drecho civil iii
Post on 30-Mar-2016
215 Views
Preview:
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
A N T O L O G Iacute A DE LA MATERIA
DERECHO CIVIL III
Importancia del estudio de la Teoriacutea General de las Obligaciones
1 Comparacioacuten entre el derecho real y el derecho personal o la obligacioacuten
2 Concepto de la obligacioacuten
3 Concepto de obligacioacuten seguacuten Gutieacuterrez y Gonzaacutelez
4 Fuentes generales y particulares de la obligacioacuten
5 Contrato
6 Declaracioacuten unilateral de la voluntad
7 La gestioacuten de negocios
8 Enriquecimiento sin causa
9 El riesgo creado
10 Hechos iliacutecitos
11 Bibliografiacutea
Se puede decir mucho a este respecto pero basta para captar la importancia acerca de la
teoriacutea general de las obligaciones anotar unos cuantos puntos
La vida diaria permite darse cuenta de que no es exagerada esta aseveracioacuten Desde las
actividades maacutes sencillas hasta las maacutes complejas relaciones crediticias permiten ver las
existencias de las obligaciones El hecho de comprar una cajetilla de cigarros el abordar un
autobuacutes de servicio puacuteblico las mas complicadas operaciones de iacutendole bacanria e industrial
entrantildean todas la creacioacuten de obligaciones
En efecto el que compra una cajetilla de cigarros se crea la obligacioacuten de pagar el precio del
objeto y adquiere el creacutedito de que se le entregue la cajetilla asiacute puedo multiplicar los ejemplos
pues las obligaciones se infiltran en la vida humana como el aire es vital para la subsistencia
Si la vida social gira y se sostienen sobre ese tipo de relaciones personales en donde unos
seres deben cumplir y otros pueden exigir Desde siempre unos seres humanos han prestado
servicios a otros seres humanos y a cambio de ellos exigen una retribucioacuten desde siempre unos
seres humanos han causado dantildeo a otros y los dantildeados han pedido reparacioacuten de esa manera
surgen entre ellos relaciones personales en donde uno puede exigir al otro una prestacioacuten y el
otro la debe cumplir
Baste para ver la importancia de su estudio imaginar eacutel numero obligaciones que se reducen
como se ha dicho antes a traveacutes de los contratos a traveacutes de los hechos iliacutecitos y en
consecuencia puede apreciarse el intereacutes social y juriacutedico del estudio de esta materia iquest Coacutemo se
van regir las relaciones pacifistas derivadas del creacutedito de los seres humanos Esto seraacute a traveacutes
del derecho y el derecho en las relaciones personales atraves de la Teoriacutea General de las
Obligaciones cuando estaacuten de por medio bienes patrimoniales pecuniarios o morales ya sean
titulares de ellos personas fiacutesicas o morales
COMPARACIOacuteN ENTRE EL DERECHO REAL Y EL DERECHO PERSONAL O LA OBLIGACIOacuteN
TEORIA CLAacuteSICA
El derecho real es una relacioacuten entre personas y cosa y el derecho personal es la relacioacuten
entre persona y persona Hay derecho real cuando una cosa se encuentra sometida completa o
parcialmente al poder de una persona en virtud de una relacioacuten inmediata oponible a cualquier
otra persona En este concepto el criterio diferencial entre las dos categoriacuteas de derechos
patrimoniales es suministrado por lo inmediato de la relacioacuten en que se encuentra el sujeto del
derecho con el objeto del mismo Esta relacioacuten inmediata se encuentra en el derecho real
mientras que la obligacioacuten del deudor funge de intermediario entre el titular del derecho y el
objeto
En otros teacuterminos en el derecho real no se encuentra sino dos elementos una persona
sujeto activo del derecho y una cosa objeto del derecho No hay intermediario entre el titular del
derecho y la cosa que es su objeto
En el derecho personal hay tres elementos sujeto activo sujeto pasivo y objeto de
derecho
SU FUNDAMENTO SEGUacuteN BONNECASE
Este autor sostiene con acopio de razones basadas especialmente en datos de la
economiacutea poliacutetica la gran diferencia entre el derecho real y el derecho personal que seguacuten sus
palabras residen el hecho fundamental que el derecho real traduce la apropiacioacuten de una riqueza
en el sentido de la cosa material en tanto que la obligacioacuten o derecho de creacutedito es la expresioacuten
de la nocioacuten de servicio es decir de un acto o de una abstencioacuten que tiene un alcance social
CONCEPCIOacuteN PERSONALISTA
Critica de la teoriacutea tradicional dicieacutendose que todo derecho es una relacioacuten entre personas
que no puede existir una relacioacuten de orden juriacutedico entre una persona y una cosa
LA TEORIA PERSONALISTA
En todo derecho hay siempre por una parte el sujeto activo que es atribuido al derecho y
por otra parte la masa de todos los hombres de todas las personas obligadas a dejar de obrar a
quien pertenece el derecho Pero si esta obligacioacuten general y colectiva existe en todo el derecho
hay casos que es la uacutenica en que el sujeto activo tiene facultad de sacar directamente de una
cosa una utilidad sin otra obligacioacuten que la impuesta a todos de dejarlo obrar de abstenerse de
poner cualquier obstaacuteculo
En esta nueva teoriacutea la antitesis fundamental entre los derechos reales y los obligatorios
consiste mientras los primeros son derechos patrimoniales absolutos los otros son derechos
patrimoniales relativos El derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el
titular el derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el titular el derecho de
obligacioacuten por el contrario importa el deber particular de una persona de procurar una utilidad al
acreedor
DOCTRINA ECLETICA
Critica a la teoriacutea personalista Respecto de la concepcioacuten personalista puede decirse que
le conde una importancia exagerada a la obligacioacuten al sostener que basta por si misma para
constituir y caracterizar al derecho real Ciertamente la obligacioacuten existe pero no es suficiente
para dar a conocer el contenido del derecho real
En conclusioacuten para definir el derecho real es preciso considerar los dos aspectos bajo los
cuales se presenta Bajo su aspecto interno lo que aparece es la obligacioacuten general que tiene por
fin hacer respetar la situacioacuten del titular respecto de la cosa Obligacioacuten pasiva que es distinta de
la individual que caracteriza al derecho personal
OBLIGACIONES PERSONALES
Bonnecase sobre la nocioacuten de obligacioacuten real presenta en el suplemento citado la
siguiente formula existe en nuestro derecho pasivo actual bajo el nombre de obligaciones reales
o propter rem obligaciones enteramente distintas Por una parte de las obligaciones personales
u obligaciones propiamente dichas por otra parte de los derechos reales
Estas obligaciones consisten esencialmente en la necesidad del deudor de ejecutar un acto
positivo exclusivamente en razoacuten y en la medida de una cosa que detenta Dichas obligaciones
se transmiten en consecuencia ipso jure a los detentadores sucesivos de la cosa sin que en
ninguacuten caso se transformen sean en derechos reales sean en obligaciones personales
Caraacutecter accesorio La obligacioacuten real agrega Bonnecase es accesoria de un derecho
principal y refirieacutendose a esta proposicioacuten presenta ejemplos concretos que tambieacuten se encuentra
en nuestros coacutedigos civiles A saber 1- El derecho de propiedad trae consigo para los
copropietarios de una pared la obligacioacuten de costear proporcionalmente v la reparacioacuten y
reconstruccioacuten de esa pared
Como obligacioacuten que se refiere a la servidumbre se puede sentildealar la que contrae el duentildeo
del predio sirviente en eacutel titulo constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o costear
alguna obra obligacioacuten de la que se librara abandonando su predio al duentildeo dominante
DIFERENCIAS
En tanto que la obligacioacuten personal o derecho comuacuten reposa directamente sobre la
persona del deudor y es ejecutoria sobre todos los bienes de su patrimonio la obligacioacuten popter
rem tiene su asiento en una caso a la cual se relaciona tanto en su existencia como en la
ejecucioacuten Si el deudor ante la accioacuten del acreedor abandona la cosa se extingue la obligacioacuten
Por ultimo la obligacioacuten popter rem no se absorbe de ninguna manera en los diversos derechos
reales de los cuales representa lo accesorio
CONCEPTO DE LA OBLIGACIOacuteN
DERECHO ROMANO Seguacuten la instituta de Justiniano Obligatio est iuris vinculum quo
necesiacutetate adstringimur alicuius solvendae rei secumdum nostrae civitatis iura La obligacioacuten es
un vinculo de derecho por el que somos constrentildeidos con la necesidad de pagar alguna cosa
seguacuten las leyes de nuestra ciudad
Para Paulo Obligationum subtantiain eo consistit ut alium nobis ostringat ad dandum
aliquid vel faciendum vel praestandun La sustancia de las obligaciones consistehellip en que
constrintildea a otro a darnos a hacernos o a prestarnos alguna cosa
AUTORES MODERNOS Partiendo de los conceptos de derecho romano los autores
modernos han dado definiciones que no difieren mucho de aquellos a saber Pothier define a la
obligacioacuten diciendo que es un vinculo de derecho que nos sujeta respecto de otro a darle alguna
cosa o hacer o no hacer alguna cosa Bauddry-Lacantiere et Barde La obligacioacuten en sentido
juriacutedico de la palabra puede definirse como un vinculo de derecho por el cual una o varias
personas determinadas estaacuten civilmente comprometidas hacia una o varias otras igualmente
determinadas a dar a hacer o a no hacer alguna cosa Giorgi la obligacioacuten es un vinculo
juriacutedico entre dos o maacutes personas determinadas en virtud del cual una o varias de ellas (deudor o
deudores) quedan sujetas respecto a otra o a otras (acreedor o acreedores a hacer o no hacer
alguna cosa Levy- Ullmann la obligacioacuten es una institucioacuten juriacutedica que expresa la situacioacuten
respectiva de personas de las cuales una (llamada deudor) debe hacer beneficiar a la otra
(llamada el acreedor) de una prestacioacuten o de una obtencioacuten y que corresponde bajo los nombres
de creacutedito y de deuda al elemento particular de activo y de pasivo engendrado por esa relacioacuten
en el patrimonio de los interesados Bonnecase dice El derecho de creacutedito es una relacioacuten de
derecho en virtud de la cual una persona el acreedor tiene el poder de exigir de otra llamada
deudor la ejecucioacuten de una prestacioacuten determinada positiva o negativa y susceptible de
evaluacioacuten pecuniaria El mismo autor define tambieacuten el derecho de creacutedito-diciendo que- es
una relacioacuten de derecho en virtud de la cual el valor econoacutemico o puramente social de una
persona es puesto a disposicioacuten de otra bajo la forma positiva de una prestacioacuten por suministrar o
bajo la forma negativa de una abstencioacuten de observar
ANAacuteLISIS Si comparamos estas definiciones podemos observar que unas se caracteriza
la obligacioacuten como un vinculo en otras se sustituye la palabra vinculo por relacioacuten juriacutedica En
otra se habla de necesidad juriacutedica En todas se alude al objeto de la obligacioacuten dicieacutendose que
por virtud de la obligacioacuten el deudor debe dar hacer o no hacer o en otros teacuterminos ejecutar una
prestacioacuten o someterse a una abstencioacuten Unas definiciones ven el aspecto pasivo de la
obligacioacuten refirieacutendose al estado del deudor otras ven el aspecto activo el del acreedor teniendo
la facultad de exigir algo al deudor
DEFINICIOacuteN ADOPTADA En vista de las definiciones anteriores creo que debemos
adoptar la siguiente Obligacioacuten es la relacioacuten juriacutedica entre dos personas en virtud de la cual una
de ellas llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestacioacuten o a una
abstencioacuten de caraacutecter patrimonial que el acreedor puede exigir al deudor
CREDITO Y DEUDA La palabra obligacioacuten abarca toda la relacioacuten considerada esta
especialmente del lado activo toma el nombre de creacutedito o derecho personal y del lado pasivo el
de deuda u obligacioacuten en sentido restringido
ANAacuteLISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIOacuteN
Seguacuten la definicioacuten tres son los elementos de la obligacioacuten
EL PRIMER ELEMENTO
Un sujeto activo y uno pasivo cuando menos pudiendo haber pluralidad de acreedores de
deudores o de unos y otros Demogue sostiene y con razoacuten que nada impide teacutecnicamente que
un deudor o un acreedor sea indeterminado que basta que haya en el momento de ejecutarse la
obligacioacuten quien exija o efectueacute el cumplimiento de ella y por consiguiente que el acreedor sea
determinable al vencimiento Pero la obligacioacuten en provecho o en contra de persona
indeterminada presenta defectos que restringen su empleo pues en tanto que una persona esta
indeterminada es imposible si no tiene un representante entenderse con ella para modificar o
extinguir la obligacioacuten y para que esta sea reconocida desde antes de la determinacioacuten del
beneficiario es preciso que razones de seguridad obliguen a considerar como teniendo ya un
valor juriacutedico la pretensioacuten o la promesa
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
Importancia del estudio de la Teoriacutea General de las Obligaciones
1 Comparacioacuten entre el derecho real y el derecho personal o la obligacioacuten
2 Concepto de la obligacioacuten
3 Concepto de obligacioacuten seguacuten Gutieacuterrez y Gonzaacutelez
4 Fuentes generales y particulares de la obligacioacuten
5 Contrato
6 Declaracioacuten unilateral de la voluntad
7 La gestioacuten de negocios
8 Enriquecimiento sin causa
9 El riesgo creado
10 Hechos iliacutecitos
11 Bibliografiacutea
Se puede decir mucho a este respecto pero basta para captar la importancia acerca de la
teoriacutea general de las obligaciones anotar unos cuantos puntos
La vida diaria permite darse cuenta de que no es exagerada esta aseveracioacuten Desde las
actividades maacutes sencillas hasta las maacutes complejas relaciones crediticias permiten ver las
existencias de las obligaciones El hecho de comprar una cajetilla de cigarros el abordar un
autobuacutes de servicio puacuteblico las mas complicadas operaciones de iacutendole bacanria e industrial
entrantildean todas la creacioacuten de obligaciones
En efecto el que compra una cajetilla de cigarros se crea la obligacioacuten de pagar el precio del
objeto y adquiere el creacutedito de que se le entregue la cajetilla asiacute puedo multiplicar los ejemplos
pues las obligaciones se infiltran en la vida humana como el aire es vital para la subsistencia
Si la vida social gira y se sostienen sobre ese tipo de relaciones personales en donde unos
seres deben cumplir y otros pueden exigir Desde siempre unos seres humanos han prestado
servicios a otros seres humanos y a cambio de ellos exigen una retribucioacuten desde siempre unos
seres humanos han causado dantildeo a otros y los dantildeados han pedido reparacioacuten de esa manera
surgen entre ellos relaciones personales en donde uno puede exigir al otro una prestacioacuten y el
otro la debe cumplir
Baste para ver la importancia de su estudio imaginar eacutel numero obligaciones que se reducen
como se ha dicho antes a traveacutes de los contratos a traveacutes de los hechos iliacutecitos y en
consecuencia puede apreciarse el intereacutes social y juriacutedico del estudio de esta materia iquest Coacutemo se
van regir las relaciones pacifistas derivadas del creacutedito de los seres humanos Esto seraacute a traveacutes
del derecho y el derecho en las relaciones personales atraves de la Teoriacutea General de las
Obligaciones cuando estaacuten de por medio bienes patrimoniales pecuniarios o morales ya sean
titulares de ellos personas fiacutesicas o morales
COMPARACIOacuteN ENTRE EL DERECHO REAL Y EL DERECHO PERSONAL O LA OBLIGACIOacuteN
TEORIA CLAacuteSICA
El derecho real es una relacioacuten entre personas y cosa y el derecho personal es la relacioacuten
entre persona y persona Hay derecho real cuando una cosa se encuentra sometida completa o
parcialmente al poder de una persona en virtud de una relacioacuten inmediata oponible a cualquier
otra persona En este concepto el criterio diferencial entre las dos categoriacuteas de derechos
patrimoniales es suministrado por lo inmediato de la relacioacuten en que se encuentra el sujeto del
derecho con el objeto del mismo Esta relacioacuten inmediata se encuentra en el derecho real
mientras que la obligacioacuten del deudor funge de intermediario entre el titular del derecho y el
objeto
En otros teacuterminos en el derecho real no se encuentra sino dos elementos una persona
sujeto activo del derecho y una cosa objeto del derecho No hay intermediario entre el titular del
derecho y la cosa que es su objeto
En el derecho personal hay tres elementos sujeto activo sujeto pasivo y objeto de
derecho
SU FUNDAMENTO SEGUacuteN BONNECASE
Este autor sostiene con acopio de razones basadas especialmente en datos de la
economiacutea poliacutetica la gran diferencia entre el derecho real y el derecho personal que seguacuten sus
palabras residen el hecho fundamental que el derecho real traduce la apropiacioacuten de una riqueza
en el sentido de la cosa material en tanto que la obligacioacuten o derecho de creacutedito es la expresioacuten
de la nocioacuten de servicio es decir de un acto o de una abstencioacuten que tiene un alcance social
CONCEPCIOacuteN PERSONALISTA
Critica de la teoriacutea tradicional dicieacutendose que todo derecho es una relacioacuten entre personas
que no puede existir una relacioacuten de orden juriacutedico entre una persona y una cosa
LA TEORIA PERSONALISTA
En todo derecho hay siempre por una parte el sujeto activo que es atribuido al derecho y
por otra parte la masa de todos los hombres de todas las personas obligadas a dejar de obrar a
quien pertenece el derecho Pero si esta obligacioacuten general y colectiva existe en todo el derecho
hay casos que es la uacutenica en que el sujeto activo tiene facultad de sacar directamente de una
cosa una utilidad sin otra obligacioacuten que la impuesta a todos de dejarlo obrar de abstenerse de
poner cualquier obstaacuteculo
En esta nueva teoriacutea la antitesis fundamental entre los derechos reales y los obligatorios
consiste mientras los primeros son derechos patrimoniales absolutos los otros son derechos
patrimoniales relativos El derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el
titular el derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el titular el derecho de
obligacioacuten por el contrario importa el deber particular de una persona de procurar una utilidad al
acreedor
DOCTRINA ECLETICA
Critica a la teoriacutea personalista Respecto de la concepcioacuten personalista puede decirse que
le conde una importancia exagerada a la obligacioacuten al sostener que basta por si misma para
constituir y caracterizar al derecho real Ciertamente la obligacioacuten existe pero no es suficiente
para dar a conocer el contenido del derecho real
En conclusioacuten para definir el derecho real es preciso considerar los dos aspectos bajo los
cuales se presenta Bajo su aspecto interno lo que aparece es la obligacioacuten general que tiene por
fin hacer respetar la situacioacuten del titular respecto de la cosa Obligacioacuten pasiva que es distinta de
la individual que caracteriza al derecho personal
OBLIGACIONES PERSONALES
Bonnecase sobre la nocioacuten de obligacioacuten real presenta en el suplemento citado la
siguiente formula existe en nuestro derecho pasivo actual bajo el nombre de obligaciones reales
o propter rem obligaciones enteramente distintas Por una parte de las obligaciones personales
u obligaciones propiamente dichas por otra parte de los derechos reales
Estas obligaciones consisten esencialmente en la necesidad del deudor de ejecutar un acto
positivo exclusivamente en razoacuten y en la medida de una cosa que detenta Dichas obligaciones
se transmiten en consecuencia ipso jure a los detentadores sucesivos de la cosa sin que en
ninguacuten caso se transformen sean en derechos reales sean en obligaciones personales
Caraacutecter accesorio La obligacioacuten real agrega Bonnecase es accesoria de un derecho
principal y refirieacutendose a esta proposicioacuten presenta ejemplos concretos que tambieacuten se encuentra
en nuestros coacutedigos civiles A saber 1- El derecho de propiedad trae consigo para los
copropietarios de una pared la obligacioacuten de costear proporcionalmente v la reparacioacuten y
reconstruccioacuten de esa pared
Como obligacioacuten que se refiere a la servidumbre se puede sentildealar la que contrae el duentildeo
del predio sirviente en eacutel titulo constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o costear
alguna obra obligacioacuten de la que se librara abandonando su predio al duentildeo dominante
DIFERENCIAS
En tanto que la obligacioacuten personal o derecho comuacuten reposa directamente sobre la
persona del deudor y es ejecutoria sobre todos los bienes de su patrimonio la obligacioacuten popter
rem tiene su asiento en una caso a la cual se relaciona tanto en su existencia como en la
ejecucioacuten Si el deudor ante la accioacuten del acreedor abandona la cosa se extingue la obligacioacuten
Por ultimo la obligacioacuten popter rem no se absorbe de ninguna manera en los diversos derechos
reales de los cuales representa lo accesorio
CONCEPTO DE LA OBLIGACIOacuteN
DERECHO ROMANO Seguacuten la instituta de Justiniano Obligatio est iuris vinculum quo
necesiacutetate adstringimur alicuius solvendae rei secumdum nostrae civitatis iura La obligacioacuten es
un vinculo de derecho por el que somos constrentildeidos con la necesidad de pagar alguna cosa
seguacuten las leyes de nuestra ciudad
Para Paulo Obligationum subtantiain eo consistit ut alium nobis ostringat ad dandum
aliquid vel faciendum vel praestandun La sustancia de las obligaciones consistehellip en que
constrintildea a otro a darnos a hacernos o a prestarnos alguna cosa
AUTORES MODERNOS Partiendo de los conceptos de derecho romano los autores
modernos han dado definiciones que no difieren mucho de aquellos a saber Pothier define a la
obligacioacuten diciendo que es un vinculo de derecho que nos sujeta respecto de otro a darle alguna
cosa o hacer o no hacer alguna cosa Bauddry-Lacantiere et Barde La obligacioacuten en sentido
juriacutedico de la palabra puede definirse como un vinculo de derecho por el cual una o varias
personas determinadas estaacuten civilmente comprometidas hacia una o varias otras igualmente
determinadas a dar a hacer o a no hacer alguna cosa Giorgi la obligacioacuten es un vinculo
juriacutedico entre dos o maacutes personas determinadas en virtud del cual una o varias de ellas (deudor o
deudores) quedan sujetas respecto a otra o a otras (acreedor o acreedores a hacer o no hacer
alguna cosa Levy- Ullmann la obligacioacuten es una institucioacuten juriacutedica que expresa la situacioacuten
respectiva de personas de las cuales una (llamada deudor) debe hacer beneficiar a la otra
(llamada el acreedor) de una prestacioacuten o de una obtencioacuten y que corresponde bajo los nombres
de creacutedito y de deuda al elemento particular de activo y de pasivo engendrado por esa relacioacuten
en el patrimonio de los interesados Bonnecase dice El derecho de creacutedito es una relacioacuten de
derecho en virtud de la cual una persona el acreedor tiene el poder de exigir de otra llamada
deudor la ejecucioacuten de una prestacioacuten determinada positiva o negativa y susceptible de
evaluacioacuten pecuniaria El mismo autor define tambieacuten el derecho de creacutedito-diciendo que- es
una relacioacuten de derecho en virtud de la cual el valor econoacutemico o puramente social de una
persona es puesto a disposicioacuten de otra bajo la forma positiva de una prestacioacuten por suministrar o
bajo la forma negativa de una abstencioacuten de observar
ANAacuteLISIS Si comparamos estas definiciones podemos observar que unas se caracteriza
la obligacioacuten como un vinculo en otras se sustituye la palabra vinculo por relacioacuten juriacutedica En
otra se habla de necesidad juriacutedica En todas se alude al objeto de la obligacioacuten dicieacutendose que
por virtud de la obligacioacuten el deudor debe dar hacer o no hacer o en otros teacuterminos ejecutar una
prestacioacuten o someterse a una abstencioacuten Unas definiciones ven el aspecto pasivo de la
obligacioacuten refirieacutendose al estado del deudor otras ven el aspecto activo el del acreedor teniendo
la facultad de exigir algo al deudor
DEFINICIOacuteN ADOPTADA En vista de las definiciones anteriores creo que debemos
adoptar la siguiente Obligacioacuten es la relacioacuten juriacutedica entre dos personas en virtud de la cual una
de ellas llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestacioacuten o a una
abstencioacuten de caraacutecter patrimonial que el acreedor puede exigir al deudor
CREDITO Y DEUDA La palabra obligacioacuten abarca toda la relacioacuten considerada esta
especialmente del lado activo toma el nombre de creacutedito o derecho personal y del lado pasivo el
de deuda u obligacioacuten en sentido restringido
ANAacuteLISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIOacuteN
Seguacuten la definicioacuten tres son los elementos de la obligacioacuten
EL PRIMER ELEMENTO
Un sujeto activo y uno pasivo cuando menos pudiendo haber pluralidad de acreedores de
deudores o de unos y otros Demogue sostiene y con razoacuten que nada impide teacutecnicamente que
un deudor o un acreedor sea indeterminado que basta que haya en el momento de ejecutarse la
obligacioacuten quien exija o efectueacute el cumplimiento de ella y por consiguiente que el acreedor sea
determinable al vencimiento Pero la obligacioacuten en provecho o en contra de persona
indeterminada presenta defectos que restringen su empleo pues en tanto que una persona esta
indeterminada es imposible si no tiene un representante entenderse con ella para modificar o
extinguir la obligacioacuten y para que esta sea reconocida desde antes de la determinacioacuten del
beneficiario es preciso que razones de seguridad obliguen a considerar como teniendo ya un
valor juriacutedico la pretensioacuten o la promesa
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
derecho con el objeto del mismo Esta relacioacuten inmediata se encuentra en el derecho real
mientras que la obligacioacuten del deudor funge de intermediario entre el titular del derecho y el
objeto
En otros teacuterminos en el derecho real no se encuentra sino dos elementos una persona
sujeto activo del derecho y una cosa objeto del derecho No hay intermediario entre el titular del
derecho y la cosa que es su objeto
En el derecho personal hay tres elementos sujeto activo sujeto pasivo y objeto de
derecho
SU FUNDAMENTO SEGUacuteN BONNECASE
Este autor sostiene con acopio de razones basadas especialmente en datos de la
economiacutea poliacutetica la gran diferencia entre el derecho real y el derecho personal que seguacuten sus
palabras residen el hecho fundamental que el derecho real traduce la apropiacioacuten de una riqueza
en el sentido de la cosa material en tanto que la obligacioacuten o derecho de creacutedito es la expresioacuten
de la nocioacuten de servicio es decir de un acto o de una abstencioacuten que tiene un alcance social
CONCEPCIOacuteN PERSONALISTA
Critica de la teoriacutea tradicional dicieacutendose que todo derecho es una relacioacuten entre personas
que no puede existir una relacioacuten de orden juriacutedico entre una persona y una cosa
LA TEORIA PERSONALISTA
En todo derecho hay siempre por una parte el sujeto activo que es atribuido al derecho y
por otra parte la masa de todos los hombres de todas las personas obligadas a dejar de obrar a
quien pertenece el derecho Pero si esta obligacioacuten general y colectiva existe en todo el derecho
hay casos que es la uacutenica en que el sujeto activo tiene facultad de sacar directamente de una
cosa una utilidad sin otra obligacioacuten que la impuesta a todos de dejarlo obrar de abstenerse de
poner cualquier obstaacuteculo
En esta nueva teoriacutea la antitesis fundamental entre los derechos reales y los obligatorios
consiste mientras los primeros son derechos patrimoniales absolutos los otros son derechos
patrimoniales relativos El derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el
titular el derecho real importa un deber general negativo de respeto hacia el titular el derecho de
obligacioacuten por el contrario importa el deber particular de una persona de procurar una utilidad al
acreedor
DOCTRINA ECLETICA
Critica a la teoriacutea personalista Respecto de la concepcioacuten personalista puede decirse que
le conde una importancia exagerada a la obligacioacuten al sostener que basta por si misma para
constituir y caracterizar al derecho real Ciertamente la obligacioacuten existe pero no es suficiente
para dar a conocer el contenido del derecho real
En conclusioacuten para definir el derecho real es preciso considerar los dos aspectos bajo los
cuales se presenta Bajo su aspecto interno lo que aparece es la obligacioacuten general que tiene por
fin hacer respetar la situacioacuten del titular respecto de la cosa Obligacioacuten pasiva que es distinta de
la individual que caracteriza al derecho personal
OBLIGACIONES PERSONALES
Bonnecase sobre la nocioacuten de obligacioacuten real presenta en el suplemento citado la
siguiente formula existe en nuestro derecho pasivo actual bajo el nombre de obligaciones reales
o propter rem obligaciones enteramente distintas Por una parte de las obligaciones personales
u obligaciones propiamente dichas por otra parte de los derechos reales
Estas obligaciones consisten esencialmente en la necesidad del deudor de ejecutar un acto
positivo exclusivamente en razoacuten y en la medida de una cosa que detenta Dichas obligaciones
se transmiten en consecuencia ipso jure a los detentadores sucesivos de la cosa sin que en
ninguacuten caso se transformen sean en derechos reales sean en obligaciones personales
Caraacutecter accesorio La obligacioacuten real agrega Bonnecase es accesoria de un derecho
principal y refirieacutendose a esta proposicioacuten presenta ejemplos concretos que tambieacuten se encuentra
en nuestros coacutedigos civiles A saber 1- El derecho de propiedad trae consigo para los
copropietarios de una pared la obligacioacuten de costear proporcionalmente v la reparacioacuten y
reconstruccioacuten de esa pared
Como obligacioacuten que se refiere a la servidumbre se puede sentildealar la que contrae el duentildeo
del predio sirviente en eacutel titulo constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o costear
alguna obra obligacioacuten de la que se librara abandonando su predio al duentildeo dominante
DIFERENCIAS
En tanto que la obligacioacuten personal o derecho comuacuten reposa directamente sobre la
persona del deudor y es ejecutoria sobre todos los bienes de su patrimonio la obligacioacuten popter
rem tiene su asiento en una caso a la cual se relaciona tanto en su existencia como en la
ejecucioacuten Si el deudor ante la accioacuten del acreedor abandona la cosa se extingue la obligacioacuten
Por ultimo la obligacioacuten popter rem no se absorbe de ninguna manera en los diversos derechos
reales de los cuales representa lo accesorio
CONCEPTO DE LA OBLIGACIOacuteN
DERECHO ROMANO Seguacuten la instituta de Justiniano Obligatio est iuris vinculum quo
necesiacutetate adstringimur alicuius solvendae rei secumdum nostrae civitatis iura La obligacioacuten es
un vinculo de derecho por el que somos constrentildeidos con la necesidad de pagar alguna cosa
seguacuten las leyes de nuestra ciudad
Para Paulo Obligationum subtantiain eo consistit ut alium nobis ostringat ad dandum
aliquid vel faciendum vel praestandun La sustancia de las obligaciones consistehellip en que
constrintildea a otro a darnos a hacernos o a prestarnos alguna cosa
AUTORES MODERNOS Partiendo de los conceptos de derecho romano los autores
modernos han dado definiciones que no difieren mucho de aquellos a saber Pothier define a la
obligacioacuten diciendo que es un vinculo de derecho que nos sujeta respecto de otro a darle alguna
cosa o hacer o no hacer alguna cosa Bauddry-Lacantiere et Barde La obligacioacuten en sentido
juriacutedico de la palabra puede definirse como un vinculo de derecho por el cual una o varias
personas determinadas estaacuten civilmente comprometidas hacia una o varias otras igualmente
determinadas a dar a hacer o a no hacer alguna cosa Giorgi la obligacioacuten es un vinculo
juriacutedico entre dos o maacutes personas determinadas en virtud del cual una o varias de ellas (deudor o
deudores) quedan sujetas respecto a otra o a otras (acreedor o acreedores a hacer o no hacer
alguna cosa Levy- Ullmann la obligacioacuten es una institucioacuten juriacutedica que expresa la situacioacuten
respectiva de personas de las cuales una (llamada deudor) debe hacer beneficiar a la otra
(llamada el acreedor) de una prestacioacuten o de una obtencioacuten y que corresponde bajo los nombres
de creacutedito y de deuda al elemento particular de activo y de pasivo engendrado por esa relacioacuten
en el patrimonio de los interesados Bonnecase dice El derecho de creacutedito es una relacioacuten de
derecho en virtud de la cual una persona el acreedor tiene el poder de exigir de otra llamada
deudor la ejecucioacuten de una prestacioacuten determinada positiva o negativa y susceptible de
evaluacioacuten pecuniaria El mismo autor define tambieacuten el derecho de creacutedito-diciendo que- es
una relacioacuten de derecho en virtud de la cual el valor econoacutemico o puramente social de una
persona es puesto a disposicioacuten de otra bajo la forma positiva de una prestacioacuten por suministrar o
bajo la forma negativa de una abstencioacuten de observar
ANAacuteLISIS Si comparamos estas definiciones podemos observar que unas se caracteriza
la obligacioacuten como un vinculo en otras se sustituye la palabra vinculo por relacioacuten juriacutedica En
otra se habla de necesidad juriacutedica En todas se alude al objeto de la obligacioacuten dicieacutendose que
por virtud de la obligacioacuten el deudor debe dar hacer o no hacer o en otros teacuterminos ejecutar una
prestacioacuten o someterse a una abstencioacuten Unas definiciones ven el aspecto pasivo de la
obligacioacuten refirieacutendose al estado del deudor otras ven el aspecto activo el del acreedor teniendo
la facultad de exigir algo al deudor
DEFINICIOacuteN ADOPTADA En vista de las definiciones anteriores creo que debemos
adoptar la siguiente Obligacioacuten es la relacioacuten juriacutedica entre dos personas en virtud de la cual una
de ellas llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestacioacuten o a una
abstencioacuten de caraacutecter patrimonial que el acreedor puede exigir al deudor
CREDITO Y DEUDA La palabra obligacioacuten abarca toda la relacioacuten considerada esta
especialmente del lado activo toma el nombre de creacutedito o derecho personal y del lado pasivo el
de deuda u obligacioacuten en sentido restringido
ANAacuteLISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIOacuteN
Seguacuten la definicioacuten tres son los elementos de la obligacioacuten
EL PRIMER ELEMENTO
Un sujeto activo y uno pasivo cuando menos pudiendo haber pluralidad de acreedores de
deudores o de unos y otros Demogue sostiene y con razoacuten que nada impide teacutecnicamente que
un deudor o un acreedor sea indeterminado que basta que haya en el momento de ejecutarse la
obligacioacuten quien exija o efectueacute el cumplimiento de ella y por consiguiente que el acreedor sea
determinable al vencimiento Pero la obligacioacuten en provecho o en contra de persona
indeterminada presenta defectos que restringen su empleo pues en tanto que una persona esta
indeterminada es imposible si no tiene un representante entenderse con ella para modificar o
extinguir la obligacioacuten y para que esta sea reconocida desde antes de la determinacioacuten del
beneficiario es preciso que razones de seguridad obliguen a considerar como teniendo ya un
valor juriacutedico la pretensioacuten o la promesa
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
OBLIGACIONES PERSONALES
Bonnecase sobre la nocioacuten de obligacioacuten real presenta en el suplemento citado la
siguiente formula existe en nuestro derecho pasivo actual bajo el nombre de obligaciones reales
o propter rem obligaciones enteramente distintas Por una parte de las obligaciones personales
u obligaciones propiamente dichas por otra parte de los derechos reales
Estas obligaciones consisten esencialmente en la necesidad del deudor de ejecutar un acto
positivo exclusivamente en razoacuten y en la medida de una cosa que detenta Dichas obligaciones
se transmiten en consecuencia ipso jure a los detentadores sucesivos de la cosa sin que en
ninguacuten caso se transformen sean en derechos reales sean en obligaciones personales
Caraacutecter accesorio La obligacioacuten real agrega Bonnecase es accesoria de un derecho
principal y refirieacutendose a esta proposicioacuten presenta ejemplos concretos que tambieacuten se encuentra
en nuestros coacutedigos civiles A saber 1- El derecho de propiedad trae consigo para los
copropietarios de una pared la obligacioacuten de costear proporcionalmente v la reparacioacuten y
reconstruccioacuten de esa pared
Como obligacioacuten que se refiere a la servidumbre se puede sentildealar la que contrae el duentildeo
del predio sirviente en eacutel titulo constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o costear
alguna obra obligacioacuten de la que se librara abandonando su predio al duentildeo dominante
DIFERENCIAS
En tanto que la obligacioacuten personal o derecho comuacuten reposa directamente sobre la
persona del deudor y es ejecutoria sobre todos los bienes de su patrimonio la obligacioacuten popter
rem tiene su asiento en una caso a la cual se relaciona tanto en su existencia como en la
ejecucioacuten Si el deudor ante la accioacuten del acreedor abandona la cosa se extingue la obligacioacuten
Por ultimo la obligacioacuten popter rem no se absorbe de ninguna manera en los diversos derechos
reales de los cuales representa lo accesorio
CONCEPTO DE LA OBLIGACIOacuteN
DERECHO ROMANO Seguacuten la instituta de Justiniano Obligatio est iuris vinculum quo
necesiacutetate adstringimur alicuius solvendae rei secumdum nostrae civitatis iura La obligacioacuten es
un vinculo de derecho por el que somos constrentildeidos con la necesidad de pagar alguna cosa
seguacuten las leyes de nuestra ciudad
Para Paulo Obligationum subtantiain eo consistit ut alium nobis ostringat ad dandum
aliquid vel faciendum vel praestandun La sustancia de las obligaciones consistehellip en que
constrintildea a otro a darnos a hacernos o a prestarnos alguna cosa
AUTORES MODERNOS Partiendo de los conceptos de derecho romano los autores
modernos han dado definiciones que no difieren mucho de aquellos a saber Pothier define a la
obligacioacuten diciendo que es un vinculo de derecho que nos sujeta respecto de otro a darle alguna
cosa o hacer o no hacer alguna cosa Bauddry-Lacantiere et Barde La obligacioacuten en sentido
juriacutedico de la palabra puede definirse como un vinculo de derecho por el cual una o varias
personas determinadas estaacuten civilmente comprometidas hacia una o varias otras igualmente
determinadas a dar a hacer o a no hacer alguna cosa Giorgi la obligacioacuten es un vinculo
juriacutedico entre dos o maacutes personas determinadas en virtud del cual una o varias de ellas (deudor o
deudores) quedan sujetas respecto a otra o a otras (acreedor o acreedores a hacer o no hacer
alguna cosa Levy- Ullmann la obligacioacuten es una institucioacuten juriacutedica que expresa la situacioacuten
respectiva de personas de las cuales una (llamada deudor) debe hacer beneficiar a la otra
(llamada el acreedor) de una prestacioacuten o de una obtencioacuten y que corresponde bajo los nombres
de creacutedito y de deuda al elemento particular de activo y de pasivo engendrado por esa relacioacuten
en el patrimonio de los interesados Bonnecase dice El derecho de creacutedito es una relacioacuten de
derecho en virtud de la cual una persona el acreedor tiene el poder de exigir de otra llamada
deudor la ejecucioacuten de una prestacioacuten determinada positiva o negativa y susceptible de
evaluacioacuten pecuniaria El mismo autor define tambieacuten el derecho de creacutedito-diciendo que- es
una relacioacuten de derecho en virtud de la cual el valor econoacutemico o puramente social de una
persona es puesto a disposicioacuten de otra bajo la forma positiva de una prestacioacuten por suministrar o
bajo la forma negativa de una abstencioacuten de observar
ANAacuteLISIS Si comparamos estas definiciones podemos observar que unas se caracteriza
la obligacioacuten como un vinculo en otras se sustituye la palabra vinculo por relacioacuten juriacutedica En
otra se habla de necesidad juriacutedica En todas se alude al objeto de la obligacioacuten dicieacutendose que
por virtud de la obligacioacuten el deudor debe dar hacer o no hacer o en otros teacuterminos ejecutar una
prestacioacuten o someterse a una abstencioacuten Unas definiciones ven el aspecto pasivo de la
obligacioacuten refirieacutendose al estado del deudor otras ven el aspecto activo el del acreedor teniendo
la facultad de exigir algo al deudor
DEFINICIOacuteN ADOPTADA En vista de las definiciones anteriores creo que debemos
adoptar la siguiente Obligacioacuten es la relacioacuten juriacutedica entre dos personas en virtud de la cual una
de ellas llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestacioacuten o a una
abstencioacuten de caraacutecter patrimonial que el acreedor puede exigir al deudor
CREDITO Y DEUDA La palabra obligacioacuten abarca toda la relacioacuten considerada esta
especialmente del lado activo toma el nombre de creacutedito o derecho personal y del lado pasivo el
de deuda u obligacioacuten en sentido restringido
ANAacuteLISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIOacuteN
Seguacuten la definicioacuten tres son los elementos de la obligacioacuten
EL PRIMER ELEMENTO
Un sujeto activo y uno pasivo cuando menos pudiendo haber pluralidad de acreedores de
deudores o de unos y otros Demogue sostiene y con razoacuten que nada impide teacutecnicamente que
un deudor o un acreedor sea indeterminado que basta que haya en el momento de ejecutarse la
obligacioacuten quien exija o efectueacute el cumplimiento de ella y por consiguiente que el acreedor sea
determinable al vencimiento Pero la obligacioacuten en provecho o en contra de persona
indeterminada presenta defectos que restringen su empleo pues en tanto que una persona esta
indeterminada es imposible si no tiene un representante entenderse con ella para modificar o
extinguir la obligacioacuten y para que esta sea reconocida desde antes de la determinacioacuten del
beneficiario es preciso que razones de seguridad obliguen a considerar como teniendo ya un
valor juriacutedico la pretensioacuten o la promesa
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
respectiva de personas de las cuales una (llamada deudor) debe hacer beneficiar a la otra
(llamada el acreedor) de una prestacioacuten o de una obtencioacuten y que corresponde bajo los nombres
de creacutedito y de deuda al elemento particular de activo y de pasivo engendrado por esa relacioacuten
en el patrimonio de los interesados Bonnecase dice El derecho de creacutedito es una relacioacuten de
derecho en virtud de la cual una persona el acreedor tiene el poder de exigir de otra llamada
deudor la ejecucioacuten de una prestacioacuten determinada positiva o negativa y susceptible de
evaluacioacuten pecuniaria El mismo autor define tambieacuten el derecho de creacutedito-diciendo que- es
una relacioacuten de derecho en virtud de la cual el valor econoacutemico o puramente social de una
persona es puesto a disposicioacuten de otra bajo la forma positiva de una prestacioacuten por suministrar o
bajo la forma negativa de una abstencioacuten de observar
ANAacuteLISIS Si comparamos estas definiciones podemos observar que unas se caracteriza
la obligacioacuten como un vinculo en otras se sustituye la palabra vinculo por relacioacuten juriacutedica En
otra se habla de necesidad juriacutedica En todas se alude al objeto de la obligacioacuten dicieacutendose que
por virtud de la obligacioacuten el deudor debe dar hacer o no hacer o en otros teacuterminos ejecutar una
prestacioacuten o someterse a una abstencioacuten Unas definiciones ven el aspecto pasivo de la
obligacioacuten refirieacutendose al estado del deudor otras ven el aspecto activo el del acreedor teniendo
la facultad de exigir algo al deudor
DEFINICIOacuteN ADOPTADA En vista de las definiciones anteriores creo que debemos
adoptar la siguiente Obligacioacuten es la relacioacuten juriacutedica entre dos personas en virtud de la cual una
de ellas llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestacioacuten o a una
abstencioacuten de caraacutecter patrimonial que el acreedor puede exigir al deudor
CREDITO Y DEUDA La palabra obligacioacuten abarca toda la relacioacuten considerada esta
especialmente del lado activo toma el nombre de creacutedito o derecho personal y del lado pasivo el
de deuda u obligacioacuten en sentido restringido
ANAacuteLISIS DE LOS ELEMENTOS DE LA OBLIGACIOacuteN
Seguacuten la definicioacuten tres son los elementos de la obligacioacuten
EL PRIMER ELEMENTO
Un sujeto activo y uno pasivo cuando menos pudiendo haber pluralidad de acreedores de
deudores o de unos y otros Demogue sostiene y con razoacuten que nada impide teacutecnicamente que
un deudor o un acreedor sea indeterminado que basta que haya en el momento de ejecutarse la
obligacioacuten quien exija o efectueacute el cumplimiento de ella y por consiguiente que el acreedor sea
determinable al vencimiento Pero la obligacioacuten en provecho o en contra de persona
indeterminada presenta defectos que restringen su empleo pues en tanto que una persona esta
indeterminada es imposible si no tiene un representante entenderse con ella para modificar o
extinguir la obligacioacuten y para que esta sea reconocida desde antes de la determinacioacuten del
beneficiario es preciso que razones de seguridad obliguen a considerar como teniendo ya un
valor juriacutedico la pretensioacuten o la promesa
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
LA RELACION JURIacuteDICA
SEGUNDO ELEMENTO
Una relacioacuten juriacutedica es decir protegida por el derecho objetivo que da al acreedor una
accioacuten que ejercitar ante el juez para obtener la prestacioacuten objeto de la obligacioacuten o su
equivalente
EL OBJETO
TERCER ELEMENTO
Los objetos de la obligacioacuten Se llama objeto de la obligacioacuten lo que puede exigir el
acreedor al deudor Este objeto puede ser un hecho positivo como la ejecucioacuten de un trabajo o la
entrega de dinero se le llama entonces prestacioacuten puede ser tambieacuten un hecho negativo es
decir una abstencioacuten
CONCEPTO DE OBLIGACIOacuteN SEGUacuteN GUTIERREZ Y GONZALEZ
En sentido amplio Es la necesidad juriacutedica de cumplir voluntariamente una prestacioacuten de
caraacutecter patrimonial (pecuniaria o moral) a favor de un sujeto que eventualmente puede llegar a
existir o a favor de un sujeto que ya existe
En sentido estricto Es la necesidad juriacutedica de mantenerse en aptitud de cumplir
voluntariamente una prestacioacuten de caraacutecter patrimonial (pecuniario o moral) a favor de un sujeto
que eventualmente pueda llegar a existir y si existe aceptar
FUENTES GENERALES Y PARTICULARES DELA OBLIGACIOacuteN
Las fuentes particulares de la obligacioacuten me di a la tarea de buscarlas y me fue imposible
encontrarlas e inclusive en los apuntes de clase por lo cual no lo tengo escrito Yo le hice
mencioacuten de esto por lo cual se me indico solo mencionarlo
FUENTES PARTICULARES
1 - EL CONTRATO
2 - LA DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
3 -LA GESTION DE NEGOCIOS
4 -EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
5 - EL HECHO ILICITO
6 -EL RIESGO CREADO
CONTRATO
Es el acuerdo espontaacuteneo de voluntad que persiguen fines distintos a adecuados a la ley y
a las buenas costumbres generalmente consensual y excepcionalmente formal para creacioacuten y
transmisioacuten inmediata diferida o condicionada temporal o permanente de derechos y
obligaciones de contenido patrimonial
REQUISITOS DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
1 - Consentimiento
2 - Objeto que pueda ser materia de contrato
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
Nominados Son aquellos que tienen un nombre
Innominados Son aquellos que no tienen nombre
Tiacutepicos Son aquellos regulados por la ley
Atiacutepicos No son regulados por la ley
Bilateral Son aquellos que generan derechos y obligaciones reciprocas es decir para ambas
partes
Unilateral Son aquellos que generan derechos para una sola parte
Oneroso Son aquellos que generan provechos y gravaacutemenes reciacuteprocos
Gratuitos Son aquellos que generan provecho para alguna de las partes y gravaacutemenes para la
otra no hay reciprocidad de cargas ni beneficios
Conmutativo Son aquellos que en las prestaciones de las partes son ciertas y conocidos desde el
momento en que se celebra el contrato
Aleatorio Son aquellos en que las prestaciones de las partes dependen de un acontecimiento
incierto que hace que no sea posible la evaluacioacuten de las ganancias o perdida sino que hasta el
acontecimiento se realice
Principal Son aquellos que existen y subsisten por si solos tienen autonomiacutea juriacutedica propia y no
requieren de la existencia de otro contrato
Accesorio Son aquellos que para su existencia requieren de otro contrato
Instantaacuteneos Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas se
ejecuta inmediatamente en un solo momento
Tracto sucesivo Son aquellos en que las prestaciones de las partes o por lo menos una de ellas
se van ejecutando momento a momento durante todo el tiempo de vigencia del contrato
DECLARACIOacuteN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Obligacioacuten simple Es aquella que se contrae entre dos o maacutes personas
Obligacioacuten compleja E aquella que se contrae entre de mas de dos personas
Obligacioacuten mancomunada Es aquella que se divide entre varias personas su respectivo pago
Objeto de la obligacioacuten De hacer no hacer dar viene a constituir la conducta del deudor y esta
puede ser la conducta de dar de hacer o no hacer y la entrega de la cosa material
Obligacioacuten de dar Son aquellos cuyo objeto consiste en una prestacioacuten positiva del deudor quien
debe entregar un bien
Obligacioacuten de hacer Son aquellos en la las conductas del deudor consisten en la realizacioacuten de
un hecho es decir en la verificacioacuten de una accioacuten
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
Obligacioacuten de no hacer Son aquellas en las que las conductas del deudor consisten en una
abstencioacuten en una omisioacuten en la no verificacioacuten de un hecho determinado
LA GESTION DE NEGOCIOS
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico liacutecito voluntario por el cual una persona
llamada gestor sin tener obligacioacuten y sin ser mandatario se encarga gratuitamente de un negocio
ajeno obrando en beneficio del duentildeo y empleando en la gestioacuten la misma diligencia que observa
en sus propios negocios
NATURALEZA JURIacuteDICA
La gestioacuten de negocios es un hecho juriacutedico y no un acto juriacutedico porque las
consecuencias de derecho se generan sin haber la intencioacuten del gestor pues estas se originan
por deposicioacuten de la ley
OBLIGACIONES QUE GENERAN LA GESTION DE NEGOCIOS
Estas obligaciones son a cargo tanto del gestor como del duentildeo del negocio
Obligaciones a cargo del gestor
1 - Obrar conforme a los intereses del duentildeo
2 - Desempentildear la gestioacuten con una misma diligencia que emplea en los asuntos propios
3 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que por su culpa le causen al duentildeo
5 - Responder uacutenicamente del dolo o de la culpa grave cuando la gestioacuten tuvo por objeto evitar
un dantildeo inminente
6 - Indemnizar de dantildeos y perjuicios que se causen al duentildeo aunque no haya culpa cuando la
gestioacuten fue en contra de su voluntad
7 - Responder del caso fortuito si hizo operaciones riesgosas
8 - Dar aviso al duentildeo del negocio de la gestioacuten que ha iniciado
Obligaciones alargo del duentildeo
1 - Cumplir las obligaciones que el gestor haya contraiacutedo en su beneficio
2 - Rembolsar al gestor los gastos que haya efectuado con motivo de la gestioacuten Es pertinente
aclarar que el duentildeo no tiene obligacioacuten de pagar honorarios al gestor pues la gestioacuten es gratuita
RATIFICACIOacuteN DE LA GESTION DE NEGOCIOS POR PARTE DEL DUENtildeO
Si este ratifica la gestioacuten en forma pura y simple es decir sin condiciones dicha gestioacuten se
convierte en un mandato con efecto retroactivo al diacutea en el se inicio la gestioacuten
CASOS DE GESTION EXPRESAMENTE REGULADOS EN LA LEY
1 - La gestioacuten judicial
2 - El pago hecho por un tercero
3 - La prestacioacuten de alimentos
4 - El pago de los gastos funerarios
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro esta obligado a indemnizarlo de su
empobrecimiento en la medida que el se ha enriquecido
Este enriquecimiento tambieacuten llamado ilegitimo es una fuente de las obligaciones
especiacuteficamente de la obligacioacuten de restituir o de indemnizar y tal enriquecimiento consiste en el
beneficio pecuniario de un patrimonio a costa del perjuicio pecuniario de otro mediando una
relacioacuten de causa a efecto entre el beneficio y el perjuicio y sin que haya alguna razoacuten justificante
del beneficio correlativo del perjuicio El beneficio pecuniario es un enriquecimiento y el perjuicio
viene hacer un empobrecimiento de este modo el enriquecimiento sin causa tiene los elementos
siguientes
1 - Que haya un enriquecimiento de un patrimonio
2 -Que exista un empobrecimiento de otro patrimonio
3 -Que medie una relacioacuten de causa a efecto entre el enriquecimiento y el empobrecimiento
4 - Que falte una causa juriacutedica que justifique el enriquecimiento correlativo al empobrecimiento
De estos cuatro elementos los dos primeros requieren de una explicacioacuten en relacioacuten con los
modos que tienen que verificarse
1 - El enriquecimiento se realiza de los siguientes modos
a Por el aumento del activo es decir consiste en un incremento de bienes
b Por disminucioacuten del pasivo o sea por reduccioacuten de las deudas
c Por no disminuir el activo cuando deberiacutea sufrir disminucioacuten
d Por no aumentar el pasivo a pesar de que debiacutea incrementarse
2 - El empobrecimiento tambieacuten reviste las siguientes formas
a La disminucioacuten del activo
b El aumento del pasivo
c El aumento del activo a pesar de que debiacutea incrementarse
d La no-disminucioacuten del pasivo cuando era procedente tal reduccioacuten
PAGO DE LO INDEBIDO
Este pago es la principal especie del enriquecimiento sin causa y consiste en que se
ejecuta una prestacioacuten sin haber obligacioacuten entre el que la ejecuta y el que la recibe habieacutendose
realizado la prestacioacuten por error
La persona que paga se llama solvens y la que recibe el pago es el accipiens asiacute hay pago
de lo indebido en los siguientes casos
a Cuando el solvens no es deudor y sin embargo paga al accipiens que si es acreedor pero
de otro
b Cuando el solvens si es deudor pero el accipiens no es su acreedor
c Cuando ni solvens ni accipiens son deudor y acreedor
Obligaciones que genera el pago de lo indebido RESTITUIR O INDEMNIZAR
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
En primer termino se deberaacute restituir lo indebidamente pagado si es posible pero si
no lo es se origina la obligacioacuten de indemnizar
OBLIGACIOacuteN DE RESTITUIR Respecto a esta obligacioacuten se distinguen dos casos
1 - Cuando la cosa indebidamente pagada se encuentra en el patrimonio de
accipiens
2 - Cuando la cosa que indebidamente se pago ha sido enajenada es decir salioacute
del patrimonio del accipiens
3 - Si la cosa que indebidamente se pago se encuentra en el patrimonio del
accipiens se distinguen dos casos seguacuten sea una cosa individualmente
determinada o un bien fungible
RESTITUCION DE LA COSA INDEBIDAMENTE PAGADA Y ENAJENADA A
TITUTLO GRATUITO
En este caso no importa la buena o mala fe para que el solvens recupere la cosa que
indebidamente pago pues por ser gratuita la enajenacioacuten es procedente su recuperacioacuten
PAGO DE LA DEUDA PRESCRITA
El que paga una deuda prescrita no tiene derecho de repetir
ACCIPIENS DE BUENA FE
El que de buena acepto un pago indebido que consiste en cosa cierta tiene derecho
a cobrar los gastos necesarios y a retirar las mejoras uacutetiles si no se deteriora la
cosa pero si se deteriora se tendraacute derecho a exigir el aumento del valor debido a
la mejora
ACCIPIacuteENS NO OBLIGADO A RESTITUIR
Cuando el solvens sin ser deudor y por error paga a quien si es acreedor un creacutedito
existente y el acreedor destruye eacutel titulo o cancela la garantiacutea por creer de buena fe
que el pago lo hizo el deudor entonces el solvens solo podraacute reclamar la restitucioacuten
al verdadero deudor o a los fiadores sin que el acreedor este obligado a restituir lo
que se le pago
CARGA DE PRUEBA
La prueba del pago incumbe al solvens asiacute como la del error con que lo realizo Esta
es una aplicacioacuten de la regla seguacuten la cual el que afirma esta obligado a probar
+PRESUNCIOacuteN DEL ERROR
Se presume que hubo error en el pago cuando se entrega una cosa que no se
debiacutea o que ya se habiacutea pagado
PRESCRIPCIOacuteN DE LA ACCION PARA REPETIR La accioacuten para reclamar la
restitucioacuten de lo indebidamente pagado prescribe en un antildeo contando desde que seacute
conocioacute el error que motivo el pago
REMUNERACIOacuteN POR ACTUACIOacuteN ILICITA
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
La prestacioacuten que se haya entregado para realizar una conducta ilicita no confiere
derecho al accipiens para retenerla pues la mitad se destinara a la beneficencia publica y la otra
mitad corresponderaacute al solvens
EL HECHO ILICITO
El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna
con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de voluntad o con lo
acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
EL RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico E la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
HECHOS ILIacuteCITOS
Concepto de hecho iliacutecito El hecho iliacutecito es Toda conducta humana culpable por intencioacuten
o negligencia que pugna con un deber juriacutedico stricto sensu con una manifestacioacuten unilateral de
voluntad o con lo acordado por las partes en un convenio
Especies del hecho iliacutecito
1 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con lo que determina un
deber juriacutedico en estricto sentido plasmado en una ley de orden publico o sancionado como
buena costumbre
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
2 -La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia que pugna con una declaracioacuten
unilateral de voluntad
3 - La conducta humana culpable por intencioacuten o negligencia El que pugna con lo acordado por
las partes en un convenio
RESPONSABILIDAD CIVIL
El que causa a otro dantildeos y perjuicios o le usurpa alguna cosa esta obligado a reparar
aquellos y a restituir eacutesta que es en en lo que consiste la responsabilidad civil
DANtildeO O RIESGO CREADO
El riesgo en sentido vulgar de vulgo comuacuten es la posibilidad de que llegue un
acontecimiento futuro que amenaza a toda persona de sufrir un dantildeo o perjuicio Asiacute todo
humano puede caerse y al caer se puede romper la cabeza la pierna etc
En sentido juriacutedico Es la posibilidad contingente de que se realice un acontecimiento que
amenaza a una persona de sufrir un detrimento patrimonial (dantildeo o perjuicio) por la violacioacuten
iliacutecita o licita de un deber juriacutedico estricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en cualquiera de sus
dos especies
Hay cuatro tipos de riesgos juriacutedicos
1 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
2 - Riesgo de que se viole iliacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
3 - Riesgo de que se viole no iliacutecitamente sino liacutecitamente un deber juriacutedico stricto sensu
4 - Riesgo de que se viole no liacutecitamente sino liacutecitamente una obligacioacuten lato sensu
EL SINIESTRO es la realizacioacuten del riesgo o acontecimiento contingente que amenaza a
una persona
INSTITUCIONES JURIacuteDICAS QUE SE PONEN EN MOVIMIENTO POR EL SINIESTRO
El siniestro da lugar a que se generen seguacuten sea el caso cualesquiera de estas tres interesantes
figuras juriacutedicas
1- El hecho iliacutecito Toda esta quinta fuente obligacional que es el hecho ilicito tiene su origen en
el siniestro de que se incumplan un deber juriacutedico stricto sensu o una obligacioacuten lato sensu en
cualquiera de sus dos especies
2- El caso fortuito o de fuerza mayor Si el responsable de la violacioacuten del deber juriacutedico stricto
sensuo de la obligacioacuten lato sensu actuacutea sin culpa al generarse el siniestro invocara el caso
fortuito o fuerza mayor
3- La indemnizacioacuten por responsabilidad objetiva finalmente si el siniestro se produjo por una
conducta objetivamente licita que genera a otro un detrimento patrimonial surge a cargo del
autor aunque haya obrado iliacutecitamente la responsabilidad de indemnizar
CONDUCTA CULPABLE
Hay delito de culpa cuando se ejecuta un hecho o se incurre en una omisioacuten que aunque
iliacutecitos en si no lo son por las consecuencias que producen si el culpable no las evita por
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
imprevisioacuten por negligencia por falta de reflexioacuten o de cuidado por no hacer las investigaciones
convenientes por no tomar las precauciones necesarias o por impericia en un arte o ciencia cuyo
conocimiento es necesario para que hecho no produzca dantildeo alguno
Causar un dantildeo o perjuicio sin derecho es obrar con culpa o falta
RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUOSA
El delito o sea el hecho o la omisioacuten contrarios a una ley produce la responsabilidad civil que
consiste en la obligacioacuten que el responsable tiene de hacer la restitucioacuten la reparacioacuten la
indemnizacioacuten y el pago de los gastos judiciales
La restitucioacuten consiste En la devolucioacuten asiacute de la cosa usurpada como de los frutos existentes en
los casos en que el usurpador deba restituir estos con arreglo al derecho civil
La reparacioacuten comprende El pago de todos los dantildeos causada al ofendido y asiacute familia o aun
tercero con violacioacuten de un derecho formal existente y no simplemente posible si aquellos son
actuales y provienen directa o inmediatamente del hecho u omisioacuten de que se trate o hay
certidumbre de que esta o aquel los han de causar necesariamente como consecuencia proacutexima
inevitable
La indemnizacioacuten importa El pago de los perjuicios esto es de que el ofendido deja de lucrar
como consecuencia inmediata y directa de un hecho u omisioacuten con que se ataca un derecho
formal existente y no simplemente posible y del valor de los frutos de la cosa usurpada ya
consumidos en los casos en que se deban satisfacerse con arreglo al derecho civil
En el pago de los gastos judiciales solo se comprenden los absolutamente necesarios que el
ofendido haga para averiguar el hecho o la omisioacuten que da margen al juicio criminal y para hacer
valer sus derechos en este juicio o en el civil
RESPONSABILIDAD POR HECHOS PROPIOS AJENOS Y OBRAS DE LAS COSAS
HECHO PERSONAL Desde luego el que ejecuta un hecho delictuoso es responsable
civilmente
En derecho franceacutes se requiere ademaacutes que ese hecho le sea imputable a su autor ninguno es
responsable de sus faltas sino en tanto que se encuentra en estado de comprender el alcance de
sus actos es decir capaz de discernimiento
En nuestro derecho no es lo mismo En efecto el articulo 355 del coacutedigo establece que
Los que se hallen privados de la razoacuten y de los menores que obren sin discernimiento solo seraacuten
responsables cuando a las personas que los tienen a su cargo no les resulte responsabilidad civil
o no tengan bienes con que cubrirla
HECHO DE OTRO
Hay veces en que una persona ejecuta un acto iliacutecito y la responsabilidad civil aunque no la
criminal nace a cargo de otra persona Tales son los casos enumerados en los artiacuteculos 329 y
331 del coacutedigo penal de los cuales solo sentildealaremos como ejemplos la responsabilidad de los
padres por sus hijos que se hallaren bajo su patria potestad en su compantildeiacutea y a su inmediato
cuidado
La responsabilidad que recae sobre los padres se debe a que la patria potestad impone a los
padres obligaciones no solamente respecto del hijo sino respecto de terceros deben dando a
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
sus hijos una buena educacioacuten y vigilaacutendolos atentamente impedirles que causen un perjuicio
Asiacute cuando el hijo causa dantildeo puede pensarse que los padres no han cumplido exactamente con
su deber
HECHO DE LAS COSAS
Del dantildeo y los perjuicios que cause animal o cosa es responsable la persona que se este
sirviendo de aquel o de esta al causarse el dantildeo a menos que acredite no haber tenido culpa
alguna
ABUSOS DE DERECHOS
Colin et Capitant El dantildeo causado a otro por el ejercicio de un derecho iquest puede traer consigo la
responsabilidad del titular de ese derecho Ninguna cuestioacuten ha dado lugar a mas las mas largas
discusiones Durante mucho tiempo la tesis de la irresponsabilidad ha aparecido indiscutible La
cuestioacuten del abuso del derecho ha sido objeto de muchas decisiones judiciales Agruparemos las
principales soluciones de la praacutectica en dos series de casos
1- Aquellos en que hay que aplicar la regla Ninguacuten dantildeo hace quien usa su derecho y en los
que el autor del acto no contrae ninguna responsabilidad
2-Aquellos al contrario en donde hay abuso del derechosegunda serie Esta serie se subdivide
en dos grupos de casos a) Aquellos en los que hay intencioacuten de perjudicar b) Aquellos en los que
hay simplemente falta de prudencia o diligencia
Hemard La teoriacutea del abuso de derecho El ejercicio de un derecho no puede ser ilimitado lo
hemos dicho los derechos son relativos y hemos mostrado cuan numerosas eran las
restricciones impuestas por la ley la costumbre o el convenio a los derechos de propiedad
Todo derecho tiene un limite mas allaacute de este limite se le ejerce abusivamente hay abuso de
derecho El abuso comienza donde el derecho cesa Criterios del abuso de derecho Cada
individuo puede ejercer sus derechos sin tener el temor de contraer una responsabilidad pero si
comete una falta en este ejercicio es responsable En realidad desde que aparezca esta falta no
usa ya de sus derechos y el abuso de derecho se confunde con la esencia de derechoLa
intencioacuten de perjudicar El ejercicio de un derecho es abusivo cuando es principal o
exclusivamente practicado con la intencioacuten de perjudicar a otro Los derechos no se reconocen a
los individuos para servirse de ellos con un fin maleacuteficola intencioacuten de perjudicar comprende a la
vez el dolo el fraude la mala fe La utilidad Los derechos son poderes conferidos al hombre para
la satisfaccioacuten de intereses y no tienen valor sino en tanto que son uacutetiles Ejercer un derecho sin
utilidad es abusar de el Poco importa que su titular haya obrado con la intencioacuten de perjudicar o
que solamente haya sido imprudente o negligenteEl uso Todo el derecho facultad inherente al
hombre o derecho particular es relativo y su medida verdadera es dada por su fin econoacutemico y
social determinada seguacuten el uso El abuso de un derecho consiste en su ejercicio contrario a su
a su destino econoacutemico fijado por las costumbres y por la vidaEste criterio objetivo social
permite explicar todas las hipoacutetesis en las cuales la jurisprudencia ha consagrado el abuso de
derecho el que no obra sino con intencioacuten de perjudicar o sin utilidad no ejerce su derecho
conforme a su fin econoacutemico y social revelado por el uso
Bonnecase La jurisprudencia ha dividido en dos partes de manera muy clara la nocioacuten de abuso
de derecho Ve en ella por una parte un estado puramente psicoloacutegico y por otra parte una
situacioacuten material En el primer sentido el abuso de los derechos ve el hecho de una persona
que ejercita un derecho de la que es titular con el fin uacutenico de perjudicar a otro por consiguiente
sin intereacutes pa4ra ella misma En su segundo sentido el abuso de los derechos sirve para
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
designar el acto de una persona que ocasiona perjuicio a otra traspasando los limites materiales
de un derecho que le pertenece sin disputa y que solo en apariencia reviste un caraacutecter absoluto
A los ojos de ciertos civilistas la consagracioacuten moderna de la nocioacuten de abusos de derechos no
habriacutea sido otra cosa bajo su forma material y bajo su forma psicoloacutegica a la vez que una
reaccioacuten contra la concepcioacuten del caraacutecter absoluto de tales o cuales derechos individuales en el
primer lugar de los cuales se colocariacutea el derecho de propiedad No carece de intereacutes establecer
o mas exactamente recordar que mucho antes de que se pusiera en boga la nocioacuten y la
expresioacuten de abuso de los derechos los civilistas mas eminentes del siglo XIX habiacutean establecido
la tesis de que todo derecho permite limites si no en su principio al menos en su ejercicio y su
aplicacioacutenDeclaramos que la nocioacuten de abuso de los derechos se reduce a lo que hemos
llamado su forma psicoloacutegicaLa formula de la nocioacuten de abuso de los derechos ejercicio de un
derecho sin utilidad para su titular con un fin exclusivamente nocivo Elementos constitutivos de
esta formula 1- El ejercicio de un derecho 2-Ausencia de utilidad para el titular de ese derecho
3- intencioacuten nociva 4- perjuicio efectivamente ocasionado a otroA semejanza del
enriquecimiento sin causa la teoriacutea del abuso de los derechos nos parece ser una manifestacioacuten
de la nocioacuten de derecho operando de una manera directa e inmediata como fuente del derecho
positivo mas allaacute de los textos legales o a falta de estos textosLo que es indiscutible es que la
posibilidad juriacutedica de perjudicar a otro al amparo del ejercicio de un derecho y sin un intereacutes
presente o eventual para este ejercicio iriacutea manifiestamente contra la funcioacuten de armoniacutea social o
de equilibrio social inherente a la nocioacuten de derecho
Bibliografiacutea
Teoriacutea General de las Obligaciones
Ernesto Gutieacuterrez y Gonzalez
Editorial Porruacutea
Meacutexico
top related