DEBERES FORMALES EXIGIDOS POR EL
SENIAT, IVSS, MINPPTRAS.
CARTELERA PRINCIPAL
Fotocopia del RIF de la Empresa con la Dirección Actualizada no
debe ser mayor a 3 años.
Fotocopia de la última declaración del I.V.A., es decir la
declaración del mes anterior.
Fotocopia de la última declaración del I.S.L.R.
Licencia de Actividad Comercial (PATENTE DE INDUSTRIA Y
COMERCIO).
Copia de Planilla de Declaración de Ingresos Brutos - Patente de
Industria y Comercio.
Certificado de Uso Conforme.
Permiso de Bomberos.
Inscripción del Ivss - Inces - Faov
LIBROS EXIGIDOS
Libro de Compras según el art. 75 del Reglamento de la Ley
del IVA actualizado hasta el día anterior.
Libro de Ventas según los Art. 76 y 77 del Reglamento de la
Ley del IVA actualizado hasta el día anterior.
Registros de Entradas y Salidas del Inventario según el Art.
177 de la Ley del ISLR.
Si utilizas impresora fiscal, el Libro de Reparación de la
Impresora o maquina fiscal.
Libros legales de Contabilidad (Diario, Mayor, e Inventario).
Libro de Actas de Asamblea, de Accionista y de Junta de
Administradores (Para Compañías).
Libro especial de Ajuste por Inflación.
DEBES TENER TAMBIÉN:
Declaraciones del I.V.A. de los últimos seis (06) meses.
Declaraciones del I.S.L.R de los últimos dos (02) años.
Comprobantes de Retención de I.V.A y de ISLR emitidos y
recibidos.
Facturas de Ventas emitidas durante los últimos seis (06)
meses.
Talonarios de Facturas Manuales Alternativos ( Para los que
tengan impresora fiscal o formas libres).
Declaraciones trimestrales de Trabajadores ante el
MINPPTRAS.
NOTAS IMPORTANTES
Los libros de ventas y compras no deben salir del
establecimiento.
Las Facturas emitidas por Cajas o Máquinas Fiscales deben
ir con el detalle de los artículos vendidos (ejemplo: cartera
de dama, refrescos, café, cadena de plata, etc.), es decir, no
pueden ir en forma genérica (ejemplo: artículos varios,
consumo, etc.)
El no tener el Registro de Entradas y Salidas del Inventario
según el Art. 177 de la Ley del I.S.L.R le ocasionará una
multa de 300 Unidades Tributarias.
FACTURACIÓN
La emisión de Facturas de forma libre, manuales y
automatizadas deben cumplir con la providencia 0071
emitida por el SENIAT.
Esto significa que la factura debe contener todos los campos
que se indican y cumplir al pie de la letra toda la sintáctica
que contenga la providencia.
RECOMENDACIONES
Trate de no asustarse o ponerse nervioso.
Trate con amabilidad y cortesía a los fiscales.
Contacte rápidamente a su contador público para que le
asesore con cualquier petición que realice el personal del
SENIAT.
Suministre la información que le pida el fiscal.
Disponer de ejemplares de las normas tributarias y mantenerlas actualizadas.
Revisar diariamente las notas de prensa emitidas por el Seniat.
Revisar periódicamente el cumplimiento de los deberes formales y materiales, tales como: Exhibir el RIF, Declaración ISLR y Licencia de Actividades Económicas, en forma visible.
Mantener los libros diario, mayor, inventario, compras y ventas en el establecimiento del negocio.
Emitir facturas de ventas.
Abstenerse de recibir facturas de compras que no cumplan con los requisitos del Seniat.
Verificar que la imprenta esta autorizada por el Seniat para elaborar talonarios fiscales.
Presentar Mensualmente la declaración del IVA.
Presentar Anual la Declaración de ISLR.
Presentar Mensualmente, Bimensual, Trimestral o Anual la
Declaración Municipal de Actividades Económicas., según la
Alcaldía respectiva.