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DECRETO 1510 DE 17 DE JULIO
DE 2013 “Por el cual se reglamenta el sistema de
compras y contratación pública”
Dra. Iriana Aponte Díaz. 26 de mayo de 2015.
PLAN DE TRABAJO 1. Contenido y alcance del D. 1510 de 2013. a. Sistema de compras y contratación pública. b. Colombia Compra Eficiente. 2. Registro Único de Proponentes. 3. Planeación del proceso de contratación. a. Estudios previos – análisis del sector. b. Pliego de condiciones – modificaciones. 4. Contratación y Ejecución. 5. Liquidación del Contrato-‐ Obligaciones posteriores
NORMATIVIDAD APLICABLE
• C O N S T I T U C I O N P O L I T I C A D E COLOMBIA
• Ley 80 de 1993- “Estatuto General de la Contratación Pública”
• Ley 1150 de 2007- “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80/93 y se d ic tan o t ras d ispos ic iones sobre contratación con recursos públicos.”
…..OTRAS NORMAS … LEY 1450 DE 2011. “PLAN NACIONAL DE DESARROLLO” LEY 1474 DE 2011. “POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS
ORIENTADAS A FORTALECER LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓN Y LA EFECTIVIDAD DEL CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA”
DECRETO LEY 19 DE 2012. “POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS PA R A S U P R I M I R O R E F O R M A R R E G U L A C I O N E S , PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES INNECESARIOS EXISTENTES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”
LEY 1508 DE 2012. “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS, SE DICTAN NORMAS ORGÁNICAS DE PRESUPUESTO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.”
• Decreto Ley 4170 de 2011 “Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, se determinan sus objeUvos y estructura
• Decreto 1510 de 2013 “Por el cual seregula el sistema de compras públicas”
• Decreto 3054 de 2013 – “Por el cual se modifica el ar>culo 89 del D. 1510 de 2013” Frisco.
• Decreto 791 de 2014 Por el cual se reglamenta el arWculo 72 de la L. 1682 de 2013 y el art. 18 D. 1510 de 2013– Capacidad residual.
• Decreto 1965 de 7 de octubre de 2014 – Bienes y servicios para defensa y seguridad nacional
.
JURISPRUDENCIA Expediente 50222 - Auto de suspensión provisional del 14 de mayo de 2014. Suspende: a) Inciso 7 del artículo 3 b) Art.65. c) Inciso final art. 73 “y c) del artículo 75 del presente
Decreto” d) Primer segmento en forma parcial art. 78 “sin que sea
necesario recibir varias ofertas” e) Suspende el segundo inciso art. 78 incluyendo
numerales 1 a 20.
Mediante Auto de 27 de junio de 2014, se aclara el alcance de la suspensión provisional, en el entendido que al suspender los efectos de dicha norma, el procedimiento de selección abreviada para la adquisición de bienes y servicios para la defensa y seguridad nacional, quedó desprovisto temporalmente del marco reglamentario y en esa medida para la celebración de los respectivos contratos requeridos para esa finalidad deberá acudirse a la regla general de selección de contratistas o a la selección abreviada cuendo así lo permita.
PRINCIPALES CAMBIOS DEL DECRETO 1510 DE 17 DE JULIO DE 2013
ü Objeto de cada una de las normas ü Asocia los objetivos de la contratación con los de Colombia
Compra Eficiente. ü Incorporar mejores prácticas internacionales en la planeación de
la contratación y las compras públicas. ü Hace ajustes en el RUP, en la capacidad residual, la subasta
inversa; el concurso de méritos. ü Desarrolla la posibilidad de asociación de las entidades públicas,
para la adquisición conjunta de bienes y servicios. ü Fortalece el Principio de Planeación – Plan anual de
Adquisiciones. ü Reglamenta los acuerdos marco de precio, los asuntos
internacionales como el TLC.
Estructura Decreto 1510 de 2013 Integrado por 163 ar>culos
I. Disposiciones Generales -‐ Art. 1 al 37 II. Disposiciones Especiales -‐ Art. 38 al 160 III. Disposiciones Finales -‐ Art. 161 al 163
DISPOSICIONES GENERALES 1.Objetivos del sistema: Los define Colombia Compra
Eficiente 2. Participes de la Contratación: No son las partes – No
incluye a los órganos de control. 3.Definiciones: incluye 25 expresiones 4. Plan Anual de Adquisiciones 5. RUP: Requisitos Habilitantes 6. Deber de Análisis del Sector Económico. 7. Deber de Evaluación del Riesgo 8. Capacidad Residual. 9. Deber de Publicidad
10.Estructura y documentos de los procesos de contratación: • Planeación: Estudios y Documentos Previos; Aviso de
convocatoria; Pliego de Condiciones; Observaciones al Pliego de Condiciones; Acto Administrativo de Apertura del Proceso de Selección.
• Selección: Modificación del Pliego de Condiciones; Ofrecimiento más Favorable; Comité Evaluador; Precio artificialmente Bajo; Inhabilidades por la presentación de Ofertas; Adjudicación a Oferta Única; Celebración de Contratos en desarrollo de encargos fiduciarios; Inhabilidades de las sociedades anónimas abiertas; Factores de Desempate.
• Contratación: Perfeccionamiento, ejecución y pago. • Ejecución: Patrimonio autónomo para manejo de anticipos,
Determinación de Interés Moratorio • Liquidación: Obligaciones Posteriores a la Liquidación.
DISPOSICIONES ESPECIALES 1. Licitación Pública: Oferta dinámica; Audiencias. 2. Selección Abreviada: BSCTU; Subasta Inversa (electrónica y
presencial); Acuerdos Marco; Bolsa de productos. 3. Contratación de Menor Cuantía. 4. Concurso de Méritos. 5. Contratación Directa. 6. Contratación de Mínima Cuantía. Adquisición en Grandes
Superficies 7. Enajenación de Bienes del Estado: Muebles, Inmuebles. 8. Garantías: Contrato de Seguro; Patrimonio autónomo; Garantía
Bancaria; Garantías para la contratación de tecnología satelital; 9. Acuerdos Comerciales; Incentivos; Contratación en el exterior y
con organismos de cooperación. 10. Colombia Compra Eficiente
DISPOSICIONES FINALES
1. Vigencia: a partir de 15 de agosto de 2013. 2. Régimen de Transición: a más tardar el 15 de agosto
de 2013, un acto administrativo de carácter general en el cual manifiesten que se acogen a dicho periodo de transición, el cual debe ser publicado en el SECOP
3. Derogatorias: Deroga el Decreto 734 de 2012 y el decreto 1397 de 2012.
COLOMBIA COMPRA EFICIENTE ENTE RECTOR EN CONTRATACION PUBLICA
• Creada mediante D. 4170 de 2011 • Es una Unidad Administrativa Especial. • Es un organismo técnico especializado que se encarga de impulsar políticas, normas y de unificar procesos en materia de compras y contratación pública.
OBJETIVOS DEL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas orientadas a la organización y articulación en el sistema de compras y contratación públ ica, para lograr mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos públicos.
DEBERES PARA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
1. Deberá establecer los lineamientos del formato a utilizar para la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones – SECOP. (art. 158).
2. Manuales para: a) Uso del clasificador de Bienes y servicios. b) Uso de los acuerdos marco de precios. c) Identificación y cobertura del riesgo. d) Pliegos de condiciones tipo. e) Manuales Tipo de contratos. (art. 159)
MANUALES DE CONTRATACION “Art. 160. Las enKdades estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra eficiente en el término de seis (6) meses contados a parKr de la expedición del presente Decreto.” Al respecto la circular externa No. 9 de 17 de enero de 2014, refiere como plazo para las enUdades hasta el 31 de julio de 2014
REGISTRO UNICO DE PROPONENTES Ley 1150 de 2007
ARTÍCULO 6o. DE LA VERIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LOS PROPONENTES. Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal.
No se requerirá de este registro, ni de calificación ni de clasificación: • Casos de contratación directa; • Contratos para la prestación de servicios de salud; • Contratos cuyo valor no supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía; • Enajenación de bienes del Estado; • Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas; • Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta y • Los contratos de concesión de cualquier índole. En los casos anteriormente señalados, corresponderá a las entidades contratantes cumplir con la labor de verificación de las condiciones de los proponentes.
En dicho registro constará la información relacionada con la experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente, que se establecerá de conformidad con los factores de calificación y clasificación que Defina el reglamento. El puntaje resultante de la calificación de estos factores se entenderá como la capacidad máxima de contratación del inscrito.
Ley 1150 de 2007. Art. 6.1 “...El Certificado del RUP será plena prueba de las circunstancias que se hagan en ella constar, y que hayan sido verificadas por las Cámaras de Comercio…” “…Las entidades estatales en los procesos de contratación no podrán exigir, ni los proponentes aportar documentación que deba utilizarse para efectuar la inscripción en el registro…” “…solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación de manera directa.”
Decreto 1510 de 2013 • Renovación de Registro: A más tardar el 5º. Día hábil
del mes de abril de cada año. – Se unificó la fecha de vencimiento del RUP
• Actualización de la Información: Los inscritos, pueden actualizar solo la información de experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento.
• Se eliminó la clasificación CIIU, hoy solo se maneja el clasificador de bienes de las Naciones Unidas.
Decreto 1510 de 2013 – Requisitos Habilitantes
1. Experiencia 2. Capacidad Jurídica 3. Capacidad Financiera 4. Experiencia Organizacional El nuevo RUP debe contener: “a) Los bienes, obras y servicios para los que está inscrito el
proponente de acuerdo con el clasificador de bienes y servicios; b) requisitos e indicadores a los que se refiere art. 10; c) Información de contratos multas, sanciones e inhabilidades; d) Información histórica de experiencia que el proponente ha inscrito en el RUP
ü PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Arts. 4 al 7 D. 1510 de 2013 Guía para la codificación de bienes y servicios Guía para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones
• Es el Plan General de Compras a que se refiere el artículo 74 de la Ley 1474/11 y el plan de compras a que se refiere la Ley Anual de Presupuesto.
• Es un Instrumento de Planeación contractual que las entidades estatales deben diligenciar, publicar y actualizar en los términos del Decreto 1510/13, en el se enlistan los bienes, obras y servicios que se pretenden adquirir durante el año.
• Se publica en página WEB y en SECOP • No es obligatorio • Se debe actualizar por lo menos una vez durante su
vigencia.
INFORMACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
ü Código (Codificación estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC)
ü Descripción del elemento. ü Fecha estimada de inicio de proceso de selección. ü Duración estimada del contrato. ü Modalidad de selección. ü Fuente de los recursos. ü Valor total estimado. ü Valor estimado en la vigencia actual ü ¿Se requieren vigencias futuras? -Estado de solicitud de
vigencias futuras. ü Datos de contacto del responsable.
¿CUÁNDO SE DEBE ACTUALIZAR?
a) Cuando haya ajustes a los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos.
b) Para incluir nuevas obras, bienes o servicios. c) Para excluir obras, bienes y/o servicios, ó d) Para modificar el presupuesto anual de
adquisiciones.
ESTUDIOS PREVIOS ü D. 1510 de 2013 - Artículo 20 ü Manual para la identificación y cobertura del Riesgo ü Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual ü Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en
Procesos de Contratación. ü Manual para determinar y verificar los requisitos
habilitantes en los Procesos de Contratación ü Guía para la Elaboración de Estudios de Sector
ESTUDIOS PREVIOS Art. 20 D. 1510/13 En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del ar>culo 25 de la Ley 80 de 1993, ¿QUÉ SON? Corresponden a los documentos definiKvos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones, o del contrato. ¿PARA QUÉ SIRVEN? Para que los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la enKdad, así como el de la distribución de riesgos que la enKdad propone.
ELEMENTOS MÍNIMOS: Art. 20 D. 1510/13: 1. Descripción de la necesidad que enUdad estatal pretende saUsfacer con la contratación. 2. Descripción del Objeto a contratar, con sus especificaciones y la idenKficación del objeto a contratar. 3. Modalidad de la contratación. JusKficación y fundamentos jurídicos.
4. Valor esUmado del contrato: • Si el por precio unitario, debe indicar las variables uKlizadas para calcular el presupuesto de la respecKva contratación así como su monto y los posibles costos asociados al mismo. En el caso del concurso de méritos no publicará el detalle del análisis que se hay realizado en desarrollo de lo establecido en este numeral. • Para los contratos de concesión no se publicará ni revelará el modelo financiero uKlizado en su estructuración.
5. La jusUficación de los factores de selección que permitan idenUficar la oferta más favorable. (Art. 26 D.1510/13). 6. El análisis de riesgo y la forma de miUgarlo. 7. Las garanWas que la enUdad estatal contempla exigir en el proceso de contratación. 8. Indicación, si la contratación a realizar está cobijada por un Acuerdo o Tratado Internacional, vigente para Colombia.
ArWculo 15 Decreto 1510 de 2013 Deber de Análisis de las enUdades estatales: de conocimiento del sector relaUvo al objeto del proceso de contratación, desde la perspecUva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis del Riesgo. La enUdad debe dejar constancia de esta análisis en los Documentos del Proceso
ALCANCE
• Corresponde a los Estudios de Mercado. • Permite establecer el contexto del proceso de contratación
• Permite idenKficar algunos Riesgos • Establecer requisitos habilitantes.
CONTENIDO “….adecuado a los fines de la norma que lo autoriza y
proporcional a los hechos que le sirven de causa”
• Análisis de Mercado: Analiza el sector en contexto local y nacional, se apoya en datos históricos y en cifras comerciales. Para el análisis económico se tiene en cuenta el comportamiento del mercado, fluctuaciones en el valor de los materiales, índices económicos entre otros, así como las restricciones legales sobre el producto, si requiere licencias etc.
CONTENIDO “….adecuado a los fines de la norma que lo autoriza y
proporcional a los hechos que le sirven de causa”
Análisis de la Oferta: Quienes son los proveedores en el mercado, se debe buscar la información financiera del sector y de algunos de sus miembros en particular. Cuál es la dinámica de producción, suministro y entrega de bienes, cadena de producción. Para el efecto, es viable una comunicación fluida con los gremios, así como el diseño de elementos que permitan recoger la información, con indicación expresa de la fecha en la que se hizo.
CONTENIDO “….adecuado a los fines de la norma que lo autoriza y
proporcional a los hechos que le sirven de causa”
• Análisis de la Demanda: Qué enKdades del Estado han adquirido el bien o servicio que se requiere, en que condiciones de calidad y precio, cómo se hizo la entrega
UTILIDAD • Conocer comportamientos del mercado y
hábitos de consumo y uso de la entidad. • Conocer el comportamiento de los productos. • Para tomar la mejor decisión sobre qué comprar,
cuándo comprar y cómo comprar. • Para establecer los requisitos habilitantes. • Para conocer el precio del bien y su
comportamiento – incidencia de costos de entrega.
FUNDAMENTO LEGAL
Art. 25 numeral 12 Ley 80/93: “Con la debida antelación a la apertura del proceso de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios diseños y proyectos requeridos y los pliegos de condiciones.”
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Art. 4 Ley 1150 de 2007:
DE LA DISTRIBUCION DE RIESGOS EN LOS CONTRATOS ESTATALES: “Los Pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la esKmación, Kpificación y asignación de riesgos previsibles involucrados en la contratación. En las licitaciones públicas los pliegos de condiciones de las enKdades estatales deberán señalar el momento en el que, con anterioridad a la presentación de las ofertas, los oferentes y la enKdad revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su asignación definiKva.”
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ART. 220 DECRETO LEY 19 DE 2012 “El numeral 4 de del arWculo 30 de la ley 80 de 1993, quedará así: 4. Dentro de los 3 días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas interesadas en el proceso se celebrará una audiencia con el objeto de precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes. En la misma audiencia se revisará la asignación de riesgos que trata el ar>culo 4 de la Ley 1150 de 2007 con el fin de establecer su Kpificación, esKmación y asignación definiKva. Como resultado de lo debaKdo en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la enKdad expedirá las modificaciones perKnentes a dichos documentos y prorroga, si fuere necesario, el plazo de la licitación o concurso hasta por 6 días hábiles…..”
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Art. 17 Decreto 1510 de 2013
“La entidad estatal debe evaluar el Riesgo que el proceso de contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente.” Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de contratación.
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MANUAL PARA LA IDENTIFICACIÓN Y COBERTURA DEL RIESGO EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRACION DE RIESGO
Es un conjunto de procesos dirigidos a proteger a la entidad estatal de los eventos en el proceso de contratación. La AR permite reducir la probabilidad de ocurrencia del evento y de su impacto en el proceso de contratación
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ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE RIESGO
Aspectos que debe contener: 1. Establecer el contexto en el cual se adelanta el proceso de contratación. 2. Identificar y clasificar los riesgos en el proceso de contratación. 3. Evaluar y calificar los riesgos. 4. Asignar y tratar los riesgos. 5. Monitorear y revisar la gestión de riesgos.
PASOS PARA LA ADMINISTRACION DEL RIESGO
Aspectos que debe contener: 1. Eventos que impidan la adjudicación y firma del contrato como resultado del proceso de contratación. 2. Eventos que alteren la ejecución del contrato. 3. El equilibrio económico del contrato 4. La eficacia del proceso de contratación. 5. Reputación y legitimidad de la entidad estatal encargada de prestar el bien o servicio.
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¿PARA QUÉ ADMINISTRAR EL RIESGO?
1. Proporcionar un mayor nivel de certeza y conocimiento en la toma de decisiones relacionadas con el proceso de contratación.
2. Mejorar la planeación de contingencias en el proceso de contratación.
3. Incrementar el grado de confianza entre las partes del proceso de contratación.
4. Reducir la posibilidad de litigios, entre otros
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PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
• Licitación Pública • Selección Abreviada • Contratación Directa • Concurso Público • Contratación de Mínima Cuantía • Adquisición en grandes superficies cuando se
trate de mínima cuantía
FACTORES QUE DETERMINAN SU APLICACIÓN
• La naturaleza del bien o servicio a adquirir. • La oportunidad. • La cuantía • La destinación del bien
LICITACION PUBLICA
REGLA GENERAL • Contemplada en el art. 2.1 de la Ley
1150/07. • Desarrollada en el art. 30 de la Ley 80 de
1993. • Arts. 38 y siguientes D. 1510 de 2013
SELECCIÓN ABREVIADA -‐Causales 1. Adquisición de bienes y servicios de características
técnicas uniformes y de común utilización. Art. 41 D. 1510/1
2. Contratación de menor cuantía. Art. 59 D. 1510/13 3. Contratos para la prestación de servicios en salud. Art. 59
D. 1510/13. 4. Cuando se declara desierta la Licitación, 4 meses ss. Art.
61 D. 1510/13 5. Enajenación de bienes del estado. Excepto los
contemplados en la Ley 226 de 1995. Art. 88 D. 1510/13
SELECCIÓN ABREVIADA -‐Causales 6. Productos de origen y destinación agropecuaria que se ofrezcan en las bolsas de productos. Art. 50 D. 1510/13 7. Actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades de las EICE y SEM, salvo los del art. 32 de la L.80/93. Art. 63 D. 1510/13. 8. Contratos para la protección de personas amenazadas, programas de desmovilización, reincorporación a la vida civil, de personas o de grupos al margen de la ley. Art. 64 D. 1510/1. 9. Bienes y servicios - defensa y la seguridad nacional. Art. 65 D. 1510/13
BIENES UNIFORMES -‐ BSCTU SUBASTA INVERSA: Art. 41 y ss D. 15101/13 Puja dinámica presencial o electrónica que busca que se reduzca el precio, con base en reglas y requisitos establecidos en el pliego. Tendrá como único criterio de evaluación el precio. Puede tener lugar por ítems o por lotes
COMPRA POR CATALOGO DERIVADA DE UN ACUERDO MARCO
Art. 46 y ss D. 1510/13
Por medio de acuerdos marco, se busca mantener los precios por un largo periodo. Los bienes son adquiridos por las enKdades, de manera directa, una vez perfeccionado el acuerdo marco.
ADQUISICION EN BOLSAS DE PRODUCTOS Ar. 50 y ss D. 1510/13
La formación, celebración y ejecución del contrato, se sujeta a las disposiciones del foro en donde se realice la respecKva negociación. El CDP, debe incluir tanto el valor del contrato de comisión como el de la operación que por cuenta suya se realizará El Comisionista debe cumplir con los requisitos de la bolsa en donde lleva acabo su gesKón y como habilitantes la enKdad, puede exigir otros que sean proporcionales y adecuados al objeto.
CONTRATACION DIRECTA - Causales a. Urgencia Manifiesta. Art. 42 L.80/93 y 74 D. 1510/13 b. Empréstitos. c. Contratos Interadministrativos. ART. 76 D. 1510/13 d. Contratación de Bienes y Servicios del Sector Defensa y en el
DAS que se necesite reserva para su adquisición. ART. 78 D. 1510/13
e. Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas. ART. 79 D. 1510/13
f. Contratos de encargo Fiduciario, de las entidades territoriales cuando inician acuerdo de reestructuración, L. 550/99 L. 617/00
g. Cuando no exista pluralidad de oferentes. ART. 80 D. 1510/13. h. Prestación de servicios profesionales y trabajos artísticos ART. 81 i. Arrendamiento y adquisición de inmuebles. ART. 82 D. 1510/13
CONCURSO PÚBLICO
Ley 1150 de 2007, Decreto Ley 19 de 2012 Art. 219 y Decreto 1510/13 – art. 66. y ss.
Modalidad se selección prevista, para contratar consultores o proyectos Art. 32 No. 2 Ley 80/93, los proyectos de arquitectura. Admite la utilización de concurso abierto y con precalificación. En ningún caso se tendrá el precio como factor determinante de la selección. D. 1510/13 No contempla la posibilidad de PTS y PTD
MINIMA CUANTIA Este procedimiento está fundamentado en la Ley 1450 de 210, el art. 94 la Ley 1474 de 2011 y reglamentado en los artículos 84 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. Aplica para la adquisición de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del 10% de la menor cuantía de la entidad contratante.
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MINIMA CUANTIA EN GRANDES SUPERFICIES Art. 86 D. 1510/13
Permite a las entidades estatales la adquisición de bienes hasta por el monto de su Mínima Cuantía en Grandes Superficies, estableciendo el procedimiento aplicable para el efecto.
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OBLIGACIONES POSTERIORES A LA LIQUIDACION – Art. 37 D. 1510/13
Vencidos los términos de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes, la Entidad Estatal debe dejar constancia del cierre del expediente del Proceso de Contratación.