juicio de revisiÓn const itucional electoral. … · re de estado median dora itucio iente ucion...
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2/2017
8
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2/2017
9
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2/2017
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11
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2/2017
12
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2/2017
13
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2/2017
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2/2017
15
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edito a s
imputaci
so elector
ento par
s adminis
cuando
o de la co
d de
dades po
e tres añ
e se teng
257. La
el Institu
mediatam
mine junt
ia será
in preven
a los re
tículo;
hos denu
propagan
ciante n
cia sea e
ría Ejec
en un p
a su r
l denun
su alcan
ión de h
ral.
ra el con
strativas
cualqu
omisión d
la au
or infracc
ños, cont
ga conoci
denunc
uto que
mente a
to con la
desecha
nción alg
equisitos
unciados
nda polít
o aporte
evidente
cutiva
plazo n
recepció
ciante s
nce den
echos o
nocimient
podrá in
uier órg
de condu
utoridad
ciones a
tados a p
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cia deb
reciba o
la Secre
as prueb
ada de
guna, cu
s indica
s no con
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e ni ofrez
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deberá
no mayo
ón. En
su resol
ntro del
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gano de
uctas infra
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erá reu
o promue
etaría Ej
as aport
plano
uando:
ados en
nstituyan
ctoral;
zca prue
frívola.
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or a v
caso de
lución, p
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ST
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s faltas y
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el Institu
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la comis
smos.
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jecutiva,
tadas.
por la
el párr
n una vio
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r o des
veinticua
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por el m
de doce
T-JRC-2
on impac
y aplicaci
de parte
uto ten
ara finc
rescribe
sión de l
siguient
denuncia
, para q
Secretar
rafo 3 d
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una de s
sechar
tro hor
chamien
medio m
horas;
2/2017
16
cto
ión
e o
nga
car
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(…)
ART
notifi
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a) La
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b) La
c) La
d) La
Reci
disp
Part
Ocam
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ndo la
plazará
mparezca
drá luga
teriores
rmará al
e correrá
TÍCULO 2
ficado al
nce, den
TÍCULO
cutiva de
mpleto, ex
más dilige
como un
nforme c
uiente:
a relator
uncia;
as dilige
as prueb
as demá
ibido el
pone la
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mpo par
deberá s
para su
Secre
al den
an a una
ar dentro
a la ad
l denunc
á traslad
258. El a
l denunc
tro del pl
260. Ce
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xponien
encias q
n informe
circunsta
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encias qu
bas apor
ás actuac
l expedi
Ley d
n Ciud
ra su res
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ciante p
lazo de d
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ndo en s
que se h
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rtadas po
ciones re
iente, e
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dadana
solución
firmada p
miento.
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e y al
ncia de
plazo de
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e la infra
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de dese
por el m
doce hora
a la a
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su caso,
hayan lle
stanciad
deberá c
os que d
ayan real
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el Tribun
icia en
del Es
.
por escr
a admi
l denun
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e cuaren
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a con su
chamien
medio m
as despu
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inmedi
las med
evado a
do.
contener
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lizado po
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as.
nal actu
materia
tado de
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nciado
s y aleg
nta y oc
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que se le
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to o adm
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ués de dic
a, la
iata el e
didas ca
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r por lo m
motivo a
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uará con
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denunc
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e imputa
os.
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menos,
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2/2017
17
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cia,
que
que
ras
le
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s y
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II. L
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hará
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Elec
proc
Cód
III.
Gen
expe
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en té
ART
proc
ante
ART
origin
circu
Reci
Mag
TÍCULO 2
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o o tele
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ituto Ele
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digo; y,
Celebra
eral deb
ediente
an llevad
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TÍCULO
cedimien
erior, el T
TÍCULO
nal form
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ibido el e
istrado P
261. Cua
ngan co
la ubicac
lectoral i
o de cua
evisión,
de prec
sté relac
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o Mun
que cor
ocurrid
ducente,
Ejecutiv
e Micho
nto y de
da la
berá tur
comple
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262. Ser
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263. El T
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expedien
Ponente q
ando las
omo mo
ción físi
impresa
alquier o
así com
campaña
cionada
e:
das an
e Michoa
que sean
nicipales
rrespond
do la con
, y remit
vo del
oacán,
entro de
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rnar al
eto, expo
bo así c
ispuesto
rá comp
ecial san
.
Tribunal,
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ectivo.
nte en el
que corre
s denunc
otivo la
ica o al
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mo cua
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con es
te el S
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n presen
s del
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nducta d
tirá de in
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cia, el
Tribuna
oniendo
como un
o en este
petente
ncionado
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vo de la
Tribunal
esponda,
cias a q
comisió
contenid
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erente a
ando se
mpaña en
se tipo d
Secretar
ntadas a
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demarca
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nmediat
o Gene
proced
lazos se
Preside
al de fo
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n inform
e Código
para r
or referi
del Inst
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l, el Pres
quién de
ST
que se re
ón de c
do de pr
de aquél
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n que la
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derá con
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nte del
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e circun
o.
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rido en e
tituto el
ncia y
sidente lo
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T-JRC-2
efiere es
conduct
ropagan
lla pinta
mitida p
n a act
a conduc
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cutivo d
Consej
ctoral
rritorial
Presiden
pediente
l Institu
nforme
s en es
l Conse
mediata
as que
nstancia
sobre
el artícu
expedien
el inform
o turnará
2/2017
18
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da
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por p
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que
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proc
resp
a los
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hora
cons
que
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ART
espe
a) D
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de lo
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parte del
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cipios de
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s funciona
Una vez
ediente, e
as siguien
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resuelva
l Pleno e
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TÍCULO 2
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uncia y,
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mponer la
o dispues
asis añad
a denunc
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dvierta o
o en su t
en este
de diligen
ealizarse
hogar en
tir la viola
medidas
inmedia
to. Lo
dad adm
arios ele
z que
el Magist
ntes con
n del ple
a el proce
en sesión
horas con
resolució
264. Las
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la inexis
en su ca
puesto; o,
as sanci
sto en es
dido por
cia, proce
, de los r
omisiones
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e Código
ncias par
e y el pla
n la forma
ación pro
s de apre
atez y de
anterio
inistrativa
ctorales;
se encu
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ntadas a
eno del
edimiento
n pública,
ntadas a
ón.
sentenc
r podrán t
tencia d
aso, revo
,
iones que
ste Códig
r esta Sa
ediendo
requisitos
s o defici
ón, así c
o, realiza
ra mejor
azo para
a más exp
ocesal, el
emio nec
e exhaust
or con
a que en
uentre d
nente de
partir de
Tribunal
o sancion
, resolve
a partir de
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e la viol
ocar las
e resulte
o.
ala.
a verific
s previsto
iencias e
como vio
ar u orde
r proveer
llevarlas
xpedita;
l Magistr
cesarias
tividad e
indep
n su cas
debidam
entro de l
e su turn
l, el proy
nador; y,
erá el asu
e que se
resuelva
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lación ob
medidas
en proced
ST
ar el cum
os en est
en la inte
olación a
enar al
r, determ
s a cabo,
rado Pon
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n la tram
endencia
so pudie
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las cuare
no, debe
yecto de
unto en u
e haya di
an el pro
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bjeto de
s cautelar
dentes e
T-JRC-2
mplimien
te Código
gración d
a las regl
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minando l
las cual
nente pod
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mitación d
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tegrado
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e sentenc
un plazo
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ocedimien
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(…
2/2017
19
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nistrativ
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2/2017
20
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Civile
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solución
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Derecho
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2/2017
21
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1
4,
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aducida
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1.
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2/2017
22
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on la
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2.
3.
4.
5.
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resoluci
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evitar d
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ocesal p
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bilidad
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definida
oralmen
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adminis
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ad adm
e ahí qu
ST
la just
ntos en
en pla
cionales
su prev
s sancio
o proce
ebidas,
de la
eriodos
autorida
los acto
nta de
sancio
gar las
tad de
sino que
ricción
ador es
e y reso
efinir co
ud de la
no se c
nción de
ministrat
ue la S
T-JRC-2
ticia, de
los tér
azos b
s, objet
vención
onadore
eso, de
como lo
a act
largo
ad.
os proce
la den
nadora
infracc
sancion
e debe
obedec
s de ca
olución q
on la m
as cond
contemp
e la fa
tiva res
Sala Su
2/2017
23
erecho
rminos
reves,
tivos y
.
es, no
modo
o son,
tividad
s de
esales
nuncia
y se
ciones.
nar no
estar
ce a la
arácter
que lo
mayor
ductas
pla un
acultad
specto
uperior
6.
7.
8.
interpre
privileg
reglas d
Así, la
los pri
proporc
para q
potesta
contado
su inic
suficien
caracte
En aten
electora
definitiv
dentro
entend
sancion
es idó
tenden
Si en e
a su o
sin cau
ello,
corresp
plazo
proced
caduca
etara l
giar el
del deb
Sala S
incipios
cional, r
ue, por
ad sanc
o a part
cio ofic
nte,
erísticas
nción a
al com
va, o la
del pr
erse q
nar, tom
neo pa
tes a re
ese laps
bligació
usas qu
se ha
pondien
razon
imiento
ado su f
as dis
principi
ido proc
Superior
s de s
razonab
r regla g
cionado
tir de la
cioso, p
tomand
s del pro
la temp
mpetent
a dicta
rocedim
que ha
mando
ara mat
esolver e
so idóne
ón de in
ue justifi
a deja
nte, deb
able
espec
facultad
sposicio
o de le
ceso.
r, determ
segurida
ble y eq
general
ora en
a presen
por ser
do e
ocedimi
poralida
te, no
una v
miento e
a cadu
en con
terializa
el proce
eo, la au
ntegrar
iquen e
ado d
be cons
para
cial y,
de san
ones a
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minó qu
ad y c
quitativo
, opere
el proc
ntación
r un t
en c
ento.
ad apun
ha
vez tran
especia
ucado
siderac
ar todos
edimient
utoridad
debidam
ese proc
de em
siderar
dar p
en co
cionar.
ST
tinentes
d, en c
ue en o
certeza
o el plaz
e la cad
cedimie
de la d
iempo
consider
ntada, s
dictado
nscurrid
l sancio
su fa
ción que
s los a
to.
d electo
mente e
ceder, y
mitir la
que ha
por fi
onsecue
T-JRC-2
s a fi
concret
observan
jurídic
zo de u
ducidad
nto esp
denuncia
razona
ración
si la auto
o reso
do ese
onador
acultad
e ese t
actos v
oral ha f
el expe
y deriva
a reso
a exced
nalizad
encia,
2/2017
24
in de
o, las
ncia a
ca, es
un año
de la
pecial,
a o de
able y
las
oridad
olución
plazo
debe
para
iempo
válidos
faltado
diente
ado de
olución
dido el
o el
habrá
P
d
s
s
p
s
la
d
re
E
g
s
d
c
9.
Por dic
etermin
e conte
ean res
potestad
anciona
a jurisp
etermin
esolver
En ese
eneral
anciona
enuncia
omo se
CA
PR
La circ
existe
signific
siempre
directa
contrav
relación
del re
jurídica
cumplir
por la a
chas co
na que,
empla d
sueltos
d sanc
ador, el
prudenc
nar si s
el fondo
sentido
para ap
ador, es
a, sin e
e sostien
ADUCID
ROCEDI
cunstanc
una in
ativo,
e y cua
de una
ventora
n jurídic
etraso
a, física
r debid
autorida
onsidera
aun y c
e forma
o en su
cionado
tribuna
ia, ya
se pue
o del as
o, la Sa
plicar la
s de un
embargo
ne en el
DAD. E
IMIENTO
cia apu
nacción
que a
ando la
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del pri
ca susta
generad
a o mo
damente
ad comp
aciones
cuando
a expres
u caso,
ora en
al local
que e
ede eje
sunto.
ala Sup
a caduc
n año
o existe
l siguien
EXCEPCI
O ESPE
untada
prolon
además
paraliza
d asum
ncipio d
antiva o
do por
ral, púb
e los
petente.
s, es
en la le
sa un p
para qu
n un
se enc
n el c
ercer la
perior h
idad en
a partir
e una e
nte crite
IÓN A
ECIAL S
cobra m
ngada d
sea
ación n
mida po
de bue
o proces
r cualq
blica o
requerim
que e
egislaci
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ue oper
proce
contraba
aso co
faculta
a estab
n un pro
r de la
excepció
erio juris
Jurispr
AL PLA
SANCION
ST
mayor r
durante
injustif
o sea c
r el pro
na fe q
sal, o b
quier o
privada
mientos
sta Sa
ón elec
etermina
e la cad
edimien
a obliga
oncreto
ad san
blecido
ocedimie
presen
ón a ta
spruden
rudencia
AZO E
NADOR.—
T-JRC-2
relevanc
e un té
ficada.
consecu
opio infr
que rige
bien, pro
otra pe
a, que
s formu
ala Re
ctoral lo
ado par
ducidad
to es
ado a a
se tra
ncionado
que la
ento es
ntación
al regla,
ncial:
11/2013
EN EL
—De la
2/2017
25
cia, si
érmino
Esto,
uencia
ractor,
e toda
oducto
ersona
omita
ulados
egional
cal no
ra que
d de la
special
aplicar
ata de
ora al
regla
special
de la
, tal y
3
L
s
q
to
in
te
lo
Un
de
ap
H
de
la
O
SA
de
ra
de
de
sa
de
tra
co
la
pr
cu
ju
ex
se
ot
bi
pr
qu
pl
in
Lo anter
iempre
ue las d
omaron
terpretac
ercero, 14
s Estad
niversal
el Pacto
partado
umanos;
e Instituc
jurispr
OPERA
ANCION
erecho a
azonable;
e carácte
el Poder
ancionad
e un año
amitarlo
ontexto,
caducid
rocedimie
uando la
ustificada,
xponga l
e adviert
tras, a la
ien, a qu
ráctica d
ue razon
lazo; sin
actividad
rior alud
y cuan
diligenc
cierto t
ción sist
4, 16, 17
dos Unid
de Dere
Internac
1 de la
; 361, pá
ciones y
rudencia
EN
NADOR, s
a que se
; que el
er sumar
r Judicia
dora, por
o, por se
y emitir
el plazo
dad de
ento esp
a autorid
, razonab
las circu
ta que la
a conduc
ue su des
de divers
nablemen
n que d
d de la au
de a qu
ndo la a
cias rea
tiempo,
temática
7, 41, 13
dos Mex
chos Hu
cional de
Conven
árrafo 2
Procedim
susten
EL P
se advi
le admin
l procedi
rio y que
al de la
regla ge
er el tiem
r la reso
o estable
la fac
pecial, p
dad adm
ble y apr
unstancia
a dilación
ta proce
sahogo, p
sas dilige
nte no fu
dicha ex
utoridad.
ue el p
autorida
lizadas
y que
de los
33 de la
xicanos;
umanos;
e Derech
ción Am
y 367 a
mientos E
ntada d
PROCED
ierte qu
nistre jus
imiento e
e es crite
a Feder
eneral, d
mpo raz
olución c
ecido co
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puede, p
ministrati
reciable
s, de fac
n en la re
dimental
por su co
encias o
ue posibl
xcepción
plazo de
ad justif
para la
debido
s artícu
Constitu
10 de
14, apar
os Civile
mericana
371 del
Electoral
de rub
DIMIENTO
ue toda
sticia den
especial
erio del T
ración q
debe cad
onable y
correspon
omo reg
sanciona
or excep
va acre
objetivam
cto o de
esolución
l del prob
omplejida
o actos p
le realiza
n pueda
e un añ
fique de
a sustan
a las m
ST
ulos 1°,
ución Po
la Dec
rtado 3, i
es y Polí
sobre D
l Código
les, así c
ro CADU
O ES
person
ntro de u
sancion
Tribunal E
que la p
ducar en
y suficien
ndiente.
gla gener
adora
pción, am
dite una
mente, e
iure, de
n se deb
bable infr
ad, requi
procedim
ar dentro
derivar
ño podr
e mane
nciación
mismas
T-JRC-2
párrafo
olítica de
claración
inciso c)
íticos; 8,
Derechos
Federal
como de
UCIDAD.
SPECIAL
na tiene
un plazo
nador es
Electoral
potestad
el plazo
nte para
En ese
ral para
en el
mpliarse
a causa
n la que
las que
be, entre
fractor, o
irió de la
mentales,
o de ese
r de la
ría amp
ra feha
n y reso
se retra
2/2017
26
s
l
s
l
d
l
pliarse
ciente
olución
asó la
re
p
p
E
s
esolució
provocad
presente
En el p
iguiente
1. La
qu
2. El
de
rea
res
3. El
ofic
el a
4. El
cer
al S
5. El
Eje
inc
req
Mic
rin
ón del m
do ese
e asunto
presente
e línea d
denun
ince an
catorce
l Institu
alización
serva la
primero
cios a f
acuerdo
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rtificació
Secreta
quince
ecutivo
cumplido
quiere
choacá
da infor
mismo,
e retard
o.
e caso
de acon
cia fue
te el Ins
e de ma
uto Ele
n de di
a admisi
o de se
fin de d
o anterio
de sep
ón de i
ario de E
de mar
del m
o el req
nuevam
n para
rme sob
o que, e
do, situ
, de la
ntecimie
presen
stituto E
ayo del
ctoral d
versas
ón de la
eptiembr
ar cum
or orden
tiembre
ncumpl
Educaci
rzo del a
menciona
querimie
mente
que e
bre ciert
el mism
uación
as con
entos:
ntada el
Electora
mismo
de Mic
diligenc
a denun
re de d
plimient
nó.
e de d
imiento
ión en M
año dos
ado Ins
ento cit
al Sec
en el p
tos punt
mo posib
que n
stancias
trece d
l de Mic
año, el
hoacán
cias y r
ncia pre
os mil
to a los
os mil
al req
Michoac
s mil die
stituto,
tado en
cretario
lazo de
tos.
ST
ble infra
o acon
s se d
de may
choacán
Secreta
, radica
requerim
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quince
s requer
quince
uerimie
cán.
eciséis,
acuerd
n el pun
de E
e veinti
T-JRC-2
actor, hu
nteció
despren
yo de do
n.
ario Eje
a, orde
mientos
a.
gira div
rimiento
e, se r
nto rea
el Secr
da tene
nto ante
ducació
cuatro
2/2017
27
ubiese
en el
nde la
os mil
ecutivo
ena la
, y se
versos
os que
realiza
alizado
retario
er por
erior y
ón de
horas
6. El
Ed
req
mis
7. Me
con
for
ofic
pa
de
cor
8. El
ofic
Mo
Ele
die
9. El
Se
acu
pro
Mic
10. E
Re
esp
con
Eje
trece d
ducación
querimie
smo añ
ediante
ntestad
rmulado
cio a la
ra que r
tres
rrespon
veintici
cio la
ovilidad,
ectoral
ecinueve
veintit
ecretario
uerdo d
olongad
choacá
l veintin
evolucio
pecial
ntra el
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de abri
n de
ento fo
o.
acuerdo
o de m
o a la S
a Secre
rinda in
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ndiente.
nco de
Secreta
, al re
de Mic
e de ab
rés de
o Ejecu
decreta
da, orde
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onario I
sancion
acuerdo
del Inst
l de do
Mich
rmulado
o de la
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Secretar
etaría d
forme s
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abril d
aría de
equerim
choacán
ril.
e novie
utivo de
a la ca
enando
de novi
Instituci
nador,
o de ca
tituto loc
os mil
hoacán
o en fe
misma
a extem
ía de E
de Urba
sobre ci
os a
del mism
e Desar
iento f
n, mism
embre
el mult
ducidad
dar avi
iembre
onal, a
presen
aducida
cal.
diecisé
da
echa qu
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mporáne
Educació
anismo
ertos as
partir
mo año
rrollo T
formulad
mo que
de dos
ticitado
d del a
iso al T
del mis
actor e
nta rec
ad emitid
ST
is, la S
conte
uince d
anterior
ea el r
ón y se
y Med
spectos
de la
o, conte
Territoria
do por
le fue
s mil
institut
asunto
Tribunal
smo añ
n el p
curso d
do por
T-JRC-2
Secretar
estación
de marz
r, se tien
requerim
e ordena
dio Am
s, en un
notific
sta me
al, Urba
r el In
notifica
diecisé
to, me
por ina
Electo
ño, el P
procedim
de ape
el Secr
2/2017
28
ría de
n al
zo del
ne por
miento
a girar
biente
plazo
cación
diante
ano y
stituto
ado el
éis, el
diante
acción
oral de
Partido
miento
elación
retario
D
11.
Tri
rec
me
sus
och
12.
Eje
ad
13.
au
14.
sus
Mic
15.
Tri
esp
De la an
• El
san
exp
aut
se
req
pri
El ca
bunal E
curso d
enciona
stanciar
ho días
El q
ecutivo
mitir y e
El v
diencia
El v
s actua
choacá
El v
bunal
pecial id
terior re
órgan
ncionad
pedient
to de ra
orden
querimie
mero de
atorce d
Electora
de ape
do ac
r el pro
.
quince
del In
emplaza
einte de
de prue
veintiuno
aciones
n.
veintioch
local,
dentifica
elatoría,
no sus
dor, dem
e, entre
adicació
nó la
entos,
e septie
de dicie
al del E
lación,
uerdo
ocedimi
de dic
nstituto
ar a los
e diciem
ebas y a
o siguie
s al Tr
ho de d
emitió
ado con
, se evid
stanciad
moró s
e otras
ón del c
realizac
y los
embre d
embre d
Estado
ordena
de ca
iento e
ciembre
Elector
denunc
mbre po
alegatos
ente, fu
ribunal
diciemb
la res
n la clav
dencia l
dor de
sin justi
demor
catorce d
ción d
oficios
del mism
del año
de Mic
ando d
aducida
n un té
e siguie
ral de
ciados.
osterior
s.
e remit
Electo
re de d
olución
ve TEEM
o siguie
l proc
ificación
ras, se
de may
de dive
fueron
mo año.
ST
dos mi
hoacán
ejar si
d, y
érmino
ente, e
Michoa
r, se lle
tido el
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dos mil
del p
M/PES/0
ente:
cedimien
n la int
adviert
yo de do
ersas d
n girad
T-JRC-2
l diecis
n, resue
n efect
termina
no ma
el Secr
acán, o
vó a ca
expedie
l Estad
diecisé
procedim
001/201
nto es
tegració
te que
os mil q
diligenc
dos has
2/2017
29
éis, el
elve el
tos el
ar de
ayor a
retario
ordenó
abo la
ente y
do de
éis, el
miento
16.
special
ón del
en el
uince,
ias y
sta el
D
e
a
d
im
lo
8
c
o
E
re
e
s
a
p
A
s
p
e
• El
seg
• El
no
él m
• El
ha
vei
De los h
evidente
advierte
ilación
mputado
o que s
8/2013,
aduca a
origen.
Es impo
ealizó u
específic
ustanci
administ
procedim
Ahora b
olo con
para la
especial
proced
gún se
partido
mostró
mismo
tribuna
sta la
intinuev
hechos a
e que no
en la
en la
o hubie
sí tiene
en cuan
al año d
ortante
un cam
camente
ación
trativa
miento y
bien, la
ntempla
sustan
es sanc
imiento
advierte
actor,
ó interé
instó.
al respo
interp
ve de no
anterior
o se ac
jurispr
resoluc
ese retr
cabida
nto a q
de habe
hacer m
mbio en
e en
y res
la que
y el órga
jurispru
ba la in
nciación
cionado
especi
e sólo fu
durante
s en la
nsable,
osición
oviembr
res, y co
ctualiza
rudencia
ción se
asado
a y es a
ue el p
er sido
mención
el pro
las a
solución
e se e
ano juris
udencia
ntervenc
n y re
res.
al no fu
ue radic
e un año
resoluc
no tuv
del r
re de do
on las c
la exce
a 11/20
e encue
la integ
aplicabl
rocedim
interpue
n que c
ocedimie
autorida
n, sien
encarga
sdiccion
a citada
ción de
esolució
ue admi
cado a s
o y med
ción de
vo cono
recurso
os mil di
conside
epción q
013, en
entre ju
gración
e al ca
miento e
esta la
con la r
ento es
des in
ndo ah
de la
nal quie
a surgió
la auto
ón de
ST
tido siq
su llega
dio estu
el proce
ocimient
de a
ieciséis
eracione
que la S
n cuan
ustificad
del exp
aso la ju
especial
denunc
reforma
special
nvolucra
hora l
a susta
n lo res
ó cuand
oridad a
los pr
T-JRC-2
uiera, y
da.
uvo inac
edimient
to del a
apelació
.
es vertid
Sala Su
to a q
da, o q
pediente
urisprud
l sancio
cia que
a de 20
sancion
adas e
a auto
anciació
uelve.
do el m
adminis
rocedim
2/2017
30
ya que
ctivo y
to que
asunto
ón, el
das es
uperior
que la
que el
e, por
dencia
onador
le dio
014 se
nador,
en la
oridad
ón del
modelo
trativa
ientos
S
n
e
s
q
d
D
d
fo
a
re
re
in
ti
A
ju
C
g
o
E
e
m
o
la
o
A
a
Sin emb
aturalez
es, su re
us efec
ue se e
el mism
De igual
e la fig
orma de
a las
esponsa
especto
nvadien
empo ra
Asimism
usticia p
Carta Ma
enerar
o de algú
Es impo
enjuician
manera
obligado
a existe
obligator
Así tamb
autoridad
bargo,
za de d
esolució
ctos se e
esté des
mo.
l forma,
gura de
e juicio
partes
ables s
o a un a
do así
azonab
mo, la ca
pronta y
agna, a
un men
ún ente
ortante
nte, la
oficios
o a decl
encia de
ria.
bién, es
d de las
la mis
dicho p
ón debe
encuen
sarrollan
, hay q
e la ca
-los cua
denun
se enc
acto qu
su esfe
le para
aducida
y exped
aceleran
noscabo
político
hacer
caducid
a, razó
ararla e
e la juris
s de re
s excep
sma sig
procedim
e acont
tran rela
ndo y p
ue tene
ducidad
ales pod
ciadas-
cuentre
e podrí
era juríd
su reso
d prete
dita, pre
ndo la r
o en la
o.
notar q
dad es
ón por
en los t
spruden
ecalcars
pciones
gue sie
miento s
tecer en
acionad
uede lle
er prese
d en pr
drían lle
- es e
n en
ía o no
dica, po
olución.
nde vel
evista e
resoluci
esfera
que, con
una fig
la cua
términos
ncia mu
e que
a la ju
endo a
sigue s
n un br
dos con
egar a i
ente qu
rocedim
egar a g
evitar q
estado
genera
or lo qu
lar por
en el art
ón de a
jurídica
ntrario
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ST
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2/2017
31
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así com
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rincipio
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2/2017
32
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nformac
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2/2017
33
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para ini
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2/2017
34
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1/2016.
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, en el
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T-JRC-2
eracione
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ado a
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rte acto
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del pre
e Micho
ante el
el Tr
diente T
2/2017
35
es que
antes
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das a
, en el
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ora, lo
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M
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