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“INTERVENCION FISCAL EN LOS PROCESOS DE CONTRAVENCION” Juan Carlos Torres Rosello. Fiscal Provincial Titular de Familia de Lima.

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“INTERVENCION FISCAL EN

LOS PROCESOS DE CONTRAVENCION”

Juan Carlos Torres Rosello.

Fiscal Provincial Titular de Familia de Lima.

LA CONTRAVENCIÓN

� Es una institución del derecho deinfancia introducida como unainnovación por el Código de los Niñosy Adolescentes.y Adolescentes.

� Se encuentra ubicado en el LibroSegundo, Capítulo V: Contravencionesy Sanciones (artículos 69 al 73 delCódigo de los Niños y Adolescentes.

LA CONTRAVENCION

� CONCEPTO LEGAL-JURISPRUDENCIAL

La contravención es toda acción uomisión que atenta contra el ejercicio delos derechos de los niños, niñas ylos derechos de los niños, niñas yadolescentes señalados en la ley.(derechos

generales, específicos, así como libertades de los niños)

(Artículo 69 del código y sentencias dejuzgados y salas superior de familia ysuprema civil).

LA CONTRAVENCION

Los derechos que reconocen la ley:

Derechos civiles y políticos: derecho a lavida y supervivencia, a un nombre y una nacionalidad y aconocer a sus padres; a la identidad; a nos ser separadode sus padres, salvo exigencias fundadas; a entrar y salirde sus padres, salvo exigencias fundadas; a entrar y salirdel país; a la libertad de expresión; a la libertad depensamiento, conciencia y religión; a la libertad deasociación y de reunión pacífica (con las restriccioneshabituales); a la no injerencia en su vida privada, familiar ycorrespondencia, honra y reputación; al acceso a lainformación; derecho a la crianza y desarrollo, etc.

LA CONTRAVENCION

Los derechos que reconocen la ley:

Derechos económicos, sociales yculturales: derecho a la asistencia sanitaria, a lasalud y asistencia médica, derecho a la nutrición, a lasalud y asistencia médica, derecho a la nutrición, a laseguridad social, a un nivel de vida adecuado para sudesarrollo físico, mental, espiritual, moral y social;derechos a la educación, desarrollo de su personalidad,respeto a los derechos humanos, la paz, la tolerancia, laigualdad, derecho al medio ambiente, derechos de lainfancia de las minorías étnicas y religiosas o lingüísticas,derecho al descanso y al esparcimiento, derechosrelativos al trabajo, etc.

LA CONTRAVENCION

Los derechos que reconocen la ley:

Derechos en circunstancias socialesanómalas o de riesgo: a la protección contra laexplotación económica y contra cualquier trabajoexplotación económica y contra cualquier trabajopeligroso; derechos de los niños contra el uso ilícito deestupefacientes y sustancias sicotrópicas, y en laproducción y tráfico de ellas; derechos de los niños contratodas las formas de explotación y abuso sexual;, derechosde los niños contra el secuestro, la venta o trata de niñospara cualquier fin o en cualquier forma, derechos de losniños

COMPETENCIA PARA APLICAR SANCIONES

COMPETENCIA ADMINISTRATIVACOMPETENCIA ADMINISTRATIVA::EsEs competenciacompetencia yy responsabilidadresponsabilidad deldel PROMUDEHPROMUDEH (hoy(hoyMIMP),MIMP), dede lala DefensoríaDefensoría deldel NiñoNiño yy AdolescenteAdolescente yy dede loslosGobiernosGobiernos Locales,Locales, vigilarvigilar elel cumplimientocumplimiento yy aplicaraplicar laslassancionessanciones administrativasadministrativas dede susu competenciacompetencia cuandocuando seseencuentrenencuentren amenazadosamenazados oo vulneradosvulnerados loslos derechosderechos dede loslosencuentrenencuentren amenazadosamenazados oo vulneradosvulnerados loslos derechosderechos dede loslosniñosniños yy adolescentesadolescentes.. (artículo(artículo 7070))..

LosLos GobiernosGobiernos RegionalesRegionales yy LocalesLocales dictarándictarán laslas normasnormascomplementariascomplementarias queque estaesta LeyLey requiere,requiere, estableciendoestableciendodisposicionesdisposiciones yy sancionessanciones administrativasadministrativas adecuadasadecuadas aa laslaspeculiaridadespeculiaridades yy especificidadesespecificidades dede loslos niñosniños yy adolescentesadolescentesdede susu regiónregión oo localidadlocalidad.. (artículo(artículo 7373))..

COMPETENCIA PARA APLICAR SANCIONES

COMPETENCIA JURISDICCIONALCOMPETENCIA JURISDICCIONAL::LosLos juecesjueces especializadosespecializados estánestán facultadosfacultados parapara aplicaraplicar laslassancionessanciones judicialesjudiciales correspondientes,correspondientes, concon intervenciónintervención deldelMinisterioMinisterio PúblicoPúblico.. (artículo(artículo 7272))..

ElEl MinisterioMinisterio PúblicoPúblico aa travéstravés deldel FiscalFiscal EspecializadoEspecializado yy deldelElEl MinisterioMinisterio PúblicoPúblico aa travéstravés deldel FiscalFiscal EspecializadoEspecializado yy deldelFiscalFiscal dede PrevenciónPrevención deldel Delito,Delito, vigilaravigilara elel cumplimientocumplimiento dedeestaesta LeyLey.. (artículo(artículo 7171))..

CorrespondeCorresponde alal JuezJuez dede FamiliaFamilia::AplicarAplicar sancionessanciones sobresobre laslas contravencionescontravenciones aa loslos derechosderechosdeldel niñoniño yy deldel adolescenteadolescente.. LaLa sanciónsanción podrápodrá serser hastahasta diezdiezUnidadesUnidades dede ReferenciaReferencia ProcesalProcesal.. (artículo(artículo 137137 incisoinciso e)e)..

CONTRAVENCIÓN EN MANUAL DE FISCALIAS DE FAMILIA

DEFINICIÓNDEFINICIÓNConstituyenConstituyen contravencióncontravención todastodas aquellasaquellas accionesacciones uuomisionesomisiones queque atentanatentan contracontra elel ejercicioejercicio dede loslos derechosderechos dedeloslos niños,niños, niñasniñas yy adolescentes,adolescentes, (p(p.. ejej.. TT..P,P, LibroLibro I,I, CapsCaps.. I,I, II,II,IIIIII deldel CC..NN..AA..)).. LasLas contravencionescontravenciones puedenpueden dardar lugarlugar aatrámitestrámites administrativosadministrativos oo jurisdiccionales,jurisdiccionales, segúnsegún lala naturalezanaturalezatrámitestrámites administrativosadministrativos oo jurisdiccionales,jurisdiccionales, segúnsegún lala naturalezanaturaleza(arts(arts.. 7171°° yy 7272°° deldel CC..NN..AA..)) SeSe inicianinician aa instanciainstancia dede parteparte oo dedeoficiooficio yy dandan lugarlugar aa sancionessanciones administrativasadministrativas oo judicialesjudiciales..

ElEl MinisterioMinisterio PúblicoPúblico aa travéstravés deldel FiscalFiscal EspecializadoEspecializado yy deldelFiscalFiscal dede PrevenciónPrevención deldel Delito,Delito, vigilaravigilara elel cumplimientocumplimiento dedeestaesta LeyLey.. (artículo(artículo 7171))..

CorrespondeCorresponde alal JuezJuez dede FamiliaFamilia::AplicarAplicar sancionessanciones sobresobre laslas contravencionescontravenciones aa loslos derechosderechosdeldel niñoniño yy deldel adolescenteadolescente.. LaLa sanciónsanción podrápodrá serser hastahasta diezdiezUnidadesUnidades dede ReferenciaReferencia ProcesalProcesal.. (artículo(artículo 137137 incisoinciso e)e)..

PROCEDIMIENTO PARA LACONTRAVENCION

ENEN SEDESEDE ADMINISTRATIVAADMINISTRATIVAElEl PROMUDEHPROMUDEH (hoy(hoy MIMP),MIMP), DefensoríasDefensorías yy GobiernosGobiernosLocales,Locales, estabanestaban facultadosfacultados parapara imponerimponer sanciones,sanciones,consecuentementeconsecuentemente parapara hacerhacer efectivaefectiva talestales sancionessanciones debiódebióemitirseemitirse unauna reglamentaciónreglamentación porpor elel PROMUDEHPROMUDEH (hoy(hoy MIMP)MIMP)enen susu condicióncondición dede enteente RectorRector deldel SistemaSistema NacionalNacional dedeenen susu condicióncondición dede enteente RectorRector deldel SistemaSistema NacionalNacional dedeAtenciónAtención IntegralIntegral alal NiñoNiño yy alal AdolescenteAdolescente.. IgualmenteIgualmente loslosGobiernosGobiernos RegionalesRegionales yy loslos GobiernosGobiernos Locales,Locales, debierondebieron yydebendeben aúnaún dictardictar normasnormas complementariascomplementarias parapara establecerestablecer elelprocedimientoprocedimiento yy aplicacionesaplicaciones dede sancionessanciones.. (consideramos(consideramoscorrespondecorresponde seasea unun procedimientoprocedimiento concon mínimomínimo formalismoformalismo yydede intervenciónintervención urgente)urgente)..

AlAl omitirseomitirse lala reglamentación,reglamentación, nono sese haha implementadoimplementado laslassancionessanciones porpor contravencióncontravención aa travéstravés deldel MIMP,MIMP, DefensoríasDefensorías yyGobiernosGobiernos LocalesLocales..

¿INVESTIGACION JUDICIAL OPROCESO JUDICIAL?

ENEN SEDESEDE JUDICIALJUDICIALElEl CódigoCódigo nono establecióestableció sisi lala contravencióncontravención sese tramitatramita comocomounauna investigacióninvestigación judicialjudicial tutelartutelar oo comocomo unun procesoproceso único,único,comocomo sísí lolo establecióestableció parapara otrasotras institucionesinstituciones deldel derechoderecho dedeinfanciainfancia.. ElEl legisladorlegislador peruano,peruano, lala habríahabría previstoprevisto así,así, parapara unaunaactuaciónactuación másmás dinámicadinámica deldel juezjuez yy deldel fiscal,fiscal, eventualmenteeventualmenteactuaciónactuación másmás dinámicadinámica deldel juezjuez yy deldel fiscal,fiscal, eventualmenteeventualmenteenen participaciónparticipación conjuntaconjunta ee inmediata,inmediata, cuandocuando sese presentarápresentaráenen lala localidad,localidad, accionesacciones uu omisionesomisiones queque atentenatenten contracontra elelejercicioejercicio dede loslos derechosderechos dede loslos niñosniños yy adolescentesadolescentes.. ElloEllopodríapodría inferirseinferirse dede lala redacciónredacción deldel artículoartículo 7272,, queque estableceestablece::““LosLos juecesjueces especializadosespecializados estánestán facultadosfacultados parapara aplicaraplicarsancionessanciones judicialesjudiciales correspondientes,correspondientes, concon intervenciónintervención deldelrepresentanterepresentante deldel MinisterioMinisterio PúblicoPúblico””..EstaEsta formaforma dede actuaciónactuación sese habríahabría dadodado inicialmenteinicialmente sobresobretodotodo enen provinciasprovincias concon juecesjueces yy fiscalesfiscales dede familiafamilia quequerealizabanrealizaban unauna laborlabor concon mayormayor coordinacióncoordinación..

PROCESAMIENTO JUDICIAL DE LACONTRAVENCION

ANTESANTES DELDEL MANUALMANUAL DELDEL FISCALFISCAL DEDE FAMILIAFAMILIA--AntesAntes dede publicarsepublicarse elel ManualManual dede ProcedimientosProcedimientos dedeFiscalíasFiscalías dede Familia,Familia, laslas fiscalíasfiscalías luegoluego dede lala investigacióninvestigaciónpreliminarpreliminar dede lala presuntapresunta contravencióncontravención dede derechosderechos dede ununniño,niño, niñaniña oo adolescente,adolescente, cuandocuando sese considerabaconsideraba queque habíahabíameritomerito aa solicitarsolicitar investigacióninvestigación judicialjudicial porpor contravención,contravención,meritomerito aa solicitarsolicitar investigacióninvestigación judicialjudicial porpor contravención,contravención,emitíaemitía lala resoluciónresolución fiscalfiscal motivadamotivada correspondientecorrespondiente yy conconoficiooficio respectivo,respectivo, remitíaremitía elel expediente,expediente, solicitandosolicitando aperturaapertura dedeinvestigacióninvestigación tutelartutelar porpor contravencióncontravención yy apliqueaplique lala sanciónsanción..DESPUESDESPUES DELDEL MANUALMANUAL DELDEL FISCALFISCAL DEDE FAMILIAFAMILIA--DespuésDespués dede publicarsepublicarse elel ManualManual dede ProcedimientosProcedimientos dede laslasFiscalíasFiscalías dede Familia,Familia, laslas fiscalíasfiscalías luegoluego dede lala investigacióninvestigación (sin(sinqueque sese hayahaya producidoproducido ningunaninguna modificaciónmodificación legislativalegislativa dede losloscincocinco artículosartículos deldel capítulocapítulo dede contravencionescontravenciones yy sancionessancionesdeldel códigocódigo deldel niño),niño), sese consideroconsidero queque lala víavía procesalprocesal seasea laladede procesoproceso único,único, porqueporque asíasí lolo indicoindico elel citadocitado manualmanual..

CONTRA QUIENES PROCEDE LAACCION DE CONTRAVENCION

--LaLa casacióncasación 37653765--20142014--LIMA,LIMA, declaródeclaróimprocedenteimprocedente unun recursorecurso dede casacióncasación interpuestointerpuestoporpor unun FiscalFiscal dede FamiliaFamilia dede Lima,Lima, enen unaunacontravención,contravención, enen razónrazón aa queque loslos agraviosagravios yysustentosustento dede susu recursorecurso dede casacióncasación eraneran similaressimilares aaloslos dede susu apelación,apelación, yy porpor tantotanto yaya fuefue materiamateria dedepronunciamiento,pronunciamiento, añadiendoañadiendo luego,luego, sinsin mayormayorpronunciamiento,pronunciamiento, añadiendoañadiendo luego,luego, sinsin mayormayorargumentación,argumentación, “y“y ademásademás estasestas normasnormas sonson dedeaplicaciónaplicación únicamenteúnicamente aa funcionarios”,funcionarios”, lolo cualcual sisibienbien solosolo sese encuentraencuentra enen unun considerandoconsiderando (octavo)(octavo)yy nono enen lala parteparte resolutivaresolutiva dede lala casación,casación, nono dejadejadede preocupar,preocupar, porqueporque seríasería unauna interpretacióninterpretaciónrestrictivarestrictiva queque nono sese condicecondice concon lala obligaciónobligación deldelEstadoEstado asumidoasumido porpor lala Constitución,Constitución, laslas leyesleyes yytratadostratados internacionales,internacionales, dede protecciónprotección yy plenoplenorespetorespeto dede loslos derechosderechos dede loslos niños,niños, niñasniñas yyadolescentesadolescentes..

CONTRA QUIENES PROCEDE LAACCION DE CONTRAVENCION

--ElEl códigocódigo dede lala especialidadespecialidad enen susu textotexto nono limitalimita lalalegitimidadlegitimidad pasivapasiva..--LasLas interpretacionesinterpretaciones enen materiamateria dede derechosderechoshumanos,humanos, yy dede respetorespeto yy protecciónprotección dede derechosderechos dedeniños,niños, niñasniñas yy adolescentesadolescentes nono puedenpueden serserniños,niños, niñasniñas yy adolescentesadolescentes nono puedenpueden serserrestrictivasrestrictivas.. (tener(tener enen cuentacuenta elel bloquebloque dedeconstitucionalidad)constitucionalidad)--NoNo sese puedepuede distinguirdistinguir dondedonde lala leyley nono distinguedistingue..--LaLa prácticapráctica judicialjudicial durantedurante másmás dede quincequince añosaños dedevigenciavigencia deldel códigocódigo dede loslos niñosniños yy adolescentes,adolescentes,sinsin modificaciónmodificación dede laslas normasnormas sobresobre lala materia,materia, hahareconocidoreconocido queque lala mismamisma procedeprocede contracontra todatodapersonapersona queque incurraincurra enen contravencióncontravención dede derechosderechosdede niños,niños, niñasniñas yy adolescentesadolescentes..

CONTRA QUIENES PROCEDE LAACCION DE CONTRAVENCION

--InclusoIncluso lala propiapropia SalaSala SupremaSuprema CivilCivil bajobajo lalaPresidenciaPresidencia deldel actualactual PresidentePresidente deldel PoderPoderJudicial,Judicial, DrDr.. VíctorVíctor TiconaTicona,, enen lala CasaciónCasación 14311431--20142014--Cusco,Cusco, enen unun casocaso dede contravencióncontravención quequeconocieronconocieron enen casación,casación, enen queque loslos sentenciadossentenciadosqueque interpusieroninterpusieron taltal recursorecurso nono teníantenían lala condicióncondiciónqueque interpusieroninterpusieron taltal recursorecurso nono teníantenían lala condicióncondicióndede funcionarios,funcionarios, declararondeclararon improcedenteimprocedente elel recursorecursodede casación,casación, consecuentementeconsecuentemente sese entiendeentiende queque lalacontravencióncontravención procedeprocede contracontra todatoda personapersona..

EN AGRAVIO DE QUIENESPROCEDE LA CONTRAVENCION

ElEl propiopropio códigocódigo lolo estableceestablece::--Niños,Niños, niñas,niñas, yy adolescentesadolescentes..EstoEsto queque pareceparece claro,claro, enen ocasionesocasiones algunosalgunosjueces,jueces, lolo desconocendesconocen cuandocuando sese formulaformula lala acciónaccióndede contravencióncontravención respectorespecto dede personaspersonas queque yayadede contravencióncontravención respectorespecto dede personaspersonas queque yayaadquirieronadquirieron lala mayoríamayoría dede edad,edad, peropero queque lalacontravencióncontravención enen susu agravioagravio sese diodio cuandocuando aúnaún eraeraadolescenteadolescente..EnEn elel ExpExp.. 1429314293--20132013--18011801--JRJR--FTFT--0707 mediantemedianteresoluciónresolución 11 sese declarodeclaro improcedenteimprocedente unauna demandademandadede contravencióncontravención sosteniendososteniendo queque loslos agraviadosagraviadosyaya habíanhabían cumplidocumplido 1818 añosaños.. LaLa 11°°SalaSala dede FamiliaFamiliadeclarodeclaro nulanula dichadicha resolución,resolución, advirtiendoadvirtiendo queque loslosagraviadosagraviados contabancontaban concon 1717 añosaños aa lala fechafecha dede lalacontravencióncontravención..

FORMAS DE CONOCIMIENTO FISCAL DE LACONTRAVENCIÓN

� De Oficio.

� Denuncia de Parte: Escrita o Verbal.

� Se desprende de investigaciones deviolencia familiar, infracciones, tutelar,violencia familiar, infracciones, tutelar,participación en declaraciones deviolencia sexual.

� De acciones de control y vigilancia:visitas.

El Problema de la VF

� Califica la denuncia de contravención.

� Dispone las diligencias pertinentes para el esclarecimiento de la denuncia.

� Recibe las declaraciones de las partes y/o testimoniales de testigos.

� Ordena la actuación de pericias o recaba resultados de los mismos cuandoya han sido solicitados por otra autoridad.El Problema de la VF

INTERVENCION FISCAL EN CONTRAVENCION EN ETAPA PREJUDICIAL

ya han sido solicitados por otra autoridad.

� Puede efectuar visitas fiscales domiciliarias, o a instituciones educativas,solo o a con peritos para evaluaciones correspondientes.

� Realizar demás diligencias necesarias para el esclarecimiento de ladenuncia de contravención.

� Emitir pronunciamiento conforme a ley y lo actuado disponiendo el archivo opromover la acción judicial correspondiente.

El Problema de la VF

EJEMPLOS DE CASOS DE CONTRAVENCIÓN

� La propalación de niñas, niños o adolescentes víctimas dedelitos o involucrados en presuntas infracciones a la leypenal en medios de comunicación. Se vulneran suderecho a la protección de su imagen y a la identidad.

� El uso de métodos correctivos que empleen violencia osanciones humillantes. Se vulnera el derecho a lasanciones humillantes. Se vulnera el derecho a laintegridad. Solo en caso el agresor sea alguien que notenga vínculo que configure violencia familiar (artículo 2del TUO de la Ley 26260).

� El no permitir que una adolescente sea matriculada en elcolegio por encontrarse en estado de gestación. Sevulnera su derecho a la educación y se le estaría dandoun trato discriminatorio, vulnerando su derecho a laigualdad.

LOS CASOS DE “BULLYNG” ¿CONSTITUYENCONTRAVENCIÓN?

� El “bullyng” (término anglosajón que significa intimidar,amedrentar o tiranizar), es en la práctica un fenómeno socialque viene presentando al interior de las institucioneseducativas, con cierta frecuencia, consistente en el acoso omaltrato entre estudiantes (niños o adolescentes) consistenteen el hostigamiento, intimidación, maltrato, violencia,exclusión social y discriminación por parte de jóvenesmatones o acosadores que actúan como “líderes negativos”y operan de manera que mediante el trato vejatorio lesionanla autoestima de los estudiantes.

� En nuestro país, el “bullyng” ha merecido una ley“antibullyng”, Ley N°29719, Ley que promueve la convivenciasin violencia en las instituciones educativas, y su reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo N°010-2012-ED.

LOS CASOS DE “BULLYNG” ¿CONSTITUYENCONTRAVENCIÓN?

� El Decreto Supremo N°010-2012-ED (reglamento), estableció queel acoso entre estudiantes (“bullyng”) es un tipo de violencia quese caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, faltade respeto y maltrato verbal y físico que recibe un estudiante enforma reiterada por parte de uno o varios estudiantes, con el objetode intimidarlo o excluirlo, atentando así contra su dignidad yderechos a gozar de un entorno escolar libre de violencia.

� La Ley N°29719 tiene por objeto establecer los mecanismos paradiagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, elhostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado comoacoso entre alumnos de las instituciones educativas; y en suReglamento Decreto Supremo N°010-2012-ED, han establecidoobligaciones de las instituciones educativas (creación de ConsejoEducativo Institucional CONEI, que es la que acuerda lassanciones previa investigación en término de siete días; elaborarplan de sana convivencia y disciplina escolar; contar con un librode registro de incidencias sobre violencia y acoso entreestudiantes).

LOS CASOS DE “BULLYNG” ¿CONSTITUYENCONTRAVENCIÓN?

� Los casos de “bullyng” entre escolares, tal como está regulado ennuestro país, se conoce, tramita y trata en sede de la institucióneducativa.

� Sin embargo, si la denuncia por contravención de maltratopsicológico o acoso se atribuye a un conserje, auxiliar, profesor odirector de la institución educativa, corresponderá se tramite comodirector de la institución educativa, corresponderá se tramite comocontravención .

� En caso el “bullyng” sea en agravio de un alumno y haya sidodenunciado o puesto en conocimiento del director, docentes (tutoro docente de aula) de una Institución Educativa, y estos no hanadoptado las acciones necesarias y oportunas, incurrirán encontravención por omisión. así lo ha establecido una sentenciaexpedida por el Tercer Juzgado de Familia del Cusco, confirmadapor la Sala Superior respectiva, contra la que los demandadosinterpusieron casación que la Sala Suprema Civil declaroimprocedente, al considerar que las instancias de méritosustentaron la actitud omisiva. (Casación N° 1431-2014-CUSCO).

EL CASO DE “BULLYNG” PUEDE A LA VEZTRAMITARSE COMO INFRACCION A LEY PENAL OCOMO DELITO?

� Si los actos de “bullyng” practicados por el o los alumnosagresores en agravio de otro u otros alumnos, a su vez constituyenilícito penal conforme al código penal, (faltas, lesiones, hurto, robo,daños, etc.,) corresponderá además de aplicación de la ley deconvivencia pacífica en instituciones educativas, la investigaciónpor el ilícito penal respectivo.

� Si el alumno agresor que incurrió en el ilícito es individualizado yresulta menor de edad, corresponderá el trámite de infracción a laley penal investigándose el hecho por el fiscal de familia, para sueventual formalización de denuncia ante el juzgado de familia de lasub especialidad de infracciones a la ley penal.

� Si el alumno agresor que incurrió en el ilícito es individualizado yresulta mayor de edad, corresponderá el trámite de delito,investigándose el hecho por el fiscal penal, para su eventualformalización de denuncia ante el juzgado penal.

¿SE PUEDE DEMANDAR CONTRAVENCION PORLOS MISMOS HECHOS POR LOS QUE UN FISCALPENAL EJERCIO ACCION PENAL?

� La 21° Fiscalía Provincial de Familia de Lima interpuso demandade contravención en agravio de dos menores víctimas depresuntos actos contra el pudor por parte de una persona adulta (aquien por tales hechos la 48° Fiscalía Provincial Penal de Lima leformalizo denuncia por presunto delito contra la libertad sexual-actos contra el pudor, conociendo el proceso penal el 25° JuzgadoPenal de Lima), siendo la demanda calificada por el Juzgado dePenal de Lima), siendo la demanda calificada por el Juzgado deFamilia como improcedente, sosteniendo centralmente que losfines perseguidos son los mismos, por lo que la 21° FiscalíaProvincial de Familia de Lima interpone apelación sosteniendocentralmente que el Juzgado de Familia implícitamente habríainvocado el principio de ne bis in idem y que carece de legitimidadpara obrar. La 2° Sala de Familia de Lima, sosteniendocentralmente que si bien es cierto ambos procesos son denaturaleza distinta los hechos investigados son los mismos, laspartes son las mismas y el ministerio en ambos procesos es elaccionante, confirmando la improcedencia de la demanda.

¿SE PUEDE DEMANDAR CONTRAVENCION PORLOS MISMOS HECHOS POR LOS QUE UN FISCALPENAL EJERCE ACCION PENAL?

� Finalmente la 21° Fiscalía Provincial de Familia de Lima ante elauto de vista que confirme la improcedencia interpone recurso decasación, la Suprema Sala Civil Transitoria, bajo la Presidencia dela Dra. Janet Tello Guillardi, se declaro improcedente el recursode casación, sosteniendo centralmente que los fundamentos de lacasación son similares a aquellos en los que baso su apelación, yque fue materia de pronunciamiento por la instancia de mérito.que fue materia de pronunciamiento por la instancia de mérito.

� En tal sentido, se tiene que los hechos de la presuntacontravención a su vez constituyen delitos, se tramitan como talesen proceso penal.

� El Estado tiene una sola oportunidad para perseguir y sancionar aun ciudadano por la realización de un injusto.

� La primacía del derecho penal frente a otros derechossancionadores.

� Nadie puede ser sancionado más de una vez por un mismo hecho.

¿SE PUEDE DEMANDAR CONTRAVENCION PORLOS MISMOS HECHOS POR LOS QUE SE TRAMITAUN PROCESO POR FALTAS ANTE JUZGADO DEPAZ LETRADO?

� Mutatis mutandis, (cambiando lo que haya que cambiar) se tienela misma respuesta que respecto a la misma pregunta formuladarespecto a la contravención y los delitos.

� En tal sentido, se tiene que los hechos de la presuntacontravención que a su vez constituyan faltas, se tramitan comocontravención que a su vez constituyan faltas, se tramitan comotales en proceso penal por faltas ante el juzgado de paz letrado.

� El Estado tiene una sola oportunidad para perseguir y sancionar aun ciudadano por la realización de un injusto.

� La primacía del derecho penal frente a otros derechossancionadores.

� Nadie puede ser sancionado más de una vez por un mismo hecho.

¿ SE PUEDE DEMANDAR CONTRAVENCION PORLA MISMA MATERIA POR LA QUE SE TRAMITA UNPROCESO CIVIL?

� Mutatis mutandis, (cambiando lo que haya que cambiar) se tienela misma respuesta que respecto a la misma pregunta formuladarespecto a la contravención y los delitos y las faltas.

� En ese sentido, la acción de contravención tiene carácter residual.Se debe interponer acción de contravención judicial contra todapersona que por acción u omisión atenta contra el ejercicio de lospersona que por acción u omisión atenta contra el ejercicio de losderechos de los niños y adolescentes, siempre que no haya otromedio judicial idóneo y satisfactorio.

� No es razonable que aún cuando exista otro medio judicial idóneo,ya sea en el ámbito judicial penal o civil, también se interpongauna acción de contravención. Si se denuncio lesiones ante eljuzgado penal también se plantee contravención por afectación alderecho a la integridad física al juzgado de familia, o si sedemando alimentos ante el juzgado de paz letrado también seplantee contravención por afectación al derecho de alimentos ante

el juzgado de familia. judicial más idóneo,

¿QUIENES PUEDEN INTERPONER LA ACCION DECONTRAVENCION?

� El Fiscal Provincial de Familia.

� Los padres de la niña, niño o adolescente.

� El tutor de la niña, niño o adolescente.

� Los adolescentes emancipados.

� Los apoderados de los padres de la niña, niño oadolescente.

¿LA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA EMITEDICTAMEN EN LOS PROCESOS DECONTRAVENCION SEGUIDOS EN SEDE JUDICIAL?

1.- SI LA FISCALIA INTERPUSO LA DEMANDA,tiene la calidad de parte demandante, y enconsecuencia no emite dictamen.

2.- SI LA FISCALIA NO INTERPUSO LA DEMANDA,tiene la calidad de dictaminador, si el proceso sesiguió como proceso único, porque tal procesocontempla el dictamen fiscal, además de existirinterés de niña, niño o adolescente.

ROL DE LOS OPERADORES EN LAS CONTRAVENCIONES

El rol de los operadores, y dentro de ellos, los de lafiscalía, y los de juzgados del poder judicial, debe estarmarcado por la observancia Principio de la “DebidaDiligencia”La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido quelos Estados deben prevenir, investigar y sancionar toda violación delos derechos reconocidos por la Convención Americana de Derechoslos Estados deben prevenir, investigar y sancionar toda violación delos derechos reconocidos por la Convención Americana de DerechosHumanos. Sin duda las contravenciones constituyen como yaadvertimos, vulneración de derechos de las niñas, niños oadolescentes.La Corte así ha indicado que en los casos de violación de derechoshumanos, durante la investigación los operadores debe considerar elprincipio de “debida diligencia”, el cual implica atender los siguientescriterios:Oficiocidad: La investigación debe desarrollarse de oficio por lasautoridades competentes (Policía, Ministerio Público, de serel caso)

ROL DE LOS OPERADORES EN LAS CONTRAVENCIONES

Oportunidad: La investigación debe practicarse demanera inmediata, ser llevada a cabo en un plazorazonable y ser propositiva.

Exhaustividad: La investigación debe agotar todoslos medios para esclarecer los hechos y proveer elcastigo a los responsables, de ser el caso.

Participación: La investigación debe desarrollarsegarantizando la participación de la víctima.

RECOMENDACIONES1. Replantear el proceso de contravenciones, estableciendo con claridad

las funciones de los diversos operadores en la materia de lacontravención, de acuerdo a las funciones que corresponde a cadapoder u órgano constitucional del que forma parte el operador,debiendo generarse módulos que concentren a los operadores quepermita una actuación diligente del Estado en general en lascontravenciones y demás materias de infancia, adolescencia y familia,con respeto del orden constitucional, convencional y legal.

2. Regularse debidamente la competencia del conocimiento de las2. Regularse debidamente la competencia del conocimiento de lascontravenciones en sede administrativa, las responsabilidades de losfuncionarios, el trámite para la investigación e imposición de la sanción,la posibilidad de revisión judicial concluida la investigación judicial, o lahabilitación de la vía judicial para la fiscalía en caso que vulneracionespuedan tornarse en irreparables. Se contemplen multas eindemnizaciones que deba asumir el contraventor y medidas dereparación y/o protección de las víctimas.

3. Capacitar a los operadores en contravenciones, en particular en laobtención de la prueba (interrogatorios, inspección técnico policial,visitas fiscales) y valoración de la prueba, a efecto de lograractuaciones apropiadas y eficaces, además de oportunas, en función alo actuado en el proceso.

RECOMENDACIONES

4. Actividad con debida diligencia o “proactiva” de la Policía, delFiscal y del Juez para la tramitación de las denuncias decontravención, la obtención y actuación de los medios deprueba, ponderando los medios de prueba, considerando desde laperspectiva del Tercer Pleno Casatorio, Casación Nº4664-2010-Puno, y de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia delas Personas en Condiciones de Vulnerabilidad.

5. Incrementar el número de psicólogos, psiquiatras y médicoslegistas, a nivel nacional a efecto que las evaluaciones sepractiquen de manera inmediata, además establecer estándaresde carga laboral de casos por fiscalía que sean compatibles para ellogro de una tramitación con debida diligencia.

5. Evitar declaraciones reiteradas e innecesarias cuando no fueroncuestionadas en la investigación preliminar.

6. Fomentar la prevención de la vulneración de derechos en laformación educativa de los niños, niñas y adolescentes.

CONTRAVENCION EN EL PROYECTO DEL CNA

- Contravención es la acción que tiene por finalidad el cese de laamenaza, la restitución del derecho, la imposición de una sanción yla indemnización a un niño, niña o adolescente cuyos derechoshayan sido vulnerados.

- Pueden promover la acción: el Ministerio Público, las institucionesde defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes ytodo aquel que acredite legitimo interés.todo aquel que acredite legitimo interés.

- La aplicación de sanciones administrativas en el ámbito nacionalson competencia del MIMP y en el ámbito local de los Municipios.

- Los funcionarios responsables serán pasibles de multas y quedaranobligados al pago de daños y perjuicios por incumplimiento de estasdisposiciones, sin perjuicio de responsabilidad penal.

- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones aplica las sancionespor incumplimiento del contenido en el horario de protección familiary exposición los medios de comunicación.

CONTRAVENCION EN EL PROYECTO DEL CNA

- INDECOPI aplica las sanciones por contravención en la publicidadcomercial efectuada en medios de comunicación.

- Los medios de comunicación están sujetos a las restricciones delhorario familiar comprendido entre las 06 a las 22 horas.

- Deben evitar la difusión de programas con contenidos que puedanperjudicar el desarrollo físico, psicológico y moral de los niños, niñasy adolescentes.y adolescentes.

- Cuando un niño o adolescente se encuentre involucrado comovíctima, autor, partícipe o testigo de una infracción, falta o delito, nose publicará o difundirá su identidad ni su imagen, datos de sufamilia, nombres de sus padres, de su institución educativa nininguna otra información que permita su identificación.

- A efectos de respetar la vida personal del niño y adolescente, no sepermitirán entrevistas, informes, ni publicaciones que constituyaninjerencia arbitraria en su vida personal y familiar.

Socióloga, psicóloga y filósofa alemana. Profesora en la Friedrich-Alexander. UniversitätErlangen-Nürnberg

“El amor y

”Las desigualdades se excluyen como el fuego al agua, y

solo en las solo en las relaciones

igualitarias el amor puede desarrollarse

plenamente”. Beck y Beck

Gernsteim