incoterms

36
INCOTERMS® ANTECEDENTES 1812 - El término FOB aparece en las Cortes Británicas siendo el primer antecedente de los INCOTERMS Fines Siglo XIX - Se agrega el término CIF. 1919 - Se funda en París, Francia la International Chamber of Commerce 1919 - La Cámara de Comercio de los E.U.A., crea los RAFTD’S (Revised American Foreign Trade Definitions) o Definiciones Revisadas de Comercio Exterior de los EUA. 1936 - La ICC crea la primera versión de los INCOTERMS 1941 - Se efectúa la primera y única revisión a los RAFTD’S 40’s y 50’s - Organismos internacionales como UNCITRAL (United Nations Commision for International Trade Law) y UNECE (United Nations Economic Commision for Europe) aceptan losIncoterms. 60’s y 70’s - Se desarrolla el transporte multimodal y se inicia el uso de contenedores. 1980 - Convención de Viena de 1980 de las Naciones Unidas sobre Contratos Internacionales de Compraventa de Mercaderías (CICVM). 1985 - Los RAFTD’s son derogados por el congreso de los E.U.A. pero se genera un vació en la legislación americana. 80’s y 90’s - Aparecen los términos FCA, CPT y CIP por la especialización en el transporte (door- to -door, roll on

Upload: andy-ivonne

Post on 17-Sep-2015

3 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

INCOTERMS ECUADOR

TRANSCRIPT

INCOTERMSANTECEDENTES1812 - El trmino FOB aparece en las Cortes Britnicas siendo el primer antecedente de los INCOTERMS Fines Siglo XIX - Se agrega el trmino CIF.1919 - Se funda en Pars, Francia la International Chamber of Commerce1919 - La Cmara de Comercio de los E.U.A., crea los RAFTDS (Revised American Foreign Trade Definitions) o Definiciones Revisadas de Comercio Exterior de los EUA.1936 - La ICC crea la primera versin de los INCOTERMS1941 - Se efecta la primera y nica revisin a los RAFTDS40s y 50s - Organismos internacionales como UNCITRAL (United Nations Commision for International Trade Law) y UNECE (United Nations Economic Commision for Europe) aceptan losIncoterms.60s y 70s - Se desarrolla el transporte multimodal y se inicia el uso de contenedores.1980 - Convencin de Viena de 1980 de las Naciones Unidas sobre Contratos Internacionales de Compraventa de Mercaderas (CICVM).1985 - Los RAFTDs son derogados por el congreso de los E.U.A. pero se genera un vaci en la legislacin americana.80s y 90s - Aparecen los trminos FCA, CPT y CIP por la especializacin en el transporte (door- to -door, roll on roll off, piggy back, etc.) y el aumento del uso de contenedores.1990 Se incorpora el trmino DDU y se adiciona la obligacin al vendedor a confirmar por escrito la entrega de la mercanca.2000 Se hacen algunas precisiones a la responsabilidad entre comprador y vendedor, pero no hay cambios trascendentes con respecto a la versin 90.VALIDEZ INTERNACIONAL CONVENIO DE Viena (CICVM) La convencin de Viena regula la formacin del contrato de compraventa y los derechos y obligaciones del vendedor y del comprador dimanantes de ese contrato.La Convencin de Viena, concluida en Viena el 11 de Abril de 1980, fue firmada por 19 pases y posteriormente se adhirieron 59 pases ms.A partir de la CICVM en 1980, la ONU le ha dado mayor reconocimiento a los Incoterms.TRANSACCIN DE VENTA INTERNACIONAL CONTRATOS DE VENTA CONTRATOS DE TRANSPORTE CONTRATOS DE SEGURO CONTRATOS DE FINANCIAMIENTO (Cartas de Crdito)Los INCOTERMS se refieren nicamente a Contratos de Venta de Mercancas, no de Servicios.Qu significa INCOTERMS? International Commercial Terms Condiciones Internacionales de Comercio Trminos Internacionales de Comercio.DEFINICINLos INCOTERMS son un conjunto de reglas aplicables internacionalmente con el propsito de facilitar la interpretacin de los trminos comerciales comnmente utilizados.FINALIDAD DE LOS INCOTERMSEstablecer un conjunto de reglas internacionales que tienen como finalidad facilitar la conduccin del comercio global. As podrn evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones en diferentes pases.Los INCOTERMS, ayudan a identificar las respectivas obligaciones entre las partes (C/V) y reduce el riesgo de complicaciones legales.Los INCOTERMS determinan el punto exacto de la transferencia del riesgo de dao y la responsabilidad de entrega de la mercanca entre vendedor y comprador.

Que NO hacen los INCOTERMSNo soy Ley, son Recomendaciones reconocidas como Prctica Internacional Uniforme. Los INCOTERMS no determinan la propiedad de una mercanca. (Este punto debe ser previsto en otra clusula en el contrato de venta).No son un servicio Todo Incluido, frecuentemente detalles que van ms all de los Incoterms deben ser cubiertas en otras partes del contrato.LAS REGLAS INCOTERMS 2000 SE AGRUPAN EN CUATRO CATEGORAS:1. Grupo E Entrega Directa a la Salida.E: nico trmino por el que el vendedor pone las mercancas a disposicin del comprador en el local del vendedor.Caracterstica: Mnima Obligacin para el Vendedor. EXW Ex Works, En Fbrica2. Grupo F Entrega Indirecta, Transporte Principal no Pagado.F: el vendedor se encarga de entregar la mercanca a un medio de transporte escogido por el comprador.Caractersticas: Entrega en Punto de Embarque. Comprador designa y paga el Transporte. Comprador asume el riesgo del transporte principal. FCA Free Carrier, Libre Transportista FAS Free Alongside Ship, Libre al Costado del Buque FOB Free on Board, Libre a Bordo3. Grupo C Entrega Directa, Transporte Principal Pagado.C: el vendedor contrata el transporte sin asumir riesgos de prdida o dao de la mercanca o costos adicionales despus de la carga y despacho.Caractersticas: Entrega en Punto de Destino Vendedor designa y paga el Transporte. Comprador asume el riesgo del transporte principal CFR Cost and Freight, Costo y Flete CIF Cost, Insurance & Freight, Costo, Seguro y Flete CPT Carriage Paid To Porte, (Flete) Pagado Hasta CIP Carriage and Insurance Paid To Porte, (Flete) y Seguro Pagado Hasta4. Grupo D Entrega Directa en la Llegada.D: el vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercanca al pas de destino.Caractersticas: Entrega en Punto de Destino Vendedor designa y paga el Transporte. Comprador asume el riesgo del transporte principal DAF: Delivered At Frontier Entrega En Frontera. DES: Delivered Ex Ship, Entregada Sobre Buque. DEQ: Delivered Ex Quay (Duty Padi), Entregada En Muelle (Derechos Pagados). DDU: Delivered Duty Unpaid, Entregada Derechos No Pagados. DDP: Delivered Duty Paid, Entregada Derechos Pagados.Reglas para Cualquier Modo o Modos de Transporte (incluye buques): EXW En fbrica (...lugar convenido) FCA Libre Transportista (...lugar convenido) CPT Transporte pagado hasta (...lugar de destino convenido) CIP Transporte y seguro pagados hasta (...lugar de destino convenidos) DDU Entregada derechos no pagados (...lugar de destino convenidos) DDP Entregada derechos pagados (...lugar de destino convenido)Para Transporte Martimo y vas navegables interiores (ambos puertos): FAS Libre al costado del buque (...puerto de carga convenido) FOB Libre a bordo (...puerto de carga convenido) CFR Costo y flete (...puerto de destino convenido) CIF Costo, seguro y flete (...puerto de destino convenido) DES Entrega sobre buque (...puerto de destino convenido) DEQ Entrega en muelle (...puerto de destino convenido)Para Transporte Terrestre DAF Entrega en frontera (...lugar convenido)OBLIGACIONES

VENDEDOR (A)COMPRADOR (B)

A1Suministro de las mercaderas de conformidad con el contrato.B1Pago del Precio.

A2Licencias, autorizaciones y formalidades.B2Licencias, autorizaciones y formalidades.

A3Contratos de transporte y seguro.B3Contratos de transporte y seguro.

A4EntregaB4Recepcin de la Entrega.

A5Transmisin de riesgosB5Transmisin de riesgos.

A6Reparto de GastosB6Reparto de Gastos.

A7Aviso al Comprador.B7Aviso al Vendedor.

A8Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrnico equivalente.B8Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrnico equivalente.

A9Comprobacin embalaje-marcado.B9Inspeccin de Mercaderas.

A10Otras obligaciones.B10Otras obligaciones.

DESGLOSE COSTE-RIESGO EN LOS INCOTERMS-2000Las operaciones de compraventa internacional se conforman mediante una sucesin de diferentes momentos clave en el tiempo. Los Incoterms, como ya hemos visto, pretenden discernir las obligaciones que el comprador y vendedor asumen en cada uno de esos momentos. A fin de simplificar lo ms posible todo el proceso para cada uno de los Incoterms y plasmarlo en el Cuadro 1, que resuma todas las obligaciones del comprador y del vendedor para cada trmino, hemos establecido 9 apartados o 9 momentos importantes, que a continuacin explicaremos:1. Embalaje y verificacin: Coste de embalaje, control de calidad de la mercanca,...2. Carga en almacn: Comprende la carga en el almacn o los locales del vendedor en el primer medio de transporte.3. Transporte interior. Gastos de transporte interior en el pas de procedencia desde el almacn hasta el medio de transporte principal.4. Trmites de exportacin. Despacho aduanero de exportacin.5. Transporte principal. Gastos del transporte principal.6. Seguro de transporte. Seguro del transporte principal.7. Trmites de importacin. Despacho aduanero de importacin en el pas de destino.8. Descarga del transporte principal.9. Carga y descarga en transporte interior en el pas de destino. Gastos de carga de la mercanca en el transporte interior del pas de destino. (Rosell Conde & Lopz Espejo, 2000)REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTEEXW (En Fbrica)El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar un contrato de transporte, de igual manera no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo el vendedor debe proporcionar la informacin pertinente de seguro o de transporte para facilitar la contratacin de los mismos por parte del comprador.El vendedor debe entregar la mercanca ponindola a disposicin del comprador en el punto acordado, y no cargada en ningn vehculo de recogida. El vendedor debe entregar la mercanca en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.El vendedor corre con todos los riesgos de prdida o dao causados a la mercanca hasta que se haya puesto a disposicin del comprador en el punto acordado, excepto si el comprador no da aviso suficiente de ir a retirar la mercanca desde la fecha acordada o la fecha de expiracin del contrato, siempre y cuando la mercanca sea objeto del contrato.El vendedor debe de pagar todos los costos hasta que la mercanca se haya entregado al comprador, incluidos los del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador no tiene ninguna obligacin ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte, ni de seguro.El comprador debe pagar todos los costos relativos a la mercanca posterior a su recepcin, pagar costos en el caso de que no haya dado aviso suficiente al vendedor de retirar la mercanca, pagar costos relativos a los trmites aduaneros que conlleva una exportacin y reembolsar los gastos en que haya incurrido el vendedor posterior a la entrega relativos a trmites para la exportacin.FCA (Franco Porteador)El vendedor debe contratar el transporte en las condiciones usuales a riesgos y expensas del comprador, en el caso de que lo solicite el comprador, o de ser una prctica comercial del pas del exportador; de igual manera el vendedor deber asumir los costos para el trmite de exportacin. Si este no es el caso, el comprador deber llevar a cabo la contratacin del transporte desde el lugar de entrega designado.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de contratar el seguro, sin embargo si es de inters para el comprador, el vendedor debe proporcionar la informacin necesaria para que se lleve a cabo esta contratacin.El vendedor debe entregar la mercanca al transportista o a la persona designada por el comprador en el punto acordado y dentro del plazo acordado.El vendedor corre con todos los riesgos y prdida de la mercanca hasta que se haya entregado.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador corre con todos los riesgos y prdida de la mercanca desde que ha recibido la misma. En el caso de que el comprador no haya notificado si ste iba a realizar el contrato de transporte o la persona designada, o en el caso de que la persona designada no se quiera hacer cargo de la mercanca, el comprador tendr que asumir los riesgos y costos siempre y cuando la mercanca sea objeto del contrato.El comprador debe notificar al vendedor el nombre del transportista o la persona designada con el tiempo suficiente para permitir al vendedor entregar la mercanca.CPT (Transporte Pagado Hasta)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor debe contratar el transporte desde el punto de entrega acordado hasta el lugar de destino designado. Hay que tomar en cuenta que en ste trmino, se considera que la mercanca ha sido entregada cuando se la ha entregado al transportista, desde ste punto el riesgo corre por cuenta del comprador. Sin embargo, el vendedor paga el transporte hasta el punto de destino designado. Cabe recalcar que la ruta deber ser la ms usual, y en el caso de que no se haya designado una ruta en especfico deber ser la que ms le convenga al vendedor.El vendedor debe proporcionar al comprador el documento de transporte, el mismo debe de permitir al comprador realizar algn reclamo al transportista, al igual que vender la mercanca en trnsito mediante la transferencia del documento.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe de proporcionar a riesgos y expensas del comprador la informacin necesaria para que el comprador pueda contratar el seguro, o viceversa.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir los costos desde el punto de entrega (es decir desde que se ha entregado la mercanca al transportista) hasta el lugar de destino designado (salvo que se haya designado lo contrario en el contrato de transporte).El comprador deber proporcionar la informacin necesaria al vendedor para que se lleve a cabo el trmite de transporte y de exportacin.CIP (Transporte y Seguro Pagado Hasta)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor debe contratar el transporte desde el punto de entrega acordado hasta el lugar de destino designado. Hay que tomar en cuenta que en ste trmino, se considera que la mercanca ha sido entregada cuando se la ha entregado al transportista, desde ste punto el riesgo corre por cuenta del comprador. Sin embargo, el vendedor paga el transporte hasta el punto de destino designado. Cabe recalcar que la ruta deber ser la ms usual, y en el caso de que no se haya designado una ruta en especfico deber ser la que ms le convenga al vendedor.El vendedor deber realizar la contratacin del seguro al menos con la cobertura mnima. El mismo deber cubrir como mnimo el precio dispuesto en el contrato ms un 10%. Asegurar la mercanca desde el punto de entrega al menos hasta el punto del lugar designado. El seguro deber contratarse con una Compaa de Seguros de buena reputacin y dar derecho al comprador o cualquier persona que tenga inters asegurable sobre la mercanca a reclamar directamente sobre el asegurador.El vendedor debe proporcionar al comprador el documento de transporte, el mismo debe de permitir al comprador realizar algn reclamo al transportista, al igual que vender la mercanca en trnsito mediante la transferencia del documento.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir los costos de seguro adicional a la cobertura mnima que es pagada por el vendedor.El comprador deber asumir los costos desde el punto de entrega (es decir desde que se ha entregado la mercanca al transportista) hasta el lugar de destino designado (salvo que se haya designado lo contrario en el contrato de transporte).DDU (Entregada Derechos No Pagados) El vendedor ha cumplido su obligacin de entregar la mercanca cuando ha sido puesta a disposicin del comprador en el lugar convenido del pas de importacin.El vendedor ha de asumir todos los gastos y riesgos relacionados con llevar la mercanca hasta aquel lugar, as como los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras. El comprador ha de pagar cualesquiera gastos adicionales y soportar los riesgos en caso de no poder despachar la mercanca en aduana para su importacin a su debido tiempo.Si las partes desean que el vendedor lleve a cabo los trmites aduaneros y soporte los gastos y riesgos resultantes, esto ha de ser claramente expresado, aadiendo las palabras pertinentes.Este trmino puede utilizarse sea cual sea el medio de transporte, pero cuando la entrega tenga lugar en el puerto de destino, a bordo del buque o en el muelle deben usarse los trminos DES o DEQ.Obligacin Comprador Pagar el precio segn lo dispuesto en el contrato de compraventa y obtendr cualquier licencia de importacin y llevar a cabo los trmites aduaneros necesarios para la importacin de la mercanca. Tomar posesin de la mercanca tan pronto como sta sea puesta a su disposicin y asumiendo todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca desde el momento en que haya sido puesta a su disposicin, adems de pagar todos los gastos relacionados con la mercanca desde dicho momento. Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de un plazo estipulado y/o el lugar donde recibir la entrega le dar al vendedor aviso suficiente al respecto. Tendr que aceptar la adecuada orden de entrega y pagar los gastos de la inspeccin previa al embarque y todos los gastos y cargas en que se haya incurrido para la obtencin de documentos y reembolsar los efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al respecto.Obligacin Vendedor Suministrar la mercanca y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta y obtener cualquier licencia de exportacin u otras autorizaciones oficiales precisas para llevar a cabo todos los trmites aduaneros para la exportacin de la mercanca. Tiene que contratar el transporte de la mercanca por una ruta usual y si no se ha acordado ningn punto o si ste no viene determinado por la prctica, el vendedor puede escoger el punto del lugar de destino que mejor le convenga. Tiene que poner la mercanca a disposicin del comprador en la fecha o dentro del plazo estipulado, as como asumir todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca hasta el momento en que haya sido entregada al comprador, pagando todos los gastos relacionados con la mercanca hasta dicho momento. Asume los gastos de los trmites aduaneros necesarios para la exportacin. Dar al comprador aviso suficiente del despacho de la mercanca, as como cualquier otra informacin necesaria para que el comprador pueda adoptar las medidas que normalmente hagan falta para permitirle retirar la mercanca. Tiene que facilitar la orden de entrega y/o el documento de transporte que pueda necesitar el comprador para tomar posesin de la mercanca, as como pagar los gastos de las operaciones de verificacin necesarios para poder entregar la mercanca y proporcionar a sus expensas el embalaje requerido para la entrega de la mercanca.DDP (Entregada Derechos Pagados)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma. De igual manera, ste trmino exige que el vendedor tambin se encargue de los trmites aduaneros para la importacin de la mercanca, tales como los derechos de aduana, impuestos, y dems costos relacionados.El vendedor deber contratar el transporte hasta el lugar de destino designado o el punto acordado. Si no se llegara a acordar ningn punto, el vendedor podr elegir el punto que mejor le convenga en el lugar de destino designado. En ste trmino se considera que la mercanca est entregada cuando ha llegado al lugar de destino designado (incluye el punto acordado en el caso de que se hubiere determinado) y preparada para su descarga est a disposicin del comprador.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar el contrato de seguro, sin embargo si el comprador va a contratar el mismo, el vendedor debe brindar la informacin necesaria para que se lleve a cabo.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador corre con todos los riesgos y daos de la mercanca desde que la misma ha sido entregada (ha sido preparada para su descarga y a su vez se considera que est a disposicin del comprador en el lugar de destino designado).REGLAS PARA TRANSPORTE MARTIMO Y VAS NAVEGABLES INTERIORESFAS (Franco al Costado del Buque)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor no tiene ninguna obligacin con el comprador de formalizar el contrato de transporte, sin embrago, si as lo solicita el comprador, el vendedor deber contratar el transporte pero a riesgos y expensas del comprador. Se considerar la mercanca entregada cuando el vendedor coloca la misma al costado del buque designado por el comprador en el punto de carga, si lo hay indicado por el comprador en el puerto de embarque designado, o proporcionando la mercanca as entregada. En cualquiera de los dos casos el vendedor deber entregar la mercanca dentro del plazo acordado. Si el comprador no ha indicado un punto de carga especfico, el vendedor podr elegir el punto de carga que mejor le convenga en el puerto de embarque designado.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar el contrato de seguro, sin embargo si el comprador va a contratar el mismo, el vendedor debe brindar la informacin necesaria para que se lleve a cabo.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir los costos en el caso de que el buque designado por l no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercanca, siempre y cuando la mercanca se haya declarado como mercanca objeto del contrato. El comprador deber comunicar al vendedor el nombre del buque, el punto de carga, y cuando sea necesario el momento de entrega escogido dentro del plazo acordado.FOB (Franco a Bordo)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor no tiene ninguna obligacin con el comprador de formalizar el contrato de transporte, sin embrago, si as lo solicita el comprador, el vendedor deber contratar el transporte pero a riesgos y expensas del comprador. Se considerar la mercanca entregada cuando el vendedor coloca la misma a bordo del buque designado por el comprador en el punto de carga, si lo hay indicado por el comprador en el puerto de embarque designado, o proporcionando la mercanca as entregada. En cualquiera de los dos casos el vendedor deber entregar la mercanca dentro del plazo acordado. Si el comprador no ha indicado un punto de carga especfico, el vendedor podr elegir el punto de carga que mejor le convenga en el puerto de embarque designado.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar el contrato de seguro, sin embargo si el comprador va a contratar el mismo, el vendedor debe brindar la informacin necesaria para que se lleve a cabo.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir los costos en el caso de que el buque designado por l no llega a tiempo, o no puede hacerse cargo de la mercanca, siempre y cuando la mercanca se haya declarado como mercanca objeto del contrato. El comprador deber comunicar al vendedor el nombre del buque, el punto de carga, y cuando sea necesario el momento de entrega escogido dentro del plazo acordado.CFR (Costo y Flete)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor tiene la obligacin de contratar el transporte desde el punto de entrega acordado hasta puerto de destino designado, o en el caso de que se haya acordado, un punto especfico en dicho puerto designado. El vendedor deber proporcionar un transporte por la ruta usual en un buque del tipo normalmente utilizado para el transporte del tipo de mercanca vendida. Se considera la mercanca entregada cuando est puesta a bordo del buque o cuando se proporciona la mercanca as entregada. Cabe recalcar que ste trmino difiere el momento de la entrega de la mercanca, con el momento al cual el vendedor tiene obligacin de asumir los costos, dando as que el riesgo se transmite al comprador cuando la mercanca est a bordo del buque, pero el vendedor tiene que asumir los costos cuando la mercanca llega al puerto de destino designado.El vendedor no tiene ninguna obligacin ante el comprador de formalizar el contrato de seguro, sin embargo si el comprador va a contratar el mismo, el vendedor debe brindar la informacin necesaria para que se lleve a cabo.El vendedor debe proporcionar al comprador el documento de transporte, el mismo debe de permitir al comprador realizar algn reclamo al transportista, al igual que vender la mercanca en trnsito mediante la transferencia del documento.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir todos los costos desde que la mercanca ha sido entregada, incluyendo los costos relativos a la mercanca mientras est en trnsito hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales costos y gastos fueran por cuenta del vendedor segn el contrato de transporte.CIF (Costo, Seguro y Flete)El vendedor debe realizar el trmite para la exportacin de la mercanca, as como asumir los costos de la misma.El vendedor tiene la obligacin de contratar el transporte desde el punto de entrega acordado hasta puerto de destino designado, o en el caso de que se haya acordado, un punto especfico en dicho puerto designado. El vendedor deber proporcionar un transporte por la ruta usual en un buque del tipo normalmente utilizado para el transporte del tipo de mercanca vendida. Se considera la mercanca entregada cuando est puesta a bordo del buque o cuando se proporciona la mercanca as entregada. Cabe recalcar que ste trmino difiere el momento de la entrega de la mercanca, con el momento al cual el vendedor tiene obligacin de asumir los costos, dando as que el riesgo se transmite al comprador cuando la mercanca est a bordo del buque, pero el vendedor tiene que asumir los costos cuando la mercanca llega al puerto de destino designado.El vendedor deber realizar la contratacin del seguro al menos con la cobertura mnima. El mismo deber cubrir como mnimo el precio dispuesto en el contrato ms un 10%. Asegurar la mercanca desde el punto de entrega al menos hasta el puerto de destino designado. El seguro deber contratarse con una Compaa de Seguros de buena reputacin y dar derecho al comprador o cualquier persona que tenga inters asegurable sobre la mercanca a reclamar directamente sobre el asegurador.En el caso de que el comprador est interesado de contratar coberturas adicionales de seguro, ser a expensas de l mismo, y deber proporcionar la informacin necesaria al vendedor para que facilite la obtencin de esa cobertura adicional.El vendedor debe proporcionar al comprador el documento de transporte, el mismo debe de permitir al comprador realizar algn reclamo al transportista, al igual que vender la mercanca en trnsito mediante la transferencia del documento.El vendedor debe asumir los costos del embalaje, esto incluye tambin en el caso de que el comprador requiera de un embalaje en especfico siempre y cuando est dentro del plazo del contrato de compraventa.El comprador deber asumir todos los costos desde que la mercanca ha sido entregada, incluyendo los costos relativos a la mercanca mientras est en trnsito hasta su llegada al puerto de destino, salvo que tales costos y gastos fueran por cuenta del vendedor segn el contrato de transporte. (Cmara de Comercio Internacional, s.f.)DES (Entregada Sobre El Buque, Exclusivamente Martimo) El vendedor ha cumplido su obligacin de entrega cuando ha puesto la mercanca a disposicin del comprador o en un trasporte multimodal o a bordo de un buque, en el puerto de destino convenido, sin despacharla en aduana para la importacin.Se utiliza cuando las partes deciden que es el vendedor quien asume los costes y riesgos de descargar la mercanca.Este trmino slo puede usarse para el transporte por mar o por vas navegables interiores.Obligacin Comprador Este tiene que pagar el precio segn lo dispuesto en el contrato de compraventa, as como conseguir cualquier licencia de importacin, autorizacin oficial precisa y realizar todos los trmites aduaneros necesarios para la importacin. Tomar posesin de la mercanca tan pronto como sta sea puesta a su disposicin y asumir todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca desde este momento, salvo que no le haya dado aviso suficiente al vendedor en donde asumir todos los riesgos de prdida y dao a partir de la fecha convenida para la entrega. Pagar los gastos relacionados con la mercanca, incluidos los de descarga, desde el momento en que ha sido puesta a su disposicin, los derechos, impuestos y otras cargas oficiales, as como los gastos de la inspeccin previa al embarque. Tambin aceptar la orden de entrega o el documento de transporte.Obligacin Vendedor Deber suministrar la mercanca y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta. Obtendr cualquier licencia de exportacin y llevar a cabo todos los trmites aduaneros necesarios para dicha exportacin. Tendr que contratar el transporte de la mercanca hasta el punto convenido del puerto de destino mencionado. Colocar la mercanca a disposicin del comprador a bordo del buque sin realizar el despacho de importacin, en la fecha o dentro del plazo estipulado, de forma tal que pueda ser retirada del buque por el equipo de descarga adecuado a la naturaleza de la mercanca. Asumir todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca hasta el momento en que haya sido entregada. El vendedor pagar todos los gastos relacionados con la mercanca hasta el momento en que haya sido entregada, as como los gastos de los trmites aduaneros necesarios a la exportacin, los derechos, impuestos y cargas oficiales exigibles a la exportacin. Le tiene que dar al comprador aviso suficiente de la fecha estimada de la llegada del buque convenido, as como cualquier otra informacin necesaria para que el comprador pueda adoptar las medidas que normalmente hagan falta para permitirle retirar la mercanca. Le facilitar al comprador la orden de entrega y/o el documento de transporte que le permita tomar posesin de la mercanca. Pagar los gastos de las operaciones de verificacin necesarios para poder entregar la mercanca y proporcionar a sus expensas el embalaje requerido para el transporte de la mercanca.DEQ (Entregada En Muelle Con Derechos Pagados, Exclusivamente Martimo) El vendedor ha cumplido su obligacin de entrega cuando ha puesto la mercanca a disposicin del comprador sobre el muelle, en el puerto de destino convenido.Este trmino no debe usarse si el vendedor no puede obtener la licencia de importacin.Si las partes desean que el comprador despache en aduana la mercanca para la importacin y pague los derechos, deberan utilizarse las palabras "duty unpaid" (derechos no pagados) en vez de "duty paid" (derechos pagados).Obligacin Comprador Pagar el precio segn lo dispuesto en el contrato de compraventa y proporcionar al vendedor la ayuda precisa para conseguir cualquier licencia de importacin u otra autorizacin oficial necesaria para la importacin de la mercanca, adems la toma de posesin de la mercanca tan pronto como sta sea puesta a su disposicin. El comprador asume todos los costes derivados de la importacin as como, as como obtener todos los los permisos y licencias necesarios para su importacin. Si desea que esta responsabilidad la asuma el vendedor deber sealarse en el contrato de compraventa. Asume todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca desde el momento en que hay sido puesta a su disposicin, as como paga todos los gastos relacionados con la mercanca desde dicho momento. Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de un plazo estipulado le dar al vendedor aviso suficiente al respecto y aceptar la orden de entrega o el documento de transporte. Pagar los gastos de inspeccin previa al embarque, excepto si la inspeccin ha sido ordenada por las autoridades del pas exportador. Facilitar al vendedor la asistencia precisa para conseguir los documentos emitidos en el pas de importacin que el vendedor pueda requerir a fin de poner la mercanca a disposicin del comprador.Obligacin Vendedor Suministrar la mercanca y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta, adems obtendr cuales quiera licencia de exportacin e importacin y llevar a cabo todos los trmites aduaneros para la exportacin e importacin de la mercanca. Contratar el transporte de la mercanca por una ruta usual y pondr la mercanca a disposicin del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido y en la fecha acordada. Pagar todos los gastos relacionados con la mercanca hasta el momento en que haya sido entregada y los gastos de los trmites aduaneros, as como todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales exigibles a la exportacin y a la importacin de la mercanca. Dar al comprador aviso suficiente de la fecha estimada de la llegada del buque convenido, as como cualquier otra informacin necesaria para que el comprador pueda adoptar las medidas que normalmente hagan falta para permitirle retirar la mercanca. Facilitar al comprador la orden de entrega que permita al comprador tomar posesin de la mercanca. Pagar los gastos de las operaciones de verificacin necesarios para poder entregar la mercanca, as como los gastos y cargas contrados por el comprador al obtener los documentos requeridos para la realizacin del despacho de importacin o cualquier otra gestin precisada hasta poner la mercanca a disposicin del comprador.REGLAS PARA TRANSPORTE TERRESTREDAF (Entrega en frontera)Significa que el vendedor ha cumplido su obligacin de entrega cuando ha entregado la mercanca, en el punto y lugar convenidos de la frontera de destino, pero antes de la aduana fronteriza del pas colindante, sin descargar del elemento de trasporte y sin realizar el despacho de importacin. Con este trmino es muy importante tener claro que la frontera debe estar definida con precisin, haciendo mencin del punto y del lugar.El trmino est pensado para su utilizacin exclusiva cuando la mercanca sea entregada en una frontera terrestre, y por tanto transportada por ferrocarril o carretera.Obligacin Comprador El comprador tiene que pagar el precio segn lo dispuesto en el contrato de compraventa, conseguir cualquier licencia de importacin y llevar a cabo los trmites aduaneros para la importacin de la mercanca. Est obligado a recibir la entrega de la mercanca tan pronto como haya sido puesta a su disposicin, as como asumir todos los riesgos de prdida o dao de la mercanca desde el momento en que haya sido puesta a su disposicin y pagar todos los gastos desde ese momento y los derechos, impuestos y otras cargas oficiales. Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de un estipulado plazo y/o el lugar de recepcin de la entrega le tiene que dar al vendedor aviso suficiente al respecto. Aceptar el documento de transporte y/o cualquier otra prueba de la entrega, pagar los gastos de la inspeccin previa al embarque, as como todos los gastos y cargar en que se haya incurrido para obtener los documentos y reembolsar los efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al respecto.Obligacin Vendedor Este tiene que suministrar la mercanca y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta, y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. Tiene que obtener cualquier licencia de exportacin o cualquier otro documento necesario para colocar la mercanca a disposicin del comprador y llevar a cabo todos los trmites aduaneros para la exportacin de la mercanca al lugar mencionado de entrega en la frontera. El vendedor se ve en la obligacin de contratar el transporte de la mercanca por una ruta usual y en una forma acostumbrada hasta el punto convenido del lugar de entrega en la frontera y colocar la mercanca a disposicin del comprador en el lugar mencionado de entrega en la frontera, en la fecha o dentro del plazo estipulado. Los gastos a los que tiene que hacer frente son los relativos a la mercanca hasta que haya sido entregada, los gastos de las operaciones de descarga, los gastos de trmites aduaneros necesarios para la exportacin, as como los derechos, impuestos y otras cargas oficiales exigibles a la exportacin. Este tiene que dar al comprador aviso suficiente del despacho de la mercanca hacia el lugar mencionado de la frontera, facilitara al comprador los documentos usuales y otra prueba de la entrega de la mercanca en el lugar de la frontera mencionado. Pagar los gastos de las operaciones de verificacin necesarios para poder entregar la mercanca y prestar al comprador la ayuda precisa para obtener cualquier documento necesario para la importacin de la mercanca. (Comisin para la Promocin de Exportaciones - PROMPEX, s.f.)RECOMENDACIONES PARA ESTABLECER UNA CLUSULA DE CONDICIONES PARA EL USO Y APLICACIN DE LAS REGLAS INCOTERMS: Indicar los procedimientos para los embarques; Determinar los medios de transporte a utilizar en la logstica de las cargas; Detallar la documentacin exigida para cumplir con las formalidades de aduanas, del pas de origen y de destino final; previo a la movilizacin de las cargas; Delimitar las responsabilidades de las partes aplicando la regla Incoterms adecuada, segn lo referido en los puntos anteriores; inclusive la descripcin de los rubros de gastos. Indicar los procedimientos para los embarques; Determinar los medios de transporte a utilizar en la logstica de las cargas; Detallar la documentacin exigida para cumplir con las formalidades de aduanas, del pas de origen y de destino final; previo a la movilizacin de las cargas; Delimitar las responsabilidades de las partes aplicando la regla Incoterms adecuada, segn lo referido en los puntos anteriores; inclusive la descripcin de los rubros de gastos.ARBITRAJE DE CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL (ICC)Las partes contratantes que deseen tener la posibilidad de recurrir al arbitraje de la ICC en caso de litigio, deben especificarlo claramente en su contrato o en cualquiera de los documentos que hayan intercambiado antes de haber acordado la transaccin.El hecho de utilizar un Incoterms No constituye por s solo un acuerdo para recurrir al arbitraje de la ICC.La clusula tipo de arbitraje recomendada por la ICC es la siguiente:Cualquier controversia que surja fuera de o en relacin con el presente contrato ser objeto de solucin final con sumisin al Reglamento de Arbitraje de la Cmara Internacional de Comercio, mediante uno o ms rbitros designados de conformidad con dicho Reglamento.

PERSPECTIVA ECUATORIANALa Aduana del Ecuador y los pases de la Comunidad Andina, reconocen la aplicacin de los Incoterms de la Cmara de Comercio Internacional, en los controles aduaneros durante el despacho de las mercancas importadas, as como en el control posterior (luego de la salida las mercancas de Aduana).Artculo 66. INCOTERMS, del Reglamento Comunitario de la Decisin 571 de la CAN. -Valor en Aduana de las mercancas importadas, adoptado mediante la Resolucin 846 de la CAN-1. Para facilitar la valoracin de las mercancas y en especial, la aplicacin de los ajustes de que trata la Seccin II del Captulo I del Ttulo II del presente Reglamento, se utilizarn los Trminos Internacionales de Comercio INCOTERMS, publicados por la Cmara de Comercio Internacional o cualquier otra designacin que consigne las condiciones de entrega de la mercanca importada por parte del vendedor, contractualmente acordadas.En el Ecuador, las nuevas reglas Incoterms son de aplicacin general, particularmente en las transacciones de comercio internacional que se desarrollen en el pas. La Aduana del Ecuador reconoce su uso en la Norma para los controles de despacho de mercancas. (CAMARA DE COMERCIO DE GUAYAQUIL, s.f.)

BIBLIOGRAFIA:CAMARA DE COMERCIO DE GUAYAQUIL. (s.f.). Universidad Tecnologica Equinoccial. Recuperado el 23 de 11 de 2014, de http://app.ute.edu.ec/content/3265-52-12-1-2-12/PPT%20INCOTERMS%202010.pdfCmara de Comercio Internacional. (s.f.). PRO ECUADOR. Recuperado el 17 de 11 de 2014, de http://www.proecuador.gob.ec/exportadores/requisitos-para-exportar/incoterms/Comisin para la Promocin de Exportaciones - PROMPEX. (s.f.). Pontificia Universidad Catlica del Per Blog. Recuperado el 23 de 11 de 2014, de http://blog.pucp.edu.pe/media/810/20071228-02-23-incoterms.pdfRomn, L. (02 de 2010). Direccin Inteligencia Comercial PROCOMER. Recuperado el 17 de 11 de 2014, de http://www.procomer.com/contenido/descargables/logistica-exportacion/otros/incoterm-2010.pdfRosell Conde, A., & Lopz Espejo, C. (14 de 02 de 2000). Revistas ICE. Recuperado el 23 de 11 de 2014, de http://www.revistasice.com/CachePDF/BICE_2643_I-VIII__5AE21BBDED4EF5C82DCA5A31819F11CD.pdf