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EL ESTADO DE SINALOA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO (Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM . 0 16 0463 Marzo 05 de 1982. Te!. Fax .7 17-21-70) Tomo CIV 3ra. Epoca Cu li acán, Sin., Lunes 10 de Junio de 2013. No. 070 ÍNDICE GOBIERNO FEDERAL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nolificación por edicto enjuicio de nulidad del expediente nümero: 1020/20 11. 2 PODER EJECUTIVO ESTATAL SECRETARíA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CULTURA Acuerdo po r el que se est ab lece el Programa para el Otorgamiento Gratu it o dt.! Uniformt.!s y Útiles Escolares a l os Alumnos de Educac i ón Básica inscritos en Escuelas Públicas de:! Estado de Si naloa. para el Ciclo Escolar 20 13-20 14 Y sus respectivas Reglas de Operación. COMISIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA Acuerdo de la Comisión Estata l para el Acceso a la Infornlación Publi cade Sin aloa mediante el cual se emiten lineam ie lltos respecto la información mínima de oficio que debe permanecer en difu si ón en tos portales oficiales de la:-; ent idades publicas en ocasión del proce so electorill que durante el período que corre del día veint inu eve de mayo al s iele de julio dd all0 de dos mil trece se desarrollará en el es tado de Sinaloa. 3 - 36 AYUNTAMIENTOS Dl.!crctos Municipall.!s Nos. 18, 19,20 y 21 de Cosa l á.- Por el qlle se concl.!de pensión por jubilación a l os ce. José Santos Gaspar Padi ll a y José Luis Carri ll o Choler, y por vejez a los CC. Ismael Zazueta Mnchado y Maria Dolores Gurda Murillo. Municipio de Cu liacñn. -Acuerdo número nueve, mediante el cual se reso lvió enajenar a la e. Clara Luz Holguin Mariscal. una fracción de te rreno (demasía), con unn superficie de 18.41 M2 , ubicada en ca ll e Profe so ra Carlola Fernández y Av. Juan de La Barrera, Colon ia 6 de Enero de esta Ciudad. Municipio de Culiacan.- Acuerdo número once, mediante el cual se reso lvió enajenar al e. José de Jesús Martínez García. un a fracc i ón de terreno (demasía), con una supe rfi cie de 26.50 M2 , ubicada en ca ll e Río Aguanaval No. 1438 poniente, Colonia Los Pinos de esta Ciudad. 37 - 42 AVISOS GENERALES Avi so de Liquidación.- ((C Nueve, Sociedad Anó nima de Capital Vari abl e». 43 AVISOS JUDICIALES EDICTOS 44 64 RESPONSABLE: Seerelarfa Ge/leral de GobieTJ/lJ. DIRECTOR: Lic. J esús "umberlo Cossfo Ramfrez

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EL ESTADO DE SINALOA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO

(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 0 16 0463 Marzo 05 de 1982. Te!. Fax .7 17-21-70)

Tomo CIV 3ra. Epoca Cu liacán, Sin ., Lunes 10 de Junio de 2013. No. 070

ÍNDICE GOBIERNO FEDERAL

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nolificación por edicto enjuicio de nulidad del expediente nümero: 1020/20 11.

2 PODER EJECUTIVO ESTATAL

SECRETARíA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CULTURA Acuerdo por el que se estab lece el Programa para el Otorgamiento Gratu ito dt.! Uniformt.!s y Útiles Escolares a los Alumnos de Educación Básica inscritos en Escuelas Públicas de:! Estado de Sinaloa. para el Ciclo Escolar 20 13-20 14 Y sus respectivas Reglas de Operación.

COMISIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA

Acuerdo de la Comisión Estata l para el Acceso a la Infornlación Publicade Sinaloa mediante el cual se emiten lineamielltos respecto la información mínima de oficio que debe permanecer en difusión en tos portales oficiales de la:-; ent idades publicas en ocasión del proceso electorill que durante el período que corre del día veint inueve de mayo al siele de julio dd all0 de dos mil trece se desarrollará en el es tado de Sinaloa.

3 - 36

AYUNTAMIENTOS Dl.!crctos Municipall.!s Nos. 18, 19,20 y 2 1 de Cosalá.- Por el qlle se concl.!de pensión por jubilación a los ce. José Santos Gaspar Padi lla y José Luis Carri llo Choler, y por vejez a los CC. Ismael Zazueta Mnchado y Maria Dolores Gurda Murillo. Municipio de Culiacñn. -Acuerdo número nueve, mediante el cual se resolvió enajenar a la e. Clara Luz Holguin Mariscal. una fracción de terreno (demasía), con unn superficie de 18.41 M2, ubicada en ca lle Profesora Carlola Fernández y Av. Juan de La Barrera, Colonia 6 de Enero de esta Ciudad. Municipio de Culiacan.- Acuerdo número once, mediante el cual se reso lvió enajenar al e. José de Jesús Martínez García. una fracc ión de terreno (demasía), con una superficie de 26.50 M2, ubicada en calle Río Aguanaval No. 1438 poniente, Colonia Los Pinos de esta Ciudad.

37 - 42

AVISOS GENERALES Aviso de Liquidación.- ((C Nueve, Sociedad Anónima de Capital Variable».

43 AVISOS JUDICIALES

EDICTOS 44 64

RESPONSABLE: Seerelarfa Ge/leral de GobieTJ/lJ. DIRECTOR: Lic. Jesús "umberlo Cossfo Ramfrez

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2 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes I O de Junio de 2013

GOBIERNO FEDERAL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE SINALOA

NOTifICACIÓN POR MEDIO DE EDICTOS

JUICIO DE NULIDAD NÚMERO: 1020120 II

TERCERO INTERESADO: ADOLFO TIRADO

SANDOVAL

DOMICILIO IGNORADO.

En el . expediente número 102012011, relativo

al juicio de nulidad promovido por la ciudadana

Refugio Arámburo López. en su carácter de

cónyuge supérstite del señor Tiburcio Meza

Velarde, asi como los ciudadanos DELIA, JUAN

RAMÓN, ALEJANDRA, SERGIO Y MARÍA DEL

CAMEN, todos de apellido MEZAARÁMBURO,

en contra del INSTITUTO CATASTRAL DEL

ESTADO DE SINALOA y LA DELEGACIÓN

REGIONAL DE LA ZONA 00 I DELlNSTITUTO

CATASTRAL DEL ESTADO DE SINALOA, con

residencia en esta ciudad de Mazatlán, Sinaloa, se

ordenó el emplazarlo a juicio, concediéndole un

plazo de quince días hábiles contados a partir de

que surta sus efectos la notificación

correspondiente, para que concurra en su carácter

de tercero interesado a defender el acto combatido

o excepcionarse en su contra, en el entendido que

cumplido el plazo señalado y hasta antes de dictarse

sentencia su intervención tendrá el valor de

alegatos, lo anterior con fundamento en el artículo

64 de la ley que rige el procedimiento contencioso;

previniéndole para que señale en su primer escrito

domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar

de residencia de esta Sala, apercibido en caso de

no hacerlo las subsecuentes notificaciones,

inclusive las personales se le harán por lista de

estrados, lo anterior con fundamento en la fracción

111, del artículo 46 de la Ley de JusticiaAdministrativa

para el Estado de Sinaloa.

En el entendido de que la notificación por

esta la surtirá sus efectos a partir del décimo dia

hábil de su última publicación sin perjuicio de que

se entregue una copia a la Procuraduría de Justicia

del Estado de Sinaloa, lo anterior conforme lo

establece en la fracción 11, del numeral 47 del

ordenamiento antes citado.

En el mismo orden de ideas, se hace del

conocimiento del citado tercero que las copias de

traslado del escrito inicial de demanda como sus

anexos, el escrito aclaratorio de I mismo, y los

acuerdos de fechas quince de septiembre,

veinticinco de octubre, diecisiete de noviembre,

todos de dos mil once, dieciocho de enero,

veintisiete de febrero, dieciséis de marzo, treinta de

abril dieciséis de mayo, cuatro de julio, dieciséis de

agosto, cuatro, diecisiete y veinticinco de

septiembre, diecisiete de octubre del año dos mil

doce, así como veintiséis y veintiocho de

noviembre y cuatro de diciembre de dos mil doce,

se encuentran a su disposición en la Secretaría de

Acuerdos de la sala Regional Zona Sur del Tribunal

de lo Contencioso Administrativo del Estado de

Sinaloa.

Publiquese por dos veces de cinco en cinco

días en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»

y en el periódico denominado «El Noroeste», con

circulación en la entidad.

ATENTAMENTE

Mazathin, Sin., Abr. 3 de 2013

SECRETARJADEACUERDOS DE LA SALA

REGIONALZONASURDEL TRIBUNAL DE LO

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL

ESTADO DE SINALOA

Lic. Ad,la Sara/¡{ Rosas MedillD

JUN. 5-10 R. No. 526172

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE SINALOA» 3

PODER EJECUTIVO ESTATAL SECRETARiA DE EDUCACiÓN PÚBLICA Y CULTURA

Mario López Valdez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que me confieren los articulas 65, fracciones I y XIV, 66, 69 Y 90, de la Constitución Politica del Estado de Sinaloa y 14, fracción VII, 15, fracción IV, 109, fracciones XVII, XVIII , XIX Y demás relativos de la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, Articulas 4, 11, 82 al 88 , inclusive y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa, y

CONSIDERANDO

Que para lograr el pleno desarrollo de los sinaloenses, es indispensable impulsar el avance politico y el crecimiento cualitativo de nuestra economia y, de forma prioritaria, estimular el desarrollo humano de toda nuestra población para mejorar su calidad de vida;

Que la politica social de esta gestión administrativa, se sustenta en una amplia y profunda consulta ciudadana que permitió registrar con respeto, múltiples propuestas, iniciativas y orientaciones, que ya son parte del Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, donde se manifiesta de manera articulada la politica social en educación, cultura, deporte, salud, mejoramiento de la familia, mas participación de las mujeres y los jóvenes; enfocadas a favorecer la equidad, la calidad, la pertinencia, la innovación, la infraestructura y la evaluación del sistema educativo estatal;

Que siguiendo con esta estrategia de planear diseñando el rumbo hacia el cual debemos encaminar nuestros esfuerzos, se ha elaborado el Programa para el Sector Educativo 2011-2016, que también es producto de ese pacto social construido por miles de sinaloenses. En la acción 18 de este Instrumento se contiene como eje estratégico principal. .. "Fortalecer el Sistema Estatal de Educación en términos de\¿ planeación de la oferta, calidad de los Programas y cobertura regional" ... , para lo cual una de las acciones que se habrán de emprender con redoblado entusiasmo, es la de: ... "Proporcionar útiles escolares y garantizar uniformes gratuitos para todos los estudiantes de escuelas públicas de educación básica";

ue partiendo del diagnóstico objetivo del Sistema Educativo Estatal, precisado tanto ~ en el Plan Estatal de Desarrollo, como en el Programa Sectorial-Educación. ambos para el ejercicio de esta gestión administrativa, 2011-2016, encontramos avances y ~ retrocesos, fortalezas y debilidades, que nos apremian a actuar para lograr igualdad de oportunidades en el acceso y calidad de educación que se ofrece y garantizar la permanencia de los estudiantes en las aulas, sobre todo en educación básica; el 16 de mayo de 2011, expedi el Decreto mediante el cual se acordó la creación de un t programa que nos permitió dotar de uniformes escolares gra~\~ la

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4 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

( r

población escolar inscrita en el nivel de educación básica de las escuelas públicas de nuestro Estado, que fue la primera experiencia en esta materia;

Tambien durante el primer año de mi administración, se distribuyeron paquetes de útiles escolares a todos los alumnos inscritos en escuelas públicas, en todos los niveles, modalidades y vertientes de la educación básica del Estado de Sinaloa, mediante compra de oportunidad y distribuidos por la Secretaria de Educación Pública y Cultura. Es pertinente transitar de este Programa eminentemente asistencialista a uno que fomente el empleo, mediante la distribución de los paquetes de útiles escolares, a traves de las papelerias y casas comerciales de nuestra entidad, que se dedican a este giro comercial.

Que ha quedado demostrado con evidencias irrefutables, el gran beneficio social alcanzado a traves de El Programa de Uniformes Escolares Gratuitos durante los ciclos escolares 2011-2012, 2012-2013, es por ello compromiso ineludible de este Gobierno fortalecer su organización y funcionamiento para seguir impulsando un desarrollo más humano para los sinaloenses , dotando de uniformes escolares gratuitos a la totalidad de los estudiantes de las escuelas públicas de educación básica de Sinaloa, y entregar paquetes de útiles a ese alumnado, a traves del mecanismo de vales establecido para dicho programa para el ciclo escolar 2013-2014;

Que los resultados obtenidos en el primer evento inédito en la historia de Sinaloa, y el subsecuente, de otorgar uniformes y útiles gratuitamente. según encuestas reatizadas por El Comite estatat Operativo de dicho programa, ha sido recibida con amplio beneplácito por la sociedad sinaloense; ya que además de apoyar a la economía familiar, logramos disminuir la deserción escolar, propiciamos la identificación del alumnado inscrito en el sistema educativo de esta entidad federativa, y contribuimos a mejorar su seguridad. Estos beneficios se muestran en números, de la siguiente manera: hemos entregado en los dos años de El Programa, 2 millones 222 mil 938 vales; los cuales correspondieron 402,775 a preescolar, 1'245,966 a primaria y 578,197 a secundaria.

Que con base en los fundamentos jurldicos y las consideraciones expresadas ant iormente, he tenido a bien expedir el siguiente: ~

ACUERDO \

Por el que se establece el Programa para el Otorgamiento Gratuito ~ de Uniformes y Útiles Escolares a los Alumnos de Educªción Básica 't,

- ---- Y'\'

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE SlNALOA» 5

(

inscritos en Escuelas Públicas del Estado de Sinaloa, para el Ciclo Escolar 2013-2014

Capitulo Primero Disposiciones Generales del Programa

Articulo 1°, Se crea el Programa para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos del Estado de Sinaloa para el Ciclo Escolar 2013-2014, en lo sucesivo El Programa, cual tendrá los siguientes objetivos:

1. Apoyar la economía de las familias de alumnas y alumnos inscritos en las escuelas públicas en el Sistema de Educación Básica en todos sus niveles, modalidades y vertientes, del Estado de Sinaloa, a través de la entrega de uniformes y útiles escolares gratuitos;

2. Permitir la identificación de niños, niñas y adolescentes, como alumnos del Sistema de Educación Básica del Estado de Sinaloa; así como contribuir al fortalecimiento de su seguridad; evitar la discriminación, las diferencias sociales; y fomentar la cultura de respeto a la personalidad individual, por encima de modas, costos o estilos de las prendas de vestir;

3. Elevar la calidad educativa y garantizar la inclusión, la pertinencia, la permanencia educativa, la equidad y abatir los índices de deserción, reprobación y de rezago educativo;

4. Fomentar la participación de la micro, pequeña, mediana y gran empresa así como la de las comercializadoras establecidas en el Estado, dedicadas a la confección, distribución y entrega de los uniformes escolares gratuitos, así como, a aquellos comercios y papelerías que comercializan útiles escolares para impulsar el desarrollo económico de estos sectores de la economía estatal ;

Artículo 2', El procedímiento para la operación de El Programa estará a cargo de un "t-. Comité Estatal Operativo para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares ' ~ Gratuitos, en lo sucesivo El Comité, cuya estructura y atribuciones se definen en el Capítulo Tercero del presente Acuerdo. ' \

En términos del párrafo segundo, artículo 4 de la Ley de Adquisiciones, \ Arrendamiéntos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de ~ Sinaloa, se autoriza a las secretarías particip~ntes a la ejecución del Programa para " . el Otorgamiento GratUito de UnifOrmes y Utlles Esco~ia del pr:~te

/' . \"",\,

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6 "EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 20 13

Acuerdo , para que en debido cumplimiento de sus atribuciones, realicen las acciones necesarias para el cabal cumplimiento de los objetivos de El Programa.

Artículo 3°. Los uniformes y los paquetes de útiles escolares seran otorgados gratuitamente a los alumnos y alumnas de educación basica inscritos en escuelas públicas en el estado, que cursen el ciclo escolar 2013-2014. Se entregaran, por conducto de los Directores, a sus padres o tutores y, en ausencia de ellos, a los propios alumnos beneficiarios, mediante vales canjeables ante los fabricantes o distribuidores de uniformes, así como de las empresas dedicadas a la comercialización de útiles escolares, Inscritos en el Padrón de Proveedores de uniformes y de útiles escolares, bajo la responsabilidad de la Secretaria de Desarrollo Económico, estos proveedores deberan confeccionar dichas prendas, con las especificaciones técnicas acordadas, por El Comité, las cuales estaran a disposición de los interesados en la pagina de internet de la Secretaría de Educación Pública y Cultura: www.sepyc.gob.mx . Estas mismas especificaciones les . seran entregadas en un disco compacto. el que también incluira este Acuerdo y sus Reglas de Operación.

Asimismo, los proveedores certificados para canjear útiles escolares, deberan integrar los paquetes correspondientes a cada grado y nivel educativo, conforme a las especificaciones establecidas por la Secretaria de Educación Pública y Cultura, las cuales les seran dadas a conocer a través de un disco compacto, así como en las paginas electrónicas de las dependencias integrantes de El Comité Estatal Operativo.

Artículo 4°. El presente Acuerdo y sus Reglas de Operación de El Programa seran publicados en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". También seran difundidas a través de las paginas que en internet cuentan para este propósito: la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría de Educación Pública y Cultura, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas y el Instituto de Capacitación para el Trabajo de Estado de Sinaloa.

Capítulo Segundo De las Específícacíones Técnicas de los Uníformes y de los Útiles Escolares

Gratuítos

Artículo 5°. Las especificaciones técnicas aprobadas por El Comité, para la confección de los uniformes escolares gratuitos, respecto de color, tallas, tipo de tela, modelos, constructivos y otras características, estaran a disposición de los proveedores, a través de Internet en la página www.sepyc.gob.mx. y ~n el disco compacto que les será entregado al expedírseles la Certificacic'¡o·· correspondiente

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE SlNALOA» 7

como proveedores, en el cual se incluirá también el presente Acuerdo y sus Reglas de Operación.

Articulo 6°. Las especificaciones de los contenidos en cuanto a cantidad y calidad de los materiales que integrarán cada paquete de útiles escolares, serán aprobadas por El Comité, con base en la propuesta de la SEPyC , misma que se integra con la definida por cada una de las Mesas Técnicas de cada nivel de educación básica, las cuales serán dadas a conocer a través de las páginas de internet de las dependencias integrantes de dicho cuerpo colegiado, y entregadas en un disco compacto que contenga, además de dichas especificaciones, el presente Acuerdo y sus Reglas de Operación, adjunto al certificado de proveedor habilitado por la Secretaria de Desarrollo Económico.

Capitulo Tercero Del Comité Estatal para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares

Gratuitos

Artículo 6°. El Comité, será la máxima autoridad y tendrá a su cargo la dirección, coordinación, supervisión y operación de El Programa. Estará integrado de la siguiente manera:

Presídente:

Prímer Vocal:

Segundo Vocal:

Tercer Vocal :

Cuarto Vocal:

Quinto Vocal:

Comisario:

Secretario de Educación Pública y Cultura, en lo sucesivo (SEPyC).

Secretario General de Gobierno, en lo sucesivo (SSG).

Secretario de Administración y Finanzas, en lo suceSiVO\! (SAF) Secretario de Desarrollo Económico, en lo sucesivo (SEDECO). Director General del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Sinaloa, en lo sucesivo (ICATSIN). Subsecretaria de Educación Básica de la Secretaria de Educación Pública y Cultura. Titular de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, quien participará con derecho a voz, pero sin voto, en lo sucesivo (UTRC).

con las mismas facultades de aquél. l Cada propietario designará a un suplente para que lo represente en su~sencias,

~- ' .

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8 " EL ESTADO DE SINALOA» Lunes ID de Junio de 2013

Articulo 7°. El Comité tendrá las facultades siguientes:

1. Aplicar las normas establecidas en éste Acuerdo y sus Reglas de Operación; 2. Aprobar los procedimientos necesarios tanto para la distribución, supervisión,

entrega y pago de los vales canjeables por uniformes y útiles escolares gratuitos; asi como para la certificación de proveedores;

3. Determinar el valor nominal representativo de los vales canjeables por uniformes para cada nivel de educación básica. Asi como para definir la composición, integración y calidad de los materiales que integrarán los paquetes de útiles escolares para cada grado y nivel educativo, y su valor nominal ; I .

4. Aprobar los volúmenes con los que participarán los proveedores en este ciclo escolar, con base en la experiencia observada sobre su desempeño en programas pasados, su capacidad instalada para la confección y comercialización de uniformes escolares. Asi como los volúmenes de participación para los proveedores de paquetes de útiles escolares;

5. Renovar, refrendar o suspender por causa justificada, los beneficios establecidos en El Programa, asi como el registro y certificación de proveedores;

6. Organizar la realización de visitas de supervisión a los talleres, proveedores y establecimientos comerciales en donde se confeccionen y distribuyan los uniformes, asi como los que intercambien útiles escolares; levantando las actas que al efecto se requieran para hacer constar el cumplimiento o incumplimiento de éste Acuerdo o de sus Reglas de Operación. Las comisiones de inspección a talleres, se integrarán por lo menos por dos personas: una por parte de ICATSIN y otra por la UTRC;

7. Turnar a la UTRC del Gobierno del Estado, quejas o denuncias que sean de su conocimiento y que se deriven por infracciones al presente Acuerdo o a sus Reglas de Operación;

8. Acordar su calendario de reuniones ordinarias; 9. Recibir reportes de los avances en las acciones que para el logro del objeto de

El Programa correspondan a cada Dependencia o Entidad integrante de El Comité;

10. Acordar el cierre de El Programa; 11 . Las demás que se le confieran en el presente Acuerdo, en sus Reglas de

Operación y demás disposiciones legales o reglamentarias;

Articulo 8° . El Comité se reunirá de manera ordinaria cuando menos dos veces al mes. El Presidente podrá convocar a las sesiones extraordinarias cuando asi lo considere conveniente, o sea solicitado por cualquiera de los integryes de El Comité.

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 9

Articulo 9°. El Comité sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por ciento más uno de sus integrantes, debiendo estar presente el Presidente del mismo para tal efecto, o quien supla sus ausencias. Las decisiones de dicho organismo se tomarán por mayoria de votos y tendrán el carácter de inapelables. En caso de empate el Presidente tiene voto de calidad.

Capitulo Cuarto Del Procedimiento de entrega de Vales canjeables por Uniformes y Útiles

Escolares Gratuitos

Articulo 10. El Programa de Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos del Gobierno del Estado de Sinaloa para el ciclo escolar 2013-2014, se operará, tratándose de uniformes, mediante el sistema de otorgamiento de dos vales por alumno canjeables por un uniforme cada uno. Para el canje de los útiles escolares, se otorgará un vale a cada alumno de acuerdo al nivel y grado escolar que le corresponda, el cual será canjeable únicamente ante los proveedores certificados por el paquete respectivo, en los términos y procedimientos definidos en el presente Acuerdo, y en las Reglas de Operación que al efecto se expidan .

Articulo 11.- Son beneficiarios del Programa de Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos del Gobierno del Estado de Sinaloa para el ciclo escolar 2013-2014, los alumnos inscritos en escuelas públicas en el Sistema de Educación Básica en todos sus niveles, modalidades y vertientes que cumplan con los requisitos señalados en este Acuerdo y en las Reglas de Operación de El Programa.

Los alumnos beneficiarios del El Programa tienen como fecha limite para canjear 10S~ vales, el 15 de diciembre del 2013.

Articulo 12.- El Comité, con base en las Reglas de Operación correspondientes, regulará el procedimiento para otorgar los vales canjeables por uniformes y paquetes de útiles escolares gratuitos, los cuales se entregarán en los centros educativos que corresponda a los padres de familia o tutores y, en ausencia de ellos, a los alumnos y a umnas, a través de los Directores de cada plantel escolar.

Articulo 13. El Comité, conforme a sus facultades, organizará el procedimiento para la entrega a los Directores de cada plantel escolar, de los vales canjeables por uniformes y paquetes de útiles escolares, para lo cual se apoyará en la estructura organizacional de la Secretaria de Educación Pública y Cultura.

La cantidad de vales canjeables por uniformes y útiles escolares gratuitos será determinada por la población escolar registrada en cada pla~ducativo, según

/

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10 «EL ESTADO DE SINALOA" Lunes 10 de Junio de 2013

constancias existentes en la Dirección de Registro y Certificación Escolar de la Secretaria de Educación Pública y Cultura.

Artículo 14. El Comite podrá solicitar a la Dirección de Reg istro y Certificación Escolar de la Secretaria de Educación Pública y Cultura, la verificación de la constancia de inscripción presentada por los beneficiarios. De encontrase cualquier irregularidad en la información proporcionada, el beneficio será cancelado, previa audiencia de los padres o tutores de los afectados.

Capítulo Quinto De las Quejas y las Sanciones

Articulo 15. Los beneficiarios o cualquier ciudadano podrán presentar queja o denuncia ante la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, por irregularidades en el procedimiento de asignación de los vales, cometidos por el Director del plantel o por demás servidores públicos encargados en su distribución; asimismo, contra los proveedores de uniformes y de paquetes de útiles escolares, por utilizar tela y otros insumas de calidad inferior a la especificada, por defectos en la confección de las prendas escolares, por no integrar cabalmente' los paquetes o incluir materiales y útiles de menor calidad a la especificada; y por cualquier otra transgresión a este Acuerdo y a sus Reglas de Operación.

Artículo 16. Los Jefes de Sector, Supervisores, Directores y demás servidores públicos involucrados en la operación de El Programa, que transgredan las disposiciones de este Acuerdo y de sus Reglas de Operación, serán sancionados, con amonestación, suspensión, destitución, sanción económica e inhabilitación, según corresponda, previo procedimiento administrativo disciplinario seguido por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado, en 16s términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa.

/ArtículO 17. Los proveedores, intermediarios y demás agentes que intervengan en El Programa, distintos de los referidos en el articulo anterior, en el caso que asi procediere, se sancionarán, previa sustanciación y resolución del procedimiento administrativo de merito, conforme con las disposiciones establecidas en la Ley de

dquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su

..¿ -~. ~.v-

publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". - ~

/ "

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Lunes 10 de Junio de 2013

Artículo Segundo. El Ejecutivo del Estado, I Programa.

EL SECRETARIO DE EDUCAC iÓN PÚBLICA y

. ¡{¡)C~ >r c. FR'A#SCO C. FRiAS CASTRO

EL TITULAR DE LA UNIDAD DE . TRANS RENCIA y RENDICI N DE

CUENTAS

C . JUA PABLO YAMUNI R LES

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE CAPACITACiÓN PARA EL T RABAJO DEL

E STADO DE SINA A.

«EL ESTADO DE SINALOA" II

Operación relativas a El

la ciudad de Culiacan

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12 «EL ESTADO DE SlNALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

I

Mario López Valdez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que rne confieren los articulas 65, fracciones I y XIV, 66, 69 Y 90 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa ; 14, fracción VII, 15 fracción IV, 109 fracciones XVII, XVIII, XIX, Y demás relativos de la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa; Articulas 4° .. 11, 82 al 88 inclusive, y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa; y

CONSIDERANDO

Que son objetivos, líneas estratégicas y acciones fundamentales del Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, el dotar de uniformes y útiles escolares gratuitos a los estudiantes inscritos en las escuelas públicas de educación básica del Estado de Sinaloa;

Que el otorgamiento gratuito de uniformes y útiles escolares, además de apoyar a la economia familiar y a abatir la deserción escolar, habrá de propiciar la identificación del alumnado inscrito en el sistema educativo de esta entidad federativa, contribuyendo también a su seguridad y a evitar el trato distinto por razones de moda, costos o estilos de las prendas de vestir; asi como permitirá elevar la calidad educativa, garantizar los criterios inclusivos, abatir los indices de deserción, reprobación y el rezago educativo.

Que siguiendo con esta estrategia de planear diseñando el rumbo hacia el cual debemos encaminar nuestros esfuerzos, se ha elaborado el Programa para el Sector Educativo 2011-2016, el cual también es producto de ese pacto social construido por miles de sinaloenses. En la acción 18 de ese Instrumento se contiene como eje estratégico principal "Fortalecer el Sistema Estatal de Educación en términos de planeación de la oferta, calidad de los Programas y cobertura regional", para lo cual una de las acciones que se habrán de emprender con redoblado entusiasmo es la de: "Proporcionar útiles escolares y garantizar uniformes gratuitos para todos los ~ estudiantes de escuelas públicas de educación básica";

Que los resultados obtenidos en el primer evento inédito en la historia de Sinaloa, y el subsecuente, de otorgar uniformes y útiles gratuitamente, según encuestas realizadas por El Comité estatal Operativo de dicho programa, ha sido recibida con mplio beneplácito por la sociedad sinaloense; ya que además de apoyar a la

economia familiar, logramos disminuir la deserción escolar, propiciamos la identificación del alumnado inscrito en el sistema educativo de esta entidad \ federativa y contribuimos a mejorar su seguridad. Estos beneficios se mu~stran e~

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE SINALOA» 13

norrrerO"s, de la siguiente manera: hemos entregado en los dos años de El Programa, 2 millones 222 mil 938 vales; los cuales correspondieron 402,775 a preescolar, 1 '245,966 a primaria y 578,197 a secundaria;

También durante el primer año de mi administración, se distribuyeron los paquetes de útiles escolares necesarios a todos los alumnos inscritos en escuelas públicas, en lodos los niveles, modalidades y vertientes de la educación básica del Eslado de Sinaloa, mediante compra de oportunidad y distribuidos por la Secretaria de Educación Pública y Cultura. En el segundo año de mi gobierno renovamos el propósito de distribuir paquetes de úliles escolares, teniendo como referente el Programa de Uniformes Escolares Gratuitos, es pertinente transitar de este Programa eminentemente asistencialista, a uno que fomente el empleo, mediante la distribución de los paquetes de útiles escolares, a través de las papelerias y casas comerciales de nuestra entidad, que se dedican a éste giro comercial.

Que el Ejecutivo del Estado de Sinaloa a mi cargo, expidió el Acuerdo, mediante el cual se creó el Programa Para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares a los Alumnos Inscritos en Educación Básica en las Escuelas Públicas en el Estado de Sinaloa, para el ciclo escolar 2013-2014, el cual fue publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa";

Que en el Acuerdo de mérito, se establece que dicho Programa deberá contar con reglas claras, precisas, sencillas y objetivas que le den rumbo y congruencia a la voluntad estatal, para lograr los objetivos propuestos; y

Que en la ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, se expresa que el Ejecutivo a mi cargo dispondrá de recursos financieros suficientes en apoyo del Programa para el Otorgamiento Gratuito de Uniformes y Útiles Escolares a los Alumnos de Educación Básica Inscritos en las Escuelas Públicas del Estado de Sinaloa, para el ciclo escolar 2013-2014; en razÓn de lo anterior, he tenido a bien expedir las siguientes:

Reglas de Operación del Programa para el Otorgamiento Gratuito de Uniformes y Útiies Escolares a los Alumnos de Educación Básica

inscritos en Escuelas Públicas del Estado de Sinaloa, para el Ciclo Escolar 2013-2014

ARTíCULO PRIMERO.- De los Objetivos del Programa.

Son objetivos del Programa:

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14 «EL ESTADO DE SINALOA" Lunes I O de Junio de 2013

1. Apoyar la economia de las familias de alumnas y alumnos inscritos en las escuelas públicas en el Sistema de Educación Básica en todos sus niveles, modalidades y vertientes, del Estado de Sinaloa, a través de la entrega de uniformes y útiles escolares gratuitos;

2. Permitir la identificación de niños, niñas y adolescentes, como alumnos del Sistema de Educación Básica del Estado de Sinaloa; asi como contribuir al fortalecimiento de su seguridad; evitar la discriminación, las diferencias sociales; y fomentar la cultura de respeto a la personalidad individual, por encima de modas, costos o estilos de las prendas de vestir;

3. Elevar la calidad educativa y garantizar la inclusión, la pertinencia, la permanencia educativa, la equidad y abatir los indices de deserción, reprobación y de rezago educativo;

4. Fomentar la participación de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, asi como la de las comercializadoras establecidas en el Estado, dedicadas a la confección , distribución y entrega de los uniformes escolares gratuitos,asi como, a aquellos comercios y papelerias que comercializan útiles escolares para impulsar el desarrollo económico de estos sectores de la economia estatal ;

En términos del articulo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles del Estado de Sinaloa, las micro, pequeña, mediana y gran empresa, que al amparo de El Programa y las presentes Reglas de Operación se dediquen a la confección, comercialización, distribución y entrega de los uniformes y de útiles escolares gratuitos, podrán ser financiadas, por los conductos y procesos adecuados para ello, por la Red FOSIN, del Gobierno del Estado de Sinaloa.

ARTíCULO SEGUNDO.-De la Entidad Responsable del Programa:

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Administrativo, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", expedido por el Gobernador del Estado, IAI'- ,_

para crear el Programa para el Otorgamiento Gratuito de Uniformes y Útiles Escolares a los Alumnos de Educación Básica inscritos en Escuelas Públicas del Estado de Sinaloa, para el Ciclo Escolar 2013-2014. El Programa, la Planeación,~ ~ dirección, organización y supervisión del mismo, estará a cargo del Comité Estata . Operativo para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos, quyerá la \ máxima autoridad. ~

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Lunes 10 de Junio de 201 3 "EL ESTADO DE SINALOA" 15

ARTicULO TERCERO.- El Comité Estatal Operativo para el Otorgamiento de Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos, tendrá las facultades y obligaciones señaladas en el Acuerdo por el que se establece el Programa para el Otorgamiento Gratuito de Uniformes y Útiles Escolares a los Alumnos de Educación Básica inscritos en Escuelas Públicas del Estado de Sinaloa, para el Ciclo Escolar 2013-2014.

ARTicULO CUARTO.- De las Metas:

1. Se distribuirá aproximadamente 1 '192,000 (un millón ciento noventa y dos mil) vales, para cubrir a la población de niños y jóvenes inscritos en escuelas públicas del Estado de Sinaloa, en los tres niveles de educación básica en todas sus vertientes y modalidades, con el propósito de que cada alumno reciba dos uniformes escolares gratuitos para el ciclo escolar 2013-2014. Para el logro de esta meta se imprimirán 1 '230,000 vales, para contar con un remanente para reposición y garantizar la cobertura total;

2. En materia de paquetes de útiles escolares, se repartirán aproximadamente 596,000 vales para su canje ;

3. Fomentar la participación directa e indirecta del mayor número de talleres de la industria de la confección, asi como de las micras, pequeñas, medianas y grandes empresas establecidas en nuestra entidad, para que el cien por ciento de los uniformes escolares sean fabricados en Sin aloa; asi como de los negocios dedicados a la cómercialización de útiles escolares;

4. Fomentar la calidad de la confección de las prendas fabricadas en el Estado, mediante la implementación de mecanismos para su control como hologramas y la asistencia de apoyo de alta tecnología especializada en materia textil , como el Centro de Desarrollo Tecnológico Textil (CEDETEX), deIICATSIN.

( 5. Impulsar gradualmente, el establecimiento de centros de fabricación, abasto y distribución de materiales y útiles escolares.

ARTiCULO QUINTO.- De los Requisítos y Obligaciones para ser Beneficiario y Proveedor:

1.- Del beneficiario:

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16 "EL ESTADO DE SINALOA» Lunes la de Junio de 2013

l . Para ser beneficiario se requiere, estar inscrito en escuelas públicas del Estado de Sinaloa, en el tipo de educación básica en todos sus niveles, modalidades y vertientes.

11.- Del proveedor:

1. Para ser proveedor se requiere, según sea persona fisica o mo-al, con experiencia en el ramo de la confección, comercialización de prendas de vestir, y de útiles escolares, domiciliada en esta entidad federativa, inscrita y certificada en el padrón de proveedores de El Programa, coordinado por la Secretaria de Desarrollo Económico del Estado de Sinaloa;

2. Inscribirse dentro del término o plazo que acuerde El Comité, en el padrón de proveedores referido en el punto anterior. Este procedimiento podrán realizarlo a través de las páginas de internet de la Secretaria de Desarrollo Económico. Los interesados en registrarse y ser certificados, que no cuenten con acceso a internet, lo podrán realizar directamente en las oficinas de las Unidades de Apertura Rápida y Gestión Empresarial (URGE) de dicha Secretaria; o bien en la Secretaria de Educación Pública y Cultura, o en la Dirección de Bienes y Suministros de la Secretaria de Administración y Finanzas, en horarios de oficina de lunes a viernes, a partir de la fecha de publicación de las presentes Reglas de Operación;

3. Además de cumplir con los requisitos anteriormente expresados, deberán confeccionar las prendas e integrar los paquetes de útiles de acuerdo con las especificaciones establecidas en el Articulo Octavo, de las presentes Reglas de Operación;

4. Elaborar planes de acción para garantizar un servicio de calidad y de entrega oportuna de la cantidad y calidad de los uniformes y de los paquetes de útiles escolares;

/5. Respetar el volumen de uniformes y de paquetes de útiles escolares que les han sido autorizados;

6. Evitar la utilización de la misma unidad de producción, con razón social o denominación diferentes, bajo pena o sanción en caso de incumplimiento, determinada por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas;

7. Estar certificados en el padrón de proveedores y en consecuenCia~bilitadOS para el cobro de los vales canjeables. Los proveedores de uniforme e útiles

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Lunes 10 de Junio de 2013 " EL ESTADO DE SlNALOA" 17

estolares, ya sean cadenas comercializadoras o pequeños fabricantes, deberán suscribir Convenios, Contratos, o Cartas Compromiso, ante la Secretaria de Desarrollo Económico del Estado de Sinaloa, según sean pertinentes para formalizar la obligación de garantizar la calidad de los productos y la entrega oportuna de los mismos;

El padrón de los proveedores registrados y certificados, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, será publicado en las páginas de internet de las dependencias integrantes de El Comité. De igual forma se darán a conocer en los tableros informativos de cada plantel escolar.

ARTíCULO SEXTO.- Del Procedimiento y Requisitos para la Elaboración, Distribución y Canje de los Vales:

1. Los vales canjeables por uniformes, serán e'laborados con los materiales de seguridad necesarios, como los que a continuación se mencionan: tinta indeleble invisible, código de barras, número de folio, marca de agua, y color por cada nivel escolar; los cuales oportunamente serán dados a conocer por la Secretaria de Educación Pública y Cultura; .

2. Los vales canjeables por paquetes de útiles escolares, serán elaborados con los materiales de seguridad descritos en el punto anterior; cada vale según el grado a que corresponda llevará impreso en el reverso el contenido de cada paquete. Estos contenidos se darán a conocer a cada proveedor en el disco compacto que se entregará adjunto al documento que lo acredita como proveedor certificado; los cuales son determinados por la Secretaria de Educación Pública y Cultura.

3. Los vales canjeables, serán entregados a los padres de familia, tutores o en ausencia de ellos, a las alumnas y alumnos, por los Directores de los planteles escolares, dentro de los quince dias anteriores al inicio del ciclo escolar;

La Secretaria de Educación Pública y Cultura definirá y divulgará la fecha limite para canjear los vales por uniformes y útiles escolares gratuitos;

Los proveedores de uniformes y útiles escolares, podrán cobrar los vales canjeables, ante las instancias autorizadas por El Comité, con cha limite al 31 de diciembre del 2013; . ~

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18 «EL ESTADO DE SlNALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

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5. La entrega de los vales canjeables por uniformes y útiles escolares, a los padres de familia o tutores y en ausencia de ellos, a las alumnas y alumnos, se realizará a través de los Directores de cada plantel escolar, quienes a su vez deberán hacer la entrega de los mismos con base en el padrón escolar de cada escuela;

7. La entrega de los vales canjeables por uniformes y útiles escolares, a los Directores de cada centro educativo, se realizará a través de la estructura organizacional de la Secretaria de Educación Pública y Cultura del Estado de Sinaloa. (Servicios Regionales, Coordinación de Libros de texto gratuitos, Jefes de Sector, Supervisores o Inspectores Escolares de Zona);

8. La cantidad de vales canjeables por uniformes y útiles escolares que corresponda a cada grado, nivel , modalidad y vertiente de educación básica, será determinada por la población escolar registrada en cada plantel educativo, según constancias existentes en la Dirección de Registro y Certificación Escolar, de la Secretaria de Educación Pública y Cultura;

9. Cada padre de familia o tutor y en ausencia de ellos, las alumnas y alumnos, que reciban los vales deberá firmar de recibido en el formato proporcionado por la Secretaria de Educación Pública y Cultura, de los vales canjeables;

10. Los vales para uniformes y útiles escolares únicamente podrán ser canjeados por las prendas o los paquetes en él referidos, de acuerdo con lo establecido en las presentes Reglas de Operación. La contravención a lo anteriormente expresado dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el Articulo Séptimo, del presente Instrumento;

11 . Los proveedores de uniformes y útiles escolares, certificados por la Secretaria de Desarrollo Económico del Estado de Sinaloa, únicamente podrán recibir y canjear sus vales, por el valor nominal acordado por El Comité, mediante los mecanismos y procedimientos que éste determine;

12. Los vales, y todos los materiales de difusión y productos finales derivados de los recursos de El Programa deberán llevar en un lugar visible, la siguiente leyenda:

"Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido polltico alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines pollticos, electorales, de lucro y otr~-djstintos a" ~

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE S·INALOA» ' 19

los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación".

ARTíCULO SÉPTIMO.- De las Quejas y Sanciones:

1. Todo Servidor Público que participe de manera directa o indirecta en los procedimientos de El Programa, asi como también los proveedores certificados y los beneficiarios que transgredan las disposiciones del Acuerdo o de las presentes Reglas de Operación, serán sancionados por la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado, de acuerdo a las leyes aplicables;

2. El uso de los vales para fines distintos a los establecidos en El programa, la violación a los precios oficiales para las prendas y paquetes · de útiles escolares, asi como la transgresión a las presentes Reglas de Operación, serán sancionadas con la cancelación del registro como proveedor certificado de uniformes y útiles escolares, según corresponda, adicionalmente a lo establecido en el punto anterior de este articulo y demás relativos de las presentes Reglas de Operación, y otras normas o leyes aplicables para cada caso.

ARTíCULO OCTAVO.- De las Especificaciones Técnicas para la Confección de los Uniformes y las de Integración de los Paquetes de Útiles Escolares:

I

1. Las especificaciones técnicas de los uniformes escolares para alumnos de educación básica son definidas por El Comité, con base en la experiencia recogida de los ciclos anteriores y de expertos en la materia;

2. Los diseños y acabados que corresponden en cuanto a la cantidad de juegos o paquetes de uniformes para alumnas y alumnos inscritos en educación básica del Estado de Sinaloa, grado escolar, caracteristicas de la tela, especificaciones para el terminado, diseño y color, se describen con toda precisión en el Anexo Número I de las presentes Reglas de Operación, y están a disposición de los interesados en oficinas de la Secretaria de Desarrollo Económico, en las del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Sinaloa, asi como en la página de internet de la Secretaria de Educación Pública y Cultura www.sepyc.gob.mx;ydemásmedios impresos velectróni.C~ que designe el Comité; .

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20 "EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

3. las especificaciones de los contenidos en cuanto a cantidad y calidad de los materiales que integrarán cada paquete de útiles escolares, serán aprobadas por El Comité, con base en la propuesta de la SEPyC, misma que se integra con la definida por cada una de las Mesas Técnicas de cada nivel de educación básica, las cuales serán dadas a conocer a través de las páginas de internet de las dependencias integrantes de dicho cuerpo colegiado, y entregadas a cada proveedor certificado por la SEDECO, en un disco compacto que contenga, además de dichas especificaciones, el Acuerdo y las presentes Reglas de Operación, adjunto al certificado pertinente.

ARTíCULO NOVENO.- De la Supervisión y Evaluación:

1. los Proveedores deberán informar cada quince dias, o cuando se lo solicite El Comité, el avance de su producción de uniformes y de la integración de los paquetes de útiles escolares gratuitos;

, 2. Es facultad del El Comité, supervisar a los proveedores certificados sobre el

avance que lleven los trabajos de confección de los uniformes escolares gratuitos, asi como, acerca de la calidad de las prendas, el cumplimiento de las especificaciones técnicas para la confección de las mismas; asi como sobre la integración en cuanto a la cantidad y calidad de los materiales que integran los paquetes de útiles escolares y cualquier otra circunstancia que requiera inspección, que se derive de El Programa o de las presentes Reglas de Operación, en los domicilios proporcionados en su inscripción al padrón de proveedores. Dicha supervisión se llevará a cabo a través de las dependencias y entidades oficiales integrantes de El Comité;

3. Con el propósito de conocer la eficacia, eficiencia y alcance de El Programa, El Comité, creará una base de datos con la opinión de los beneficiarios y proveedores de uniformes y útiles escolares, la cual se elaborará con la información que proporcionen en el cuestionario respectivo, el que deberá enfocarse al conocimiento de los siguientes temas:

a) Oportunidad y eficiencia en la operación de El Programa; b) Verificar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos; y c) Medir los resultados e impactos de la aplicación de El Programa.

los recursos presupuestados, y ejercidos para la operación de El Programa, podrán ser revisados por la Unidad de Transparencia y Rendición ?uentas, asi como por la Auditoria Superior del Estado, para evaluar el cum ~mi to de

~

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Lunes .IO de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SlNALOA» 21

las presentes Reglas de Operación y de los procedimientos que El Comité apruebe, a fin de garantizar la transparencia y probidad en la aplicación de dichos recursos. Para éste efecto la Secretaria de Administración y Finanzas, contratará con una Institución Bancaria, una cuenta especifica para el pago de proveedores y gastos operativos previamente autorizados por El Comité;

5. La Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, podrá realizar inspecciones al Programa durante su realización, a través de su Contraloria Social, para promover la participación de los distintos Órganos de Gobierno y de la sociedad;

TRANSITORIOS

ARTicULO PRIMERO: Las presentes Reglas de Operación, entrarán en vigor al dia siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado Sinaloa".

ARTicULO SEGUNDO: Los aspectos n Operación, serán resueltos por el Comité.

EL GOBERNADO

EL SECRETARIO DE EDUCACiÓN PÚBLICA y CULTURA

. /T)~ ,- :;C --f C. ~ISCO C. FRIAS CASTRb

EL

n la Ciudad de Culiacán

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G S LAyNDEROS .. ~ ~ ~

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22 «EL ESTADO DE SIN ALOA»

EL JEFE DE LA REN

C. JUAN

lOAD DE T RANSPARENCIA y

IÓN DE CUENTA

LES

EL DIRECTO GENERAL DEL lNS TUTO DE CAPACITA IÓN PARA EL TRAB

ESTADO DE SINALOA.

y C.~~UMADA QUINTERO

LA p¡:¡eSEflTE HOJA DE f iRMAS CORRESPOfjQE A LAS REGLAS DE OPERAC' GOBIERNO OEL ESTAOO OE SINALOA. ~OI3·~O'4

Lunes 1 O de Junio de 20'13

ELSEC

C . ROBERTO SES CRUZ CASTRO

OEl PROGR...,.'" DE UIUFOR. y UTltES ESCOLARES GRATUITOS OEl

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Lunes 10 de Junio de 201 3 «EL ESTADO DE SINALOA» 23

COMISIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DESINALOA

ACUERDO DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA EL ACCESO ALA INFORMACIÓN

PÚBLICA DE SINALOA MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LINEAMIENTOS

RESPECTO LA INFORMACiÓN MrNIMA DE OFICIO QUE DEBE PERMANECER

EN DIFUSiÓN EN LOS PORTALES OFICIALES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS EN

OCASiÓN DEL PROCESO ELECTORAL QUE DURANTE EL PERrODO QUE CORRE

DEL OrA VEINTINUEVE DE MAYO AL SIETE DE JULIO DEL AÑO DE DOS MIL

TRECE SE DESARROLLARA EN EL ESTADO DE SINALOA.

ANTECEDENTES

Los distintos procesos electorales que se han desarrollado en el Estado de

Sinaloa han enfrentando diversos retos en tanto la dinámica progresista y

democrática que le son propios. En ese sentido, las últimas reformas que se

han decretado a la normativa electoral que priva en nuestra entidad

federativa pretenden dejar sentadas las bases que permitan desarrollar

elecciones cada más transparentes, generando así las condiciones necesarias

que propicien el respeto de los principios de equidad e imparcialidad que

rigen materia electoral.

Sin embargo, en materia de difusión de propaganda gubernamental, tanto las

autoridades electorales competentes, o bien, los órganos garafltes del

derecho de acceso a la información pública, en ocasiones, en aras de

garantizar claridad y certeza a los contendientes, así como favorecer el

principio de libertad de voto, han tenido que pronunciarse para aclarar y

precisar lo necesario respecto dicha publicidad.

Es el caso pues, de lo que en ocasiones se conoce como "Yeda Electoral" o

"Blindaje Electoral", que se refiere al período en que toda autoridad, ya sea

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24 «EL ESTADO DE SlNALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

ésta federal, local o municipal, debe abstenerse de promover por cualquier

medio de comunicación, lo relativo a la ejecución de obras públicas o sociales

que evidencien de alguna forma, promoción personalizada o dirigida a

beneficiar a algún partido político.

Lo anterior, en pasados procesos electorales, ha creado confusión respecto a

los límites que legalmente se encuentran establecidos, incluso en forma

equívoca, se ha llegado a argumentar que limitar la difusión de esta

información afecta el derecho fundamental de las personas a ser informados

de la actuación de la autoridad, violentando con ello el derecho a la

información protegido por el artículo 6º de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos.

Empero, por cuanto hace al mandato contenido en nuestra Ley Electoral, es

preciso al señalar, que desde el inicio de las campañas electorales y hasta la

conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda

propaganda gubernamental en los medios de comunicación social, tanto de

los poderes federales, estatales, municipales, como de cualquier otro ente

público, siendo las únicas excepciones a lo anterior, lo relativo a las

campañas de información de las autoridades electorales, así como aquellas

que se encuentran vinculadas a los servicios educativos y de salud, o las

necesarias para la protección civil, en caso de emergencia .

Asi, la normativa electoral, es sumamente precisa en determinar la

suspensión, por cualquier medio de comunicación, la difusión de propaganda

gubernamental durante el período de campañas y hasta el día en que se

celebre la jornada comicial, en este caso, del proceso electoral que habrá de

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SlNALOA» 25

desarrollarse en nuestro Estado, del veintinueve de mayo al siete de julio de

dos mil trece.

En ese orden de ideas, las entidades públicas sujetas al cumplimiento de la

Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, no pueden

argumentar la "Veda electoral" o el "Blindaje electoral" como una causa o

motivo para no proporcionar información a las personas de la actuación y

servicios que debe ofrecer cualquier autoridad pública como parte de sus

atribuciones como lo es, por citar sólo un ejemplo, la información básica que

en forma oficiosa debe difundirse en medios electrónicos (portales o páginas

oficiales en internet) para dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en

el Capítulo Segundo de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado

de Sinaloa, en tanto aquellas, no contravengan las prohibiciones que en

materia de difusión de propaganda gubernamental refiere el instrumento

legal aplicable en materia electoral.

CONSIDERANDO

l. Que el Honorable Congreso del Estado de Sinaloa, mediante Decreto

número setecientos treinta y siete de fecha diez de enero de dos mil trece,

publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", de fecha once del

mismo mes y año, la convocatoria a elecciones ordinarias para renovar el

Poder Legislativo, así como los dieciocho Ayuntamientos que integran el

Estado, de conformidad a lo establecido en el artículo 15, párrafo segundo,

de la Ley Electoral del Estado de Sinaloa .

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26 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

11 . Que en el estado de Sinaloa las elecciones se celebrarán el día siete de

julio de dos mil trece, de conformidad a lo establecido en el artículo 15,

párrafo primero, de la Ley Electoral del Estado de Sinaloa.

111. Que el artículo 117 Bis L de la Ley Electoral dispone, que desde el inicio de

las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá

suspenderse la difusión de toda propaganda gubernamental en los medios de

comunicación social, tanto de los poderes federales, estatales, los de los

municipios y cualquier otro ente público. El propio precepto legal, instituye

que las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información

de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud,

o la's necesarias para la protección civil, en caso de emergencia.

IV. Que la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa es

reglamentaria del artículo 109 Bis B de la Constitución Política de nuestro

estado y tiene por objeto fijar los términos en que se 'garantiza y ejerce el

derecho de acceso a la información pública como el correlativo al acceso y

protección de datos personales, los que sólo serán limitados en los casos

expresamente previstos por la Constitución como por la propia Ley.

V. Que dentro de las obligaciones que deben acatar las entidades públicas

sujetas al cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, se

encuentra la relativa a la difusión de la denominada "Información Mínima de

Oficio" que se refiere a aquella información básica que sin necesidad de

mediar solicitud debe ser divulgada en medios electrónicos, como lo son, los

portales oficiales en internet.

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 27

VI. Los supuestos normativos oficiosos se encuentran contenidos en el

numeral 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública del estado de Sinaloa

conforme lo siguiente:

"1. :roda entidad pública: al Su estructura orgánica, los servicios que presta, las atribuciones por

unidad administrativa y la normatividad que la rige; b) El directorio de servidores públicos desde el

titular hasta el nivel de jefe de departamento o sus equiva lentes, con nombre, número telefónico Y,

en su caso dirección electrónica oficial; el l a remuneración total mensual por puesto, inc/uyendo el

sistema de compensación según lo establezca la ley de Ingresos V Presupuesto de Egresos del Estado

de"Sinaloa para el Ejercicio Fiscal correspondiente, o el ordenamiento equiva lente; d) las opiniones,

expedientes, datos y fundamentos finales contenidos en los expedientes administrativos que

justifiquen el otorgamiento de permisos, concesiones o licencias, así como las contrataciones,

licitaciones y los procesos de toda adquisición de bienes o servicios; e) Los manuales de organización

y, en general, la base normativa interna que regule su actuación, así como las minutas de las

reuniones oficiales; f) Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas hechas al ejercicio

presupuestal correspondiente; g) La relación a detalle de todas personas físicas o morales que han

recioido recursos públicos, cualquiera que sea su destino, especificando montos, número de póliza de

cheque, conceptos y fechas en que se entregaron dichos recursos; h) El nombre, domicilio oficial y

dirección electrónica, en su caso, de los servidores públicos encargados de gestionar y resolver las

solicitudes de información pública; i) Los mecanismos de participación ciudadana, para la toma de

decisiones en los procesos de elaboración, implementación y eva luación de políticas públicas; j) Los

servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para·

acceder a los mismos, así como padrón de los beneficiarios; k) Los balances general es y su estado

financiero; 1) La información anual de actividades; m) Las convocatorias a concurso o licitación de

obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, concesiones, permisos y

autorizaciones, así como sus resu ltados; n) Otros datos públicos que sean de utilidad para el ejercicio

de la transparencia de los recursos públicos y el acceso a la información.

11. El Poder Legislativo: a) las leyes, decretos, reglamentos, y demás disposiciones de observancia

general vigentes en el Estado; b) Las cuentas públicas del Estado y de los Municipios, así como los

informes de los organismos autónomos, descentralizados y de participación estatal y municipal. una

vez concluidos los procesos de revisión correspondientes; c) Las iniciativas de ley, los dictámenes, el

diario de debates, minutas de trabajo en comisiones, ordenes del día, puntos de acuerdo y

resoluciones diversas tomadas en comisiones, por el Pleno de la Diputación Permanente; dI La

integración de los grupos par lamentarios, así como de las comisiones permanentes y, en su caso,

transitorias; el La agenda legislativa; f) Las listas de asistencia y votación de cada una de las sesiones;

g) l~S demás informes que deban presentarse conforme a su Ley Orgánica.

111. El Poder Ejecutivo: a) El periódico oficial, decretos administrativos, reglamentos, circulares y

demás disposiciones de observancia general de su competencia; bl Las iniciativas de ley o decreto

presentadas ante el Congreso del Estado; el La información sobre los resultados de viajes de trabajo

al extranjero; dJ la información necesaria para el adecuado V oportuno pago de las contribuciones; e)

las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia; f) En materia de averiguaciones

previas: Estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuantas

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28 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

se ejerció acción penal, para cual se decretó el no ejercicio y cuantas se archivaron; g) El listado de

expropiaciones por causa de utilidad pública; h) los convenios de coordinación con la Federación,

Estados y Municipios y de concertación con los sectores sociales y privado; 1) El presupuesto de

egresos aprobados por el Congreso y las fórmulas de distribución de los recursos, federales o estatales, a los municipios; j) la información que sea de utilidad o resulte relevante para el

conocimiento V evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad de cada dependencia

y entidad: k) Los planes federales, estatales de desarrollo, vinculados con sus programas operativos

anuales y sectoriales, los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por

unidad responsable, así como los avances físicos y financieros para cada una de las metas. Sobre los

indicadores de gestión deberá difundirse, además, su método de evaluación, así como una

justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su

cumplimiento; II Padrón de beneficiarios de los programas sociales; mi las resoluciones definitivas

que se dicten, dentro de su ámbito de competencia, en procesos o procedimientos seguidos en forma

de juicio, previa autorización ficta de los particulares vinculados a dichas resoluciones

IV. El Poder Judicial: al las controversias entre poderes públicos; bllas sentencias definitivas que se

dicten en los procesos judiciales, previa autorización ficta de los particulares vinculados a dichas

resoluciones; cl la aplicación del Fondo Auxiliar para la Administración de la Justicia; di los

principales indicadores sobre la actividad jurisdiccional que deberán incluir, al menos, asuntos

ingresados, egresados y existencia, por unidad jurisdiccional y agregados por todo el órgano de

impartición de justicia; el las listas de acuerdos. las sentencias relevantes con los respectivos votos

particulares, si los hubiere y la jurisprudencia; f) las convocatorias a concursos para ocupar cargos

jurisdiccionales y los resultados de los mismos; gl los perfiles y formas de evaluación del personal

jurisdiccional y administrativo; h) Cualquier otra información que sea de utllidad o se considere

relevante.

V. Los Ayuntamientos : al la integración y conformación política del Cabildo, asi como los días y hora

de sus sesiones ordinarias; b) la integración de las comisiones de regidores al interior del Cabildo; cl

Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de Policía y Gobierno; d) la información

relativa a la concesión de servicios públicos municipales, así como toda aquella que verse sobre la

enajenación de bienes inmuebles del dominio público o privado de los municipios; el las cantidades

recibidas por concepto de multas asr como el uso o aplicación que se les da; f) las cuotas y tarifas

aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, incluyendo ¡as tablas de valores

unitarios de suelos y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones de la

propiedad Inmobiliaria; g) Empréstitos. deudas contraídas, asi como la enajenación de bienes; h) Los

indicadores de gestión de los servicios públicos que presten los ayuntamientos; i) El calendario con

las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar; j) las actas de sesiones de cabildo; k) El

marco regulatorio completo del municipio; 1) los programas sociales, los mecanismos para acceder a

ellos, así como el padrón de beneficiarios de los programas sociales; mi los planes federales,

estatales, municipales de desarrollo, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales,

los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, asl

como [os avances flsicos y financieros para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión

deberán difundirse, además, su método de evaluación, asi como una justificación de los resultados

obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento."

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 29

VII. Que con fecha once de abril de dos mil trece, en el Diario Oficial de la

Federación se publicó el acuerdo CG 94/2013 del Consejo General del

Instituto Federal Electoral mediante el cual se emiten normas reglamentarias

sobre la propaganda gubernamental a que se refiere el artículo 41, Base 111,

Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para

los procesos electorales locales a desarrollarse en el año de dos mil trece en

diversas entidades del territorio nacional, incluido Sinaloa. El órgano

colegiado en esa ocasión acordó lo siguiente:

"PRIMERO.- Se aprueban las normas reglamentarias sobre la propaganda gubernamental a que se

refiere el artrculo 41, párrafo segundo, Base 111. apartado e de la Constitucfón Polftlca de los Estados

Unidos Mexicanos, para los procesos electorales locales a celebrarse en dos mil trece V el Proceso

Electoral extraordinario a celebrarse en el Distrito XVII, en Ciudad Obregón, Sonora.

SEGUNDO.- Atento a los principios de equidad e imparcialidad que rigen en la contienda electoral y en términos de lo dispuesto en la parte final de la jurisprudencia 18/2011, emitida por la Sala

Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las campañas de información,

servicios educativos, de salud y las de protección civil en caso de emergencia, a que se refieren los

artículos 41, párrafo segundo, Base 111 , Apartado C, segundo párrafo, de la Constitución Polftica de 105

Estados Unidos Mexicanos y 2, párrafo 2, del Cód igo Federal de Instituciones y Procedimientos

Electorales, deberán colmar los mencionados principios.

TERCERO.~ Deberá suprimirse o retirarse toda propaganda gubernamental en radio y t elevisión, tanto

de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito

Federal, sus delegaciones y cualquier otro en te público, en los términos y con las excepciones

establecidas los articulos 41, párrafo segundo, Base 111, apartado C, párrafo segundo de la

Constitución Política de 105 Estados Unidos Mexicanos, a partir del inicio de cada una de las campañas

respectivas y hasta el siete de julio de dos mil trece, en las emisoras de radio y televisión previstas en

el Catálogo señalado en el Considerando 9 del presente Acuerdo para las entidades con Proceso

Electoral ordinario.

CUARTO.· Deberá suprimirse o retirarse toda propaganda gubernamental en radio y televisión, tanto

de los poderes federales y estatales, como de Ilos municipios, órganos de gobierno del Distrito

Federal, sus delegaciones V cualquier otro ente público; en los términos y con las

excepciones establecidas 105 artfculos 41, párrafo segundo, Base 111, apartado C, párrafo segundo de

la Constitución Polftica de los Estados Unidos Mexicanos y las que se aprueban mediante el presente

instrumento a partir del inleio de la campaña electoral extraordinaria a celebrarse en el Distrito XVII,

en Ciudad Obregón, Sonora, y será aplicable en todas las emisoras previstas en el catálogo de

emisoras que apruebe este Consejo General para el Proceso Electoral extraordinario en comento.

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30 "EL ESTADO DE STNALOA» Lu nes 10 de Jun io de 2013

QUINTO.· Se considerará que forman parte de las excepciones a las prohibiciones que en materia

de propaganda gubernamental prevé el artículo 41, párrafo segundo. Base 111, apartado e, segundo

párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siempre y cuando no incluyan

nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cua lquier servidor

público, ni contengan logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobiern o federal o a

algún otro gobierno o administración, o a sus campañas institucionales, en términos de Jo previsto en

los diversos Acuerdos CG193/2011 V CG247/2011, las siguientes:

• la propaganda que para la asistencia pública emitan tanto la loterfa Nacional como

Pronóst icos para la Asistencia Pública¡

• la publicidad informativa sobre la promoción turística nacional de M éxico y de otros centros turísticos del pafs;

• la campaña de educación del Servicio de Administración Tributaria para incentivar el pago de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones fisca les;

• la propaganda que el Instituto Federal de Acceso a la Información V Protección de Datos emita para difundir los derechos de acceso a la información V de protección de datos personales;

• la campaña de la Comisión Federal de Telecomunicaciones a difundirse en Tijuana, Baja California, para promover información relativa a la tecnologfa de Televisión Digital Terrestre y el apagón analógico¡

• las campañas de la Procuraduría Federal del Consumidor con fines meramente educativos y de orientación social, encaminadas a la protección y promoción de los derechos de los consumidores.

la propaganda referida deberá tener carácter insti tucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

Es decir, no podrá difundir logros de gobierno, obra pública, e incluso, emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia de una administración en particular.

Su contenido se limitara a identificar el nombre de la institución de que se t rata sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imagenes, voces o símbolos que pudieran ser const itutivos de propaganda política o electoral.

la propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando estos no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local.

l a propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier ot ro tipo de referencias al gobierno federal a a algún otro gobierno o administración, o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda persona lizada de servidor público alguno.

l a propaganda exceptuada mediante este acuerdo, en todo momento, debera tener fines informativos sobre la prestación de un servicia, alguna campaña de educación o de orientación socia l, por lo que no está permitida la exa ltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos local o federal o de alguna administración específica.

SEXTO.- Durante la emisión radiofónica denominada "l a Hora Nacional" deberá suprimirse toda alusión a propaganda de poderes públicos o de cualquier ente público desde el inicio de los respectivos periodos de campañas y hasta el día en que se celebre la jornada comicial respectiva. Asimismo, en dicho espacio no podran difundirse logotipos, frases o cua lquier tipo de referencias

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Lunes 10 de Junio de 2013 "EL ESTADO DE SINALOA» 31

visuales V/o auditivas al gobierno federal o a algún otro gobierno, o a sus campañas institucionales, ni elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

Además, la emisión antes referida deberá de abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública e incluso, emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia de una administración en particular, o bien, información sobre programas V acciones que promuevan innovaciones en bien de la ciudadanía; así como las referencias visuales o auditivas a las frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda polftica o electoral.

SÉPTIMO.· Los portales de los entes públicos en internet deberán abstenerse de difundir logros de gobierno, así como referencias visuales o auditivas a las frases, imágenes, voc~s o sfmbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política, electoral o personalizada. Lo anterior no Implica, bajo ningún supuesto, que los entes públicos dejen de cumplir las obligaciones en materia de transparencia V acceso a la Información.

OCTAVO.· Las normas de propaganda gubernamental aprobadas mediante el presente Acuerdo entrarán en vigor a partir del inicio de cada una de las campañas respectivas V concluirá su vigencia al día siguiente de la Jornada Electoral. Por lo que hace al Proceso Electoral extraordinario a celebrase en Distrito XVII, en Ciudad Obregón, Sonora, el presente Acuerdo entrará en vigencia con el inicio de la campaña electoral extraordinario correspondiente y concluirá su vigencia al d(a siguiente de la Jornada Electoral.

NOVENO.· Se instruye al Secretario Ejecutivo a que notifique, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, el presente Acuerdo a la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, así como a los gobiernos estatales Y. por su conducto, a los gobiernos municipales.

DÉCIMO.· Se instruye al Secretario Ejecutivo a que implemente las medidas necesarias para la oportuna publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación."

De conformidad con lo expresado y con fundamento en lo dispuesto por el

artículo 62 de la Constitución Política de 105 Estados Unidos Mexicanos, 42,

Bis A y 109 Bis B de la Constitución Política de Estado de Sinaloa, 12, 22, 92,

13, 14, 4.9, fracción 1, de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado

de Sinaloa, este órgano colegiado tiene a bien dictar, sin menoscabo a las

facultades que le corresponden a las autoridades electorales, el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Atento a las principios de publicidad y máxima publicidad que

rigen en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el

Estado de Sinaloa, así como en lo relativo a 105 principios de equidad e

imparcialidad que privan en materia electoral, se establece que la

9

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32 "EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

información mínima de oficio a que se refiere el artículo gQ de la Ley de

Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, debe permanecer y ser

difundida, a través de los portales o páginas electrónicas oficiales de las

entidades públicas a que se refiere la fracción VI del artículo SQ del

ordenamiento legal antes citado.

SEGUNDO. En ningún caso, la información oficiosa a que se refiere el punto

inmediato anterior, deberá contravenir las disposiciones que, durante el

proceso electoral estatal ha desarrollarse a partir del día veintinueve de

mayo al siete de julio de dos mil trece, sean aplicables en materia de difusión

de propaganda gubernamental.

TERCERO. Las entidades públicas sujetas al cumplimiento de la Ley de Acceso

a la Información Pública del Estado de Sinaloa, deberán suprimir o retirar

temporalmente, durante el período que dure el proceso electoral, toda

aquella información mínima de oficio que guarde relación con la propaganda

gubernamental a que se refiere el artículo 117 Bis L de la Ley Electoral del

Estado de Sinaloa.

CUARTO. En forma enunciativa, más no limitativa, a continuación se citan

algunos ejemplos de supuestos normativos oficiosos, cuyos contenidos no

podrán ser difundidos durante el desarrollo del proceso electoral a

desarrollarse en el año de dos mil trece.

• Minutas de reuniones oficiales, en tanto que éstas contengan avances,

logros, resultados de actividades gubernamentales, o bien, por estar

relacionadas con la ejecución de obras públicas o programas y acciones

que promuevan innovaciones en bien de la ciudadanía.

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Lunes 10 de Junio de 201 3 "EL ESTADO DE SINALOA » 33

• Relación a detalle de todas las personas físicas que han recibido

recursos públicos, en tanto el beneficio económico se encuentre

relacionado con programas sociales o de apoyo.

• los programas de apoyo que se ofrecen, trámites, requisitos y

formatos para acceder a ellos, así como los padrones de

beneficiarios.

• la información ' anual de actividades, en tanto que ésta contenga

avances, logros, resultados de actividades gubernamentales, o bien,

por estar relacionadas con la ejecución de obras públicas o programas

y acciones que promuevan innovaciones en bien de la ciudadanía.

• Resultados de viajes de trabajo; en este caso, pudiendo ser los viajes

realizados al extranjero o a cualquier punto geográfico de la república

mexicana, en tanto que la Ley de aplicación sólo establece las bases

mínimas de la información básica .

• Estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia, por

razón de que su publ icidad pudiera contener o referir algún logro o

avance que se haya registrado en esta materia.

• Convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios,

en tanto estos refieran información sobre avances, logros o resultados

de cualquier actividad gubernamental, así como aquella relativa a los

programas y acciones que promuevan innovaciones en bien de la

ciudadanía, a excepción de lo concerniente a los sectores educativos,

de salud y de protección civil.

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34 "EL ESTADO DE SlNALOA» Lunes 1 O de Jun io de 2013

• La información que sea de utilidad o resulte relevante para el

conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas

responsabilidad de cada dependencia y entidad; en tanto esta se

encuentre vinculada a la actividad gubernamental, a excepción de lo

relativo a los sectores educativos, de salud y de protección civil.

• Los indicadores de gestión que difunda el Poder Ejecutivo que

permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los

avances físicos y financieros para cada una de las metas, a excepción

de lo relativo a los sectores educativos, de salud y de protección civil.

• Padrones de beneficiarios de los programas sociales.

• Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de Policía y

Gobierno; en tanto estos refieran logros o avances en este rubro.

• Actas de Sesiones de Cabildo, en tanto en estas se consigne

información respecto avances, logros o resultados de la actividad

gubernamental, incluyendo la obra pública, así como aquella relativa a

los programas y acciones que promuevan innovaciones en bien de la

ciudadanía, a excepción de lo relativo a los sectores educativos, de

salud y de protección civil.

• los programas sociales, así como los mecanismos para acceder a

ellos.

• los indicadores de gestión que difundan los Ayuntamientos que

permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los

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Lunes 10 de Junio de 201 3 «EL ESTADO DE SINALOA» 35

avances físicos V financieros para cada una de las metas, a excepción

de lo relativo a los sectores educativos, de salud y de protección civil.

• Cualquier dato público que sea de utilidad para el ejercicio de la

transparencia de los recursos públicos V el acceso a la información

que se encuentre vinculado a la difusión de propaganda

gubernamental, incluyendo logros de gobierno, obra pública,

programas y acciones que promuevan innovaciones en bien de la

ciudadanía, o por estar dirigida a justificar o convencer a la población

de la pertinencia de una administración en particular. En todo caso,

queda exceptuado lo concerniente a los sectores educativos, de salud y

de protección civil.

QUINTO. Los vínculos electrónicos en donde se encuentre la información a

que se refiere el punto inmediato anterior, deberán ser desactivados, de tal

manera que la información se siga hospedando en el sitio oficial pero sin

poder generar su consulta. O bien, recurrir a cualquier medida de protección

que evite su plena difusión. En todo caso, podrán utilizarse frases que

indiquen la restricción temporal de dicha información .

SEXTO. Se instruye al Secretario Ejecutivo de esta Comisión a que notifique el

presente Acuerdo a los titulares del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así

como a los dieciocho Ayuntamientos y demás entidades públicas sujetas al

cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de

Sinaloa.

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36 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

SÉPTIMO. Se instruye al Secretario Ejecutivo a que implemente las medidas

necesarias para la oportuna publicación de este Acuerdo en el Periódico

Oficial "El Estado de Sinaloa".

El presente Acuerdo fue aprobado por unanimidad de los Comisionados que

integran la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de

Sinaloa, en sesión extraordinaria celebrada en el Salón de Pleno de la

Comisión, el día miércoles veintinueve de mayo de dos mil trece.

Comis'i

Mtro. J varez Ortega Comisionado

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Lunes 10 dé Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 37

AYUNTAMIENTOS

CIUDADANO MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA, Presidente Municipal Constitucional de Casalá, Sinaloa; a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Ayuntamiento de esta Municipalidad, por conduelo de su Secretaria, ha tenido a bien comunicarme que en sesión ordinaria de Cabildo celebrada en fecha veinticinco de abril del afio dos mil trece, acordó expedir el siguiente:

DECRETO MUNICIPAL NO. 18 SE CONDECE JUBILACiÓN, AL CIUDADANO JOSÉ SANTOS GASPAR PADILLA, AUXILIAR DE

DESARROLLO SOCIAL PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en las Clausulas Trigésima Quinta, Trigésima Sexta, Cuadragésima Tercera y Quincuagésima Quinta del Contrato Colectivo de Trabajo, Celebrado con fecha 18 de Febrero del 2013, entre el Municipio de Cosalá y el S.T.A.S.A.C.O., se otorga pensión por jubilación a JOSÉ SANTOS GASPAR PADILLA por un monto igual al 100% del ingreso y demas prestaciones mensuales que actualmente percibe el trabajador y empezará a surtir sus efectos a partir del dla siguiente de la publicación en el Diario Oficial de El Estado de 51n9108, del decreto correspondiente, cuya elaboración y publicación estará a cargo del C. Presidente Municipal y el Secretario del H. Ayuntamiento.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto en el Párrafo Tercero de la Clausula Cuadragésima Tercera del Contrato Colectivo en mención, la pensión otorgada en el punto que antecede. se incrementara en los mismos términos que se incrementen las salarias y prestaciones económicas que reciban las trabajadores en activo de acuerdo con su plaza y categoría.

TRANSITORIO ARTICULO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el dla siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial ~EI Estado de Sinaloa". E~ dado en lamiala de Junt ~del H. Ayuntamiento d Cosalá, 5lOaloa; a las veln!lc7::~c s(;te mes de abril de dos mil trece.

., ~. PRESIDENTE ICIPAL 'CONSTITUCIONAL ___ - , : ~. - C. MARIO CUAUHTEMOC PADILLA BARRAZA

SECRETARia BEb ~ Ay T ENTO C. LIC. MARTiN LÓPEZ : ' Por lo tanto mando sé 'imp~ma;-publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el PalacIo MUÍliGtpal de_ ~:::.~;naloa . a los cualro dias del mes de may¡¿)~e

. /- - PRESIDENTE MU~STITUCIONAL C. MARIO CUAUHTEMOC PADILLA BAR RAZA

--r ··

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38 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 1 O de Junio de 2013

CIUDADANO MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA, Presidente Municipal Constitucional de Cosalá. Sinaloa; a sus habitantes hace saber: . Que el Honorable Ayuntamiento de esta Municipalidad, por conducto de su Secretaria, ha tenido a bien comunicanne que en sesión ordinaria de Cabildo celebrada en fecha veinticinco de abril del año dos mil trece. acordó expedir el siguiente:

DECRETO MUNICIPAL NO. 19 SE CONDECE JUBILACiÓN, AL CIUDADANO JOSÉ LUIS CARRILLO, CHOFER

PRIMERO,- Con fundamento en lo dispuesto en las Clausulas Trigésima Quinta, Trigésima Sexta. Cuadragésima Tercera y Quincuagésima Quinta del Contrato Colectivo de Trabajo, Celebrado con fecha 18 de Febrero del 2013, entre el Municipio de Cosalá y el S.T.A.S.A.C.O., se otorga pensión por jubilación a JOSt LUIS CARRILLO por un monto igual al 100% del ingreso y demás prestaciones mensuales que actualmente percibe el trabajador y empezará a surtir sus efectos a partir del dla siguiente de la publicación en el Diario Oficial de El Estado de Sinaloa. del decreto correspondiente, cuya elaboración y publicación estará a cargo del C. Presidente Municipal y el Secretario del H. Ayuntamiento,

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto en el Párrafo Tercero de la Cláusula Cuadragésima 'Tercera del Contrato Colectivo en mención, la pensión otorgada en el punto que antecede, se incrementara en los mismos términos que se incrementen los salarios y prestaciones económicas que reciban los trabajadores en activo de acuerdo con su plaza y categoria .

. . ' TRANSITORIO ARTICULO UNICO.- El presente decreto enlrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial ~EI Estado de Sinaloa",

~,=_. ~:¡~JU las del H Ayu,!!lamlenlo de Cosalá. Sinaloa; a los veln"cl~:;¡ ~e abnl de do~

---T'l ..- . PRESIDENTE MU IPAL CONSTITUCIONAL I I .- , : _ ___ - ___ o C. MARIO CUAUHTEMOC PADILLA BARRAZA

SECBETARIo:D • ; UNTAMIENTO C. LIC. MARTlN LO Por lo tanto ma~o e I nma, publIque, cncule y se le dé el debido cumplimiento, Es dado en el PaJae ' M icipal de CosaT(" Sinaloa; a los cuatro dlas del mes de ma

.-"

SECjiEI'A . TAMIENTO C. LIC. MARTfN LÓP ,

PRESIDENTE'M IPA CONSTITUCIONAL C. MARIO CUAUHTEMOC PADILLA BARRAZA

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 39

CIUDADANO MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA. Presidente Municipal Constitucional de Cosala, . Sinaloa: a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Ayuntamiento de 8sta Municipalidad, por conducto de su Secretaria, ha tenido a bien comunicanne que en sesi6n ordinaria de Cabildo celebrada en fecha veinticinco de abril del ano dos mil trece, acordó expedir el siguiente:

DECRETO MUNICIPAL NO. 20 SE CONDECE PENSiÓN POR VEJEZ, AL CIUDADANO lSMAEL ZAZUETA MACHADO,

AUXILIAR DE BODEGA ARTICULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 123 de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos; articulas 110, 111 Y 129 de la Constitución Polltica del Estado de Sinaloa: 27 fracción 1, 111 Y IV de la ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; Clausulas Trigésima Quinta. Trigésima Sexta, Cuadragésima Cuarta, Cuadragésima Sexta y Cuadragésima Séptima del Contrato Colectivo de Trabajo, se concede pensión por vejez al C. Ismael Zazueta Machado, mismo que laboraba como Auxiliar de Bodega, adscrito a la Direcci6n de Dirección de Obras Públicas, Desarrollo Urblilno y Ecologia, por un monto igual al 52% del ingreso y demás prestaciones mensuales que actualmente percibe el trabajador. ARTicULO SEGUNDO.- La pensIón en general se incrementaré en la misma proporción en que se incremente el salario de los trabajadores en activo.

TRANSITORIO ARTiCULO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el dla siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en la Sala de Juntas del H. Ayuntamie mil trece.

de Cosalá. Sinaloa; a los ve intiCj~eS_ de abril de dos

PRESIDENTE'~NSTlTUCIONAL ¡¡;¡:,tO~rí/íii¡:¡~t#.~iEÑTo---- C. MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA

SEC,B AMIENTO C. LIC. MART!

ri publique, circule y se le dé el debido cumplimiento . . pal de Casal aloa; a los treinta y un dlas del mes d~ ~il trece.

PRESIDENT~NSTITUCIONAL "",j;I!GRn:¡;Rib}3s¡ft~fu¡ÑT.;;;jE;¡iTo~--- C. MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA

TVN -10

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40 «EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 20 13

CIUDADANO MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA. Presidente Municipal Constitucional de Cosalé, Sinaloa; a sus habitantes hace saber. Que el Honorable Ayuntamiento de esta Municipalidad, por conducto de su Secretaria, ha tenido a bien comunicarme que en sesión ordInaria de Cabildo celebrada en fecha veinticinco de abril del ano dos mil trece, acordó expedir el siguiente:

DECRETO MUNICIPAL NO. 21 SE CONDECE PENSIÓN POR VEJEZ, A LA CIUDADANA MARIA DOLORES GARCIA MURILLO,

CONSERJE PRIMERO,- Con fundamento en lo dispuesto en las Clausulas Trigésima Quinta, Trigésima Sexta, Cuadragésima Cuarta, Cuadragésima Sexta, Cuadragésima Sexta y Quincuagésima del Contrato Colectivo de Trabajo. Celebrado con fecha 18 de Febrero del 2013, entre el Municipio de Cosalá y el S.T.A.S.A.C.O., se otorga pensión por vejez a MARIA DOLORES GARCIA MURILLO por un monto igual al 52% del ingreso y demás prestaciones mensuales que actualmente percibe el trabajador y empezará a surtir sus efectos a partir del die siguiente de la publicación en el Diario Oficial de El Estado de Sinaloa, del decreto correspondiente, cuya elaboración y publicación estará a cargo del C. Presidente Municipal y el Secretario del H. Ayuntamiento.

SEGUNOO.- Con fundamento en lo dispuesto en la Cláusula Cuadragésima Sexta del Contrato Colectivo en mención, la pensión otorgada en el punto que antecede, se incrementara en los mismos ténnlnos que se incrementen los salarios y prestaciones económicas que reciban los trabajadores en activo de acuerdo con su plaza y categorla .

TRANSITORIO ARTicULO ÚNICO.- El presente decreto entrara en vigor el dla siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa~ .

Es dado en la Sala de Ju as del H. Ayuntam!!iil:l>'l!:Jlé'iC'cosalá, Sinaloa; a los ve¡nt~'ci as me: s de abril de dos mil trece. .

PRESIDENTE ICIPAL CONSTITUCIONAL C. MARIO CUAUHTÉMOC PADILLA BARRAZA

ri blique, circule y se le dé el debido cumplimiento. '-'+'~ipal de Cosalá, Sin , a los treinta y un dlas del mes de -=-""os mil trece .

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/'" PRESIDENTE ICIPAL CONSTITUCIONAL

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Lunes 10 de Junio de 2013 «EL ESTADO DE SINALOA» 41

Lic. Moisés Aarón Rivas Loaiza. Presidente Municipal de Culiacán. Sinaloa. a sus habitantes hace saber:

Que el H. Ayuntamiento de CUliacán, Sinaloa, mediante acuerdo número nueve, emitido en sesión ordinaria de Cabildo, de fecha 13 de mayo del 2011, resolvió enajenar a Clara Luz Holguin Mariscal, una fracción de terreno (demasla), con una superficie de 18.41 m2, localizada en la parte posterior contigua al predio urbano de su propiedad, y que se ubica especifica mente en la esquina que forma la calle profesora Carlota Fernández y av. Juan de la Barrera, de la colonia 6 de Enero de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias.

Al Norte: Al Oriente: Al Poniente:

2.33 metros y colinda con calle Profesora Carlota Fernández 15.80 metros y colinda con avenida Juan de la Barrera 15.80 metros y colinda con propiedad de la solicitante.

Lo anterior, es para dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 8 de la Ley Sobre Inmuebles del Estado y Municipios.

Culiacán Rosales, Sin aloa, Mayo 22 de 2013

Secretario 'del H. Ayuntamiento

c. oisés Aarón Rivas Loaiza

10

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42 "EL ESTADO DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

Lic. Moisés Aarón Rivas Loalza, Presidente Municipal de Culiacán, Sinaloa, a sus habitantes hace saber:

Que el H. Ayuntamiento de Culiacán, Sinaloa, mediante acuerdo número once, emitido en sesión ordinaria de Cabildo, de fecha 18 de enero del 2013, resolvió enajenar a José de Jesús Martlnez Garc!a, una fracción de terreno (demas!a), con una superficie de 26.50 m2, localizada frente al domicilio particular del solicitante, ubicado por la calle Rlo Aguanaval No. 1438 poniente, de la colonia Los Pinos de esta ciudad, con las siguientes medidas y colindancias.

Al Norte: Al Sur: Al Oriente: Al Poniente:

9.30 metros y colinda con propiedad del solicitante 9.30 metros y colinda con calle Rlo Aguanaval 2.85 metros y colinda con resto de la demas!a 2.85 metros y colinda con resto de demasla

Lo anterior, es para dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 8 de la Ley Sobre Inmuebles del Estado y Municipios.

Culiacán Rosales, Sinaloa, mayo 22 de 2013

Presidente Municipal Secretario del H. Ayuntamiento

. olsés Aarón Rlvas Loaiza M.C. Jeslí!' ¡po~Jjjllra

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Lunes 10 de Junio de 20 ¡ 3 «EL ESTADO DE SINALOA» 43

AVISOS GENERALES

AVISOS GENERALES

Aviso de liquidación de la sociedad denominada e NUEVE, SOCI EDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE.

Se informa Que con fecha 17 de febrero de 2012, se realizo asamblea extraordinaria de socios de la

sociedad denominada e NUEVE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la que sus socios

acordClron por unanimidad su disolución anticipada de acuerdo con lo previsto en sus estatutos

sociales y la fracción 111, del artículo 29 de la ley General de Sociedades Mercantiles.

Designándose como liquidador al Sr. ELADIO LOZOYA RIVAS.

En cumplimiento con lo previsto en el artículo 247 fracción 11 de la Ley General de Sociedades

Mercantiles, a continuación se publica el balance final de la liquidación de la sociedad, con

números al 31 de diciembre del 2012. Dicho balance así como todos los documentos y libros de la

sociedad quedan a disposición de los socios para los efectos previstos en el parrafo segundo de la

fracción 11 del mencionado artículo 247.

Culiacán, Sin aloa, a 07 de junio de 2013.

Balance general practic do al 31 de diciembre de 2012.

Activo Pasivo

Circulante $ 0.00 Circulante $ 0.00

Fijo 0.00 Fijo 0.00

Diferido 0.00 Capital contable 0.00

Total activo $ 0.00 Total pasivo más capital $ 0.00

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44 "EL ESTADO ,DE SINALOA» Lunes 10 de Junio de 2013

AVISOS JUDICIALES

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Notifiquesele con fundamento en el artículo

925 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, relat ivo al Juicio Diligencias en la vía de Jurisdicción Voluntaria, Declaración de Estado de Interdicción, en el expediente número 2279120 12, promovido por la C. ROSARIO URREA CALDERÓN; RESUELVE.- PRIMERO.- Ha procedido la solicitud formulada ante este Juzgado, por la Ciudadana ROSARIO URREA CALDERÓN. SEGUNDO.- En consecuencia se declara el Estado de Interdicción de MARiA PATRICIA LÓPEZ URREA, por padecer faces de idiocia, dislalia y bradislalia, dificultad a la integración de tiempo persona y dificultad para la integración de la esfera de conocimientos antiguos de su memoria retrógrada, ligera disminución de la act ividad motora y actividad pasiva y repetitiva para el entorno externo, paciente portadora de síndrome de retraso mental por cuadro de parto prolongado dificultas y apnea neonatal, considerandola no apta para funciones personales de índo le legal. TERCERO.- Se designa como Tutora Definitiva del incapacitado en cuestión, a la señora MARÍA LUCILA LÓPEZ URREA y como curador definitivo al C. JUAN JOSÉ TORRES PRECIADO , conformando los nombramientos efectuados en fonna interina, a quienes se ordena hacérseles saber su nombramiento para efectos de aceptación y protesta del cargo conferido. CUARTO.- En observancia a lo preceptuado por el artículo 925 del Código de Procedimientos Civi les vigente, hágase la publicación de los puntos resolutivos del presente fallo, en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa» y en el Diario de mayor circulación en la localidad "EL NOROESTE», por tres veces de tres en tres días. Notifíquese personalmente la presente sentencia definitiva en términos del articulo 11 8 tracción VI del Código Adjetivo Civil Sinaloense a las partes que tengan señalado domicilio para su notificación, a quienes no lo hubieren designado, practíquese de conformidad con los numerales I 15 Y I 16 del ordenamiento legal antes citado, para tal efecto se le ordena rem'itir el presente expediente a la Coordinación de Actuarios de este Distrito Judicial.

ATENTAMENTE MazatIán, Sin., Myo. 8 de 2013

SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. MÓllica Tirado Oval/e

JUN: 10-12-14 R. No. 524552

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL RAMO FAMILIAR DEL DlSlRJTO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO C. ÓSCAR TOLEDO CURIEL

Domicilio Ignorado.

Notifiquesele con fundamento en el artículo 119 del Código Procesal Civil demanda por Divorcio Necesario, promovido en su contra por laC.ANAGUADALUPECORONELPÉREZ,alcual se le emplaza para que dentro del término de 09 nueve días contados a partir del décimo dla de hecha la última publicación produzca contestación a la demanda interpuesta en su contra. Acudir a expediente 36/20 I 3.

Queda a disposición de la Secretaria de este Juzgado copias de traslado.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Abr. 23 de 20 13 LA SECRETARIA SEGUNDA

LiL'. Nlaría Gllatla/upe Va/dé, LeólI JUN. 10-1 2 R. No. 10124980

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

ED ICTO C. COSME UMBERTO VILLA URlBE

Domicilio Ignorado. Notifíquesele con fundamento en el artículo

119 del Código Procesal Civ il demanda por Divorcio Contencioso, promovido en su contra por la C. IRMA YOLANDA BUELNAALVARADO, el cual se le emplaza para que dentro del término de 09 nueve días contados a partir del décimo día de hecha la última publicación produzca contestación a la demanda interpuesta en su contra. Acudir a expediente 1059120 I 2.

Queda a disposición de la Secretaría de este Juzgado copias de traslado.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Abr. 26 de 20 13 EL SECRETARIO TERCERO

Lic. Héctar FerllQlIllo Gámez ElIg. JUN. 10-12 R. No. 10125026

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CrvlL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN SINALOA.

EDICTO NANCYIBETTESEPÚLVEDALEAL

Expediente 1474120 I 1, Sumario Civil· Hipotecario, promovido por ABC SERVICIOS y CONSULTORÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

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Lunes 10 de Junio de 2013

CAPITAL VARIABLE, en su carácter de administradora y apoderada de HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANONIMA , INSTITUCION DE BANCAMULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, seguido su contra, se ordena emplazar NANCY IBETTE SEPÚLVEDA LEAL; por medio de edictos, para que dentro del término de siete dfas, comparezca ante este Juzgado, sito en Avenida Lázaro Cárdenas Centro Sinaloa, de esta ciudad de Culiacán, Sinaloa, (Palacio de Justicia) , a dar contestación a la demanda interpuesta en su contra y oponga las excepciones que tuviere que hacer valer a su favor, previniéndosele para que en su primer escrito seHale domicilio en esta Ciudad, para oír y recibir notificaciones y que de no hacerlo las subsecuentes se les harán en la fonna prevista por la Ley.- Dicha notificación empezará a surtir sus efectos a partir del décimo dia hecha su última publicación y entrega del edicto respectivo.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Ene. 28 de 20 13 EL SECRETARIO PRIMERO

Lic. Héctar Frallcisco Monte/ollgo Flores JUN. 10-12 . R. No. 10075347

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA.

EDUARDO BOJÓRQUEZ PÉREZ

Domicilio Ignorado

Que en el expediente número 950/2010, relativo aljuicio ORDINARIO CIVIL, promovido por LUZ DEL CARMEN BARRAZA PÉREZ, en contra de EDUARDO BOJÓRQUEZ PÉREZ y OTROS, se dictó sentencia con fech a 29 veintinueve de agosto de 20 12 dos mil doce, cuyos puntos resolutivos a la letra dice:

PRlMERO.- Es correcta la via ordinaria civil elegida. SEGUNDO.- La parte actora no probó su acción. La parte demandada fue declarada rebelde. TERCERO.- Es improcedente la acción de prescripción positiva deducida por LUZ DEL CARMEN BARRAZA PÉREZ en contra de EDUARDO BOJÓRQUEZ PÉREZ,la NOTARIO PUBLICO NORMA REFUGIO SOLANO MIRANDA Y al C. OFICIAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD. En consecuencia: CUARTO.­Se absuelve a la parte demandada de todas y cada unas de las prestaciones que les fueron reclamadas en esta instancia. QUINTO.- No se hace especial pronunciamiento en cuanto al pago de los gastos y costas del juicio. SEXTO.- Notifiquese personahnente. Asilo resolvio y firmó el Ciudadano Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial por ante el Secretario que actúa

«EL ESTADO DE SINALOA» 45

y da fe. ATENTAMENTE

Culiacán, Sin., Oc!. 29 de20 12 LA C. SECRETARIA SEGUNDA

Lic. [reri Pao/a Elfas OC/lOa JUN. 10-12 R. No. 10125938

JUZGADO SEXTO DE PRlMERAINSTANCIADEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA

EDICTO DE EMPLAZAMlENTO MARÍA ISELA SÁNCHEZ CAMPOS

Domicilio Ignorado.

Que en el expediente número 900/2012, relativo al juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido por THE BANK OF NEW YORK MELLON, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE (CAUSAHABIENTE DE BANCO l.P MORGAN, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, J.PMORGAN GRUPO FINANCIERO, DIVISIÓN FIDUCIARIA, en contra de MARÍA ISELA SÁNCHEZ CAMPOS, se ordeno emplazársele a juicio, para que dentro del término de (7) siete dias comparezca a este juzgado a producir contestación y a oponer excepciones, previniéndosele para que en su primer escrito señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones y que de no hacerlo, las sucesivas se le hará en la forma prevista por la Ley; surtiendo sus cfectos el emplazamiento a partir del décimo dia de hecha la última publicación del edicto y la entrega.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Dic. 13 de 20 12 LA SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Maria del Carmen Meral. Jinl'flel. JUN. 10-12 R.No.IOI26429

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EMlGDIO MORENO sÁNCHEZ

Domicilio Ignorado.

Que en el expediente número 270/2012, relativo al juicio Sumario Civil Hipotecario, promovido ante este Juzgado por ABC SERVICIOS Y CONSULTORÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARJABLE, quien a su vez comparece en su carácter de Administradora del Fideicomiso identificado con el número «F/262323» y representante legal de HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCAMULTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, en su carácter de Fidpciario del referido fideicorniso, en contra de EMIGDIO MORENO SÁNCHEZ, se ordenó

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46 «EL ESTADO DE SlNALOA»

emplazársele ajuicio, para que dentro del ténnino de (7) siete dias comparezca a este Juzgado a producir contestación y a oponer excepciones, previniéndose le para que en su primer escrito señale domicilio en esta Ciudad para oír y recibir notificaciones y que de no hacerlo, las sucesivas se les hará en la fonna prevista por la Ley; surtiendo sus efectos el emplazamiento a partir del décimo dia de hecha la última publicación del edicto y la entrega.

NOTIFÍQUESE.-Asi lo acordó y firmó el C. Juez Quinto del Ramo Civil, Licenciado Rubé" Medina Castro. por ante el Secretario que actúa y da fe.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., OCI. 10 de 20 12 C. SECRETARIO SEGUNDO

Lic. JeslÍs ft1allllel Garda Rlliz JUN. 10-12 R. No. 10075345

JUZGADO TERCERO DE PRIMER.A INSTANCIA DEL R.AMO CNIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO C. R.AMIRO MlRANDA QUlÑÓNES y MARÍA DE JESÚS URÍASASTORGA

Domicilio Ignorado. Que en el expediente número 344/20 I 2-3 ,

formado al juicio SUMARIO CNIL HIPOTECARIO, promo vi do por ABC SERVICIOS y CONSULTORÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, es administradora de todos los activos y derechos que forman parte del patrimonio fideicomitido en el Fideicomiso identificado con el número F/262323 (F diagonal dos seis dos tres dos tres) y apoderada de HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCiÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO I-ISBC, DIVISiÓN FIDUCIARIA, en su carácter de Fiduciario del citado fideicomiso, en contra de R.AMIRO MI R.AN DA QUIÑÓNEZ y MARiA DE JESÚS URÍAS ASTORGA, el C. Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahorne, ordenó lo siguiente:

Emplácesc a la demandada RAMIRO MIR.ANDA QUIÑÓNES y MARiA DE JESÚS URÍAS ASTORGA, para que dentro del término de siete días contesten la demanda interpuesta en su contra y opongan las excepciones que tuvieren que hacer valer en su favor, corriéndole traslado con las copias simples que para tal objeto se adjunta, previniéndoseles para que en su primer escrito señalen domicilio en esta Ciudad para oír notificaciones y que de no hacerlo las sucesivas se les harán en la forma prevista por la Ley.

Asimismo hágase entrega de una copia de la notificación a la Secretaría de 1-1. Ayuntamiento

Lunes 10 de Junio de 2013

de esta Ciudad, para los efectos legales a que haya lugar, cuya notificación surtirá efectos a partir del décimo día de hecha la última publicación )' entrega.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Mzo. 04 de 20 I 3

LA C. SECRETARIA SEGUNDA Lic. Teresita lle JeslÍs GOllzález

JUN. 10-12 R. No. 10075346

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON DOM ICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTR.ATIVA, UBICADA EN MARCIAL ORDÓÑEZ y ALLENDE. PLANTA ALTA CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.

EDICTO SR.A. JESÚS KARINAANGULO LUGO

Domici lio Ignorado. Presente.-

En el expediente número 465/20 I 1-2. relativo al Juicio Sumario Civil Hipotecario , promovido por SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCiÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en su carácter de fiduciaria sustituta del fideicomiso FONDO DEOPERACIÓN y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA, el C. Juez ordenó notificarle a usted los puntos resolutivos de la Sentencia dictada en este juicio de fecha 11 once de febrero de 2013 dos mil trece, que a la letra dicen: "PRIMERO.- Ha procedido la via Sumaria Civil Hipotecaria intentada. SEGUNDO.- La parte actora probó parcialmente su acción. Los reos no comparecieron a juicio y por ende no opusieron sus excepciones. TERCERO.- Se condena a JESÚS ALBERTO ECHAVARRÍA VILLEGAS y JESÚS KARINAANGULO LUGO, a pagara SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCiÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en su carácter de fiduciaria sustituta del fideicomiso FONDO DE OPERACiÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO DE LA VIVIENDA, dentro de los cinco dias siguientes de aquél en que cause ejecutoria esta sentencia: la cantidad de $1 14,375.41 (CIENTO CATORCE MIL TR.ESCIENTOS SETENTA y CINCO PESOS 4 1/1 00 MONEDA NACIONAL), por conducto de capital; $14,714.01 (CATORCE MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS 011100 MONEDA NACIONAL), por concepto de erogaciones netas; $ I ,603 .09 (MIL SEISCIENTOS TRES PESOS 09/1 00 MONEDA NACIONAL), por concepto de primas de seguros; $5,350.67 (CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 671100 MONEDA NACIONAL), por concepto de

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Lunes 10 de Junio de 2013

comisiones generadas; estos últimos tres conceptos comprenden el período del I o primero de abril de 2009 dos mil nueve al28 veintiocho de febrero de 20 II dos mil once; más los intereses ordinarios y moratorios, generados y que se sigan devengando hasta la satisfacción total del adeudo, partiendo de lo establecido en el pacto se~alando, esto según lo permitido por el numeral 85 del Código Procesal Civil Estadual, en relación con el artículo 499 del mismo ordenamiento. CUARTO.- Se concede a los demandados el término de cinco dlas hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que la presente sentencia cause ejecutoria, para que cumplan con la misma, apercibidos de que de no hacerlo se ordenará hacer trance y remate de los bienes hipotecados y con su producto pago al acreedor. QUINTO.- Se absuelve a los reos de pagar las demás prestaciones que igualmente se les reclamaron por la demandante, así como de los gastos y costas deljuicio, en atención a lo expuesto en el considerando 111 de esta resolución. SEXTO.­Notifíquese personalmente la presente sentencia en los términos del articulo 118, fracción VI del Código de . Procedimientos Civiles en vigor, a las partes que tengan se~alado domicilio procesal. En su caso, la notificación a quien no hubiere sei'ialado domicilio para tal efecto, practiquese de confonnidad con los numerales 115, 116 Y 627 del propio ordenamiento legal.

Así 10 resolvió y firmó el Licenciado Luis Manuel Medina Medina, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahorne. por ante el Secretario Primero licenciado Javier Romero Acosta que actúa y da fe. Firmados dos firmas ilegibles rubricas.

Los Mochis, Sin., Ene. 11 de2012 ELC. SECRETARIA PRIMERO

Lic. Javier Romero Acosta JUN. 10-12 R. No. 10075343

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, UBICADA EN MARCIAL ORDÓÑEZ y ALLENDE, PLANTA ALTA CON RESIDENCIA EN ESTACIUDAD DE WSMOCHlS, SINALOA.

EDICTO SRES. ENOC ESTRADA KAMERGAN Y MARÍA DE~ÚSRIVERAHOLGillN

Domicilio Ignorado.

Presente.-En el expediente número 320/2011-3 ,

relativo al Juicio Sumario Civil Hipotecario. promovido por SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en

«EL ESTADO DE SINALOA» 47

su carácter de fiduciaria sustituta del fideicomiso FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARJO A LA VIVIENDA, el C. Juez ordenó notificarle a usted los puntos resolutivos de la Sentencia dictada en este juicio de fecha 14 catorce de febrero de 20 13 dos mil trece, que a la letra dicen: "PRJMERO.- Ha procedido la via Sumaria Civil Hipotecaria intentada. SEGUNDO.- La parte actora probó parcialmente su acción. Los reos no comparecieron a juicio y por ende no opusieron sus excepciones. TERCERO.- Se condena a ENOC ESTRADA KAMERGAN Y MARÍA DE JESÚS RIVERA HOLGUÍN, a pagar a SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, en su carácter de fiduciaria sustituta del fideicomiso FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA, dentro de los cinco dlas siguientes de aquél en que cause ejecutoria esta sentencia: la cantidad de $113,394.82 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 82/1 00 MONEDA NACIONAL), por conducto de capital principal adeudado; más $21,889.55 (VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 55/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de intereses ordinarios causados y comisión para la acreditante por e l periodo comprendido del31 treinta y uno de marzo de 2009 dos mil nueve al28 veintiocho de febrero de 2011 dos mil once; y, $2,895.81 (DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 811 100 MONEDA NACIONAL), por concepto de intereses moratorias generados y no pagados en el periodo comprendido del dia 31 treinta y uno de marzo de 2009 dos mil nueve al dia 28 veintiocho de febrero de 20 1I dos mil once; más los intereses ordinarios y moratorios, generados y que se sigan devengando hasta la satisfacción total del adeudo, partiendo de lo establecido en el pacto se~alando, esto según lo permitido por el numeral 85 del Código Procesal Civil Estadual, en relación con el artículo 499 del mismo ordenamiento. CUARTO.- Se concede a los demandados el ténnino de cinco dias hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que la presente sentencia cause ejecutoria, para que cumplan con la misma, apercibidos de que de no hacerlo se ordenará hacer trance y remate de los bienes hipotecados y con su producto pago al acreedor. QUINTO.- Se absuelve a los reos de pagar las demás prestaciones que igualmente se les reclamaron por la demandante, así como de los gastos y costas del juicio, en atención a lo expuesto en el considerando III de esta resolución. SEXTO.­Notifiquese personalmente la presente sentencia en los ténninos del articulo 118, fracción VI del Código de Procedimientos Civiles en vigor, a las partes que tengan se~alado domicilio procesal. En

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su caso, la notificación a quien no hubiere señalado domicilio para tal efecto, practiquese de conformidad con los numerales 115, 116 Y 627 del propio ordenamiento legal.

Asi lo resolvió y firmó el Licenciado Luis Manuel Medina Medina, Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahorne, por ante el Secretario Segundo licenciado Alfredo Isabel Moreno Osuna que actúa y da fe . Firmados dos tinnas ilegibles rúbricas.

Los Mochis, Sin., Mzo. 8 de 20 13 ELC. SECRETARJASEGUNDO

Lic. Alfredo Isabel Moreno Osulla JUN. 10-12 R. No. 10075342

JUZGADO TERCERO DE PRJMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO PUBLICACiÓN DE SENTENCIA

Se hace de su conocimiento que con fecha 03 tres de abril del año 20 13 dos mil trece, se dictó sentencia relacionado con el expediente número 2561/2012, de Jurisdicción Voluntaria para Obtener la Declaración del Estado de Interdicción de la C. NORMA LETICIA CHIQUETE VALENZUELA promovido por la C. MARISELA CHIQUETE VALENZUELA que en sus puntos resolutivos. PRIMERO.- Es procedente la Jurisdicción Voluntaria, promovida por la C . MARISELA CHIQUETE VALENZUELA, con el objeto de que se declare el estado de interdicción de la persona mayor de edad NORMA LETlCIA CHIQUETE VALENZUELA. SEGUNDO.- En consecuencia, y tomando en consideración los dictámenes médicos que fueron emitidos por los doctores médicos AYAX MEDRANO HERNÁNDEZ, TRANQUILlNO ALVAREZ PARAMO y JUAN BENÍTEZ HERNÁNDEZ. Tercero.- Se confirma el nombramiento de la Tutora Definitiva a la C. MARTHA ALBINA VIZCAINO LÓPEZ y se designa como CURADORA DEFINITIVA, a la C. MARÍA DE JESÚS VELÁZQUEZ URIBE respectivamente, quienes deberán ser llamadas al ejercicio de los cargos que les fueron conferidos, una vez que cause ejecutoria la presente resolución. CUARTO.- En observancia a lo preceptuado por el artículo 925 de la Ley antes invocada, publlquese estos puntos resolutivos por tres veces de tres en tres días, en el Periódico Oficial y El Debate de Culiacán. QUINTO.- No se hace especial condenación en costas por no encontramos en ninguno de los casos previstos por el artículo 141 del Código de Procedimientos Civiles en vigor para la Entidad. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE y CÚMPLASE.- Así lo resolvió y firmó el Licenciado Felipe Alberto Valle Nieblas, JuezTercero de Primera Instancia del Ramo

Lunes 1 O de Junio de 2013

Familiar de este Distrito Judicial de Culiacán, por ante el Secretario Primero Ignacio Álvarez Lafarga, que actúa y da fe.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Myo. 09 de 2013

ELSECRETARJO PRJMERO Lic. Igllacio Álvarez La/argll

JUN. 10-1 2 R. No. 10125037

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA, MEXICO.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO NORMA ALICIA, RAQUEL, MARÍA LUISA Y ALFONSO ANTONIO de apellidosAMARILLAS BERRELLEZA y JUAN ALEJO DUARTE BALDERRAMA.

Domicilio Ignorado.

Que en el expediente número 685/2011. relativo al juicio Sumario Civil Hipotecario, promovido en su contra por MARÍA DE JESÚS SÁNZAGUIRRE, se ordenó emplazarse le ajuicio por medio de la publicación de edictos. para que dentro del término de siete dias, produzca contestación a la demanda entablada en su contra. previniéndosele para que en su primer escrito señale domicilio en esta Ciudad para recibir notificaciones en la inteligencia de que dicha notificación que surtirá sus efectos a partir del décimo día de hecha la última publicación y entrega de los edictos.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Nov. 23 de 20 12

SECRETARIO PRIMERO Lic:. Jorge Luis Metlilltl Guliérrez

JUN. 10-12 R. No. 10075504

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIALDE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

a oponerse en juicio de Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Matrimonio No. 00429 de la C. VIRGINIA FELIPE RAMÍREZ promovido por su propio derecho y en su carácter de Albacea Provisional en la sucesión ¡ntestamentaria a bienes del finado ADOLFO GARCÍA y/o ADOLFO GARCÍA HERNÁNDEZ en contra del C. Oficial 007 del Registro Civil de Culiacan, Sinaloa, a efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el nombre del finado contrayente el cual se asentó incorrectamente como Adolfo Garcia Hemández debiendo ser el correcto Adolfo Garcia. Acudir a expediente 625/2013 cualquier momenta mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Abr. 17 de 2013 LASECRETARJASEGUNDA

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Lunes 10 de Junio de 2013

Lic. Cylll/¡ia Beatriz Gastélllm Garda JUN. 10-12 R. No. 10126413

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ELOTA, CON RESIDENCIA EN LA CRUZ, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho

a oponerse en el juicio de Tramitación Especial Rectificación de Acta de Nacimiento de ELVA LÓPEZ CORONADO, donde se asentó erróneamente el nombre como Marfa Elba López Coronado, debiendo ser Elva López Coronado, así mismo el lugar de nacimiento aparece como El Higueral, del Dorado, Sinaloa, debiendo ser El Higueral, Eldorado Culiacán, Sinaloa; expediente número 8912013 , quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE La Cruz, Sin .• Myo. 14 de 2013 SECRETARIA DE ACUERDOS

Lic. Rosa Argelia ZaZllela Zamudio JUN. 10-12 R. No. 10126417

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho

a oponerse en Juicio de Tramitación Especial de Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por ROSARIO OSUNA OSUNA, por haberse asentado incorrectamente el nombre de la suscrita promovente como Maria del Rosario Osuna Osuna, debiendo ser su nombre completo y correcto como Rosario Osuna Osuna. Quienes podrán intervenir en juicio mientras no exista sentencia ejecutoriada en expediente 649/20 13.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Myo. 07 de2013

LA C. SECRETARIA PRIMERA M. C. SlIsallll Soffa Meléndrez Gil

JUN. 10-12 R. No. 455889

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho

a oponerse en Juicio de Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento de CONCEPCIÓN GARCÍAZEPEDA, promovido por ella misma, a fin de que se asiente su nombre correcto como Concepción Garcfa Zepeda y no el incorrecto Concepción Garcfa, expediente 59012013,

«EL ESTADO DE SINALOA» 49

quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Myo. 04 de 2013

C.SECRETARIASEGUNDA M. C. Cla"di"a Castro Meza

JUN. 10-12 R. No. 112013

JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADELR.AMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALVADOR ALVARADO, CON RESIDENCIA EN GUAMÚCHlL, SINALOA.

EDICTO Juicio Tramitación Especial (Rectificación

Actas de Nacimientos), promovido por JULIO GUEVARA LACHICA, FRANCISCA AMELIA V ÁZQUEZ MÉNDEZ y ALDARA LIZETH GUEVARA V ÁZQUEZ, los primeros dos en su carácter de padres y en ejercicio de la patria potestad de sus menores hijas PER.LA VANESSA y ANELY GUADALUPE ambas de apellidos GUEVARA V ÁZQUEZ y la tercera de los ' promoventes por su propio derecho, contra oficial 01 del Registro Civil de esta Ciudad.

Convócanse quienes créanse derecho oponerse por la Rectificación de Actas de Nacimiento números 00 111, O 1431 Y 00492, en las que se asentó incorrectamente el nombre de la madre como Francisca Vázquez Méndez. debiendo de ser lo correcto Francisca Amelia Vázquez Méndez.

Pudiendo intervenir en el negocio , cualesquiera que sea el estado del mismo, mientras no exista sentencia ejecutoriada. En expediente número 520/20 13.

ATENTAMENTE Gchi!., Salv. Alv., Sin.,Abr. 30 de 20 13

ELe. SECRETARIO SEGUNDO Lic. Alma Beatriz Vega MOJltoya

JUN. 10-12 R. No. 95530

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANGOSTURA SINALOA. '

EDICTO Auto dictado 24 abril aHo actual, expediente

221/2013, fOrTna~o Juicio Tramitación Especial, pro~ovido JESUS ROBERTO BOJÓRQUEZ URIAS, contra Oficial 01 del Registro Civil Angostura, Sinaloa, modificación Acta de Nacimiento, a fin de que se asiente en su acta de nacimiento el nombre correcto Jesús Roberto Bojórquez Urfas. en lugar de Jesús Roberto Rivera Urías, convoca quienes créanse derecho oponerse al mismo, cualesquiera sea el estado del juicio, mien~as no exista sentencia ejecUtoriada.

ATENTAMENTE

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50 «EL ESTADO DE SINALOA»

Angostura, Sin., Abr. 24 de 20 13 EL SECRETARIO PRIMERO DELJUZGADO

MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA Lic. Valdemor Urfas Cuadras

JUN. 10-12 R. No. 10009885

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCORITO SINALOA.

EDICTO Convóquense quienes créanse con derecho

oponerse a Rectificación de Acta de Nacimiento de AMADO ESPINOZA DOMINGUEZ y DORA ALICIA PARRAGÓMEZ, en su carácter de padres en el ejercicio de la patria potestad de su menor hijo Charly Suriel Espinoza Parra, quienes demandan al Oficial del Registro Civil de la Sindicatura de El Valle, Mocorito, Sinaloa, por asentar incorrectamente el nombre de dicho menor como Chary Suriel Espinoza Parra, debiendo ser el correcto Charly Suriel Espinoza Parra, asimismo por asentar erróneamente en dicha acta el nombre de la prornovente como Dara Alicia Parra Bojórquez, debiendo ser el correcto Dora Alicia Parra GÓmez. Interesados presentarse antes de que exista sentencia ejecutoriada. Expediente 38/2013 .

ATENTAMENTE Mocorito, Sin., Feb. 08 de 20 13

C. SECRETARIO SEGUNDO Lic. Cosilla López AI/glllo

JUN. 10-12 R. No. 10124954

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCORITO, SINALOA.

EDICTO Convóquense quienes créanse con derecho

oponerse a Rectificación o Modificación de Acta de Nacimiento, promovido por HERlBERTO ARCE PÉREZ, en contra del Oficial del Registro C ivil de Mocorito, Sinaloa, por haber omitido asentar su nombre y en dicha acta aparecen nada más sus apellidos como Arce Pérez, deb iendo ser su nombre correcto Hcriberto Arce Pérez. Interesados presentarse a oponerse hasta no existir sentencia ejecutoriada expediente 79/20 13.

ATENTAMENTE Mocorito, Sin., Mzo. 7 de 20 13 LA C. SECRETARIA PRIMERA

Lic. Reyl/a Margarita GOllztí{ez Pérez JUN. 10-12 R. No. 10124953

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BADlRAGUATO, SINALOA.

EDICTO JOSÉ ÁNGEL LÓPEZ LOZADA, demanda

al C. Oficial del Registro Civil número 07 siete de San José del Llano, Badiraguato, Sinaloa, por la

Lunes 10 de Junio de 2013

Modificación de su Acta de Nacimiento Número 00028, levantada el dla 09 nueve de febrero de 1949 mil novecientos cuarenta y nueve, por haber asentado incorrectamente en la misma su nombre como Ángel López Lozada, siendo su nombre correcto con el que promueve. Llámense interesados oponerse a lo solicitado mientras no exista sentencia ejecutoriada. Exp. 62/2013 .

ATENTAMENTE Badiraguato, Sin., Myo. 03 de 20 13 LA SECRETARIA DE ACUERDOS

Lic. MarIa Jovila Bojórqllez Parra JUN. 10-12 R. No. 10125024

JUZGADO DE PRlMERAINSTANCIADELRAMO ClVILDELDISTRlTOJUDICIALDENAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 400120 13

DANIELALONZO PINEDA HIGUERA Y MARLENEALlCIA LÓPEZAVILÉS, demandan Rectificación Acta Nacimiento del menor DANIEL ALONSO PINEDA LÓPEZ, aparece incorrecto nombre Daniel Alanzo Pineda López, asimismo asentó incorrectamente su fecha nacimiento 17 de agosto de 1998, siendo correcta 08 de agosto de 1998.- Llámese interesados oponerse rectificación pudiendo intervenir en negocio mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Navolato, Sin., Abr. 24 de 20 13 ELSECRETAruOSEGUNDO Lic. Jesús Jlillarreal Jiméllez

JUN. 10-12 R.No.10125085

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMlLIARDEL DlSTRlTOJUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 00030 de la C. ANGELINA HERNÁNDEZ PADILLA, que promueve por su propio derecho, en contra del C. Oficial del Registro Civil número 020 de Quilá, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el nombre de la suscrita, el cual se asentó incorrectamente como María Angelina Hernández Padilla, debiendo ser el correcto Angelína Hernández Padilla. Acudir expediente 2106/2012, cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Oc!. 09 de 20 12 LA SECRETAJrrA SEGUNDA

Lic. Marfa Glladalllpe Valdez LeólI JUN. 10-12 . R. No. 10125079

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Lunes 10 de Junio de 2013

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDIClALDE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento de ESTEFANÍA SOLANO VALENZUELA, promovido por: JUAN CARLOS SOLANO MIRANDA Y MARÍA LETlCIA VALENZUELA LÓPEZ, para efecto de que se corrija su fecha de nacimiento: 01 de septiembre de 1998, la cual es incorrecta y se asiente en la misma la fecha correcta la cual es 05 de octubre de 1998, en Exp. No. 772/20 I 3, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

Culiacán, Sin., Mzo. 06 de 20 13 C. SECRETARIA PRIMERA

Lic. Rocío del Carmen Rubio Gió" JUN. 10-12 R.No.10125105

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

a oponerse en el Juicio de Tramitación Especial por la Rectificación de Acta de Nacimiento, número 2376 y2377 levantada por el C. Oficial del Registro Civil 09 de Mazatlán, Sinaloa, promovido por los CC. LUZ MARÍA Y JESÚS ALBERTO ambos de apellidos CERVANTES SARABIA, donde se asentó incorrectamente los nombres de sus padres como Jesús Cervantes Sánchez y María de los Ángeles Sarabia de Cervantes, debiendo ser lo correcto Jesús Samuel Cervantes Sánchezy María de los Ángeles Sarabia Aragón, radicado bajo el expediente número 565/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoria.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Myo. 06 de 20 13

C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic_ Mó"ica Tirado Oval/e

JUN. 10-12 R. No. 524506

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DlSTRlTO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho a oponerse en el juicio de Tramitación Especial por la Rectificación de Acta de Nacimiento, número 17 levantada por el C. Oficial del Registro Civil 03 tres de El Quelite, Mazatlán, Sinaloa, promovido por la C. JAZMÍN PAOLA OSUNA OSUNA, donde se

«EL ESTADO DE SINALOA" 51

asentó incorrectamente su nombre como Jazm ín Paola Osuna, debiendo ser lo correcto Jazmín Paola Osuna Osuna, radicado bajo el expediente número 646/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Myo. 06 de 20 I 3

C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS Lic. Claudia Le/icia Allgulo Quilltero

JUN. 10-12 R.No.524443

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convocase a quiénes créanse con derecho

a oponerse en Juicio de Tramitación Especia l Rectificación de Acta de Nacimiento. Promovido por CIRIA GARCÍA. Para que se asiente correctamente el nombre de Ciria García Plaza, ya que se asentó incorrectamente.- Exp. 283/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualquiera que sea el estado del mismo mientras no exista Sentencia Ejecutoriada.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Myo. 07 de 2013

EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS Lic. Juall Carlos Vargas Garda

JUN. 10-12 R. No. 10125083

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO , SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convocase a quiénes créanse con derecho

a oponerse en Juicio de Tramitación Especial Rectificación de Acta de Nacimiento. Promovido por BERNABÉAGUTLAR MALDONADO. Para que se asiente correctamente el nombre de Bemabé Aguilar Maldonado, lugar de nacimiento Pozole, Rosario, Sin aloa, fecha de registro 7 de noviembre de 1940, nombre de su madre Carmen Maldonado, nombre de su padre José Aguilar, ya que se asentaron incorrectamente.- Exp. 228/2013, quienes tendrán derecho a interveni r en el negocio, cualquiera que sea el estado del mismo mientras no exista Sentencia Ejecutoriada.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Myo. 07 de 20 13

EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS Lic. Jllall Carlos Vargas Garera

JUN. 10-12 R. No. 10124607

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA COSALÁ, SINALOA.

EDICTO Convocase quienes considérense derecho

oponerse solicitud Información Ad-Perpetuam, Via

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52 «EL ESTADO DE SINALOA»

Jurisdicción Voluntaria, presentado por MARÍA SÁNCHEZ MOLlNA, objeto acreditar posesión de un lote de terreno urbano ubicado en la colonia Paseo Ray, de esta ciudad de Cosa la, Sinaloa, mismo que cuenta con una superficie total de terreno de 540.00 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: mide 60.00 metros lineales y colinda con José Luis Trejo Trujillo. AL SUR: mide 60.00 y colinda con Zacarías Meraz Reséndiz. AL ORIENTE: mide 9.00 metros lineales y colinda con carretera Paseo Ray. AL PONIENTE: mide 9.00 metros lineales y colinda con Fidencio Meraz Díaz.

Dos fotografías. un certificado catastral . una constancia de no inscripción, una constancia de posesión, un plano, tres constancias de arraigo y tres copias de traslado, se encuentran expuestos en los estrados del Juzgado, expediente 47/20 13.

ATENTAMENTE Cosa la, Sin., Mzo. 20 de 20 13

LA C. SECRETARJA DE ACUERDOS Lic. María Luisa Oláliez Sarabia

JUN. 10-21 JUL. 1 RO. R.No.10124971

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio I"testamentario a bienes de FRANCISCA HERNÁNDEZ CASTRO, expediente 191212012, término improrrogable de 30 treinta dias a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Myo. 09 de 20 13

C. SECRETARJASEGUNDA /ttl. C. Clallflilla Castro Meza

JUN. 10-21 JUL. I RO. R. No. 455982

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

ED ICTO Convocase a quienes créanse con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de VÍCTOR MANUEL MARISCAL PACHECO y/o VÍCTOR MANUEL MARISCAL y/o VÍCTOR MARISCAL y/o VÍCTOR MARISCALPACHECO, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, expediente 1750/2012, término improrrogable de treinta dlas a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Abr. 26 de 20 13 ELC. SECRETARIO SEGUNDO

M.e Rosario Mal/l/e/ López Ve/arde JUN. 10-21 JUL. I RO. R. No.456056

Lunes 10 de Junio de 2013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUASAVE, SINALOA.

EDICTO Convóquese quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la C. CARLOTA ORNELAS, deducir y justificar sus derechos hereditarios en este Juzgado dentro ténnino de treinta días, contados a partir de hecha la última publicación del edicto Expediente 492/ 2013.

ATENTAMENTE Guasave. Sin., Mzo. 20 de 2013 LA C. SECRETARIA SEGUNDA

Lic. ftt/arla LOllrtles /tt/OlltOytl ft.'letlilla JUN. 10-21 JUL.IRO. R. No. 10125032

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BADIRAGUATO, SINALOA.

EDICTO Convóquense a quienes créanse con

derecho a oponerse a juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de JUAN FLORES LÓPEZ, quien falleció el dia 26 veintiséis de diciembre del año 1972 mil novecientos setenta y dos, en esta Cabecera Municipal, Badiraguato, Sinaloa, promovido ante este Juzgado, interesados presentarse a deducirlos y justificar los sus derechos hereditarios dentro del ténnino de treinta días improrrogables contados a part ir de la última publicación del edicto. Expediente No. 58/2013 .

ATENTAMENTE Badiraguato, Sin., Abr. 29 de 20 13 LA SECRETARIA DE ACUERDOS

Lic. ft.'larfa Jovita Bojórqllez Parra JUN. 10-21 JUL. I RO. R. No. 10124981

JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADEL RAMO CIVTLDELDISTRITOJUDICIALDENAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 609120 13

Convóquense quienes créanse con derechos a Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de: NICOLÁS BOJÓRQUEZ FALOMIR, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, término improrrogable treinta días a partir de hecha la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Navolato, Sin., Myo. 07 de 20 I 3

EL SECRETARIO PRIMERO Lic. Moisés López ¡ribe

JUN. 10-21 JUL.IRO. R.No.10125093

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA . DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDIClALDE . CULIACÁN, SINALOA.

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Lunes lO de Junio de 2013

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

!ntestamentario a bienes de: CARLOS CÁRDENAS TAPIA, presentarse a deducirlos y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto, Exp. No. 996/2013.

Culiacán, Sin., Myo. 10 de 20 13 SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Abigail Noriega Félix JUN. 10-21 JUL. IRO. R. No. 10125057

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes de el señor JOSÉ ZAZUETA LEAL y/o JOSÉ ZAZUETA, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta dfas a partir de la última publicación del ed icto, expediente número 2187/ 2011.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Myo. 06 de 20 13

LA SECRETARIA TERCERA Lic. Rosa E/lila Guerrero Vargas

JUN. 10-21 JUL. 1 RO. R.No.10124960

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor SAMUEL ESPINOZA DE LA ROCHA, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto, expediente número 525/20 13.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Mzo. 2 1 de 2013 LASECRETARIASEGUNDA

Lic. Cylllllia Beatriz Gasté/um Garda JUN. 10-21 JUL. 1 RO. R.No.10124946

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DELRAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA, AVENIDA LÁZARO CÁRDENAS NÚMERO 891 SUR EDIFICIO B PRIMER PISO PALACIO DEJUSTJCIA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

!ntestamentario a bienes de la señora BLANCA LUZ ANGULO LÓPEZ y/o BLANCA LUZ ANGULO para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto de expediente número 1028/2012.

ATENTAMENTE

«EL ESTADO DE SINALOA» 53

Culiacán, Sin., Myo. 29 de 2012 EL SECRETARIO TERCERO

Lic. Héelor Ferllalldo Gámez ElIg. JUN. 10-21 JUL. IRO. R.No.10125084

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de RAMONA SÁNCHEZ RENDÓN y FELlCIANO ONTIVEROS.PERAZA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante éste Juzgado, en el expediente número 489/20 13, en un término improrrogable de (30) treinta días a partir de hecha la última publicación de éste edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán. Sin., Abr. 17 de2013

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. MÓllica Tiral/o Ovalle

JUN. 10-21 JUL. I RO. R. No.524270

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DELRAMO FAMILIAR DELDlSTRlTOJUDlCIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de los extintos FRANCISCO LAU LEÓN yGUADALUPE AYÓN MARTiNEZ, presentarse a deducirlos y justificarlos ante éste Juzgado, en el expediente número 579/2013, en un término improrrogable de (30) treinta días a partir de hecha la última publicación de éste edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán. Sin., Abr. 29 de 20 13

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Mónica Tirado Oval/e

JUN. 10-21 JUL. 1 RO. R. No. 523973

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALVADOR ALVARADO, CON RESIDENCIA EN GUAMÚCHIL, SlNALOA.

EDICTO Convócase quienes créanse con derecho

en el Juicio Sucesorio Intestamentario, promovido por FRANCISCO JAVIER GAXIOLA ROMERO a bienes de FRANCISO GAXIOLA MONTOYA, a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 516/2013, dentro del término de treinta días. contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Guamúchil, Salv. Alv. , Sin., Abr. 22 de 20 13

LAC. SECRETARIA SEGUNDA Lic. Alllla Bealriz Vega Moilloya

JUN. 10-21 JUL. IRO. R. No. 10075942

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54 «EL ESTADO DE SlNALOA»

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO DE REMATE Que en el expediente número 1439/2011,

relativo al juicio Sumario Civi l Hipotecario, promovido ante este Juzgado por OLlVIA ORTlZ ItETAMOZA, en contra de JOSÉ RICARDO AHUMADA LOZOYAy EUGENIA GUADALUPE PADILLA GARCíA, se ordenó sacar a remate y en Primera Almoneda el bien inmueble qu e a continuación se describen:

Lote de terreno urbano y casa-habitación, ubicado en calle Circulo del Sol, número 3281 enlTe ca ll e Topacio Perioto y Emi le Barline del Fraccionamiento Villa Fontana, de esta Ciudad, con una superficie de terreno de 131.910 m2, superficie de construcción 85.54 m2 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de esta Municipalidad, bajo el número de inscripción 13 del Libro 900 de la Sección Primera, con las siguientes medidas y colindancias: NORTE: 20.51 mts linda con lote 17. SUR: 20.07 mts.lindacon lote 15. ORIENTE: 6.52 mts., linda con calle Circulo del Sol. PONIENTE: 6.50 mts., linda con lote 04.

Es postura legal para el remate la cantidad de $29 1 ,933.33 (DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA YTRES PESOS 33/ 100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial.

La almoneda se verificará en el local que ocupa este Juzgado, sito en Avenida Lázaro Cárdenas, No. 891 Sur, Edificio «S», Primer Piso, CenlTO Culiacán, Sin aloa, a las 13:00 HORAS DEL DíA 20 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO. Se sol ic itan postores.

ATENTAMENTE Culiacán,S in.,Abr.IOde2013

SECRETARIO PRIMERO Lic. Jorge L/lis Medilla G/lliérrez

JUN. 10 R.No.lOl25109

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO DE REMATE Que en el expediente número 1268/2009,

relativo al juicio Sumario Civil Hipotecario, promov ido por el INSTITUTO DEL FONDO NAC IONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de BELTRÁN RÍos GUILLERMO, se ordenó sacara remate en Primera Almoneda el bien inmueble que a continuación se describe:

Lote de terreno urbano y casa habitación, ubicado en andador «Articulo 73# número 5073-

Lunes 10 de Junio de 2013

A, del conjunto habitacional Barrancos, de esta ciudad de Culiacán, Sinaloa, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo la Inscripción número 189 del Libro 1455 de la Sección Primera, con una superficie de terreno de 56.25 Mt2, con las sigu ientes medidas y colindancias: AL NORTE: 3.75 metros linda con lote 06-B, No. 5072-B; AL SUR: 3.75 melTos y linda con andador Articulo 73; AL ESTE: 15.00 metros y linda con lote ll-B No. 5073-B; AL OESTE: 15.00 metros ¡inda con lote 12-8.

Es postura legal para el remate la cantidad de $177,000.00 (CIENTO SETENTA Y SIETE MIL PESOS 00/ 100 M.N .), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial que obra agregado en autos.

La almoneda tendrá verificativo en ell ccal de este Juzgado, a las 13:00 horas del dia 19 diecinueve de junio del año en curso, sito en Avenida Lázaro Cárdenas 89 1 Sur, edificio «8», Colonia Centro Si naloa, Palacio de Justicia , Culiacán, Sinaloa. Se solicitan postores.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Myo. 16de20 13 LA SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Karla A1aría Zepedll Ca.\'lrO JUN. 10 R. No. 101 25993

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUASAVE, SINALOA.

E DICTO INMOBILIARIA RODRíGUEZ, S.A.

En el juicio Ordinario Civil (Prescripción Pos iti va), promov ido por FAUSTO GARCíA GONZÁLEZ, en contra de INM OB ILI AR IA RODRÍGUEZ, S.A., en el exped iente No. 145/20 12, se dictó una sen tencia que e n sus puntos reso lutivos dice:

Guasave, Sinaloa, tres de septiembre del añ02012 dos mil doce. PRIMERO.- Ha procedido la via Ordinaria Civil intentada. SEGUNDO.- La parte aclara probó su acción; la persona moral demandada no compareció ajuicio. TERCERO:­Se declara que ha operado la prescripción adquisitiva en favor del C. FAUSTO GARCíA GONZÁLEZ, respecto de una !Tace ión de finc a urbana ubicada en el fundo legal de esta ciudad de Guasave, Sinaloa, con una superficie de 260.43 metros cuadrados, con las siguientes med idas y colindancias: al Norte, mide 28.25 melTos y colinda con Inmobiliaria Rodriguez, S.A.; al Sur, mide 17.55 melTos, en 5.45 metros y en 10.10 melTos y colinda con Inmobiliaria Rodríguez. S.A.; al Oriente, mide 7.20 metros y colinda con Calle Benigno Valenzuela; y, al Poniente, mide 12.80 metros y co linda con Inmobiliar ia Rodriguez, S.A. CUARTO:- En

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Lunes lO de Junio de 2013

consecuencia de lo anterior, una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, con la copia de la resolución, inscrlbase en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, para que le sirva como titulo de propiedad a favor del actor. QUINTO:- Se ordena anotar en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, en la inscripción número 23, del libro número 73, de la Sección Comercio, de fecha 21 de febrero de 1966, donde se encuentra registrado el referido inmueble a nombre de la demandada INMOBILIARIA RODRÍGUEZ, S.A., que la fTacción de finca urbana objeto de este juicio pasa a ser propiedad del accionante FAUSTO GARCÍA GONZÁLEZ. SEXTO.- No se hace especial condenación en gastos y costas. SÉPTIMO:­Notifiquese personalmente a la parte actara la presente sentencia en términos del articulo 118, fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, en su domicilio procesal. OCTAVO.- Notifiquese los puntos resolutivos de la presente sentencia a la demandada INMOBILIARIA RODRÍGUEZ, S.A., por medio de edictos que deberán publicarse por dos veces en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa» y "El Debate», que se editan en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, y en esta Ciudad, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por los articulas 119, 119 Bis , fracción II y 629 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

ATENTAMENTE Guasave, Sin., Sept. 12 de 20 12 ELSECRETAJUOP~RO Lic. Cecilio C. Leal Castro

JUN. 7-10 R.No. 111806

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DELRAMOCIVIL,DELDISTRlTOJUDICIALDE MAZATLÁN, SINALOA.

ÓSCARA. MONTES GONZÁLEZ, FRANCISCA MONTES LÓPEZ y MAGDALENA MONTES GONZÁLEZ DE ZAPAJU.

(Domicilio Ignorado).

Que en las constancias del expediente número 5 I 3/20 12, por auto de fecha veintidós de marzo de dos mil trece, se ordenó emplazarlo ajuicio Ordinario Civil, promovido por GUADALUPE GARCÍA SÁNCHEZ, en contra de ÓSCAR A. MONTES GONZÁLEZ, FRANCISCA MONTES LÓPEZ y MAGDALENA MONTES GONZÁLEZ DE ZAPARI, por la prescripción positiva de un bien inmueble, concediéndole el término de 9 nueve dlas para que produzca contestación a la demanda instaurada en su contra; haciéndole saber que las copias de la demanda y demás anexos se encuentran a su disposición, en horas y días hábiles, en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil en la Secretaria Primera de Acuerdos,

«EL ESTADO DE SINALOA» 55

con domicilio ampliamente conocido de la segunda planta del edificio conocido como Unidad Administrativa de Gobierno del Estado de Sinaloa, en Fraccionamiento Tellerla de esta Ciudad; se le previene para que en su primer escrito señale domicilio para oír y recibir notificaciones, apercibiéndolo que de no hacerlo asl las subsecuentes, aún las personales se le harán por listas de acuerdos,

En la inteligencia de que dicho emplazamiento por edictos surtirá sus efectos a partir del décimo dla de hecha su última publicación.

La presente notificación se le hace de acuerdo a lo establecido por el articulo I 19 del Código Procesal Civil en vigor.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 15 de 20 I 3

ELSECRETAJUO P~RO DEACUERDOS Lic. Rogelio Zatarai" Zal1l11dio

JUN. 7-10 R.No.522174

JUZGADO P~RO DE P~RAINSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por: JOSÉ ÁNGEL MENDOZA MEDRANO, para efecto de que se corrija el nombre de: José Ángel Medrana Mendoza, el cual es incorrecto y se asiente en la referida acta su nombre correcto, el cual es: José Ángel Mendoza Medrana, en el Exp. No. 162/20 I 3, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada,

Culiacán, Sin., Feb. 08 de 20 I 3 SECRETARIA TERCERA

Lic. Claudia Bórquez Zazueta JUN. 7-10 R.No. 10124798

JUZGADODEP~RAINSTANCIADELRAMO CIVILDELDISTRlTOJUDICIALDENAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 51012013

ARMANDO RUSSELL SÁNCHEZ, demanda Rectifi9ación de Acta de Nacimiento, aparece incorrecto nombre Armando Rusell Sánchez, siendo correcto con que promueve; asimismo aparece incorrectos nombres de progenitores Eduardo Rusell y Aurelia Sánchez de Rusell, siendo correctos Eduardo Russel1 Leal y Aurelia Sánchez López.- Llámese interesados oponerse a rectificación pudiendo intervenir en negocio !fIientras no exista sentencia ~jecutoriada,

ATENTAMENTE

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56 «EL ESTADO DE SINALOA»

Navolato, Sin.,Abr. 22 de 2013 EL SECRETARIO SEGUNDO

Lic. Jesús Vil/arreal Jiméllez JUN. 7-10 R. No. 10124835

JUZGADO DE PRlMERAINSTANCIADELRAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DENAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 53812013

ROSA CARMINA y JOSÉ RAMÓN de apellidos FRAGOZO RUELAS, demandan Rectificación de Actas de Nacimiento, aparecen incorrectos nombres de sus progenitores Mario Fragozo Rocha e Inés Ruelas Verrelleza y/o Jesús Ruelas Berrelleza, siendo los correctos José Mario Fragozo Rocha y Maria Inés Ruelas Berrelleza.­Llámese interesados oponerse rectificación pudiendo intervenir en negocio mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Navolato, Sin., Abr. 23 de 20 13 EL SECRETARIO SEGUNDO Lic. JeslÍs Vil/arreal Jiméllez

JUN. 7-10 R. No. 10124837

JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADELRAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 53012013

ROSARIO DEL CARMEN VALDEZ VERDUGO, demanda Rectificación de Acta de Nacimiento, aparece incorrecta fecha de nacimiento 06 de Septiembre de 1942, siendo la correcta 27 de Septiembre de 1942.- Llámese interesados oponerse rectificación pudiendo intervenir en el negocio mientras no existe sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Navolato, Sin., Abr. 29 de 2013 EL SECRETARIO SEGUNDO Lic. Jesús Vil/arreal Jiméllez

JUN.7-10 R.No.10124838

JUZGADO MIXTO DE PRJMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOlX, SIN.

EDICTO Convóquense quienes créanse con derecho

a oponerse a Juicio de Tramitación Especial de Rectificación de la Acta de Matrimonio, promovido por NEMECIO REYESARAGÓN y DEMETRJA TAPIA BER.RELLEZA, para que en su acta de matrimonio se asiente el nombre correcto de los contrayentes Nemecio Reyes Aragón y Demetria Tapia Berrelleza y no los incorrectos de Demecio Reyes y Demetria Tapia; interesados a oponerse cualquiera sea el estado del mismo, mientras no exista sentencia ejecutoriada. Exp. No: 6812013 .

Lunes I O de Junio de 20 I3

ATENTAMENTE Choix, Sin., Myo. 9 de 20 13

LAC.ACTUARIO Lic. Aliare/y COla Rosas

JUN. 7-10 R. No. 10008661

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOIX, SIN.

EDICTO Convóquense quienes créanse con derecho

a oponerse a Juicio de Tramitación Especial de Rectificación de ¡a Acta de Nacimiento, promovido por CÉSAR GURROLA LOYA, para que en su acta de Nacimiento se le asiente su fecha de nacimiento correcta del dia 18 de Febrero de 1987, y no la incorrecta de 2 de Febrero de 1987, interesados a oponerse cualquiera sea el estado del mismo, mientras no exista sentencia ejecutoriada. Exp. No: 7912013.

ATENTAMENTE Choix, Sin., Myo. 8 de 2013

LA C. ACTUARIO Lic. Aliare/y Cota Rosas

JUN. 7-10 R. No. 10008663

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE EL FUERTE. SIN ALOA.

EDICTO Convocase quienes créanse derecho

oponerse Juicio Tramitación Especial Recti ficación Acta Nacimiento JOSÉ LUIS LÓPEZ RAMÍREZ. promovido por éste mismo, efecto asentar su fecha de nacimiento correcta que lo es 11 de enero de 1970 y no 11 de enero de 1974, asi como nombre correcto de su padre que lo es J osé Luis López Soto, y no Margarito López Ramírez, Expediente 32812013, quienes tendrán derecho intervenir negocio, cualesquiera sea estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE El Fuerte, Sin., Abr. 25 de 20 13 ELC. SECRETARIO SEGUNDO

Lic. Carlos Ramó" Cazares Zepeda JUN. 7-10 R. No. 10124520

JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADEL RAMO CIVlLDELDlSTRITO JUDICIAL DE EL FUERTE, SINALOA.

EDICTO Convócase quienes créanse derecho

oponerse Juicio Tramitación Especial Rectificación Acta Matrimonio, promovido MANUEL RODARTE DELGADO y MARGARITA ESPINOZAAPODACA, efecto se asiente el nombre correcto del cónyuge varón como Manuel Rodarte Delgado y no el incorrecto de Juan Manuel Rodarte Delgado.- Expediente 292/20 13, quienes tendrán derecho intervenir negocio, cualesquiera

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Lunes 10 de Junio de 2013

sea estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE El Fuerte, Sin.,Abr. 17 de 20 13

ELe. SECRETARIO SEGUNDO Lic. Carlos RamólI Cazares Zepella

JUN.7-10 R. No. 10124521

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho

a oponerse en juicio de Tramitación Especia l Rectificación de Acta de Nacimiento.

Promovido por LAURAOSUNAAGUILAR. Para que se asiente correctamente la fecha de nacimiento del28 de Noviembre de 1952, ya que se asentó incorrectamente. Exp. 339/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio , cualquiera que sea el estado del mismo mientras no exista Sentencia Ejecutoriada.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Myo. 22 de 2013

EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS Lic. Jrulll CurIos Vargas Garda

JUN.7-10 R. No. 10125999

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DECULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

a oponerse en juicio Tramitación Especial por Rectilicación de Actas de Nacimiento No. 03846 que promueven los C. C. UVALDO C?L1VIA RETANA y MARTHA HERNANDEZ URTUSUASTEGUI en ejercicio de la Patria Potestad de su menor hija LUZ YANIRA OLIVA HERNÁNDEZ, en contra del C. Oficial del Registro Civil Número O 16 de Culiacán, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el NOMBRE de la menor, el cual se asentó incorrectamente como Luz Yadira Oliva Hemández debiendo ser lo correcto Luz Yanira Oliva Hemández. Acudir expediente 761/2013 cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin.,Abr. 22 de20 13 ELSECRETARlOPRlMERO

Lic. Héelor Edllardo Gorda López JUN. 7-10 R. No. 101261 17

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON DOMICILIO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA UBICADA EN MARCIAL ORDÓÑEZ y ALLENDE, PLANTA ALTA, CON

«EL ESTADO DE SINALOA» 57

RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes se crean con

derecho a oponerse a la Jurisdicción Voluntaria de Información Ad-Perpetuam , presentada por SELENE HAYDEE MORENO CUEVAS, para acreditar la posesión del bien inmueble que se encuentra ubicado en Avenida Fuente de Poseidón y Ángel Flores del Fraccionamiento Las Fuentes, de esta Ciudad, con una superficie de 352.00 metros cuadrados, clave catastral MS-09-028-051-I , con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE: mide 8.00 metros y colinda con Blvd . Poseidón; AL SUR: mide 8 .00 metros y colinda con lote sin registro; AL ORIENTE: mide 44.00 metros y colinda con lotes 45, 46, 47 Y 48 de la misma manzana; AL PONIENTE: mide 44.00 metros y colinda con dreno

Este edicto deberá fijarse por el término de veinte días en los estrados de este Juzgado y en las tablas destinadas al efecto en la Presidencia Municipal de esta Ciudad, haciéndose saber al público que planos y fotografias del inmueble se encuentran expuestos en los estrados de este Tribunal bajo expediente número 175/2013- 1.

Los Mochis, Sin ., Abr. 02 de 2013 ELC. SECRETARIO PRfMERO

Lic. Javier Romero Acoslfl MYO.31 JUN. 10-21 R. No. 454695

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN IGNACIO, SINALOA.

EDICTO Convocase quienes créanse con derech?

oponerse solicitud hecha por el Ciudadano JOSE ALBERTO ANGULO CAMACHO, promoviendo Diligencias de Información Ad-Perpetuam, en la vía de Jurisdicción Voluntaria. con el objeto de acreditar la posesión del bien inmueble que se indica en el escrito que se provee, que se encuentra en San Ignacio Sinaloa con una superficie total de 501.15 metros cuadrados, bien inmueble que se indica en el escrito que se provee, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: mide 12.50 metros y linda con casa de Ramón Manjarrez;AL SUR: mide 12.75 metros y linda con calle de acceso; AL ORJENTE: mide 39.20 metros y linda con Pedro de Jesús Manjarrez Mendoza; y AL PONIENTE: mide40.20 metros y linda con Jesús Melchor Benitez y baldío. Planos encuéntrense expuestos Estrados de este Juzgado.- Expediente NUmero: 22112012.

ATENTAMENTE San Ignacio, Sin., Oct. 02 de 20 12

SECRETARlADEACUERDOS Lic. Rosalillda FOlIseca Stillc/lez

MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 10075035

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58 «EL ESTADO DE SINALOA»

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.

EDICTO Convocase quienes créanse con derecho a

oponerse a solicitud de MARÍA DEL SOCORRO TOLEDO, quien pretende que tiene la posesión de una finca urbana (terreno y casa habitación), ubicado en calle Occidental número 29 Bis al sur, colonia Centro de esta Ciudad, con las siguientes medidas y linderos: AL NORTE: 25 .10 metros colindando con Antonio Barrón; AL SUR: 25.10 metros colindando con Manuel Barrón Guerrero; AL ORIENTE: 6.00 metros, colindando con Jorge Alberto Sarmiento Torres y AL PONIENTE: 6.03 metros colindando con calle Occidental; con superficie total de terreno 150.60 metros cuadrados, fotografías finca de referencia encuéntrase expuestas es trados de este Juzgado a su disposición en Expediente número 99/2013 .

Escuinapa, Sin., Feb. 25 de 20 13 SECRETARIO SEGUNDO

Lic. Juan Carlos Osulla Lizárraga MYO. 31 JUN. 10-2 I R. No. 10011967

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ELISEO VERDUGO ENRÍQUEZ y/o ELISEO VERDUGO, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, expediente número 563/2013, término improrrogable de 30 treinta días a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin.,Abr. 22 de 2013

C. SECRETARIO PRIMERO Lic. Casiallo Gllliérrez Verdugo

MYO.31 JUN. 10-21 R. No.454592

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio lntestamentario a bienes de ESTEFANA BURGOS SALAZARy/o ESTEFANA BURGOS, expediente 594/2013, término improrrogable de 30 treinta dias a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Abr. 26 de 20 13

e. SECRETARIO SEGUNDA M.e. C/audilla Castro Meza

MYO. 3 I JUN. 10-21 R. No.454937

Lunes I O de Junio de 2013

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SIN ALOA, SINALOA.

EDICTO Convóquense quienes créanse derechosos

Juicio Sucesorio lntestamentario, promovido por la ciudadana LAURA RUBÍ LAURA FÉLIX a bienes de ROBERTO LAURA BON, presentarse este Juzgado deducir y justificar sus derechos hereditarios dentro de término de (30) treinta días a partir siguiente día última publicación este edicto. Expediente número 85/20 13 . Sinaloa de Leyva, Sinaloa, Sin., Mex., Mzo. 19 de

2013 EL SECRETARIO PRIMERO

Lic. A-Iartfn Igllllcio Alcllltle Jimélll!Z MYO.31 JUN. 10-21 R.No. 10124322

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALVADOR ALVARADO, CON RESIDENCIA EN GUAMÚCHIL, SINALOA.

EDICTO Convúcase quienes créanse con derecho

en el Juicio Sucesorio Intestamentario. promovido por MARÍA DOLORES GONZÁLEZ y/o MA. DOLORES GONZÁLEZ, a bienes de su hijo JOSÉ ANTONIO RAMÍREZ GONZÁLEZ, a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 565/20 I 3, dentro del término de treinta dias, contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Guamúchil, Salv. Alv. , Sin., Abr. 29 de 20 13

ELe. SECRETARIO PRIMERO Lic. José Luis SOlO Aguilar

MYO.31 JUN. 10-21 R. No. 10124385

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVILDELDISTRITOJUDICIALDESALVADOR ALVARADO, CON RESIDENCIA EN GUAMÚCHIL, SINALOA.

EDICTO Convócase quienes créanse con derecho

en el Juicio Sucesorio Intestamentario, promovido por LEONILA GONZÁLEZ CAMACHO, a bienes del señor AMADOR MONTOYA VERDUZCO, a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado. en el expediente número 239/2013, dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Guarnúchil, Salv. Alv., Sin., Abr. 18 de 20 I 3

ELC. SECRETARIO PRIMERO Lic. José Luis Soto AguiJar

MYO.3IJUN.IO-21 R.No.95405

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCORITO, SINALOA.

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Lunes 10 de Junio de 2013

EDICTO Convócase a quienes créanse con derecho

a Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JOSÉ DOLORES CÁZARES NIEBLA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 110/2013. Término improrrogable de 30 treinta dias a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mocorito, Sin., A br. 15 de 20 13

C. SECRETARIO SEGUNDO Lic. eosllle López Angula

MYO.31 JUN. 10-21 R.No. 10124286

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentarío a bienes de: JOSÉ ENRIQUE MARTiNEZ VALVERDE, presentarse a deducirlos y justificarlos dentro de) ténnino de treinta días a partir de la última publicación del edicto, Exp. No. 59812013.

Culiacán, Sin., Abr. 12de20 13 SECRETARIA TERCERA

Lic. Claudia Bórquez ZaZllettl MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 10124287

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DELDISTRITOJUDICIALDE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes de: SERGIO RAFAEL DiAZ FIERROS, presentarse a deducirlos y justificarlos dentro del término de treinta dias a partir de la última publicación del edicto, Exp. No. 73112013.

Culiaeán, Sin., Abr. 29 de 20\3 SECRETARIA PRIMERA

Lic. Roelo del Crlllell Rubio GiÓIl MYO.31 JUN. 10-21 RNo. 10124428

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes de: MARCO ANTONIO CORTEZ BELTRÁN, presentarse a deducirlos y justificarlos dentro del término de treinta dlas a partir de la última publicación del edicto, Exp. No. 39312013.

Culiacán, Sin., Mzo. 06 de2013 SECRETARJAPR~RA

Lic. Roclo del Crmell R/lbio GiÓII MYO.31 JUN. 10-21 RNo.10124496

«EL ESTADO DE SlNALOA» 59

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor ELiAS FELIPE GUZMÁN, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto de expediente número 2648/20 I 2.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Dic. 10 de 2012 ELSECRETARJO TERCERO

Lic. Hiclor Femal/do Gámez EI/g. MYO.31 JUN. 10-21 RNo. 10124279

JUZGADOSEGUNDODEPR~RAINSTANCIA

DEL RAMO FAMlLlARDELDISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor JUAN LÓPEZ MUÑOZ, para que se presenten a deducir y justificarlos, asimismo en apego al numeral 789 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, asimismo se ordena citar a los ce. Juan López Ramirez, Aaabel López Ramírez y Emilia López, para que se presenten a deducir y justificar derechos hereditarios dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto del expediente número 2834/20 I 2.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Abr. 24 de 20 13 LA SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Morfa G/ladal/lpe Valdez LeólI MYO.3IJUN.IO-21 RNo.10124291

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor CANDELARIO ACEVES MURO, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto, expediente número 2636/2012.

ATENTAMENTE Culiaeán, Sin., Abr. 30 de 2013 LA SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Cylllltia Beatriz Gasté/1I111 Garcia MYO. 31 JUN. 10-2 I R No. 10 124303

JUZGADO TERCERO DE PRJMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO

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60 "EL ESTADO DE SINALOA»

Convóquese a quienes créanse con derecho In testamentario a bienes de l seilor JORGE MONTENEGRO GUERRERO, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta dias a partir de la última pub licación del edicto, exped iente número 791/ 2013.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin .,Abr. 29 de 2013 EL SECRETARIO PRIMERO

Lic. Iguacio Á/varez Ltllarga MYO.31 JUN. 10-21 R.No. 10124288

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

E DICT O Convóquese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio ¡ntestamentar io a bienes de DOLORES GARZÓN MORALES, presentarse a deducir sus derechos expediente número 5 12/20 13 , para qu e en el térmi no improrrogable de (30) treinta días a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 25 de 20 13

LAC. SECRETARlA SEGUNDADEACUERDOS Lic. A1yTIlO Clujvez Pérez

MYO.3IJUN. IO-21 R.No.522183

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio ¡ntestamentario a bienes de MIGUEL ÁNGEL MORAN ALCARAZ, presentarse ajustificarlos ante este Juzgado. en el expediente número 452/20 13, para que en el ténnino improrrogable de (30) treinta dias a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazallán, Sin., Abr. 16 de 20 13

LAC. SECRETARlASEGUNDADEACUERDOS Lic. I'v/yrlla Cflávez Pérez

MYO.3 IJUN. IO-21 R.No. 52245 1

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de MELlTÓN OSUNA TORRES, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en ei expediente número 386/201 2, para que en el término improrrogable de (30) treinta dias a partir de hecha la última publicación en este edicto.

Lunes lO de Junio de 2013

ATENTAMENTE Mazatlan, Sin., Jun. 12 de 20 12

LAC. SECRETARlASEGUNDADEACUERDOS Lic. Myma CIlávez Pérez

MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 522219

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

E DI C TO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio lntestamentario a bienes de el extinto ISRAEL COVA DiAZ, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 548/2013, en un térm ino improrrogable de (30) lTeinta dias a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 25 de 20 13

LAC. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS Lic. Claudia Letida Angulo Quintero

MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 10124298

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUASAVE, SINALOA.

ED I C TO Convóquese quienes se crean con derecho

al Ju ic io Sucesorio Intestamentario a bienes de la C. ZENONA ECHAVARRÍA SANDOVAL, deducir y justificar sus derechos hereditarios en este Juzgado dentro del término de treinta días, contados a part ir de hecha la última publicación del edicto expediente 464/20 13.

ATENTAMENTE Guasave, Sin., Mzo. 12 de 20 13 LAC. SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Marfa LouTfles /JI/olltoya /JI/cdilla MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 112006

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMJLIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Ju icio Sucesorio Intestamentario a bienes de el extinto JUAN EVODlO RODRiGUEZ VEGA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 560/2013, en un término improrrogable de (30) treinta dlas a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mazallan, Sin., Abr. 25 de 20 13

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR

LAC. SECRETARlASEGUNDADEACUERDOS Lic. Clalldia Le/icia AI/glllo Qllil//ero

MYO. 31 JUN. 10-21 R. No. 522746

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Lunes 10 de Junio de 2013

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JULIO JIMÉNEZ BASTIDAS, presentarse a deducirlos y justificarlos ante éste Juzgado, en el expediente número 51312013, en un término improrrogable de (30) treinta dias a partir de hecha la última publicación de éste edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán. Sin., Abr. 17 de 20 I 3

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Mó"ica Tirado Ovalle

MYO.31 JUN. 10-21 R.No.522186

JUZGADO SEGUNDO DEPRlMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de GUADALUPE LIZÁRRAGA GRANDE, presentarse a deducirlos y justificarlos ante éste Juzgado, en el expediente número 481 /20 13, en un término improrrogable de (30) treinta dias a partir de hecha la última publicación de éste edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán. Sin., Abr. 17 de 20 13

LA C. SECRETARlA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Mó"ica Tirado Ovalle

MYO. 31 JUN. 10-2 I R. No. 522254

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convóquese quienes créanse derecho a

Sucesión Intestamentaria a bienes de C. ROSALVA CISNEROS OZUNA. Presentarse a deducirlo y justificarlo en expediente No. 277/20 13, dentro del término de 30 treinta dlas de hecha la última publicación del presente edicto.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Abr. 30 de 20 13

EL SECRETARIO PRlMERO DEACUERDOS Lic. Juall Carlos Vargas GareEa

MYO.31 JUN. 10-21 R. No. 10124450

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convóquese quienes créanse derecho a

Sucesión Intestamentaria a bienes de C. MAURO RENDÓN CÁSARES. Presentarse a deducirlo y justificarlo en expediente No. 28212013, dentro del

«EL ESTADO DE SINALOA» 61

término de 30 treinta dias de hecha la última publicación del presente edicto.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Myo. 03 de 20 13

ELSECRETARlO PRIMERO DEACUERDOS Lic. Juall Carlos Vargas Gorda

MYO.31 JUN. 10-21 R. No. 10124451

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convóquese quienes créanse derecho a

Sucesión Intestamentaria a bienes de C. PABLO MORENO CORONADO. Presentarse a deducirlo y justificarlo en expediente No. 172/2013, dentro del término de 30 treinta dias de hecha la última publicación del presente edicto.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Abr. 04 de 2013

ELSECRETARlO SEGUNDO DEACUERDOS Lic. SaúlOsullo Osulla

MYO.3IJUN.IO-21 R.No.10124448

JUZGADO DE PRIMER.A INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.

EDICTO Convocase quienes créanse con derecho a

Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes del finado JOSÉ ALEJANDRO POLANCO LÓPEZ y/o ALEJANDRO POLANCO LÓPEZ y/ o ALEJANDRO POLANCO, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 264120 13, término improrrogable de treinta dias a partir de la fecha última publicación de este edicto.

Escuinapa, Sin., Myo. 03 de 20 13 SECRETARIO SEGUNDO

Lic. JlIall Carlos OSlllla Lizárraga MYO.3IJUN.IO-21 R.No.10124449

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVILDELDlSTRITOJUDICIALDENAVOLATO, SINALOA.

EDICTO Exp. No. 56912013

Co nv6quense quienes créanse con derechos a Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de: FLORENTINO VERDUGOACOSTAy/o FLOR.ENTINO MONTENEGRO OSUNA y/o FLOR.ENCIO VER.DUGO ACOSTA, quien se ostentaba indistintamente con dichos nombres.­Presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, término improrrogable treinta dlas a partir de hecha la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Navolato, Sin., Myo. 13 dé 2013

EL SECRETARlOPRlMERO

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62 «EL ESTADO DE SIN ALOA"

Lic. Moisés López [ribe MYO.3IJUN.IO-21 R.No.10125506

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SINALOA.

EDICTO Convocase quienes créanse con derecho a

oponerse a solicitud del C. MARÍA DEL SOCORRO CASTRO, quien pretende acreditar que tiene en posesión una finca Urbana (terreno y casa habitación) , ubicada en Calles Prolongación Hidalgo, Prolongación 02 de abril y 08 de Mayo al Poniente, Colonia Toledo Corro de esta Ciudad, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE : 6.25 metros, colindando con Calle Prolongación 2 de abril, AL SUR: 28.70 metros, colindando con María Engracia Estrada Si mental, AL ORIENTE; 33.30 metros, colindando con Calle Prolongación Hidalgo, y AL PONIENTE: 42.00 metros, colindando con Calle 8 de Mayo, con una superficie total de terreno 603.20 metros cuadrados, teniendo una superficie de 160.58 metros cuadrados, fotografías y finca de referencia encuéntrense expuestas estrados y disposición de este Juzgado, expediente número 831120 12.

Escuinapa, Sin., Ene. 22 de 20 13 C. SRlO. SEGUNDO DE ACUERDOS Lic. Juall Carlos OSllllo'Lizárraga

MYO.20-31 JUN. 10 RNo.10011911

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCORlTO, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes créanse con derecho

a Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ADOLFO MARTÍNEZ GARCiA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 388120 12. Término improrrogable de 30 Treinta Días a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mocorito, Sin., Nov. 20 de2012

C. SECRETARIO SEGUNDO Lic. Cosme López AI/gulo

MYO. 20-31 JUN. 10 R No. 10075206

JUZGADO CCPRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Conv6quese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ASCENCIÓN Á VILA CANI2:ALES, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 833/2012, para que en el término improrrogable de (30) treinta dlas

Lunes 10 de Junio de 2013

a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Myo. 29 de 20 12

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Alma Brida As/orga Ram(rez

MYO. 20-31 JUN. 10 R. No. 520997

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de RICARDO LÓPEZ COACHE y RICARDO LÓPEZ, presentarse ajustificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 375/2013, para que en el término improrrogable de (30) treinta días a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 08 de 20 13

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Alma Bricia As/orga Ram/rez

MYO. 20-31 JUN. 10 R. No. 520954

JUZGADO DEPRlMERAINSTANCIADELRAMO CIVIL DEL DISTRITO JUOICIAL DE SALVADOR ALVARADO, CON RESIDENCIA EN GUAMÚCHIL, SINALOA.

EDICTO Conv6case quienes créanse con derecho

en el Juicio Sucesorio Intestamentario, promovido por ZENTA LÓPEZ GAXIOLA, a bienes de JOSE MARiA MONTOYA GIL, a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 30212013, dentro del término de treinta dias, contados a partir de la última publicación del edicto.

ATENTAMENTE Guamúchil, Salv. Alv., Sin., Mzo. 05 de 20 13

LAG. SECRETARIA SEGUNDA Lic. Alma Beatriz Vega MOlltoya

MYO. 20-3 I JUN. 10 RNo.10123865

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Conv6quese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de GUMERSINDO OSUNA CASTRO, presentarse ajustificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 460120 13, para que en el término improrrogable de (30) treinta dlas a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 17 de 2013

LA C. SECRETARlASEGUNDADEACUERDOS Lic. Myma CI,ávez Pérez

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Lunes 10 de Junio de 2013

MYO.20-31 JUN. 10 R. No. 520707

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMJLIAR DEL DISTRITO JUDICIALQE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Conv6quese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio lntestamentario a bienes de BALTAZAR PARRA ROMERO, presentarse a deducir sus derechos, expediente número 251/2013, para que en el término improrrogable de (30) treinta dlas a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Mzo. 1I de 20 13

ELe. SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS Lic. Salltiago OSlIlIa Ramos

MYO. 20-3 I JUN. 10 R.No.520723

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANGOSTURA, SINALOA.

EDICTO Auto 14 enero afio 2013, expediente 1012013,

Juicio Sucesorio Inte.s tamentario , promo.vido AlDEE ERENDIRA LOPEZ BELTRAN, a bIenes GONZALO MARTÍNEZ ROMÁN, quien falleció 14 Noviembre 2000, ordenó convocar quienes créanse derechos hereditarios presentarse deducirlos y justificarlos y hacer nombramiento albacea, término improrrogable 30 días hábiles contados partir hecha última publicación este edicto.

ATENTAMENTE Angostura, Sin., Ene. 17 de 20 13

EL SECRETARIO PRIMERO DELJUZGAOO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

Lic. Valdemar Urfas Cuadras MYO.20-31 JUN. lO R. No. 10123835

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA.

EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestarnentario a bienes de DORlS JOHANA COTA ARMENTA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, Expediente número 54312013, término improrrogable de 30 treinta días a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE LosMochis,Sin.,Abr.16de20I3

C. SECRETARIO PRIMERO Lic. Casiano GIl/iérrez Verdugo

MYO. 20-3 I JUN. 10 R.No.454026

«EL ESTADO DE SINALOA» 63

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes se crean con

derecho al Juicio Sucesorio lntestamentario a bienes de JUANA GARZÓN LIZÁRRAGA, presentarse a justificarlos ante este Juzgado, en el expediente número 491 12013, para que en e l término improrrogable de (30) treinta dlas a partir de hecha la última publicación en este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. II de 20 13

LA e. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Alma Bricia Astorga Ram(rez

MYO.20-3IJUN. 1O R.No.521238

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio lntestamentario a bienes de la extinta SANTA MARÍA FLORES ZÚÑIGA, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado. en el expediente número 490/20 1 3, en un término improrrogable de (30) treinta dias a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Abr. 22 de 20 13

C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS Lic. Claudia Leticia Angulo Quintero

MYO.20-3IJUN.10 R.No.521208

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor FAUSTlNO VALENZUELAACOSTA, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta días a partir de la última publicación del edicto, expediente número 564/20 13.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Abr. 15 de 20 13 LA SECRETARIA SEGUNDA

Lic. Cyll/llia Bea/riz Gas/é/llm Gurda MYO. 20-3 I JUN. 10 R.No.10123915

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ANGOSTURA, SINALOA.

EDICTO Auto 21 enero afio 2013, expediente 611/

2012, Juicio Sucesorio Intestamentario, promovido AMELIA ANGULO CASTRO, a bienes ELÍAS ANGULO PÉREZ y/o ELÍASANGULO y MARjA

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64 «EL ESTADO DE SINALOA»

DEL CARMEN CASTRO SÁNCHEZ y/o CARMEN CASTRO, quien falleció el primero 24 Enero 2010 Y segundo 17 Enero 2000, ordenó convocar quienes créanse derechos hereditarios presentarse deducirlos y just ificarlos y hacer nombramiento albacea, término improrrogable 30 dias háb i les contados partir hecha última publicación este edicto.

ATENTAMENTE Angostura, Sin., Ene. 25 de 2013

EL SECRETARIO PRIMERO DELJUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

Lic. Va/(femar Ur(as Cuadras MYO. 20-3 I JUN. 10 R. No. 10123836

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor EFRÉN SANTOS GERMÁN, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del término de treinta dias a partir de la última publicación del edicto de expediente número 253212012.

ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Nov. 28 de 20 12

EL SECRETARIO PRIMERO Lic. Héclor Eduardo Gurela López

MYO. 20-3 I JUN. 10 R.No.10123830

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.

EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de VENUSTIANO ZAMORA y/o VENUSTlANO ZAMORA GARFIO y/o VENUSTIANO ZAMORA GARDIAS, presentarse a deducirlos y justificarlos ante este Juzgado, en e l expediente número 1541 / 20 I 2, en un término improrrogable de (30) treinta dlas a partir de hecha la última publicación de este edicto.

ATENTAMENTE Mazallán. Sin., Sept. 1 I de 2012

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR

LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. MÓllica Tirat[o Ovalle

MYO.20-3 I JUN. 10 R. No. 520521

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ROSARIO, SINALOA, MÉXICO.

EDICTO Convóquese quienes créanse derecho a

Sucesión Intestamentaria a bienes del C. IGNACIO LIZÁRRAGA !BARRA. Presentarse a deducirlo y

Lunes I O de Junio de 2013

justificarlo en expediente No. 55/2013, dentro del término de 30 treinta dias de hecha la última publicación del presente edicto.

ATENTAMENTE El Rosario, Sin., Abr. 15 de 20 13

EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS Lic. Jllall Carlos Vargas Garc(a

MYO. 20-3IJUN. IO R.No. 1001l024

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUASAVE, SINALOA.

EDICTO Convóquese quienes se crean con derecho

al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la C. MARiA DE JESÚS CONTRERAS y/o MARiA DE JESÚS CONTRERAS SUÁREZ, deducir y justificar sus derechos hereditarios en este Juzgado dentro ténnino de tre inta días, contados a partir de hecha la última publicación del edicto expediente 63212013.

ATENTAMENTE Guasave, Sin., Abr. 17 de 20 13

LA C. SECRETARIA SEGUNDA Lic. Marfa LOllTtles MOlltOytl ft¡lellillD

MYO.20-31 JUN. 10 R No. 10123861

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULlACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Intestamentario a bienes del señor OSVALDO LÓPEZ PÉREZ, para que se presenten a deducir y justificarlos dentro del ténnino de treinta días a partir de la última publicación del edicto, expediente número 3712013.

ATENTAMENTE Culiac.n, Sin.,Abr. 15 de2013 LA SECRETARIA TERCERA

Lic. Rosa E/ma Gllerrero Vargas MYO.20-3IJUN.10 RNo. 10124737

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.

EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho

Inte stamentario a bienes de: YOLANDA CORONADO SOLANO, presentarse a deducirlos y justificarlos dentro del término de treinta dias a partir de la última publicación del edicto, Exp. No. 71512013.

Culiacán, Sin., Abr. 29 de 20 13 SECRETARIOSEGUNOO Lic. Iváll Rella,,/t Vega

MYO. 20-3 I JUN. 10 RNo. 10124586