dispositivos medidores de volumen de gas

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 28261990-12-05

APARATOS MECNICOS. DISPOSITIVOS GENERALES PARA MEDIDORES DE VOLUMEN DE GAS

E:

MECHANICAL DEVICES. GENERAL PROVISIONS FOR GAS VOLUMEN METERS

CORRESPONDENCIA:

DESCRIPTORES:

regulador; equipo d control; suministro de e gas natural; medidores; contador volumtrico.

I.C.S.: 17.060.00Editada por el Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin (ICONTEC) Apartado 14237 Santaf de Bogot, D.C. - Tel. 3150377 - Fax 2221435

Prohibida su reproduccin

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)

APARATOS MECNICOS. DISPOSICIONES GENERALES PARA MEDIDORES DE VOLUMEN DE GAS

TERMINOLOGA Las referencias al VIM significan Vocabulario Internacional en Metrologa, edicin de 1984. T.1 Intervalo de trabajo de un medidor de volumen de gas. El intervalo de las tasas de flujo del gas limitado por la tasa de flujo mxima Qmx y la tasa de flujo mnima Qmn. T.2 Volumen cclico de un medidor de volumen de gas (v). El volumen de gas que corresponde al ciclo de trabajo del medidor de volumen de gas comprende todos los movimientos de los componentes mviles, excepto el del dispositivo indicador y las transmisiones intermedias, hasta que vuelven a la posicin inicial que ocupaban al comienzo del ciclo. Este volumen se determina multiplicando el valor del volumen correspondiente a una revolucin completa del elemento sensor, o el valor del intervalo ms pequeo de la escala por la relacin de transmisin del dispositivo de medida del indicador. T.3 T.4 Elemento sensor. Dispositivo que permite una lectura precisa del volumen de gas. Condiciones de medida y condiciones de base

T.4.1 Condiciones de medida. Condiciones del gas al cual se le va a medir el volumen en el punto de medida (ejemplos: temperatura y presin del gas medido). T.4.2 Condiciones de base. Condiciones a las cuales se convierte el volumen de gas medido (ejemplos: temperatura de base y presin de base).Nota. Las condiciones de medida y de base relativas al volumen de gas nicamente se miden o indican y no deben confundirse con las "condiciones nominales de operacin" y las "condiciones de referencia" (VIM 5.05 y 5.07), las cuales se refieren a cantidades de influencia.

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T.5 Dispositivos de conversin. Dispositivo que convierte el volumen medido en las condiciones de medida a un volumen en condiciones de base.Nota. El tipo de conversin puede ser:

a) b) c)

Solamente la temperatura. Temperatura y presin. Temperatura y presin con correccin por desviaciones de la ley ideal de los gases.

T.6 Presin de trabajo. Diferencia entre la presin absoluta del gas que se va a medir en la entrada del medidor de volumen del gas y la presin atmosfrica. T.7 Prdida de presin. Diferencia entre las presiones en la entrada y la salida del medidor del volumen de gas, mientras ste fluye.Nota. En algunos medidores de volumen de gas la recuperacin de presin no es completa en el reborde de la salida y puede ser necesario medir la prdida de presin en un punto de la tubera aguas a bajo. Este punto debe ser especificado en la norma particular para cada tipo de medidor de gas.

T.8 Constante del eje de salida. Valor del volumen que corresponde a una revolucin completa del eje de salida; ste se determina multiplicando el valor del volumen correspondiente a una revolucin completa del elemento sensor por la relacin de transmisin del dispositivo indicador del eje. T.9 Tasa de flujo transicional (QT). Tasa de flujo en donde el mximo error permisible cambia de valor. T.10 Medidor electrnico de gas. Medidor de gas equipado con dispositivos electrnicos.

Nota. Para propsitos de esta norma, el equipo auxiliar tambin est sujeto a control metrolgico y se considera como parte del medidor de gas, salvo que el equipo auxiliar est aprobado y verificado separadamente.

T.11 Dispositivo Electrnico. Dispositivo que utiliza componentes electrnicos, que desempean una funcin especfica. Los dispositivos electrnicos, por lo general, se fabrican como unidades separadas y pueden ser probados en forma independiente.Nota. Un dispositivo electrnico, tal como se define, puede ser un medidor completo de gas o parte de un medidor de gas.

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T.12 Error (de indicacin). Indicacin de un medidor de gas menos el valor real (convencional) de la medida. (VIM 5.24)Nota. Los errores (E) se expresan en valores relativos mediante la relacin (expresada como un porcentaje) de la diferencia entre el valor indicado (Vi) y el valor real convencional (Ve) del volumen del medio de prueba que ha pasado por el medidor de gas y el valor de este ltimo:

E (%) = 100

vl vc Vc

T.13 Error intrnseco. Error de un medidor de gas usado bajo las condiciones de referencia (VIM 5.27). T.14 Error intrnseco inicial. Error intrnseco de un medidor de gas tal como se determina antes de las pruebas de desempeo y las evaluaciones de durabilidad. T.15Notas: 1) Una falla es, principalmente, el resultado de un cambio indeseado en los datos acumulados o en el flujo a travs del medidor electrnico de gas. De la definicin se deduce que en esta norma una "falla" es una cantidad con un valor numrico.

Falla. Diferencia entre el error de indicacin y el error intrnseco de un medidor de gas.

2)

T.16

Falla significativa

T.16.1 Falla mayor que 0,5 veces el error mximo permisible en la verificacin inicial. T.16.2 Las siguientes fallas se consideran como no significativas, an si exceden la falla significativa: a) b) Fallas que surgen de causas simultneas y mutuamente independientes en el medidor de gas mismo o en sus dispositivos de verificacin. Fallas transitorias que son variaciones momentneas y no pueden ser interpretadas, memorizadas o transmitidas como un resultado de medicin.

T.17 Error de durabilidad. Diferencia entre el error intrnseco despus de un perodo de utilizacin y el error intrnseco inicial de un medidor de gas. T.18 Error de durabilidad significativo

T.18.1 El error de durabilidad significativo se especifica en la norma particular. T.18.2 Los errores de durabilidad no son relevantes, aun si exceden el error de durabilidad significativa, en donde las indicaciones no pueden ser interpretadas, memorizadas o transmitidas como resultados de medida. 3

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T.19 Cantidad de influencia. Cantidad que no es el objeto de la medicin pero que influye en el valor de lo medido o en la indicacin del medidor de gas. (VIM 2. 1 O). T.19.1 Factor de influencia. Cantidad de influencia que tiene un valor dentro de las condiciones normales de operacin del medidor de gas. T.19.2 Alteracin. Cantidad de influencia que no se constituye en un factor de influencia. T.20 Condiciones normales de operacin. Condiciones de uso que, para un rango de valores de las cantidades de influencia, buscan que las caractersticas metrolgicas estn dentro de los errores mximos permisibles especificados. T.21 Condiciones de referencia. Conjunto de valores especficos de factores de influencia fijados para asegurar intercomparaciones vlidas de resultados de medidas (adoptado de VIM 5.07). T.22 Desempeo. Capacidad del medidor de gas para realizar las funciones que se buscan.

T.23 Durabilidad. Capacidad del medidor de gas para mantener sus caractersticas de desempeo durante un perodo de utilizacin. T.24 Medio de verificacin. Medio que se incorpora al medidor de gas y permite que se detecten fallas significativas para actuar sobre ellas.Nota. Por "actuar sobre ellas" se entiende cualquier respuesta adecuada por parte del medidor de gas.

T.25 Caracterstica de proteccin de durabilidad. Caracterstica que se le incorpora al medidor de gas y permite que se detecten errores de durabilidad en exceso del error de durabilidad significativo y que se pueda actuar sobre l. T.26 Prueba. Serie de operaciones que buscan verificar el cumplimento del equipo bajo prueba (EUT) con ciertos requisitos. T.26.1 Procedimiento de prueba. Descripcin detallada de las operaciones de prueba. T.26.2 Programa de prueba. Descripcin de una serie de pruebas para cierto tipo de equipo. T.26.3 Prueba de desempeo. Prueba para verificar si el EUT puede realizar las funciones que debe desempear. T.26.4 Prueba de durabilidad. Prueba para verificar si el EUT puede mantener sus caractersticas de desempeo durante un periodo de utilizacin. 1. CAMPO DE APLICACIN

Esta norma describe los requisitos generales que deben satisfacer todos los medidores de volumen de gas. En las normas particulares se describen requisitos adicionales especiales para el tipo de medidor de volumen de gas de que se trata. Esta norma se aplica a los siguientes tipos de medidores de volumen de gas: 4

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1.1 Medidores de gas de desplazamiento positivo (medidores volumtricos de gas): medidores de gas de diafragma y de pistn giratorio,. 1.2 Medidores inferenciales de gas: medidores de gas de turbina.

1.3 Medidores de volumen de gas distintos a aquellos que se mencionan en los numerales puntos 1.1 y 1.2, cuando una norma OIML se refiere a este documento.Nota. En esta norma los medidores de volumen de gas se llaman "medidores de gas".

2. 2.1

CONSTRUCCIN GENERALIDADES

Los medidores de gas deben ser diseados y fabricados de tal forma que no excedan el nmero mximo permisible de errores bajo condiciones normales de operacin de temperatura tal como se especifica en el numeral 9.2 (a) y sobre los intervalos de temperatura y presin del gas que se mide (condiciones de medicin) como lo establece el fabricante. 2.2 MATERIALES

Los medidores de gas deben estar hechos de materiales en buen estado, que no cambien mucho con el paso del tiempo y suficientemente resistentes tanto a la corrosin como a los ataques de los gases para los cuales son producidos y sus posibles condensados. 2.3 FIRMEZA DE LAS CAJAS

Las cajas de los medidores de gas deben ser hermticas al gas hasta la presin mxima de trabajo. Si los medidores se van a instalar en espacio abierto al aire debern ser impermeables al agua. 2.4 PROTECCIN CONTRA INTERFERENCIA EXTERNA

El medidor de gas debe construirse de tal forma que cualquier interferencia mecnica capaz de afectar la precisin de la medida se evidencie en un dao visible permanente para el medidor de gas o para la marca de verificacin o de proteccin. 2.5 DIRECCIN DEL FLUJO DEL GAS

En los medidores de gas, la direccin hacia donde el dispositivo indicador registra positivamente, se debe indicar con una flecha; que no es necesaria si la direccin del flujo del gas est determinada por la construccin. Las normas particulares tambin pueden prescribir un dispositivo que evite el funcionamiento del medidor de gas, cuando el flujo de gas va en la direccin opuesta a la establecida para medir.

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NORMA TCNICA COLOMBIANA2.6

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PROPIEDADES METROLGlCAS

A una tasa de flujo igual a Qmx, un medidor de gas debe funcionar en forma continua durante un tiempo fijado por las normas particulares, sin que los cambios en sus propiedades metrolgicas excedan los lmites fijados por estos requisitos.

3. 3.1

DISPOSITIVOS ADICIONALES Los medidores de gas deben estar equipados con:

a) b)

Dispositivos de prepago. Generadores integrales de pulsos, cuyas salidas debern tener una indicacin del valor de un pulso en la siguiente forma:1 immp 1 ... m ... imp". 3 (o dM3)

c) d)

Dispositivo de conversin incorporado. Dispositivo incorporado de autoverificacin y, si es posible, autoajustable.

Estos dispositivos se consideran que forman parte integral del medidor de gas; debern instalarse en ste en el momento de aprobacin del patrn y de la verificacin inicial. 3.2 Los medidores de gas pueden tener unos ejes de salida, los cuales deben incluir ejes de impulso intermedios u otras facilidades para operar dispositivos adicionales removibles. El torque que debe producir los medidores de gas para impulsar los dispositivos adicionales no debe ocasionar ningn cambio en la indicacin del medidor de gas mayor que el especificado en las normas particulares. 3.2.1 Si hay solamente un eje de impulso, debe caracterizarse con una indicacin de su constante (C) en la forma "1 tr ... m 3 ( dm 3), del torque mximo permisible en la forma "Mmx N . mm", y de la direccin de la rotacin.Nota. "tr' es la abreviatura de la palabra francesa "tour', que quiere decir: revolucin.

3.2.2 Si hay varios ejes de impulso, cada eje debe estar caracterizado por la letra M con subndice en la forma: "M1 M2 ...Mn", lo mismo que con una indicacin de su constante en la forma "1 tr ... m 3 (6 dm 3), y de la direccin de rotacin. La siguiente frmula debe aparecer en el medidor de gas, preferiblemente en la placa de datos:k, M, + k2 M2 + kn Mn < A N.mm

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NORMA TCNICA COLOMBIANADonde: A:

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valor numrico del mximo torque permisible aplicado al eje de impulso con la constante ms alta, en donde el torque se aplica solamente a este eje, que debe caracterizarse con el smbolo m, ki (i = 1; 2, ... n) representa el valor numrico determinado as:C1 Ci

Ki =

Mi (i = l; 2; n) representa el torque aplicado al eje de impulso caracterizado por el smbolo Mi. Ci (i = l; 2; n) representa la constante para el eje de impulso caracterizado por el smbolo Mi. 3.2.3 Cuando no estn conectados a un dispositivo adicional, los extremos expuestos de los ejes de impulso debern estar convenientemente protegidos. 3.2.4 La conexin entre el dispositivo de medida y el engranaje intermedio no debe romperse ni alterarse si se aplica un torque de tres veces el torque permitido, tal como se indica en los numerales 3.2.1 y 3.2.2. 4. MARCAS

4.1 Cada medidor de gas debe tener, en un grupo, ya sea en la placa del frente o en una placa especial de datos, las siguientes marcas: a) b) c) d) e) f) g) h) La seal de aprobacin del modelo del medidor de gas, si es apropiado, La marca del fabricante o su nombre comercial, El nmero de serie del medidor de gas y al ao de fabricacin, La designacin del medidor de gas; esta designacin debe hacerse con la letra mayscula G, seguida por el nmero fijado por las normas particulares, La tasa de flujo mxima: Qmx = ... m3/h La tasa de flujo mnima: Qmn = ... m 3/h (o dm 3/ h), La mxima presin de trabajo: Pmx = ... MPa (o kPa o Pa bar mbar), Para medidores volumtricos de gas, el valor nominal del volumen cclico: V =m3 (o dm 3),

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NORMA TCNICA COLOMBIANAi)

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El rango de las condiciones de medicin en donde el medidor de gas debe trabajar dentro de los errores mximos permisibles especificados, expresadas como:tm = C pm =......... MPa (o kPa o Pa o bar o mbar),

j)

Si es necesario, un nombre comercial del medidor de gas, un nmero de serie especial, el nombre del distribuidor de gas, el nombre de quien lo repara y el ao de reparacin,

Estas marcas deben ser directamente visibles, fcilmente legibles e indelebles bajo condiciones normales de uso. 4.2 Las normas particulares pueden prescribir otras marcas, tales como la naturaleza del gas que se va a medir. 4.3 Sin autorizacin especial, se prohibe la utilizacin de cualquier marca diferente de aquellas prescritas en el documento de aprobacin del modelo, salvo que la requieran normas nacionales.

5. 5.1

DISPOSITIVOS INDICADORES Y ELEMENTOS SENSORES DISPOSITIVOS INDICADORES

5.1.1 Disposiciones Generales 5.1.1.1Los medidores de gas deben estar equipados con un dispositivo indicador, que indique directamente el volumen de gas medido. El dispositivo de indicacin deber sealar el volumen del gas medido en metros cbicos. El smbolo m 3, debe aparecer en la placa del frente. El intervalo de escala no debe exceder 1 M3 el volumen que pasa durante 1 h a Qmn, lo que sea mayor. 5.1.1.2 El dispositivo indicador puede ser: a) b) c) Un dispositivo indicador mecnico como se explica en el numeral 5.1.2. Un dispositivo indicador electromecnico o electrnico como se explica en el numeral 5.1.3. Una combinacin de a) y b).

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5.1.1.3 El dispositivo indicador debe corresponder a una de las siguientes posibilidades: a) b) El medidor de gas tiene un dispositivo indicador que muestra el volumen en las condiciones de medida. El smbolo "m 3" deber aparecer en la placa del frente. El medidor de gas tiene dos dispositivos indicadores, uno que muestra el volumen en las condiciones de medida y el otro que muestra el volumen en las condiciones de base. El smbolo, m3, deber aparecer en la placa del frente, acompaado por las especificaciones de aquellas condiciones de base expresadas como: tb... pb... OC (o K), MPa (o kPa 0 Pa o bar o mbar).

Debe quedar claro y en forma no ambigua a cul de los dispositivos indicadores se refieren estas marcas.Notas: 1) Los valores escogidos para condiciones de base debern ser preferiblemente: O C, 15 C o 20 C y 101.325 kPa. Un solo indicador puede usar ambas indicaciones.

2)

c)

Un medidor de gas tipo diafragma con un dispositivo de conversin de temperatura incorporada puede tener solamente un dispositivo que muestre el volumen en condiciones de base. El smbolo, m3, deber aparecer en la placa del frente acompaado por la especificacin de la temperatura de base, expresada as: tb = ... C

Nota. Los valores escogidos para temperatura de base debern ser preferiblemente: O C, 15 C, o 20 C.

5.1.1.4. El dispositivo indicador deber estar diseado de tal forma que la lectura sea por simple yuxtaposicin. 5.1.2 Dispositivo indicador mecnico 5.1.2.1 Un dispositivo indicador mecnico deber consistir de tambores; el ltimo elemento (por ejemplo, el que tiene el menor intervalo de escala) puede, sin embargo, ser una excepcin a la regla.

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Nota. Como en algunos pases el uso obligatorio de tambores en los dispositivos indicadores mecnicos causan actualmente grandes dificultades, stos necesitan provisionalmente requisitos para los dispositivos indicadores con apuntadores. Se recomienda que para este propsito se apliquen los requisitos del Anexo A de esta norma.

5.1.2.2 Donde los dispositivos indicadores incluyen tambores que muestran los submltiplos decimales del metro cbico, estos tambores debern estar separados, por un signo decimal claro, de aquellos que muestran metros cbicos. Las decenas, despus del signo decimal, debern distinguirse claramente de aquellas frente al signo decimal. 5.1.2.3 Si el ltimo tambor muestra un mltiplo decimal del metro cbico, la placa del frente debe llevar: a) b) Ya sea uno (o dos, o tres, etc.) cero (s) fijo (s) despus del ltimo tambor, la marca: "X 10" (o "X100", o "Xl 000", etc.), para que siempre se lea en metros cbicos.

5.1.2.4. Un dispositivo indicador mecnico deber tener por lo menos un nmero suficiente de tambores para asegurar que el volumen pasado durante 2 000 h, a la tasa mxima de flujo, no devuelva todos los tambores a su posicin inicial. 5.1.2.5. El dimetro de los tambores ser de por lo menos 16 mm. 5.1.2.6 El avance de una unidad de una cifra de cualquier orden deber presentarse completamente mientras la cifra de un orden inmediatamente inferior pase a travs del ltimo dcimo de su curso. 5.1.2.7 Un dispositivo indicador mecnico debe ser de fcil remocin, en caso de que sea necesario hacerla para propsitos de verificacin. 5.1.3 Dispositivo indicador electromecnico o electrnico 5.1.3.1 Los dispositivos indicadores electromecnicos o electrnicos debern ser no reajustables y no voltiles (por ejemplo, deben ser capaces de mostrar la ltima indicacin correcta despus que el dispositivo se ha recuperado de una falla de energa). 5.1.3.2 Las disposiciones de los numerales 5.1.2.2, 5.1.2.3 y 5.1.2.4 son aplicables de acuerdo con los dispositivos indicadores electromecnicos y electrnicos. 5.2 ELEMENTO SENSOR

5.2.1 Disposiciones generales 5.2.1.1 Los medidores de gas debern disearse de tal manera que puedan ser verificados con la exactitud suficiente en un tiempo razonablemente corto. Para este propsito deben ser fabricados ya sea con un elemento sensor integral o con arreglos que permitan la conexin de una unidad sensora porttil.

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5.2.1.2 Si un medidor de gas tiene dos dispositivos indicadores, como se establece en el numeral 5.1.1.3, literal b), cada dispositivo indicador debe tener un elemento sensor con el fin de verificar el desempeo del dispositivo de conversin con la suficiente exactitud y en un tiempo razonablemente corto. 5.2.2 Elemento sensor de un dispositivo indicador mecnico 5.2.2.1 El elemento sensor integral puede estar constituido por el ltimo elemento del dispositivo indicador mecnico, en una de las dos formas siguientes: a) b) Un tambor en movimiento continuo que lleva una escala. Un apuntador que se mueve sobre una pantalla fija con escala, o un disco con una escala que se mueve sobre una marca fija de referencia. El dimetro de la escala graduada deber ser por lo menos 16 mm.,

5.2.2.2. En la escala numerada de un elemento de prueba, numeral 5.2.2.1 literal (b),el valor de una revolucin completa del apuntador estar indicado en la forma: "1 tr ... m3 (o dm 3)". El comienzo de la escala ser indicado por la cifra cero. 5.2.2.3 El espacio de la escala no debe ser menor de 1 mm y deber ser constante a travs de toda la escala. 5.2.2.4 El intervalo de la escala debe ser en la forma 1x10n, 2x10n m 3 (donde n es un nmero completo positivo o negativo terminado en cero). 5.2.2.5 Las marcas de la escala deben ser finas y dibujadas uniformemente. En el caso de que el intervalo de la escala sea en forma de 1x10n, 2x10n m 3 todas las lneas que representen mltiples de 5 y donde el intervalo de la escala sea en la forma de 5 X10n m 3 todas las lneas que representen mltiples de 2, se distinguirn por ser ms largas que las otras lneas. Las marcas de la escala deben ser suficientemente claras para permitir una lectura fcil y exacta de las mismas. 5.2.2.6 El elemento sensor puede estar provisto con una marca de escala que contraste con la escala y que sea de un tamao suficiente para permitir un escner fotoelctrico automtico. Esta marca de la escala no deber ocultar la graduacin y su presencia no ir en detrimento de la exactitud de la lectura. 5.2.3 Generador de impulsos utilizado como elemento sensor 5.2.3.1 Se puede utilizar un generador de impulsos como elemento de prueba, si cumple con los requisitos de los numerales 5.2.3.2 al 5.2.3.6. 5.2.3.2 El valor de un impulso expresado en unidades de volumen deber marcarse en el medidor de gas. Este valor debe comprender por lo menos 6 cifras significativas, salvo que sea igual a un mltiplo entero o fraccin decimal de la unidad de volumen, indicada en la cara de la placa del dispositivo indicador.

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

5.2.3.3 El valor del impulso ser calculado de la proporcin de transmisin entre la indicacin del medidor de gas y la localizacin donde se generan los impulsos. En la verificacin, el fabricante deber someter la documentacin con la cual se puede verificar el clculo del valor del impulso. 5.2.3.4 El medidor de gas ser fabricado de tal manera que antes de la verificacin inicial, se pueda comprobar experimentalmente el valor calculado del impulso, con una inexactitud no mayor de 0,05 % 5.2.3.5 Si se utiliza un generador de impulso deber ser posible ajustarlo y sacarlo fcilmente. Si el medidor de gas necesita suministrar un torque para dirigir el generador de impulso removible, ste tendr una influencia despreciable en el desempeo del medidor de gas. Se considera que el generador de impulso removible cumple con los requisitos, si la influencia es menor de 0,1 %, a una tasa de flujo igual a 0,1 Qmx. 5.2.3.6 Se debern tomar las medidas para evitar que el volumen cclico del medidor de gas influya en la exactitud de la verificacin.Nota. Esto se puede cumplir contando el nmero de impulsos que se ajuste a un mltiplo entero del volumen cclico, o una medida de volumen que sea lo suficientemente grande para que la influencia sea despreciable.

6.

ERRORES MXIMOS PERMISIBLES

6.1 Los valores de los errores mximos permisibles estn indicados en las normas especiales y son vlidos para la direccin autorizada de flujo. 6.2 Si el medidor de gas tiene dos dispositivos indicadores, uno de lectura de volumen en condiciones de medicin y el otro de volumen en condiciones de base, los valores de los errores mximos permitidos se aplican al dispositivo indicador para el volumen en condiciones de medicin. Las diferencias en los errores de indicacin determinadas en ambos dispositivos indicadores, no debern ser mayores que el valor especificado en el siguiente cuadro:

Diferencia mxima de error (%) Tipo de conversin En verificacin inicial Condiciones ref no ref 0,5 1,0 0,8 1,3 en servicio Condiciones ref 0,7 1,2 no ref 1,5 1,9

Temperatura Temperatura y presin Temperatura y presin y desviaciones de la ley del gas ideal

1,0

1,5

1,5

2,2

Las condiciones referenciadas, tal como se especifica en el numeral 9.2, literal a), son aplicables. Las condiciones no referenciadas son las normales de operacin como se especifica en el numeral 9.2, literal a), diferentes a las condiciones referenciadas. 12

NORMA TCNICA COLOMBIANANotas: 1) 2)

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Puede ser posible utilizar una pantalla para las dos indicaciones. Los valores en funcionamiento son valores recomendados.

6.3 Para un medidor de gas, como se seala en el numeral 5.1.1.3 literal, c), el valor verdadero convencional a la temperatura de medicin debe ser convertido para el volumen a la temperatura de base. La norma particular puede especificar un error permisible mayor para este tipo de medidor de gas. 7. PRDIDA DE PRESIN

Los valores mximos permisibles de prdida de la presin estn fijados por las normas particulares.

8. 8.1

LOCALIZACIN DE LAS MARCAS DE VERIFICACIN Y PROTECCIN DISPOSICIN GENERAL

La localizacin de las marcas deber ser escogida de tal manera que el desmantelamiento de la parte sellada con una de estas marcas genere un dao visible en forma permanente en esta marca. 8.2 PLACA DE INFORMACIN

Los medidores de gas deben tener una localizacin especial para la aplicacin de la marca de verificacin; la remocin de la placa de informacin debe resultar en un dao permanentemente visible en esta marca. 8.3 OTRAS LOCALIZACIONES

En todos los medidores de gas se deben proveer sitios para la verificacin o las marcas de proteccin, as: a) b) c) En todas las placas que llevan informacin prescrita por esta norma o por las normas particulares. En todas las partes de la caja que no pueden ser protegidas de otra manera contra la interferencia que pueda afectar la exactitud de la medida. En la conexin con los dispositivos adicionales removibles, a los que se hace referencia en el numeral 3.2.3. PARA LOS MEDIDORES DE VOLUMEN DE GAS

DISPOSICIONES ELECTRNICOS

Este captulo especifica los requisitos generales tcnicos y metrolgicos para los medidores de gas electrnicos, tal como se definen en esta norma, para la aplicacin de la electrnica. 13

NORMA TCNICA COLOMBIANA9. 9.1

NTC 2826 (Primera actualizacin)

CONDICIONES DE APLICACIN PARA MEDIDORES ELECTRNICOS DE GAS CLASIFICAClN PARA LAS CONDICIONES DEL MEDIO AMBIENTE

Los medidores de gas estn clasificados, de acuerdo con la intencin de uso bajo varias condiciones diferentes del medio ambiente, de la siguiente manera: Clase B: Clase C: Clase F: Esta clase se aplica nicamente a los lugares cerrados con bajos niveles de vibracin y choque. Esta clase se aplica a lugares que tienen un ambiente al aire libre y que tienen niveles bajos de vibracin y choque. Esta clase se aplica a lugares que tienen un ambiente general al aire libre y niveles medios de vibracin y choque.

9.2

FACTORES QUE INFLUYEN

a)

Temperatura: Condiciones normales de operacin clase B: entre - 10 C y + 40 C Clases C y F: entre - 25 C y + 55 C Condicin de referencia: valor entre 15 C y 25 C

b)

Humedad relativa: Condiciones normales de operacin : 93 % Condicin de referencia: valor entre 40% y 60 %

c)

Variaciones en los suministros principales de energa: Condiciones normales de operacin: nivel de severidad especificado (vase el Anexo B) Condicin de referencia: sin variacin

d)

Campos magnticos externos: Condiciones normales de operacin: condiciones de prueba especificadas en el numeral 11.5.3. Condicin de referencia: ausencia de campos magnticos externos.

14

NORMA TCNICA COLOMBIANA9.3 PERTURBACIONES

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a) b) c) d) e) f)

Vibracin (Clase F solamente) Choque (Clase F solamente) Interrupciones de energa Incrementos repentinos Descargas electroestticas Interferencia electromagntica.

Condiciones de operacin: niveles de severidad especificados (vase el Anexo B). Condiciones de referencia: ausencia de perturbacin.

9.4

SUMINISTRO DE ENERGA DE BATERA

Los medidores de gas que operan mediante una batera o cualquier otra fuente de energa, reemplazada peridicamente, debern indicar la necesidad de sustituirla por lo menos con 90 das de anticipacin antes de que la batera ocasione una falla. El reemplazo de la fuente de energa no debe afectar adversamente la programacin, la informacin medida o la operacin subsiguiente del medidor de gas. 10. REQUISITOS PARA LOS MEDIDORES ELECTRNlCOS DE GAS

Los medidores de gas electrnicos deben cumplir los siguientes requisitos, adicionalmente a los otros requisitos tcnicos y metrolgicos de las normas internacionales apropiadas. 10.1. REQUISITOS GENERALES 10.1.1 Los medidores de gas electrnicos debe ser diseados y fabricados de tal manera que no excedan los errores mximos permitidos bajo las condiciones operativas normales. 10.1.2 Los medidores de gas electrnicos deben ser diseados y fabricados de tal manera que, cuando estn expuestos a perturbaciones, no ocurran fallas significativas.Notas: 1) Se permite una falla igual o menor que el valor al que se refiere el numeral T. 16. l., independientemente del valor del error de indicacin. Este requisito no prohibe la utilizacin de dispositivos de chequeo.

2)

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)

10.1.3 Las disposiciones de los numerales 10.1.1 y 10.1.2, se deben cumplir en forma permanente. Los medidores de gas electrnicos deben ser diseados y fabricados de tal manera que: a) b) No se exceda el error significativo de durabilidad, o, El error de durabilidad que exceda el error significativo de durabilidad sea detectado y arreglado por medio de un dispositivo protector de durabilidad.

10.1.4 Se presume que el modelo del medidor de gas cumple con las disposiciones de los numerales 10.1.1, 10.1.2 y 10.1.3, si pasa el examen y las pruebas especificadas en el numeral 11.5 y las normas particulares. 10.1.5 Se deja al fabricante la eleccin de si aplica el numeral 10.1.3, literal a) o el numeral 10.1.3, literal b). 10.2 REQUISITOS PARA MEDIDORES DE GAS ELECTRNICOS FABRICADOS CON DISPOSITIVOS PROTECTORES DE DURABILIDAD

10.2.1 Debe ser posible verificar la presencia y el funcionamiento correcto de estos dispositivos.

Nota. Se puede cumplir esta verificacin por medio de un botn sensor o por cualquier otro medio.

10.2.2 El requisito del numeral 10.2.1 no se aplica a los medidores de gas o a las partes de los medidores de gas para las cuales el fabricante reclama que cumplen con la disposicin del numeral 10.1.3, literal a) y que estn de todas maneras equipados con los dispositivos protectores de durabilidad.

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

CONTROL METROLGICO

Cuando en un pas los medidores de gas estn sujetos a los controles metrolgicos del Estado, se recomienda que incluyan todos o algunos de los siguientes controles: 11. APROBAClN DE MODELOS

11.1 Cada modelo de medidor de gas de cada fabricante est sujeto al procedimiento de aprobacin del modelo. 11.2 No se podr hacer ninguna modificacin a un modelo ya aprobado sin una autorizacin especial. 11.3 Las solicitudes para la aprobacin de los medidores de gas deben ir acompaadas por los siguientes documentos: Descripcin del medidor en la cual se especifican las caractersticas tcnicas y el principio de operacin. Dibujo en perspectiva o una fotografa del medidor. Nomenclatura de las partes con una descripcin de los materiales de los cuales estn fabricadas esas partes. Dibujo de ensamble con identificacin de las partes componentes que aparecen listadas en la nomenclatura. Dibujo acotado. Dibujo que muestre el sitio de las marcas y sellos de verificacin. Dibujo del dispositivo indicador con los mecanismos de ajuste. Dibujo acotado de los componentes metrolgicos importantes. Dibujo de la placa con los datos o placa del frente y de la disposicin para las inscripciones. Cuando sea necesario, tn dibujo de los dispositivos adicionales. Cuando sea necesario, cuadro que muestre las caractersticas de los ejes conductores. Cuando sea necesario, lista de los componentes electrnicos con sus caractersticas esenciales. Cuando sea necesario, descripcin de los dispositivos con dibujos, diagramas y programa (software) general que explique su construccin y operacin.

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NORMA TCNICA COLOMBIANA-

NTC 2826 (Primera actualizacin)

Cuando sea necesario, la solicitud para aprobacin del modelo debe ir acompaada por cualquier documento u otra evidencia que apoye el presupuesto de que el diseo y la construccin del medidor electrnico de gas cumplen con los requisitos.(Nota. Se deben respetar los requisitos de seguridad). Lista de los documentos presentados. Declaracin que especifique que los medidores fabricados en conformidad con el modelo, satisfacen los requisitos de seguridad, particularmente aquellos relacionados con la presin mxima de trabajo como se indica en las placas de datos.

-

11.4

Los siguientes datos deben aparecer en el certificado de aprobacin del modelo

-

El nombre y direccin de la persona a quien se le emite el certificado de aprobacin del modelo. El tipo de medidor de gas o nombre comercial, o ambos. Las principales caractersticas tcnicas y metrolgicas, tales como el flujo mnimo, la presin mxima de trabajo, el dimetro interno nominal de las piezas conectores y el valor nominal del volumen cclico. El signo de aprobacin del modelo. El periodo de validez de la aprobacin del modelo. Para medidores equipados con ejes conductores: a) b) Las caractersticas del eje, tal como se establece en el numeral 3.2.1 (en donde hay solamente un eje conductor). Las caractersticas de cada eje y la formula que se da en el numeral 3.2.2 (en donde hay dos o ms ejes conductores).

-

-

La clasificacin del medio ambiente. Informacin sobre la localizacin de la seal d aprobacin del modelo, las e marcas y sellos de la verificacin inicial (cuando sea apropiado, en una fotografa o dibujo). Una lista de los documentos que acompaan el certificado de aprobacin del modelo. Cualquier comentario especial.

-

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

11.5 Examen y pruebas para medidores electrnicos de gas. Los medidores electrnicos de gas deben someterse a los siguientes exmenes y pruebas: a) b) Examen para verificar si el medidor de gas cumple con las disposiciones del numeral 10.1. Pruebas de desempeo para verificar el cumplimiento con las disposiciones del numeral 10.1.1, en lo que se refiere a los factores de influencia, y numeral 10.1.2 en lo que se refiere a perturbaciones. Durante estas pruebas el EUT debe estar en un estado operacional (es decir la energa debe estar encendida). Evaluacin de la durabilidad (es decir pruebas y/u otras medidas) para verificar el cumplimiento con las disposiciones del numeral 10.1.3. Examen y pruebas para verificar, en donde sea aplicable, el cumplimiento del medidor electrnico de gas con las disposiciones de los numerales 10.1.3 y 10.1.4.

c) d)

Todos los medidores de gas, ya sea que estn equipados o no con dispositivos de verificacin y con dispositivos de proteccin de durabilidad, estn sometidos al mismo programa de pruebas. 11.5.1 Pruebas de desempeo (realizadas antes de las pruebas de durabilidad). Durante estas pruebas el medidor de gas debe cumplir con: La disposicin del numeral 10.1.1, y el mximo error permisible es el mximo en la verificacin inicial. La disposicin del numeral 10.1.2.

11.5.2 Programa de Durabilidad Durante las pruebas de desempeo realizadas despus de cada prueba de durabilidad, el medidor de gas debe cumplir con las disposiciones del numeral 1 0. 1. 11.5.3 Prueba de Desempeo Se deben realizar las siguientes pruebas: Factores de influencia:

a)

Temperaturas estticas, calor seco: Vase anexo B, numeral B.1 nivel de severidad: clase B: nivel de severidad 1 clases C y F: nivel de severidad 2

b)

Temperaturas estticas, fro: 19

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

vase anexo B, numeral B.2, nivel de severidad: clase B: nivel de severidad 1 clases C y F: nivel de severidad 2 c) Calor hmedo, cclico: vase anexo B, numeral B.3, nivel de severidad: clase B: nivel de severidad 1 clases C y F: nivel de severidad 2 d) Variaciones del suministro principal de energa: vase anexo B, numeral B.4, nivel de severidad 1 e) Campos magnticos externos.

Los medidores electrnicos de gas debern someterse a p ruebas en cualquier orientacin dentro de un campo magntico alternante de 50 Hz (60 Hz), equivalente al producido por un serpentn circular de un metro de dimetro con 400 vueltas-amperios. Perturbaciones: a) Vibracin (solamente clase F): vase anexo B, numeral B.5 nivel de severidad 1

b)

Choque (solamente clase F): vase anexo B, numeral B.6 nivel de severidad 1

c)

Reduccin de la energa por corto tiempo: vase anexo B, numeral B.7, nivel de severidad 1

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NORMA TCNICA COLOMBIANAd) Incrementos repentinos:

NTC 2826 (Primera actualizacin)

vase anexo B, numeral B.8, nivel de severidad 1 e) Descarga electrosttica: vase anexo B, numeral B.9, nivel de severidad 1 f) Susceptibilidad electromagntica: Vase anexo B, numeral B.10, nivel de severidad 1.

11.5.4 Procedimientos de prueba Los procedimientos de prueba se especifican en el anexo B. 11.5.5 Equipo bajo prueba Como norma general, las pruebas deben realizarse en el medidor de gas completo. Si el tamao o la configuracin del medidor de gas no se presta para probar el medidor de gas como una unidad, o si solamente se trata de un dispositivo separado del medidor de gas, las pruebas se realizarn en los dispositivos electrnicos, siempre que dichos dispositivos se incluyan en un montaje de medida simulada, suficientemente representativo de su operacin normal.Nota. No se pretende que se desmonten los medidores de gas ni los dispositivos para las pruebas.

12.

VERIFICACIN INICIAL

Los medidores de gas nuevos se someten al procedimiento para la verificacin inicial. Estos deben cumplir con los requisitos relevantes, que se aplican igualmente a verificaciones subsecuentes o medidores de gas reparados o reajustados. 13. VERIFICACIONES SUBSECUENTES

En las normas particulares se pueden dar requisitos recomendados para verificaciones subsecuentes.

14.

DOCUMENTO DE REFERENCIA

ORGANIZATION INTERNATIONAL DE METROLOGIE LEGALE. General Provisions for Gas Volume m eters. Pars. OIML, 1989 (Internacional Recomendation OILM R 6). Anexo A 21

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

Los pases que actualmente necesitan dispositivos indicadores con apuntadores pueden, en lugar de referirse al numeral 5.1 de esta norma, aplicar a estos dispositivos indicadores los siguientes requisitos; estos deben ser transitorios. A. DISPOSITIVOS INDICADORES CON APUNTADORES

A.1 La cara de un dispositivo indicador con apuntadores deber tener escalas circulares para leer el volumen del gas medido, cada una graduada en 10 divisiones de la misma longitud. Las marcas de la escala deben estar numeradas en forma sucesiva de 0 a 9, la marca "O" de la escala deber estar en la parte superior. El dimetro de las escalas circulares debe ser de por lo menos 16 mm. La parte del frente debe tener suficientes escalas circulares numeradas para indicar el volumen entregado durante 2 000 h, trabajando a la mxima tasa de flujo. El smbolo, m3 deber aparecer en el cuadrante. A.2 Las transmisiones intermedias del dispositivo indicador con apuntador debern estar dispuestas en forma tal que la direccin de rotacin de los apuntadores de las escalas circulares alterne cuando se considera la prxima escala circular, el valor de la cual, en volumen, debe ser diez veces mayor o diez veces menor. A.3 El apuntador, cuando se mueve a la mayor velocidad, deber estar en el lado derecho del dispositivo indicador, cuando lo mira un observador parado enfrente del medidor. La direccin de rotacin de este apuntador debe ser en el sentido de las manecillas del reloj. El valor de una revolucin completa de este apuntador debe corresponder a 10 m 3 100 m 3, o etc. A.4 Cada escala circular numerada debe indicar en forma clara y no ambigua el valor, en unidades de volumen, correspondiente a una revolucin completa de su apuntador. La direccin de rotacin del apuntador debe ser indicada con una flecha. A.5 Se autorizan las escalas circulares que no buscan indicar el volumen de gas medido (ejemplo: escalas para verificacin del medidor o del control de sus calidades metrolgicas). Sin embargo, estas escalas deben estar fuera de la lnea geomtrica en la cual estn alineadas las escalas circulares utilizadas para indicar los volmenes del gas medido. Una escala circular que no busca indicar el volumen de gas medido para ser utilizada debe tener, dentro del crculo, una clara indicacin del valor del volumen correspondiente a una revolucin completa del apuntador. La escala deber tener 10 divisiones de la misma longitud, y las marcas de la escala sin numerar. Una flecha indicar la direccin de rotacin del apuntador.

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)Anexo B

Pruebas para medidores de gas electrnicos

B.1

CALOR SECO

Mtodo de prueba: Referencia a la norma:

Calor seco (que no se condensa). Publicacin IEC, 68-2-2, cuarta ed, 1974, Procedimientos bsicos de prueba para el medio ambiente. Parte 2: Pruebas, Prueba Bd: Calor seco para disipar el calor EUT con cambios graduales en la temperatura. En la Publicacin IEC 68-3-1, primera edicin, 1974 y primer suplemento 68-3-lA, 1978, Parte 3, se suministra Informacin de antecedentes, Seccin Uno: Pruebas de fro y de calor seco.

Resumen del procedimiento de la prueba:

La prueba consiste en exposicin a la alta temperatura especificada bajo condiciones de "aire libre" durante el tiempo especificado. (El tiempo despus de que EUT ha obtenido estabilidad de temperatura). El cambio de temperatura no debe exceder 1C/min durante el calentamiento y el enfriamiento. La humedad absoluta de la atmsfera de la prueba no deber exceder 20 g/m 3. Antes de la prueba, el EUT deber ser calibrado bajo condiciones de referencia. Durante la prueba, se debe determinar varias veces el error de indicacin.

Especificacin de detalles

Para detalles completos de la prueba se hace referencia a la Publicacin IEC mencionada. Se debern aplicar las siguientes severidades:

Severidad de la Prueba:

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NTC 2826 (Primera actualizacin)

Severidad Temperatura (C) Duracin (horas)

1 40 2

2 55 2

B.2

FRO Fro. Publicacin IEC 68-2-1, cuarta edicin, 1974, Procedimientos bsicos de prueba de medio ambiente, Parte 2: Pruebas, Prueba Ad: fro, para EUT que disipa calor con cambio gradual de temperatura. La publicacin IEC 68-3-1, primera edicin, 1974 y primer suplemento 68-3-lA, 1978, Parte 3 suministran informacin sobre pruebas en fro: Seccin uno: Pruebas en fro y de calor seco.

Mtodo de prueba: Referencia a la norma:

Resumen del procedimiento de la prueba:

La prueba consiste en la exposicin a baja temperatura especificada bajo condiciones de "aire libre" durante el tiempo especificado. (El tiempo especificado es el tiempo despus de que el EUT ha llegado a estabilidad de temperatura). El cambio de temperatura no debe exceder 10C/min durante el calentamiento y el enfriamiento. Antes de la prueba se debe calibrar el EUT bajo las condiciones de referencia. Durante la prueba se debe determinar varias veces el error de indicacin.

Especificacin de detalles:

Para detalles completos de la prueba se hace referencia a la Publicacin IEC mencionada. Se debern aplicar las siguientes severidades:

Severidad de la prueba:

Severidad Temperatura (C) Duracin (horas)

1 - 10 2

2 -25 2

13.3

CALOR HMEDO, CCLICO 24

NORMA TCNICA COLOMBIANAMtodo de prueba : Referencia a la norma:

NTC 2826 (Primera actualizacin)Calor hmedo, cclico Publicacin IEC 68-2-30, segunda edicin, 1980, Procedimientos bsicos de pruebas del medio ambiente, Parte 2: Pruebas, prueba Db; calor hmedo, cclico (ciclo de l2h + l2h), variante de prueba 1. La informacin sobre antecedentes sobre las pruebas de calor hmedo aparece en la Publicacin IEC 68-2-28, segunda edicin, 1980: Guas para las pruebas de calor hmedo.

Resumen del procedimiento de la prueba:

La prueba consiste en la exposicin a variaciones de temperatura entre 25 C y la temperatura superior apropiada, manteniendo la humedad relativa por encima de 95 %, durante el cambio de temperatura y las fases de bajas temperaturas, y a 93 % 3 % en las fases de temperaturas altas. La condensacin debe presentarse en el EUT mientras la temperatura se eleva. Antes de la prueba se debe calibrar el EUT bajo las condiciones de referencia. Se debe determinar varias veces el error de indicacin durante la prueba.

Especificacin de los detalles:

Para detalles completos sobre la prueba se hace referencia a la Publicacin IEC mencionada. Se pueden aplicar las siguientes severidades:

Severidad de la prueba:

Severidad Temperatura (C) Duracin (horas)

1 40 2

2 55 2

25

NORMA TCNICA COLOMBIANAB.4

NTC 2826 (Primera actualizacin)

VARIACIONES EN EL SUMINISTRO DE ENERGA DE LA LNEA PRINCIPAL Variacin en el suministro de energa de corriente alterna (fase simple). Hasta el momento no se puede dar ninguna referencia a normas internacionalmente aceptadas. la prueba consiste en la exposicin, bajo condiciones atmosfricas normales para ensayo con el suministro de energa especificada, durante un perodo suficientemente largo para lograr estabilidad de la temperatura y realizar las medidas necesarias. Se aplica la siguiente severidad:

Mtodo de prueba: Referencia a la norma:

Resumen del procedimiento de la prueba:

Severidad de la prueba:

Severidad Voltaje (V) Frecuencia principal (Hz)

1 Lmite superior Lmite inferior Lmite superior Lmite inferior

2 V (nom) + 10% V(nom) - 15% f(nom) + 2% f(nom) - 2%

Nota. Para un suministro de energa trifsica, la variacin en el voltaje se debe aplicar a cada fase sucesivamente.

B.5

(a)

VIBRACIN (ALEATORIA) Vibracin Aleatoria Referencia a la norma: Publicacin IEC 68-2-36, primera ed. 1973, Procedimientos bsicos de prueba del medio ambiente, Parte 2; Pruebas, prueba Fdb: Vibracin aleatorialbanda ancha Medio de reproductibilidad. En la Publicacin IEC 68-2-34, 1973 se da informacin sobre antecedentes de las pruebas, Prueba Fd: banda ancha de vibracin aleatoria requisitos generales.

Mtodo de Prueba:

Resumen del Procedimiento de la prueba:

La prueba consiste en exposicin a la vibracin durante un tiempo suficientemente largo para probar las diferentes funciones del EUT. 26

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)Durante la exposicin, el EUT se probar en tres ejes mutuamente perpendiculares, en forma consecutiva, montado en un dispositivo rgido con sus medios normales de sujecin. El EUT normalmente debe montarse para que la fuerza gravitacional acte en la misma direccin que lo hara cuando el instrumento se encuentre en uso. Donde el efecto de la fuerza gravitacional no es importante, el EUT puede montarse en cualquier posicin.

Especificacin de detalles:

Para detalles completos sobre la prueba se hace referencia a la publicacin IEC antes mencionada. Se aplicar la siguiente severidad:Severidad 1 10 - 50 1,6 0,048 -3 3 Mnimo dos minutos en cada modo funcional.

Severidad de la prueba:

Rango Total de frecuencia (Hz) Nivel Total de RMS (m.s-2

)

Nivel ASD, 10-20 Hz, ( db/octava) Nmero de ejes Duracin por eje

B.5

(b)

VIBRACIN (SINUSOIDAL)

(Como una alternativa a la prueba de la vibracin aleatoria). Mtodo de prueba: Referencia a la norma: Vibracin Sinusoidal Publicacin IEC 68-2-6, quinta ed.1982, Procedimientos bsicos de prueba del medio ambiente, Parte 2: Pruebas, prueba Fc: Vibracin (sinusoidal). El EUT se examinar rastreando la frecuencia en el rango de frecuencias especificado, a 1 octava/minuto, al nivel de aceleracin con el nmero especificado de ciclos de rastreo por eje. El EUT se probar en sus tres eje principales, mutuamente perpendiculares. Normalmente, se debe montar para que la fuerza gravitacional 27

Resumen del procedimiento de la prueba:

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)acte en la misma direccin en que lo hara cuando el

28

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)instrumento se encuentre en uso. Donde el efecto de la fuerza gravitacional no es importante, el EUT se podr montar en cualquier posicin.

Especificacin de detalles:

Para detalles completos sobre la prueba se hace referencia a la publicacin IEC mencionada. Se aplicar la siguiente severidad:

Severidad de la prueba:

Severidad Rango de frecuencia (Hz) :

1 10 - 150 2 20

Mximo nivel aceleracin (m/s 2) : Nmero ciclos de rastreo por eje :

B.6

CHOQUE MECNICO Se deja caer el EUT sobre una de las caras. Publicacin IEC 68-2-31, la. ed, 1969 Procedimientos bsicos de prueba del medio ambiente, Parte 2: Pruebas, prueba Ec: Dejar caer y tumbar, volcar (procedimiento: Dejar caer sobre una de las caras). El EUT puesto en su posicin normal de uso sobre una superficie rgida se inclina por los lados de un borde inferior y se deja caer libremente sobre la superficie de la prueba. Todas las cubiertas deben estar bien ajustadas. Para detalles completos se hace referencia a la Publicacin IEC mencionada. Se aplicar la siguiente severidad:

Mtodo de prueba: Referencia a la norma:

Resumen del procedimiento de la prueba:

Especificacin de detalles: Severidad de la prueba

29

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)

Severidad Altura de cada (mm) No. de cadas (para cada borde inferior)

1 25 2

*

Altura de la cada = distancia entre el borde elevado y la superficie de la prueba. No obstante, el ngulo que resulta entre el asiento o parte inferior y la superficie de la prueba no deber exceder de 300.

B.7

REDUCCIN DE LA ENERGA DURANTE UN CORTO LAPSO Interrupciones y reducciones cortas en el voltaje principal. No se puede dar ninguna r eferencia a normas internacionalmente aceptadas. Se utiliza un generador de prueba apto para reducir la amplitudes de uno o ms medios ciclos (en cruces cero) del voltaje de corriente alterna de la lnea principal. El generador de prueba debe ajustarse antes de conectar el EUT. Las interrupciones y reducciones de voltaje en la lnea principal se debern repetir 10 veces con un intervalo de por lo menos l Os. Se aplicar la siguiente severidad:

Mtodo de prueba:

Referencia a la norma:

Resumen del procedimiento de la prueba:

Severidad de la prueba:

Severidad Reduccin Nmero de medios ciclos

1a 100% 5

1b 50% 10

B.8

INCREMENTOS REPENTINOS Incrementos elctricos repentinos. Publicacin IEC 801-4, 1987

Mtodo de prueba: Referencia a la norma:

30

NORMA TCNICA COLOMBIANAResumen del procedimiento de la prueba:

NTC 2826 (Primera actualizacin)La prueba consiste en exposicin a incrementos repentinos de voltajes en forma de onda de doble exponencial. Cada pico deber tener un tiempo de elevacin de 5 ns y una duracin de mediaamplitud de 50 ns. La longitud del incremento repentino deber ser de 15 ms, el periodo del incremento (intervalo de tiempo de repeticin) deber ser de 300 ms. El generador del incremento debe tener una impedancia de salida de 50 ohmios y debe ajustarse antes de colocar el EUT. Los incrementos de energa deben acoplarse al EUT tanto en interferencia comn como en interferencia diferencia. Se debern aplicar por lo menos 10 incrementos positivos y 10 negativos con fases al azar, en cada modo. Puede que sea necesario insertar filtros de bloqueo en los cables que van al EUT, para evitar que la energa del incremento se disipe en la lnea principal o en otras unidades interconectadas.

Especificacin de detalles:

Para detalles completos se hace referencia en la Publicacin IEC antes mencionada. Se deber aplicar la siguiente severidad:

Severidad de la prueba

Severidad : 1

Amplitud (valor pico (KV)

0,5

B.9

DESCARGA ELECTROSTTICA Descarga electrosttica (ESD). Publicacin IEC 801-2 (1984) El equipo de prueba debe de acuerdo con la Publicacin IEC 801-2.

Mtodo de prueba: Referencia a la norma: Resumen del procedimiento de la prueba:

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)Un condensador de 150 pF debe cargarse mediante una fuente adecuada de voltaje en corriente continua. Luego se descarga el condensador a travs del EUT, conectando un terminal a tierra (chasis) y mediante una resistencia de 150 ohmios a las superficies normalmente accesibles al operador. Se deber aplicar por lo menos 10 descargas. El tiempo entre las sucesivas descargas deber ser por lo menos de 10 s. Se deber colocar un EUT con un terminal a tierra, en una placa fijada a tierra, la cual se proyecta ms all del EUT por lo menos 0,1 m en todos los lados. La conexin a tierra al condensador debe ser lo ms corta posible. El electrodo de descarga debe acercarse al EUT hasta que se presente la descarga y luego se debe retirar antes de la siguiente.

Especificacin de detalles:

Para detalles completos sobre la prueba, se hace referencia a la publicacin IEC, antes mencionada. Se aplicar la siguiente severidad:

Severidad de la prueba:

Severidad: 1

Voltaje corriente continua (KV) hasta e inclusive

8

B.10

SUSCEPTIBILIDAD ELECTROMAGNTICA Campos electromagnticos (irradiados). Publicacin IEC 801-3 (1984) Se debe exponer el EUT a la intensidad de un campo electromagntico tal como lo especifica el nivel de severidad.

Mtodo de prueba: Referencia a la norma: Resumen del procedimiento:

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)La intensidad del campo se puede generar en diferentes formas: La lnea de transmisin de estras se utiliza a frecuencias bajas (por debajo de 30 MHz o en algunos casos 150 MHZ) para EUTs pequeos. El alambre largo se utiliza a bajas frecuencias (por debajo de 30 MHz) para EUTs ms grandes. Se utilizan antenas con dos polos o antenas con polarizacin circular colocadas a 1 m del EUT, a frecuencias altas.

-

-

La intensidad especificada del campo deber establecerse antes de la prueba real (sin EUT en el campo). Se debe incluir en la exposicin por lo menos 1 m de todos los cables externos, estirndolos en forma horizontal desde el EUT. El campo debe exponerse en dos polarizaciones ortogonales y debe rastrearse lentamente el rango de frecuencia. Si se utilizan antenas con polarizacin circular (ejemplo: antenas helicales o de espiral logartmica) para generar el campo electromagntico, no se requiere cambiar la posicin de las antenas. Cuando la prueba se realiza en un sitio protegido, para cumplir con las leyes internacionales que prohiben la interferencia a las comunicaciones de radio, hay que tener cuidado de controlar los reflejos de las paredes. Puede que sea necesaria la proteccin andica. Se deber exponer por lo menos 1 m de cableado hacia y desde el EUT. Especificacin de detalles: Para detalles completos sobre la prueba, se hace referencia a la publicacin IEC antes mencionada. Se aplicar la siguiente severidad:

Severidad de la prueba:

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 2826 (Primera actualizacin)

Severidad : 1 Rango de frecuencia (MHZ) Intensidad del campo (V/m) Modulacin 0,1 - 500 10 50 % AM, 500 - 1 00 3 1 KHZ onda cuadrada

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PRLOGO

El Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin, ICONTEC, es el organismo nacional de normalizacin, segn el Decreto 2269 de 1993. El ICONTEC es una entidad de carcter privado, sin nimo de lucro, cuya Misin es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y proteccin al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del pas, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representacin de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalizacin Tcnica est garantizada por los Comits Tcnicos y el perodo de Consulta Pblica, este ltimo caracterizado por la participacin del pblico en general. La NTC 2826 (Primera actualizacin) fue ratificada por el Consejo Directivo el 90-12-05. Esta norma est sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. El ICONTEC cuenta con un Centro de Informacin que pone a disposicin de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales.

DIRECCIN DE NORMALIZACIN