jean carbonnier- derecho flexible por una sociologÍa no rigurosa del derecho- ediciones olejnik

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Lex Derecho flexible Por una sociología no rigurosa del derecho Hermann Angeli “Herzenstiefe” JEAN CARBONNIER Aunque los textos reunidos en este volumen hayan sido escritos, e incluso algunos de ellos publicados, en épocas diferentes y en orden disperso, se reconocerá, sin duda, que concurre en todos ellos una identidad de método y de propósito. El método común es la sociología del derecho. Se trata, sin embargo, de una socio- logía del derecho concebida sin rigor, como lo denota a la primera lectura el subtítulo de la obra. Es decir, confesémoslo, una sociología del derecho como no hay que hacerla. La socio- logía del derecho debe ser en adelante rigurosa. Por consiguien- te, debe ser científica y no literaria. Es verdad que ha existido en el pasado una larga tradición de scientia amabilis, que hermana- ba ambos caracteres (astronomía para marqueses o química por afinidades electivas); pero el futuro de la ciencia no está ya por este lado, esto es, el lado de los aficionados. Si la sociología jurí- dica quiere transformarse en una ciencia, tiene que aceptar dedi- carse a cuantificar en lugar de poetizar. Entonces cabe pregun- tarse: ¿para qué estos ensayos? Hay que contestar que, por lo general, uno se contenta con ser precientífico por la desgracia de haber nacido demasiado pronto, pero sin añadir a ello el pecado de intención. En todo caso, la tentativa puede tener alguna utili- dad práctica. Las hipótesis aventuradas pasan más fácilmente bajo el manto de las figuras literarias, que parece que no com- prometen a nada. BIBLIOTECA DE FILOSOFÍA DEL DERECHO Colección Luis Diez-Picazo y Ponce de León Visite www.edicionesolejnik.com Fue profesor en la Universidad de Poitiers de 1937 a 1956. Frente a la ocupación alemana de su país, tuvo un rol de independencia frente al opresor nazi. Fue el más grande jurista francés de la segunda mitad del siglo XX. JEAN CARBONNIER (Francia) Entre sus obras, destacan: Écrits, textos recopi- lados por Raymond Verdier, publicados por la GIP- Mission de recherche Droit et justice, Presses universitaires de France, París, 2008; Droit civil, vol. 1: Introduction. Les personnes. La famille, l'enfant, le couple, PUF, París, 2004; Droit civil, vol. 2: Les biens. Les obligations, PUF, París, 2004; Sociologie juridique, PUF, París, 2004; Droit civil: Introduction, 27 edición, Presses universitaires de Frances, París, 2002; Flexible droit - Pour une sociologie du droit sans rigueur, décima edición, L.G.D.J, París, 2001; Droit et passion du droit sous la Ve République, Flammarion, París, 1996. Estudió Derecho en la Universidad de Burdeos, graduándose con una tesis en Derecho Civil, en 1932. Profesor de la Universidad de París hasta 1976, el Doyen es autor de un monumental tratado Droit Civil, un referente ineludible para el estudio del derecho privado a nivel mundial. Fue también legislador, autor de los proyectos de derecho de familia en Francia durante más de una década: 1963, tutela y administración jurídica; 1965, regí- menes patrimoniales del matrimonio; 1968, adultos incapaces; ley de 4 de junio de 1970 sobre la patria potestad; Ley de 03 de enero de 1972 sobre pater- nidad; 1975, ley sobre el divorcio. (Libourne, 20 de abril de 1908 – París, 28 de octubre de 2003) LUIS DIEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN (España) Ha sido uno de los grandes maestros del Derecho civil del siglo XX y por extensión de todo el Dere- cho privado en España. Compaginó a lo largo de su vida su pasión por la enseñanza y la investi- gación con el ejercicio del Derecho como abogado y árbitro. Fue galardonado con la Medalla de la Orden del Mérito Constitucional, la Gran Cruz de Isabel la Católica, la Gran Cruz de San Raimundo de Peña- fort y la Gran Cruz de Alfonso X el Sabio. Fue catedrático de Derecho Civil en las Universida- des de Santiago de Compostela, Valencia y Autóno- ma de Madrid. También fue autor de numerosos libros, entre los que destacan: Estudios sobre la jurisprudencia civil; Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial; Derecho de Daños, y Sistema de Derecho Civil (con Antonio Gullón Ballesteros), así como de innumerables artículos y otras publica- ciones. Fue presidente de la Real Academia de Jurispru- dencia y Legislación y doctor honoris causa por varias universidades, nacionales y extranjeras; fue magistrado del primer Tribunal Constitucional, presidente de la Sección Primera de Derecho Civil de la Comisión General de Codificación del Mi- nisterio de Justicia, consejero del Banco de Espa- ña y consejero de Estado. (Burgos, 1 de septiembre de 1931—Madrid, 31 de octubre de 2015) JEAN CARBONNIER Derecho flexible Por una sociología no rigurosa del derecho JEAN CARBONNIER

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JEAN CARBONNIER- DERECHO FLEXIBLE POR UNA SOCIOLOGÍA NO RIGUROSA DEL DERECHO- EDICIONES OLEJNIK

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Page 1: JEAN CARBONNIER- DERECHO FLEXIBLE POR UNA SOCIOLOGÍA NO RIGUROSA DEL DERECHO- EDICIONES OLEJNIK

Lex

Derecho flexiblePor una sociología

no rigurosa del derecho

Hermann Angeli“Herzenstiefe”

JEAN CARBONNIER

Aunque los textos reunidos en este volumen hayan sido escritos, e incluso algunos de ellos publicados, en épocas diferentes y en orden disperso, se reconocerá, sin duda, que concurre en todos ellos una identidad de método y de propósito. El método común es la sociología del derecho. Se trata, sin embargo, de una socio-logía del derecho concebida sin rigor, como lo denota a la primera lectura el subtítulo de la obra. Es decir, confesémoslo, una sociología del derecho como no hay que hacerla. La socio-logía del derecho debe ser en adelante rigurosa. Por consiguien-te, debe ser científica y no literaria. Es verdad que ha existido en el pasado una larga tradición de scientia amabilis, que hermana-ba ambos caracteres (astronomía para marqueses o química por afinidades electivas); pero el futuro de la ciencia no está ya por este lado, esto es, el lado de los aficionados. Si la sociología jurí-dica quiere transformarse en una ciencia, tiene que aceptar dedi-carse a cuantificar en lugar de poetizar. Entonces cabe pregun-tarse: ¿para qué estos ensayos? Hay que contestar que, por lo general, uno se contenta con ser precientífico por la desgracia de haber nacido demasiado pronto, pero sin añadir a ello el pecado de intención. En todo caso, la tentativa puede tener alguna utili-dad práctica. Las hipótesis aventuradas pasan más fácilmente bajo el manto de las figuras literarias, que parece que no com-prometen a nada.

BIBLIOTECA DE FILOSOFÍA DEL DERECHOColección Luis Diez-Picazo y Ponce de León

Visite

www.edicionesolejnik.com

Fue profesor en la Universidad de Poitiers de 1937 a 1956. Frente a la ocupación alemana de su país, tuvo un rol de independencia frente al opresor nazi.

Fue el más grande jurista francés de la segunda mitad del siglo XX.

JEAN CARBONNIER (Francia)

Entre sus obras, destacan: Écrits, textos recopi-lados por Raymond Verdier, publicados por la GIP-Mission de recherche Droit et justice, Presses universitaires de France, París, 2008; Droit civil, vol. 1: Introduction. Les personnes. La famille, l'enfant, le couple, PUF, París, 2004; Droit civil, vol. 2: Les biens. Les obligations, PUF, París, 2004; Sociologie juridique, PUF, París, 2004; Droit civil: Introduction, 27 edición, Presses universitaires de Frances, París, 2002; Flexible droit - Pour une sociologie du droit sans rigueur, décima edición, L.G.D.J, París, 2001; Droit et passion du droit sous la Ve République, Flammarion, París, 1996.

Estudió Derecho en la Universidad de Burdeos, graduándose con una tesis en Derecho Civil, en 1932.

Profesor de la Universidad de París hasta 1976, el Doyen es autor de un monumental tratado Droit Civil, un referente ineludible para el estudio del derecho privado a nivel mundial. Fue también legislador, autor de los proyectos de derecho de familia en Francia durante más de una década: 1963, tutela y administración jurídica; 1965, regí-menes patrimoniales del matrimonio; 1968, adultos incapaces; ley de 4 de junio de 1970 sobre la patria potestad; Ley de 03 de enero de 1972 sobre pater-nidad; 1975, ley sobre el divorcio.

(Libourne, 20 de abril de 1908 – París, 28 de octubre de 2003)

LUIS DIEZ-PICAZO Y PONCE DE LEÓN (España)

Ha sido uno de los grandes maestros del Derecho civil del siglo XX y por extensión de todo el Dere-cho privado en España. Compaginó a lo largo de su vida su pasión por la enseñanza y la investi-gación con el ejercicio del Derecho como abogado y árbitro.

Fue galardonado con la Medalla de la Orden del Mérito Constitucional, la Gran Cruz de Isabel la Católica, la Gran Cruz de San Raimundo de Peña-fort y la Gran Cruz de Alfonso X el Sabio.

Fue catedrático de Derecho Civil en las Universida-des de Santiago de Compostela, Valencia y Autóno-ma de Madrid. También fue autor de numerosos libros, entre los que destacan: Estudios sobre la jurisprudencia civil; Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial; Derecho de Daños, y Sistema de Derecho Civil (con Antonio Gullón Ballesteros), así como de innumerables artículos y otras publica-ciones.

Fue presidente de la Real Academia de Jurispru-dencia y Legislación y doctor honoris causa por varias universidades, nacionales y extranjeras; fue magistrado del primer Tribunal Constitucional, presidente de la Sección Primera de Derecho Civil de la Comisión General de Codificación del Mi-nisterio de Justicia, consejero del Banco de Espa-ña y consejero de Estado.

(Burgos, 1 de septiembre de 1931—Madrid, 31 de octubre de 2015)

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