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Juan José de Amézaga

Obras Esenciales

De las nulidades en Generalu

Culpa contractualu

Culpa aquiliana

Juan José de Amézaga

Obras Esenciales

De las nulidades en Generalu

Culpa contractualu

Culpa aquiliana

la ley

actualizado por

Andrés Mariño López

Hugo Díaz - Santiago Mirande - José Luis Nicola

Primera edición:

© Juan José de Amézaga, 2011 © De esta edición La Ley Uruguay, San José 1192, Montevideo, Uruguay, 2011

Todos los derechos reservadosNinguna parte de esta obra puede ser reproducidao transmitida en cualquier forma o por cualquier medioelectrónico o mecánico, incluyendo fotocopiado, grabacióno cualquier otro sistema de archivo y recuperaciónde información, sin el previo permiso por escrito del editor y del autor.

All rights reservedNo part of this work may be reproducedor transmitted in any form or by any means,electronic or mechanical, including photocopying and recordingor by any information storage or retrieval system,without permission in writing from the publisher and the author.

Tirada: 300 ejemplares.

I.S.B.N. 978-9974-691-30-8

SAP 41230662

Uruguay

Esta nueva edición contiene el texto original de la obra “De las Nulidades en General”, “Culpa contractual” y

“Culpa aquiliana” tal como lo escribiera Juan José de Amézaga. Los comentarios correspondientes a los actualizadores

se han compuesto en una tipografía diferente, sistema idéntico utilizado para las notas al pie.

Prólogo de la Actualización

I

Con la publicación de las obras de Juan Jose Amézaga rendimos homenaje a uno de los juristas más importantes en la historia del Derecho Civil uruguayo. En su nombre se homenajea también a la Facultad de Derecho de la Universidad de la República y a todos los profesores de Derecho Civil.

Amézaga nació en Montevideo en 1881 y se graduó de abogado en 1905, defendiendo su tesis en 1909. Discípulo de Duvinioso Terra, ingresó a la Cátedra de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República en 1910, luego de haber estudiado en Francia y Alemania. Ejerció la docencia con brillo y vocación, brindando sus profundos conocimientos con singular dedicación y humildad, hasta el año 1932, durante el cual decidió retirase definitivamente de la enseñanza.

Su espíritu universitario de desapego, austeridad y esfuerzo, lo llevaron a ocupar, en forma honoraria, la dirección de la Biblioteca de la mencionada Facultad de Derecho e integrar, durante muchos años, el Consejo Directivo de ésta.

Además de su acción universitaria, tuvo una prodigiosa e intensa vida pública. Entre otras actividades políticas, fue legislador, ministro, embajador, presidente del Banco de Seguros del Estado y finalmente Presidente de la República. Durante su presidencia, fue impulsor de diversas leyes de suma importancia, como la de Derechos Civiles de la Mujer.

A pesar de la multiplicidad y relevancia de dichas ocupaciones, Amézaga siempre se mantuvo como un docente e investigador actualizado, atento al desarrollo del pensamiento jurídico. Los aportes de la doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera siempre fueron objeto de estudio constante por nuestro homenajeado.

Todas sus actividades tuvieron algo en común: su acción basada en la defensa de los valores esenciales del ser humano. Su vida ejemplar trascendió al día de su muerte, ocurrida en el transcurso de 1956.

X Juan José De Amézaga

II

La obra escrita de Amézaga se conforma, principalmente, por los trabajos que hemos decidido publicar.

En primer lugar, se encuentra su tesis “De las nulidades en general”, publicada en 1909. Es un estudio profundo y sólido sobre uno de los temas propios del Derecho Civil, pero que impacta en todo el sistema jurídico. En esta monografía, analiza los conceptos teóricos de las nulidades y realiza un estudio minucioso de su régimen jurídico en nuestro derecho. La vigencia de esta obra es singular y constituye el estudio más importante que específicamente sobre dicho tema se ha hecho en la doctrina civilista uruguaya.

En segundo lugar, encontramos “Culpa Aquiliana”, publicada en 1914. En ella se recogen prolijamente las enseñanzas de Amézaga sobre la responsabilidad extracontractual. Se trata de una obra fundamental. Por vez primera se vuelca a la comunidad jurídica oriental un estudio especial sobre dicho tema. Nuestro homenajeado expone en esta obra los conocimientos adquiridos durante su estadía de estudios en el continente europeo. Pone sobre la mesa un conjunto de teorías que luego se impondrían hasta el día de hoy, como la de la causalidad adecuada, al tratar el nexo causal.

La tercera obra que publicamos es “Culpa contractual”, que vio la luz en 1949. Ya en su madurez, Amézaga realiza este gran aporte con el estudio particular de la responsabilidad contractual. En forma sistemática, analiza y explica uno de los ámbitos más complejos del sistema jurídico, introduciendo al debate las posiciones más importantes en la doctrina y jurisprudencia de los países con mayor desarrollo en el conocimiento jurídico.

III

Unas palabras finales para nuestra actualización.

Nuestra finalidad principal ha sido enaltecer la obra de Amézaga. Lo más importante es la pluma galana y profunda de este civilista serio, estudioso y metódico, que tiene la virtud de llevarnos con claridad meridiana y casi sin darnos cuenta a lo más profundo y complejo del razonamiento jurídico.

La actualización tiene dos objetivos centrales.

El primero ha sido excluir las referencias a normas derogadas, de modo que la lectura del texto original no se vea obstaculizada

Obras Esenciales XI

por referencias a disposiciones ya no vigentes en nuestro sistema jurídico.

El segundo ha sido complementar básicamente el texto original con los desarrollos más relevantes realizados por la doctrina civilista vernácula, en cuya construcción la obra de Amézaga ha sido pilar fundamental.

Para diferenciar la obra original de nuestra actualización, hemos utilizado para ésta una letra diferente. De ese modo, el lector tiene acceso, en forma claramente diferenciada, a las líneas dejadas por el propio Amézaga y a las que nosotros plasmamos con la finalidad que el texto originario asuma una nueva relevancia para el jurista de nuestra época.

Andrés Mariño López

Indice (*)

Prólogo de la actualización ........................................................................ IX

De las nulidades en general (*)

Prólogo ............................................................................................................ 3

Introducción

Sumario: 1. Concepto de la nulidad — Definición de Martinho Garcés. — 2. Definición de Larombiére — Crítica. — 3. Merlín. — 4. Las nulidades y las sanciones penales de las leyes civiles — Opinión de Hugueney — Los grandes juristas contemporáneos — Crítica. — 5. Las nulidades consti-tuyen un recurso extremo al que sólo debe acudirse por necesidad. — 6. Clasificaciones. ........................................................................................... 15

Capítulo I

Teoría de las Nulidades

Sumario: 7. La doctrina de la nulidad. — 8. El derecho formulario roma-no.— 9. Las nulidades relativas como “excepción”.— 10. La restitución in integrum.— Las dos especies de nulidades.— 11. La legislación francesa heredó esta institución romana.— 12. Las lettres de rescision.— 13. La prescripción de diez años.— 14. Abolición de las lettres de rescisión como consecuencia de la separación de los poderes.— 15. Desaparece la razón pero no la institución.— Se invoca la autoridad de Pothier para crear dos clases de nulidades.— 16. Fundamento científico de la distinción.— 17. Continúa.— 18. Continúa.— 19. Sólo hay nulidades absolutas.— Doc-trina de Pescatore. — Monismo de la nulidad.— 20. Continúa — 21. Las nulidades llamadas relativas y los vicios del consentimiento.— 22. Las otras nulidades llamadas relativas.— Crítica.— 23. Discusión general— La nulidad relativa es obra del juez; la absoluta, obra de la ley. — Crítica. — 24. Desde el punto de vista de la ratificación hay diferencia entre las

(*) Esta nueva edición contiene el texto original de la obra “De las Nulidades en General”, tal como lo escribiera Juan José de Amézaga. Los comentarios correspon-dientes a los actualizadores se han compuesto en una tipografía diferente, sistema idéntico utilizado para las notas al pie.

XIV Juan José De Amézaga

Pág.nulidades absolutas y las relativas.— Refutación.— 25. Continúa.— 26. Continúa.— 27. La prescripción de la acción de nulidad no autoriza tam-poco la existencia de las llamadas nulidades relativas.— 28. La repetición de lo pagado y las nulidades relativas.— Crítica.— 29. El monismo de la nulidad.— 30. Nulidades manifiestas y latentes.— 31. La nulidad no es modo de extinguir las obligaciones.— 32. Continúa. — Conclusión. .... 19

Capítulo II

De las nulidades en el derecho actual y de las nulidades absolutas

Sección I

De las nulidades en general

Sumario: 33. La ley positiva. — 34. Las condiciones esenciales naturales y accidentales — Disposiciones de nuestro Código Civil. — 35. La ley inglesa. — 36. El Código español. — 37. Italia, Países Bajos, Chile — 38. Las condiciones esenciales tienen todas, la misma importancia para la validez del contrato. — 39. Dificultades para la clasificación. — 40. La clasificación tripartita de las nulidades — Opinión de Planiol. — 41. Crítica. — 42. La nulidad del matrimonio — Justificación en este caso especial de la clasificación tripartita. — 43. Nuestra opinión. — 44. Opi-nión de Carnada Bartoli — Inconvenientes. — 45. Consecuencias de la clasificación de las nulidades. ................................................................... 41

Sección II

De las nulidades absolutas

Sumario: 46. Crítica de la opinión que entiende que toda nulidad absoluta es de orden público y que toda nulidad relativa es de interés privado — Se incurre en un sofisma de conversión. — 47. Nulidad absoluta es lo mismo que inexistencia — Concepto — Di Crecenzio, Marcadé, Cansada Bartoli. — 48. Críticas injustas al Código Civil — Deber del intérprete — Cimbali. — 49. Disposiciones de nuestros Códigos. — 50. El artículo 1560 del Código Civil — ¿No hay en nuestra legislación más nulidades absolutas que las del artículo 1560? — La falta de consentimiento, de objeto y de causa dan lugar solamente a una acción de anulación? — 51. Tres soluciones. — 52. Primer sistema: Todo vicio no comprendido en el artículo 1560, aunque provenga de la falta de consentimiento, objeto o causa, sólo da lugar a una nulidad relativa. — 53. Crítica — 54. Con-tinúa. — 55. Segundo sistema: Opinión de Fabres — Nuestra ley. — 56. Crítica —57. Tercer sistema: Nulidades absolutas que provienen del no cumplimiento de requisitos sustanciales de carácter general; opinio-nes de Beudant y Bufnoir. — 58. La letra de la ley no es desfavorable a esta última interpretación. — 59. Objeciones. — 60. Refutación. — 61. Continúa. — 62. Clasificación de los vicios que producen nulidades absolutas. — 63. § 1. Elemento subjetivo: La capacidad — Opinión de

Obras Esenciales XV

Pág.Cimbali. — 64. Las excepciones a la capacidad de constatar — Quiénes son incapaces — Superioridad de nuestro Código sobre el Francés. — 65. a) Los impúberes. — 66. b) Los dementes — Cuestiones que se suscitan. — 66. bis. Las disposiciones del Código chileno y las del nuestro respecto de la nulidad de los actos y contratos del demente — ¿Los actos o con-tratos anteriores al decreto de interdicción, aun siendo celebrados por una persona incapaz por hallarse en estado de locura en ese momento, sólo son anulables? — ¿Qué alcance tiene el inciso 2º. del artículo 438 del Código Civil ? — ¿Limita esta disposición, las disposiciones de los artículos 1560 y 1279? — 67. Primer sistema: Nulo y anulable son dos cosas distintas — El artículo 438, empleando esas dos palabras, esta-blece una nulidad absoluta para los actos y contratos del interdicto posteriores al decreto de interdicción y una nulidad relativa para los actos y contratos del demente anteriores a dicho decreto — Defensa que de este sistema hacen los doctores Vázquez Varela y Perdomo. — 68. Crítica — Este sistema es contrario a la letra de la ley. — 69. Es contrario también al espíritu de la ley. — 70. Citas erróneas de Giorgi — Este autor es un adversario declarado del sistema que criticamos — Prueba. — 71. Continúa la crítica. — 72. Conclusión. — 73. Segundo sistema: Los actos y contratos del demente están siempre viciados de nulidad absoluta, sean anteriores o posteriores al decreto de interdicción — La ley, con la palabra anularse, ha querido decir en el artículo 391 que la locura no se presume y que debe ser probada. — 74. Crítica. — 75. Tercer siste-ma: Correcta interpretación de la ley — En el Código no hay ninguna contradicción — El articulo 438 establece un período sospechoso. — 76. Continúa — Opinión de Marcadé. — 77. Continúa. — 78. Opinión de Laurent. — 79. La doctrina italiana — Pisanelli — Ferraríni — Cimbali — Giorgi. — 80. Conclusión. — 81. La prueba de la incapacidad. — 82. Cuestiones planteadas por Cimbali. — 83. Concluye la incapacidad por motivos de demencia. — 84. c) Los sordomudos — Razón de la incapaci-dad. — 85. Conclusión — § 2. Elemento objetivo. — 86. Consideraciones generales. — 87. Contrato inexistente por falta de objeto. Referencia. — 88. Un acto o contrato hecho contra una disposición legal de carác-ter prohibitivo es nulo absolutamente — Opinión de Fabres. — 89. El artículo 8º de nuestro Código Civil — Los fundamentos — Opinión del doctor Vázquez Varela. — 90. Refutación de la doctrina sostenida por el doctor Vázquez Varela — Doctrina de Giorgi. — 91. La letra de la ley, demuestra que toda violación de una ley de carácter prohibitivo vicia de nulidad absoluta el contrato o acto que se realiza. — 92. Se confirma esta interpretación. — 93. Un contrato que viola una ley imperativa de orden público es nulo absolutamente. — 94. Conclusión — § 3. Ele-mento metafísico: La causa. — 95. Un contrato sin causa es un contrato inexistente — § 4. Elemento productivo: — El consentimiento. — 96. Sin consentimiento no hay contrato. — 97. El consentimiento no puede ser unilateral, aunque lo sea el contrato — El Código Civil alemán admite la existencia de vínculos jurídicos unilaterales — Opinión de Saleilles. — 98. Los vicios del consentimiento sólo dan lugar a una acción de nulidad — § 5. Elemento formal: La solemnidad. — 99. Los elementos de forma son indispensables para la existencia del contrato. — 100. La solemnidad en los tiempos antiguos y modernos — Las dos fórmulas: la forma por la forma y la forma por la substancia. — 101. Doctrinas de Suárez y de

XVI Juan José De Amézaga

Pág.Romagnoni. — 102. El Código francés — Nuestra ley. — 103. La falta de cumplimiento de las solemnidades produce nulidad absoluta — Opinión de Wächter — Nuestro Código — Conclusión. ........................................ 51

Sección III

De la situación jurídica creada por las nulidades absolutas

Sumario: 104. La situación anormal creada por un contrato nulo absoluta-mente. — 105. La nulidad absoluta no necesita ser declarada — Opinio-nes de Solón y de Perrín. — Crítica — 106. Continúa. — 107. ¿Quiénes pueden provocar la constatación de la inexistencia? — El juez de oficio, cuando aparecen de manifiesto. — 108. Todos los que tengan interés, excepto el que ha celebrado el acto o contrato sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba — Crítica — Opinión de Fabres. — 109. El Ministerio Público. — 110. Los terceros: su situación — 111. ¿Puede ratificarse un contrato inexistente? — El plazo de treinta años: su expli-cación — 112. Referencia. .......................................................................... 113

Capítulo III

De la naturaleza de las nulidades relativas y de las condiciones necesarias

para entablar la acción de anulación

Sección I

De la naturaleza de las nulidades relativas

Sumario: 113. Las nulidades relativas. — 114. Diferencia entre resolución y nulidad relativa. — 113. Diferencia entre nulidad relativa y revocación. — 116. Nulidad relativa y rescisión — Robles Pozo y el Código español. — 117. El Código francés y el italiano de 1865 — Opiniones de Toullier, de Baudry Lacantinerie, de Cannada Bartoli y de Marcadé. — 118. Re-sumen. ......................................................................................................... 121

Sección II

De las condiciones necesarias para entablar la acción de anulación

Sumario: 119. Tres son las condiciones necesarias para que pueda pros-perar la acción de nulidad. — 120. a) 1.ª Condición: Una obligación viciosa. — 121. Los vicios del consentimiento. — 122. Los incapaces. — 123. La restitución in integrum — Razones de su no existencia en las legislaciones contemporáneas. — 124. ¿Hay acción de nulidad de menor a menor? — 125. Las incapacidades especiales. — 120. La regla del artículo 1531 — Baudry Lacantinerie — Bufnoir —La jurispruden-cia. — 127. La nulidad de venta de menores sin venia judicial da lugar a una nulidad relativa — Opinión del doctor Juan Pedro Castro. — 120. b)

Obras Esenciales XVII

Pág.2.ª Condición: Que la nulidad sea pedida por aquel de los contrayentes que tiene derecho de prevalerse de ella. — 129. Las leyes extranjeras — La doctrina y la jurisprudencia. — 130. La nulidad relativa puede ser alegada por los herederos y cesionarios. — 131. El artículo 1537 — Su explicación. — 132. Continúa. — 133. c) 3.ª Condición: La acción debe entablarse antes de que haya sido ratificada la obligación, y dentro del plazo establecido para ello en nuestra ley, es decir, dentro de los cuatro años. ............................................................................................................. 125

Capítulo IV

De los efectos de la declaración de nulidad

Sección I

Entre las partes

Sumario: 134. El principio. — 135. Efectos anteriores a la ejecución. — 136. El artículo 1565. — 137. Las reglas que rigen las restituciones — El de-recho francés — Opiniones de Bufnoir y de Laurent. — 138. Opiniones sobre el mismo tema de Planiol y de Baudry Lacantinerie — Nuestro Código: sus ventajas. — 139. ¿Qué reglas deben regir las restituciones que deban hacerse mediando un contrato inexistente? — 140. Conti-núa. — 141. El artículo 1566 inciso 2º. — 142. La prueba de provecho obtenido por el incapaz corresponde a quien lo alega. — 143. ¿Cuál es el momento para determinar si el incapaz ha sacado provecho? — Siste-mas de Demolombe y de Pothier — El sistema transaccional de nuestro Código — Opinión de Lomónaco. — 144. Restituciones de incapaz a incapaz. — 145. El artículo 1565. — 146. Fundamentos. ......................... 137

Sección II

Respecto de terceros

Sumario: 147. Los derechos de terceros. — 148. Doctrina de Marcadé — La nulidad cuya causa original es el dolo no puede hacerse valer contra terceros. — 149. Crítica. — 150. La acción de nulidad no puede estable-cerse directamente contra los terceros. — 151. Aplicación de las reglas sobre posesión de buena y de mala fe. — 152. Conclusión. .................... 147

Capítulo V

De la confirmación

Sección I

Concepto y naturaleza

Sumario: 153. Definición de la confirmación o ratificación Su naturaleza. — 154. Origen histórico. — 155. Diferencia de la confirmación y de la

XVIII Juan José De Amézaga

Pág.novación. — 156. Diferencia de la confirmación y de la transacción. — 157. Diferencia de la renuncia y de la confirmación. — 158. Diferencia del reconocimiento y de la confirmación. — 159. Diferencia entre la confirmación y la ratificación — Opinión de Laurent. — 160. Crítica. — 161. Discusión general —Opinión de Solón. — 162. Continúa. — 163. ¿La confirmación es un acto unilateral? — 164. Continúa — Solución. 153

Sección IIElemento subjetivo de la confirmación

Sumario: 165. Primera condición. — 166. Capacidad de obligarse y capaci-dad de disponer. — 167. Segunda condición —Conocimiento del vicio de la obligación. — 168. La intención de ratificar — Examen crítico. — 169. Cesación del vicio. — 170. El artículo 1545 del Código Civil. — 171. La función del Ministerio Público. ................................................................. 161

Sección IIIElemento objetivo de la confirmación

Sumario: 172. — El elemento objetivo. — 173. Fundamentos. — 174. Opinión de Toullier. — 175. Crítica. — 176. Continúa. — 177. ¿Las obligaciones naturales pueden confirmarse? — Doctrina. — 178. Continúa — Crítica de la doctrina de las obligaciones naturales. — 179. Continúa. — 180. Continúa. — 181. Opinión de Segovia — Crítica. — 182. Continúa la crítica de la doctrina, de las obligaciones naturales. — 183. Continúa. — 184. Conclusión. — 185. La falta de consentimiento — 186. La falta de objeto y de causa — Opiniones de Larombiére, Toullier y Laurent. — 187. Objeto y causa ilícitos. ........................................................................ 167

Sección IV

De los elementos de forma de la confirmación

Sumario: 188. La ratificación expresa y la ratificación tácita. — 189. La ra-tificación expresa: Definición — No exige como requisito de su esencia ninguna solemnidad — Sigue las reglas de los contratos ratificados. — 190. Los tres requisitos esenciales de la ratificación, según la doctrina. — 191. Clasificación de los elementos de la confirmación en objetivos y subjetivos. — 192. Elemento objetivo. — 193. La ratificación, el acto y documento de ratificación. — 194. Elementos subjetivos: 1º. Mención en el documento del vicio de la obligación. — 195. Los vicios de dere-cho. — 196. Si los vicios del contrato son varios ¿deberán mencionarse todos? — 197. 2º. La intención de confirmar. — 198. La nulidad del acto no implica la nulidad de la confirmación. — 199. La ratificación expresa debe hacerse con las solemnidades a que por la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifique. — 200. Los medios de prueba — § 2 La ratifi-cación tácita. — 201. Definición. — 202. Principios generales —Los actos de ejecución deben ser unívocos no equívocos. — 203. Inconsecuencias. — 204. En qué consiste la ejecución voluntaria. 1.ª solución. — 205. 2.ª solución. — 206. 3.ª solución. — 207. Nuestra opinión. — 208. Criterio práctico. — 209. La ejecución parcial importa ratificación. — 210. La dilación de pago. — 211. Regla general. .................................................... 181

Obras Esenciales XIX

Pág.

Sección V

De los efectos de la ratificación

Sumario: Entre las partes — 212. La confirmación tiene efecto retroactivo — La confirmación condicional — Con respecto a terceros: — 213. La retroactividad no alcanza a los terceros. ................................................... 195

Capítulo VI

De la prescripción de la acción de nulidad

Sección I

Fundamentos y naturaleza

Sumario: 214. El artículo 1568 del Código Civil es una verdadera prescrip-ción. — 215. Opiniones de Baudry Lacantinerie, de Aubry y Rau, La-rombière, Laurent, Huc, Planiol, Marcadé. — 216. Fundamentos. — 217. La prescripción no exige exactamente las mismas condiciones que la ratificación. — 218. Las nulidades absolutas. — 219. Los contratos y actos jurídicos. — 220. Los pactos sobre sucesiones futuras. — Opiniones de Toullier, Duvergier, etc. Crítica. — 221. Continúa. — 222. Conclusión. . 197

Sección II

Del término del artículo 1568

Sumario: 223. El término del artículo 1568 — Derecho comparado — Opiniones de Pisanelli, Vaca, etc. — 224. ¿Cuándo empieza a correr la prescripción de la acción de nulidad? — Reglas generales. — 255. 1.ª excepción — La violencia es el consentimiento — Los demás vicios del consentimiento — Contra non valentem agere non currit prescriptio — Discusión general. — 226. La segunda excepción — La incapacidad. — 227. ¿Cuándo puede el marido impugnar las enagenaciones de bie-nes dotales hechas por la mujer, prescindiendo de la ley? — Diversas opiniones — Discusión general — Conclusión — Opinión de Bufnoir. — 228. La acción de nulidad que pueda corresponder al incapaz. — 229. Los menores. — 230. Las personas jurídicas. — 231. Las obligaciones a plazo. — 232. Los herederos. — 233. No se podrá pedir la declaración de nulidad pasados treinta años de la celebración del acto o contrato — Diversas opiniones — Conclusión. ....................................................... 203

Sección II

De la derogación de la regla: “Quœ temporalia sunt ad agendum perpetua sunt ad excipiendum”

Sumario: 234. La derogación de la regla — Quœ temporalia sunt ad ta-gendum perpetua sunt ad excipiendum. — 235. Las cuatro hipótesis de Molitor. — 236. Diversas opiniones — Discusión. — 237. Opinión

XX Juan José De Amézaga

Pág.de Huc. — Opinión de Mattirolo. — 238. Crítica. — 239. La naturaleza misma de la acción de nulidad rechaza la máxima. ................................ 209

Bibliografía de la actualización

Nulidades ......................................................................................................... 215

u

Culpa contractual (*)

Capítulo I

LA Responsabilidad por Culpa ................................................................... 223

— Unidad Genérica y Diferencias Específicas ........................................ 223

— I La Responsabilidad Fundada Sobre la Culpa es Principio de un Género ........................................................................................................ 223

— II Las Diferencias Específicas Emanan de la Calidad del Derecho Violado ....................................................................................................... 224

— III Las Diferencias Sustanciales que se han Creído Encontrar Entre las dos Categorías de Responsabilidad Culpable, no Existen ................ 227

— IV La Dualidad Genérica de la Responsabilidad Según Polacco y Josserand .................................................................................................... 230

— V Refutación de Carnelutti ................................................................... 231

— VI Conclusiones .................................................................................... 233

— VII La Responsabilidad Civil Como Sistema Jurídico ........................ 233

Capítulo II

Fundamentos y Elementos de la Responsabilidad Contractual ..... 237

Capítulo III

Elementos de la Responsabilidad Contractual ......................... 243

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ........................................ 243

(*) Esta nueva edición contiene el texto original de la obra “Culpa contractual”, tal como lo escribiera Juan José de Amézaga. Los comentarios correspondientes a los actualizadores se han compuesto en una tipografía diferente, sistema idéntico utilizado para las notas al pie.

Obras Esenciales XXI

Pág.

Capítulo IV

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ........................... 257

Capítulo V

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno (Continuación) ........ 265

Capítulo VI

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ..................................... 275

Cláusulas que Modifican la Responsabilidad del Deudor ..................... 275

Capítulo VII

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ..................................... 285

Cláusulas de Irresponsabilidad ................................................................ 285

Capítulo VIII

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ..................................... 293

Cláusulas de Irresponsabilidad (Continuación) ..................................... 293

Capítulo IX

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ..................................... 303

Cláusulas de Irresponsabilidad (Continuación) ..................................... 303

Capítulo X

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno ..................................... 309

Cláusulas de Agravación de la Responsabilidad ..................................... 309

Capítulo XII

Violación del Derecho Ajeno .................................................................... 317

Cláusulas Sobre Competencia, Para los Casos de Responsabilidad ..... 317

Capítulo XIII

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno (Continuación) ........ 325

XXII Juan José De Amézaga

Pág.

Capítulo XIV

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno (Continuación) ........ 329

Capítulo XV

Antijuridicidad: Violación del Derecho Ajeno (Continuación) ........ 337

Capítulo XVI

Abuso de Derecho ................................................................ 349

Capítulo XVII

El Segundo Elemento Integral de la Responsabilidad Contrac-tual: la Culpa ................................................................................................. 359

Capítulo XVIII

El Segundo Elemento de la Responsabilidad: Culpa ........................... 369

Caso Fortuito y Fuerza Mayor ................................................................... 369

Capítulo XIX

El Segundo Elemento: la Culpa ................................................................. 387

Doctrina de la Imprevisión ....................................................................... 387

La Culpa y la Garantía ............................................................................... 397

Capítulo XX

El Tercer Elemento de la Responsabilidad: Perjuicio................... 399

Capítulo XXI

El Cuarto Elemento de la Responsabilidad: Nexo de Causalidad .... 401

Capítulo XXII

De la Mora. Mora del Acreedor ................................................................ 419

Mora del Acreedor ..................................................................................... 427

Obras Esenciales XXIII

Pág.

Capítulo XXIII

Responsabilidad Contractual por Hecho Ajeno ......................... 441

Capítulo XXIV

Ejecución Directa en la Obligación (Ejecución Forzada Específi-ca) y Ejecución por Equivalentes .............................................................. 453

Capítulo XXV

De las Conminaciones (Astreintes) .......................................... 457

Capítulo XXVI

La Ejecución por Equivalentes. Daños y Perjuicios ...................... 467

Capítulo XXVII

Reglas de la Liquidación Judicial de los Daños y Perjuicios .......... 479

Capítulo XXVIII

Reglas de la Liquidación Judicial de Daños y Perjuicios .................... 495

Casos de Dolo. Perjuicios Directos e Inmediatos .................................... 495

Capítulo XXIX

Liquidación Convencional de los Daños y Perjuicios y Cláusula Penal ................................................................................................................. 503

Capítulo XXX

De las Obligaciones de Pagar Cantidades de Dinero .................... 515

Capítulo XXXI

De las Obligaciones de Pagar Cantidades de Dinero (Continua-ción). ................................................................................................................. 521

Anatocismo. Capitalización de Intereses ................................................. 521

XXIV Juan José De Amézaga

Pág.

Capítulo XXXII

Situaciones Temporarias ....................................................... 525

Capítulo XXXIII

De la Prescripción de la Acción de Responsabilidad .................... 531

Bibliografía de la Actualización ............................................ 543

u

Culpa Aquiliana (*)

Introducción ....................................................................................... 561

Capítulo I

Nociones Generales Históricas ...................................................... 571

Capítulo II

Elementos de la Responsabilidad Extracontractual. Antiju-ridicidad: Violación del derecho ajeno ....................................... 575

Capítulo III

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. La violación del derecho ajeno. El abuso de derecho ................... 581

a) Doctrinas que admiten el abuso del derecho ..................................... 582

b) Doctrinas que no admiten el abuso de derecho ................................. 583

Capítulo IV

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. La violación del derecho ajeno. Acciones y omisiones .................. 591

(*) Esta nueva edición contiene el texto original de la obra “Culpa Aquiliana”, tal como lo escribiera Juan José de Amézaga. Los comentarios correspondientes a los actualizadores se han compuesto en una tipografía diferente, sistema idéntico utilizado para las notas al pie.

Obras Esenciales XXV

Pág.

Capítulo V

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. El perjuicio 595

a) El concepto de daño ............................................................................. 595

b) Daño patrimonial y extramatrimonial ................................................ 596

c) Daño emergente, lucro cesante, pérdida de chance u oportunidad ....... 597

d) Daño individual y colectivo .................................................................. 597

e) Daño previsible e imprevisible ............................................................. 599

f) daño moratorio y daño compensatorio ............................................... 599

Capítulo VI

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. Re-lación de atribución. La culpa ........................................................ 601

Capítulo VII

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. Re-lación de atribución. La imputabilidad en el Código Civil ..... 605

Capítulo VIII

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. Rela-ción de atribución. La doctrina de la “causalidad”. Los riesgos. Responsabilidad sin culpa ................................................................ 609

Capítulo IX

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. Re-lación de atribución (Continuación) ............................................ 621

Capítulo X

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. El nexo causal o relación de causalidad .......................................... 627

Capítulo XI

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. El nexo causal. La compensación de culpas ...................................... 639

XXVI Juan José De Amézaga

Pág.

Capítulo XII

Los elementos de la responsabilidad extracontractual. Con-clusión. Algunas aplicaciones: uso de datos personales. Com-plicidad en la violación. De obligaciones contractuales....... 647

a) Los denominados Bureau de informaciones (Bancos de datos per-sonales)....................................................................................................... 647

b) Responsabilidad del tercero cómplice de la violación de una obli-gación contractual ..................................................................................... 650

Capítulo XIII

De las circunstancias que excluyen o limitan la responsibi-lidad. La demencia. La minoría de edad. Los sordomudos. Las personas jurídicas .............................................................................. 655

Capítulo XIV

Las circunstancias que eximen o atenúan la responsabilidad. Caso fortuito y fuerza mayor ......................................................... 677

Capítulo XV

Las circunstancias que eximen de responsabilidad o que ate-núan la misma. El ejercicio de un derecho. El estado de nece-sidad y la legítima defensa. Diferencia con el caso fortuito y la fuerza mayor ............................................................................... 683

Capítulo XVI

Las circunstancias que eximen de responsabilidad o que ate-núan ésta. Culpa de la víctima. La renuncia................................ 697

Capítulo XVII

Los grados de la culpa. La culpa extremadamente ligera ....... 699

Capítulo XVIII

Responsabilidad por el hecho ajeno .............................................. 707

Obras Esenciales XXVII

Pág.

Capítulo XIX

Responsabilidad por el hecho ajeno. Padres, tutores, curado-res, etc. ................................................................................................. 719

Capítulo XX

Responsabilidad indirecta. Padres, tutores, curadores, etc. Cuándo cesa su responsabilidad .................................................... 733

Capítulo XXI

Responsabilidad indirecta. Las personas que se encuentran bajo la dependencia de otra en virtud de un contrato ............ 737

Capítulo XXII

Responsabilidad indirecta. Las personas que se encuentran bajo la dependencia de otra en virtud de un contrato. Ele-mentos de esta responsabilidad ..................................................... 749

Capítulo XXIII

Responsabilidad indirecta. Responsabilidad por el hecho de otro. Los directores de establecimientos. Casos especiales ... 763

Capítulo XXIV

Responsabilidad por el hecho de otro. La acción de rever-sión ......................................................................................................... 765

Capítulo XXV

Responsabilidad por el daño causado por las cosas de que uno se sirve o estan o su cuidado. Generalidades .............................. 767

Capítulo XXVI

Responsabilidad por el daño causado por las cosas de que uno se sirve o están a su cuidado. Elementos de esta responsabili-dad ......................................................................................................... 777

XXVIII Juan José De Amézaga

Pág.

Capítulo XXVII

El daño causado por los animales ................................................. 785

Capítulo XXVIII

Responsabilidad por el daño que ocasiona la ruina de un edi-ficio........................................................................................................ 791

Capítulo XXIX

De la reparación de los daños y perjuicios .................................. 797

Capítulo XXX

De la reparación del daño moral ................................................... 811

Capítulo XXXI

De la responsabilidad plural .......................................................... 821

Capítulo XXXII

Personas que pueden entablar la acción de responsabilidad ¿contra quién? Prescripción ........................................................... 829

Bibliografía de la Actualización ................................................... 831

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