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Page 1: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Movili

dad

vivienda y derechos humanos

DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabadoindd 1 11316 1157 AM

Primera edicioacuten noviembre 2016

ISBN 978-607-729-314-9

D R copy Comisioacuten Nacionalde los Derechos HumanosPerifeacuterico Sur 3469esquina Luis CabreraCol San Jeroacutenimo LiacutediceC P 10200 Ciudad de Meacutexico

Disentildeo ilustracioacuten y formacioacutenFlavio Loacutepez

Impreso en Meacutexico

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3Movilidad vivienda y derechos humanos

Presentacioacuten Los espacios donde viven las personas se caracterizan por ser dinaacutemicos en constante crecimiento y cambio Ahiacute los seres humanos transitan conviven trabajan estudian y desarrollan todos los aspectos de su vida en consecuencia dichos lugares demandan cada vez nuevos y mejores servicios entre ellos la movilidad y la vivienda

En materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria La primera se refiere al asilo y refugio y en el segundo de los ca-sos a la emigracioacuten inmigracioacuten traacutensito y retorno La presen-te cartilla estaacute enfocada al segundo de los alcances especiacutefi-camente al derecho de movilidad traacutensito o circulacioacuten de las personas dentro de los asentamientos donde se realizan las actividades cotidianas

El derecho a la movilidad voluntaria de manera general se refiere al ldquolibre desplazamiento en condiciones oacuteptimas de re-lacioacuten entre medio ambiente espacio puacuteblico e infraestructu-

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos4 5

rardquo1 cuyo cumplimiento permite que las personas alcancen di-versos fines que dan valor a la vida

El derecho a la movilidad estaacute relacionado con diversas ne-cesidades baacutesicas de las personas como la alimentacioacuten pues necesitan desplazarse de un lugar a otro para proveerse de sus viacuteveres ya sea al campo los mercados locales o grandes cen-tros de abastecimiento el derecho a la salud para acudir al ser-vicio meacutedico de manera oportuna derecho al trabajo para lle-gar al lugar donde se labora de manera eficiente derecho a la educacioacuten para acudir a la escuela derecho a un medio am-biente sano al utilizar medios de transporte sostenibles entre otros

Dada esta relacioacuten el Estado tiene la obligacioacuten de propor-cionar los mecanismos adecuados para el goce del derecho de todos al libre traacutensito propiciando que los distintos medios de transporte puacuteblicos o privados sean de calidad eficientes con criterios ambientales garantizando con ello un lugar se-guro para transitar vivir en paz y con dignidad

El derecho a la movilidad estaacute vinculado tambieacuten con el de-recho al espacio puacuteblico e incluso con el lugar donde las per-sonas han elegido habitar En este contexto el derecho a la vi-

1 Fridole Balleacuten Duque ldquoDerecho a la movilidad La experiencia de Bo-gotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores Bogotaacute antildeo X nuacutem 20 ju-lio-diciembre de 2007 p 170

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vienda se refiere al derecho de toda persona a vivir con dignidad y seguridad a desarrollar libremente la propia perso-nalidad y a participar en los asuntos puacuteblicos2

La relacioacuten entre el derecho a la movilidad y vivienda es es-trecha pues este uacuteltimo implica que la morada se encuentre en un lugar que permita el acceso oportuno a opciones de em-pleo servicios de salud escuelas y otros servicios sociales Es-tos dos temas se han colocado en la agenda internacional de manera central ejemplo de ello es que en septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas aproboacute los Obje-tivos de Desarrollo Sostenible3 como un plan de accioacuten mun-dial en favor de las personas el planeta y la prosperidad

En su Objetivo 11 denominado ldquoLograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos seguros resilien-tes y sosteniblesrdquo establece entre otros la necesidad de ase-gurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios baacutesicos adecuados seguros y asequibles asiacute como proporcio-nar acceso a sistemas de transporte seguros asequibles acce-sibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial

2 Cfr Gerardo Pisarello El derecho a la vivienda como derecho social implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic Espantildea nuacutem 38 2009 p 2

3 ARES69315 del 1ordm de septiembre de 2015 Disponible en httpwwwunorgescomundocssymbol=ARES69315 Fecha de consulta abril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

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11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

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23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

27

Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 2: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Primera edicioacuten noviembre 2016

ISBN 978-607-729-314-9

D R copy Comisioacuten Nacionalde los Derechos HumanosPerifeacuterico Sur 3469esquina Luis CabreraCol San Jeroacutenimo LiacutediceC P 10200 Ciudad de Meacutexico

Disentildeo ilustracioacuten y formacioacutenFlavio Loacutepez

Impreso en Meacutexico

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3Movilidad vivienda y derechos humanos

Presentacioacuten Los espacios donde viven las personas se caracterizan por ser dinaacutemicos en constante crecimiento y cambio Ahiacute los seres humanos transitan conviven trabajan estudian y desarrollan todos los aspectos de su vida en consecuencia dichos lugares demandan cada vez nuevos y mejores servicios entre ellos la movilidad y la vivienda

En materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria La primera se refiere al asilo y refugio y en el segundo de los ca-sos a la emigracioacuten inmigracioacuten traacutensito y retorno La presen-te cartilla estaacute enfocada al segundo de los alcances especiacutefi-camente al derecho de movilidad traacutensito o circulacioacuten de las personas dentro de los asentamientos donde se realizan las actividades cotidianas

El derecho a la movilidad voluntaria de manera general se refiere al ldquolibre desplazamiento en condiciones oacuteptimas de re-lacioacuten entre medio ambiente espacio puacuteblico e infraestructu-

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos4 5

rardquo1 cuyo cumplimiento permite que las personas alcancen di-versos fines que dan valor a la vida

El derecho a la movilidad estaacute relacionado con diversas ne-cesidades baacutesicas de las personas como la alimentacioacuten pues necesitan desplazarse de un lugar a otro para proveerse de sus viacuteveres ya sea al campo los mercados locales o grandes cen-tros de abastecimiento el derecho a la salud para acudir al ser-vicio meacutedico de manera oportuna derecho al trabajo para lle-gar al lugar donde se labora de manera eficiente derecho a la educacioacuten para acudir a la escuela derecho a un medio am-biente sano al utilizar medios de transporte sostenibles entre otros

Dada esta relacioacuten el Estado tiene la obligacioacuten de propor-cionar los mecanismos adecuados para el goce del derecho de todos al libre traacutensito propiciando que los distintos medios de transporte puacuteblicos o privados sean de calidad eficientes con criterios ambientales garantizando con ello un lugar se-guro para transitar vivir en paz y con dignidad

El derecho a la movilidad estaacute vinculado tambieacuten con el de-recho al espacio puacuteblico e incluso con el lugar donde las per-sonas han elegido habitar En este contexto el derecho a la vi-

1 Fridole Balleacuten Duque ldquoDerecho a la movilidad La experiencia de Bo-gotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores Bogotaacute antildeo X nuacutem 20 ju-lio-diciembre de 2007 p 170

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vienda se refiere al derecho de toda persona a vivir con dignidad y seguridad a desarrollar libremente la propia perso-nalidad y a participar en los asuntos puacuteblicos2

La relacioacuten entre el derecho a la movilidad y vivienda es es-trecha pues este uacuteltimo implica que la morada se encuentre en un lugar que permita el acceso oportuno a opciones de em-pleo servicios de salud escuelas y otros servicios sociales Es-tos dos temas se han colocado en la agenda internacional de manera central ejemplo de ello es que en septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas aproboacute los Obje-tivos de Desarrollo Sostenible3 como un plan de accioacuten mun-dial en favor de las personas el planeta y la prosperidad

En su Objetivo 11 denominado ldquoLograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos seguros resilien-tes y sosteniblesrdquo establece entre otros la necesidad de ase-gurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios baacutesicos adecuados seguros y asequibles asiacute como proporcio-nar acceso a sistemas de transporte seguros asequibles acce-sibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial

2 Cfr Gerardo Pisarello El derecho a la vivienda como derecho social implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic Espantildea nuacutem 38 2009 p 2

3 ARES69315 del 1ordm de septiembre de 2015 Disponible en httpwwwunorgescomundocssymbol=ARES69315 Fecha de consulta abril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

8

11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

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23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 3: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

3Movilidad vivienda y derechos humanos

Presentacioacuten Los espacios donde viven las personas se caracterizan por ser dinaacutemicos en constante crecimiento y cambio Ahiacute los seres humanos transitan conviven trabajan estudian y desarrollan todos los aspectos de su vida en consecuencia dichos lugares demandan cada vez nuevos y mejores servicios entre ellos la movilidad y la vivienda

En materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria La primera se refiere al asilo y refugio y en el segundo de los ca-sos a la emigracioacuten inmigracioacuten traacutensito y retorno La presen-te cartilla estaacute enfocada al segundo de los alcances especiacutefi-camente al derecho de movilidad traacutensito o circulacioacuten de las personas dentro de los asentamientos donde se realizan las actividades cotidianas

El derecho a la movilidad voluntaria de manera general se refiere al ldquolibre desplazamiento en condiciones oacuteptimas de re-lacioacuten entre medio ambiente espacio puacuteblico e infraestructu-

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos4 5

rardquo1 cuyo cumplimiento permite que las personas alcancen di-versos fines que dan valor a la vida

El derecho a la movilidad estaacute relacionado con diversas ne-cesidades baacutesicas de las personas como la alimentacioacuten pues necesitan desplazarse de un lugar a otro para proveerse de sus viacuteveres ya sea al campo los mercados locales o grandes cen-tros de abastecimiento el derecho a la salud para acudir al ser-vicio meacutedico de manera oportuna derecho al trabajo para lle-gar al lugar donde se labora de manera eficiente derecho a la educacioacuten para acudir a la escuela derecho a un medio am-biente sano al utilizar medios de transporte sostenibles entre otros

Dada esta relacioacuten el Estado tiene la obligacioacuten de propor-cionar los mecanismos adecuados para el goce del derecho de todos al libre traacutensito propiciando que los distintos medios de transporte puacuteblicos o privados sean de calidad eficientes con criterios ambientales garantizando con ello un lugar se-guro para transitar vivir en paz y con dignidad

El derecho a la movilidad estaacute vinculado tambieacuten con el de-recho al espacio puacuteblico e incluso con el lugar donde las per-sonas han elegido habitar En este contexto el derecho a la vi-

1 Fridole Balleacuten Duque ldquoDerecho a la movilidad La experiencia de Bo-gotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores Bogotaacute antildeo X nuacutem 20 ju-lio-diciembre de 2007 p 170

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Movilidad vivienda y derechos humanos4 5

vienda se refiere al derecho de toda persona a vivir con dignidad y seguridad a desarrollar libremente la propia perso-nalidad y a participar en los asuntos puacuteblicos2

La relacioacuten entre el derecho a la movilidad y vivienda es es-trecha pues este uacuteltimo implica que la morada se encuentre en un lugar que permita el acceso oportuno a opciones de em-pleo servicios de salud escuelas y otros servicios sociales Es-tos dos temas se han colocado en la agenda internacional de manera central ejemplo de ello es que en septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas aproboacute los Obje-tivos de Desarrollo Sostenible3 como un plan de accioacuten mun-dial en favor de las personas el planeta y la prosperidad

En su Objetivo 11 denominado ldquoLograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos seguros resilien-tes y sosteniblesrdquo establece entre otros la necesidad de ase-gurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios baacutesicos adecuados seguros y asequibles asiacute como proporcio-nar acceso a sistemas de transporte seguros asequibles acce-sibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial

2 Cfr Gerardo Pisarello El derecho a la vivienda como derecho social implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic Espantildea nuacutem 38 2009 p 2

3 ARES69315 del 1ordm de septiembre de 2015 Disponible en httpwwwunorgescomundocssymbol=ARES69315 Fecha de consulta abril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Movilidad vivienda y derechos humanos6 7

Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

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11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

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13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

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23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 4: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos4 5

rardquo1 cuyo cumplimiento permite que las personas alcancen di-versos fines que dan valor a la vida

El derecho a la movilidad estaacute relacionado con diversas ne-cesidades baacutesicas de las personas como la alimentacioacuten pues necesitan desplazarse de un lugar a otro para proveerse de sus viacuteveres ya sea al campo los mercados locales o grandes cen-tros de abastecimiento el derecho a la salud para acudir al ser-vicio meacutedico de manera oportuna derecho al trabajo para lle-gar al lugar donde se labora de manera eficiente derecho a la educacioacuten para acudir a la escuela derecho a un medio am-biente sano al utilizar medios de transporte sostenibles entre otros

Dada esta relacioacuten el Estado tiene la obligacioacuten de propor-cionar los mecanismos adecuados para el goce del derecho de todos al libre traacutensito propiciando que los distintos medios de transporte puacuteblicos o privados sean de calidad eficientes con criterios ambientales garantizando con ello un lugar se-guro para transitar vivir en paz y con dignidad

El derecho a la movilidad estaacute vinculado tambieacuten con el de-recho al espacio puacuteblico e incluso con el lugar donde las per-sonas han elegido habitar En este contexto el derecho a la vi-

1 Fridole Balleacuten Duque ldquoDerecho a la movilidad La experiencia de Bo-gotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores Bogotaacute antildeo X nuacutem 20 ju-lio-diciembre de 2007 p 170

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Movilidad vivienda y derechos humanos4 5

vienda se refiere al derecho de toda persona a vivir con dignidad y seguridad a desarrollar libremente la propia perso-nalidad y a participar en los asuntos puacuteblicos2

La relacioacuten entre el derecho a la movilidad y vivienda es es-trecha pues este uacuteltimo implica que la morada se encuentre en un lugar que permita el acceso oportuno a opciones de em-pleo servicios de salud escuelas y otros servicios sociales Es-tos dos temas se han colocado en la agenda internacional de manera central ejemplo de ello es que en septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas aproboacute los Obje-tivos de Desarrollo Sostenible3 como un plan de accioacuten mun-dial en favor de las personas el planeta y la prosperidad

En su Objetivo 11 denominado ldquoLograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos seguros resilien-tes y sosteniblesrdquo establece entre otros la necesidad de ase-gurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios baacutesicos adecuados seguros y asequibles asiacute como proporcio-nar acceso a sistemas de transporte seguros asequibles acce-sibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial

2 Cfr Gerardo Pisarello El derecho a la vivienda como derecho social implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic Espantildea nuacutem 38 2009 p 2

3 ARES69315 del 1ordm de septiembre de 2015 Disponible en httpwwwunorgescomundocssymbol=ARES69315 Fecha de consulta abril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Movilidad vivienda y derechos humanos6 7

Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

8

11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

24

23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

27

Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 5: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Movilidad vivienda y derechos humanos4 5

vienda se refiere al derecho de toda persona a vivir con dignidad y seguridad a desarrollar libremente la propia perso-nalidad y a participar en los asuntos puacuteblicos2

La relacioacuten entre el derecho a la movilidad y vivienda es es-trecha pues este uacuteltimo implica que la morada se encuentre en un lugar que permita el acceso oportuno a opciones de em-pleo servicios de salud escuelas y otros servicios sociales Es-tos dos temas se han colocado en la agenda internacional de manera central ejemplo de ello es que en septiembre de 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas aproboacute los Obje-tivos de Desarrollo Sostenible3 como un plan de accioacuten mun-dial en favor de las personas el planeta y la prosperidad

En su Objetivo 11 denominado ldquoLograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos seguros resilien-tes y sosteniblesrdquo establece entre otros la necesidad de ase-gurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios baacutesicos adecuados seguros y asequibles asiacute como proporcio-nar acceso a sistemas de transporte seguros asequibles acce-sibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial

2 Cfr Gerardo Pisarello El derecho a la vivienda como derecho social implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic Espantildea nuacutem 38 2009 p 2

3 ARES69315 del 1ordm de septiembre de 2015 Disponible en httpwwwunorgescomundocssymbol=ARES69315 Fecha de consulta abril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Movilidad vivienda y derechos humanos6 7

Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

8

11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

24

23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 6: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos6 7

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos reconoce la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas y se suma al propoacutesito de asegurar su acceso de manera adecuada segura y asequible Por ello ofrece esta publicacioacuten con la intencioacuten de acercar informacioacuten oportuna sobre estas materias para coadyuvar a la consolidacioacuten de una cultura preventiva y de respeto a los derechos humanos

La presente cartilla aborda el derecho a la movilidad y a la vivienda desde la perspectiva internacional la normatividad y poliacuteticas puacuteblicas nacionales y comparte asimismo algunos criterios jurisdiccionales relevantes Finalmente se plantea la funcioacuten que la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos desempentildea respecto a ambos temas

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Movilidad vivienda y derechos humanos6 7

Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

8

11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

24

23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

27

Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 7: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Movilidad vivienda y derechos humanos6 7

Contenido

1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

8

11 Instrumentos internacionales 11

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

14

13 Criterios jurisdiccionales 16

2 El derecho a una vivienda adecuada 17

21 Instrumentos internacionales 18

22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

24

23 Criterios jurisdiccionales 25

3 La funcioacuten de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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Referencias 29

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 8: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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1 El derecho a la movilidad y su relacioacuten con otros derechos humanos

La historia de la humanidad se ha caracterizado por grandes procesos de movilidad causados por diversas circunstancias los cuales han tenido un papel fundamental en el desarrollo de las sociedades Por ejemplo en la civilizacioacuten azteca la agri-cultura fue su principal fuente de alimentacioacuten y se recurriacutea al trueque con otras regiones para los productos que no se po-diacutean obtener dentro del imperio motivo por el que se imple-mentaron diversas redes y caminos de intercambio siendo ne-cesario recorrer largas distancias

Se sentildealoacute que en materia de derechos humanos existen dos grandes acepciones para el vocablo movilidad forzada o voluntaria Con relacioacuten a la movilidad voluntaria de manera general alude al desplazamiento de la persona de un lugar a otro principalmente con la finalidad de satisfacer necesidades baacutesicas y que permitan mantener una vida digna y en ejercicio del derecho a la libre circulacioacuten

En la actualidad es innegable que todas las personas tie-nen la necesidad de trasladarse de un punto a otro ya sea para acudir a sus lugares de trabajo asistir a la escuela a centros de salud de esparcimiento o para convivir con otras personas en-tre otros motivos

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 9: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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El fenoacutemeno de la movilidad no es exclusivo de las grandes ciudades sino de cualquier ubicacioacuten geograacutefica en la que se encuentre una persona y tenga que desarrollar su vida cotidia-na Por ende el libre traacutensito o circulacioacuten es primordial aun-que en algunos casos presenta distintos retos para los asenta-mientos humanos

Por ejemplo la gran cantidad de transporte automotriz en las ciudades ha provocado altas emisiones de contaminantes atmosfeacutericos El documento Perspectivas del Medio Ambiente Ameacuterica Latina y el Caribe GEO ALC 3 del Programa de las Na-ciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)4 advierte de la mala calidad del aire por el funcionamiento inadecuado de las fuentes moacuteviles y fijas de emisiones entre otros factores por los patrones de movilidad y el servicio de transporte

Por lo que respecta a las zonas rurales la falta de opciones seguras y eficientes de movilidad repercute en el acceso a los servicios de salud educacioacuten y alimentos entre otros Ello vul-nera auacuten maacutes a la poblacioacuten de dichas zonas quien usualmen-te manifiesta un mayor grado de pobreza desnutricioacuten y anal-fabetismo entre otras carencias sociales

4 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 p 134 Disponible en httpwwwpnumaorggeogeoalc3Doc20 COMPLETOGEO20 ALC20320WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril 2016

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 10: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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Seguacuten la Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico 2013 realizada por el Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social (CONEVAL)5 la dispersioacuten geograacutefica de las localidades rurales es una de las barreras maacutes importantes en la provisioacuten de los servicios de salud por lo que hoy en diacutea las personas en cuya comunidad se carece de hospitales deben trasladarse invariablemente hacia la maacutes proacutexima lo que significa que la falta de transporte deriva en la imposibilidad de acceder a la atencioacuten meacutedica

En ese contexto de conformidad con los principios de uni-versalidad interdependencia indivisibilidad y progresividad contenidos en el artiacuteculo 1o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos la movilidad humana encuentra es-trecha relacioacuten con los derechos humanos de acceso a la salud a un medio ambiente sano asiacute como a la libertad la igualdad la seguridad la inclusioacuten como es el caso para las personas con discapacidad o adultas mayores entre otros

5 Consejo Nacional de Evaluacioacuten de la Poliacutetica de Desarrollo Social Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccioacuten Social en Meacutexico Meacutexico DF CONE-VAL 2013 pp 55-57 y 155 Disponible en httpwwwconevalorgmxInfor-mesEvaluacionEstrategicasEvaluacion_Estrategica_de_Proteccion_Social_ en_Mexicopdf Fecha de consulta abril 2016

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 11: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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11 Instrumentos internacionales Desde mediados del siglo pasado se han adoptado diversos instrumentos internacionales que preveacuten y dan sustento al de-recho a la movilidad entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos6 En su artiacuteculo 13 establece el derecho de toda persona a circu-lar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado Asiacute como el derecho a salir de cualquier paiacutes incluso el propio y a regresar a su paiacutes

bull Convencioacuten Americana sobre Derechos Humanos (Pac-to de San Joseacute)7 En su artiacuteculo 22 paacuterrafo primero se-ntildeala que toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y a residir en eacutel con sujecioacuten a las disposiciones legales

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de Todas las Formas de Discriminacioacuten contra la Mujer8 En su artiacuteculo 142 in-

6 Adoptada y proclamada por la Resolucioacuten de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948 Disponible en httpwwwunorgesco-mundocssymbol=ARES217(III) Fecha de consulta abril de 2016

7 Adoptada el 22 de noviembre de 1969 en vigor internacional el 18 de julio de 1978 Meacutexico la ratificoacute el 03 de febrero de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 07 de mayo de 1981

8 Adoptada el 18 de diciembre de 1979 en vigor internacional apartir del 3 de septiembre de 1979 Meacutexico se vinculoacute el 18 de diciembre de 1980 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 12: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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ciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Parte para adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo rural y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivienda los servi-cios sanitarios la electricidad y el abastecimiento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten Interamericana para la Eliminacioacuten de To-das las Formas de Discriminacioacuten contra las Personas con Discapacidad9 En su artiacuteculo tercero establece que para lograr los objetivos de la Convencioacuten los Estados Parte se comprometen entre otros a adoptar las medi-das para eliminar progresivamente la discriminacioacuten y promover la integracioacuten por parte de las autoridades gubernamentales yo entidades privadas en la presta-cioacuten o suministro de bienes servicios instalaciones programas y actividades tales como el empleo el trans-porte las comunicaciones la vivienda la recreacioacuten la

9 Adoptado el 7 de junio de 1999 en vigor internacional el 14 de septiem-bre de 2001 Meacutexico se vinculoacute el 25 de enero de 2001 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de marzo de 2001

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

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Page 13: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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educacioacuten Asiacute como para que los edificios vehiacuteculos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus te-rritorios respectivos faciliten el transporte la comunica-cioacuten y el acceso para las personas con discapacidad

bull Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Dis-capacidad10 En su artiacuteculo 20 preveacute que los Estados Par-tes adoptaraacuten medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad perso-nal con la mayor independencia posible

bull Convencioacuten Interamericana sobre la Proteccioacuten de los Derechos Humanos de las Personas Mayores11 En su ar-tiacuteculo 26 preveacute el derecho a la accesibilidad y a la movili-dad personal el cual debe permitir que la persona mayor pueda vivir en forma independiente y participar plena-mente en todos los aspectos de la vida Establece la obli-gacioacuten para que los Estados Parte adopten de manera progresiva medidas pertinentes para asegurar el acceso de la persona mayor en igualdad de condiciones con las demaacutes al entorno fiacutesico el transporte la informacioacuten y las comunicaciones incluidos los sistemas y las tecnolo-

10 Adoptado el 13 de diciembre de 2006 en vigor internacional a partir de 3 de mayo de 2008 Meacutexico se vinculoacute el 27 de septiembre de 2007 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 2 de mayo de 2008

11 Meacutexico no ha firmado este Tratado Internacional

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 14: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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giacuteas de la informacioacuten y las comunicaciones y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al puacuteblico o de uso puacutebli-co tanto en zonas urbanas como rurales Estas medidas incluiraacuten la identificacioacuten y eliminacioacuten de obstaacuteculos y barreras de acceso

Por otra parte los Objetivos de Desarrollo Sostenible tambieacuten constituyen un plan de accioacuten en favor de las personas el pla-neta y la prosperidad los cuales estaacuten vinculados entre mu-chos otros derechos humanos con los relativos a la movilidad y a la vivienda pues eacutestos tienen como fin elevar la calidad de vida de las personas y relacionaacutendolos con los instrumentos internacionales mencionados es posible inferir que los Esta-dos deben proveer las bases necesarias para el ejercicio de los derechos que se estudian en el presente trabajo

12 Legislacioacuten nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo 11 establece lo siguiente Toda persona tiene derecho para entrar en la Repuacuteblica salir de ella viajar por su territorio y mudar de residencia sin necesidad de carta de seguridad pasa-porte salvoconducto u otros requisitos semejantes La disposi-cioacuten en cita preveacute cuatro libertades especiacuteficas la libertad de

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 15: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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entrar en la Repuacuteblica la libertad de salir de ella la libertad de viajar por su territorio y la libertad de mudar de residencia

En ese tenor el derecho de movilidad se refiere al deber del Estado de proporcionar los medios para que las personas pue-dan desplazarse por ejemplo a traveacutes de las distintas modali-dades del transporte puacuteblico o privado estableciendo requi-sitos especiacuteficos para acceder al mismo

El crecimiento demograacutefico y sin planificacioacuten ocasiona via-jes cada vez maacutes largos y un incremento en la demanda de servicios de transporte que sea asequible inclusivo eficiente y amigable con el ambiente

A nivel federal la autoridad encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a la movilidad es la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (SCT) dependiente del Poder Ejecutivo Federal y tiene entre sus atribuciones formu-lar y conducir las poliacuteticas y programas para el desarrollo del transpor-te y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paiacutes Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Fede-ral12 y la Ley de Viacuteas Generales de comunicacioacuten13 En ese con-texto la SCT ha emitido diversas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que tienen como objetivo salvaguardar la seguridad de

12 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 22 de diciembre de 1993 13 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 19 de febrero de 1940

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 16: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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las personas por ejemplo la ldquoNOM-067-SCT-2SECOFI-1999 Transporte terrestre-servicio de autotransporte econoacutemico y mixto-midibuacutes-caracteriacutesticas y especificaciones teacutecnicas y de seguridadrdquo14 y la ldquoNOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimen-siones maacuteximas con los que pueden circular los vehiacuteculos de autotransporte que transitan en las viacuteas generales de comuni-cacioacuten de jurisdiccioacuten federalrdquo15

A nivel estatal las legislaturas locales poseen la facultad para dictar las leyes con base en las cuales los municipios emi-ten su normatividad interna para organizar la prestacioacuten de los servicios puacuteblicos de su competencia como es el caso del transporte de conformidad con el contenido del artiacuteculo 115 constitucional fraccioacuten V inciso h)

13 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoPersonas con discapacidad Derecho hu-mano a la movilidad personal contenido en el artiacuteculo 20 de la Convencioacuten sobre los Derechos de las Personas con Discapaci-dadrdquo16 en la que se hace referencia a la obligacioacuten de los Estados

14 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de noviembre de 1999 15 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 1 de abril de 2008 16 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CLVI2015 publicada en la Gaceta

del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 18 Mayo de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs18_Maypdf

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 17: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Movilidad vivienda y derechos humanos

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Parte de adoptar medidas efectivas para asegurar que las per-sonas con discapacidad gocen de movilidad personal con la ma-yor independencia posible ya que constituye un presupuesto baacutesico para el respeto de su dignidad y para el ejercicio real de sus derechos humanos considerando que su fundamento radi-ca en el principio de autonomiacutea individual Por consiguiente la vida independiente asiacute como la integracioacuten en la comunidad de las personas con discapacidad no soacutelo deben garantizarse a tra-veacutes de la infraestructura creada para ello sino mediante el acce-so a servicios de asistencia especiacuteficos pues su privacioacuten conlle-va un impacto distinto frente a este grupo

El derecho a la movilidad estaacute basado en los principios de so-lidaridad libertad equidad dignidad y justicia social y tiene entre otros fines mejorar las condiciones de vida armonizar la convi-vencia asiacute como el oportuno acceso a otros derechos humanos

2 El derecho a una vivienda adecuada Algunos de los atributos o cualidades esenciales de cualquier individuo son el nombre el patrimonio y el domicilio Este uacutel-timo es el lugar de habitacioacuten donde la persona ha decidido asentar su vida En un sentido amplio el derecho a la vivienda adecuada se refiere al derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

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CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

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dad

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Page 18: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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El derecho a una vivienda digna es una necesidad primaria que toda persona debe satisfacer y donde el Estado es un faci-litador en la produccioacuten y mejora de la vivienda implementan-do las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo17

21 Instrumentos internacionales A nivel internacional se han adoptado diversos instrumentos que preveacuten el derecho a una vivienda adecuada entre ellos

bull Declaracioacuten Universal de los Derechos Humanos En su artiacuteculo 25 preveacute el derecho de toda persona a un ni-vel de vida adecuado que le asegure asiacute como a su fa-milia la salud el bienestar en especial la alimentacioacuten el vestido la vivienda la asistencia meacutedica y los servi-cios sociales necesarios

bull Convencioacuten sobre la Eliminacioacuten de todas las For-mas de Discriminacioacuten Contra la Mujer18 En su artiacutecu-lo 142 inciso h) preveacute la obligacioacuten de los Estados Partes para adoptar todas las medidas apropiadas para elimi-

17 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Dere-chos Humanos El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 pp 6 y 7 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublications FS21_rev_1_Housing_sppdf Fecha de consulta abril 2016

18 Adoptada en Nueva York 18 de diciembre de 1979 en vigor interna-cional el 3 de septiembre de 1981 Meacutexico se vinculoacute el 23 de marzo de 1981 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

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nar la discriminacioacuten contra la mujer en las zonas rura-les a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres su participacioacuten en el desarrollo ru-ral y en sus beneficios y en particular le aseguraraacuten el derecho entre otros a gozar de condiciones de vida adecuadas particularmente en las esferas de la vivien-da los servicios sanitarios la electricidad el abasteci-miento de agua el transporte y las comunicaciones

bull Convencioacuten sobre los Derechos del Nintildeo19 En su artiacutecu-lo 273 establece la obligacioacuten de los Estados Partes para que de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios adopten las medidas apropia-das para ayudar a los padres y a otras personas respon-sables por el nintildeo a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado en caso necesario proporcionen asis-tencia material y programas de apoyo particularmente con respecto a la nutricioacuten el vestuario y la vivienda

bull Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales20 En el artiacuteculo 11 establece que los

19 Adoptada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 en vigor inter-nacional el 2 de septiembre de 1990 Meacutexico se vinculoacute el 21 de septiembre de 1990 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 31 de julio de 1991

20 Adoptado el 6 de diciembre de 1966 en vigor internacional 3 de ene-ro de 1976 Meacutexico se vinculoacute el 23 de junio de 1981y fue publicado en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten el 12 de mayo de 1981

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 20: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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Estados Parte reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para siacute y su familia incluso alimentacioacuten vestido y vivienda adecuados asiacute como a una mejora continua de las condiciones de existencia Los Estados Parte tomaraacuten medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho reconociendo la importancia esencial de la cooperacioacuten internacional fundada en el libre consentimiento

bull Recomendacioacuten 115 de la Organizacioacuten Internacio-nal del Trabajo (OIT)21 Sentildeala que en principio la au-toridad competente deberiacutea habida cuenta de las con-diciones locales fijar normas miacutenimas aplicables a las viviendas con objeto de garantizar la seguridad de la construccioacuten y un nivel razonable de decoro higiene y comodidad ademaacutes de adoptar medidas apropiadas para hacer cumplir tales normas

bull Observacioacuten General No 4 del Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales22 Entre otros as-

21 Organizacioacuten Internacional del Trabajo R115 ndash Recomendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en http wwwiloorgdynnormlexesfp=100012100 0NO12100P12100_INSTRU-MENT_ID312453 Fecha de consulta abril 2016

22 Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) UN Doc E199123 Disponible en httptbinternetohchrorg_ layoutstreatybodyexternalDownloadaspxsymbolno=HRI2FGEN-2F12FRev7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 21: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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pectos sentildeala que el derecho a la vivienda debe consi-derarse como el derecho a vivir en seguridad paz y dig-nidad en alguna parte Y asiacute debe ser por lo menos por dos razones En primer lugar el derecho a la vivienda estaacute vinculado por entero a otros derechos humanos y a los principios fundamentales que sirven de premisas al Pacto Internacional de Derechos Econoacutemicos Socia-les y Culturales Asiacute pues ldquola dignidad inherente a la per-sona humanardquo de la que derivan los derechos del Pacto exige que el teacutermino ldquoviviendardquo se interprete en un sen-tido amplio en el que se garantice su acceso a todas las personas con independencia de sus ingresos o su acce-so a recursos econoacutemicos En segundo lugar la referen-cia que figura en el primer paacuterrafo del artiacuteculo 11 no se debe entender en sentido de vivienda a secas sino de vivienda adecuada Dicho concepto significa disponer de un espacio adecuado seguro iluminado y ventilado ademaacutes de que es necesario que posea una infraestruc-tura baacutesica y una ubicacioacuten adecuada en relacioacuten con el trabajo y los servicios baacutesicos todo ello a un costo razo-nablerdquo

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Page 22: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

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En su sentido maacutes amplio dicha observacioacuten sentildeala que el de-recho a una vivienda digna debe considerar los siguientes cri-terios miacutenimos

bull Seguridad Juriacutedica de la Tierra Todas las personas de-ben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una proteccioacuten legal contra el desahu-cio el hostigamiento u otras amenazas

bull Disponibilidad de servicios materiales facilidades e infraestructura Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberiacutean tener acceso perma-nente a recursos naturales y comunes agua potable energiacutea para la cocina calefaccioacuten y alumbrado insta-laciones sanitarias y de aseo almacenamiento de ali-mentos eliminacioacuten de desechos drenaje y a servicios de emergencia

bull Gastos soportables Los gastos personales o del hogar que entrantildea la vivienda deberiacutean ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfaccioacuten de otras necesidades baacutesicas

bull Habitabilidad Una vivienda adecuada debe ser habi-table en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del friacuteo la humedad el calor la lluvia el viento u otras amenazas para la salud de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

vivienda y derechos humanos

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Page 23: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Movilidad vivienda y derechos humanos

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Debe garantizar tambieacuten la seguridad fiacutesica de los ocu-pantes

bull Asequibilidad Deberiacutea garantizarse cierto grado de consideracioacuten prioritaria en la esfera de la vivienda a los grupos desfavorecidos como los adultos mayores los nintildeos las personas con discapacidad los enfermos ter-minales las personas con VIH las personas con proble-mas meacutedicos persistentes los enfermos mentales las viacutectimas de desastres naturales las personas que viven en zonas de riesgo por los fenoacutemenos naturales y otros grupos de personas

bull Lugar La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo los servicios de atencioacuten de la salud centros de aten-cioacuten para nintildeos escuelas y otros servicios sociales

bull Adecuacioacuten cultural La manera en que se construye la vivienda los materiales de construccioacuten utilizados y las poliacuteticas en que se apoyan deben permitir adecua-damente la expresioacuten de la identidad cultural y la diver-sidad de la vivienda

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Movili

dad

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Page 24: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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22 Normatividad nacional y poliacuteticas puacuteblicas

La Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos en su artiacuteculo cuarto paacuterrafo octavo establece

Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decoro-sa La Ley estableceraacute los instrumentos y apoyos necesarios a fin de al-canzar tal objetivo

A nivel federal la dependencia encargada de la elaboracioacuten de poliacuteticas puacuteblicas para asegurar el derecho a una vivienda dig-na es la Secretariacutea de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU) que tiene entre sus atribuciones impulsar en coor-dinacioacuten con las autoridades estatales y municipales la pla-neacioacuten y el ordenamiento del territorio nacional para su maacutexi-mo aprovechamiento con la formulacioacuten de poliacuteticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de asentamientos hu-manos y centros de poblacioacuten Para el tema que nos ocupa las principales leyes que rigen su actuar son la Ley de Vivienda23 y la Ley General de Asentamientos Humanos24

Por la trascendencia del tema ambas leyes establecen la concurrencia y coordinacioacuten con las autoridades estatales y los

23 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 27 de junio de 200624 Publicada en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 21 de julio de 1993

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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municipios Los Estados tienen la potestad para legislar sobre el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y por su parte los municipios poseen las facultades de formular aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano y de centros de poblacioacuten entre otros

23 Criterios jurisdiccionales En Meacutexico la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten emitioacute la tesis ldquoDerecho fundamental a una vivienda digna y decorosa Su contenido no se agota con la infraestruc-tura baacutesica adecuada de aqueacutella sino que debe comprender el acceso a los servicios puacuteblicos baacutesicosrdquo25

En dicha tesis se establece que de conformidad con la Ob-servacioacuten nuacutem 4 (1991) emitida por el Comiteacute de Derechos Econoacutemicos Sociales y Culturales de la Organizacioacuten de las Naciones Unidas el derecho a una vivienda debe comprender ademaacutes de una infraestructura baacutesica adecuada diversos ele-mentos entre los cuales estaacute el acceso a ciertos servicios indis-pensables para la salud la seguridad y otros servicios sociales como son los de emergencia hospitales cliacutenicas escuelas asiacute

25 Tesis Aislada (Constitucional) 1a CCV2015 publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federacioacuten Libro 19 Junio de 2015 Tomo I Dis-ponible en httpswwwscjngobmxlibreriaDecima2013Docs19_JUNpdf_ JUNpdf Fecha de consulta abril de 2016

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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Page 26: i v i e n d a y de re d , v c h o a s d h i u l i m ... - UNAM · DH_cartilla movilidad y vivienda 2016 sabado.indd 7 11/3/16 11:57 AM Comisin Nacional de los Derechos Humanos DH_cartilla

Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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como la prohibicioacuten de establecerlos en lugares contaminados o de proximidad inmediata a fuentes de contaminacioacuten Tam-bieacuten debe asegurarse que las viviendas tengan acceso a la prestacioacuten de servicios como recoleccioacuten de basura transpor-te puacuteblico servicio de ambulancias o de bomberos

Por lo expuesto debe advertise que el derecho a una vi-vienda digna es inherente a la dignidad del ser humano y ele-mental para contar con el disfrute de otros derechos funda-mentales pues es necesario para mantener y fomentar la salud fiacutesica y mental el desarrollo adecuado de la persona su priva-cidad asiacute como su participacioacuten en actividades laborales edu-cativas sociales y culturales

En el caso de las Masacres de Ituango vs Colombia26 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitioacute sentencia el 1 de julio de 2006 sentildealando en su parte conducente

182 Este Tribunal tambieacuten considera que la quema de las viviendas de El Aro constituye una grave vulneracioacuten de un bien indispensa-ble para la poblacioacuten El propoacutesito de la quema y destruccioacuten de los hogares de los pobladores de El Aro era instituir terror y causar el desplazamiento de eacutestos para asiacute obtener una victoria territorial en la lucha en contra de la guerrilla en Colombia (supra paacuterr 12526 a

26 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso de las masacres de Ituango vs Colombia Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocsca-sosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta mayo de 2016

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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125103) Por tales motivos el efecto que tuvo la destruccioacuten de los hogares fue la peacuterdida no soacutelo de bienes materiales sino de todo referente social de personas que en algunos casos habiacutean residido todas sus vidas en dicho poblado La destruccioacuten de sus hogares ademaacutes de constituir una gran peacuterdida de caraacutecter econoacutemico cau-soacute en los pobladores una peacuterdida de sus maacutes baacutesicas condiciones de existencia lo cual hace que la violacioacuten al derecho a la propiedad en este caso sea de especial gravedad

XIX PUNTOS RESOLUTIVOS

19 El Estado debe implementar un programa habitacional median-te el cual se provea de vivienda adecuada a aquellas viacutectimas sobre-vivientes que perdieron sus casas y que asiacute lo requieran en los teacuter-minos del paacuterrafo 407 de esta Sentencia

3 LA FUNCIOacuteN DE LA COMISIOacuteN

NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es el organismo puacuteblico autoacutenomo encargado de proteger y pro-mover los derechos humanos que ampara el orden juriacutedico mexicano Fue creada en 1992 en virtud de la adicioacuten consti-tucional del apartado B al artiacuteculo 102 siete antildeos despueacutes en 1999 se fortalecioacute constituyeacutendose como una institucioacuten con plena autonomiacutea de gestioacuten y presupuestaria

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

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Seguacuten el artiacuteculo 3o de la Ley de la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos eacutesta tiene competencia para conocer de presuntas violaciones a los derechos humanos imputadas a au-toridades y servidores puacuteblicos de caraacutecter federal En el ejerci-cio de esta labor de defensa durante sus maacutes de veinticinco antildeos de existencia la CNDH ha tutelado entre otros los dere-chos vinculados a la movilidad y vivienda El ejemplo maacutes re-ciente es la Recomendacioacuten 62016 emitida en marzo de 2016 sobre el caso de la violacioacuten de los derechos humanos al acceso a una vivienda digna igualdad y no discriminacioacuten por negati-va de otorgamiento de creacutedito hipotecario en agravio de V

Otras Recomendaciones relativas al derecho a una vivienda adecuada son las 761994 602012 752013 y 762013 dirigi-das al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servi-cios Sociales de los Trabajadores del Estado

Aunado a su labor de proteccioacuten y defensa la Comisioacuten Na-cional tambieacuten tiene a su cargo actividades de promocioacuten y difusioacuten de los derechos humanos en cuyo contexto ofrece la presente cartilla con la que espera brindar informacioacuten opor-tuna sobre la importancia de la movilidad y la vivienda para la dignidad de las personas Con ello se suma al propoacutesito de fo-mentar su acceso de manera adecuada segura y asequible a traveacutes del fortalecimiento de la normatividad poliacuteticas puacutebli-cas y praacutecticas administrativas que redunden en una mayor proteccioacuten a los derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

COMITEacute DE DERECHOS ECONOacuteMICOS SOCIALES Y CULTU-RALES Observacioacuten General No 4 El derecho a una vivienda adecuada (paacuterrafo 1 del artiacuteculo 11 del Pacto) Disponible en httptbinternetohchrorg_layoutstreatybodyexternal Downloadaspx symbolno=HRI2FGEN2F12FRe-v7ampLang=es Fecha de consulta abril 2016

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

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Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

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Movilidad vivienda y derechos humanos

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REFERENCIAS

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS A RES69315 Proyecto de documento final de la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobacioacuten de la agenda para el de-sarrollo aprobado el 1ordm de septiembre de 2015 Nueva York Naciones Unidas 2015

BALLEacuteN DUQUE Fridole ldquoDerecho a la movilidad La experien-cia de Bogotaacute D Crdquo Prolegoacutemenos Derechos y Valores antildeo X nuacutem 20 Bogotaacute julio-diciembre de 2007 pp 169-181 Dis-ponible en httpwwwredalycorgarticulooaid=87602010

COMISIOacuteN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDE-RAL Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012 Meacutexico 2013

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CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIOacuteN DE LA POLIacuteTICA DE DESARROLLO SOCIAL Evaluacioacuten Estrateacutegica de Proteccion Social en Meacutexico Disponible en httpwwwconevalorgmxIn-formesEvaluacioacutenEstrategicasEvaluacio_ Estrategica_de_de_ Proteccion_Social_en_Mexicopdf Fecha de consultaabril 2016

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Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Juriacutedica Virtual del Instituto de Investigaciones Juriacutedicas de la UNAM wwwjuridicasunammx httpbibliojuridicasunammxbjv

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Aacuterea de emisioacuten Sexta Visitaduriacutea General Fecha de elaboracioacuten octubre 2016 Nuacutemero de identificacioacuten LEGICART206

Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

Delegacioacuten Iztapalapa Ciudad de Meacutexico

El tiraje consta de 125000 ejemplares

Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promocioacuten del

Manejo Forestal Sostenible A C (Certificacioacuten FSC Meacutexico)

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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Caso de las Masacres de Ituango v Colombia Sentencia del 1 de Julio de 2006 Disponible en httpwwwcorteidhorcrdocs casosarticulosseriec_148_esppdf Fecha de consulta marzo de 2016

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNI-DAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Derecho a una vivienda adecuada Folleto informativo No 21 Disponible en httpwwwohchrorgDocumentsPublicationsFS21_rev_1_ Housing_sppdf Fecha de consulta marzo de 2016

ORGANIZACIOacuteN INTERNACIONAL DEL TRABAJO R115 ndash Re-comendacioacuten sobre la vivienda de los trabajadores Ginebra OIT 1961 Disponible en httpwwwiloorgdynnormlexes fp=1000121000NO12100P12100_INSTRUMENT_ ID312453 Fecha de consulta abril 2016

PISARELLO Gerardo El derecho a la vivienda como derecho so-cial implicaciones constitucionales Revista catalana de dret puacuteblic nuacutem 38 2009 Disponible en httpwww10gencat neteapc_revistadretrevistesHabitatge__drets_socials_i_va-lors_constitucionalsarticle2008-08-058851493790es Fecha de consulta abril de 2016

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AM-BIENTE GEO ALC 3 Ameacuterica Latina y el Caribe Panamaacute PNUMA 2010 Disponible en httpwwwpnumaorggeo geoalc3Doc20COMPLETOGEO20ALC20320 WEB20VERSION20Cpdf Fecha de consulta abril de 2016

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Movilidad vivienda y derechos humanos editado por la Comisioacuten Nacional de los Derechos Humanos se terminoacute de imprimir en

noviembre de 2016 en los talleres de Trigeminum S A de C V Campesinos nuacutem 223-J colonia Granjas Esmeralda C P 09810

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