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MonotributoTRANSCRIPT
Ley 26565
DR. 1/2010
RG 2746
TEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA II
Expositor; Hernán Babbaro
TEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA II
Expositor; Hernán Babbaro
Régimen simplificado para pequeños contribuyentes
ART 1
Integrado
Simplificado L 2,4 DR 1
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Art. 2
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Personas físicas
Sucesiones indivisas
Integrantes de cooperativas
Sociedades de hecho y comerciales irregulares
Max. 3 socios.
DR art 7
PRESTACIONES E INVERSIONES FINANCIERAS(ART 1 DR)
COMPRAVENTA DE VALORES MOBILIARIOS(ART 1 DR)
PARTICIPACION EN SOCIEDADES NO INCLUIDAS(ART 1 DR)
SOCIOS DE SOCIEDADES INCLUIDAS Y NO ADHERIDAS O DE SOCIEDADES NO COMPRENDIDAS. (ART 4 DR).
No se admite la coexistencia de la condición de Monotributista y responsable inscripto en IVA.
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Cuando se verifique que
en los últimos 12 meses
a) Ingresos = o < $400.000 (cosas muebles)
si supera los $400.000 hasta $600.000
siempre que cumpla la cantidad mínima de empleados requerida.(art. 8)
TEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA II
Expositor; Hernán Babbaro DR Art. 9-10-11-12
b) No superar los parámetros
c) No superar precio máximo unitario de $2.500
d) NO realizar importaciones de cosas muebles (últimos doce meses)
e) No realizar mas de 3 actividades o poseer mas de 3 unidades de explotación art 17 dr.
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DR Art. 17 - 20
Actividad Principal
MAYOR INGRESO
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ART. 3
Act.1 Act. 2 Act. 3
2.000 1.000 4.000
Total de Ingresos: 7.000
Ver DR art. 6
ART 4
Los sujetos que encuadren en el Art 2
Podrán optar por inscribirse en el R. S.
Debiendo tributar el impuesto integrado
de este régimen
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Declarado en oportunidad de ejercer la opción
ART 3
LEY 11.683
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sustituye el pago de :
Impuesto a las ganancias
Impuesto al valor agregado
Para las sociedades:
Impuesto a las ganancias de los socios
Impuesto al valor agregado de la Sociedad
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ART 6
Tipo de Actividad Ingresos Brutos art 9 dr
Magnitudes Físicas ALQUILERES DEVENGADOS art 20 dr.
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ART 7
Resulta de la categoría en la que encuadre (según parámetros establecidos) Deberá ser ingresado hasta el mes en que se perfeccione la renuncia o cese definitivo de actividades
INGRESOS NO COMPUTABLES A EFECTOS DE LA CATEGORIZACION.
Cargos públicos.
Relación de dependencia.
Jubilaciones, pensiones o retiros.
Retribución por la administración de sociedades no comprendidas o comprendidas y no adheridas.
Participación por ser socio de tales sociedades.
Prestaciones o inversiones financieras.
Compraventa de valores mobiliarios.
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PARAMETROS MAXIMOS DE CATEGORIZACION
ART 8
S
O
C
I
E
D
A
D
E
S
CATEGORIA CANTIDAD
MINIMA
EMPLEADOS
INGRESOS
BRUTOS
ANUALES
J 1 235.000
K 2 270.000
L 3 300.000
IMPORTE
MENSUAL A
PAGAR ($)
2.257
2.607
2.957
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CUATRIMESTRAL
En función de
Parámetros últimos 12 meses inmediatos anteriores.
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ART 9
EFECTO
Segundo mes inmediato siguiente del último mes del cuatrimestre respectivo
12 meses anteriores enero feb marzo abril mayo junio
Categorización
Si existe un
solo medidor
de consumo
de energía
eléctrica
Se presume, salvo prueba
en contrario, que se
afectó a la actividad
gravada
(actividad de bajo
consumo)
20% del consumo
(actividad de alto
consumo) 90% del
consumo
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Magnitud física – Energía Eléctrica - Alquiler
Proporción
UN SOLO MEDIDOR
Sociedades IMPUESTO INTEGRADO +
20% por cada socio Bonificación del 20% por la modalidad de pago
y cumplimiento en termino.
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ART 11
AL INSCRIBIRSE
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ART 12 Se encuadra en la categoría que corresponda según:
Superficie afectada
Precio pactado de alquiler
De no contar con tales referencias, se hace una “estimación razonable”
Se anualiza:
Ingresos brutos obtenidos
Energía eléctrica consumida
Alquileres
TRANSCURRIDOS CUATRO (4)MESES
Se ingresa el importe a partir del segundo mes
al de producido el cambio
Se determina la
exclusión
Se determina la
recategorización
Se confirma la
categorización
EFECTOS
◦ Se anualiza:
◦ Ingresos brutos obtenidos
◦ Energía eléctrica consumida
◦ Alquileres
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ART 13
Presentar declaración jurada determinando Nueva categoría
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ART 14
Mensual
Por adelantado (el día 20 de cada mes)
Hasta:
El mes en que perfecciona la renuncia al régimen
La exclusión al RS
La desafectación de oficio
El cese definitivo de actividades
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ART 15
Aquellos que opten por el régimen:
Al momento de realizar la opción
Cuando se produzca alguna circunstancia que determine su recategorización:
En la forma, plazo y condiciones que establezca la AFIP
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ART 16
APLICACIÓN: A partir del 1º día del mes siguiente al de opción de
renuncia EFECTOS: No se podrá volver a optar hasta después de los 3
años calendarios posteriores al de la renuncia. Deberán dar cumplimiento a los regímenes generales
del IVA y Ganancias Quedarán comprendidos como Responsables
Inscriptos en el IVA, cualquiera sea el monto de sus ingresos anuales.
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ART 19
a) Ingresos brutos superiores a los establecidos
b) Los parámetros físicos o el monto de los alquileres superan los máximos.
c) No alcanzar la cantidad Mín. de personal.
d) Superar el precio máximo
e) Gastos incompatibles con los ingresos
f) Depósitos bancarios incompatibles
j) Operaciones sin respaldo
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ART 20
COMPRAS + GASTOS
> 80% de ingresos por venta de bienes
COMPRAS + GASTOS
>
40% de ingresos por locación y/o prestación de servicios
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ART 20
Inc k
=
=
Art 8
AUTOMATICA
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ART 21
No es incompatible: La relación de dependencia Cobro de algún beneficio jubilatorio,
pensión..
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ART 22
El responsable monotributista debe: Exigir, Emitir y Entregar las facturas por las operaciones que
realice CONSERVAR en la forma y condiciones que
establezca la AFIP.
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ART 23
No podrán discriminar el impuesto en sus comprobantes .
Sus compras no generan Crédito Fiscal
Sus Ventas no generan Debito Fiscal
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ART 24
Deberán exhibir en lugar visible:
a) Placa indicativa de su condición
b) Comprobante de pago del último mes del R.S.
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ART 26
Hechos u omisiones del artículo 40 de la Ley 11.683
Clausura de 1 a 5 días
Falta de respaldo de operaciones Clausura de 1 a 5 días
No exhibición de identificación y comprobante de pago
Clausura de 1 a 5 días
Admite la exhibición de uno sólo de los elementos
Falta de presentación de DJ o por ser inexactas omitieran el pago del impuesto
Multa del 50% del impuesto integrado que hubiera debido abonar
DJ engañosas u ocultaciones maliciosas
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ART 26
Categorización incorrecta implica: Recategorización de oficio, liquidación de
deuda y sanción del 50% del impuesto omitido
Recurso de apelación del art. 74 Decreto 1.397/79
Aceptación de recategorización de oficio dentro de 15 días de notificación Multa del 25% del impuesto integrado que debiera abonar
Si recategoriza antes de notificación de deuda No hay Multa
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El adquirente puede computar:
Operaciones realizadas con un mismo proveedor Hasta 2%
Para el conjunto de los sujetos proveedores:
Hasta 8%
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ART 29
DR Art. 43
Requisitos: Trabajador independiente Condiciones: a) Mayor de 18 años b) Desarrollar exclusivamente 1 actividad independiente
no importadores de cosas muebles c) Que la actividad sea única fuente de ingreso (no
Jubilados – no empleados en relación de dependencia…) d) Una sola unidad de explotación e) No realizar mas de 6 operaciones con un mismo sujeto
(cada operación < 1.000) …. sin empleados – no ser contribuyente del imp. Sobre los
Bienes Personales, al momento de la adhesión los ingresos de los últimos 12 meses deben ser < $24.000…
… graduados universitarios durante 2 años desde la expedición del título…
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ART 31
…
No pueden computar el gasto en el Impuesto a las ganancias
No pueden computar crédito en el IVA
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ART 32
PAGO de CUOTA DE INCLUSION SOCIAL (5% de los Ingresos percibidos)
reemplaza al componente previsional del Art.
39 ($ 157 mensuales)
Posibilidad de acceder a prestaciones de salud
La exención del pago del impuesto integrado
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ART 33
PAGO A CUENTA COMPONENTE PREVISIONAL
Ingreso equivalente efectuado por los adquirentes, locatarios y prestatarios y/u otro sujeto
interviniente en la cadena de distribución
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ART 34
Calcular cantidad de meses cancelados
Atribuir a los aportes sustituidos correspondientes a cada uno de los meses, hasta su agotamiento.
Cuando los meses cancelados sea inferior
Podrá optar por ingresar los faltantes
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Ingresos anuales
Ingresos $1.500 $1.800 $1.100 $1.300 $1.400 $1.100
$75 $90 $55 $65 $70 $55 5%
Total pagos a cuenta = 90+75+65+55+55 = 410
Aporte previsional anual = $157 * 12 = 1884
Diferencia
$ 1474
Dic
DR Art. 48 TEORIA Y TECNICA IMPOSITIVA II
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NO ACCEDEN A PRESTACIONES DEL RÉGIMEN DE SALUD
SALVO QUE OPTEN POR INGRESAR EL COMPONENTE
$ 233 por mes
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ART 35
No cumplir con las condiciones exigidas
O la Renuncia
Implica:
Régimen simplificado
Régimen general de impuestos y de los recursos de la seguridad social.
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ART 37
El empleador monotributista deberá ingresar
aportes y contribuciones
S.I.J.P.
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ART 38
MONOTRIBUTO 2012
Aporte
Sistema Integrado Previsional
Argentino
$ 157
Aporte
Sistema Nacional del Seguro de
Salud
$ 233
Aporte
Régimen Nacional de Obras
Sociales
$ 233 por cada adherente
(opcional)
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ART 39
1. Menores de 18 años
2. Trabajadores autónomos
3. Profesionales universitarios aportantes a su caja previsional
4. Empleados en relación de dependencia ….
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ART 40
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Recuerde que con el dictado de la Resolución General Nº 3665, a partir de noviembre del 2014, los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que soliciten impresión de comprobantes deberán hacerlo conforme el procedimiento establecido en la norma precitada. Los que cuenten con comprobantes impresos con anterioridad al 01/11/2014 podrán continuar utilizándolos, siempre y cuando cumplan con los requisitos y condiciones establecidos por la Resolución General N° 3704.
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