decision

Post on 23-Mar-2016

213 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

ley proteccion del Niño

TRANSCRIPT

TSJ Regiones - Decisión

file:///C|/Documents and Settings/clases/Escritorio/TSJ Regiones - Decisión Sentencia Universales Herederos.htm[29/05/2012 09:00:04 p.m.]

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO N°1.

Los Teques, 30 de mayo de 2007 195° y 146°

Vista la solicitud interpuesta por la ciudadana MARÍA FATIMA DUARTE SARDINHA, mayor de edad, deeste domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.267.745, actuando en representación de sus hijos(Identidades Omitidas), de 17 y 14 años de edad, respectivamente, visto igualmente el justificativoevacuado en esta sala de juicio, con las testimoniales rendidas por los ciudadanos ADRIANA ELIZABETHSILIE PEREZ, ANA MARÍA CORREÍA DE SOUSA y JONATHAN GREGORIO DUARTE CORREIA,titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.738.762, E-81.102.869, y V-16.895.311 respectivamente,quienes manifestaron conocer al causante VIRGILIO PASCUAL ZAMBRANO, que el causante falleció, enel Hospital General Dr. Victorino Santaella en la ciudad de Los Teques el cual falleció a causa de“Laceración Masa Encefálica, Fractura de Cráneo Abierta, Herida por Arma de Fuego en Cráneo”,igualmente, que dejó como únicos y universales herederos a las prenombrados hijos, considerandosuficientes los recaudos presentados por la solicitante, cursantes a las presentes actuaciones, consistente encopia certificada de las actas de defunción de quien en vida respondiera al nombre de VIRGILIOPASCUAL ZAMBRANO, y de las actas de nacimiento de los adolescente anteriormente referidos, esta Salade Juicio administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de laley, con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS YUNIVERSALES HEREDEROS del fallecido VIRGILIO PASCUAL ZAMBRANO, a los adolescentes(Identidades Omitidas), de 17 y 14 años de edad, respectivamente, y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE,quedando a salvo, por supuesto, los derechos de terceros. Regístrese la presente declaratoria en el LibroDiario y devuélvanse las actuaciones originales con sus resultas al solicitante previa certificación porsecretaria, a los fines consiguientes. Cúmplase.- LA JUEZ

DRA. ZULAY CHAPARRO H. LA SECRETARIA ACC.,

ABOG. MAGALY YEPEZ Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado. LA SECRETARIA ACC.,

ABG. MAGALY YEPEZ Exp. S-6453-06 ZCH/MY/Carlos Ojeda

top related