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Secretario : Expediente : No.2001- Escrito : No.01 Sumilla : Demanda de Adopción de la menor. SEÑOR JUEZ DE FAMILIA DE HUANCAVELICA: MARCIANO ORE REQUENA , identificada con DNI No. 19860935, y JESUSA PALOMINO DE ORE , identificada con Libreta Electoral No. 19863686 , ambos domiciliados en la Urbanización de Puyhuán Chico del Barrio de San Cristóbal-Huancavelica, y para los efectos legales señalo mi domicilio procesal en el Jr. Torre Tagle No. 129 de esta ciudad; a Ud., con el debido respeto me presento y digo: PETITORIO: Que, bajo el amparo de la Tutela Jurisdiccional Efectiva establecida en el Art I del T.P. del C.P.C., vengo en solicitar la ADOPCION de la menor JAQUELIN MAYLI ORE CASTRO, quién viene a ser nuestra nieta y vive con nosotros desde su nacimiento, la misma dirigimos contra sus padres biológicos don RICHARD ORE PALOMINO Y

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Secretario :

Expediente : No.2001-

Escrito : No.01

Sumilla : Demanda de Adopcin de la menor.

SEOR JUEZ DE FAMILIA DE HUANCAVELICA:

MARCIANO ORE REQUENA, identificada con DNI No. 19860935, y JESUSA PALOMINO DE ORE, identificada con Libreta Electoral No. 19863686 , ambos domiciliados en la Urbanizacin de Puyhun Chico del Barrio de San Cristbal-Huancavelica, y para los efectos legales sealo mi domicilio procesal en el Jr. Torre Tagle No. 129 de esta ciudad; a Ud., con el debido respeto me presento y digo:

PETITORIO:

Que, bajo el amparo de la Tutela Jurisdiccional Efectiva establecida en el Art I del T.P. del C.P.C., vengo en solicitar la ADOPCION de la menor JAQUELIN MAYLI ORE CASTRO, quin viene a ser nuestra nieta y vive con nosotros desde su nacimiento, la misma dirigimos contra sus padres biolgicos don RICHARD ORE PALOMINO Y CARMEN CASTRO CURASMA, ambos domiciliados en el Malecn Virgen del Candelaria S/N del Barrio de San Cristbal-Huancavelica; por los siguientes fundamentos que pasamos a exponer:

FUNDAMENTOS DE HECHOS:

1.- Seor Juez, los padres de la menor en referencia, a los 08 das de nacida dej bajo nuestra patria potestad, desde cuya fecha hasta la actualidad tenemos como si fuera nuestra verdadera hija, la misma habrn hecho posiblemente por precaria condicin econmica y tenan que salir de esta ciudad en busca de ocupacin; pero, la misma que se prolong hasta la fecha. En la actualidad la menor antes sealada ya adquiri el uso de la razn y nos identifica como a sus padres, mientras a sus padres biolgicos no las conocen; razn por lo que, recurrimos a vuestro Despacho, con la finalidad de solicitar la Adopcin correspondiente.

2.- Por otro lado, hemos tenido intercambio de palabras con los demandados en muchas oportunidades a fin de que tengan a su hija, pero resulta que no se encuentran en posibilidades econmicas, e incluso algo quebrado sus relaciones sentimentales de la pareja, siendo as no garantizaran el buen desarrollo psicosomtico de la menor en referencia; mientras, los recurrentes s contamos con un negocio propio en el Mercado de Abastos de esta ciudad, igualmente tenemos una solvencia moral y una conducta intachable.

En consecuencia, estamos en condiciones de ser padre adoptivos y darles todas sus necesidades propios que tiene un menor para buen desarrollo integral de la menor.

3.- As mismo, debe ser aceptada la pretensin en salvaguarda de los intereses superiores de los Nios y Adolescentes, toda vez, en una ocasin la emplaza nos reclam a la menor y nosotros teniendo sentimiento humano de una madre, entregamos sin poner medir las consecuencia y sin pretexto alguno a la menor; pero, resulta la nia a pocas horas se enferm por la ausencia de nuestra personas y de inmediato su madre biolgica nos regres manifestando que su hija no conoca a ella ni tampoco cesaba de llorar, en estas condiciones nuevamente no tuvimos otra salida o alternativa que aceptar de tener nuevamente en nuestros manos a la menor, pero estos hechos nos cost mucho dinero porque la nia se enferm por mucho tiempo.

4.- Finalmente hacemos a su conocimiento Seor Magistrado, que antes de iniciar el presente proceso contencioso, hemos tenido conversaciones con los emplazados, a fin de que nos otorgue en forma legal la adopcin de la menores, quienes en forma afirmativa nos han manifestado que estn de acuerdo y no opondrn a este trmite, ms deben concurrir al Juzgado de Familia, con la finalidad de ratificar su palabra que nos ha manifestado en una ocasin. Todo en el beneficio de la menor.

5.- Por ltima hacemos presente, que para acreditar nuestra solvencia moral decimos o afirmamos que somos casados tanto por la Iglesia y por la Municipalidad; vale decir, ante Dios y ante la Ley; con ello, en efecto demostramos la referida solvencia moral.

FUNDAMENTOS JURIDICOS:

1.- Amparo mi pretensin en el Inc. 1 del 2do. De la Constitucin Poltica del Estado. Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica y a su libre desarrollo y bienestar....

2.- Igualmente amparo en los Arts. 115 y 128 de la Ley No. 27337 del Cdigo de Nios y Adolescentes; todo ello por tener los siguientes requisitos:

a) Por tener vnculo patrimonial suficiente de los adoptantes.

b) Por ser abuelos de la menor nia, o sea contamos con el vnculo de parentesco.

c) Con la menor tenemos la vivencia o vive con nosotros desde los 8 das de nacida.

d) Por contar con una solvencia moral suficientes por parte de los adoptantes.

VIA PROCEDIMENTAL:

La misma se tramitar en PROCESO UNICO.

MONTO PETITORIO:

En el presento proceso no se fija el monto por discutirse de puro derecho.

MEDIOS PROBATORIOS:

1.- En mrito de la Partida de Nacimiento de la menor.

2.- En mrito del Certificado Domiciliario.

3.- En mrito de la Declaracin Jurada, con lo que se acredita la solvencia Moral de los adoptantes, conforme establece el Inc.3 del Art. 782 del C.P.C.

4.- En mrito de la Partida de Matrimonio de los solicitantes.

5.- En mrito del Certificado expedido por el Presidente del Mercado de Abastos, con el cual acredito la solvencia econmica.

ANEXOS:

1.A.- Copia de los DNI

1.B.- Partida de Nacimiento de la menor

1.C.- Certificado Domiciliario

1.D.- Declaracin Jurada de Solvencia Moral.

1.E.- Partida de Matrimonio.

1.F.- Certificado que contamos con un puesto en el Mercado de Abastos.

1.G.- 04 juegos de las Cdulas de Notificaciones.

Por tanto:

A Ud., Seor Juez, pido se sirva acceder a la demanda y tramitarla conforme a ley.

Huancavelica, 21 de Junio de 2001.