expo tic 2015 multimedia

Post on 13-Aug-2015

301 Views

Category:

Education

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIAUNIVERSIDAD POLITÉCNICA TERRITORIAL DE LOS ALTOS MIRANDINOS

“CECILIO ACOSTA”PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN ADMINISTRACIÓN

LOS TEQUES. ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Alumnos: Campos Vanessa C.I. 20.411.202Torres Stephany C.I. 23.597.97 Oropeza José Manuel C.I. 20.872.712Silva Álvaro C.I. 20.745.610Sección 7

Los Teques, Junio 2015

Profesora:Emil Michileni

CONTENIDO

Tecnología Multimedia

Origen

Tipos de Información en un Sistema Multimedia

Características

Tipos de Multimedia

Ventajas y Desventajas

Bases Legales

http://4.bp.blogspot.com/-Kq5AXD5_HbY/UWxYVts14DI/AAAAAAAAAAc/YhNSwwqbiHo/s1600/karen.jpg

VIDEO

TECNOLOGÍA MULTIMEDIA

TECNOLOGÍA:

• Conjunto de conocimient

os y habilidades técnicos y cientificos.

MULTIMEDIA:

• Varios medios que trabajan de

manera simultanea

para la transmisión

de una información.

TECNOLOGIA MULTIMEDIA:

• Instrumentos o medios

que se utilizan para

transmitir algo.

ORIGEN

1984

Apple Computer

Macintosh

http://netdna.webdesignerdepot.com/uploads/2009/01/macintosh_classic.jpg

1992

Video Juegos

http://danielespinoza.files.wordpress.com/2008/10/nintendo.jpg

TIPOS DE INFORMACIÓN

http://1.bp.blogspot.com/-GI1zP3Z8gfE/UZEwUDJxzYI/AAAAAAAAALc/DBJAkOvPuLc/s640/TEXTO+VIDEO+ETC.jpg

CARACTERÍSTICAS

INTERACTIVIDADInteracción se denomina a la comunicación reciproca, a la

acción y reacción.

RAMIFICACIÓN• Capacidad del sistema de responder a las preguntas

del usuario con datos precisos.

TRANSPARENCIA• La tecnología debe ser

transparente permitiendo la utilización de los sistemas

de manera sencilla y rápida.

NAVEGACIÓN• Hipermedia: World, Wide,

Web.

TIPOS DE MULTIMEDIA

EDUCATIVA PUBLICITARIA COMERCIAL

INFORMATIVA

VENTAJAS

DESVENTAJAS

Ofrece un medio idóneo

Se puede estructurar la información

La interfaz de usuario es en principio intuitiva

La información se puede recuperarse sin problemas

Falta de lectura

Falta de ortografía y gramática

Plagio y vulnerabilidad

Confianza ciega

BASES LEGALES

La Ley Orgánica de Educación de 1980

Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en coordinación con los Ministerio de Infraestructura, de Planificación y Desarrollo y, de Ciencia y Tecnología, presentará anualmente el plan para la dotación de acceso a Internet en los planteles educativos y bibliotecas públicas, estableciendo una meta al efecto.

 Artículo 8°: En un plazo no mayor de tres (3) años, el cincuenta por ciento (50%) de los programas educativos de Educación Básica, Media, diversificada y Profesional deberán estar disponibles en formatos de Internet de manera tal que permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas, todo ello previa coordinación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. 

BASES LEGALES

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN SALAS DE USO DE INTERNET, VIDEOJUEGOS Y OTROS MULTIMEDIAS

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto: 1. Garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y

disfrute pleno y efectivo de sus derechos humanos a una información adecuada que sea acorde con su desarrollo integral y a la salud, en el uso, alquiler, compra, venta y permuta de juegos computarizados, electrónicos o multimedia, especialmente en salas de Internet.

2. Promover el uso adecuado de los servicios de Internet con fines educativos, recreativos y para la libre comunicación entre las personas.

3. Favorecer la participación de las familias, organizaciones sociales y personas en general en la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.

BASES LEGALES

REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN REFERIDO A LOS APORTES E INVERSIÓN

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por finalidad definir y establecer los lineamientos, mecanismos, modalidades, formas y oportunidad en que los sujetos pasivos señalados en el Título III de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, deberán cumplir con la obligación de aportar e invertir en las actividades señaladas en el artículo 42 de dicha Ley. Así como lo referente a los beneficiarios de los aportes e inversiones en relación a los mecanismos de control de los aportes señalados en los Titulos III y IV de la Ley.

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICAS

http://es.slideshare.net/manzomanzo/tecnologia-multimedia-15940664

http://es.slideshare.net/arlenis123/tecnologia-multimedia-15581150

https://www.youtube.com/watch?v=I9jc-PZ07-w

http://es.wikipedia.org/wiki/Multimedia

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

top related