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TRATADOS INTERNACIONALES DE LOSDERECHOS HUMANOS
“AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU”
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
TEMA:
TRATADOS DE
LOS DERECHOS HUMANOS
CARRERA : ADMINISTRACION
CICLO : II
CURSO : CONSTITUCION Y DERECHOSHUMANOS
DOCENTE : PEREYRA BORDA EDBERT HENRY
ESTUDIANTES : BORJAS FUENTES STEVENNUÑEZ CCORAHUA SILVIA
RODRIGUEZ DIAZ LIZBETH
ROJAS MISAICO ABIELZEDANO ROMAN MARLON
ICA – PERU
2016
Pereyra Borda Edbert Henry – II Ciclo – Administración
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TRATADOS INTERNACIONALES DE LOSDERECHOS HUMANOS
INTRODUCCI!N
Pereyra Borda Edbert Henry – II Ciclo – Administración
D"#$%&'()$&:
El siguiente trabajo de análisis
e investigación está dedicado a
mi madre quien con esfuero y
sacri!cio "a "ec"o de m# un
joven con criterio y $rinci$ios%
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TRATADOS INTERNACIONALES DE LOSDERECHOS HUMANOS
&esde los inicios del "ombre en sociedad' este se "a visto
innegablemente com$rometido a la relación inter$ersonal
con los demás entes de su misma es$ecie%
(a lo mencionaba Aristóteles al decir que el "ombre es unanimal racional' y $or tal motivo tiene un desenvolvimiento
de $ensamiento $ol#tico que lo lleva necesariamente a
desarrollar y des$render en colectividad su evolución en
dos caracteres del universo denominados es$acio y tiem$o%
Es as# como el "ombre constituido en sociedades
democráticas' reguladas $or un ordenamiento jur#dico'
busca el con)icto' la $roblemática' el inter*s y una serie de
factores determinantes $ara el crecimiento de este' en un
estado constituido en sus tres elementos $rimordiales'
como son' el $ueblo' el $oder y el territorio% Este +ltimo es
el $unto de $artida de nuestro análisis en la $ol#tica
territorial que desarrollaremos en el siguiente documento'
donde se establecen acuerdos' con carácter de negociación
entre $ersonalidades administrativas internacionales
sujetas a derec"o y deberes normados $or el $rinci$io de
libertad colectiva que ,ant mencionar#a en su desarrollo
conce$tual del derec"o%
En sind*resis el desarrollo del $resente trabajo de análisis e
investigación tiene como tema $rinci$al el desarrollo de los
tratados internacionales en derec"o internacional y la
$ol#tica territorial' $ara un mayor desarrollo de la temática
del derec"o y la ciencia $ol#tica%
CAPITULO I
Pereyra Borda Edbert Henry – II Ciclo – Administración
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“ANTECEDENTES HISTORICOS”
. ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS:
-a idea de desarrollar el derec"o internacional mediante la
rea!rmación de las normas e.istentes o mediante la formulación denormas nuevas' no es reciente% En el +ltimo trimestre del siglo /0III'
1eremy Bent"am $ro$uso una codi!cación del conjunto del derec"o
internacional con un es$#ritu utó$ico% &esde entonces' muc"os
$articulares' sociedades cient#!cas y gobiernos "an realiado
numerosos $lanteamientos de codi!cación%
*. COMISION DE DERECHO INTERNACIONAL :
A, CONCEPTO:
-a Comisión de Derecho Internacional 2C&I3 es un organismo
creado $or la Asamblea 4eneral de las 5aciones 6nidas en 789: con
el objetivo de codi!car y $romocionar el &erec"o internacional% ;u
trabajo "a sido fundamental en la ado$ción de diversos tratados u
otros instrumentos internacionales' como la Convención de 0iena
sobre el &erec"o de los
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di$lomáticos% tros documentos y conferencias de gran im$ortancia
fueron los relacionados con la Convención de Par#s sobre $ro$iedad
intelectual de 7@@D' la Convención de la Cru ?oja de 4inebra de
7@9 y las Conferencias de Pa de 7@88 y 78F:%
En la ;ociedad de 5aciones tambi*n "ubo enormes avances% En esta
se $revió la creación de un órgano $ermanente denominado Comit*
de E.$ertos Encargados de la Codi!cación Progresiva del &erec"o
Internacional% ;in embargo' en la rganiación de las 5aciones
6nidas es donde tuvo mayores avances el $roceso de desarrollo y
codi!cación del derec"o internacional' basándose en el Art#culo DD'
$árrafo 7 de la GCarta de las 5aciones 6nidasG que a!rma que las
$artes en una controversia que $udiera $oner en $eligro el
mantenimiento de la $a y la seguridad internacionales tratarán de
buscarle solución' $or medio de la negociación' la investigación' la
mediación' la conciliación' el arbitraje' el arreglo judicial' el recurso a
organismos o acuerdos regionales u otros medios $ac#!cos de su
elección%
C, FUNDACI!N:
ue creada $or la Asamblea 4eneral de 5aciones 6nidas en 789: y
celebró su $rimera sesión en 7898%
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• Convención de Viena sore el Derecho de los Tratados
celerados entre Estados ) Or+ani%aciones
Internacionales o entre Or+ani%aciones Internacionales
de 78@%
• Convención de Viena contra el Tr",co Il&cito de
Est#!e-acientes ) S#stancias Sicotró!icas de 78@@%
A, CONVENCI!N DE VIENA SOBRE EL DERECHO DE LOSTRATADOS:
-a Convención de Viena sore el Derecho de los Tratadosfue
suscrita en 0iena 2 Austria 3 el JD de mayo de 788 y entró en vigencia
J: de enero de 78@F%
ue elaborada $or una conferencia internacional reunida en 0iena'
sobre la base de un $royecto $re$arado' durante más de quince aos
de trabajo' $or la Comisión de &erec"o internacional de las 5aciones
6nidas% ;u objetivo fue codi!car el derec"o internacional
consuetudinario de los tratados y' además' desarrollarlo
$rogresivamente' tambi*n ius cogens%
El art#culo segundo de dic"a Convención de!ne al tratado como unL
MAcuerdo internacional celebrado $or escrito entre Estados y regido
$or el derec"o internacional' ya conste en un instrumento +nico o en
dos o más instrumentos cone.os y cualquiera que sea su
denominación $articularN
Por tanto' sus dis$osiciones son a$licables sólo a tratados $or escrito
entre Estados= quedan e.cluidos de la de!nición antes descrita'
aquellos que no constan $or escrito y los acuerdos entre un Estado y
otros sujetos de derec"o internacional 2como las organiaciones
internacionales 3 o entre esos otros sujetos de derec"o internacional%
5o obstante' la misma Convención $recisa que el "ec"o que no se
a$lique en tales casos' no afecta el valor jur#dico de tales acuerdos' la
a$licación a los mismos de cualquiera de las normas enunciadas en
ella a que estuvieren sometidos en virtud del derec"o internacional
inde$endientemente de la Convención y la a$licación de la
Convención a las relaciones de los Estados entre s# en virtud de
acuerdos internacionales en los que fueren asimismo $artes otros
sujetos de derec"o internacional%
Pereyra Borda Edbert Henry – II Ciclo – Administración
http://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/1986http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_de_Viena_contra_el_Tr%C3%A1fico_Il%C3%ADcito_de_Estupefacientes_y_Sustancias_Sicotr%C3%B3picas&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_de_Viena_contra_el_Tr%C3%A1fico_Il%C3%ADcito_de_Estupefacientes_y_Sustancias_Sicotr%C3%B3picas&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/1988http://es.wikipedia.org/wiki/Vienahttp://es.wikipedia.org/wiki/Austriahttp://es.wikipedia.org/wiki/23_de_mayohttp://es.wikipedia.org/wiki/1969http://es.wikipedia.org/wiki/27_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/1980http://es.wikipedia.org/wiki/Vienahttp://es.wikipedia.org/wiki/Comisi%C3%B3n_de_Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Ius_cogenshttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_de_Viena_sobre_el_Derecho_de_los_Tratados_celebrados_entre_Estados_y_Organizaciones_Internacionales_o_entre_Organizaciones_Internacionaleshttp://es.wikipedia.org/wiki/1986http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_de_Viena_contra_el_Tr%C3%A1fico_Il%C3%ADcito_de_Estupefacientes_y_Sustancias_Sicotr%C3%B3picas&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Convenci%C3%B3n_de_Viena_contra_el_Tr%C3%A1fico_Il%C3%ADcito_de_Estupefacientes_y_Sustancias_Sicotr%C3%B3picas&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/1988http://es.wikipedia.org/wiki/Vienahttp://es.wikipedia.org/wiki/Austriahttp://es.wikipedia.org/wiki/23_de_mayohttp://es.wikipedia.org/wiki/1969http://es.wikipedia.org/wiki/27_de_enerohttp://es.wikipedia.org/wiki/1980http://es.wikipedia.org/wiki/Vienahttp://es.wikipedia.org/wiki/Comisi%C3%B3n_de_Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidashttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Ius_cogenshttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional
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-a Convención' en cuanto tal no $osee efecto retroactivo' $ues sólo
se a$lica a los tratados celebrados des$u*s de su entrada en vigor y
no a los celebrados con anterioridad 2sin $erjuicio de la a$licación de
cualesquiera normas enunciadas en ella a las que est*n sometidos
los tratados en virtud del derec"o internacional inde$endientementede la Convención3% Cuando las 5aciones 6nidas !rmaron la
Convención de 0iena $revieron que era im$ortante "acer valer los
derec"os que contiene' $or lo que en varios art#culos difusos 2es decir
que no "ay un ca$#tulo que los contenga en orden3' establecen las
acciones' los recursos ante jue o árbitro%
CAPITULO II
“CONSIDERACIONES GENERALES”
./ NOCIONES DE ACUERDO Y DE TRATADOINTERNACIONALESL
CONCEPTO DE TRATADO:
;on el instrumento $rivilegiado e in"erente de las relaciones
internacionales% ;u$onen frente a la costumbre un factor de
seguridad% -as obligaciones se e.$resan $or las $artes de una forma
muy $recisa%
rente a la costumbre los tratados $ermiten que todos los Estados
que se van a ver com$rometidos $or *l $artici$en en su elaboración%
tra ventaja de los tratados es que sus normas se elaboran con más
ra$ide que las consuetudinarias aunque *stas cristalian con más
ra$ide%
CONCEPTO DE ACUERDO:
Cuando se unen las o$iniones o $untos de vista de sujetos de orden
jur#dico internacional' sobre cuestiones o $roblemas que surgen en
sus relaciones internacionales se crean los acuerdos internacionales'
lato sensu%
E.isten varios acuerdos= los que se e.$resan a trav*s de la ado$ción'
$or medio del voto' de resoluciones internacionales en el seno de los
órganos de una organiación internacionalO
Pereyra Borda Edbert Henry – II Ciclo – Administración
http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_internacionalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_consuetudinario
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Estos acuerdos se realian con una !nalidadL $roducir efectos
jur#dicos' establecer Mcom$romisos de "onorN' Macuerdos
convencionalesN%
-os sujetos MacuerdanN' com$rometi*ndose rec#$rocamente' a
cum$lir las obligaciones y res$etar los derec"os contenidos en un
instrumento escrito o establecidos verbalmente%
La denominación de 0tratados internacionales1 e2#ivale a la
de 0ac#erdos internacionales1 2#e !rod#cen e-ectos 3#r&dicos
internacionales/
-a Convención de 0iena sobre &erec"o de los
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Estos acuerdos entre Estados y $articulares si se quieren concluir
$ueden ser sometidos 2$or v#a de tratado internacional3 a un r*gimen
que sea regulado en mayor o menor medida $or normas de &erec"o
Internacional P+blico%
8/ 6Tiene #n ente territorial 2#e inte+ra #n Estado ca!acidad
!ara concl#ir tratados internacionales7
&e acuerdo con el &erec"o Internacional general' esto de$ende de la
constitución de dic"o Estado% ( el "ec"o es que las constituciones
que reconocen tal $osibilidad lo "acen dentro de l#mites estrictos%
-as rganiaciones internacionales interestatales reciben $or lo
general' de los estados que las crean' $or atribución e.$l#cita o
im$l#cita' la ca$acidad $ara concluir tratados internacionales'ca$acidad ejercitable en un ámbito variable de materias' de acuerdo
con las funciones $ara cuya realiación fuera creado el ente%
2Kuc"os tratados creadores de organiaciones internacionales $rev*n
la ca$acidad de *stas $ara concluir ciertos tratados internacionales%
B, SOMETIMIENTO DE LOS TRATADOS AL DERECHOINTERNACIONAL:
6n tratado internacional $roduce' como se "a indicado' efectos de
derec"o%
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;i bien es cierto que determinados tratados bilaterales entre Estados
tienen una enorme im$ortancia $ara la Comunidad Internacional en
su conjunto% ;on lo tratados multilaterales' tambi*n sobre todo
interestatales' los que $oseen la e!cacia reguladora fundamental de
am$lios sectores del ordenamiento jur#dico internacional% &e a"# quela codi!cación del derec"o Internacional se est* realiando a trav*s
de instrumentos convencionales multilaterales% ( esos mismos
tratados' la mayor $arte de cuyas dis$osiciones son Mnormas
generalesN $ueden contribuir al desarrollo $rogresivo del &erec"o
Internacional' estableciendo obligaciones que son esencialmente las
mismas $ara todas las $artes%
-a creación' modi!cación o e.tinción de obligaciones y derec"os' y
en general la $roducción de efectos jur#dicos $or v#a MconvencionalN
internacional' de$ende en cada caso de la intención de las $artes'
que no siem$re será fácil de determinar%
;e "a llamado la atención sobre fenómenos como la inclusión en tu
tratado internacional de dis$osiciones que no constituyan normas
jur#dicas en sentido $ro$io o la $osibilidad de establecer una cierta
MgradaciónN de los acuerdos internacionales seg+n la intensidad de
su obligatoriedadL acuerdos de fácil denuncia o retiro' etc%
C, LA FORMA Y DENOMINACI!N DE LOS ACUERDOSINTERNACIONALES:
5o e.isten requisitos de &erec"o Internacional $ara la forma de los
tratados internacionales' que incluso $ueden constar en uno o más
instrumentos cone.os% Cualquier forma $uede ser utiliada con
$lenos efectos% Esta doctrina se des$rende notoriamente de la
;entencia del
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• SIGNIFICADO ACTUAL DEL PROCEDIMIENTOCONVENCIONAL:
5o cabe dudar de las ventajas que el $rocedimiento convencional
ofrece res$ecto al $roceso consuetudinario% 6n tratado internacionalconstituye en $rinci$io una fuente relativamente !able y clara y sus
dis$osiciones $ueden ser muy $recisas% ;u $roceso de elaboración es
$or lo general relativamente rá$ido' $robablemente $orque todo el
$roceso de negociar un tratado se dirige e.clusivamente a crear
reglas de &erec"o Internacional% Además' en su $roceso de
elaboración $ueden intervenir los Parlamentos internos% En $articular'
los multilaterales $resentan un carácter com$arativamente
democrático%
-a enorme )e.ibilidad de los tratados multilaterales les $ermite lo
mismo establecer obligaciones muy $recisas y detalladas que ado$tar
la forma de MconveniosmarcoN o McódigosN o McartasN%
En realidad' la universalidad y la "eterogeneidad de la Comunidad
Internacional contem$oránea "an conducido a que el MtratadoN sea la
+nica fuente que es reconocida $lenamente y sin reservas $or todos
los Estados%
-a codi!cación del &erec"o Internacional $or medio de tratadosinternacionales e el mecanismo fundamental de consolidación del
ordenamiento jur#dico internacional en nuestra *$oca%
Consentimiento de las $artes%
( una ve en vigor el instrumento convencional' su e!cacia se ve
mermada $or Mde!cienciasN consistentes en que la retirada de *l o su
denuncia son muy dif#ciles' o en que no se "an creado mecanismos o
$rocedimientos es$ec#!cos $ara controlar y garantiar su
cum$limiento%
CAPITULO III
“TRATADOS INTERNACIONALES Y DERECHOPERUANO INTERNO”
El $ró.imo JD de mayo se conmemorará cuarenta y dos aos de la
!rma de la Convención de 0iena sobre el &erec"o de los
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fuente caracter#stica del derec"o internacional en lo referido a lasrelaciones entre estados%
-a Convención de 0iena sobre el &erec"o de los
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• Acta' donde constaran resoluciones !nales de una conferenciainternacional%
• Protocolo' es el documento ane.o a un tratado o unaaclaratoria%
• Concordato' acuerdo entre la santa sede y los demás estados%
• Kodus vivendi' al mencionarse arreglos $rovisionales%
• Com$romiso' acuerdo consecuencia del arbitraje%
• Armisticio' es el acuerdo militar%
Entre otras denominaciones que e.isten o e.istirán debido al sentido
dinámico y conte.tual de los consensos entre estados' con la libertadnecesaria de innovar y crear tratados seg+n las caracter#sticas de loque se $retende negociar%
Además' $ara que la comunidad internacional los $ueda reconocer y garantiar dentro de sus facultades' es necesaria la $ublicidad de lostratados' $articularidad medular fundamentada en el $rinci$io *ACTATERTIIS' contrarrestando a los antiguos $actos secretos%
Internamente en el Per+' desde sus inicios re$ublicanos' como
menciona el c*lebre "istoriador 1orge Basadre' o$tó en más de unao$ortunidad el uso de tratados $ara evitar la M6ltima ratioN o guerra%tro dato "istórico lo "allamos en el $rólogo realiado $or &on CarlosQiesse' a la MColección de tratados del Per+N 27@8F3 del &r% Aranda'quien sealó la inclusión de estos documentos realiados en la *$ocacolonial entre 7J8 a 7@J7' ya que muc"as de nuestrasnegociaciones de la eta$a inde$endiente' sobre todo lo referido al#mites' conllevaban al uso $asado de tratados%
En la actualidad la Carta Kagna nacional vigente contiene un ca$ituloe.clusivo de tres art#culos que enmarca la normatividad $ara
ado$tarlos y denunciarlos%
. PRINCIPIOS GENERALES DE LOS TRATADOS:
El $rinci$io $or e.celencia de los tratados es el *ACTA SUNT SERVANDA o el carácter de cum$limiento obligatorio de un tratadoen vigor' como seala la Convención en su tercera $arte' articulo JRL
0 Todo tratado en vi+or oli+a a las !artes ) dee ser c#m!lido !or ellas de #ena -e/1
;e des$rende que $ara llegar al e.tremo de considerar obligatorio aun tratado internacional' las $artes !rmantes "an recorrido una serie
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de eta$as donde el uso del intelecto y la volición "an $redominado encada una de ellas% &esde el $rimer $aso de la negociación' quegeneralmente es la de mayor duración' cada $arte será re$resentada
$or un es$ecialista con los $oderes necesarios' a$arte de estar debidamente asesorado $or un equi$o de $rofesionales ' $ara crear
as# un documento que $osteriormente se ado$tará junto con la otra $arte negociadora= estudiarán minuciosamente su articulado y si elcontenido es lo deseado' el tratado será suscrito y rati!cado= en s# todo un $roceso cognitivo e inter$retativo de cada $ostulado con laace$ción que se "alla acordado' $or ende una creación de la cual sesabe las futuras consecuencias y $or ello su carácter deobligatoriedad%
En el "i$ot*tico caso que un estado no acatase o negase lasobligaciones que describe el tratado' incurrir#a en res$onsabilidadinternacional' teniendo en cuenta que el derec"o internacional estasobre el nacional' $or lo tanto' esa su$osición es $unible de sanción'
$or no res$etar la santidad de los tratados% -a tendencia general esdarle carácter $er$etuo a un tratado y no de decisiones unilaterales
$ara cancelarlo% Con la ace$tación de este documento se $ierde tododerec"o de alegar cualquier causal de nulidad= e.ce$tuando lostemas e.$resamente $revistos%
Pero como toda creación "umana es $erfectible' de!nir comoabsoluto a este $rinci$io' no lo es stricto sens#' e.isten ciertase.ce$ciones como el caso de carga e.cesiva 2uno de los estados
entra en $eligro inminente de ejecutarse un tratado3 o deim$osibilidad f#sica 2a causa de raones f#sicas3' el cum$limiento deltratado no es $osible%
-a misma Convención $rev* casos de enmienda y modi!cación' as# como la nulidad o sus$ensión de tratados% Pero si una de las $artesintentase alegar nulidad o denuncia' no $odr#a ejercer estos actos $or "allarse in"abilitado $or actos $ro$ios anteriores' a lo que sedenomina Esto$$el o forclusion%
El $rinci$io 'ONE 9IDE o de Buena e tambi*n es mencionado en el
art#culo JR del convenio' indicando que todo tratado en vigorL
0:dee ser c#m!lido !or ellas de #ena -e/1
-o anterior muestra el ti$o de acción que conlleva crear un tratado y las consecuencias es$eradas al suscribirse' es$ecialmente al tema dela inter$retación que $or regla general debe "acerse de Buena e'acorde al sentido corriente' teniendo en cuenta el objeto y !n deltratado%
Incidir en la Buen e' no solo es desterrar de $lano $osiblesintenciones subterráneas y adversas al tratado' el actuar en todas
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TRATADOS INTERNACIONALES DE LOSDERECHOS HUMANOS
sus eta$as se su$one $r#stino' con la conducta ideal y *tica' tanto ensus $rimera eta$as' como en su desarrollo "abitual que no considerala $osibilidad de frustrar la !nalidad del tratado% -a declaración sobrelos Princi$ios del &erec"o Internacional de las ?elaciones de Amistad
y Coo$eración entre estados de 78:F' considera a la Buena e' un
$rinci$io rector%
igura además el $rinci$io de IUS CO;ENS( en el art#culo D R de laConvención' que seala la situación cuando los tratados que están eno$osición con una norma im$erativa de derec"o internacional general
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TRATADOS INTERNACIONALES DE LOSDERECHOS HUMANOS
intereses de forma equitativa que además esta asociado al $rinci$iode Buena e%
8/ INCORPORACION DE LOS TRATADOS AL DERECHO PERUANOINTERNOL
Este $unto de$enderá del sistema estatal ado$tado' $resentándosela $osición monista cuando e.iste unidad entre el derec"o interno y derec"o internacional' $ero si los estudiamos $or se$arado convisión de derec"o anglosajón' el sistema será dualista%
En el $rimero $rima alguno de los derec"os 2interno o internacional3'en el segundo caso cada uno es inde$endiente= ace$tar un tratadoen la $osición dualista signi!ca reescribirlo en una ley te.tualmente y des$u*s a$robarlo' es decir' $revio acto de transformación legislativa%
En el sistema dualista' acertadamente seala el $rofesor 5ova "ay tres raones $ara que nunca se confundan' el derec"o interno y elderec"o internacionalL
Primero' $orque manejan fuentes distintas'
;egundo' regulan a sujetos distintos y
inalmente las materias reguladas son diferentes' $or lo tanto nunca"abrá con)icto entre ellas' al ser autónomas%
;erá el derec"o constitucional que determine el uso de determinadosistema de incor$oración de los tratados' $or ejem$lo la
$redominancia en los $a#ses de Am*rica -atina es del sistemamonista' aunque con algunas variaciones% -a incor$oración a lasnormas nacionales $ueden variar desde una rece$ción automática'que no requiere acto interno $osterior de ado$ción de la norma'
$asando $or la rece$ción es$ecial que conlleva a un $rocedimientointerno e inde$endiente a la entrada en vigor internacional $ara crear una ley de transformación' "asta la ausencia de regulación donde ladoctrina y juris$rudencia nacional determina el m*todo%
5uestro $a#s ado$to el sistema monista' tanto el derec"o internocomo el derec"o internacional estos correlacionados' de acuerdo alart#culo R de la constituciónL
0Los tratados celerados !or el estado ) en vi+or( -orman !arte del Derecho Nacional1
;u incor$oración es automática $revia rati!cación= de e.istir uncon)icto entre el tratado internacional y las normas nacionales se
resuelve $or jerarqu#a normativa= tambi*n es im$ortante la forma de
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inserción $orque de ello se basará que norma interna tiene o no laca$acidad de modi!cación%
Aádase a lo anterior el art#culo DR de la ley J9:L
M-os
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-as constituciones con esta tendencia otorgan al tratado un rangosu$erior a ellas y es admisible que el tratado internacional tenga la
$osibilidad de derogar una norma constitucional que le sea contraria y determine un $roblema ideológico o normativo%
B, RANGO CONSTITUCIONAL:
El tratado tiene el mismo nivel que la constitución' este caso escom+n en los tratados internacionales de &erec"os Humanos si se leda el rango su$erior del derec"o nacional' de no "aber o$osiciónentre ellas se resuelve con criterio de derec"o interno o internacional%
En nuestro $a#s el art#culo :R' segundo $árrafo de la constituciónindicaL
Mcuando el tratado afecte dis$osiciones constitucionales debe ser a$robado $or el mismo $rocedimiento que rige la reforma de laconstitución' antes de ser rati!cado $or el Presidente de la?e$+blicaN
&e suceder lo $revisto en el mencionado art#culo' la constitución $eruana seria un obstáculo $ara el cum$limiento de algunos tratados%
Al igual que Per+' la constitución argentina en el inc%JJ del art% :' da jerarqu#a e.$resa a las declaraciones y tratados de &erec"osHumanos' ya que consideran derec"os comunitarios' integrativos y
"umanitarios= $orque además de tratarse de derec"osfundamentales' siem$re se a$licara el omni$resente $rinci$io *ROHOMINE/
C, RANGO SUPRA LEGAL O SUB CONSTITUCIONAL DEPRIMER GRADO:
;i bien en este caso el tratado está $or encima de las leyes internas'no tiene la $otestad de modi!car la constitución y menos la ley nacional $odr#a derogar o modi!car el tratado% ?es$ecto a lostratados de &erec"os Humanos' estos son base inter$retativa de la
ley interna%
D, RANGO LEGAL:
-os tratados están im$osibilitados de facto de contravenir normasconstitucionales' debido a que la misma constitución as# lo $rescribe
y la inter$retación se dará de acuerdo a la Carta Kagna%
&e ocurrir el caso del concurso entre un tratado $osterior frente auna ley interna o viceversa' la derogación de alguna' se basar#a como
seala el &r% 5ova
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MOde$enderá del sistema consagrado en cada $a#s %sin embargo' encaso de res$onderse a!rmativamente quedar#a abierta la $osibilidadde $lantear la res$onsabilidad internacional del estado infractorN
&ado que en nuestro $a#s se o$ta $or la $osición monista' de e.istir
este ti$o de con)icto entre un tratado y la ley interna' la $osicióno!cial desde 78D9 del Kinisterio de ?elaciones E.teriores nacionalo$ta $or la $revalencia del tratado internacional% El mismo autor de!ne que el rango que da Per+ a los tratados es el legal' $orque sona$robados $or el congreso v#a resolución legislativa y esta tienerango de ley%
-a -ey J9: del J de junio de 788' que establece las normas y regula los actos relativos al $erfeccionamiento nacional de lostratados celebrados $or el Estado Peruano' dice en el art#culo JRL
M-a a$robación legislativa de los tratados a que se re!ere el art#culoS de la Constitución Pol#tica' corres$onde al Congreso de la?e$+blica' mediante ?esolución -egislativa= y su rati!cación alPresidente de la ?e$+blica' mediante &ecreto ;u$remo%
Cuando los tratados no requieran la a$robación legislativa' elPresidente de la ?e$+blica los rati!ca directamente' mediante&ecreto ;u$remo' de acuerdo a lo $revisto en el Art#culo :o de laConstitución%
En ambos casos' el Presidente de la ?e$+blica emite' además' elres$ectivo instrumento de rati!cación%N
E, AUSENCIA DE NORMATIVIDAD:
Al carecer norma e.$resa que indique la jerarqu#a que rige unsistema nacional' la inter$retación que se realice $ara determinarlase basará de forma administrativa o judicial' de$endiendo del caso%
En el libro M;istema 1ur#dicoN del &r% ?ubio Correa' en lo referente alos tratados 'se determina que la división que "ar#a la constitución
$eruana vigente dividir#a en tres rangos a los tratadosL constitucional'legal y los a$robados $or el $residente de la re$+blica v#a decretosu$remo' sin embargo' seala que esta división conlleva una serie dedi!cultades debido a la contradicción e.istente que da la cuartadis$osición !nal de la constitución $eruana ' al darle rangoconstitucional a la &eclaración 6niversal de los &erec"os Humanos y acuerdos internacionales sobre &erec"os Humanos o tambi*n lae.istencia de la ley J9D' que seala a todos los tratados comoim$ugnables mediante acción de inconstitucionalidad de las leyes 'incluyendo la a$robadas v#a decreto su$remo $or el $residente de la
re$+blica ' que a saber no tiene función legislativa%
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Anotando que la constitución de 78:8 era e.$resa dando carácter constitucional a todo tratado referido a &erec"os Humanos' indicadoen el art#culo RL
Mlos $rece$tos contenidos en los tratados relativos a derec"os
"umanos' tienen jerarqu#a constitucional% 5o $ueden ser modi!cadossino $or el $rocedimiento que rige $ara la reforma de laconstitución%N
5o obstante' $ese a la orientación de la constitución vigente lacombinación de los art#culos DR' R :R y la cuarta dis$osición !nal
$ermite la continuación de encontrarse con rango constitucional%
-a lista $ositiva que indica los tratados que deben ser a$robados $or el congreso antes de su rati!cación $or el $residente de la ?e$+blica'"ace a+n más confuso el $anorama $orque les da rango de ley'si*ndolas siguientesL
./ &erec"os "umanos
8/ ;oberan#a' domino o integridad del estado
>/ &efensa nacional
?/ bligaciones !nancieras del estado
Incluy*ndose los tratados que crean' modi!can o su$rimen tributos'entre otros%
CONCLUSIONES
-os tratados internacionales' son manifestaciones de voluntad entreestados $ara resolver o acordar alg+n tema controversial'
convirti*ndose en un factor de seguridad y su$editarse al derec"ointernacional%
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Pero debido a su trascendencia son regidos $or elementales $rinci$ios como el de obligatoriedad o *acta S#nt Servanda( 'ona9ide' lire consentimiento( I#s Co+ens entre otros= dado a queestos acuerdos involucran intereses nacionales de cada estado!rmante se deben seguir una serie de actos de fondo y forma'
$asando $or eta$as de negociación' ado$ción' !rma y rati!cación%Cada estado !rmante debe estar debidamente re$resentado $or un
$rofesional con $lenos $oderes $ara tomar la decisión que mas lofavoreca%
Por el sistema Konista de nuestro $a#s' la incor$oración de tratadosinternacionales es automática al derec"o interno y la jerarqu#a que seotorga es actual tema de discusión' debido a la $oca claridad de lanorma constitucional' $or el articulo T determinamos que lostratados internacionales tienen rango legal $ero $or la combinaciónde los art#culos DR' R :R y la cuarta dis$osición !nal le otorgar#a elrango constitucional' a la &eclaración 6niversal de &erec"osHumanos y todo tratado que se ocu$e de ese tema%
BIBLIOGRAFIA
Aranda(?icardoL MColección de los
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A)ala Corao(CarlosL M-as Consecuencias de la 1erarqu#aConstitucional de los