norma internacional de 240-250

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Norma Internacional de 240-250.

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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITARÍA NIA 240 Y 250

 LEYDI VIVIANA GUERRA CEBALLOS

 

CONTADURÍA PÚBLICA VIII SEMESTRE SABÁTINO

NIA 240. RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON EL FRAUDE EN

UNA AUDITARÍA DE ESTADOS FINANCIEROS.

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades del auditor con relación al fraude en una auditoría de estados financieros.

Fraude: Un acto intencional por una o más personas de entre la administración, los encargados del gobierno corporativo, empleados, o terceros, que implique el uso de engaño para obtener una ventaja injusta o ilegal.

Factores de riesgo de fraude: Eventos o condiciones que indican un incentivo o presión para cometer fraude o que brindan una oportunidad de cometer fraude.

CARACTERÍSTICAS DE FRAUDE.

•Manipulación, adulteración (incluyendo falsificación), o alteración de registros contables o documentación de soporte con los que se preparan los estados financieros.

•Representación errónea u omisión intencional en los estados financieros de hechos transacciones u otra información importante.

•Mala aplicación intencional de principios de contabilidad.

•Registrar asientos ficticios.

•Ajustar de manera inapropiada los supuestos y cambiar los juicios usados para estimar los saldos de cuentas.

•Ocultar, o no revelar, hechos que pudieran afectar las cantidades registradas en los estados financieros.

RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR

• El auditor es responsable de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros estén libres de errores de importancia relativa, ya sea por causa de fraude o equivocación.

• El auditor al obtener una seguridad razonable es responsable de mantener es escepticismo profesional en toda la auditoria.

EL PROCEDIMIENTO QUE EL AUDITOR DEBE UTILIZAR RESPECTO A LA EVALUACIÓN DEL RIESGO ES:

•Deberá hacer investigaciones con la Administración respecto de los estados financieros.

•Evaluar si los procedimientos analíticos que desempeñan cerca del final de Auditoria, indican un riesgo no reconocidos previamente de errores de importancia relativa debido a fraude.

RESPONSABILIDAD DE LOS ENCARGADOS.

•La responsabilidad primaria por la prevención y detección de fraude descansa tanto en los encargados del gobierno corporativo de la entidad como en la administración. Las responsabilidades respectivas de los encargados del gobierno y de la administración pueden variar por cada entidad y de país a país.

NIA 250. RESPONSABILIDAD QUE TIENE EL AUDITOR DE CONSIDERAR LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS EN LA AUDITORÍA

DE ESTADOS FINANCIEROS.

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad del auditor sobre la consideración de leyes y regulaciones en una auditoría de estados financieros.

RESPONSABILIDAD DEL CUMPLIMIENTO CON LEYES Y REGULACIONES.

Es responsabilidad de la administración, con supervisión de los encargados del gobierno corporativo, asegurar que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las disposiciones de leyes y regulaciones establecidas.

• Instituir y operar sistemas apropiados de control interno.

•Desarrollar, hacer publico, y seguir un código de conducta.

•Asegurar que los empleados están apropiadamente entrenados y comprenden el

código de conducta.

RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR.

•El auditor es responsable de obtener seguridad razonable de que los estados financieros, tomados como en su conjunto, están libres de errores materiales, causados por fraude o error.

OBJETIVOS DEL AUDITOR

•Obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría respecto al cumplimiento de las disposiciones de las leyes y regulaciones que generalmente se reconoce que tienen un efecto directo en la determinación de montos y revelaciones de importancia relativa en los estados financieros.

•Desempeñar procedimientos de auditoría especificados para ayudar a identificar casos de incumplimiento con otras leyes y regulaciones, que pueda tener un efecto de importancia relativa en los estados financieros.

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA CUANDO SE IDENTIFICA O SOSPECHA INCUMPLIMIENTO.

Si el auditor se entera de información concerniente a un caso de incumplimiento o sospecha de incumplimiento con leyes y regulaciones, el auditor deberá obtener:

•Un entendimiento de la naturaleza del acto y las circunstancias en que ha ocurrido.

•Mayor información para evaluar el posible efecto en los estados financieros.

SI EL AUDITOR SOSPECHA QUE PUEDE HABER INCUMPLIMIENTO

•El auditor deberá discutir el asunto con la administración y cuando sea apropiado, los encargados del gobierno corporativo. Si o los encargados no proporcionan suficiente información que soporte que la entidad está en cumplimiento con leyes y regulaciones, el auditor deberá considerar la necesidad de obtener asesoría legal.

RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR.

•Leer minutas.

• Investigar con la administración de la entidad y con el asesor legal interno o con el asesor legal externo lo concerniente a litigios, reclamos y evaluaciones.

•Llevar a cabo pruebas sustantivas de detalles de clases de transacciones, saldos de cuentas o revelaciones.

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