comparaciÓn pcga vs nif

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0 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN Seminario de auditoría Comparación de los Principios De Contabilidad Generalmente Aceptados vs Normas de Información Financiera Integrantes: García Martínez Luz María Leal Romero Brenda Guadalupe Ramírez Díaz Erika Vicente Reyes Fernando Grupo: 5302

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Un trabajo realizado para comparar los PCGA y las NIF

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Page 1: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN

Seminario de auditoría

Comparación de los Principios De Contabilidad Generalmente Aceptados vs Normas de Información Financiera

Integrantes:

García Martínez Luz María

Leal Romero Brenda Guadalupe

Ramírez Díaz Erika

Vicente Reyes Fernando

Grupo: 5302

Page 2: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

A

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................. 1

COMPARACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS VS NORMAS

DE INFORMACIÓN FINANCIERA ...................................................................................................... 2

ANTECEDENTES .......................................................................................................................... 2

CINIF ...................................................................................................................................... 2

OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO........................................................................................... 3

ESTRUCTURA DE LAS NIF ........................................................................................................ 4

PROCESO DE PRONUNCIAMIENTOS DE CINIF .......................................................................... 5

CLASIFICACIÓN DE LAS NIF...................................................................................................... 6

NIF A-2, // BOLETÍN A-2, A-3 .......................................................................................................... 8

POSTULADOS BÁSICOS ............................................................................................................... 8

NIF A-4, // BOLETÍN A-1.................................................................................................................. 9

CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ............................................... 9

CLASIFICACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LA NIF A-4 EN CONCORDANCIA CON

EL MC DEL IASB. ....................................................................................................................... 10

A) INCORPORACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DE VERACIDAD Y REPRESENTATIVIDAD...... 10

B) SE RATIFICA LA DECISIÓN DE CONSIDERAR A LA "INFORMACIÓN SUFICIENTE" Y A LA

"IMPORTANCIA RELATIVA" COMO CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS Y NO COMO POSTULADOS

BÁSICOS ............................................................................................................................... 11

C) SE DECIDIÓ CAMBIAR LA DENOMINACIÓN DEL CONCEPTO DE "REVELACIÓN SUFICIENTE"

A "INFORMACIÓN SUFICIENTE" ............................................................................................ 11

NIF A-5 // BOLETÍN A-11............................................................................................................... 12

ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS .............................................................. 12

A) LOS COSTOS Y GASTOS SE DEFINEN COMO UN SOLO ELEMENTO .................................. 12

B) CAMBIO EN LA CLASIFICACIÓN DE INGRESOS, COSTOS Y GASTOS, A ORDINARIOS Y NO

ORDINARIOS. ........................................................................................................................ 12

Page 3: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

B

C) DEFINICIÓN DEL CAPITAL CONTABLE ............................................................................. 13

D) OBLIGACIÓN DE RECICLAR A LAS "OTRAS PARTIDAS INTEGRALES"................................. 13

NIF A-6 // BOLETÍN A-7 ................................................................................................................ 15

RECONOCIMIENTO Y EVALUACIÓN ........................................................................................... 15

A) SE REESTRUCTURA LA NORMA ...................................................................................... 15

B) SE RATIFICA EL USO DE APÉNDICES PARA REUBICAR CONCEPTOS DE VALOR

SECUNDARIOS. ..................................................................................................................... 15

C) SE MANTIENEN LOS COSTOS DE REPOSICIÓN Y REEMPLAZO COMO VALORES DE

ENTRADA ............................................................................................................................. 15

D) LOS TÉRMINOS REEXPRESADO Y NOMINAL SE CONSIDERAN ADECUACIONES DE CIFRAS Y

NO CONCEPTOS DE VALOR ................................................................................................... 16

NIF A-7, // BOLETÍN A-5................................................................................................................ 17

NIF A-7 PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN ..................................................................................... 17

A) LOS ESTADOS FINANCIEROS Y SUS NOTAS DEBEN PRESENTARSE EN FORMA

COMPARATIVA POR LO MENOS CON EL PERIODO ANTERIOR ................................................ 17

B) DEBEN REVELARSE LA FECHA AUTORIZADA PARA LA EMISIÓN DE LOS ESTADOS

FINANCIEROS Y EL O LOS NOMBRES DE QUIENES LA AUTORIZARON. .................................... 17

C) SE PERMITEN DIVERSAS CLASIFICACIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE ACTIVOS Y

PASIVOS. .............................................................................................................................. 17

NIF A-8, ........................................................................................................................................ 18

NIF A-8, SUPLETORIEDAD ......................................................................................................... 18

A) NORMAS DEL IASB OBLIGATORIAS EN LA SUPLETORIEDAD. ........................................... 18

B) NORMATIVIDAD EMITIDA POR SECTORES ESPECÍFICOS NO PUEDE UTILIZARSE COMO

SUPLETORIA ......................................................................................................................... 18

NIF B-1 ......................................................................................................................................... 19

CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCIONES DE ERRORES ............................................................... 19

NIF B-3 ESTADO DE RESULTADOS ............................................................................................. 19

NIF B-13 HECHOS POSTERIORES A LA FECHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS ............................ 21

Page 4: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

C

MEJORAS A LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2013 ................................................... 22

NIF B-3, ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL .................................................................................. 22

OTROS INGRESOS Y GASTOS ..................................................................................................... 22

INTRODUCCIÓN .................................................................................................................... 22

BOLETÍN B-14, UTILIDAD POR ACCIÓN .......................................................................................... 23

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 23

MEJORA AL BOLETÍN B-14 .................................................................................................... 23

CONCLUSIONES ............................................................................................................................ 25

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................... 26

Page 5: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

1

INTRODUCCIÓN

ste trabajo tiene como objetivo principal mostrar las diferencias, similitudes y los cambios

más sobresalientes entre los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y las

nuevas Normas de Información Financiera, ya que como sabemos los segundos entraron

en sustitución de las primeras a partir del primero de enero del 2006 en nuestro país, a su vez su

regulación también cambió ya que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

estaban regulados por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y las Normas de

Información Financiera están reguladas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo

de Normas de Información Financiera (CINIF), por lo que es importante manejarlos de forma

eficaz.

A su vez la introducción de las Normas de Información Financiera en el

contexto contable mexicano, se realizó por la necesidad de estar a la par en los

mercados mundiales, ya que debido a la globalización nos obliga a llevar una

contabilidad que no se distorsione por su uso en diferentes países, si no que

adoptando criterios globales nos desemboca a una contabilidad útil y objetiva a nivel

mundial.

Derivado de lo anterior la contabilidad es una de las profesiones que esta en constante evolución

y por tanto debemos de adecuarnos a los cambios económicos, tecnológicos, financieros, fiscales,

administrativos y políticos de las entidades y de la sociedad en general.

E

Page 6: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

2

COMPARACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS VS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

ANTECEDENTES Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C. fue la encargada de emitir la normatividad contable en boletines y circulares, bajo la denominación de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Sin embargo, con objeto de emitir normas de información más confiables y transparentes como sucede en los países industrializados y con el interés de diversas Instituciones Públicas y Privadas, se creó el “Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera A.C.” (CINIF), con los siguientes objetivos:

Desarrollar normas de información financiera, transparentes, objetivas y confiables relacionadas con el desempeño de las entidades económicas y gubernamentales, que sean útiles a los emisores y usuarios de la información financiera.

Llevar a cabo los procesos de investigación, auscultación, emisión y difusión de las normas de información financiera comparable y transparente a nivel internacional.

Lograr la convergencia de las normas locales de contabilidad con normas de información financiera aceptadas globalmente.

A partir de junio de 2004, es el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), organismo independiente que, en congruencia con la tendencia mundial asume la función y responsabilidad de emitir la normatividad contable en México, bajo la denominación de Normas de Información Financiera (NIF) el cual sustituiría a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. CINIF El CINIF es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002 por entidades líderes de los sectores público y privado; con la finalidad de desarrollar, investigar, emitir y difundir las Normas de Información Financiera (NIF) con trasparencia, objetividad y confiabilidad en beneficio tanto de emisores como para usuarios de la información financiera.

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3

OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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4

El CINIF al ser encargado de dicha normatividad, lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados:

a) Normas de Información Financiera (NIF) b) Interpretación a las Normas de Información Financiera (INIF) c) Orientación a las Normas de Información Financiera (ONIF)

La filosofía de las NIF es lograr por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía y por la otra, convergir al máximo posible, con las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, Internacional Financial Reporting Standard) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, International Accounting Standard Board). A fines del año 2005 el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) publicó el libro de Normas de Información Financiera (NIF), el cual congrega en un solo volumen todas las normas emitidas por el CINIF, así como aquéllas transferidas por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP); todas estas normas en conjunto integran la normatividad vigente a partir del 1º de enero de 2006. ESTRUCTURA DE LAS NIF La estructura de las NIF es la siguiente:

1) Las NIF y las INIF (Interpretación a las Normas de Información Financiera) emitidas por el CINIF;

2) los Boletines emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por las nuevas NIF; y

3) las NIIF aplicables en forma supletoria

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PROCESO DE PRONUNCIAMIENTOS DE CINIF Los pronunciamientos del CINIF son producto de un largo proceso:

Inicia con la identificación de dudas o áreas de oportunidad en materia de información

financiera que amerita la exposición de una solución concreta o de una interpretación por parte del CINIF.

Después del análisis y evaluación de las distintas alternativas por parte de los miembros

del Consejo Emisor del CINIF, se formula un documento como borrador para discusión, el cual a su vez que ha sido aprobado por los votos de al menos las dos terceras partes de los miembros del Consejo, se envía al Comité Técnico Consultivo del CINIF para que realice recomendaciones o valide la normatividad propuesta para su divulgación.

Si el contenido del proyecto tiene el carácter de norma, se somete, durante un periodo

amplio, aun proceso de auscultación, normalmente tres meses, entre todas las personas interesadas en la información financiera. Todos los puntos de vista que se recogen se analizan y se evalúan cuidadosamente, y con base en ellos, se modifican en lo procedente el documento respectivo el cual debe ser nuevamente aprobado de al menos tres cuartas partes de los miembros del Consejo Emisor del CINIF.

La versión aprobada se envía nuevamente al Comité Técnico Consultivo junto con el

análisis de los puntos observados durante la auscultación más el sustento técnico por el cual fueron aceptados o rechazadas las sugerencias o modificaciones propuestas durante ese proceso.

Además en caso de proceder, debe enviarse el voto razonado de miembros del Consejo

Emisor que hubiera objetado parcial o totalmente el pronunciamiento que se está proponiendo como definitivo para que se apruebe su publicación como una norma obligatoria para las entidades que emitan información financiera de acuerdo con las NIF. Al documento final se le conoce como NIF.

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CLASIFICACIÓN DE LAS NIF

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7

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NIF A-2, // Boletín A-2, A-3

POSTULADOS BÁSICOS Uno de los principales cambios de esta NIF es la sustitución del término Principio contable por el postulado básico. Antes se tenían nueve principios contables, ahora se tiene ocho postulados básicos. Los cambios en forma resumida, son los siguientes:

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9

NIF A-4, // Boletín A-1

CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

En primer término el CINIF estableció una jerarquía de las características cualitativas que maximizan la utilidad de la información financiera para la toma de decisiones. Así mismo ahora en esta NIF la característica fundamental es la utilidad, de ella se desprende características primarias y secundarias de la información financiera.

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Clasificación de las características cualitativas de la NIF A-4 en concordancia con el MC

del IASB.

En el periodo de auscultación, se recibieron comentarios en los que se pedía revisar la

Clasificación de las características que debe contener la información financiera de los

estados financieros, proponiendo diversas formas de vincular las características

cualitativas primarias y secundarias establecidas por la NIF A-4.

El CINIF tomó en cuenta algunas de las sugerencias recibidas, y se inclinó por convergir con

el MC del IASB; por esta razón, la NIF A-4 presenta una jerarquía y Clasificación de

características cualitativas en concordancia con las del IASB. Para darle mayor fuerza a

dicha postura, se adicionó un Apéndice a la NIF A-4 donde se muestra un comparativo de

las características cualitativas de dicha norma con las del MC del IASB, donde se observa

que se desprenden diferencias mínimas. En la elaboración de la NIF A-4 se observó la

normatividad internacional, otorgándosele mayor importancia al concepto de utilidad y

vinculándola con aquéllas características cualitativas o requisitos de calidad que hacen útil

la información financiera para la toma de decisiones económicas.

a) Incorporación de las características de veracidad y representatividad

En el primer documento de la NIF A-4 sometido al proceso de auscultación, se había incluido la

característica de representación fiel para convergir con el MC del IASB; posteriormente, y derivado

de las respuestas a la auscultación, dicha característica se renombró como representatividad, dado

Page 15: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

11

que la palabra "fiel" denota "exactitud", y la información financiera no puede ser un reflejo exacto

del monto de las operaciones que afectan económicamente a la entidad, aun cuando sí de su

concepto representado. En la auscultación se dieron algunas propuestas de cambio de

denominación hacia los términos de: "presentación razonable", "representación razonable",

"representación verídica" o "legitimidad"; sin embargo, éstas fueron rechazadas, considerando

que el concepto de "presentación razonable" prevalece como corolario a la aplicación de las NIF,

según lo establece la NIF A-1.

b) Se ratifica la decisión de considerar a la "información suficiente" y a la "importancia

relativa" como características cualitativas y no como postulados básicos

En la auscultación se recibieron comentarios respecto a la decisión de considerar a la información

suficiente y a la importancia relativa como características cualitativas, en lugar de considerarlas

como postulados básicos. El CINIF ratifica su posición al considerar que dichos conceptos afectan

la elaboración de la información financiera contenida en los estados financieros y sus notas, más

que la configuración y delimitación del sistema de información contable, criterio empleado para

establecer los postulados básicos de la NIF A-2. Tal como lo precisa esta última norma, el sistema

de información contable debe incluir todas las operaciones que afectan económicamente a la

entidad.

La NIF A-4, por su parte, establece la inclusión en los estados financieros y sus notas, de toda aquella información necesaria para la toma de decisiones, lo cual implica una selección e identificación de lo que se considera significativo mostrar en dichos estados, tras analizar las necesidades de los usuarios generales.

c) Se decidió cambiar la denominación del concepto de "revelación suficiente" a

"información suficiente"

Algunos comentarios se mostraron en desacuerdo con el cambio de denominación de la

característica de "revelación suficiente", nombrada así por el Boletín A-5, Revelación suficiente, y

ahora denominada, "información suficiente" en la NIF A-4, ya que se considera que el primer

concepto es de uso general en la profesión.

El CINIF considera que el cambio de denominación es adecuado en apego a la normatividad

internacional, dado que información suficiente engloba no sólo la revelación, sino también, la

presentación, en los estados financieros y sus notas, de toda aquella información útil para la toma

de decisiones económicas.

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NIF A-5 // Boletín A-11

ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

a) Los costos y gastos se definen como un solo elemento

En el documento auscultado se definieron ingresos y gastos, como parte del estado de resultados

y, en su caso, del estado de actividades. Por lo que se refiere al concepto costos, éstos no se

definieron como un elemento básico de dichos estados financieros, por considerar que

corresponden a un tipo de gasto, el cual tiene la particularidad de derivarse de un activo expirado.

Este criterio es congruente no sólo con las NIIF, sino también, con lo que siempre estuvo

establecido en la anterior normatividad contable de nuestro país.

Sin embargo, la opinión generalizada fue que debería ubicarse a los costos, como un elemento

básico dentro de los estados financieros, ya que en la presentación de los mismos, siempre se

resalta este concepto y, en el caso de ser costos ordinarios son, incluso, sujetos de un análisis

profundo por parte de los usuarios generales.

Considerando que los dos puntos de vista antes planteados son válidos, el CINIF decidió

renombrar el elemento básico ahora como costos y gastos, ratificando con esto que,

esencialmente son lo mismo, aunque se mantiene el comentario respecto a que los costos derivan

de un activo expirado.

b) Cambio en la Clasificación de ingresos, costos y gastos, a ordinarios y no ordinarios.

El CINIF propuso una nueva Clasificación de ingresos, costos y gastos en ordinarios y no ordinarios,

siendo los primeros, aquéllos que se derivan de las operaciones propias del giro de la entidad, es

decir, son usuales (independientemente de que sean frecuentes o no); los no ordinarios

corresponden a las operaciones que no son propias del giro de la entidad, esto es, son inusuales

(independientemente de que sean frecuentes o no). Con esta nueva Clasificación, se eliminan las

partidas especiales, así como, las extraordinarias.

La decisión final del CINIF fue ratificar la propuesta auscultada; es decir, que estos conceptos se

clasifiquen en ordinarios y no ordinarios, debido a que la tipificación de una partida como

extraordinaria suele ser muy subjetiva, ya que se considera que dichos resultados también se

derivan de los riesgos a los que comúnmente está expuesta una entidad en el desempeño de sus

operaciones, por lo que es cuestionable el llamarles extraordinarias; además, esta decisión va de

acuerdo con lo establecido en las NIIF y responde al objetivo de lograr la convergencia con la

normatividad establecida por el IASB.

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13

c) Definición del capital contable

Se modificó la definición del capital contable, estableciendo que éste corresponde al valor

residual de los activos de una entidad, después de disminuir sus pasivos, en concordancia con

lo establecido por el MC del IASB.

Al respecto, los interesados comentaron que una definición más completa, es la que hace

referencia a que el capital contable representa el derecho de los propietarios sobre los activos

netos de la entidad.

El CINIF decidió no incorporar dichos comentarios en la definición de este elemento, por estimar

que corresponden a un enfoque desde el punto de vista de los accionistas y no de la entidad. Sin

embargo, dentro del apartado de consideraciones adicionales se hizo referencia a este punto de

vista. Se considera que la nueva definición es adecuada, debido a que el valor del capital contable

de una entidad es, indiscutiblemente, consecuencia del valor de sus activos netos.

d) Obligación de reciclar a las "otras partidas integrales"

El CINIF decidió incorporar al MC la definición de otras partidas integrales, cuestión que antes se

definía en NIF particulares; asimismo, se establece que, en el periodo en el que se realicen los

activos netos que les dieron origen, deben enviarse a la utilidad o pérdida neta del periodo, es

decir, deben reciclarse.

Lo anterior obedece a que lo único que justifica el reconocimiento de estas partidas como

componente separado dentro del capital contable y no como parte de la utilidad o pérdida neta,

es la incertidumbre en el monto final de su realización.

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NIF A-6 // Boletín A-7

RECONOCIMIENTO Y EVALUACIÓN

a) Se reestructura la norma

Parte de los comentarios recibidos opinaron que la norma esencial se encuentra en los criterios

seguidos para el reconocimiento y las normas del valor razonable y, por ende, la norma debe basar

toda su estructura a partir de éstos. Considerando lo anterior, el CINIF reestructuró la norma, ya

que si bien ésta observaba un orden lógico, las normas asociadas a los criterios de reconocimiento

y al valor razonable sí son preeminentes sobre el resto de la norma.

b) Se ratifica el uso de apéndices para reubicar conceptos de valor secundarios.

Durante la auscultación también se recibieron comentarios en el sentido de que ciertos conceptos

de valor que son secundarios deben tratarse exclusivamente en normas particulares.

El CINIF acordó eliminar de la norma algunos de ellos; sin embargo, en beneficio de los interesados

en la información financiera, el CINIF optó por reubicarlos en los Apéndices, ya que éstos son

aclaratorios. Otros conceptos de valor secundarios se consideraron relevantes en el tratamiento

del concepto de valor presente, por lo que se decidió mantenerlos en la norma, tomando en

cuenta el trabajo conjunto de homologación del Marco Conceptual que están llevando a cabo el

IASB y el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (Financial Accounting Standards Board,

FASB), en el cual se está analizando la inclusión de dichos conceptos de valor secundarios en

ambos marcos conceptuales.

c) Se mantienen los costos de reposición y reemplazo como valores de entrada

Comentarios recibidos señalan que los conceptos de costo de reposición y de reemplazo deben

formar parte de los valores de salida. El CINIF, después de replantear las características de los

valores de entrada y de salida, consideró válido mantener dichos conceptos como valores de

entrada, dado que sirven de base para la incorporación o posible incorporación de una partida en

los estados financieros, además de que se encuentran en los mercados de entrada.

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16

d) Los términos reexpresado y nominal se consideran adecuaciones de cifras y no conceptos

de valor

Se recibieron comentarios en el sentido de que tanto reexpresado como nominal no son

conceptos de valor sino adecuación de cifras. El CINIF está de acuerdo con el comentario recibido

e incorporó las modificaciones necesarias a la norma.

Page 21: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

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NIF A-7, // Boletín A-5

NIF A-7 PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN

a) Los estados financieros y sus notas deben presentarse en forma comparativa por lo

menos con el periodo anterior

En la práctica de los negocios se ha observado, desde hace mucho tiempo, que la mayoría de las

entidades presentan su información financiera en forma comparativa. Lo anterior se ha convertido

ya, en algunos sectores, no sólo en una práctica voluntaria, sino obligatoria; tal es el caso de la

información financiera que se presenta a las bolsas de valores y a las autoridades fiscales. El CINIF

considera que la información financiera contenida en los estados financieros de una entidad en

particular, incrementa su utilidad significativamente, si puede compararse con información similar

correspondiente a periodos anteriores. Es indiscutible la utilidad que la información financiera

comparativa tiene para el usuario general de los estados financieros.

En consideración a lo anterior, y también para convergir con la normatividad contable

internacional, el CINIF consideró necesario requerir en la NIF A-7 que los estados financieros y sus

notas se presenten en forma comparativa, por lo menos con el periodo precedente, como lo

establecen las NIIF.

b) Deben revelarse la fecha autorizada para la emisión de los estados financieros y el o los

nombres de quienes la autorizaron.

Dado que la administración de la entidad es la responsable de la información que se presenta en

los estados financieros y en sus notas, en la NIC-1, Presentación de estados financieros, se

requiere, desde 1997, que se revele en esos documentos la fecha autorizada para la emisión de los

estados financieros y el o los nombres de los funcionarios u órganos de la administración que

autorizaron su emisión. Considerando lo anterior y en línea con el objetivo de convergencia que

persigue el CINIF en relación con la normatividad internacional, se concluyó que, en beneficio de

los usuarios generales de la información financiera, debe revelarse la información a que se refiere

el párrafo anterior.

c) Se permiten diversas Clasificaciones para la presentación de activos y pasivos.

Durante el proceso de auscultación de la NIF A-1 se recibieron comentarios sugiriendo que para

algunos casos, la Clasificación de activos y pasivos en corto y largo plazo no fuese considerada

obligatoria. El CINIF estudió y debatió profundamente este tema, considerando que existen

entidades, tales como instituciones financieras, en las que esta presentación es más relevante que

la Clasificación de activos y pasivos en corto y largo plazo. Por las razones que se comentan en el

párrafo anterior, y también para convergir con la normatividad internacional, se aceptaron esos

argumentos, permitiéndose una presentación exclusivamente basada en la disponibilidad o

Page 22: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

18

exigibilidad sin separar corto y largo plazo. En otros casos se permite adoptar una base de

presentación mixta cuando una entidad tiene operaciones de diverso tipo.

NIF A-8,

NIF A-8, SUPLETORIEDAD

a) Normas del IASB obligatorias en la supletoriedad.

El proyecto de NIF que fue auscultado proponía, en una primera instancia, dejar a elección del

preparador de la información financiera, la utilización de las normas del IASB o las del FASB de

manera indistinta, en apoyo a las entidades que tienen el requerimiento de emitir información con

base en la normatividad del FASB.

Quienes opinaron sobre este proyecto, comentaron que lo anterior podría dar como resultado una

falta de comparabilidad entre distintas entidades; además, al dejar la supletoriedad como

opcional, no habría congruencia con la filosofía de convergencia con el IASB.

El CINIF consideró válidos los argumentos planteados, por lo que tomó la decisión de dejar

únicamente la normatividad del IASB como obligatoria en términos de la supletoriedad y sólo en

caso de que ésta no dé solución al reconocimiento contable, opcionalmente se hará la aplicación

supletoria con cualquier otro esquema normativo; en este sentido, es que se sugiere, sólo como

una recomendación, el utilizar las normas del FASB.

b) Normatividad emitida por sectores específicos no puede utilizarse como supletoria

En la auscultación se opinó que debería darse la posibilidad de que la normatividad para

actividades especializadas de sectores específicos emitida por sus órganos de control, sus

asociaciones, etc., pudiera ser supletoria.

Por su parte, el CINIF considera que de esta forma se correría un riesgo, ya que algunas de estas

normas pudieran corresponder a tratamientos contables informales, o estar sin el adecuado

sustento teórico, además de que ese tipo de disposiciones no suelen auscultarse de manera

amplia en la comunidad financiera y de negocios, por lo que no está garantizada su aceptación

generalizada. Asimismo, este organismo tiene entre sus objetivos, desarrollar NIF para dichas

operaciones especializadas, esto con base en un trabajo conjunto con representantes de dichos

sectores; de tal forma, sus propuestas se podrán convertir a NIF que estén basadas en el MC y

después de auscultarlas, incorporarlas a nuestro esquema normativo.

Con base en lo anterior, el CINIF decidió que la normatividad emitida por organismos

pertenecientes a sectores específicos no debe ser supletoria.

Page 23: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

19

NIF B-1

CAMBIOS CONTABLES Y CORRECCIONES DE ERRORES

Esta norma exige que los cambios por una NIF por otra NIF se apliquen retrospectivamente en los

estados financieros de ejercicios anteriores a lo que corresponden. Hasta el 31 de diciembre de

2005, los efectos iniciales por cambios en principios de contabilidad, se aplican a los resultados del

ejercicio en que se conocen, e un renglón especial, después de las utilidades por operaciones

continuas.

NIF B-3

Estado De Resultados

Se aplica a la estructura del estado de resultados, los conceptos de ingresos, costos y gastos

“ordinarios” y “no ordinarios” establecidos en la NIF A-5, elementos básicos de los estados

financieros.

Page 24: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

20

Cuadro comparativo de la estructura del estado de resultados con clasificación de costos y gastos

por función.

Page 25: COMPARACIÓN PCGA VS NIF

21

NIF B-13

Hechos Posteriores A La Fecha De Los Estados Financieros

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22

MEJORAS A LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2013

El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) emite las Mejoras a las Normas de Información Financiera 2013 (Mejoras a las NIF 2013) como parte de su proceso de actualización de las Normas de Información Financiera (NIF). Este documento incluye cambios puntuales a las NIF, los cuales se derivaron de: a) sugerencias y comentarios hechos al CINIF por parte de los interesados en la información financiera como consecuencia de la aplicación de las normas, y b) de la revisión que el propio CINIF hace de la aplicación de las NIF con posterioridad a la fecha de su promulgación. Además de mejorar ciertos aspectos de las NIF, los cambios eliminan algunas diferencias con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF - IFRS por sus siglas en inglés). Las modificaciones efectuadas se incorporan, dentro del libro de las NIF, en cada una de las NIF correspondientes, con la finalidad de actualizarlas; asimismo, en cada NIF modificada se incluye una mención que evidencia que se ha llevado a cabo un cambio del párrafo correspondiente como consecuencia de la revisión de esa norma. Por lo anterior, en el libro de las NIF no se incluye este documento de mejoras; solamente se puede encontrar su versión integral en la página electrónica del CINIF.

NIF B-3, Estado de resultado integral

Boletín B-14, Utilidad por acción

Boletín C-15, Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su

Disposición

NIF B-3, Estado de resultado integral Otros ingresos y gastos Introducción La NIF B-3, Estado de resultado integral, se publicó en diciembre de 2011 para sustituir a la NIF B-3, Estado de resultados, a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2013. La nueva norma establece que los otros resultados integrales (ORI) deben presentarse enseguida de la utilidad o pérdida neta. Adicionalmente, la nueva norma menciona que el rubro de otros ingresos y gastos no debe incluir partidas consideradas como operativas; por ello, este rubro debe contener normalmente importes poco relevantes, por lo que esa NIF no requiere su presentación en forma segregada. No obstante lo anterior, los ejemplos en el Apéndice A incluyen el rubro de otros ingresos y gastos, y las bases para conclusiones en el Apéndice B refieren a los otros ingresos y gastos en la discusión de la utilidad o pérdida de operación. En virtud de lo anterior, el CINIF consideró conveniente eliminar las referencias a los otros ingresos y gastos en los apéndices a la NIF B-3.

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Párrafo BC9 El CINIF estuvo de acuerdo con la tendencia observada y en ese sentido emitió la NIF B-3 final. También precisó que, si una entidad decide presentar dicho concepto la utilidad o pérdida de operación, debe determinarlo partiendo de la utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad y excluir el resultado integral de financiamiento, y la participación en los resultados de otras entidades y los otros ingresos y gastos al ser claramente no operativos; de esta forma, los rubros involucrados son netamente operativos

BOLETÍN B-14, Utilidad por acción Para el Boletín B-14, Utilidad por acción, se proponen mejoras que no generan cambios contables. 1. Determinación en periodos intermedios de las acciones ordinarias potencialmente dilutivas Introducción Aunque el Boletín B-14, Utilidad por acción, no indica en forma específica que la determinación de las acciones ordinarias potencialmente dilutivas se haga en forma independiente para cada periodo anual o intermedio sobre el que se informa, debe considerarse que así es, ya que para determinar la utilidad por acción ordinaria diluida, se parte de la determinación de la utilidad básica por acción, que se determina por la utilidad atribuible a las acciones ordinarias y el promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación en el periodo; dicha utilidad debe ajustarse por los efectos de los valores dilutivos como pueden ser las acciones convertibles, la deuda convertible y las opciones y warrants. Como resultado de lo anterior, con esta mejora el CINIF aclara la determinación de las acciones ordinarias potencialmente dilutivas en periodos intermedios. Se adiciona el párrafo 36A. Párrafo 36A Las acciones ordinarias potencialmente dilutivas deben determinarse de forma independiente para cada periodo anual o intermedio sobre el que se informe. El número de acciones ordinarias potencialmente dilutivas, incluidas en el periodo transcurrido en el año a la fecha, pudiera no ser igual al promedio ponderado de las acciones ordinarias potencialmente dilutivas incluidas en el cómputo de cada periodo intermedio. Mejora al Boletín B-14

Se modifican los párrafos 7 y 56 al 59. Párrafo 7 La utilidad o pérdida neta del periodo contable, la utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuadas, la utilidad o pérdida de las operaciones discontinuadas y el efecto inicial acumulado por cambios contables (este último para ejercicios anteriores a 2006), deben interpretarse de acuerdo con las definiciones proporcionadas en la NIF B-3, Estado de Resultados integral.

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Párrafo 56 Se debe mostrar al pie del estado de resultados integral la utilidad básica por acción ordinaria y la utilidad por acción diluida. Párrafo 57 Las entidades que reportan utilidad o pérdida de las operaciones discontinuadas y efectos por cambios contables (estos últimos para ejercicios anteriores a 2006), deben presentar al pie del estado de resultados integral, la utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuadas por acción ordinaria y la utilidad o pérdida diluida antes de las operaciones discontinuadas por acción ordinaria. Párrafo 58 Los efectos de los resultados de las operaciones discontinuadas y los efectos por cambios contables (esto se últimos para ejercicios anteriores a 2006), sobre la utilidad o pérdida antes de las operaciones discontinuadas por acción ordinaria y sobre la utilidad o pérdida diluida antes de las operaciones discontinuadas por acción, deben revelarse en las notas a los estados financieros o al pie del estado de resultados integral. Párrafo 59 Los datos de utilidad por acción serán deben presentarse por todos los estados de resultados integral presentados, por periodos completos o intermedios. Si se presenta la utilidad por acción diluida de cuando menos un periodo, ésta debe presentarse por todos los periodos, no importando que sea igual a la utilidad básica por acción ordinaria.

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CONCLUSIONES

Como se mencionó en el presente trabajo las NIF sustituyeron a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados debido a los avances tecnológicos y financieros y principalmente a las competencias que existen entre los países y a la necesidad de poder ser competitivos en estas épocas. Las NIF evolucionan continuamente por cambios en el entorno. Surgen como respuesta a las necesidades de los usuarios de la información financiera y a las condiciones existentes. La globalización en el mundo de los negocios y de los mercados de capital está propiciando que la normatividad alrededor del mundo se armonice, teniendo como principal objetivo la generación de información financiera comparable, transparente y de alta calidad, sobre el desempeño de las entidades económicas, que sirva a los objetivos de los usuarios generales de la información financiera. Nuestra profesión es una de las que está sujeta a cambios tanto en el aspecto fiscal como en el financiero, debido lo cual debe darse la actualización profesional continua, y ser competitivos ante los cambios constantes que ocurren día a día.

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BIBLIOGRAFÍA

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Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), Instituto Mexicano

de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), segunda edición, Febrero 2007.

SINTESIS Y COMENTARIOS DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA, Centro de

Investigación de la Contaduría Pública del Instituto Mexicano de Contadores Públicos,

Segunda edición, Mayo 2007.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS, Instituto Mexicano de

Contadores Públicos, Décimo sexta edición, Febrero 2001