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www.mcu.es
EditaSECRETARA GENERAL TCNICASubdireccin Generalde Publicaciones, Informacin y Documentacin
NIPO: 551-10-011-4Depsito legal: V-893-2010
MINISTERIO DE CULTURA
De los textos y fotografas: sus autores
NIPO: 551-10-019-8 (publicacin electrnica)
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MINISTERIODE CULTURA
ngeles Gonzlez SindeMinistra de Cultura
Mercedes E. del Palacio TascnSubsecretaria de Cultura
ngeles AlbertDirectora General de Bellas Artes y Bienes Culturales
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Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
ARQUA: Museo Nacional de Arqueologa Subacutica.
CAS: Centro de Arqueologa Subacutica de Andaluca.
CASC: Centre dArqueologia Subaqutica de Catalunya.
CASCV: Centro de Arqueologa Subacutica de la Comunidad Valenciana.
CNIAS: Centro Nacional de Investigaciones Arqueolgicas Submarinas.
INSUB: Sociedad de Investigacin Submarina (Pas Vasco).
LIAS: Laboratorio de Investigaciones Arqueolgicas Submarinas (Santander).
PCS: Patrimonio Cultural Subacutico.
PNPPCS: Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico.
SGPPH: Subdireccin General de Proteccin del Patrimonio Histrico, del Ministerio de Cultura.
TI: Taller de Imagen de la Universidad de Alicante.
UIMP: Universidad Internacional Menndez Pelayo.
UNESCO: Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura.
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Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Grupo de Trabajo del Comit de coordinacin Tcnica del Consejo del Patrimonio Histrico
Mariano J. Aznar Gmez
Raael Azuar Ruiz
Jos Luis Casado Soto
Roco Castillo Belinchn
Asuncin Fernndez Izquierdo
Carmen Garca Rivera
Manuel Martn-Bueno
Xavier Nieto Prieto
M ngeles Prez Bonet
Eugenio Rodrguez Puentes
Coordinacin de la Comisin
Raael Azuar Ruiz
Roco Castillo Belinchn
M ngeles Prez Bonet
Organizacin:
Pilar Corchado Pinilla
Coordinacin de la publicacin:
Carolina Notario Zubicoa
Marta Tudela Snchez
Diseo y maquetacin
Pressgroup Holdings Europe, SA
Portada
Lluc Bevi
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Presentacin
El 10 de octubre de 2007, el Consejo del Patrimonio Histrico rgano de coordinacin de las
acciones que se llevan a cabo en Espaa en el campo del Patrimonio Cultural y en el que fguran
representantes del Estado y de todas las Comunidades Autnomas acept el Plan Nacional de
Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol elaborado por el Ministerio de Cultura.
El 30 denoviembre de 2007 el Consejo de Ministros aprob dicho Plan.
El Consejo del Patrimonio, a travs de su Comit de Coordinacin Tcnica, decidi el 12 de diciembre de
2007 la creacin de un Grupo de Trabajo que redactara el documento de desarrollo de dicho Plan.
El grupo de trabajo, ormado por especialistas en arqueologa subacutica del Ministerio de Cultura, de
las Comunidades Autnomas, las universidades y los museos, fnaliz sus trabajos el 14 de mayo de 2009;
aprobndose el documento fnal por el Consejo de Patrimonio Histrico en su reunin de 16 de julio de
2009 en Mallorca.
Este documento, partiendo del declogo aprobado en el Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural
Subacutico Espaol propone, desde un anlisis de la situacin actual y en el marco de la Convencin
UNESCO de 2001, las acciones prioritarias que deben llevarse a cabo en Espaa para la tutela eectiva del
Patrimonio Cultural Subacutico.
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El Libro Verde es la maniestacin de la voluntad de todas las instituciones
espaolas de desarrollar y construir un espacio comn de actuacin que
permita el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Proteccin del
Patrimonio Cultural Subacutico Espaol.
Con este fn se cre el Grupo de Trabajo, nombrado por la Comisin Tcnica de
Coordinacin para el desarrollo del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio
Cultural Subacutico que ue aprobada por el Consejo de Patrimonio Histrico. Este
grupo, integrado por los directores de los tres centros de Arqueologa Subacutica
de Andaluca, Catalua y Valencia, expertos de diversas Comunidades Autnomas,
Universidades, y por el Ministerio de Cultura a travs del Museo Nacional de
Arqueologa Subacutica (ARQUA), cont adems con la colaboracin y asesoramiento
de especialistas de la Armada y de los Cuerpos de Seguridad del Estado.
El Libro Verde es el resultado de dos aos de reuniones y debates del Grupo de
Trabajo, coordinado por los tcnicos del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica
(ARQUA) y de la Subdireccin General de Proteccin del Patrimonio Histrico, con
el fn analizar la situacin real de la Arqueologa Subacutica Espaola, marcada por
un evidente desequilibrio en la investigacin, equipamientos y recursos humanos a
avor de la costa mediterrnea rente a la atlntica. El Libro Verde traza las l neas sobrelas que han de planifcarse las acciones uturas para el cumplimiento de los objetivos y
fnes del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol.
En este sentido, el Libro Verde es el compromiso consensuado de todas las instituciones
implicadas y de las Comunidades Autnomas para desarrollar programas de
documentacin, elaboracin de inventarios y levantamiento de cartas arqueolgicas que
mejoren y normalicen la gestin de nuestro rico y en gran parte desconocido patrimonio
sumergido. Todo ello requiere una normalizacin de las intervenciones arqueolgicas
y de conservacin, siguiendo lo establecido en el Anexo de la de la Convencin de
Patrimonio Cultural Subacutico de la UNESCO (Pars, 2 de noviembre de 2001)
ratifcada por Espaa el 6 de junio de 2005. As mismo, es necesaria la ormacin de
las generaciones uturas de arquelogos y especialistas que velarn por la proteccin
de este legado de nuestra memoria histrica que es nuestro Patrimonio Cultural
Subacutico, quiz el ms universal de nuestros patrimonios, por ser Espaa un pas
eminentemente martimo abierto a lo largo de su historia a todos los ocanos.
Ministerio de Cultura
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El patrimonio cultural subacutico en Espaa | 13
1.1 Introduccin general | 14
1.2 Cartas arqueolgicas | 16
1.3 Recursos documentales | 171.4 Recursos materiales | 19
1.5 Formacin cientfca y tcnica | 19
1.6 Transmisin del conocimiento a la sociedad | 20
La situacin de la arqueologa subacutica espaola | 21
2.1 Antecedentes | 22
2.2 Los medios tcnicos | 25
2.2.1 Los medios para la actuacin en el mar | 28
2.2.2 Los medios electrnicos de prospeccin | 28
2.2.3 Los medios de excavacin e inmersin | 29
2.2.4 El espejismo de las compaas de buscadores de tesoros | 29
2.3 Los medios de laboratorio | 29
2.4 Los organismos de gestin | 30
2.5 La diusin y proteccin | 30
2.6 La ormacin y la existencia de tcnicos especializados | 32
2.7 Un modelo inadecuado de organizacin y gestin | 33
La documentacin del patrimonio cultural subacutico espaol | 35
3.1 La investigacin documental | 36
3.1.1 Estado de la cuest in | 37
3.1.2 Defnicin de objetivos | 37
3.1.3 Actuaciones prioritarias | 38
3.2 Las cartas arqueolgicas | 39
3.2.1 Antecedentes | 39
3.2.2 Metodologa | 40
3.3 Actuaciones prioritarias | 44
La proteccin jurdica | 45
4.1 Estado actual de la cuestin | 46
4.2 Variables presentes | 46
4.3 Cuestiones problemticas generales | 48
4.3.1 La defnicin del Patrimonio Cultural Subacutico a los eectos de la utura
legislacin | 48
4.3.2 El problema derivado de las actividades ortuitas | 514.3.3 La necesidad de crear fguras especfcas de proteccin del Patrimonio Cultural
Subacutico | 54
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ndice
4.3.4 La aplicacin del rgimen del salvamento, del hallazgo y el tesoro al Patrimonio
Cultural Subacutico | 56
4.3.5 El establecimiento de un rgimen de vigilancia e inspeccin del Patrimonio
Cultural Subacutico | 58
4.4 Actuaciones prioritarias | 59
Las intervenciones arqueolgicas | 61
5.1 Los proyectos de investigacin arqueolgica subacutica | 62
5.1.1 Cuestiones generales | 62
5.1.2 Actuaciones prioritarias | 65
5.2 Intervenciones preventivas y de urgencia | 65
5.2.1 Defniciones | 65
5.2.2 Situacin actual | 65
5.2.3 Actuaciones prioritarias | 69
5.3 Requisitos exigibles en todo proyecto de actuacin arqueolgica | 71
5.3.1 Requisitos exigibles al proyecto | 715.3.2 Requisitos exigibles al equipo humano de una intervencin arqueolgica subacutica | 71
La conservacin del patrimonio cultural subacutico | 73
6.1 Estado de la cuestin | 74
6.2 Especifcidad de los objetos arqueolgicos de procedencia subacutica | 74
6.2.1 La conservacin in situ| 76
6.2.2 La extraccin de los objetos | 77
6.3 La gestin de la conservacin | 79
6.4 Actuaciones prioritarias | 80
La formacin de personal | 817.1 La ormacin cientfca superior | 82
7.2 La ormacin tcnica | 83
7.3 Actuaciones prioritarias | 85
La difusin | 87
8.1 Situacin actual | 88
8.2 Defnicin de objetivos | 88
8.3 Actuaciones prioritarias | 89
Propuestas de actuacin prioritaria en el Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio
Cultural Subacutico Espaol | 91Anexo: Convencin UNESCO sobre la proteccin del patrimonio cultural subacutico, de 2 de
noviembre de 2001 | 96
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El patrimonio cultural subacutico en Espaa13
1El patrimonio culturasubacutico en Espaa
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14Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
1.1 INTRODUCCIN GENERAL
Se entiende por Patrimonio Cultural Subacutico
Espaol aquel que, reuniendo las caractersticas del
Patrimonio Histrico Arqueolgico recogido en lalegislacin vigente, se encuentra en las aguas inte-
riores y continentales espaolas, incluidas las capas
reticas, y en las aguas marinas sobre las que Espa-
a ejerce soberana o jurisdiccin, extendiendo esta
consideracin a aquel Patrimonio de iguales carac-
tersticas sobre el que Espaa pueda ejercer alguna
reclamacin o invocar algn derecho por medio de
las leyes nacionales y el Derecho internacional.
La evolucin continuada del conocimiento cient-
ico y los altos niveles de competencia cientica y
tcnica alcanzados por nuestro pas, equiparable en
todo a los pases ms avanzados en materia de Patri-
monio Subacutico, as como la evolucin altamen-
te positiva en la consideracin de la sociedad hacia
el Patrimonio Histrico Arqueolgico en general y
al Patrimonio Subacutico en particular, motiv la
atencin de los poderes pblicos y la determinacin
del Consejo del Patrimonio, a encargar la redaccin
de un documento de principios que pueda utilizar-
se como base de actuacin poltica y administrativapor parte del Estado y de las Comunidades Autno-
mas en el mbito de sus respect ivas competencias.
El Patrimonio Cultural Subacutico, cuya aproxi-
macin cientica se realiza por medio de la Ar-
queologa, es hoy una parte muy relevante de nues-
tro Patrimonio. Es una parte de gran trascendencia
de nuestra historia, acentuada esta importancia por
la entrada en vigor, el 2 de enero de 2009, de la
Convencin UNESCO sobre la proteccin del patri-
monio cultural subacutico, de 2 de noviembre de
2001 (Convencin UNESCO de 2001, de ahora en
adelante).
Dicho Patrimonio y su explotacin con ines cient-
icos, educativos, culturales y sociales, pero nunca
econmicos, constituye en la actualidad un marco
Sede del antiguo CNIAS, Cartagena (Archivo ARQUA, 2
Sede del CASC, Girona (Archivo C
Sede del CASCV, Castelln (Archivo CA
Sede del CAS, Cdiz (Archivo
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El patrimonio cultural subacutico en Espaa15
de inters social que presta una atencin muy sig-
niicativa al mismo; equiparable a la que esa misma
sociedad presta al resto del acervo histrico y cul-
tural espaol, como signo de madurez de nuestra
sociedad y de los poderes pblicos que la rigen y lo
gestionan.
La sociedad espaola, en el contexto internacional,
pero de manera muy signiicativa en el nacional,
reclama hoy da una atencin preerente a este pa-
trimonio, sobre todo en los niveles de inormacin
pblica e incorporacin de los resultados de la in-
vestigacin a los circuitos culturales por medio de
su exhibicin en museos, exposiciones y diusin
general.
Espaa, territorio que encierra un potencial patri-
monial extraordinario por la extensin de sus cos-
tas y aguas interiores y continentales, as como por
los intereses sobre nuestro patrimonio disperso por
los mares y ocanos de los seis continentes (Antr-
tida incluida), siempre dentro de lo que ampare la
normativa internacional en la materia y los acuer-
dos bilaterales o multilaterales a que se pueda llegar
con otros pases, debe actuar de orma decidida en
deensa de este acervo cultural.
Tal y como se deine en los captulos correspon-
dientes a legislacin, investigacin y ormacin,
estamos en un momento de extraordinaria trascen-
dencia para actuar de orma decidida y coordinada
Caones del pecio Boucentaure, s. XIX (Archivo CAS, 1995).
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16Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
por medio de polticas comunes, o al menos com-
plementarias entre el Estado y las Comunidades
Autnomas. Cada uno en su mbito competencial
y dentro de las posibilidades que permite y puedeestablecer un rgano colegiado como es el Consejo
del Patrimonio Histrico Espaol deberan ela-
borar planes nacionales o regionales que aciliten la
tarea investigadora y la recuperacin patrimonial de
acuerdo con los ines y lmites establecidos en la
legislacin vigente.
En primer lugar se considera que es prioritaria una
actuacin conjunta y/o coordinada en varios ren-
tes, para la obtencin de unos objetivos prioritarios,
que permitan deinir con claridad una poltica de
mnimos aceptable por todas las Comunidades Au-
tnomas como base de la actuacin utura.
En segundo lugar, el anlisis de la realidad actual
el nico punto de partida posible indica con
claridad una disimilitud en el conocimiento de ese
rico patrimonio en los dierentes tramos de costa
correspondientes a las dierentes Comunidades Au-
tnomas, como consecuencia de polticas pasadas,
en las que las prioridades de actuacin no han sidosimilares. Ello se traduce en un nivel de conoci-
miento desigual, que acarrea inmediatamente una
proteccin poco eicaz, amn de claramente dismil
entre unos y otros territorios, as como un cono-
cimiento cientico dispar que como consecuencia
provoca un aprovechamiento, cientico, educativo,
cultural y social muy deiciente en trminos gene-
rales, si hablamos de la totalidad del territorio es-
paol.
1.2 CARTAS ARQUEOLGICAS
El conocimiento de la realidad patrimonial de nues-
tras costas debe llevarse a cabo a travs de la ela-
boracin de las Cartas Arqueolgicas, instrumentos
de inventario y catalogacin que se han mostrado
tiles en todos los pases tanto para el patrimonio
arqueolgico terrestre como para el subacutico. En
el caso espaol, esta especialidad est todav
un estado incipiente en relacin con el Patrim
Subacutico, salvo excepciones muy signifcat
y pese a que ya en 1984 se instituy por la entoDireccin General de Bellas Artes del Minist
de Cultura el primer Plan Nacional de Docum
tacin del Litoral Espaol. Plan que qued pr
camente inoperante a nivel global y solamente
continuado por algunas Comunidades Autno
en su mbito competencial y territorial.
Por lo antedicho, es ahora de vital importa
acometer sin tardanza la realizacin, con el i
completar y mantener en revisin constante lu
dicha Carta Arqueolgica Subacutica de Esp
como programa unitario o mejor, sin duda c
suma de los programas, con una base homolog
mnima de todas las Comunidades Autnomas
el Ministerio de Cultura y la colaboracin de o
organismos nacionales.
La realizacin de esta documentacin bsica ten
unos eectos inmediatos en materia de protecc
investigacin y planiicacin de cuantas actuaci
hayan de realizarse en nuestras costas y aguas iriores, bien sea por las administraciones pblic
por particulares. Adems permitira a nuestro
ponerse en los puestos de cabeza entre los pases
activaran una poltica eicaz en la materia, tal y c
recomienda la Convencin UNESCO de 2001.
Para la rpida puesta en marcha o continuacin
gn los casos, de este primer programa naciona
necesaria la cooperacin decidida de todas las
ministraciones implicadas, sin reservas ni caut
amn de las legalmente previstas, para que el
yecto cuente con la aportacin de los medios n
sarios, el empuje y la voluntad poltica precisa
eicacia inmediata.
Una vez alcanzado este objetivo prioritario
drn programarse de orma undada actuacio
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El patrimonio cultural subacutico en Espaa17
de envergadura en esta materia segn criterios na-
cionales e internacionales de idoneidad cientica y
oportunidad, al margen de las actuaciones urgentes
que requieren una accin inmediata.
1.3 RECURSOS DOCUMENTALES
Desde el Plan Nacional se deber impulsar la inves-
tigacin de toda clase de uentes documentales, la
mejor puesta en valor de las mismas y la programa-
cin sistemtica de proyectos sobre ellas, que sirvan
para acilitar programas de investigacin subacuti-
ca a corto, medio y largo plazo.
Espaa, por ortuna para el conjunto de nuestra
sociedad, cuenta con un acervo documental en
nuestros archivos de todo tipo, pero singularmente
aquellos nacionales de tipo general o especico,
como el Archivo de la Corona de Aragn, el Ar-
chivo Nacional de Simancas, el Archivo General de
la Armada, el Archivo General de Indias y otros
menores. Se entiende que los archivos dependientes
de las Comunidades Autnomas, y eventualmente
otros, deberan contar con una atencin similar
para esta aplicacin concreta. De manera privile-
giada, estos archivos ponen a disposicin de la in-
vestigacin un punto de partida excepcionalmente
rico, muy superior al de otros pases que surieron
prdidas lamentables o nunca dispusieron de tal r i-
queza. Ello ha de permitir disponer de una herra-
mienta utilsima, como ha venido demostrndose,
para emprender buena parte de la investigacin en
estos campos.
Puerto romano de Oiasso (Archivo Arkeolan, 1992). Cargamento de nforas del pecio Bou-Ferrer (Archivo CASCV-TI, 2001).
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18Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Barco medieval Les Sorres X en el Delta del LLobregat (Archivo CASC, 1
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20Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
la ormacin en tcnicas de buceo recreativo por
parte de operadoras comerciales. Ello no beneicia
en absoluto su aplicacin para la inal idad cientica
y patrimonial que pretende el Plan Nacional.
Debe aceptarse, siguiendo los criterios internacio-
nales y en estricta aplicacin de la normativa esta-
tal, que el buceo cientico que se aplicara a los
proyectos de investigacin en materia de Patrimo-
nio Subacutico, para los cienticos participantes,
no para los simples operarios y algunos tcnicos
es una actividad que no debe estar sujeta a la nor-mativa del buceo proesional (comnmente buceo
comercial), como en la actualidad exigen algunas
Comunidades Autnomas.
Est reconocido como una actividad cientica para
la que debe ser suiciente la ormacin de base en
buceo, segn los estndares del buceo recreativo o
deportivo, complementado por cursos especicos
de ormacin en buceo cientico como existe en
el panorama internacional. En este sentido el Plan
Nacional deber proponer al Consejo del Patrimo-
nio, para su transmisin a las Comunidades Aut-
nomas, la homogeneizacin de la ormacin de los
buceadores, imprescindible para el desarrollo del
mismo, por la va de la ormacin en buceo cienti-
co a partir de las titulaciones de buceo deportivo o
recreativo, que deben ser las aplicables.
1.6 TRANSMISIN DEL CONOCIMIENT
LA SOCIEDAD
Es imprescindible y urgente, adems de cult
y socialmente deseable, que los recursos quapliquen al desarrollo del Plan Nacional tengan
correlato, en todos los tramos del recorrido, e
esuerzo necesario para hacer llegar a la socie
la realidad y necesidad del Plan Nacional y la e
me trascendencia que la proteccin, investigaci
diusin del patrimonio cultural subacutico t
para el desarrollo cultural del pas.
En los ltimos aos hemos podido apreciar cm
sociedad espaola e internacional ha aumentad
su sensibilidad y atencin a estos temas, sobre t
ligando su inters a los llamativos casos de expol
extracciones con ines comerciales, en clara con
vencin de lo postulado por la comunidad arque
gica internacional, de los principios recogidos e
Convencin UNESCO del 2001 y de los intere
legislaciones nacionales (en cada caso). Un pb
cada vez mas inormado, curioso y exigente, d
ver satisechas sus necesidades de inormacin r
rosa y tener la conviccin de que los poderes pb
el Estado y las Comunidades Autnomas en ntro caso, a los que deberan aadirse las entid
locales se preocupan por este patrimonio y ha
lo necesario para, aplicando los recursos cient
materiales y legales a su alcance, proteger y/o r
perar algo que signiica cada vez ms para el con
miento de nuestro pasado comn.
No obstante este inters creciente, el Plan Naci
hara un laco avor a la sociedad si no aprovec
esta plataorma que se nos brinda para promover c
paas de inormacin rigurosas por los mas dive
medios, a ser posible coordinadas con las Comun
des Autnomas y otros agentes implicados, para
los ciudadanos reciban los mensajes adecuados
caigan, ruto de la desinormacin, en interpreta
nes errneas, contradictorias u opuestas a los inter
generales que deben prevalecer en todo momento
Poblado neoltico de La Draga en el Lago de Banyoles (Archivo CASC).
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola21
2La situacinde la arqueologa
subacutica espaola
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22Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
En el momento de plantear la elaboracin de un
Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultu-
ral Subacutico Espaol es imprescindible realizar
un anlisis de la evolucin de la arqueologa suba-cutica espaola durante las ltimas dcadas con el
objetivo de detectar las acciones y las omisiones que
nos han conducido a la situacin actual.
2.1 ANTECEDENTES
Seguramente ue el III Congreso Internacional de
Arqueologa Submarina, celebrado en Barcelona en
septiembre de 1961, el que marc el inicio de una
nueva y ecunda etapa de la arqueologa subacutica
espaola.
Intentemos situar el congreso en su momento his-
trico. En 1961 Espaa se esorzaba por mejorar
su imagen en el extranjero y en este contexto una
reunin cientica internacional no poda dejar de
tener el soporte del aparato del Estado, que puso
los medios para asegurar tanto el xito de organi-
zacin como el cientico. Para ello, muchos meses
antes se potenciaron todos los trabajos en curso, se
sistematiz todo lo hecho, se celebraron reuniones,
se aglutinaron esuerzos y el resultado ue que de lasveinticinco personas que irmaron ponencias en las
actas del congreso, nueve eran espaolas.
Pero hay un dato signiicativo que no podemos olvi-
dar. De los nueve espaoles irmantes de ponencias
en el congreso, ninguno era arquelogo titulado,
todos eran submarinistas o estudiosos, algunos bri-
llantes, pero no proesionales de la arqueologa. A
pesar de que como presidentes, secretarios, vocales
o simples oyentes asistieron al congreso eminentes
doctores responsables de la arqueologa espaola,
como M. Almagro, J. Maluquer, A. Martn, L. Peri-
cot o E. Ripoll.
De este congreso cabe destacar tambin las reco-
mendaciones que se recogen en las conclusiones, de
las que resumiremos algunas:
1.- El Congreso considera del mayor inters
el Gobierno Espaol arme una nave de la Ma
Militar para las exploraciones arqueolgicas
marinas.
2.- Esa nave debe depender de un Centro E
rimental de Arqueologa Submarina.
3.- Dicho Centro Experimental debe depe
de los Ministerios de Marina y de Educacin
cional.
4.- Debe omentarse entre buceadores y arqu
logos el espritu de colaboracin.
5.- Es absolutamente necesario que toda ac
dad en yacimientos arqueolgicos est diri
por un arquelogo.
Extraccin de nforas en los aos setenta (Archivo C
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola23
Analizado, casi cincuenta aos ms tarde, el congre-
so ue un xito para Espaa: Se anim y potenci
a las personas que empezaban a hacer arqueologa
subacutica y se les puso en contacto con las prcti-cas internacionales. Se transmiti a los estamentos
oiciales y acadmicos la existencia y la realidad de
la arqueologa subacutica. En resumen, se cre un
ambiente que posibilit o al menos acilit acciones
posteriores y entre ellas la creacin, aos ms tarde,
de los Patronatos de Arqueologa Submarina de Ba-
leares, Cartagena, Ceuta y Gerona.
El congreso ue relejo de la mentalidad y situacin
de la poca. La arqueologa subacutica era una ac-
tividad desarrollada por buceadores deportivos que,
encuadrados en clubes de inmersin, dedicaban a
ello sus das de descanso. Algunos arquelogos pro-
esionales desde las instituciones que dirigan dieron
un cierto soporte a esa actividad que consideraban
simptica. Al menos as lo pensaba el prestigioso
arquelogo que, en su condicin de catedrtico
de la Universidad de Madrid y director del Museo
Arqueolgico de Barcelona, pronunci el discurso
oicial de clausura del congreso sealando como essimptica esta rama de la arqueologa que vosotros
cultivis. La arqueologa submarina es deportiva,
nueva, joven, vigorosa, llena de uturo [].
Acabado el congreso los doctores y los catedrticos
volvieron a sus museos y a sus aulas y tuvo que pasar
mas de un decenio para que algn arquelogo espa-
ol empezara a acceder a los yacimientos subacuti-
cos. La arqueologa subacutica, considerada como
una actividad simptica y deportiva, permaneci
alejada del inters del aparato proesional de la ar-
queologa.
Cabe recordar que en aquellos mismos aos,
en otros pases europeos, las instituciones arqueo-
lgicas s que desarrollaron un papel activo en el
Campaa ARQUEOSUB II en San Vicente de la Barquera (Archivo LIAS,1987).
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24Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Yacimiento escuela en San Ferreol, Murcia (Archivo ARQUA, 198
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola25
campo de la arqueologa subacutica. En Italia exis-
ta el Centro Sperimentale di Archeologia Sottomari-
na que contaba con la nave Daino y posteriormente
la Cycnus y despus la Cycnulus; y todo ello con elsoporte del Ministero dei Beni Culturali. En Francia,
en 1967, se cre la Direction des Recherches Archo-
logiques Sous-Marines (DRASM), dependiente del
Ministerio de Cultura rancs, que dot al nuevo
organismo con una nave especialmente construida,
el Archonaute.
Creemos que en este congreso y sus actas se encuen-
tran esbozadas soluciones que todava hoy son vli-
das, pero tambin creemos que en l se encuentran
algunas de las claves para entender por qu aquellas
soluciones, propuestas hace casi cincuenta aos, to-
dava no han dado los resultados esperados.
2.2 LOS MEDIOS TCNICOS
La primera conclusin del Congreso de 1961 ad-
verta que [e]l Congreso considera[ba] del mayor
inters que el Gobierno Espaol arme una nave dela Marina Militar para las exploraciones arqueol-
gicas submarinas.
Sin caer en el tpico, por otra parte also, de que la
arqueologa subacutica necesita unos medios tc-
nicos enormemente complejos y considerablemente
costosos, s que es cierto que esta actividad requie-
re de unas inraestructuras especicas que, por no
existir en la arqueologa tradicional terrestre, de-
ben adquirirse en algn momento.
Los medios tcnicos podemos reunirlos en dos
grandes grupos: aqullos que hacen actible las
Embarcacin Thetis del CASC (Archivo CASC, 2008).
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26Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Snar de barrido lateral (Archivo ARQUA, 20
ROV para comprobacin de anomalas arqueolgicas (Archivo ARQUA, 20
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola27
Mangas de succin en Cala Sant Vicen (Archivo CASC, 2002).
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28Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
actuaciones en el mar y aqullos necesarios para
los trabajos posteriores, especialmente en lo que
hace reerencia a la conservacin y restauracin de
los materiales patrimoniales.
2.2.1 Los medios para la actuacin en el mar
En este apartado hemos de distinguir entre la em-
barcacin y su equipamiento. En el momento ac-
tual, nicamente Catalua dispone de una embar-
cacin adecuada para llevar a cabo algunos trabajos
de arqueologa subacutica. Andaluca, el Museo
Nacional de Cartagena (ARQUA), la Universidad
de Zaragoza y el Museo Martimo del Cantbrico
disponen de medios ligeros que limitan considera-
blemente su capacidad de actuacin.
En cuanto al equipamiento cabe distinguir e
los medios electrnicos de prospeccin arque
gica y los medios que posibilitan la excavacin
inmersin subacutica.
2.2.2 Los medios electrnicos de
prospeccin
La experiencia de los ltimos aos nos advierte,
una parte, de que determinados medios electr
cos sofsticados entre otros, ROVs, snar de b
do lateral, magnetmetros o sondas multihaz
demostrado ser en ciertos casos herramientas
en manos del arquelogo subacutico, pero no
suelven en modo alguno por s mismos toda
necesidades cientfcas y tcnicas que un proy
Laboratorios de conservacin y restauracin (Archivo CAS).
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola29
arqueolgico subacutico precisa. Son simplemente
una herramienta auxil iar. Por otra parte, esa expe-
riencia nos indica asimismo que son medios costo-
sos; y, por otra, que esta tecnologa evoluciona a
tal velocidad que cualquiera de los aparatos corre
el riesgo de quedar obsoleto al poco tiempo de su
adquisicin. Por estas razones, entre otras, es acon-
sejable recurrir al a lquiler y no a la compra. Su ca-
rencia en los actuales centros de investigacin espa-
oles no constituye, pues, un problema prioritario.
2.2.3 Los medios de ecavacin e inmersin
Siempre son mejorables, pero los centros dispo-
nen en estos momentos de los medios de este t ipo,
adecuados a los trabajos que vienen realizando. Sin
duda debern aumentarse si existe un plan que po-
sibilite el incremento de actividad.
2.2.4 El espejismo de las compaas de
buscadores de tesoros
Es de extraordinaria importancia no caer en el
error de creer que los centros de arqueologa suba-
cutica deben dotarse de los medios, en ocasiones
espectaculares, que nos muestran los reportajes de
televisin como equipamiento de algunas compa-
as caza-tesoros. Hay que saber distinguir entre
lo que es una actividad que tiene por objetivo l-
timo la localizacin y recuperacin comercial de
barcos hundidos, incluso a centenares de metros de
profundidad, y otra muy diferente la arqueologa
Restauradoras trabajando en laboratorio (Archivo ARQUA, 2008).
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30Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
subacutica, que tiene por objetivo aportar cono-
cimiento histrico a la sociedad y que requiere me-
dios tcnicos especfcos.
Sera peligroso que la arqueologa subacutica espa-
ola cayera en el error de participar en una carrera
meditica por conseguir lo ms grande, lo ms anti-
guo y lo ms espectacular.
Las amenazas al Patrimonio Cultural Subacutico
son distintas segn se encuentre en aguas someras o
en aguas proundas. La arqueologa subacutica es-
paola debe saber dar respuesta a ambos retos con
las prioridades, los medios tcnicos y humanos y las
herramientas jurdicas apropiadas en cada caso.
2.3 LOS MEDIOS DE LABORATORIO
Si bien algunas Comunidades Autnomas carecen
de inraestructuras mnimas especializadas, proba-
blemente sea en este campo en el que la arqueolo-
ga subacutica espaola haya avanzado ms en los
ltimos aos, estando los centros de ARQUA, Ca-
talua, Andaluca, la Universidad de Zaragoza y el
Museo Martimo del Cantbrico, razonable aunque
desigualmente dotados para responder a las necesi-dades que generan sus actividades.
2.4 LOS ORGANISMOS DE GESTIN
En el Congreso de 1961 se conclua asimismo lo si-
guiente:
2.- Esa nave debe depender de un Centro Expe-
rimental de Arqueologa Submarina.
3.- Dicho Centro Experimental debe depender
de los Ministerios de Marina y de Educacin Na-
cional.
De estas recomendaciones de hace casi cincuenta
aos conviene resaltar que ya entonces se entenda
que la arqueologa subacutica debera ser realizada
por organismos especializados y dierentes de los
que en aquel momento y ahora actan sobre la
queologa terrestre.
As lo entendieron los gestores polticos que a pde los aos ochenta crearon los centros de arqueo
subacutica en Cartagena, Gerona, Burriana y C
Conviene relexionar sobre las circunstancias d
creacin.
El Centro Nacional de Arqueologa Submarina,
ARQUA, con sede en Cartagena y dependiente
Ministerio de Cultura se cre en los aos en que e
tado, como consecuencia de la Constitucin de 1
estaba desarrollando un nuevo marco compete
con el traspaso a las Comunidades Autnomas d
responsabilidades sobre la arqueologa. Es precisam
te como consecuencia de este proceso de asunci
competencias que diversas autonomas crearon
respectivos centros de arqueologa subacutica.
Este marco produjo algunos hechos signiicativos
marcaron y condicionaron la arqueologa subacu
espaola actual:
1. El Centro Nacional vio enormemente redusu mbito geogrico de actuacin.
2. En el panorama general de Espaa, por la s
de recursos aportados por las autonomas, se
dujo un incremento espectacular de los medios
nicos, humanos y econmicos, en comparacin
los que existan en los aos setenta. Lo cual s
actualmente a Espaa entre los pases ms ev
cionados de su entorno. Pero es cierto que e
medios se utilizan en cada autonoma con es
o nula relacin entre los diversos centros y equ
cienticos institucionales existentes.
3. Las diversas autonomas crearon sus cen
cuando ya estaban diseados sus respectivos o
nigramas para la arqueologa, los cuales se ha
centrado en la arqueologa terrestre mas inmed
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola31
En aquel momento no se encontr el emplazamien-
to correcto para la actividad recin llegada y des-
conocida a la que se continu considerando como
simptica, compleja y con ama de cara.
Lo cierto es que la mayora de los actuales centros de
arqueologa subacutica son en realidad organismos
consultivos y asesores, pero no creadores, decisorios
ni ejecutores de programas y proyectos relativos a la
gestin del Patrimonio Cultural Subacutico, dndose
la paradoja de que los inormes tcnicos ltimos sobre
este patrimonio son responsabilidad de tcnicos no es-
pecialistas en arqueologa subacutica.
2.5 LA DIFUSIN y PROTECCIN
Otra recomendacin del congreso de 1961 ue
que [deba] omentarse entre buceadores y
arquelogos el espr itu de colaboracin.
Primera reunin del Patronato del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica (Archivo ARQUA, 2008).
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32Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
En el momento de redaccin de esta recomenda-
cin, exista una ausencia absoluta de arquelogos
que hicieran inmersin subacutica, al tiempo que
eran los buceadores deportivos los principalescausantes de la destruccin del patrimonio, ge-
neralmente por desconocimiento. En este marco
es comprensible aquella recomendacin la cual, a
pesar del tiempo transcurrido y la modiicacin
del panorama general, sigue siendo vlida.
En los ltimos aos, probablemente como conse-
cuencia de que la mayora de los restos arqueo-
lgicos visibles ya han sido expoliados, son las
obras pblicas y privadas la principal causa de
la destruccin del Patrimonio Cultural Subacu-
tico.
Por otra parte y aceptando que todava quedan
submarinistas recalcitrantes, es cierto que la
mentalidad de ese sector deport ivo va cambiando
paulatina e inexorablemente hacia la conserva-
cin del medio ambiente en todos sus aspectos.
En este nuevo marco la recomendacin del con-
greso sigue siendo vlida en el sentido de hacerpartcipe de este patrimonio a la sociedad en
general y en especial a los grupos ms directa-
mente relacionados con el mar. La arqueologa
slo encuentra su justiicacin en la medida que
aporta un conocimiento y un beneicio social y
ser en la medida que la sociedad se sienta parti-
cipe, cuando colaborar, apoyar y proteger un
patrimonio que sienta como propio.
2.6 LA FORMACIN y LA ExISTENCIA DE
TCNICOS ESPECIALIzADOS
Entre sus conclusiones, el Congreso de 1961 des-
tacaba igualmente lo siguiente:
Es absolutamente necesario que toda actividad
en yacimientos arqueolgicos est dirigida por un
arquelogo.
Es evidente que esta recomendacin del cong
de 1961 permanece inclume en lo que se ref
a aspectos tcnicos y tambin en lo que se ref
a cuestiones cientficas. Cada vez ms la arquloga subacutica propicia la aparicin de cam
de investigacin que le son prximos y gen
nuevos enfoques para la investigacin histri
Aceptada esta necesidad, es paradjico que
existan cauces normalizados para la formaci
estos tcnicos especializados. La universidad
paola est centrada casi exclusivamente sob
arqueologa terrestre tanto en lo referente a c
tiones tcnicas y metodolgicas como cientf
Temas como la arquitectura naval, la organ
cin del transporte y el comercio naval y la
toria naval en general, estn casi ausentes de
programas docentes de nuestras universida
Lo cierto es que todava hoy nuestros arque
gos subacuticos han de formarse, en gran pa
de manera autodidacta, asistiendo a las esc
excavaciones que se llevan a cabo y soportand
elevado coste que supone la asistencia a pro
mas formativos en universidades extranjeras.
El problema es serio despus de ms de veinte
de existencia de centros de arqueologa suba
tica y las consecuencias se detectan, por ejem
en el escaso nmero de publicaciones cient
generadas, publicaciones de las que tendran
nutrirse los documentos de diusin, las exp
ciones y dems realizaciones que deberan apr
mar este patrimonio al pblico con un rigor c
tico adecuado.
Si a estas deiciencias en cuanto a la orma
aadimos el escaso nmero de arquelogos su
cuticos proesionales existentes en Espaa, a
ciamos ya y suriremos en los prximos ao
alta del elemento esencial, el humano, que p
bilitar la puesta en prctica de cualquier plan
proteccin del Patrimonio Cultural Subacuti
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La situacin de la arqueologa subacutica espaola33
A pesar de lo dicho el cambio cuantitativo
ha sido espectacular y baste decir que a media-
dos de los aos setenta no exista en Espaa
casi ningn arquelogo que tuviera una for-macin en arqueologa subacutica mientras
que en la actualidad hay ms de doscientos que
han recibido, en mayor o menor grado, forma-
cin en esta materia. Desgraciadamente slo
un escaso nmero de ellos ha podido continuar su
actividad profesional en este campo.
2.7 UN MODELO INADECUADO DE
ORGANIzACIN y GESTIN
Resumiendo la situacin actual del Patrimonio
Cultural Subacutico y de la arqueologa subacu-
tica espaola hemos de reconocer que su evolucin
en los ltimos veinte aos ha sido espectacular.
En el campo legislativo se ha equiparado la protec-
cin de los yacimientos arqueolgicos subacuti-
cos a los terrestres, tanto en la legislacin estatal
como en las autonmicas. Adems, Espaa ha rati-
ficado la Convencin UNESCO de 2001, oblign-
dose por tanto a crear un nuevo marco legislativo
y reglamentario al respecto.
En el campo de la organizacin, Espaa se ha dota-
do de un centro nacional y tres autonmicos que
permiten asegurar una continuidad en las actua-
ciones y denotan un posicionamiento poltico es-
peranzador.
En cuanto a las infraestructuras se evidencia la ca-
rencia de embarcaciones adecuadas que posibili-
ten trabajos en el mar, pero sin embargo la dota-
cin en edificios, herramientas y laboratorios es,
con distintos niveles de desarrollo, aceptable para
proyectos pequeos y medianos.
En medios humanos la situacin es ms deicitaria,
tanto en lo reerente al nmero de proesionales en
el sector pblico o privado, como en lo relativo a las
posibilidades de ormacin de nuevos arquelogos
que garanticen la continuidad de la actividad con
garantas cienticas y patrimoniales.
La difusin y proteccin, a pesar de los avances rea-lizados siendo de destacar la inauguracin de
ARQUA como primer museo especicamente de-
dicado a la arqueologa subacutica siguen siendo
insuicientes; y ms en estos momentos en que a la
endmica destruccin del patrimonio se ha unido
la originada por el enorme volumen de obras pbli-
cas y privadas que se realizan en nuestras costas y a
la prolieracin de empresas y particulares, que se
beneician de la drstica disminucin del coste de
los aparatos electrnicos y mecnicos para la locali-
zacin y extraccin de objetos arqueolgicos.
A partir de este diagnostico de la situacin que no
por resumida deja de ser objetiva, tendramos que
deducir que se dan las circunstancias para que la
arqueologa subacutica espaola produzca unos
resultados aceptables, pero por desgracia esto no
sucede.
Las causas son mltiples y se concatenan cerrando
un crculo vicioso, que tiene su origen sin duda enel sistema de organizacin administrativa en que se
enmarca esta actividad:
1. Probablemente la primera causa est en el
error de considerar, como hace la legislacin
vigente, que todo aquello que es vlido para la
arqueologa terrestre lo es tambin para la suba-
cutica, olvidando la enorme dierencia tcnica
que supone trabajar en un medio u otro. Se ol-
vida asimismo que el corpus normativo aplicable
al mar, poco tienen que ver con las del suelo, los
planes parciales de los municipios o los condicio-
nantes urbansticos, as como son dierentes las
autoridades y responsables de uno y otro medio.
2. Partiendo de los errores anteriores y recordan-
do el escaso nmero de arquelogos subacuticos
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34Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
existentes as como su escasa o nula presencia
en los organismos tcnicos de decisin adminis-
trativa, no es extrao que en estos momentos
las decisiones que aectan a la arqueologa suba-cutica espaola, sean tomadas por personas con
un escaso o nulo conocimiento de los problemas
reales de este patrimonio. Dicha situacin aca-
rrea que, con mayor recuencia de la deseada, se
tomen decisiones errneas o que ante el temor
originado por el desconocimiento, no se tomen
decisiones. En consecuencia, todo lo antedicho
se ha convertido en el principal reno para el de-
sarrollo de la arqueologa subacutica espaola.
3. De los dos puntos anteriores se deriva que a
pesar de la existencia de medios humanos y tc-
nicos, stos estn inrautilizados y no producen
los resultados que seran deseables.
4. La situacin llega a ser de tal gravedad que
los diversos centros de arqueologa subacuti-
ca, en menor o mayor grado, son bsicamente
meros organismos consultivos, y no siempre,
convirtiendo a los tcnicos no especializados en
arqueologa subacutica de las administracionespblicas en los actores decisorios de los diversos
planes de actuacin, incluso de las inspeccio-
nes tcnicas, de los trabajos subacuticos que se
realizan en la actualidad.
5. Una muestra de lo expuesto lo encontra-
mos en la concepcin y organizacin de las lla-
madas excavaciones preventivas, cuando stas
son realizadas con carcter exclusivo por em-
presas privadas. Para este tipo de actuaciones
en medio subacutico se han traspasado de or-
ma automtica las soluciones adoptadas para
la arqueologa terrestre, olvidando entre otras
cosas que los medios humanos y tcnicos nece-
sarios para actuar en el mar dicilmente estn
en posesin de las empresas privadas, tanto por
su coste econmico como por la inseguridad en
la continuidad en los trabajos, lo que hace
arriesgada la inversin importante en inr
tructuras.
La realidad es que ambas soluciones adopt
son inadecuadas y peligrosas. En unas ocasio
se opta por el alquiler de toda la inraestru
ra, lo cual encarece exponencialmente la ac
cin, que genera como consecuencia inmed
el recelo y oposicin de las empresas const
toras. En otras ocasiones son las propias em
sas de obra las que aportan los medios y ade
pagan a los arquelogos que de este modo q
dan sometidos a los intereses econmicos y
presin de las empresas constructoras, poc
nada conocedoras de los problemas cient
que acompaan inexcusablemente cualq
actividad de este tipo.
El problema es todava ms grave en los tr
jos posteriores a la excavacin, ya que requi
laboratorios complejos y procesos que pue
durar lustros, requisitos ambos que las empr
privadas de arqueologa subacutica en nin
caso pueden garantizar por la propia deinidel contrato de adjudicacin. El resultado
degradacin de los materiales arqueolgicos
medos y la inexistencia de estudios y pub
ciones sobre los trabajos realizados.
6. Es deseable la participacin de las em
sas privadas de arqueologa subacutica, p
siempre dentro de un marco legal y reglam
tario que contemple las peculiaridades y las
cesidades especicas del Patrimonio Cult
Subacutico.
En esta situacin y ante la puesta en marcha d
Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio
tural Subacutico se impone desarrollar un nu
modelo de organizacin y gest in de la arqueol
subacutica.
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La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol35
3La documentacindel patrimonio cultura
subacutico espao
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36Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
3.1 LA INVESTIGACIN DOCUMENTAL
Uno de los requisitos primordiales para la protec-
cin del Patrimonio Cultural Subacutico consiste
en el conocimiento de todo aquello que acilita sulocalizacin, datacin, interpretacin, estudio y
evaluacin. Conocimiento que, especialmente para
la historia ms reciente, es producto primordial de
la investigacin documental y de la encuesta et-
nogrca entre los colectivos relacionados con el
medio marino, por lo que tales actuaciones resul-
tan imprescindibles, tanto para la coneccin de la
Carta arqueolgica subacutica, como para la ela-
boracin de la necesaria planicacin, propuesta
de proyectos y gestin rigurosa. Todo ello permite
llevar a cabo cualquier intervencin cientca diri-
gida a este tipo de patrimonio, as como para proce-
der a su posterior estudio, interpretacin y puesta
en valor que posibiliten el logro de su consiguiente
rentabilidad social.
Aortunadamente, Espaa cuenta con una riqu
documental extraordinaria, susceptible de ser
plotada para este in. Es especialmente abund
desde las postrimeras de la Edad Media hastpresente y est repartida entre los archivos naci
les, autonmicos, provinciales, eclesisticos, loc
y privados. A toda esta documentacin habra
aadir el vaciado de la inormacin contenida en
trabajos al respecto publicados hasta hoy, tant
Espaa como sobre los pecios espaoles estudi
en el extranjero.
Los mbitos de conocimiento implicados van d
la historia de la navegacin tanto en los asp
tos de las pesqueras como en los del comerc
la guerra hasta la comprensin de las tecnolo
necesarias para llevar a eecto tales actividades
procedimientos de construccin naval, sistema
navegacin, armamento, logstica, etc., adem
Biblioteca del Museo Nacional de Arqueologa Subacutica (Archivo ARQUA, 2008).
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38Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
as como de las memorias de obras pblicas que
hayan aectado al Patrimonio Cultural Subacu-
tico y los estudios de dinmica de costa disponi-
bles.
5. Propiciar la coneccin de programas de va-
ciado exhaustivo de las uentes susceptibles de
contener inormacin sobre los aspectos resea-
dos en todas las Comunidades Autnomas.
6. Establecer una unidad de coordinacin en-
cargada de codiicar homogneamente y circular
la inormacin resultante entre todos los centros
espaoles dedicados a la arqueologa subacutica,
las universidades interesadas y otros centros de
investigacin, tanto nacionales como extranjeros.
7. Asumir la coneccin de una base de datos
nacional donde se integre el resultado de todas
las actuaciones anteriormente enunciadas, con
los mecanismos de permanente actualizacin
requeridos por un campo de conocimiento tan
abierto a las novedades como es este.
3.1.3 Actuaciones prioritariasEntre las actuaciones prioritarias que se proponen
caben ser destacadas las siguientes:
1. Reconstruccin documental de las lotas
hispanas e inraestructuras que las hicieron posi-
bles; e inventario exhaustivo de nauragios a par-
tir de los ondos documentales municipales de
las poblaciones costeras, los protocolos notaria-
les, los libros parroquiales de diuntos y las series
relacionadas con la actividad martima existen-
tes en los archivos autonmicos y nacionales.
2. Encuesta etnogrica entre los miembros de
mayor edad de las comunidades de pescadores,
buceadores, marinos, etc., antes de que el tiem-
po acabe de llevarse para siempre la memoria
que atesoran.
reas con informacin de archivo sobre losnaufragios de Trafalgar (Archivo CAS).
reas de prospeccin arqueogeofsica relacionadascon los naufragios de Trafalgar (Archivo CAS).
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La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol39
3.2 LAS CARTAS ARQUEOLGICAS
El Plan Nacional para la Proteccin del Patrimonio
Arqueolgico Subacutico pretende hacer una re-
fexin general sobre las lneas bsicas que debenadoptarse con la nalidad de llevar a cabo una po-
ltica ecaz de proteccin de este patrimonio, con-
orme a lo establecido en la Convencin UNESCO
de 2001. Entre las medidas propuestas en dicho
Plan destaca la necesidad de elaborar o nalizar las
Cartas arqueolgicas subacuticas en Espaa.
3.2.1 Antecedentes
En este sentido, partiendo de la base de que no se
puede proteger aquello que se desconoce y tenien-
do presente que el patrimonio arqueolgico es un
bien de extrema ragi lidad, sometido a agentes na-
turales y antrpicos diversos que inciden sobre l
de orma negativa, es inevitable considerar que el
establecimiento de una correcta tutela sobre dicho
patrimonio pasa necesariamente por tener un co-
nocimiento global del mismo.
Esta necesidad de inventariar el patrimonio ar-
queolgico ha estado presente en los organismos
encargados de su proteccin a lo largo del SigloXX, si bien no ue hasta la Segunda Guerra Mun-
dial cuando los organismos internacionales, con la
creacin de la UNESCO, plantearon la necesidad
de Inventariar el Patrimonio con el objetivo de
contar con una herramienta eicaz que permitiera
su proteccin.
En el ao 1968, la UNESCO promulg en Pars
la Recomendacin sobre la conservacin de los Bie-
nes Culturales que la ejecucin de Obras Pblicas o
Privadas puedan poner en peligro, sealando en su
artculo 4 la necesidad de realizar inventarios para
la proteccin de los bienes culturales importantes,
registrados o no como tales. Cuando no existan
esos inventarios deber darse prioridad, al esta-
blecerlos, al examen detallado y completo de los
bienes culturales en las zonas en que tales bienes
estn en pel igro como consecuencia de la ejecucin
de obras pblicas o privadas.
Cuatro aos despus, en al ao 1972, la UNESCOvolvi sobre el tema en la Recomendacin sobre la
proteccin en el mbito nacional del patrimonio cul-
tural y natural, conocida como Carta de Pars. En
su art culo 29 se estableca que cada Estado Miem-
bro constituira, lo antes posible, un inventario para
la proteccin de su patrimonio cultural y natural,
incluidos los bienes que, sin tener una importan-
cia excepcional, sean inseparables del medio al que
contribuyen a dar carcter.
Sin embargo, en esta ocasin la UNESCO ue ms
all al sealar, en el artculo 30 de la Recomenda-
cin, que los resultados de la labor de inventario del
patrimonio cultural y natural deban ser reunidos
en orma adecuada y puestos al da peridicamente.
Siguiendo esta misma lnea, en el artculo 31 se es-
tableci que con el objetivo de lograr la integracin
activa del patrimonio cultural y natural en todos
los niveles de la planiicacin, los Estados Miem-
bros deban preparar mapas y una documentacin
lo ms completa posible en la que se mencionen losbienes culturales y naturales de que se trate.
Dichos aspectos ormulados con anterioridad y
ms detalladamente en la Carta Internacional para
la Proteccin y la Gestin del Patrimonio Cultural
Subacutico adoptada por ICOMOS en Soa en el
ao 1996 (la Carta de Soa), han sido plasmados
e intensiicados en la Convencin UNESCO sobre
la proteccin del patrimonio cultural subacutico
de 2001. As, en su artculo 22 se establece que,
a in de velar por la correcta puesta en prctica
de la Convencin, los Estados Partes establecern
autoridades competentes o, en su caso, reorzarn
las ya existentes para que puedan elaborar, man-
tener y actualizar un inventario del Patrimonio
Cultural Subacutico y garantizar eicazmente la
proteccin, la conservacin, la presentacin y la
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40Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
gestin de dicho patrimonio cultural subacutico,
as como su investigacin y diusin.
Sin embargo, aquellos aspectos que tradicionalmen-te haban sido la base de los inventarios arqueolgi-
cos como documentacin suiciente para la gestin
y tutela del patrimonio cultural subacutico (carac-
terizacin de yacimientos, localizacin y, a lo sumo,
delimitacin de sus mbitos), en la actualidad re-
sultan insuicientes y se requiere con urgencia el
diseo de una herramienta til para tales ines.
En el caso concreto de Espaa, el inicio de las Car-
tas arqueolgicas subacuticas se remonta a prin-
cipios de los aos 80 del Siglo XX, momento en
el que desde entidades provinciales o regionales y
desde el Ministerio de Cultura, mediante el Plan
Nacional de Documentacin del Litoral Espaol, se
intent con resultados muy irregulares obtener
la inormacin necesaria para conocer y proteger el
patrimonio cultural sumergido.
Hasta esa echa, la mayora de la inormacin de la
que se dispona proceda de hallazgos casuales des-
contextualizados piezas arqueolgicas localiza-das por azar entregadas por buceadores deport ivos
o pescadores, de tal orma que dichos elementos
arqueolgicos aportaban una relativa o en muchos
casos nula inormacin sobre el yacimiento del que
procedan al tratarse de una mera recuperacin de
objetos sin una metodologa arqueolgica. De ah
que, en la mayora de los casos, no haya quedado
constancia del lugar concreto de extraccin. Por
otro lado, estas actuaciones carentes de medidas
adecuadas de conservacin provocaron, en diversas
ocasiones, la destruccin de material arqueolgico
o el deterioro de su estado de conservacin con la
consiguiente prdida tanto de inormacin arqueo-
lgica como de condiciones expositivas.
Durante este perodo, los trabajos de inventario se
centraron especialmente en las costas del litoral
valenciano, de Ibiza, Gerona, Almera, Alm
car, as como de las Islas Canarias.
3.2.2 MetodologaLa necesidad de establecer una correcta tutela
patrimonio arqueolgico pasa inevitablemente
tener un conocimiento integral del mismo s
todo a travs del uso de tcnicas no destructiv
de reconocimientos y prospecciones que no sup
gan una intrusin en el yacimiento, tal y com
contempla en los principios undamentales rec
dos tanto en la Carta de Soa de 1996 como e
Convencin UNESCO de 2001.
Es imprescindible la realizacin de la Carta arqu
lgica subacutica espaola, entendida no com
in en s mismo sino como una herramienta
prescindible que permita disponer de la inor
cin suiciente para elaborar polticas correcta
gestin del Patrimonio Cultural Subacutico.
ello, la carta arqueolgica ha de perseguir lo
guientes objetivos bsicos:
(a) Localizar, identiicar y evaluar el patri
nio susceptible de ser investigado con metologa arqueolgica;
(b) Diagnosticar su estado de conservaci
los posibles riesgos para su conservacin; y
(c) Proponer actuaciones que permitan pr
ger, conservar, investigar y diundir este p
monio.
Para la consecucin de dichos objetivos, ser n
sario eectuar los siguientes estudios:
3.2.2.1 Fase de documentacin
Se eectuarn anlisis previos de documenta
grica, documentacin bibliogrica, docume
cin de archivos, y documentacin sobre obra
inraestructura litorales as como de interven
nes arqueolgicas eectuadas en la zona objet
estudio, tanto subacuticas como litorales. T
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La documentacin del patrimonio cultural subacuatico espaol41
Prospeccin arqueogeofsica en la Baha de Cartagena (Archivo ARQUA, 2008).
Documentacin con snar y perfilador de un pecio en profundidad (Archivo ARQUA, 2008).
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42Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
esta inormacin se procesar con el objeto de de-
inir las reas susceptibles de ser investigadas con
metodologa arqueolgica. Debe no olvidarse la re-copilacin de inormacin oral entre las personas
de la zona ms directamente relacionadas con el
mar.
3.2.2.2 Estudio arqueolgico de la zona
Debe eectuarse un estudio arqueolgico de la
zona delimitada en uncin de los datos aportados
en la primera ase. Para ello, son aconsejables acti-
vidades no intrusivas, contemplndose las tcnicas
no destructivas y la extraccin de muestras, con
preerencia a la excavacin.
Esta ase ir encaminada a la localizacin de los
yacimientos mediante la utilizacin de los sistemas
de prospeccin idneos y suicientes para la loca-
lizacin y cartograiado de los yacimientos que se
encuentren dentro del rea de estudio.
En caso de ser utilizadas tcnicas de prospec
geosica, y tras el correspondiente procesado,
lisis y estudio de los datos obtenidos, se debcomprobar las distintas anomalas con la realiza
de prospecciones visuales, con el objetivo de eva
la importancia de los restos y su estado de con
vacin a in de establecer las cautelas arqueolg
que garanticen la integridad del patrimonio.
Dichas comprobaciones se eectuarn por medi
arquelogos-buceadores. En aquellos casos en
que esto no sea posible, se utilizarn vehculos
mergibles de observacin remota (ROVs) equip
con cmaras de otograa y vdeo u otros me
tcnicos similares. De la misma orma, se requ
r el posicionamiento preciso del yacimiento
diante el uso de un Differential Global Positio
System; la toma de otograas de alta resoluci
coneccin de una planimetr a o croquis del lu
el reconocimiento del yacimiento de tal orma
Documentacin con ROV de un pecio romano en profundidad (Archivo ARQUA, 200
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44Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
reerente a la proteccin y conservacin como
relacin al diseo de estrategias de investigac
sentando las bases para el omento de la protec
jurdica y sica de los yacimientos arqueolgsubacuticos.
3.3 ACTUACIONES PRIORITARIAS
Ante la importancia de lo anteriormente seal
se considera indispensable el establecimiento de
serie de actuaciones prioritarias que acompae
puesta en marcha de las Cartas arqueolgicas s
cuticas dentro del Plan Nacional de Proteccin
Patrimonio Arqueolgico Subacutico. Entre
actuaciones prioritarias, se destacan las siguien
1. Concluir convenios de colaboracin con
distintas Comunidades Autnomas con la
lidad de omentar las Cartas arqueolgicas s
cuticas como mecanismos conjuntos de de
y de intercambio de inormacin.
2. Continuar las actividades de desarrollo d
Carta arqueolgica de conormidad con lo e
blecido en las Normas relativas a las activid
dirigidas al Patrimonio Cultural Subacuticcogidas en la Convencin UNESCO del 200
3. Establecer bases de datos inormticas
criterios y ormatos uniicados, de tal modo
sean compatibles y permitan su aprovechami
como mnimo en el Mediterrneo occidental
Atlntico oriental, incluido el Mar Cantb
En estas bases de datos se establecern dive
niveles de seguridad en cuanto a la accesibili
de tal modo que se garantice la seguridad de
yacimientos. Por ley deber regularse el ac
del pblico a dichas cartas, primndose c
se ha sealado la seguridad de los yacimien
4. Aplicar las iguras de proteccin existe
en nuestra legislacin conorme a los datos o
nidos en las Cartas arqueolgicas. Filmacin del pecio Aiguablava IV (Archivo CASC, 2007).
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La proteccin jurdica45
4La proteccin jurdica
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46Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Como se ha venido sealando, la adopcin en 2008
del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio
Cultural Subacutico Espaol, la entrada en vigor
para Espaa el 2 de enero de 2009 de la ConvencinUNESCO de 2001 y determinadas acciones recien-
tes contra nuestro patrimonio subacutico sitan
a Espaa en la encrucijada de revisar y mejorar el
entramado normativo e institucional que pretende
proteger y realzar ese Patrimonio en cumplimiento
del mandato constitucional contenido en el artculo
46 de nuestra Constitucin de 1978.
4.1 ESTADO ACTUAL DE LA CUESTIN
La legislacin estatal y autonmica que regula el
patrimonio cultural contiene una regulacin es-
pecfca del patrimonio arqueolgico, entre el que
se incluye el patrimonio arqueolgico subacutico.
Sin embargo, a pesar de este tratamiento especf-
co del patrimonio arqueolgico en las normas y lo
exhaustivo de los reglamentos sobre las actuaciones
arqueolgicas, por regla general, toda esa normativa
carece del detalle necesario para ejercer una protec-
cin efcaz del Patrimonio Cultural Subacutico.
Existe acuerdo generalizado entre los especialis-tas en la materia sobre la necesidad de crear igu-
ras especicas de proteccin de dicho Patrimonio.
Este ltimo, a dierencia del terrestre, no cuenta
con algunos de los instrumentos de proteccin de
la legislacin sectorial ms eicaces, como es el pla-
neamiento urbanstico, que permita una adecuada
regulacin de usos y de actuaciones permitidas.
Esta circunstancia, unida a que los reglamentos
de autorizaciones de las actividades arqueolgicas
apenas establecen dierencias entre una actividad
arqueolgica subacutica o terrestre, conlleva, por
regla general, deiciencias en el planteamiento de
objetivos de los proyectos de las intervenciones
subacuticas, e incluso carencias en la composicin
de los equipos, el plan de seguridad o en el de con-
servacin de los restos arqueolgicos.
Estas lagunas en la legislacin se suplen en la
yor parte de los casos por los criterios tcnicos
personal de la administracin que se encarg
gestionar estos proyectos, lo que obliga a quetos tcnicos tengan que poseer un conocimien
ormacin especica en esta materia, circunsta
que actualmente no es mayoritaria en las adm
traciones pblicas, careciendo en muchos caso
centros especicos donde gestionar este tipo
proyectos y por lo tanto de personal cualiicado
Esta carencia en el control adecuado de mucha
las acciones que pueden provocar la destruccin
patrimonio subacutico, y a la vez la alta de
tocolos de actuacin para evitar estas aeccio
dejan entrever las lagunas de la legislacin de p
monio cultural para establecer medidas preven
en este medio.
A todo ello se suma, de un lado, la diicultad
la proteccin sica de los restos arqueolgico
un medio con continuos cambios, que tanto de
descubierto restos ocultos como esconde los re
visibles; y, de otro, la diicultad de su vigilanc
inspeccin, que requiere el desarrollo de metcnicos especicos y una coordinacin eicaz
los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad estatal
autonmicos a la vez que disponer de tcnico
quelogos especializados en estas tareas.
4.2 VARIABLES PRESENTES
Es necesario recordar, adems y de modo prel
nar, algunas de las variables que deben ser tom
en consideracin a la hora de elaborar propue
de reorma normativa. Entre esas variables de
destacarse las siguientes:
(a) Las amenazas al Patrimonio Cultural S
cutico pueden ser ortuitas o no ortuitas.
supone que tanto actividades lcitas (pesca,
ceo, tendido de cables submarinos, etc.) com
tividades ilcitas (expolio, obras y levantamie
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La proteccin jurdica47
topogricos sin autorizacin, etc.) pueden incidir
determinantemente en la conservacin del Patri-
monio Cultural Subacutico y, como consecuen-
cia, en la regulacin jurdica de la misma.
(b) La estructura descentralizada de nuestro
Estado reparte la competencia legislativa genri-
ca relativa a la proteccin del patrimonio cultural
entre el Estado y las Comunidades Autnomas,
sin olvidar ciertas competencias incidentales de
las entidades locales. Debe tenerse asimismo en
cuenta que la Convencin UNESCO prev en
su artculo 28 que [a]l ratiicar, aceptar, apro-
bar esta Convencin o adherirse a ella o en cual-
quier momento ulterior, todo Estado o territorio
podr declarar que las Normas se aplicarn a
sus aguas continentales que no sean de carcter
martimo. Deber evaluarse hasta qu punto
conviene a Espaa el aplicar las previsiones del
Anexo de la Convencin a sus aguas continen-
tales, teniendo en cuenta que, en principio, son
las Comunidades Autnomas las competentes aleecto. De no hacerse as, se estableceran dos
regmenes distintos: uno, gobernado por la Con-
vencin UNESCO y su legislacin de desarrollo,
para el patrimonio cultural submarino; y otro,
con sus caractersticas propias, y esencialmente
bajo gestin autonmica, estrictamente subacu-
tico continental. Razones de unidad de gestin
aconsejan que Espaa lleve a cabo la declaracin
prevista en el artculo 28 de la Convencin.
(c) A ello debe sumarse que la competencia
legislativa en otros mbitos de actuacin con re-
percusiones en el Patrimonio Cultural Subacu-
tico est igualmente repartida entre el Estado y
Conferencia sobre la proteccin jurdica del Patrimonio Cultural Subacutico (Archivo ARQUA, 2009).
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48Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
las Comunidades Autnomas (v.gr. pesca, medio
ambiente, poltica cientica, etc.).
(d) En cuarto lugar, como vimos, Espaa ratii-c el 6 de junio de 2005 la Convencin UNESCO
de 2001. En el momento de elaborar este Libro
Verde, la Convencin ya est en vigor entre 24 Es-
tados, incluida Espaa. Tras su publicacin oicial
en Espaa el 5 de marzo de 2009, la Convencin
UNESCO orma parte del ordenamiento interno
espaol, con rango superior a cualquier acto legis-
lativo (estatal o autonmico) promulgado hasta la
echa y desde esa echa (art. 96.1 de la Constitu-
cin).
(e) Adems, es previsible que en breve la Unin
Europea retome una iniciativa legislativa abando-
nada por el Consejo de Europa en 1985. Tras la
toma en consideracin del problema, en particu-
lar, de la presencia en aguas espaolas, italianas,
britnicas y rancesas de empresas buscadoras de
tesoros, puede esperarse alguna iniciativa comu-
nitaria a tenor de lo maniestado en el Consejo de
Ministros de Cultura de noviembre de 2007 o en
la Conerencia Ministerial Euro mediterrnea deCultura de mayo de 2008 en Atenas. Asimismo
debe destacarse la toma de posicin de los minis-
tros de cultura iberoamericanos reunidos en mayo
de 2008 a avor de la propuesta espaola (pro-
teccin y cooperacin) y ratiicada en la XVIII
Cumbre Iberoamericana de San Salvador (octu-
bre de 2008). Todo ello supone uturas posibles
uentes de obligacin jurdicas con repercusiones
domsticas.
Por todo lo expuesto, debe sealarse la necesidad de
promulgar una regulacin especica sobre la protec-
cin del Patrimonio Cultural Subacutico dentro de
la utura Ley del Patrimonio Cultural Espaol que:
tenga en cuenta las obligaciones internacional-
mente asumidas por Espaa;
establezca un sistema coordinado entre las
tintas administraciones pblicas implicadas;
sea capaz de prever la regulacin tanto de ac
dades ortuitas como no ortuitas con incideen el Patrimonio Cultural Subacutico por p
de actores pblicos y privados, nacionales y
tranjeros.
4.3 CUESTIONES PROBLEMTICAS
GENERALES
Las cuestiones problemticas que se han detec
son, entre otras, las siguientes:
1. La deinicin misma del Patrimonio Cu
ral Subacutico a los eectos de la utura le
lacin;
2. El problema derivado de las actividades
aectan ortuitamente al Patrimonio Cult
Subacutico y, en particular, la pesca de arra
y la investigacin cientica marina;
3. La necesidad de promover iguras adecu
de proteccin del Patrimonio Cultural Suba
tico;
4. La aplicacin del rgimen del salvame
de hallazgo y del tesoro al Patrimonio CultSubacutico; y
5. El establecimiento de un rgimen de vig
cia e inspeccin del Patrimonio Cultural S
cutico.
4.3.1 La defnicin del Patrimonio Cultur
Subacutico a los eectos de la utura
legislacin
No existe en Espaa una defnicin precisa de
trimonio Cultural Subacutico. Indicativame
el artculo 1.2 de la actual Ley 16/1985, del P
monio Histrico Espaol (LPHE), determina c
integrante del Patrimonio Histrico Espaol
los inmuebles y objetos muebles de int
artstico, histrico, paleontolgico, arqueo
co, etnogrico, cientico o tcnico. Tam
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La proteccin jurdica49
orman parte del mismo el patrimonio docu-
mental y bibliogrico, los yacimientos y zonas
arqueolgicas, as como los sitios naturales, jar-
dines y parques, que tengan valor artstico, his-trico o antropolgico.
Por su parte, el artculo 40.1 LPHE incorpora al
patrimonio arqueolgico en el Patrimonio Hist-
rico Espaol, especiicando que orman parte del
mismo
los bienes muebles o inmuebles de carcter his-
trico, susceptibles de ser estudiados con meto-
dologa arqueolgica, hayan sido o no extrados
y tanto si se encuentran en la supericie o en el
subsuelo, en el mar territorial o en la plataor-
ma continental. Forma parte, asimismo de este
patrimonio los elementos geolgicos y paleonto-
lgicos relacionados con la historia del hombre y
sus orgenes y antecedentes.
La Ley 16/1985 establece, pues, como nico
dato relevante para la inclusin de un determi-
nado bien en el patrimonio arqueolgico su sus-
ceptibilidad para ser estudiado por metodologaarqueolgica. En el supuesto de los bienes ar-
queolgicos el legislador ha querido intensiicar
su proteccin, lo que justiica su demanializa-
cin (artculo 44 LPHE).
En general, toda la normativa autonmica sobre el
patrimonio cultural utiliza una similar caracteriza-
cin y anlogo expediente normativo a la hora de
determinar el patrimonio arqueolgico y su inclu-
sin en el patrimonio histrico o cultural de cada
Comunidad Autnoma. Es una deinicin muy am-
plia, metajurdica e indeterminada.
Sin embargo, en su artculo 1.1, la Convencin
UNESCO de 2001 lleva a cabo una deinicin ms
precisa de Patrimonio Cultural Subacutico al dei-
nirlo como sigue:
a) Por patrimonio cultura l subacutico se en-
tiende todos los rastros de existencia humana
que tengan un carcter cultural, histrico o
arqueolgico, que hayan estado bajo el agua,parcial o totalmente, de orma peridica o
continua, por lo menos durante 100 aos, tales
como:
i) los sitios, estructuras, ediicios, objetos y
restos humanos, junto con su contexto ar-
queolgico y natural ;
ii) los buques, aeronaves, otros medios de
transporte o cualquier parte de ellos, su
cargamento u otro contenido, junto con su
contexto arqueolgico y natural ; y
iii) los objetos de carcter prehistrico.
b) No se considerar patrimonio cultural suba-
cutico a los cables y tuberas tendidos en el
ondo del mar.
c) No se considerar patrimonio cultural suba-
cutico a las instalaciones distintas de los ca-
bles y tuberas colocadas en el ondo del mar y
todava en uso.
El texto de la Convencin UNESCO de 2001 su-
pone un lmite mnimo inranqueable, no as un
lmite superior; esto es, el nivel de proteccin de
la Convencin puede ser mejorado in foro domes-
tico as como mediante la conclusin de acuerdos
posteriores bilaterales o multilaterales (art. 6 de
la Convencin). Teniendo en cuenta todo ello, as
como la actual deinicin del patrimonio arqueo-
lgico recogida tanto en la Ley 16/1985 como en
la normativa autonmica correspondiente, debe
procederse a una nueva deinicin del Patrimonio
Cultural Subacutico en nuestro ordenamiento.
A tales eectos, debe resaltarse lo siguiente:
a) Que el Patrimonio Cultural Subacutico
deinindose inalmente como se deina
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50Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
debe ser parte integrante del Patrimonio arqueol-
gico espaol que, a su vez, orma parte integrante
del Patrimonio Histrico Espaol como bienes de
dominio pblico. La arqueologa no es sino un m-todo ms de investigacin en la explicacin de la
historia y, como tal, debe servir al continuum ex-
plicativo de nuestro pasado. De ah que, a pesar
de la especiicidad del Patrimonio Cultural Suba-
cutico, la regulacin del mismo deba insertarse
necesariamente en la regulacin del Patrimonio
Histrico en general.
b) Que el concepto amplio de Patrimonio Cul-
tural Subacutico (todo rastro de existencia hu-
mana) debe cohonestarse en nuestro ordena-
miento con la deinicin ms estricta de nuestra
legislacin estatal y autonmica actual que se
reiere normalmente a todos los objetos muebles
e inmuebles de carcter histrico susceptibles de
ser estudiados con metodologa arqueolgica.
c) Que, en todo caso, ese concepto de Patrimo-
nio Cultural Subacutico debe incluir, con las
modulaciones jurdicas necesarias, tanto a los
objetos extrados como los no extrados de losondos marinos.
d) Que la acotacin temporal que lleva a cabo
la Convencin (objetos que hayan estado bajo el
agua, parcial o totalmente, de forma peridica o
continua, por lo menos durante 100 aos) pue-
de soslayarse si, como lleva haciendo nuestra
legislacin desde 1933, se protegen los objetos
susceptibles de ser estudiados con metodologa
arqueolgica, hayan sido extrados o no, evi-
tando utilizar el actor tiempo como elemento
deinidor undamental del patrimonio. En todo
caso, cabe no olvidar que esos 100 aos no son
necesariamente los 100 ltimos aos.
e) Que cabra incluir indicativamente, tal y
como hace la Convencin UNESCO y a los
eectos clariicadores que se esperan de tod
gislacin, una serie de ejemplos de Patrim
Cultural Subacutico.
) Que es importante asumir, como as lo h
y propone el Grupo de trabajo, que nuestra
gislacin se extienda al patrimonio que se
cuentra en la supericie de los ondos acut
o en el subsuelo de dichos ondos en las ag
interiores y continentales, incluidas las c
reticas, el mar territorial o la plataorma ctinental espaolas. Ello supone en cierto m
aplicar extraterritorialmente nuestra legisla
puesto que, en la actualidad, el Derecho in
nacional slo reconoce claramente tal dere
en el mar terr itorial y la zona contigua, no a
la plataorma continental a pesar de una pr
ca creciente al respecto. Debe mantenerse e
tado actual de nuestra legislacin a expensa
la prctica subsiguiente del resto de Estado
g) Que, a pesar de lo dicho en el prrao (c
artculo 1.1, cabra proteger algunas inst
ciones distintas de los cables y tuberas coloca
en el fondo del mar y todava en uso, como
tas artes de pesca de nuestro litoral que sig
en uso a pesar de estar bajo el agua ms
100 aos.
Curso para la Guardia Civil sobre Proteccin del PatrimArqueolgico Subacutico (Archivo CA
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La proteccin jurdica51
Finalmente, debe incluirse una reerencia precisa a
la posicin jurdica de Espaa en relacin con sus
buques y aeronaves de Estado, en lnea con lo recien-
temente declarado ante la Comunidad internacionaly los tribunales extranjeros ante los que Espaa ha
presentado diversas reclamaciones sobre su propio
Patrimonio Cultural Subacutico. Esta posicinsu-
pone que Espaa conserva intactos e indeinidamen-
te todos los derechos sobre sus buques y aeronaves
de Estado hundidos, de conormidad con las reglas
del derecho internacional, indistintamente del lugar
donde se hallen e indistintamente del tiempo trans-
currido desde su hundimiento. Los derechos sobre
tales buques y aeronaves pueden ser nicamente
transmitidos o abandonados por un acto expreso de
derecho pblico segn la legislacin espaola.
4.3.2 El problema derivado de las
actividades ortuitas
El artculo 5 de la Convencin UNESCO establece
como principio general que
[c]ada Estado Parte emplear los medios ms
viables de que disponga para evitar o atenuar
cualquier posible repercusin negativa de activi-dades bajo su jurisdiccin que aecten de manera
ortuita al patrimonio cultural subacutico.
Este artculo supone una obligacin genrica de
comportamiento a cargo de Espaa que irradia
toda la actividad que bajo su jurisdiccin o control
se desarrolle. Entre otra legislacin necesariamente
aectada (estatal y, en su caso, autonmica), y en
mayor o menor intensidad, cabe destacar la relat iva
al patrimonio y los museos, a los archivos del Es-
tado y de las Comunidades Autnomas, el mbito
penal y de contrabando, la legislacin comercial y
aduanera, la de deensa y seguridad, la regulacin
de la pesca, el buceo y las actividades deportivas,
la investigacin cientica marina, la poltica edu-
cativa y cientica, la normativa sobre puertos y la
navegacin, la regulacin de las obras pblicas y el
urbanismo, la normativa sobre medio ambiente, la
legislacin de hidrocarburos y energa, la de turis-
mo, la de sanidad, higiene en el trabajo y asisten-
cia social, el hallazgo y el tesoro, la de propiedadintelectual o la luvial y de aguas interiores, entre
otras muchas.
Ello implica una reorma legislativa importante, que
se estima debe acometerse con ocasin de la im-
plementacin general de la Convencin UNESCO
de 2001 a la legislacin espaola sobre la materia.
Debe tenerse en cuenta, por ejemplo, que desde la
concesin de una autorizacin de obra pblica, pa-
sando por el uso de determinadas artes de pesca,
por el tendido de un cable submarino, por el per-
miso de buceo en ciertas zonas o por la aprobacin
de un proyecto de investigacin cientica marina,
todas ellas actividades lcitas y previstas en nuestro
ordenamiento, el Patrimonio Cultural Subacutico
puede verse atalmente aectado. En todas aquellas
actividades en el medio marino en los que habitual-
mente nuestra legislacin exige un previo estudio
de impacto ambiental se olvida la necesidad de in-
cluir asimismo, de manera individualizada, la eva-
luacin del impacto arqueolgico. Ello se debe engran medida a que sta suele incluirse en aqul. Sin
embargo, el inorme de impacto cultural llevado
a cabo siempre bajo la supervisin de las adminis-
traciones pblicas debe tener siempre un carcter
previo, preceptivo, y vinculante para las mismas,
realizndose de orma independiente respecto del
inorme sobre impacto natural.
A ello hay que aadir que el Anexo de la Conven-
cin indica de orman muy detallada una serie de
protocolos generales que deben regir la conserva-
cin de este patrimonio y las actividades dirigidas
al mismo, as como la coniguracin del plan del
proyecto, objetivos, metodologa, inanciacin,
etc. de la actividad arqueolgica subacutica, y
la elaboracin de los inormes de la actuacin, su
archivo y diusin. Es pues un documento base
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52Libro Verde del Plan Nacional de Proteccin del Patrimonio Cultural Subacutico Espaol
Proteccin jurdica de yacimientos arqueolgicos subacuticos de Andaluca (Archivo CAS).
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