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Sección Gestión de Información y Documentación Proceso Gestión Centro de Conocimiento Institucional Centro de Información Digital Actas del Honorable Concejo Municipal Sesión Extraordinaria 52 Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el salón de sesiones del edificio “Tomás López de El Corral”, a las diecisiete horas del día cuatro de Junio de dos mil doce, con la siguiente asistencia. Ocuparon curul los regidores: SONIA ZAMORA BOLAÑOS, Presidenta OLGER LAWSON MARCHENA, Vicepresidente DOUGLAS QUESADA ALTAMIRANO CC/ALTAMIRANO QUESADA DAGUER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ CC/DAUBERTH ROLANDO LUIS MURILLO CRUZ REINA ACEVEDO ACEVEDO ALEXANDER CANO CASTRO YAMILETTE QUESADA PACHECO MARÍA EUGENIA RIVERA ARAYA FLORA EUGENIA BERMÚDEZ SALGUERO PATRICIA MARÍN GÓMEZ REGIDORES SUPLENTES: OLGA DINIA PÉREZ BONILLA, MARÍA LINNETT GÓMEZ SÁNCHEZ, ALEXANDRA GARCÍA BROWN, ALFREDO FALLAS QUESADA, JUANA ISABEL LEAL VILLAFUERTE, ORLANDO FRANCISCO RAMÍREZ CASTRO, BLANCA SUÑOL OCAMPO, MARVIN ALBERTO MARÍN ZÚÑIGA, MARLON ARAYA BOLAÑOS. SÍNDICOS PROPIETARIOS: CARMEN MARÍA GÓMEZ ASCH, MARÍA ESTHER CÉSPEDES ARAYA, VÍCTOR HUGO LANZA GUEVARA, JOSÉ MARTÌ ROJAS VALLADARES, JUAN GUILLERMO NÚÑEZ VÁSQUEZ, SONIA PATRICIA ZÚÑIGA JIMÉNEZ, MARÍA ESTHER SALAS GONZÁLEZ, MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ FONSECA, WILLIAM ANTONIO ABARCA VALVERDE, MELVIN SOLANO MIRANDA, DANIEL DOÑA HOOKER CC/ DANY DOÑAS HOOKER, SÍNDICOS SUPLENTES: MAURICIO ALFREDO OLIVA TORRES, RONALD ENRIQUE NARANJO SOLÍS, LIGIA MARÍA ROJAS DONATO, JOAN CORTÉS CASTRO, KATTIA SIBAJA MOLINA, ABELARDO MÉNDEZ GARRO, YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA, KATTIA SOLANO BARRANTES, NIDIA BARRANTES MURILLO. Alcalde Municipal: DOCTORA SANDRA GARCÍA PÉREZ, Vice-alcaldesa Jefe Departamento Secretaría Municipal: LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN. Dirección de Auditoría: LICENCIADO ERICK GUTIERREZ DESANTI, Auditor Municipal A.I. Grabación y control de asistencia: SEÑOR: JUAN CARLOS CÉSPEDES OVIEDO. Asesores: MAURICIO VALERIO JIMÉNEZ, WALTER CHAVES OLIVARES, OSCAR PÉREZ CARPIO, DIDIER CARRANZA RODRÍGUEZ, ADRIANA ROJAS RIVERO, KARIM BEN AMAR, JUAN CARLOS CORDERO OVIEDO, MÓNICA SALAS MURILLO. SEÑORES: FABIAN ROJAS FUERTES, FERNANDO JIMÉNEZ DEBERNARDI, MARÍA DE LOS ÁNGELES ELIZONDO CASTRO, SEIDY VEGA ROMERO. En acatamiento del Acuerdo 1, Artículo IV de la Sesión Ordinaria 108 celebrada por el Concejo Municipal el día 22 de Mayo de 2012, se incluye el Orden del día a desarrollar en esta sesión: ORDEN DEL DÍA.- ARTÍCULO UNO AUDIENCIAS. ARTÍCULO DOS TRÁMITE URGENTE.- ARTÍCULO UNO.-AUDIENCIAS. I.-Tema: Salud Población Cantón Central, Doctor Cristhian Valerio Araya, Tecnólogo de Urología del Hospital México. II.-Tema: Gestión Ética, Comisión Institucional Rescate de Valores. Señora: Olga Ovares Araya. (Palabras e incidencias constan al final del Acta).- ARTÍCULO DOS.-TRÁMITE URGENTE.- …es nuestra Red!

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Page 1: Actas del Honorable Concejo Municipal …es nuestra Red! Municipales... · que sin ellos no es posible determinar si cumplen con los requisitos cartelarios en especial el de estar

Sección Gestión de Información y Documentación Proceso Gestión Centro de Conocimiento Institucional

Centro de Información Digital

Actas del Honorable Concejo Municipal

Sesión Extraordinaria 52

Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el salón de sesiones del edificio “Tomás López de El Corral”, a las diecisiete horas del día cuatro de Junio de dos mil doce, con la siguiente asistencia. Ocuparon curul los regidores:

SONIA ZAMORA BOLAÑOS, Presidenta OLGER LAWSON MARCHENA, Vicepresidente DOUGLAS QUESADA ALTAMIRANO CC/ALTAMIRANO QUESADA DAGUER HERNÁNDEZ VÁSQUEZ CC/DAUBERTH ROLANDO LUIS MURILLO CRUZ REINA ACEVEDO ACEVEDO ALEXANDER CANO CASTRO YAMILETTE QUESADA PACHECO MARÍA EUGENIA RIVERA ARAYA FLORA EUGENIA BERMÚDEZ SALGUERO PATRICIA MARÍN GÓMEZ

REGIDORES SUPLENTES: OLGA DINIA PÉREZ BONILLA, MARÍA LINNETT GÓMEZ SÁNCHEZ, ALEXANDRA GARCÍA BROWN, ALFREDO FALLAS QUESADA, JUANA ISABEL LEAL VILLAFUERTE, ORLANDO FRANCISCO RAMÍREZ CASTRO, BLANCA SUÑOL OCAMPO, MARVIN ALBERTO MARÍN ZÚÑIGA, MARLON ARAYA BOLAÑOS. SÍNDICOS PROPIETARIOS: CARMEN MARÍA GÓMEZ ASCH, MARÍA ESTHER CÉSPEDES ARAYA, VÍCTOR HUGO LANZA GUEVARA, JOSÉ MARTÌ ROJAS VALLADARES, JUAN GUILLERMO NÚÑEZ VÁSQUEZ, SONIA PATRICIA ZÚÑIGA JIMÉNEZ, MARÍA ESTHER SALAS GONZÁLEZ, MARÍA ELIZABETH SÁNCHEZ FONSECA, WILLIAM ANTONIO ABARCA VALVERDE, MELVIN SOLANO MIRANDA, DANIEL DOÑA HOOKER CC/ DANY DOÑAS HOOKER, SÍNDICOS SUPLENTES: MAURICIO ALFREDO OLIVA TORRES, RONALD ENRIQUE NARANJO SOLÍS, LIGIA MARÍA ROJAS DONATO, JOAN CORTÉS CASTRO, KATTIA SIBAJA MOLINA, ABELARDO MÉNDEZ GARRO, YERLIN ARLENE MONTERO MOLINA, KATTIA SOLANO BARRANTES, NIDIA BARRANTES MURILLO. Alcalde Municipal: DOCTORA SANDRA GARCÍA PÉREZ, Vice-alcaldesa Jefe Departamento Secretaría Municipal: LICENCIADA ILEANA ACUÑA JARQUÍN. Dirección de Auditoría: LICENCIADO ERICK GUTIERREZ DESANTI, Auditor Municipal A.I. Grabación y control de asistencia: SEÑOR: JUAN CARLOS CÉSPEDES OVIEDO. Asesores: MAURICIO VALERIO JIMÉNEZ, WALTER CHAVES OLIVARES, OSCAR PÉREZ CARPIO, DIDIER CARRANZA RODRÍGUEZ, ADRIANA ROJAS RIVERO, KARIM BEN AMAR, JUAN CARLOS CORDERO OVIEDO, MÓNICA SALAS MURILLO. SEÑORES: FABIAN ROJAS FUERTES, FERNANDO JIMÉNEZ DEBERNARDI, MARÍA DE LOS ÁNGELES ELIZONDO CASTRO, SEIDY VEGA ROMERO. En acatamiento del Acuerdo 1, Artículo IV de la Sesión Ordinaria 108 celebrada por el Concejo Municipal el día 22 de Mayo de 2012, se incluye el Orden del día a desarrollar en esta sesión: ORDEN DEL DÍA.- ARTÍCULO UNO AUDIENCIAS. ARTÍCULO DOS TRÁMITE URGENTE.- ARTÍCULO UNO.-AUDIENCIAS. I.-Tema: Salud Población Cantón Central, Doctor Cristhian Valerio Araya, Tecnólogo de Urología del Hospital México. II.-Tema: Gestión Ética, Comisión Institucional Rescate de Valores. Señora: Olga Ovares Araya. (Palabras e incidencias constan al final del Acta).- ARTÍCULO DOS.-TRÁMITE URGENTE.-

…es nuestra Red!

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Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 022-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 1.-DECLARAR INFRUCTUOSA LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000024-99999 “CONTRATACIÓN ACADEMIA CENTRO DE ESTUDIOS O INSTITUTO PARA PREPARAR ESTUDIANTES DE UNDÉCIMO AÑO PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE BACHILLERATO EN LAS MATERIAS DE MATEMÁTICA, ESPAÑOL, BIOLOGÍA, INGLÉS, FRANCÉS Y ESTUDIOS SOCIALES.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 022-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: La Licitación Abreviada 2012LA-000024-99999 “CONTRATACIÓN DE ACADEMIA, CENTRO DE ESTUDIOS O INSTITUTO PARA PREPARAR ESTUDIANTES DE UNDÉCIMO AÑO, PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE BACHILLERATO, EN LAS MATERIAS DE MATEMÁTICA, ESPAÑOL, BIOLOGÍA, INGLÉS, FRANCÉS Y ESTUDIOS SOCIALES”. RESULTANDO I: Que se cursó invitación a través del Sistema Compra Red, programando la apertura de las ofertas para el día 4 de mayo a las 10:00 am. Las empresas Colegio Boston de Negocios S.A. y Centro de Mejoramiento Activo o Colegio Científico Bilingüe Reina de los Ángeles presentaron ofertas para este concurso. RESULTANDO II: La Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante el oficio DAJ- 1105-15-2012, del 8 de mayo determinó realizar las siguientes prevenciones: COLEGIO BOSTON DE NEGOCIOS S.A.: Aportar timbres y declaraciones juradas puntos definidos en los apartados 2.1 y 11 del cartel licitatorio. CENTRO DE MEJORAMIENTO ACTIVO O COLEGIO CIENTÍFICO BILINGÜE REINA DE LOS ÁNGELES: Aportar certificación de que no cuenta con deudas con el FODESAP y documentación con la que se pueda determinar que esta a derecho con el régimen de obligaciones obrero-patronales, ya que aporta una certificación emitida por la CCSS en la que aparece como patrono INACTIVO. El Colegio Boston de Negocios aporta las declaraciones juradas y los timbres correspondientes en el plazo concedido para ello. RESULTANDO III: La parte técnica emite el criterio respectivo a través del oficio 090-DPVA-2012 suscrito por la Dra. Sandra García Pérez Vice Alcaldesa de la Municipalidad de San José y en donde determina que el CENTRO DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO debe subsanar y aportar la descripción, objetivos, contenidos, actividades, evaluación, equipo, materiales y estar en consonancia con los contenidos de las pruebas de bachillerato. Además no adjunta los curriculums de los docentes sino solamente presenta un cuadro con el nombre de los profesores y la clasificación de la carrera docente, por lo que deberá aportar estos aspectos. Por su parte en lo que concierne al COLEGIO BOSTON DE NEGOCIOS S.A.: determina la parte técnica que la empresa NO CUMPLE con el requisito señalado en el cartel que indica lo siguiente: “Las empresas deberán presentar el currículo de los docentes, que como mínimo tengan el título profesional de Licenciados y se encuentren inscritos en el colegio profesional respectivo (COLYPRO), solo en casos de excepción se aceptarían profesores con título profesional de Bachiller, con experiencia mínima de 10 años. La empresa deberá velar por contar con personal igualmente calificado que esté con posibilidades de sustituir a quien pudiese ausentarse en caso de emergencia…” Concluye la parte técnica de la presente Licitación que de los 27 posibles profesores 19 no cumplen con los requisitos y dos tienen información incompleta. Lo cual hace que esta empresa sea inelegible debido a no cumplir con un requisito cartelario indispensable. RESULTANDO IV: A la empresa CENTRO DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO se le notificó nuevamente el 15 de mayo de presentar tanto las prevenciones legales como las técnicas en un plazo de dos días hábiles, sin embargo, vencido el plazo la empresa no presentó ningún subsane, por lo que atendiendo a lo que indica el artículo 82 del Reglamento de Contratación Administrativa y por no atender la prevención oportunamente, misma que se realizó en esta ocasión dos veces se debe descalificar a este oferente en el tanto de que las prevenciones realizadas eran sobre documentos importantes y que debían estar acompañados con su oferta, por ejemplo, es indispensable el poder contar los curriculums del personal con el que cuenta el CENTRO DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO por que sin ellos no es posible determinar si cumplen con los requisitos cartelarios en especial el de estar incorporado en el Colegio profesional respectivo (COLYPRO) o en caso de ser bachiller universitario contar con la experiencia de 10 años, condición tan vital e invariable que al no cumplirla le ocasionó la descalificación a la empresa COLEGIO BOSTON DE NEGOCIOS S.A. al no tener su personal los requerimientos solicitados. El derecho a la educación en nuestro país se le ha considerado siempre como fundamental: “(…) Si bien es cierto, la población costarricense históricamente ha reconocido el papel fundamental que la educación ha jugado en nuestra sociedad como instrumento de movilidad social, promotor de oportunidades, sustento de la paz y

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consolidación de la democracia que ha vivido Costa Rica, hoy en día nuestro sistema educativo enfrenta grandes retos. Un reto social para que sea un instrumento eficaz de cierre de la brecha entre clases sociales existente en todo el territorio nacional, un reto económico que supone lograr elevar la competitividad y productividad del país, y un reto ético de sentido humanista, para que la educación reproduzca un desarrollo armónico de cada persona(..)”. 1 Y para poder brindar una educación de calidad que aseguren excelentes resultados es necesario contar con el personal capaz de realizar esta labor, de ahí deriva la necesidad de que se cuente con los atestados suficientes para poder impartir los cursos que eran el objeto contractual de la Licitación Abreviada 2012LA-000024-99999 “CONTRATACIÓN DE ACADEMIA, CENTRO DE ESTUDIOS O INSTITUTO PARA PREPARAR ESTUDIANTES DE UNDÉCIMO AÑO, PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE BACHILLERATO, EN LAS MATERIAS DE MATEMÁTICA, ESPAÑOL, BIOLOGÍA, INGLÉS, FRANCÉS Y ESTUDIOS SOCIALES”. RESULTANDO V: En vista de en la Licitación citada solamente que la empresa COLEGIO BOSTON DE NEGOCIOS S.A no cumple con los requisitos cartelarios, y la empresa CENTRO DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO no respondió las prevenciones en el plazo estipulado se debe declarar el presente procedimiento como una Licitación infructuosa. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal acuerda, con base en los oficios citados y amparados en lo que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, recomienda la DECLARATORIA DE INFRUCTUOSA de la Licitación Abreviada 2012LA-000024-99999 “CONTRATACIÓN DE ACADEMIA, CENTRO DE ESTUDIOS O INSTITUTO PARA PREPARAR ESTUDIANTES DE UNDÉCIMO AÑO, PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE BACHILLERATO, EN LAS MATERIAS DE MATEMÁTICA, ESPAÑOL, BIOLOGÍA, INGLÉS, FRANCÉS Y ESTUDIOS SOCIALES”., por no existir empresa que cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por nueve votos para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Votan en contra los ediles: HERNÁNDEZ VÁSQUEZ y MURILLO CRUZ. Vota la Regidora Suñol Ocampo en lugar de la Regidora Marín Gómez quien se excusa de participar en la discusión y votación de este asunto. Se acuerda: ACUERDO 2.- AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE A NEGOCIAR CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN CON LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE SAN JOSÉ, DE ANTIGUAS INSTALACIONES ESCUELA RAMIRO AGUILAR.- “Acójase y apruébese moción de la Regidora Acevedo Acevedo, que dice:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que hace aproximadamente tres años la Escuela Ramiro Aguilar, ubicada en el Distrito Merced, Barrio México, dejó de funcionar por falta de población estudiantil. SEGUNDO: Que la Municipalidad de San José, en su oportunidad realizó en el inmueble inversiones de remodelación, dejando el edificio en condiciones óptimas para funcionar. TERCERO: Que mediante estudio adjunto a la presente moción la Gerencia de la Provisión de Servicios y del Ministerio de Salud, se concluye que la Edificación donde se ubica la Escuela Ramiro Aguilar, podría seguir funcionando como un centro de uso de aprovechamiento institucional por parte de la Municipalidad de San José. CUARTO: Que en virtud de lo anterior, dicha edificación puede funcionar para diversas actividades municipales y de la comunidad de Merced; tales como el centro de capacitación de los empleados municipales, el establecimiento del Departamento de Sanidad de Distrito de Merced, la sede de aproximadamente 350 Boy Scout del Distrito de Merced; la sede fija del Concejo de Distrito de Merced, así como cualquier otro uso que considere necesario la Administración Municipal.

POR TANTO:

Este Concejo Municipal en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Ordenamiento jurídico, acuerda: PRIMERO: Autorizar al Señor Alcalde Municipal en representación de la Municipalidad de San José, a fin de negociar un convenio de Administración con la Junta de Educación de San José, de las antiguas instalaciones de la Escuela Ramiro Aguilar, para el funcionamiento de un Centro de uso de aprovechamiento institucional por parte de la Municipalidad de San José y de la comunidad de Merced. SEGUNDO: Una vez negociado el referido convenio, remitir el mismo al Concejo Municipal, para su respectiva aprobación”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 032-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 3.- AUTORIZAR CANCELACIÓN PRESTACIONES A ROGER REID VARGAS.-

1 Procuraduría General de la República en su opinión jurídica Nº OJ-189-2005 del 28 de noviembre de 2005.

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“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 032-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Exp. 3681 Oficio ALCALDIA 2466-2012 de fecha 16 de mayo de 2012, del Despacho del Alcalde, Ing. Johnny Araya Monge, mediante el cual solicita el pago de prestaciones del ex funcionario: ROGER REID VARGAS. RESULTANDO I: Que el Alcalde Municipal, remite oficio 0437-DP-12 del Lic. Enrique Matarrita, Encargado Proceso, Departamento de Presupuesto., al que se anexa expediente con pago de prestaciones legales del ex funcionario: ROGER REID VARGAS. POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto después de analizado el expediente y con base en los criterios técnicos del Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Control de Presupuesto acuerda autorizar a la Administración para que se cancelen las prestaciones del ex funcionario: ROGER REID VARGAS como se detalla a continuación:

NOMBRE

ACCION DE PERSONAL

MONTO

Roger Reid Vargas 0294-PSAJ-12 ¢2.236.735.55

Lo anterior dispone de la debida reserva presupuestaria, para que una vez aprobado el acuerdo municipal, proceda a cancelar dicho compromiso”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 031-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 4.- AUTORIZAR CANCELACIÓN PRESTACIONES A LUIS ADOLFO PALACIOS ARROYO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 031-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Exp. 3680 Oficio ALCALDIA 2466-2012 de fecha 16 de mayo de 2012, del Despacho del Alcalde, Ing. Johnny Araya Monge, mediante el cual solicita el pago de prestaciones del ex funcionario: LUIS ADOLFO PALACIOS ARROYO. RESULTANDO I: Que el Alcalde Municipal, remite oficio 0437-DP-12 del Lic. Enrique Matarrita, Encargado Proceso, Departamento de Presupuesto., al que se anexa expediente con pago de prestaciones legales del ex funcionario: LUIS ADOLFO PALACIOS ARROYO. POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto después de analizado el expediente y con base en los criterios técnicos del Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Control de Presupuesto acuerda autorizar a la Administración para que se cancelen las prestaciones del ex funcionario: LUIS ADOLFO PALACIOS ARROYO como se detalla a continuación:

NOMBRE

ACCION DE PERSONAL

MONTO

Luis Adolfo Palacios Arroyo

0295-PSAJ-12

¢1.635.562.40

Lo anterior dispone de la debida reserva presupuestaria, para que una vez aprobado el acuerdo municipal, proceda a cancelar dicho compromiso” ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 030-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 5.- AUTORIZAR CANCELACIÓN PRESTACIONES A MARCOLINO CARRIÓN CHACÓN.-

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“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 030-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Exp. 3679 Oficio ALCALDIA 2466-2012 de fecha 16 de mayo de 2012, del Despacho del Alcalde, Ing. Johnny Araya Monge, mediante el cual solicita el pago de prestaciones del ex funcionario: MARCOLINO CARRIÓN CHACÓN. RESULTANDO I: Que el Alcalde Municipal, remite oficio 0437-DP-12 del Lic. Enrique Matarrita, Encargado Proceso, Departamento de Presupuesto., al que se anexa expediente con pago de prestaciones legales del ex funcionario: MARCOLINO CARRIÓN CHACÓN. POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto después de analizado el expediente y con base en los criterios técnicos del Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Control de Presupuesto acuerda autorizar a la Administración para que se cancelen las prestaciones del ex funcionario: MARCOLINO CARRIÓN CHACÓN como se detalla a continuación:

NOMBRE

ACCION DE PERSONAL

MONTO

Marcolino Carrión Chacón

0288-PSAJ-12

¢20.293.106.05

Lo anterior dispone de la debida reserva presupuestaria, para que una vez aprobado el acuerdo municipal, proceda a cancelar dicho compromiso”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 029-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 6.- AUTORIZAR CANCELACIÓN PRESTACIONES A MELISSA CALDERÓN SOLANO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 029-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Exp. 3678 Oficio ALCALDIA 2466-2012 de fecha 16 de mayo de 2012, del Despacho del Alcalde, Ing. Johnny Araya Monge, mediante el cual solicita el pago de prestaciones de la ex funcionaria: MELISSA CALDERÓN SOLANO. RESULTANDO I: Que el Alcalde Municipal, remite oficio 0437-DP-12 del Lic. Enrique Matarrita, Encargado Proceso, Departamento de Presupuesto., al que se anexa expediente con pago de prestaciones legales la ex funcionaria: MELISSA CALDERÓN SOLANO. POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto después de analizado el expediente y con base en los criterios técnicos del Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Control de Presupuesto acuerda autorizar a la Administración para que se cancelen las prestaciones a la ex funcionaria: MELISSA CALDERÓN SOLANO como se detalla a continuación:

NOMBRE

ACCION DE PERSONAL

MONTO

Melissa Calderón Solano

0257-PSAP-12

¢922.624.95

Lo anterior dispone de la debida reserva presupuestaria, para que una vez aprobado el acuerdo municipal, proceda a cancelar dicho compromiso”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 019-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda:

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ACUERDO 7.- AUTORIZAR DEVOLUCIÓN A CONTRIBUYENTE MAGALY JIMÉNEZ PORRAS E INVERSIONES HOSHWAI S.A.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 019-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, CANO CASTRO y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Nómina No 07-12 devoluciones a Contribuyentes para su correspondiente aprobación y trámite por un monto total de ¢2.026.508.52 RESULTANDO I: MAGALY JIMÉNEZ PORRAS 50458 Con base en el Oficio No SPPI-0688-12, se gira este pago para devolver dinero cancelado por permiso de construcción que no fue utilizado comprobante de pago No 253439……..¢136.620.00. RESULTANDO I: INVERSIONES HOSHWAI, S.A. 50469 Con base en el Oficio No 177-ING-12, se gira este pago por cobro Indebido en Impuesto Municipales……..¢1.889.888.52 POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto, después de analizada la documentación y con base en los criterios técnicos antes señalados, recomienda proceder a pagar el monto solicitado en la Nómina No 07 a nombre de MAGALY JIMÉNEZ PORRAS por un monto de……..¢136.620.00 e INVERSIONES HOSHWAI, S.A por un monto de……..¢1.889.888.52”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 016-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 8.- AUTORIZAR DEVOLUCIÓN A CONTRIBUYENTE CORPORACIÓN SALINAS E HIJOS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 016-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, CANO CASTRO y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Nómina No 09-12 devoluciones a Contribuyentes para su correspondiente aprobación y trámite por un monto total de ¢12.717.342.00 RESULTANDO I: CORPORACION SALINAS E HIJOS 50660 Con base en el Oficio No SPPI-0915-12, se gira este pago para devolver dinero cancelado por permiso de construcción que no fue utilizado comprobante de pago No 605141………¢12.717.342.00 POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto, después de analizada la documentación y con base en los criterios técnicos antes señalados, recomienda proceder a pagar el monto solicitado en la Nómina No 09 a nombre de CORPORACIÓN SALINAS E HIJOS por un monto de……..¢12.717.342.00”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 013-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 9.- AUTORIZAR DEVOLUCIÓN A CONTRIBUYENTE CINTHIA TATIANA BONILLA MONTERO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 013-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Nómina No 08-12 devoluciones a Contribuyentes para su correspondiente aprobación y trámite por un monto total de ¢1.187.604.00 RESULTANDO I: CINTHIA TATIANA BONILLA MONTERO 50555 Con base en el Oficio No SPPI-0688-12, se gira este pago para devolver dinero cancelado por permiso de construcción que no fue utilizado comprobante de pago No 253439………¢1.187.604.00

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POR TANTO: La Comisión de Hacienda y Presupuesto, después de analizada la documentación y con base en los criterios técnicos antes señalados, recomienda proceder a pagar el monto solicitado en la Nómina No 08 a nombre de CINTHIA TATIANA BONILLA MONTERO por un monto de……..¢1.187.604.00.” ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 023-CHP-2012 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. Se acuerda: ACUERDO 10.- ADJUDICAR LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000011-99999 “SUMINISTRO DE MANO DE OBRA Y MATERIALES DE TRES PASOS PEATONALES EN CALLE CERO, CALLE 8 Y CALLE 10 DISTRITO HOSPITAL AL CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 023-CHP-2012 de la COMISION DE HACIENDA y PRESUPUESTO suscrito por los miembros: ZAMORA BOLAÑOS, BERMÚDEZ SALGUERO, LAWSON MARCHENA, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA, ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO y ALTAMIRANO QUESADA, que dice: CONSIDERANDO: Licitación Abreviada 2012LA-000011-99999 SUMINISTRO DE MANO DE OBRA Y MATERIALES DE 3 PASOS PEATONALES EN CALLE CERO, CALLE 8 Y CALLE 10, DISTRITO HOSPITAL. RESULTANDO I: Que se cursó invitación a través del Sistema Compra Red, presentó oferta para este concurso: CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI. RESULTANDO II: Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, según oficio DAJ-01174-2012, indica que la única empresa concursante, CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI, cumple jurídicamente. RESULTANDO III: Que el Lic. Victorino Venegas Sibaja Jefe Mejoramiento de Barrios y el Ing. Manuel Ordeñana Ayerdis, del Departamento de Diseño de Mejoramiento de Barrios, mediante el oficio 1005-MB-2012, indica que una vez analizada técnicamente la oferta presentada por el CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI, cumple con todos los requisitos técnicos y se ajusta con el presupuesto asignado. POR TANTO: Una vez concluido el procedimiento se decidió con base en los fundamentos técnicos, legales y contar con reserva presupuestaria para el citado concurso, esta Comisión de Hacienda y Presupuesto recomienda la adjudicación de la Licitación Abreviada 2012LA-000011-99999 SUMINISTRO DE MANO DE OBRA Y MATERIALES DE 3 PASOS PEATONALES EN CALLE CERO, CALLE 8 Y CALLE 10, DISTRITO HOSPITAL al CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI, por cumplir con todos los requisitos tanto legales como técnicos, además se aprueba el egreso de la misma, por lo que se detalla lo siguiente: CONSORCIO GRUPO OROSI SIGLO XXI SUMINISTRO DE MANO DE OBRA Y MATERIALES DE 3 PASOS PEATONALES EN CALLE CERO, CALLE 8 Y CALLE 10, DISTRITO HOSPITAL MONTO OFERTADO: ¢37.647.002.40 PLAZO DE ENTREGA: 30 DÍAS NATURALES FORMA DE PAGO: De acuerdo al cartel”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 005-CAJ-2012 de la Comisión de Asuntos Jurídicos. Vota en contra el edil: MURILLO CRUZ. Se acuerda: ACUERDO 11.- ANULAR ACUERDOS 30 DE SESIÓN ORDINARIA 128, 15 DE SESIÓN ORDINARIA 131, 8 DE SESIÓN EXTRAORDINARIA 64, 17 DE SESIÓN ORDINARIA 140, RECHAZAR CADUCIDAD Y NULIDAD DE NOTIFICACIÓN SOBRE ASUNTO FEDEMAURI S.A.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 005-CAJ-2012 de la COMISION DE ASUNTOS JURÍDICOS suscrito por los miembros: MARÍN GÓMEZ, ZAMORA BOLAÑOS, HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, CANO CASTRO y ACEVEDO ACEVEDO, que dice: ASUNTO: Expediente 1525/ 10-16, Expediente relacionado con Recurso de Revocatoria con apelación subsidiaria y nulidad concomitante interpuesto por Fedemauri S.A en contra de un acuerdo del Concejo.

CONSIDERANDO:

1. Acto Administrativo de la Municipalidad de San José: Notificación N° 6818 del 27 de abril del 2006.

Previene al administrado que el rótulo de Coca Cola invade la acera aérea y que carece de diseño integral

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de publicidad, motivo por el cual le otorga 15 días hábiles para quitar el rótulo. Notificación realizada en el comercio del vecino llamado Game Universe.

2. Dicho acto administrativo, dio lugar a 4 procedimientos administrativos, a saber, uno de ampliación del plazo por no poder obtener los permisos correspondientes en 15 días, otro de nulidad de la notificación por haberse notificado en el comercio del vecino, otro de caducidad del procedimiento, y el último de nulidad de la notificación, falta de competencia y caducidad.

3. Asimismo, este acto administrativo ha dado lugar a otras resoluciones administrativas por parte del MOPT, en donde el administrado obtuvo permiso por parte de gobierno central.

a) El 26 de enero 2007, mediante el oficio N° IVD-07-0069, el MOPT otorgó autorización de permiso de rótulo de funcionamiento N° RF-07-002.rn 02, con la Leyenda Coca Cola, instalado en el techo del edificio localizado en San José, Avenida Segunda, calle 7 y 9, propiedad de Fedemauri S.A., con fundamento en el Decreto Ejecutivo N° 29253-MOPT modificado por Decreto N° 30063-MOPT del 15 de enero del 2002.

b) El 19 de febrero del 2007, el MOPT emite el Oficio N° MT-2007-060, en donde indica que la Avenida Segunda, tramo comprendido entre el Parque de la Merced hasta el Museo Nacional, está incluido en la Ruta N° 2, perteneciente a la Red Vial Nacional, y que la competencia para la instalación de rótulos en la ruta indicada le corresponde al MOPT.

4. También se presencias resoluciones judiciales del Tribunal Contencioso Administrativo con órdenes expresas de resolver el asunto.

RESULTANDO

Sobre asuntos planteados sin resolver por parte del Concejo Municipal: 1. Procedimiento administrativo de ampliación del plazo de 15 días que indica la notificación 6818 del 27-04-

2006 iniciado ante la Sección de Inspección Urbana. a.- 22-05-2006. Solicitud por parte del administrado. b.- 25-05-2006. Oficio N° 21-R-SIU-06 de la Sección de Inspección Urbana, que rechaza la gestión. c.- Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio. d.- 23-02-2006. Oficio N° DIUR-356-2006. Rechaza el recurso de revocatoria y eleva el asunto al Alcalde. e.- 13-07-2006. Oficio 6097. Rechaza el recurso de apelación. f.- 21-07-2006. Recurso de Consideración contra oficio 6097. g.- 17-08-2006. Oficio 7148. Rechazo del recurso de consideración y elevación del asunto ante el Concejo Municipal. El procedimiento administrativo termina aquí, porque el administrado presentó recurso de consideración, en lugar de recurso de revocatoria con apelación en subsidio, por lo que el Alcalde elevó de forma errónea el asunto al conocimiento del Concejo Municipal, según lo indica el artículo _____ del Código Municipal. Por lo anterior, lo que procede es la nulidad de los siguientes acuerdos:

Acuerdo del Concejo Municipal N° 30, artículo V, Sesión Ordinaria N° 128 del Concejo Municipal, por Nulidad Absoluta por falta de competencia de dar orden de eliminación del rótulo del 21-10-2008.

Acuerdo del Concejo Municipal N° 15, artículo IV de la sesión ordinaria 131, corrige el error material anulando el emplazamiento ante el Tribunal Contencioso Administrativo y reitera el rechazo del recurso de apelación del 28-10-2008.

Acuerdo Municipal N° 8, artículo II, de la Sesión Extraordinaria 64, en donde rechaza el recurso de revisión contra el acuerdo 30, artículo V de la Sesión Ordinaria 128 del 17-11-2008.

Acuerdo del Concejo Municipal N° 17, sin artículo, de la sesión ordinaria 140, en donde rechaza el recurso de revisión. Advierte que cabe recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante el tribunal contencioso administrativo del 17-12-2008.

Y se deja sin efecto, la resolución N° 2411-2011 del Tribunal Contencioso Administrativo del 24-06-2011, que declara mal admitida el recurso de apelación y le pide al Concejo Municipal resolver la apelación.

2. Solicitud de caducidad del procedimiento de ampliación del plazo. El procedimiento de caducidad fue presentado el 16 de octubre del año 2008 y reiterado el 26 de noviembre del 2008, dentro del procedimiento de solicitud de ampliación del plazo, el cual culminó mediante el Oficio 7148 de la Alcaldía con fecha del 17 de agosto del año 2006, por lo que el mismo carece de interés actual, por lo que lo que procede es su rechazo por improcedente.

3. Nulidad de notificación N° 6818 por falta de competencia. La solicitud de nulidad de notificación N° 6818, tramitada ante el Tribunal Contencioso Administrativo, debe ser resuelta por el Concejo Municipal por orden del juzgador, por lo que procede su resolución. Haciendo un recuento, el 31 de mayo del 2006, el administrado solicitó recurso de nulidad contra la notificación N° 6818, por haber sido notificada en el comercio Game Universe, en lugar de haber sido notificada en su domicilio. Este procedimiento fue rechazado mediante resolución administrativa firme el día 13 del mes de julio del año 2006 por parte de la alcaldía.

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En esta otra instancia, el administrado solicita se declare la nulidad de la notificación N° 6818 por otras razones, tales como que ya corrieron y no se encuentra sobre espacio público, falta de competencia y vulneración a la Ley de Simplificación de Trámites, por contar con un permiso del MOPT para mantener el rótulo sobre el techo de su propiedad que se encuentre frente a carretera nacional.

El administrado no demuestra que el rótulo haya sido corrido y que no se encuentre sobre espacio público, por lo que se procede al rechazo de esta fundamentación por falta de prueba. Sobre la Competencia: El caso en cuestión se trata de un conflicto de competencia entre la Municipalidad de San José y el Gobierno Central, específicamente con el MOPT, con respecto de los permisos de colocación de rótulos de publicidad en vías nacionales. En efecto, el MOPT sostiene el criterio que la competencia le corresponde exclusivamente al MOPT con fundamento en la Ley General de Construcciones y la Ley General de Caminos Públicos, Ley N° 5060 y Reglamento de los Derechos de Vía y Publicidad Exterior, Decreto N° 29253-MOPT del año 2001 y su reforma mediante el Decreto N° 30063-MOPT, publicado el 2 de enero del 2002. Por su parte el Municipio considera que la competencia le corresponde al municipio, con el visto bueno del MOPT de conformidad con el artículo 169 de nuestra Carta Magna, artículo 1° y 74 de la Ley de Construcciones, artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana, artículo 13 inciso p) y 79 del Código Municipal, y el Plan Director Urbano vigente desde el 3 de agosto del 2005, específicamente mediante el Reglamento de la publicidad exterior (artículos 1 y 2). Claramente indica el Oficio N° DAJ-473-2012, que este problema de la competencia ya ha sido analizado anteriormente tanto por la Sala Constitucional como por el Tribunal Contencioso Administrativo. La Sala ha manifestado que la competencia del MOPT no lo autoriza al irrespeto de la norma local, es decir, cuando existen planes reguladores, el MOPT debe respetar dicha normativa y coordinar sus acciones con el gobierno local. (Voto 5445-99). Por su parte el Tribunal Contencioso ha llegado a la conclusión que las calles nacionales son competencia del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Sin embargo, esas vías atraviesan el Cantón Central de San José, por lo que el municipio cuenta con una serie de competencias que lo legitiman para pronunciarse sobre el uso y afectación de la vía pública, conjuntamente con el MOPT, por lo que la competencia en este caso es “compartida” (resolución 019-2008, Sección VII). Sobre el fondo: Con fundamento 169 de nuestra Carta Magna, artículo 1° y 74 de la Ley de Construcciones, artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana, artículo 13 inciso p) y 79 del Código Municipal, y el Plan Director Urbano vigente desde el 3 de agosto del 2005, específicamente mediante el Reglamento de la publicidad exterior (artículos 1 y 2), cualquier administrado requiere obtener licencia municipal, para colocar cualquier estructura de publicidad exterior en propiedad privada adyacente a una vía nacional, previo visto bueno del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Por lo que procede, es que el administrado proceda a solicitar el permiso municipal de colocación del rótulo Coca Cola sobre el techo de la propiedad de su representada Fedemauri S.A., cumpliendo con los requisitos de ley, a saber: Solicitud firmada por el propietario (formulario), Certificación de la propiedad, Copia del plano catastrado, Croquis del rótulo conteniendo la leyenda, materiales, coas, dimensiones y sistema de iluminación, Visto bueno del MOPT y Constancia de que el dueño de la propiedad no se encuentra en mora con la CCSS. Sobre la aplicación de la Ley de simplificación de trámites. Al tratarse de una competencia compartida según criterio reiterado de nuestra jurisprudencia, no cabe la aplicación de la Ley de Simplificación de Trámites, ya que el asunto en marras no se trata sobre la nulidad del permiso del MOPT sino de la obtención del permiso municipal, el cual no viene a sustituir el anterior, sino a adicionar el mismo.

4. Condenatoria de daños perjuicios del municipio. El Concejo Municipal carece de competencia para resolver esta resolución, la cual debe ser conocida por el Tribunal Contencioso Administrativo mediante un proceso ordinario, de conformidad con el Código Procesal Contencioso Administrativo.

POR TANTO

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José: PRIMERO: Admitir el recurso de revocatoria por la forma contra el acuerdo del Concejo Municipal N° 16, artículo IV de la sesión ordinaria N° 34 del 8 de diciembre del 2010, por encontrase planteada en tiempo y forma. SEGUNDO: Admitir el recurso de revocatoria por el fondo contra el acuerdo del Concejo Municipal N° 16, artículo IV de la sesión ordinaria N° 34 del 8 de diciembre del 2010, por encontrase planteada en tiempo y forma. En dicho sentido, se revoca el acto administrativo impugnado y en su lugar se procede a enderezar los procedimientos, por encontrarse viciados de nulidad absoluta, en el siguiente sentido: TERCERO: Se declara la nulidad de los siguientes acuerdos del Concejo Municipal: Acuerdo del Concejo Municipal N° 30, artículo V, Sesión Ordinaria N° 128 del Concejo Municipal, por Nulidad Absoluta por falta de competencia de dar orden de eliminación del rótulo del 21-10-2008; Acuerdo del Concejo Municipal N° 15, artículo IV de la sesión ordinaria 131, corrige el error material anulando el emplazamiento ante el Tribunal Contencioso Administrativo y reitera el rechazo del recurso de apelación del 28-10-2008; Acuerdo Municipal N° 8, artículo II, de la Sesión

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Extraordinaria 64, en donde rechaza el recurso de revisión contra el acuerdo 30, artículo V de la Sesión Ordinaria 128 del 17-11-2008; Acuerdo del Concejo Municipal N° 17, sin artículo, de la sesión ordinaria 140, en donde rechaza el recurso de revisión. Advierte que cabe recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante el tribunal contencioso administrativo del 17-12-2008. CUARTO: Basado en el Principio General del Derecho de que la lo accesorio sigue la suerte de lo principal, se deja sin efecto, la resolución N° 2411-2011 del Tribunal Contencioso Administrativo del 24-06-2011, que declara mal admitida el recurso de apelación y le pide al Concejo Municipal resolver la apelación. QUINTO: Se rechaza el procedimiento de caducidad que fue presentado el 16 de octubre del año 2008 y reiterado el 26 de noviembre del 2008, dentro del procedimiento de solicitud de ampliación del plazo, ya que dicho procedimiento culminó mediante el Oficio 7148 de la Alcaldía con fecha del 17 de agosto del año 2006, por lo que el mismo carece de interés actual. SEXTO: Se rechaza la solicitud de nulidad de notificación N° 6818, tramitada ante el Tribunal Contencioso Administrativo, por falta de prueba de que el rótulo haya sido corrido y que no se encuentre sobre espacio público, por contar el municipio con competencia para solicitar permiso municipal según nos informa el Oficio N° DAJ-473-2012, al tratarse de una competencia “compartida”. Al tratarse de una competencia compartida según criterio reiterado de nuestra jurisprudencia, no cabe la aplicación de la Ley de Simplificación de Trámites, ya que el asunto en marras no se trata sobre la nulidad del permiso del MOPT sino de la obtención del permiso municipal, el cual no viene a sustituir el anterior, sino a adicionar el mismo. Por último, con fundamento 169 de nuestra Carta Magna, artículo 1° y 74 de la Ley de Construcciones, artículo 15 de la Ley de Planificación Urbana, artículo 13 inciso p) y 79 del Código Municipal, y el Plan Director Urbano vigente desde el 3 de agosto del 2005, específicamente mediante el Reglamento de la publicidad exterior (artículos 1 y 2), cualquier administrado requiere obtener licencia municipal, para colocar cualquier estructura de publicidad exterior en propiedad privada adyacente a una vía nacional, previo visto bueno del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. SETIMO. Se le previene al administrado que puede proceder a solicitar el permiso municipal de colocación del rótulo Coca Cola sobre el techo de la propiedad de su representada Fedemauri S.A., cumpliendo con los requisitos de ley, a saber: Solicitud firmada por el propietario (formulario), Certificación de la propiedad, Copia del plano catastrado, Croquis del rótulo conteniendo la leyenda, materiales, coas, dimensiones y sistema de iluminación, Visto bueno del MOPT y Constancia de que el dueño de la propiedad no se encuentra en mora con la Caja Costarricense del Seguro Social. OCTAVO: Se reitera que el recurso de apelación contra el acuerdo del concejo municipal N° 32, artículo IV, de la sesión ordinaria N° 155, fue admitido por la forma mediante el acuerdo del Concejo Municipal N° 6, artículo IV, de la sesión ordinaria N° 166 del 30 de junio del año 2009. Sin embargo, dicha resolución lo que hace es acumular todos los procedimientos, lo cual se encuentra en firme y no resolver el recurso de caducidad, al no haber una resolución sobre el particular por parte de la administración. Por lo anterior, la resolución por el fondo de dicho recurso de apelación debe ser rechazada por carecer de interés actual el tema de la caducidad. NOVENO: Por haber sido admitido por el fondo el recurso de revocatoria, no cabe la admisión recurso de apelación contra el acuerdo del Concejo Municipal N° 16, artículo IV de la sesión ordinaria N° 34 del 8 de diciembre del 2010. DÉCIMO: se advierte que contra esta resolución es procedente el Recurso de Revocatoria ante este Concejo, en caso que el Recurrente desee utilizar el recurso de Apelación en subsidio ante el Tribunal Contencioso Administrativo, el cual deberá interponerse dentro del plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO SEÑALAR LUGAR O MEDIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DEL CIRCUITO JUDICIAL EN EL CUAL TIENE SU SEDE EL TRIBUNAL, se deberá de trasladar el respectivo expediente administrativo debidamente foliado; en caso de que se traten de copias las mismas deben estar certificadas por el funcionario competente, según los lineamientos dados por el Tribunal Contencioso Administrativo. DÉCIMO PRIMERO: Notifíquese al interesado al lugar y/o medios señalados para el efecto”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 01-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 12.-APROBAR VEINTICINCO BECAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 01-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA ALVAREZ, ZAMORA BOLAÑOS y MARÍN GÓMEZ, que dice: CONSIDERANDO: Expedientes de becas de primaria y secundaria (25) para el curso lectivo del año 2012, de

febrero a noviembre por la suma de 15.000.00 (Quince mil colones con 00/100) por mes, para un total de ¢150.000.00 al año. RESULTANDO: Que basados en el informe de la Oficina de proceso Bienestar Socio Laboral, se aprueba las siguientes becas de primaria y segundaria:

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NUEVA DE PRIMARA (03) ESTUDIANTE RESPONSABLE

197. MÉNDEZ SÁNCHEZ DAYANA Xiomara Sánchez Hernández. 198. UREÑA VEGA DILLIAN Kattya Vega Camacho. 199. ZAMORA RIVAS DANIELA Lissette Rivas Garro.

RENOVACIÓN DE PRIMARIA (08) ESTUDIANTE RESPONSABLE

200. BOGANTES LÓPEZ FABIÁN María Elena López Pérez. 201. FERNÁNDEZ NIETO JOSTHIN Marvin Fernández Ortiz. 202. JAUBERT RAMÍREZ ALCIDES Rigoberto Jaubert Ureña. 203. MADRIGAL BONILLA ARIANA Walter Madrigal Barboza. 204. MARÍN JIMÉNEZ KATHIA Miltón Marín Rivera. 205. MONGE RAMÍREZ DYLAN Margoth Ramírez Madrigal. 206. MORA LÓPEZ LESTER Javier Mora García. 207. MORA ROMÁN ARMANDO Alexandra Román Rodríguez.

RENOVACIÓN DE SECUNDARIA (14) ESTUDIANTE RESPONSABLE

208. ALVARADO MONGE VALERIA Efraín Alvarado Muñóz. 209. BOREL SOLANO ROLANDO Nancy Solano Rodríguez. 210. DÍAZ ÁLVREZ LUIS FELIPE José Elías Díaz Robles. 211. FLORES MADRIGAL JOSELYN Patricia Camacho Avalos. 212. HERNÁNDEZ AGUIRRE ANDRÉS Esteban Hernández Cambronero. 213. HERRERA CALVO JOSHUA Efraín A. Rodríguez Arias. 214. JIMÉNEZ JIMÉNEZ TIFFANY Mario A. Jiménez Rodríguez. 215. LIZANO BRENES JOSUÉ Marilyn Brenes Chaves. 216. LÓPEZ ARAGÓN MELANY Marlen López Aragón. 217. MARÍN AGÜERO LUIS Carol María Agüero Valverde. 218. MIRANDA MORENO MA. FERNANDA Bienvenida Moreno Mora. 219. RAMOS GONZÁLEZ MARÍA JOSÉ Jorge Ramos Busto. 220. ROJAS CASTILLO JAIRO Gabriela Rojas Castillo. 221. VARGAS CAMACHO MICHELLE Patricia Camacho Avalos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 02-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 12.1-APROBAR VEINTICUATRO BECAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 02-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA ALVAREZ, ZAMORA BOLAÑOS y MARÍN GÓMEZ, que dice: CONSIDERANDO: Expedientes de becas de primaria y secundaria (24) para el curso lectivo del año 2012, de

febrero a noviembre por la suma de 15.000.00 (Quince mil colones con 00/100) por mes, para un total de ¢150.000.00 al año. RESULTANDO: Que basados en el informe del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, se aprueban las siguientes becas de primaria y segundaria:

NUEVAS DE PRIMARIA (15)

ESTUDIANTE RESPONSABLE 222. ACEVEDO MARTÍNEZ KENMLY DANIELA Ma. Ester Martínez Traña. 223. ARAYA ALONSO JOHAN RICARDO Wilberth Castillo Sánchez. 224. BERRIOS HARLEY JEFFERSON STWARD Wendy Harley Alvarado. 225. ESPINOZA GUEVARA JOSÉ ANDRÉS Ma. Margarita Palma Campos. 226. FIGUEROA FIGUEROA DIANA BRILLYTH Unisis Figueroa Morales. 227. GUITIÉRREZ GARCÍA EDWIN ALEXANDER Elisa Elieth Gutiérrez García. 228. HE ROMERO INDIRA YUDITH Cinthya Vanessa Romero Vega. 229. MONTERO DÍAZ NOELIA DE LOS ANG. Elsa María Díaz Céspedes. 230. MORÚA ARRIOLA SALETH Xinia María Arriola González.

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231. MOYA ESPINOZA DAVID JOHEL Viviana Espinoza Quijano. 232. ORTEZ CENTENO ROBERTO CARLO Irene del Socorro Centeno Sevilla. 233. PARAMO CERNA ANA MARÍA Rosa Migdalia Cerna Jiménez. 234. PÉREZ JIMÉNEZ MAIKELL ADRIÁN Carlos Pérez Chaves. 235. RAMÍREZ BRENES HAZEL DE LOS ANG. Paula Merat Ramírez Brenes. 236. ROJAS SLINGER VÍCTOR MANUEL Jagdice Simona Slinger Sevilla.

NUEVAS DE SECUNDARIA (02) ESTUDIANTE RESPONSABLE

237. CERDAS LÓPEZ BERNAL JOSUÉ Georgina Cerdas López. 238. ROJAS MORA ESTEBAN ALONSO Karla Mora Esquivel.

RENOVACIÓN DE SECUNDARIA (07) ESTUDIANTE RESPONSABLE

239. ARCE SOTO MEILYN MELISSA Jenny María Soto Serrano. 240. BARRANTES SÁENZ KRISTEL María Mercedes Sáenz Linarte. 241. CALDERÓN SOLÍS JEAN FRANCO Margot María Solís Jiménez. 242. LEÓN GONZÁLEZ JOSEPH PORFIRIO Solicitante mayor de Edad. 243. OBANDO CUADRA NATHAN MICHAEL Johana Soveida Cuadra Mora. 244. SOLANO CHAVARRÍA BRITTANY RACHEL Yesenia Chavarría Vargas. 245. WALLACE LEE NICOLE DAYANA Emma Lee Vaez”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 03-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 12.2-APROBAR DIECIOCHO BECAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 03-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA ALVAREZ, ZAMORA BOLAÑOS y MARÍN GÓMEZ, que dice: CONSIDERANDO: Expedientes de becas de primaria y secundaria (18) para el curso lectivo del año 2012, de

febrero a noviembre por la suma de 15.000.00 (Quince mil colones con 00/100) por mes, para un total de ¢150.000.00 al año. RESULTANDO: Que basados en el informe de la Oficina de proceso Bienestar Socio Laboral, se aprueba las siguientes becas de primaria y segundaria:

NUEVA DE PRIMARA (05) ESTUDIANTE RESPONSABLE

246. CALDERÓN CARRANZA VICENTE Rosaura Carranza Martínez. 247. CORRALES SÁNCHEZ ROYNER Jennifer Sánchez Avalos. 248. HIDALGO CHAVES JESSICA Harry Hidalgo Otárola. 249. SABALLO FIGUEROA LINSING LING Marco Saballo Lanza. 250. VARGAS CAMACHO YAQUITZA Patricia Camacho Ávalos.

RENOVACIÓN DE PRIMARIA (08) ESTUDIANTE RESPONSABLE

251. ALTAMIRANO CORDERO AARÓN Aida Cordero Monestel. 252. APARICIO AGUIRRE DANIELA Juan Carlos Aparicio Molina. 253. CORDERO MORALES GIMENA Marta Morales Peraza. 254. HIDALGO CHAVES STEVEN Harry Hidalgo Otárola. 255. MONTES ABARCA ZULAY Rosibel Abarca Barquero. 256. MORALES SEGURA RÓGER Róger Morales Castro. 257. RODRÍGUEZ MARÍN DIANA Marlene Marín Rivera. 258. UMAÑA ALVARADO JIMENA Enrique Umaña Salazar.

RENOVACIÓN DE SECUNDARIA (05)

ESTUDIANTE RESPONSABLE 259. BADILLA BARRANTES SUAN Hazel Barrantes Chaves.

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260. CHAVARRÍA GARCÍA HILLARY Virginia García García. 261. CHAVARRÍA GARCÍA JONATHAN Virginia García García. 262. MATAMOROS FERNÁNDEZ REBECA Maribel Fernández Fernández. 263. RODRÍGUEZ BRENES MICHELLE Mariela Brenes Acuña”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 45-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 12.3-APROBAR DIECINUEVE BECAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 45-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA y MARÍN GÓMEZ, que dice: CONSIDERANDO: Expedientes de becas de primaria y secundaria (19) para el curso lectivo del año 2012, de

febrero a noviembre por la suma de 15.000.00 (Quince mil colones con 00/100) por mes, para un total de ¢150.000.00 al año. RESULTANDO: Que basados en el informe de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, se aprueba las siguientes becas de primaria y segundaria:

NUEVA DE PRIMARA (02) ESTUDIANTE RESPONSABLE

287. CERVANTES GÓMEZ JOSUÉ Hilda Gómez Valverde. 288. RODRÍGUEZ CHAVARRÍA TIFANI Guillermo Rodríguez Cabezas.

RENOVACIÓN DE PRIMARIA (15) ESTUDIANTE RESPONSABLE

289. ABAD MONTERO ARIANA Geilyn Montero Pérez. 290. AMADOR APOLO THANIA Mauricio Amador Badilla. 291. BARBOZA CHINCHILLA MARLON Marlon Barboza Saborio. 292. CORDERO MORA DEBBY Ma. De los Áng. Mora Chavarría. 293. CUADRA ÁLVAREZ BRENDA Roberto Cuadra Rueda. 294. FALLAS GAMBOA NICOLE Elia Gamboa Picado. 295. JIMÉNEZ SOSA GLADYS Celia Sosa Marcia. 296. MORALES MARTÍNEZ DANIEL José Ramón Morales Cerdas. 297. PÉREZ DÍAZ DANIEL Ivannia Díaz Lezcano. 298. ROMÁN VENEGAS MIGUEL Virginia Venegas Vargas. 299. SÁNCHEZ MENA DARIO Marlene Mena Sánchez. 300. SEGURA QUESADA SEBASTIÁN Marcela Quesada Campos. 301. SEGURA VARELA ALEXANDRA Marlen Varela Araya. 302. SEQUEIRA MIRANDA CRISTOPHER HUMBERTO María Eugenia Miranda Núñez. 303. VARGAS HIDALGO CESAR Eida Hidalgo Chaves.

RENOVACIÓN DE SECUNDARIA (02) ESTUDIANTE RESPONSABLE

304. AZOFEIFA MORÚA YAMILETH Kattia Azofeifa Marúa. 305. MORALES VÁSQUEZ WILLIAM Noilyn Vásquez Porras”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 46-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 12.4-APROBAR VEINTITRÉS BECAS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 46-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA y MARÍN GÓMEZ, que dice:

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CONSIDERANDO: Expedientes de becas de primaria y secundaria (23) para el curso lectivo del año 2012, de

febrero a noviembre por la suma de 15.000.00 (Quince mil colones con 00/100) por mes, para un total de ¢150.000.00 al año. RESULTANDO: Que basados en el informe del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, se aprueban las siguientes becas de primaria y segundaria:

NUEVAS DE PRIMARIA (01)

ESTUDIANTE RESPONSABLE 264. BEITA REYES ÁNGEL GABRIEL Xinia María Beita Reyes.

RENOVACIÓN DE PRIMARIA (22) ESTUDIANTE RESPONSABLE

265. ACOSTA MOLINA XINIA DALESCA Juana Aydalina Molina Conrado. 266. AGÜERO GONZÁLEZ BLANCA ROSA María Eugenia González Murillo. 267. AGUIRRE AGUIRRE ANIESKA ALEXANDRA María Teresa Aguirre. 268. ALFARO MUÑOZ ESTEBAN ALEJANDRO Lilliam Muñoz Rivera. 269. ALONZO GUTIÉRREZ BRYAN JOSÉ Elisa Elieth Gutiérrez García. 270. AMADOR RÍOS EMILY NATHALIA Ana Cecilia Ríos Cruz. 271. ARTAVIA VARGAS MÓNICA REBECA Maricruz Vargas Hernández. 272. BARBOZA UMAÑA ISAAC DAVID Lorena Umaña Acevedo. 273. BARQUERO OCONITRILLO DANIEL Roxana Oconitrillo Solera. 274. BECKFORD YNOA DAYSI TANISHA Enilda Claribel Ynoa Almanzar 275. BERMÚDEZ RUIZ VALERIA DE LOS ÁNG. Michel Verónica Ruiz Fernández. 276. BONILLA VARGAS RHASES ISRAEL Rebeca Vargas Badilla. 277. CAMPOS ABARCA KEVIN STWART Johanna Paola Campos Abarca. 278. CASCO REYES ISRAEL DAVID Francisca Lisseth Reyes Andrade. 279. CASTRILLO RAMÍREZ JUAN JOSÉ Aura Nedgibia Ramírez González. 280. CERDAS VÁSQUEZ NAOMY FABIOLA Yerlin Margot Vásquez Piedra. 281. CHACÓN OBANDO KIMBERLINE MARIAM María Eugenia Obando Alvarado. 282. CHAVES JIRÓN KEVIN EZEQUIEL María de la Cruz Jirón Altamirano. 283. CHAVES PÉREZ NERIS FELIPE Aracelly Chaves Pérez. 284. CÓRDOBA MARÍN ADRIÁN ALONSO Marlene Marín González. 285. FARRAMOLA BATRÉS NEFTALÍ JESÚS William Francisco Gallo Meléndez. 286. RAUDA SIGARÁN KEVIN JOSUÉ Silvia Guadalupe Rauda Sigarán”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 04-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A KIMBERLY WALLACE LEE.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 04-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Kimberly Chantell Wallace Lee, vecina de Hatillo 8, solicita ayuda a esta entidad con el fin de apoyar la manutención de su hijo. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora Kimberly Chantell Wallace Lee, cédula 1-1445-0554, vecina de Hatillo 8, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de apoyar la manutención de su hijo. Se trata de un grupo familiar conformado por la solicitante, su compañero sentimental de 28 años y su hijo de 3 años; quienes habitan vivienda propia, en buen estado de conservación. En relación con el ingreso familiar, la señora Wallece refiere depender del apoyo y colaboración que le brinda su madre y una beca del Instituto Mixto de Ayuda Social, razón por la que enfrenta complicaciones para atender las necesidades de su hijo, considerando que afirma no percibir ninguna ayuda por parte del progenitor del mismo. Cabe señalar, que durante la visita domiciliar se confirma que la totalidad de la información suministrada durante la entrevista y el formulario de solicitud de ayuda no es veraz; por cuanto convive con el padre de su hijo, jefe de hogar, principal proveedor de la familia, quien trabaja para la compañía Númar desde hace aproximadamente 6 años. Ante tal situación, se le solicita a la señora Wallece ampliar la documentación que fundamente su solicitud de ayuda, no obstante la misma no fue aportada.

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De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 9, inciso a), punto 1 y Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Kimberly Wallece Lee, cédula 1-1445-0554, la ayuda solicitada, debido a que se identifica falsedad en la información aportada y documentación incompleta en su solicitud. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Kimberly Wallece Lee, vecina de Hatillo 8, cédula 1-1445-0554, según lo que establece el Artículo 9, inciso a), punto 1 y Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, debido a que se identifica falsedad en la información aportada y documentación incompleta en su solicitud”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 05-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.1-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A SUGENY SALAZAR ARROYO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 05-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Sugeny Salazar Arroyo, vecina de Hatillo 5, solicita ayuda a esta entidad para cubrir las necesidades del hogar, ya que se encuentra desempleada desde mayo del 2011. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La Señora Sugeny Salazar Arroyo, cédula 1-0904-0792, vecina de Hatillo 5, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades del hogar, ya que se encuentra desempleada desde mayo del 2011. Se indica en el formulario de solicitud de ayuda que se trata de un núcleo familiar conformado por la solicitante y sus dos hijos (12 y 8 años, ambos estudiantes); quienes habitan vivienda alquilada, en buen estado de conservación. En relación con la situación económica, la señora Salazar fue despedida de su trabajo como cajera en mayo del año 2011, por lo que refiere que actualmente depende del aporte de una beca estudiantil (FONABE) de ¢11.000.00 mensuales que percibe uno de sus hijos y del trabajo ocasional que realiza como masajista. No obstante, durante la visita domiciliar se identifican inconsistencias con la información aportada como parte de la solicitud de ayuda temporal; ya que según refiere una vecina de la señora Salazar –suegra de la solicitante- su hijo forma parte de dicho grupo familiar; indica que la pareja convive desde hace aproximadamente un año, razón por la que ambos generan los ingresos requeridos para la manutención del hogar. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia, y según lo que establece el Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Sugeny Salazar Arroyo, cédula 1-0904-0792, la ayuda solicitada, debido a que se identifican inconsistencias entre la información aportada por la solicitante en la solicitud de ayuda y los datos identificados durante la visita domiciliar. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Sugeny Salazar Arroyo, vecina de Hatillo 5, cédula 1-0904-0792, según lo que establece el Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, debido a que se identifican inconsistencias entre la información aportada por la solicitante en la solicitud de ayuda y los datos identificados durante la visita domiciliar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 06-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.2-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A WENDY CERDAS MADRIGAL.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 06-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Wendy Cerdas Madrigal, vecina de Barrio Luján, solicita ayuda a esta entidad para cubrir las necesidades. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La Señora Wendy Cerdas Madrigal, cédula 1-0955-0230, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de obtener ayuda económica para satisfacer las necesidades básicas, de su familia.

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Se trata de grupo familiar constituido por la solicitante y seis hijos (16, 15, 12, 10, 7 años y un bebé de 7 meses). Habitan vivienda alquilada. No se reporta pensión alimentaria por parte del progenitor de los menores, razón por la que la jefa de hogar atiende las necesidades básicas de sus hijos a partir de los ingresos provenientes del alquiler de un aposento de su casa y la venta de rifas. En relación con la salud, la señora Cerdas es sobre viviente de cáncer de mama, uno de sus hijos presenta problemas de aprendizaje y conductas violentas; y otro de ellos padece de leucemia, según refiere la misma. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia, y según lo que establece el Artículo 9, inciso b), punto 1 y el Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Wendy Cerdas Madrigal, cédula 1-0955-0230, la ayuda solicitada, por cuanto a pesar de que se trata de una situación de pobreza, la documentación aportada como parte de la solicitud de ayuda temporal no refleja la existencia de ningún evento coyuntural que afecte el ingreso familiar y aunque durante la visita domiciliar la solicitante refiere información adicional, la misma no fue aportada de forma oportuna. Cabe señalar que durante el proceso de valoración del caso fueron identificadas muchas inconsistencias en la información suministrada por la señora Cerdas. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Wendy Cerdas Madrigal, vecina de Barrio Luján, cédula 1-0955-0230, según lo que establece el Artículo 9, inciso b), punto 1 y el Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, por cuanto la documentación aportada no refleja la existencia de ningún evento coyuntural que afecte el ingreso familiar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 08-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.3-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A SHIRLEY SOLANO BRENES.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 08-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Shirley de los Ángeles Solano Brenes, vecina de Hatillo, solicita ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas, ya que se encuentra desempleada desde el 11 de agosto de 2011, actualmente se reporta estudiando. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora Shirley de los Ángeles Solano Brenes, cédula 1-1084-0258, vecina de Hatillo, solicita ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas, ya que se encuentra desempleada desde el 11 de agosto de 2011, actualmente se reporta estudiando. La familia se encuentra constituida por la solicitante y su hija -4 años que según refiere no recibe pensión alimentaria por parte del progenitor. Reside en un aposento ubicado en la propiedad del abuelo, quién le apoya económicamente. La solicitante posee ayuda por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), de ¢50.000.00 mensuales. A pesar de que se trata de un caso con una limitada situación económica, la señora Solano, tiene aprobado hasta el mes de diciembre del presente año un subsidio por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), que le permite a la jefa de hogar continuar estudiando y atendiendo los requerimientos de su hija. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 3, inciso e) del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Shirley Solano Brenes, cédula 1-1084-0258, la ayuda solicitada. Por cuanto recibe un subsidio de una institución del Estado para atender las necesidades básicas del hogar. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Shirley Solano Brenes, vecina de Hatillo, cédula 1-1084-0258, según lo que establece el Artículo 3, inciso e), del Reglamento de Ayudas Temporales, debido a que recibe un subsidio de una institución del Estado para atender las necesidades básicas del hogar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 09-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.4-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A MARILY CORTÉS DURÁN.-

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“Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 09-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Marilyn Cortés Durán, vecina de Rincón Grande de Pavas, solicita ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer las necesidades básicas de su familia, dado que no dispone de los recursos necesarios. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora Marilyn Cortés Durán, cédula 1-1088-0821, vecina de Pavas, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer las necesidades básicas de su familia, dado que no dispone de los recursos necesarios. La señora Cortés, convive con sus dos hijas menores de edad (una de ellas estudiante) y su compañero sentimental (no reportado en solicitud de ayuda), en vivienda alquilada. La solicitante no aporta información relacionada con el ingreso que destina su compañero sentimental para la manutención de la familia; solamente refiere que se dedica a elaborar manualidades para la venta, actividad que le genera un ingreso de ¢40.000.00 mensuales; a su vez realiza oficios domésticos, con un ingreso variable de ¢25.000.00 mensuales. De manera que a pesar de que es evidente la limitada situación económica que atraviesa la familia, no fue posible identificar alguna situación coyuntural que el ingreso del hogar. Adicionalmente, la señora Cortés omitió en el formulario de solicitud de ayuda información relevante para la valoración del caso, situación que fue confirmada durante la visita domiciliar. De acuerdo al análisis realizado en torno a la situación socioeconómica de la solicitante y según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Marilyn Cortés Durán, cédula 1-1088-0821, la ayuda solicitada, por cuanto se constata falsedad de la información aportada y además se trata de una situación de pobreza que no presenta un evento temporal que disminuya el ingreso familiar. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Marilyn Cortés Durán, vecina de Rincón Grande de Pavas, cédula 1-1088-0821, según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y Artículo 11, del Reglamento de Ayudas Temporales, por cuanto se constata falsedad de la información aportada y además se trata de una situación de pobreza que no presenta un evento temporal que disminuya el ingreso familiar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 10-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.5-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A ANTONIA MARÍA ROJAS TRUJILLO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 10-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Antonia María Rojas Trujillo, vecina de Barrio Cristo Rey, solicita ayuda a esta entidad con el fin de trasladarse de vivienda, debido a que mantiene una historia de retraso en el pago del alquiler de su domicilio actual y afirma que el dueño del lugar le solicita que abandone el inmueble. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora Antonia María Rojas Trujillo, cédula 155-807857732, vecina de Hospital, Barrio Cristo Rey, solicita ayuda a esta entidad con el fin de trasladarse de vivienda, debido a que mantiene una historia de retraso en el pago del alquiler de su domicilio actual y afirma que el dueño del lugar le solicita que abandone el inmueble. Grupo familiar conformado por la solicitante, 3 hijos de 10, 5 y un año de edad (los 2 mayores estudiantes), que reside en vivienda alquilada (¢90.000.00). No se reporta pensión alimentaria por parte del progenitor de los menores, la señora Rojas afirma dedicarse a la venta de pan, y a trabajar en casas realizando oficios domésticos por horas; sin embargo ambas actividades le generan ingresos variables e inestables que resultan insuficientes para atender las necesidades básicas de sus hijos. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y Artículo 9, del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Antonia María Rojas Trujillo, cédula 155-807857732, la ayuda solicitada, por cuanto se trata de una situación con evidente insuficiencia de recursos producto del subempleo que presenta la jefa de hogar, sin embargo no se identifica ni se aporta documentación que confirme la presencia de un evento coyuntural que afecte el ingreso familiar.

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POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Antonia María Rojas Trujillo, vecina de Hospital, Barrio Cristo Rey, cédula 155-807857732, según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y Artículo 9, del Reglamento de Ayudas Temporales, por cuanto se trata de una situación con evidente insuficiencia de recursos producto del subempleo que presenta la jefa de hogar, sin embargo no se identifica ni se aporta documentación que confirme la presencia de un evento coyuntural que afecte el ingreso familiar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 12-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.6-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A MARÍA CECILIA GUTIÉRREZ ARAUZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 12-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora María Cecilia Gutiérrez Aráuz, vecina de Barrio Cuba, solicita la ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer las necesidades básicas, ya que cuenta con dos hijos estudiantes que requieren de dinero para atender los gastos relacionados con la compra de útiles escolares. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La solicitante, jefe de hogar convive con sus hijos de 13 y 12 años, ambos estudiantes, en vivienda ubicada en terreno ocupado de forma irregular. La familia percibe el salario de ¢100.069.90 que obtiene la señora Gutiérrez producto de su trabajo como miscelánea en la Parroquia Medalla Milagrosa ; así como un diario que le entregan de forma mensual en dicho lugar y una beca de AVANCEMOS que el Instituto Mixto de Ayuda Social, le aporta a uno de sus hijos para apoyar su educación. No se reporta pensión alimentaria por parte del padre de los menores de edad. A pesar de que la valoración identifica una situación de recursos insuficientes para atender de forma integral las necesidades básicas de la familia la solicitud planteada por la señora Gutiérrez no cumple con los objetivos del Programa ni los lineamientos establecidos en el reglamento de Ayudas Temporales, ya que no se presenta una situación circunstancial que esté afectado la situación económica del núcleo familiar. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 2, inciso b) del Reglamento de ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la señora María Cecilia Gutiérrez Arauz, cédula 155-808110916, la ayuda solicitada. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora María Cecilia Gutiérrez Arauz, cédula 155-808110916, no cumple con los objetivos del Programa ni los lineamientos establecidos en el reglamento de Ayudas Temporales, ya que no se presenta una situación circunstancial que esté afectando la situación económica del núcleo familiar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 13-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.7-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A MARTA CÓRDOBA CHAVARRÍA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 13-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señora Marta Córdoba Chavarría, vecina de Hatillo 8, solicita la ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer las necesidades básicas de su familia. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “… afirma que debido al estado de salud de su madre se le dificulta trabajar fuera del hogar, situación que limita sus ingresos y le impide atender la totalidad de los pagos; entre ellos los impuestos Municipales, compromiso que adquirió a cambio del alquiler del inmueble; razón por la que mantiene una deuda que supera los ¢100.000.00…. La solicitante convive con su madre de 82 años (pensionada del Régimen No. Contributivo) y sus hijas de 22, 17 y 16 años (todas estudiantes) en casa prestada. Reportan como únicos ingresos la pensión que recibe la adulta mayor por un monto de ¢70.125.00 y la pensión alimentaria de ¢49.922.00 que aporta el padre de las estudiantes de forma mensual.

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De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y el Artículo 3, inciso e) del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la señora Marta Córdoba Chavarría, cédula 5-0174-0089, la ayuda solicitada, ya que se trata de una situación de pobreza donde no es posible identificar un evento temporal que afecte de forma transitoria el ingreso familiar, adicionalmente se reporta se confirma que uno de los miembros de la familia es beneficiario de una ayuda concedida por el Estado. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Marta Córdoba Chavarría, cédula 5-174-089, no cumple con los objetivos del Programa ni los lineamientos establecidos en el reglamento de Ayudas Temporales, ya que no se presenta una situación circunstancial que esté afectado la situación económica del núcleo familiar”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 21-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.8-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A EDGAR BOANERGES REYES.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 21-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la Señor Edgar Boanerges Reyes, vecino de Barrio Quesada Durán, solicita ayuda a esta entidad para comprar máquina para soldar con el fin de obtener ingresos adicionales para satisfacer las necesidades básicas de su familia. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La Señor Edgar Boanerges Reyes, cédula 155-811344404, solicitó ayuda a esta entidad para comprar máquina para soldar con el fin de obtener ingresos adicionales para satisfacer las necesidades básicas de su familia. Grupo familiar conformado por el solicitante, su esposa de 70 años, su suegra de 94 años y su hijastra de 45 años –ama de casa- que habita vivienda alquilada (¢100.000.00 mensuales). Se confirma que el solicitante recibe una pensión por vejez de ¢211.153.00 que le otorga la CCSS y realiza trabajos ocasionales; su esposa cuida de su madre y hace reparaciones de ropa con un ingreso variable de ¢20.000.00 semanal. No obstante la familia afirma que los gastos sobrepasan los ingresos y el señor Boanerges comenta que requiere una máquina para soldar, Artículo que le permitiría aceptar trabajos remunerados adicionales y con ello procurar un mayor ingreso a su hogar. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y el Artículo 3, inciso c) del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder al Señor Edgar Boanerges Reyes, cédula 155-811344404, la ayuda solicitada. Por cuanto no presenta una situación coyuntural que afecte la economía familiar y a su vez no posee un documento de identidad vigente. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda del Señor Edgar Boanerges Reyes, vecino de Barrio Quesada Durán, cédula 155-811344404, según lo que establece el Artículo 2, inciso b) y el Artículo 3, inciso c), del Reglamento de Ayudas Temporales, debido a que no presenta una situación coyuntural que afecte la economía familiar y a su vez no posee un documento de identidad vigente”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 41-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.9-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A ARACELLY MORENO SOTO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 41-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la señora Aracelly de los Ángeles Moreno Soto, vecina de Hospital, Barrio Cuba, cédula 9-0110-0578, solicita ayuda debido a que la vivienda que habita cambió de dueño y su nuevo propietario le ha solicitado desalojar el inmueble. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice:

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La Señora Aracelly de los Ángeles Moreno Soto, cédula 9-0110-0578, vecina de Hospital, solicita ayuda debido a que la vivienda que habita cambió de dueño y su nuevo propietario le ha solicitado desalojar el inmueble. Grupo familiar conformado por la solicitante –jefa de hogar- y sus hijos de 20 años- ayudante de impresión-, 18, 16, 5 y 4 años –estudiantes-, habita en vivienda alquilada. La Señora Moreno refiere que se dedica a realizar rifas con una ganancia variable de ¢40.000.00 mensuales, adicionalmente cuenta con el aporte de ¢100.000.00 que realiza su hijo mayor a partir de su trabajo como ayudante de impresión para la empresa “Grupo Vargas”, quien además cubre sus gastos personales y sus estudios. No se reporta pensión alimentaria por parte del progenitor de los menores. La solicitante posee ayuda por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) DE ¢50.000.00 mensuales y ¢15.000.00 del Programa Avancemos para apoyar el proceso educativo de uno de los estudiantes. A pesar de que se trata de un caso que presenta una situación de vulnerabilidad a partir de la insuficiencia de recursos económicos para atender la solicitud de desalojo de la vivienda, la Señora Aracelly Moreno, percibe un subsidio otorgado por el Instituto Mixto de Ayuda Social, incumpliendo de esta forma con los requisitos establecidos para ser beneficiario/a de una ayuda por parte del municipio. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 3, inciso e), del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Aracelly de los Ángeles Moreno Soto, cédula 9-0110-0578, la ayuda solicitada. Por cuanto recibe un subsidio de una institución del Estado para atender las necesidades básicas del hogar. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Aracelly de los Ángeles Moreno Soto, vecina de Hospital, Barrio Cuba, cédula 9-110-578, según lo que establece el Artículo 3, inciso e), del Reglamento de Ayudas Temporales, debido a que percibe un subsidio otorgado por el Instituto Mixto de Ayuda Social, IMAS”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 43-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.10-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A MARÍA YADIRA ZÚÑIGA CORRALES.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 43-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la señora María Yadira Zúñiga Corrales, vecina de Pavas, Villa Esperanza, cédula 7-094-621, solicita ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora María Yadira Zúñiga Corrales, cédula 7-094-621, vecina de Pavas, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas, ya que durante el año 2011, se dedicó al cuido de su padre enfermo, dependiendo económicamente de la pensión que recibía el mismo; sin embargo falleció en mayo del 2011, situación por la que dejó de percibir dicho ingreso para la atención de las necesidades básicas propias y de sus hijos. La familia se encuentra constituida por la solicitante y sus dos hijos (uno de ellos estudiante), quienes habitan casa propia hipotecada. La solicitante realiza de forma ocasional oficios domésticos, actividad que le genera un ingreso variable de ¢21.000.00 semanales y su hijo labora de manera ocasional como bodeguero haciendo un aporte inestable de ¢35.000.00 semanales. Ante la complicada situación económica de la jefa de hogar. El Instituto Mixto de Ayuda Social le ha aprobado un subsidio para apoyar la manutención del hogar. De manera que a pesar de que es evidente la limitada situación económica que atraviesa la familia, no es posible recomendar la ayuda solicitada; debido a que la señora Zúñiga, incumple los requisitos establecidos en el Reglamento de Ayudas Temporales. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de la solicitante y según lo que establece el Artículo 3, inciso e), del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora María Yadira Zúñiga Corrales, cédula 7-094-621, la ayuda solicitada, por cuanto se verifica que la solicitante se encuentra recibiendo ayuda por parte del IMAS”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora María Yadira Zúñiga Corrales, vecina de Pavas, Villa Esperanza, cédula 7-094-621, según lo que establece el Artículo 3, inciso e), del Reglamento de Ayudas Temporales, por cuanto se verifica que la solicitante se encuentra recibiendo ayuda por parte del IMAS”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-

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Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 44-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 13.11-DENEGAR SOLICITUD DE AYUDA A ILLIAM CASTRO CORTÉS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 44-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, CANO CASTRO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, RIVERA ARAYA y HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la señora Illiam Castro Cortés, vecina de Hatillo 8, cédula 1-540-565, solicita ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “La señora Illiam Castro Cortés, cédula 1-540-565, solicitó ayuda a esta entidad con el fin de satisfacer sus necesidades básicas de su familia, esto porque su hijo mayor, principal proveedor del hogar desea independizarse y conformar su propio grupo familiar, lo cual limitaría considerablemente el ingreso disponible por la solicitante. Se trata de grupo familiar conformado por la solicitante, su hijo de 30 años – mensajero- e hija de 24 años – estudiante con discapacidad- que habita vivienda prestada. La familia reporta un ingreso aproximado de ¢220.000.00 mensuales, monto que disminuiría con la salida del hogar del principal ingreso. A pesar de que la valoración refleja una potencial disminución del ingreso disponible por la solicitante y la incertidumbre que genera la posibilidad de salida del hogar del principal proveedor, la realidad actual de la familia no califica de acuerdo a los objetivos del Programa ni a los lineamientos establecidos en el Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales a los y las habitantes del cantón Central de San José; por cuanto la solicitante a la fecha no se identifica una situación coyuntural que afecte el ingreso familiar, el hijo de la solicitante continua valorando su salida de la vivienda y por tanto, sigue atendiendo los egresos de su madre y hermana. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia y según lo que establece el Artículo 2, inciso b), del Reglamento de Ayudas Temporales, se recomienda a la Comisión de Asuntos Sociales NO conceder a la Señora Illiam Castro Cortés, cédula 1-540-565, la ayuda solicitada. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de ayuda de la Señora Illiam Castro Cortés, vecina de Hatillo 8, cédula 1-540-565, según lo que establece el Artículo 2, inciso b), del Reglamento de Ayudas Temporales, por cuanto la solicitante a la fecha no se identifica una situación coyuntural que afecte el ingreso familiar, el hijo de la solicitante continua valorando su salida de la vivienda y por tanto, sigue atendiendo los egresos de su madre y hermana”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 22-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A ALONSO SOLANO SALAZAR.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 22-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Alonso Solano Salazar, hijo de funcionaria municipal, solicita beca de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. La información recopilada permite constatar que el grupo familiar no evidencia carencias de recursos para cubrir los gastos fundamentales de la educación del estudiante, dispone de un ingreso familiar y per cápita adecuada a las necesidades básicas del joven en su formación académica, por tanto, no se considera como un grupo prioritario de atención para optar por el beneficio de la beca para el presente curso lectivo, según los parámetros de selección utilizados para este fin… Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca para el ciclo lectivo 2012 a Alonso Andrés Solano Salazar, conforme el Reglamento de Becas y la Convención Colectiva del Trabajo Vigente.….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Alonso Solano Salazar, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-

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Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 23-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.1-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DANIELA QUESADA MÉNDEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 23-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Daniela Quesada Méndez, hija de funcionaria municipal, solicita beca de secundaria para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. Debido a los ingresos percibidos por el grupo, se le aplicó la tabla de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionarios (as) de acuerdo al quintil de ingreso per cápita del hogar”, donde se obtuvo la información de que la familia en estudio no enfrenta carencias socioeconómicas; al momento de la entrevista ambos padres trabajan en forma remunerada y pueden brindar a su hija los insumos adecuados para continuar su formación académica. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca a la adolescente Daniela Quesada Méndez, para el ciclo lectivo 2012, debido a que el estudio socioeconómico determinó que los ingresos percibidos, pueden redistribuirse de forma tal que la menor se garantice el suministro de insumos académicos y mantenga las buenas calificaciones para que continúe en el sistema educativo elegido. Lo anterior amparado en el Reglamento de Becas vigente y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo.….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Daniela Quesada Méndez, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que la familia en estudio no enfrenta carencias socioeconómicas”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 24-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.2-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A EMMANUEL VILLAREAL MENDOZA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 24-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Emmanuel Villareal Mendoza, hijo de funcionario municipal, solicita beca de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. el grupo familiar es numeroso y la mayoría se encuentra cursando el sistema educativo formal, existe un remanente presupuestario de ¢95.170 el cual no pudo ser justificado durante la entrevista; aunado al gasto por ayuda económica a la compañera de trabajo por ¢50.000 mensuales, el que podría ser utilizado para solventar los requerimientos de educación de su grupo familiar y no es considerado un egreso de atención prioritaria y de primera necesidad…. Por tanto, se recomienda dejar sin efecto la presente solicitud, en razón que el estudio socioeconómico demostró que la familia posee una situación financiera solvente, debido a que existe un excedente de ¢95.170, monto que puede ser destinado para satisfacer las necesidades educativas del estudiante Emanuel Villareal Mendoza. Esto fundamentado en el Artículo 15, inciso “d” del reglamento para el otorgamiento de becas y la Convención Colectiva del Trabajo Vigente.….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Emmanuel Villareal Mendoza, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 25-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda:

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ACUERDO 14.3-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A LUIS ZÚÑIGA CHAVES.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 25-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Luis Zúñiga Chaves, hijo de funcionario municipal, solicita beca de secundaria para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. El grupo familiar estaría conformado por el funcionario Luis Alonso Zúñiga Juárez, bodeguero del Departamento de Materiales y Servicios, junto a su madre y padrastro, ambos pensionados. A pesar de lo anterior, se indicó que la situación económica de su hogar es estable y que pueden solventar las necesidades y requerimientos del solicitante sin que medie la beca como un apoyo, debido a que cada uno de los adultos tiene un ingreso que les facilitaría la manutención del mismo. Por tal motivo, se recomienda dejar sin efecto la presente solicitud, dado que el funcionario municipal informó que hubo cambios en la configuración del grupo familiar y debió asumir la custodia temporal del menor, pero que la condición financiera de su hogar es estable por lo que no requieren del beneficio municipal. Lo anterior amparado en el Reglamento para el otorgamiento de Becas vigente y la Convención Colectiva del Trabajo Vigente.….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Luis Zúñiga Chaves, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 26-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.4-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A SOL CORONADO LÓPEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 26-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Sol Coronado López, hija de funcionario municipal, solicita beca de primaria para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. La señora López, indicó vía telefónica que no deseaba continuar el trámite de beca, por aparentes diferencias con el padre de su hija….. De acuerdo a la situación descrita, se sugiere a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales dejar sin efecto la solicitud interpuesta a favor de la niña Sol Coronado López, en el presente ciclo lectivo, según lo establece el Reglamento de Becas vigente y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo..….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Sol Coronado López, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, señora López, indicó vía telefónica que no deseaba continuar el trámite de beca”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 27-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.5-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A NATALIA BONILLA VALVERDE.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 27-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Nathalia Bonilla Valverde, hija de funcionaria municipal, solicita beca de renovación de primaria para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice:

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“….. La familia se mantiene con los salarios de ambos progenitores y el aporte del hijo; los cuales alcanza los ¢655.787 mensuales; con dichos recursos se solventan las necesidades más elementales, si bien es cierto no se reporta ningún gasto innecesario; se cuenta con un remanente de aproximadamente ¢67.913. Durante la aplicación del estudio socioeconómico (Indicador para el análisis general de becas de acuerdo al quintil de ingreso pér capital del hogar), se determinó que la familia cuenta con los recursos para cubrir las demandas de la niña en su proceso de enseñanza - aprendizaje. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca a la niña Nathalia Bonilla Valverde, para el ciclo lectivo 2012, debido a que la situación económica de su hogar ha mejorado, logrando cubrir sus demandas. Lo anterior amparado en el Reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente .….”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Nathalia Bonilla Valverde, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, por cuanto cuentan con recursos económicos para continuar con los requerimientos educativos del solicitante”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 28-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.6-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A VÍCTOR VILLAGRA PADILLA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 28-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Víctor Villagra Padilla, hijo de funcionario municipal, solicita beca de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..La información recopilada permite constar que la familia no evidencia carencias económicas importantes que afecten el suministro básicos de insumos educativos al menor en estudio, se aplicó el instrumento de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionarios (as), de acuerdo al quintil de ingresos pér capita del hogar”, el cual indicó que el grupo en atención no está dentro de las familias de atención prioritaria en la institución. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca, para el ciclo lectivo 2012, a Víctor Villagra Padilla, conforme el Reglamento de Becas y la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Víctor Villagra Padilla, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 29-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.7-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A JOSELYN MEOÑO URRUTIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 29-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Joselyn Meoño Urrutia, hija de funcionario municipal, solicita beca de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..A la familia se le aplicó el instrumento de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionarios (as), de acuerdo al quintil de ingresos pér cápita del hogar”, el cual indicó que la familia no enfrenta carencias económicas que impidan solventar los gastos educativos de la solicitante en su proceso de enseñanza aprendizaje.

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Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca a la niña Joselyn Meoño Urrutia, para el ciclo lectivo 2012, debido a que no enfrentan de acuerdo al estudio realizado una limitada condición presupuestaria. Lo anterior amparado en el Reglamento de Becas y la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Joselyn Meoño Urrutia, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 30-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.8-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DANIELA CASTILLO JIMÉNEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.30-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Daniela Stephanny Castillo Jiménez, vecina de Hatillo, Hatillo 4, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de noviembre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales, la solicitud de renovación de beca de la joven Daniela Stephany Castillo Jiménez, vecina de Hatillo, Hatillo 4, quien cursaría octavo año en el Liceo Edgar Cervantes Villalta y solicitaba el subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración de las solicitudes de becas, se procede a solicitar Constancia del IMAS para corroborar que el solicitante no es beneficiario de algún subsidio económico por parte de esa instancia; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita solicita la información directamente al Instituto Mixto de Ayuda Social, confirmándose que la adolescente es beneficiaria del Programa Avancemos, iniciativa del Gobierno Central que busca una mayor permanencia de estudiantes en el sistema educativo, principalmente en el nivel de secundaria. Por lo anterior y según el Artículo 2, inciso h), del Reglamento de Becas a estudiantes de secundaria, donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Daniela Stephany Castillo Jiménez, de una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que la estudiante cuenta con beca de Avancemos”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 31-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.9-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DANIELA AVENDAÑO UMAÑA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 31-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Daniela de Jesús Avendaño Umaña, vecina de Hatillo, Hatillo 8, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de noviembre del 2011, el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, recibió la solicitud de beca de la niña Daniela Avendaño Umaña, quien cursaría sexto grado en la escuela Jorge Debravo y solicitaba por primera vez el subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración de las solicitudes de becas, se procede a la revisión de los documentos suministrados y realizar visita domiciliar para completar los requisitos; donde se evidencia que la familia cuenta con recursos económicos para satisfacer las necesidades por asuntos educativos de la estudiante.

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Por las razones antes señaladas, según el Artículo 15, inciso d), del Reglamento de Becas a estudiantes de secundaria y primaria, donde se establece que como requisito para ser beneficiario (a) del Programa es “Carecer de recursos económicos para cursar la enseñanza primaria”, por tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Daniela Avendaño Umaña, de una beca municipal, fundamentado en el Artículo 15, inciso d), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que la familia cuenta con recursos económicos para satisfacer las necesidades por asuntos educativos de la estudiante”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 32-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.10-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A MADELIN VEGA CHAVARRÍA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.32-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Madelin Griselda Vega Chavarría, vecina de Hatillo, 15 de setiembre, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de noviembre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales, la solicitud de beca de la joven Madelin Griselda Vega Chavarría, vecina de Hatillo, 15 de setiembre quien cursaría sétimo año en el Liceo Edgar Cervantes Villalta y solicitaba renovación de éste subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte de la valoración que realiza el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, para la elaboración del Informe Social de Becas, se procedió a solicitar la documentación faltante para corroborar los datos brindados por la estudiante; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita no cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio. Según el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento de Becas a estudiantes para efectos de que la solicitud sea admitida, “los estudiantes interesados deben presentar la constancia de matrícula del año que cursará y para el cual solicita la beca (debidamente sellada, firmada y extendida por el centro educativo) indicando el grado que cursará el estudiante. Además debe adjuntar original y fotocopia de la tarjeta de calificaciones del ciclo lectivo concluido con la condición del estudiante de aprobado o reprobado”.”, por tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda”. Ante la carencia de esta documentación no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Madelin Griselda Vega Chavarría, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que no completó los documentos”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 33-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.11-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A MICHAEL ACOSTA RAMÍREZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.33-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Michael Andrés Acosta Ramírez, vecino de Hospital, Barrio Cuba, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de octubre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales, la solicitud de beca del joven Michael Andrés Acosta Ramírez, vecino de Hospital, Barrio Cuba quien cursaría octavo año en el Liceo Edgar Cervantes Villalta y solicitaba renovación de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012.

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Como parte de la valoración que realiza el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, para la elaboración del Informe Social de Becas, se procedió a solicitar la documentación faltante para corroborar los datos brindados por el estudiante; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita no cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio. Según el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento de Becas a estudiantes para efectos de que la solicitud sea admitida, “los estudiantes interesados deben presentar la constancia de matrícula del año que cursará y para el cual solicita la beca (debidamente sellada, firmada y extendida por el centro educativo) indicando el grado que cursará el estudiantes. Además debe adjuntar original y fotocopia de la tarjeta de calificaciones del ciclo lectivo concluido con la condición del estudiante de aprobado o reprobado”. Ante la carencia de esta documentación no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Michael Andrés Acosta Ramírez, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que no completó los documentos”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 34-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.12-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A ALMEE CAMACHO VALVERDE.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.34-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Aimee Fernanda Camacho Valverde, vecina de Pavas, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de octubre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales, la solicitud de beca de la joven Aimee Fernanda Camacho Valverde, vecina de Pavas, María Reina quien cursaría noveno año en el Liceo de Pavas y solicitaba renovación este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte de la valoración que realiza el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, para la elaboración del Informe Social de Becas, se procedió a solicitar la documentación faltante para corroborar los datos brindados por la estudiante; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita no cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio. Según el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento de Becas a estudiantes para efectos de que la solicitud sea admitida, “los estudiantes interesados deben presentar la constancia de matrícula del año que cursará y para el cual solicita la beca (debidamente sellada, firmada y extendida por el centro educativo) indicando el grado que cursará el estudiantes. Además debe adjuntar original y fotocopia de la tarjeta de calificaciones del ciclo lectivo concluido con la condición del estudiante de aprobado o reprobado”. Ante la carencia de esta documentación no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Aimee Fernanda Camacho Valverde, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que no completó los documentos”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 35-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.13-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A STEPHANIE CASASOLA HERRERA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.35-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Stephanie Casasola Herrera, vecina de Hatillo, Hatillo 8, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012.

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RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de octubre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales, la solicitud de beca de la joven Stephanie Casasola Herrera, vecina de Hatillo, Hatillo 8 quien cursaría undécimo año en el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios y solicitaba renovación de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte de la valoración que realiza el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, para la elaboración del Informe Social de Becas, se procedió a solicitar la documentación faltante para corroborar los datos brindados por la estudiante; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita no cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio. Según el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento de Becas a estudiantes para efectos de que la solicitud sea admitida, “los estudiantes interesados deben presentar la constancia de matrícula del año que cursará y para el cual solicita la beca (debidamente sellada, firmada y extendida por el centro educativo) indicando el grado que cursará el estudiantes. Además debe adjuntar original y fotocopia de la tarjeta de calificaciones del ciclo lectivo concluido con la condición del estudiante de aprobado o reprobado”. Ante la carencia de esta documentación no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Stephanie Casasola Herrera, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 5, inciso g) y h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que no completó los documentos”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 36-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.14-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A ALEXA PÉREZ MORA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.36-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Alexa Pérez Mora, hija de funcionaria municipal, solicita beca de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..Debido a los ingresos percibidos por la familia, se le aplicó la tabla de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionario (as) de acuerdo al quintil de ingreso per capital del hogar”, donde se obtuvo la información de que la familia en estudio no enfrenta carencias socioeconómicas, al momento de la entrevista; ambos padres trabajan en forma remunerada y pueden brindar a su hija los insumos adecuados para continuar su formación académica, por lo anterior, no se considera un grupo de atención prioritaria. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca a la niña Alexa Pérez Mora, para el ciclo lectivo 2012, debido a que el estudio socioeconómico, determinó que los ingresos percibidos, pueden redistribuirse de forma tal que la menor se garantice el suministro de insumos académicos y mantenga las buenas calificaciones para que continúe en el sistema educativo. Lo anterior amparado en el Reglamento de Becas y el Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Alexa Pérez Mora, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 37-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.15-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A VALERIA CORTÉS ARTAVIA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.37-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Valeria Cortés Artavia, hija de funcionario municipal, solicita beca de secundaria, para el curso lectivo 2012.

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RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..La información recopilada permite constatar que la economía del hogar se mantiene ajustada al ingreso básico de la familia, con un remanente poco significativo, sin embargo, no puede considerarse como un grupo de atención prioritaria institucional ya que logran cubrir todas sus necesidades satisfactoriamente. A la familia se le aplicó el instrumento de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionarios (as), de acuerdo al quintil de ingreso pér capita del hogar”, el cual indicó que la familia no enfrenta carencias económicas que impidan solventar los gastos educativos de la solicitante en su proceso de enseñanza aprendizaje Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca para el ciclo lectivo 2012 a Valeria Cortés Artavia, conforme el Reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Valeria Cortés Artavia, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que la condición financiera de su hogar es estable”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 38-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.16-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A VALERIA ARROYO CERDAS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 38-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Valeria Arroyo Cerdas, hija de funcionario municipal, solicita beca de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..La información recopilada permite constatar que al acogerse el abuelo (responsable de la menor) a la pensión por vejez. Queda sin efecto el disfrute del beneficio de la beca que como funcionario podía optar, por lo tanto, se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca para el ciclo lectivo 2012 a Valeria Arroyo Cerdas, conforme el Reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo”. Es conveniente que como familia vecina del cantón se valore la posibilidad de remitir la solicitud al Departamento de Servicios Sociales y Económicos para su respectivo estudio social. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Valeria Arroyo Cerdas, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido que el funcionario ya se encuentra pensionado”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 39-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 14.17-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A ANDERSON FONSECA GONZALEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.39-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Anderson Fonseca González, hijo de funcionario municipal, solicita beca de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. durante el estudio socioeconómico se le aplicó la tabla de “Indicadores para el análisis general de becas a hijos (as) de funcionarios (as), de acuerdo al quintil de ingresos pér capita del hogar”, donde se determinó que la familia cuenta con los recursos para cubrir las demandas del adolescente en su proceso de enseñanza-aprendizaje y no se ubica entre los grupos familiares en prioridad de atención. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca al adolescente Anderson Fonseca González, para el ciclo lectivo 2012, debido a que la situación económica del hogar permite cubrir satisfactoriamente sus demandas educativas. Lo anterior amparado en el Reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”.

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POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Anderson Fonseca González, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, dado que cuenta con los recursos para cubrir las demandas del adolescente en su proceso de enseñanza-aprendizaje y no se ubica entre los grupos familiares en prioridad de atención”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 47-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DANIELA TOVAL CASTRO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 47-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Daniela Toval Castro, hija de funcionario municipal, solicita beca de renovación de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. A pesar de las aparentes carencias socio económico de la familia y para corroborar los ingresos, se procede a solicitar la constancia salarial de la madre como funcionaria del MEP, dicha solicitud fue desde el 19 de abril y hasta la fecha no fue aportada, por lo tanto, no es posible asegurar el grado de necesidad para optar por el beneficio de la beca solicitada. Se recomienda a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales denegar el beneficio de la beca, para el ciclo lectivo 2012, a Daniela Toval Castro, conforme el Reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Daniela Toval Castro, de una beca municipal, basados en los requerimientos del Reglamento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, dado que se le solicita la constancia salarial de la madre y no fue aportada, por lo tanto, no es posible asegurar el grado de necesidad para optar por el beneficio de la beca solicitada”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 48-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.1-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A WILBERTH JIMÉNEZ CARVAJAL.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.48-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Wilberth Jiménez Carvajal, hijo de funcionario municipal, solicita beca de renovación de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. Al analizar la situación familiar del solicitante con relación a los indicadores brindados por el INEC, la situación financiera no los ubica como en condición de carencias socioeconómica, sustentado en los criterios de ingresos, condiciones generales de la vivienda, insatisfacción de necesidades básicas, número y ocupación de los integrantes del hogar, problemas de salud crónicos e incapacitantes y la capacidad de consumo y tendencia de bienes muebles e inmuebles adicionales. Asimismo, el Artículo 15, inciso d, del Reglamento de Becas hace referencia que. “Para ser Becado (a) municipal, los interesados (as) deben cumplir con los siguientes requisitos…. D) Carecer de recursos económicos para cursar la enseñanza…”, situación contraria a la encontrada en el presente estudio. Por tanto, se recomienda dejar sin efecto la presente solicitud, en razón que el estudio socioeconómico demostró que la familia cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio del menor, debido a la posibilidad adquisitiva del núcleo al contar con un remanente de ¢64.391 y basado en el estudio del quintil de Ingresos al Hogar del INEC, que remiten a las situaciones de carencia socio económica. Lo anterior, amparado en el Artículo 15, inciso d), del reglamento para el Otorgamiento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”.

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POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Wilberth Jiménez Carvajal, de una beca municipal, amparado en el Artículo 15, inciso d), del reglamento para el Otorgamiento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio de la menor”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 49-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.2-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A FABIOLA BOLAÑOS SOTO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.49-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Fabiola Bolaños Soto, hija de funcionario municipal, solicita beca de renovación de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. Al analizar la situación familiar del solicitante con relación a los indicadores brindados por el INEC, la situación financiera no los ubica como en condición de carencias socioeconómica, sustentado en los criterios de ingresos, condiciones generales de la vivienda, insatisfacción de necesidades básicas, número y ocupación de los integrantes del hogar, problemas de salud crónicos e incapacitantes y la capacidad de consumo y tendencia de bienes muebles e inmuebles adicionales. Asimismo, el Artículo 15, inciso d, del Reglamento de Becas hace referencia que: “Para ser Becado (a) municipal, los interesados (as) deben cumplir con los siguientes requisitos…. D) Carecer de recursos económicos para cursar la enseñanza…”, situación contraria a la encontrada en el presente estudio. Por tanto, se recomienda dejar sin efecto la presente solicitud, en razón que el estudio socioeconómico demostró que la familia cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio de la menor, debido a la posibilidad adquisitiva del núcleo para solventar algunos gastos que no son considerados prioritarios y de primera necesidad y basado en el estudio del quintil de Ingresos al Hogar del INEC, que remiten a las situaciones de carencia socio económica. Lo anterior, amparado en el Artículo 15, inciso d), del Reglamento para el Otorgamiento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Fabiola Bolaños Soto, de una beca municipal, amparado en el Artículo 15, inciso d), del reglamento para el Otorgamiento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio de la menor”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 50-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.3-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A JOSEPH SOTO SEGURA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 50-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Joseph Soto Segura, hijo de funcionario municipal, solicita beca de renovación de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “….. Al analizar la situación familiar del solicitante con relación a los indicadores brindados por el INEC, la situación financiera no los ubica como en condición de carencias socioeconómica, sustentado en los criterios de ingresos, condiciones generales de la vivienda, insatisfacción de necesidades básicas, número y ocupación de los integrantes del hogar, problemas de salud crónicos e incapacitantes y la capacidad de consumo y tendencia de bienes muebles e inmuebles adicionales. Asimismo, el Artículo 15, inciso d, del Reglamento de Becas hace referencia que: “Para ser Becado (a) municipal, los interesados (as) deben cumplir con los siguientes requisitos….

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D) Carecer de recursos económicos para cursar la enseñanza…”, situación contraria a la encontrada en el presente estudio. Por tanto, se recomienda dejar sin efecto la presente solicitud, en razón que el estudio socioeconómico demostró que la familia cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio del menor, Joseph Soto Segura, debido a la posibilidad adquisitiva del núcleo al contar con un remanente de ¢90.879 y basado en el estudio del quintil de Ingresos al Hogar del INEC, que remiten a las situaciones de carencia socio económica. Lo anterior, amparado en el Artículo 15, inciso d), del Reglamento para el Otorgamiento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo Vigente”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Joseph Soto Segura, de una beca municipal, amparado en el Artículo 15, inciso d), del reglamento para el Otorgamiento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio del menor”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 51-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.4-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A MICHAEL MOLINA CARDOZA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.51-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Michael Ulises Molina Cardoza, vecino de Uruca, Corazón de Jesús, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de beca del estudiante Michael Ulises Molina Cardoza, vecino de Uruca, Corazón de Jesús, quien cursa primer grado en la Escuela Los Lagos de Heredia y solicitaba renovación de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración social de cada uno de los casos de solicitud de beca de primaria, se procedió a la revisión de la documentación presentada, comprobándose que el estudiante posee matrícula en el centro educativo Los Lagos de Heredia, ubicado en la provincia de Heredia. Por las razones antes señaladas, según el Artículo 14, del Reglamento de Becas a estudiantes de secundaria y primaria, donde se establece que “La Municipalidad otorgará 200 becas a estudiantes que asisten a las escuelas del cantón”, por tanto al ser el solicitante estudiante de un centro educativo fuera del cantón no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Michael Ulises Molina Cardoza, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 14, del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que vive fuera del cantón central”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 52-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.5-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DIUSDELT MIRANDA NAVAS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.52-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Diusdeit Dayane Miranda Navas, vecina de Hatillo, Sagrada Familia, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice:

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“En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de renovación beca de la estudiante Diusdeit Dayane Miranda Navas, vecina de Hatillo, Sagrada Familia, quien cursa sexto grado en la Escuela General Manuel Belgrado y solicitaba la continuidad de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración de las solicitudes de becas, se procede a la revisión de la documentación presentada, confirmándose en constancia emitida por FONABE que la niña es beneficiaria de un subsidio de dicha institución. Su familia se ha mostrado conforme a continuar con la misma y han desestimado el trámite de beca Municipal. Por lo anterior y según el Artículo 2, inciso h, del Reglamento a estudiantes de secundaria, donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Diusdeit Dayane Miranda Navas, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que cuenta con beca de FONABE”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 53-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.6-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A MELANY CORRALES BARQUERO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.53-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Melany Francine Corrales Barquero, vecina de Hatillo, Hatillo 5, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de renovación beca de la estudiante Melany Corrales Barquero, vecina de Hatillo, Hatillo 5, quien cursa sexto grado en la Escuela Miguel de Cervantes Saavedra y solicitaba la continuidad de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración social de cada uno de los casos de solicitud de beca de primaria, se trasladaron las listas de los mismos a los Centros Educativos, con la finalidad de verificar si los/as estudiantes cuentan con apoyo del Fondo Nacional de Becas; confirmándose por parte de la Escuela que la niña recibe beca de FONABE. Por lo anterior y según el Artículo 2, inciso h, del Reglamento de becas a estudiantes de secundaria y primaria, donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Melany Corrales Barquero, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que cuenta con beca de FONABE”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 54-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.7-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A OVALENY MOYA MADRIGAL.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.54-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Ovaleny de los Ángeles Moya Madrigal, vecina de Hatillo, Florida Sur, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012.

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RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de renovación de la beca de la estudiante Ovaleny de los Ángeles Moya Madrigal, vecina de Hatillo, Florida Sur, quien cursa sexto grado en la Escuela República del Paraguay y solicitaba la continuidad de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración de las solicitudes de becas, se procede a la revisión de la documentación presentada, confirmándose en constancia emitida por FONABE que la niña es beneficiaria de un subsidio de dicha institución. Su familia se ha mostrado conforme a continuar con la misma y han desestimado el trámite de beca Municipal. Por lo anterior, y según el Artículo 2, inciso h), del Reglamento de Becas a estudiantes de secundaria donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Ovaleny de los Ángeles Moya Madrigal, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que cuenta con beca de FONABE”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 55-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.8-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A NATHAN LEWIS GÓMEZ.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.55-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Nathan Marcof Lewis Gómez, vecino de San Sebastián, Boruca, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de renovación beca del estudiante Nathan Morcof Lewis Gómez, vecino de San Sebastián, Boruca, quien cursa cuarto grado en la Escuela Ricardo Jiménez Oreamuno y solicitaba la continuidad de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración de las solicitudes de becas, se procede a solicitar documentación pendiente confirmándose en conversación con la madre vía telefónica que el niño es beneficiario de FONABE. Su familia se ha mostrado conforme a continuar con la misma y han desestimado el trámite de beca municipal. Por lo anterior y según el Artículo 2, inciso h, del Reglamento de becas a estudiantes de secundaria y primaria, donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Nathan Marcof Lewis Gómez, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que cuenta con beca de FONABE”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 56-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.9-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DAIRON CORRALES BARQUERO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.56-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Dairon Jesús Corrales Barquero, vecino de Hatillo, Hatillo 5, solicita beca municipal de primaria, para el curso lectivo 2012.

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RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de julio del 2011, se recibió la solicitud de renovación de beca del estudiante Dairon Jesús Corrales Barquero, vecino de Hatillo, Hatillo 5, quien cursa quinto grado en la Escuela Miguel de Cervantes Saavedra y solicitaba la continuidad de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte del proceso de valoración social de cada uno de los casos de solicitud de beca de primaria, se trasladaron las listas de los mismos a los Centros Educativos, con la finalidad de verificar si los/as estudiantes cuentan con apoyo del Fondo Nacional de Becas; confirmándose por parte de la Escuela que el niño recibe beca de FONABE. Por lo anterior y según el Artículo 2, inciso h, del Reglamento de becas a estudiantes de secundaria y primaria, donde se establece que “no se otorgará una beca municipal cuando el/la solicitante es beneficiario/a de una beca concedida por otra institución pública, organismo internacional, empresa privada u organización no gubernamental”, por lo tanto no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Dairon Jesús Corrales Barquero, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 2, inciso h), del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que cuenta con beca de FONABE”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 57-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.10-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A YERLYN ARTAVIA VARGAS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.57-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que la estudiante Yerlin Juliana Artavia Vargas, vecina de Pavas San Juan, solicita beca municipal de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social del Departamento de Servicios Sociales y Económicos, que dice: “En el mes de octubre del 2011, se recibió de la Comisión de Asuntos Sociales la solicitud de beca de la joven Yerlin Juliana Artavia Vargas, vecina de Pavas, San Juan, quien cursaría octavo año en la Colegio Rincón Grande y solicitaba la renovación de este subsidio municipal para el ciclo lectivo del año 2012. Como parte de la valoración que realiza el Departamento de Servicios Sociales y Económicos, para la elaboración del Informe Social de Becas, se procedió a solicitar la documentación faltante para corroborar los datos brindados por la estudiante; sin embargo la misma no fue entregada oportunamente, motivo por el cual la suscrita no cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio. Según el Artículo 5, inciso g y h, del Reglamento de becas a estudiantes para efectos de que la solicitud sea admitida “los estudiantes interesados deben presentar la constancia de matrícula del año que cursará y para el cual solicita la beca (debidamente sellada, firmada y extendida por el centro educativo) indicando el grado que cursará el estudiante. Además debe adjuntar original y fotocopia de la tarjeta de calificaciones del ciclo lectivo concluido con la condición del estudiante de aprobado o reprobado”. Ante la carencia de esta documentación no se recomienda la aprobación del beneficio y se procede a hacer la devolución de este expediente para lo que corresponda. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud de la estudiante Yerlyn Juliana Artavia Vargas, una beca municipal, fundamentado en el Artículo 5, inciso g y h, del Reglamento para el otorgamiento de becas, debido a que la documentación solicitada no fue entregada oportunamente, motivo por el cual no se cuenta con toda la información requerida para finalizar el estudio”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por diez votos para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 58-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Vota en contra el edil: ALTAMIRANO QUESADA. Se acuerda: ACUERDO 15.11-DENEGAR SOLICITUD DE BECA A DOUGLAS ORTIZ SOLANO.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No. 58-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS,

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RIVERA ARAYA, MARÍN GÓMEZ, y QUESADA PACHECO (Regidora suplente que no pertenece a la comisión y asiste como oyente en representación de la Regidora Zamora Álvarez), que dice: CONSIDERANDO: Que el estudiante Douglas Ortiz Solano, hijo de funcionaria municipal, solicita beca de renovación de secundaria, para el curso lectivo 2012. RESULTANDO: Basados en el Informe Social de la Oficina de Proceso Bienestar Socio Laboral, que dice: “…..Es evidente que los recursos reportados apenas logran satisfacer las necesidades básicas del hogar y los compromisos crediticios, situación que no les permite una mejor solvencia; dado que la relación ingresos-egresos es desigual. No obstante, la actual condición socio económica, ubica a la familia en un grupo social superior al establecido como de atención prioritaria y por tanto en mejor capacidad para sufragar el gasto educativo del menor en estudio en relación a otros grupos de trabajadores de más bajos recursos. De acuerdo a la información socio económica recopilada y según los parámetros establecidos para el presente año, el grupo familiar no presenta indicadores de carencias económicas que impidan el suministro adecuado de insumos educativos al menor, se sugiere a la Comisión de Becas y Asuntos Sociales, denegar el subsidio municipal al niño Douglas Ortiz Solano, para el año 2012, conforme el reglamento de Becas y Artículo 55 de la Convención Colectiva del Trabajo”. POR TANTO: Esta comisión recomienda denegar la solicitud del estudiante Douglas Ortiz Solano, de una beca municipal, amparado en el reglamento para el Otorgamiento de Becas y en el Artículo 55 de la Convención Colectiva, debido a que cuenta con los recursos económicos para dar continuidad al estudio del menor”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 07-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 16.-APROBAR SOLICITUD DE AYUDA A DINORAH SÁNCHEZ RIVERA.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.07-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: ASUNTO: Solicitud de la Señora Dinorah Sánchez Rivera, quien solicita una ayuda a esta entidad para reparar el techo, cumbreras, botaguas y canoas.

CONSIDERANDO

Que la Señora Dinorah Sánchez Rivera, vecina de Uruca, Rossitter Carballo solicita una ayuda a esta entidad para reparar el techo, cumbreras, botaguas y canoas.

RESULTANDO

Basados en los informes del Departamento de Servicios Sociales y Económicos y la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, que dice: Departamento de Servicios Sociales y Económicos: “Grupo familiar conformado por la solicitante, sus hijos de 28 –pensionado- 23, 17, 15 y 9 –todos estudiantes- y nieto de 6 meses. Refieren buenas relaciones intrafamiliares. La familia habita vivienda propia cancelada que según refiere la Sra. Sánchez se encuentra en mal estado habitacional y de conservación por falta de recursos económicos para brindarle el mantenimiento requerido, el mal estado del techo, cumbreras, botaguas y canoas provoca la infiltración del agua de lluvia en la estructura inundando el inmueble. Desde el punto de vista económico, la Sra. Dinorah depende de la pensión que ella y su hijo perciben para un total de ¢140.250.00 por invalidez que les aporta la Caja costarricense de Seguro Social. Cabe señalar, que los progenitores de los menores no apoyan su manutención, razón por la que la solicitante indica que se encuentra gestionando apoyo en diferentes instituciones para atender los rubros de alimentación y educación, colaboraciones que aún no han sido aprobadas. Dicho ingreso familiar resulta insuficiente para atender los egresos por concepto de servicios públicos, alimentación, gastos médicos y transporte a los Centros de Salud; situación por la que la Sra. Sánchez afirma que se le dificulta atender los gastos relacionados con el mantenimiento de la vivienda. La familia reporta un ingreso per cápita de ¢20.035.71, monto que les ubica como un hogar en pobreza extrema, según datos aportados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. La situación económica de la solicitante no le permite disponer de recursos para invertir en mejoras de la vivienda. Según datos aportados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, el ingreso per cápita mensual de la familia les ubica en una condición de pobreza extrema, situación que repercute negativamente en la calidad de vida de la familia, considerando que la Sra. Dinorah y su hijo presentan retardo mental, según documentos adjuntos;

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padecimiento por el cual ambos fueron pensionados, se mantienen en control médico y deben invertir en gastos relacionados con medicamentos no cubiertos por la Caja Costarricense del Seguro Social. De esta forma, y luego de haber analizado la situación socioeconómica de la solicitante y los documentos provenientes presentados, es criterio de la suscrita que la Sra. Dinorah Sánchez Rivera, dada la condición de pobreza extrema que enfrenta, carece de los recursos económicos para invertir en los materiales que requieren la reparación y el mantenimiento de la estructura de su vivienda; situación que se agrava ante la precipitación de agua pluvial como consecuencia de la época de lluvias y el mal estado de techo, cumbreras, botaguas, ocasionando la inundación de la vivienda. De acuerdo con la valoración realizada en torno a la situación socio económica de la solicitante y según lo que establece el Artículo 2, inciso a) del Reglamento de Ayudas Temporales, es criterio de la suscrita que debido a la situación de pobreza extrema que enfrenta, la señora Dinorah Sánchez Rivera, cédula 6-181-955, no cuenta con los ingresos económicos necesarios para atender las necesidades básicas de su familia y realizar las reparaciones que requiere su vivienda ante la amenaza de riesgo por inundación que sufre la familia por el mal estado del techo. Hecho que se encuentra contemplado en dicho Reglamento y que le permite por tanto a la solicitante ser beneficiaria de este programa. Y Oficio 68-PPAD-12, de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, que dice: “Se recomienda otorgar ayuda temporal por situación de riesgo e inundaciones por filtración de agua de lluvia de ¢400.000,00 colones, para la adquisición de materiales, transporte y mano de obra. POR TANTO: La Comisión de Asuntos Sociales recomienda aprobar la solicitud de ayuda presentada por la señora Dinorah Sánchez Rivera, vecina de Uruca, Barrio Rositer Carballo, realizar las reparaciones que requiere su vivienda ante la amenaza de riesgo por inundación que sufre la familia por el mal estado del techo. Se autoriza al Señor Alcalde Municipal a tramitar dicha ayuda, hasta por un monto de ¢400.000,00 para coadyuvar con los gastos materiales, transporte y mano de obra. El dinero para el otorgamiento de la ayuda social, deberá ser tomado del rubro concepto de ayudas temporales en efectivo de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, según lo establece el Nuevo Reglamento de Ayudas Temporales para Vecinos del Cantón Central de San José. Notifíquese a la Oficina de Prevención y Atención de Desastres” ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Por UNANIMIDAD para el fondo y aprobación definitiva se aprueba el Dictamen No. 016-CAS-2012 de la Comisión de Asuntos Sociales. Se acuerda: ACUERDO 16.1.-APROBAR SOLICITUD DE AYUDA A EMELINA ULLOA SOMARRIBAS.- “Apruébese y tómese acuerdo en referencia a dictamen No.016-CAS-2012 de la COMISION DE ASUNTOS SOCIALES suscrito por los miembros: ACEVEDO ACEVEDO, BERMÚDEZ SALGUERO, ZAMORA BOLAÑOS, MARÍN GÓMEZ, y ZAMORA ALVAREZ, que dice: ASUNTO: Solicitud de la Señora Emelina del Carmen Ulloa Somarribas, quien solicita una ayuda para solventar partes de sus necesidades básicas, dado el incendio que afectó de forma completa su casa de habitación el pasado 7 de abril del año 2012.

CONSIDERANDO

Que la Señora Emelina del Carmen Ulloa Somarribas, vecina de Merced, Barrio México solicita una ayuda para solventar partes de sus necesidades básicas, dado el incendio que afectó de forma completa su casa de habitación el pasado 7 de abril del año 2012.

RESULTANDO

Basados en los informes del Departamento de Servicios Sociales y Económicos y la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, que dice: Departamento de Servicios Sociales y Económicos: “Grupo familiar conformado por la solicitante de 30 años de edad –jefe de hogar- quien convive con sus hijos de 11 –estudiante- y 7 años –estudiante-. Esta familia habita vivienda ubicada en terreno ocupado de forma irregular, la cual el pasado 7 de abril del año 2012 se vio afectada por un incendio, según consta en documento adjunto del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, situación que fue igualmente corroborada por el Proceso de Prevención y atención de desastres. La familia actualmente debió separarse, ubicándose la solicitante en un albergue y los menores en casa de familiares. El ingreso familiar se compone básicamente de la pensión alimentaria voluntaria de ¢150.000.00 que aporta el padre de los niños, adicionalmente el Fondo Nacional de Becas les apoya con una beca estudiantil. Dichos ingresos les permite atender las necesidades básicas de la familia; sin embargo, resulta insuficiente para satisfacer los gastos regulares del hogar y de forma paralela recuperarse de la emergencia que enfrentó la familia.

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La Señora Emelina indica que posterior a la emergencia la comisión Nacional de Emergencias les apoya con colchonetas y cobijas; iglesias, familiares, amigos y vecinos les colaboran con alimentos, ropa y alojamiento temporal en albergues. El Instituto Mixto de Ayuda Social se ha comprometido a brindarles recursos para alquiler; sin embargo aún no ha logrado identificar un lugar para reubicar a su familia. Cabe señalar que la gran cantidad de egresos que debe enfrentar la familia les impide recuperarse del infortunio, motivo por el cual solicitan una ayuda a esta entidad para poder cubrir algunas de las pérdidas totales que sufrieron durante el incendio y de esta forma recuperar los enseres destruidos por el siniestro, considerando que para la familia es difícil atender los gastos regulares de sus miembros y a su vez solventar las pérdidas que sufrieron a partir de la emergencia. De esta forma, y luego de haber analizado la situación socioeconómica de la solicitante y verificado la misma por medio de la entrevista y los documentos previamente presentados, es criterio de la suscrita que la situación de la Señora Emelina del Carmen Ulloa Somarribas y su familia obedece a un caso de emergencia, donde los recursos económicos resultan insuficientes para recuperarse del infortunio (incendio) en el que se vio afectada la casa de habitación y en la que perdieron la totalidad de sus pertenencias. De acuerdo al análisis integral realizado en torno a la situación socioeconómica de esta familia, y según lo que establece el Artículo 2, inciso a) del Reglamento de ayudas Temporales, es criterio de la suscrita que ciertamente la Señora Emelina del Carmen Ulloa Somarribas, cédula de residencia permanente 155-809981600 y su familia no cuenta con los ingresos económicos necesarios para recuperarse de las pérdidas causadas por el incendio ocurrido el pasado 7 de abril del presente año en el que perdieron su vivienda y la totalidad de sus pertenencias. Y Oficio 102-PPAD-12, de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, que dice: “El monto de ayuda recomendada es de ¢400.000.00 para coadyuvar en gastos de alquiler y compra de enseres y alimentación ante la pérdida total por el incendio. POR TANTO: La Comisión de Asuntos Sociales recomienda aprobar la solicitud de ayuda presentada por la señora Emelina del Carmen Ulloa Somarribas, vecina de Merced, Barrio México, dado que no cuenta con los ingresos económicos necesarios para recuperarse de las pérdidas causadas por el incendio ocurrido el pasado 7 de abril del presente año en el que perdieron su vivienda y la totalidad de sus pertenencias. Se autoriza al Señor Alcalde Municipal a tramitar dicha ayuda, hasta por un monto de ¢400.000,00 en efectivo. El dinero para el otorgamiento de la ayuda social, deberá ser tomado del rubro concepto de ayudas temporales en efectivo de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, según lo establece el Nuevo Reglamento de Ayudas Temporales para Vecinos del Cantón Central de San José. Notifíquese a la Oficina de Prevención y Atención de Desastres”. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.-

PALABRAS E INCIDENCIAS SUSCITADAS DURANTE LA PRESENTE SESIÓN

INICIO DE SESIÓN.

REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Siendo las diecisiete y catorce se inicia la sesión.

SUSTITUCIÓN.

REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Se sustituye a la Regidora Zamora Álvarez por la Regidora Quesada Pacheco.

AUDIENCIA-MÉDICOS DEL SERVICIO DE UROLOGÍA HOSPITAL MÉXICO.

REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Solicito a los Regidores Acevedo Acevedo y Lawson Marchena hacer pasar a los señores doctores Christian Valerio y Danilo Garzona. De pie, sírvanse sentarse, le damos la bienvenida al doctor Christian Valerio Araya, Danilo Garzona Messeguer, que nos van a dar una charla sobre un asunto del Hospital México, tiene la palabra el doctor Christian Valerio”. DOCTOR CHRISTIAN VALERIO ARAYA: SERVICIO DE UROLOGÍA DEL HOSPITAL MÉXICO. “Muy buenas noches distinguida señora Sonia Zamora, Presidenta del Concejo Municipal, muy buenas noches señor Olger Lawson Marchena, Vicepresidente del Concejo Municipal, muy buenas noches señoras y señores Regidores Propietarios, muy buenas noches Regidores y Regidoras Suplentes y muy buenas noches a cada

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colaborador. Bueno yo creo que antes de presentarles el proyecto por el cual estamos aquí y buscamos de su colaboración, vamos a ponerlos en un contexto para que puedan entender el por qué de la razón por la que estamos aquí. Como les dije mi nombre es Christian Valerio y represento al Servicio de Urología del Hospital México, yo creo que antes de empezar un poquito el concepto que siempre hemos manejado de la Urología, es que el ginecólogo es a la mujer, como el Urólogo es al hombre y en cierto aspecto hay algo de razón pero vamos a aclarar hoy que por ejemplo la Urología es una especialidad médico-quirúrgica, que tiene o que se encarga del estudio, el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades que afecta el aparato urinario en ambos sexos y hace un énfasis en la anatomía masculina. Vamos a ver que incluye también enfermedades de manejo quirúrgico de las glandulitas que están encima del riñón que se llaman glándulas suprarrenales y de los riñones, vamos a hablar aquí para irnos metiendo en el tema que es el sistema urinario; el sistema urinario está formado por dos riñones, dos uréteres, una vejiga y una uretra, hombres y mujeres tenemos lo mismo, una vez nos pasó con un paciente que dijo, el trauma es en la pelvis, pero cómo si yo no tengo pelvis, no, todos tenemos pelvis, hombres y mujeres, es parte de los huesos del nivel superior y cuál es la función del sistema urinario, es el encargado de la eliminación de la orina. Vamos a ver que los pioneros de la endoscopía, el usar lentes para poder revisar la vía urinaria fueron los urólogos y vamos a ver que la Urología se distingue de otras disciplinas por la capacidad de poder intervenir la vía urinaria sin la necesidad de hacer una cirugía, ahora vamos a ver que estas intervenciones se hacen de tipo diagnóstico o terapéutico, vamos a ver que antiguamente la mayor parte de las personas que aquejaban alguna situación que tenía que ver con riñones, con uréteres o vejiga, debían someterse a cirugías abiertas, tanto del riñón, como uréter o vejiga para extraer una piedra o para corregir alguna cuestión que tuviera que ver con esto, ahora, qué consecuencias traía esto? El paciente tenía que estar mayor tiempo internado, mayor tiempo de recuperación y mayor tiempo para reinsertarse al ámbito laboral. Con la evolución de la tecnología y con la evolución de la endoscopía se ha logrado minimizar y reducir esto, por qué? Porque al paciente no solo se le hace un procedimiento, el tiempo de recuperación es más rápido y adicionalmente han ido evolucionando una serie de cirugías, por ejemplo para quitar piedras grandes de la pelvis renal, que ahora vamos a ver qué es la pelvis renal, sin necesitad de hacer una gran incisión de más o menos dieciocho centímetros, ahora se hace una incisión de dos centímetros, lo que le favorece al paciente en un mejor tiempo de recuperación. Vamos a ver que otro aspecto importante es que el Hospital México a través del Servicio de Urología recibe un porcentaje muy alto que aquejan algún problema de las vías urinarias, en este caso por problemas de Litiasis, una de las situaciones de mayor consulta en un hospital, otro aspecto importante es que el Hospital México como tal no solo recibe pacientes que son del área de atracción sino de las redes de apoyo, qué entendemos como redes de apoyo? Aquellos hospitales que por falta de equipo o falta de especialista tiene que referir al Hospital México para que le resuelva a los pacientes. Vamos a ver que los pacientes que están como servicios de emergencia como los que están internados hay que resolverles casi de inmediato el problema de la vía urinaria, porque si esto es un cálculo que está encallado en alguna parte importante del uréter o del riñón podría afectar el riñón y la persona podría perder ese riñón, vamos a hablar un poquito de lo que es la Litiasis Renal y vamos a ver que un Cálculo Renal, la Nefrolitiasis o bien más al castellano nuestro una piedra en un riñón, es un trozo de material sólido que se forma dentro del riñón o puede formarse dentro de la vía urinaria, puede estar en el riñón, ahora les voy a enseñar una imagen de una piedra del tamaño de mi puño que un paciente tuvo casi dieciocho años en su vejiga y que cada vez que iba y consultaba donde el médico general le decía es que cuando yo camino o corro siento que me brinca algo ahí adentro y el médico le decía, no mirá puede ser su conciencia la que le está, vea qué imprudente en lugar de hacerle exámenes y todo, ya cuando se vio se mandó donde un Urólogo y se encontró que tenía una piedra del tamaño de mi puño. Vamos a ver que las piedras pueden quedarse en el riñón o pueden desprenderse o ir bajando por el tracto urinario, vamos a ver que la intensidad de la sintomatología, es decir el dolor que el paciente refiere, va a depender del tamaño de la piedra, hay piedras que sencillamente se forman o arenitas y el paciente las bota sin percatarse y hay otras que son de acuerdo al tamaño si son muy grandes pues obviamente que duelen y le tengo que decir señoras, los hombres también experimentamos dolores de parto, un dolor de un cálculo renoureteral es tan doloroso como un parto, así es que nosotros podemos como dicen en nuestro pueblo “rajar” de que parimos y parimos piedras. Entonces como ven aquí en la imagen la piedrita donde va pasando por el uretero va distendiendo este uretero, lo va irritando y donde va pasando pues va generando dolor, ahora dicen que los cálculos pueden quedarse en uno de los ureteros, pueden quedarse en la vejiga como el caso que les conté, o pueden generar un dolor que se llama cólico renoureteral o cólico nefrítico y pueden generar disuria que es dificultad al orinar, o bien puede generar hematuria, que la hematuria puede ser macroscópica o microscópica, macroscópica es que vamos a orinar y vemos la orina de color rojo, o que vamos orinamos y vemos la orina normal y cuando se hace un examen de laboratorio nos damos cuenta de que hay sangre en la orina. Vamos a ver que la Litiasis Renal representa un trastorno metabólico completo que responde a muchos factores y que la evidencia más clara es la formación de un cálculo como ya dijimos, que es por lo general muy doloroso, debemos aquí aclarar que afecta una alta proporción de la población, cinco por ciento de las mujeres, diez por ciento de los hombres, por qué? Porque no tomamos agua, comemos mucha sal, comemos mucha carnita y aquí les tengo otra mala noticia, que todo paciente que hoy hace un cálculo en la vía urinaria tiene una alta recurrencia a que en siete años vuelva a presentar otro, después vamos a ver que se presenta con frecuencia en la población que está laboralmente activa, lo que representa un problema de salud pública, por qué? Porque es una situación incapacitante, ahora van a ver un video en donde el paciente es una situación tan aquejante, tan dolorosa, tan molesta, que no puede trabajar, está acostado, que quiere estar

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de pie, que se quiere mover para un lado, que quiere moverse para el otro, porque es una situación que muchas veces resuelve solo hasta que se logra entrar a la vía urinaria y resolver el problema del cálculo. Vamos a ver que se ha encontrado que las personas con problemas de Litiasis, hay un aspecto genético importante, si la mamá tuvo problemas de piedras, el hijo pudo tener piedras, vamos a ver que las personas que viven en zonas alejadas donde el clima es muy caliente, por la deshidratación, por la poca ingesta de líquido, por la dietas altas en proteína y en sal, van a tener mayor predisposición a formar cálculos renales. Vamos a ver cuáles son los síntomas de la Litiasis Renal, bueno el dolor lumbar, ese dolor que le agarra a uno aquí en la espalda y que le irradia hacia la zona del abdomen, en los varones nos irradia hasta el testículo y muchas veces se llega al servicio de emergencia y hay que descartar, porque puede ser una cuestión de un varicocele, que son várices en el testículo, pero cuando ya se le hace la historia al paciente, ya se va y se descarta que no es una varicocele, entonces hay que buscarle piedritas, entonces tenemos dolor lumbar, hematuria, que puede ser macroscópico y microscópica, por que se genera la hematuria? Porque dentro del riñón va pasando, perdón, donde la piedra va pasando del riñón al uretero o la vejiga va irritando esa área y por eso se genera la Hematuria. Vamos a ver que hay pacientes que no tienen clínica de dolor, o bien puede ser que el paciente diga, no mirá, me duele la cintura, como llegan muchos pacientes y se trata de un dolor mecánico, porque el paciente se sienta mal, porque alza cosas pesadas, pero nunca se les ocurrió hacerle un examen general de orina, cuando se hace un examen general de orina se encuentra vestigios de esas piedritas, entonces se diagnostica por un hallazgo incidental y tenemos lo que es el CRU, que es el Cólico Renoureuteral, entonces como les decía, el Cólico Renoureteral es un dolor ocasionado por un cálculo, se considera que es el más intenso que una persona puede sufrir, solo comparado con un dolor de parto y este puede ser de leve a severa intensidad. Ahí vemos la región lumbar en donde irradia el dolor, vemos un cálculo en la pelvis renal, o un cálculo que se hacen así de grandes, que son un cálculo coraliforme o cálculos en la vejiga, o cálculos en el uretero, vamos a ver que el Cólico Nefrítico genera dolor porque por lo general cuando va pasando puede taponear el uretero y eso es lo que genera el dolor intenso, vamos a ver que aparte de eso no solo es dolor, el paciente va a referir vómito, nauseas, sudoración, sensación de distensión abdominal, hay unos que la distensión abdominal se nos ha hecho crónica verdad?, que somos gorditos, pero ya es por otra cosa. Ahora vamos a ver un video muy rápido de lo que es cálculos renales. Ok, vamos a ver cuál es el tratamiento para los cálculos renoureterales, sobre todo lo primero es tratar de mitigar el dolor básicamente, entonces se le administra al paciente analgésicos, se le recomienda aumentar la ingesta de líquido, una dieta blanda y reposo, ahora vamos a ver que una gran parte, un porcentaje de los cálculos pequeños resuelven, inclusive se les manda algún medicamento que lo que hace es dilatar el uretero y que pueda bajar a la uretra, perdón a la vejiga y de la vejiga a la uretra y ahí es donde literalmente los hombres parimos un cálculo. Ahora cuando el paciente no logra expulsar esta piedra, entonces si la expulsión no se da espontáneamente, es aquí donde entra la Endourología, que es la instrumentación con citoscopios o con ureteroscopios con el objetivo de llegar hasta donde está la piedra y utilizar un instrumento para golpear la piedra y poderla extraer sin necesidad ya de hacer aquellas incisiones grandísimas que se hacían todavía en los años ochenta y parte de los noventas. Entonces es ahí en donde entra la Ureteroscopía y al Nefrolitotomía percutánea, hay otros procedimientos como la LEC y ya cuando en estos dos ya no se logra resolver mediante la Endourología, es cuando ya entra la parte de la cirugía abierta, pero siempre ya empezamos de lo menos invasivo a los más invasivo. La cirugía percutánea consiste en hacer un orificio, poner al paciente boca abajo, cuando vieron ahí en el video el cálculo coraliforme, es un cálculo tan grande y normalmente no contamos con ureteroscopios que es un instrumento largo que permite entrar por el caño de la orina, entendemos la uretra, por el pene, o por el meato uretral de la mujer, la ventaja es que el meato uretral de la mujer es de tres a seis centímetros, el del hombre indiferentemente de la anatomía, puede ser de ocho hasta catorce centímetros de longitud, entrando por la uretra, llegando a la vejiga y después subiendo por los ureteros hasta llegar donde está la piedra, el problema es que para llegar hasta el riñón existe equipo flexible del cual no contamos con él para poder hacerlo, entonces se vuelve al paciente boca abajo, se le hace un orificio en la espalda, se mete una camarita que tiene un lentecito y se mete un aparato para quebrar la piedra y después con una pinza se va sacando. Entonces vemos en el dibujito, el orificio, el lentecito que se llama nefroscopio y se va extrayendo, ese es el tamaño de una piedra que se pudo sacar de un riñón. Esto es en el Hospital México preparándonos para una Nefrolitotomía Percutánea, ahí enfermería prepara su equipo, anestesia está preparando al paciente, se pone al paciente en posición ginecológica como para parir, hombres y mujeres, se mete un instrumento para pasar un catéter recto y una guía para usarlo como guía cuando el paciente se vuelva boca abajo para buscar la piedrita, ahí vemos el uretero por donde se empieza a subir la camarita y posterior a eso, el paciente se pone boca abajo, se va a dibujar la anatomía del paciente, ver donde están la vértebras y todo para no posicionar mal, una vez el paciente boca abajo entonces ya los anestesiólogos se preparan y posterior a eso se procede a hacer el dibujo que les decía, después se va a hacer una incisión, véanla ahí, boca abajo ahí está la incisión donde el dibujo, donde hay que hacer lo de la incisión, aquí vemos el equipo listo y ahí se empieza ya, se lava el paciente, se le pone la ropa estéril y se procede a hacer la punción, con fluoroscopía se ven donde están las piedritas que se pueden observar ahí y se meten esas agujas con el objetivo de direccionar a donde está, sí el paciente ya está sedado, entonces en vivo y a todo color le cuento que es demasiado doloroso, el paciente no lograría y se van metiendo instrumentos que van dilatando ese orificio, después para meter el nefroscopio, buscar la piedrita y con un aparatito que es un litotriptor, golpear la piedra para lograrla destruir. Como vemos ahí se va dilatando, siempre con ayuda fluoroscópica se va buscando, ahí vamos a ver ahorita una toma de ya cuando se localiza la piedra ahí se está

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alistando el nefroscopio que es el instrumento que se va a meter para visualizar la piedrita, ahí bajo visión directa ya se va a empezar a, ahí está el orificio, ya ha aumentado, empieza con una guía muy delgada y después con unos dilatadores se va expandiendo, como ven ahora es un procedimiento que es menos invasivo en relación a las cirugías abiertas que se hacían años atrás, ya ahí se procede a meter el lente en la piedra, se localiza la piedra, se empieza a golpear y los fragmentos se empiezan a extraer. Ahora hablábamos de otro procedimiento que es la Ureteroscopía que consiste en meter una espiga larga que es un lente largo, es la introducción de la espiga metálica larga llamado ureteroscopio que lleva una cámara a través de la uretra, el caño de la orina, ascendiendo por la vejiga y llegando al uretero donde se alojan las piedras, para posteriormente fragmentarlas bajo visión directa. Bueno como vemos entra a la uretra, se llega a la vejiga se busca el meato izquierdo, el paciente está sedado, se mete el catéter recto por ese uretero, se va ascendiendo, esta es la parte interna del uretero y ahí ya se ve, esta es la piedrita, ya se procede con una pinza endoscópica y se extrae la piedra o bien un con un litotriptor, que vamos a hablar más delante de él, para extraer la piedra. Vamos a ver que en relación a la ureteroscopía, cabe destacar que este tipo de cirugía endoscópica permite no solo responderle al paciente su problema sin necesidad de una herida, se disminuye el tiempo de hospitalización, todavía le sale más barato a la Caja y la recuperación es mucho mejor y menos dolorosa, también se reduce drásticamente el índice de infecciones, por qué? Porque no se está violentando la (…) natural que es la piel. Yo creo que así a grandes rasgos he tratado de hacer un abordaje un poco anatómico y fisiológico para que puedan entender la razón de por qué estamos aquí. La razón por la que estamos aquí es porque estamos requiriendo de un equipo que se llama un Litotriptor Intracorpóreo, que llama Lithoclast Master y que quería hablarles un poquito de la anatomía y la fisiología para que entiendan cuál es la necesidad de nosotros frente a este equipo. Entonces la justificación, por qué ocupamos un equipo, por qué estamos aquí? Porque los procesos de compra por lo general dentro de las instituciones públicas y específicamente la Caja son por lo general lentos y tediosos, implica una serie de tramitología y en ocasiones no satisfacen las necesidades del servicio, ya sea por razones presupuestarias o porque el oferente no cumple con los requisitos, lo que no permite cumplir con la gran demanda de pacientes por la situación que acuden. Ahora lamentablemente el Hospital México, en el cual trabajo, viene con un déficit presupuestario desde el dos mil once, lo que ha limitado la compra de equipos y lamentablemente el Litotriptor que tenemos es este que es un Litotriptor como de juguete, básicamente este Litotriptor tiene ya deficiencias, aparte de que usa cartuchos que son sumamente caros, a veces un paciente se lleva hasta diez cartuchos y que hacemos una compra promedio de equis cantidad de cartuchos y pues eso hace que ocupemos en piedras muy grandes o muy fuertes, hace que se tenga que usar más cartuchos y muchas veces no se logra resolver como se haría a un paciente con un Litotriptor que no tiene tantas limitantes. Básicamente en vista de la necesidad que tenemos apelamos a la buena voluntad de ustedes para ver si está dentro de la posibilidad de ustedes y nos ayudan con la compra de un Litotriptor Lithoclast Master, es distribuido exclusivamente por la empresa Duotec en Costa Rica, vamos a ver que este equipo se caracteriza porque utiliza fragmentación y posterior extracción de los residuos del cálculo que quedaron y combina dos tecnologías que es la energía neumática, disparos con aire comprimido y ultrasónico, que eso es vibraciones de alta frecuencia, que permiten no solo destruir la piedra, sino también extraer la piedra, vamos a ver que este aparato tiene una gran particularidad, es altamente efectivo, sumamente moderno y de gran utilidad para este tipo de cirugías de las que hemos hablado. Como vemos esta es parte del equipo. Qué otra cosa tenemos aquí tenemos aquí que tomar en cuenta? Que el contar con este equipo facilitaría enormemente el trabajo cotidiano en las salas de operaciones del Hospital México, además el enorme beneficio que esto representaría para los pacientes de este servicio, ya que se le resolvería su problema de Litiasis en un menor tiempo, vamos a ver que no solo, como les decía en un principio, no solo tenemos pacientes del área de atracción, le resolvemos a San José, Alajuela, Heredia, a Puntarenas, a Guanacaste, a San Ramón, etcétera, ellos carecen de este tipo de equipo, refieren al Hospital México para su resolución. Vamos a ver que actualmente hay más de cien personas con algún problema de Litiasis que vienen en una lista de espera lamentablemente desde el dos mil ocho, se realizan de dos a tres cirugías percutáneas por semana, pudiéndose hacer de cinco a seis, por qué hacemos tan poquitas? Porque como hay un único Litotriptor y hay dos pacientes con problemas de Litiasis, uno que hay que hacerle una percutánea y una ureteroscopía, un solo equipo tenemos, entonces hay que usar ese equipo, esperara a que se esterilice para usarlo con otro paciente y ya tampoco el equipo permite usarse muchas veces al día, entonces tenemos esa limitante, con un equipo como este que estamos solicitando, se cambia nada más la espiga que es lo que tiene que estar estéril y permitiría hacer hasta más procedimientos al día y más por semana. Ventajas del Litotriptor, bueno es un método más eficaz para la eliminación de cálculos grandes, está clínicamente probado que la eliminación de los cálculos es más rápida, cuatro veces más rápida que el Litotriptor anterior que había y mucho más que el Litotriptor que tenemos actualmente, se evita la formación de obstrucción con los fragmentos ya que tiene un equipo que ayuda a extraer estos cálculos o los residuos de, aquí vemos un comparativo en donde el que tenemos actualmente logramos resolver un diecisiete por ciento, mientras que con este tipo de equipo que estamos solicitando, se resolvería de un treinta y nueve punto cinco por ciento en adelante. Todas las personas tienen una carpeta, si gustan la pueden ver, a todos se les entregó una carpeta de la proforma del equipo, todos los folder están rotulados y todos tienen el folder, en el folder van a encontrar dos cotizaciones, entonces la primera parte la pedimos a nombre del doctor Danilo Garzona, que es mi Jefe, el caballero que está atrás, ahí viene la descripción del equipo que estamos solicitando, de todos los insumos que trae. Por qué hay dos cotizaciones? Porque por error de la secretaria a la hora que pedimos el equipo incluyó el succionador como un accesorio y no como parte del equipo, entonces el equipo sin el aspirador anda en

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cuarenta y dos mil ochocientos setenta y ocho dólares, cuál es la ventaja? Este succionador que no solo permite quebrar la piedra sino poderla aspirar y dejar totalmente limpio a ese paciente la cavidad en donde estaba alojada esa piedra, ahí lo vemos, en la otra cotización esta asciende a cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y siete, por qué? Porque ya se incluye lo del Litovac que es el sistema de succión, como le digo tienen dos cotizaciones, en una en donde no se incluye el aspirador y otra en donde se incluye, por un error en la primera cotización que yo le había entregado a los compañeros de ustedes que nos habían ido a visitar al Hospital México no se había incluido. Básicamente entonces vemos las dos proformas, ésta la de cuarenta y dos mil ochocientos setenta y ocho es porque no incluye el succionador, aquí ya lo incluye, cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y siete dólares, es lo que nosotros necesitamos para la compra de este equipo que como bien les he tratado de decir, no solo o explicar y les he hablado de la parte anatómica, como vemos es un problema que tiene una alta incidencia, que necesitamos darle respuesta a los pacientes, que estamos con las manos atadas porque no tenemos equipo para resolverles, por eso tocamos puertas de corazones nobles que quieran ayudar al servicios de Urología. Este es el equipo ya montado, ya en su carrito con todo lo que tiene y aquí nada más un caso muy corto de dos minutos, de un paciente con un cólico renal en el servicio de emergencias, como ven es una situación y quería utilizar este ejemplo, sé que para algunos tal vez el utilizar este tipo de imágenes sea un poco grotesco, quizá para nosotros el enseñar este tipo de imagen es para que sean conscientes de la realidad, este es el paciente, este es el paciente con este dolor, qué lamentable es a veces no poder a veces uno dar una respuesta en un tiempo menor por la carencia de equipo, bueno yo creo que básicamente no les quiero quitar más tiempo, no sé si tienen alguna duda, como les dije en un principio y cierro con esto, yo creo que cada uno de nosotros estamos comprometidos con el lugar donde estamos y la verdad es que a través del Hospital México, es un hospital que al igual que muchos hospitales de la Caja, tienen una población de atracción equis y dan apoyo a otras áreas, lamentablemente no todas las personas tienen dinero para acudir a un servicio privado y que se le resuelva este tipo de situaciones y por eso hoy estamos hoy tal vez molestándoles aquí hoy, interviniendo en su agenda con el objetivo de solicitar su colaboración, muchas gracias, buenas noches, no sé si tienen alguna duda”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la señora Alcaldesa”. DOCTORA SANDRA GARCÍA PÉREZ, ALCALDESA EN EJERCICIO: “Buenas noches doctor, solo una pregunta nada más, cuánto personal está capacitado en el Hospital México para utilizar este equipo? Y muchas gracias por la exposición tan completa”. DOCTOR CHRISTIAN VALERIO ARAYA: SERVICIO DE UROLOGÍA DEL HOSPITAL MÉXICO. “Muchas gracias a usted, dos cosas importantes, existen en el Servicio de Urología siete médicos Urólogos, siete Urólogos en Urología y básicamente cuando se compra todos ellos con la capacidad suficiente para utilizar este tipo de equipo, ahora cuando se adquiere este tipo de equipo y como lo vieron en la proforma, dentro de las garantías, está la capacitación del personal y es muy importante la capacitación porque y fue uno de los requisitos que se pide, por qué? Porque eventualmente en la medida que los usuarios sepan sacarle el máximo provecho al equipo, vamos a tener un equipo no solo por muchos años, sino que vamos a dar respuesta a muchas personas, alguna otra duda?”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Lawson Marchena”. REGIDOR LAWSON MARCHENA, VICEPRESIDENTE MUNICIPAL: “Buenas noches y gracias señora Presidenta, señora Alcaldesa, Regidores, Regidoras, Síndicos, Síndicas, señora Secretaria, personal de la administración, público que nos acompaña hoy y muchas gracias señor doctor don Christian, por venirnos a hacer esta exposición que es muy importante, ustedes en estos momentos tienen una profesión que desde mi punto de vista es la más humanista y comprometida con la sociedad y que queramos o no queramos, en ciertos momentos tenemos que ir al taller a ver qué nos pueden arreglar. Hoy en día está prohibido enfermarse porque queremos ayudar a nuestro Seguro Social, pero dado que los últimos años por desgracia no está siendo tan eficiente en las necesidades de la población, nos vemos en la necesidad y en la obligación a veces de acudir a la privada, tengamos o no tengamos recursos económicos, por lo que considero importantísimo su labor, que inclusive no debería de estar en estos momentos gestionando ningún recurso económico para el hospital, porque debería de ser una responsabilidad y una obligación de parte del Ministerio de Salud y de la institución suministrarle los materiales para que nos traten bien cuando tengamos que ir, por lo que le aplaudo su labor de andar buscando recursos económicos para tratar de comprar este Litotriptor, que en su momento lo

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podemos necesitar, ya sean los josefinos y algún costarricense. Entonces a mí me gustaría tal vez, porque uno quisiera con mucho gusto, suministrar o ayudar o gestionar, pero bueno, el campo de acción de uno es muy limitado, entonces tal vez aquí como representante de la administración doña Sandra, si bien es cierto el aparato es un poco caro, creo que tal vez algún tipo de donación para que ustedes continúen gestionando los recursos y si es posible lo más pronto que ustedes tengan este apartado que es de todos los josefinos y los costarricenses y muchas gracias por su exposición y su trabajo que realiza por el bien de la salud de los costarricenses”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Muchas gracias doctor, estudiaremos el caso, vamos a ver en la medida de lo posible si se le puede ayudar, se lo vamos a trasladar al señor Alcalde a ver qué posibilidades hay y muchas gracias por esta exposición, yo creo que es muy importante porque nadie sabe, ninguno de nosotros sabemos, ojalá que no, si vamos a tener en algún momento piedras en los riñones y por lo que yo sé por experiencia de un familiar es un dolor muy, muy fuerte, muy fuerte, muchas gracias. Solicito a los Regidores Marín Gómez y Cano Castro hacer salir a los señores del salón de sesiones, de pie, se pueden sentar”.

AUDIENCIA COMISIÓN DE RESCATE DE VALORES

REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Solicito a las señora Regidoras Bermúdez Salguero y Rivera Araya hacer pasar a los señores de la Comisión Nacional de Rescate de Valores, de pie, pueden sentarse. Tiene la palabra la señora Olga Ovares Araya que nos va a hacer la exposición” SEÑORA OLGA OVARES ARAYA, COMISIÓN NACIONAL DE RESCATE DE VALORES: “Buenas tardes, muchas gracias en nombre de la Comisión Nacional de Rescate de Valores por el espacio que nos brindan hoy, también es un espacio para la Comisión de Valores y Ética de la Municipalidad de San José, el objetivo de nuestra presencia hoy aquí es básicamente hacer unas reflexiones con respecto al trabajo que está realizando la Comisión de Ética y Valores de la Municipalidad de San José y el trabajo en qué consiste, nos parece que es muy importante que ustedes como titulares de la Municipalidad, de la responsabilidad que se asume desde una institución como esta, es muy significativo cuál es el trabajo que nos corresponde hacer, cuál es el apoyo que podríamos nosotros dar desde las diferentes posiciones que asumimos cada una de nosotros, así es que entonces lo que les traigo es una pequeñísima presentación y por supuesto tendremos un espacio de preguntas para cuando ustedes así a bien lo tengan utilizar este espacio. Iniciaríamos haciendo una reflexión muy importante, qué significa ser parte de la función pública, es el escenario donde las personas nos convertimos en los depositarios de la confianza ciudadana y optamos por enaltecer la patria con nuestra labor, optamos porque es una decisión personal. En ese sentido nosotros desde estas posiciones podríamos decidir también fortalecer la institucionalidad y con ello por supuesto fortalecer la democracia del país y qué significa fortalecer la institucionalidad desde el trabajo técnico y axiológico de cada institución? Bueno existen características de pluralidad en nuestras instituciones públicas y las condiciones democráticas del país que permiten hacer este trabajo, con lo que es necesario promover una ética social preventiva construida desde el suelo común desde las diferentes creencias de la población, esto que significa? Bueno, que el trabajo ético y axiológico es un trabajo participativo y en consulta, o sea que tiene unas características particulares y que a pesar de que tenemos diferentes corrientes ético filosóficas, serán unas en particular las que van ayudar desde las organizaciones a hacer un trabajo específico como el que requerimos, en ese sentido vamos haciendo un recorrido hacia las éticas aplicadas, que son las éticas que se aplican a las organizaciones, la ética aplicada a las organizaciones promueve la plenitud humana, laboral y ciudadana, o sea que nosotros estando dentro de la institución o fuera de la institución también tenemos unas plenitudes, verdad unas plenitudes que van a ubicarnos en diferentes contextos, así como una vida reflexiva deseable, influir buenamente de manera positiva en las personas para que puedan tomar decisiones correctas, por lo que es imprescindible promover una ética que permita vivenciar un conjunto de valores compartidos que formen personas en plenitud en su triple dimensionalidad. Cuando nosotros estamos hablando particularmente de estos conceptos éticos-filosóficos que estamos apuntando o señalando a una ética particular, estamos hablando de procesos de construcción, de construcción desde la particularidad de todas las personas que integran a la organización. Entonces cuando nosotros estamos hablando de eso, estamos hablando de cómo construir desde lo personal, que es lo que vamos a llamar éticas de máximos, las éticas de máximos son todas aquellas ideas y creencias que tenemos cada uno de nosotros, pero que también van a contribuir a hacer una construcción, un piso común de las necesidades institucionales desde lo ético y axiológico, entonces esto es básicamente lo que acabamos de decir en forma gráfica. Por supuesto que la ética nos va a proporcionar una serie de corrientes o miradas ético filosóficas que nos van a permitir hacer esa construcción de la ética social, entonces en ese sentido vamos a recurrir por supuesto a la tecnología que es aquella corriente que nos va a permitir orientar hacia un fin y también la ontología y la (…) generalmente en nuestras organizaciones lo único que hemos llegado a

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aspirar es la de ontología, porque la de ontología lo que nos va a decir a nosotros es qué es lo que debo de hacer, sin embargo aquí no solamente estamos apelando a ese nivel, sino también quién soy yo como ser, entonces cuando recurrimos a la ontología es la que nos va a permitir ver esa brecha entre lo que yo soy como ser y lo que debo de hacer en un contexto institucional dado, también cuando estábamos hablando de una ética aplicada en las organizaciones o de una ética social, estamos precisamente hablando de esos mínimos exigibles en justicia para poder tener una convivencia armoniosa y finalmente estos procesos no se deben hacer en verticalidad, tiene que ser en procesos muy horizontales participando a todo el conjunto institucional. Esta ilustración es una ilustración de Quino, donde siempre hay una gran demanda del grupo de personas que están colaborando con el tema y lamentablemente la gran mayoría de las instituciones públicas son grupos de voluntarios que adicionalmente a su función han dicho presente, tienen un compromiso con la institución para hacer este trabajo, se están formando, se están capacitando, están haciendo propuestas de trabajo, pero que además el resto de los que estamos viendo este actuar y este compromiso de la gente, bueno, cómo es que no (…) Comisión de Ética y Valores? Estamos o no estamos todos en la misma barca y vean muy bien ese escenario vea a Quino donde estamos en momentos difíciles, donde todos deberíamos de estar remando en este barco, porque realmente es un tema que nos concierne absolutamente a todos, los que estamos en una Municipalidad, los que estamos en una organización pública, pero particularmente todos los que vivimos en este país, si queremos ver un país mejor, tenemos que poner el granito de arena que nos corresponde a cada quien. Entonces la responsabilidad del jerarca es muy importante en este tema y ampliamente la Ley de Control Interno lo ha dicho, particularmente en el capítulo dos en las normas sobre ambiente de control, ahí se establecen algunas de las responsabilidades y los compromisos que nos tocan a todos los jerarcas, pero también se habla de elementos formales e informales, dentro de esos elementos formales aparecen los valores compartidos y dentro de los elementos informales aparece el tema de planeamiento estratégico, aparecen los manuales de valores compartidos que ustedes ya han ido avanzando en esos temas y como tenemos que ir velando por el compromiso, o sea que es una tarea de nunca acabar, es una tarea permanente que vamos a estar trabajando constantemente. Cuando hablamos de la gran tarea que tiene una Comisión de Valores y cuando estamos hablando de estos componentes formales y no formales de la Ley de Control Interno, de los que estamos hablando es del diseño de un sistema de gestión ética, un sistema de gestión ética básicamente se visualiza en este tipo de componentes verdad, donde se establece una Comisión de Ética y Valores que va a contribuir de manera significativa al direccionamiento, pero también tiene que haber una instancia técnica que articule este esfuerzo. Tenemos que visualizarlo desde los procesos de planeamiento estratégico, independientemente del modelo que utilicen, poder identificar el clima ético de la organización, poder pasar por un proceso de valores compartidos y el manual como les decía, ustedes lo tienen listo, la política axiológica es la manifestación del compromiso de cómo intervenimos en gestión con estos temas, porque muchos jerarcas en diferentes momentos de la función pública me han dicho, es que nosotros no queremos un saludo a la bandera, la política axiológica es lo que le permite a cualquier organización no tener en este tema un saludo a la bandera, sino que realmente le sea significativo tanto para la organización, como para el país y por supuesto que vienen otro tipo de procedimientos, son procesos, esto no es una cosa mágica, esto requiere de mucho esfuerzo y va requerir de mucho esfuerzo tanto de parte de ustedes, como líderes de la organización como del grupo que en ese momento está comprometido en voluntariado a hacer el trabajo. Lo que parece aquí, esto que está aquí son las diferentes etapas, los cuadritos azules es el posicionamiento necesario, los cuadritos morados es la definición la parte de comunicación es esta, la parte de alineamiento, entonces ahí podemos ir visualizando cada una de las diferentes etapas del proceso que les acabo de explicar. Qué le toca hacer a una Comisión de Ética y Valores, no es una tareíta (…) en realidad el trabajo de una Comisión de Valores es un trabajo significativo, que es apoyar la tarea de los jerarcas que ya está consignada en la Ley de Control Interno, con el tema ético y axiológico, es necesario un liderazgo activo, directrices claras, las comisiones necesitan mucho tiempo porque las tareas que tienen no son menudas, tiempo apoyo y recursos y por supuesto, dentro de sus tareas les corresponde diseñar e implementar y evaluar el sistema de la gestión ética que impacte la gestión institucional. Entonces esas tareítas verdad?, que como las podemos ver ahí, el papel aguanta todo lo que le pongamos, pero hacer estos procesos realmente es una gran tarea que requiere también de mucha formación, la Comisión Nacional de Rescate desde Valores del año pasado ha estado con programas de educación moral, ha tenido talleres de inducción donde hemos estado dando insumos a los compañeros que pertenecen al sistema y básicamente lo que queríamos hoy decirles a ustedes, bueno primero agradecerles el espacio, segundo decirles que esta tarea no es cualquier tarea, que en este momento ustedes tienen una Comisión de Ética y Valores coordinada por don Mario Pacheco y las compañeras que aquí nos acompañan y que es necesario, imprescindible, que ustedes sigan apoyando de la forma que han estado haciendo, el trabajo de la Comisión de Valores, de parte mía ese sería el espacio que yo estaría utilizando, si ustedes a bien tienen hacerme alguna consulta, pues con mucho gusto”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Lawson Marchena”.

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REGIDOR LAWSON MARCHENA, VICEPRESIDENTE MUNICIPAL: “Gracias señora Presidenta y gracias señora doña Olga Ovares por su exposición, creo que el tema que usted nos ha expuesto a todos los compañeros, de una u otra manera ya lo hemos visto, ya sea en la escuela, el colegio o en otra institución, por lo que creo que en los últimos años, se ha perdido definitivamente lo que son la ética y los valores en nuestro país y sería importante de parte de ustedes que esta comisión pues tenga su participación, ahora que está de moda la participación ciudadana, también para divulgar su trabajo y también de esta manera pues que haya un compromiso social para tratar el rescate de los valores, inclusive me llamó la atención que decía que la gente estaba aburrida del saludo de la bandera, yo creo que también es importante porque hemos perdido hasta nuestras costumbres, nuestros valores y tradiciones, no le hemos dado sentido ni valor a lo que son nuestras costumbres precisamente y eso es muy importante. Creo que se debe de comenzar desde casa, los que son padres de familia enseñarles a los hijos precisamente esta tarea y algo muy importante, también necesitamos que nos den ejemplos y los ejemplos vienen desde la parte del Estado, desde la parte Ejecutiva y así sucesivamente con toda la organización que tiene nuestra sociedad, de mi parte agradecer su participación, pero eso sí que sea un poco más insistente e inclusive que haya más divulgación de parte de la comisión a nivel cantonal que es muy importante que el país lo requiere urgentemente, rescate de nuestros valores y la ética de nuestra función”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Acevedo Acevedo”. REGIDORA ACEVEDO ACEVEDO: “Buenas noches compañeros y compañeras, realmente este tema es muy apasionante y yo como Presidenta de la Comisión de Sociales como que he puesto este punto como una base de la comisión y que queremos ese rescate de valores, entonces yo le pediría a usted, que ya que ustedes están trabajando en este tema, también que involucren a la Comisión de Asuntos Sociales, porque queremos hacer un proyecto para los distritos y necesitamos de verdad, que este es un tema muy interesante y es una manera de cómo el país y como la ciudadanía podemos ir cambiando ese pensar y esa forma de qué me importa a mí lo que pase afuera si no me afecta y de verdad sí nos afecta a todos, porque el rescate de valores es algo muy importante y lo hemos perdido, yo como Presidenta de la Comisión de Sociales le pediría o les llamaría a una audiencia en la comisión, para que también como institución se involucren con esta comisión que es formada por el Concejo Municipal para llevar estos programas y estos proyectos de una forma más unida y de la mano, porque lo que queremos es de verdad rescatar y que la institución como tal, en cada departamento tiene que haber un programa de rescate de valores, esto no se trata de una sola comisión o solo un departamento, sino que se trata de involucrarnos todos y hablar el mismo tema y remar todos para poder salir adelante, yo les pediría ya en un futuro muy cercanito ya, llamarlos para que de verdad nos reunamos con la Comisión de Sociales y llevar este programa a donde realmente queremos llegar, buenas tardes”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Bueno muchas gracias, una intervención muy importante, para mí el tema de valores es un asunto muy importante, les damos las gracias. Ruego a la señora Regidora Quesada Pacheco y Hernández Vásquez, acompañar a los señores, de pie, pueden sentarse”.

MOCIÓN RELACIONADA CON CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE SAN JOSÉ, PARA EL USO DEL LOCAL DE LA QUE FUESE LA ESCUELA RAMIRO

AGUILAR EN EL DISTRITO MERCED. (Sustitución de Regidora). REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Marín Gómez”. REGIDORA MARÍN GÓMEZ: “Buena tardes a todos, buenas tardes señora Vicealcaldesa, señora Presidenta, Regidoras, Regidores Síndicos y Síndicas, la siguiente es porque a pesar de que yo no tengo ningún beneficio, por situaciones que se dan, denuncias que vienen, denuncias que van y por lo que mencioné la semana pasada que hubo la discusión con esta moción, le pido, aclaro que no tengo ningún interés, pero por situaciones que se han dado le pido que me sustituya”.

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REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Se sustituye a la Regidora Marín Gómez por la Regidora Suñol Ocampo. Los señores Regidores que estén de acuerdo con la dispensa, sírvanse levantar la mano, nueve votos, acuerdo firme, por el fondo tiene la palabra el Regidor Cano Castro”. REGIDOR CANO CASTRO: Gracias señora Presidenta, buenas noches a todos los compañeros y compañeras, quiero decirle que yo me di a la tarea de investigar un poquito más a fondo sobre ese tema y me di cuenta más bien que en realidad ese terreno más bien era todo de la Municipalidad antes, que por un error que se iba a dar en donación una parte que existía de servidumbre, que era como un trecho pequeño, se le dio más bien el terreno completo al A y A, más bien lo que estamos tratando ahora es de que regrese a la Municipalidad, en conjunto haciendo el trámite como tiene que ser, primero este y después con A y A conformar un convenio como de noventa años para que ellos se lo devuelvan a la Municipalidad, porque era nuestro más bien, fue un error material, yo estuve en esa reunión donde la Presidenta del A y A, Marco Vinicio explica el error que hubo, que no se dio solo el camino que había de servidumbre, sino que dio todo, entonces yo le pediría a los compañeros el apoyo para esta moción, que consten mis palabras en actas por favor”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Suñol Ocampo”. REGIDORA SUÑOL OCAMPO: “Muchas gracias señora Presidenta, muchas gracias señora Alcaldesa, señora Secretaria, señores Regidores, Regidoras, Síndicos, Síndicas, Asesores y Asesoras y público en general que nos acompaña esta noche. Miren, yo creo que una de las cosas importantes que tiene que existir para que salgamos adelante y que tenga que ver con la transparencia y la ejecución de políticas estratégicas es la participación ciudadana, uno de los elementos más interesantes de esta propuesta es que ha sido gestionada directamente desde la comunidad, ha sido a través de los Síndicos y el Concejo de los Síndicos y de las personas de la comunidad que nos hacen esta solicitud, yo creo que este es un ejemplo muy importante que empieza aquí este esfuerzo, con suscribir este convenio y posteriormente, obviamente con una serie de elementos de capacitación, ejercicio de descentralización se podría hacer, de desconcentración de actividades de la Municipalidad hacia ese distrito y posiblemente la ganancia sea para la comunidad en primera instancia y por supuesto para Municipalidad una gran experiencia, muchas gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Síndica Esther Céspedes”. SÍNDICA CÉSPEDES ARAYA: “Muchas gracias señora Presidenta, buenas noches tengan todos los compañeros y compañeras, muchas gracias a todos los Regidores por el apoyo a esta moción, realmente esa institución o ese inmueble va a servir principalmente como sede del Concejo de Distrito de Merced y después todo lo que venga es ganancia, porque el terreno es muy grande y la Municipalidad sí puede aprovecharlo para muchas cosas y para la comunidad de Merced va a ser un beneficio muy, muy grande. Entonces a todos los que apoyaron la moción muchas gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra la Regidora Bermúdez Salguero”. REGIDORA BERMÚDEZ SALGUERO: “Gracias señora Presidenta, buenas noches señora y señores Regidores, señora Alcaldesa en ejercicio, señoras y señores Síndicos, señoras y señores Asesores. Yo quisiera hacer hincapié que para nosotros en el Partido Acción Ciudadana los Concejos de Distrito son de suma importancia porque es el gobierno local que está más próximo a la gente, aquí hemos dicho muchas veces hasta la saciedad en defensa de estos Concejos de Distrito, que hace falta que tengan infraestructura propia en cada una de sus localidades para poder visibilizarse, porque es muy difícil, aparte de no tener presupuesto, no tener ni siquiera una infraestructura donde la gente los vaya a buscar. Yo creo que nosotros podríamos potenciar la labor de los Concejos de Distrito si nos preocupáramos como bueno, en este momento que ya poco a poco se van construyendo las sedes, pero rescatar espacios como este que es una escuela en desuso, me parece una iniciativa muy de rescatar que los Síndicos busquen en su localidad una infraestructura que está deteriorada, abandonada, subutilizada y la traigan como propuesta para que nosotros como Municipalidad tomemos este espacio y lo utilicemos en algo que en este caso va a ser de múltiples propósitos, porque adicionalmente al Concejo de Distrito, incluso las cuadrillas estas de Aseo de Vías, van a hacer uso de la

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infraestructura, entonces es una lástima que tengamos espacios con gran potencial en todo el cantón en estas condiciones, yo aplaudo la iniciativa del Concejo de Distrito de Merced, apoyo todo este tipo de iniciativas, como apoyé en un momento la de San Francisco y como apoyaré todas las iniciativas que traten de fortalecer el Concejo de Distrito como organización muy importante, que aquí se le resta permanentemente la importancia que tiene, que yo creo que son una herramienta muy importante que nosotros mismos como Regidores podríamos utilizar en el buen sentido de la palabra para optimizar los recursos que tenemos, optimizar la labor que tienen los Síndicos, los Concejales de Distrito, sus comunidades y apoyarlos a través de proyectos y programas que podamos nosotros en conjunto ejecutar. Entonces una felicitación a los Síndicos y la apoyo, gracias”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Hernández Vásquez”. REGIDOR HERNÁNDEZ VÁSQUEZ. “Gracias señora Presidenta, buenas noches compañeros y compañeras Regidoras, compañeros y compañeras Síndicas, señora Alcaldesa, señora Presidenta, señora Secretaria, compañeros y compañeras Asesoras y vecinos de San José que nos acompañan, es este apartado específico en esta moción, se me pone a decidir entre dos principios básicos de los que hemos hablado acá desde el Partido Acción Ciudadana, uno de ellos es la coherencia y el otro es la defensa de los Concejos de Distrito, la defensa a ultranza y casi necia que hemos hecho de los Concejos de Distrito y la descentralización real que debe existir de funciones hacia los Concejos de Distrito. En este caso creo yo y para que la compañera Síndica del Distrito Merced, del Concejo de Distrito Merced, entienda mi posición, en este caso aplicaré el principio de la coherencia y así como en octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero del año pasado y de este año tuvimos una discusión por el asunto propio de la Junta de Educación de San José y los nombramientos, que no quiero, una discusión que no quiero revivir en este momento, pero por esa discusión y por las posiciones asumidas en esa discusión es que no voy a votar esta moción, pero sepan ustedes compañeros y compañeras del Concejo de Distrito de Merced, que esto que han hecho ustedes hoy es algo que se ha pensado desde hace varios años y que hasta ahora ustedes logran concretarlo, cuando yo estaba en la Junta de Educación de San José, por ahí del dos mil ocho, dos mil nueve, se le cedió a la parte de Aseo de Vías ese espacio para que guardaran los materiales, hicieran talleres y algunas otras cosas y la Municipalidad lo utilizara, la Escuela Ramiro Aguilar, pero ustedes están logrando algo más que lo que se logró en ese momento, es un convenio de administración, en ese momento había un Regidor acá de PAC, el Regidor Solé Li, que llegó a plantear esa posibilidad de que la comunidad usara ese espacio, pero ustedes están avanzando en esa posibilidad, creando un convenio y asegurando un espacio real para que el Concejo de Distrito esté ahí, entonces de mi parte es felicitarles, invitarles a que aproveche ese espacio, ese espacio es un espacio que tiene un auditorio como lo tienen todas las escuelas de este país, todas las escuelas que fueron construidas en la década del cincuenta, sesenta y setenta, es un espacio que tiene varias aulas, es un espacio que tiene baterías sanitarias, que los pisos ya están arreglados, es un espacio que se puede aprovechar bastante para la comunidad y para el Concejo de Distrito, entonces felicitarles por la iniciativa, justificarles mi posición y desearles éxito en la gestión que puedan desarrollar en este espacio en la antigua Escuela Ramiro Aguilar”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Tiene la palabra el Regidor Altamirano Quesada”. REGIDOR ALTAMIRANO QUESADA: “Muchas gracias señora Presidenta y muy buenas tardes las y los señores Regidores Propietarios, Suplentes, señora Vicealcaldesa, las y los señores Síndicos, Propietarios y Suplentes, señores de la administración y Asesores Legales. Comparto absolutamente con Daguer e interpreto sus palabras en que dentro del desarrollo político que por muchos años ha desarrollado este Concejo Municipal, pues muchos Regidores han hecho buena historia, muchos Síndicos han hecho buena historia, pero hay gente que parece como que no le gusta que si no está dentro de la historia oponerse a algunas cosas, me parece que hoy está razonando muy bien el criterio de él y no es parte de esta historia, él es parte de la historia que de alguna u otra forma con el antiguo Concejo Municipal y Concejo de Distrito, luchó y perseveró para que esto se diera y entonces muy prácticas y sencillas sus palabras y muy atinadas al bienestar de una comunidad en este caso el Concejo de Distrito, pues felicitándolo y eso me parece muy loable de parte del compañero a mi derecha, pero esto me trae a colación parte de la historia que muchas entidades que no son precisamente de la Junta de Educación, llámese de la Municipalidad de San José y que por ley tienen la obligación de darle la sostenibilidad y el mantenimiento, se encuentran abandonadas y cito exactamente setenta y ocho instalaciones que están botadas, que están en desuso y que de alguna u otra forma la misma administración violentando la ley, no le han dado la importancia y la gran particularidad. A mí me parece que hoy la Municipalidad se adquiere una propiedad de tal magnitud, bajo un convenio que en su momento y veo aquí el plano catastral siempre le perteneció al Municipio y que hoy pues de alguna u otra forma bajo la modalidad de convenio, viene recuperando lo que en su momento le pertenecía, pero bueno, estas son partes de las historias que

Page 48: Actas del Honorable Concejo Municipal …es nuestra Red! Municipales... · que sin ellos no es posible determinar si cumplen con los requisitos cartelarios en especial el de estar

de alguna u otra forma no se cuentan. Me parece a mí que con todo el planteamiento que hacen los compañeros y que la semana pasada de por sí, les di mi aval al Concejo de Distrito, es porque ellos tienen que luchar, tienen que perseverar, para eso fueron ellos y nosotros electos para hacer las cosas bien y creo que aquí mis compañeros del Concejo de Distrito lo único que están buscando es beneficiar una población como lo es el Distrito de Merced y aquí es donde todos nosotros nos ponemos en la historia de que les decimos que sí, que hagan las cosas bien, el problema es cuando no quieren que nosotros participemos con el voto y hoy obviamente mi voto como el de todos los que de una u otra forma lo vamos a ejercer libre y democráticamente, hacemos historia, así es que para mí lo que se vaya a hacer con este Convenio y que el Concejo de Distrito pueda mediante el estudio adjunto que ya se hizo, pues llevar a buen puerto que estas situaciones se den y que sepan que siempre estaremos a la disposición de poderles ayudar en el tanto y cuanto las cosas sean manejadas de la mejor forma y que este convenio no duerma el sueño de los justos y que de por sí la edificación ya se están deteriorando con cincuenta años, pues que de inmediato “ipso facto”, se le produzca una cierta cantidad económica para que la misma pueda ejercer libremente lo que en algún momento el Concejo de Distrito con sus Síndicos quieren apoyarlo, así es que me uno a las palabras de ellos, agradezco a doña Esther, ese agradecimiento que es para todos los Regidores que de alguna u otra forma siempre hemos creído, hemos protegido y hemos avalado como hoy lo vamos a hacer, muchas gracias señora Presidenta”. REGIDORA ZAMORA BOLAÑOS, PRESIDENTA MUNICIPAL: “Por el fondo los señores Regidores que estén de acuerdo sírvanse levantar la mano, nueve votos, acuerdo firme, nueve votos. Votan en contra los Regidores Hernández Vásquez y Murillo Cruz”. “Se sustituye a la Regidora Suñol Ocampo por la Regidora Marín Gómez”.

FINAL DE LA SESIÓN.

“Siendo las diecinueve con siete minutos se levanta la sesión”.

AL SER LAS DIECINUEVE HORAS CON SIETE MINUTOS LA SEÑORA PRESIDENTA ZAMORA BOLAÑOS

LEVANTA LA SESIÓN.- PRESIDENTA SECRETARIA