ningun caso se permite el acceso a las casillas a personas:

• Privadas de sus facultades mentales.

• Intoxicadas.

• Bajo el influjo de enervantes.

• Embozadas (con el rostro cubierto).

• Armadas.

Tampoco tend ran acceso a la casilla, a menos que sea para ejercer su derecho aI VOIO, las siguientes personas:

• Los miembros de corporaciones 0 fuerzas de seguridad publica, a < excepcion de aquellos que sean lIamados por el Presidente de la casilla 13 para preservar el orden.

• Los dirigentes de los partidos politicos.

• Los candidatos. • Los representantes populares (Art. 219 del COFlPE).

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14>

,­I

1 __ 1_4_'_L_Q_U_i_e_n_e_s_pueden votar en I .. ~ill$Blla7! -- !

En una casilla ordinaria (basica 0 contigua) 0 extraordinaria, pueden votar los electores que:

• Muestren su Credencial para Votar con fotograffa, y

• Aparezcan inscritos en la Usta Nominal de Electores.

AqueUos"electores cuyo nombre aparezca enla Usta Nominal correspondien· te a su dOmicilio, pero su Credencial para Votar contenga errores de seccionamiento, tambicn pueden votar. En este caso, el Presidente de la casilla debe asegurarse, por los medios que estime converuentes, de que el domicilio del elector este comprendido dentro de Ia Seccion Electoral.

A los ciudadanos que no presenten su Credencial para Votar con fotografm o que no esten induidos en Ia Usta Nominal de Electores (ni en la Usta Nominal de Resoluciones Favorables del Tribunal), pero que sf presenten resolucion favorable del Tribunal Federal Electoral para emitir el voto, se les permitira votar. En estos casos el ciudadano debera presentar una identifi· cacton oficial con fotografia que no sea de partido politico. Se anotaran sus datos aI final de la Usta Nominal de Electores y se Ie recogeni la resolucion del Tribunal para anexarla a dicha USia. Asimismo, se anotani 10 conducente en el Acta de la ]omada Electoral.

En las casillas especiales podr:in votar los electores que se encuentren transitoriamente fuera de su Secct6n, debiendo mostrar 10 siguiente:

• Su Credencial para Votar con fotograffa.

• Su pulgar derecho, para demostrar que no ha votado en otra cas ilia (Arts. 217 Y 223.1 del COFIPE).

Para que los electores que cuenten con resoluci6n favorable del Trihunal Federal Electoral puedan ejercer su derecho al voto, Ie seran entregadas aI Presidente de la mesa directiva de casilla boletas adicionales en cantidad suficiente para esta finalidad.

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15. LCredenciales para votar con alteraciones7

EI Presidente de Ia mesa directiva de casilla recogera toda Credencial para Votar con fotografia que tenga muestras de alteraci6n 0 no pertenezca al dudadano que la presente, debiendo poner a disposici6n de las autoridades a su portador (Art 217 del COFIPE).

"" Se impondran de diez a cien was multa y prisi6n de seis meses a tres aiios Ef a quien vote 0 pretenda votar con una credencial de la que no sea el titular (Art 403, fracd6n VIII del C6digo Penal).

EI Secretario anotara la palabra "sr' en el espacio de Inddentes del Acta de laJomada Electoral y relatarael suceso en Ia Hojade Incidentes, con menci6n expresa del nombre del ciudadano 0 ciudadanos presuntamente responsa· hies, misma que debeci anexar al acta mendonada.

<15

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16)

i~ --- --- -- ---- -- ----

~ 6. ",Se presenta ~17iI ciudadanc a \foUr con una c~edencial que no Ie pertenece?

La credendal es personal e intransferible. Nadie podra votar con una credencial que no Ie penenece. EI Presidente de la casilla recogera las credenciales que no penenezcan al ciudadano, poniendo a disposici6n de las autoridades a quienes las presenten (Art. 217.5 del COFIPE).

Se impondriin de diez a cien dfas multa y prisi6n de seis meses a tres arros r a quien vote 0 pretenda votar con una credencial de Ia que no sea e1 titular. ~ (Art. 403, fracci6n YIll del C6digo Penal).

(

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1 7. LEI elector no aparece en la Usta Nominal?

EI ciudadano debera buscar en el peri6dico Ia ubicad6n de la casilla correspondiente aI ntlmero de Secci6n que marca su Credencial para Votar con fotografia (Art 195.1 del COFIPE).

Debecl votar en la casilla de la Secd6n que marca so credencial.

En casu de no encontrarse en Ia lisla NOminal de la Secci6n que corresponde a so domidlio, el elector no podra votar en esa casilla, pudiendolo hacer en algona de las casillas especiales de su distrito.

Los dudadanos que habran de fungir como funcionarios en las mesas directivas de casilla deberan registrar, en la Hoja de Incidentes repectiva, aquellos casos en que se presenten dudadanos con la Credencial para Votar con fotograffa y no aparezcan en la Lisla Nominal; cuando identificandose el dudadano con su Credencial para Votar con fotografia aparezca que otro voto en su lugar, y cuando haya diferencias sustandales entre los datos que aparezcan en la Credendal para Votar y los asenlados en la Lisla Nominal de Electores.

A los ciudadanos que no presenten su Credendal para Votar con fotografia < 17 o que no esten incluidos en la Lisla Nominal de E1ectores (ni en Ia Lisla Nominal de Resoluciones Favorables del Tribunal), pero que sf presenten resoluci6n favorable del Tribunal Federal Electoral, se les pemlitira vOlar. En este caso el dudadano debera presentar una identificad6n ofidal con fotografia, que no sea de partido politico. Se anotaran sus datos aI final de la Lisla Nominal de Electores y se Ie recogera la resoluci6n del Tribunal para anexarla a dicha lista. Asintismo, se anotara 10 conducente en el ACIa de la Jornada Electoral.

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18)

TI S. "Podran YOi2l] Oos <!!~<!!«:RO]<!!s Ij!.l<!! [)I~<!!S<!!71tel1l Oa -I ~esolucion f2YO~2lb)~<!! 1!iI<!!0 'U"~Ofll>MI1'il2l0 f<!!cl<!!~i1JO IEOectoral? !

Sf podran votar, siempre y cuando entreguen la copia certificada de la resoluci6n del Tribunal Federal Electoral y se identifiquen oon alglln documento oficial con fotografia

En este supuesto, el Presidente de la mesa directiva de casilla realizani 10 siguiente:

• Revisara que Ia copia presentada sea certificada, que contenga la firma del Secrelario de Acuerdos del Trihunal Federal Electoral y que no muestre alteraci6n alguna. No permitira vOlar a los electores que presenten copia fotostatica de este documento.

• Ademas, dehera anotar este hecho y el tipo de documento con el que se identific6 en la Hoja de Incidentes.

• Si el elector se niega a entregar la copia certificada de la resolucion del Trihunal Federal Electoral, no se Ie permitira vOlar.

• En el caso de que el elector no aparezca en la Lista Nominal adicional, se Ie permitira votar, asentando sus datos al final de la misma.

Para que los electores que cuenten con resolucion favorahle del Trihunal Federal Electoral puedan ejercer su derecho al voto, Ie seran entregadas al Presidente de la mesa directiva de casilla holetas adicionales en cantidad suficiente para esta finalidad.

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19. LEI elector no permite que se Ie impregne con liquido Indeleble el pulgar derech07

EI Presidente de casilJa explicara aI elector que el COFIPE (Art. 218.4) establece esteprocedimienlO, el cual debe realizarse, sin excepci6n, con todos los ciudadanos cuando emitan su VOIO, con el fin de garantizar que vote una sola vez; por ello, es importante que Ie permita aI Secretario llevarlo a cabo, ya que asf contribuicl a la transparencia de los comicios.

t. SI a pesar de la explicaci6n el ciudadano continua negandose, se anotara la palabra "sf' en el apartado:"lHubo incidentes durante la votaci6nr' del Acta de la }omada Electoral, y se registrar:! el hecho en la Hoja de lncidentes, anotando el nombre, el domicilio y la clave de elector del ciudadano contenida en su Credencial para Votar con fotograffa

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20>

:l!@. LSe pueden reiIJli:lZar actos de pro~aganda durante la votacion7

EI diade Ia]omada Electoral no podnin realizarse reuniones 0 actos publicos de carnpafia, de propaganda 0 de proselitismo. En caso de que un dudadano se presente a la casilla con una prenda de vestir con un emblema 0 leyenda alusivas a un partido politico 0 candidato, el Presidente de Ia mesa directiva de casilla debeni conminarlo a que se retire. En caso de que se niegue, solidtara el auxilio de la fuerza publica para que el dudadano sea presentado a las autoridades correspondientes por incurrir en flagrante delito en los terrninos del C6digo Penal, que establece que se impondran de diez a den dias multa y prisi6n de seis meses a tres aiios a quien haga proselitismo 0

presione a los electores el dia de la ]omada Electoral en el interior de las casillas 0 en ellugar en que se encuentren formados los votantes (Arts. 190.2, 210 Y 220 del COFIPE y Art. 403, fracti6n UI del C6digo Penal).

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21. LCuando solicitar el auxilio de la fuerza publica?

EI Presidente de 1a mesa directiva puede solicitar, en todo tiempo, el auxilio de las fuerzas de seguridad publica con el fin de preservar el orden en la casilla y la normalidad de la votaci6n, ordenando el retiro de cualquier persona que indebidamente interfiera 0 altere el orden.

En estos casos, el Secretario had constar las causas del quebranto del orden, asf como las medidas acordadas por el Presidente, en un acta especial que debera redactar. Esta sera fU1l1ada por los funcionarios de casiUa y los representantes de los partidos acreditados ante la misma. Si algUn funciona· rio 0 representante de partido se negase a firmar, el Secretario hani constar la negativa (Arts. 122 Y 220 del COFIPE).

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22)

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I 22. LPuede Sl!.!lsLOl<E!IliJ~eITS<E! DCiJ 1j'Qtc\le:5<C>1liJ'l' ,

Iniciada la votaci6n no puede suspenderse sino por causa de fuerza mayor. Corresponde aI Presidente suspender, temporal 0 definitivamente, la vota· ci6n en caso de a1teraci6n del orden 0 cuando existan circunstancias 0

condiciones que impidan la libre emisi6n del sufragio, el secreto del voto 0

que atenten contra Ia seguridad personal de los electores, representantes de los partidos politicos 0 miembros de Ia mesa directiva de casilla.

En tal caso, el Presidente dani aviso de inmediato aI Consejo Distrital a traves de un escrito en que de cuenta de la causa de la suspension, la bora en que ocurrio y el nOmero de electores que basta el momento bahian votado.

Este ultimo dato 10 ohtendni contando en la Usta Nominal el numero de electores anotados que basta ese momenta bahian votado.

El escrito de suspension de la votadon debera ser firmado por dos testigos, que deberan ser preferentemente integrantes de la mesa directiva 0

representantes de los partidos politicos.

Una vez recibida la comunicacion, el Consejo Distrital decidira si se reanuda Ia votacion, para 10 cual tomara las medidas que estime necesarias (Arts. 122 Y 216 del COFlPE).

En caso de que por razones de distanda 0 comunicaci6n sea imposible dar aviso aI Consejo Distritai, el Presidente de cualquier manera debera redactar el escrito de suspension y decidir si, desaparecida la causa que oblig6 a la suspension de la votacion, esta puede 0 no continuarse.

En todo caso debera anotarse la palabra "sf' en el espacio de incidentes durante la votaci6n del Acta de la]ornada Electoral y relatarse el suceso en Ia Hoja de Incidentes, que debeni ser anexada aI acta mencionada.

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23. LA que hora concluye la votacion?

La votaci6n se cierra a las 6 de Ia tarde.

Puede cerrarse antes de esa hora, cuando el Presidente y el Secretario certiJiquen que han votado todos los electores incluidos en la Usta Nominal.

Puede pennanecer abierta despues de esa hora, cuando aun se encuentren electores fonnados para vOlar. En este caso, se cerrara una vez que hayan votado aquellos electores que estuviesen formados a las 6 de la tarde (Art 224 del COFIPE).

Acto seguido, el Secretario lIenara el apartado correspondiente aI Cierre de Votaci6n del Acta de la]ornada Electoral, el cual debera ser finnado por los funcionarios y los representantes. Se asentara la hora del cierre de la votaci6n y Ia causa por Ia que se cerr6 antes 0 despues de las 18:00 horas (Art 225 del COFIPE).

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I

24. LSe puede <tC'laii'llIil:D",~ lIie 9M~il~ Oa <ti1lsDDla para

.. _____ ~ealizar ei e~(~~:cll'il~@ If_<i:OUi1il~1!l~@'tiJG OC'l "ot~cion~:

Cuando por condiciones naturales adversas 0 fallas en las instalaciones del local se pongan en riesgo la documentaci6n y/o la realizaci6n del escrutinio y del c6mputo, por acuerdo de los funcionarios de la mesa directiva de casilla y los representantes de los partidos politicos, se podra trasladar la casilla, dentro de 1a misma Secci6n, a un lugar cercano al de la ubicaci6n original, dejando aviso del sitio al que se carnhi6 (An 21S.l.d del COFlPE).

E1 hecho se debera descrihir en la Hoja de Incidentes, anotando la palabra "Sf' en el apartado correspondiente del Acta de Escrutinio y C6mputo de Casilla de 1a elecci6n de que se Irate.

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25. ,Oue son las boletas sobrantes y los votos nulos?

Las boletas sobrantes son aquellas que, hablendo sldo entregadas a Ia mesa directiva de casiIIa, no fueron utilizadas por los electores una vez condulda la votaci6n. Estas son inutilizadas por el Secretario con dos rayas dlagonales hechas con tinla, antes de abrir Ia urna. Las boletas sobrantes deheran estar integradas aI taIonario foliado.

Los votos nulos son aquellos expresados por un elector en una boleta que deposit6 en Ia urna, pero en Ia que no marro un solo cfrculo 0 cuadro que contenga el emblema de un partido politico.

Las boletas sobrantes e inutilizadas no dehen confundirse y menos sumarse con los votos nulos. Ambos conceptos se anotan en renglones separados en el Acta de Escrutinio y C6mputo de cada elea:i6n (Arts. 227.2, 229.1, 230 Y 232.3 del COFIPE).

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26)

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I

:!lib. &,«::@mo se Ol'll~(~~wa el exp~iefifi@ @]() f;allillal '

AI t&mlno del escrutlnio y oomputo de calla una de las votadones, Sf

levantarin las aetas correspondlentes a cada elecd6n, Y Sf fol'lllllri un expedlente de casilla con la dorumentad6n siguiente:

• Un ejemplar del Acta de la ]ornada Electoral. • Original del Acta de Escrutinlo y C6mputo de la elecd6n correspon·

diente. • Un ejemplar de la Rola de Inddentes. • Los escrltos de protesta de la elecd6n correspondlente que se hubieren

redbido.

Las aetas espedales levantadas en Ia casilla por quebranto del orden, Sf

integrar.ln aI expediente de Ia eleccl6n de Oiputados Federates.

Se remitWn tambi~n, en sobres por Sfparado, las boletas sobrantes inutiUzadas anexas a los taIonarins foUados correspondlentes y las que contengan ins votos v.ilidos y los votos nulos de calla eleccl61L

Asimismo, en otro sobre Sf introducinila UstaNominal de E1ectores oelActa de E1ectores en Tl"linsito sl se ttata de una casilla espedaI. En este sobre tambiffi se induIn1n las coplas certilicadas de las resoludones favorablfs al dudadano del Tribunal Federal Electoral que hubiesen entregzdo los e1ectores que no cuenten con Credendal para Votar con fotografia al momento de emitir su voto.

Con los expedlentes de casilla y los sobres Sf fol"ll1llli un paquete en cuya envoltura firmarfu los integrantes de las mesas dlrectivas de casilla y los representantes de los partidos politicos que deseen hacerlo, con el fin de garantizar Ia inviolabilidad de dldta dorumentad6n (Art. 234 del COFIPE).

Por fuera del paquete se adherlnt un sobre que contenga Ia segunda copia del acta con los resultados del escrutlnio y oomputo de cada una de las elfcdones para su entrega aI Presidente del CoDSfjO Distrltal correspondlen· te (Art. 235 del COFIPE).

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27. LPrograma de Resultados Electorales Preliminares (PREPI?

Tennlnado el escrutlnlo y c6mputo de cada una de las elecdones, aparte del paquete electoral se lntegrara un sobre color caf~ con letras blancas que dice PREP, para entregarlo al personal del Programa de Resultados Electorates Preliminares. En este sobre se lntroducira 1a prlmera copia del Acta de Escrutlnlo y C6mputo de cada una de las elecciones reaUzadas en 1a casilla

A contlnuaci6n, el Presidente de casil1a anotar:i en el sobre los siguientes datos: el nombre de 1a entidad federativa, el mlmero del distrito electoral, el nombre del munidpio 0 delegaci6n polftica, el ntlmero de secd6n y el mlmero y tipo de casilla Cada vez que se lntroduzca una copia del Acta de Escrutlnlo y C6mputo en el sobre del PREP, deber:i palomear el recuadro de la elecd6n correspondiente.

EI Presidente de casilla tendra cuidado de no lntroducir el sobre con las copias de las aetas de escrutlnlo y c6mputo que dicen PREP al paquete electoral.

El Presidente de 1a mesa directiva de casilla se trasladara al Consejo Distrita! correspondiente, donde entregara el paquete electoral. El sobre del PREP debera Uevarse por separado y Unicamente se entregara al personal del Programa, el cual sera fadlmente identificable pues estar:i unlformado con una casaca color caf~ y una gorra blanca, ambas con las inidales PREP.

S610 en caso de no encontrar al personal del PREP en 1a fila que se forma para entregar el paquete electoral ante el Consejo Distrital, el Presidente podr:i entregar el sobre caf~ en el "M6dulo de Acopio", situado en el mismo edifido o en un lugar cercano, el cual se encontrar:i debidamente identificado con las sig1as PREP. El personal del Programa Ie entregara el redbo que confirma dicba recepd6n.

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r-;;.-LlaS copi<ils <t!l~ D2JS~(c~~ ~~ (c<lS~~DaJ no son legibles 0 no son ~~(CogiCllas'l'

Deben! entregarse una copia legible de las actas levantadas en la casilla a los representantes de los partidos politicos, recabandose el acuse de recibo correspondiente (Art 235 del COFIPE y Acuerdo del Consejo General dellFE del29 de julio de 1994). Por eUo, es muyimportante atender las instrucciones para el Uenado de las aetas con el fin de obtener copias legibles.

Dichas copias se entregaran a los representantes de los partidos politicos presentes, atendiendo al orden siguiente: PAN, PRI, PPS, PRD, PFCRN, PARM, IT, PDM Y PVEM, que corresponde al estricto orden de antigiiedad de so fecha de registro como organizaciones partidarias.

Para el caso de que los partidos no acrediten representantes ante la mesa directiva de casilla, las copias de las aetas que les correspondan deberan ser entregadas al representante general del partido (Acuerdo del Consejo General del lFE del 29 de julio de 1994).

En el remoto caso de que alguna copia no fuera legible y el representante partidario 10 hiciera notar, se asentara el hecho en la Hoja de Incidentes, pudiendo el representante en cuesti6n firmar bajo protesta el "Recibo de Copia Legible de las Aetas de Casilla par los Representantes de los Partidos Politicos".

Si algunas copias no son recogidas por la ausencia de los representantes partidarios, estas deberan anexarse al "Recibo de Copia Legible de las Actas de Casilla por los Representantes de los Partidos Politicos", que se Uevara aparte para entregarse, junto con el paquete electoral y el sobre del PREP, al Consejo Distrital correspondiente.

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29. LOUe hacer con la Constancia de Clausura de Casilla?

Concluidas por los funcionarios de la mesa directiva las operaciones establecldas para el clerre del escrutinio y c6mputo, el Secretario levantara constancla de la hora de clausura de la casilla y el nombre de los funcionarios y representantes que harm la entrega del paquete que contenga los expedientes. La Constancia de Clausura de Casilla y Remisi6n al Consejo Distrital sera firmada por los funclonarios de la casilla y por los representan· tes de los partidos ponticos que deseen harerlo (Art 237 del COFIPE).

El Presidente de la mesa directiva de casilla entregara al Consejo Distrital, adem:is del paquete electoral:

• La Constancia de Clausura de Casilla y Remisi6n al Consejo Distrital.

• El Recibo de Entrega de Copia Legible de las Aetas de Casilla a los Representantes de los Partidos Ponticos.

• El sobre cafe con letras blancas que dice PREP.

De esta manera, la Constancia de Clausura de Casilla y Remisi6n al Consejo Distrital debera Uevarse por separado y entregarse al mismo tiempo que el paquete electoral.

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30. LCuales SGI'1I DOS plazos para la remision del paqlaete al Consejo Distrital?

Una vez clausurada Ia casilla, el Presidente de la misma entregara al Consejo Distrital que corresponda el paquete y los expedientes de casilla dentro de los plazos siguientes, contados a partir de Ia hora de clausura:

o Inmediatamente ruando se trate de casillas ubicadas en la cabecera de distrito.

o Hasta 12 horas ruando se Irate de casillas urbanas ubicadas fuera de Ia cabecera de distrito.

o Hasta 24 horas ruando se Irate de casillas rurales.

los Consejos Distritales, previamente al dfade la elecci6n, podran determlnar Ia ampJiaci6n de los plazos anteriores para aquellas casillas que 10 justifiquen.

Se considerara que existe causa justificada para que el paquete con los expedientes de casilla sea entregado al Consejo Distrital fuera del plazo establecido, ruando medie caso fortuito 0 de fuena mayor.

El Consejo Distrital harn constar en el Acta Cirrunstanciada de Recepci6n del Paquete Electoral aquel que llegue fuera del termino establecido en el COFlPE, debiendo anotar las causas que motivaron el retraso para la entrega del mismo (Art 238 del COFlPE).

A Ia entrega del paquete y de los expedientes electorales, los Consejos Distritales deberan extender un recibo seilalando la hora en que fueron entregados (Art 242.1 del COFlPE).

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