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EXPEDIENTES TÉCNICOS PARA OBRAS qurilasu Tema Nº 01

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EXPEDIENTES TÉCNICOS PARA

OBRASqurilasu

Tema Nº 01

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DEFINICIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

El Numeral 24 del anexo de Definiciones del D.S. No 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece:

EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA:El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, Valor Referencial, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios.

DEFINICIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

Así también la norma G. 040. Definiciones aprobadas por el D.S. 011-2006-Vivienda (RNE) indica:

EXPEDIENTE TÉCNICO: Conjunto de documentos que determinan en forma explícita las características, requisitos y especificaciones necesarias para la ejecución de la edificación. Está constituido por: planos por especialidades, especificaciones técnicas, metrados y presupuestos, análisis de precios unitarios, cronograma de ejecución y memoria descriptiva y si fuese el caso, fórmulas de reajuste de precios, estudios técnicos específicos (de suelos, de impacto vial, de impacto ambiental, geológicos, etc.), y la relación de ensayos y/o pruebas que se requieren.

DEFINICIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

Igualmente el "Glosario de términos de uso frecuente en proyectos de infraestructura vial" del MTC aprobado por la R.M. No 660-2008-MTC/02 define:

EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA: Conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto, valor referencial, análisis de precios, calendario de avance, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios.

DEFINICIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

La norma para Obras por Ejecución Presupuestaria Directa (Administración Directa) vigente, Resolución de Contraloría No 195-88-CG de! 18.07.88 establece en su artículo 1o - numeral 3 lo siguiente:

"Es requisito indispensable para la ejecución de estas obras, contar con el "EXPEDIENTE TÉCNICO", aprobado por el nivel competente, e! mismo que comprenderá básicamente lo siguiente: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos, metrados, presupuesto base con su análisis de costos y cronograma de adquisiciones de materiales y de ejecución de obra."

DEFINICIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

NORMATIVIDAD

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OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACIÓN DIRECTA

Es Obligatorio que todas las Obras Públicas, sin excepción, Sea POR CONTRATA O POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA, por su Monto, por su Sistema de Licitación, por su Modalidad, Plazo de ejecución, etc. Requieren contar con un Expediente Técnico Aprobado.

OBLIGATORIEDAD DEL EXPEDIENTE

Respecto a las obras por contrata tenemos los siguientes artículos del Dec. Leg. N9 1017 que establecen la obligación de contar con el Expediente Técnico de Obra.

Respecto a la obra por Ejecución Presupuestaria Directa (Administración Directa), está vigente la Resolución de Contraloría N9 195-88-CG del 18 del Julio 1988.

OBRAS POR CONTRATA Y ADMINISTRACIÓN DIRECTA

La Constitución de la República Resolución N° 195-88-CG (Obras por Administración Directa) Resolución N° 369-2007-CG, Lineamiento previo al pago de

adicionales. Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (28.06.2000); modificada por las Leyes N° 28522 (25.05.2005) y N° 28802 (21.07.2006),y sus Directivas y Resoluciones.

Decreto Supremo N° 102-2007-EF del 19.07.2007, Aprueban el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública

Normas Técnicas Peruanas: Concreto/ Suelos, Sismos, Carreteras, etc.

Normas de calidad INDECOPI (Ex-ITINTEC) Normas técnicas Internacionales: ACI, AASTHO, ASTM, etc. Reglamentos Peruanos: Nacional de Edificaciones, de Metrados, de

Licencias de Construcción, etc.

OTRAS NORMAS SOBRE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE OBRA PÚBLICA

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

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Es fundamental que los profesionales que participan en la elaboración de un Expediente Técnico estén en pleno conocimiento de la responsabilidad que asumen por dicha participación.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

a) Dec. Leg. NQ 1017Art. 41O (tercer párrafo) señala:

"En el supuesto de que resultara indispensable la realización de prestaciones adicionales de obra por deficiencias del Expediente Técnico o situaciones imprevisibles posteriores a la suscripción del contrato, mayores a las establecidas en el segundo párrafo del presente artículo y hasta un máximo de cincuenta por ciento (50%) del monto originalmente contratado, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponder al proyectista, el Titular de la Entidad podrá decidir autorizarlas."

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

b) Resolución de Contraloría NQ 369-2007-CG, que aprueba la Directiva N9 001-2007-CG/OEA del 01.11.07 en el numeral 23.1 responsabilidad funcional por omisiones, errores, deficiencias del Expediente Técnico de Obra, indica:

1. Los errores, omisiones o deficiencias en el expediente técnico de la obra, que originen mayores costos a las obras derivan en responsabilidad administrativa, civil y/o penal, según el caso, para aquellos que hayan formulado y/o aprobado el expediente técnico contractual en tales condiciones.

2. En el caso de identificarse supuestos que conlleven responsabilidad administrativa, civil y/o penal, la Entidad iniciará las acciones administrativas o judiciales correspondientes contra los causantes del perjuicio económico y/o delito generado como consecuencia del presupuesto adicional aprobado por la Entidad.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

c) La Norma G. 030: Derechos y Responsabilidades aprobada por el D.S N- 011-2006-Vivienda establece:

Artículo 1.- Los actores del Proceso de la Edificación que intervienen como personas naturales o jurídicas, instituciones y entidades públicas o privadas, son los siguientes: El Propietario, El Promotor Inmobiliario, los Profesionales Responsables del Proyecto, las Personas Responsables de la Construcción, las Municipalidades, las Personas Responsables de la Revisión de Proyectos, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Sus derechos y responsabilidades están determinados por lo dispuesto en la presente norma, la Ley del Procedimiento Administrativo General, e! Código Civil, el Código Penal, y las demás disposiciones que le sean aplicables; así como por lo pactado en el Contrato que acuerda su intervención.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

Articulo 11. Según su especialidad serán: El Arquitecto, para el Proyecto de Arquitectura; El Ingeniero Civil, para el Proyecto de Estructuras;El Ingeniero Sanitario, para el Proyecto de Instalaciones Sanitarias;El Ingeniero Electricista o electromecánico para el Proyecto de Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas, Y otros especialistas.

Artículo 12. Los profesionales responsables del Proyecto deben cumplir con:

a) Tener Título Profesional en la especialidad correspondiente.b) Acreditar, por el Colegio Profesional al que pertenecen, que se

encuentran habilitados para ejercer la Profesión.c) Las normas y reglamentos vigentes, en la ejecución de sus

servicios profesionales.d) Prestar personalmente sus servicios profesionales por los

trabajos contratados.e) Las obligaciones pactadas en el Contrato.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

TIPOS DE EXPEDIENTES TÉCNICOS

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Teniendo en consideración que las modalidades de ejecución de obras públicas por contrata y por administración directa son por normas y estructura de costos diferentes, se desprende que sus Expedientes Técnicos son también diferentes.

En términos generales, que serán reiterados más adelante, los Expedientes Técnicos se diferencian en los siguientes puntos:

TIPOS DE EXPEDIENTES TÉCNICOS

MANO DE OBRA En Obra por Contrata.- el costo de hora - hombre

considera el régimen laboral de construcción civil. En Obras por Administración Directa.- por lo

general el costo de hora-hombre considera el régimen laboral que corresponda a los Gobiernos Nacional, Regionales y Locales, considerando ubicación geográfica, debidamente sustentado y que considere los "costos de la zona" y "rendimientos de la zona".

Por Ejemplo.Costo H-H (contrata): s/. 13.12 (operario / CAPECO) .Cosío H-H (Administración Directa): S/. 2.60

ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS

En Obras por Contrata.- El precio de los materiales es sin IGV.

En Obras por Administración Directa.- El precio de los materiales es con IGV.

MATERIALES

En Obras por Contrata.- El costo de hora - máquina considera el costo de posesión y costo de operación.

Así también los costos de operación no incluyen el IGV (costo de combustible, costo de lubricantes, costo de neumáticos, etc.)

En Obras por Administración Directa.- El costo de hora máquina considera solo el costo de operación.Estos costos de operación incluyen el IGV, (costo de combustible, costo de lubricantes, costo de neumáticos, etc.).

EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN

GASTOS GENERALES FIJOSEn Obras por Contrata.- Por ejemplo se considera costos de compras de bases, gastos notariales, etc.En Obras por Administración Directa.- Por ejemplo no se consideran los costos de compra de bases, gastos notariales, etc.

GASTOS GENERALES VARIABLESEn Obra por Contrata.- Por ejemplo se considera costos financieros de las garantías (de seriedad de oferta, de fiel cumplimiento, por los adelantos).En Obras por Administración Directa.- No se consideran costos financieros dado que en estas obras no hay garantías.

GASTOS GENERALES

En Obras por Contrata.- Si se considera

En Obras por Administración Directa.- No se considera

UTILIDAD

En Obras por Contrata.- Sólo se considera un Presupuesto Técnico.

En Obras por Administración Directa.- Se considera en Presupuesto Técnico y un Presupuesto Analítico (por específica de gasto y componente presupuestal).

PRESUPUESTO

En Obras por Contrata.- Se aplica sobre el total de los costos directos más indirectos.

En Obras por Administración Directa.- No es aplicable

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)

En Obras por Contrata.- La norma establece un Cronograma de Ejecución de obra concordante con el plazo de obra establecido en el Expediente Técnico.

En Obras por Administración Directa.- Se deben considerar los siguientes cronogramas en el Expediente Técnico: Cronograma de Ejecución de Obra y Cronograma de Adquisición de Materiales, Se recomienda también un cronograma de utilización de Equipos y Maquinarias

Por lo antes señalado queda claro que un Expediente Técnico formulado por una Obra por Contrata o Administración Directa debe ser aplicado única y específicamente en esa obra.

CRONOGRAMAS

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE

EXPEDIENTESTÉCNICOS

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Los TDR para la elaboración de Expedientes Técnicos tienen como objetivo definir en el ámbito general los requerimientos, elementos, condiciones y resultados de los estudios (definitivos) y además componentes del Expediente, en sus fases técnicas y asegurar un producto integral que conlleve a la buena ejecución de la obra pública lo cual repercuta en el fortalecimiento económico y social de nuestro país.

Dichos TDR son una herramienta de consulta y orientación conceptual y metodológica para mejorar la gestión, manejo y desempeño de la ejecución de las obras públicas, sean por Contrata o Administración Directa.

TÉRMINOS DE REFERENCIA (TDR)

En términos generales, solo enunciativos, más no limitativos, los TDR contienen la siguiente estructura:

1) Antecedentes2) Objetivos3) Alcances4) Actividades principales5) Producto esperado6) Requisitos del Consultor7) Requisitos y/o calificación del personal del consultor

8) Requisitos y/o características de los equipos necesarios para el estudio

TÉRMINOS DE REFERENCIA

Así por ejemplo en los TDR se puede considerar lo siguiente:

Levantamientos topográficos Estudio de suelos Estudio de impacto ambiental

TÉRMINOS DE REFERENCIA

PERFIL DEL CONSULTOR 1) EXPERIENCIA PROFESIONALJefe de Proyecto, Arquitecto o Ingeniero Civil con 05 años de experiencia en estudios similaresExperiencia en fa profesión en general.Experiencia en la elaboración y/o Revisión de Proyectos y Expedientes Técnicos de Centros

Educativos. 2) ESTUDIOS SUPERIORESPROFESIÓN COLEGIATURA DOCUMENTOS EXPERIENCIA ESPECIALIDADTítulo Profesional de Arquitecto o Ingeniero Civil.Número de Colegiatura.Currículo documentado.Experiencia mínima de 5 años en e! ejercicio de la profesión.Experiencia en el diseño arquitectónico y/o estructural de Instituciones Educativas,Elaboración y revisión de Proyectos y Expedientes Técnicos de Centros Educativos.Manejo y conocimiento de Autocad, Word, Excel, Power Point.

3} EQUIPO DE TRABAJODebe presentar su equipo de trabajo compuesto por;01 Arquitecto.01 Ingeniero Estructural.01 Ingeniero Electricista.01 Ingeniero Sanitario.01 Ingeniero Civil (Metrados y Presupuestos).

EJEMPL01 DEL EQUIPO PROFESIONAL EN LOS TRD

ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

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Los Expedientes Técnicos para las obras públicas se pueden elaborar de las siguientes maneras:

LA PROPIA ENTIDADMuchas entidades públicas contienen dentro de su estructura un área de estudios, o de proyectos, a través de las cuales desarrollan o elaboran sus propios expedientes, ya sea para su ejecución por Contrata o por Administración Directa.

ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

CONSULTORES EXTERNOS El D.S, N° 184-2008-EF, en su anexo de Definiciones, numeral 11

define: “Consultor de Obras”: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales

altamente calificados consistentes en la elaboración del expediente técnico de obras, así como en la supervisión de obras.

Para estos efectos es imprescindible que dichos profesionales (o persona jurídica de ser el ;aso) este inscrito en el Registro Nacional de Proveedores en el Capítulo de Consultores de Obra.

No hay excepción alguna para esta exigencia, no importa si el costo del Expediente Técnico es pequeño, o el estudio sea para una obra pequeña, ni cualquier otra razón.

En este caso la entidad debe llevar a cabo el respectivo proceso de selección de consultoría de :oras, de acuerdo a las normas establecidas por el OSCE.

ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

PROCESO DE SELECCIÓN DE CONSULTORÍA DE OBRAS

1. Requerimientos técnicos mínimos (RTM): Estos RTM no tienen puntaje, siendo de cumplimiento obligatorio (si o si) por los postores, siendo causal de descalificación de no cumplirse o acreditarse los mismos

2. Evaluación técnicaEvaluación Técnica tiene un puntaje máximo de 100 puntos y en puntaje mínimo de 80 puntos.

Experiencia: De 20 a 25 puntos. Personal propuesto para la prestación del servicio: De

30 a 35 puntos. Mejoras a las condiciones previstas en las Bases: De 15

a 20 puntos. Objeto de la convocatoria: De 25 a 30 puntos

PROCESO DE SELECCIÓN DE CONSULTORIA

3. Evaluación Económica El único factor de evaluación de la propuesta

económica será el monto total de la oferta y en su caso, el monto total de cada ítem.

El puntaje máximo de la propuesta económica es 100 puntos.Obtenidos el puntaje técnico (PT) y el puntaje económico (PE) de cada postor, la norma establece la ponderación para obtener el puntaje total (PTT) a criterio del comité especial:

PTT = 0.80 (PT) + 0.20 (PE) ó PTT = 0.90 (PT) + 0.10 (PE)

PROCESO DE SELECCIÓN DE CONSULTORIA

Sobre este puntaje total (PTT) se debe aplicar la bonificación de puntaje (Art. 71 ítem 6 del D.S. 021-2009-EF):.

"Tratándose de la contratación de obras y servicios que se ejecuten o presten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyos montos correspondan a ADS o AMC, a solicitud del postor se asignará una bonificación equivalente a! diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las PT y PE de los postores con domicilio en la provincia donde se ejecutará la obra o se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.“

PF = PTT + Bonificación

BONIFICACION

El artículo 41e del D.S. 184-2008-EF establece las modalidades de ejecución de obra:

Llave en mano. Concurso Oferta.

Establece esta norma, sobre todo en la segunda modalidad, Concurso Oferta, que el contratista Ejecutor debe elaborar el Expediente Técnico y luego ejecutar la obra.

La norma precisa que esta modalidad de Concurso Oferta sólo es aplicable en obras, sólo cuando se trate de licitaciones públicas (valor referencial > 340 UIT) y bajo el sistema de Suma Alzada.

EL CONTRATISTA EJECUTOR DE LA OBRA

LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS Y LAS FORMAS DE EJECUCIÓN

DE OBRAS PÚBLICAS

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Expediente Técnico de Obra: El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto, valor referencial, análisis de precios, calendario de avance, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios.

PARA OBRAS POR CONTRATA

Es requisito indispensable para la ejecución de estas obras, contar con el "Expediente Técnico", aprobado por el nivel competente, el mismo que comprenderá básicamente lo siguiente: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos, metrados, presupuesto base con su análisis de costos y cronograma de adquisiciones de materiales y de ejecución de obra.

En los casos que existan normas específicas referidas a la obra, se recabará el pronunciamiento del sector y/o entidad que corresponda

PARA OBRAS POR EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DIRECTA (ADMINISTRACIÓN DIRECTA)

CONTENIDO DEL EXPEDIENTE

TÉCNICO

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Distinguiendo en el caso necesario entre el de Contrata y el de Administración Directa, precisando en forma previa que las principales recomendaciones que hacemos son:

1. El Expediente Técnico es el resultado del trabajo multidisciplinario de varios profesionales (ingenieros, arquitectos, etc.) y técnicos (de suelos, de topografía, etc.).

2. En razón de lo anterior es fundamental buscar la COMPATIBILIDAD total de los documentos del Expediente Técnico.

Tal vez uno de los principales problemas que tienen los Expedientes Técnicos es su falta de compatibilidad integral.

CONTENIDO DEL EXPEDIENTETÉCNICO

Es la descripción detallada del proyecto. Puede ser de poco contenido o muy abundante, dependiendo por supuesto de la envergadura de la obra, cantidad de información recopilada, profundidad de reconocimiento inicial, cantidad de estudios a realizar, etc.

Básicamente consta de lo siguiente:a. Antecedentesb. Objetivo del proyectoc. Ubicación del proyectod. Evaluación generale. Descripción del proyectof. Conclusiones y recomendacionesg. Anexos: croquis, fotos, etc

Se recomienda presentar una buena Memoria Descriptiva ya que esta da una visión integral del proyecto, situación actual y el resultado esperado.

Debemos recordar que en las obras de Suma Alzada la Memoria Descriptiva tiene la tercera prelación o jerarquía de definición de la obra.

MEMORIA DESCRIPTIVA

En condiciones generales, los estudios básicos a ejecutar en casi todos los Proyectos de Ingeniería son los siguientes:

a. Estudios de Mecánica de Suelos (EMS).◦ Norma E.050 de suelos y cimentaciones para obras de Edificación.◦ Norma G.030. Derecho y responsabilidades, Artículo 20o.

b. Estudios Topográficos y/o levantamientos.

De acuerdo con el "GLOSARIO DE TÉRMINOS DE USO FRECUENTE EN PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL", comprenden como mínimo lo siguiente: estudios de tráfico, de topografías, de suelos, de canteras y fuentes de agua; hidrología y drenaje; geología y geotecnia.

LOS ESTUDIOS BÁSICOS

INFORME FINAL1. Generalidades.2. Geología y Sismidad.3. Etapas del Estudio.4. Características Estructurales de Cimentación de la Obra.5. Trabajos Efectuados.6. Perfil Estratégico.7. Análisis de Los Resultados de Laboratorio.8. Análisis de la Distribución de Esfuerzos dentro de la Masa del Suelo.9. Verificación de la Capacidad de la Carga a la Profundidad de

Cimentación.10. Verificación de Asentamientos.11. Conclusiones y Recomendaciones.12. Resultados de Laboratorio.13. Gráficos.14. Tablas - Mapas.15. Plano de Ubicación de Calicatas.16. Fotos.17. Referencias Bibliográficas

Estudios de Mecánica de Suelos (EMS).

INFORME FINAL Como resultado de los trabajos de campo y de

gabinete los encargados de los ET deben presentar un Informe que en términos básicos, debe tener:

1. Memoria Descriptiva: Objetivo, Ubicación, etc.2. Informe de ¡os trabajos de campo, Linderos,

Equipo usado, Personal, Edificaciones existentes, etc.

3. Informe de los trabajos de gabinete, Programa usado, Plotter usado, Colores y Espesores de líneas topográficas, etc.

4. Planos, Membretes, Escalas, etc.

Estudios Topográficos y/o levantamientos.

1. Para carreterasa. Canteras.b. Estabilidad de taludes.c. Impacto ambiental.d. Densidad de Tráfico,e. Hidrología, etc.2. Para canales de concreto

f. Canteras.g. Estabilidad de taludes.h. Impacto ambiental.i. Partículas en suspensión en el agua.j. Hidrología.k. Arcillas expansivas, etc.3. Para edificaciones en zona arenosa

l. Grado de compacidad de la arena. m. Potencial de licuefacción, etc.

ESTUDIOS ESPECÍFICOS