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Estado de México. División Territorial de 1810 a 1995.
Publicación única. Primera edición. 440 p.p. Esta obra de consulta muestra un panorama histórico-cronológico de lo que ha sido la integración territorial de las actuales entidades federativas. En ella se detallan los diversos cambios de organización política y administrativa del estado, hasta llegar a la actual división territorial. De esta forma se pretende dar al lector una síntesis legal de la formación del estado, desde 1810 a 1995. Agrupada en los siguientes capítulos: División Territorial del País y Cambios en la División del País; División Territorial del Estado, Cambios en la División del Estado, Creación de los Municipios y Cambios en los Municipios; Marco Jurídico Vigente y Situación Actual de los Municipios.
OBRAS AFINES O COMPLEMENTARIAS SOBRE EL TEMA: Para investigaciones particulares recomendamos las reseñas históricas de la entidad, en el caso de investigaciones profundas los archivos, bibliotecas, congresos y hemerotecas del estado.
SI REQUIERE INFORMACION MAS DETALLADA DE ESTA OBRA, FAVOR DE COMUNICARSE A: Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática Dirección General de Difusión Dirección de Atención a Usuarios y Comercialización Av. Héroe de Nacozari Núm. 2301 Sur Fracc. Jardines del Parque, CP 20270 Aguascalientes, Ags. México TELEFONOS: 91 (800) 4-90-59 Y 91 (49) ~8-29-98 CORREO ELECTRONICO [email protected] DIRECCION INTERNET http://www.inegLgob.mx
DR © 1997, Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática Edificio Sede Av. Héroe de Nacozari Núm. 2301 Sur Fracc. Jardines del Parque, CP 20270 Aguascalientes, Ags.
Dirección Internet http://www.inegi.gob.mx
Estado de México División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
Impreso en México ISBN 970-13-1500-6
Presentación
El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) presenta la División Territorial del Estado de México de 1810 a 1995, cuyo objetivo es dar a conocer de una manera sintética, pero sin perder rigor histórico, el desarrollo de la conformación política del territorio que actualmente comprende la entidad.
Esta publicación es el resultado de la consulta de fuentes bibliográfic~s y hemerográficas, en los archivos históricos de instituciones públicas y privadas, mediante la cual se pudo recabar la información que consigna los cambios en la integr¡:¡.ción territorial del estado de México.
El INEGI agradece a las dependencias siguientes su valioso apoyo para la elaboración de este documento: Archivo Histórico del Estado de México, Biblioteca José Ma. Luis Mora de la H. Cámara de Diputados, Biblioteca del Centro Cultural Mexiquense, Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, Archivo General de la Nación, Hemeroteca y Biblioteca Nacional, y Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
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ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DIVISION ESTATAL
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Golfo de México
de Tehuantepec
CLAVE NOMBRE
01 AGUASCALlENTES 02 BAJA CALIFORNIA 03 BAJA CALIFORNIA SUR 04 CAMPECHE 05 COAHUILA DE ZARAGOZA 06 COLIMA 07 CHIAPAS OB CHIHUAHUA 09 DISTRITO FEDERAL 10 DURANGO 11 GUANAJUATO 12 GUERRERO 13 HIDALGO 14 JAU SCO 15 MEXICO 16 MICHOACAN DE OCAMPO 17 MORELOS 18 NAYARIT 19 NUEVO LEON 20 OAXACA 21 PUEBLA 22 QUERETARO DE ARTEAGA 23 QUINTANA ROO 24 SAN LUIS POTOSI 25 SINALOA 26 SONORA 27 TABASCO 28 TAMAULIPAS 29 TLAXCALA 30 VERACRUZ-LLAVE 31 YUCA TAN 32 ZACATECAS
Belice
Guatemala
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ESTADO DE
OUERETARO DE ARTEAGA
ESTADO DE
MICHOACAN DE OCAMPO
ESTADO DE MEXICO DIVISION MUNICIPAL, 1995
ESTADO DE
GUERRERO
ESTADO DE
HIDALGO
ESTADO DE
HIDALGO
ESTADO DE
TLAXCALA
ESTADO DE
PUEBLA
SIMBOLOGIA
LIMITE ESTATAL LIMITE MUNICIPAL
000 CLAVE DEL MUNICIPIO
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ESTADO DE MEXICO DIVISION MUNICIPAL, 1995
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CIAVE MUNICIPIO CIAVE MUNICIPIO CIAVE MUNICIPIO
001 Acambay 042 Ixtlahuaca 083 Temamatla
002 Acolman 043 Xalatlaco 084 Temascalapa 003 Aculco 044 Jaltenco 085 Temascalcingo
004 Almoloya de Alquisiras 045 Jilotepec 086 Temascaltepec 005 Almoloya de Juárez 046 Jilotzingo 087 Temoaya 006 Almoloya del Río 047 Jiquipilco 088 Tenancingo 007 Amanalco 048 Jocotitlán 089 Tenango del Aire
008 Amatepec 049 Joquicingo 090 Tenango del Valle
000 Amecameca 050 Juchitepec 091 Teoloyucán 010 Apaxco 051 Lerma 092 Teotihuacán
011 Ateneo 052 Malinalco 093 Tepetlaoxtoc
012 Atizapán 053 Melchor Ocampo 094 Tepetlixpa
013 Atizapán de Zaragoza 054 Metepec 095 Tepotzotlán
014 Atlacomulco 055 Mexicaltzingo 096 Tequixquiac
015 Atlautla 056 Morelos 097 Texcaltitlán
016 Axapusco 057 Naucalpan de Juárez 098 Texcalyacac
017 Ayapango 058 Nezahualcóyotl 099 Texcoco 018 Calimaya 059 Nextlalpan 100 Tezoyuca
019 Capulhuac 060 Nicolás Romero 101 Tianguistenco
020 Coa calco de Berriozábal 061 Nopaltepec 102 Timilpan
021 Coatepec Harinas 062 Ocoyoacac 103 Tlalmanalco
022 Cocotitlán 063 Ocuilan 104 Tlalnepantla de Baz
023 Coyotepec 064 Oro, El 105 Tlatlaya
024 Cuautitlán 065 Otumba 106 Toluca
025 Chalco 066 Otzoloapan 107 Tonatico
026 Chapa de Mota 067 Otzolotepec 108 Tultepec
027 Chapultepec 068 Ozumba 109 Tultitlán
028 Chiautla 069 Papalotla 110 valle de Bravo
029 Chicoloapan 070 Paz, La 111 Villa de Allende
030 Chiconcuac 071 Polotitlán 112 Villa del Carbón
031 Chimalhuacán 072 Rayón 113 Villa Guerrero
032 Donato Guerra 073 San Antonio la Isla 114 Villa Victoria
033 Ecatepec 074 San Felipe del Progreso 115 Xonacatlán
034 Ecatzingo 075 San Martín de las Pirámides 116 Zacazonapan
035 Huehuetoca 076 San Mateo Ateneo 117 Zacualpan
036 Hueypoxtla 077 San Simón de Guerrero 118 Zinacantepec
037 Huixquilucan 078 Santo Tomás 119 Zumpahuacán
038 Isidro Fabela 079 Soyaniquilpan de Juárez 120 Zumpango
039 Ixtapaluca 080 Sultepec 121 Cuautitlán IzcaMi
040 Ixtapan de la Sal 081 Tecámac 122 Valle de Chalco Solidaridad
041 Ixtapan del Oro 082 Tejupilco
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Indice
Introducción
División Territorial del País
Cambios en la División del País
División Territorial del Estado de México
Cambios en la División del Estado
Creación de los Municipios
Cambios en los Municipios
Marco Jurídico Vigente
Situación Actual de los Municipios
Anexos
Notas y Bibliografía
XI
1
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47
61
99
123
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375
399
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Introducción
La división territorial es un factor determinante en la estructura e identidad estatal y nacional, por ello esta breve obra de consulta pretende mostrar los cambios más relevantes en el status de la entidad federativa según las diferentes conformaciones territoriales que se han presentado en el país, así como el reflejo a su interior, resaltando la creación y cambio en sus municipios, en tanto éstos, a partir de la Constitución de 1917, son la base de su división territorial y de su organ ización poi ítica y admin istrativaa, es deci r, son u na jefatu ra política electa popularmente con el objeto de llevar a cabo el gobierno interior de los pueblos.
Para preparar el documento fue necesaria la búsqueda, localización y recopilación de diversas fuentes oficiales: constituciones, leyes, planes, decretos y bandos; y cartográficas: mapas, cartas, croquis y planos, en diferentes archivos públicos y privados del interior del estado y fuera de él.
Su contenido se encuentra conformado de tres apartados: División Territorial del País, División Territorial del Estado de México y Marco Jurídico Vigente.
a la Constitución de Cádiz de 1812 consideraba al municipio (art. 309). En México fue jurada y publicada en dos momentos (1812 y 1820) a su amparo se eligieron ayuntamientos, pero en nuestra legislación nacional, según Sergio Elías Gutiérrez, ... no fue incorporado plenamente a un documento constitucional, sino hasta el año de 1917, es decir, no tuvo nunca, ni en la Constitución de 1824 ni en la de 1857 ni en sus reformas respectivas, una vida constitucional ... (El Municipio en México p. 297).
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División Territorial del País
México, 1825-1826. Sin autor. Sin información del lugar de edición. Sin escala. FUENTE: Archivo General de la Nación.
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The NewWorld, 1616. Autor: Gabriel Talton. Instituto Mexicano del Seguro Social.
Escala gráfica de 90 millas germanas de 15 al grado. Publicado en El Territorio Mexicano, 1986.
FUENTE: Centro de Información del Estado de Chihuahua.
DIVISION TERRITORIAL DEL PAIS
ANTECEDENTES
La división territorial de los Estados Unidos Mexicanos no tiene un solo origen. No fue, en un principio, el producto de una concepción geopolítica que partiera de una imagen general de la geografía que habría de ser repartida y organizada. Lejos de ello, la noción individual de cada uno de los territorios que le dieron lugar se formó de modo independiente y en distintas épocas. La conformación básica, que desde los primeros tiempos de la colonia empezó a considerarse, surgió tanto del reconocimiento de territorios que ya se distinguían desde la época precolombina, frecuentemente debido al dominio que ejercían sobre ellos culturas o grupos étnicos específicos, como de los territorios asignados a determinados conquistadores o colonizadores, a fin de que no incursionaran en la misma región dos o más a la vez. Fue de este modo como se originó lo que Humboldt denominó la división antigua. (1)
Una composición territorial concebida en tales términos era vaga e imprecisa, pero en el tiempo en que surgió no se requería de mayor exactitud, baste pensar que espacialmente hablando el concepto mismo de la Nueva España era la de una completa indefinición: nadie conocía sus posibles confines, mucho menos se habría sentido la necesidad de qistinguir límites precisos, ni fronteras.
Sin embargo, tal fue la división básica a partir de la cual se hicieron todas las modificaciones, biparticiones, etcétera, hasta llegar a la actualidad. Se trataba, pues, de una distribución territorial nacida de los requerimientos de orden y organización impuestos por la geografía a los intentos coloniales por explorarla y dominarla. En ese sentido, puede decirse que durante toda la época colonial los arreglos territoriales tuvieron una función puramente administrativa y organizativa. Las fragmentaciones del territorio carecían del aspecto formal, es decir, la fijación de límites precisos no se fundamentaba en leyes que lo definieran como figura jurídica con derecho de soberanía sobre su extensión y ... bastaba la enumeración de las cabeceras, con la lista de los pueblos, villas y rancherías sujetos a ellas. (2) En cambio, al convertirse
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México en una República. independiente la misma división adquiere fundamento en un régimen jurídico, que le da personalidad, individualidad y, cuando ese sistema es federal, soberanía a cada una de las fracciones que la forman.
En síntesis, las divisiones territoriales en la colonia lo eran de hecho, a partir de que el país lograra su independencia política empezarían a serlo de derecho. (2)
InslHulo Mexicano del Seguro Social. Sin escala. Publicado en El Terrilorio Mexicano, 1986. FUENTE: Centro de Información del Estado de Chihuahua.
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LA COLONIA
A lo largo de 300 años el gobierno colonial español estableció una vasta y complicada repartición territorial de muy diversos tipos y funciones, algunas de ellas ligadas entre sí, en las que se contemplaban los asuntos militares, de hacienda, de la iglesia, de minería, de tierras, entre otras. Puede comprenderse mejor si se analiza cómo estaban conformados los órganos del gobierno:
1) En primera instancia el poder absoluto se centraba y era ejercido por el rey de España, quiem delegó las funciones en diversas entidades.
2) El Consejo Real de Indias tenía facultades legislativas, administrativas y judiciales, sujetas a la autorización real.
3) La Audiencia Real facultada en asuntos judiciales y administrativos. En la Nueva España se establecieron la audiencia de México y la de Guadalajara. La Audiencia de México abarcaba a las provincias de Yucatán, Tabasco, parte de Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Toluca, Querétaro, Jilotepec, Michoacán, Pánuco y parte de Colima y Jalisco. La Audiencia de Guadalajara abarcaba Jalisco, Zacatecas, Durango y Aguascalientes.
4) El virrey presidía la Audiencia Real, era el capitán y gobernador general y ejercía el poder político-administrativo de toda la Nueva España.
5) Los gobernadores y adelantados, ejercían las funciones administrativas y políticas de las provincias y -reinos que conformaban a la Nueva España.
6) Las intendencias, entidades con funciones administrativas, constituyen el antecedente más inmediato de la división política del país. (3)
Pero a pesar de la gran diversidad de jurisdicciones que esto generó, se pueden distinguir tres tipos fundamentales de división territorial:
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1) La eclesiástica. Al principio de la conquista y en los primeros años de la colonización los obispados marcaron una división que se utilizaba para asuntos más generales. Se establecieron los primeros reinos, provincias, gubernaturas y capitanías generales conforme se avanzaba en la colonización, esta conformación permaneció vigente durante casi todo el virreinato.
2) La de audiencias o judicial-administrativo, establecida desde el inicio de la Colonia. Bajo este sistema los reinos, gubernaturas y provincias se dividieron a su vez en corregimientos, alcaldías mayores, alcaldías menores y ayuntamientos. Se modificaron con.la aparición de las intendencias y provincias internas sin llegar a desaparecer, ya que continuaban en funciones al consumarse la Independencia. .
3) La de intendencias y provincias internas o administrativa-fiscal. Esta fue la última reforma de tipo general en las colonias españolas. El territorio se fraccionó en provincias e intendencias, éstas en partidos yen subdelegaciones reales. También continuaban al consumarse la independencia.(4)
Debe contemplarse que estas divisiones no suprimieron las existentes, ni tampoco fueron consecuencia de un perfeccionamiento de las mismas, sino que existieron simultáneamente y se sobrepusieron en muchas ocasiones, provocando un estado de caos administrativo, político y judicial que trajo consigo conflictos muy frecuentemente difíciles de esclarecer.
De este modo, se puede establecer que las divisiones territoriales que se han sucedido en el México moderno tuvieron su origen en las iniciadas durante la conquista, puesto que fue Hernán Cortés el que dio el primer paso para instituir un régimen municipal al instalar el ayuntamiento en la Villa Rica de la Vera Cruz en 1519. Pero no fue sino hasta que concluyó la conquista y se inició la colonia cuando la necesidad de gobernar los nuevos territorios reclamó "las instituciones para hacerlo.
Las primeras disposiciones sobre la confonnación territorial se emitieron en la Nueva España después de que se creó la Real Audiencia con asiento en la Ciudad de México (en 1524), mediante Real Cédula del 20 de febrero de 1534 que la fraccionó en cuatro provincias o mitras:
Michoacán, México, Guatzacualcos y la de los Mixtecas ... las provincias surgen como resultado de fenómenos históricos reflejados sobre el territorio y reclaman un reconocimiento legal... (2)
La rápida expanslon del Imperio obligó a la creaclon de nuevas audiencias, en virtud de que la jurisdicción de la primera abarcaba un extenso territorio. Se instaló al poco tiempo la Audiencia de los Confines con residencia en Guatemala (1543) y la de Guadalajara (1548), las que atendían los asuntos de los lugares más alejados del reino. Al mismo tiempo, con las exploraciones se iban agregando al Imperio regiones que se convertían en reinos, gubernaturas, provincias o capitanías generales, formando otra separación dentro de la jurisdicción de las audiencias. Se estableció así una distribución básica de la cual partirían todas las demás:
A Map Of Mexico, Or New Spain, From The Lates! Authorities, 1782. Autor: John Bew. Ins!~uto Mexicano del Seguro Social. Escala gráfica en leguas de 20 al grado, millas geográficas de 60 al grado y millas inglesas de 69 al'grado. Publicado en El Territorio M.:ricano, 1986. FUENTE: Centro de Información del Estado de Chihuahua.
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1) El reino de México con las provincias de: México, Tlaxcala, Puebla de los Angeles, Antequera (Oaxaca) y Valladolid (Michoacán).
2) El reino de la Nueva Galicia con las provincias de: Xalisco o Nueva Galicia, de los Zacatecas y Colima.
3) La gobernación de la Nueva Vizcaya con las provincias de: Guadiana o Durango y Chihuahua.
4) La gobernación de Yucatán con las provincias de: Yucatán, Tabasco y Campeche.
5) El Nuevo Reino de León.
6) La colonia del Nuevo Santander (provincia de Tamaulipas).
7) La provincia de los Tejas (Nuevas Filipinas).
8) La provincia de Coahuila (Nueva Extremadura).
9) La provincia de Sinaloa (Cinaloa).
10) La provincia de Sonora.
11) La provincia de Nayarit.
12) La provincia de la Vieja California (la península).
13) La provincia de la Nueva California.
14) La provincia de Nuevo México de Santa Fe.(5)
Esta división permaneció estable hasta mediados del siglo XVIII, ya que los cambios registrados se referían principalmente a variantes o subdivisiones internas de las provincias.
En la segunda mitad del siglo XVIII la Nueva España era todavía en buena parte un territorio indómito, pero ya no tanto el país indefinido e inexplorado de los siglos anteriores. La necesidad de su ordenación
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geográfica, por lo tanto, era también más clara y urgente. Además, se vivía la época de la ilustración, el Siglo de las Luces, que imponía mayores esfuerzos de racionalidad a la administración pública.
En España los borbones, la nueva casa reinante, habían impuesto una serie de reformas en la administración, decididos a recuperar para el rey todo el poder que en los siglos anteriores se había ido repartiendo paulatinamente entre grupos, personas e instituciones. Esperaban obtener así la máxima explotación posible de las colonias en provecho de la metrópoli. De esa manera, las reformas borbónicas propiciaron una verdadera revolución en la Nueva España y la hicieron sentir como nunca antes sujeta al régimen colonial europeo. (6)
De aquella realidad geográfica y de esa nueva tendencia política nacieron nuevas configuraciones territoriales en la Nueva España. La inmensidad y lejanía de los territorios del norte del virreinato, con la dificultad consecuente para gobernarlos desde una sede tan distante como la ciudad de México, determinaron que a partir de 1769 se creara la Comandancia de las Provincias Internas, cuyo titular fue nombrado en 1776. Tal división se fundamentaba administrativamente en la autoridad representada por el comandante general, y la jerarquía de éste sufrió varios cambios durante la vigencia de dicho régimen administrativo, dependiendo alternativamente del virrey o no.
La tendencia general con respecto a las provincias internas fue la de agruparlas ~n provincias de oriente y de occidente, división territorial emitida por el virrey don Antonio María de Bucareli:
Provincias Internas de Oriente.
1. Texas. 2. Coahuila. 3. Nuevo Reino de León. 4. Nuevo Santander.
Provincias Internas de Occidente.
1. Nueva Vizcaya. 2. Sonora. 3. Sinaloa. 4. Nuevo México.
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Eri 1786, poco después de creado el régimen de provincias internas, se introdujo en la Nueva España el sistema de intendencias, inspirado en la noción administrativa francesa. Dentro del contexto de la nueva política hacia las, colonias, las intendencias se crearon como una medida para contrarrestar el poder personal d~1 virrey al delegar en el intendente la autoridad que aquél desde siempre había tenido dentro de la' jurisdicción territorial. En ese sentido, no sólo se fraccionaba el territorio sino que se reducía el alcance del poder virreinal, y por ende el de la Real Audiencia a una menor jurisdicción.(7) Así pues, la idea de la división territorial en intendencias se basaba en la figura del intendente, que habría de ser una autoridad dépendiente del virrey y con una determinada jurisdicción territorial. Una peculiaridad de ese sistema fue el que cada intendencia tomó el nombre de la localidad donde se asentó su capital.
La ley que sustentó el nuevo' sistema fue promulgada el 4 de diciembre de 1786 por el rey Carlos 111, denominándose Real Ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de ejército y provincia en el reino de la Nueva España, la cual fragmentaba al territorio en 12 intendencias:
1. México. 2. Guadalajara. 3. Puebla. 4. Veracruz. 5.' Mérida. 6. Oaxaca
7. Guanajuato. 8. Valladolid. 9. San Luis Potosí.
10. Zacatecas. 11. Durango. 12. Arizpe.
El régimen de provincias internas, concebido para las características de los extensos territorios del norte de la Nueva España, no fue abolido al instituirse el de las intendencias sino que coexistieron y se complementaron hasta la consumación de la independencia. De ambos regímenes se excluyeron los territorios correspondientes al gobierno de Tlaxcala, el de la Antigua o Baja California y el de la Nueva o Alta California, ya que se éonstituían gobiernos dependientes del virrey.
Conforme al marco anterior y de acuerdo con el historiador Edmundo O'Gorman ... la de Intendencias y Provincias Internas' es el antecedente de las divisiones de México independiente ... (8)
EPOCA INDEPENDIENTE
La Independencia de los Estados Unidos de América en 1776 y la Revolución Francesa en 1789 influyeron en las ideas de libertad y autodeterminación en los pueblos de América, los que aprovechando la debilidad manifiesta de la Corona Española, ocasionada por el'desastre de Trafalgar en ·1805 y, posteriorm~nte, la ocupación de la península por las fuerzas de Napoleón en 1808, promovieron los movimientos de insurrección en contra del Imperio Español.
La invaslon de Napoleón ..a . España desbordó los .anlmos independentistas en la Nueva España; en 1810 una parte de los criollos ilustrados decidieron una solución revolucionaria y otra aceptó , .. la invitación del nuevo gobierno peninsular, nacido de la lucha contra Napoleón, de elegir diputados para un congreso que se reunzría en Cadiz, en 1811, (9) en donde se elaboró la Constitución Política de la Monarquía Española (12 de marzo de 1812). Entre cuyos preceptos se incluyó el refeljdo al de la soberanía, la cual reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece á ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes jundamentales.(10) La Constitución de Cádiz fue promulgada en la Nueva
. España en septiembre de 1812 cuando el virrey Venegas la mandó jurar y publicar. Esta Constitución en su artículo diez reconoció la división territorial en provincias internas que se mantuvo vigente hasta el fin del virreinato.
A pesar de su corta vigencia, esta legislación en su momento tuvo una gran influencia en la vida jurídica y política de la Nueva España y durante los primeros años de la vida independiente. Entre sus efectos más notables se pueden citar:
1) Instituyó el gobierno representativo e independencia política de cada una de las provincias.(11) . .
2) Reguló e implantó al ayuntamiento como el primer órgano de gobierno local; además, estableció importantes innovaciones al mismo, otorgándole personalidad jurídica.(12)
3) Creó 19s ayuntamientos constitucionales y las diputaciones provinciales, por la vía de elecciones populares directas,
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reglam~ntándose de manera importante la vida democrática de las provincias. (13)
4) S¡.¡primió. prácticamente los virreinatos y capitanías generales, así como a la Junta Superior de Hacienda y a la Legislación de Indias.
5) Redujo el poder real en las decisiones ejecutivas y legislativas.
6) Reformó las instituciones del imperio español en las colonias de ultramar (las intendencias).
7) Estableció paridad entre las provincias de ultramar y las de la península en la representación nacional de las Cortes de Cádiz.
8) Estableció la libertad de imprenta.
Durante los dos períodos en los que estuvo vigente se convocó en todas las provincias de la Nueva España a la elección de los ayuntamientos constitucionales y de las diputaciones provinciales, de acuerdo con el nuevo ordenamiento, (14) cesando todos aquellos que estuvieran en funciones hasta esa fecha. (15) Entre los preparativos para efectua~ las elecciones fueron incluidas la formación de las juntas electorales en cada uno de los partidos en que estaban divididas las provincias y el levantamiento' de un censo para determinar los lugares que deberían elegir su ayuntamiento.(16)
Al recuperar su libertad Fernando VII, en mayo de 1814, derogó y declaró nulas todas las disposiciones que fueron tomadas bajo los preceptos de la Constitución de Cádiz,(17) provocando con esto gran malestar en España y deteriorando aún más la situación del imperio en sus colonias.
As:, el primer intento de reorganizar la conformación interna del país se dio en el contexto del movimiento de Independencia con la promulgación del decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana, sancionado en Apatzingan el 24 de octubre de 1814. Debido a las críticas circunstancias que vivía la lucha por la Independencia, fue evidente que el texto se redactó con apresuramiento. Al parecer Morelos deseaba que el congreso únicamente tomara medidas oportunas de organización y gobierno que impulsaran el desarrollo del movimiento. (18)
Es por esto que en los artículos 44 y 103 otorgaron al Supremo Congreso Mexicano la permanencia como cuerpo representativo de la
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soberanía del pueblo y la facultad de elegir a los individuos del Supremo Gobierno, determinando en el artículo 48: El Supremo Congreso se compondrá de diputados elegidos uno por cada provincia, e iguales todos en autoridad. (19) En el artículo 42 de este documento se ofrece una visión geopolítica del territorio por cuya libertad se luchaba, dividiéndolo en 17 provincias. Sin embargo, en vista de la urgencia reinante los territorios tan trascendentes como el de Nuevo México, Nuevo Santander, Texas y las Californias fueron omitidos de esta división. Aparece la creación de Querétaro y la de Tecpan, que es un antecedente directo d?1 actual estado de Guerrero. Este mandato no tuvo vigencia práctica debido a la decadencia del movimiento insurgente.
Los Estados Unidos de América empezaban a surgir con deseos de anexarse la mayor cantidad de territorio. Esto lo lograron mediante hábiles maniobras diplomáticas al firmar con España el Tratado Adams-Onís el 22 de febrero de 1819, con él adquirieron el territorio de Luisiana y se fijaron por; primera vez los límites entre este país y las entonces provinciasint~rnas. Estos límites se confirmaron mediante el Primer tratado de límites y trazo de la frontera celebrado en 1828 y ratificado hasta 1832.
Mientras, los movimientos liberales en España obligaron a Fernando VII a restablecer la Constitución de Cádiz en 1820; sucesos ocurridos en Veracruz forzaron también al virrey Apodaca a restituirla en la Nueva España. I
De la misma manera que se había hecho en 1814, se convocó nuevamente a elecciones para elegir tanto ayuntamientos corno diputados en todas las provincias.
Los intereses de la aristocracia española y criolla orientaron al movimiento insurgente a, pactar el Plan de Iguala, con base en ese Plan yen los Tratados de Córdoba, al declararse la Independencia de México en 1821, el Poder Legisl,ativo recayó sobre una Junta Gubernativa que a su vez designó a una Regencia para hacerse cargo del Poder Ejecutivo, con Iturbide a la cabeza. Esta Junta Provisional decretó los artículos para las elecciories de los diputados al Congreso, el 17 de noviembre de 1821, donde se sanciona una distribución territorial en 21 provincias, que puede ser considerada la división oficial hasta 1823. No estaba, sin embargo, muy apegada a la realidad puesto que durante tal período la Capitanía General de Guatemala -que abarcaba todos los
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actuales países centroamericanos- estuvo alternativamente agr.egada y separada de México. En situación similar se encontraba Chiapas, que el 16 de enero de 1822 se declaró independiente de Guatemala y expresó su deseo de unirse al Imperio Mexicano.
México, entre 1816 -1823. Autor: Aelding Lucas Jr. (editor). Instituto Mexicano del Seguro Social. Escala gráfica de 400 millas británicas.' Publicado en El Territorio Mexicano, 1986. FUENTE:' Centro de Información del Estado de Chihuahua.
LA CONSTITUCION DE 1824
Después de la caída de Iturbide la agitación en las provincias era tal que hubo necesidad de precisar en el artículo 60. del proyecto de bases de la República federativa (21" de mayo de 182;3): Sus partes integrantes son Estados libres, soberanos é independientes en lo que exclusivamente toque á su. adm{nisttación y gobierno interior según se detalle en esta acta y en la Constitución general. (20) . .
La ley de bases consideró los decretos del 22 de agosto y del 14 de octubre de 1823 que crearon las provincias de Quer-étaro y del Istmo respectivamente. Mediante esta ley se convocó a las siguientes provincias para que enviaran sus representantes a elegir un nuevo Congreso:
1.- Alta California. 14. San Luis Potosí. 2. Baja California. 15. Santander. 3. Coahuila. 16. Sinaloa. 4. Durango. 17. Sonora. 5. Guanajuato. 18. Tabasco. 6. Guadalajara. 19. Texas. 7. Nuevo Reino de León. 20. Tlaxcala. 8. México. 21. Veracruz. 9. Nuevo México. 22. Yucatán.
10. Michoacán. 23. Zacatecas. 11. Oaxaca. 24. Chihuahua. 12. Puebla. 25. Istmo.(21) 13. Querétaro.
Chiapas hasta ese momento no se había decidido a formar parte de la federación.
El 31 de enero de 1824 se expidió el decreto por el cual se creó el Acta Constitutiva de la Federación. En ella se. integró el artículo 60. del proyecto de bases de la República federativa. Para determinar la división territorial del país se utilizó el criterio de que los estados convocados a fundar la federación, ... ni fuesen tan pocos que por su extensión y riqueza pudiesen en breves años aspirar a constituirse en naciones independientes, rompiendo el lazo federal, ni tantos que por falta de hombres y recursos viniese a ser impracticable el sistema. (22)
Durante la vigencia del Acta Constitutiva, la República de las Provincias Unidas de Centroamérica declaró su independencia el 24 de agosto de 1824. Con base en los decretos del 7 y 22 de mayo, y el del 6 de julio; así como; en las actas de las juntas del 12 y 14 de septiembre de 1824 celebradas en Chiapas, donde se declaró la anexión definitiva de esta provincia a México, la última división territorial antes de promulgarse la Constitució.n fue la siguiente:
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Carte Générale des ~lals·Unis Mexicains el des Provinces·Unies des L' Amérique Cenlrale. 1825. Sin autor. Sin información del lugar de edición. Sin escala. FUENTE: Mápoleca Manuel Orozco y Berra.
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Estados:
1. Chiapas. 2. Chihuahua. 3. Coahuiléi. con Texas. 4. Durango. 5. Guanajuato. 6. Interno de Occidente (Sonora y Sinaloa). 7. México. 8. Michoacán. 9. Nuevo León.
10. Oaxaca. 11. Puebla de los Ang~les. 12. Querétaro. . 13. San Luis Potosí. 14. Tamaulipas (antes Santander). 15. Tabasco. 1·6. Tlaxcala. 17. Veracruz. 18. Jalisco. 19. Yucatán. 20. Zacatecas (de los).
Territorios:
1. Las CalifQrnias (Alta y Baja). 2. El partido de Colima (sin el pueblo de Tonila). 3. Nuevo México. (23)
Finalmente, se promulgó la Constitución Federal el 4 de octubre de 1824, que postuló en su artículo 50. la composición territorial: Las partes de esta federacion son los estados y territoTÍQs siguientes: el estado de las Chiapas, el de Chihuahua, el de Coahuila y Texas, el de Durango, el de Guanaxuato, el de México, el de Michoacan, el de Nuevo Lean, el de Oaxaca, el de Puebla de los Angeles, el de Queretaro, el de San Luis Potosi, el de Sonora y Sinaloa, el de Tabasco, el de las Tamaulipas, el de Veracruz, el de Xalisco, el de Yucatán y el de los Zacatecas: el territorio de la alta California, el de la baja California, el de Colima, y el de Santa Fé de Nuevo México. Una ley constitucional fijará el caracter de 11axcala. (24)
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Como se observa dejó pendiente la 'situación de Tlaxcala que prefería ser territorio y no estado. Las modificaciones que se hicieron al mencionado artículo 50. se consignaron en los siguientes documentos:
1) Decreto del 18 de noviembre de 1824. Se crea el Distrito Federal, determinando su territorio por medio de un círculo de dos leguas de radio con centró en la Plaza Mayor de la Ciudad de México.
2) Decreto del 24 de noviembre de 1824. Se confiere a Tlaxcala el status de territorio de la federación.
3) Decreto del 13 de octubre de 1830. Se divide el estado formado por Sonora y Sinaloa, constituyendo cada uno de ellos un estado.
4) Ley del 23 de mayo de 1835. Se erige un territorio de la federación, bajo la inspección del Gobierno· General, a partir de la ciudad' de Aguascalientes y los pueblos de su jurisdicción todos en autoridad. (25)
De ese modo, al terminar la vigencia de la Constitución de 1824 la división territorial de la República era:
1. Chiapas (de las). 2. Chihuahua. 3. Coahuila y Texas. 4. Durango. 5. Guanajuato. 6: México. 7. Michoacán. 8. Nuevo León. 9.0axaca.
Estados:
10. Puebla de los Angeles.
Territorios:
1. Alta California. 2. Baja California. 3. Colima.
11. Querétaro. 12. San Luis Potosí. 13. Sinaloa. 14. Sonora. 15. Tabasco. 16. Tamaulipas (de las). 17. Veracruz. 18. Jalisco. 19. Yucatán. 20. Zacatecas (de los).
4. Santa Fe de Nuevo México. 5. Tlaxcala. 6. Aguascalientes.
Un Distrito Federal
Mapa de los Estados Unidos Mejicanos, 1834. Sin autor. Sin información del lugar de edición. Escala gráfica: FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
LAS SIETE LEYES CONSTITUCIONALES
Al modificarse la estructura política de la República, por ley. del 3 de octubre de 1835, se instauró el sistema centralista en el país. La corriente ideológica centralista se empezó a manifestar desde 1813, al oponerse a la Constitución de Cádiz. Lograda la Independencia su divisa fundamental fue que la única manera de evitar la paulatina disgregación del país era mantener cohesión social con base en una autoridad central fuerte, que sometiera a su mando a todo el país con sus entidades geopolíticas.(26) .
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Las entidades que integraban a la República Mexicana perdieron por lo tanto su libertad, independencia y soberanía, quedando totalmente subordinadas al gobierno central. Sin embargo, la división territorial en sí permaneció igual pues el texto del artículo 8 de esta ley únicamente determinó: El territorio nacional se dividirá en departamentos, sobre las bases de población, localidad y demás circunstancias- conducentes: su número, extensión y subdivisiones, [las] detallará una ley constitucional.(27)
Las Siete Leyes Constitucionales se promulgaron el 30 de diciembre de 1836. Fue la sexta de ellas la que se ocupó de la configuración territorial en sus artículos 10. y 20.; el 10. determinó, ratificando el criterio de la ley del 3 de octubre de 1835, que la República se dividiría en departamentos, éstos en distritos y los distritos a su vez en partidos. El artículo 20., dispuso que el arreglo de la República en departamentos se haría por una ley especial que habría de tener carácter constitucional. La ley en cuestión se llamó la Octava Base Orgánica, que formó de hecho un cuerpo aparte. de las Siete Leyes. El primero de sus artículos dispuso que el territorio nacional quedaría integrado por tantos Departamentos cuantos eran los Estados, ... (28) salvo las variaciones de que:
1) Coahuila y Texas se separaban en dos departamentos distintos,
2) El territorio de Colima se agregaría al departamento de Michoacán,
3) El territorio de Tlaxcala se integraría al departamento de México y
4) Desaparecería el Distrito Federal.
De acuerdo a lo anterior, la nueva división territorial quedaba formada por los siguientes departamentos:
1. Aguascalientes. 2. Californias. 3. Chiapas (de las). 4. Chihuahua. 5. Coahuila. 6. Durango. 7. Guanajuato. 8. México. 9. Michoacán.
10. Nuevo León.
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11. Nuevo México. 12. Oaxaca. ;13. Puebla. 14. Querétaro. 15. San Luis Potosí. 16. Sinaloa. 17. Sonora. 18. Tabasco. 1~. Tamaulipas (de las). 29. Texas.
21. Veracruz. 23. Yucatán. 22. Jalisco. 24. Zacatecas.
Tal composlclon territorial, en un pnnclplo provisional, quedó considerada como definitiva hasta el 30 de junio de 1838, por ley de esa fecha.
En este lapso de inestabilidad política también se manifestaron los problemas regionales y los conflictos entre el centro y las entidades del país. Se suscitaron rebeliones en varios lugares, entre ellos, Yucatán se pretendió separar en 1840 y se reincorporó a la nación en 1848.
Texas, con motivo del cambio del sistema federalista al centralista se opuso a participar en este último. Convocó a una Convención en Austin que declaró al pueblo de Texas en guerra contra el gobierno central de México, desconociendo, en consecuencia, a autoridades y leyes. Se desligó así del Pacto Federal Mexicano y por tanto se declaró independiente. (29) .
En cuanto a Chiapas existía el problema de que la región del Soconusco se había mantenido indecisa entre unirse a México o a Guatemala, desde la declaración de Independencia de ambas naciones en 1821. Sólo habría de definirse ElI asunto hasta el decreto del11 de septiembre de 1842, por el cual el Soconusco quedó unido a México y se le integró al departamento de Chiapas.
LAS BASES DE TACUBAYA
En 1843 el sistema centralista se reestructuró con fundamento en las Bases de Organización Política de la República conocidas como las Bases de Tacubaya, promulgadas el13 de junio de ese año. El artículo 30. de dichas bases consideró exactamente la misma división territorial anterior, aunque determinando gobiernos de excepción para las Californias, Colima y Tlaxcala. Desde luego, siguió considerando a Texas, pero este territoriq, autoerigido como República Texana, celebró un tratado de anexión con los Estados Unidos de América el 12 de abril de 1844, que después de un rechazo, se aprobó por el Congreso estadounidense el 10. de marzo de 1845.(30)
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RESTABLECIMIENTO DE LA CONSTITUCION- DE 1824
Un cambio en el sistema de gobierno se dio en México a partir del decreto del 22 de agosto de 1846 que restableció a la Constitución de 1824. De ese modo, el país volvió al federalismo (gobierno en donde el poder se distribuye entre un estado central y sus diferentes partes federadas). Se reconoció la división territorial del gobierno anterior, pero erigiendo los departamentos en estados soberanos. Se restituyó la calidad:de territorios para Colima y Tlaxcala, se reconoció otra vez al Distrito Federal; Aguascalientes, Californias (unidas), Nuevo México y Texas (separado de Coahuila) figuraron por primera vez como estados
_ de la federación. También aparecieron separadas Sonora y Sinaloa (1830). Finalmente, el 18 de mayo de 1847 se promulgó el Acta Constitutiva y de Reformas de los Estados Unidos Mexicanos, que restableció el Acta Constitutiva de enero de 1824 y la Constitución de octubre de dicho año. Como modificaciones a la configuración territorial se erigió el estado de Guerrero (de modo provisional en 1849), condicionándolo a la aceptación de las legislaturas de México, Puebla y Michoacán, de quien eran las regiones que habrían de resultar afectadas.
TRATADO DE GUADALUPE HIDALGO
A raíz de la invasión del ejército norteamericano, el 2 de febrero de 1848 se firmó el Tratado de paz, amistad y límites de Guadalupe Hidalgo, sancionado por decreto del 20 de mayo de ese año. Como consecuencia de este documento México se vio obligado a reconocer la anexión de Texas a los Estados Unidos de América y a ceder en favor de éstos los territorios correspondientes a Nuevo México, Alta California, y parte de Tamaulipas, Sonora y de la Baja California.(31)
LAS BASES PARA LA ADMINISTRACION DE LA REPUBLlCA
Un cambio más en el sistema de gobierno del país quedó determinado por el decreto del 22 de abril de 1853, que señaló a partir de ese momento como código fundamental para la reorganización del gobierno las Bases para la Administración de la República hasta la Promulgación de la Constitución. En este precepto, dentro de los artículos 10. y 20. de la sección de Gobierno Interior, se abolió la independencia y soberanía
de los estados, no obstante que el mismo documento continuaba "amándolos asÍ.
En su artículo 30. devolvía a su situación original los distritos, ciudades o pueblos que hubiesen sido separados de los estados y departamentos a que pertenecieron. E"o con excepción de Aguascalientes, que continuó considerándose un distrito de Zacatecas.
Durante ese período Lucas Alamán señalaba... creemos necesaria una nueva división territorial que confunda la actual forma de estados y facilite su buena administración;(32)
Por un comunicado del Ministerio de Guerra, dado el 21 de septiembre de 1853, se dispuso que los que hasta entonces se habían reconocido como estados habrían de denominarse departamentos.
Las modificaciones de la división territorial, de acuerdo al código señalado, fueron las siguientes:
1) Decreto del 29 de mayo de 1853. Erigió el Territorio de Tehuantepec, con capital en la ciudad de Minatitlán.
2) Decreto del 16 de octubre de 1853. Estableció el Territorio de la Isla del Carmen. Sus límites se indicaban en el decreto del 15 de julio de 1854.
3) Decreto del 10. de diciembre de 1853. Creó el Territorio de Sierra Gorda:; con capital en la Villa de San Luis de la Paz. Sus límites se fijaron mediante el decreto del 7 de marzo de 1854.
- 4) Decreto del 10. de diciembre de 1853. Agregó el Distrito de Tuxpan al Departamento de Veracruz.
5) Decreto del 10 de diciembre de 1853. Instituyó en departamento al Distrito de Aguascalientes.
6) Decreto del 16 de febrero de _ 1854. Declaró la comprensión del Distrito de México, creando, pese a ser un sistema centralista, una especie de Distrito Federal, al segregar su territorio del Departamento de México.
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7) Decreto del 20 de julio de 1854. Aprobó el Tratado de La Mesilla, mediante el cual se modifiéó la frontera con los Estados Unidos de América con pérdida de territorio para Chihuahua y Sonora.
Conforme a todas estas modificaciones el país quedó integrado como sigue:
Departamentos:
1. Aguascalientes (desde el10 de diciembre· de 1853). 2. Chiapas. 3. Chihuahua (disminuido por el Tratado de La Mesilla). 4. Coahuila. 5. Durango. 6. Guanajuato. 7. Jalisco. 8. Guerrero. 9. México.
10. Michoacán .. 11. Nuevo León. 12. Oaxaca. 13. Puebla (sin el distrito de Tuxpan). 14. Querétaro. 15. San Luis Potosí. 16. Sinaloa. 17. Sonora (disminuido por el Tratado de La Mesilla). 18. Tabasco. 19. Tamaulipas. 20. Veracruz (aumentado con el distrito de Tuxpan). 21. Yucatán. 22. Zacatecas.
Territorios:
1 . Baja California. 2. Colima .. 3. Sierra Gorda (desde el 10. de diciembre de 1853). 4, Isla del Carmen (desde el16 de octubre de 1853). 5. Tehuantepec (desde el 29 de mayo de 1853). 6. Tlaxcala.
El Distrito de México.
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EL PLAN DE AYUTLA
El Plan de Ayutla reformado en Acapulco, el 11 de marzo de 1854, en su artículo 20. respetó, en principio, la división territorial anterior y se limitó a convocar un representante por cada Departamento y Territorio de los que hoy ecsisten, y por el Distrito de la capital.(33}
El Estatuto Orgánico Provisional, conocido como Código Lafragua y promulgado el15 de mayo de 1856, aportó. el fundamento jurTdico de gobierno del país en el ínterin entre el Plan de Ayutla y la Constitución de 1857. Dicho documento dejó en alguna forma abierta la posibilidad de optar posteriormente por el federalismo o por el centralismo, aunque tomó cierto partido al denominar como Estados a las entidades que formaban la República. Así, en su artículo 20. conservó la división territorial inmediata anterior, determinando la existencia de 22 estados, el Distrito de la capital y 6 territorios. (34)
Dentro de este período, ~I 19 de febrero de 1856 el general Santiago Vidaurri decretó la incorporación a Nuevo León del territorio que correspondía a Coa huila. El asunto fue motivo de largas discusiones y estudios por parte del Congreso, que finalmente acordó dejar a la Asamblea Constituyente la resolución final del asunto. (3S)
CONSTITUCION DE 1857
Al frente de la República restaurada estuvo... el grupo más inteligente, más experimentado y patr,iota que la nación había tenido, Benito Juárez era el presidente de la República, ... (36} y continuó vigente la Constitución del 5 de febrero de 1857.
La Constitución recogía la esencia de la de 1824: carácter federal del estado y sistema democrátir,o, representativo y republicano de gobierno, estableciendo en el artículo 43 que las partes integrantes de la federación son:
Estados:
1. Aguascalientes. 2. Colima. 3. Chiapas.
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4. Chihuahua. 5. Durango. 6. Guanajuato. 7. Guerrero. 8: Jalisco. 9. México.
10. Michoacán. 11. Nuevo León y Coahuila (unidos). 12.0axaca. 13. Puebla. '14 .. Querétaro. 15. San Luis Potosí. 16. Sinaloa. 17. Sonora. 18. Tabasco .. 19. Tamaulipas. 20. Tlaxcala. 21. Valle de México. 22. Veracruz. 23. Yucatán. 24. Zacatecas.
Territorio:
Baja California.
Desaparecieron, por tanto, Coahuila como estado independiente y los territorios de Sierra Gorda, Tehuantepec e Isla del Carmen. Y parecería que también se suprimió al Distrito Federal, mas no había sido así: se trataba de una deficiencia de enumeración en el texto constitucional. El estado del Valle de México, que consideraba al Distrito Federal, constituía un proyecto su ... erección sólo tendrá efecto cuando los supremos poderes federales se trasladen a otro lugar, (37) como quedó precisado en el artículo 46 de ese mismo texto constitucional. El Distrito Federal, por lo tanto, seguía teniendo plena vigencia, de acuerdo al decreto del 6 de mayo de 1861. En él se definió su integración con la municipalidad de México y los partidos de Guadalupe Hidalgo, Xochimilco, Tlalpam y Tacubaya.
Nouvelle Carte du Mexique donnat le port de la Vera-Cruz, 1866. Sin autor. Sin información del lugar de edición .. Sin escala. FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Serra.
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Posteriorrnente, se realizaron modificaciones a la divisiqn territorial:
1) Decreto del 19 de febrero de 1862. Erigió al estado de Campeche a partir del distrito del mismo nombre, originalmente integrado al estado de Yucatán. Esta erección quedó ratificada por decreto del 29 de abril de 1863.
2) Decreto del 7 de junio de 1862. Creó tres distritos militares dentro del territorio del Estado de México, y en su artículo 50. agregó algunos distritos de ese estado al Distrito Federal, con 16 cual éste aumentó su extensión territorial.
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Atlas General de la Repablica Mexicana, 1877. Publicado por el Ministeño de Fomento. Sin información del lugar de edición. Sin escala. FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
EL IMPERIO DE MAXIMILlANO
Durante esta época se pretendió realizar una distribución más racional, fundada en criterios científicos. El autor del proyecto, don Manuel Orozco y Berra, se apoyó para ello en las consideraciones de que la división tuviera: 1) el mayor número de fracciones políticas que permitieran; 2) darles límites natur~les en tanto el terreno se prestara, considerando que; 3) cada fracción política pudiera sostener en el futuro un número similar de habitantes. Este proyecto se expresó en el artículo 20. de la Ley sobre la división territorial del Imperio Mexicano del 3 de malZo de 1865, de la siguiente manera:
El Territorio del Imperio se divide en cincuenta Departamentos, en esta forma: ... Yucatan ... Campeche ... de la Laguna ... Tabasco ... Chiapas ... Tehuantepec ... Oajaca ... Ejutla ... Teposcolula ... Veracruz ... Túxpan. .. Puebla ... l1axcala. .. Valle
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de México ... Tulancingo ... Tula ... Toluca ... lturbide ... Querétaro ... Guerrero .. . Acapulco ... Michoacan ... Tancítaro ... Coalcoman ... Colima ... Jalisco ... Autlan .. . Nayarit ... Guanajuato ... Aguascalientes ... Zacatecas ... del Fresnillo ... del Potosí... Matehuala... Tamaulipas... Matamoros... Nuevo-Leon... Coahuila .. . Mapimi... Mazatlan... Sinaloa... Durango... Nazas... Alamos... Sonora .. . Arizona ... Huejuquilla ... Batopilas... Chihuahua ... California ...
La división antes mencionada fue ratificada en el Estatuto provisional del Imperio Mexicano, del 1 O de abril de 1865, en su artículo 52 determinó:
Eh territorio nacional se divide, por ahora, para su administración, en ocho grandes divisiones (las cuales nunca fueron definidas); en cincuenta departamentos; ~ cada departamento en distritos, y cada distrito en municipalidades: una ley fijará el número de distritos y municipalidades, su respectiva circunscripción.
MODIFICACIONES A LA CONSTITUCION DE 1857
Además de las ya mencionadas, tanto durante la época del Imperio de Maximiliano como con posterioridad a la restauración de la República, se hicieron diversas e importantes reformas a los artículos 43 y 46 de la Constitución de 1857, las que en seguida se indican:
1) Decreto del 26 de febrero d~ 1.864. Separó al estado de Coahuila del de Nuevo León, devolviéndole su status de estado libre y soberano y todo su territorio original. Esta disposición quedó confirmada por decreto del 20 de noviembre de 1868.
2) Decreto del 16 de enero de 1869. Erigió en estado de Hidalgo al 20. Distrito Militar del estado de México (creado por el decreto del 7 de junio de 1862). .
3) Decreto del 17 de abril de 1869. Instituyó en estado de Morelos al 3er. Distrito Militar del estado de México (creado por el decreto del 7 de junio de 1862). <
4) Comunicado del 16 de octubre de 1874. Se aprobó que la municipalidad de Calpulalpam del estado de México pasara a formar parte del estado de Tlaxcala.
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Otro documento importante fue el Tratado de Límites MéXico-Gu.atemala, expedido el 2" de mayo de 1883, en cuyo artículo 30. el país centro· americano renunció a sus pretensiones en general sobre el estado de Chiapas y en particular sobré el territorio del Soconusco.
5) Reforma al artículo 43 de la Constitución, emitida el12 de diciembre de 1884. Creó el Territorio de Tepic, formado con la circunscripción que correspondía al 70. cantón de Jalisco. '
,·tF' .
6) Decreto del 13 de diciembre de 1892. El estado de Coahuila cede al estado de Nuevo León el fundo de la Pita con todos sus terrenos sobre el Río Bravo.
El gobierno de la Repú,blica Mexicana y el gobierno Británico firmaron, el3 de agosto de 1897, el Tratado sobre el límite entre dicha República y la Colonia de Honduras Británica.
7) Reforma al artículo ~de la Constitución' promulgada el 24 de noviembre de 1902. Estableció el Territorio de Quintana Roo, formado con la porción oriental del estado de Yucatán.
En este conteJ5to; el, artículo 43, de la Constitución de 1857 quedó reformado como en adelante se expresa:"
,,1. Aguascalientes 2. Campeche 3. Coahuila 4. Colima 5. Chiapas 6. Chihuahua 7. Durango 8. Guanajuato 9. Guerrero
10. Hidalgo 11. Jalisco 12. México 13. Michoacán 14. Morelos
Estados:
15. Nuevo'León 16. Oaxaca, , 17. Puebla 18. Querétaro' 19. San Luis Potosí 20. Sinaloa 21. Sonora 22. Tabasco 23. Tamaulipas 24. Tlaxcala 25. Valle de México 26. Veracruz
, 27. Yucatán 28. ' Zacatecas
T erritoriQs:
1. Baja California. 2. Quintana Roo. 3. Tepic.
CONSTITUCION DE 1917
Las demandas políticas, sociales y económicas que dieron vida a la Revolución de 1910, se legislaron en la Constitución de 1917.
Un elemento político básico en y para la forma de gobierno de los pueblos se dio con la reforma al artículo 109 constitucional, conforme al decreto del 25 de diciembre, de 1914, allí se prescribió que los estados adoptarán p{lra su régimen interior la forma de Gobierno Republicano, representativo, popular, teniendo como base de su organización política el municipio libre, administrado por ayuntamientos de elección popular directa, sin que haya autoridades intermedias entre éstos y el gobierno del estado.(38) Con este paso se uniformó la división territorial hacia el interior de los estados, que anteriormente comprendía múltiples categorías en que éstos se conformaban: partidos, cantones, distritos, entre otros.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos promulgada el 5 de febrero de 1917 determinó en su artí(!ulo 43 Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, éampeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato;' Guerrero, Hidalgo,Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxdca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, TIaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, Distrito Federal, Territorio de Baja California y Territorio de Quintana Roo.(39) Cabe señalar, con respecto al territorio de Quintana Roo, que éste se suprimió (10 de junio de 1913) y se volvió a consignar como territorio segregado del estado de Yucatán .el 26 de junio de 1915. En esta carta magna se observa que el territorio de T epic es elevado al rango de estado libre y soberano con el nombre de Nayarit. Además, eliminó de su enumeración de entidades al estado del Valle de México e incluyó al Distrito Federal, reconociendo una realidad que no se había modificado desde la promulgación del texto constitucional de 1857 y dándole a la vez su calidad 'de proyecto al mencionado estado del Valle de México.
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División Territorial aprobada por el decreto del 8 de octubre de 1974. Autor: Aurea Commons. Instituto de Ge09ralfa. UNAM, México. Escala 1:18000000 Publicado en el Alias Nacional d, México, 1990. FUENTE: INEGI. Centro de Información Sede.
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Así mismo, se estableció en el artículo 48 que el territorio insular (islas, cayos y arrecifes de los mares adyacentes) depende de la federación, a excepción de aquél que hasta la fecha ha estado bajo la jurisdicción de las entidades federativas.
En la Constitución de 1917 particular importancia tuvo el artículo 115, que reconoció al municipio libre y lo convirtió en la célula política y territorial del país:
Los'. Estados adoptarán, para su reglmen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre ...
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L Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección populár directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado ...
IL Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley ...
El texto original de esta Constitución, en materia de división territorial, se ha reformado y modificado como a continuación se expresa:
1) Reforma a los artículos 43 y 45 constitucionales, publicada en el Diario Oficial dela f~deración del 7 de febrero de 1931. Divide la Baja California en dos territorios cuyo límite entre sí queda señalado por el paralelo 280 00' 00" N. Denominándose en lo sucesivo Territorio Norte de la Baja California y Territorio Sur de la Baja California .
2) Reforma a los artículos 43 y 45 constitucionales, publicada en el Diario Oficial de la féderación del 19 de diciembre de 1931. Desaparece el territorio de Quintana Roo y se integra a los estados de Yucatán y Campeche.
3) Decreto que adiciona al artículo 45 constitucional, publicado en el Diario Oficial de la federación del 22 de marzo de ·1934. Asigna el territorio insular de Qúintana Roo a Yucatán y a Campeche.
4) Reforma a los artíc~los 43 y 45 cons~itucionales, publicada en el Diario Oficial de la federación del 16 de enero de 1935. Restablece al territorio de Quintana Roo, devolviendo a los estados de Yucatán y Campeche los límites que tenían antes de la desaparición de dicho territorio.
5) Acuerdo entre el estado de Campeche y el territorio de Quintana Roo, del 21 de junio de 1940. El conflicto entre límites se concilia entre estas dos entidades.
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Estados Unidos Mexicanos. División Municipal, 1990. Editado por ellNEGI. Escala: -1:2 700 000 FUENTE: INEGI. Dirección General de Estadfstica. Coordinación Nacional de Carlograffa Censal.
6) Reforma a los artículos 43 y 45 constitucionales, publicada en el Diario Oficial de la federación del 16 de enero de 1952. Erige al territorio de Baja California Norte en estado libre y soberano.
7) Decreto publicado en el Diario Oficial de la federación -del 8 de octubre de 1974. Erige en estados libres y soberanos a los territorios de Baja California Sur y Quintana Roo.
8) Debido a la desaparición de la categoría territorio federal, al erigirse los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, se derogó la fracción 11 del artículo 73, que se refería a las facultades del Congreso para convertir los territorios en estados, el 8 de octubre de 1974. Así como a los demás artículos y sus fracciones relativas a este concepto.
En consecuencia de todo lo hasta aquí expuesto, el texto actual del artículo 43 constitucional es el siguiente:
Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, TIaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal.(40}
De esa manera, la división territorial vigente de los Estados _Unidos Mexicanos contempla a 31 estados libres y soberanos y al Distrito Federal, asiento de los poderes de la federación, con un régimen político particular.
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Cambios en la División del País
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CAMBIOS EN LA DIVISIÓN DEL PAÍS Y SU EFECTO EN EL ESTADO
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19 de marzo de 1812 Constitución Política de la Monarquía Española (artículos 10 y 309).
Art. 10.- El territorio español comprende ... En la América Septentrional, Nueva España con la Nueva Galicia y Península de Yucatán, ... provincias internas de Oriente, provincias internas de Occidente, ... Art. 309.- Para el gobierno interior de los pueblos habrá ayuntamientos, compuestos del alcalde o alcaldes, los regidores y el procurador síndico, y presididos por el jefe político, donde lo hubiere, y en su defecto por el alcalde o el primer nombrado entre éstos, si hubiere dos.
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
24 de octubre de 1814
Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana (artículo 42o.). Sin vigencia práctica.
Art. 42o. Miéntras se haga una demarcacion exácta de esta AMERICA MEXICANA, y de cada una de las provincias que la componen,... México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatan, Oaxaca, Técpan, Michoacan, Querétaro, Guadalaxara, Guanaxuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coaguila, y nuevo reyno de Leon. El país se divide en 17 provincias.
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
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22 de febrero de 1819
Tratado Adams-Onís o Tratado Transcontinental entre España y Estados Unidos de América. Se fija la frontera entre los Estados Unidos de América y las Provincias Internas.
... La línea entre los dos países, al Occidente del Misissippi, arrancará del Seno mexicano en la embocadura del Río Sabina, en el mar; seguirá al Norte por la orilla occidental de este río hasta el grado 32o. de latitud septentrional; desde allí, por una línea recta al Norte hasta el grado de latitud en que entra el Río Rojo de Nachitoches, (Red River) y continuará por el curso del Río Rojo al Oeste hasta el grado 100 de longitud occidental de Londres y 23 de Washington, en que cortará este río y seguirá por una línea recta al Norte por el mismo grado hasta el río Arkansas, cuya orilla meridional seguirá hasta su nacimiento en el grado 42 de latitud septentrional, y desde dicho punto se tirará una línea recta por el mismo paralelo de latitud hasta el mar del Sur; todo, según el mapa de los Estados Unidos de Melish, publicado en Filadelfia y perfeccionado en 1818. Pero si el nacimiento del río Arkansas se hallase al Norte ó Sur de dicho grado 42 de latitud, seguirá la línea desde el origen de dicho río, recta al Sur ó Norte, según fuere necesario, hasta que encuentre el expresado grado 42 de latitud, y desde allí, por el mismo paralelo hasta el mar del Sur. Pertenecerán á los Estados Unidos todas las islas de los ríos Sabina, Rojo de Nachitoches y Arkansas, y en la extensión de todo el curso descrito; pero el uso de las aguas y la navegación del Sabina hasta el mar, y de los expresados ríos Rojo y Arkansas, en toda la extensión de sus mencionados límites en sus respectivas orillas, será común á los habitantes de las dos naciones...
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
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17 de noviembre de 1821
Convocatoria a Cortes. Artículos para las elecciones de los diputados al Congreso (artículos 8, 10 y 11).
8.- ...provincias de México, Guadalajara, Veracruz, Puebla, Nueva Vizcaya, Sonora, Valladolid, Oaxaca, Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato y Mérida de Yucatan,... la provincia de Chiapas,... 10.- Las provincias de Tlaxcala, Nuevo reino de Leon, Santander, Coahuila, Tejas, Nuevo México, la California alta y la baja... 11.- La ciudad de Querétaro mandará á la capital de esta provincia de México una diputación de cuatro individuos de su ayuntamiento... de los cuales dos y un suplente llevarán el nombre de diputados de Querétaro, ... México se integra por 21 provincias.
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
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16 de enero de 1822
Decreto. Incorporación de Chiapas a México.
...Que el presbítero Dn. Pedro Solórzano... ha solicitado que la nominada provincia que ántes de ahora pertenecia á Guatemala quede separada perpetuamente del gobierno de este reino y admitida en el número de las que componen el imperio mejicano y proclamando su independencia de la monarquía española bajo el plan de Iguala y tratado de Córdova; y respecto á que la junta soberana provisional en sesión de 12 del último Noviembre otorgó la misma solicitud instaurada entónces por varias autoridades de la repetida provincia, se declara ésta incorporada para siempre en el imperio,... gozará de los derechos y prerogativas que correspondan á las demas provincias mejicanas,...
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
17 de junio de 1823 Bases para las elecciones del nuevo Congreso (artículo 9).
9.- Las provincias son: California Alta, California Baja, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guadalajara, Leon (Nuevo reino de), México, Nuevo México, Michoacan, Oaxaca, Puebla, Querétaro, S. Luis Potosí, Santander, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tejas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatan y Zacatecas.
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
22 de agosto de 1823
Decreto que declara la comprensión del territorio de la provincia de Querétaro.
El soberano congreso mexicano ha tenido á bien decretar que ínterin se hace la division del territorio de las provincias, la de Querétaro, para su gobierno económico y político, se compondrá del que hoy tienen los partidos de su capital, Cadereita y San Juan del Rio.
Se segrega parte del territorio de la provincia de México para formar el nuevo estado de Querétaro.
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14 de octubre de 1823
Decreto que declara la formación de la provincia del Itsmo (artículos 1 y 2).
1.- Se formará una provincia de las jurisdicciones de Acayucan y Tehuantepec, llamada provincia del Itsmo. 2.- La capital de esta provincia será Tehuantepec, por ahora, y mientras se forma una población en el centro del Itsmo en el lugar que asigne el gobierno,...
El territorio del actual Estado de México forma parte de la provincia del mismo nombre.
31 de enero de 1824
Se decreta el Acta Constitutiva de la Federación (artículo 7o.).
Art 7o.- Los estados de la federacion son por ahora los siguientes: el de Guanajuato; el interno de Occidente, compuesto de las provincias de Sonora y Sinaloa; el interno de Oriente, compuesto de las provincias de Coahuila, Nuevo-Leon y los Tejas; el interno del Norte, compuesto de las provincias de Chihuahua, Durango y Nuevo-México, el de México, el de Michoacan, el de Oajaca, el de Puebla de los Angeles, el de Querétaro, el de San Luis Potosí, el del Nuevo Santander, que se llamará de las Tamaulipas, el de Tabasco, el de Tlaxcala, el de Veracruz, el de Xalisco, el de Yucatan, el de los Zacatecas. Las Californias y el partido de Colima (sin el pueblo de Tonila, que seguirá unido á Xalisco), serán por ahora territorios de la federacion, sujetos inmediatamente á los supremos poderes de ella. Los partidos y pueblos que componian la provincia del istmo de Guazacualco, volverán á las que ántes han pertenecido. La Laguna de Términos corresponderá al estado de Yucatan.
La provincia de México se convierte en estado de la federación.
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7 de mayo de 1824 Decreto que declara estados de la federación a Nuevo León y a Coahuila con Tejas (artículos 1 y 2).
1.- Nuevo Leon será en lo sucesivo un Estado de la federacion mexicana... 2.- Tambien formarán otro, Coahuila y Tejas; pero tan luego como esta última estuviese en aptitud de figurar como estado...
México es estado de la federación.
22 de mayo de 1824
Decreto que declara a Durango estado de la federación.
Durango formará un Estado de la federacion mexicana.
México es estado de la federación.
6 de julio de 1824 Decreto que declara a Chihuahua estado de la federación y a Nuevo-México territorio de la misma (artículos 1 y 4).
1.- La provincia de Chihuahua será un Estado de la federacion. 4.- La provincia de Nuevo-México queda de territorio de la federacion.
México es estado de la federación.
14 de septiembre de 1824
Incorporación de Chiapas a México.
Los pueblos del estado de Chiapas se unen en un acto voluntario a la Nación Mexicana.
México es estado de la federación.
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SITUACIÓN
NACIONAL ESTATAL
4 de octubre de 1824 Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 5).
Art 5.- Las partes de esta federacion son los Estados y territorios siguientes: el Estado de las Chiapas, el de Chihuahua, el de Coahuila y Tejas, el de Durango, el de Guanajuato, el de México, el de Michoacan, el de Nuevo Leon, el de Oajaca, el de Puebla de los Angeles, el de Querétaro, el de San Luis Potosí, el de Sonora y Sinaloa, el de Tabasco, el de las Tamaulipas, el de Veracruz, el de Xalisco, el de Yucatán y el de los Zacatecas: el territorio de la Alta California, el de la Baja California, el de Colima, y el de Santa Fé de Nuevo México. Una ley constitucional fijará el carácter de Tlaxcala. Durante la primera República federal el país se divide inicialmente en 19 estados y cuatro territorios.
México es estado de la federación.
18 de noviembre de 1824
Decreto que señala a México con el distrito que se expresa para la residencia de los supremos poderes de la federación (artículos 1 y 2).
1.- El lugar que servirá de residencia á los supremos poderes de la federacion..., será la ciudad de México. 2.- Su distrito será el comprendido en un círculo cuyo centro sea la plaza mayor de esta ciudad y su radio de dos leguas.
Se segrega parte del territorio del Estado de México para formar el Distrito Federal.
24 de noviembre de 1824
Decreto que declara a Tlaxcala territorio de la federación (artículo 1).
1.- Se declara á Tlaxcala territorio de la federacion.
México es estado de la federación.
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13 de octubre de 1830
Ley por la cual se aprueba la división del estado de Sonora y Sinaloa.
Se aprueba la division del Estado de Sonora y Sinaloa..., formando Sinaloa un solo Estado, y otro Sonora.
México es estado de la federación.
23 de mayo de 1835
Ley que declara territorio de la federación a Aguascalientes (artículo 2).
2.- En el hecho de que tres cuartas partes de las legislaturas convengan en dicha solicitud, quedará Aguascalientes y pueblos del partido, erigidos en Territorio de la Federacion.
México es estado de la federación.
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NACIONAL ESTATAL
30 de diciembre de 1836
Bases y Leyes Constitucionales de la República Mexicana (Las Siete Leyes), Sexta Ley: División del territorio de la República y gobierno interior de sus pueblos (artículo 1). Ley de División del Territorio Mexicano en Departamentos (artículos 1 y 2).
Art 1.- La República se dividirá en departamentos ... Los departamentos se dividirán en distritos y éstos en partidos.
Art. 1.- El territorio mexicano se divide en tantos Departamentos cuantos eran los Estados,... El país se divide en 24 departamentos: Aguascalientes, Californias, de las Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacán, Nuevo León, Nuevo México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, de las Tamaulipas, Tejas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. (O'Gorman, p. 84) 2.- El que era Estado de Coahuila y Tejas, se divide en dos Departamentos, cada uno con su respectivo territorio. Nuevo México será Departamento. Las Californias Alta y Baja serán un Departamento. Aguascalientes será Departamento con el territorio que hoy tiene. El Territorio de Colima se agrega al Departamento de Michoacan. El Territorio de Tlaxcala se agrega al Departamento de México. La capital del Departamento de México es la ciudad de este nombre.
El Estado de México es d epartamento de la república centralista.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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NACIONAL ESTATAL
30 de junio de 1838 Ley de división del territorio de la República en veinticuatro departamentos.
El congreso general, cumpliendo con lo prevenido en los artículos 1o. y 2o. de la sexta ley constitucional, divide el territorio de la República en veinticuatro Departamentos, que se denominarán de Aguascalientes, Californias, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacan, Nuevo Leon, Nuevo México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tejas, Veracruz, Yucatan y Zacatecas, cuya extension y capitales serán las que actualmente tienen, y la de Coahuila la ciudad del Saltillo.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
11 de septiembre de 1842
Decreto que declara agregado a la República el territorio de Soconusco (artículo 1).
1.- El Distrito de Soconusco queda unido irremisiblemente al Departamento de las Chiapas, y consiguientemente á la nacion mexicana.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
13 de junio de 1843 Bases de organización política de la República Mexicana (artículos 3 y 4).
3.- El número de los Departamentos y sus límites se arreglarán definitivamente por una ley, continuando por ahora como existen... 4.- El territorio de la República se dividirá en Departamentos, y éstos en Distritos, Partidos y Municipalidades...
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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NACIONAL ESTATAL
22 de agosto de 1846
Decreto por el cual se declara vigente la Constitución de 1824 (artículo 1).
Art. 1. Mientras se publica la nueva Constitucion, regirá la de 1824, en todo lo que no pugne con la ejecucion del plan proclamado en la Ciudadela de esta capital el dia 4 del presente mes, y lo permita la escéntrica posicion de la República. Se restituye la República federal dividiéndose en 24 estados: Aguascalientes, Californias, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, México, Michoacán, Nuevo León, Nuevo México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Texas, Veracruz, Jalisco, Yucatán y Zacatecas; 2 territorios: Colima y Tlaxcala; y el Distrito Federal. (O'Gorman, p. 100)
México se restablece como estado de la federación.
18 de mayo de 1847 Acta Constitutiva y de Reformas de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 6).
6.- Son Estados de la Federacion los que se expresaron en la Constitucion federal y los que fueron nombrados despues conforme á ella. Se erige un nuevo Estado con el nombre de Guerrero, compuesto de los distritos de Acapulco, Chilapa, Tasco y Tlapa, y la municipalidad de Coyucan, ...
México es estado de la federación.
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2 de febrero de 1848
Tratado de Guadalupe Hidalgo (artículo V).
ARTICULO V. La línea divisoria entre las dos Repúblicas comenzará en el Golfo de México, tres leguas fuera de tierra frente á la desembocadura del Río Grande, llamado... Rio Bravo del Norte; ó del más profundo de sus brazos,..., siguiendo el canal más profundo, donde tenga mas de un canal, hasta el punto en que dicho rio corta el lindero meridional de Nuevo México: continuará luego hacia Occidente por todo este lindero meridional (que corre al Norte del pueblo llamado Paso) hasta su término por el lado de Occidente: desde allí subirá la linea divisoria hácia el norte por el lindero occidental de Nuevo México, hasta donde este lindero esté cortado por el primer brazo del rio Gila;... continuará después por mitad de este brazo y del rio Gila hasta su confluencia con el Rio Colorado; y desde la confluencia de ambos rios la linea divisora cortando el Colorado, seguirá el límite que separa la Alta de la Baja California hasta el Mar Pacífico. ... queda convenido que dicho límite consistirá en una línea recta tirada desde la mitad del Rio Gila en el punto donde se une con el Colorado, hasta un punto en la costa del mar Pacífico, distante una legua marina al sur del punto mas meridional del puerto de San Diego,...
México es estado de la federación.
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20 de mayo de 1848 Acta de Reformas de mayo de 1847, modificada por el Tratado de Guadalupe Hidalgo firmado el 2 de febrero de 1848.
Se fijan los nuevos límites de la República con los Estados Unidos de América, existiendo 21 estados: Chiapas, Chihuahua, Coahuila (sin Texas), Durango, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Guerrero (condicionado); tres territorios: Baja California, Colima y Tlaxcala; y el Distrito Federal. (Nuestra Constitución No. 15, p. 41). Se pierde Texas, Alta California y Nuevo México.
México es estado de la federación.
15 de mayo de 1849 Decreto que declara la erección del estado de Guerrero (artículo 1).
Art. 1. Se erige un nuevo Estado con el nombre de Guerrero, que se compondrá de los Distritos de Acapulco, Chilapa, Tasco y Tlapa, y la municipalidad de Coyuca, pertenecientes los tres primeros al Estado de México, el cuarto al de Puebla y la quinta al de Michoacán; quedando por límite de ésta el rio de las Balsas.
México es estado de la federación.
27 de octubre de 1849
Decreto que declara erigido al estado de Guerrero (artículo 1).
Art. 1. Por cuanto ha sido ratificada por las legislaturas... la ley del Congreso de la Union, de 15 de Mayo del corriente año, queda erigido en la Federacion mexicana un nuevo Estado con el nombre de Guerrero...
Se segrega gran parte del territorio del Estado de México para formar el nuevo estado de Guerrero.
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22 de abril de 1853 Bases para la administración de la República hasta la promulgación de la Constitución (Sección 3ª, artículo 3).
3.- Los distritos, ciudades y pueblos que se han separado de los Estados y departamentos á que pertenecen, y los que se hayan constituido bajo una nueva forma política, volverán á su antiguo ser y demarcacion, ... Se exceptúa de la anterior disposicion al partido de Aguascalientes. El país se divide en 21 estados: Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, México, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Guerrero; tres territorios: Baja California, Colima y Tlaxcala; y el Distrito Federal.
México es estado de la federación.
29 de mayo de 1853 Decreto que declara territorio al Istmo de Tehuantepec (artículos 2 y 5).
2.- Se declara territorio al istmo de Tehuantepec... 5.- La capital del territorio será la villa de Minatitlan...
México es estado de la federación.
21 de septiembre de 1853
Comunicado del Ministerio de Guerra.
...El Excmo. Sr. presidente de la República se ha servido acordar, que en lo sucesivo se denominen Departamentos los que hasta hoy se han llamado Estados;...
El Estado de México es departamento de la república centralista.
16 de octubre de 1853
Se crea el territorio de la Isla del Carmen (artículo 1).
Art. 1.- Se declara territorio la Isla del Cármen, independiente del gobierno de Yucatán ...
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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1o. de diciembre de 1853
Decreto de formación del territorio de la Sierra Gorda (artículos 1 y 2).
Decreto que agrega el distrito de Tuxpan al departamento de Veracruz (artículo 1).
Art. 1.- Todas las poblaciones situadas en lo que hoy se llama Sierra-Gorda, formarán en lo sucesivo un territorio con denominacion de TERRITORIO DE LA SIERRA-GORDA,... 2.- Será la capital del territorio la villa de San Luis de la Paz ... Art. 1.- El Distrito de Tuxpan con todos los pueblos contenidos en su comprension, pertenecerá en lo de adelante, tanto en lo civil como en lo político, al Departamento de Veracruz, formando parte de su territorio.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
10 de diciembre de 1853
Decreto que declara departamento al distrito de Aguascalientes (artículo único).
Artículo único. Se declara Departamento de la República el antiguo distrito de Aguascalientes, cuyo territorio será el mismo que tuvo á consecuencia de lo dispuesto por las leyes de 30 de Diciembre de 1836 y 30 de Junio de 1838.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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16 de febrero de 1854
Decreto del gobierno central. Se declara la comprensión del Distrito de México (artículos 1 al 3).
Aunque no se menciona directamente, el Distrito de México es segregado del departamento al que pertenecía en su origen para ser considerado como una entidad diferente de los departamentos en que se dividía la república pero con una importancia equiparable a la de éstos. No podía llamarse Distrito Federal porque el gobierno era en ese momento de índole centralista, pero en la práctica constituía algo muy similar. Art. 1. El Distrito de México se extenderá hasta las poblaciones que expresa este decreto, y á cuantas aldeas, fincas, ranchos, terrenos y demás puntos estén comprendidos en los límites, demarcaciones y pertenencias de las poblaciones mencionadas. Por el Norte próximamente, hasta el pueblo de San Cristóbal Ecatepec inclusive: por el N. O. Tlalnepantla: por el Poniente los Remedios, San Bartolo y Santa Fé: por el S. O. desde el límite oriental de Huisquilucan, Mixcoac, San Angel y Coyoacan: por el Sur Tlalpam: por el S. E. Tepepa, Xochimilco é Ixtapalapa: por el Oriente el Peñon Viejo, y entre este rumbo, el N. E. y N., hasta la medianía de las aguas del lago de Texcoco. 2. Se divide el Distrito en las prefecturas centrales é interiores correspondientes á los ocho cuarteles mayores que forman la municipalidad de México, segun su antigua demarcacion, y con la sola excepcion del pueblo de San Miguel Chapultepec, que está fuera de ella, en virtud del decreto de 8 de Abril de 1853; y en tres exteriores, á saber: la 1ª del Norte, cuya cabecera será Tlalnepantla: la segunda del Occidente, cuya cabecerá será Tacubaya: la 3ª del Sur, cuya cabecerá será Tlalpam. 3. La primera comprende en su límite exterior desde los setentrionales y orientales de Atzcapotzalco, la demarcacion de Tlalnepantla, hasta tocar con la de San Cristóbal Ecatepec, el lago de Texcoco hasta los terrenos del Peñon Viejo exclusive, y comprenderá todas las demás
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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7 de marzo de 1854 Decreto mediante el cual se señalan los límites del territorio de Sierra-Gorda (artículo 1).
Art. 1. Los límites del territorio de Sierra-Gorda, que se erigió por decreto de 1o. de Diciembre de 1853, serán los siguientes: Partiendo de su capital, que es San Luis de la Paz, una línea recta ... á terminar ... al río de Santa María: desde este punto hácia el N.E., una línea que toque los linderos de la hacienda del Jabalí... otra que se dirija al límite del Norte de la colonia de San Ciro de Albercas, desde donde inclinándose al S.E. tocará los términos exteriores de la colonia Arista. Desde el lindero Sur de ésta se tirará una recta al S.O., hasta encontrar el límite meridional de San José de Iturbide, pasando tambien por los linderos meridionales de Xichú y Tierrablanca. Por último, de San José de Iturbide irá á terminar el límite del territorio por una línea recta á San Luis de la Paz, que fué el punto de la partida.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
15 de julio de 1854
Decreto que señala los límites del territorio de la Isla del Carmen (artículo 1).
Art. 1. El Territorio de la Isla del Cármen tendrá por límites: al Norte, el mar Atlántico, desde el Baradero hasta la Barra de San Pedro y San Pablo, y por el Oeste y Sur, el cauce del río ... de Usumasinta, hasta la población de Canizan, y por el Este, una línea recta tirada desde este ultimo punto hácia el Norte hasta el Baradero, en donde comenzó la demarcacion.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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20 de julio de 1854
Tratado de la Mesilla (artículo 1). Artículo 1.- La República Mexicana conviene en señalar para lo sucesivo como verdaderos límites con los Estados Unidos los siguientes: Subsistiendo la misma línea divisoria entre las dos Californias, tal cual está ya definida y marcada conforme al artículo quinto del tratado de Guadalupe Hidalgo, los límites entre las dos Repúblicas serán los que siguen: comenzando en el Golfo de México á tres leguas de distancia de la costa, frente á la desembocadura del rio Grande, como se estipuló en el artículo quinto del tratado de Guadalupe Hidalgo; de allí, segun se fija en dicho artículo, hasta la mitad de aquel
rio al punto donde la paralela del 31 47' de latitud Norte atraviesa el mismo rio; de allí, cien millas en línea recta al Oeste; de allí, al Sur á la
paralela del 31 20' de latitud Norte; de allí,
siguiendo la dicha paralela de 31 20' hasta el
111 del meridiano de longitud Oeste de Greenwich; de allí, en línea recta á un punto en el rioColorado, veinte millas inglesas abajo de la union de los rios Gila y Colorado; de allí, por la mitad de dicho rio Colorado, rio arriba, hasta donde se encuentra la actual línea divisoria entre los Estados Unidos y México.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
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19 de febrero de 1856
Decreto de la misma fecha (artículos 1o. y 2o.).
Art. 1o. Desde la publicacion de este decreto en adelante formarán un solo Estado los pueblos de Nuevo-Leon y Coahuila, exceptuándose la ciudad del Saltillo y la villa de Ramos Arizpe, las cuales por haberse opuesto formalmente a la union, podrán solicitar del Supremo Gobierno su incorporacion política á otro Estado ó hacer en contrario caso lo que mas les convenga. Art. 2o. El nuevo Estado se denominará de Nuevo Leon y Coahuila y será regido en consecuencia por el Estatuto orgánico espedido en 31 de Enero del presente año.
El Estado de México es departamento de la república centralista.
15 de mayo de 1856 Decreto. Estatuto orgánico provisional de la República Mexicana (artículo 2).
2.- El territorio nacional continuará dividido en los mismos términos en que lo estaba al reformarse en Acapulco el plan de Ayutla. Se respeta la división territorial del centralismo (22 entidades, 6 territorios y el Distrito de México).
México se reestablece como estado de la federación.
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5 de febrero de 1857 Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 43, 48 y 49).
Art. 43. Las partes integrantes de la federacion son: los estados de Aguascalientes, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Michoacan, Nuevo Leon y Coahuila, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Valle de México, Veracruz, Yucatan, Zacatecas, y el Territorio de la Baja California. Art. 48. Los Estados de Guanajuato, Jalisco, Michoacan, Oaxaca, San Luis Potosí, Tabasco, Veracruz, Yucatan y Zacatecas recobrarán la estension y límites que tenian en 31 de Diciembre de 1852, con las alteraciones que establece el artículo siguiente. Art. 49. El pueblo de Contepec que ha pertenecido á Guanajuato, se incorporará á Michoacan. La municipalidad de Ahualulco que ha pertenecido á Zacatecas se incorporará á San Luis Potosí. Las municipalidades de Ojo caliente y San Francisco de los Adames que han pertenecido á San Luis, así como los pueblos de Nueva Tlaxcala y San Andrés del Teul, que han pertenecido á Jalisco, se incorporarán á Zacatecas. El departamento de Tuxpan continuará formando parte de Veracruz. El canton de Huimanguillo que ha pertenecido á Veracruz se incorporará á Tabasco. El país se divide en 24 estados y un territorio.
México es estado libre y soberano de la federación.
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27 de mayo de 1857 Decreto que establece las reglas en lo relativo a la división territorial para el cumplimiento de la Constitución (artículos 1, 2, 3 y 5).
Considerando: que el art. 47 de la Constitución de los Estados-Unidos Mexicanos, previene: que al Estado de Nuevo Leon quede agregado el de Coahuila; y que el 48 dispone: que los Estados de Guanajuato, Jalisco, Michoacan, Oaxaca, San Luis Potosí, Tabasco, Veracruz, Yucatan y Zacatecas, recobren la extension que tenian ántes del 31 de Diciembre de 1852, quedando en consecuencia suprimidos los Territorios de la Isla del Cármen, Tehuantepec y Sierra Gorda. Por las razones expuestas,..., he venido en decretar lo siguiente: 1. Las Legislaturas de los Estados de Nuevo Leon, Yucatan, Guanajuanto, Jalisco, Michoacan, Oaxaca, San Luis Potosí, Tabasco, Veracruz y Zacatecas, en el acto que se instalen, dictarán las reglas á que han de sujetarse las poblaciones que van á quedar agregadas a sus respectivos Estados. 2. ... El gobernador de Coahuila cesará en sus funciones tan luego como se le presente la autoridad nombrada en Nuevo Leon; y lo mismo hará el jefe político de la Isla del Cármen, respecto de la autoridad que sea nombrada en Yucatan. 3. Los jefes políticos de Tehuantepec y Sierra Gorda, irán cesando en el ejercicio de sus actuales funciones, á proporcion que se les vayan presentando las autoridades de los diversos Estados á que deben quedar agregados estos territorios ... 5. En los Territorios de Tlaxcala y Colima, cesarán en sus funciones los actuales jefes políticos, tan luego como tomen posesion los gobernadores que deben ser nombrados popularmente.
México es estado libre y soberano de la federación.
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6 de mayo de 1861
Decreto que indica la división política del Distrito Federal (artículo 1).
Art. 1.- Para el mejor arreglo del régimen interior del Distrito Federal, se divide su territorio en las secciones siguientes: I. Municipalidad de México. II. Partido de Guadalupe Hidalgo. III. Partido de Xochimilco. IV. Partido de Tlalpam. V. Partido de Tacubaya.
México es estado libre y soberano de la federación.
19 de febrero de 1862
Decreto que erige en estado de la federación al distrito de Campeche (artículo 1).
Art. 1.- Se erige en Estado de la Federacion el Distrito de Campeche en la península de Yucatan con la extension de territorio y límites que tiene actualmente.
México es estado libre y soberano de la federación.
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7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres Distritos militares (artículos 1o. al 5o.).
Por decreto presidencial y ante las amenazas de la guerra civil se divide el estado en distritos militares. Art.1o. Se formarán tres distritos militares en el territorio del Estado de México. Art.2o. El primero se compondrá de los actuales distritos de Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Toluca, Villa del Valle, Ixtlahuaca y Jilotepec, considerándose como capital Toluca. Art.3o. El segundo de los actuales distritos de Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Huichapan, Actopam, Pachuca, Huascazaloya, Huejutla, Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam, considerando como capital Actopan. Art.4o. El tercero, de los distritos de Jonacatepec, Yautepec, Morelos, Cuernavaca y Tetecala, considerándose como capital Cuernavaca. Art. 5o. Los distritos de Chalco, Texcoco, Otumba, con escepcion del antiguo distrito de Apam, Zumpango de la Laguna y Tlalnepantla, se agregarán al Distrito federal, y quedarán sujetos á las autoridades constitucionales y leyes vigentes en él.
México es estado libre y soberano de la federación.
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29 de abril de 1863 Decreto que ratifica la erección del estado de Campeche (artículo único).
Artículo único. El gobierno de la Unión ..., ratifica la erección del Estado de Campeche.
México es estado libre y soberano de la federación.
26 de febrero de 1864
Decreto por el cual el estado de Coahuila reasume su carácter de estado libre y soberano (artículos 1 y 2).
Art. 1. El Estado de Coahuila reasume su carácter de Estado libre y soberano entre los Estados-Unidos Mexicanos, separándose desde luego del de Nuevo-Leon, á que se habia incorporado. 2. El Estado de Coahuila comprenderá su antiguo territorio, con arreglo al artículo 47 de la Constitución de la República.
México es estado libre y soberano de la federación.
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3 de marzo de 1865 Ley sobre la división territorial del Imperio Mexicano (artículo 2o.).
Art. 2o. El Territorio del Imperio se divide en cincuenta Departamentos, en esta forma: ... Yucatan... Campeche... de la Laguna... Tabasco... Chiapas... Tehuantepec... Oajaca... Ejutla... Teposcolula... Veracruz... Túxpan... Puebla... Tlaxcala... Valle de México... Tulancingo... Tula... Toluca... Iturbide... Querétaro... Guerrero... Acapulco... Michoacan... Tancítaro... Coalcoman... Colima... Jalisco... Autlan... Nayarit... Guanajuato... Aguascalientes... Zacatecas... del Fresnillo... del Potosí... Matehuala... Tamaulipas... Matamoros... Nuevo-Leon... Coahuila... Mapimi... Mazatlan... Sinaloa... Durango... Nazas... Alamos... Sonora... Arizona... Huejuquilla... Batopilas... Chihuahua... California...
Los departamentos imperiales de Toluca, Tula, Tulancingo, Iturbide y el del Valle de México integran el territorio del Estado de México.
10 de abril de 1865 Estatuto provisional del Imperio Mexicano (artículo 52).
52.- El territorio nacional se divide por ahora, para su administración, en ocho grandes divisiones; en cincuenta departamentos; cada departamento en distritos, y cada distrito en municipalidades. Una ley fija el número de distritos y municipalidades y su respectiva circunscripción.
Los departamentos imperiales de Toluca, Tula, Tulancingo, Iturbide y el del Valle de México integran el territorio del Estado de México.
20 de noviembre de 1868
Decreto que erige al estado de Coahuila de Zaragoza.
Queda definitivamente erigido el Estado de Coahuila con el nombre de "Coahuila de Zaragoza".
México es estado libre y soberano de la federación.
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16 de enero de 1869 Decreto que erige al estado de Hidalgo (artículo único).
Artículo único. Queda definitivamente erigido en nuevo Estado de la Federacion con el nombre de Hidalgo, la porcion de territorio del antiguo Estado de México, comprendida en los distritos de Actopam, Apam, Huascasaloya, Huejutla, Huichapam, Pachuca, Tula, Tulancingo, Ixmiquilpam, Zacualtipan y Zimapan, que formaron el segundo distrito militar, creado por decreto de 7 de Junio de 1862.
Se segrega gran parte del territorio del Estado de México para formar el nuevo estado de Hidalgo.
17 de abril de 1869 Decreto que erige al estado de Morelos (artículo único).
Artículo único. Queda definitivamente erigido en Estado de la Federacion, con el nombre de "Morelos" la porcion de territorio del antiguo Estado de México, comprendida en los distritos de Cuernavaca, Cuautla, Jonacatepec, Tetecala y Yautepec, que formaron el tercer distrito militar, creado por decreto de 7 de Junio de 1862.
Se segrega parte del territorio del Estado de México para formar el nuevo estado de Morelos.
16 de octubre de 1874
Comunicado de la misma fecha publicado en el Diario Oficial de la Federación.
... se aprobó tambien el arreglo hecho entre los Estados de México y Tlaxcala, por el cual el primero cede al segundo la municipalidad de Calpulalpam.
Se segrega una porción del territorio del Estado de México para formar parte del estado de Tlaxcala.
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2 de mayo de 1883 Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre límites (artículos I y III).
Artículo I. La República de Guatemala renuncia para siempre los derechos que juzga tener al territorio del Estado de Chiapas y su Distrito de Soconusco, y, en consecuencia, considera dicho territorio como parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo III. Los límites entre las dos naciones serán á perpetuidad los siguientes:- 1o. La línea media del río Suchiate, desde un punto situado en el mar, á tres leguas de su desembocadura ... hasta el punto en que el mismo río corte el plano vertical que pase por el punto más alto del volcán de Tacaná ...:- 2o. La línea determinada por el plano vertical definido anteriormente, desde su encuentro con el río Suchiate hasta su intersección con el plano vertical que pase por las cumbres de Buenavista é Ixbul:- 3o. La línea determinada por el plano vertical que pase por la cumbre de Buenavista ... y la cumbre del cerro de Ixbul, desde su intersección con lo anterior hasta un punto á cuatro kilómetros adelante del mismo cerro:- 4o. El paralelo de latitud que pasa por ese último punto, desde él, rumbo al Oriente hasta encontrar el canal más profundo del río Usumacinta ó el del Chixoy ...:- 5o. La línea media del canal más profundo, del Usumacinta en un caso, ó del Chixoy y luego del Usumacinta ..., desde el encuentro de uno ú otro río con el paralelo anterior, hasta que el canal más profundo del Usumacinta encuentre el paralelo situado á veinticinco kilómetros al Sur de Tenosique en Tabasco, medidos desde el centro de la plaza de dicho pueblo:- 6o. El paralelo ... que acaba de referirse ..., hasta encontrar la meridiana que pasa á la tercera parte de la distancia que hay entre los centros de las plazas de Tenosique y Sacluc ...:- 7o. Esta meridiana ... indefinidamente hácia el Este.
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12 de diciembre de 1884
Decreto que reforma al artículo 43 de la Constitución de 1857.
El congreso de los Estados Unidos Mexicanos, declara reformado el art. 43 de la misma Constitución, en los siguientes términos: Art. 43.- Las partes integrantes de la Federacion, son: los Estados de..., el territorio de la Baja California y el de Tepic, formado con el 7o. Canton del Estado de Jalisco. Se erige el territorio de Tepic.
México es estado libre y soberano de la federación.
13 de diciembre de 1892
Decreto de la misma fecha (artículo 2o.).
Art. 2o. ... En compensación de las ventajas que obtiene Coahuila con las modificaciones de la línea especificada arriba, cede á Nuevo León el fundo de la "Pita" con todos sus terrenos sobre el Río Bravo, debiendo prolongarse la línea del Norte de manera que los comprenda para este Estado y termine en dicho Río Bravo.
México es estado libre y soberano de la federación.
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3 de agosto de 1897 Tratado sobre límites con Honduras Británica (artículo I).
Artículo I. ... el límite entre dicha República y la Colonia de Honduras Británica era y es como sigue: Comenzando en Boca de Bacalar Chica, estrecho que separa el Estado de Yucatan del Cayo Ambergris y sus islas anexas, la línea divisoria corre en el centro del canal entre el referido cayo y el continente con direccion al
Sudoeste hasta el paralelo de 18 9' Norte y luego al Noroeste á igual distancia de dos
cayos,... hasta el paralelo de 18 10' Norte; torciendo entonces hacia el Poniente continua por la bahía vecina primero en la misma
direccion hasta el meridiano de 88 2' Oeste,
entonces sube al norte hasta el paralelo de 18 25' Norte;... corre hácia el Poniente hasta el
meridiano 88 18' Oeste, siguiendo el mismo
meridiano hasta la latitud 18 28½' Norte; á la que se encuentra la embocadura del Rio Hondo, al cual sigue por su canal mas profundo, pasando al Poniente de la isla Albion y remontando el Arroyo Azul hasta donde éste cruce el meridiano del Salto de Garbutt en un punto al Norte de la interseccion de las líneas divisorias de México, Guatemala y Honduras Británica, y desde ese punto corre hacia el Sur
hasta la latitud 17 49' Norte, línea divisoria entre la República Mexicana y Guatemala; dejando al Norte en territorio mexicano el llamado rio Snosha ó Xnohha.
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24 de noviembre de 1902
Decreto que reforma el artículo 43 de la Constitución de 1857.
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, declara haber sido aprobada por las Legislaturas de todos los Estados la reforma del art. 43 constitutivo, en los siguientes términos: Art. 43.- Las partes integrantes de la Federación, son..., el territorio de la Baja California, el territorio de Tepic, formado por el séptimo cantón del Estado de Jalisco, y el de Quintana Roo. El Territorio de Quintana Roo se formará de la porción oriental de la península de Yucatán,... Se erige el territorio de Quintana Roo.
México es estado libre y soberano de la federación.
10 de junio de 1913 Decreto de la misma fecha (artículo único).
... el Territorio de Quintana Roo, debe anexarse al Estado de Yucatán, del que fue parte integrante, para que ambas Entidades constituyan dicho Estado,... Unico: El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y Gobernador Provisional del Estado de Yucatán, asumirá el mando político y militar del Territorio de Quintana Roo, considerando éste desde la publicación del presente Decreto, como parte integrante de aquella Entidad Federativa.
México es estado libre y soberano de la federación.
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17 de junio de 1914 Decreto que declara reformados los artículos 43 y 44 de la Constitución de 1857.
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos... declara reformados los artículos 43 y 44 de la misma Constitución... Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los Estados de..., el Territorio de Morelos, el Territorio del Bravo y el Territorio de Jiménez. El Territorio de Morelos se formará de todo el Territorio comprendido por el Estado del mismo nombre, y la capital será Cuernavaca. El Territorio del Bravo tendrá su capital en Ciudad Juárez y se formará por dos fracciones del Estado de Chihuahua: la fracción que comprende los Distritos de Galeana y Bravos y la fracción del Distrito de Iturbide... El Territorio de Jiménez con capital en Hidalgo del Parral, se formará con una parte del Estado de Chihuahua: la parte que comprende los Distritos de Arteaga, Andrés del Río, Mita, Hidalgo del Parral y Jiménez. Artículo 44 ... El Estado de Chihuahua, cuya capital será la ciudad del mismo nombre, se formará de los Distritos de Guerrero, Rayón, Benito Juárez, Camargo e Iturbide, a excepción de la parte de este último Distrito agregada al Territorio del Bravo.
México es estado libre y soberano de la federación.
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25 de diciembre de 1914
Decreto de la misma fecha (artículo único).
ARTICULO UNICO. Se reforma el artículo 109 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 5 de febrero de 1857, en los términos que siguen: Los Estados adoptarán para su régimen interior la forma de Gobierno Republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política, el Municipio libre, administrado por Ayuntamientos de elección popular directa sin que haya autoridades intermedias entre éstos y el Gobierno del Estado.
México es estado libre y soberano de la federación.
26 de junio de 1915 Decreto de la misma fecha (artículo 2o.).
Artículo 2o.- El Territorio de Quintana Roo, con los límites que señaló el artículo 43 reformado de la Constitución, seguirá considerándose en lo sucesivo como Territorio Federal, segregado del Estado de Yucatán y sujeto al Gobierno General, con sujeción a las leyes y disposiciones expedidas hasta el 19 de febrero de 1913, y a las demás expedidas sobre el particular por esta Primera Jefatura.
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5 de febrero de 1917 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 43).
Art. 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas, Distrito Federal, Territorio de la Baja California y Territorio de Quintana Roo. El país se divide en 28 estados, 2 territorios y el Distrito Federal.
México es estado libre y soberano de la federación.
7 de febrero de 1931 Decreto que modifica los artículos 43 y 45 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo único).
ARTICULO UNICO.- Se declaran reformados los artículos 43 y 45 de la Constitución... ARTICULO 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Campeche..., Territorio Norte de Baja California, Territorio Sur de Baja California y Territorio de Quintana Roo. ARTICULO 45.- Los Estados y Territorios de la Federación conservan la extensión y límites que hasta hoy han tenido... sirviendo de línea divisoria entre los Territorios Norte y Sur de la
Baja California, el paralelo 28 , de latitud Norte. El país se divide en 28 estados, 3 territorios y el Distrito Federal. El territorio de Baja California es dividido en Territorio Norte y Territorio Sur .
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19 de diciembre de 1931
Decreto que modifica los artículos 43 y 45 de la Constitución General de la República (artículo único).
ARTICULO UNICO. Se reforma el artículo 43 y se adiciona el 45, ambos de la Constitución General de la República, en los siguientes términos: ARTICULO 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de... y Territorios Norte y Sur de la Baja California... ARTICULO 45.- Los Estados y Territorios de la Federación... Se amplía la superficie del Estado de Yucatán con una parte del Territorio de Quintana Roo,... Se amplía el territorio del Estado de Campeche, con una parte del Territorio de Quintana Roo,... El país se divide en 28 estados, 2 territorios y el Distrito Federal. Se suprime el territorio de Quintana Roo.
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22 de marzo de 1934 Decreto que adiciona el artículo 45 constitucional.
El Congreso de los Estados Unidos mexicanos, ... declara adicionado el artículo 45 de la Constitución Política de la República, en los siguientes términos: Artículo 45.- ... Las Islas Cozumel, Cancún, Mujeres, Blanca, Cantoy, Holbox y los cayos adyacentes situados situados desde la Bahía de la Ascensión al litoral Norte del Mar Caribe, partiendo del paralelo 19 grados 35 minutos, quedan sujetas a la justificación del Estado de Yucatán y su extensión superficial se considerará comprendida dentro de los límites de dicha entidad federativa. Los islotes y cayos adyacentes situados desde la Bahía de la Ascensión hacia el Sur del Mar Caribe, partiendo del paralelo 19 grados 35 minutos, quedan sujetos a la jurisdicción del Estado de Campeche.
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16 de enero de 1935 Decreto que reforma los artículos 43 y 45 constitucionales.
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos,... declara reformados los artículos 43 y 45 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos: Artículo 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes,..., Distrito Federal, Territorios Norte y Sur de la Baja California y de Quintana Roo. Artículo 45.- Los Estados y Territorios de la Federación conservan su extensión y límites..., con excepción de los de Yucatán y Campeche que se modificán, quedando con los que tenían antes de las reformas constitucionales de 14 de diciembre de 1931 y 10 de enero de 1934. Las porciones territoriales a que se contraen dichas reformas, constituirán el Territorio de Quintana Roo. El país se constituye por 28 estados, 3 territorios y el Distrito Federal. Se reerige el territorio de Quintana Roo.
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NACIONAL ESTATAL
21 de junio de 1940
Acuerdo relativo al conflicto de límites entre el estado de Campeche y el territorio de Quintana Roo.
PRIMERO.- Se considera debidamente comprobado por el Estado de Campeche que los pueblos de Icaiché, Nohsayab, Balatún, Xkanhá y demás comprendidos en el Censo Oficial del año de 1861, que sirvió de base para la erección del Estado de Campeche el año de 1862, pertenecen a su jurisdicción territorial. SEGUNDO.- El Gobierno del Territorio de Quintana Roo se abstendrá de ejercer cualquier acto de jurisdicción sobre dichos pueblos y los terrenos de que los mismos pueblos hayan estado en posesión desde aquella fecha. TERCERO.- La Secretaría de Agricultura y Fomento dispondrá que se rectifiquen en ese sentido los mapas respectivos,... Quintana Roo es territorio federal.
México es estado libre y soberano de la federación.
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16 de enero de 1952 Decreto. Se reforman los artículos 43 y 45 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo único).
ARTICULO UNICO. Se reforman los artículos 43 y 45 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos: Artículo 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California,... Distrito Federal y Territorios de la Baja California Sur y de Quintana Roo. Artículo 45.- Los Estados y Territorios de la Federación conservan la extensión y límites que hasta hoy han tenido... El país se divide en 29 estados, 2 territorios y el Distrito Federal. Se crea el estado de Baja California.
México es estado libre y soberano de la federación.
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SITUACIÓN
NACIONAL ESTATAL
8 de octubre de 1974 Decreto por el cual se reforman el artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos primero y segundo).
ARTICULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: ARTICULO 43.- Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal. ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 27...; 45; 52; 55...; 73...; 74...; 76...; 79...; 82...; 89...; 104...; 107...; 111...; 123 "B" y 131... para quedar como sigue:... ARTICULO 73.- ... I.- Para admitir nuevos Estados a la Unión Federal; II.- Derogada. III.- ... El país se divide en 31 estados y un Distrito Federal. Se erigen Baja California Sur y Quintana Roo estados de la federación y se suprime el concepto de territorio federal.
México es estado libre y soberano de la federación.
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SITUACIÓN
NACIONAL ESTATAL
Septiembre de 1995
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 115).
Art. 115.- Los Estados adaptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre...
México es estado libre y soberano de la federación.
Nota : Las frases en cursivas son transcripciones textuales de documentos por lo que se respetó la redacción y puntuación original.
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DIVISIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Carta Topográfica. México, 1981.
Secretaría de Progamación y Presupesto. Escala: 1:500 000
FUENTE: INEGI. Centro de Información del Estado de México. ANTECEDENTES
A principios del siglo XIX el territorio que ocupa el actual Estado de México era parte de la intendencia del mismo nombre, creada en 1786 por la Real Ordenanza para el Establecimiento e Instrucción de Intendentes de Ejército y Provincias en la Nueva España. La Intendencia de México tuvo una jerarquía superior a las demás, pues aparte de la función administrativa civil, atendía los servicios del ejército.
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SITUACIÓN DE LA ENTIDAD DE 1810 A 1995
En el marco del movimiento de Independencia y con la promulgación del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana en 1814, la provincia de México prevaleció como parte integrante del país; la división territorial de ese ordenamiento mencionaba también a Querétaro y Tecpan, como provincias separadas de la de México. El nombre no es familiar como los de las otras provincias ni tiene antecedentes en la historia de nuestra geografía; trátase de una entidad de pura filiación insurgente, "que los hombres del sur, dice el señor Orozco y Berra," que erigen como un trofeo a sus hazañas, que era como un embrión de que muchos años debía brotar con el nombre de Guerrero". Lo anterior significó el primer antecedente de la separación de Querétaro y Guerrero y su erección posterior y definitiva como entidades independientes en 1823 y 1849 respectivamente.
Mexico or New Spain, 1817. Autor: Samuel Lewis.
Biblioteca del Congreso. Washington, D.C. Sin escala.
Publicado en el Atlas General del Estado de México.
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FUENTE: Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado. IGECEM.
Durante la época independiente se ratificó la existencia del Estado de México a través del Acta Constitutiva de la Federación y la Constitución Federal, ambas promulgadas en 1824. La vida constitucional del estado se inició el 2 de marzo de 1824, al efectuarse la primera sesión del congreso local en la ciudad de México. Con esta fecha se celebraba de manera oficial la erección de la entidad. Al momento de su nacimiento el estado estaba constituido por su actual territorio más el que actualmente ocupan los estados de Hidalgo, Guerrero, Morelos, el Distrito Federal y la municipalidad de Calpulalpan, hoy en día integrada al estado de Tlaxcala. Su primera capital fue la ciudad de México. Con la finalidad de organizar la actividad político-económica y establecer la estructura territorial de la entidad, mientras se promulgaba la primera Constitución, se expidió la Ley Orgánica Provisional para el Arreglo del Gobierno Interior del Estado el 6 de agosto de 1824, en la cual se mencionaron los ocho distritos que integraban al territorio estatal, siendo éstos: Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México, Tasco, Toluca, Tula y Tulancingo, que a su vez estaban conformados por partidos. Esta ley no consideraba el arreglo interno de los municipios, por ello en 1825 se expidió el decreto Nº 36 donde, de manera particular y detallada, se señalaban las bases para la formación y organización de los ayuntamientos. De acuerdo al decreto, éstos se establecieron en las cabeceras de partido y en los pueblos que contaban con más de 4 mil habitantes; así pues, las autoridades electas empezaron a ejercer sus funciones el 1º de enero de 1826. En febrero del mismo año el gobierno del estado encabezado por el general Melchor Múzquiz presentó al congreso estatal la primera memoria de los actos que el gobierno llevó a cabo durante un año de administración; en ella se mencionaban los 180 pueblos que con base en el decreto Nº 36 establecieron ayuntamientos. Esta memoria comprueba que los habitantes de los pueblos registrados en ella realizaron las elecciones previstas en el decreto del 9 de febrero de 1825, y el día 1º de enero de 1826, las personas electas entraron a ejercer sus funciones. Para aquellos municipios de los que no se cuenta con el decreto que respalde su fecha de erección, fue tomada -para esta publicación- aquella fecha en donde se mencionaban por primera ocasión con la categoría de distrito, partido, municipalidad
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o ayuntamiento, avalados por expedientes, dictámenes, circulares, memorias de gobierno o en su defecto por los mismos decretos. Sin lugar a dudas, el Estado de México fue de las entidades que experimentó un mayor número de modificaciones en su integración territorial a lo largo de sus primeros 50 años de vida independiente. Al momento de su erección era de las entidades más importantes del país en varios aspectos: según Charles W. Macune Jr., en él residían 1 300 mil habitantes aproximadamente, lo que representaba más de una quinta parte del total nacional; comprendía 5 689 leguas cuadradas (99 876.6 km2), ocupando el cuarto lugar en extensión territorial (García Cubas, Diccionario Geográfico...); por este amplio territorio circulaban la mayor parte de las rutas comerciales y de comunicación de la época; la abundancia y diversidad de su economía contribuían a la importancia del estado; dentro de sus linderos estaban concentradas las haciendas más ricas y conocidas del país, que junto con las tierras de los pueblos indígenas de la altiplanicie central, especialmente la de los valles de México y Toluca, comprendieron una de las áreas más productivas de ganado y más fértiles para el cultivo de granos. Al igual que para Zacatecas y Guanajuato, la minería representaba para el Estado de México la industria más importante, no sólo por el volumen de la explotación sino por la mano de obra e inversión utilizadas. Destacaban por su alta producción de oro y/o plata las minas de Taxco, Sultepec, Temascaltepec, El Oro, Pachuca y Real del Monte, entre otras. Es claro que la agricultura y la minería representaban las principales actividades de la población del Estado de México. La ciudad de México, capital del estado entre 1824 y 1827 y del país desde 1824, asiento histórico del poder prehispánico y colonial, era desde entonces la ciudad más poblada (168 mil habitantes) y el centro político comercial, religioso, intelectual y social del país. Un territorio tan extenso, con un alto porcentaje de la población nacional e importante riqueza económica, estuvo sujeto a diversas situaciones que expusieron su integración territorial; por un lado, las grandes distancias entre la capital y algunas de las cabeceras de distrito o partido como Acapulco, Chilapa, Huejutla o Zacualtipan, así como la situación de las comunicaciones en esta época, hacían difícil el control de todo el territorio, provocando un déficit en la acción administrativa donde la influencia de la capital no era suficiente para coercionarlo política, social y económicamente. Con motivo de la instalación en la ciudad de México de los supremos poderes de la nación el 18 de noviembre de 1824, en un círculo de 220.6 Km.2 con centro en la plaza mayor, el Estado de México experimentó la primera segregación de su territorio perdiendo su centro de población más importante y algunas otras localidades como Tacuba, Tacubaya y
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Atzcapozalco, de acuerdo al mapa del distrito de Texcoco publicado en 1852 por Tomás Ramón del Moral. Esta decisión federal provocó diversas situaciones de índole político, social y económico que hicieron difícil la relación entre el estado y la federación de 1824 a 1835. Después de coincidir por dos años en la ciudad de México la capital del país y del estado, se hizo necesario el traslado de los poderes a Texcoco el 1º de febrero de 1827, donde en ese mismo año se promulgó la primera Constitución Política de la entidad, que señaló en su artículo cuarto que su territorio era el comprendido por los distritos o prefecturas de Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México, Toluca, Tula, Tulancingo y Tasco.
Carta Geognóstica de los principales Distritos Minerales del Estado de México, 1827. Sin autor.
Sin información del lugar de edición. Sin escala.
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
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Carta del Departamento de México, 1828 y 1829. Autor: D. Tomás Ramón del Moral.
Sin información del lugar de edición. Escala gráfica en leguas mexicanas de cinco mil varas.
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra. La ciudad de Toluca se convirtió en la sede de los poderes del estado por el decreto Nº 126 del 5 de julio de 1830, el cual estableció que se debía instalar el Congreso Constitucional el 15 de agosto en la ciudad de Toluca y allí resolver sobre la permanencia de la ciudad de Texcoco como capital del estado y de acuerdo a lo que indicaba el artículo quinto de la Constitución. Previo a esto, Tlalpan funcionó de manera provisional como asiento de los poderes entre 1827 y 1830.
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Se escogió a Toluca porque a decir de varios diputados, ofrecía la mejor solución. Tenía una población adecuada e interesada en permanecer ahí, un clima excelente, comodidades habitacionales adecuadas, provisiones abundantes y variadas, algunos edificios en buen estado donde se podía establecer las oficinas de gobierno y, en suma, Toluca ofrecía las características de una ciudad.. . El 12 de septiembre de 1833 se aprobó la providencia del ejecutivo para trasladar provisionalmente los poderes del estado a la ciudad de Lerma, con motivo de los movimientos armados que acechaban a la capital. Durante la vigencia del sistema republicano federal que prevaleció en los primeros once años de vida independiente, el país vivió una inestabilidad política, un desorden civil y una crisis financiera, por lo que diversos grupos políticos coincidieron en que esta forma de gobierno no había sido satisfactoria y que tampoco lo sería en el futuro, por ello era conveniente reemplazarlo por el régimen centralista; durante esta época el Estado de México se convirtió en departamento al igual que el resto de las entidades del país. Las juntas departamentales sustituyeron a los congresos y auxiliaban a los jefes políticos en sus funciones legisladoras... La Constitución Centralista o Código de las Siete Leyes, promulgada el 23 de diciembre de 1837, señalaba que el departamento de México se formó del antiguo estado del mismo nombre, del extinto Distrito Federal y de lo que era el territorio de Tlaxcala; así mismo, el departamento se dividió provisionalmente en trece distritos que fueron: México, Chilapa, Cuernavaca, Mextitilán, Taxco, Tlaxcala, Cuautitlán, Toluca, Tula, Tulancingo, Temascaltepec, Texcoco y Acapulco; también señalaba que la capital del departamento recién creado sería la ciudad de México. Con la vigencia de este régimen el estado recuperó su capital y territorio perdido, y además se le anexó Tlaxcala. El período centralista se extendió hasta el año de 1846, fecha en que se reestablece el sistema federal mediante la promulgación, por el Congreso Nacional, del decreto que declaró vigente la Constitución de 1824; su ratificación en el estado se emitió el 29 de agosto de 1846, al declararse vigente la Constitución de 1827 y su Ley Orgánica. Con la nueva vigencia de la Constitución el estado regresó a su extensión territorial anterior, sin el Distrito Federal y Tlaxcala. Este decreto local se promulgó en la ciudad de México, y a partir del 13 de septiembre de 1846 se reinstaló en Toluca la capital del estado libre y soberano de México. Debido al continuo estado de guerra ocasionado por la lucha del poder que el país vivía desde su Independencia, éste se encontraba debilitado y susceptible al afán expansionista de Estados Unidos de América, que al invadir nuestro país en 1846 ocupó también el Estado de México, por lo cual se promulgó el decreto Nº 63 el 2 de junio de 1847; en él, el
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gobernador facultaba a la diputación para variar la residencia de los poderes del estado; con base en lo anterior Sultepec y Metepec fueron capitales provisionales de la entidad.
Mapa del Distrito de Texcoco, 1848. Autor: Rafael St. de la Sierra.
Sin información del lugar de edición. Sin escala.
FUENTE: Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México. La amplia extensión territorial del estado se vio nuevamente afectada cuando el 15 de mayo de 1849 se erigió por decreto presidencial el estado de Guerrero, ocupando los distritos de Acapulco, Chilapa y Taxco, con una extensión de 64 579 km²...por esta vasta segregación territorial el Estado de México perdía su litoral y con ello su puerto marítimo más importante, Acapulco... además de la salida al mar, se vió privado de las regiones de maderas tropicales, de plantíos de algodón y de las ricas minas de plata de Taxco...; dicha erección fue ratificada por el Congreso del Estado de México el 30 de mayo de 1849 en el decreto Nº 16 y concertada mediante el decreto federal del 27 de octubre de 1849. Con esta
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segregación el estado perdió las municipalidades de Acapulco de Juárez, Ahuacuotzingo, Ajuchitlán del Progreso, Atenango del Río, Cutzamala de Pinzón, Chilapa de Alvarez, Chilpancingo de los Bravo, Eduardo Neri, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, Ixcateopan de Cuauhtémoc, La Unión de Isidoro Montes de Oca, Quechultenango, San Marcos, Tasco, Tecpan de Galeana, Teloloapan, Tepecoacuilco de Trujano, Tetela del Río, Tixtla de Guerrero y Zitlala, que constituían cerca de la mitad del territorio que aún conservaba. En febrero de 1853 se inició un segundo período centralista con Santa Anna nuevamente en el poder. Aunque el presidente decreta la supresión de las legislaturas y la vuelta a la nomenclatura de departamentos, no se adoptó la Constitución centralista. El Departamento de México retuvo como capital a Toluca... En esta época el departamento de México contaba con 7 ciudades, 16 villas, 1 181 pueblos, 183 barrios, 588 haciendas, 1 033 ranchos y 164 curatos, según la Estadística del Departamento de México elaborada por el Ministerio de Fomento a cargo del señor Dn. Joaquín Noriega en el año 1854.
CIUDADES VILLAS
Cuernavaca Tepoxtlan Cuautla Morelos Tlaltizapan Texcoco Yautepec Tlalpan Oaxtepec Xochimilco Jojutla Toluca Tlalquitenango Lerma Coyoacan Metepec Villa de Valle Tenango del Valle Ixtlahuaca Actopan
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Chilcuautla Huichapan Villa del Carbón Pachuca
El departamento de México siguió siendo la entidad más poblada del país con 1 001 876 habitantes distribuidos en ocho distritos.
DISTRITO POBLACIÓN %
Toluca 219 262 21.9 Cuernavaca 107 421 10.7 Huejutla 85 698 8.5 Sultepec 62 223 6.2 Texcoco 122 340 12.2 Tlalnepantla 119 685 12.0 Tula 183 452 18.3 Tulancingo 101 795 10.2 TOTAL 1 001 876
El Distrito Federal segregado del Estado de México, inicialmente con 220.6 Km.2, incrementó su superficie con la comprensión o ampliación ordenada por Santa Anna en febrero de 1854, que segregaba a nuestra entidad la parte correspondiente a Santa Fé, Coyoacán, Mexicalcinco,... Xochimilco, Tláhuac,... Milpa Alta y otros pueblos..., además de la
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anexión de Tlalpan en noviembre del siguiente año; de esa manera aumentó su extensión territorial a costa del Estado de México. Con la promulgación del Plan de Ayutla por Juan Álvarez se terminó con el segundo período centralista, restableciéndose la legislatura local que da a conocer la integración del territorio a través del decreto del 7 de septiembre de 1855 y ratificada nuevamente en el Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del Estado de México expedido el día 13 del mismo mes y año, donde señalaba a Cuernavaca, Morelos, Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Cuautitlán, Tlalpan, Toluca, Tula y Tulancingo como distritos del estado. Existiendo un período tan corto en la expedición entre los dos ordenamientos anteriormente mencionados y debido a la semejanza de la división territorial que expresó cada uno de ellos, se incluyó únicamente el segundo en el cuadro de cambios en los municipios de este apartado.
Mapa del Estado de México, 1858. Autor: Antonio García Cubas.
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Publicado en el Atlas Geográfico, Estadístico e Histórico de la República Mexicana, 1858. FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
Estado de Guerrero, 1858. Autor: Antonio García Cubas.
Sin escala. Publicado en el Atlas Geográfico, Estadístico e Histórico de la República Mexicana, 1858.
FUENTE: Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México. En 1859, y de acuerdo a la disposición del presidente conservador Miguel Miramón, el Estado de México se dividió en los departamentos de Toluca, Tula y Valle de México y los territorios de Tulancingo e Iturbide (hoy Morelos). Este decreto daba continuidad a la idea de la formación del departamento del Valle de México expresada en la Constitución Federal de 1857, el cual ocuparía el distrito de México (Distrito Federal) más los de Texcoco, Tlalpan y Tlalnepantla, aunque no tuvo una vigencia efectiva ya que este gobierno coexistió con el gobierno liberal de Benito Juárez establecido en diversos puntos de la República.
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El 31 de julio de 1861 se publicó el decreto que disponía una nueva división territorial que reordenó el territorio de la entidad al reducir el número de los distritos a 27. Dos meses y medio después la legislatura estatal concluyó la elaboración de una nueva Constitución acorde con la de la federación de 1857, donde en el artículo cuarto determinó que el estado estaba integrado por 27 distritos que fueron: Actopan, Cuernavaca, Chalco, Huejutla, Huichapan, Ixtlahuaca, Ixmiquilpan, Jilotepec, Jonacatepec, Morelos, Otumba, Pachuca, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Zumpango de la Laguna, Texcoco, Zimapán, Tetecala, Tlalnepantla, Toluca, Tula, Villa del Valle, Yautepec, Zacualtipan y Huascazaloya.
Mapa del Distrito de Cuernavaca, 1861. Autor: S.D. Tomás Ramón del Moral.
Corregido por la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México. Escala gráfica en leguas mexicanas de cinco mil varas.
FUENTE: Archivo Histórico del Estado de México.
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Mapa del Distrito de Tula, 1861. Autor: S.D. Tomás Ramón del Moral.
Corregido por la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México. Escala gráfica en leguas mexicanas de cinco mil varas.
FUENTE: Archivo Histórico del Estado de México. Esta organización territorial prevaleció hasta el 3 de agosto de 1862 cuando el presidente Benito Juárez estableció la división del estado en tres distritos militares con cabeceras en Toluca, Actopan y Cuernavaca. Una de las razones por las que se emitió este nuevo ordenamiento territorial fue que debido a la ubicación central y su cercanía con la sede de los poderes federales, se había radicado en el estado la guerra civil ocasionando daños a la
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economía y las comunicaciones, por lo que era necesario organizar militarmente tan extenso territorio, y al mismo tiempo hacer frente a la intervención francesa (Enciclopedia de México... pág. 5298).
Mapa del Distrito de Toluca, 1862. Autor: S.D. Tomás Ramón del Moral.
Corregido por la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México. Escala gráfica en leguas mexicanas de cinco mil varas.
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra. Con la incorporación de los distritos de Texcoco, Tlalnepantla, Chalco, Otumba y Zumpango de la Laguna al Distrito Federal, el 3 de agosto de 1862, se segregó también la municipalidad de Calpulalpan del Estado de México que posteriormente se incluyó de forma provisional al estado de Tlaxcala. Al disolverse los distritos militares, el distrito de
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Texcoco retorna al Estado de México, no así la municipalidad de Calpulalpan que continuaba unida a Tlaxcala, por lo cual el gobierno del estado reclamó dicho territorio y lo ratificó dentro de su jurisdicción en la Constitución promulgada en 1870.
Croquis Géologique et topographique des environs de Toluca, 1865. Autor: A. Dollfus y E. de Montserrat. Sin información del lugar de edición.
Escala 1:300 000 FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra.
Según Javier Romero (Testimonios, El Estado de México...), la formación de los distritos militares con capitales propias y posteriormente elección de diputados independientes alentó la idea de la fundación de los estados de Hidalgo y Morelos correspondientes a los distritos militares II y III respectivamente.
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Una vez concluído el motivo que determinó la creación de los distritos militares, éstos se reintegraron nuevamente al estado; sin embargo, su población hizo manifiesta la intención de que subsistieran como entidades independientes, a lo cual exponían: Cuando las necesidades de la injusta guerra... obligaron á nuestro gobierno nacional á suspender el ejercicio de la Constitución..., el hábil ministro Doblado dividió el Estado de México en cuatro partes... división que no fué caprichosa ni exigida únicamente por las necesidades de la guerra, sino la que exige la naturaleza y las conveniencias políticas y sociales de la nacion... Fueron creadas comisiones de diputados y ciudadanos que apoyaban la autonomía de los distritos para lograr el completo desarrollo de esas regiones, argumentando: ... obsérvese cualquiera de las porciones que pretenden llamarse Estados de Hidalgo y de Morelos, y se verá en cada una de ellas un todo compacto, unido, homogéneo, con intereses comunes, con una misma idea de prosperidad, y con medios idénticos y uniformes para conseguirla; en el primero existen todos los climas, todas las temperaturas, toda especie de frutos y toda clase de recursos. Las poblaciones, unas son agrícolas, otras mineras y otras comerciantes;... Las solicitudes fueron atendidas y las erecciones se hicieron efectivas por el Congreso Federal el 16 de enero de 1869 para el estado de Hidalgo que ocupó los distritos de Actopam, Apam, Huejutla, Huascazaloya, Huichapan, Pachuca, Tula, Tulancingo, Ixmiquilpam y Zimapan; y las municipalidades de: Acatlán, Acaxochitlán, Achiotepec, Alfajayucan, Almoloya, Arenal, El, Atitalaquia, Atotonilco el Grande, Calnalí, Cardonal, Cuautepec de Hinojosa, Chapantongo, Chapulhuacán, Chico, El, Chilcuautla, Epazoyucan, Huautla, Huazalingo, Huejutla de Reyes, Ixquincuitlapilco, Jacala de Ledezma, Jaltocán, Juárez Hidalgo, Lolotla, Metepec, Metztitlán, Mineral del Monte, Mixquiahuala de Juárez, Molango de Escamilla, Nopala de Villagrán, Omitlán de Juárez, San Agustín Metzquititlán, San Felipe Orizatlán, San Salvador, Santiago de Anaya, Tasquillo, Tecozautla, Tenango de Doria, Tepeapulco, Tepehuacán de Guerrero, Tepejí del Río de Ocampo, Tetepango, Tezontepec de Aldama, Tianguistengo, Tizayuca, Tlanalapa, Tlanchinol, Tlaxcoapan, Tolcayuca, Tutotepec, Villa de Tezontepec, Xochiatipan, Xocochitlán, Yahualica, Zacuatilpan de Angeles, Zempoala y Zingüilucan. Y el 17 de abril del mismo año para el estado de Morelos que al momento de su erección comprendió los distritos de Cuernavaca, Cuautla, Jonacatepec, Tetecala y Yautepec, así como las municipalidades de Amacuzac, Ayala, Coatlán del Río, Jantetelco, Jiutepec, Jojutla, Mazatepec, Miacatlán, Oaxtepec, Ocuituco, Puente de Ixtla, Tepalcingo, Tepoztlán, Tlalnepantla, Tlaltizapán, Tlaquiltenango, Tlayacapan, Totulapan, Xochitepec, Yecapixtla y Zacualpan. Previo a la erección de dichos estados, durante el Imperio de Maximiliano (1863-1867) el gobierno conservó en un principio la integración territorial del país, convirtiendo los 22 estados en departamentos; el 3 de marzo de 1865 se reorganizó la
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división territorial constituyéndose en 50 departamentos; del territorio del Estado de México se conformaron los departamentos de Tulancingo, Tula, Toluca, Iturbide y Valle de México. Esta formación prácticamente no tuvo vigencia, a pesar de que para algunos autores fue la más acertada, ya que se diseñó con bases profundas y científicas por Manuel Orozco y Berra quien tomó en cuenta las diversas características físicas, socioeconómicas y culturales de todas las regiones del país. Durante la intervención, el estado fue ocupado por los invasores desde 1864 y el gobierno local estuvo encabezado por conservadores hasta antes del fin del Imperio, el 15 de mayo de 1867. Ante las pérdidas de territorio experimentadas por el Estado de México, así como de otras exigencias políticas y económicas, se diseñó una nueva Constitución promulgada el 14 de octubre de 1870, la cual estableció en su artículo cuarto que el territorio de la entidad era el comprendido en los distritos de Chalco, Cuautitlán, Ixtlahuaca, Jilotepec, Lerma, Otumba, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Tlalnepantla, Toluca, Villa del Valle, Zacualpan, Zumpango de la Laguna y Texcoco con la municipalidad de Calpulalpan, la cual para 1874 se cedió de manera definitiva al estado de Tlaxcala. La formación territorial prevaleció casi sin alteraciones desde esa fecha con solo algunas erecciones, supresiones (distritos, partidos y municipios) o cambios en sus nombres.
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México, 1885. Autor: Antonio García Cubas.
Escala 1:500 000 Publicado en el Atlas Mexicano, 1885.
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra. De acuerdo a la Memoria de Gobierno presentada por el gobernador del estado Lic. Antonio Zimbrón en 1872 y a la concentración de datos estadísticos del Estado de México publicada en 1898, se conocen algunos datos importantes de los distritos de la entidad.
DISTRITOS POBLACIÓN MUNICIPIOS Y
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Toluca 79 350 104 614 6 6 Ixtlahuaca 64 950 75 594 6 7 Tenango 49 461 63 721 11 13 Jilotepec 47 113 67 494 8 9 Chalco 46 067 67 803 13 13 Texcoco 43 138 58 022 10 12 Tlalnepantla 39 678 53 982 7 9 Lerma 38 742 44 122 5 5 Sultepec 35 555 56 232 6 5 Temascaltepec 35 259 47 071 3 3 Villa de Valle 34 119 46 181 6 8 Tenancingo 33 719 66 451 4 8 Otumba 32 176 32 595 5 7 Cuautitlan 30 677 31 622 8 8 Zumpango 28 354 31 506 6 7 Zacualpan 21 736 ----- 4 TOTALES 660 094 847 010 108 120
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Carta General del Estado de México, 1903. Autor: P. Guzmán.
Sin información del lugar de edición. Escala 1: 500 000
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra. La promulgación de la Constitución de 1917 estableció en el Estado de México una segmentación territorial en 16 distritos rentísticos y judiciales e indicó que una Ley Orgánica determinaría el número de municipios. A raíz de la promulgación de esta Constitución el municipio se convirtió en la base de la división territorial para la organización administrativa y política del estado, es decir, ya no existirían autoridades intermedias entre el ayuntamiento y el estado como lo eran los prefectos, subprefectos o jefes de distrito.
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La primera Ley Orgánica Municipal expedida en 1919 fue la base de la organización municipal y en ella se mencionaban los 118 municipios que conformaban al estado, con la erección del municipio de San Martín de las Pirámides el 8 de diciembre de 1917 y la restauración del de Melchor Ocampo el 28 de noviembre del mismo año.
Proyección Policónica. México, 1937. Secretaría de Agricultura y Fomento.
Dirección de Geografía, Meteorología e Hidrología. Escala 1:600 000
FUENTE: Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística del Estado de México.
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Carta General del Estado de México, 1962. Autor: Ing. Jorge L. Tamayo.
Sin información del lugar de edición. Escala 1:200 000
FUENTE: Mapoteca Manuel Orozco y Berra. Los cambios en la integración territorial del estado a partir de la primera Ley Orgánica Municipal fueron: la restauración del municipio de Apaxco, el 15 de diciembre de 1923; la erección de los municipios de Nezahualcóyotl, el 20 de abril de 1963; de Cuautitlán Izcalli, el 23 de junio de 1973; y Valle de Chalco Solidaridad, el 9 de noviembre de 1994. Además, se han expedido nuevas Leyes Orgánicas Municipales: 1940, 1950, 1957, 1973, 1993 y 1995, donde se establece la estructura territorial, así como las características de organización política, administración pública, hacienda municipal, etc.
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Carta Topográfica. Ciudad de México, 1973. DETENAL.
Escala: 1:250 000 FUENTE: INEGI. Centro de Información del Estado de México.
SEGREGACIONES AL ESTADO DE MEXICO
FECHA TERRITORIO SUPERFICIE KM. 2
04-12-1776 Provincia de México 104 055 22-08-1823 Estado de Querétaro 4 302 18-11-1824 Distrito Federal 220.6 15-05-1849 Estado de Guerrero 64 579 21-02-1854 Comprensión del D.F. ----------
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Los diversos acontecimientos históricos ocurridos en el ámbito estatal y federal presentados en este apartado son producto de las ideas y acciones de múltiples personajes que incidieron en la dinámica de la integración y división territorial del Estado de México.
Carta Topográfica. Estado de México (Detalle), 1985. Secretaría de Programación y Presupuesto.
Escala 1:250 000 FUENTE: INEGI. Centro de Información del Estado de México.
SEGREGACIONES AL ESTADO DE MÉXICO
FECHA TERRITORIO SUPERFICIE KM. 2
25-11-1855 Tlalpan ----------
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16-01-1869 Estado de Hidalgo 20 885 17-04-1869 Estado de Morelos 4 964 16-10-1874 Calpulalpan ----------
Carta Geográfica en relieve del Estado de México. Municipio de Toluca (Detalle), 1987. Secretaría de Planeación del Gobierno del Estado.
Escala 1:250 000 FUENTE: INEGI. Centro de Información del Estado de México.
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Carta Topográfica en relieve de la República Méxicana. Estado de México (Detalle), 1990. Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.
Escala 1:1 000 000 FUENTE: UAEM. Mapoteca de la Facultad de Geografía.
Nota : Las frases en cursivas son transcripciones textuales de documentos por lo que se respetó la redacción y puntuación original.
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Cambios en la División del Estado
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CAMBIOS EN LA DIVISIÓN DEL ESTADO
FECHA MARCO JURÍDICO DESCRIPCIÓN DIVISIÓN TERRITORIAL
24 de octubre de 1814
Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana. Sin vigencia práctica (artículo 42).
En este decreto se consideró a Técpan (posteriormente Guerrero) y a Querétaro como provincias separadas de la de México.
Art. 42 Mientras se haga una demarcación exacta de esa AMERICA MEXICANA y de cada una de las provincias que la componen, ... se han reconocido las siguientes: México,...Técpan,...Querétaro,...
22 de agosto de 1823
Comprensión del territorio de la provincia de Querétaro.
La provincia de México es afectada por la separación de una parte de su territorio para dar lugar a la erección de la nueva provincia de Querétaro.
El soberano congreso mexicano ha tenido á bien decretar...la división del territorio de las provincias, la de Querétaro,... se compondrá del que hoy tienen los partidos de su capital, Cadereita y San Juan del Rio. Primera segregación de la provincia de México.
31 de enero de 1824 Acta Constitutiva de la Federación (artículo 7).
Fecha en que se erige el Estado de México. Art. 7.- Los estados de la federación son por ahora los siguientes:...el de México,...
11 de marzo de 1824
Decreto Nº 8 (artículo 2º). Art. 2o. Que Huichapan quede con los pueblos de Tecozautla, Tasquillo, Alfajayucan, Nopala y Chapantongo; y Xilotepec, con la villa del Carbon, Chapa de Mota, Acambay, Aculco, San Andrés Timilpa, y San Juan Acajuchitlan EL partido de Huichapan se divide en dos.. .
No se consigna división territorial.
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6 de agosto de 1824 Ley orgánica provisional para el arreglo del gobierno interior del Estado (artículo 36).
Se establece la división territorial del estado.
Art. 36. El territorio del Estado se divide en ocho distritos, que son: I. Acapulco, que comprende los partidos de Acapulco, Chilapa, Tixtla y Zacatula. II. Cuernavaca, que comprende el partido de su nombre y el de Cuautla. III. Huejutla, que comprende los partidos de Huejutla, Metztitlán y Yahualica. IV. México, que comprende los partidos de Chalco, Coatepec Chalco, Coyoacán, Cuautitlán, Ecatepec, Mexicalcingo, México, Tacuba, Teotihuacán, Texcoco, Xochimilco, y Zumpango. V. Tasco, que comprende los partidos de Tasco, Temascaltepec, Tetela del rio, y Zacualpan. VI. Toluca, que comprende los partidos de Lerma, Maninalco, Metepec, Tenango del Valle, Toluca, é Ixtlahuaca. VII. Tula, que comprende los partidos de Actopan, Huichapan, Tetepango, Tula, Xilotepec, Ixmiquilpan, y Zimapan. VIII. Tulancingo, que comprende los partidos de Apan, Otumba, Pachuca, Tulancingo y Zempoala.
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18 de noviembre de 1824
Decreto que señala a México con el distrito que se expresa para la residencia de los supremos poderes de la federación (artículos 1 y 2).
1.- El lugar que servirá de residencia a los supremos poderes de la federacion..., será la ciudad de México. 2.- Su distrito será el comprendido en un círculo cuyo centro sea la plaza mayor de esta ciudad y su radio de dos leguas. Primera segregación del territorio del Estado de México
No se consigna división territorial.
29 de enero de 1825 Decreto Nº 35. Se declara partido separado de Cuernavaca á todo el que fué territorio del tenientazgo de Jonacatepec, quedando sujeto á la prefectura de Cuernavaca.
No se consigna división territorial.
9 de febrero de 1825 Decreto Nº 36 (artículos 1º y 6º). Art. 1o. No podrá haber ayuntamiento sino en los pueblos que por sí ó su comarca lleguen á cuatro mil almas. Art. 6o. En las cabeceras de partido deberá haber ayuntamiento sea cual fuere su poblacion. En vigor a partir del 1º de enero de 1826 referido en la Memoria del Gobierno del Estado de México del mismo año.
(Ver nota Nº 1).
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8 de abril de 1825 Decreto Nº 41 (artículos 1º al 19). El Congreso constituyente del Estado de México, con el objeto de que los partidos del mismo Estado tengan la debida consideración política,...ha decretado lo siguiente: Art. 1o. Quedan estinguidos los partidos de Coyoacán, Coatepec Chalco, Lerma, Mexicalcingo, Metepec, Otumba, S. Cristóbal Ecatepec, Tetepango, Xochimilco y Zempoala. Art. 2o. En el distrito de México se formará un partido de los de Coyoacán, Mexicalcingo y Xochimilco, que se denominará de San Agustin de las Cuevas, cuya cabecera se colocará en este pueblo. Art. 3o. El partido de San Juan Teotihuacán, del mismo distrito, se compondrá del territorio que tiene actualmente y del que pertenecia á los partidos de Otumba y San Cristóbal Ecatepec. Art. 4o. Al partido de Texcoco se agregarán los pueblos de Chimalhuacán y San Vicente Chicoloapan, que pertenecian al partido de Coatepec Chalco. Art. 5o. Los demas pueblos que eran del partido Coatepec Chalco, quedarán reunidos al partido de Chalco. Art. 6o. En el distrito de Tulancingo se agregará al partido de Pachuca el territorio que componia el de Zempoala. Art. 7o. En el distrito de Toluca se reunirán al partido de este nombre los territorios de que se componian los de Lerma y Metepec; y ademas el pueblo de San Bartolomé Otzolotepec que antes era de Tenango. Art. 8o. El territorio del partido de Tetepango se dividirá entre los partidos de Actopan, Ixmiquilpan, Pachuca, Tula y Zumpango. Art. 9o. Al partido de Actopan se agregarán todos los pueblos que son de la doctrina de este último, con toda la comprension del curato de Misquiahuala. Art. 10. Al de Zumpango se agregará el curato de Huipuxtla, y los pueblos de Tequisquiac que antes eran de Tetepango. Art. 11. Al de Ixmiquilpan se agregará el pueblo de Tlaco. Art. 12. Al de Pachuca el territorio que toca á su feligresía, y el que corresponde á la de Atotonilco
No se consigna división territorial.
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18 de julio de 1825 Decreto Nº 49. El pueblo de Tlalnepantla será la cabecera de partido, que antes se denominaba de Tacuba.
No se consigna división territorial.
18 de abril de 1826 Los pueblos cortados por la línea pertenecerán al Estado de México si su mayor población quedase fuera del círculo distrital.
Los pueblos cortados por la línea de demarcacion de que habla el artículo 2o. de la ley de 18 de Noviembre de 1824, pertenecerán al Estado de México si la mayor parte de su actual poblacion quedase fuera del círculo distrital. El círculo del Distrito Federal se adecúa para definir territorialmente poblaciones que habían sido divididas.
No se consigna división territorial.
24 de abril de 1826 Decreto Nº 64 (artículos 1º al 4º). Art. 1o. El partido de Zacualtipán se dividirá en dos partidos, cuyas cabeceras serán el mismo pueblo de Zacualtipán y el de Metztitlán. Art. 2o. El partido de Metztitlán se compondrá de las doctrinas del mismo pueblo y de las de Zozoquipa, San Agustin Mexuititlán, San Lorenzo Istacoyoc, Chichicastla, Chapuluacan, Barranca de Totonicapa y Santa Mónica. Art. 3o. El partido de Zacualtipán, se compondrá de los pueblos de Zacualtipán, Tianguistengo, Molango, Lolotla, Tepehuacán y la vicaría de Tlacolula con sus respectivas doctrinas. Art. 4o. El pueblo de Tlanchinol y su doctrina se agregará al partido de Huejutla.
No se consigna división territorial.
1827 Memoria de los Ramos que son a cargo del Gobierno del Estado Libre de México.
Documento donde se menciona por primera vez a Acambay, Cardonal y Santa Fe como pueblos donde existe ayuntamiento.
El Estado de México se integra por ocho prefecturas: Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México, Tasco, Toluca, Tula y Tulancingo.
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4 de enero de 1827 Decreto Nº 84 (artículo 1º). Art. 1o. Para el dia 1o. de Febrero, estarán en la ciudad de Texcoco, que se designa para residencia de los supremos poderes del Estado,... Se instalan en Texcoco los poderes del estado y la ciudad de México se convierte en capital federal exclusivamente.
No se consigna división territorial.
14 de febrero de 1827
Constitución Política del Estado de México (artículos 4º y 5º).
Primera Constitución del estado, en ella se indica que existen 8 distritos.
4o. El territorio del estado es el comprendido en los distritos de Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México, Tasco, Toluca, Tula y Tulancingo. 5o. La ciudad de Tezcoco es la cabecera del distrito de México, y la residencia de los supremos poderes del estado.
22 de febrero de 1827
Decreto Nº 94. En el pueblo de Zinguilucan, del distrito de Tulancingo, se establecerá ayuntamiento.
No se consigna división territorial.
26 de abril de 1827 Decreto Nº 21 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Redúzcase la municipalidad de Tenango de la jurisdicción de Tualancingo, á su vecindario y el de Achiotepec, al que desde antes había estado unido. Art. 2o. Se separarán de ella el de Huehuetla y sus anecsos, á quienes con calidad de por ahora se concede instalar su ayuntamiento,...
No se consigna división territorial.
2 de mayo de 1827 Decreto Nº 29. En el pueblo de Papalotla se instalará ayuntamiento por separado del de Tepetlastoc,...
No se consigna división territorial.
18 de mayo de 1827 Circular Nº 72 del Congreso del Estado (proposición 1ª).
1a. Los supremos poderes del estado se transladarán provisionalmente al pueblo de S. Agustin de las Cuevas, el dia 15 de junio del corriente año.
No se consigna división territorial.
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20 de septiembre de 1827
Decreto Nº 65. Divídase en dos el partido de Zacualpam, uno compuesto de los curatos de Teloloapam, Ixcateopam, Acapetlayahua, Apaxtla, Coatepec Costales y Alahuistlan, cuya cabecera será el primero, y el otro del resto de este partido, continuando su cabecera en Zacualpam.
No se consigna división territorial.
1828 Dictamen de la Comisión de Análisis de las Memorias.
Documento donde se menciona por primera vez a Capulhuac como pueblo donde existe ayuntamiento.
El Estado de México se integra por ocho prefecturas: Acapulco, Cuernavaca, Huejutla, México, Tasco, Toluca, Tula y Tulancingo.
5 de julio de 183 0 Decreto Nº 126 (artículo 1º).
Art. 1o. El Congreso constitucional se instalará el 15 de Agosto en la ciudad de Toluca, y allí resolverá sobre la suerte que debe correr el art. 5o. de la constitucion.
No se consigna división territorial.
12 de julio de 1830 Decreto Nº 130 (artículo 1º). Art. 1o. El Congreso, el gobierno, los tribunales y oficinas del Estado empezarán á ejercer sus funciones en la ciudad de Toluca el dia 24 del corriente.
No se consigna división territorial.
16 de octubre de 1830
Decreto Nº 200 (artículo 1º). Art. 1o. Ha lugar á reformar el artículo 5o. de la constitucion del Estado, en la parte que fija en Texcoco la residencia de los supremos poderes, estableciéndose ésta en la ciudad de Toluca. Hasta el 16 de octubre se convierte constitucionalmente Toluca en la capital del estado al modificarse el artículo 5o., aunque para estas fechas ya residían en la ciudad los supremos poderes.
No se consigna división territorial.
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20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309 (artículos 1º al 3º). Art. 1o. La prefectura de México se dividirá en dos distritos, uno llamado del Este de México y el otro del Oeste. El primero se compondrá de los partidos de Texcoco, Chalco y Teotihuacan, y el segundo de Tlalnepantla, Tlalpam, Zumpango y Cuautitlán; siendo las cabeceras de prefectura Texcoco del primero y Tlalnepantla del otro. Art. 2o. La prefectura de Tasco se dividirá en dos: la primera se compondrá de Tasco, Ajuchitlan y Teloloapam, cuya cabecera será Tasco; y la otra se formará en Sultepec, Temascaltepec, Zacuálpan y Tejupilco, siendo su cabecera Sultepec. Art. 3o. La prefectura de Acapulco se dividirá en dos: una compuesta de los partidos de Acapulco y Tecpan, y la otra de Chilapa y Tixtla, siendo sus cabeceras Acapulco y Chilapa.
No se consigna división territorial.
12 de septiembre de 1833
Decreto Nº 336 (artículo único). Artículo único. Se aprueba la providencia del ejecutivo, contraida á que se trasladasen á Lerma los supremos poderes del Estado, en 6 de Julio prócsimo pasado,...
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29 de abril de 1834 Decreto Nº 387 (artículo 1º). Art. 1o. Se suprimen los partidos de Mextitlán, Yahualica y Tejupilco, uniéndose Mextitlán á Zacualtipan, Yahualica á Huejutla y Tejupilco á Sultepec.
No se consigna división territorial.
23 de mayo de 1835 Decreto Nº 463 (artículo único). Artículo único. Mientras se arreglan definitivamente el número, límites y cabeceras de los distritos, se trasladará la de Sultepec al mineral de Temascaltepec.
No se consigna división territorial.
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23 de diciembre de 1837
Decreto Nº 4 (artículos 1º y del 3º al 20).
Con el establecimiento del sistema centralista se modifica la integración territorial existente, se reelige a la ciudad de México como capital del nuevo departamento de México.
Art. 1o. El Departamento de México se forma del antiguo Estado del mismo nombre, del estinguido distrito federal, y del que era territorio de Tlaxcala. Art. 3o. La capital del Departamento es la ciudad de México. Art. 4o. El Departamento comprende trece distritos: el del centro ó de México, el de Acapulco, de Chilapa, de Cuautitlan, Cuernavaca, Mextitlan, Tasco, Tlaxcala, Toluca, Tula, Tulancingo, Temascaltepec y Texcoco. Art. 5o. El de México se divide en tres partidos, que son: el de la ciudad de este nombre, el de Coyoacán y el de Tlalnepantla. La cabecera de este distrito es la ciudad de México. Art. 6o. El distrito de Acapulco se divide en dos partidos: el de Acapulco y el de Tecpan, su cabecera la ciudad de Acapulco. Art. 7o. El de Chilapa, su cabecera la villa del mismo nombre, se divide en los dos partidos de Chilapa y Ciudad Guerrero. Art. 8o. El de Cuautitlan, su cabecera el pueblo del mismo nombre, se divide en los dos partidos de Cuautilan y Zumpango. Art. 9o. El de Cuernavaca, su cabecera la ciudad del mismo nombre, se divide en los tres partidos de Cuernavaca, Ciudad Morelos y Jonacatepec. Art. 10. El de Mextitlan, su cabecera el pueblo de este nombre, se divide en los cuatro partidos de Mextitlan, Huejutla, Yahualica y Zacualtipam. Art. 11. El de Tasco, su cabecera el pueblo del mismo nombre, se divide en los tres partidos de Tasco,
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22 de marzo de 1838
Decreto Nº 5 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. La agregacion... de Alfajayucan al partido de Ixmiquilpan, comprende á todos los pueblos y rancherías que forman su estinguida municipalidad,... Art. 2o. Los pueblos de Ixtapam y Coatepec de las Harinas, agregados al partido de Tenancingo,... comprenden á todos los demas pueblos que formaban sus estinguidas municipalidades,... y como poblaciones... de Tenancingo.
No se consigna división territorial.
29 de agosto de 1846
Decreto Nº 1 (artículo 1º). Art. 1o. Se declaran vigentes en el Estado de México la antigua constitucion del mismo, y su ley orgánica, con las reformas que legalmente le fueron hechas por leyes dictadas por sus Congresos constitucionales, en todo lo que no pugnen con las disposiciones posteriores al 6 del actual. Con el establecimiento de la Constitución de 1827 el Estado de México regresa a su extensión original, sin el territorio de Tlaxcala y el Distrito Federal que le había incorporado el régimen centralista, instalándose nuevamente la capital en la ciudad de Toluca.
El Estado de México se integra por once distritos: Acapulco, Cuernavaca, Chilapa, Huejutla, Sultepec, Toluca, Tasco, Tulancingo Tlalnepantla, Texcoco y Tula.
16 de marzo de 1847
Decreto Nº 30 (artículo 1º). Art. 1o. Se erigen en municipalidad, los pueblos de San Antonio la Isla,... en el partido de Tenango del Valle,..
No se consigna división territorial.
26 de marzo de 1847
Decreto Nº 34 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en municipalidad la que antes era comarca de Almoloya del Rio, en el partido de Tenango, y se compondrá de dicho pueblo,...
No se consigna división territorial.
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29 de marzo de 1847
Decreto Nº 36 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se erige en municipalidad la villa de Jojutla,.. Art. 2o. Quedará igualmente lo que hoy ecsiste de Tlalquitenango... los demas lugares que no están espresados en el artículo anterior.
No se consigna división territorial.
7 de abril de 1847
Decreto Nº 39 (artículo 1º). Art. 1o. Se erigen en municipalidad los pueblos de San Pedro Actopan,... del partido de Tlalpam,..
No se consigna división territorial.
27 de abril de 1847 Decreto Nº 54 (artículo 1º). Art. 1o. Se separa la municipalidad de Joquicingo del partido de Tenancingo, al que hoy pertenece, y se agrega al de Tenango del Valle.
No se consigna división territorial.
2 de junio de 1847 Decreto Nº 63 (artículo único). Artículo único. La Diputacion permanente, en el prócsimo receso, queda autorizada para decretar toda clase de recursos para el sostén de la guerra estrangera, y para variar, de acuerdo con el gobierno, la residencia de los supremos poderes del Estado.
No se consigna división territorial.
7 de enero de 1848 Decreto Nº 66 (artículos 1º y 2º).
Art. 1o. Los supremos poderes del Estado, cuando lo ecsijan las circunstancias de la guerra de invasion, se trasladarán á Sultepec. Art. 2o. El gobierno, de acuerdo con la junta legislativa, creada por decreto de 16 del presente, declará cual sea el momento en que lleguen esas circunstancias. ...habiendo llegado el ejército invasor a Lerma los Supremos Poderes del Estado se trasladaran a Sultepec desde el 7 de Enero de 1848... (Testimonios: El Estado de México... Romero Quiroz. pág. 67).
No se consigna división territorial.
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22 de febrero de 1848
Decreto de la misma fecha (artículos 1º y 2º).
Art. 1o. Se revoca el decreto del 19 de Setiembre último, que estableció la traslacion de los Supremos Poderes del Estado á Sultepec. Art. 2o. El Ejecutivo podrá residir en el punto del Estado que juzgare conveniente, conforme á las circunstancias. El Congreso abrirá sus prócsimas sesiones ordinarias, en el lugar en que resida el Ejecutivo. Este decreto es promulgado en Metepec que funcionaba como capital por el gobernador del estado Lic. Manuel Gracida.
No se consigna división territorial.
29 de mayo de 1848 Archivo Nº 441, sección 44 (Exp. Nº 33, Tomo 167 de la H. Cámara de Diputados del Estado de México).
Teniendo noticias positivas de que la tropa americana ha de desocupar mañana la ciudad de Toluca,...he dispuesto que en la tarde se trasladen a allí el gobierno con las oficinas que aquí estan establecidas... (Ordenamiento expedido en Metepec por el gobernador Mariano Arizcorreta).
No se consigna división territorial.
30 de agosto de 1848
Decreto Nº 77 (artículo único). Artículo único. Se erige en municipalidad el pueblo de Molango,...del distrito de Huejutla,...
No se consigna división territorial.
7 de septiembre de 1848
Decreto Nº 80 (artículo único). Artículo único. Se erige en municipalidad el pueblo de Mexquititlán...del distrito de Huejutla,...
No se consigna división territorial.
26 de septiembre de 1848
Decreto Nº 86 (artículo único). Artículo único. El distrito de Huejutla continuará dividido en los partidos de Mextitlán, Huejutla, Yahualica y Zacualtipan,...
No se consigna división territorial.
11 de octubre de 1848
Decreto Nº 92 (artículo único). Artículo único. Se erige en municipalidad el pueblo de Tlalnepantla Cuautenca,...del distrito del Este.
No se consigna división territorial.
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16 de octubre de 1848
Decreto Nº 99 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. La Legislatura del Estado libre y soberano de México consiente en la ereccion del de Guerrero, en los términos prevenidos en el art. 6o. de la acta de reformas, si consienten las de Puebla, y Michoacán en los mismos términos. Art. 2o. Los distritos de Tasco, Chilapa y Acapulco, continuarán sujetos á las autoridades de este Estado hasta que se erija el gobierno provisional del nuevo. Se condiciona la erección del estado de Guerrero.
No se consigna división territorial.
15 de mayo de 1849 Decreto que declara la erección del Estado de Guerrero (artículo 1).
Art. 1. Se erige un nuevo Estado con el nombre de Guerrero, que se compondrá de los Distritos de Acapulco, Chilapa, Tasco y Tlapa, y la municipalidad de Coyuca, pertenecientes los tres primeros al Estado de México, el cuarto al de Puebla y la quinta al de Michoacán; quedando por límite de ésta el rio de las Balsas. Se erige definitivamente el estado de Guerrero.
No se consigna división territorial.
30 de mayo de 1849 Decreto Nº 16. La Legislatura del Estado de México ratifica la ereccion de un nuevo Estado con el nombre de Guerrero, en los términos que fija el art. 1o. de la ley del Congreso general, de 15 del presente mes. El congreso del Estado de México ratifica la erección del estado de Guerrero.
No se consigna división territorial.
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2 de junio de 1849 Decreto Nº 20 (artículos 1º al 3º).
Art. 1o. Se erige un partido en el distrito de Cuernavaca, compuesto de las municipalidades de Tetecala, Mazatepec, Ixtla, Jojutla y Tlalquiltenango, cuya cabecera será Tetecala. Art. 2o. En el mismo distrito de Cuernavaca se erige otro partido, compuesto de las municipalidades de Yautepec, Tlalnepantla Cuautenca, Tlayacapa y Totolapa, cuya cabecera será Yautepec. Estas tres municipalidades de Tlalnepantla Cuautenca, Tlayacapa y Totolapa, quedan segregadas del distrito del Este, agregándose al distrito de Cuernavaca. Art. 3o. La municipalidad de Zacualpam de Amilpas se separa del partido de Morelos y se agrega al de Jonacatepec. La de Yecapistla se separa de Jonacatepec y se agrega al de Morelos.
No se consigna división territorial.
21 de septiembre de 1849
Decreto Nº 27 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en municipalidad el pueblo de Tlatlaya y su comarca,...
No se consigna división territorial.
12 de octubre de 1849
Decreto Nº 33 (artículo único). Artículo único. La municipalidad de la villa del Valle se segrega del partido de Temascaltepec, y se une al partido de Toluca.
No se consigna división territorial.
27 de octubre de 1849
Decreto que declara erigido el Estado de Guerrero (artículo 1).
Art. 1.- Por cuanto ha sido ratificada por las legislaturas... la ley... de 15 de Mayo del corriente año, queda erigido en la Federación mexicana un nuevo Estado con el nombre de Guerrero, compuesto de los Distritos de Acapulco, Chilapa, Tasco, Tlalpa y la municipalidad de Coyuca, pertenecientes ántes los tres primeros al Estado de México,... Segunda segregación del territorio del Estado de México.
No se consigna división territorial.
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1850 Memoria de la Prefectura de Cuernavaca presentada al Superior Gobierno del Estado Libre y Soberano de México.
Documento donde se menciona por primera vez a Coatlán del Río como municipalidad del partido de Cuernavaca.
No se consigna división territorial.
16 de abril de 1850 Decreto Nº 51 (artículo 1º y 2º). Art. 1o. Se erige en municipalidad el pueblo de Santa Ana Tianguistengo,... Art. 2o. ... y esta municipalidad pertenecerá al partido de Zacualtipan.
No se consigna división terrritorial.
2 de junio de 1850 Decreto Nº 73 (artículo único). Artículo único. Se erige en municipalidad la Villa de Chilcuautla,...
No se consigna división territorial.
2 de junio de 1851 Decreto Nº 27 (artículo único). Artículo único. Entretanto se verifica la nueva division del territorio del Estado, se segrega la municipalidad de Tejupilco del partido de Sultepec, y se agrega al de Temascaltepec.
No se consigna división territorial.
9 de octubre de 1851
Decreto Nº 38 (artículo 9º). Despuésde la erección de Guerrero se consigna la nueva división territorial.
Art. 9o. El art. 4o. de la Constitucion del Estado, se reforma de esta manera: "El territorio del Estado es el comprendido hoy en los distritos de Cuernavaca, Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Toluca, Tula y Tulancingo.
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1852 Memoria de la Secretaría de Relaciones y Guerra del Gobierno del Estado de México.
Documento donde se mencionan a Achiotepec, Chapantongo, Chimalhuacán, Temamatla y Tultepec como municipalidades.
El Estado de México se integra por ocho distritos: Cuernavaca, Este de México, Huejutla, Oeste de México, Sultepec, Toluca, Tula y Tulancingo.
7 de mayo de 1852
Decreto Nº 60 (artículo único). Artículo único. Se erige en el distrito de Toluca, un partido compuesto de las municipalidades de la Villa del Valle que será la cabecera, Amanalco, San José Malacatepec y Asuncion Malacatepec.
No se consigna división territorial.
1º de diciembre de 1853
Decreto de formación del Territorio de la Sierra Gorda (artículo 1).
Art. 1.- ...formarán en lo sucesivo un territorio con denominacion de TERRITORIO DE LA SIERRA-GORDA,...se compondrá de...hasta Santa Rosa Uraga en el de México.
No se consigna división territorial.
21 de febrero de 1854
Se declara la comprensión del Distrito de México (artículos 1º y 3º).
Art. 1o. El Distrito de México se estenderá hasta las poblaciones que espresa este decreto, y á cuantas aldeas, fincas, ranchos, terrenos y demas puntos que estén comprendidos en los limites, demarcaciones y pertenencias de las poblaciones mencionadas... Art. 3o. ... La 3a. comprenderá toda la demarcacion de Coyoacán, las de Tlalpam,..., Xochimilco,... Tercera segregación del territorio del Estado de México al ampliarse la comprensión del distrito de México.
No se consigna división territorial.
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26 de marzo de 1855
Se forma el Distrito de Morelos (artículo 1).
Art. 1. De todas las poblaciones comprendidas en las sub-prefecturas de los partidos de Cuautla y Jonacatepec, se formará en el Departamento de México un nuevo distrito, cuya cabecera será la ciudad de Morelos.
No se consigna división territorial.
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7 de septiembre de 1855
Se designa cual es el territorio del estado. (artículos 1º al 4º).
Se reordenan territorialmente los distritos que integran al Estado de México.
Art. 1o. El Territorio del Estado es el comprendido en los Distritos de Cuernavaca, Morelos, Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Tlalpan, Toluca, Tula, Tulancingo, y Cuautitlán. Art. 2o. El Distrito de Cuernavaca comprende los partidos de Cuernavaca, Tetecala y Yautepec; el de Morelos, los de Morelos y Jonacatepec; el de Huejutla, los de Huejutla, Yahualica, Metztitlán y Zacualtipan; el de Sultepec, los de Sultepec, Zacualpan y Temascaltepec; el de Texcoco, los de Texcoco, Toetihuacan y Chalco; el de Tlalnepantla, el territorio del mismo; el de Cuautitlán, los de Cuautitlán y Zumpango; el de Tlalpam, el territorio del mismo nombre; el de Toluca, los de Toluca, Tenango del Valle, Tenancingo, Ixtlahuaca, y el del Valle de Temascaltepec; el de Tula, los de Tula, Jilotepec, Huichapan, Ixmiquilpan, Zimapan y Jacala, y el de Tulancingo, los de Tulancingo, Pachuca y Apan. Art. 3o. Los partidos que van mencionados tendrán la misma estension que tienen actualmente. Art. 4o. Las municipalidades de cada uno de los partidos espresados, serán las mismas que ecsisten actualmente.
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13 de septiembre de 1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del Estado (artículos 113 y 114).
Se designa la división territorial del estado. Art. 113. El territorio del Estado es el comprendido en los Distritos de Cuernavaca, Morelos, Huejutla, Sultepec, Texcoco, Tlalnepantla, Tlalpan, Toluca, Tula, Tulancingo y Cuautitlán. Art. 114. Los Distritos comprenden: DISTRITOS PARTIDOS Cuernavaca Cuernavaca Tetecala Yautepec Morelos Morelos Jonacatepec Huejutla Huejutla Yahualica Mextitlán Zacualtipan Sultepec Sultepec Zacualpan Temascaltepec Texcoco Texcoco Teotihuacan Chalco Tlalnepantla Tlalnepantla Cuautitlán Cuautitlán Zumpango Tlalpan Tlalpan Toluca Toluca Tenango del Valle Tenancingo Ixtlahuaca Valle de Temascaltepec Tula Tula
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25 de noviembre de 1855
Orden del Ministerio de Gobernación. Queda incorporada la ciudad de Tlalpam al Distrito Federal.
...en vista de un ocurso presentado por los vecinos de Tlalpam, en que piden que dicho partido continúe unido al Distrito federal; y atendidas por S.E. las razones que exponen, ha tenido á bien ordenar: que estando de acuerdo con la peticion indicada, lo ponga en conocimiento de V. E., ... Cuarta segregación del territorio del Estado de México.
No se consigna división territorial.
4 de mayo de 1859 Decreto de la misma fecha (artículos 1º y 2º).
Durante el gobierno conservador de Miguel Miramón se divide el departamento de México en tres departamentos: Toluca, Tula y Valle México y dos territorios: Iturbide y Tulancingo.
Art. 1o. Se divide por ahora el Territorio que ha formado el Departamento de México del modo siguiente: Departamento de Toluca que comprenderá el Distrito de su nombre y el de Sultepec, su capital Toluca; Departamento de Tula, con el Distrito de su nombre y antiguo de Huejutla hoy de Metztitlán, su capital Tula; y el Territorio de Tulancingo con los partidos de su nombre, Apam y Pachuca, que han formado el actual Distrito, su capital Tulancingo. Art. 2o. Los Distritos de Texcoco, Tlalpam y Tlalnepantla, continuarán unidos al Distrito de México, formando un Departamento que se Titulara el Valle de México, su capital la ciudad de este nombre; y el territorio de Iturbide seguirá conforme a la ley de su erección.
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8 de julio de 1861 Decreto Nº 21 (artículo 1º). Art. 1o. Se declara Capital del Estado cualquier punto de él, donde resida el Gobierno, siempre que las circunstancias sean tales, que no se pueda defender esta ciudad.
No se consigna división territorial.
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31 de julio de 1861 Decreto Nº 25 (artículos 1º y 2º). Se establece la división territorial del estado después del triunfo liberal.
Art 1o. Por ahora, mientras no disponga otra cosa la Constitucion, se divide el territorio del Estado para su gobierno político, en los Distritos siguientes: Primero. El Partido de Actopan. Segundo. El de Cuernavaca, sin las Municipalidades de Coatlán del Rio y Tepostlán. Tercero. El de Chalco. Cuarto. Los Partidos de Huejutla y Yahualica. Quinto. El Partido de Huichapan. Sesto. El de Ixtlahuaca. Séptimo. El de Ixmiquilpan, sin la Municipalidad de Tasquillo. Octavo. El de Jilotepec, sin el pueblo de Macuá y con el de San Miguel Mandó. Noveno. El de Jonacatepec. Décimo. El de Morelos. Undécimo. Los Partidos de Teotihuacán y Apam, sin los pueblos de Cuautlalpan, Joloc, Reyes y haciendas de San Juan de la Labor y Santa Lucía. Duodécimo. El Partido de Pachuca. Décimo tercero. Los Partidos de Sultepec y Zacualpan, con el pueblo de Pantoja. Décimo cuarto. El Partido de Temascaltepec, sin el pueblo de Pantoja. Décimo quinto. El de Tenango del Valle. Décimo sesto. El de Tenancingo. Décimo sétimo. El de Texcoco. Décomo octavo. El de Tetecala, con la Municipalidad de Cuatlán de Rio. Décimo nono. El de Tlalnepantla. Vigésimo. El de Toluca. Vigésimo primero. El de Tula, sin el pueblo de S. Miguel Mandó. y con el de Macuá de Jilotepec,
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15 de octubre de 1861
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 4º).
Se ratifica la división territorial del estado. Art. 4o. El territorio del Estado es el comprendido actualmente en los Distritos de Actopan, Cuernavaca, Chalco, Huejutla, Huichapan, Ixtlahuaca, Ixmiquilpan, Jilotepec, Jonacatepec, Morelos, Otumba, Pachuca, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Texcoco, Tetecala, Tlalnepantla, Toluca, Tula, Huascasaloya, Villa del Valle, Yautepec, Zacualtipan, Zimapan y Zumpango de la Laguna...
4 de noviembre de 1861
Decreto Nº 39 (artículo único). Artículo único. Se erige una nueva municipalidad en el Distrito de Sultepec, compuesta de los pueblos de Tescatitlán,...
No se consigna división territorial.
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14 de noviembre de 1861
Decreto Nº 45 (artículos 1º, 2º y 3º). Se asigna categoría política y epónimo a cada una de las cabeceras de distrito.
Art. 1o. Todas las cabeceras de los Distritos tendrán el título de Villas, á escepcion de las que tengan el de ciudad que lo conservarán. Art. 2o. Conservando cada cabecera el nombre que hoy tiene, se llamarán en lo sucesivo del modo siguiente: Actopan de Hidalgo, Cuautla de Morelos, Cuernavaca de Iturbide, Chalco de Diaz Covarrubias, Huichapan de Villagrán, Huascazaloya de Ocampo, Huejutla de Cos, Yautepec de Gomez Farías, Ixmiquilpan de Aldama, Ixtlahuaca de Rayon, Jilotepec de Abasolo, Jonacatepec de Valle, Otumba de Terán, Pachuca de Guerrero, Sultepec de Pedro Asencio Alquisira, Temascaltepec de Gonzalez, Tenango de Arista, Tenancingo de Degollado, Texcoco de Mora, Tetecala de Matamoros, Tlalnepantla de Galeana, Tula de Allende, Toluca de Lerdo, Villa del Valle de Bravo, Zacualtipan de Mina, Zimapan de Zavala y Zumpango de Victoria. Art. 3o. El pueblo de Amecameca tendrá el título de Villa, y se llamará Amecameca de Degollado.
12 de febrero de 1862
Decreto que erige el municipio de San Francisco Coacalco (artículo único).
Artículo único. Se erige en municipio el pueblo de San Francisco Coacalco,... que ha pertenecido a la municipalidad de San Cristobal Ecatepec del Distrito de Tlalnepantla,...
No se consigna división territorial.
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22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. (artículo 1º).
Con motivo de la situación estratégica del estado y los conflictos armados, se divide éste en zonas militares.
Art. 1o. ...se divide el Estado de México en once Cantones militares, de la manera siguiente: Canton núm. 1. Se formará de los Distritos políticos de Tlalnepantla y Zumpango. Canton núm. 2. Se formará de los Distritos de Chalco y Texcoco. Canton núm. 3. Se formará de los Distritos de Otumba, Pachuca y Actopan. Canton núm. 4. Quedará formado de los Distritos de Huascazaloya y Zacualtipan. Canton núm. 5. Lo formará el Distrito de Huejutla. Canton núm. 6. Lo formarán los Distritos de Zimapan é Ixmiquilpan. Canton núm. 7. Se formará de los Distritos de Tula, Jilotepec y Huichapan. Canton núm. 8. Se formará de los Distritos de Toluca, Ixtlauhaca, Tenango, Villa del Valle y Tenancingo. Canton núm. 9. Se formará de los Distritos de Temascaltepec y Sultepec. Canton núm. 10. Se formará de los Distritos de Cuernavaca, Yautepec y Tetecala. Canton núm. 11. Se formará de los Distritos de Morelos y Jonacatepec.
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7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres Distritos militares (artículos 1º al 5º).
Por decreto presidencial y ante las amenazas de la guerra civil se divide el estado en distritos militares.
Art. 1o. Se formarán tres distritos militares en el territorio del Estado de México. Art. 2o. El primero se compondrá de los actuales distritos de Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Toluca, Villa del Valle, Ixtlahuaca y Jilotepec, considerándose como capital Toluca. Art. 3o. El segundo de los actuales distritos de Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Huichapan, Actopam, Pachuca, Huascazaloya, Huejutla, Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam, considerando como capital Actopan. Art. 4o. El tercero, de los distritos de Jonacatepec, Yautepec, Morelos, Cuernavaca y Tetecala, considerándose como capital Cuernavaca. Art. 5o. Los distritos de Chalco, Texcoco, Otumba, con escepcion del antiguo distrito de Apam, Zumpango de la Laguna y Tlalnepantla, se agregarán al Distrito federal, y quedarán sujetos á las autoridades constitucionales y leyes vigentes en él.
3 de enero de 1863 Providencia de la Secretaría de Gobernación.
...miéntras dura la actual guerra contra los invasores, que se anexe la municipalidad de Calpulalpam perteneciente actualmente al partido de Texcoco en le Distrito Federal,...al distrito de Tlaxcala en el Estado del mismo nombre.
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3 de marzo de 1865 Ley sobre la División Territorial del Imperio Mexicano (artículo 2º).
El antiguo Estado de México queda comprendido en cinco departamentos imperiales.
Art. 2o. El Territorio del Imperio se divide en cincuenta Departamentos, en esta forma: ...XIV. Departamento del Valle de México... XV. Departamento de Tulancingo... XVI. Departamento de Tula... XVII. Departamento de Toluca... XVIII. Departamento de Iturbide...
16 de marzo de 1865
Decreto Nº 121 (artículo 1º). En la primera división militar están comprendidos los cinco departamentos imperiales que conforman el antiguo Estado de México.
Art. 1o. El Territorio del Imperio se divide en ocho divisiones militares. La primera comprende los Departamentos del Valle de México, Iturbide, Toluca,... Tula y Tulancingo. La capital de esta division será Toluca...
2 de abril de 1865 Ministerio de Gobernación. Expediente 579-19.
Documento donde se menciona por primera vez a Tolcayuca como municipalidad.
No se consigna división territorial.
25 de abril de 1865 Ministerio de Gobernación. Circular Nº 15.
Documento donde se menciona por primera vez a Tezontepec (Tezontepec de Aldama) como municipalidad.
No se consigna división territorial.
8 de agosto de 1865 Lista de las demarcaciones, pueblos, haciendas y que comprende el Departamento de Tulancingo.
Documento donde se menciona por primera vez a Acatlan, Metepec y Tlanalapan como municipios y a El Chico, Epazoyuca y Tezontepec (Villa de Tezontepec) como municipalidades.
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13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37 (artículos 1º, 2º, del 5º al 11, 14 y 15).
Art. 1o. Se declara subsistente el Distrito político y judicial de Atotonilco el Grande, creado por decreto de 16 de Noviembre de 1867,... Art. 2o. Se declara subsistente el Distrito político y judicial de Tulancingo,... Art. 5o. Se erige el Distrito político y judicial con las Municipalidades de Lerma, San Bartolomé Otzolotepec, Ocoyoacac y Huisquilucan y el pueblo de Acupilco. La cabecera de este Distrito será la ciudad de Lerma. Art. 6o. Se divide la Municipalidad de Monte Alto, del Distrito de Tlalnepantla, en dos, que serán las de Santa Ana Jilotzingo,...y la de Santiago Tlazala,... Art. 7o. Quedan definitivamente erigidas las municipalidades de Omitlán en el Distrito de Atotonilco el Grande, y San Antonio Coatepec en el de Tulancingo,... Art. 8o. Se erige el municipio de Ecatzingo, en el Distrito de Chalco,... Art. 9o. Se erige en el Distrito de Chalco, el municipio de Ayapango,... Art. 10. Se erige en el Distrito de Chalco el Municipio de Cocotitlan,... Art. 11. Se erige en el Distrito de Tetecala el municipio de Amacusac,... Art. 14. Se erige en el Distrito de Morelos la municipalidad de San José Mapaxtlan,... Art. 15. Se erige en el Distrito de Toluca la municipalidad de la Merced de las Llaves,...
No se consigna división territorial.
27 de mayo de 1868 Decreto Nº 42 (artículo 1º). Art. 1o. Se ... erigieron en municipio las secciones de Tlanchinol y Xochiatipan, en el Distrito de Huejutla.
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Decreto Nº 88 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige el Distrito político de Cuautitlán, cuya cabecera será la Villa de ese nombre, con las Municipalidades de Cuautitlán, Tultitlán, San Miguel, Tultepec, Tepotzotlán, Huehuetoca, Coyotepec y Teoloyucan, que se segregan del Distrito de Zumpango.
No se consigna división territorial.
17 de octubre de 1868
Decreto Nº 89 (artículos 1º y 3º). Art. 1o. Se erige en municipio el pueblo de Almoloya, en el Distrito de Apan,... Art. 3o. Se erige en municipio el pueblo de Chiconcuac, en el Distrito de Texcoco.
No se consigna división territorial.
16 de enero de 1869
Decreto que erige el Estado de Hidalgo (artículo único).
Artículo único. Queda definitivamente erigido en nuevo Estado de la Federacion, con el nombre de Hidalgo, la porcion de territorio del antiguo Estado de México, comprendida en los distritos de Actopam, Apam, Huascasaloya, Huejutla, Huichapam, Pachuca, Tula, Tulancingo, Ixmiquilpam, Zacualtipan y Zimapan, que formaron el segundo distrito militar,... Quinta segregación del territorio del Estado de México.
No se consigna división territorial.
13 de abril de 1869 Decreto Nº 113 (artículos 1º y 3º). Art. 1o. Es Cabecera del Distrito de Sultepec, el pueblo de Almoloya. Art. 3o. En lo sucesivo se llamará el Distrito de Sultepec: "Sultepec de Alquisiras".
No se consigna división territorial.
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17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos (artículo único).
Artículo único. Queda definitivamente erigido en Estado de la Federacion, con el nombre de "Morelos" la porcion de territorio del antiguo Estado de México, comprendida en los distritos de Cuernavaca, Cuautla, Jonacatepec, Tetecala y Yautepec, que formaron el tercer distrito militar... Sexta segregación del territorio del Estado de México.
No se consigna división territorial.
23 de abril de 1869 Decreto Nº 114 (artículos 4º y 5º). Art. 4o. Se erige en municipio el pueblo de Tezoyuca, del Distrito de Texcoco. Art. 5o. Se forma un Distrito político y rentístico, con las municipalidades de Zacualpam, Coatepec-Harinas é Ixtapam, del Distrito de Sultepec, siendo la cabecera de Distrito Coatepec-Harinas.
No se consigna división territorial.
31 de agosto de 1869
Decreto Nº 126 (artículo 1º) . Art. 1o. Se erige un Municipio en el Distrito de Chalco, con los pueblos de Tepetlixpa,...
No se consigna división territorial.
8 de octubre de 1869
Decreto Nº 140 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se erige en Municipio el pueblo de Mexicalcingo, de la Municipalidad de Calimaya. Art. 2o. Se erige en Municipio el pueblo de Chapultepec, de la misma Municipalidad.
No se consigna división territorial.
1870 Memoria de todos los Ramos de la Administración del Estado de México.
Documento donde se mencionan por primera vez a Santo Tomás, Texcaliacac y Jaltenco como municipios; y a Mineral del Oro y Timilpan como municipalidades.
No se consigna división territorial.
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14 de octubre de 1870
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 4º).
En esta Constitución se mencionan los distritos que integran al Estado de México, excluyendo aquéllos que se segregaron para erigir los estados de Hidalgo (16 de enero de 1869) y Morelos (17 de abril de 1869). No se menciona al distrito de Coatepec Harinas.
Art. 4o. El territorio del Estado es el comprendido actualmente en los Distritos de Chalco, Cuautitlán, Ixtlahuaca, Jilotepec, Lerma, Otumba, Sultepec, Temascaltepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Texcoco con la municipalidad de Calpulalpan, Tlalnepantla, Toluca, Villa del Valle, Zacualpan y Zumpango de la Laguna. La division del territorio se hará definitivamente por una ley secundaria, bajo la base de que cada Distrito comprenda cuarenta mil habitantes ó una fraccion que pase de veinte mil.
18 de octubre de 1870
Decreto Nº 38 (artículos 1º, 3º, 6º y 7º).
Art. 1o. Se erige en Municipalidad el pueblo de San Francisco Xonacatlán,... de la Municipalidad de Otzolotepec en el Distrito de Lerma,... Art. 3o. Se erige en Municipio el pueblo de Tonatico, perteneciente á la Municipalidad de Ixtapan de la Sal, en el Distrito de Zacualpan,... Art. 5o. Se erige en Municipio el pueblo de Santa Cruz Atizapán, de la Municipalida de Almoloya del Rio, en el Distrito de Tenango. Art. 6o. Se erige en Municipio el pueblo de San Francisco Tlacilalcalpa, perteneciente a la Municipalidad de Zinacantepec, en el Distrito de Toluca. Art. 7o. Se erigen en Municipalidad los pueblos de Ocuila,...de la municipalidad de Malinalco, del Distrito de Tenancingo.
No se consigna división territorial.
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18 de octubre de 1870
Decreto Nº 42 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en Municipio el pueblo de Apasco... de la Municipalidad de Tequixquiac, del Distrito de Zumpango, con la denominación de "Apasco de Ocampo".
No se consigna división territorial.
28 de diciembre de 1870
Decreto Nº 52 (artículo único). Artículo único. Se restablece la cabecera del Distrito de Sultepec de Alquisiras en la Villa de este nombre.
No se consigna división territorial.
13 de octubre de 1871
Decreto Nº 106 (artículo 1º). Art. 1o. Se erije en Municipalidad el pueblo de San Mateo Atenco, del Distrito de Lerma,...
No se consigna división territorial.
19 de octubre de 1871
Decreto Nº 113 (artículo único). Artículo único. Se erige un Municipio con los pueblos de Santa María de la Asuncion Nopaltepec,... pertenecientes al Ditrito de Otumba,...
No se consigna división territorial.
27 de abril de 1872 Decreto Nº 8 (artículo único). Artículo único. Se suprime el Distrito político, judicial y rentístico de Zacualpan. Las municipalidades de Coatepec Harinas é Ixtapan de la Sal, y el municipio de Tonatico, se agregan al Distrito de Tenancingo, y la municipalidad de Zacualpan al Distrito de Sultepec.
No se consigna división territorial.
12 de septiembre de 1872
Decreto Nº 25 (artículo único). Artículo único. Se erige en el Distrito de Jilotepec, el municipio de Soyaniquilpan...
No se consigna división territorial.
4 de octubre de 1872
Decreto Nº 31 (artículo único) Artículo único. Es cabecera del Distrito de Chalco el pueblo de Tlalmanalco, en la municipalidad del mismo nombre.
No se consigna división territorial.
12 de octubre de 1872
Decreto Nº 34 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Tenango del Valle, el municipio de Jalatlaco,...
No se consigna división territorial.
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17 de octubre de 1872
Decreto Nº 43 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Lerma la Municipalidad de Santa María Atarasquillo ,...
No se consigna división territorial.
9 de septiembre de 1873
Decreto Nº 89 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Otumba el municipio de San Juan Bautista Teacalco, ... de la municipaliadad de Temascalapa.
No se consigna división territorial.
16 de octubre de 1873
Decreto Nº 106 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Otumba el municipio del San Martin Obispo...
No se consigna división territorial.
18 de marzo de 1874
Decreto Nº 4 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se erige el Distrito político, judicial y rentístico de Almoloya el Grande, con el nombre, para lo sucesivo, de "Almoloya de Juarez". Art. 2o. Este Distrito se formará con las municipalidades de Almoloya y las Llaves y municipio de Tlacilalcalpa, del Distrito de Toluca; la de Temoaya, perteneciente hoy al Distrito de Ixtlahuaca...
No se consigna división territorial.
18 de marzo de 1874
Decreto Nº 6 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se agrega al Distrito de la Villa del Valle, la municipalidad de Otzoloapan, segregándose del de Temascaltepec. Art. 2o. La municipalidad de Coatepec Harinas, se segrega del Distrito de Tenancingo del que forma parte, y se agrega al de Temascaltepec.
No se consigna división territorial.
8 de abril de 1874 Decreto Nº 11 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se deroga el Decreto núm. 31..., que estableció la cabecera del Distrito de Chalco en el pueblo de Tlalmanalco. Art. 2o. La cabecera del mencionado Distrito volverá á ser la Villa de Chalco,...
No se consigna división territorial.
6 de mayo de 1874 Decreto Nº 22 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige el municipio de San Pedro Tultepec,...que perteneció á la municipalidad de Ocoyoacac del Distrito de Lerma.
No se consigna división territorial.
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3 de septiembre de 1874
Decreto Nº 30 (artículos 1º y 4º). Art. 1o. Se formará un nuevo municipio en el Distrito de Tlalnepantla, compuesto de los pueblos de San Francisco Atizapan,...El nuevo municipio llevará el nombre de "Zaragoza",... Art. 4o. Desde igual fecha, el Distrito de Tlalnepantla se denominará "Distrito de Comonfort."
No se consigna división territorial.
11 de septiembre de 1874
Decreto Nº 33 (artículos 1º al 3º). Art. 1o. Se traslada la cabecera del Distrito político, judicial y rentístico de Temascaltepec á la Villa de Tejupilco. Art. 2o. El referido Distrito se denominará en lo sucesivo con el nombre de "Distrito de Tejupilco de Hidalgo," y lo formarán las municipalidades de la Cabecera, Temascaltepec, Amatepec, Tlatlaya y el pueblo de Pantoja, quedando segregados éste y las dos últimas del de Sultepec á que actualmente pertenecen. Art. 3o. Queda segregada del nuevo Distrito la municipalidad de Coatepec-Harinas, agregándose al de Tenancingo.
No se consigna división territorial.
11 de septiembre de 1874
Decreto Nº 35 (artículo 1º). Art. 1o. Se deroga el decreto núm. 22,..., que mandó erigir en municipio, el pueblo de San Pedro Tultepec,...en el Distrito de Lerma.
No se consigna división territorial.
12 de septiembre de 1874
Decreto Nº 36 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en la municipalidad de Tecámac del Distrito de Otumba, el "municipio de Reforma,"...
No se consigna división territorial.
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8 de octubre de 1874
Decreto Nº 39 (artículo 1º). Art. 1o. Los pueblos de San Bartolomé de las Tunas,...formarán en lo sucesivo, la municipalidad de San Bartolomé de Morelos, en el Distrito de Jilotepec,...
No se consigna división territorial.
12 de octubre de 1874
Decreto Nº 42 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige un municipio en la municipalidad de Ozumba, del Distrito de Chalco, con los pueblos de Atlautla,...
No se consigna división territorial.
16 de octubre de 1874
Se aprueba el convenio celebrado entre los Estados de Tlaxcala y México (artículo único).
Artículo único. Se aprueba el convenio celebrado en 29 de Julio de 1871 por los gobiernos de los Estados de Tlaxcala y México,...en virtud del cual el Estado de México cede al de Tlaxcala la municipalidad de Calpulalpam. Séptima segregación del territorio del Estado de México.
No se consigna división territorial.
22 de octubre de 1874
Decreto Nº 56 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Tenango del Valle la municipalidad de "Rayon,"..., pertenecientes actualmente á las municipalidades de San Antonio la Isla y Calimaya,...
No se consigna división territorial.
16 de abril de 1875 Decreto Nº 83 (artículo 1º). Art. 1o. Se erije en la municipalidad de Tlalmanalco, del Distrito de Chalco, la municipalidad de San Gregorio Cuautzinco,...
No se consigna división territorial.
16 de abril de 1875 Decreto Nº 88 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se traslada la cabecera del Distrito político, judicial y rentístico de Otumba á la de la municipalidad de San Juan Teotihuacán del mismo Distrito, llevando en lo sucesivo el nombre de "Matamoros." Art. 2o. Se deroga el Decreto núm. 106...que creó el municipio de San Martin Obispo, volviendo en consecuencia las localidades que lo forman á la municipalidad de San Juan Teotihuacán.
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1º de mayo de 1875 Decreto Nº 93 (artículos 1º, 2º y 4º).
Art. 1o. Del Distrito de Matamoros, y de las poblaciones que adelante se enumeran, se formarán dos Distritos políticos, judiciales y rentísticos con los nombres de "Matamoros" y "Terán." Art. 2o. El Distrito de Matamoros queda formado con las municipalidades de San Juan Teotihuacán, que será su cabecera la de Tecámac, San Cristóbal Ecatepec que se segrega del Distrito de Tlalnepantla, sin los pueblos de San Pedro Jaloxtoc y Santa Clara Cuautitla, de la de Temascalapa y municipio de Ozumbilla. Art. 4o. El nuevo Distrito de Terán, se formará de las municipalidades de Otumba, que será su cabecera, Ajapuxco, Nopaltepec, municipio de Teacalco y el territorio que formó el municipio de San Martin Obispo.
No se consigna división territorial.
1º de mayo de 1875 Decreto Nº 96 (artículo 1º). Art. 1o. Se erige en el Distrito de Lerma un municipio que lo formarán el pueblo de Tultepec de la municipalidad del mismo Lerma, y el pueblo de Cholula de la de Ocoyoacac,...
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14 de septiembre de 1875
Decreto Nº 117 (artículo único). Artículo único. Se segregan de la municipalidad de la Asuncion Malacatepec del Distrito de Villa del Valle, el pueblo...agregándose al municipio de Ixtapan del Oro, perteneciente al mismo Distrito. Primera mención del municipio de la Asunción Malacatepec.
No se consigna división territorial.
21 de septiembre de 1875
Decreto Nº 121 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se erige en la municipalidad de Temascaltepec, del Distrito de Tejupilco de Hidalgo, un municipio formado de los pueblos de Tequisquipan,... Art. 2o. Se segregan de la municipalidad de Temascaltepec, los pueblos,...
No se consigna división territorial.
27 de septiembre de 1875
Decreto Nº 124 (artículo único). Artículo único. Se erige en el Distrito de Jilotepec, la municipalidad de Polotitlán con el municipio del mismo nombre y las localidades que al efecto se segregan de la municipalidad de Aculco,...
No se consigna división territorial.
27 de septiembre de 1875
Decreto Nº 125 (artículo único). Artículo único. Se segrega del Distrito de Lerma la municipalidad de Huisquilucan, para agregarse al de Tlalnepantla de Comonfort.
No se consigna división territorial.
4 de octubre de 1875
Decreto Nº 128 (artículo 1º). Art. 1o. Se erigen en municipio los pueblos de la Magdalena Atlipac,...de la municipalidad de Chimalhuacán Atenco del Distrito de Texcoco,...
No se consigna división territorial.
15 de octubre de 1875
Decreto Nº 134 (artículo 1º). Art. 1o. Se erigen en municipalidad los pueblos de Zumpahuacán,...pertenecientes á la municipalidad de Tenancingo,...
No se consigna división territorial.
20 de abril de 1877 Decreto Nº 6 (artículo 1º). Art. 1o. Se suprime en el Distrito de Lerma la municipalidad de Atarasquillo.
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26 de abril de 1877 Decreto Nº 13 (artículos 1º, 2º y del 9º al 11).
Art. 1o. Se deroga el decreto núm. 4... que erigió el Distrito de Almoloya de Juarez. Art. 2o. Los diversos pueblos y haciendas que forman en la actualidad el referido Distrito, con exclusion de la municipalidad de Temoaya que se agrega al Distrito de Lerma, se reincorporarán á los Distritos á que pertenecian á la fecha del decreto que hoy se deroga. Art. 9o. Se deroga el decreto núm. 93...que del Distrito de Otumba y algunas otras poblaciones formó dos Distritos políticos, judiciales y rentísticos, con los nombres de Matamoros y Terán. Art. 10. Los pueblos que en la actualidad forman esos dos Distritos volverán á pertenecer á los de que formaban parte al tiempo de la ereccion de los referidos Distritos, con las siguientes modificaciones: I. La municipalidad de Teotihuacán se agrega al Distrito de Texcoco. II. La cabecera del Distrito de Otumba con los pueblos que se le reincorporen y que antes pertenecian á él, será la poblacion del mismo nombre. Art. 11. El Distrito de Otumba se denominará en lo sucesivo "Distrito de Morelos."
No se consigna división territorial.
5 de abril de 1879 Decreto Nº 6 (artículos 2º y 3º). Art. 2o. El municipio de Otzoloapan se formará de la poblacion expresada... Art. 3o. La hacienda de Santa María Zacazonapan,... y pueblo de Zacazonapan, formarán un nuevo municipio, cuya cabecera será el pueblo expresado.
No se consigna división territorial.
30 de abril de 1879 Decreto Nº 20 (artículo 1º). Art. 1o. Se segrega la Municipalidad de Huisquilucan del Distrito de Tlalnepantla, para reincorporarla al Distrito de Lerma á donde antes
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23 de septiembre de 1879
Decreto Nº 33 (artículo 1º). Art. 1o. Se deroga el decreto núm. 20..., en consecuencia, la municipalidad de Huisquilucan se segrega del Distrito de Lerma, y se reincorpora al de Tlalnepantla de Comonfort.
No se consigna división territorial.
16 de octubre de 1880
Decreto Nº 96 (artículo 1º). Art. 1o. Se traslada á la Villa de Tlalmanalco, la cabecera del Distrito de Chalco.
No se consigna división territorial.
13 de octubre de 1881
Decreto Nº 31 (artículos 1º , 2º y 3º).
Art. 1o. Se traslada la cabecera del Distrito político, judicial y rentístico de Tejupilco, á la H. Villa de Temascaltepec, llevando el Distrito este nombre. Art. 2o. Las municipalidades de Amatepec y Tlatlaya que en la actualidad pertenecen al Distrito de Tejupilco, se reincorporarán inmediatamente al Distrito de Sultepec de Alquisiras. Art. 3o. Con el pueblo de San Simon de los Herreros,...de la municipalidad de Temascaltepec,..., del municipio de Tequesquipan... de la de Tescaltitlán... de la Municipalidad de Tejupilco, se erige un nuevo municipio, cuya cabecera será San Simon y llevará el nombre de "Guerrrero."
No se consigna división territorial.
17 de octubre de 1881
Decreto Nº 33 (artículo único). Artículo único. Se deroga el decreto núm. 96..., que ordenó se trasladase la cabecera del Distrito de Chalco á la Villa de Tlalmanalco.
No se consigna división territorial.
1º de mayo de 1883 Decreto Nº 20 (artículo único). Artículo único. Se suprime el Municipio de Cocotitlán, del Distrito de Chalco. Los pueblos ..., se agregan á la municipalidad de Temamatla...
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29 de septiembre de 1883
Decreto Nº 32 (artículo único). Artículo único. Se deroga el decreto núm. 20..., que suprimió el municipio de Cocotitlán, en el Distrito de Chalco.
No se consigna división territorial.
1º de mayo de 1884 Decreto Nº 51 (artículos 1ºy 2º). Art. 1o. Se deroga el decreto núm. 96... que erigió el municipio de Tultepec, en el Distrito de Lerma. Art. 2o....formará parte...de la municipalidad de San Mateo Atenco.
No se consigna división territorial.
9 de septiembre de 1889
Decreto Nº 37 (artículo único) Artículo único. Se deroga el Decreto número 121..., que erigió el Municipio de Tequesquipan en el Distrito de Temascaltepec,...
No se consigna división territorial.
6 de diciembre de 1889
Se erige la Municipalidad de Joquicingo de León Guzmán (artículo 1º).
Art. 1o. Se erige la Municipalidad de Joquicingo de León Guzmán perteneciente al Distrito de Tenango;..., del Municipio de Texcalyacac;...de la Municipalidad de Tenango;..., á la Municipalidad de Malinalco, y..., de la Municipalidad de Ocuila.
No se consigna división territorial.
7 de mayo de 1890 Decreto Nº 76 (artículo único). Artículo único. El Distrito de Cuatitlán de la comprensión del territorio del Estado, se denominará en lo sucesivo "Cuautitlán de Romero Rubio".
No se consigna división territorial.
7 de mayo de 1891 Decreto Nº 28 (artículo 1º). Art. 1o. Se segrega la municipalidad de Temoaya del Distrito de Lerma, á que actualmente pertenece y se agrega al de Toluca.
No se consigna división territorial
15 de octubre de 1891
Decreto Nº 41 (artículo 1º y 2º). Art. 1o. Se segrega el publo de Tonanitla de la municipalidad de Nextlalpan del Distrito de Zumpango... Art. 2o. Se erige en municipio el pueblo de Tonanitla...el cual llevará, en lo sucesivo, el nombre de "Plutarco González."
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19 de octubre de 1892
Decreto Nº 70. Se deroga el art. 6o. del decreto núm.38..., agregándose el pueblo de San Francisco Tlalcilalcalpa y su antigua comprensión como municipio, á la municipalidad de Almoloya de Juárez, del Distrito de Toluca de Lerdo.
No se consigna división territorial.
7 de septiembre de 1894
Decreto Nº 47 (artículos 1º y 3º). Art. 1o. Se deroga el Decreto número 83...que erigió la municipalidad de San Gregorio Cuautzingo del Distrito de Chalco,... Art. 3o. Se suprime la municipalidad de Ayotzingo,...quedando agregados los pueblos,..., á la municipalidad de Chalco.
No se consigna división territorial.
12 de octubre de 1894
Decreto Nº 55 (artículo único). Artículo único. La municipalidad de San Miguel Tlaxomulco, del Distrito de Cuautitlán, se denominará en lo sucesivo, "municipalidad de Ocampo".
No se consigna división territorial.
23 de diciembre de 1898
Decreto de la misma fecha (artículo único).
Artículo único. El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos,...aprueba los convenios de límites celebrados entre el Distrito Federal y el Estado de México, de conformidad con lo que expresan las actas números del 1 al 19...y según la línea marcada en el plano levantado por el ingeniero D. Antonio Linares, el año de 1897.
No se consigna división territorial.
17 de febrero de 1899
Decreto Nº 60 (artículos 1º y 2º). Art. 1o. Se suprime el Municipio de la Magdalena... Art. 2o. Se erige una Municipalidad con el nombre de "Municipalidad de la Paz,"... del Distrito de Texcoco...
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16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades (artículos del I al V).
Art. I.- Se suprime la municipalidad de Ocampo en el distrito de Cuautitlán y se agrega á la de Tultepec... Art. II.- Se suprimen las municipalidades de Juchitepec, Cocotitlán y Ayapango en el distrito de Chalco, quedando agregadas respectivamente,..., la primera, á la municipalidad de Tenago del Aire; la segunda, á la de Temamatla, la tercera, á la de Amecameca de Juárez. Art. III.- Se suprime la municipalidad de San Mateo Atenco, del distrito de Lerma, y se agrega,..., á la de Lerma... Art. IV.- Se suprimen las municipalidades de Reforma (Ozumbilla) y de Teacalco en el distrito de Otumba, y se agregan, la primera, á la de Tecámac, y la segunda, á la de Temascalapa... Art. V.- Se suprimen las municipalidades de Apasco de Ocampo, y de Tonanitla de Plutarco González, en el distrito de Zumpango y se agregan...a la de Tequisquiac y Jaltenco...
No se consigna división territorial.
29 de agosto de 1899
Se deroga el artículo que suprime varias municipalidades (artículos I y II).
Art. I.- Se deroga el artículo II del decreto expedido por este gobierno el 16 de junio último, el cual se refiere á la supresión de las municipalidades de Juchitepec, Cocotitlán y Ayapango en el distrito de Chalco. Art. II.- Igualmente se deroga el artículo III del mismo decreto de 16 de junio citado que ordena la supresión de la municipalidad de San Mateo Atenco, en el Distrito de Lerma.
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15 de octubre de 1902
Decreto Nº 50 (artículos 1º , 2º y 3º).
Art. 1o. Se erije un Distrito Político, Judicial y Rentístico que se denominará de "El Oro de Hidalgo," y que se compondrá de las municipalidades de "El Oro," Temascalcingo, Atlacomulco y Acambay, que se segregan al de Ixtlahuaca y Jilotepec, respectivamente, á fin de que dicho territorio forme la entidad distrital de nueva creación, cuya cabecera se establecerá en "El Oro." Art. 2o. El Distrito Político, Judicial y Rentistico de Ixtlahuaca, se formará de las municipalidades de Ixtlahuaca, San Felipe del Progreso, Jocotitlán, Jiquipilco y S. Bartolomé Morelos, segregando al efecto, esta última del de Jilotepec, cuya jurisdicción pertenece actualmente. Art. 3o. El Distrito Político, Judicial y Rentístico de Jilotepec, quedará reducido á las demás municipalidades que con exclusión de las que les son segregadas, según los artículos precedentes, lo forman en la actualidad.
No se consigna división territorial.
16 de abril de 1917 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículos 7 y 8).
A partir de esta fecha el municipio libre se convierte en la unidad territorial básica del estado, eliminándose la función que desempeñaban el distrito y el partido.
Art. 7. De conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Federal vigente, el Estado adopta el sistema de gobierno republicano, representativo y popular, reconociendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio libre. Art. 8. Una ley orgánica determinará el número de Municipios a que se refiere el artículo anterior, así como su división interior.
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28 de noviembre de 1917
Decreto Nº 18 (artículos 1º y 2º). Art. 1o.- Se segrega de la Municipalidad de Tultepec,... los pueblos de ... Art. 2o.- Se erige un Municipio... que se denominará "Municipio Melchor Ocampo,"...
No se consigna división territorial.
8 de diciembre de 1917
Decreto Nº 20 (artículo 1º). Art. 1o. Se crea el Municipio de San Martín de las Pirámides,..., pertenecientes al Municipio de Otumba,...; y con el publo... de San Juan Teotihuacán... y teniendo por cabecera, el propio pueblo de San Martín de las Pirámides. Hasta el 1º de enero de 1918 se hará efectiva dicha erección. Este municipio ya había sido erigido y suprimido como San Martín Obispo.
No se consigna división territorial.
17 de septiembre de 1919
Ley Orgánica Municipal (artículos 1º y 2º).
Ley Orgánica a la que hace referencia el artículo 8º de la Constitución Política de 1917, en ella se enlistan por primera vez los municipios que integran al estado.
Art. 1o.- La base de la división territorial y de la organización política y administrativa en el Estado, es el Municipio libre. Art. 2o.- El Estado de México está compuesto de los ciento dieciocho Municipios que siguen: (Ver nota Nº 2).
15 de diciembre de 1923
Decreto Nº 15 (artículos primero y segundo).
Artículo primero.- Se segregan del Municipio de Tequisquiac,... Artículo segundo.- Se erige un Municipio con el pueblo de Apaxco,...con cabecera en Apaxco, debiendo llamarse dicho Municipio "APAXCO,"...
El Estado de México se integra por ciento diecinueve municipios.
28 de diciembre de 1940
Ley Orgánica Municipal (artículo 2º).
Se consignan los municipios que conforman al Estado de México.
Art. 2o.- El Estado de México está compuesto de los ciento diecinueve Municipios que siguen: (Ver nota Nº 3).
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2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal (artículo 2º).
Se consignan los municipios que conforman al Estado de México con sus cabeceras municipales.
Art. 2o.- Los Municipios del Estado, para los efectos de esta Ley, son ciento diecinueve, distribuídos en dieciséis Distritos Rentísticos y Judiciales, en la forma siguiente: (Ver nota Nº 4).
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de México (artículo 2º).
Se consignan los municipios que conforman al Estado de México con sus cabeceras municipales.
ARTICULO 2o.- Los Municipios del Estado son ciento diecinueve con los límites, extensión territorial y poblados que hasta hoy han tenido, y distribuídos en dieciséis Distritos Rentísticos y Judiciales, en la siguiente forma: (Ver nota Nº 5).
20 de abril de 1963 Decreto Nº 93 (artículos primero, segundo y sexto).
ARTICULO PRIMERO.- Se segregan de los Municipios de Chimalhuacán, los Reyes la Paz, Texcoco, Ecatepec y Atenco,... ARTICULO SEGUNDO.- Se erige el Municipio de Netzahualcóyotl con la población que actualmente forman las Colonias del Vaso de Texcoco, establecidas dentro del territorio descrito... ARTICULO SEXTO.- El Centro de Población que integran las Colonias comprendidas dentro del nuevo Municipio, se eleva a la categoría política de ciudad, a partir del primero de enero de mil novecientos sesenta y cuatro, se denominará ciudad Netzahualcóyotl y será la Cabecera Municipal.
El Estado de México se integra por ciento veinte municipios.
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23 de junio de 1973 Decreto Nº 50 (artículos primero, segundo y sexto).
ARTICULO PRIMERO.- Se segregan de los Municipios de Tepotzotlán, Cuautitlán y Tultitlán... ARTICULO SEGUNDO.- Se erige el Municipio de CUAUTITLAN-IZCALLI, con la población que actualmente forma el centro urbano industrial de Cuautitlán Izcalli y los distintos núcleos de población establecidos en el territorio... ARTICULO SEXTO.- El Centro de Población denominado CUAUTITLAN-IZCALLI se eleva a la categoría política de Ciudad a partir de la vigencia de este Decreto, con la denominación de CIUDAD CUAUTITLAN IZCALLI y será la Cabecera Municipal.
El Estado de México se integra por ciento veintiún municipios.
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de México (artículo 3º).
Se mencionan los ciento veintiún municipios con los que se integra el Estado de México.
Artículo 3o.- Los Municipios del Estado, son 121 y se denominan: (Ver nota Nº 6).
2 de marzo de 1993 Ley Orgánica Municipal del Estado de México (artículo 6).
Se mencionan los ciento veintiún municipios del Estado de México.
ARTICULO 6.- Los municipios del Estado son 121, con la denominación y cabeceras municipales que a continuación se especifican: (Ver nota Nº 7).
9 de noviembre de 1994
Decreto Nº 50 (artículos 1 y 3). ARTICULO 1.- Se segregan de los municipios de Chalco, Ixtapaluca, La Paz y Chicoloapan... los centros de población... comprendidos en la polígonal... ARTICULO 3.- El municipio formado por este territorio y centros de población se denominará Valle de Chalco Solidaridad.
No se consigna división territorial.
9 de noviembre de 1994
Decreto Nº 51. ARTICULO UNICO. Se reforma el artícilo 6 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México,... Artículo 6.- Los Municipios del Estado son 122,...
El Estado de México se integra por ciento veintidos municipios.
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MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
... ... Valle de Bravo Valle de Chalco Solidaridad
Valle de Bravo Xico
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de México (artículo 6).
El estado de México se integra por ciento veintidos municipios.
Artículo 6.- Los municipios del Estado son 122, con la denominación y cabeceras municipales que a continuación se especifican: MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL ACAMBAY ACAMBAY (Ver nota Nº 8).
Nota : Las frases en cursivas son transcripciones textuales de documentos por lo que se respetó la redacción y puntuación original.
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CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Acambay 1827.*
(ayuntamiento)
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del Estado Libre de México.
Acambay Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 136).
Acolman 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Acolman Pueblo
Aculco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Aculco Pueblo
Almoloya
(Almoloya de Alquisiras)
13 de abril de 1869.*
(cabecera de distrito)
Decreto Nº 113. Almoloya Pueblo
Almoloya
(Almoloya de Juárez)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Almoloya Pueblo
Almoloya del Rio 26 de marzo de 1847.
(municipalidad)
Decreto Nº 34. Almoloya del Rio Pueblo
San Gerónimo Amanalco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Gerónimo Amanalco Pueblo
Amatepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Amatepec Pueblo
Ameca 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ameca Pueblo
Apasco de Ocampo
Apaxco
18 de octubre de 1870.
(municipio)
15 de diciembre de 1923.
(municipio)
Decreto Nº 42.
Decreto Nº 15.
Apasco de Ocampo
Apaxco
Pueblo
Pueblo
Atengo 1826.*(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Atengo Pueblo
Santa Cruz Atizapán 18 de octubre de 1870.
(municipio)
Decreto Nº 38. Santa Cruz Atizapán Pueblo
(desde 1526, Panorámica
Socioeconómica en 1975; p. 348).
Zaragoza 3 de septiembre de 1874.
(municipio)
Decreto Nº 30. San Francisco Atizapan Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 364).
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CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Atlacomulco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Atlacomulco Pueblo
Atlautla de Victoria 12 de octubre de 1874.
(municipio)
Decreto Nº 42. Atlautla Pueblo
Ajapusco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ajapusco Pueblo
Ayapango 13 de mayo de 1868.
(municipio)
29 de agosto de 1899.
(municipalidad)
Decreto Nº 37.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Ayapango
Ayapango
Pueblo
Pueblo
Calimaya 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Calimaya Pueblo
Capuluac 1828.*
(ayuntamiento)
Dictamen de la Comisión de Análisis de las
Memorias.
Capuluac Pueblo
San Francisco Coacalco 12 de febrero de 1862.
(municipio)
Decreto que erige el municipio de San
Francisco Coacalco.
San Francisco Coacalco Pueblo
Coatepec de las Arinas
Coatepec Harinas
1826.*
(ayuntamiento)
23 de abril 1869.
(distrito)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 114.
Coatepec de las Harinas
Coatepec Harinas
Pueblo
Pueblo
Cocotitlan 13 de mayo de 1868.
(municipio)
29 de septiembre de
1883. (municipio)
29 de agosto de 1899.
(municipalidad)
Decreto Nº 37.
Decreto Nº 32.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Cocotitlan
Cocotitlan
Cocotitlan
Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México,1988; p. 119)
Pueblo
Pueblo
Coyotepec 16 de octubre de 1868.*
(municipalidad)
Decreto Nº 88. Coyotepec Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 548).
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Cuautitlán 6 de agosto de 1824.*
(partido)
16 de octubre de 1868.
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Decreto Nº 88.
Cuautitlán
Cuautitlán
Pueblo
Villa
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Chalco 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Chalco Pueblo
Chapa de Mota 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Chapa de Mota Pueblo
Chapultepec 8 de octubre de 1869.
(municipio)
Decreto Nº 140. Chapultepec Pueblo
Chautla 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Chautla Pueblo
San Vicente Chicoloapan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Vicente Chicoloapan Pueblo
Chiconcuac 17 de octubre de 1868.
(municipio)
Decreto Nº 89. Chiconcuac Pueblo
Chimalhuacán 1852.*
(municipalidad)
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Chimalhuacán Pueblo
Asunción Malacatepec
(Donato Guerra)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Asuncion Malacatepec Pueblo
Ecatepec 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Ecatepec
Ecatepec
Pueblo
Pueblo
Ecatzingo 13 de mayo de 1868.
(municipio)
Decreto Nº 37. Ecatzingo Pueblo
Huehuetoca 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huehuetoca Pueblo
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Hueipoxtla 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Hueipoxtla Pueblo
Huisquilucan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huisquilucan Pueblo
(desde 1534, Panorámica
Socioeconómica en 1975; p. 240)
Santiago Tlazala
(Isidro Fabela)
13 de mayo de 1868.*
(municipalidad)
Decreto Nº 37. Santiago Tlazala
Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Ixtapaluca 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ixtapaluca Pueblo
Ixtapan
(Ixtapan de la Sal)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ixtapan Pueblo
Ixtapan del Oro 14 de septiembre de
1875.*
(municipalidad)
Decreto Nº 117. Ixtapan del Oro Pueblo
Ixtlahuaca 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Ixtlahuaca
Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México, 1988; p. 223).
Jalatlaco 12 de octubre de 1872.
(municipio)
Decreto Nº 34. Jalatlaco Pueblo
Jaltenco 1870.*
(municipio)
Memoria de todos los Ramos de la
Administracion del Estado de México.
Jaltenco Pueblo
Xilotepec 11 de marzo de 1824.*
(partido)
Decreto Nº 8. Xilotepec
Pueblo
Jilontzingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Jilontzingo Pueblo
Xiquipilco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xiquipilco Pueblo
(desde 1570, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 248).
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Xocotitlan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xocotitlan Pueblo
Xoquizingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xoquizingo Pueblo
Juchi
Juchitepec
1826.*
(ayuntamiento)
29 de agosto de 1899.
(municipalidad)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Juchi
Juchitepec
Pueblo
Lerma 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Lerma
Lerma
Ciudad
(desde 1613, La Ciudad de
Toluca...1980; p. 146).
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Maninalco 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Maninalco Pueblo
San Miguel
Melchor Ocampo
16 de octubre de 1868.*
(municipalidad)
28 de noviembre de
1917.
(municipio)
Decreto Nº 88.
Decreto Nº 18.
San Miguel
Melchor Ocampo
Pueblo
Pueblo
Metepec 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México
Metepec
Metepec
Pueblo
(desde 1524, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 285).
Mexicalcingo 8 de octubre de 1869.
(municipio)
Decreto Nº 140. Mexicalcingo Pueblo
(Monografía de Mexicaltzingo; p.
31).
San Bartolomé de Morelos 8 de octubre de 1874.
(municipalidad)
Decreto Nº 39. San Bartolomé de las Tunas Pueblo
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Naucalpan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Naucalpan Pueblo
Netzahualcóyotl 20 de abril de 1963.
(municipio)
Decreto Nº 93. Ciudad Netzahualcóyotl Ciudad
Nextlalpan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Nextlalpan Pueblo
Azcapuzaltongo
(Nicolás Romero)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Azcapuzaltongo Pueblo
Santa María de la Asuncion
Nopaltepec
19 de octubre de 1871.
(municipio)
Decreto Nº 113. Santa María de la Asuncion
Nopaltepec
Pueblo
San Martin Ocoyoacac 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Martin Ocoyoacac Pueblo
(desde 1521, Panorámica
Socioeconómica en 1975; p. 734).
Ocuila 18 de octubre de 1870.
(municipalidad)
Decreto Nº 38. Ocuila de Arteaga Pueblo
Mineral del Oro 1870.*
(municipalidad)
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
El Oro Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Otumba 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Otumba
Otumba
Pueblo
Pueblo
San Martin Ozoloapan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Martin Ozoloapan Pueblo
San Bartolomé Otzolotepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Bartolomé Otzolotepec Pueblo
Ozumba 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ozumba Pueblo
Papalotla 1826.* Memoria de Gobierno del Estado de México. Papalotla Pueblo
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(ayuntamiento)
La Paz 17 de febrero de 1899.
(municipalidad)
Decreto Nº 60. Los Reyes Pueblo
Polotitlán 27 de septiembre de
1875.
(municipalidad)
Decreto Nº 124. Polotitlán Pueblo
(desde 1852, Colección de Decretos
Tomo V; p. 96).
Rayon 22 de octubre de 1874.
(municipalidad)
Decreto Nº 56. Santa María la Asuncion Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 872).
San Antonio la Isla 16 de marzo de 1847.
(municipalidad)
Decreto Nº 30. San Antonio la Isla Pueblo
San Felipe del Obraje
(San Felipe del Progreso)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Felipe del Obraje Pueblo
(desde 1555, Panorámica
Socioeconómica en 1975; p. 24).
San Martin Obispo
San Martín de las Pirámides
16 de octubre de 1873.
(municipio)
8 de diciembre de 1917.
(municipio)
Decreto Nº 106.
Decreto Nº 20.
San Martin Obispo
San Martín de las Pirámides
Pueblo
(desde 1594, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 380).
Pueblo
San Mateo Atenco 13 de octubre de 1871.
(municipalidad)
29 de agosto de 1899.
(municipalidad)
Decreto Nº 106.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
San Mateo Atenco
San Mateo Atenco
Pueblo
Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
San Simon
(San Simon de Guerrero)
13 de octubre de 1881.
(municipio)
Decreto Nº 31. San Simon de Guerrero Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 86).
Sto. Tomás 1870.*
(municipio)
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
Sto. Tomás Pueblo
Soyaniquilpan 12 de septiembre de
1872.
Decreto Nº 25. Soyaniquilpan Pueblo
(Los Municipios de Estado de
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(municipio) México,1988; p. 398).
Sultepec 8 de abril de 1825.*
(partido)
Decreto Nº 41. Sultepec
Pueblo
(desde 1523, los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 404).
Tecamac 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tecamac Pueblo
Tejupilco 8 de abril de 1825.*
(partido)
23 de diciembre de 1837.
(partido)
Decreto Nº 41.
Decreto Nº 4.
Tejupilco
Tejupilco
Pueblo
Pueblo
Temamatla 1852.*
(municipalidad)
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Temamatla Pueblo
(Panorámica Socioeconómica en
1975; p. 206).
Temascalapan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Temascalapan Pueblo
Temascalcingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Temascalcingo Pueblo
Temascaltepec 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Temascaltepec Pueblo
Temoaya 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Temoaya Pueblo
Tenancingo 8 de abril de 1825.*
(partido)
Decreto Nº 41. Tenancingo Pueblo
Tenango
(Tenango del Aire)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tenango Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Tenango del Valle 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tenango del Valle Pueblo
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Toloyuca
(Teoloyucan)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Toloyuca Pueblo
Teotihuacán 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Teotihuacán Pueblo
Tepetlastoc 2 de mayo de 1827.*
(ayuntamiento)
Decreto Nº 29. Tepetlastoc Pueblo
Tepetlixpa 31 de agosto de 1869.
(municipio)
Decreto Nº 126. Tepetlixpa Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México, 1988; p. 474).
Tepotzotlan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepotzotlan Pueblo
Tequisquiac 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tequisquiac Pueblo
Tescatitlán 4 de noviembre de 1861.
(municipalidad)
Decreto Nº 39. Tescatitlán Pueblo
Texcaliacac 1870.*
(municipio)
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
Texcaliacac Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México, 1988; p. 493).
Texcoco 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Texcoco Ciudad
(desde 1551, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 498).
Tezoyuca 23 de abril de 1869.
(municipio)
Decreto Nº 114. Tezoyuca Pueblo
Santiago Tianguistengo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Santiago Tianguistengo Pueblo
(desde 1611, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 507).
Timilpan 1870.*
(municipalidad)
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
Timilpan
Pueblo
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CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Tlalmanalco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tlalmanalco Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México, 1988; p. 516).
Tlalnepantla 18 de julio de 1825.*
(partido)
31 de julio de 1861.
(distrito)
Decreto Nº 49.
Decreto Nº 25.
Tlalnepantla
Tlalnepantla
Pueblo
Pueblo
Tlatlaya 21 de septiembre de
1849.
(municipalidad)
Decreto Nº 27. Tlatlaya Pueblo
Toluca 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Toluca Ciudad
(desde 1799, La Ciudad de
Toluca...1980; p. 123).
Tonatico 18 de octubre de 1870.
(municipio)
Decreto Nº 38. Tonatico Pueblo
(Los Municipios de Estado de
México, 1988; p. 536).
Tultepec 1852.*
(municipalidad)
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Tultepec Pueblo
Tultitlan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tultitlan Pueblo
S. Francisco del Valle de
Temascaltepec
(Valle de Bravo)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Francisco del Valle de
Temascaltepec
Pueblo
San José Malacatepec
(Villa de Allende)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San José Malacatepec Pueblo
(desde 1542, Los Municipios de
Estado de México, 1988; p. 555).
Villa del Carbon 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Villa del Carbon Villa
(desde 1714, Panorámica
Socioeconómica en 1975; p. 794).
Tecualoya
(Villa Guerrero)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tecualoya Pueblo
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CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Merced de las Llaves
(Villa Victoria)
13 de mayo de 1868.
(municipalidad)
Decreto Nº 37. Merced de las Llaves Pueblo
(desde 1862, Colección de Decretos
Tomo VI; p. 146).
San Francisco Xonacatlán 18 de octubre de 1870.
(municipalidad)
Decreto Nº 38. San Francisco Xonacatlán Pueblo
Zacazonapan 5 de abril de 1879.
(municipio)
Decreto Nº 6. Zacazonapan Pueblo
Zacualpan 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zacualpan Pueblo
Zinacantepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Zinacantepec Pueblo
Zumpahuacán 15 de octubre de 1875.
(municipalidad)
Decreto Nº 134. Zumpahuacán Pueblo
Zumpango 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zumpango Pueblo
Cuautitlán Izcalli 23 de junio de 1973.
(municipio)
Decreto Nº 50. Cuautitlán Izcalli Ciudad
Valle de Chalco Solidaridad 9 de noviembre de 1994.
(municipio)
Decreto Nº 50. Xico Ciudad
Ayozingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ayozingo Pueblo
La Magdalena Atlipac 4 de octubre de 1875.
(municipio)
Decreto Nº 128. La Magdalena Pueblo
Plutarco González 15 de octubre de 1891.
(municipio)
Decreto Nº 41. Tonanitla de Plutarco González Pueblo
Reforma 12 de septiembre de
1874.
(municipio)
Decreto Nº 36. Ozumbilla Pueblo
San Francisco 18 de octubre de 1870. Decreto Nº 38. San Francisco Tlacilalcalpa Pueblo
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Tlacilalcalpa (municipio)
San Gregorio Cuautzinco 16 de abril de 1875.
(municipalidad)
Decreto Nº 83. San Gregorio Cuautzinco Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
San Juan Bautista
Teacalco
9 de septiembre de 1873.
(municipio)
Decreto Nº 89. San Juan Bautista Teacalco Pueblo
Santa María Atarasquillo 17 de octubre de 1872.
(municipalidad)
Decreto Nº 43. Santa María Atarasquillo Pueblo
San Pedro Tultepec
Tultepec
6 de mayo de 1874.
(municipio)
1º de mayo de 1875.
(municipio)
Decreto Nº 22.
Decreto Nº 96.
San Pedro Tultepec
Tultepec
Pueblo
Pueblo
Tequisquipan 21 de septiembre de
1875.
(municipio)
Decreto Nº 121. Tequisquipan Pueblo
Acapulco 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Acapulco Ciudad
(desde 1767 por Cédula Real).
Acatlan 8 de agosto de 1865.*
(municipio)
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende al departamento
de Tulancingo.
Acatlan Pueblo
(desde 1518, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 15).
Actopan 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Actopan Pueblo
(desde 1546, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 22).
Achiotepec 1852.*
(municipalidad)
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Achiotepec Pueblo
Ahuacuaucingo
(ahuacuotzingo)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ahuacuaucingo Pueblo
Ajochitlan 1826.* Memoria de Gobierno del Estado de México. Ajochitlan Pueblo
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(acaxochitlán) (ayuntamiento) (desde 1639, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 18).
Ajuchitlan 1826.*
(partido)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ajuchitlan
Pueblo
Alfajayucan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Alfajayucan Pueblo
(desde 1558, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 33).
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Almoloya 17 de octubre de 1868.
(municipio)
Decreto Nº 89. Almoloya Pueblo
(desde 1600, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 36).
Amacusac 13 de mayo de 1868.
(municipio)
Decreto Nº 37. Amacusac Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 7).
Apan 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Apan Pueblo
(desde 1540, los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 39).
Arenal 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Arenal Pueblo
Atenango del Rio 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Atenango del Rio Pueblo
Atitalaquia 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Atitalaquia Pueblo
Atotonilco el Grande 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Atotonilco el Grande Pueblo
Ayacapiztla
(Yecapixtla)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ayacapiztla Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 12).
Calnali 1826.* Memoria de Gobierno del Estado de México. Calnali Pueblo
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(ayuntamiento) (desde 1730, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 56).
Calpulalpan 1826.*
(ayuntamiento)
14 de octubre de 1870.
(municipalidad)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
Calpulalpan
Capalulalpan
Pueblo
Pueblo
Cardonal 1827.*
(ayuntamiento)
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del Estado Libre de México.
Cardonal Pueblo
(desde 1655, los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 59).
Coatepec Chalco 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Coatepec Chalco Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Coatlan del Rio 1850.*
(municipalidad)
Memoria de la Prefectura de Cuernavaca
presentada al Superior Gobierno del Estado
Libre y Soberano de México.
Coatlan del Rio Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 6).
Coyoacán 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Coyoacán
Coyoacán
Pueblo
Pueblo
Cuautla 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Cuautla Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 17).
Cuernavaca 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Cuernavaca Villa
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 3).
Cutzamala 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Cutzamala Pueblo
Chapantongo 1852.* Memoria de la Secretaría de Relaciones y Chapantongo Pueblo
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(municipalidad) Guerra del Estado de México.
Chapulhuacan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Chapulhuacan Pueblo
Chico, El 8 de agosto de 1865.*
(municipalidad)
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el Departamento
de Tulancingo.
Atotonilco el Chico Pueblo
Chilapa 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Chilapa Pueblo
Chilcuautla 2 de junio de 1850.
(municipalidad)
Decreto Nº 73. Villa de Chilcuautla Villa
Chilpancingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Chilpancingo Ciudad
(desde 1824, Colección Dublán y
Lozano... Tomo II; p. 703).
Epazoyuca 8 de agosto de 1865.
(municipalidad)
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el Departamento
de Tulancingo.
Epazoyuca Pueblo
(desde 1540, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 84).
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Huascasaloya
(Huasca de Ocampo)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huascasaloya Pueblo
(desde 1760, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 90).
Huautla 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huautla Pueblo
(desde 1500, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 93).
Huazalingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huazalingo Pueblo
(desde 1500, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 96).
Huaztepec
(Oaxtepec)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huaztepec Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 4).
Huehuetla 26 de abril de 1827.* Decreto Nº 21. Huehuetla Pueblo
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(ayuntamiento) (desde 1640, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 99).
Huejutla 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Huejutla Pueblo
Huichapan 11 de marzo de 1824.*
(partido)
Decreto Nº 8. Huichapan Pueblo
Huitzuco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Huitzuco Pueblo
Iguala 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Iguala Pueblo
Ixcateopan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ixcateopan Pueblo
Ixmiquilpan 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Ixmiquilpan Pueblo
Ixquincuitlapilco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ixquincuitlapilco Pueblo
Ixtla
(Puente de Ixtla)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ixtla Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 7).
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Jaltocan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Jaltocan Pueblo
Jantetelco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Jantetelco Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 11).
Jojutla 29 de marzo de 1847.
(municipalidad)
Decreto Nº 36. Jojutla Villa
Jonacatepec 29 de enero de 1825.* Decreto Nº 35. Jonacatepec Pueblo
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(partido)
Lolotla 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Lolotla Pueblo
(desde 1720, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 127).
Mazatepec 2 de junio de 1849.*
(municipalidad)
Decreto Nº 20. Mazatepec Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 5).
Metepec 8 de agosto de 1865.*
(municipio)
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende al Departamento
de Tulancingo.
Metepec Pueblo
(desde 1580, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 130).
Metztitlán
Mextitlán
6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
23 de diciembre de 1837.
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 4.
Metztitlán
Mextitlán
Mextitlán
Pueblo
Pueblo
Pueblo
Mexicalcingo 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Mexicalcingo Pueblo
México 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
México Ciudad
Miacatlán 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Miacatlán Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 7).
Milpa Alta 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Milpa Alta Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Mineral del Monte 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Mineral del Monte Pueblo
Mixquihuala
(mixquiahuala de Juaréz)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Mixquihuala Pueblo
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Mixquititlán
(San Agustín Metzquititlán)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Mixquititlán
Pueblo
Molango 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Molango Pueblo
(desde 1535, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 150).
Nopala 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Nopala Pueblo
Ocuituco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Ocuituco Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 19).
Omitlán 13 de mayo de 1868.
(municipalidad)
Decreto Nº 37. Omitlán Pueblo
(desde 1760, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 159).
Pachuca 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Pachuca Pueblo
Quechultenango 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Quechultenango Pueblo
San Agustin de las Cuevas
(Tlalpan)
8 de abril de 1825.*
(partido)
Decreto Nº 41. San Agustin de las Cuevas Pueblo
San Angel 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Angel Pueblo
San Antonio Coatepec
(Cuautepec de Hinojosa)
13 de mayo de 1868.
(municipalidad)
Decreto Nº 37. San Antonio Coatepec Pueblo
(desde 1527, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 62).
San Felipe 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Felipe Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
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San José Mapaxtlan
(ayala)
13 de mayo de 1868.
(municipalidad)
Decreto Nº 37. Villa de Ayala Villa
San Lorenzo
(Juárez Hidalgo)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Lorenzo Pueblo
San Marcos 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Marcos Pueblo
San Pedro Actopan 7 de abril de 1847.
(municipalidad)
Decreto Nº 39. San Pedro Actopan Pueblo
San Pedro Tlaxcoapan
(Tlaxcoapan)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Pedro Tlaxcoapan Pueblo
San Salvador 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. San Salvador Pueblo
Santa Fe 1827.*
(ayuntamiento)
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del Estado Libre de México.
Santa Fe Pueblo
Tacuba 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tacuba Pueblo
Tasco 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tasco Pueblo
Tasquillo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tasquillo Pueblo
(desde 1663, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 205).
Tecozautla 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tecozautla Pueblo
Tecpan 1826.*
(partido)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tecpan
Pueblo
Teloloapan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Teloloapan Pueblo
Tenango 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tenango Pueblo
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CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Tepalcingo 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepalcingo Pueblo
(desde 1825, Bosquejo y
Estadística... p. 29).
Tepeapulco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepeapulco Pueblo
Tepecoacuilco 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepecoacuilco Pueblo
Tepehuacan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepehuacan Pueblo
Tepeji del Rio 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Tepeji del Rio Pueblo
Tepoztlán 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tepoztlan Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 8).
Tetecala 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tetecala Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 6).
Tetela del Rio 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tetela del Rio Pueblo
Tetepango 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Tetepango
Tetepango
Pueblo
(desde 1558, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 228).
Tezontepec
(Tezontepec de Aldama)
25 de abril de 1865.*
(municipalidad)
Ministerio de Gobernación.
Circular Nº 15.
Tezontepec Pueblo
Tezontepec
(Villa de Tezontepec)
8 de agosto de 1865.*
(municipalidad)
Lista de las demarcaciones pueblos,
haciendas y que comprende el Departamento
de Tulancingo.
Tezontepec Pueblo
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Tianguistengo 1826.
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tianguistengo Pueblo
Tixtla 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tixtla Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Tizayuca 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tizayuca Pueblo
Tlahuac 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tlahuac Pueblo
Tlalnepantla Cuautenca 11 de octubre de 1848.
(municipalidad)
Decreto Nº 92. Tlalnepantla Cuautenca Pueblo
Tlalquiltenango 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Tlalquiltenango Pueblo
Tlaltizapan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tlaltizapan Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 10).
Tlanalapan 8 de agosto de 1865.*
(municipio)
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el Departamento
de Tulancingo.
Tlanalapan Pueblo
Tlanchinol 1826.*
(ayuntamiento)
27 de mayo de 1868.
(municipio)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 42.
Tlanchinol
Tlanchinol
Pueblo
Pueblo
Tlayacapa 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tlayacapa Pueblo
Tolcayuca 2 de abril de 1865.*
(municipalidad)
Ministerio de Gobernación.
Exp. 579-19.
Tolcayuca Pueblo
Totolapa 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Totolapa Pueblo
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Toyahualco
(Tulyehualco)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Toyahualco Pueblo
Tula 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tula Pueblo
Tulancingo 6 de agosto de 1824.*
(distrito)
31 de julio de 1861.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Decreto Nº 25.
Tulancingo
Tulancingo
Pueblo
Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Tutotepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Tutotepec Pueblo
Xacala
(Jacala de Ledezma)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xacala Pueblo
(desde 1600, Los Municipios de
Hidalgo, 1988; p. 114).
Xiutepec
(Jiutepec)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xiutepec Pueblo
(desde 1825, Bosquejo y
Estadística... p. 14).
Xochiatipan 27 de mayo de 1868.
(municipio)
Decreto Nº 42. Xochiatipan Pueblo
Xochicoatlan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Xochicoatlan Pueblo
Xochimilco 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Xochimilco
Xochimilco
Pueblo
Pueblo
Xochitepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Xochitepec Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 5).
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
83
Yahualica 6 de agosto de 1824.*
(partido)
23 de diciembre de 1837.
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Decreto Nº 4.
Yahualica
Yahualica
Pueblo
Pueblo
Yautepec 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Yautepec Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 8).
Yolotepec
(Santiago de Anaya)
1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Yolotepec Pueblo
Zacatula
(La Unión de Isidoro Montes de
Oca)
6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zacatula Pueblo
CREACION DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO FECHA DECRETO CABECERA MUNICIPAL CATEGORIA POLITICA
Zacualpan 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Zacualpan Pueblo
(desde 1746, Theatro Americano...
p. 22).
Zacualtipán 8 de abril de 1825.*
(partido)
Decreto Nº 41. Zacualtipán Pueblo
Zempoala 6 de agosto de 1824.*
(partido)
1826.*
(ayuntamiento)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Zempoala
Zempoala
Pueblo
Pueblo
Zimapan 6 de agosto de 1824.*
(partido)
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zimapan Pueblo
Zinguilucan 22 de febrero de 1827.
(ayuntamiento)
Decreto Nº 94. Zinguilucan Pueblo
Zitlala 1826.*
(ayuntamiento)
Memoria de Gobierno del Estado de México. Zitlala Pueblo
Zumpango del Rio 1826.* Memoria de Gobierno del Estado de México. Zumpango del Rio Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
*Sin información de su fecha de creación a nivel de fuente primaria.
Se menciona la fecha más antigua en que se alude al municipio.
102
(Eduardo Neri) (ayuntamiento)
Huamantla 23 de diciembre de 1837.
(partido)
Decreto Nº 4. Huamantla Pueblo
Tlaxcala 23 de diciembre de 1837.
(distrito)
Decreto Nº 4 Tlaxcala Ciudad
Tlasco
23 de diciembre de 1837.
(partido)
Decreto Nº 4 Tlasco Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
Cambios en los Municipios
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Acambay
1827
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del estado Libre de México.
Acambay aparece como ayuntamiento
del partido de Jilotepec, de la prefectura
Tula.
Acambay
Pueblo
(Panorámica
Socioeconómica en
1975; p.136).
15 de octubre de 1902 Decreto Nº 50. La municipalidad de Acambay se integra
al nuevo distrito El Oro de Hidalgo,
segregándose del distrito de Jilotepec
(artículo 1º).
Acambay
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Acambay es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Acambay
8 de junio de 1921 Decreto Nº 57. Se segrega de este municipio una parte
de la hacienda de Solís, incorporándose
al municipio de Temascalcingo.
Acambay
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Acambay es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acambay
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Acambay es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acambay
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acambay es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acambay
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acambay es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Acambay
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acambay es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Acambay
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acambay es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Acambay
Acolman
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Acolman.
Acolman
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Acolman
19 de octubre de 1874
Decreto Nº 55.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Felipe Zacatepec,
incorporándose a la municipalidad de
Axapusco.
Acolman
Pueblo
1º de mayo de 1875 Decreto Nº 93. Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de San Agustin y San Márcos; y
las haciendas de Cadena y Santa
Catarina, incorporándose a la
municipalidad de San Juan Teotihuacán.
Acolman
29 de agosto de 1876 Decreto Nº 28. La municipalidad de Acolman se
denominará Acolman de Xometla, siendo
la cabecera Xometla.
Xometla
26 de abril de 1877 Decreto Nº 13. Se reincorporan a esta municipalidad los
pueblos de San Agustin y San Márcos; y
las haciendas de Cadena y Santa
Catarina, segregándose de la
municipalidad de San Juan Teotihuacán
(artículos 9º y 10).
Xometla
6 de septiembre de
1877
Decreto Nº 29. Deja de ser cabecera de la municipa-
lidad de Acolman de Xometla el pueblo
de Xometla y pasa a serlo el pueblo del
El Calvario Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
Calvario, tomando la municipalidad el
nombre de Acolman de Netzahualcóyotl
(artículos 1º, 2º, 3º y 4º).
24 de enero de 1900
17 de septiembre de
1919
Se segregan varios pueblos y haciendas.
Ley Orgánica Municipal.
Se segregan de esta municipalidad el
pueblo de Atlatongo; el barrio de San
Agustín; las haciendas de Cadena y
Santa Catarina; y el rancho de Tenex-
tlacota, integrándose a la municipalidad
de Teotihuacán (artículo I).
Se incorporan a esta municipalidad el
pueblo de Tepexpan, el pueblo de
Totolcingo; y el rancho de Liévano,
segregándose de la municipalidad de
Teotihuacán (artículo II).
Acolman es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
El Calvario
Acolman
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Acolman
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acolman es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acolman es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acolman es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Acolman es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Acolman
Acolman de
Netzahualcóyotl.
Acolman de
Netzahualcóyotl.
Acolman de
Netzahualcóyotl.
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Acolman es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Acolman es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Acolman de
Nezahualcóyotl.
Acolman de
Nezahualcóyotl.
Aculco
1826
27 de septiembre de
1875
9 de octubre de 1877
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 124.
Decreto Nº 44.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Aculco.
Se segregan de esta municipalidad las
haciendas de Arroyozarco, la Cofradía
grande con sus rancherías propias: San
Francisquito, Encinillas, Thastó, La
Cañada, el Tecojote, el Fresno, Loma
alta y la ranchería de la Soledad, para
formar la nueva municipalidad de
Polotitlán.
Se reincorporan a esta municipalidad las
haciendas de Arroyozarco y la Cofradía
grande con sus rancherías
continúa en la sig. pág.
Aculco
Aculco
Aculco
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Aculco
9 de octubre de 1877
18 de abril de 1878
Decreto Nº 44.
Decreto Nº 74.
propias: Thaxtó, la Cañada, Loma alta y
el Fresno, segregándose de la munici-
palidad de Polotitlán (artículos 1º y 2º).
Se reincorporan a esta municipalidad las
Aculco
Aculco
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
6 de octubre de 1954
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
5 de febrero de 1988
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Decreto Nº 1.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Bando Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
rancherías de la Soledad y el Tejocote,
segregándose de la muni-cipalidad de
Polotitlán (artículos 1º y 2º).
Aculco es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Aculco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Aculco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
El pueblo de Aculco se denominará
Aculco de Espinosa.
Aculco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Aculco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Cambia la letra s por z en el nombre de la
cabecera municipal para denominarse
Aculco de Espinoza.
Aculco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Aculco es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Aculco
Aculco
Aculco
Aculco de Espinosa
Aculco de Espinosa
Aculco de Espinosa
Aculco de Espinoza
Aculco de Espinoza
Aculco de Espinoza
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Almoloya de
Alquisiras
13 de abril de 1869
23 de abril de 1869
28 de diciembre de
1870
14 de octubre de 1873
16 de abril de 1875
2 de mayo de 1879
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Decreto Nº 113.
Decreto Nº 114.
Decreto Nº 52.
Decreto Nº 101.
Decreto Nº 84.
Decreto Nº 23.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
El distrito de Sultepec se denominará
Sultepec de Alquisiras y será su
cabecera el pueblo de Almoloya
(artículos 1º y 3º).
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de Aquiapam, segregándose de la
municipalidad de Sultepec.
Deja de ser cabecera del distrito de
Sultepec el pueblo de Almoloya y pasa a
serlo nuevamente la Villa de Sultepec.
Se segrega de esta municipalidad la
ranchería de Chiltepec, incorporándose a
la municipalidad de Coatepec Harinas.
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de San Miguel Chiquiuntepec,
incorporándose a la municipalidad de
Texcaltitlán.
Se erige en pueblo la hacienda de
Higueras con el nombre de Plutarco
Gonzalez en esta municipalidad (artículos
1º y 2º).
Almoloya de Alquisiras es municipio libre
del Estado de México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Alquisiras es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Alquisiras es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
Almoloya
Almoloya
Almoloya
Almoloya
Almoloya
Almoloya
Almoloya de Alquisiras
Almoloya de Alquisiras
Almoloya de Alquisiras
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
México (artículos 1º y 2º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Almoloya de
Alquisiras
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Almoloya de Alquisiras es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Alquisiras es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Almoloya de Alquisiras es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Almoloya de Alquisiras es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Almoloya de Alquisiras
Almoloya de Alquisiras
Almoloya de Alquisiras
Almoloya de Alquisiras
Pueblo
Almoloya de Juárez
1826
18 de marzo de 1874
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 4.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Almoloya.
Se erige el distrito de Almoloya el Grande
con el nombre de Almoloya de Juarez
con las municipalidades de Almoloya, y
las Llaves y el municipio de Tlacilalcalpa;
Almoloya
Almoloya de Juarez
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
parte de las municipali-dades de San
Felipe de Obraje y Toluca del distrito del
mismo nombre; y la municipalidad de
Temoaya del distrito de Ixtlahuaca
(artículos 1º y 2º).
Se incorporan a esta municipalidad los
pueblos de San Pablo y San Martín; las
haciendas de la Laguna, Palmillas, San
Isidro y la Puerta; y los ranchos de San
Antonio, San José, Canchiquí y la Palma,
segregándose de la munici-palidad de
Toluca. (artículos 1º, 2º y 3º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Almoloya de Juárez
6 de abril de 1875
26 de abril de 1877
Decreto Nº 73.
Decreto Nº 13.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Pablo, incorporándose a
la municipalidad de Toluca.
Se suprime el distrito de Almoloya de
Juarez reincorporándose las
municipalidades de Almoloya, Merced de
las Llaves, el municipio de Tlalcilalcalpa y
parte de la municipalidad de Toluca al
distrito del mismo nombre.
La municipalidad de Temoaya se
incorpora al distrito de Lerma. Se
segregan de esta municipalidad las
haciendas de la Laguna, Palmillas, San
Isidro y la Puerta; y los ranchos de San
Almoloya de Juarez
Almoloya de Juarez
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
19 de octubre de 1892
30 de septiembre de
1893
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Decreto Nº 70.
Decreto Nº 22.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Antonio, San José, Canchiquí y la Palma,
reincorporándose a la munici-palidad de
Toluca (artículos 1º, 2º y 4º).
Se incorporan a esta municipalidad el
pueblo y hacienda de San Francisco
Tlalcilalcalpa y los ranchos de Simballí y
la Loma que integraban el extinto muni-
cipio de San Francisco Tlalcilalcalpa.
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de San Francisco Tlalcilalcalpa,
reincorporándose a la municipalidad de
Zinacantepec.
Almoloya de Juárez es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Juárez es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Juárez es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Juárez
Almoloya de Juárez
Almoloya de Juárez
Almoloya de Juárez
Almoloya de Juárez
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Almoloya de Juárez
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Almoloya de Juárez es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya de Juárez es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
Almoloya de Juárez
Almoloya de Juárez
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
5 de febrero de 1992
2 de marzo de 1993
1995
Bando Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
México (artículos 1º y 3º).
Se menciona a Almoloya de Juárez con
categoría política de villa.
Almoloya de Juárez es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Almoloya de Juárez es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Almoloya de Juárez
Villa de Almoloya de
Juárez
Villa de Almoloya de
Juárez
Villa
Almoloya del Río
26 de marzo de 1847
18 de octubre de 1870
16 de octubre de 1884
17 de septiembre de
1919
Decreto Nº 34.
Decreto Nº 38.
Decreto Nº 77.
Ley Orgánica Municipal.
Se erige la municipalidad de Almoloya del
Rio en el partido de Tenango con la
comarca del mismo nombre, los pueblos
de San Mateo Texcaliacac, San Pedro
Techuchulco y Santa Cruz Atizapam,
siendo la cabecera Almoloya del Rio.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Santa Cruz Atizapán, para
formar el nuevo municipio del mismo
nombre.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Pedro Techuchulco,
incorporándose al municipio de San
Mateo Texcaliacac.
Almoloya del Río es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Almoloya del Rio
Almoloya del Rio
Almoloya del Rio
Almoloya del Río
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
Almoloya del Río
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Almoloya del Río es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya del Río es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya del Río es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Almoloya del Río es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Almoloya del Río es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Almoloya del Río es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Almoloya del Río
Almoloya del Río
Almoloya del Río
Almoloya del Río
Almoloya del Río
Almoloya del Río
Pueblo
Amanalco
1826
7 de mayo de 1852
10 de septiembre de
1875
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 60.
Decreto Nº 116.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Gerónimo Amanalco.
La municipalidad de Amanalco se integra
al nuevo partido de Villa del Valle.
Se concede al pueblo de Amanalco el
título de villa, con la denominación de
Villa de Amanalco de Becerra.
Amanalco es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Amanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
San Gerónimo Amanalco
Amanalco
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Pueblo
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
1940 (artículos 1º y 2º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Amanalco
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Amanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Amanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Amanalco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Amanalco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Amanalco es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Amanalco de Becerra
Villa
Amatepec
1826
11 de septiembre de
1874
14 de abril de 1875
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 33.
Decreto Nº 81.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Amatepec.
La municipalidad de Amatepec se integra
al distrito de Tejupilco de Hidalgo,
segregándose del distrito de Sultepec
(artículos 1º y 2º).
Se erige el pueblo de Acatempan de
Guerrero en esta municipalidad.
Amatepec
Amatepec
Amatepec
Pueblo
INEGI.E
stad
o de
M
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o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
13 de octubre de 1881
17 de septiembre de
1919
Decreto Nº 31.
Ley Orgánica Municipal.
La municipalidad de Amatepec se integra
al distrito de Sultepec de Alquisiras,
segregándose del distrito de Tejupilco.
Amatepec es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Amatepec
Amatepec
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Amatepec
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Amatepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Amatepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Amatepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Amatepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Amatepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Amatepec es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
Amatepec
Amatepec
Amatepec
Amatepec
Amatepec
Amatepec
Pueblo
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
(artículo 6).
Amecameca
1826
16 de febrero de 1849
14 de noviembre de
1861
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 125.
Decreto Nº 45.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ameca.
Se incorpora a esta municipalidad los
pueblos de Zoyacingo, Santa Isabel
Chalma y San Francisco Sentlalpa; el
barrio de los Reyes; y la hacienda de
Tamariz, segregándose de la
municipalidad de Tenango Tepopula.
Se concede al pueblo de Amecameca el
título de villa, con la denominación de
Amecameca de Degollado (artículos 1º y
3º).
Ameca
Amecameca
Amecameca de
Degollado
Pueblo
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Amecameca
30 de abril de 1875
23 de abril de 1877
16 de octubre de 1877
Decreto Nº 91.
Decreto Nº 7.
Decreto Nº 55.
Se incorporan a esta municipalidad los
pueblos de Zentlalpan y Santa Isabel
Chalma, segregándose del municipio de
Ayapango.
Se concede a la villa de Amecameca el
título de ciudad, con la denominación de
Amecameca de Juárez (artículos 1º y
2º).
Se erige en pueblo la ranchería de San
Pedro Nexapa, con el nombre de San
Pedro de Vicente Guerrero (artículos 1º y
2º).
Amecameca de
Degollado
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Villa
Ciudad
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
16 de junio de 1899
29 de agosto de 1899
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Se suprimen varias municipalidades.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Se incorpora a esta municipalidad los
pueblos de Ayapango, Miahuacan, Pa-
huacan, Tlamapa, Poxtla y San Diego; y
las haciendas de Tamariz, Bautista y
Retana, que integraban la extinta
municipalidad de Ayapango (artículo II).
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de Ayapango, Miahuacan, Pa-
huacan, Tlamapa, Poxtla y San Diego; y
las haciendas de Tamariz, Bautista y
Retana, reincorporándose a la reerigida
municipalidad de Ayapango (artículo I).
Amecameca es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Amecameca es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Amecameca es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Amecameca
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
Amecameca es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Amecameca es uno de los 121
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Ciudad
INEGI.E
stad
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M
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o D
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ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
2 de marzo de 1993
1995
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Amecameca es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Amecameca es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Amecameca de Juárez
Amecameca de Juárez
Apaxco
18 de octubre de 1870
16 de junio de 1899
15 de diciembre de
1923
28 de diciembre de
1940
Decreto Nº 42.
Se suprimen varias municipalidades.
Decreto Nº 15.
Ley Orgánica Municipal.
Se erige el municipio de Apasco de
Ocampo en el distrito de Zumpango con
el pueblo de Apasco, las haciendas de
Rincon y Teña que pertenecían a la
municipalidad de Tequisquiac, siendo la
cabecera Apasco de Ocampo.
Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Zumpango, reincorporándose
el pueblo de Apasco, las haciendas de
Rincon y Teña a la municipalidad de
Tequisquiac (artículo V).
Se erige el municipio de Apaxco con el
pueblo del mismo nombre; las haciendas
de Rincón de Guadalupe, San José
Teña, Estación y Colonia que
pertenecían al municipio de Tequisquiac,
siendo la cabecera Apaxco (artículos
primero y segundo).
Apasco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Apasco de Ocampo
Apaxco
Apasco
Pueblo
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
INEGI.E
stad
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M
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ivis
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Ter
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ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Apaxco
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Apasco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Apasco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Apaxco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Apaxco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Apaxco es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Apasco de Ocampo
Apasco de Ocampo
Apaxco de Ocampo
Apaxco de Ocampo
Apaxco de Ocampo
Pueblo
Atenco
1826
30 de abril de 1879
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 13.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Atengo.
Se segrega de esta municipalidad el
barrio de San Pablito, incorporándose a
la municipalidad de Chiconcuac (artículo
1º).
Atenco es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Atenco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Atenco es uno de los 119 municipios que
Atengo
Atenco
Atenco
Atenco
San Salvador Atenco
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atenco
29 de mayo de 1957
20 de abril de 1963
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 93.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Atenco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Se segregan de este municipio parte de
las colonias del Vaso de Texcoco para
formar el nuevo municipio de
Netzahualcóyotl (artículos 1º, 2º y 6º).
Atenco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Atenco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Atenco es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
San Salvador Atenco
San Salvador Atenco
San Salvador Atenco
San Salvador Atenco
San Salvador Atenco
Pueblo
Atizapán
18 de octubre de 1870
17 de septiembre de
1919
Decreto Nº 38.
Ley Orgánica Municipal.
Se erige el municipio de Santa Cruz
Atizapán en el distrito de Tenango con el
pueblo del mismo nombre que pertenecía
a la municipalidad de Almoloya del Rio.
Atizapán es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Santa Cruz Atizapán
Santa Cruz Atizapán
Pueblo
(desde 1526,
Panorámica
Socioeconómica en
1975; p. 348).
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Atizapán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Atizapán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Atizapán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Santa Cruz Atizapán
Atizapán
Atizapán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atizapán
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Atizapán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Atizapán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Atizapán es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Atizapán
Santa Cruz Atizapán
Santa Cruz Atizapán
Pueblo
Atizapán de
Zaragoza
3 de septiembre de
1874
Decreto Nº 30.
Se erige el municipio de Zaragoza en el
distrito de Tlalnepantla con los pueblos
de San Francisco Atizapan, San Mateo
Tecoloapan y Calacoaya; las haciendas
del Pedregal y San Mateo; y los ranchos
de Chiluca y la Condesa que pertenecían
San Francisco Atizapan
Pueblo
(Panorámica
Socioeconómica en
1975; p. 364).
INEGI.E
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ritor
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
a la municipalidad de Tlalnepantla;
además la hacienda de Sayaavedra; y los
ranchos de Blanco, Viejo y de la que
pertenecían a la municipalidad de Monte-
Bajo, siendo la cabecera San Francisco
Atizapan (artículo 1º).
Zaragoza es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Zaragoza es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zaragoza es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zaragoza es uno de los 119 municipios
que integran al estado de México
(artículos 1º y 2º).
San Francisco Atizapán
San Francisco Atizapán
Atizapán de Zaragoza
Atizapán de Zaragoza
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atizapán de
Zaragoza
4 de octubre de 1969
4 de octubre de 1969
18 de julio de 1973
Decreto Nº 2.
Decreto Nº 3.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se concede a la cabecera del municipio
de Zaragoza el título de ciudad.
El municipio de Zaragoza se denominará
Atizapán de Zaragoza y su cabecera
Ciudad López Mateos.
Atizapán de Zaragoza es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Atizapán de Zaragoza
Ciudad López Mateos
Ciudad Adolfo López
Mateos
Pueblo
Ciudad
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Atizapán de Zaragoza es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Atizapán de Zaragoza es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Ciudad López Mateos
Ciudad López Mateos
Atlacomulco
1826
15 de octubre de 1902
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 50.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Atlacomulco.
La municipalidad de Atlacomulco se
integra al nuevo distrito de El Oro de
Hidalgo, segregándose del distrito de
Ixtlahuaca (artículo 1º).
Atlacomulco es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Atlacomulco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Atlacomulco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Atlacomulco
Atlacomulco
Atlacomulco
Atlacomulco
Atlacomulco
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atlacomulco
1º de septiembre de
1951
Decreto Nº 51.
Se concede a la población de
Atlacomulco el título de villa, con la
denominación de Villa Atlacomulco de
Atlacomulco de Fabela
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
15 de septiembre de
1987
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 240.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Fabela (artículos 1º y 2º).
Atlacomulco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Atlacomulco es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Se concede a la villa de Atlacomulco de
Fabela el título de ciudad.
Atlacomulco es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Atlacomulco es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Atlacomulco de Fabela
Atlacomulco de Fabela
Atlacomulco de Fabela
Atlacomulco de Fabela
Atlacomulco de Fabela
Ciudad
Atlautla
12 de octubre de 1874
Decreto Nº 42.
Se erige el municipio de Atlautla de
Victoria en el distrito de Chalco, con los
pueblos de Atlautla, Tepecoculco, San
Andrés Tlalámac, San Juan Tequiztitla; la
hacienda de Guadalupe con sus ranchos
anexos; que pertenecían a la
municipalidad de Ozumba, siendo la
cabecera Atlautla.
Atlautla
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Atlautla es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Atlautla
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Atlautla es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Atlautla
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atlautla
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Atlautla es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Atlautla es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Atlautla es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Atlautla es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Atlautla es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Atlautla de Victoria
Atlautla de Victoria
Atlautla de Victoria
Atlautla de Victoria
Atlautla de Victoria
Pueblo
Axapusco
1826
19 de octubre de 1874
1º de mayo de 1875
26 de abril de 1877
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 55.
Decreto Nº 93.
Decreto Nº 13.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ajapusco.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Felipe Zacatepec,
segregándose de la municipalidad de
Acolman.
La municipalidad de Ajapuxco forma
parte del distrito de Terán.
La municipalidad de Ajapuxco se separa
del extinto distrito de Terán y se agrega al
distrito de Morelos.
Ajapusco
Axapusco
Ajapuxco
Ajapuxco
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
30 de abril de 1879 Decreto Nº 14. Se incorporan a esta municipalidad el
pueblo de Santa María Aticpac y
rancherías de Xilotepec y Coayuca,
segregándose de la municipalidad de
Temascalapa.
Axapuxco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Axapusco
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Axapusco es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Axapusco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Axapusco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Axapusco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Axapusco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Axapusco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Axapusco es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Axapusco
Axapusco
Axapusco
Axapusco
Axapusco
Axapusco
Axapusco
Pueblo
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
Ayapango
13 de mayo de 1868
30 de abril de 1875
Decreto Nº 37.
Decreto Nº 91.
Se erige el municipio de Ayapango en el
distrito de Chalco, con el pueblo de ese
nombre y los de Miahuacan, Pahuacan,
Tlamapa, Poxtla, Zentlalpa, San Dieguito
y Chalma; y haciendas de Tamariz,
Bautista y Retana, siendo la cabecera
Ayapango (artículo 9º).
Se segregan de este municipio los
pueblos de Zentlalpan y Santa Isabel
Chalma, incorporándose a la
municipalidad de Amecameca.
Ayapango
Ayapango
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Ayapango
16 de junio de 1899
29 de agosto de 1899
Se suprimen varias municipalidades.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Se suprime este municipio en el distrito
de Chalco incorporándose los pueblos de
Ayapango, Miahuacan, Pahuacan,
Tlamapa, Poxtla y San Dieguito; y
haciendas de Tamariz, Bautista y Retana,
a la municipalidad de Amecameca de
Juárez (artículo II).
Se deroga el artículo 2º del decreto
expedido el 16 de junio de 1899 que su-
primió este municipio en el distrito de
Chalco, recuperando los pueblos de
Ayapango, Miahuacan, Pahuacan,
Tlamapa, Poxtla y San Diego; y
haciendas de Tamariz, Bautista y Retana
agregadas a la municipalidad de
Amecameca de Juárez. Reesta-
Ayapango
Pueblo
INEGI.E
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ritor
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
bleciendo la cabecera en Ayapango
(artículo I).
Ayapango es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Ayapango es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Ayapango
Ayapango
26 de agosto de 1950 Decreto Nº 100. El municipio de Ayapango se denominará
Ayapango de Gabriel Ramos Millán.
Ayapango
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Ayapango de Gabriel Ramos Millán es
uno de los 119 municipios que integran al
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Ayapango
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ayapango de Gabriel Ramos Millán es
uno de los 119 municipios que integran al
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Ayapango
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ayapango es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Ayapango
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Ayapango
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ayapango es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Ayapango es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Ayapango de Gabriel
Ramos
Ayapango de Gabriel
Ramos
Pueblo
Calimaya
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
1826
16 de marzo de 1847
27 de mayo de 1868
8 de octubre de 1869
22 de octubre de 1874
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 30.
Decreto Nº 42.
Decreto Nº 140.
Decreto Nº 56.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Calimaya.
Se segrega de esta municipalidad los
pueblos de San Antonio la Isla, San
Lúcas Tepemajalco, Santa María de la
Concepcion y Santa María la Asuncion;
las haciendas de Tepemajalco y
Zasacuala; y los ranchos de San Diego y
la Quemada para formar la nueva
municipalidad de San Antonio la Isla.
Se erige en pueblo la ranchería de Molino
de Calimaya con el nombre de
Guadalupe de Zaragoza.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Mexicalcingo, para formar el
nuevo municipio del mismo nombre
(artículo 1º).
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Chapultepec, para formar el
nuevo municipio del mismo nombre
(artículo 2º).
Se segrega de esta municipalidad los
pueblos de Santiaguito, San Juan la Isla
y la hacienda de Santiaguito, para formar
el nuevo municipio de Rayon.
Calimaya
Calimaya
Calimaya
Calimaya
Calimaya
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Calimaya
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
29 de septiembre de
1894
16 de junio de 1899
10 de julio de 1915
19 de abril de 1919
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
Decreto Nº 50.
Se suprimen varias municipalidades.
Decreto Nº 18.
Decreto Nº 94.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se concede al pueblo de Calimaya el
título de villa, con la denominación de
Calimaya de Díaz González.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de la Concepción, segregándose
de la municipalidad de San Antonio la Isla
(artículo VIII).
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Francisco Putla,
incorporándose a la municipalidad de
Tenango.
Se segrega de este municipio el pueblo
de Putla, incorporándose al municipio de
Tenango del Valle.
Calimaya es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Calimaya es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Calimaya es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Calimaya es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Calimaya es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Calimaya es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Calimaya de Díaz
González
Villa
INEGI.E
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M
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Calimaya
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Calimaya es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Calimaya de Díaz
González
Villa
Capulhuac
1828
3 de septiembre de
1874
29 de septiembre de
1877
2 de mayo de 1880
30 de octubre de 1891
17 de septiembre de
1919
26 de noviembre de
1924
Dictamen de la Comisión de Análisis de las
Memorias.
Decreto Nº 28.
Decreto Nº 36.
Decreto Nº 61.
Se separa de la municipalidad de Capulhuac
el pueblo de San Pedro Tlaltizapan.
Ley Orgánica Municipal.
Decreto Nº 38.
Se menciona a Capuluac como pueblo
donde existe ayuntamiento, del partido de
Tenango del Valle, de la prefectura de
Toluca.
El pueblo de San Pedro Tlaltizapán de
esta municipalidad ratifica su nombre y
categoría de pueblo.
Se erige en pueblo la ranchería de
Almoloya con el nombre de Guadalupe
Victoria, en esta municipalidad.
Se concede al pueblo de Capulhuac el
título de villa, con la denominación de
Villa de Mirafuentes.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Pedro Tlaltizapán,
incorporándose a la municipalidad de
Santiago Tianguistenco.
Capulhuac es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Se incorpora a este municipio el pueblo
de Guadalupe Yancuitlalpan,
Capuluac
Capulhuac
Capulhuac
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p. 104).
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
15 de mayo de 1935
Decreto Nº 185.
segregándose del municipio de
Tianguistenco.
Se segrega de este municipio el pueblo
de Guadalupe Yancuitlalpan,
reincorporándose al municipio de
Tianguistenco.
Capulhuac de Mirafuentes
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Capulhuac
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Capulhuac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Capulhuac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Capulhuac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Capulhuac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Capulhuac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Capulhuac es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Capulhuac de Mirafuentes
Villa
Coacalco de
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
Berriozábal
12 de febrero de 1862
Decreto que erige el municipio de San
Francisco Coacalco.
Se erige el municipio de San Francisco
Coacalco en el distrito de Tlalnepantla,
con el pueblo del mismo nombre y los de
San Lorenzo Tetlixtac y la Magdalena
que pertenecían a la municipalidad de
San Cristóbal Ecatepec, siendo la
cabecera San Francisco Coacalco.
San Francisco Coacalco
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Coacalco es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Coacalco
23 de noviembre de
1921
Decreto Nº 7. El municipio de Coacalco se denominará
Coacalco de Felipe Berriozábal.
Coacalco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Coacalco de
Berriozábal
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de
1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
13 de octubre de 1983
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 172.
Coacalco es uno de los 119 municipios
que integran el Estado de México.
(artículo 1º y 2º).
Coacalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Coacalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Coacalco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Se concede al pueblo de Coacalco de
Coacalco
Coacalco de Berriozabal
Coacalco de Berriozabal
Coacalco de Berriozabal
Coacalco de Berriozabal
Pueblo
Ciudad
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Berriozabal el título de ciudad. La
ciudad de Coacalco de Berriozabal se
integrará por: el pueblo del mismo
nombre, el Fraccionamiento de las
Manzanas, la zona urbana ejidal los
Acuales, la zona urbana Colonia Ejidal,
las Colonias Loma Bonita, El Gigante,
Hidalgo, Villa de las Flores y los
conjuntos habitacionales del
INFONAVIT (artículos 1º y 2º).
Coacalco de Berriozabal es uno de los
121 municipios que integran al Estado
de México (artículos 1 y 6).
Coacalco de Berriozabal es uno de los
122 municipios que integran al Estado
de México (artículo 6).
San Francisco Coacalco
San Francisco Coacalco
Coatepec Harinas
1826
Memoria de Gobierno del Estado de
México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Coatepec de las Arinas.
Coatepec de las Arinas
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Coatepec Harinas
23 de diciembre de
1837
22 de marzo de 1838
Decreto Nº 4.
Decreto Nº 5.
El pueblo de Coatepec de las Harinas
se segrega del partido de Zacualpam,
incorporándose al partido de
Tenancingo.
La agregación de Coatepec de las
Harinas al partido de Tenancingo
comprende a los demás pueblos que
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
23 de abril de 1869
14 de octubre de 1870
27 de abril de 1872
14 de octubre de 1873
18 de marzo de 1874
11 de septiembre de
1874
13 de septiembre de
1895
Decreto Nº 114.
Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
Decreto Nº 8.
Decreto Nº 101.
Decreto Nº 6.
Decreto Nº 33.
Decreto Nº 27.
formaron esta extinta municipalidad.
Se forma el distrito de Coatepec Harinas
con la municipalidad del mismo nombre y
las de Zacualpam e Ixtapam que se
segregan del distrito de Sultepec, siendo
la cabecera Coatepec Harinas.
No se menciona al distrito.
La municipalidad de Coatepec Harinas se
separa del extinto distrito de Zacualpan y
se agrega al distrito de Tenancingo.
Se incorpora a esta municipalidad la
ranchería de Chiltepec, segregándose de
la municipalidad de Almoloya (Almoloya
de Alquisiras).
La municipalidad de Coatepec Harinas se
separa del distrito de Tenancingo y se
agrega al distrito de Temascaltepec.
Se segrega la municipalidad de Coatepec
Harinas del distrito de Tejupilco de
Hidalgo y se agrega al distrito de
Tenancingo.
Se erige en pueblo el terreno conocido
como Llano Grande con el nombre de
Llano Grande de la Libertad, en esta
municipalidad.
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
Coatepec Harinas
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Coatepec Harinas es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Coatepec Harinas es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Coatepec Harinas es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Coatepec Harinas es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (articulos 1º y 2º).
Coatepec Harinas es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Coatepec Harinas es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Coatepec Harinas es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Coatepec Harinas
Pueblo
Cocotitlán
13 de mayo de 1868
1º de mayo de 1883
29 de septiembre de
1883
Decreto Nº 37.
Decreto Nº 20.
Decreto Nº 32.
Se erige el municipio de Cocotitlan en el
distrito de Chalco, con el pueblo de ese
nombre y el de San Andrés Metla, sien-
do la cabecera Cocotitlan (artículo 10º).
Se suprime el municipio de Cocotitlán,
incorporándose los pueblos de Cocotitlán
y San Andrés Metla a la municipalidad de
Temamatla.
Se reerige el municipio de Cocotitlán con
el pueblo del mismo nombre y San
Cocotitlan
Cocotitlán
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p. 119).
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
Andrés Metla que pertenecían a la
continúa en la sig. pág.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cocotitlán
29 de septiembre de
1883
16 de junio de 1899
29 de agosto de 1899
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Decreto Nº 32.
Se suprimen varias municipalidades.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
municipalidad de Temamatla, siendo la
cabecera Cocotitlán.
Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Chalco, reincorporándose los
pueblos de Cocotitlán y San Andrés
Metla a la municipalidad de Temamatla
(artículo II).
Se deroga el artículo 2º del decreto
expedido el 16 de junio de 1899 que
suprimió esta municipalidad en el distrito
de Chalco recuperando los pueblos de
Cocotitlán y San Andrés Metla agregados
a la municipalidad de Temamatla.
Reestableciendo la cabecera en
Cocotitlán (artículo I).
Cocotitlán es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Cocotitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Cocotitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Cocotitlán es uno de los 119 municipios
Cocotitlán
Cocotitlán
Cocotitlán
Cocotitlán
Cocotitlán
Cocotitlán
Pueblo
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a 1995 E
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18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Cocotitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Cocotitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Cocotitlán
Cocotitlán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cocotitlán
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Cocotitlán es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Cocotitlán
Pueblo
Coyotepec
16 de octubre de 1868
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Decreto Nº 88.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
La municipalidad de Coyotepec se
integra al nuevo distrito de Cuautitlán,
segregándose del distrito de Zumpango.
Coyotepec es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Coyotepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Coyotepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Coyotepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Coyotepec
Coyotepec
Coyotepec
Coyotepec
Coyotepec
Pueblo
(Panorámica
Socioeconómica en
1975; p. 548).
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Coyotepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Coyotepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Coyotepec es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Coyotepec
Coyotepec
Coyotepec
Cuautitlán
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del Estado.
Cuautitlán es partido del distrito de
México.
Cuautitlán
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuautitlán
1826
20 de mayo de 1833
23 de diciembre de
1837
13 de septiembre de
1855
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 309.
Decreto Nº 4.
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del Estado.
Se menciona a Cuautitlán como
cabecera de partido, de la prefectura de
México.
Se menciona a Cuautitlan como partido
del distrito del Oeste de México.
Cuautitlán es cabecera de distrito y
partido del mismo nombre, incluyendo el
partido de Zumpango del departamento
de México (artículos 4º y 8º).
Cuautitlán es distrito del estado con el
partido de su nombre y el de Zumpango.
Cuautitlan
Cuautitlan
Cuautitlán
Cuautitlán
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
31 de julio de 1861
15 de octubre de 1861
16 de octubre de 1868
14 de octubre de 1870
7 de mayo de 1890
16 de junio de 1899
Decreto Nº 25.
Constitución Política del Estado de México.
Decreto Nº 88.
Constitución Política del estado libre y
Soberano de México.
Decreto Nº 76.
Se suprimen varias municipalidades.
Cuautitlán constituye parte del distrito de
Zumpango de la Laguna (artículo 1º y 2º).
El estado se constituye por 27 distritos,
Cuautitlán deja de serlo.
Se reerige el distrito de Cuautitlán con la
municipalidad del mismo nombre y las de
Tultitlán, San Miguel, Tultepec,
Tepotzotlán, Huehuetoca, Coyotepec y
Teoloyucan que se segregan del distrito
de Zumpango, siendo la cabecera la Villa
de Cuautitlán.
Cuautitlán es un distrito del Estado de
México.
El distrito de Cuautitlán se denominará
Cuautitlán de Romero Rubio.
Se suprime en el distrito de Cuautitlán la
municipalidad de Ocampo (artículo I).
Cuautitlán
Cuautitlán
Cuautitlán
Cuautitlán de Romero
Rubio
Cuautitlán de Romero
Rubio
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuautitlán
17 de septiembre de
1919
8 de diciembre de 1923
Ley Orgánica Municipal.
Decreto Nº 11.
Cuautitlán es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Se segregan de este municipio los
ranchos El Quemado, San Joaquín,
Cuautitlán de Romero
Rubio
Cuautitlán de Romero
Rubio
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
16 de octubre de 1968
23 de junio de 1973
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 66.
Decreto Nº 50.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Guadalupe, San Pablo y Santos Zaneya,
incorporándose al municipio de Tultepec.
Cuautitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Cuautitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Cuautitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Se concede a la villa de Cuautitlán el
título de ciudad.
Se segregan de este municipio parte del
centro urbano de Cuautitlán Izcalli así
como diversas poblaciones, para formar
el nuevo municipio de Cuautitlán Izcalli
(artículos 1º y 2º).
Cuautitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Cuautitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Cuautitlán es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Cuautitlán de Romero
Rubio
Cuautitlán de Romero
Rubio
Cuautitlán de Romero
Rubio
Cuautitlán
Cuautitlán
Cuautitlán
Cuautitlán
Cuautitlán
Ciudad
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chalco
6 de agosto de 1824
8 de abril de 1825
1826
20 de mayo de 1833
23 de diciembre de
1837
13 de septiembre de
1855
31 de julio de 1861
15 de octubre de 1861
14 de noviembre de
1861
22 de mayo de 1862
7 de junio de 1862
13 de mayo de 1868
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Decreto Nº 41.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 309.
Decreto Nº 4.
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Decreto Nº 25.
Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
Decreto Nº 45.
Se divide el estado en cantones militares.
Se divide el estado en tres distritos militares.
Decreto Nº 37.
Chalco es partido del distrito de México.
Se incorporan al partido de Chalco
algunos pueblos que pertenecían al
partido de Coatepec Chalco (Artículos 1º
Y 5º).
Se menciona a Chalco como cabecera
de partido de la prefectura de México.
Se menciona a Chalco como partido del
distrito del Este de México.
Chalco es un partido del distrito de
Texcoco, del departamento de México
(artículos 4º y 13).
Chalco es un partido del distrito de
Texcoco.
Chalco es un distrito del estado (artículos
1º y 2º).
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Chalco.
Se concede al pueblo de Chalco el título
de villa con la denominación de Chalco
de Díaz Covarrubias (artículos 1º y 2º).
El distrito de Chalco forma junto con el de
Texcoco el cantón militar número 2.
El distrito de Chalco se agrega al distrito
Federal para su organización militar.
Se erigen en el distrito de Chalco los
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Pueblo
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
municipios de Ecatzingo, Ayapango y
Cocotitlan (artículos 8º, 9º y 10º).
Covarrubias
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chalco
31 de agosto de 1869
14 de octubre de 1870
4 de octubre de 1872
8 de abril de 1874
12 de octubre de 1874
14 de abril de 1875
16 de abril de 1875
16 de octubre de 1880
Decreto Nº 126.
Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
Decreto Nº 31.
Decreto Nº 11.
Decreto Nº 42.
Decreto Nº 80.
Decreto Nº 83.
Decreto Nº 90.
Se erige en el distrito de Chalco la
municipalidad de Tepetlixpa.
Chalco es un distrito del Estado de
México.
Se declara cabecera de este distrito el
pueblo de Tlalmanalco.
Se reestablece la cabecera del distrito de
Chalco en la villa del mismo nombre,
dejando de serlo el pueblo de
Tlalmanalco (artículos 1º y 2º).
Se erige en el distrito de Chalco el
municipio de Atlautla de Victoria.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de los Reyes, segregándose de la
municipalidad de Temamatla.
Se erige en el distrito de Chalco la
municipalidad de San Gregorio
Cuautzinco.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de los Reyes, reincorporándose a
la municipalidad de Temamatla.
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Tlalmanalco
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
16 de octubre de 1880
17 de octubre de 1881
1º de mayo de 1883
Decreto Nº 96.
Decreto Nº 33.
Decreto Nº 20.
Deja de ser cabecera del distrito de
Chalco la villa del mismo nombre y pasa
a serlo la Villa de Tlalmanalco.
Se reestablece en la Villa de Chalco la
cabecera de este distrito, dejando de
serlo la Villa de Tlalmanalco.
Se suprimen en el distrito de Chalco el
municipio de Cocotitlán.
Villa Tlalmanalco
Villa de Chalco
Villa de Chalco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chalco
29 de septiembre de
1883
7 de septiembre de
1894
Decreto Nº 32.
Decreto Nº 47.
Se reerige en el distrito de Chalco el
municipio de Cocotitlán.
Se suprime en el distrito de Chalco la
municipalidad de San Gregorio
Cuautzinco, incorporándose a la
municipalidad de Chalco los pueblos de
San Gregorio Cuautzinco, San Martin
Cuautlalpan, Tlapala y Huexoculco; y las
haciendas de Guadalupe, Moral,
Gonzalez, la Compañia y Atoyac.
(artículo 1º).
Se incorpora a esta municipalidad la
hacienda de Miraflores, segregándose de
la municipalidad de Tlalmanalco (artículo
2º).
Se incorporan a esta municipalidad los
pueblos, haciendas y ranchos que
integraban la extinta municipalidad de
Villa de Chalco
Chalco de Díaz
Covarrubias
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
16 de junio de 1899
29 de agosto de 1899
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
Se suprimen varias municipalidades.
Se deroga el artículo que suprime varias
municipalidades.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ayotzingo (artículo 3º).
Se suprimen en el distrito de Chalco las
municipalidades de Juchitepec,
Cocotitlán y Ayapango (artículo II).
Se reerigen en el distrito de Chalco las
municipalidades de Juchitepec,
Cocotitlán y Ayapango (artículo I).
Chalco es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chalco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chalco
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chalco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Chalco es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Chalco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Villa
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
28 de marzo de 1989
2 de marzo de 1993
9 de noviembre de
1994
1995
Decreto Nº 74.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 50.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se concede a la Villa de Chalco de Díaz
Cobarrubias el título de ciudad.
Chalco es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Se segregan de este municipio
localidades para formar al nuevo
municipio de Valle de Chalco Solidaridad.
Chalco es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Chalco de Díaz
Cobarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Chalco de Díaz
Covarrubias
Ciudad
Chapa de Mota
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Chapa de Mota.
Chapa de Mota
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Chapa de Mota es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Chapa de Mota
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Chapa de Mota es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapa de Mota es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapa de Mota
Chapa de Mota
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chapa de Mota
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chapa de Mota es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapa de Mota
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chapa de Mota es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Chapa de Mota es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Chapa de Mota es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Chapa de Mota
Chapa de Mota
Chapa de Mota
Chapultepec
8 de octubre de 1869
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Decreto Nº 140.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se erige el municipio de Chapultepec con
el pueblo del mismo nombre, que
pertenecía a la municipalidad de
Calimaya (artículo 1º).
Chapultepec es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Chapultepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapultepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapultepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chapultepec es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Chapultepec
Chapultepec
Chapultepec
Chapultepec
Chapultepec
Chapultepec
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
INEGI.E
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a 1995 E
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MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chapultepec
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chapultepec es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Chapultepec es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Chapultepec
Chapultepec
Pueblo
Chiautla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Chautla.
Chautla
Pueblo
30 de abril de 1879 Decreto Nº 13. Se segrega de esta municipalidad el
barrio de Santa María, incorporándose a
la municipalidad de Chiconcuac (artículo
2º).
Chiautla
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Chiautla es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chiautla
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Chiautla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Chiautla
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Chiautla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Chiautla
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chiautla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Chiautla
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chiautla es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Chiautla
2 de marzo de 1993 Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiautla es uno de los 121 municipios Chiautla
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de 1810
a 1995 E
dici
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107
1995
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Chiautla es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Chiautla
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chicoloapan
1826
7 de mayo de 1850
4 de septiembre de
1885
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 62.
Decreto Nº 26.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Vicente Chicoloapan.
Se segrega de esta municipalidad el
barrio de la Concepción de Abajo,
incorporándose a la municipalidad de
Texcoco.
Se concede al pueblo de San Vicente
Chicoloapan el título de villa, con la
denominación de Villa de Chicoloapan de
Juarez.
San Vicente Chicoloapan
San Vicente Chicoloapan
Chicoloapan de Juarez
Pueblo
Villa
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Chicoloapan es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Chicoloapan de Juárez
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Chicoloapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chicoloapan de Juárez
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Chicoloapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chicoloapan de Juárez
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chicoloapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chicoloapan de Juárez
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
107
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chicoloapan es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Chicoloapan de Juárez
2 de marzo de 1993 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chicoloapan es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Chicoloapan de Juárez
9 de noviembre de
1994
1995
Decreto Nº 50.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se segregan de este municipio lo-
calidades para formar el nuevo muni-cipio
de Valle de Chalco Solidaridad.
Chicoloapan es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Chicoloapan de Juárez
Chicoloapan de Juárez
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chiconcuac
17 de octubre de 1868
30 de abril de 1879
Decreto Nº 89.
Decreto Nº 13.
Se erige el municipio de Chiconcuac en
el distrito de Texcoco, con el pueblo del
mismo nombre.
Se incorpora a esta municipalidad el
barrio de San Pablito, segregándose de
la municipalidad de Atenco (artículo 1º).
Se incorpora a esta municipalidad el
barrio de Santa María, segregándose de
la municipalidad de Chautla (artículo 2º).
Chiconcuac
Chiconcuac
Pueblo
7 de mayo de 1890 Decreto Nº 79. El municipio de Chiconcuac se
denominará Chiconcuac de Juárez.
Chiconcuac de Juárez
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Chiconcuac es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Chiconcuac de Juárez
28 de diciembre de Ley Orgánica Municipal. Chiconcuac es uno de los 119 municipios Chiconcuac de Juárez
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a 1995 E
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107
1940 que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Chiconcuac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Chiconcuac de Suárez
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chiconcuac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Chiconcuac de Suárez
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chiconcuac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Chiconcuac de Juárez
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chiconcuac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 1 y 6).
Chiconcuac es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México
(artículo 6).
Chiconcuac de Juárez
Chiconcuac de Juárez
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chimalhuacán
1852
4 de octubre de 1875
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 128.
Se menciona a Chimalhuacan como
municipalidad del partido de Texcoco en
el distrito del este de México.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de la Magdalena Atlipac, San
Sebastian Chimalpa y Tecamachalco
para formar el nuevo municipio de la
Magdalena.
Chimalhuacan
Chimalhuacan
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
107
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Chimalhuacán es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Chimalhuacan
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Chimalhuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chimalhuacán
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Chimalhuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chimalhuacán
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chimalhuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Chimalhuacán
20 de abril de 1963 Decreto Nº 93. Se segregan de este municipio parte de
las colonias del Vaso de Texcoco para
formar el nuevo municipio de
Netzahualcóyotl (artículos 1º, 2º y 6º).
Chimalhuacán
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chimalhuacán es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Chimalhuacán
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Chimalhuacán es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Chimalhuacán es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Chimalhuacán
Chimalhuacán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Donato Guerra
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
Asuncion Malacatepec
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
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7 de mayo de 1852
14 de septiembre de
1875
Decreto Nº 60.
Decreto Nº 117.
de Asuncion Malacatepec.
La municipalidad de Asuncion
Malacatepec integra el nuevo partido de
Villa del Valle.
Se segregan de esta municipalidad el
pueblo de Xoconusco, la hacienda del
mismo nombre y la ranchería del Capulin,
incorporándose al municipio de Ixtapan
del Oro.
Asuncion Malacatepec
Asuncion Malacatepec
2 de mayo de 1880 Decreto Nº 69. Se concede al pueblo de la Asuncion
Malacatepec el título de villa, con la
denominación de Donato Guerra
(artículos 1º y 2º).
Donato Guerra Villa
6 de mayo de 1886 Decreto Nº 63. Se reincorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Juan Xoconusco y la
hacienda del mismo nombre,
segregándose del municipio de Ixtapan
del Oro.
Donato Guerra
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Donato Guerra es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Donato Guerra
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Donato Guerra es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Donato Guerra
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Donato Guerra es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Asunción Donato Guerra
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Donato Guerra es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Asunción Donato Guerra
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Donato Guerra es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Asunción Donato Guerra
INEGI.E
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a 1995 E
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288
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Juan Bautista
Teacalco
26 de abril de 1877
Decreto Nº 13.
La municipalidad de Teacalco se separa
del extinto distrito de Terán y se agrega al
distrito de Morelos.
San Juan Bautista
Teacalco
Pueblo
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Otumba, reincorporándose los
pueblos de San Juan Bautista Teacalco,
San Mateo Teopancala, San Luis
Tecuautitlán, San Cristobal Colhuacán,
San Bartolomé Actopan, Maquixco el alto
y rancho de San Cayetano a la
municipalidad de Temascalapa (artículo
IV).
Santa María
Atarasquillo
17 de octubre de 1872
Decreto Nº 43.
Se erige la municipalidad de Santa María
Atarasquillo en el distrito de Lerma, con el
pueblo del mismo nombre y los de San
Mateo Atarasquillo, Santiago Analco y
San Miguel Ameyalco, siendo la cabecera
Santa María Atarasquillo.
Santa María Atarasquillo
Pueblo
20 de abril de 1877 Decreto Nº 6. Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Lerma, reincorporándose los
pueblos de Santa María Atarasquillo, San
Mateo Atarasquillo, Santiago Analco y
San Miguel Ameyalco a la municipalidad
de Lerma (artículos 1º y 2º).
San Pedro Tultepec
6 de mayo de 1874
Decreto Nº 22.
Se erige el municipio de San Pedro
San Pedro Tultepec
Pueblo
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Tultepec en el distrito de Lerma, con el
pueblo del mismo nombre que pertenecía
a la municipalidad de Ocoyoacac, siendo
la cabecera San Pedro Tultepec.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Pedro Tultepec
11 de septiembre de
1874
Decreto Nº 35.
Se deroga el decreto núm. 22 que erigió
este municipio al 6 de mayo de 1874 en
el distrito de Lerma, incorporándose el
pueblo de San Pedro Tultepec al distrito
de Lerma (artículos 1º y 2º).
1º de mayo de 1875 Decreto Nº 96. Se erige el municipio de Tultepec en el
distrito de Lerma con el pueblo del mismo
nombre que pertenecía a la municipalidad
de Lerma; además del pueblo de Cholula
que pertenecía a la municipalidad de
Ocoyoacac, siendo la cabecera Tultepec.
Tultepec Pueblo
30 de abril de 1876 Decreto Nº 19. Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Cholula, reincorporándose a la
municipalidad de Ocoyoacac.
Tultepec
1º de mayo de 1884 Decreto Nº 51. Se deroga el decreto núm. 96 que erigió
este municipio el 1º de mayo de 1875,
incorporándose el pueblo de Tultepec a la
municipalidad de San Mateo Atenco
(artículo 1º y 2º).
Tultepec
Tequisquipan
21 de septiembre de
Se erige el municipio de Tequisquipan en
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1875 Decreto Nº 121. el distrito de Tejupilco de Hidalgo con el
pueblo del mismo nombre y los de San
Miguel de los Ranchos, San Mateo y San
Francisco de los Ranchos; las rancherías
de San Juan, Cieneguillas de Albarranes;
y la hacienda de Cieneguillas que
pertenecían a la municipalidad de
Temascaltepec, siendo la cabecera
Tequisquipan (artículos 1º y 2º).
Tequisquipan Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tequisquiapan
13 de octubre de 1881
Decreto Nº 31.
Se segregan de esta municipalidad las
haciendas, de San Juan para formar el
nuevo municipio San Simon de Guerrero.
Tequisquipan
Pueblo
9 de septiembre de
1889
Decreto Nº 37. Se deroga el decreto núm. 121 que erigió
este municipio el 21 de septiembre de
1875 en el distrito de Temascaltepec,
reincorporándose los pueblos de
Tequesquipan, San Miguel de los
Ranchos, San Mateo, San Francisco de
los Ranchos; la ranchería de Cieneguillas
de Albarranes; y la hacienda de
Cieneguillas a la municipalidad de
Temascaltepec.
Tequesquipan
Acapulco de Juárez
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6 de agosto de 1824 Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Acapulco es distrito del estado con los
partidos de su nombre, Chilapa, Tixtla y
Zacatula.
Acapulco Ciudad (desde 1767;
por Cédula Real).
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Acapulco como
prefectura.
Acapulco
14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Acapulco es un distrito del estado. Acapulco
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. La prefectura de Acapulco se divide en
dos que son: la de Acapulco y Chilapa. La
prefectura de Acapulco se compondrá de
los partidos de Acapulco y Tecpan siendo
la cabecera Acapulco.
Acapulco
18 de septiembre de
1833
Decreto Nº 343. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de Tesca, segregándose de la
municipalidad de San Marcos.
Acapulco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Acapulco de Juárez
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4.
Acapulco es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo al partido
de Tecpan del departamento de México.
Acapulco
Ciudad
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Acapulco
continúa como distrito.
Acapulco
27 de octubre de 1849 Se declara quedar erigido el estado de
Guerrero.
El distrito de Acapulco se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
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a 1995 E
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Acatlán
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el departamento
de Tulancingo.
Se menciona a Acatlan como municipio.
Acatlan
Pueblo
(desde 1518, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 15).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El municipio de Acatlan se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Acaxochitlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ajochitlan.
Ajochitlan
Pueblo
(desde 1639, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 18).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Ajochitlan se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Actopan
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Actopan es partido del distrito de Tula.
Actopan
Pueblo
(desde 1546, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 22).
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorporan al partido de Actopan los
pueblos de su doctrina y el curato de
Misquiahuala que pertenecían al partido
de Tetepango (artículos 1º, 8º y 9º).
Actopan
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Actopan como cabecera
de partido de la prefectura de Tula.
Actopan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
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MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Actopan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4.
Actopan es un partido del distrito de Tula
del departamento de México (artículos 4º
y 16).
Actopan
Pueblo
26 de abril de 1847 Decreto Nº 53. Se concede al pueblo de Actopan el título
de villa.
Actopan Villa
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Actopan es un partido del distrito de Tula. Actopan
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Actopan es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Actopan
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Actopan.
Actopan
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La villa de Actopan se denominará
Actopan de Hidalgo.
Actopan de Hidalgo
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Actopan forma junto con los
de Otumba y Pachuca el cantón militar
número 3.
Actopan de Hidalgo
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Actopan junto con los de
Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Huichapan,
Pachuca, Huascazaloya, Huejutla,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apan
forman el segundo distrito militar en el
estado con cabecera en la villa de
Actopan.
Actopan de Hidalgo
16 de enero de 1869 Se erige el estado de Hidalgo. El distrito de Actopam se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Achiotepec
1852
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Achiotepec como
municipalidad del partido de Tulancingo
en el distrito del mismo nombre.
Achiotepec
Pueblo
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16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Achiotepec se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Ahuacuotzingo.
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ahuacuaucingo.
Ahuacuaucingo
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Ahuacuaucingo se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
Ajuchitlán del
Progreso
1826
Memoria del Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Ajuchitlan como cabecera
de partido de la prefectura de Tasco.
Ajuchitlan
Pueblo
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. Se menciona a Ajuchitlan como partido
de la prefectura de Tasco.
Ajuchitlan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Ajuchitlan es un partido del distrito de
Tasco del departamento de México
(artículos 4º y 11).
Ajuchitlan
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Ajuchitlan se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Alfajayucan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Alfajayuacan.
Alfajayucan
Pueblo
(desde 1558, Los
Municipios de Hidalgo,
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1988; p. 33).
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. El pueblo de Alfajayucan se segrega del
partido de Huichapan, incorporándose al
partido de Ixmiquilpan.
22 de marzo de 1838 Decreto Nº 5. La agregación de Alfayucan al partido de
Ixmiquilpan comprende todos los pueblos
y rancherías de esta extinta
municipalidad.
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Alfajayucan se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Almoloya
17 de octubre de 1868
Decreto Nº 89.
Se erige el municipio de Almoloya en el
distrito de Apam, con el pueblo del mismo
nombre y haciendas y ranchos de
Cuautlatilpa, Tetlapalla, Mala-Yerba,
Tepepatlaxco y Buenavista, siendo la
cabecera Almoloya.
Almoloya
Pueblo
(desde 1600, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 36).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El municipio de Almoloya se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Amacuzac
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se erige el municipio de Amacusac en el
distrito de Tetecala, con el pueblo de ese
nombre y el de Huajintla; hacienda de
San Gabriel; cuadrillas de la Playa y
Miahuatlan, siendo la cabecera
Amacusac
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 7).
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a 1995 E
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Amacusac (artículo 11º).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Amacusac se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Apan
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Apan es partido del distrito de Tulancingo.
Apan
Pueblo
(desde 1540, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 39).
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Apan como cabecera de
partido de la prefectura de Tulancingo.
Apan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Apam es un partido del distrito de
Tulancingo del departamento de México
(artículos 4º y 17).
Apam
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Apam es un partido del distrito de
Tulancingo.
Apam
4 de mayo de 1859 Secretaría del estado y del Despacho de
Gobierno.
El partido de Apam forma parte del
territorio de Tulancingo.
Apam
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Apan
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Apan constituye parte del distrito de
Otumba (artículos 1º y 2º).
Apan
Pueblo
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El antiguo distrito de Apam junto con los
de Tula, Izmiquilpan, Zimapan,
Huichapan, Actopan, Pachuca, Huasca-
zaloya, Huejutla y Zacualtipan forman el
Apam
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segundo distrito militar en el estado.
17 de octubre de 1868 Decreto Nº 89. Se erige en el distrito de Apan el
municipio de Almoloya.
Apan
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El distrito de Apam se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Arenal, El
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Arenal.
Arenal
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad del Arenal se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Atenango del Río
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Atenango del Rio.
Atenango del Rio
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Atenango del Rio se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
Atitalaquia
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Atitalaquia.
Atitalaquia
Pueblo
15 de febrero de 1862 Se segrega de la municipalidad de
Atitalaquia la hacienda de Chingú.
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de San Miguel Chingú,
incorporándose a la municipalidad de San
Pedro Tlascualpam.
Atitalaquia
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Atitalaquia se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
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a 1995 E
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FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Atotonilco el Grande
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Atotonilco el Grande.
Atotonilco el Grande
Pueblo
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se declara subsistente el distrito de
Atotonilco el Grande (artículo 1º).
Se erige en el distrito de Atotonilco el
Grande la municipalidad de Omitlán
(artículo 7º).
Atotonilco el Grande
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Atotonilco el Grande
se separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
Ayala
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se erige la municipalidad de San José
Mapaxtlan en el distrito de Morelos con el
pueblo del mismo nombre y los de
Anenecuilco, Huichiliya, Jalostoc y
Tlayecac; las haciendas de
Tenextepango, Mapaxtlan, la Estancia de
Huichila; y los ranchos de Moyotepec, las
Piedras y Tlaica, siendo la cabecera la
de Villa de Ayala (artículo 14º).
Villa de Ayala
Villa
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de San José Mapaxtlan
se separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Morelos.
Calnali
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Calnali.
Calnali
Pueblo
(desde 1730, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 56).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Calnali se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
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a 1995 E
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estado de Hidalgo.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Calpulalpan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Calpulalpan.
Calpulalpan
Pueblo
3 de enero de 1863 Providencia de la Secretaría de
Gobernación.
Se agrega provisionalmente al distrito de
Tlaxcala la municipalidad de
Calpulalpam. (véase texto pág. 38)
14 de octubre de 1870 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
La municipalidad de Calpulalpan forma
parte del distrito de Texcoco.
Calpulalpan Pueblo
16 de octubre de 1874 Se aprueba el convenio celebrado entre los
estados de México y Tlaxcala.
La municipalidad de Calpulalpan se
separa de la entidad para formar parte
del estado de Tlaxcala.
Cardonal
1827
16 de enero de 1864
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del estado libre de México.
Decreto que erige el estado de Hidalgo.
Cardonal aparece como ayuntamiento del
partido de Ixmiquilpan en la prefectura de
Tula.
La municipalidad de Cardonal se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Cardonal
Pueblo
(desde 1655, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 59).
Coatepec Chalco
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Coatepec Chalco es partido del distrito de
México.
Coatepec Chalco
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se extingue el partido de Coatepec
Chalco integrándose su territorio a los
partidos Chalco y Texcoco (artículos 1º,
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de 1810
a 1995 E
dici
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288
4º y 5º).
Coatlán del Río
1850
Memoria de la prefectura de Cuernavaca
presentada al Superior Gobierno del Estado
libre y Soberano de México.
Se menciona a Coatlán del Rio como
municipalidad del partido de Cuernavaca
en el distrito del mismo nombre.
Coatlán del Rio
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 6).
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. La municipalidad de Coatlán del Rio se
segrega del distrito de Cuernavaca,
incorporándose al distrito de Tetecala.
Coatlán del Rio
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Coatlán del Río
17 de abril de 1869
Decreto que erige el estado de Morelos.
La municipalidad de Coatlán del Río se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Morelos.
Coyoacán
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Coyoacán es partido del distrito de
México.
Coyoacán
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se extinge el partido de Coyoacán
integrándose su territorio al partido de
San Agustin de las Cuevas (artículos 1º
y 2º).
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Coyoacan.
Coyoacan Pueblo
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Coyoacán es un partido del distrito de
México del departamento del mismo
nombre y cabecera del partido de Tlalpan
(artículos 4º, 5º y 18).
Coyoacán
21 de febrero de 1854 Se declara la comprensión del distrito de La municipalidad de Coyoacán se separa Coyoacán
INEGI.E
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México. de la entidad para formar parte del distrito
de México (véase texto pág. 36 y 37).
Cuautepec de
Hinojosa
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se erige la municipalidad de San Antonio
Coatepec en el distrito de Tulancingo
(artículo 7º).
San Antonio Coatepec
Pueblo
(desde 1527, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 62).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de San Antonio Coate-
pec se separa de la entidad para formar
parte del nuevo estado de Hidalgo.
Cuautla
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Cuautla es partido del distrito de
Cuernavaca.
Cuautla
Pueblo
(desde 1746; Theatro
Americano... p. 17).
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Cuautla como cabecera
de partido de la prefectura de
Cuernavaca.
Cuautla
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuautla
4 de abril de 1829
Decreto Nº 136.
El pueblo de Cuautla Amilpas se
denominará ciudad Heroica de Morelos.
Cuautla de Morelos
Ciudad
22 de abril de 1834 Decreto Nº 383. Se erige en el pueblo la congregación de
Mapaztlan en esta municipalidad.
Cuautla de Morelos
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Ciudad Morelos es partido del distrito de
Cuernavaca del departamento de México
(artículos 4º y 9º).
Cuautla de Morelos
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2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. Se segrega del partido de Morelos la
municipalidad de Zacualpan de Amilpas,
incorporándose al partido de
Jonacatepec. Se incorpora al partido de
Morelos la municipalidad de Yecapistla,
segregándose del partido de Jonacatepec
(artículo 3º).
Cuautla de Morelos
26 de marzo de 1855 Se forma el distrito de Morelos. Se forma el distrito de Morelos con los
partidos de Cuautla y Jonacatepec siendo
la cabecera la ciudad de Morelos.
Cuautla de Morelos
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Morelos es distrito del estado con el
partido de su nombre y el de
Jonacatepec.
Cuautla de Morelos
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Morelos es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Morelos
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Morelos.
Cuautla de Morelos
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La ciudad de Cuautla de Morelos ratifica
su nombre (artículos 1º y 2º).
Cuautla de Morelos Ciudad
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Morelos forma junto con el
de Jonacatepec el cantón militar
número 11.
Cuautla de Morelos
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuautla
7 de junio de 1862
Se divide el estado en tres distritos militares.
El distrito de Morelos junto con el de
Cuautla de Morelos
Ciudad
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Jonacatepec, Yautepec, Cuernavaca y
Tetecala forman el tercer distrito militar en
el estado.
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se erige en el distrito de Morelos la
municipalidad de San José Mapaxtlan
(artículo 14º).
Cuautla de Morelos
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. El distrito de Cuautla se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Cuernavaca
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Cuernavaca es distrito del estado con el
partido de su nombre y el de Cuautla.
Cuernavaca
Villa
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 3).
29 de enero de 1825 Decreto Nº 35. Se declara partido el tenientazgo de
Jonacatepec segregado del partido de
Cuernavaca.
Cuernavaca
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Cuernavaca como
prefectura.
Cuernavaca
14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Cuernavaca es un distrito del estado. Cuernavaca
14 de octubre de 1834 Decreto Nº 429. Se concede a la villa de Cuernavaca el
título de ciudad.
Cuernavaca Ciudad
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Cuernavaca es cabecera de distrito y
partido del mismo nombre incluyendo a
los partidos de ciudad Morelos y
Jonacatepec del departamento de México
(artículos 4º y 9º).
Cuernavaca
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Cuernavaca
continúa como distrito.
Cuernavaca
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CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuernavaca
2 de junio de 1849
Decreto Nº 20.
Se erige en el distrito de Cuernavaca, los
partidos de Tetecala y Yautepec.
Tetecala integrado por las
municipalidades de Tetecala, Mazatepec,
Ixtla, Jojutla y Tlalquiltenango; Yautepec
integrado por las municipalidades de
Yautepec, Tlalnepantla Cuautenca,
Tlayacapa y Totolapa.
Cuernavaca
Ciudad
9 de octubre de 1851 Decreto Nº 38. El estado se constituye por ocho distritos,
uno de ellos es Cuernavaca.
Cuernavaca
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Cuernavaca es distrito del estado con el
partido de su nombre y los de Tetecala y
Yautepec.
Cuernavaca
4 de mayo de 1859 Secretaría del estado y del Despacho de
Gobierno.
Cuernavaca es un territorio denominado
Iturbide con cabecera en Cuernavaca.
Cuernavaca
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Cuernavaca es un distrito del estado sin
las municipalidades de Coatlán del Rio y
Tepostlán, que se incorporan a los
distritos de Tetecala y Yautepec
respectivamente (artículos 1º y 2º).
Cuernavaca
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Cuernavaca.
Cuernavaca
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La ciudad de Cuernavaca se denominará
Cuernavaca de Iturbide (artículos 1º y 2º).
Cuernavaca de Iturbide Ciudad
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Cuernavaca forma junto con
los de Yautepec y Tetecala el cantón
militar número 10.
Cuernavaca de Iturbide
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a 1995 E
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7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Cuernavaca junto con los de
Jonacatepec, Yautepec, Morelos y
Tetecala forman el tercer distrito militar en
el estado con cabecera en la Ciudad de
Cuernavaca.
Cuernavaca de Iturbide
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuernavaca
17 de abril de 1869
Decreto que erige el estado de Morelos.
El distrito de Cuernavaca se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Cutzamala de Pinzón
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Cutzamala.
Cutzamala
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Cutzamala se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Chapantongo
1852
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Estado de México.
Se menciona a Chapantongo como
municipalidad del partido de Huichapan
en el distrito de Tula.
Chapantongo
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Chapantongo se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Chapulhuacán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Chapulhuacan.
Chapulhuacan
Pueblo
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16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Chapulhuacan se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Chico, El
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el departamento
de Tulancingo.
Se menciona a El Chico como
municipalidad.
Atotonilco el Chico
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de El Chico se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Chilapa de Alvarez
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Chilapa es partido del distrito de
Acapulco.
Chilapa
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Chilapa de Alvarez
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Chilapa como cabecera
de partido de la prefectura de Acapulco.
Chilapa
Pueblo
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. La prefectura de Acapulco se divide en
dos que son: la de Acapulco y Chilapa, la
prefectura de Chilapa se compondrá de
los partidos de Chilapa y Tixtla, siendo la
cabecera Chilapa.
Chilapa
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Chilapa es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo al partido
de ciudad Guerrero del departamento de
México (artículo 4º y 7º).
Chilapa Villa
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Chilapa
Chilapa
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a 1995 E
dici
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continúa como distrito.
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
El distrito de Chilapa se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Chilcuautla
2 de junio de 1850
Decreto Nº 73.
Se erige la municipalidad de Chilcuautla
con la villa del mismo nombre y los
pueblos de Tlacotlapisco y Texcatepec,
siendo la cabecera la villa de Chilcuautla.
Villa de Chilcuautla
Villa
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Chilcuautla se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Chilpancingo de los
Bravo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en la ciudad
de Chilpancingo.
Chilpancingo
Ciudad
(desde 1824, Col.
Dublán y Lozano...
Tomo I; p. 703).
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Chilpancingo se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Eduardo Neri
1826
Memoria del Gobierno del Estado de México.
Se establece el ayuntamiento en el
pueblo de Zumpango del Rio.
Zumpango del Rio
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Zumpango del Rio se
separa de la entidad para formar arte del
nuevo estado de Guerrero.
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a 1995 E
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Epazoyucan
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas, y que comprenden el
departamento de Tulancingo.
Se menciona a Epazoyuca como
municipalidad.
Epazoyuca
Pueblo
(desde 1540, los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 84).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Epazoyuca se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Huamantla
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4.
Huamantla es un partido del distrito de
Tlaxcala del departamento de México.
Huamantla
Pueblo
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas,
restableciéndose el partido de Huamantla
al territorio de Tlaxcala.
Huasca de Ocampo
1826
31 de julio de 1861
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 25.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huascasaloya.
Huascazaloya es un distrito del estado
formado del antiguo partido de Tulancingo
(artículos 1º y 2º).
Huascasaloya
Huascazaloya
Pueblo
(desde 1760, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 93).
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Huascazaloya.
Huascazaloya
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
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FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Huasca de Ocampo
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45.
Se concede al pueblo de Huascazaloya el
título de villa, con la denominación de
Huascazaloya de Ocampo (artículos 1º y
2º).
Huascazaloya de Ocampo
Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Huascazaloya forma junto
con el de Zacualtipan el cantón militar
número 4.
Huascazaloya de Ocampo
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Huascazaloya junto con los
de Tula, Izmiquilpan, Zimapan,
Huichapan, Actopam, Pachuca, Huejutla,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam
forman el segundo distrito militar en el
estado.
Huascazaloya de Ocampo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El distrito de Huascasaloya se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Huautla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huautla.
Huautla
Pueblo
(desde 1500, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 93).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Huautla se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Huazalingo
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1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huazalingo.
Huazalingo Pueblo
(desde 1500, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 96).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Huazalingo
16 de enero de 1869
Decreto que erige el estado de Hidalgo.
La municipalidad de Huazalingo se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
Huehuetla
26 de abril de 1827
Decreto Nº 21.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huehuetla y sus anexos, que
pertenecían a la municipalidad de
Tenango en el distrito de Tulancingo
(artículos 1º y 2º).
Huehuetla
Pueblo
(desde 1640, Los
Municipios de Hidalgo,
1988; p. 99).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Huehuetla se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Huejutla de Reyes
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Huejutla es distrito del estado con el
partido de su nombre y los de Metztitlán y
Yahualica.
Huejutla
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Huejutla como prefectura.
Huejutla
24 de abril de 1826 Decreto Nº 64. Se incorpora al distrito de Huejutla el
pueblo de Tlanchinol y su doctrina.
Huejutla
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14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Huejutla es un distrito del estado. Huejutla
29 de abril de 1834 Decreto Nº 387. Se incorpora al partido de Huejutla el
territorio del extinto partido de Yahualica.
Huejutla
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Huejutla es partido del distrito de
Mextitlan del departamento de México
(artículos 4º y 10).
Huejutla
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Huejutla de Reyes
29 de agosto de 1846
Decreto Nº 1.
Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Huejutla se
reestablece como distrito.
Huejutla
30 de agosto de 1848 Decreto Nº 77. Se erige en el distrito de Huejutla la
municipalidad de Molango.
Huejutla
7 de septiembre de
1848
Decreto Nº 80. Se erige en el distrito de Huejutla la
municipalidad de Mexquititlán.
Huejutla
26 de septiembre de
1848
Decreto Nº 86. Se menciona a Huejutla como distrito y
cabecera de partido.
Huejutla
9 de octubre de 1851 Decreto Nº 38. El estado se constituye por ocho distritos,
uno de ellos es Huejutla.
Huejutla
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Huejutla es distrito del estado con el
partido de su nombre y los de Yahualica,
Mextitlán y Zacualtipan.
Huejutla
4 de mayo de 1859
Decreto de la misma fecha.
El distrito de Huejutla denominado de
Metztitlán forma parte del departamento
de Tula.
No se consigna
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31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Huejutla constituye parte del distrito del
mismo nombre (artículos 1º y 2º).
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Huejutla.
Huejutla
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Huejutla el título
de villa, con la denominación de Huejutla
de Cos (artículos 1º y 2º).
Huejutla de Cos Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Huejutla forma el cantón
militar número 5.
Huejutla de Cos
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Huejutla junto con los de
Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Huichapan,
Actopam, Pachuca, Huascazaloya,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam
forman el segundo distrito militar en el
estado.
Huejutla de Cos
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Huejutla de Reyes
27 de mayo de 1868
Decreto Nº 42.
Se erigen los municipios de Tlanchinol y
Xochiatipan en el distrito de Huejutla.
Huejutla de Cos
Villa
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El distrito de Huejutla se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Huichapan
11 de marzo de 1824
Decreto Nº 8.
Huichapan es un partido del estado.
Huichapan
Pueblo
6 de agosto de 1824 Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Huichapan es partido del distrito de Tula. Huichapan
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13 de diciembre de
1824
Decreto Nº 31. Se concede al pueblo de Huichapan el
título de villa.
Huichapan Villa
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Huichapan como
cabecera de partido de la prefectura de
Tula.
Huichapan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Huichapan es un partido del distrito de
Tula del departamento de México
(artículos 4º y 16).
Se segrega del partido de Huichapan el
pueblo de Alfajayuca, incorporándose al
partido de Ixmiquilpan (artículo 19).
Huichapan
13 de septiembre de
1855
31 de julio de 1861
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Decreto Nº 25.
Huichapan es un partido del distrito de
Tula.
Huichapan es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Huichapan
Huichapan
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Huichapan.
Huichapan
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La villa de Huichapan se denominará
Huichapan de Villagrán (artículos 1º y
2º).
Huichapan de Villagrán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Huichapan
22 de mayo de 1862
Se divide el estado en cantones militares.
El distrito de Huichapan forma junto con
el de Tula y Jilotepec el cantón militar
número 7.
Huichapan de Villagrán
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Huichapan junto con los de
Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Actopan,
Pachuca, Huascazaloya, Huejutla,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam
forman el segundo distrito militar en el
estado.
Huichapan de Villagrán
15 de octubre de 1868 Decreto Nº 83. Se concede a la H. villa de Huichapan el
título de ciudad con la denominación de
H. ciudad de los Mártires de la Libertad.
H. Ciudad de los Mártires
de la Libertad
Ciudad
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. El distrito de Huichapam se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Huitzuco de los
Figueroa
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huitzuco.
Huitzuco
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Huitzuco se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Iguala de la
Independencia
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Iguala.
Iguala
Pueblo
2 de junio de 1835 Decreto Nº 482. El pueblo de Iguala se denominará
ciudad de Iguala de Iturbide.
Ciudad de Iguala de
Iturbide
Ciudad
27 de octubre de 1849 Decreto que declara eregido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Iguala se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
Estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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288
MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Ixcateopan de
Cuauhtémoc
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ixcateopan.
Ixcateopan
Pueblo
20 de septiembre de
1827
Decreto Nº 65. Se menciona a Ixcateopan como curato
del partido de Teloloapan.
Ixcateopan
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Ixcateopan se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Ixmiquilpan
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Ixmiquilpan es partido del distrito de Tula.
Ixmiquilpan
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorpora al partido de Ixmiquilpan el
pueblo de Tlaco que pertenecía al partido
de Tetepango (artículos 1º, 8º y 11º).
Ixmiquilpan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4.
Ixmiquilpan es un partido del distrito de
Tula del departamento de México
(artículos 4º y 16).
Se incorpora al partido de Ixmiquilpan el
pueblo de Alfajayuca que pertenecía al
partido de Huichapan (artículo 19).
Ixmiquilpan
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Ixmiquilpan es un partido del distrito de
Tula.
Ixmiquilpan
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Ixmiquilpan es un distrito del estado sin la
municipalidad de Tasquillo, que se
incorpora al distrito de Zimapan (artículos
7º y 26º).
Ixmiquilpan
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a 1995 E
dici
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15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Ixmiquilpan.
Ixmiquilpan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Ixmiquilpan
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Ixmiquilpan es un distrito del estado sin la
municipalidad de Tasquillo que se
incorpora al distrito de Zimapan (artículos
1º y 2º).
Ixmiquilpan
Pueblo
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Ixmiquilpan el
título de villa, con la denominación de
Ixmiquilpan de Aldama (artículos 1º y
2º).
Ixmiquilpan de Aldama Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Ixmiquilpan forma junto con
el de Zimapan el cantón militar número
6.
Ixmiquilpan de Aldama
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Ixmiquilpan junto con los de
Tula, Zimapan, Huichapan, Actopam,
Pachuca, Huascazaloya, Huejutla,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam
forman el segundo distrito militar en el
estado.
Ixmiquilpan de Aldama
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El distrito de Ixmiquilpam se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Ixquincuitlapilco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ixquincuitlapilco.
Ixquincuitlapilco
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Ixquincuitlapilco se
INEGI.E
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separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Jacala de Ledezma
1826
7 de septiembre de
1855
25 de marzo de 1868
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se designa cual es el territorio del estado.
Decreto Nº 13.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Xacala.
Jacala es un partido del distrito de Tula.
Se concede al pueblo de Jacala el título
de villa, con la denominación de Jacala
de Ledesma.
Xacala
Jacala
Jacala de Ledesma
Pueblo
(desde 1600, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 114).
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Jacala de Ledezma
16 de enero de 1869
Decreto que erige el estado de Hidalgo.
La municipalidad de Jacala se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Jaltocán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Jaltocan.
Jaltocan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Jaltocan se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Jantetelco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Jantetelco.
Jantetelco
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 11).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Jantetelco se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
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de 1810
a 1995 E
dici
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Jiutepec
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Xiutepec.
Xiutepec
Pueblo
(desde 1825, Bosquejo
y Estadística... p. 14).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Xiutepec se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Jojutla
29 de marzo de 1847
Decreto Nº 36.
Se erige la municipalidad de Jojutla con la
villa del mismo nombre y los pueblos de
Panchimalco, Tlatenchi; las rancherías de
Chico, Tehuistla y Tequesquitengo que
antes pertenecían a la municipalidad de
Tlalquiltenango, siendo la cabecera
Jojutla.
Jojutla
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Jojutla
2 de junio de 1849
Decreto Nº 20.
La municipalidad de Jojutla se integra al
nuevo partido de Tetecala.
Jojutla
Villa
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Jojutla se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Jonacatepec
29 de enero de 1825
Decreto Nº 35.
Se erige en partido el tenientazgo de
Jonacatepec
Pueblo
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a 1995 E
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Jonacatepec, segregado del partido de
Cuernavaca.
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Jonacatepec como
cabecera del partido de la prefectura de
Cuernavaca.
Jonacatepec
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Jonacatepec es un partido del distrito de
Cuernavaca del departamento de México
(artículos 4º y 9º).
Jonacatepec
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. Se incorpora al partido de Jonacatepec la
municipalidad de Zacualpan de Amilpas,
segregándose del partido de Morelos. Se
segrega del partido de Jonacatepec la
municipalidad de Yecapistla,
incorporándose al partido de Morelos.
Jonacatepec
26 de marzo de 1855 Se forma el distrito de Morelos. El partido de Jonacatepec se integra al
nuevo distrito de Morelos.
Jonacatepec
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Jonacatepec es un partido del distrito de
Morelos.
Jonacatepec
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Jonacatepec
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Jonacatepec es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Jonacatepec
Pueblo
15 de octubre de 1861 Constitución Política del estado libre y El estado se constituye por 27 distritos, Jonacatepec
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a 1995 E
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Soberano de México. uno de ellos es Jonacatepec.
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Jonacatepec el
título de villa con la denominación de
Jonacatepec de Valle (artículos 1º y 2º).
Jonacatepec de Valle Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Jonacatepec forma junto con
el de Morelos el cantón militar número 11.
Jonacatepec de Valle
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Jonacatepec junto con los
de Yautepec, Morelos, Cuernavaca y
Tetecala forman el tercer distrito militar en
el estado.
Jonacatepec de Valle
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. El distrito de Jonacatepec se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Juárez Hidalgo
1826
Memoria de Gobierno de Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Lorenzo.
San Lorenzo
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de San Lorenzo se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
La Unión de Isidoro
Montes de Oca
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para arreglo del
gobierno interior del estado.
Zacatula es partido del distrito de
Acapulco.
Zacatula
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Zacatula.
Zacatula
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Zacatula se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
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a 1995 E
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MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Lolotla
1826
Memoria del Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Lolotla.
Lolotla
Pueblo
(desde 1720, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 127).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Lolotla se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Mazatepec
2 de junio de 1849
Decreto Nº 20.
La municipalidad de Mazatepec se
integra al nuevo partido de Tetecala.
Mazatepec
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 5).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Mazatepec se
separa de la entidad para formar parte de
nuevo estado de Morelos.
Metepec
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el
departamento de Tulancingo.
Se menciona a Metepec como municipio.
Metepec
Pueblo
(desde 1580, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 130).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El municipio de Metepec se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Mextitlán
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Metztitlán es partido del distrito de
Huejutla.
Metztitlán
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. El partido de Metztitlán se denominará
Zacualtipan y se traslada la cabecera al
pueblo del mismo nombre.
1826 Memoria del Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Mextitlán.
Mextitlán Pueblo
24 de abril de 1826 Decreto Nº 64. Se crea el partido de Metztitlán Metztitlán
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compuesto por la doctrina del mismo
pueblo y los de Zozoquipa, San Agustin
Mexuititlán, San Lorenzo Istacoyoc,
Chichicastla, Chapuluacan, Barranca de
Totonicapa y Santa Mónica que
pertenecían al partido de Zacualtipan
(artículos 1º y 2º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Mextitlán
29 de abril de 1834
Decreto Nº 387.
Se suprime el partido de Mextitlán
integrándose su territorio al partido de
Zacualtipan.
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Mextitlán es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo los partidos
de Huejutla, Yahualica y Zacualtipan, del
departamento de México (artículos 4º y
10).
Mextitlán Pueblo
26 de septiembre de
1848
Decreto Nº 86. Se menciona a Mextitlán como partido del
distrito de Huejutla.
Mextitlán
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Mextitlán es un partido del distrito de
Huejutla.
Mextitlán
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Mextitlán constituye parte del distrito de
Zacualtipan (artículos 1º y 2º).
Mextitlán
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Mextitlán se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Mexicalcingo
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Mexicalcingo es partido del distrito de
México.
Mexicalcingo
Pueblo
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8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se extingue el partido de Mexicalcingo
integrándose su territorio al partido de
San Agustin de las Cuevas (artículos 1º y
2º).
21 de febrero de 1854 Se declara la comprensión del distrito de
México.
La municipalidad de Mexicalcinco se
separa de la entidad para formar parte del
distrito de México.
México
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
México es un distrito del estado con el
partido de su nombre y los de Chalco,
Coatepec Chalco, Coyoacan, Cuautitlán,
Ecatepec, Mexicalcingo, Tacuba,
Teotihuacan, Texcoco, Xochimilco y
Zumpango.
México
Ciudad
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
México
18 de noviembre de
1824
Decreto que señala a México con el distrito
que se expresa para la residencia de los
supremos poderes de la federación.
La ciudad de México se separa de la
entidad para constituirse en el distrito
Federal de dos leguas y sede de los
poderes federales. Se mantiene en esta
ciudad la capital del Estado de México
(artículos 1 y 2).
México
Ciudad
1826 Memoria del gobierno del Estado de México. México, sin el Distrito Federal es prefec-
tura del estado.
4 de enero de 1827 Se trasladan a la Ciudad de Texcoco los
supremos poderes del estado.
Para el 1º de febrero próximo se
instalarán en la ciudad de Texcoco los
supremos poderes del estado. La ciudad
de México deja de ser asiento de los
poderes del estado.
Texcoco Ciudad
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14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. México es un distrito del Estado. Tezcoco
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. La prefectura de México se divide en dos
distritos; el del Este de México que
comprende los partidos de Texcoco,
Chalco y Teotihuacán, y el del Oeste que
comprende los de Tlalnepantla, Tlalpam,
Zumpango y Cuautitlán.
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Se restituye el Distrito Federal al
departamento de México y es distrito del
mismo con los partidos del mismo
nombre, Coyoacan y Tlalnepantla
(artículos 1º, 3º, 4º y 5).
Ciudad de México Ciudad
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. La ciudad de
México deja de ser capital del
departamento del mismo nombre al
restablecerse al Distrito Federal.
Texcoco Ciudad
Miacatlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Miacatlan.
Miacatlan
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 7).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Miacatlán
16 de diciembre de
1848
Decreto Nº 105.
La cabecera de este municipio se
traslada al pueblo de Mazatepec y se
compondrá de este pueblo más el de
Miacatlán y Cuautetelco; la hacienda de
Miacatlán y los ranchos de Palpa y
Mazatepec
Pueblo
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a 1995 E
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Colalpa.
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Miacatlán se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Milpa Alta
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Milpa Alta.
Milpa Alta
Pueblo
21 de febrero de 1854 Se declara la comprensión del distrito de
México.
La municipalidad de Milpa Alta se separa
de la entidad para formar parte del distrito
de México.
Mineral del Monte
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Mineral del Monte.
Mineral del Monte
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Mineral del Monte se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Mixquiahuala de
Juárez
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Mixquihuala.
Mixquihuala
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Mixquihuala se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Molango de
Escamilla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Molango.
Molango
Pueblo
(desde 1535, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 150).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
INEGI.E
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MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Molango de
Escamilla
30 de agosto de 1848
Decreto Nº 77.
Se erige la municipalidad de Molango en
el distrito de Huejutla, con el pueblo del
mismo nombre y los de San Bernardo,
Tenango, Acatepec, Huitznopala,
Acayuca, Cuxhuacan, Ixquicuila, Ixcatlan,
San Antonio, Tladsintla, Noapa, Atexca e
Ixmolintla; y las rancherías de Ixcotla y
Zacoala, siendo la cabecera Molango.
Molango
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Molango se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Nopala de Villagrán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Nopala.
Nopala
Pueblo
25 de marzo de 1868 Decreto Nº 15. El pueblo de Nopala se denominará
Nopala de Villagrán.
Nopala de Villagrán
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Nopala se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Oaxtepec
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Huaztepec.
Huaztepec
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 4).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Huaztepec se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Ocuituco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ocuituco.
Ocuituco
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 19).
INEGI.E
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o de
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ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Ocuituco se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Omitlán de Juárez
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se erige la municipalidad de Omitlán en
el distrito de Atotonilco el Grande.
Omitlán
Pueblo
(desde 1760, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988, p. 159).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Omitlán se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Pachuca de Soto
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Pachuca es partido del distrito de
Tulancingo.
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorpora al partido de Pachuca el
territorio del extinto partido de Zempoala,
además del territorio de su feligresía y el
de Atotonilco el Chico que pertenecían al
partido de Tetepango (artículos 1º, 6º y
12).
Pachuca
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Pachuca como cabecera
de partido de la prefectura de Tulancingo.
Pachuca
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Pachuca es un partido del distrito de
Tulancingo del departamento de México
(artículos 4º y 17).
Pachuca
13 de septiembre de Estatuto Provisional para el Gobierno Interior Pachuca es un partido del distrito de Pachuca
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dici
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1855 del estado. Tulancingo.
4 de mayo de 1859 Decreto con la misma fecha. El partido de Pachuca forma parte del
territorio de Tulancingo.
Pachuca
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Pachuca es un distrito del estado. Pachuca
15 de octubre de 1861 Constitución Política del estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Pachuca.
Pachuca
14 de noviembre de
1861
22 de mayo de 1862
Decreto Nº 45.
Se divide el estado en cantones militares.
Se concede al pueblo de Pachuca el título
de villa con la denominación de Pachuca
de Guerrero.
El distrito de Pachuca forma junto con los
de Otumba y Actopan el cantón militar
número 3.
Pachuca de Guerrero
Pachuca de Guerrero
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Pachuca de Soto
7 de junio de 1862
Se divide el estado en tres distritos militares.
El distrito de Pachuca junto con la de
Tula, Izmiquilpan, Zimapan, Huichiapan,
Actopan, Huascazaloya, Huejutla,
Zacualtipan y el antiguo distrito de Apam
forman el segundo distrito militar en el
estado.
Pachuca de Guerrero
Villa
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. El distrito de Pachuca se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Puente de Ixtla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ixtla.
Ixtla
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 7)
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Ixtla integra al nuevo Ixtla
INEGI.E
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dici
ón 1996
288
partido de Tetecala.
27 de mayo de 1868 Decreto Nº 42. Se erige en pueblo la congregación de
Puente de Ixtla con el nombre de Hidalgo
en esta municipalidad.
Ixtla
17 de abril de 1869
Decreto que erige el estado de Morelos.
La municipalidad de Ixtla se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Quechultenango
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Quechultenango.
Quechultenango
Pueblo
27 de octubre de 1849
Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de Quechultenango se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Guerrero.
San Agustín
Metzquititlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Mixquititlán.
Mixquititlán
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Agustín
Metzquititlán
7 de septiembre de
1848
Decreto Nº 80.
Se erige la municipalidad de Mexquititlán
en el distrito de Huejutla, con el pueblo
del mismo nombre y los de San Nicolás,
Atecoxco, Santa María Xoxoteco,
Zahuastipan y Carpinteros; la hacienda
Mexquititlán
Pueblo
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
de Tuzanapan; y las rancherías de
Milpillas, de los Venados, de la Peña y del
Veladero, siendo la cabecera
Mexquititlán.
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Mexquititlán se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
San Angel
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Angel.
San Angel
Pueblo
13 de septiembre de
1855
Estatuto provisional para el Gobierno Interior
del Estado.
Se deja de mencionar la municipalidad.
San Felipe Orizatlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Felipe.
San Felipe
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de San Felipe se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
San Marcos
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Marcos.
San Marcos
Pueblo
18 de septiembre de
1833
Decreto Nº 343. Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Tesca, incorporándose a la
municipalidad de Acapulco.
San Marcos
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
La municipalidad de San Marcos se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
288
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Pedro Actopan
7 de abril de 1847
Decreto Nº 39.
Se erige la municipalidad de San Pedro
Actopan en el partido de Tlalpam, con el
pueblo del mismo nombre y los de San
Bartolomé Xicomulco, San Salvador
Cuautenco, San Pablo Ostolotepec y San
Lorenzo Tlacoyucan, siendo la cabecera
San Pedro Actopan.
San Pedro Actopan
Pueblo
11 de octubre de 1848 Decreto Nº 93. Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Salvador Cuautenco,
incorporándose a la municipalidad de
Xochimilco.
San Pedro Actopan
25 de noviembre de
1855
Se incorpora el partido de Tlalpan al distrito
Federal.
La municipalidad de San Pedro Actopan
se separa de la entidad para integrarse al
Distrito Federal.
San Salvador
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Salvador.
San Salvador
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de San Salvador se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Santa Fe
1827
Memoria de los Ramos que son a cargo del
Gobierno del estado libre de México.
Santa Fe aparece como ayuntamiento del
partido de San Agustín de las Cuevas en
la prefectura de Mexico.
Santa Fe
Pueblo
16 de mayo de 1828 Decreto Nº 102. Se reestablece en el pueblo de Santa Fé
la cabecera de este ayuntamiento,
dejando de serlo el pueblo de Cuajimalpa.
Santa Fe
21 de febrero de 1854 Se declara la comprensión del distrito de
México.
La municipalidad de Santa Fe se separa
de la entidad para formar parte del distrito
de México (véase texto pág. 37).
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Santiago de Anaya
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Yolotepec.
Yolotepec
Pueblo
2 de enero de 1865 Informe de la Subprefectura de Tula. Se menciona que la cabecera de la
municipalidad de Yolotepec se trasladó al
pueblo de Santiago Tlalchichilco.
Santiago Tlalchichilco Pueblo
8 de agosto de 1865 Lista de las demarcaciones, pueblos,
haciendas y que comprende el departamento
de Tulancingo.
En este documento aparece la
municipalidad de Santiago con todos los
pueblos de la antigua municipalidad de
Yolotepec.
Santiago Tlalchichilco
16 enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Santiago se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Singuilucan
22 de febrero de 1827
Decreto Nº 94.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Zinguilucan del distrito de Tulancingo.
Zinguilucan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Zinguilucan se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Tacuba
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tacuba es partido del distrito de México.
Tacuba
Pueblo
18 de julio de 1825 Decreto Nº 49. Al pasar Tacuba al Distrito Federal,
cambia la denominación del partido a
Tlalnepantla (véase texto pág. 34).
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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Tasquillo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tasquillo.
Tasquillo
Pueblo
(desde 1663, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 205).
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. La municipalidad de Tasquillo se
incorpora al distrito de Zimapan
segregándose del distrito de Ixmiquilpan.
Tasquillo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tasquillo
16 de enero de 1869
Decreto que erige el estado de Hidalgo.
La municipalidad de Tasquillo se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Tasquillo
Pueblo
Taxco de Alarcón
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tasco es distrito del estado con el partido
de su nombre y los de Temascaltepec,
Tetela del rio y Zacualpan.
Tasco
Pueblo
8 de abril de 1825
Decreto Nº 41.
En el distrito de Tasco se divide el partido
de Temascaltepec en tres que serán
Temascaltepec, Tejupilco y Sultepec.
Tasco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Tasco como prefectura.
Tasco
14 de febrero de 1827
Constitución Política del Estado de México.
Tasco es un distrito del estado.
Tasco
La prefectura de Tasco se divide en dos
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20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. que son: la de Tasco y la de Sultepec. La
prefectura de Tasco se compondrá de los
partidos de Tasco, Ajuchitlan y
Teloloapan, siendo la cabecera Tasco.
Tasco
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Tasco es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo los partidos
de Ajuchitlán y Teloloapan del
departamento de México (artículos 4º y
11).
Tasco
29 de agosto de 1846
Decreto Nº 1.
Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Tasco
continúa como distrito.
Tasco
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el estado de
Guerrero.
El distrito de Tasco se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Tasco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tecozautla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tecozautla.
Tecozautla
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tecozautla se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Tecpan de Galeana
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Tecpan como cabecera
de partido de la prefectura de Acapulco.
Tecpan
Ciudad
19 de abril de 1827 Decreto Nº 17. Se reduce el ayuntamiento de Tecpan a
su vecindario y el de Atoyac sin los
pueblos de Petatlán, Coacoyúl, San
Gerónimo y San Luis.
Tecpan
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de 1810
a 1995 E
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20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. Se menciona a Tecpan como partido de
la prefectura de Acapulco.
Tecpan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Tecpan es un partido del distrito de
Acapulco del departamento de México.
Tecpan
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Tecpan se separa de
la entidad para formar parte del nuevo
estado de Guerrero.
Tecpan
Teloloapan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Teloloapan.
Teloloapan
Pueblo
20 de septiembre de
1827
Decreto Nº 65. Se erige el partido de Teloloapan con el
curato del mismo nombre, Ixcateopan,
Acapetlayahua, Apaxtla, Coatepec
Costales y Alahuistlan, que pertenecían al
partido de Zacualpan, siendo la cabecera
Teloloapan.
Teloloapan
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. Se menciona a Teloloapan como partido
de la prefectura de Tasco.
Teloloapan
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Teloloapan es un partido del distrito de
Tasco del departamento de México
(artículos 4º y 11).
Teloloapan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Teloloapan
27 de octubre de 1849
Decreto que declara erigido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Teloloapan se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
Tenango de Doria
Se establece ayuntamiento en el pueblo
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a 1995 E
dici
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1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. de Tenango. Tenango Pueblo
26 de abril de 1827 Decreto Nº 21. Se reduce la municipalidad de Tenango a
su vecindario y al de Achiotepec por lo
que se separa de ella Huehuetla y sus
anexos (artículos 1º y 2º).
Tenango
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tenango se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Tepalcingo
1826
17 de abril de 1869
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto que erige el Estado de Morelos.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepalcingo.
La municipalidad de Tepalcingo se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Morelos.
Tepalcingo
Pueblo
(desde 1825, Bosquejo
y Esta-dística... p. 29).
Tepeapulco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepeapulco.
Tepeapulco
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tepeapulco se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Tepecoacuilco de
Trujano
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepecoacuilco.
Tepecoacuilco
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Tepecoacuilco se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
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a 1995 E
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FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tepehuacán de
Guerrero
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepehuacan.
Tepehuacan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tepeji del Rio se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
Tepeji del Río de
Ocampo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepeji del Rio.
Tepeji del Rio
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tepehuacan se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
Tepoztlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepoztlan.
Tepoztlan
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 8).
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Se segrega la municipalidad de
Tepostlán del distrito de Cuernavaca,
incorporándose al distrito de Yautepec.
Tepostlán
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Tepostlán se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
Tetecala
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tetetcala.
Tetecala
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 6).
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. Se erige en el distrito de Cuernavaca el
partido de Tetecala integrado por las
municipalidades de Tetecala, Mazatepec,
Ixtla, Jojutla y Tlalquiltenango, con
cabecera en Tetecala.
Tetecala
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a 1995 E
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13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del Estado.
Tetecala es un partido del distrito de
Cuernavaca.
Tetecala
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tetecala
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Tetecala es un distrito del estado con la
municipalidad de Coatlán del Rio,
segregada del distrito de Cuernavaca.
Tetecala
Pueblo
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Tetecala.
Tetecala
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Tetecala es un distrito del estado con la
municipalidad de Coatlán del Río
segregada del distrito de Cuernavaca.
Tetecala
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Tetecala el título
de villa, con la denominación de Tetecala
de Matamoros (artículos 1º y 2º).
Tetecala de Matamoros Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Tetecala forma junto con los
de Cuernavaca y Yautepec el cantón
militar número 10.
Tetecala de Matamoros
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Tetecala junto con los de
Jonacatepec, Yautepec, Morelos y
Cuernavaca forman el tercer distrito
militar en el estado.
Tetecala de Matamoros
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se erige en el distrito de Tetecala el
municipio de Amacusac (artículo 11º).
Tetecala de Matamoros
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. El distrito de Tetecala se separa de la
entidad para formar parte del nuevo
estado de Morelos.
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a 1995 E
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Tetela del Río
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tetela del Río es partido del distrito de
Tasco.
Tetela del Río
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tetela del Río.
Tetela del Río
27 de octubre de 1849 Decreto que declara erigido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Tetela del Río se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Guerrero.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tetepango
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Tetepango es partido del distrito de Tula.
Tetepango
Pueblo
(desde 1558, Los
Municipios de Hi-
dalgo, 1988; p. 228).
8 de abril de 1825
Decreto Nº 41.
Se extingue el partido de Tetepango
integrándose su territorio a los partidos
de Actopan, Ixmiquilpan, Pachuca, Tula y
Zumpango (artículo 1º).
1826
Memoria del Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tetepango.
Tetepango
Pueblo
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a 1995 E
dici
ón 1996
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16 de enero de 1869
Decreto que erige el Estado de Hidalgo.
La municipalidad de Tetepango se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
Tezontepec de
Aldama
25 de abril de 1865
Ministerio de Gobernación.
Circular Nº 15.
Se menciona a Tezontepec como
municipalidad.
Tezontepec
Pueblo
16 de enero de 1869
Decreto que erige el Estado de Hidalgo.
La municipalidad de Tezontepec se
separa de la entidad para formar parte
del nuevo estado de Hidalgo.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tianguistengo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tianguistengo.
Tianguistengo
Pueblo
16 de abril de 1850 Decreto Nº 51. Se erige la municipalidad de Santa Ana
Teanguistengo en el partido de
Zacualtipan, con el pueblo del mismo
nombre los de Ospantla, Santa Mónica,
Soyatla, Conchintlan, Ixtaco,
Tlahuitecpan, Zacatipan, Tlacuchac,
Tenexco, Papatlatla, Techimal,
Chapaltepec, Atecosco, Tlacolula,
Santa Ana Tianguistengo
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a 1995 E
dici
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Joquela, Cuamelco, Salacahuantla,
Xochimilco, Cholula, Tochintlán,
Ixcotitlán, Chapula, Tepaneca, Pemusco,
Xochicoatlán, Acomulco, Salamelco,
Zapoatlán, Mecapala, Cuautencalco,
Texcaco, Tozamenal, Papastla,
Masahuacán, Cuautlamayán y las
rancherías de Zoquiapan, Pahuatitlán,
Comala, Yatipan, Hormiguero y
Matlatenco siendo la cabecera Santa Ana
Tianguistengo (artículos 1º y 2º).
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Santa Ana
Tianguistengo se separa de la entidad
para formar parte del nuevo estado de
Hidalgo.
Tixtla de Guerrero
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del Estado.
Tixtla es partido del distrito de Acapulco.
Tixtla
Pueblo
17 de septiembre de
1824
Decreto Nº 22. Se concede al pueblo de Tixtla el título de
Ciudad de Guerrero.
Ciudad de Guerrero Ciudad
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tixtla de Guerrero
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Tixtla como cabecera de
partido de la prefectura de Acapulco.
Ciudad de Guerrero
Ciudad
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. Se menciona a Tixtla como partido del Ciudad de Guerrero
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a 1995 E
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distrito de Chilapa.
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Ciudad Guerrero es un partido del distrito
de Chilapa del departamento de México
(artículos 4º y 7º).
Ciudad de Guerrero
27 de octubre de 1849 Decreto que erige el Estado de Guerrero. Ciudad Guerrero se separa de la entidad
para formar parte del nuevo estado de
Guerrero.
Tizayuca
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tizayuca.
Tizayuca
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tizayuca se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Tlahuac
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tlahuac.
Tlahuac
Pueblo
16 de octubre de 1848
Decreto Nº 103.
Deja de ser cabecera de la municipalidad
de Tlahuac el pueblo de este nombre y
pasa a serlo el pueblo de San Francisco
Tlaltenco.
San Francisco Tlaltenco
Pueblo
25 de mayo de 1849
Decreto Nº 15.
Se reestablece en el pueblo de Tlahuac la
cabecera de la municipalidad de Tlahuac,
dejando de serlo el pueblo de San
Francisco Tlaltenco.
Tlahuac
Pueblo
21 de febrero de 1854
Se declara la comprensión del distrito de
México.
La municipalidad de Tlahuac se separa
de la entidad para formar parte del distrito
de México (véase texto pág. 37).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
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MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalnepantla
11 de octubre de 1848
Decreto Nº 92.
Se erige la municipalidad de Tlalnepantla
Cuautenca en el distrito del Este (Texcoco)
con el pueblo del mismo nombre y los barrios
de San Nicolás, San Felipe, San Bartolomé,
Santiago y San Pedro.
Tlalnepantla Cuautenca
Pueblo
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Tlalnepantla Cuautenca
se integra al nuevo partido de Yautepec
segregada del distrito del estado (Texcoco).
Tlalnepantla Cuautenca
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Tlalnepantla Cuautenca
se separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Morelos.
Tlalpan
8 de abril de 1825
Decreto Nº 41.
Se forma el partido de San Agustin de las
Cuevas con los territorios de los extintos
partidos de Coyoacan, Mexicalcingo y
Xochimilco en el distrito de México (artículos
1º y 2º).
San Agustin de las Cuevas
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a San Agustin de las Cuevas
como cabecera de partido de la prefectura de
México.
San Agustin de las Cuevas
25 de noviembre de 1826 Decreto Nº 83. Se incorpora al partido de S. Agustin de las
Cuevas el pueblo de Santa Fé.
San Agustin de las Cuevas
18 de mayo de 1827 Circular Nº 72 del Congreso del estado. Los poderes del estado se trasladarán
provisionalmente a San Agustin de las Cuevas
el 15 de junio próximo.
S. Agustin de las Cuevas
25 de septiembre de 1827 Decreto Nº 68. Se concede al pueblo de San Agustin de las
Cuevas el título de ciudad con la
denominación de Tlalpam.
Tlalpam Ciudad
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16 de octubre de 1830 Decreto Nº 200. Al fijarse la residencia de los poderes en
Toluca, Tlalpam deja de ser capital del
estado.
Tlalpam
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalpan
20 de mayo de 1833
Decreto Nº 309.
Se menciona a Tlalpam como partido del
distrito del oeste de México.
Tlalpam
Ciudad
23 de diciembre de 1837 Decreto Nº 4. La cabecera del partido de Tlalpam se
traslada a Coyoacán (artículo 18).
10 de febrero de 1847 Decreto Nº 26. Se incorpora a esta municipalidad el pueblo
de Topilejo.
Tlalpam
7 de abril de 1847 Decreto Nº 39. Se erige en el partido de Tlalpam la
municipalidad de San Pedro Actopan.
Tlalpam
22 de agosto de 1854 Se erige en pueblo la congregación de Cerro
Gordo.
Se erige en pueblo la congregación de Cerro
Gordo, con el nombre de Regeneración.
Tlalpam
13 de septiembre de 1855 Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
estado.
Tlalpan es distrito del estado con el partido
de su nombre.
Tlalpan
25 de noviembre de 1855 Orden del Ministerio de Gobernación.
Queda incorporada la ciudad de Tlalpam al
distrito Federal.
La municipalidad de Tlalpam se separa de la
entidad para formar parte del Distrito Federal.
Tlaltizapan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Tlaltizapan.
Tlaltizapan
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 10).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Tlaltizapan se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
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de Morelos.
Tlanalapa
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos, haciendas
y que comprende, el departamento de
Tulancingo.
Se menciona a Tlanalapan como municipio.
Tlanalapan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. El municipio de Tlanalapan se separa de la
entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Tlanchinol
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Tlanchinol.
Tlanchinol
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlanchinol
24 de abril de 1826
Decreto Nº 64.
Se incorpora al partido de Huejutla el pueblo
de Tlanchinol y su doctrina.
27 de mayo de 1868 Decreto Nº 42. Se erige el municipio de Tlanchinol. Tlanchinol Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Tlanchinol se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Tlaquiltenango
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Tlalquiltenango.
Tlalquiltenango
Pueblo
29 de marzo de 1847 Decreto Nº 36. Se segrega de esta municipalidad la Villa de
Jojutla, los pueblos de Panchimalco,
Tlatenchi; y las rancherías de Chico, Tehuistla
y Tequesquitengo para formar la nueva
municipalidad de Jojutla (artículo 1º).
La municipalidad de Tlalquiltenango se forma
con el pueblo de Tetelpa; haciendas de
Tlalquiltenango
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Zacatepec, San Nicolás, Ixtoluca, San José; y
las rancherías de la Era, los Elotes, los Hornos,
Nexpa y demás lugares que no forman parte
de la municipalidad de Jojutla creada en este
mismo decreto (artículo 2º).
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Tlalquiltenango se
integra al nuevo partido de Tetecala.
Tlalquiltenango
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Tlalquiltenango se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Morelos.
Tlaxcala
23 de diciembre de 1837
Decreto Nº 4.
Tlaxcala es cabecera del distrito y partido del
mismo nombre del departamento de México
con los de Huamantla y Tlasco.
Tlaxcala
Ciudad
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlaxcala
29 de agosto de 1846
Decreto Nº 1.
Se declara vigente la Constitución de 1827,
sus Leyes y Reformas, restableciéndose el
distrito de Tlaxcala al Territorio del mismo
nombre.
Tlaxco
23 de diciembre de 1837
Decreto Nº 4.
Tlasco es un partido del distrito de Tlaxcala
del departamento de México.
Tlasco
Pueblo
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de 1827,
sus leyes y reformas, reestableciéndose el
partido de Tlasco al territorio de Tlaxcala.
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Tlaxcoapan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
San Pedro Tlaxcoapan.
San Pedro Tlaxcoapan
Pueblo
15 de febrero de 1862 Se segrega de la municipalidad de Atitalaquia la
hacienda de Chingú.
Se incorpora a esta municipalidad la
hacienda de San Miguel Chingú,
segregándose de la municipalidad de
Atitalaquia.
San Pedro Tlaxcoapan
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de San Pedro Tlaxcopan se
separa de la entidad para formar parte del
nuevo estado de Hidalgo.
Tlayacapan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Tlayacapa.
Tlayacapa
Pueblo
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Tlayacapa se inte-gra al
nuevo partido de Yautepec segre-gado del
distrito del este (Texcoco).
Tlayacapa
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Tlayacapa se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Morelos.
Tolcayuca
2 de abril de 1865
Ministerio de Gobernación.
Expediente 579-19.
Se menciona a Tolcayuca como
municipalidad.
Tolcayuca
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tolcayuca
16 de enero de 1869
Decreto que erige el estado de Hidalgo.
La municipalidad de Tolcayuca se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
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Totolapan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Totolapa.
Totolapa
Pueblo
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Totolapa se integra al
nuevo partido de Yautepec segregada del
distrito del este.
Totolapa
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Totolapa se separa de la
entidad para formar parte del nuevo estado
de Morelos.
Tula de Allende
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del Estado.
Tula es distrito del estado con los partidos de
su nombre y los de Actopan, Huichapan,
Tetepango, Xilotepec, Ixmiquilpan y Zimapan.
Tula
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorporan al partido de Tula los pueblos
de Atitalaquia, San Pedro Huaxcuapan,
Tetepango y demás que pertenecían al
partido de Tetepango (artículos 1º, 8º y 13).
Tula
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Tula como prefectura. Tula
14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Tula es un distrito del estado. Tula
23 de diciembre de 1837 Decreto Nº 4. Tula es cabecera de distrito y partido del
mismo nombre incluyendo los partidos de
Actopan, Jilotepaec, Zimapan, Ixmiquilpam y
Huichapam del departamento de México
(artículos 4º y 16).
Tula
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de 1827,
sus leyes y reformas. Tula continúa como
distrito.
Tula
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
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Tula de Allende
9 de octubre de 1851
Decreto Nº 38.
El estado se constituye por ocho distritos, uno
de ellos es Tula.
Tula
Pueblo
13 de septiembre de 1855 Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Tula es distrito del estado con el partido de su
nombre y los de Jilotepec, Huichapan,
Ixmiquilpan, Zimapan y Actopan.
Tula
4 de mayo de 1859 Decreto de la misma fecha. Tula es un departamento formado por el
distrito del mismo nombre y el de Huejutla
con capital en Tula.
Tula
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Tula es distrito del estado sin el pueblo de
San Miguel Mandó que se incorpora a la
municipalidad de Tula y se integra al de
Macuá, segregándose del distrito de Jilotepec
(artículos 1º y 2º).
Tula
15 de octubre de 1861
Constitución Política del Estado libre y Soberano
de México.
El estado se constituye por 27 distritos, uno de
ellos es Tula.
Tula
14 de noviembre de 1861
Decreto Nº 45.
Se concede al pueblo de Tula el título de villa,
con la denominación de Tula de Allende
(artículos 1º y 2º).
Tula de Allende
Villa
22 de mayo de 1862
Se divide el estado en cantones militares.
El distrito de Tula forma junto con los de
Jilotepec y Huichapan el cantón militar
número 7.
Tula de Allende
7 de junio de 1862
Se divide el estado en tres distritos militares.
El distrito de Tula junto con los de
Ixmiquilpan, Zimapan, Huichapan, Actopam,
Pachuca, Huascazaloya, Huejutla, Zacualtipan
y el antiguo distrito de Apam forman el
segundo distrito militar en el estado.
Tula de Allende
16 de enero de 1869
Decreto que erige el Estado de Hidalgo.
El distrito de Tula se separa de la entidad para
formar parte del nuevo estado de Hidalgo.
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CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tulancingo de Bravo
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del Estado.
Tulancingo es distrito del estado con los
partidos de su nombre y los de Apan, Otumba,
Pachuca y Zempoala.
Tulancingo
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se agrega al partido de Pachuca el territorio
del extinto partido de Zempoala en el distrito
de Tulancigo.
Tulancingo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Tulancingo como prefectura. Tulancingo
14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Tulancingo es un distrito del estado. Tulancingo
22 de febrero de 1827 Decreto Nº 94. Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Zinguilucan del distrito de Tulancingo.
Tulancingo
26 de abril de 1827 Decreto Nº 21. Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Huehuetla y sus anexos que pertenecían a la
municipalidad de Tenango, del distrito de
Tulancingo.
Tulancingo
23 de diciembre de 1837 Decreto Nº 4. Tulancingo es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo los partidos de
Pachuca y Apam del departamento de
México (artículos 4º y 17).
Tulancingo
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de 1827,
sus leyes y reformas. Tulancingo continúa
como distrito.
Tulancingo
9 de octubre de 1851 Decreto Nº 38. El estado se constituye por 8 distritos, uno de
ellos es Tulancingo.
Tulancingo
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a 1995 E
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9 de noviembre de 1854 Se concede al pueblo de Tulancingo el título de
villa.
Se concede al pueblo de Tulancingo el título
de villa con la denominación de Tulancingo
de Santa Anna.
Tulancingo de Santa Anna Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tulancingo de Bravo
13 de septiembre de 1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
estado.
Tulancingo es distrito del estado con el
partido de su nombre y los de Pachuca y
Apam.
Tulancingo
Villa
4 de mayo de 1859 Decreto de la misma fecha. Tulancingo es un Territorio formado por el
distrito del mismo nombre con capital en
Tulancingo y con los partidos de su nombre,
Apam y Pachuca.
Tulancingo
31 de julio de 1861
15 de octubre de 1861
Decreto Nº 25.
Constitución Política del Estado libre y Soberano
de México.
El partido de Tualancingo constituye el
distrito de Huascazaloya (artículos 1º y 2º).
Se deja de mencionar a Tulancingo como
distrito.
Tulancingo
17 de abril de 1868 Decreto Nº 21. Se concede a la Villa de Tulancingo el título
de ciudad con la denominación de
Tulancingo de Bravo.
Tulancingo de Bravo Ciudad
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se declara subsistente el distrito de
Tulancingo (artículo 2º).
Se erige en el distrito de Tulancingo la
municipalidad de San Antonio Coatepec
(artículo 7º).
Tulancingo de Bravo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. El distrito de Tulancingo se separa de la
entidad para formar parte del nuevo estado
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de Hidalgo.
Tulyehualco
1826
19 de septiembre de 1850
13 de septiembre de 1855
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 78.
Estatuto provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Toyahualco.
Se segrega de esta municipalidad el pueblo
de Santa Cruz Acalpiztla, incorporándose a la
municipalidad de Xochimilco.
Se deja de mencionar la municipalidad.
Toyahualco
Toyahualco
Pueblo
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tutotepec
1826
16 de enero de 1869
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto que erige el Estado de Hidalgo.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Tutotepec.
La municipalidad de Tutotepec se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Tutotepec
Tutotepec
Pueblo
Villa de Tezontepec
8 de agosto de 1865
Lista de las demarcaciones, pueblos, haciendas y
que comprende el departamento de Tulancingo.
Se menciona a Tezontepec como
municipalidad.
Tezontepec
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el estado de Hidalgo. La municipalidad de Tezontepec se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Xochiatipan
27 de mayo de 1868
Decreto Nº 42.
Se erige el municipio de Xochiatipan.
Xochiatipan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Xochiatipan se separa de
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la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Xochicoatlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Xochicoatlan.
Xochicoatlan
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Xochicoatlan se separa
de la entidad para formar parte del nuevo
estado de Hidalgo.
Xochimilco
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del Estado.
Xochimilco es partido del distrito de México.
Xochimilco
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se extingue el partido de Xochimilco
integrándose su territorio al partido de San
Agustin de las Cuevas(artículos 1º y 2º).
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Xochimilco.
Xochimilco Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Xochimilco
11 de octubre de 1848
Decreto Nº 93.
Se incorpora a esta municipalidad el pueblo
de San Salvador Cuautenco, segregándose de
la municipalidad de San Pedro Actopan.
Xochimilco
Pueblo
19 de septiembre de 1850 Decreto Nº 78. Se incorpora a esta municipalidad el pueblo
de Santa Cruz Acalpiztla, segregándose de la
municipalidad de Tulyahualco.
Xochimilco
21 de febrero de 1854 Se declara la comprensión del distrito de México. La municipalidad de Xochimilco se se-para de
la entidad para formar parte del distrito de
México (véase texto pág. 37).
Xochimilco
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Xochitepec
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Xochitepec.
Xochitepec
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 5).
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Xochitepec se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Morelos.
Yahualica
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Yahualica es partido del distrito de Huejutla.
Yahualica
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Yahualica como cabecera de
partido de la prefectura de Huejutla.
Yahualica
29 de abril de 1834 Decreto Nº 387. Se suprime el partido de Yahualica
integrándose su territorio al partido de
Huejutla.
23 de diciembre de 1837 Decreto Nº 4. Yahualica es partido del distrito de Mextitlan
del departamento de México (artículos 9º y
10).
Yahualica
26 de septiembre de 1848 Decreto Nº 86. Se menciona a Yahualica como partido del
distrito de Huejutla.
Yahualica
13 de septiembre de 1855 Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Yahualica es un partido del distrito de
Huejutla.
Yahualica
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Yahualica
31 de julio de 1861
Decreto Nº 25.
Yahualica constituye parte del distrito de
Huejutla (artículos 1º y 2º).
Yahualica
Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Yahualica se separa de
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la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Yautepec
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Yautepec.
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 8).
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. Se erige en el distrito de Cuernavaca el
partido de Yautepec integrado por las
municipalidades de Yautepec, Tlalnepantla
Cuautenca, Tlayacapa y Totolapa, estas tres
últimas segregadas al distrito de Texcoco. La
cabecera será Yautepec.
Yautepec
13 de septiembre de 1855 Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Yautepec es un partido del distrito de
Cuernavaca.
Yautepec
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Yautepec es un distrito del estado con la
municipalidad de Tepostlán, segregada del
distrito de Cuernavaca (artículos 1º y 2º).
Yautepec
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y Soberano
de México.
El estado se constituye por 27 distritos, uno de
ellos es Yautepec.
Yautepec
14 de noviembre de 1861 Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Yautepec el título de
villa con la denominación de Yautepec de
Gomez Farías (artículos 1º y 2º).
Yautepec de Gomez Farías Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Yautepec forma junto con los de
Cuernavaca y Tetecala el cantón militar
número 10.
Yautepec de Gomez Farías
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Yautepec junto con los
Jonacatepec, Morelos, Cuernavaca y Tetecala
forman el tercer distrito militar en el estado.
Yautepec de Gomez Farías
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
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FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Yautepec
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se incorpora a la municipalidad de Yautepec
del distrito del mismo nombre el pueblo de
Santa Catarina Tlaica.
Yautepec de Gomez Farías
Villa
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. El distrito de Yautepec se separa de la entidad
para formar parte del nuevo estado de
Morelos.
Yecapixtla
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Ayacapiztla.
Yecapistla
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 12).
2 de junio de 1849
Decreto Nº 20.
La municipalidad de Yecapistla se separa del
partido de Jonacatepec y se agrega al partido
de Morelos.
17 de abril de 1869 Decreto que erige el estado de Morelos. La municipalidad de Yecapistla se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Morelos.
Zacualpan
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Zacualpan.
Zacualpan
Pueblo
(desde 1746, Theatro
Americano... p. 22).
2 de junio de 1849 Decreto Nº 20. La municipalidad de Zacualpan de Amilpas se
separa del partido de Morelos y se agrega al
partido de Jonacatepec.
Zacualpan
17 de abril de 1869 Decreto que erige el Estado de Morelos. La municipalidad de Zacualpan se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Morelos.
Zacualtipan de Angeles
8 de abril de 1825
Decreto Nº 41.
El partido de Metztitlán se denominará de
Zacualtipán y será su cabecera el pueblo de
Zacualtipán
Pueblo
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éste nombre.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zacualtipan de Angeles
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Zacualtipan como cabecera de
partido de la prefectura de Huejutla.
Zacualtipan
Pueblo
24 de abril de 1826 Decreto Nº 64. El partido de Zacualtipán se divide en dos
partidos que son: el de Zacualtipán y el de
Metztitlán, el partido de Zacualtipán se
compondrá de los pueblos de Zacualtipán,
Tianguistengo, Molango, Lolotla, Tepehuacán
y la vicaría de Tlacolula con sus respectivas
doctrinas (artículos 1º y 3º).
Zacualtipan
29 de abril de 1834 Decreto Nº 387. Se incorpora al partido de Zacualtipan el
territorio del extinto partido de Mextitlán.
Zacualtipan
23 de diciembre de 1837 Decreto Nº 4. Zacualtipam es partido del distrito de
Mextitlan del departamento de México
(artículos 4º y 10).
Zacualtipan
26 de septiembre de 1848 Decreto Nº 86. Se menciona a Zacualtipan como partido del
distrito de Huejutla.
Zacualtipan
16 de abril de 1850 Decreto Nº 51. Se erige en el partido de Zacualtipan la
municipalidad de Santa Ana Tianguistenco
(artículos 1º y 2º).
Zacualtipan
13 de septiembre de 1855 Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Zacualtipan es un partido del distrito de
Huejutla.
Zacualtipan
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Zacualtipán constituye parte del distrito del
mismo nombre (artículos 1º y 2º).
Zacualtipán
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y Soberano
de México.
El estado se constituye por 27 distritos, uno de
ellos es Zacualtipan.
Zacualtipan
14 de noviembre de 1861
Decreto Nº 45.
Se concede al pueblo de Zacualtipan el título
de villa, con la denominación de Zacualtipan
de Mina (artículos 1º y 2º).
Zacualtipan de Mina
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zacualtipan de Angeles
22 de mayo de 1862
Se divide el estado en cantones militares.
El distrito de Zacualtipan forma junto con el
de Huascazaloya el cantón militar número 4.
Zacualtipan de Mina
Villa
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres Distritos militares. El distrito de Zacualtipan junto con los de Tula,
Ixmiquilpan, Zimapan, Huichapam, Actopam,
Pachuca, Huascazaloya, Huejutla, y el antiguo
distrito de Apam forman el segundo distrito
militar en el estado.
Zacualtipan de Mina
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. El distrito de Zacualtipan se separa de la
entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Zempoala
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zempoala es partido del distrito de
Tulancingo.
Zempoala
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se extingue el partido de Zempoala
integrándose su territorio al partido de
Pachuca (artículos 1º y 6º).
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
288
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Zempoala.
Zempoala Pueblo
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. La municipalidad de Zempoala se separa de
la entidad para formar parte del nuevo estado
de Hidalgo.
Zimapán
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zimapan es partido del distrito de Tula.
Zimapan
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Zimapan como cabecera de
partido de la prefectura de Tula.
Zimapan
23 de diciembre de 1837
Decreto Nº 4. Zimapan es un partido del distrito de Tula del
departamento de México (artículos 4º y 16).
Zimapan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zimapán
13 de septiembre de 1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior del
Estado.
Zimapan es un partido del distrito de Tula.
Zimapan
Pueblo
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Zimapan es un distrito del estado con la
municipalidad de Tasquillo, segregada del
distrito de Ixmiquilpan (artículos 1º y 2º).
Zimapan
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y Soberano
de México.
El estado se constituye por 27 distritos, uno de
ellos es Zimapán.
Zimapán
14 de noviembre de 1861 Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Zimapán el título de
villa, con la denominación de Zimapán de
Zavala (artículos 1º y 2º).
Zimapán de Zavala Villa
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
*En la transcripción de nombres propios de los municipios
se respetó su ortografía original.
288
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Zimapan forma junto con el de
Ixmiquilpan el cantón militar número 6.
Zimapan de Zavala
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres Distritos militares. El distrito de Zimapan junto con la de Tula,
Ixmiquilpan, Huichapan, Actopam, Pachuca,
Huascazaloya, Huejutla, Zacualtipan y el
antiguo distrito de Apam forman el segundo
distrito militar en el estado.
Zimapan de Zavala
16 de enero de 1869 Decreto que erige el Estado de Hidalgo. El distrito de Zimapan se separa de la entidad
para formar parte del nuevo estado de
Hidalgo.
Zitlala
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo de
Zitlala.
Zitlala
Pueblo
27 de octubre de 1849 Decreto que declara eregido el Estado de
Guerrero.
La municipalidad de Zitlala se separa de la
entidad para formar parte del nuevo estado
de Guerrero.
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tepetlaoxtoc
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlaoxtoc es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tepetlaoxtoc de Hidalgo
Villa
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlaoxtoc es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Tepetlaoxtoc de Hidalgo
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlaoxtoc es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Tepetlaoxtoc es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Tepetlaoxtoc de Hidalgo
Tepetlaoxtoc de Hidalgo
Tepetlixpa
31 de agosto de 1869
Decreto Nº 126.
Se erige al municipio de Tepetlixpa en el
distrito de Chalco, con el pueblo del
mismo nombre y el de Nepantla, Cue-
cuetlantistla y hacienda de Atlapango,
siendo la cabecera Tepetlixpa.
Tepetlixpa
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p. 474).
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tepetlixpa es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Tepetlixpa
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tepetlixpa es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tepetlixpa
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tepetlixpa es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tepetlixpa
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlixpa es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tepetlixpa
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlixpa es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tepetlixpa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tepetlixpa
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tepetlixpa es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tepetlixpa es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Tepetlixpa
Tepetlixpa
Pueblo
Tepotzotlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tepotzotlan.
Tepotzotlan
Pueblo
16 de octubre de 1868 Decreto Nº 88. La municipalidad de Tepotzotlán se
integra al nuevo distrito de Cuautitlán,
segregándose del distrito de Zumpango.
Tepotzotlán
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se segrega de esta municipalidad una
parte de los terrenos de la fábrica de
Atzcapotzaltongo, incorporándose a la
municipalidad de Monte Bajo (Nicolás
Romero) (artículo IX).
Tepotzotlán
17 de septiembre de Ley Orgánica Municipal. Tepotzotlán es municipio libre del Estado Tepotzotlán
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
1919 de México (artículos 1º y 2º).
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tepotzotlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tepotzotlán
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tepotzotlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tepotzotlán
31 de diciembre de
1955
Decreto Nº 63. Se segrega de este municipio la colonia
Libertad, incorporándose al municipio de
Nicolás Romero.
Tepotzotlán
29 de mayo de 1957
23 de junio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 50.
Tepotzotlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México.
Se segregan de este municipio parte del
centro urbano de Cuautitlán Izcalli así
continúa en la sig. pág.
Tepotzotlán
Tepotzotlán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tepotzotlán
23 de junio de 1973
18 de julio de 1973
Decreto Nº 50.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
como diversas poblaciones, para formar
el nuevo municipio de Cuautitlán Izcalli
(artículos 1º y 2º).
Tepotzotlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tepotzotlán
Tepotzotlán
Pueblo
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
Tepotzotlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tepotzotlán es uno de los 122 municipios
Tepotzotlán
Tepotzotlán
INEGI.E
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o de
M
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o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
México. que integran al Estado de México (artículo
6).
Tequixquiac
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tequisquiac.
Tequisquiac
Pueblo
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se reincorpora el pueblo de Tlalpanaloya
a esta municipalidad.
Tequisquiac
18 de octubre de 1870 Decreto Nº 42. Se segregan de esta municipalidad el
pueblo de Apasco y las haciendas de
Rincon y Teña, para formar el nuevo
municipio de Apasco de Ocampo.
Tequisquiac
28 de agosto de 1884 Decreto Nº 64. Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de San Sebastian, incorpo-
rándose al municipio de Hueypoxtla.
Tequisquiac
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se reincorpora a esta municipalidad el
pueblo de Apasco y las haciendas de
Rincon y Teña, que integraban la extinta
municipalidad de Apasco (artículo V).
Tequisquiac
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tequisquiac es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Tequisquiac
15 de diciembre de
1923
Decreto Nº 15. Se segregan de este municipio el pueblo
de Apaxco; las haciendas de Rincón de
Guadalupe, San José de Teña, Estación continúa en la sig. pág.
Tequisquiac
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tequixquiac
15 de diciembre de
1923
Decreto Nº 15.
y Colonia, para formar el nuevo municipio
de Apaxco (artículos primero y segundo).
El rancho de Esperanza debe ser
Tequisquiac
Pueblo
INEGI.E
stad
o de
M
éxic
o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
20 de septiembre de
1924
Decreto Nº 32. considerado dentro de este municipio y
no dentro del de Hueypoxtla.
Tequisquiac
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tequisquiac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tequisquiac
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tequisquiac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tequisquiac
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tequisquiac es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tequisquiac
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tequixquiac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tequixquiac
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tequixquiac es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tequixquiac es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Tequixquiac
Tequixquiac
Texcaltitlán
4 de noviembre de
1861
Decreto Nº 39.
Se erige la municipalidad de Tescatitlán
en el distrito de Sultepec con el pueblo
del mismo nombre y el de S. Francisco;
las rancherías de la Gavia Chiquita,
Huayatenco, Carvajal, Nostepec,
Pedregal y Jesus del Monte, siendo la
cabecera Tescatitlán.
Tescatitlán
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
INEGI.E
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o D
ivis
ión
Ter
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcaltitlán
16 de abril de 1875
13 de octubre de
1881
2 de mayo de 1884
Decreto Nº 84.
Decreto Nº 31.
Decreto Nº 62.
Se incorpora a esta municipalidad la
hacienda de San Miguel Chiquiuntepec,
segregándose de la municipalidad de
Almoloya (Almoloya de Alquisiras).
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de Buenavista, para formar
parte del nuevo municipio de San Simon
de Guerrero.
Se erige en pueblo la ranchería de
Huayatenco, con el nombre de
Huayatenco de Filisola en esta
municipalidad.
Tescaltitlán
Tescaltitlán
Tescaltitlán
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Texcaltitlán es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Texcaltitlán
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal.
Texcaltitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcaltitlán
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Texcaltitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcaltitlán
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcaltitlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcaltitlán
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcaltitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Texcaltitlán
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcaltitlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Texcaltitlán
INEGI.E
stad
o de
M
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o D
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ión
Ter
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ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcaltitlán es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Texcaltitlán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcalyacac
1870
16 de octubre de 1884
6 de diciembre de 1889
17 de septiembre de
1919
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
Decreto Nº 77.
Se erige la municipalidad de Joquicingo de
León Guzmán.
Ley Orgánica Municipal.
Aparece como municipio del distrito de
Tenango.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Pedro Techuchulco,
segregándose de la municipalidad de
Almoloya del Rio.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Techuchulco, para formar parte
de la nueva municipalidad de Joquicingo.
Texcalyacac es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Texcaliacac
Texcaliacac
Texcaliacac
Texcalyacac
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p.493).
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Texcalyacac es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Texcalyacac
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Texcalyacac es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Texcalyacac
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcalyacac es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Texcalyacac
INEGI.E
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M
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Ter
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcalyacac es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Texcalyacac
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcalyacac es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Texcalyacac es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
San Mateo Texcalyacac
San Mateo Texcalyacac
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcoco
6 de agosto de 1824
8 de abril de 1825
1826
4 de enero de 1827
14 de febrero de 1827
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Decreto Nº 41.
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 84.
Constitución Política del Estado de México.
Texcoco es partido del distrito de México.
Se incorpora al partido de Texcoco los
pueblos de Chimalhuacán y San Vicente
Chicoloapan que pertenecían al partido
de Coatepec Chalco.
Se menciona a Texcoco como cabecera
de partido de la prefectura de México.
Para el día 1º de febrero próximo se
instalarán en la ciudad de Texcoco los
supremos poderes del estado.
Tezcoco es la cabecera de distrito de
México y capital del estado.
Texcoco
Texcoco
Texcoco
Texcoco
Tezcoco
Ciudad
(desde 1551, Los
Municipios de Estado
de México, 1988; p.
498).
18 de mayo de 1827 Circular Nº 72 del Congreso del Estado. Los supremos poderes del estado se
trasladarán provisionalmente al pueblo de
Texcoco
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
San Agustin de las Cuevas el día 15 de
junio de 1827, Texcoco deja de ser
capital.
16 de octubre de 1830
Decreto Nº 200. Texcoco deja de ser capital del estado. Texcoco
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. La prefectura de México se divide en dos
distritos: el del Este y el del Oeste de
México, el distrito del Este se com-pondrá
de los partidos de Texcoco, Chalco y
Teotihuacan siendo la cabecera Texcoco.
Texcoco
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Texcoco es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo los partidos
de Chalco y Teotihuacán del
departamento de México (artículos 4º y
13).
Texcoco
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Texcoco
continúa como distrito.
Texcoco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcoco
11 de octubre de 1848
2 de junio de 1849
7 de mayo de 1850
Decreto Nº 92.
Decreto Nº 20.
Decreto Nº 62.
Se erige en el distrito del Este (Texcoco)
la municipalidad de Tlalnepantla
Cuautenca.
Se segregan del distrito de Texcoco las
municipalidades de Tlalnepantla
Cuautenca, Tlayacapa y Totolapa,
incorporándose al nuevo partido de
Yautepec del distrito de Cuernavaca.
Se incorpora a esta municipalidad el
Texcoco
Texcoco
Texcoco
Ciudad
INEGI.E
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ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
9 de octubre de 1851
Decreto Nº 38.
barrio de la Concepción de Abajo,
segregándose de la municipalidad de
Chicoloapan.
El estado se constituye por ocho distritos,
uno de ellos es Texcoco.
Texcoco
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Texcoco es distrito del estado con el
partido de su nombre y los de
Teotihuacán y Chalco.
Texcoco
4 de mayo de 1859 Decreto de la misma fecha. El distrito de Texcoco forma parte del
departamento del Valle de México.
Texcoco
31 de julio de 1831 Decreto Nº 25. Texcoco es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Texcoco
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Texcoco.
Texcoco
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La ciudad de Texcoco se denominará
Texcoco de Mora (artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Texcoco forma junto con el
de Chalco el cantón militar número 2.
Texcoco de Mora
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Texcoco se agrega al distrito
Federal para su organización militar.
Texcoco de Mora
3 de agosto de 1863
Provincia de la Secretaría de Gobernación. Se segrega del distrito de Texcoco la
municipalidad de Calpulalpan.
Texcoco de Mora
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcoco
17 de octubre de 1868
Decreto Nº 89.
Se erige en el distrito de Texcoco la
municipalidad de Chiconcuac.
Texcoco de Mora
Ciudad
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
23 de abril de 1869
14 de octubre de 1870
16 de octubre de 1874
4 de octubre de 1875
Decreto Nº 114.
Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
Se aprueba el convenio celebrado entre los
estados de México y Tlaxcala.
Decreto Nº 128.
Se erige en el distrito de Texcoco el
municipio de Tezoyuca.
Texcoco es un distrito del Estado de
México con la municipalidad de
Calpulalpan.
La municipalidad de Calpulalpan del
distrito de Texcoco se cede
definitivamente al estado de Tlaxcala.
Se erige en el distrito de Texcoco el
municipio de Magdalena Atlicpac.
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
26 de abril de 1877 Decreto Nº 13. Se integra al distrito de Texcoco la
municipalidad de San Juan Teotihuacán
del extinto distrito de Matamoros.
Texcoco de Mora
17 de febrero de 1899 Decreto Nº 60. Se suprime en el distrito de Texcoco el
municipio de la Magdalena, los pueblos
que lo integraban y otros cedidos por el
distrito Federal forman la nueva
municipalidad de la Paz en éste mismo
distrito (artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Texcoco es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Texcoco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Texcoco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Texcoco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Texcoco de Mora
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Texcoco
20 de abril de 1963
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Decreto Nº 93.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se segregan de este municipio parte de
las colonias del Vaso de Texcoco, para
formar el nuevo municipio de
Netzahualcóyotl (artículos 1º, 2º y 6º).
Texcoco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Texcoco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Texcoco es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
Texcoco de Mora
Ciudad
Tezoyuca
23 de abril de 1869
Decreto Nº 114.
Se erige el municipio de Tezoyuca en el
distrito de Texcoco, con el pueblo del
mismo nombre.
Tezoyuca
Pueblo
19 de octubre de 1874 Decreto Nº 55 Se incorpora a este municipio el pueblo
de Tequisitlán, segregándose de la
municipalidad de Teotihuacán.
Tezoyuca
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tezoyuca es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Tezoyuca
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tezoyuca es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tezoyuca
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tezoyuca es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
Tezoyuca
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
(artículos 1º y 2º).
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tezoyuca es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tezoyuca
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tezoyuca
18 de julio de 1973
2 de julio de 1981
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 503.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tezoyuca es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Se concede al pueblo de Tezoyuca el
título de villa.
Tezoyuca es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tezoyuca es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Tezoyuca
Tezoyuca
Tezoyuca
Tezoyuca
Pueblo
Villa
Tianguistenco
1826
25 de septiembre de
1878
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 90
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Santiago Tianguistengo.
Se concede al pueblo de Santiago
Tianguistenco el título de villa, con la
denominación de Tianguistenco de
Santiago Tianguistengo
Tianguistengo de Galeana
Pueblo
(desde 1611, Los
Municipios de Estado
de México, 1988; p.
507).
Villa
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Galeana (artículos 1º y 2º).
30 de octubre de 1891 Se separa de la municipalidad de Capulhuac
el pueblo de San Pedro Tlaltizapan.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Pedro Tlaltizapán,
segregándose de la municipalidad de
Capulhuac.
Tianguistenco de Galeana
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tianguistenco es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Tianguistenco de Galeana
26 de noviembre de
1924
Decreto Nº 38. Se segrega de este municipio el pueblo
de Guadalupe Yancuitlalpan,
incorporándose al municipio de
Capulhuac.
Tianguistenco de Galeana
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tianguistenco
15 de mayo de 1935
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Decreto Nº 185.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Se reincorpora a este municipio el pueblo
de Guadalupe Yancuitlalpan,
segregándose del municipio de
Capulhuac.
Tianguistenco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tianguistenco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tianguistenco es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tianguistenco de Galeana
Tianguistenco de Galeana
Tianguistenco de Galeana
Tianguistenco de Galeana
Tianguistenco de Galeana
Villa
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a 1995 E
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241
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tianguistenco es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Tianguistenco es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Tianguistenco es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Santiago Tianguistenco
de Galeana
Santiago Tianguistenco
de Galeana
Timilpan
1870
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
Memoria de todos los Ramos de la
Administración del Estado de México.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Aparece como municipalidad del distrito
de Jilotepec.
Timilpan es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Timilpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
San Andrés Timilpan
San Andrés Timilpan
San Andrés Timilpan
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Timilpan
2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal.
Timilpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Timilpan
Pueblo
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Timilpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Timilpan
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18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Timilpan es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Timilpan
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Timilpan es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Timilpan es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
San Andrés Timilpan
San Andrés Timilpan
Tlalmanalco
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tlalmanalco.
Tlalmanalco
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p. 516).
4 de octubre de 1872 Decreto Nº 31. Se declara cabecera del distrito de
Chalco el pueblo de Tlalmanalco.
Tlalmanalco
15 de octubre de 1872 Decreto Nº 41. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Antonio, segregándose de
la municipalidad de Tenango de Tepopula
(Tenango del Aire).
Tlalmanalco
8 de abril de 1874
16 de abril de 1875
Decreto Nº 11.
Decreto Nº 83.
Dejó de ser cabecera del distrito de
Chalco el pueblo de Tlalmanalco y pasa a
serlo nuevamente la Villa de Chalco.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de San Gregorio Cuautzinco, San
Martin Cuautlalpan, Tlapala, Huexoculco
y Rio frio; y haciendas de Guadalupe,
Moral, Gonzalez, la
continúa en la sig. pág.
Tlalmanalco
Tlalmanalco
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
CAMBIOS
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dici
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MUNICIPIO CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalmanalco
16 de abril de 1875
Decreto Nº 83.
Compañia y Atoyac, para formar el nuevo
municipio de San Gregorio Cuautzinco en
el distrito de Chalco.
Tlalmanalco
Pueblo
23 de abril de 1877 Decreto Nº 8. Se concede al pueblo de Tlalmanalco el
título de villa con la denominación de
Tlalmanalco de Velasquez.
Tlalmanalco de Velasquez Villa
16 de octubre de 1880 Decreto Nº 96. Se establece en la Villa de Tlalmanalco la
cabecera del distrito de Chalco, dejando
de serlo la Villa de Chalco.
Tlalmanalco de Velasquez
17 de octubre de 1881 Decreto Nº 33. Deja de ser cabecera del distrito de
Chalco la Villa de Tlalmanalco y pasa a
serlo nuevamente la Villa de Chalco.
Tlalmanalco de Velasquez
7 de septiembre de
1894
Decreto Nº 47. Se reincorpora a esta municipalidad el
pueblo de Rio Frio que integraba la
extinta municipalidad de San Gregorio
Cuautzinco. Se segrega de esta
municipalidad la hacienda de Miraflores,
incorporándose a la municipalidad de
Chalco (artículos 1º y 2º).
Tlalmanalco de Velasquez
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tlalmanalco es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Tlalmanalco de Velázquez
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tlalmanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tlalmanalco de Velázquez
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tlalmanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tlalmanalco de Velázquez
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlalmanalco es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tlalmanalco de Velázquez
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a 1995 E
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31 de diciembre de
1958
Decreto Nº 37.
Se segrega de este municipio el pueblo
de Río Frío, incorporándose al municipio
de Ixtapaluca.
Tlalmanalco de Velázquez
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalmanalco
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlalmanalco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tlalmanalco de Velázquez
Villa
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlalmanalco es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tlalmanalco es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Tlalmanalco de Velázquez
Tlalmanalco de Velázquez
Tlalnepantla de Baz
18 de julio de 1825
Decreto Nº 49.
El partido de Tacuba se denominará de
Tlalnepantla y será su cabecera el pueblo
del mismo nombre.
Tlalnepantla
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Tlalnepantla como
cabecera de partido de la prefectura de
México.
Tlalnepantla
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. La prefectura de México se divide en dos
distritos : el del Este y el del Oeste; el
distrito del Oeste se compondrá de los
partidos de Tlalnepantla, Tlálpam,
Zumpango y Cuautitlán, siendo la
Tlalnepantla
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cabecera Tlalnepantla.
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Tlalnepantla es un partido del distrito de
México del departamento del mismo
nombre (artículos 4º y 5º).
Tlalnepantla
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827, sus leyes y reformas. Tlalnepantla
se restablece como distrito.
Tlalnepantla
9 de octubre de 1851 Decreto Nº 38. El estado se constituye por ocho distritos,
uno de ellos es Tlalnepantla.
Tlalnepantla
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Tlalnepantla es distrito del estado con el
partido de su nombre.
Tlalnepantla
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalnepantla de Baz
4 de mayo de 1859
Decreto de la misma fecha.
El distrito de Tlalnepantla forma parte del
departamento del Valle de México.
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Tlalnepantla es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Tlalnepantla Pueblo
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Tlalnepantla.
Tlalnepantla
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. Se concede al pueblo de Tlalnepantla el
título de villa, con la denominación de
Tlalnepantla de Galeana.
Tlalnepantla de Galeana Villa
12 de febrero de 1862 Decreto que erige el municipio de San
Francisco Coacalco.
Se erige en el distrito de Tlalnepantla el
municipio de San Francisco Coacalco.
Tlalnepantla de Galeana
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Tlalnepantla forma junto con
el de Zumpango el cantón militar número
1.
Tlalnepantla de Galeana
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7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Tlalnepantla se agrega al
distrito Federal para su organización
militar.
Tlalnepantla de Galeana
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se divide en dos la municipalidad de
Monte Alto del distrito de Tlalnepantla.
Se erigen en el distrito las
municipalidades de Santa Ana Jilotzingo
y Santiago Tlazala (artículo 6º).
Tlalnepantla de Galeana
14 de octubre de 1870
3 de septiembre de
1874
Constitución Política del Estado libre y
Soberano de México.
Decreto Nº 30.
Tlalnepantla es un distrito del Estado de
México.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de San Francisco Atizapan, San
Mateo Tecoloapan y Calacoaya; las
haciendas del Pedregal y San Mateo; y
los ranchos de Chiluca y la Condesa,
para formar el nuevo municipio de
Zaragoza en el distrito de Tlalnepantla
(artículo 1º).
El distrito de Tlalnepantla se denominará
distrito de Comonfort (artículo 4º).
Tlalnepantla de Galeana
Tlalnepantla de Galeana
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalnepantla de Baz
1º de mayo de 1875
Decreto Nº 93.
Se segrega del distrito de Tlalnepantla la
municipalidad de San Cristobal Ecatepec
sin los pueblos de San Pedro Jaloxtoc y
Santa Clara Cuautitla, incorporándose al
distrito de Matamoros (artículo 2º).
Se incorporan a esta municipalidad los
pueblos de San Pedro Jaloxtoc y Santa
Clara Cuautitla, segregándose de la
Tlalnepantla de Comonfort
Villa
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municipalidad de San Cristobal Ecatepec;
también se incorporan las haciendas del
Risco y Cerro Gordo (artículo 5º).
27 de septiembre de
1875
Decreto Nº 125. Se incorpora al distrito de Tlalnepantla de
Comonfort la municipalidad de
Huisquilucan, segregándose del distrito
de Lerma.
Tlalnepantla de Comonfort
26 de abril de 1877
28 de septiembre de
1877
30 de abril de 1879
23 de septiembre de
1879
Decreto Nº 13.
Decreto Nº 35.
Decreto Nº 20.
Decreto Nº 33.
Se incorpora al distrito de Tlalnepantla la
municipalidad de Tecámac,
segregándose del extinto distrito de
Matamoros (artículo 9º).
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de San Pedro Jaloxtoc y Santa
Clara Cuautitla, reincorporándose a la
municipalidad de San Cristobal Ecatepec
(artículos 9º y 10º).
Se erige en pueblo el barrio de San Lúcas
Tenayuca, con el nombre de San Lúcas
de Patoni, en esta municipalidad.
Se segrega del distrito de Tlalnepantla la
municipalidad de Huisquilucan,
incorporándose al distrito de Lerma.
Se reincorpora al distrito de Tlalnepantla
de Comonfort la municipalidad de
Huisquilucan, segregándose del distrito
de Lerma.
Tlalnepantla de Comonfort
Tlalnepantla de Comonfort
Tlalnepantla de Comonfort
Tlalnepantla de Comonfort
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalnepantla de Baz
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7 de febrero de 1899
Atenta nota Nº 1072. Secretaría General de
Gobierno.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de Cuautepec y Santiaguito,
incorporándose al Distrito Federal en
virtud del convenio de límites celebrado el
23 de diciembre de 1898.
Tlalnepantla de Comonfort Villa
17 de febrero de 1899 Decreto Nº 60. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de Xocoyahualco cedido al estado
en virtud del convenio de límites con el
Distrito Federal celebrado el 23 de
diciembre de 1898.
Tlalnepantla de Comonfort
12 de abril de 1900 Noticia Nº 3955. Secretaría General de
Gobierno.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de Santiago Atepetlac y Santa
Maria Cuautepec, incorporándose al
Distrito Federal.
Tlalnepantla de Comonfort
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tlalnepantla es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Tlalnepantla de Comonfort
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tlalnepantla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tlalnepantla de Comonfort
11 de septiembre de
1948
Decreto Nº 28. Se concede a la Villa de Tlalnepantla el
título de ciudad.
Tlalnepantla de Comonfort Ciudad
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
30 de diciembre de
1961
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Decreto Nº 48.
Tlalnepantla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tlalnepantla es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
La colonia Isidro Fabela se ratifica que
pertenece a este municipio.
Tlalnepantla de Comonfort
Tlalnepantla de Comonfort
Tlalnepantla de Comonfort
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlalnepantla de Baz
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlalnepantla es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tlalnepantla de Comonfort
Ciudad
23 de diciembre de
1978
Decreto Nº 29. El municipio de Tlalnepantla se
denominará Tlalnepantla de Baz.
Tlalnepantla
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlalnepantla de Baz es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Tlalnepantla de Baz es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Tlalnepantla
Tlalnepantla
Tlatlaya
21 de septiembre de
1849
Decreto Nº 27.
Se erige la municipalidad de Tlatlaya con
el pueblo del mismo nombre y las de San
Mateo, Santa María la Goleta, San Juan
Tetitla, Santa Ana, San Antonio, San
Pedro del Limon, San Felipe
Tepehuastixtla, Santa María Ocatepec y
el rancho del Rincon Grande, siendo la
cabecera Tlatlaya.
Tlatlaya
Pueblo
11 de septiembre de
1874
Decreto Nº 33. La municipalidad de Tlatlaya se integra al
distrito de Tejupilco de Hidalgo,
segregándose del distrito de Sultepec.
Tlatlaya
13 de octubre de 1881 Decreto Nº 31. La municipalidad de Tlatlaya se integra al
distrito Sultepec de Alquisiras,
Tlatlaya
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segregándose del distrito de Tejupilco.
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tlatlaya es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tlatlaya
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tlatlaya es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tlatlaya
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tlatlaya
2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal.
Tlatlaya es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tlatlaya
Pueblo
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlatlaya es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tlatlaya
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlatlaya es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Tlatlaya
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tlatlaya es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Tlatlaya es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Tlatlaya
Tlatlaya
Toluca
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Toluca es distrito del estado con los
partidos de su nombre y los de Lerma,
Maninalco, Metepec, Tenango del Valle e
Ixtlahuaca.
Toluca
Ciudad
(desde 1799, La
Ciudad de Toluca...
1980; p. 123).
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8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorporan al partido de Toluca los
territorios de los extintos partidos de
Lerma y Metepec y el pueblo de San
Bartolomé Otzolotepec que pertenecía al
partido de Tenango en el distrito de
Toluca (artículos 1º y 7º).
Toluca
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Toluca como prefectura. Toluca
5 de abril de 1826 Decreto Nº 61. Se incorporan al partido de Toluca los
pueblos de Haizizilapa, Tlalmimilolpan y
Xoschicautla; y las haciendas de San
Nicolás y Santa Catarina que pertenecían
a la municipalidad de San Bartolomé
Otzolotepec.
Toluca
14 de febrero de 1827 Constitución Política del Estado de México. Toluca es un distrito del estado. Toluca
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Toluca
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4.
Toluca es cabecera de distrito y partido
del mismo nombre incluyendo los partidos
de Tenango del Valle, Tenancingo e
Ixtlahuaca del departamento de México,
deja de ser la capital para instalarse ésta
en la ciudad de México.
Toluca
Ciudad
29 de agosto de 1846 Decreto Nº 1. Se declara vigente la Constitución de
1827 sus leyes y reformas,
reestableciéndose en Toluca la sede de
los poderes del estado y la cabecera del
distrito y partido.
Toluca
12 de octubre de 1849 Decreto Nº 33. Se incorpora al partido de Toluca la
municipalidad de la Villa del Valle,
segregándose del partido de
Toluca
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Temascaltepec.
9 de octubre de 1851 Decreto Nº 38. El estado se constituye por ocho distritos,
uno de ellos es Toluca.
Toluca
7 de mayo de 1852 Decreto Nº 60. Se erige en el distrito de Toluca, el partido
de Villa del Valle integrado por la
municipalidad del mismo nombre y las de
Amanalco, San José Malacatepec y
Asunción Malacatepec.
Toluca
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Toluca es distrito del estado con el partido
de su nombre y los de Tenango del Valle,
Tenancingo, Ixtlahuaca y Valle de
Temascaltepec.
Toluca
4 de mayo de 1859 Decreto de la misma fecha. Toluca es un departamento formado por
el distrito del mismo nombre y el de
Sultepec con capital en Toluca.
Toluca
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Toluca es un distrito del estado (artículo
1º y 2º).
Toluca
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Toluca.
Toluca
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Toluca
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45.
La ciudad de Toluca se denominará
Toluca de Lerdo (artículos 1º y 2º).
Toluca de Lerdo
Ciudad
22 de mayo de 1862
Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Toluca forma junto con los
de Ixtlahuaca, Tenango, Villa del Valle y
Tenancingo el cantón militar número
Toluca de Lerdo
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ocho.
7 de junio de 1862
Se divide el estado en tres Distritos militares. El distrito de Toluca junto con los de
Sultepec, Temascaltepec, Tenango del
Valle, Tenancingo, Villa del Valle,
Ixtlahuaca y Jilotepec forman el primer
distrito militar en el estado, con cabecera
en la ciudad de Toluca.
Toluca de Lerdo
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se erige en el distrito de Toluca la
municipalidad de la Merced de las Llaves
(artículo 15º).
Toluca de Lerdo
14 de octubre de 1870 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
Toluca es un distrito del Estado de
México.
Toluca de Lerdo
18 de octubre de 1870 Decreto Nº 38. Se erige en el distrito de Toluca el
municipio de San Francisco Tlacilalcalpa.
Toluca de Lerdo
13 de octubre de 1871
18 de marzo de 1874
Decreto Nº 106.
Decreto Nº 4.
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de Doña Rosa incorporándose
a la municipalidad de Lerma.
Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de Tlachaloya; las haciendas de
Taborda, Cerrillo, Buenavista, Linares,
Jicaltepec, Majadas; y los ranchos Melera
y Villaseca, incorporándose a la
municipalidad de Temoaya del nuevo
distrito de Almoloya de Juarez.
continúa en la sig. pág.
Toluca de Lerdo
Toluca de Lerdo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
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de 1810
a 1995 E
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Toluca
18 de marzo de 1874
Decreto Nº 4.
También se segregan el pueblo de San
Pablo y San Martín; las haciendas de la
Laguna, Palmillas, San Isidro, la Puerta; y
los ranchos San Antonio, San José,
Canchiquí y la Palma, incorporándose a
la municipalidad de Almoloya del nuevo
distrito de Almoloya de Juaréz (artículos
2º y 3º).
Toluca de Lerdo
Ciudad
12 de marzo de 1875 Decreto Nº 63. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Felipe, segregándose de
la municipalidad de Metepec.
Toluca de Lerdo
6 de marzo de 1877
26 de abril de 1877
Decreto Nº 73.
Decreto Nº 13.
Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Pablo, segregándose de la
municipalidad de Almoloya (Almoloya de
Juárez).
También se incorpora el pueblo de
Tlachaloya que pertenecía a la
municipalidad de Temoaya.
Se reincorporán al distrito de Toluca las
municipalidades de Almoloya, Merced de
las Llaves, el municipio de Tlalcilalcalpa y
parte de la municipalidad de Toluca.
Segregándose del extinto distrito de
Almoloya de Juarez.
Se reincorpora a esta municipalidad las
haciendas de Taborda, Cerrillo,
Buenavista, Linares, Jicaltepec y
Majadas; y los ranchos de Melera y
Villaseca segregándose de la
municipalidad de Temoaya.
Toluca de Lerdo
Toluca de Lerdo
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de 1810
a 1995 E
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continúa en la sig. pág.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Toluca
26 de abril de 1877
Decreto Nº 13.
También se reincorporan la haciendas de
la Laguna, Palmillas, San Isidro, la
Puerta; y los ranchos de San Antonio,
San José, Canchiqui y la Palma,
segregándose de la municipalidad de
Almoloya (Almoloya de Juárez).
Los pueblos de San Pablo y Tlachaloya
seguirán perteneciendo a esta
municipalidad (artículos 1º, 2º y 4º).
Toluca de Lerdo
Ciudad
7 de mayo de 1891 Decreto Nº 28. Se incorpora al distrito de Toluca la
municipalidad de Temoaya,
segregándose del distrito de Lerma.
Toluca de Lerdo
19 de octubre de 1892 Decreto Nº 70. Se suprime en el distrito de Toluca el
municipio de San Francisco Tlalcilalcalpa.
Toluca de Lerdo.
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Toluca es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Toluca de Lerdo
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal.
Toluca es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Toluca de Lerdo
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2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Toluca es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Toluca es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Toluca de Lerdo
Toluca de Lerdo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Toluca
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Toluca es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Toluca de Lerdo
Ciudad
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Toluca es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1
y 6).
Toluca es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Toluca de Lerdo
Toluca de Lerdo
Tonatico
18 de octubre de 1870
Decreto Nº 38.
Se erige el municipio de Tonatico en el
distrito de Zacualpan, con el pueblo del
mismo nombre; las haciendas de Salinas
y Ojo de Agua; y las rancherías de
Zapotitlán, Tepachiche, Laguna,
Audiencia, Rancho Escondido, Zapote y
Santiago, que pertenecían a la
municipalidad de Ixtapan de la Sal
(artículo 3º).
Tonatico
Pueblo
(Los Municipios de
Estado de México,
1988; p. 536).
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27 de abril de 1872 Decreto Nº 8. El municipio de Tonatico se separa del
extinto distrito de Zacualpan y se agrega
al distrito de Tenancingo.
Tonatico
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tonatico es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tonatico
4 de noviembre de
1936
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
Decreto Nº 39.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Se incorpora a este municipio la ranchería
de El Rincón, segregándose del municipio
de Ixtapan de la Sal.
Tonatico es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tonatico es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tonatico
Tonatico
Tonatico
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tonatico
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tonatico es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tonatico
Pueblo
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tonatico es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tonatico
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tonatico es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tonatico es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
Tonatico
Tonatico
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a 1995 E
dici
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6).
Tultepec
1852
Memoria de la Secretaría de Relaciones y
Guerra del Gobierno del Estado de México.
Se menciona a Tultepec como
municipalidad del partido de Cuautitlán
del distrito del Oeste de México.
Tultepec
Pueblo
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Pablo de las Salinas,
reincorporándose a la municipalidad de
Tultitlán (artículo 12º).
Tultepec
16 de octubre de 1868 Decreto Nº 88. La municipalidad de Tultepec se integra al
nuevo distrito de Cuautitlán,
segregándose del distrito de Zumpango.
Tultepec
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se incorpora a esta municipalidad los
pueblos que integraban la extinta
municipalidad de Ocampo (artículo I).
Tultepec
28 de noviembre de
1917
17 de septiembre de
1919
Decreto Nº 18.
Ley Orgánica Municipal.
Se segregan de esta municipalidad los
pueblos de San Miguel Ocampo,
Visitación y Tenopalco para formar el
nuevo municipio de Melchor Ocampo.
Tultepec es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tultepec
Tultepec
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tultepec
8 de diciembre de 1923
Decreto Nº 11.
Se incorporan a este municipio los
ranchos El Quemado, San Joaquín,
Guadalupe, San Pablo y Santos Zaneya,
segregándose del municipio de
Tultepec
Pueblo
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a 1995 E
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Cuautitlán.
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tultepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tultepec
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tultepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tultepec
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultepec es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Tultepec
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Tultepec
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultepec es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Tultepec es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Tultepec
Tultepec
Tultitlán
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tultitlan.
Tultitlan
Pueblo
13 de mayo de 1868 Decreto Nº 37. Se reincorpora a esta municipalidad el
pueblo de San Pablo de las Salinas,
segregándose de la de Tultepec (artículo
12º).
Tultitlan
16 de octubre de 1868 Decreto Nº 88. La municipalidad de Tultitlán se integra al
nuevo distrito de Cuautitlán,
segregándose del distrito de Zumpango.
Tultitlán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
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a 1995 E
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MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Tultitlán
7 de octubre de 1902
Decreto Nº 49.
El municipio de Tultitlán se denominará
Tultitlán de Mariano Escobedo.
Tultitlán de Mariano
Escobedo
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Tultitlán es municipio libre del Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo.
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Tultitlán es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Tultitlán es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultitlán es uno de los 119 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 2º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
20 de agosto de 1969 Decreto Nº 110. Se concede al pueblo de Tultitlán el título
de villa.
Tultitlán de Mariano
Escobedo
Villa
23 de junio de 1973 Decreto Nº 50. Se segrega de este municipio parte del
centro urbano de Cuautitlán Izcalli así
como diversas poblaciones, para formar
el nuevo municipio de Cuautitlán Izcalli
(artículos 1º y 2º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultitlán es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México (artículos 1º
y 3º).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Tultitlán es uno de los 121 municipios que
integran al Estado de México artículos 1º
y 6º).
Tultitlán es uno de los 122 municipios que
integran al Estado de México (artículo 6).
Tultitlán de Mariano
Escobedo
Tultitlán de Mariano
Escobedo
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a 1995 E
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Valle de Bravo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San Francisco del Valle de
Temascaltepec.
San Francisco del Valle
de Temascaltepec
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Valle de Bravo
27 de agosto de 1842
12 de octubre de 1849
Se concede el título de villa al pueblo de
Temascaltepec del Valle.
Decreto Nº 33.
Se concede al pueblo de Temascaltepec
del Valle el título de villa.
Se segrega del partido de Temascaltepec
la municipalidad de la Villa del Valle,
incorporándose al partido de Toluca.
Temascaltepec del Valle
Villa del Valle
Villa
7 de mayo de 1852 Decreto Nº 60. Se erige en el distrito de Toluca el partido
de Villa del Valle, integrado por la
municipalidad del mismo nombre y las de
Amanalco, San José Malacatepec y
Asunción Malacatepec.
Villa del Valle
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Valle de Temascaltepec es un partido del
distrito de Toluca.
Villa del Valle
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Villa del Valle es un distrito del estado
(artículos 1º y 2º).
Villa del Valle
15 de octubre de 1861 Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
El estado se constituye por 27 distritos,
uno de ellos es Villa del Valle.
Villa del Valle
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45. La Villa del Valle se denominará Villa del
Valle de Bravo (artículos 1º y 2º).
Villa del Valle de Bravo
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Villa del Valle forma junto
con los de Toluca, Ixtlahuaca, Tenango y
Tenancingo el cantón militar número 8.
Villa del Valle de Bravo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
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7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres Distritos militares. El distrito de Villa del Valle junto con los
de Sultepec, Temascaltepec, Tenango
del Valle, Tenancingo, Toluca, Ixtlahuaca
y Jilotepec forman el primer distrito militar
en el estado.
Villa del Valle de Bravo
17 de octubre de 1868 Decreto Nº 89. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de Santo Tomás de los Platanos,
segregándose de la municipalidad de
Otzoloapan (artículo 4º). Se segregan de
esta municipalidad los pueblos de San
Lúcas y Jesús del Monte, incorporándose
a la municipalidad de Temascaltepec
(artículo 5º).
Villa del Valle de Bravo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Valle de Bravo
14 de octubre de 1870
Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
Villa del Valle es un distrito del Estado de
México.
Villa del Valle de Bravo
Villa
18 de marzo de 1874 Decreto Nº 6. Se incorpora al distrito de Villa del Valle la
municipalidad de Otzoloapan, segre-
gándose del distrito de Temascaltepec.
Villa del Valle de Bravo
14 de marzo de 1878 Decreto Nº 62. Se concede a la Villa del Valle el título de
ciudad, con la denominación de Ciudad
Bravo (artículos 3º y 4º).
Ciudad Bravo Ciudad
5 de abril de 1879 Decreto Nº 6. Se incorpora a esta municipalidad el
pueblo de Atescapan.
Ciudad Bravo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Valle de Bravo es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Ciudad Bravo
28 de diciembre de Ley Orgánica Municipal. Valle de Bravo es uno de los 119 Ciudad Bravo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
1940 municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Valle de Bravo es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Valle de Bravo
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Valle de Bravo es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Valle de Bravo
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Valle de Bravo es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Valle de Bravo
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Valle de Bravo es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Valle de Bravo es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Valle de Bravo
Valle de Bravo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Villa de Allende
1826
7 de mayo de 1852
14 de marzo de 1878
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Decreto Nº 60.
Decreto Nº 62.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de San José Malacatepec.
La municipalidad de San José
Malacatepec integra el nuevo partido de
Villa del Valle.
Se concede al pueblo de San José
San José Malacatepec
San José Malacatepec
Malacatepec de Allende
Pueblo
(desde 1542, Los
Municipios de Estado
de México, 1988; p.
555).
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
Malacatepec el título de villa, con la
denominación de Malacatepec de Allende
(artículos 5º y 6º).
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Villa de Allende es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Malacatepec de Allende
4 de noviembre de
1936
Decreto Nº 38. Se incorpora a este municipio el pueblo
de Cuesta del Carmen, segregándose del
municipio de Villa Victoria.
Malacatepec de Allende
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Villa de Allende es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Malacatepec de Allende
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Villa de Allende es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
San José Allende
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa de Allende es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
San José Allende
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa de Allende es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
San José Allende
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa de Allende es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Villa de Allende es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
San José Villa de Allende
San José Villa de Allende
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
Villa del Carbón
1826
17 de septiembre de
1919
4 de noviembre de
1936
28 de diciembre de
1940
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Ley Orgánica Municipal.
Decreto Nº 40.
Ley Orgánica Municipal.
Se establece ayuntamiento en la Villa del
Carbon.
Villa del Carbón es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Se erigen dos pueblos en el caserío y los
terrenos del antiguo pueblo de San Luis
de las Peras con el nombre de Taxhimay
y Anáhuac.
Villa del Carbón es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa del Carbon
Villa del Carbón
Villa del Carbón
Villa del Carbón
Villa
(desde 1714,
Panorámica Socio-
económica en 1975; p.
794).
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Villa del Carbón es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa del Carbón
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa del Carbón es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa del Carbón
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa del Carbón es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Villa del Carbón
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa del Carbón es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6 ).
Villa del Carbón es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Villa del Carbón
Villa del Carbón
Villa Guerrero
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Tecualoya.
Tecualoya
Pueblo
15 de octubre de 1878 Decreto Nº 98. Se erige en pueblo la ranchería del
Hospital, con el nombre de Porfirio Diaz
Villa Guerrero
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
(artículos 1º y 2º).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Villa Guerrero
17 de septiembre de
1919
28 de diciembre de
1940
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa Guerrero es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Villa Guerrero es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa Guerrero es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa Guerrero es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Villa Guerrero es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Villa Guerrero
Villa Guerrero
Villa Guerrero
Villa Guerrero
Villa Guerrero
Pueblo
5 de febrero de 1991 Bando Municipal. Se menciona a Villa Guerrero con
categoría política de villa.
Villa Guerrero Villa
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa Guerrero es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Villa Guerrero es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Villa Guerrero
Villa Guerrero
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
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Villa Victoria
13 de mayo de 1868
Decreto Nº 37.
Se erige la municipalidad de la Merced de
las Llaves en el distrito de Toluca con el
pueblo del mismo nombre y el de
Santiago; las haciendas del Sitio, el Pilar,
Xuchitepec y Ayala; rancherías de los
Berros, Canoillas, Taborda, Laguna Seca,
Turcio, Altamirano, Sanson, San Agustin,
Chillasi, el Hospital y la Campanilla; los
ranchos de Guadalupe, el Espinal, la
Compañía, Dolores y la
continúa en la sig. pág.
Merced de las Llaves
Pueblo
(desde 1862,
Colección de Decretos
Tomo VI; p. 146).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Villa Victoria
13 de mayo de 1868
18 de marzo de 1874
26 de abril de 1877
Decreto Nº 37.
Decreto Nº 4.
Decreto Nº 13.
venta de Ocotillos, siendo la cabecera
Merced de las Llaves (artículo 15º).
Se incorporan a esta municipalidad la
hacienda de Tierra-quemada y ranchería
de Lamillas, segregándose de la
municipalidad de San Felipe del Obraje
(San Felipe del Progreso). La municipa-
lidad de Merced de las Llaves se integra
al nuevo distrito de Almoloya de Juarez,
segregándose del distrito de Toluca.
La municipalidad de Merced de las Llaves
se separa del extinto distrito de Almoloya
de Juarez y se agrega al distrito de
Toluca.
Se segrega de esta municipalidad la
hacienda de Tierra-quemada y la
ranchería de Lamillas, reincorporándose a
Merced de las Llaves
Merced de las Llaves
Merced de las Llaves
Pueblo
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
la municipalidad de San Felipe del Obraje
(San Felipe del Progreso).
2 de mayo de 1882 Decreto Nº 66. Se concede al pueblo de Merced de las
Llaves el título de villa con la
denominación de Villa de Victoria.
Villa de Victoria Villa
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Villa Victoria es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Villa Victoria
4 de noviembre de
1936
Decreto Nº 38. Se segrega de este municipio el pueblo
de Cuesta del Carmen, incorporándose al
municipio de Villa de Allende.
Villa Victoria
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Villa Victoria es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Villa Victoria
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Villa Victoria es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Villa Victoria
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Villa Victoria
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Villa Victoria es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Villa Victoria es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Villa Victoria es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
Villa Victoria
Villa Victoria
Villa Victoria
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
(artículos 1 y 6).
Villa Victoria es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Villa Victoria
Xonacatlán
18 de octubre de 1870
Decreto Nº 38.
Se erige la municipalidad de San
Francisco Xonacatlán en el distrito de
Lerma, con el pueblo del mismo nombre y
los de Santa María de la Asunción
Zolotepec y San Miguel Mimiapan, que
pertenecían a la municipalidad de
Otzolotepec, siendo la cabecera San
Francisco Xonacatlán.
San Francisco Xonacatlán
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Xonacatlán es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
San Francisco Xonacatlán
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Xonacatlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
San Francisco Xonacatlán
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Xonacatlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Xonacatlán
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Xonacatlán es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Xonacatlán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Xonacatlán
18 de julio de 1973
Ley Orgánica Municipal del Estado de
Xonacatlán es uno de los 121 municipios
Xonacatlán
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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2 de marzo de 1993
1995
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Xonacatlán es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Xonacatlán es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Xonacatlán
Xonacatlán
Pueblo
Zacazonapan
5 de abril de 1879
17 de septiembre de
1919
Decreto Nº 6.
Ley Orgánica Municipal.
Se erige el municipio de Zacazonapan
con el pueblo del mismo nombre; la
hacienda de Santa María Zacazonapan y
la ranchería del Potrero, siendo la
cabecera Zacazonapan.
Zacazonapan es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Zacazonapan
Zacazonapan
Pueblo
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Zacazonapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zacazonapan
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Zacazonapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zacazonapan
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zacazonapan es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zacazonapan
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zacazonapan es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Zacazonapan
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zacazonapan es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Zacazonapan
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de 1810
a 1995 E
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CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zacazonapan
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zacazonapan es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Zacazonapan
Pueblo
Zacualpan
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zacualpan es partido del distrito de
Tasco.
Zacualpan
Pueblo
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Zacualpan como
cabecera de partido de la prefectura de
Tasco.
Zacualpan
20 de septiembre de
1827
Decreto Nº 65. El partido de Zacualpam se divide en dos,
Zacualpan y Teloloapan; el de Zacualpan
se compondrá de los pueblos que no
integran al de Teloloapan.
Zacualpan
20 de mayo de 1833
23 de diciembre de
1837
13 de septiembre de
Decreto Nº 309.
Decreto Nº 4.
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
Se menciona a Zacualpan como partido
de la prefectura de Sultepec.
Zacualpam es un partido del distrito de
Temascaltepec del departamento de
México (artículo 12).
Se segregan del partido de Zacualpam
los pueblos de Ixtapan de la Sal y
Coatepec de las Harinas, incorporándose
al partido de Tenancingo (artículo 20).
Zacualpan es un partido del distrito de
Sultepec.
Zacualpan
Zacualpam
Zacualpan
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de 1810
a 1995 E
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1855
31 de julio de 1861
23 de abril de 1869
del estado.
Decreto Nº 25.
Decreto Nº 114.
Zacualpan constituye parte del distrito de
Sultepec (artículos 1º y 2º).
La municipalidad de Zacualpam se
integra al nuevo distrito de Coatepec
Harinas, segregándose del distrito de
Sultepec.
Zacualpan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zacualpan
14 de octubre de 1870
Constitución Política del estado libre y
Soberano de México.
Zacualpan es un distrito del Estado de
México.
Zacualpan
Pueblo
18 de octubre de 1870 Decreto Nº 38. Se erige en el distrito de Zacualpan la
municipalidad de Tonatico (artículo 3º).
Zacualpan
27 de abril de 1872 Decreto Nº 8. Se suprime el distrito de Zacualpan
integrándose las municipalidades de
Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal y el
municipio de Tonatico al distrito de
Tenancingo; y la municipalidad de
Zacualpan al distrito de Sultepec.
Zacualpan
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Zacualpan es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Zacualpan
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Zacualpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zacualpan
2 de diciembre de 1950
29 de mayo de 1957
Ley Orgánica Municipal.
Zacualpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zacualpan
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
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18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zacualpan es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zacualpan es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Zacualpan es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Zacualpan es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Zacualpan
Zacualpan
Zacualpan
Zacualpan
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO* DESCRIPCION*
Zinacantepec
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Zinacantepec.
Zinacantepec
Pueblo
18 de octubre de 1870 Decreto Nº 38. Se segrega de esta municipalidad el
pueblo de San Francisco Tlacilalcalpa, la
hacienda del mismo nombre y los
ranchos de Simballí y la Loma, para
formar el nuevo municipio de San
Francisco Tlalcilalcalpa.
Zinacantepec
30 de septiembre de
1893
Decreto Nº 22. Se reincorpora a esta municipalidad la
hacienda de San Francisco Tlalcilalcalpa,
segregándose de la municipalidad de
Almoloya de Juárez.
Zinacantepec
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Zinacantepec es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Zinacantepec
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Zinacantepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zinacantepec
2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal. Zinacantepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
San Miguel Zinacantepec
29 de mayo de 1957
18 de julio de 1973
5 de febrero de 1991
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Bando Municipal.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zinacantepec es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zinacantepec es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Se menciona a San Miguel Zinacan-tepec
con categoría política de villa.
Zinacantepec es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
San Miguel Zinacantepec
San Miguel Zinacantepec
Villa de San Miguel
Zinacantepec
San Miguel Zinacantepec
Villa
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zinacantepec
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zinacantepec es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
San Miguel Zinacantepec
Villa
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
Zumpahuacán
15 de octubre de 1875
Decreto Nº 134.
Se erige la municipalidad de
Zumpahuacán en el distrito de
Tenancingo, con el pueblo del mismo
nombre y los de San Gaspar y San Pablo
y la ranchería de San Antonio que
pertenecían a la municipalidad de
Tenancingo, siendo la cabecera
Zumpahuacán.
Zumpahuacán
Pueblo
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal. Zumpahuacán es municipio libre del
Estado de México (artículos 1º y 2º).
Zumpahuacán
5 de abril de 1924 Decreto Nº 19. El pueblo de Santa María Xoquiac debe
ser considerado dentro del municipio de
Malinalco y no en este municipio.
Zumpahuacán
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Zumpahuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º)
Zumpahuacán
2 de diciembre de 1950
Ley Orgánica Municipal. Zumpahuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zumpahuacán
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpahuacán es uno de los 119
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 2º).
Zumpahuacán
18 de julio de 1973
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpahuacán es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Zumpahuacán es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Zumpahuacán
Zumpahuacán
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
CATEGORIA
INEGI.E
stad
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M
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o D
ivis
ión
Ter
ritor
ial
de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
241
MUNICIPAL* POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Zumpahuacán
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpahuacán es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Zumpahuacán
Pueblo
Zumpango
6 de agosto de 1824
Ley orgánica provisional para el arreglo del
gobierno interior del estado.
Zumpango es partido del distrito de
México.
Zumpango
Pueblo
8 de abril de 1825 Decreto Nº 41. Se incorporan al partido de Zumpango el
curato de Huipuxtla y los pueblos de
Tequisquiac que pertenecían al partido de
Tetepango (artículos 8º y 10º).
Zumpango
1826 Memoria de Gobierno del Estado de México. Se menciona a Zumpango como
cabecera de partido de la prefectura de
México.
Zumpango
20 de mayo de 1833 Decreto Nº 309. Se menciona a Zumpango como partido
del distrito del Oeste de México.
Zumpango
23 de diciembre de
1837
Decreto Nº 4. Zumpango es un partido del distrito de
Cuautitlán del departamento de México
(artículos 4º y 8º).
Zumpango
13 de septiembre de
1855
Estatuto Provisional para el Gobierno Interior
del estado.
Zumpango es un partido del distrito de
Cuautitlán.
Zumpango
31 de julio de 1861 Decreto Nº 25. Zumpango de la Laguna constituye parte
del distrito del mismo nombre con los
pueblos de Cuautlalpan, Joloc y Reyes; y
las haciendas de San Juan de la Labor y
Santa Lucia, segregados del distrito de
Otumba (artículos 1º y 2º).
Zumpango
15 de octubre de 1861 Constitución Política del estado libre y El estado se constituye por 27 distritos, Zumpango
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Soberano de México. uno de ellos es Zumpango de la Laguna.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION
Zumpango
14 de noviembre de
1861
Decreto Nº 45.
Se concede al pueblo de Zumpango el
título de villa con la denominación de
Zumpango de Victoria (artículos 1º y 2º).
Zumpango de Victoria
Villa
22 de mayo de 1862 Se divide el estado en cantones militares. El distrito de Zumpango forma junto con
el de Tlalnepantla el cantón militar
número 1.
Zumpango de Victoria
7 de junio de 1862 Se divide el estado en tres distritos militares. El distrito de Zumpango de la Laguna se
agrega al Distrito Federal para su
organización militar.
Zumpango de Victoria
16 de octubre de 1868 Decreto Nº 88. Se segregan del distrito de Zumpango las
municipalidades de Cuautitlán, Tultitlán,
San Miguel, Tultepec, Tepotzotlán,
Huehuetoca, Coyotepec y Teoloyucan,
incorporándose al nuevo distrito de
Cuautitlán.
Zumpango de Victoria
14 de octubre de 1870 Constitución Política del estado libre y
Soberano de México.
Zumpango de la Laguna es un distrito del
Estado de México.
Zumpango de Victoria
18 de octubre de 1870 Decreto Nº 42. Se erige en el distrito de Zumpango la
municipalidad de Apasco de Ocampo.
Zumpango de Victoria
23 de abril de 1877 Decreto Nº 10. Se concede a la villa de Zumpango el
título de ciudad, con la denominación de
Zumpango de Ocampo.
Zumpango de Ocampo Ciudad
8 de octubre de 1884 Decreto Nº 69. Se incorpora a esta municipalidad el Zumpango de Ocampo
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pueblo de Cuevas, segregándose de la
municipalidad de Hueypoxtla.
15 de octubre de 1891
16 de junio de 1899
Decreto Nº 41.
Se suprimen varias municipalidades.
Se erige en el distrito de Zumpango la
municipalidad de Plutarco González
(artículos 1º y 2º).
Se suprimen en el distrito de Zumpango
las municipalidades de Apasco de
Ocampo y de Tonanitla de Plutarco
González (artículo V).
Zumpango de Ocampo
Zumpango de Ocampo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION
Zumpango
17 de septiembre de
1919
Ley Orgánica Municipal.
Zumpango es municipio libre del Estado
de México (artículos 1º y 2º).
Zumpango de Ocampo
Ciudad
28 de diciembre de
1940
Ley Orgánica Municipal. Zumpango es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zumpango de Ocampo
2 de diciembre de 1950 Ley Orgánica Municipal. Zumpango es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zumpango de Ocampo
29 de mayo de 1957 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpango es uno de los 119 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 2º).
Zumpango de Ocampo
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpango es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1º y 3º).
Zumpango de Ocampo
2 de marzo de 1993
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpango es uno de los 121 municipios
que integran al Estado de México
(artículos 1 y 6).
Zumpango de Ocampo
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a 1995 E
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1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Zumpango es uno de los 122 municipios
que integran al Estado de México (artículo
6).
Zumpango de Ocampo
Cuautitlán Izcalli
23 de junio de 1973
Decreto Nº 50.
Se erige el municipio de Cuautitlán Izcalli
con la población establecida en el centro
urbano industrial del mismo nombre y los
núcleos de población incluidos en la
delimitación y que pertenecían a los
municipios de Tepotzotlán, Cuautitlán y
Tultitlán, siendo la cabecera la ciudad de
Cuautitlán Izcalli (artículos 1º, 2º y 6º).
Cuautitlán Izcalli
Ciudad
18 de julio de 1973 Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Cuautitlán Izcalli es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1º y 3º).
Cuautitlán Izcalli
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Cuautitlán Izcalli
2 de marzo de 1993
1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Cuautitlán Izcalli es uno de los 121
municipios que integran al Estado de
México (artículos 1 y 6).
Cuautitlán Izcalli es uno de los 122
municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Cuautitlán Izcalli
Cuautitlán Izcalli
Ciudad
Valle de Chalco
Solidaridad
9 de noviembre de
1994
Decreto Nº 50.
Se erige el municipio de Valle de Chalco
Solidaridad con localidades de los
municipios de Chalco, Ixtapaluca, La Paz
y Chicoloapan.
Xico
Ciudad
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a 1995 E
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1995
Ley Orgánica Municipal del Estado de
México.
Valle de Chalco Solidaridad es uno de los
122 municipios que integran al Estado de
México (artículo 6).
Xico
Ayotzingo
1826
Memoria de Gobierno del Estado de México.
Se establece ayuntamiento en el pueblo
de Ayozingo.
Ayozingo
Pueblo
7 de septiembre de
1894
Decreto Nº 47. Se suprime este municipio, en el distrito
de Chalco incorporándose los pueblos,
haciendas y ranchos que lo formaban a la
municipalidad de Chalco (artículo 3º).
Magdalena Atlicpac
4 de octubre de 1875
17 de febrero de 1899
Decreto Nº 128.
Decreto Nº 60.
Se erige el municipio de La Magdalena
Atlipac en el distrito de Texcoco con los
pueblos de la Magdalena Atlipac, San
Sebastian Chimalpa y Tecamachalco que
pertenecían a la municipalidad de
Chimalhuacán Atenco, siendo la
cabecera La Magdalena.
Se suprime este municipio en el distrito
de Texcoco, incorporándose los pueblos
de Atlipac Magdalena, San Sebastián y
Tecamachalco a la municipalidad de la
Paz, que se erige en el artículo 2º de este
mismo decreto.
La Magdalena
Pueblo
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
Plutarco González
15 de octubre de 1891
Decreto Nº 41.
Se erige el municipio de Plutarco
González en el distrito de Zumpango, con
Tonanitla de Plutarco
González
Pueblo
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a 1995 E
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el pueblo de Tonanitla que pertenecía a la
municipalidad de Nextlalpan (artículos 1º
y 2º).
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Zumpango, incorporándose el
pueblo de Tonanitla a la municipalidad de
Jaltenco (artículo V).
Reforma
12 de septiembre de
1874
Decreto Nº 36.
Se erige el municipio de Reforma en el
distrito de Otumba con los pueblos de
Ozumbilla, San Pablo Teacalco, San
Francisco Cuautliquixca, San Pedro
Atzompa; las haciendas de Ojo de Agua,
Santa Ana y, los ranchos de San Martín y
San Diego que pertenecían a la
municipalidad de Tecámac, siendo la
cabecera Ozumbilla.
Ozumbilla
Pueblo
1º de mayo de 1875 Decreto Nº 93. El municipio de Ozumbilla forma parte del
distrito de Matamoros.
Ozumbilla
26 de abril de 1877 Decreto Nº 13. La municipalidad de Ozumbilla forma
parte del distrito de Otumba que en lo
sucesivo se llamará Morelos.
Ozumbilla
16 de junio de 1899 Se suprimen varias municipalidades. Se suprime esta municipalidad en el
distrito de Otumba incorporándose los
pueblos de Ozumbilla, San Pablo
Teacalco, San Francisco Cuautliquixca,
San Pedro Atzompa; las haciendas de
Ojo de Agua, Santa Ana y los ranchos de
San Martin y San Diego a la
municipalidad de Tecamac (artículo IV).
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
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MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Francisco
Tlalcilalcalpan
18 de octubre de
1870
Decreto Nº 38.
Se erige el municipio de San Francisco
Tlacilalcalpa en el distrito de Toluca, con
el pueblo del mismo nombre, la hacienda
de San Francisco Tlacilalcalpa y los
ranchos de Simballí y la Loma que
pertenecían a la municipalidad de
Zinacantepec, siendo la cabecera San
Francisco Tlacilalcalpa (artículo 6º).
San Francisco
Tlacilalcalpa
Pueblo
18 de marzo de 1874 Decreto Nº 4. El municipio de Tlacilalcalpa se integra al
nuevo distrito de Almoloya de Juarez,
segregándose del distrito de Toluca
(artículos 1º y 2º).
San Francisco
Tlalcilalcalpa
26 de abril de 1877 Decreto Nº 13. El municipio de San Francisco
Tlacilalcalpa se separa del extinto distrito
de Almoloya de Juarez y se agrega al
distrito de Toluca.
San Francisco
Tlacilalcalpa
19 de octubre de 1892 Decreto Nº 70. Se deroga el decreto núm. 38 art. 6º que
erigió este municipio el 18 de octubre de
1870 en el distrito de Toluca,
incorporándose el pueblo y hacienda de
San Francisco Tlalcilalcalpa; y los
ranchos de Simballí y la Loma a la
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a 1995 E
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municipalidad de Almoloya de Juárez.
CAMBIOS EN LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO
CAMBIOS
CABECERA
MUNICIPAL*
CATEGORIA
POLITICA
FECHA DECRETO DESCRIPCION*
San Gregorio
Cuautzinco
16 de abril de 1875
Decreto Nº 83.
Se erige la municipalidad de San
Gregorio Cuautzinco en el distrito de
Chalco con el pueblo del mismo nombre y
los de San Martin Cuautlalpan, Tlapala,
Huexoculco y Rio Frio; y las haciendas de
Guadalupe, Moral, Gonzalez, la
Compañia y Atoyac que pertenecían a la
municipalidad de Tlalmanalco, siendo la
cabecera San Gregorio Cuautzinco.
San Gregorio Cuautzinco
Pueblo
7 de septiembre de
1894
Decreto Nº 47. Se deroga el decreto núm. 83 que erigió
esta municipalidad el 16 de abril de 1875
en el distrito de Chalco, incorporándose
los pueblos de San Gregorio Cuautzinco,
San Martin Cuautlalpan, Tlapala y
Huexoculco; y las haciendas de
Guadalupe, Moral, Gonzalez, la
Compañia y Atoyac a la municipalidad de
Chalco. El pueblo de Rio Frio se
reincorpora a la municipalidad de
Tlalmanalco (artículo 1º).
San Juan Bautista
Teacalco
9 de septiembre de
1873
Decreto Nº 89.
Se erige el municipio de San Juan
Bautista Teacalco en el distrito de
San Juan Bautista
Teacalco
Pueblo
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a 1995 E
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Otumba, con el pueblo del mismo nombre
y los de San Mateo Teopancala, San Luis
Tecuautitlán, San Cristobal Colhuacán,
San Bartolomé Actopan, Maquixco el alto
y rancho de San Cayetano, que
pertenecían a la municipalidad de
Temascalapa; siendo la cabecera San
Juan Bautista Teacalco.
1º de mayo de 1875 Decreto Nº 93. La municipalidad de Teacalco forma parte
del nuevo distrito de Terán.
San Juan Bautista
Teacalco
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MARCO JURÍDICO VIGENTE La actual conformación municipal del Estado de México se indica en los siguientes ordenamientos: a) Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 1995. b) Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995. En el primero se hace referencia a la división territorial, que en el artículo 112 señala: Artículo 112.- La base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, es el municipio libre. Los municipios del Estado, su denominación y la de sus cabeceras, serán las que señale la Ley Orgánica Municipal. Este ordenamiento reconoce la existencia del municipio libre tal y como lo precisa el artículo 115 de la Constitución Federal vigente e indica que la Ley Orgánica respectiva determinará los municipios, así como su integración territorial. En acatamiento a lo establecido por esta disposición, se han promulgado diversos ordenamientos que inciden sobre la administración y organización de los territorios que forman el estado, el último de ellos lo constituye la Ley Orgánica Municipal expedida en 1995 y que norma el funcionamiento de los municipios. En materia de organización territorial, el artículo 6º menciona que: Los municipios del Estado son 122,...
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
ACAMBAY ACAMBAY
ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL
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de 1810
a 1995 E
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ACULCO ACULCO DE ESPINOZA
ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS
ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ
ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO
AMANALCO AMANALCO DE BECERRA
AMATEPEC AMATEPEC
AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ
APAXCO APAXCO DE OCAMPO
ATENCO SAN SALVADOR ATENCO
ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN
ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS
ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA
ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA
AXAPUSCO AXAPUSCO
AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M.
CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ
CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES
COACALCO DE BERRIOZABAL SAN FRANCISCO COACALCO
COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS
COCOTITLAN COCOTITLAN
COYOTEPEC COYOTEPEC
CUAUTITLAN CUAUTITLAN
CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI
CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS
CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA
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de 1810
a 1995 E
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CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC
CHIAUTLA CHIAUTLA
CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ
CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ
CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN
DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA
ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS
ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO
EL ORO EL ORO DE HIDALGO
HUEHUETOCA HUEHUETOCA
HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA
HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO
ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA
IXTAPALUCA IXTAPALUCA
IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL
IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO
IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON
JALTENCO JALTENCO
JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ
JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO
JIQUIPILCO JIQUIPILCO
JOCOTITLAN JOCOTITLAN
JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN
JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALACIO
LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN
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de 1810
a 1995 E
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LERMA LERMA DE VILLADA
MALINALCO MALINALCO
MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO
METEPEC METEPEC
MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO
MORELOS SAN BARTOLO MORELOS
NAUCALPAN DE JUAREZ NAUCALPAN DE JUAREZ
NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN
NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL
NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO
NOPALTEPEC NOPALTEPEC
OCOYOACAC OCOYOACAC
OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA
OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN
OTZOLOTEPEC VILLA CUAUHTEMOC
OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS
OZUMBA OZUMBA DE ALZATE
PAPALOTLA PAPALOTLA
POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION
RAYON SANTA MARIA RAYON
SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTONIO LA ISLA
SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO
SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES
SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES
SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO
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SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO
SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS
SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN
SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS
TECAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA
TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO
TEMAMATLA TEMAMATLA
TEMASCALAPA TEMASCALAPA
TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO
TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ
TEMOAYA TEMOAYA
TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO
TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE
TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA
TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN
TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA
TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO
TEPETLIXPA TEPETLIXPA
TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN
TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC
TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN
TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC
TEXCOCO TEXCOCO DE MORA
TEZOYUCA TEZOYUCA
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TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA
TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN
TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ
TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA
TLATLAYA TLATLAYA
TOLUCA TOLUCA DE LERDO
TONATICO TONATICO
TULTEPEC TULTEPEC
TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO
VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO
VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD
XICO
VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE
VILLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON
VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO
VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA
XALATLACO XALATLACO
XONACATLAN XONACATLAN
ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN
ZACUALPAN ZACUALPAN
ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC
ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN
ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
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El artículo 4º de la misma ley establece que corresponde a la Legislatura del Estado la solución de las cuestiones que se susciten sobre límites intermunicipales, creación y supresión de municipios, cambios en su denominación o ubicación de sus cabeceras municipales. Así mismo, la organización territorial interna divide a los municipios en delegaciones, subdelegaciones, colonias, sectores y manzanas. De acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la ley, se fijan los requisitos que determinan los criterios para asignar la categoría política a una localidad, según su importancia, grado de concentración demográfica y servicios públicos con que cuenta. I.- CIUDAD: Localidades con más de quince mil habitantes, servicios públicos, servicios médicos, equipamiento urbano; hospital, mercado, rastro, cárcel y panteón; instituciones bancarias, industriales, comerciales y agrícolas; y centros educativos de enseñanza preescolar, primaria, media y media superior; II.- VILLA: Localidades entre cinco mil y quince mil habitantes, servicios públicos, servicios médicos, equipamiento urbano; hospital, mercado, cárcel y panteón; y centros educativos de enseñanza primaria y media superior; III.- PUEBLO: Localidades entre mil y cinco mil habitantes, servicios públicos indispensables, cárcel y panteón; y centros educativos de enseñanza primaria; IV.- RANCHERIA: Localidades entre quinientos y mil habitantes, edificios para escuela rural, delegación o subdelegación municipal; V.- CASERIO: Localidades de hasta quinientos habitantes. Además, en su artículo 10º señala que las localidades podrán ser elevadas a la categoría política de ciudad mediante la aprobación de la legislatura. Esta ley con sus reformas y adiciones constituye el esfuerzo más reciente para instrumentar los preceptos federales sobre la investidura que tiene el municipio libre: personalidad jurídica propia y base de la división territorial y de la
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organización política y administrativa del estado; forma parte del proceso histórico que en este ámbito se ha dado desde su primera publicación, el 17 de septiembre de 1919. Además, es producto del perfeccionamiento de las leyes para adecuarse a la dinámica y exigencias de una sociedad cambiante. Nota : Las frases en cursivas son transcripciones textuales de documentos por lo que se respetó la redacción y puntuación original.
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Situación Actual de los Municipios
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Acambay
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Acambay
Pueblo
19°57’
99°51’
2 560
NORTE: Aculco. SUR: Atlacomulco y Temascalcingo. OESTE: Estado de Querétaro y estado de Michoacán. ESTE: Jilotepec y Timilpan.
Acolman
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Acolman de Nezahualcóyotl
Pueblo 19°38’
98°55’
2 250
NORTE: Teotihuacán. SUR: Tezoyuca y Chiautla. OESTE: Ecatepec y Tecámac. ESTE: San Martín de las Pirámides y Tepetlaoxtoc.
Aculco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Aculco de Espinoza
Pueblo 20°06’
99°50’
2 450
NORTE: Polotitlán y estado de Querétaro. SUR: Acambay. OESTE: Estado de Querétaro. ESTE: Jilotepec.
Almoloya de Alquisiras
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Almoloya de Alquisiras
Pueblo
18°52’
99°54’
1 960
NORTE: Coatepec Harinas y Texcaltitlán. SUR: Zacualpan y Sultepec. OESTE: Sulpetec. ESTE: Coatepec Harinas y Zacualpan.
Almoloya de Juárez
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa de Almoloya de Juárez
Villa
19°22’
99°45’
2 600
NORTE: Ixtlahuaca. SUR: Amanalco y Zinacantepec. OESTE: Villa Victoria. ESTE: Temoaya y Toluca.
Almoloya del Río
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Almoloya del Río
Pueblo
19°10’
99°29’
2 600
NORTE: Atizapán y Chapultepec. SUR: Texcalyacac, Joquicingo y Rayón. OESTE: San Antonio la Isla. ESTE: Tianguistenco.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Amanalco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Amanalco de Becerra
Villa
19°15’
100°01’
2 320
NORTE: Villa Victoria y Almoloya de Juárez. SUR: Valle de Bravo. OESTE: Donato Guerra. ESTE: Zinacantepec y Almoloya de Juárez.
Amatepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Amatepec
Pueblo
18°41’
100°11’
1 800
NORTE: Tejupilco. SUR: Tlatlaya. OESTE: Estado de Guerrero. ESTE: Sultepec.
Amecameca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Amecameca de Juárez
Ciudad
19°08’
98°46’
2 480
NORTE: Tlalmanalco. SUR: Atlautla OESTE: Ayapango. ESTE: Estado de Puebla.
Apaxco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Apaxco de Ocampo
Pueblo
19°58’
99°10’
2 180
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Tequixquiac. OESTE: Estado de Hidalgo. ESTE: Hueypoxtla.
Atenco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Salvador Atenco
Pueblo
19°33’
98°55’
2 240
NORTE: Ecatepec y Tezoyuca. SUR: Nezahualcóyotl y Chimalhuacán. OESTE: Ecatepec y Nezahualcóyotl. ESTE: Chiconcuac y Texcoco.
Atizapán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santa Cruz Atizapán
Pueblo
19°11’
99°29’
2 590
NORTE: Tianguistenco. SUR: Almoloya del Río. OESTE: Chapultepec y Calimaya. ESTE: Tianguistenco.
INEGI.E
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Atizapán de Zaragoza
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ciudad López Mateos
Ciudad
19°33’
99°14’
2 280
NORTE: Nicolás Romero y Cuautitlán Izcalli. SUR: Naucalpan de Juárez. OESTE: Jilotzingo e Isidro Fabela. ESTE: Tlalnepantla de Baz.
Atlacomulco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Atlacomulco de Fabela
Ciudad
19°48’
99°52’
2 570 NORTE: Acambay, Timilpan y Temascalcingo. SUR: Jocotitlán. OESTE: Temascalcingo y El Oro. ESTE: Morelos.
Atlautla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Atlautla de Victoria
Pueblo
19°02’
98°47’
2 340
NORTE: Amecameca. SUR: Ecatzingo. OESTE: Ozumba. ESTE: Estado de Puebla.
Axapusco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Axapusco
Pueblo
19°43’
98°45’
2 350
NORTE: Estado de Hidalgo y Nopaltepec. SUR: Otumba. OESTE: Temascalapa y San Martín de las Pirámides. ESTE: Estado de Hidalgo.
Ayapango
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ayapango de Gabriel Ramos M.
Pueblo
19°08’
98°48’
2 440
NORTE: Tlalmanalco y Tenango del Aire. SUR: Ozumba, Juchitepec y Atlautla. OESTE: Tenango del Aire y Juchitepec. ESTE: Amecameca.
Calimaya
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Calimaya de Díaz González
Villa
19°10’
99°37’
2 680
NORTE: Metepec, Mexicalcingo y Toluca. SUR: Tenango del Valle y Villa Guerrero. OESTE: Toluca y Temascaltepec. ESTE: San Antonio la Isla, Chapultepec, Tenango del Valle y Rayón.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Capulhuac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Capulhuac de Mirafuentes
Villa
19°12’
99°28’
2 620
NORTE: Ocoyoacac. SUR: Tianguistenco. OESTE: Metepec y Lerma. ESTE: Tianguistenco y Ocoyoacac.
Coacalco de Berriozábal
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Francisco Coacalco
Ciudad
19°37’
99°05’
2 250
NORTE: Tultitlan y Tecámac. SUR: Ecatepec y Distrito Federal. OESTE: Tultitlán. ESTE: Ecatepec.
Coatepec Harinas
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Coatepec Harinas
Pueblo
18°55’
99°46’
2 260
NORTE: Villa Guerrero y Texcaltitlán. SUR: Almoloya de Alquisiras y Zacualpan. OESTE: Texcaltitlán. ESTE: Ixtapan de la Sal y Villa Guerrero.
Cocotitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Cocotitlán
Pueblo
19°14’
98°52’
2 280
NORTE: Chalco. SUR: Temamatla. OESTE: Tenango del Aire. ESTE: Tlalmanalco.
Coyotepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Coyotepec
Pueblo
19°47’
99°12’
2 300
NORTE: Huehuetoca. SUR: Tepotzotlán. OESTE: Huehuetoca. ESTE: Teoloyucan.
Cuautitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Cuautitlán
Ciudad
19°40’
99°11’
2 240
NORTE: Teoloyucan. SUR: Tultitlán y Cuautitlán Izcalli. OESTE: Cuautitlán Izcalli. ESTE: Melchor Ocampo y Tultepec.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Chalco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chalco de Díaz Covarrubias
Ciudad
1 9°16’
98°54’
2 240
NORTE: Ixtapaluca. SUR: Cocotitlán, Tlalmanalco, Tenango del Aire y Temamatla. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Tlalmanalco.
Chapa de Mota
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chapa de Mota
Pueblo
19°49’
99°32’
2 600
NORTE: Jilotepec y estado de Hidalgo. SUR: Morelos y Villa del Carbón. OESTE: Timilpan. ESTE: Villa del Carbón.
Chapultepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chapultepec
Pueblo
19°12’
99°34’
2 580
NORTE: Mexicaltzingo y Tianguistenco. SUR: Calimaya. OESTE: Calimaya. ESTE: Atizapán.
Chiautla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chiautla
Pueblo
19°33’
98°53’
2 260
NORTE: Acolman. SUR: Texcoco. OESTE: Chiconcuac y Tezoyuca. ESTE: Tepetlaoxtoc y Papalotla.
Chicoloapan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chicoloapan de Juárez
Villa
19°25’
98°54’
2 230
NORTE: Texcoco. SUR: Ixtapaluca. OESTE: Chimalhuacán y La Paz. ESTE: Ixtapaluca.
Chiconcuac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chiconcuac de Juárez
Pueblo
19°33’
98°54’
2 240
NORTE: Chiautla.. SUR: Atenco. OESTE: Atenco. ESTE: Chiautla.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Chimalhuacán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Chimalhuacán
Pueblo
19°25’
98°57’
2 340
NORTE: Texcoco y Atenco. SUR: La Paz. OESTE: Nezahualcóyotl. ESTE: Chicoloapan y Texcoco.
Donato Guerra
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa Donato Guerra
Villa
19°18’
100°09’
2 200
NORTE: Villa de Allende. SUR: Valle de Bravo e Ixtapan del Oro. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Amanalco.
Ecatepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ecatepec de Morelos
Ciudad
19°36’
99°03’
2 250
NORTE: Tecámac. SUR: Tlalnepantla, Nezahualcóyotl y Distrito Federal. OESTE:Coacalco. ESTE: Acolman, Atenco y Tezoyuca.
Ecatzingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ecatzingo de Hidalgo
Pueblo
18°57’
98°45’
2 440
NORTE: Atlautla. SUR: Estado de Morelos. OESTE: Atlautla. ESTE: Estado de Morelos.
Huehuetoca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Huehuetoca
Pueblo
19°50’
99°12’
2 260
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Tepotzotlán y Coyotepec. OESTE: Estado de Hidalgo. ESTE: Zumpango.
Hueypoxtla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Hueypoxtla
Villa
19°54’
99°05’
2 260
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Zumpango. OESTE: Apaxco y Tequixquiac. ESTE: Estado de Hidalgo.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Huixquilucan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Huixquilucan de Degollado
Villa
19°22’
99°21’
2 680
NORTE: Naucalpan de Juárez. SUR: Ocoyoacac. OESTE: Lerma. ESTE: Distrito Federal.
Isidro Fabela
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tlazala de Fabela
Pueblo
19°33’
99°25’
2 800
NORTE: Nicolás Romero. SUR: Jilotzingo y Otzolotepec. OESTE: Temoaya y Jiquipilco. ESTE: Nicolás Romero y Atizapán de Zaragoza.
Ixtapaluca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ixtapaluca
Pueblo
19°19’
98°53’
2 250
NORTE: La Paz, Texcoco y Chicoloapan. SUR: Chalco y Tlalmanalco. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Estado de Puebla.
Ixtapan de la Sal
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ixtapan de la Sal
Ciudad
18°51’
99°41
1 880
NORTE: Coatepec Harinas. SUR: Tonatico y estado de Guerrero. OESTE: Zacualpan y Coatepec Harinas. ESTE: Tonatico y Villa Guerrero.
Ixtapan del Oro
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ixtapan del Oro
Pueblo
19°16’
100°16’
1 640
NORTE: Donato Guerra. SUR: Santo Tomás OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Valle de Bravo.
Ixtlahuaca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ixtlahuaca de Rayón
Ciudad
19°34’
99°46’
2 540
NORTE: Jocotitlán. SUR: Almoloya de Juárez. OESTE: San Felipe del Progreso y Villa Victoria. ESTE: Jiquipilco y Temoaya.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Xalatlaco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Xalatlaco
Villa
19°11’
99°25’
2 720
NORTE: Ocoyoacac. SUR: Tianguistenco. OESTE: Tianguistenco y Capulhuac. ESTE: Distrito Federal.
Jaltenco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Jaltenco
Pueblo
19°45’
99°06’
2 240
NORTE: Zumpango. SUR: Melchor Ocampo y Nextlalpan. OESTE: Melchor Ocampo, Cuautitlán y Teoloyucan. ESTE: Nextlalpan.
Jilotepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Jilotepec de Molina Enríquez
Ciudad
19°57’
99°32’
2 240
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Chapa de Mota y Timilpan. OESTE: Aculco, Acambay y Polotitlán. ESTE: Soyaniquilpan y estado de Hidalgo.
Jilotzingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santa Ana Jilotzingo
Villa
19°32’
99°24’
2 750
NORTE: Isidro Fabela y Atizapán de Zaragoza. SUR: Naucalpan de Juárez y Xonacatlán. OESTE: Otzolotepec. ESTE: Atizapan de Zaragoza y Naucalpan de Juárez.
Jiquipilco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Jiquilpilco
Pueblo
19°33’
99°36’
2 750
NORTE: Morelos y Jocotitlán. SUR: Temoaya. OESTE: Ixtlahuaca. ESTE: Nicolás Romero y Temoaya.
Jocotitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Jocotitlán
Villa
19°42’
99°47’
2 680
NORTE: Atlacomulco. SUR: Ixtlahuaca y Jiquipilco. OESTE: El Oro y San Felipe del Progreso. ESTE: Morelos
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Joquicingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Joquicingo de León Guzmán
Pueblo
19°03’
99°32’
2 630
NORTE: Almoloya del Río, Taxcalyacac y Rayón. SUR: Tenancingo, Malinalco y Ocuilan. OESTE: Tenango del Valle. ESTE: Ocuilan.
Juchitepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Juchitepec de Mariano Rivapalacio
Villa
19°06’
98°53’
2 540
NORTE: Tenango del Aire. SUR: Tepetlixpa. OESTE: Distrito Federal y estado de Morelos. ESTE: Ayapango, Atlautla y Ozumba.
Lerma
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Lerma de Villada
Ciudad
19°17’
99°31’
2 560
NORTE: Xonacatlán. SUR: Metepec, San Mateo Atenco, Ocoyoacac y Capulhuac. OESTE: Toluca. ESTE: Huixquilucan y Naucalpan de Juárez.
Malinalco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Malinalco
Pueblo
18°57’
99°30’
1 740
NORTE: Joquicingo, Tenancingo y Ocuilan. SUR: Zumpahuacán y estado de Morelos. OESTE: Tenancingo y Zumpahuacán. ESTE: Ocuilan y estado de Morelos.
Melchor Ocampo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Melchor Ocampo
Pueblo
19°42’
99°09’
2 240
NORTE: Jaltenco y Zumpango. SUR: Tultepec. OESTE: Cuautitlán y Teoloyucan. ESTE: Nextlalpan.
Metepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Metepec
Ciudad
19°15’
99°36’
2 670
NORTE: Toluca. SUR: Mexicaltzingo y Calimaya. OESTE: Toluca. ESTE: San Mateo Atenco, Capulhuac y Tianguistenco.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Mexicaltzingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Mateo Mexicaltzingo
Pueblo
19°13’
99°35’
2 590
NORTE: Metepec. SUR: Chapultepec y Calimaya. OESTE: Calimaya y Metepec. ESTE: Tianguistenco.
Morelos
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Bartolo Morelos
Pueblo
19°47’
99°40’
2 720
NORTE: Timilpan y Chapa de Mota. SUR: Jiquipilco. OESTE: Atlacomulco y Jocotitlán. ESTE: Villa del Carbón.
Naucalpan de Juárez
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Naucalpan de Juárez
Ciudad
19°28’
99°14’
2 300
NORTE: Atizapán de Zaragoza, Tlalnepantla y Jilotzingo. SUR: Huixquilucan. OESTE: Xonacatlán y Lerma. ESTE: Distrito Federal.
Nezahualcóyotl
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ciudad Nezahualcóyotl
Ciudad
19°24’
98°59’
2 220
NORTE: Ecatepec. SUR: Distrito Federal y La Paz. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Atenco y Chimalhuacán.
Nextlalpan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santa Ana Nextlalpan
Pueblo
19°44’
99°04’
2 240
NORTE: Zumpango y Jaltenco. SUR: Tecámac, Jaltenco, Tultitlán y Tultepec. OESTE: Jaltenco y Melchor Ocampo. ESTE: Tecámac.
Nicolás Romero
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa Nicolás Romero.
Villa
19°37’
99°19’
2 340
NORTE: Tepotzotlán y Villa del Carbón. SUR: Isidro Fabela. OESTE: Jiquípilco y Villa del Carbón. ESTE: Cuautitlán Izcalli y Atizapán de Zaragoza.
INEGI.E
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a 1995 E
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ón 1996
387
SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Nopaltepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Nopaltepec
Pueblo
19°47’
98°42’
2 450
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Axapusco. OESTE: Axapusco. ESTE: Axapusco y estado de Hidalgo.
Ocoyoacac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ocoyoacac
Pueblo
19°16’
99°28’
2 580
NORTE: Lerma y Huixquilucan. SUR: Capulhuac, Xalatlaco y Tianguistenco OESTE: Lerma. ESTE: Distrito Federal.
Ocuilan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ocuilan de Arteaga
Pueblo
18°59’
99°25’
2 340
NORTE: Tianguistenco. SUR: Estado de Morelos y Malinalco. OESTE: Malinalco y Joquicingo. ESTE: Estado de Morelos.
Oro, El
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
El Oro de Hidalgo
Ciudad
19°48’
100°08’
2 740
NORTE: Temascalcingo. SUR: San Felipe del Progreso. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Atlacomulco y Jocotitlán.
Otumba
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Otumba de Gómez Farías
Ciudad
19°42’
98°45’
2 360
NORTE: Axapusco y San Martín de las Pirámides. SUR: Tepetlaoxtoc. OESTE: San Martín de las Pirámides. ESTE: Estado de Hidalgo.
Otzoloapan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Otzoloapan
Pueblo
19°07’
100°18’
1 380
NORTE: Santo Tomás. SUR: Tejupilco. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Zacazonapan y Valle de Bravo.
INEGI.E
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Otzolotepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa Cuauhtémoc
Villa
19°25’
99°33’
2 580
NORTE: Temoaya, Jilotzingo e Isidro Fabela. SUR: Toluca y Xonacatlán. OESTE: Temoaya. ESTE: Jilotzingo y Xonacatlán.
Ozumba
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Ozumba de Alzate
Villa
19°02’
98°48’
2 340
NORTE: Juchitepec y Atlautla. SUR: Atautla. OESTE: Tepetixpa. ESTE: Atlautla.
Papalotla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Papalotla
Pueblo
19°34’
98°51’
2 260
NORTE: Tepetlaoxtoc y Chiautla. SUR: Texcoco. OESTE: Chiautla. ESTE: Tepetlaoxtoc.
Paz, La
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Los Reyes Acaquilpan
Ciudad
19°22’
98°59’
2 410
NORTE: Nezahualcóyotl, Chimalhuacán y Chicoloapan. SUR: Ixtapaluca. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Chicoloapan.
Polotitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Polotitlán de la Ilustración
Villa
20°13’
99°49’
2 320
NORTE: Estado de Hidalgo y estado de Querétaro. SUR: Aculco. OESTE: Estado de Querétaro. ESTE: Jilotepec.
Rayón
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santa María Rayón
Pueblo
19°09’
99°35’
2 580
NORTE: San Antonio la Isla. SUR: Tenango del Valle. OESTE: Calimaya y Tenango del Valle. ESTE: Joquicingo y Almoloya del Río.
INEGI.E
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
San Antonio la Isla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Antonio la Isla
Pueblo
19°10’
99°34’
2 580
NORTE: Calimaya. SUR: Rayón. OESTE: Calimaya. ESTE: Almoloya del Río.
San Felipe del Progreso
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Felipe del Progreso
Villa
19°43’
99°57’
2 560
NORTE: El Oro y Jocotitlán. SUR: Villa Victoria. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Ixtlahuaca.
San Martín de las Pirámides
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Martín de las Pirámides
Pueblo
19°42’
98°50’
2 300
NORTE: Temascalapa. SUR: Tepetlaoxtoc. OESTE: Teotihuacán y Acolman. ESTE: Otumba y Axapusco.
San Mateo Atenco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Mateo Atenco
Pueblo
19°16’
99°32’
2 570
NORTE: Toluca. SUR: Metepec. OESTE: Metepec y Toluca. ESTE: Lerma
San Simón de Guerrero
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Simón de Guerrero
Pueblo
19°01’
100°00’
2 120
NORTE: Temascaltepec. SUR: Tejupilco. OESTE: Tejupilco. ESTE: Texcaltitlán y Temascaltepec.
Santo Tomás
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santo Tomás de los Plátanos
Pueblo
19°11’
100°16’
1 360
NORTE: Ixtapan del Oro y Valle de Bravo. SUR: Otzoloapan. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Valle de Bravo.
INEGI.E
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Soyaniquilpan de Juárez
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Francisco Soyaniquilpan
Pueblo
20°01’
99°32’
2 400
NORTE: Jilotepec y Estado de Hidalgo. SUR: Jilotepec. OESTE: Jilotepec. ESTE: Estado de Hidalgo.
Sultepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras
Villa
18°51’
99°58’
2 300
NORTE: Tejupilco, Texcaltitlán y Almoloya de Alquisiras. SUR: Estado de Guerrero. OESTE: Amatepec, Tejupilco y Tlatlaya. ESTE: Almoloya de Alquisiras y Zacualpan.
Tecámac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tecámac de Felipe Villanueva
Pueblo
19°43’
98°58’
2 260
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Ecatepec y Acolman. OESTE: Nextlalpan, Zumpango, Coacalco, Tultitlán y Jaltenco. ESTE: Temascalapa y Teotihuacán.
Tejupilco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tejupilco de Hidalgo
Ciudad
18°54’
100°09’
1 330
NORTE: Zacazonapan, Otzoloapan y Temascaltepec. SUR: Amatepec. OESTE: Estado de Michoacán y estado de Guerrero. ESTE: Sultepec, San Simón de Guerrero y Texcaltitlán.
Temamatla
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Temamatla
Pueblo
19°12’
98°52’
2 260
NORTE: Chalco. SUR: Tenango del Aire. OESTE: Chalco. ESTE: Cocotitlán.
Temascalapa
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Temascalapa
Pueblo
19°49’
98°54’
2 350
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: San Martín de las Pirámides y Teotihuacán. OESTE: Estado de Hidalgo. ESTE: Nopaltepec.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Temascalcingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Temascalcingo de José María Velasco
Villa
19°55’
100°00’
2 380
NORTE: Acambay. SUR: El Oro. OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Acambay y Altlacomulco.
Temascaltepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Temascaltepec de González
Villa
19°03’
100°02’
1 740
NORTE: Valle de Bravo, Zinacantepec y Amanalco. SUR: San Simón de Guerrero, Texcaltitlán y Tejupilco. OESTE: Zacazonapan. ESTE: Texcaltitlán.
Temoaya
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Temoaya
Pueblo
19°28’
99°36’
2 680
NORTE: Jiquipilco y Nicólas Romero. SUR: Toluca y Otzolotepec. OESTE: Ixtlahuaca y Almoloya de Juárez. ESTE: Otzolotepec.
Tenancingo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tenancingo de Degollado
Ciudad
18°58’
99°36’
2 020
NORTE: Joquicingo y Tenango del Valle. SUR: Zumpahuacán. OESTE: Villa Guerrero. ESTE: Malinalco.
Tenango del Aire
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tenango del Aire
Pueblo
19°09’
98°51’
2 380
NORTE: Temamatla y Chalco. SUR: Juchitepec. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Ayapango.
Tenango del Valle
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tenango de Arista
Villa
19°06’
99°35’
2 600
NORTE: Calimaya y Rayón. SUR: Villa Guerrero y Tenancingo. OESTE: Calimaya. ESTE: Joquicingo.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Teoloyucan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Teoloyucan
Pueblo
19°45’
99°11’
2 270
NORTE: Coyotepec y Zumpango. SUR: Cuautitlán y Cuautitlán Izcalli. OESTE: Coyotepec y Tepotzotlán. ESTE: Zumpango y Jaltenco.
Teotihuacán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Teotihuacán de Arista
Villa
19°41’
98°52’
2 270
NORTE: Temascalapa y San Martín de las Pirámides. SUR: Acolman. OESTE: Tecámac. ESTE: San Martín de las Pirámides.
Tepetlaoxtoc
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tepetlaoxtoc de Hidalgo
Villa
19°34’
98°49’
2 300
NORTE: Otumba y San Martín de las Pirámides. SUR: Texcoco. OESTE: Chiautla, Acolman y Papalotla. ESTE: Estado de Tlaxcala.
Tepetlixpa
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tepetlixpa
Pueblo
19°02’
98°49’
2 320
NORTE: Juchitepec. SUR: Estado de Morelos. OESTE: Estado de Morelos. ESTE: Ozumba.
Tepotzotlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tepotzotlán
Pueblo
19°43’
99°13’
2 300
NORTE: Huehuetoca, Coyotepec y Estado de Hidalgo. SUR: Cuautitlán Izcalli y Nicolás Romero. OESTE: Villa del Carbón. ESTE: Cuautitlán Izcalli y Teoloyucan.
Tequixquiac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tequixquiac
Pueblo
19°55’
99°09’
2 200
NORTE: Apaxco y Hueypoxtla. SUR: Zumpango y Huehuetoca. OESTE: Estado de Hidalgo. ESTE: Hueypoxtla y Zumpango.
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a 1995 E
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Texcaltitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Texcaltitlán
Pueblo
18°56’
99°56’
2 400
NORTE: Zinacantepec y Calimaya. SUR: Sultepec y Almoloya de Alquisiras. OESTE: Tejupilco, San Simón de Guerrero y Temascaltepec. ESTE: Coatepec Harinas y Villa Guerrero.
Texcalyacac
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Mateo Texcalyacac
Pueblo
19°08’
99°30’
2 590
NORTE: Almoloya del Río. SUR: Joquicingo y Ocuilan. OESTE: Joquicingo. ESTE: Tianguistenco.
Texcoco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Texcoco de Mora
Ciudad
19°30’
98°53’
2 250
NORTE: Tepetlaoxtoc, Chiautla, Papalotla y Chiconcuac. SUR: Chicoloapan, Ixtapaluca y Chimalhuacán. OESTE: Atenco. ESTE: Estado de Puebla y Tlaxcala.
Tezoyuca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tezoyuca
Villa
19°35’
98°55’
2 250
NORTE: Acolman. SUR: Atenco. OESTE: Atenco y Acolman. ESTE: Chiautla.
Tianguistenco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Santiago Tianguistenco de Galeana
Villa
19°11’
99°28’
2 620
NORTE: Capulhuac, Xalatlaco y Ocoyoacac. SUR: Ocuilan. OESTE: Texcalyacac, Almoloya del Río, Mexicaltzingo, Atizapán y Chapultepec. ESTE: Estado de Morelos.
Timilpan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Andrés Timilpan
Pueblo
19°52’
99°45’
2 690
NORTE: Jilotepec y Acambay. SUR: Atlacomulco. OESTE: Acambay y Atlacomulco. ESTE: Chapa de Mota y Morelos.
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a 1995 E
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394
SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Tlalmanalco
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tlalmanalco de Velázquez
Villa
19°12’
98°48’
2 400
NORTE: Ixtapaluca y Chalco. SUR: Ayapango y Amecameca. OESTE: Cocotitlán. ESTE: Estado de Puebla.
Tlalnepantla de Baz
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tlalnepantla
Ciudad
19°32’
99°13’
2 250
NORTE: Tultitlán y Cuautitlán Izcalli SUR: Naucalpan de Juárez. OESTE: Atizapán de Zaragoza. ESTE: Distrito Federal. -Isla Municipal-* NORTE: Ecatepec SUR: Distrito Federal OESTE: Distrito Federal. ESTE: Ecatepec.
Tlatlaya
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tlatlaya
Pueblo
18°37’
100°12’
1 820
NORTE: Amatepec. SUR: Estado de Guerrero. OESTE: Estado de Guerrero. ESTE: Sultepec y estado de Guerrero.
Toluca
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Toluca de Lerdo
Ciudad
19°17’
99°40’
2 660
NORTE: Temoaya, Otzolotepec y Xonacatlán. SUR: Calimaya. OESTE: Almoloya de Juárez y Zinacantepec. ESTE: Lerma, Metepec, Calimaya y San Mateo Atenco,
Tonatico
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tonatico
Pueblo
18°48’
99°40’
1 640
NORTE: Ixtapan de la Sal. SUR: Estado de Guerrero. OESTE: Ixtapan de la Sal. ESTE: Zumpahuacán.
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SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Tultepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tultepec
Pueblo
19°41’
99°08’
2 240
NORTE: Melchor Ocampo y Nextlalpan. SUR: Tultitlán. OESTE: Cuautitlán. ESTE: Tultitlán.
Tultitlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Tultitlán de Mariano Escobedo
Villa
19°39’
99°10’
2 240
NORTE: Cuautitlán y Tultepec. SUR: Tlalnepantla y Distrito Federal. OESTE: Cuautitlán Izcalli. ESTE: Coacalco.
Valle de Bravo
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Valle de Bravo
Ciudad
19°12’
100°08’
1 800
NORTE: Donato Guerra y Amanalco. SUR: Temascaltepec y Zacazonapan. OESTE: Ixtapan del Oro y Santo Tomás. ESTE: Amanalco y Temascaltepec.
Villa de Allende
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San José Villa de Allende
Villa
19°22’
100°09’
2 380
NORTE: Villa Victoria SUR: Donato Guerra OESTE: Estado de Michoacán. ESTE: Villa Victoria.
Villa del Carbón
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa del Carbón
Villa
19°44’
99°28’
2 600
NORTE: Estado de Hidalgo. SUR: Nicolás Romero y Jiquipilco. OESTE: Chapa de Mota y Morelos. ESTE: Tepotzotlán y Nicolás Romero.
Villa Guerrero
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa Guerrero
Villa
18°58’
99°38’
2 160
NORTE: Tenango del Valle y Calimaya. SUR: Ixtapan de la Sal, Tonatico y Zumpahuacán. OESTE: Texcaltitlán y Coatepec Harinas. ESTE: Tenancingo y Zumpahuacán.
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MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Villa Victoria
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Villa Victoria
Villa
19°26’
100°00’
2 570
NORTE: San Felipe del Progreso e Ixtlahuaca. SUR: Amanalco. OESTE: Villa de Allende y estado de Michoacán. ESTE: Almoloya de Juárez e Ixtlahuaca.
Xonacatlán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Xonacatlán
Pueblo 19°24’
99°32’
2 580
NORTE: Jilotzingo. SUR: Lerma y Toluca. OESTE: Otzolotepec. ESTE: Naucalpan de Juárez.
Zacazonapan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Zacazonapan
Pueblo
19°04’
100°15’
1 370
NORTE: Otzoloapan y Valle de Bravo. SUR: Tejupilco. OESTE: Otzoloapan. ESTE: Temascaltepec.
Zacualpan
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Zacualpan
Pueblo
18º43’
99º47’
2 060
NORTE: Almoloya de Alquisiras e Ixtapan de la Sal. SUR: Estado de Guerrero. OESTE: Sultepec. ESTE: Estado de Guerrero.
Zinacantepec
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
San Miguel Zinacantepec
Villa
19°17’
99°44’
2 740
NORTE: Almoloya de Juárez. SUR: Temascaltepec. OESTE: Amanalco. ESTE: Toluca.
Zumpahuacán
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Zumpahuacán
Pueblo
18°50’
99°35’
1 660
NORTE: Tenancingo. SUR: Estado de Guerrero y estado de Morelos. OESTE: Tonatico y Villa Guerrero. ESTE: Malinalco y estado de Morelos.
INEGI.E
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397
SITUACION ACTUAL DE LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO MARCO JURIDICO CABECERA MUNICIPAL
CATEGORIA POLITICA
LATITUD (23)
LONGITUD (23)
ALTITUD
m.s.n.m. (23)
COLINDANCIAS
(24)
Zumpango
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Zumpango de Ocampo
Ciudad
19°48’
99°06’
2 250
NORTE: Tequixquiac y Hueypoxtla. SUR: Jaltenco y Nextlalpan. OESTE: Huehuetoca, Coyotepec y Teoloyucan. ESTE: Estado de Hidalgo y Tecámac.
Cuautitlán Izcalli
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Cuautitlán Izcalli
Ciudad
19°39’
99°13’
2 280
NORTE: Tepotzotlán y Teoloyucan. SUR: Tlalnepantla y Atizapán de Zaragoza. OESTE: Tepotzotlán y Nicolás Romero. ESTE: Cuautitlán y Tultitlán.
Valle de Chalco Solidaridad
Constitución Política del Estado de México, 1995. Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1995.
Xico
Ciudad
19°16’
98°56’
2 240
NORTE: La Paz e Ixtapaluca. (25) SUR: Chalco y Distrito Federal. OESTE: Distrito Federal. ESTE: Chalco e Ixtapaluca.
Delimita una porción del territorio que política y administrativamente pertenece a un municipio, pero físicamente se encuentra aislada del espacio geográfico del que es parte integrante.
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Notas de Contenido
(15) ESTADO que manifiesta los pueblos donde hay ayuntamientos en virtud de la ley de 9 de febrero de 1825, con espresion de las prefecturas y cabeceras de partido á que están sujetos. PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS ACAPULCO CHILAPA Chilapa Quechultenango Zitlala Ahuacuaucingo Atenango del Rio ACAPULCO Acapulco San Marcos TIXTLA Tixtla Chilpancingo Zumpango del Rio ... TECPAN Zacatula Tecpan HUEJUTLA ZACUALTIPAN Zacualtipan Mextitlán ... Mexquititlán ... Tianguistengo Molango Lolotla Tlanchinol
San Felipe PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTO HUEJUTLA ZACUALTIPAN Tepehuacan Chapulhuacan San Lorenzo ... HUEJUTLA HUEJUTLA Huejutla ... Jaltocan ... YAHUALICA Yahualica Huautla ... Huazalingo Calnali Xochicoatlan CUERNAVACA CUERNAVACA Cuernavaca Xiutepec Tlalquiltenago Ixtla Yautepec Xochitepec Tepoztlan Tlaltizapan Miacatlan Tetecala CUERNAVACA CUAUTLA Zacualpan Ocuituco JONACATEPEC Jonacatepec Huaztepec Ayacapiztla
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Jantetelco Tepalcingo PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS MEXICO CHALCO Chalco Tlalmanalco Ameca Totolapa Tlayacapa Ozumba Juchi Tenango Ayozingo Tlahuac Ixtapaluca SAN AGUSTIN San Agustin de las Cuevas DE LAS CUEVAS Xochimilco Toyahualco Milpa Alta Coyoacan San Angel CUAUTITLAN Cuautitlan Tepotzotlan Toloyuca Huehuetoca ZUMPANGO Zumpango Tequisquiac Nextlalpan Hueipoxtla MEXICO TEXCOCO Texcoco
Atengo Chautla Acolman Papalotla Calpulalpan San Vicente Chicoloapan PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS MEXICO TLALNEPANTLA Tlalnepantla Tultitlan Azcapuzaltongo Jilontzingo Huisquilucan Naucalpan TEOTIHUACAN Teotihuacan Temascalapan Otumba Ajapusco Ecatepec Tecamac TASCO AJUCHITLAN Ajuchitlan Cutzamala Tetela del Rio TASCO Huitzuco Iguala Tasco Tepecoacuilco TEMASCALTEPEC Mineral de Temascaltepec S. Francisco del Valle de Temascaltepec San Martin Ozoloapan TASCO TEJUPILCO ...
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Tejupilco SULTEPEC Amatepec Sultepec ZACUALPAN Coatepec de las Arinas Ixtapan Ixcateopan PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS TASCO ZACUALPAN Teloloapan Zacualpan TOLUCA IXTLAHUACA Atlacomulco Ixtlahuaca Xocotitlan Xiquipilco San Felipe del Obraje Temascalcingo Temoaya TOLUCA Almoloya Asuncion Malacatepec Lerma Metepec San Gerónimo Amanalco San José Malacatepec San Bartolomé Otzolotepec Zinacantepec Toluca TENANGO Calimaya DEL VALLE Santiago Tianguistengo San Martin Ocoyoacac Tenango del Valle TENANCINGO Xoquizingo
Malinalco TOLUCA TENANCINGO Tenancingo Tecualoya TULA ACTOPAN Actopan Yolotepec San Salvador Arenal Mixquihuala Ixquincuitlapilco PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS TULAHUICHAPAN Huichapan Tecozautla Alfajayucan Nopala Tasquillo TULA Tula Tepeji del Rio Atitalaquia San Pedro Tlaxcoapan Tetepango XILOTEPEC Xilotepec Aculco Chapa de Mota Villa del Carbon ZIMAPAN Zimapan Xacala TULANCINGO TULANCINGO Tulancingo Ajochitlan
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Huascasaloya Tutotepec Tenango Atotonilco el Grande TULANCINGO PACHUCA Pachuca Mineral del Monte Tizayuca Zempoala APAN Apan Tepeapulco
(16) Cuautitlán, Coyotepec, Huehuetoca, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tultepec, Tultitlán, Melchor Ocampo, Chalco, Amecameca, Atlautla, Ayapango, Cocotitlán, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco, El Oro, Acambay, Atlacomulco, Temascalcingo, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Morelos, San Felipe del Progreso, Jilotepec, Aculco, Chapa de Mota, Polotitlán, Soyaniquilpan, Timilpan, Villa del Carbón, Lerma de Villada, Ocoyoacac, Otzolotepec, San Mateo Atenco, Xonacatlán, Otumba, Axapusco, Nopaltepec, Tecámac, Temascalapa, San Martín de las Pirámides, Sultepec, Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Texcaltitlán, Tlatlaya, Zacualpan, Temascaltepec, Tejupilco, San Simón de Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Malinalco, Ocuilan, Tonatico, Villa Guerrero, Zumpahuacán, Tenango del Valle, Almoloya del Río, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Jalatlaco, Joquicingo, Mexicalcingo, Rayón, San Antonio la Isla, Texcalyacac, Tianguistenco, Texcoco, Acolman, Atenco, Chiautla, Chiconcuac, Chicoloapan, Chimalhuacán, La Paz, Papalotla, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tezoyuca, Tlalnepantla, Coacalco, Huixquilucan, Iturbide, Nicolás Romero, Ecatepec Morelos, Naucalpan, Jilotzingo, Zaragoza, Toluca, Almoloya de Juárez, Metepec, Zinacantepec, Temoaya, Villa Victoria, Valle de Bravo, Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Otzoloapan, Villa de Allende, Santo Tomás, Zacazonapan, Zumpango, Hueypoxtla, Nextlapan, Tequisquiac y Jaltenco.
(17)
Cuautitlán, Coyotepec, Huehuetoca, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tultepec, Tultitlán, Melchor Ocampo, Chalco, Amecameca, Atlautla, Ayapango, Cocotitlán, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco, El Oro, Acambay, Atlacomulco, Temascalcingo, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Morelos, San Felipe del Progreso, Jilotepec, Aculco, Chapa de Mota, Polotitlán, Soyaniquilpan, Timilpan, Villa del Carbón, Lerma de Villada, Ocoyoacac, Villa Cuauhtémoc, San Mateo Atenco, Xonacatlán, Otumba, Axapusco, Nopaltepec, Tecámac, Temascalapa, San Martín de las Pirámides, Sultepec, Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Texcaltitlán, Tlatlaya, Zacualpan, Temascaltepec, Tejupilco, San Simón de Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Malinalco, Ocuilan, Tonatico, Villa Guerrero, Zumpahuacán, Tenango del Valle, Almoloya del Río, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Jalatlaco, Joquicingo, Mexicalcingo, Rayón, San Antonio la Isla, Texcalyacac, Tianguistenco, Texcoco, Acolman, Atenco, Chiautla, Chiconcuac, Chicoloapan, Chimalhuacán, La Paz, Papalotla, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tezoyuca, Tlalnepantla, Coacalco, Huixquilucan, Iturbide, Nicolás Romero, Ecatepec Morelos, Naucalpan, Jilotzingo, Zaragoza, Toluca, Almoloya de Juárez, Metepec, Zinacantepec, Temoaya, Villa Victoria, Valle de Bravo, Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Otzoloapan, Villa de Allende, Santo Tomás, Zacazonapan, Zumpango, Hueypoxtla, Nextlalpan, Tequixquiac, Jaltenco y Apasco.
(18) DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS I.- DISTRITO DE CUAUTITLAN CUAUTITLAN DE ROMERO RUBIO 1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio. 2.- Coyotepec. Coyotepec. 3.- Huehuetoca. Huehuetoca. 4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo. 5.- Teoloyucan. Teoloyucan. 6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán. 7.- Tultepec. Tultepec. 8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo.
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II.- DISTRITO DE CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS 9.- Chalco. Chalco de Díaz Covarrubias. 10.- Amecameca. Amecameca de Juárez. 11.- Atlautla. Atlautla de Victoria. 12.- Ayapango de Gabriel Ayapango. Ramos Millán. 13.- Cocotitlán. Cocotitlán. 14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo. 15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca. 16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio. 17.- Ozumba. Ozumba de Alzate. 18.- Temamatla. Temamatla. 19.- Tenango del Aire. Tenango de Tepopula. 20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa. 21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS III.- DISTRITO DE EL ORO EL ORO DE HIDALGO 22.- El Oro. El Oro de Hidalgo. 23.- Acambay. Acambay. 24.- Atlacomulco. Atlacomulco. 25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José Ma.Velasco. IV.- DISTRITO DE IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON 26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón. 27.- Jiquipilco. Jiquipilco. 28.- Jocotitlán. Jocotitlán. 29.- Morelos. San Bartolo Morelos. 30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso. V.- DISTRITO DE JILOTEPEC JILOTEPEC ABASOLO 31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo. 32.- Aculco. Aculco. 33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota. 34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración. 35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan.
36.- Timilpan. Timilpan. 37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón. VI.- DISTRITO DE LERMA LERMA DE VILLADA 38.- Lerma. Lerma de Villada. 39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac. 40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc. 41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco. 42.- Xonacatlán. Xonacatlán. VII.- DISTRITO DE OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS 43.- Otumba. Otumba de Gómez Farias. 44.- Nopaltepec. Nopaltepec. 45.- San Martín de las Pirámides San Martín de las Pirámides. 46.- Axapusco. Axapusco. 47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva. 48.- Temascalapa. Temascalapa. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS VIII.- DISTRITO DE SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO A. DE ALQUISIRAS 49.- Sultepec. Sultepec de Pedro A. de Alquisiras. 50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras. 51.- Amatepec. Amatepec. 52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán. 53.- Tlatlaya. Tlatlaya. 54.- Zacualpan. Zacualpan. IX.- DISTRITO DE TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ 55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González. 56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero. 57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo. X.- DISTRITO DE TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO 58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado.
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59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas. 60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal. 61.- Malinalco. Malinalco. 62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga. 63.- Tonatico. Tonatico. 64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero. 65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán. XI.- DISTRITO DE TENANGO DEL TENANGO DE ARISTA VALLE 66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista. 67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río. 68.- Atizapán. Atizapán. 69.- Calimaya. Calimaya de Díaz González. 70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes. 71.- Chapultepec. Chapultepec. 72.- Jalatlaco. Jalatlaco. 73.- Joquicingo. Joquicingo de León Guzmán. 74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo. 75.- Rayón. Rayón. 76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla. 77.- Texcalyacac. Texcalyacac. 78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS XII.- DISTRITO DE TEXCOCO TEXCOCO DE MORA 79.- Texcoco. Texcoco de Mora. 80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl. 81.- Atenco. San Salvador Atenco. 82.- Chiautla. Chiautla. 83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez. 84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez. 85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán. 86.- La Paz. Los Reyes. 87.- Papalotla. Papalotla. 88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista. 89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo. 90. Tezoyuca. Tezoyuca.
XIII.- DISTRITO DE TLALNEPANTLA TLALNEPANTLA DE COMONFORT 91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort. 92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal. 93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos. 94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado. 95.- Iturbide. Santiago Tlazala. 96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo. 97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez. 98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero. 99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza. XIV.- DISTRITO DE TOLUCA. TOLUCA DE LERDO. 100.- Toluca. Toluca de Lerdo. 101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez. 102.- Metepec. Metepec. 103.- Temoaya. Temoaya. 104.- Villa Victoria. Villa Victoria. 105. Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec. XV.- DISTRITO DE VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO. 106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo. 107.- Amanalco. Amanalco de Becerra. 108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra. 109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 110.- Otzoloapan. Otzoloapan. 111.- Santo Tomás. Santo Tomás de los Plátanos. 112.- Villa de Allende. San José Allende. 113.- Zacazonapan. Zacazonapan. XVI.- DISTRITO DE ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO 114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo. 115.- Apasco. Apasco de Ocampo. 116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla. 117.- Jaltenco. Jaltenco. 118.- Nextlalpan. Nextlalpan.
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119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
(19)
DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS I.- Distrito de Cuautitlán Cuautitlán de Romero Rubio 1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio. 2.- Coyotepec. Coyotepec. 3.- Huehuetoca. Huehuetoca. 4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo. 5.- Teoloyucan. Teoloyucan. 6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán. 7.- Tultepec. Tultepec. 8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo. II.- Distrito de Chalco Chalco de Díaz Cobarruvias 9.- Chalco. Chalco de Díaz Cobarruvias. 10.- Amecameca. Amecameca de Juárez. 11.- Atlautla. Atlautla de Victoria. 12.- Ayapango de Gabriel Ramos Millán Ayapango. 13.- Cocotitlán. Cocotitlán. 14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo. 15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca. 16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio. 17.- Ozumba. Ozumba de Alzate. 18.- Temamatla. Temamatla. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 19.- Tenango del Aire Tenango de Tepopula. 20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa. 21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez. III.- Distrito de El Oro El Oro de Hidalgo 22.- El Oro. El Oro de Hidalgo. 23.- Acambay. Acambay. 24.- Atlacomulco. Atlacomulco de Fabela. 25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José María
Velasco. IV.- Distrito de Ixtlahuaca Ixtlahuaca de Rayón 26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón. 27.- Jiquipilco. Jiquipilco. 28.- Jocotitlán. Jocotitlán. 29.- Morelos. San Bartolo Morelos. 30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso. V.- Distrito de Jilotepec. Jilotepec de Abasolo 31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo. 32.- Aculco. Aculco de Espinosa. 33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota. 34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración. 35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan. 36.- Timilpan. Timilpan. 37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón. VI.- Distrito de Lerma Lerma de Villada 38.- Lerma. Lerma de Villada. 39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac. 40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc. 41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco. 42.- Xonacatlán. Xonacatlán. VII.- Distrito de Otumba Otumba de Gómez Farías 43.- Otumba. Otumba de Gómez Farías. 44.- Axapusco. Axapusco. 45.- Nopaltepec. Nopaltepec. 46.- San Martín de las Pirámides. San Martín de las Pirámides. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva. 48.- Temascalapa. Temascalapa. VIII.- Distrito de Sultepec Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras 49.- Sultepec. Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras. 50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras.
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51.- Amatepec. Amatepec. 52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán. 53.- Tlatlaya. Tlatlaya. 54.- Zacualpan. Zacualpan. IX.- Distrito de Temascaltepec Temascaltepec de González 55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González. 56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero. 57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo. X.- Distrito de Tenancingo Tenancingo de Degollado 58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado. 59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas. 60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal. 61.- Malinalco. Malinalco. 62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga. 63.- Tonatico. Tonatico. 64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero. 65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán. XI.- Distrito de Tenango del Valle Tenango de Arista 66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista. 67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río. 68.- Atizapán. Atizapán. 69.- Calimaya. Calimaya de Díaz Gozález. 70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes. 71.- Chapultepec. Chapultepec. 72.- Jalatlaco. Jalatlaco. 73.- Joquicingo. Joquicingo. 74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo. 75.- Rayón. Rayón. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla. 77.- Texcalyacac. Texcalyacac. 78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana. XII.- Distrito de Texcoco Texcoco de Mora 79.- Texcoco. Texcoco de Mora.
80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl. 81.- Atenco. San Salvador Atenco. 82.- Chiautla. Chiautla. 83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez. 84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez. 85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán. 86.- La Paz. Los Reyes. 87.- Papalotla. Papalotla. 88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista. 89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo. 90.- Tezoyuca. Tezoyuca. XIII.- Distrito de Tlalnepantla Tlalnepantla de Comonfort 91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort. 92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal. 93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos. 94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado. 95.- Iturbide. Santiago Tlazala. 96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo. 97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez. 98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero. 99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza. XIV.- Distrito de Toluca Toluca de Lerdo 100.- Toluca. Toluca de Lerdo. 101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez. 102.- Metepec. Metepec. 103.- Temoaya. Temoaya. 104.- Villa Victoria. Villa Victoria. 105.- Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS XV.- Distrito de Valle de Bravo Valle de Bravo 106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo. 107.- Amanalco. Amanalco de Becerra. 108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra. 109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro.
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110.- Otzoloapan. Otzoloapan. 111.- Santo Tomás. Nuevo Santo Tomás de los Plátanos 112.- Villa de Allende. San José Allende. 113.- Zacazonapan. Zacazonapan. XVI.- Distrito de Zumpango Zumpango de Ocampo 114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo. 115.- Apasco. Apasco de Ocampo. 116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla. 117.- Jaltenco. Jaltenco. 118.- Nextlalpan. Nextlalpan. 119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
(20) Acambay Acolman Aculco Almoloya de Alquisiras Almoloya de Juárez Almoloya del Río Amanalco Amatepec Amecameca Apaxco Atenco Atizapán Atizapán de Zaragoza Atlacomulco Atlautla Axapusco Ayapango Calimaya Capulhuac Coacalco Coatepec Harinas Cocotitlán Coyotepec
Cuautitlán Cuautitlán Izcalli Chalco Chapa de Mota Chapultepec Chiautla Chicoloapan Chiconcuac Chimalhuacán Donato Guerra Ecatepec Ecatzingo El Oro Huehuetoca Hueypoxtla Huixquilucan Isidro Fabela Ixtapaluca Ixtapan de la Sal Ixtapan del Oro Ixtlahuaca Jalatlaco Jaltenco Jilotepec Jilotzingo Jiquipilco Jocotitlán Joquicingo Juchitepec La Paz Lerma Malinalco Melchor Ocampo Metepec Mexicalcingo Morelos Naucalpan Nextlalpan Netzahualcóyotl Nicolás Romero
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Nopaltepec Ocoyoacac Ocuilan Otzoloapan Otzolotepec Otumba Ozumba Papalotla Polotitlán Rayón San Antonio la Isla San Felipe del Progreso San Martín de las Pirámides San Mateo Atenco San Simón de Guerrero Santo Tomás Soyaniquilpan de Juárez Sultepec Tecámac Tejupilco Temamatla Temascalapa Temascalcingo Temascaltepec Temoaya Tenancingo Tenango del Aire Tenango del Valle Teoloyucan Teotihuacán Tepetlaoxtoc Tepetlixpa Tepotzotlán Tequixquiac Texcaltitlán Texcalyacac Texcoco Tezoyuca Tianguistenco Timilpan
Tlalmanalco Tlalnepantla Tlatlaya Toluca Tonatico Tultepec Tultitlán Valle de Bravo Villa de Allende Villa del Carbón Villa Guerrero Villa Victoria Xonacatlán Zacazonapan Zacualpan Zinacantepec Zumpahuacán Zumpango
(21) MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL ACAMBAY ACAMBAY ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL ACULCO ACULCO DE ESPINOZA ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO AMANALCO AMANALCO DE BECERRA AMATEPEC AMATEPEC AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ APAXCO APAXCO DE OCAMPO ATENCO SAN SALVADOR ATENCO ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA AXAPUSCO AXAPUSCO
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AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M. CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES COACALCO DE SAN FRANCISCO COACALCO BERRIOZABAL COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS COCOTITLAN COCOTITLAN COYOTEPEC COYOTEPEC CUAUTITLAN CUAUTITLAN CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC CHIAUTLA CHIAUTLA CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO EL ORO EL ORO DE HIDALGO HUEHUETOCA HUEHUETOCA HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA IXTAPALUCA IXTAPALUCA IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON JALTENCO JALTENCO JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO JIQUIPILCO JIQUIPILCO JOCOTITLAN JOCOTITLAN JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALACIO LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN LERMA LERMA DE VILLADA MALINALCO MALINALCO
MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL METEPEC METEPEC MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO MORELOS SAN BARTOLO MORELOS NAUCALPAN DE JUAREZ NAUCALPAN DE JUAREZ NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO NOPALTEPEC NOPALTEPEC OCOYOACAC OCOYOACAC OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN OTZOLOTEPEC VILLA CUAUHTEMOC OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS OZUMBA OZUMBA DE ALZATE PAPALOTLA PAPALOTLA POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION RAYON SANTA MARIA RAYON SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTONIO LA ISLA SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN MARTIN DE LAS SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES PIRAMIDES SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS TECAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO TEMAMATLA TEMAMATLA TEMASCALAPA TEMASCALAPA TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ TEMOAYA TEMOAYA TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE
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TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO TEPETLIXPA TEPETLIXPA TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC TEXCOCO TEXCOCO DE MORA TEZOYUCA TEZOYUCA TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA TLATLAYA TLATLAYA TOLUCA TOLUCA DE LERDO TONATICO TONATICO TULTEPEC TULTEPEC TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE VILLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA XALATLACO XALATLACO XONACATLAN XONACATLAN ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN ZACUALPAN ZACUALPAN ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
(22)
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL ACAMBAY ACAMBAY ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL ACULCO ACULCO DE ESPINOZA ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO AMANALCO AMANALCO DE BECERRA AMATEPEC AMATEPEC AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ APAXCO APAXCO DE OCAMPO ATENCO SAN SALVADOR ATENCO ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA AXAPUSCO AXAPUSCO AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M. CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES COACALCO DE BERRIOZABAL SAN FRANCISCO COACALCO COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS COCOTITLANCOCOTITLAN COYOTEPEC COYOTEPEC CUAUTITLAN CUAUTITLAN CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC CHIAUTLA CHIAUTLA CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO EL ORO EL ORO DE HIDALGO HUEHUETOCA HUEHUETOCA HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA
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HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA IXTAPALUCA IXTAPALUCA IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL JALTENCO JALTENCO JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO JIQUIPILCO JIQUIPILCO JOCOTITLAN JOCOTITLAN JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALCIO LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN LERMA LERMA DE VILLADA MALINALCO MALINALCO MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO METEPEC METEPEC MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO MORELOS SAN BARTOLO MORELOS NAULCALPAN DE JUAREZ NAULCALPAN DE JUAREZ NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO NOPALTEPEC NOPALTEPEC OCOYOACAC OCOYOACAC OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN OTZOLOTEPEC VILLA CUAHUTEMOC OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS OZUMBA OZUMBA DE ALZATE PAPALOTLA PAPALOTLA POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION RAYON SANTA MARIA RAYON SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTOIO LA ISLA SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN MARTIN DE LAS - SAN MARTIN DE LAS -
PIRAMIDES PIRAMIDES SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS TACAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO TEMAMATLA TEMAMATLA TEMASCALAPA TEMASCALAPA TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ TEMOAYA TEMOAYA TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO TEPETLIXPA TEPETLIXPA TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC TEXCOCO TEXCOCO DE MORA TEZOYUCA TEZOYUCA TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA.
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MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA TLATLAYA TLATLAYA TOLUCA TOLUCA DE LERDO TONATICO TONATICO TULTEPEC TULTEPEC TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO VALLE DE CHALCO - XICO SOLIDARIDAD VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE VILLLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA XALATLACO XALATLACO XONACATLAN XONACATLAN ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN ZACUALPAN ZACUALPAN ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
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Notas de los apartados de División Territorial del Estado y Marco Jurídico Vigente
(1)Enciclopedia de México. Editora Mexicana. 4a. Edición. Distrito Federal
(México), abril de 1978. Tomo IX. p. 5295.
(2)O'GORMAN, Edmundo. Historia de las Divisiones Territoriales de México.
Editorial Porrúa. Distrito Federal (México), 1985. p. 13.
(3)ROMERO Quiroz, Javier. Atlas Ecológico de la Cuenca Hidrográfica del Río Lerma. Historia. Gobierno del Estado de México. Toluca, Estado
de México (México), 1993. p. 79.
(4)MACUNE Jr., Charles W. El Estado de México y la Federación Mexicana 1824-1835. Fondo de Cultura Económica. Distrito Federal
(México), 1978. p. 9.
(5)Ibid. pp. 12 y 13.
(6)BARANDA, Marta y Lia García V. Estado de México, una historia compartida. Gobierno del Estado de México. Instituto de
Investigaciones Dr. José María Luis Mora. Distrito Federal
(México), 1987. p. 69.
(7)Ibid. p. 89.
(8)Ibid. p. 90.
(9)Ibid. p. 152.
(10)Ibid. p. 116.
(11)Ibid. p. 147.
(12)Gobierno del Estado. Expediente sobre la división del Estado de México y formación de uno nuevo con el nombre de Hidalgo, del que fue Segundo Distrito Militar del expresado Estado. Imprenta del Gobierno.
Toluca, Estado de México (México), 1968. p. 3.
(13)Ibid. pp. 13 y 14.
(14)GARCIA Cubas, Antonio. Dicccionario Geográfico Histórico y Biográfico de los Estados Unidos Méxicanos. Distrito Federal (México), 1870.
Tomo I. p. 62.
(15)ESTADO que manifiesta los pueblos donde hay ayuntamientos en virtud de la ley de 9 de febrero de 1825, con espresion de las prefecturas y cabeceras de partido á que están sujetos.
PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS ACAPULCO CHILAPA Chilapa Quechultenango Zitlala Ahuacuaucingo Atenango del Rio ACAPULCO Acapulco San Marcos TIXTLA Tixtla Chilpancingo Zumpango del Rio ... TECPAN Zacatula Tecpan HUEJUTLA ZACUALTIPAN Zacualtipan Mextitlán ... Mexquititlán ... Tianguistengo Molango
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Lolotla Tlanchinol San Felipe PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTO HUEJUTLA ZACUALTIPAN Tepehuacan Chapulhuacan San Lorenzo ... HUEJUTLA HUEJUTLA Huejutla ... Jaltocan ... YAHUALICA Yahualica Huautla ... Huazalingo Calnali Xochicoatlan CUERNAVACA CUERNAVACA Cuernavaca Xiutepec Tlalquiltenago Ixtla Yautepec Xochitepec Tepoztlan Tlaltizapan Miacatlan Tetecala CUERNAVACA CUAUTLA Zacualpan Ocuituco JONACATEPEC Jonacatepec
Huaztepec Ayacapiztla Jantetelco Tepalcingo PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS MEXICO CHALCO Chalco Tlalmanalco Ameca Totolapa Tlayacapa Ozumba Juchi Tenango Ayozingo Tlahuac Ixtapaluca SAN AGUSTIN San Agustin de las Cuevas DE LAS CUEVAS Xochimilco Toyahualco Milpa Alta Coyoacan San Angel CUAUTITLAN Cuautitlan Tepotzotlan Toloyuca Huehuetoca ZUMPANGO Zumpango Tequisquiac Nextlalpan Hueipoxtla
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MEXICO TEXCOCO Texcoco Atengo Chautla Acolman Papalotla Calpulalpan San Vicente Chicoloapan PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS MEXICO TLALNEPANTLA Tlalnepantla Tultitlan Azcapuzaltongo Jilontzingo Huisquilucan Naucalpan TEOTIHUACAN Teotihuacan Temascalapan Otumba Ajapusco Ecatepec Tecamac TASCO AJUCHITLAN Ajuchitlan Cutzamala Tetela del Rio TASCO Huitzuco Iguala Tasco Tepecoacuilco TEMASCALTEPEC Mineral de Temascaltepec S. Francisco del Valle de Temascaltepec San Martin Ozoloapan
TASCO TEJUPILCO ... Tejupilco SULTEPEC Amatepec Sultepec ZACUALPAN Coatepec de las Arinas Ixtapan Ixcateopan PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS TASCO ZACUALPAN Teloloapan Zacualpan TOLUCA IXTLAHUACA Atlacomulco Ixtlahuaca Xocotitlan Xiquipilco San Felipe del Obraje Temascalcingo Temoaya TOLUCA Almoloya Asuncion Malacatepec Lerma Metepec San Gerónimo Amanalco San José Malacatepec San Bartolomé Otzolotepec Zinacantepec Toluca TENANGO Calimaya DEL VALLE Santiago Tianguistengo San Martin Ocoyoacac Tenango del Valle
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TENANCINGO Xoquizingo Malinalco TOLUCA TENANCINGO Tenancingo Tecualoya TULA ACTOPAN Actopan Yolotepec San Salvador Arenal Mixquihuala Ixquincuitlapilco PREFECTURAS CABECERAS DE PUEBLOS DONDE HAY PARTIDO AYUNTAMIENTOS TULAHUICHAPAN Huichapan Tecozautla Alfajayucan Nopala Tasquillo TULA Tula Tepeji del Rio Atitalaquia San Pedro Tlaxcoapan Tetepango XILOTEPEC Xilotepec Aculco Chapa de Mota Villa del Carbon ZIMAPAN Zimapan Xacala
TULANCINGO TULANCINGO Tulancingo Ajochitlan Huascasaloya Tutotepec Tenango Atotonilco el Grande TULANCINGO PACHUCA Pachuca Mineral del Monte Tizayuca Zempoala APAN Apan Tepeapulco (16)Cuautitlán, Coyotepec, Huehuetoca, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tultepec,
Tultitlán, Melchor Ocampo, Chalco, Amecameca, Atlautla, Ayapango, Cocotitlán, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco, El Oro, Acambay, Atlacomulco, Temascalcingo, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Morelos, San Felipe del Progreso, Jilotepec, Aculco, Chapa de Mota, Polotitlán, Soyaniquilpan, Timilpan, Villa del Carbón, Lerma de Villada, Ocoyoacac, Otzolotepec, San Mateo Atenco, Xonacatlán, Otumba, Axapusco, Nopaltepec, Tecámac, Temascalapa, San Martín de las Pirámides, Sultepec, Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Texcaltitlán, Tlatlaya, Zacualpan, Temascaltepec, Tejupilco, San Simón de Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Malinalco, Ocuilan, Tonatico, Villa Guerrero, Zumpahuacán, Tenango del Valle, Almoloya del Río, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Jalatlaco, Joquicingo, Mexicalcingo, Rayón, San Antonio la Isla, Texcalyacac, Tianguistenco, Texcoco, Acolman, Atenco, Chiautla, Chiconcuac, Chicoloapan, Chimalhuacán, La Paz, Papalotla, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tezoyuca, Tlalnepantla, Coacalco, Huixquilucan, Iturbide, Nicolás Romero, Ecatepec Morelos, Naucalpan, Jilotzingo, Zaragoza, Toluca, Almoloya de Juárez, Metepec, Zinacantepec, Temoaya, Villa Victoria, Valle de Bravo, Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Otzoloapan, Villa de Allende, Santo Tomás, Zacazonapan, Zumpango, Hueypoxtla, Nextlapan, Tequisquiac y Jaltenco.
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(17)Cuautitlán, Coyotepec, Huehuetoca, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tultepec,
Tultitlán, Melchor Ocampo, Chalco, Amecameca, Atlautla, Ayapango, Cocotitlán, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco, El Oro, Acambay, Atlacomulco, Temascalcingo, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Morelos, San Felipe del Progreso, Jilotepec, Aculco, Chapa de Mota, Polotitlán, Soyaniquilpan, Timilpan, Villa del Carbón, Lerma de Villada, Ocoyoacac, Villa Cuauhtémoc, San Mateo Atenco, Xonacatlán, Otumba, Axapusco, Nopaltepec, Tecámac, Temascalapa, San Martín de las Pirámides, Sultepec, Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Texcaltitlán, Tlatlaya, Zacualpan, Temascaltepec, Tejupilco, San Simón de Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Malinalco, Ocuilan, Tonatico, Villa Guerrero, Zumpahuacán, Tenango del Valle, Almoloya del Río, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Jalatlaco, Joquicingo, Mexicalcingo, Rayón, San Antonio la Isla, Texcalyacac, Tianguistenco, Texcoco, Acolman, Atenco, Chiautla, Chiconcuac, Chicoloapan, Chimalhuacán, La Paz, Papalotla, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tezoyuca, Tlalnepantla, Coacalco, Huixquilucan, Iturbide, Nicolás Romero, Ecatepec Morelos, Naucalpan, Jilotzingo, Zaragoza, Toluca, Almoloya de Juárez, Metepec, Zinacantepec, Temoaya, Villa Victoria, Valle de Bravo, Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Otzoloapan, Villa de Allende, Santo Tomás, Zacazonapan, Zumpango, Hueypoxtla, Nextlalpan, Tequixquiac, Jaltenco y Apasco.
(18) DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS I.- DISTRITO DE CUAUTITLAN CUAUTITLAN DE ROMERO RUBIO 1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio. 2.- Coyotepec. Coyotepec. 3.- Huehuetoca. Huehuetoca. 4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo. 5.- Teoloyucan. Teoloyucan. 6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán.
7.- Tultepec. Tultepec. 8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo. II.- DISTRITO DE CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS 9.- Chalco. Chalco de Díaz Covarrubias. 10.- Amecameca. Amecameca de Juárez. 11.- Atlautla. Atlautla de Victoria. 12.- Ayapango de Gabriel Ayapango. Ramos Millán. 13.- Cocotitlán. Cocotitlán. 14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo. 15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca. 16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio. 17.- Ozumba. Ozumba de Alzate. 18.- Temamatla. Temamatla. 19.- Tenango del Aire. Tenango de Tepopula. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa. 21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez. III.- DISTRITO DE EL ORO EL ORO DE HIDALGO 22.- El Oro. El Oro de Hidalgo. 23.- Acambay. Acambay. 24.- Atlacomulco. Atlacomulco. 25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José Ma.Velasco. IV.- DISTRITO DE IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON 26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón. 27.- Jiquipilco. Jiquipilco. 28.- Jocotitlán. Jocotitlán. 29.- Morelos. San Bartolo Morelos. 30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso. V.- DISTRITO DE JILOTEPEC JILOTEPEC ABASOLO 31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo. 32.- Aculco. Aculco. 33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota.
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34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración. 35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan. 36.- Timilpan. Timilpan. 37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón. VI.- DISTRITO DE LERMA LERMA DE VILLADA 38.- Lerma. Lerma de Villada. 39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac. 40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc. 41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco. 42.- Xonacatlán. Xonacatlán. VII.- DISTRITO DE OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS 43.- Otumba. Otumba de Gómez Farias. 44.- Nopaltepec. Nopaltepec. 45.- San Martín de las Pirámides San Martín de las Pirámides. 46.- Axapusco. Axapusco. 47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva. 48.- Temascalapa. Temascalapa. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS VIII.- DISTRITO DE SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO A. DE ALQUISIRAS 49.- Sultepec. Sultepec de Pedro A. de Alquisiras. 50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras. 51.- Amatepec. Amatepec. 52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán. 53.- Tlatlaya. Tlatlaya. 54.- Zacualpan. Zacualpan. IX.- DISTRITO DE TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ 55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González. 56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero. 57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo. X.- DISTRITO DE TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO 58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado.
59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas. 60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal. 61.- Malinalco. Malinalco. 62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga. 63.- Tonatico. Tonatico. 64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero. 65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán. XI.- DISTRITO DE TENANGO DEL TENANGO DE ARISTA VALLE 66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista. 67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río. 68.- Atizapán. Atizapán. 69.- Calimaya. Calimaya de Díaz González. 70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes. 71.- Chapultepec. Chapultepec. 72.- Jalatlaco. Jalatlaco. 73.- Joquicingo. Joquicingo de León Guzmán. 74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo. 75.- Rayón. Rayón. 76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla. 77.- Texcalyacac. Texcalyacac. 78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS XII.- DISTRITO DE TEXCOCO TEXCOCO DE MORA 79.- Texcoco. Texcoco de Mora. 80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl. 81.- Atenco. San Salvador Atenco. 82.- Chiautla. Chiautla. 83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez. 84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez. 85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán. 86.- La Paz. Los Reyes. 87.- Papalotla. Papalotla. 88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista. 89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo. 90. Tezoyuca. Tezoyuca.
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XIII.- DISTRITO DE TLALNEPANTLA TLALNEPANTLA DE COMONFORT 91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort. 92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal. 93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos. 94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado. 95.- Iturbide. Santiago Tlazala. 96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo. 97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez. 98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero. 99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza. XIV.- DISTRITO DE TOLUCA. TOLUCA DE LERDO. 100.- Toluca. Toluca de Lerdo. 101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez. 102.- Metepec. Metepec. 103.- Temoaya. Temoaya. 104.- Villa Victoria. Villa Victoria. 105. Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec. XV.- DISTRITO DE VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO. 106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo. 107.- Amanalco. Amanalco de Becerra. 108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra. 109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 110.- Otzoloapan. Otzoloapan. 111.- Santo Tomás. Santo Tomás de los Plátanos. 112.- Villa de Allende. San José Allende. 113.- Zacazonapan. Zacazonapan. XVI.- DISTRITO DE ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO 114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo. 115.- Apasco. Apasco de Ocampo. 116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla. 117.- Jaltenco. Jaltenco. 118.- Nextlalpan. Nextlalpan.
119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
(19) DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS I.- Distrito de Cuautitlán Cuautitlán de Romero Rubio 1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio. 2.- Coyotepec. Coyotepec. 3.- Huehuetoca. Huehuetoca. 4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo. 5.- Teoloyucan. Teoloyucan. 6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán. 7.- Tultepec. Tultepec. 8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo. II.- Distrito de Chalco Chalco de Díaz Cobarruvias 9.- Chalco. Chalco de Díaz Cobarruvias. 10.- Amecameca. Amecameca de Juárez. 11.- Atlautla. Atlautla de Victoria. 12.- Ayapango de Gabriel Ramos Millán Ayapango. 13.- Cocotitlán. Cocotitlán. 14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo. 15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca. 16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio. 17.- Ozumba. Ozumba de Alzate. 18.- Temamatla. Temamatla. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 19.- Tenango del Aire Tenango de Tepopula. 20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa. 21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez. III.- Distrito de El Oro El Oro de Hidalgo 22.- El Oro. El Oro de Hidalgo. 23.- Acambay. Acambay. 24.- Atlacomulco. Atlacomulco de Fabela. 25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José María
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Velasco. IV.- Distrito de Ixtlahuaca Ixtlahuaca de Rayón 26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón. 27.- Jiquipilco. Jiquipilco. 28.- Jocotitlán. Jocotitlán. 29.- Morelos. San Bartolo Morelos. 30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso. V.- Distrito de Jilotepec. Jilotepec de Abasolo 31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo. 32.- Aculco. Aculco de Espinosa. 33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota. 34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración. 35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan. 36.- Timilpan. Timilpan. 37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón. VI.- Distrito de Lerma Lerma de Villada 38.- Lerma. Lerma de Villada. 39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac. 40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc. 41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco. 42.- Xonacatlán. Xonacatlán. VII.- Distrito de Otumba Otumba de Gómez Farías 43.- Otumba. Otumba de Gómez Farías. 44.- Axapusco. Axapusco. 45.- Nopaltepec. Nopaltepec. 46.- San Martín de las Pirámides. San Martín de las Pirámides. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva. 48.- Temascalapa. Temascalapa. VIII.- Distrito de Sultepec Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras 49.- Sultepec. Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras. 50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras.
51.- Amatepec. Amatepec. 52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán. 53.- Tlatlaya. Tlatlaya. 54.- Zacualpan. Zacualpan. IX.- Distrito de Temascaltepec Temascaltepec de González 55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González. 56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero. 57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo. X.- Distrito de Tenancingo Tenancingo de Degollado 58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado. 59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas. 60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal. 61.- Malinalco. Malinalco. 62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga. 63.- Tonatico. Tonatico. 64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero. 65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán. XI.- Distrito de Tenango del Valle Tenango de Arista 66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista. 67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río. 68.- Atizapán. Atizapán. 69.- Calimaya. Calimaya de Díaz Gozález. 70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes. 71.- Chapultepec. Chapultepec. 72.- Jalatlaco. Jalatlaco. 73.- Joquicingo. Joquicingo. 74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo. 75.- Rayón. Rayón. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS 76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla. 77.- Texcalyacac. Texcalyacac. 78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana. XII.- Distrito de Texcoco Texcoco de Mora 79.- Texcoco. Texcoco de Mora.
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80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl. 81.- Atenco. San Salvador Atenco. 82.- Chiautla. Chiautla. 83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez. 84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez. 85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán. 86.- La Paz. Los Reyes. 87.- Papalotla. Papalotla. 88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista. 89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo. 90.- Tezoyuca. Tezoyuca. XIII.- Distrito de Tlalnepantla Tlalnepantla de Comonfort 91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort. 92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal. 93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos. 94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado. 95.- Iturbide. Santiago Tlazala. 96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo. 97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez. 98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero. 99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza. XIV.- Distrito de Toluca Toluca de Lerdo 100.- Toluca. Toluca de Lerdo. 101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez. 102.- Metepec. Metepec. 103.- Temoaya. Temoaya. 104.- Villa Victoria. Villa Victoria. 105.- Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec. DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS XV.- Distrito de Valle de Bravo Valle de Bravo 106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo. 107.- Amanalco. Amanalco de Becerra. 108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra. 109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro.
110.- Otzoloapan. Otzoloapan. 111.- Santo Tomás. Nuevo Santo Tomás de los Plátanos 112.- Villa de Allende. San José Allende. 113.- Zacazonapan. Zacazonapan. XVI.- Distrito de Zumpango Zumpango de Ocampo 114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo. 115.- Apasco. Apasco de Ocampo. 116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla. 117.- Jaltenco. Jaltenco. 118.- Nextlalpan. Nextlalpan. 119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
(20) Acambay Acolman Aculco Almoloya de Alquisiras Almoloya de Juárez Almoloya del Río Amanalco Amatepec Amecameca Apaxco Atenco Atizapán Atizapán de Zaragoza Atlacomulco Atlautla Axapusco Ayapango Calimaya Capulhuac Coacalco Coatepec Harinas Cocotitlán Coyotepec
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Cuautitlán Cuautitlán Izcalli Chalco Chapa de Mota Chapultepec Chiautla Chicoloapan Chiconcuac Chimalhuacán Donato Guerra Ecatepec Ecatzingo El Oro Huehuetoca Hueypoxtla Huixquilucan Isidro Fabela Ixtapaluca Ixtapan de la Sal Ixtapan del Oro Ixtlahuaca Jalatlaco Jaltenco Jilotepec Jilotzingo Jiquipilco Jocotitlán Joquicingo Juchitepec La Paz Lerma Malinalco Melchor Ocampo Metepec Mexicalcingo Morelos Naucalpan Nextlalpan Netzahualcóyotl Nicolás Romero
Nopaltepec Ocoyoacac Ocuilan Otzoloapan Otzolotepec Otumba Ozumba Papalotla Polotitlán Rayón San Antonio la Isla San Felipe del Progreso San Martín de las Pirámides San Mateo Atenco San Simón de Guerrero Santo Tomás Soyaniquilpan de Juárez Sultepec Tecámac Tejupilco Temamatla Temascalapa Temascalcingo Temascaltepec Temoaya Tenancingo Tenango del Aire Tenango del Valle Teoloyucan Teotihuacán Tepetlaoxtoc Tepetlixpa Tepotzotlán Tequixquiac Texcaltitlán Texcalyacac Texcoco Tezoyuca Tianguistenco Timilpan
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Tlalmanalco Tlalnepantla Tlatlaya Toluca Tonatico Tultepec Tultitlán Valle de Bravo Villa de Allende Villa del Carbón Villa Guerrero Villa Victoria Xonacatlán Zacazonapan Zacualpan Zinacantepec Zumpahuacán Zumpango
(21)
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL ACAMBAY ACAMBAY ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL ACULCO ACULCO DE ESPINOZA ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO AMANALCO AMANALCO DE BECERRA AMATEPEC AMATEPEC AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ APAXCO APAXCO DE OCAMPO ATENCO SAN SALVADOR ATENCO ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA AXAPUSCO AXAPUSCO AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M. CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES COACALCO DE SAN FRANCISCO COACALCO BERRIOZABAL COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS COCOTITLAN COCOTITLAN COYOTEPEC COYOTEPEC CUAUTITLAN CUAUTITLAN CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC CHIAUTLA CHIAUTLA CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO EL ORO EL ORO DE HIDALGO HUEHUETOCA HUEHUETOCA HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA IXTAPALUCA IXTAPALUCA IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON JALTENCO JALTENCO JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO JIQUIPILCO JIQUIPILCO JOCOTITLAN JOCOTITLAN MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
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JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALACIO LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN LERMA LERMA DE VILLADA MALINALCO MALINALCO MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO METEPEC METEPEC MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO MORELOS SAN BARTOLO MORELOS NAUCALPAN DE JUAREZ NAUCALPAN DE JUAREZ NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO NOPALTEPEC NOPALTEPEC OCOYOACAC OCOYOACAC OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN OTZOLOTEPEC VILLA CUAUHTEMOC OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS OZUMBA OZUMBA DE ALZATE PAPALOTLA PAPALOTLA POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION RAYON SANTA MARIA RAYON SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTONIO LA ISLA SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN MARTIN DE LAS SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES PIRAMIDES SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS TECAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO TEMAMATLA TEMAMATLA
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL TEMASCALAPA TEMASCALAPA TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ TEMOAYA TEMOAYA TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO TEPETLIXPA TEPETLIXPA TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC TEXCOCO TEXCOCO DE MORA TEZOYUCA TEZOYUCA TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA TLATLAYA TLATLAYA TOLUCA TOLUCA DE LERDO TONATICO TONATICO TULTEPEC TULTEPEC TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE VILLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA XALATLACO XALATLACO XONACATLAN XONACATLAN ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN ZACUALPAN ZACUALPAN ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC
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ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
(22) MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL ACAMBAY ACAMBAY ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL ACULCO ACULCO DE ESPINOZA ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO AMANALCO AMANALCO DE BECERRA AMATEPEC AMATEPEC AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ APAXCO APAXCO DE OCAMPO ATENCO SAN SALVADOR ATENCO ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA AXAPUSCO AXAPUSCO AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M. CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES COACALCO DE BERRIOZABAL SAN FRANCISCO COACALCO COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS COCOTITLANCOCOTITLAN COYOTEPEC COYOTEPEC CUAUTITLAN CUAUTITLAN CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC CHIAUTLA CHIAUTLA CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN
DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO EL ORO EL ORO DE HIDALGO MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL HUEHUETOCA HUEHUETOCA HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA IXTAPALUCA IXTAPALUCA IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON JALTENCO JALTENCO JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO JIQUIPILCO JIQUIPILCO JOCOTITLAN JOCOTITLAN JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALCIO LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN LERMA LERMA DE VILLADA MALINALCO MALINALCO MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO METEPEC METEPEC MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO MORELOS SAN BARTOLO MORELOS NAULCALPAN DE JUAREZ NAULCALPAN DE JUAREZ NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO NOPALTEPEC NOPALTEPEC OCOYOACAC OCOYOACAC OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN OTZOLOTEPEC VILLA CUAHUTEMOC OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS
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OZUMBA OZUMBA DE ALZATE PAPALOTLA PAPALOTLA POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION RAYON SANTA MARIA RAYON SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTOIO LA ISLA SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL SAN MARTIN DE LAS - SAN MARTIN DE LAS - PIRAMIDES PIRAMIDES SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS TACAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO TEMAMATLA TEMAMATLA TEMASCALAPA TEMASCALAPA TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ TEMOAYA TEMOAYA TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO TEPETLIXPA TEPETLIXPA TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC TEXCOCO TEXCOCO DE MORA TEZOYUCA TEZOYUCA TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA. TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN
TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA TLATLAYA TLATLAYA TOLUCA TOLUCA DE LERDO TONATICO TONATICO TULTEPEC TULTEPEC TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO VALLE DE CHALCO - XICO SOLIDARIDAD VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE VILLLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA XALATLACO XALATLACO XONACATLAN XONACATLAN ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN ZACUALPAN ZACUALPAN ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
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(23)Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Gobierno
del Estado de México. Anuario Estadístico del Estado de México.
Edición 1995. Distrito Federal (México), 1995.
Los datos de latitud, longitud y altitud corresponden a la cabecera
municipal.
(24)Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Síntesis Geográfica, Nomenclator y Anexo Cartográfico del Estado de México.
Aguascalientes, Ags. (México), 1987.
(25)Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. Cartas Topográficas. Claves: E14B31 y E14B41. Escala 1: 50 000 con la
delimitación geoestadística del municipio Valle de Chalco
Solidaridad de acuerdo al decreto Nº 50 publicado el 9 de
noviembre de 1994.
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Nota 1 ESTADO que manifiesta los pueblos donde hay ayuntamientos en virtud de la ley de 9 de febrero de 1825, con espresion de las prefecturas y cabeceras de partido á que están sujetos.
PREFECTURAS CABECERAS DE PARTIDO PUEBLOS DONDE HAY AYUNTAMIENTOS
ACAPULCO CHILAPA Chilapa
Quechultenango
Zitlala
Ahuacuaucingo
Atenango del Rio
ACAPULCO Acapulco
San Marcos
TIXTLA Tixtla
Chilpancingo
Zumpango del Rio
...
TECPAN Zacatula
Tecpan
HUEJUTLA ZACUALTIPAN Zacualtipan
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Mextitlán
...
Mexquititlán
...
Tianguistengo
Molango
Lolotla
Tlanchinol
San Felipe
Tepehuacan
Chapulhuacan
San Lorenzo
...
HUEJUTLA Huejutla
...
Jaltocan
...
YAHUALICA Yahualica
Huautla
...
Huazalingo
Calnali
Xochicoatlan
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CUERNAVACA CUERNAVACA Cuernavaca
Xiutepec
Tlalquiltenago
Ixtla
Yautepec
Xochitepec
Tepoztlan
Tlaltizapan
Miacatlan
Tetecala
CUAUTLA Zacualpan
Ocuituco
JONACATEPEC Jonacatepec
Huaztepec
Ayacapiztla
Jantetelco
Tepalcingo
MEXICO CHALCO Chalco
Tlalmanalco
Ameca
Totolapa
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Tlayacapa
Ozumba
Juchi
Tenango
Ayozingo
Tlahuac
Ixtapaluca
SAN AGUSTIN San Agustin de las Cuevas
DE LAS CUEVAS Xochimilco
Toyahualco
Milpa Alta
Coyoacan
San Angel
CUAUTITLAN Cuautitlan
Tepotzotlan
Toloyuca
Huehuetoca
ZUMPANGO Zumpango
Tequisquiac
Nextlalpan
Hueipoxtla
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TEXCOCO Texcoco
Atengo
Chautla
Acolman
Papalotla
Calpulalpan
San Vicente Chicoloapan
TLALNEPANTLA Tlalnepantla
Tultitlan
Azcapuzaltongo
Jilontzingo
Huisquilucan
Naucalpan
TEOTIHUACAN Teotihuacan
Temascalapan
Otumba
Ajapusco
Ecatepec
Tecamac
TASCO AJUCHITLAN Ajuchitlan
Cutzamala
Tetela del Rio
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TASCO Huitzuco
Iguala
Tasco
Tepecoacuilco
TEMASCALTEPEC Mineral de Temascaltepec
S. Francisco del Valle de
Temascaltepec
San Martin Ozoloapan
TEJUPILCO ...
Tejupilco
SULTEPEC Amatepec
Sultepec
ZACUALPAN Coatepec de las Arinas
Ixtapan
Ixcateopan
Teloloapan
Zacualpan
TOLUCA IXTLAHUACA Atlacomulco
Ixtlahuaca
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Xocotitlan
Xiquipilco
San Felipe del Obraje
Temascalcingo
Temoaya
TOLUCA Almoloya
Asuncion Malacatepec
Lerma
Metepec
San Gerónimo Amanalco
San José Malacatepec
San Bartolomé Otzolotepec
Zinacantepec
Toluca
TENANGO Calimaya
DEL VALLE Santiago Tianguistengo
San Martin Ocoyoacac
Tenango del Valle
TENANCINGO Xoquizingo
Malinalco
Tenancingo
Tecualoya
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TULA ACTOPAN Actopan
Yolotepec
San Salvador
Arenal
Mixquihuala
Ixquincuitlapilco
HUICHAPAN Huichapan
Tecozautla
Alfajayucan
Nopala
Tasquillo
TULA Tula
Tepeji del Rio
Atitalaquia
San Pedro Tlaxcoapan
Tetepango
XILOTEPEC Xilotepec
Aculco
Chapa de Mota
Villa del Carbon
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ZIMAPAN Zimapan
Xacala
TULANCINGO TULANCINGO Tulancingo
Ajochitlan
Huascasaloya
Tutotepec
Tenango
Atotonilco el Grande
PACHUCA Pachuca
Mineral del Monte
Tizayuca
Zempoala
APAN Apan
Tepeapulco
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Nota 3 Cuautitlán, Coyotepec, Huehuetoca, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tultepec, Tultitlán, Melchor Ocampo, Chalco, Amecameca, Atlautla, Ayapango, Cocotitlán, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco, El Oro, Acambay, Atlacomulco, Temascalcingo, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Morelos, San Felipe del Progreso, Jilotepec, Aculco, Chapa de Mota, Polotitlán, Soyaniquilpan, Timilpan, Villa del Carbón, Lerma de Villada, Ocoyoacac, Villa Cuauhtémoc, San Mateo Atenco, Xonacatlán, Otumba, Axapusco, Nopaltepec, Tecámac, Temascalapa, San Martín de las Pirámides, Sultepec, Almoloya de Alquisiras, Amatepec, Texcaltitlán, Tlatlaya, Zacualpan, Temascaltepec, Tejupilco, San Simón de Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas, Ixtapan de la Sal, Malinalco, Ocuilan, Tonatico, Villa Guerrero, Zumpahuacán, Tenango del Valle, Almoloya del Río, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Chapultepec, Jalatlaco, Joquicingo, Mexicalcingo, Rayón, San Antonio la Isla, Texcalyacac, Tianguistenco, Texcoco, Acolman, Atenco, Chiautla, Chiconcuac, Chicoloapan, Chimalhuacán, La Paz, Papalotla, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tezoyuca, Tlalnepantla, Coacalco, Huixquilucan, Iturbide, Nicolás Romero, Ecatepec Morelos, Naucalpan, Jilotzingo, Zaragoza, Toluca, Almoloya de Juárez, Metepec, Zinacantepec, Temoaya, Villa Victoria, Valle de Bravo, Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Otzoloapan, Villa de Allende, Santo Tomás, Zacazonapan, Zumpango, Hueypoxtla, Nextlalpan, Tequixquiac, Jaltenco y Apasco.
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Nota 4
DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS
I.- DISTRITO DE CUAUTITLAN CUAUTITLAN DE ROMERO RUBIO
1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio.
2.- Coyotepec. Coyotepec.
3.- Huehuetoca. Huehuetoca.
4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo.
5.- Teoloyucan. Teoloyucan.
6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán.
7.- Tultepec. Tultepec.
8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo.
II.- DISTRITO DE CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS
9.- Chalco. Chalco de Díaz Covarrubias.
10.- Amecameca. Amecameca de Juárez.
11.- Atlautla. Atlautla de Victoria.
12.- Ayapango de Gabriel Ramos Millán. Ayapango.
13.- Cocotitlán. Cocotitlán.
14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo.
15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca.
16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio.
17.- Ozumba. Ozumba de Alzate.
18.- Temamatla. Temamatla.
19.- Tenango del Aire. Tenango de Tepopula.
20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa.
21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez.
III.- DISTRITO DE EL ORO EL ORO DE HIDALGO
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22.- El Oro. El Oro de Hidalgo.
23.- Acambay. Acambay.
24.- Atlacomulco. Atlacomulco.
25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José Ma.Velasco.
IV.- DISTRITO DE IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON
26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón.
27.- Jiquipilco. Jiquipilco.
28.- Jocotitlán. Jocotitlán.
29.- Morelos. San Bartolo Morelos.
30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso.
V.- DISTRITO DE JILOTEPEC JILOTEPEC ABASOLO
31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo.
32.- Aculco. Aculco.
33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota.
34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración.
35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan.
36.- Timilpan. Timilpan.
37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón.
VI.- DISTRITO DE LERMA LERMA DE VILLADA
38.- Lerma. Lerma de Villada.
39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac.
40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc.
41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco.
42.- Xonacatlán. Xonacatlán.
VII.- DISTRITO DE OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS
43.- Otumba. Otumba de Gómez Farias.
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44.- Nopaltepec. Nopaltepec.
45.- San Martín de las Pirámides San Martín de las Pirámides.
46.- Axapusco. Axapusco.
47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva.
48.- Temascalapa. Temascalapa.
VIII.- DISTRITO DE SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO A. DE ALQUISIRAS
49.- Sultepec. Sultepec de Pedro A. de Alquisiras.
50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras.
51.- Amatepec. Amatepec.
52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán.
53.- Tlatlaya. Tlatlaya.
54.- Zacualpan. Zacualpan.
IX.- DISTRITO DE TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ
55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González.
56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero.
57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo.
X.- DISTRITO DE TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO
58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado.
59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas.
60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal.
61.- Malinalco. Malinalco.
62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga.
63.- Tonatico. Tonatico.
64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero.
65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán.
XI.- DISTRITO DE TENANGO DEL TENANGO DE ARISTA VALLE
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66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista.
67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río.
68.- Atizapán. Atizapán.
69.- Calimaya. Calimaya de Díaz González.
70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes.
71.- Chapultepec. Chapultepec.
72.- Jalatlaco. Jalatlaco.
73.- Joquicingo. Joquicingo de León Guzmán.
74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo.
75.- Rayón. Rayón.
76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla.
77.- Texcalyacac. Texcalyacac.
78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana.
XII.- DISTRITO DE TEXCOCO TEXCOCO DE MORA
79.- Texcoco. Texcoco de Mora.
80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl.
81.- Atenco. San Salvador Atenco.
82.- Chiautla. Chiautla.
83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez.
84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez.
85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán.
86.- La Paz. Los Reyes.
87.- Papalotla. Papalotla.
88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista.
89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo.
90. Tezoyuca. Tezoyuca.
XIII.- DISTRITO DE TLALNEPANTLA TLALNEPANTLA DE COMONFORT
91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort.
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92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal.
93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos.
94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado.
95.- Iturbide. Santiago Tlazala.
96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo.
97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez.
98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero.
99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza.
XIV.- DISTRITO DE TOLUCA. TOLUCA DE LERDO.
100.- Toluca. Toluca de Lerdo.
101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez.
102.- Metepec. Metepec.
103.- Temoaya. Temoaya.
104.- Villa Victoria. Villa Victoria.
105. Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec.
XV.- DISTRITO DE VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO.
106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo.
107.- Amanalco. Amanalco de Becerra.
108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra.
109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro.
110.- Otzoloapan. Otzoloapan.
111.- Santo Tomás. Santo Tomás de los Plátanos.
112.- Villa de Allende. San José Allende.
113.- Zacazonapan. Zacazonapan.
XVI.- DISTRITO DE ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo.
115.- Apasco. Apasco de Ocampo.
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116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla.
117.- Jaltenco. Jaltenco.
118.- Nextlalpan. Nextlalpan.
119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
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Nota 5
DISTRITOS Y MUNICIPIOS CABECERAS
I.- Distrito de Cuautitlán Cuautitlán de Romero Rubio
1.- Cuautitlán. Cuautitlán de Romero Rubio.
2.- Coyotepec. Coyotepec.
3.- Huehuetoca. Huehuetoca.
4.- Melchor Ocampo. Melchor Ocampo.
5.- Teoloyucan. Teoloyucan.
6.- Tepotzotlán. Tepotzotlán.
7.- Tultepec. Tultepec.
8.- Tultitlán. Tultitlán de Mariano Escobedo.
II.- Distrito de Chalco Chalco de Díaz Cobarruvias
9.- Chalco. Chalco de Díaz Cobarruvias.
10.- Amecameca. Amecameca de Juárez.
11.- Atlautla. Atlautla de Victoria.
12.- Ayapango de Gabriel Ramos Millán Ayapango.
13.- Cocotitlán. Cocotitlán.
14.- Ecatzingo. Ecatzingo de Hidalgo.
15.- Ixtapaluca. Ixtapaluca.
16.- Juchitepec. Juchitepec de Mariano Riva Palacio.
17.- Ozumba. Ozumba de Alzate.
18.- Temamatla. Temamatla.
19.- Tenango del Aire Tenango de Tepopula.
20.- Tepetlixpa. Tepetlixpa.
21.- Tlalmanalco. Tlalmanalco de Velázquez.
III.- Distrito de El Oro El Oro de Hidalgo
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22.- El Oro. El Oro de Hidalgo.
23.- Acambay. Acambay.
24.- Atlacomulco. Atlacomulco de Fabela.
25.- Temascalcingo. Temascalcingo de José María Velasco.
IV.- Distrito de Ixtlahuaca Ixtlahuaca de Rayón
26.- Ixtlahuaca. Ixtlahuaca de Rayón.
27.- Jiquipilco. Jiquipilco.
28.- Jocotitlán. Jocotitlán.
29.- Morelos. San Bartolo Morelos.
30.- San Felipe del Progreso. San Felipe del Progreso.
V.- Distrito de Jilotepec. Jilotepec de Abasolo
31.- Jilotepec. Jilotepec de Abasolo.
32.- Aculco. Aculco de Espinosa.
33.- Chapa de Mota. Chapa de Mota.
34.- Polotitlán. Polotitlán de la Ilustración.
35.- Soyaniquilpan. Soyaniquilpan.
36.- Timilpan. Timilpan.
37.- Villa del Carbón. Villa del Carbón.
VI.- Distrito de Lerma Lerma de Villada
38.- Lerma. Lerma de Villada.
39.- Ocoyoacac. Ocoyoacac.
40.- Otzolotepec. Villa Cuauhtémoc.
41.- San Mateo Atenco. San Mateo Atenco.
42.- Xonacatlán. Xonacatlán.
VII.- Distrito de Otumba Otumba de Gómez Farías
43.- Otumba. Otumba de Gómez Farías.
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44.- Axapusco. Axapusco.
45.- Nopaltepec. Nopaltepec.
46.- San Martín de las Pirámides. San Martín de las Pirámides.
47.- Tecámac. Tecámac de Felipe Villanueva.
48.- Temascalapa. Temascalapa.
VIII.- Distrito de Sultepec Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras
49.- Sultepec. Sultepec de Pedro Ascencio de Alquisiras.
50.- Almoloya de Alquisiras. Almoloya de Alquisiras.
51.- Amatepec. Amatepec.
52.- Texcaltitlán. Texcaltitlán.
53.- Tlatlaya. Tlatlaya.
54.- Zacualpan. Zacualpan.
IX.- Distrito de Temascaltepec Temascaltepec de González
55.- Temascaltepec. Temascaltepec de González.
56.- San Simón de Guerrero. San Simón de Guerrero.
57.- Tejupilco. Tejupilco de Hidalgo.
X.- Distrito de Tenancingo Tenancingo de Degollado
58.- Tenancingo. Tenancingo de Degollado.
59.- Coatepec Harinas. Coatepec Harinas.
60.- Ixtapan de la Sal. Ixtapan de la Sal.
61.- Malinalco. Malinalco.
62.- Ocuilan. Ocuilan de Arteaga.
63.- Tonatico. Tonatico.
64.- Villa Guerrero. Villa Guerrero.
65.- Zumpahuacán. Zumpahuacán.
XI.- Distrito de Tenango del Valle Tenango de Arista
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66.- Tenango del Valle. Tenango de Arista.
67.- Almoloya del Río. Almoloya del Río.
68.- Atizapán. Atizapán.
69.- Calimaya. Calimaya de Díaz Gozález.
70.- Capulhuac. Capulhuac de Mirafuentes.
71.- Chapultepec. Chapultepec.
72.- Jalatlaco. Jalatlaco.
73.- Joquicingo. Joquicingo.
74.- Mexicalcingo. Mexicalcingo.
75.- Rayón. Rayón.
76.- San Antonio la Isla. San Antonio la Isla.
77.- Texcalyacac. Texcalyacac.
78.- Tianguistenco. Tianguistenco de Galeana.
XII.- Distrito de Texcoco Texcoco de Mora
79.- Texcoco. Texcoco de Mora.
80.- Acolman. Acolman de Netzahualcóyotl.
81.- Atenco. San Salvador Atenco.
82.- Chiautla. Chiautla.
83.- Chicoloapan. Chicoloapan de Juárez.
84.- Chiconcuac. Chiconcuac de Suárez.
85.- Chimalhuacán. Chimalhuacán.
86.- La Paz. Los Reyes.
87.- Papalotla. Papalotla.
88.- Teotihuacán. Teotihuacán de Arista.
89.- Tepetlaoxtoc. Tepetlaoxtoc de Hidalgo.
90.- Tezoyuca. Tezoyuca.
XIII.- Distrito de Tlalnepantla Tlalnepantla de Comonfort
91.- Tlalnepantla. Tlalnepantla de Comonfort.
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92.- Coacalco. Coacalco de Berriozábal.
93.- Ecatepec. Ecatepec de Morelos.
94.- Huixquilucan. Huixquilucan de Degollado.
95.- Iturbide. Santiago Tlazala.
96.- Jilotzingo. Santa Ana Jilotzingo.
97.- Naucalpan. Naucalpan de Juárez.
98.- Nicolás Romero. Nicolás Romero.
99.- Zaragoza. Atizapán de Zaragoza.
XIV.- Distrito de Toluca Toluca de Lerdo
100.- Toluca. Toluca de Lerdo.
101.- Almoloya de Juárez. Almoloya de Juárez.
102.- Metepec. Metepec.
103.- Temoaya. Temoaya.
104.- Villa Victoria. Villa Victoria.
105.- Zinacantepec. San Miguel Zinacantepec.
XV.- Distrito de Valle de Bravo Valle de Bravo
106.- Valle de Bravo. Valle de Bravo.
107.- Amanalco. Amanalco de Becerra.
108.- Donato Guerra. Asunción Donato Guerra.
109.- Ixtapan del Oro. Ixtapan del Oro.
110.- Otzoloapan. Otzoloapan.
111.- Santo Tomás. Nuevo Santo Tomás de los Plátanos
112.- Villa de Allende. San José Allende.
113.- Zacazonapan. Zacazonapan.
XVI.- Distrito de Zumpango Zumpango de Ocampo
114.- Zumpango. Zumpango de Ocampo.
115.- Apasco. Apasco de Ocampo.
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116.- Hueypoxtla. Hueypoxtla.
117.- Jaltenco. Jaltenco.
118.- Nextlalpan. Nextlalpan.
119.- Tequisquiac. Tequisquiac.
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Nota 6
Acambay Acolman Aculco Almoloya de Alquisiras Almoloya de Juárez Almoloya del Río Amanalco Amatepec Amecameca Apaxco Atenco Atizapán Atizapán de Zaragoza Atlacomulco Atlautla Axapusco Ayapango Calimaya Capulhuac Coacalco Coatepec Harinas Cocotitlán Coyotepec Cuautitlán Cuautitlán Izcalli Chalco Chapa de Mota Chapultepec Chiautla Chicoloapan Chiconcuac Chimalhuacán Donato Guerra Ecatepec Ecatzingo El Oro Huehuetoca Hueypoxtla Huixquilucan Isidro Fabela Ixtapaluca Ixtapan de la Sal Ixtapan del Oro Ixtlahuaca Jalatlaco Jaltenco Jilotepec Jilotzingo Jiquipilco Jocotitlán Joquicingo Juchitepec La Paz Lerma Malinalco Melchor Ocampo Metepec
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Mexicalcingo Morelos Naucalpan Nextlalpan Netzahualcóyotl Nicolás Romero Nopaltepec Ocoyoacac Ocuilan Otzoloapan Otzolotepec Otumba Ozumba Papalotla Polotitlán Rayón San Antonio la Isla San Felipe del Progreso San Martín de las Pirámides San Mateo Atenco San Simón de Guerrero Santo Tomás Soyaniquilpan de Juárez Sultepec Tecámac Tejupilco Temamatla Temascalapa Temascalcingo Temascaltepec Temoaya Tenancingo Tenango del Aire Tenango del Valle Teoloyucan Teotihuacán Tepetlaoxtoc Tepetlixpa Tepotzotlán Tequixquiac Texcaltitlán Texcalyacac Texcoco Tezoyuca Tianguistenco Timilpan Tlalmanalco Tlalnepantla Tlatlaya Toluca Tonatico Tultepec Tultitlán Valle de Bravo Villa de Allende Villa del Carbón Villa Guerrero Villa Victoria Xonacatlán Zacazonapan
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Zacualpan Zinacantepec Zumpahuacán Zumpango
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Nota 7
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
ACAMBAY ACAMBAY
ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL
ACULCO ACULCO DE ESPINOZA
ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS
ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ
ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO
AMANALCO AMANALCO DE BECERRA
AMATEPEC AMATEPEC
AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ
APAXCO APAXCO DE OCAMPO
ATENCO SAN SALVADOR ATENCO
ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN
ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS
ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA
ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA
AXAPUSCO AXAPUSCO
AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M.
CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ
CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES
COACALCO DE BERRIOZABAL SAN FRANCISCO COACALCO
COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS
COCOTITLAN COCOTITLAN
COYOTEPEC COYOTEPEC
CUAUTITLAN CUAUTITLAN
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CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI
CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS
CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA
CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC
CHIAUTLA CHIAUTLA
CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ
CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ
CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN
DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA
ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS
ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO
EL ORO EL ORO DE HIDALGO
HUEHUETOCA HUEHUETOCA
HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA
HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO
ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA
IXTAPALUCA IXTAPALUCA
IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL
IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO
IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON
JALTENCO JALTENCO
JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ
JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO
JIQUIPILCO JIQUIPILCO
JOCOTITLAN JOCOTITLAN
JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN
JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALACIO
LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN
LERMA LERMA DE VILLADA
MALINALCO MALINALCO
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MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO
METEPEC METEPEC
MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO
MORELOS SAN BARTOLO MORELOS
NAUCALPAN DE JUAREZ NAUCALPAN DE JUAREZ
NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN
NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL
NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO
NOPALTEPEC NOPALTEPEC
OCOYOACAC OCOYOACAC
OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA
OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN
OTZOLOTEPEC VILLA CUAUHTEMOC
OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS
OZUMBA OZUMBA DE ALZATE
PAPALOTLA PAPALOTLA
POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION
RAYON SANTA MARIA RAYON
SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTONIO LA ISLA
SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO
SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES
SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO
SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO
SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS
SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN
SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS
TECAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA
TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO
TEMAMATLA TEMAMATLA
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dici
ón 1996
TEMASCALAPA TEMASCALAPA
TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO
TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ
TEMOAYA TEMOAYA
TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO
TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE
TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA
TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN
TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA
TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO
TEPETLIXPA TEPETLIXPA
TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN
TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC
TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN
TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC
TEXCOCO TEXCOCO DE MORA
TEZOYUCA TEZOYUCA
TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA
TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN
TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ
TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA
TLATLAYA TLATLAYA
TOLUCA TOLUCA DE LERDO
TONATICO TONATICO
TULTEPEC TULTEPEC
TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO
VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO
VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE
VILLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON
VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA
XALATLACO XALATLACO
XONACATLAN XONACATLAN
ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN
ZACUALPAN ZACUALPAN
ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC
ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN
ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
dici
ón 1996
Nota 8
MUNICIPIO CABECERA MUNICIPAL
ACAMBAY ACAMBAY
ACOLMAN ACOLMAN DE NEZAHUALCOYOTL
ACULCO ACULCO DE ESPINOZA
ALMOLOYA DE ALQUISIRAS ALMOLOYA DE ALQUISIRAS
ALMOLOYA DE JUAREZ VILLA DE ALMOLOYA DE JUAREZ
ALMOLOYA DEL RIO ALMOLOYA DEL RIO
AMANALCO AMANALCO DE BECERRA
AMATEPEC AMATEPEC
AMECAMECA AMECAMECA DE JUAREZ
APAXCO APAXCO DE OCAMPO
ATENCO SAN SALVADOR ATENCO
ATIZAPAN SANTA CRUZ ATIZAPAN
ATIZAPAN DE ZARAGOZA CIUDAD LOPEZ MATEOS
ATLACOMULCO ATLACOMULCO DE FABELA
ATLAUTLA ATLAUTLA DE VICTORIA
AXAPUSCO AXAPUSCO
AYAPANGO AYAPANGO DE GABRIEL RAMOS M.
CALIMAYA CALIMAYA DE DIAZ GONZALEZ
CAPULHUAC CAPULHUAC DE MIRAFUENTES
COACALCO DE BERRIOZABAL SAN FRANCISCO COACALCO
COATEPEC HARINAS COATEPEC HARINAS
COCOTITLAN COCOTITLAN
COYOTEPEC COYOTEPEC
CUAUTITLAN CUAUTITLAN
CUAUTITLAN IZCALLI CUAUTITLAN IZCALLI
CHALCO CHALCO DE DIAZ COVARRUBIAS
CHAPA DE MOTA CHAPA DE MOTA
CHAPULTEPEC CHAPULTEPEC
CHIAUTLA CHIAUTLA
CHICOLOAPAN CHICOLOAPAN DE JUAREZ
CHICONCUAC CHICONCUAC DE JUAREZ
CHIMALHUACAN CHIMALHUACAN
DONATO GUERRA VILLA DONATO GUERRA
ECATEPEC ECATEPEC DE MORELOS
ECATZINGO ECATZINGO DE HIDALGO
EL ORO EL ORO DE HIDALGO
HUEHUETOCA HUEHUETOCA
HUEYPOXTLA HUEYPOXTLA
HUIXQUILUCAN HUIXQUILUCAN DE DEGOLLADO
ISIDRO FABELA TLAZALA DE FABELA
IXTAPALUCA IXTAPALUCA
IXTAPAN DE LA SAL IXTAPAN DE LA SAL
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
IXTAPAN DEL ORO IXTAPAN DEL ORO
IXTLAHUACA IXTLAHUACA DE RAYON
JALTENCO JALTENCO
JILOTEPEC JILOTEPEC DE MOLINA ENRIQUEZ
JILOTZINGO SANTA ANA JILOTZINGO
JIQUIPILCO JIQUIPILCO
JOCOTITLAN JOCOTITLAN
JOQUICINGO JOQUICINGO DE LEON GUZMAN
JUCHITEPEC JUCHITEPEC DE MARIANO RIVAPALCIO
LA PAZ LOS REYES ACAQUILPAN
LERMA LERMA DE VILLADA
MALINALCO MALINALCO
MELCHOR OCAMPO MELCHOR OCAMPO
METEPEC METEPEC
MEXICALTZINGO SAN MATEO MEXICALTZINGO
MORELOS SAN BARTOLO MORELOS
NAULCALPAN DE JUAREZ NAULCALPAN DE JUAREZ
NEXTLALPAN SANTA ANA NEXTLALPAN
NEZAHUALCOYOTL CIUDAD NEZAHUALCOYOTL
NICOLAS ROMERO VILLA NICOLAS ROMERO
NOPALTEPEC NOPALTEPEC
OCOYOACAC OCOYOACAC
OCUILAN OCUILAN DE ARTEAGA
OTZOLOAPAN OTZOLOAPAN
OTZOLOTEPEC VILLA CUAHUTEMOC
OTUMBA OTUMBA DE GOMEZ FARIAS
OZUMBA OZUMBA DE ALZATE
PAPALOTLA PAPALOTLA
POLOTITLAN POLOTITLAN DE LA ILUSTRACION
RAYON SANTA MARIA RAYON
SAN ANTONIO LA ISLA SAN ANTOIO LA ISLA
SAN FELIPE DEL PROGRESO SAN FELIPE DEL PROGRESO
SAN MARTIN DE LAS - SAN MARTIN DE LAS -
PIRAMIDES PIRAMIDES
SAN MATEO ATENCO SAN MATEO ATENCO
SAN SIMON DE GUERRERO SAN SIMON DE GUERRERO
SANTO TOMAS SANTO TOMAS DE LOS PLATANOS
SOYANIQUILPAN DE JUAREZ SAN FRANCISCO SOYANIQUILPAN
SULTEPEC SULTEPEC DE PEDRO ASCENCIO DE ALQUISIRAS
TACAMAC TECAMAC DE FELIPE VILLANUEVA
TEJUPILCO TEJUPILCO DE HIDALGO
TEMAMATLA TEMAMATLA
TEMASCALAPA TEMASCALAPA
TEMASCALCINGO TEMASCALCINGO DE JOSE MARIA VELASCO
TEMASCALTEPEC TEMASCALTEPEC DE GONZALEZ
TEMOAYA TEMOAYA
TENANCINGO TENANCINGO DE DEGOLLADO
INEGI.E
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de 1810
a 1995 E
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ón 1996
TENANGO DEL AIRE TENANGO DEL AIRE
TENANGO DEL VALLE TENANGO DE ARISTA
TEOLOYUCAN TEOLOYUCAN
TEOTIHUACAN TEOTIHUACAN DE ARISTA
TEPETLAOXTOC TEPETLAOXTOC DE HIDALGO
TEPETLIXPA TEPETLIXPA
TEPOTZOTLAN TEPOTZOTLAN
TEQUIXQUIAC TEQUIXQUIAC
TEXCALTITLAN TEXCALTITLAN
TEXCALYACAC SAN MATEO TEXCALYACAC
TEXCOCO TEXCOCO DE MORA
TEZOYUCA TEZOYUCA
TIANGUISTENCO SANTIAGO TIANGUISTENCO DE GALEANA.
TIMILPAN SAN ANDRES TIMILPAN
TLALMANALCO TLALMANALCO DE VELAZQUEZ
TLALNEPANTLA DE BAZ TLALNEPANTLA
TLATLAYA TLATLAYA
TOLUCA TOLUCA DE LERDO
TONATICO TONATICO
TULTEPEC TULTEPEC
TULTITLAN TULTITLAN DE MARIANO ESCOBEDO
VALLE DE BRAVO VALLE DE BRAVO
VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD XICO
VILLA DE ALLENDE SAN JOSE VILLA DE ALLENDE
VILLLA DEL CARBON VILLA DEL CARBON
VILLA GUERRERO VILLA GUERRERO
VILLA VICTORIA VILLA VICTORIA
XALATLACO XALATLACO
XONACATLAN XONACATLAN
ZACAZONAPAN ZACAZONAPAN
ZACUALPAN ZACUALPAN
ZINACANTEPEC SAN MIGUEL ZINACANTEPEC
ZUMPAHUACAN ZUMPAHUACAN
ZUMPANGO ZUMPANGO DE OCAMPO
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de 1810
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FUENTE CONSULTADA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA, GEOGRAFÍA E INFORMÁTICA (INEGI). División Territorial del Estado de México de 1810 a1995. Talleres gráficos del INEGI. Primera edición. Aguascalientes, Ags. México. marzo de 1997.
INEGI.E
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