justicia y exclusion

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  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

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    2/26

    x

    f

    Doctor en Fi losofa de laUniversidad de Kons-

    tanz Alemania . Becade Investigacin de laFun-

    dacin Alexander van Humboldt para estudios

    postdoctorales de filosofa en laUniversidad de

    Frankfurt Alemania . Esprofesor titular e inves-

    t igador del Insti tu to de Filosof a de la Universi-

    dad deAntioquia y di rector de laRev is ta E s tud io s

    d e F i lo s of a .

    Autor de los libros:

    La verdad en el

    in fi ern o. D i lo go f il os fic o e n l as v oc es d e H ob be s

    Kant y Maquiave lo Sig lo del Hombre Editores.

    2002 y De

    l a p ol ti ca d e l a l ib ert ad a la p ol ti ca d e l a

    i gu al da d. U n e ns ay o s ob re l os l m i te s d el l ib er al is m o

    Siglo del Hombre Editores/Universidad deAn-

    tioquia, I999 .Tambin escoeditor de los l ibros:

    J u st ic ia g lo b al d e re ch o s h u man o s

    y

    responsabilidad

    Siglo del Hombre Editores/Universidad deAn-

    tioquia, 2007 ;

    L os c l sic os d e la f il oso fa p ol ti ca

    Editorial Universidad deAntioquia.2003 ;Multi-

    c ul tu ra li sm o . L os d er ec ho s d e l as m i no r as c ul tu ra le s

    Res Publica/Universidad de Antioquia. 1999 y

    Liberalismo

    y

    c om u ni ta ri sm o : d er ec ho s h um a no s

    y

    democrac ia

    Colciencias/Editions Alfons el Mag-

    nnim, 1996 .

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    3/26

    Filosofia poltica

    03, ~l.

    C~l~j

    t L

    BIBLIOTEC l NIVERSIT RI

    Ciencias Sociales y Humanidades

    Justicia y exclusin

    Francisco Corts Rodas

    OOJSlaON

    Siglo del Hombre Editores

    UNIVERSIMD

    DE~~I.~VIA

    Instftute de Fllosofb

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    4/26

    CEP-Banco de la Repblica-Biblioteca Luis ngel A rango

    Corts Rodas, Francisco, 1959-

    justicia y exclusin / Francisco Corts Rodas. - Bogot: Siglo del Hombre Editores,

    Instituto de Filosofa de la Universidad de Antioquia, 2007.

    248 p.; 21 cm.

    Incluye bibliografas.

    l. justicia social 2. justicia distributiva 3. Desigualdad social 4. Exclusin social

    5 . Neoliberalismo 1.

    rn.

    303.372 cd 21 ed.

    Al129815

    La presente edicin, 2007

    Estelibro cont con lacolaboracin financiera de la Fundacin Alexander von Humboldt, del

    Centro de Investigacin de la Universidad de Antioquia CODI, y cuenta con el apoyo de la

    estrategia de sostenibilidad dada al Grupo de Investigacin de Filosofa Poltica en el ao 2007.

    Franc isco Corts Rodas

    Siglo del Hombre Editores

    Cra 31 A N 25B-50 Bogot D. C.

    PBX:3377700~x:3377665

    www.siglodelhombre.com

    Instituto de Filosofa de la Universidad de Antioquia

    Bloque 1 Of. 409 Ciudad Universitaria Medelln

    www.institutodefilosofia.udea.edu.co

    Cartula y armada electrnica

    ngel David Reyes Durn

    ISBN: 978-958-665-098-4

    Impresin

    Panamericana Formas e Impresos S.A.

    Cal le 65 N 95-28 Bogot D. C.

    Impreso en Colombia-Printed in Colombia

    Todos los derechos reservados. Estapublicacin no puede ser reproducida ni en su todo ni en sus

    partes, ni registrada en o transmitida por un sistema de recuperacin de informacin, en ninguna

    fo rm ni p or n in g n m ed io se m ec n ico fo to qu m ico elec t r n i co m gnti co elec tro pt ico po r

    fotocopia o cualquier otro, sin el permiso previo por escrito de la editorial.

    NDICE

    PRESENTACIN .

    Captulo 1

    INJUSTICIA, DESIGUALDAD Y EXCLUSIN.

    ELEMENTOS PARALAFORMULACIN DE

    UNA CONCEPCIN DE JUSTICIA SOCIAL .

    La exclusin .

    El modelo neoliberal y lajusticia .

    El modelo de justicia de John Rawls .

    El modelo de justicia social .

    Captulo Il

    LOS LMITES DE LAJUSTICIA IGUALITARIA .

    Libertad e igualdad formal .

    Criticas dellibertarianismo al igualitarismo .

    Libertad e igualdad real .

    Observaciones para concluir .

    Captulo III

    LATENSIN ENTRE LAS EXIGENCIAS DE JUSTICIA

    SOCIAL Y LAPRIORIDAD DE LALIBERTAD.

    CONSIDERACIONES ENTORNO ALACONCEPCIN

    DE JUSTICIA DE JOHN RAWLS .

    13

    21

    25

    36

    39

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    70

    83

    85

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    AxelHonneth. Justicia y reconocimiento .

    Sufrimiento por indeterminacin .

    El concepto dejusticia de Honneth .

    Amartya Sen: el planteamiento de las capacidades .

    Martha Nussbaum: las capacidades y el bien humano ..

    Observaciones para concluir .

    88

    89

    95

    98

    101

    105

    Captulo IV

    NEOLIBERALISMO,GLOBALIZACIN POBREZA....... 109

    Laglobalizacin de la economa mundial....................... 110

    El trabajo y las polticas de flexibilizacin................ 111

    El fin del Estado de bienestar.................................. 114

    ElEstado de bienestar en los pases del centro

    y la periferia............................................................ 118

    El neoliberalismo

    y

    la poltica global........................ 130

    Globalizacin en otros trminos 133

    Captulo V

    JUSTICIA:NACIONAL,GLOBALO TRANSNACIONAL? 139

    El liberalismo nacionalista............................................ 142

    El globalismo universalista 150

    Elementos para la formulacin de una concepcin

    transnacional de lajusticia........................................... 154

    Observaciones para concluir......................................... 170

    Captulo VI

    HAYUNCONFLICTOINSUPERABLEENTRELA

    SOBERANADE LOSESTADOSYLAPROTECCIN

    DE LOSDERECHOSHUMANOS? 173

    Latesis central de la teoria del realismo........................ 176

    La concepcin de justicia internacional de John Rawls . 181

    El argumento del globalismo radical: Charles Beitz 183

    El argumento del globalismo dbil: Thomas Pogge......... 186

    Observaciones para concluir......................................... 190

    Captulo VII

    JUSTICIAE INCLUSIN............................................... 195

    La pobreza no es nuestro problema .

    Concepciones de justicia econmica en los contextos

    nacional e internacional .

    La poltica de la inclusin .

    197

    202

    216

    BIBLIOGRAFA .

    237

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    1

    11

    PRESENTACIN

    En sociedades como las nuestras es necesario establecer las

    caractersticas de una concepcin dejusticia de manera dife-

    rente a como lo hace el pensamiento liberal contemporneo.'

    La carencia fundamental de la teora de justicia del pensa-

    miento liberal est determinada porque su preocupacin cen-

    tral es definir que el Estado tiene como nica funcin asegu-

    rar los derechos que protegen las libertades individuales. La

    consecuencia ms inmediata que se derva de esta concep-

    cin de justicia es el no reconocimiento de los derechos eco-

    nmicos, sociales y culturales como derechos humanos fun-

    damentales.

    La cuestin de la justicia social, que en nuestra realidad

    social debe significar elaseguramiento tanto de los derechos

    civiles y polticos, y de los derechos econmicos, sociales y

    culturales, como derechos humanos fundamentales, implica

    pensar el modelo de sociedad y de Estado que requerimos de

    una forma diferente a la que ha propuesto elliberalismo, para

    encontrarle solucin a nuestros ms grandes problemas: la

    pobreza, elhambre, el desempleo, la falta de educacin de las

    mayoras, la explotacin, la marginalizacin, la negacin del

    reconocimiento de laidentidad cultural de las minoras cultu-

    rales y la violencia.

    Las reflexiones que presento aqu tienen como fin mostrar

    que la posibilidad de superar los graves problemas de nuestras

    sociedades depende de nuestra capacidad para crear mode-

    Las sociedades a las que me refiero son las de Amrica Latina.

    13

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    los alternativos de asociacin poltica, en los que se puedan

    articular los principios de igualdad social, libertad, del reco-

    nocimiento de las identidades culturales y las condiciones de

    funcionamiento del sistema econmico.

    Para plantear una concepcin de la justicia que d cuenta

    de los problemas fundamentales de nuestras sociedades, es

    conveniente sealar primero su punto de partida. Para esto,

    siguiendo una idea del filsofo mexicano Luis Villoro, es ne-

    cesario tener en cuenta que en sociedades no desarrolladas,

    la formulacin de una reflexin sobre la justicia no puede

    consistir, como lo propone el liberalismo contemporneo, en

    partir de la determinacin de principios universales de jus-

    ticia, para buscar posteriormente su realizacin en socieda-

    des especficas. El punto de partida de una reflexin sobre

    la justicia en nuestra realidad social tiene que resultar de la

    comprensin de la injusticia real que viven los millones de

    hombres excluidos de la posibilidad de disfrutar de las condi-

    ciones sociales, econmicas y polticas que tericamente les

    pertenecen como miembros de una comunidad poltica. Este

    punto de partida supone un cambio radical de perspectiva.

    Mientras que elpensamiento liberal deriva la teoria de lajus-

    ticia de principios dejusticia que aplican a todas o a la mayo-

    ria de las sociedades, con independencia de su configuracin

    concreta y sus relaciones sociales, para m se trata, en primer

    lugar, de encontrar y describir las experiencias de injusticia

    que se dan en nuestra realidad social, para poder pasar, en

    segundo lugar, a formular qu tareas tiene que cumplir una

    concepcin dejusticia en la definicin de los fines del Estado

    y la sociedad. Iris Marion Young escribe acertadamente:

    Una reflexin normativa debe comenzar desde las circunstancias

    histricas especficas porque no hay nada ms que lo dado, es decir,

    el inters situado en lajusticia desde el cual se parte. Reflexionando

    desde un contexto social particular, una buena teoria normativa no

    puede eludir la descripcin social y poltica. Sin una teoria social, la

    reflexin normativa es abstracta, vaca, e incapaz de guiar una cri-

    tica con un inters prctico en la emancipacin. 3

    1. Villoro, Sobre el principio de la injusticia: la exclusin (Octavas Confe-

    rencias Aranguren, 1999), en: Isegora. Revista de Filosofa Moral y Pol t ica

    No.

    22,

    Madrid, septiembre de

    2000.

    M.Young,

    Justice and the Poli tic s ofDifJerence

    Princeton University Press,

    Princeton, 1990, p. 5.

    14

    Para poder establecer las experiencias deinjusticia espec-

    ficas de nuestra realidad social, es necesario, pues, emplear

    un punto de vista distinto del que han utilizado los filsofos

    liberales contemporneos para fundamentar sus concepcio-

    nes dejusticia. Para decirlo de una manera ms ilustrativa y

    sencilla, es necesario quitarse los lentes de la doctrina liberal

    y ponerse unos lentes que permitan ver los tipos de injusti-

    cia que se dan en nuestra realidad social. Desde la perspec-

    tiva de la teoria liberal, justicia significa, fundamentalmente,

    proteccin de la libertad, y libertad significa aseguramiento

    de los derechos civiles individuales -libertades de opinin y

    de conciencia, libertad de asociacin, las libertades polticas,

    las de integridad de la persona, y las protegidas por el orden

    juridico-, e injusticia significa violacin de la libertad. Aho-

    ra bien, las experiencias de injusticia que resultan de las vio-

    laciones de los derechos individuales, como por ejemplo, la

    detencin arbitraria de personas, la censura a la prensa, las

    violaciones a la integridad personal, son experiencias de injus-

    ticia inaceptables. En esto concuerdo con el liberalismo. Pero

    lo que el terico liberal no puede ver a travs de sus lentes, o

    lo que no puede percibir, son experiencias de injusticia que

    no afectan la libertad, como por ejemplo la desigualdad que

    resulta de la imposibilidad de acceso a los bienes y servicios

    materiales mnimos para poder

    actuar

    como seres humanos

    independientes, o la desigualdad que se produce al negar el

    reconocimiento de los fines y valores que determinadas mino-

    rias culturales requieren para mantener su identidad.

    As, para construir una perspectiva distinta de la dellibe-

    ralismo, un tipo de lentes bifocales que permitan ver, tanto las

    injusticias que se producen por la violacin de las libertades

    individuales, por las desigualdades econmicas y sociales, por

    la negacin de las diferencias culturales, as como aquellas que

    se dan por la explotacin, la marginalizacin y la exclusin,

    buscar partir de la determinacin de algunas experiencias

    de injusticia especficas de nuestra realidad social. Siguiendo

    propuestas desarrolladas a partir de un compromiso terico

    con anlisis sociales e histricos situados en contextos deter-

    minados, argumentar en trminos de una teora crtica de

    la sociedad, es decir, en la forma de una reflexi6n normativa,

    histrica y socialmente contextualizada.

    15

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    En este libro se trata de establecer las caracteristicas de

    una concepcin dejusticia que permita dar alternativas a los

    problemas de exclusin especficos de nuestras sociedades.

    En la primera parte se ofrecen las lneas generales de la ar-

    gumentacin que se va a desarrollar. Sedescriben las formas

    -elegidas- de exclusin especficas de nuestras sociedades,

    las cuales pueden caracterizarse as:

    1)La exclusin racial, resultado del no reconocimiento de

    las diferencias culturales.

    2)La exclusin econmica, que resulta de las grandes desi-

    gualdades materiales. sta comprende: la explotacin, lamar-

    ginalizacin, la discriminacin de las mujeres, la pobreza, el

    desempleo y la violencia.

    3) La exclusin poltica, consecuencia de la exclusin eco-

    nmica: las deficiencias en alimentacin, la carencia de salud,

    la falta de educacin, de trabajo, de proteccin social, que in-

    capacitan a la persona para ser un participante normal de la

    vida civil y poltica.

    Mediante ladescripcin de algunas de las formas ms rele-

    vantes de injusticia y exclusin que se dan en nuestras socie-

    dades, se trata de demostrar, deun lado, que hay una relacin

    que vincula de manera necesaria las situaciones depobreza y

    desigualdad radical existentes en estos pases, con elbenefi-

    cio que han obtenido sus grupos ms poderosos a lo largo del

    proceso de conformacin de cada uno de los Estados nacio-

    nales y, de otro lado, que el conjunto de las ms importantes

    instituciones econmicas y polticas de los rdenes dominan-

    tes en nuestros pases ha sido y es injusto, y que los grupos

    ms poderosos, que han utilizado y utilizan el Estado y sus

    medios de coaccin para mantener su posicin dominante al

    interior de estas sociedades, tienen una responsabilidad di-

    recta -negativa- en la creacin y reproduccin de las con-

    diciones que causan la pobreza y desigualdad radical.

    En la segunda parte, ya sea leyendo a varios pensadores,

    ya sea esclareciendo directamente ciertos problemas, se ana-

    lizan los lmites y problemas de las concepciones de justicia

    del neoliberalismo y del liberalismo social. Los neoliberales

    contemporneos piensan que la funcin del Estado debe res-

    tringirse a la proteccin de la esfera de los intereses privados

    16

    y que, por tanto, el Estado no debe intervenir mediante po-

    lticas redistributivas en este dominio, ya que las demandas

    y reivindicaciones democrticas de justicia social e igualdad

    poltica no deben interferir en el funcionamiento de los sis-

    temas del mercado y de la propiedad privada. El liberalismo

    social afirma la prioridad de la libertad sobre la igualdad, y

    define como tarea principal del Estado asegurar los derechos

    y libertades bsicos de laciudadana. Por tanto, lafuncin del

    Estado en esta concepcin se limita a cubrir los derechos y li-

    bertades individuales y no puede ocuparse de principios que

    comprendan las desigualdades sociales y econmicas.

    Un objetivo adicional de estos primeros captulos, consiste

    en investigar la forma en que han sido comprendidos los con-

    ceptos dejusticia, libertad e igualdad en la tradicin poltica.

    La concepcin de justicia del neoliberalismo se fundamenta

    en la tesis segn la cual una sociedad justa se constituye so-

    lamente mediante el aseguramiento de las condiciones que

    permitan proteger los derechos y libertades civiles y en par-

    ticular, elderecho a la propiedad privada. Latesis central del

    liberalismo social afirma que una sociedad justa presupone

    la posibilidad de asegurar las condiciones elementales para

    que todos sus miembros puedan considerarse y reconocerse

    entre s como personas iguales, libres y autnomas.

    El propsito de estas discusiones es el de plantear cmo

    pueden articularse en una concepcin de justicia social los

    valores de la igualdad, la libertad, la equidad, el bienestar

    social y el respeto a la diferencia. A diferencia del liberalismo

    -en las versiones tratadas en este trabajo-, que establece la

    prioridad de la libertad sobre el trato a las desigualdades, la

    concepcin de justicia social que pretendo esbozar, propone

    caracterizar situaciones en las que se justifique establecer la

    prioridad del principio que define las condiciones elementales

    que hacen posible larealizacin de una vida humana indepen-

    diente, sobre el principio de la libertad.

    En la tercera parte, a partir de la interpretacin de varias

    teorias y de su articulacin con ciertos problemas polticos

    y sociales contemporneos, se establece cmo una concep-

    cin de justicia social debe combinar los distintos contextos

    dejusticia, ellocal o nacional y elglobal o transnacional, para

    poder identificar cmo y por qu las situaciones de pobreza y

    desigualdad radical existentes en nuestros pases constitu-

    17

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    9/26

    II

    yen un problema de justicia econmica, tanto a nivel nacio-

    nal como a nivel internacional. Despus de haber planteado

    en la primera parte unos primeros elementos para demostrar

    la responsabilidad de las elites de Amrica Latina frente a la

    injusticia que representa la pobreza extrema en estos paises,

    se trata en los captulos finales de analizar la manera en que

    las instituciones econmicas globales contribuyen al man-

    tenimiento de la pobreza y a la profundizacin de las desi-

    gualdades. En este sentido, se argumenta a favor de la idea

    de que los Estados tienen entre s deberes de justicia distr i-

    butiva. Esta idea supone que la justicia implica la redistribu-

    cin de los ingresos y lariqueza en elcontexto global. Sin em-

    bargo, esta redistribucin no se justifica a partir de la mera

    constatacin de la existencia de grandes desigualdades y de

    la pobreza en el mundo, sino mediante el establecimiento de

    las responsabilidades en los mbitos nacionales y global, a

    travs de un anlisis histrico de las formas especficas de

    injusticia que ha producido y produce elsistema econmico y

    poltico mundial en cada una de las sociedades.

    En la ltima parte, y teniendo en cuenta que se ha mostra-

    do previamente que hay una relacin que vincula de manera

    necesaria las situaciones de pobreza existentes en nuestros

    paises, con elbeneficio que han obtenido los paises ms ricos

    y las elites de los paises pobres, y se ha establecido larespon-

    sabilidad que aquellos y stos tienen en la implementacin de

    estas polticas, se trata de esbozar una ms amplia concepcin

    de justicia que permita establecer los deberes concretos de

    justicia que conduzcan a la verdadera supresin de las desi-

    gualdades radicales y lapobreza, y de proponer una alternativa

    poltica que permita ofrecer soluciones a los problemas des-

    critos.

    Esta investigacin fue posible gracias al apoyo de la Fun-

    dacin Alexander von Humboldt y de laVicerrectora de Inves-

    tigacin de la Universidad de Antioquia (Ca DI).La Fundacin

    Alexandervon Humboldt me otorg una beca de investigacin

    postdoctoral durante quince meses en el Instituto de Filoso-

    fia de la Universidad Johann Wolfgang Goethe de Frankfurt,

    en el curso de la cual elabor una parte del presente trabajo.

    Agradezco a estas instituciones su apoyo. Quiero, adems,

    agradecer al profesor Doctor Axel Honneth las facilidades

    que me brind durante mi estancia en Alemania, as como

    18

    las sugerencias que me hizo para mejorar el trabajo. Parte de

    los materiales de este libro han sido presentados en semina-

    rios y simposios en la Universidad Johann Wolfgang Goethe

    de Frankfurt, la Universidad Friedrich Schiller de Jena, la

    Universidad Ruprecht-Karls de Heidelberg; en el Simposio

    Internacional La Teora Crtica en el Dilogo Europa Latino-

    amrica y las Tareas Actuales de la Crtica en la Universidad

    Autnoma Metropolitana de Mxico, en el Simposio Justi-

    cia Global, Pobreza Mundial y Poltica Transnacional, en la

    Universidad de Antioquia, en el Coloquio Internacional Po-

    breza, Igualdad y Derechos Humanos, en la Pontificia Uni-

    versidad Catlica del Per, y en las universidades del Valle y

    Nacional de Bogot.

    Las observaciones y crticas de Thomas Pogge, Stefan Go-

    sepath, Regina Kreide, Matthias Lutz-Bachmann, Thomas

    McCarthy, J6rg Schaub, Guillermo Hoyos Vsquez, Catalina

    Arbelez, Fernando Arbelez, ngela Uribe, Liliana Franco y

    Jorge Giraldo, as como las de los miembros del Grupo de In-

    vestigacin de Filosofia Poltica de la Universidad deAntioquia,

    fueron de gran ayuda para laelaboracin de este libro. Atodos

    ellos les expreso mi agradecimiento.

    19

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    10/26

    1 11 1

    Captulo I

    INJUSTICIA DESIGUALDAD Y EXCLUSIN

    Elementos para la formulacin de una concepcin

    de justicia social

    La justicia es el ms importante de los valores polticos, por-

    que hace posible conformar una sociedad en la que cada uno

    de sus miembros pueda realizar sus aspiraciones y deseos

    de felicidad. Ella define las condiciones necesarias que deben

    observarse en la conducta individual y social para que sea

    posible alcanzar la felicidad humana en este mundo. Cmo

    conseguir un orden social justo ha sido una de las pregun-

    tas fundamentales en la historia de la filosofia. Platn, iden-

    tificando lajusticia con la felicidad, sostiene que un hombre

    justo es felizy un hombre injusto es infeliz. Pero si se piensa

    que la justicia es la felicidad individual, tendriamos que ver

    que su realizacin seria imposible, porque no es viable que

    en un orden social se obtenga la totalidad de las aspiraciones

    de felicidad individual si tenemos en cuenta dos factores, a

    saber: la escasez de recursos y la ambicin o el egosmo hu-

    mano. La realizacin de un proyecto de felicidad supone la

    imposibilidad de realizacin de otros, qu aspiraciones pue-

    den contar por tanto en un sentido objetivo para que deban

    ser consideradas como las condicionesnecesarias que se de-

    ben observar en la conducta individual y social, para que sea

    posible alcanzar la felicidad humana?

    Para definir en un sentido objetivo las aspiraciones de felici-

    dad individual, las teorias liberales dejusticia han propuesto

    la idea de que un orden social debe velar por ciertos intereses

    21

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    11/26

    socialmente reconocidos por la mayoria como dignos de ser

    protegidos. Para el liberalismo, estos intereses sociales son

    aquellos que hacen posible la libertad. Por tal razn, desde sus

    origenes e11iberalismo propuso que el valor fundamental que

    debe ser protegido por el Estado es la libertad. El liberalismo

    surgi como una alternativa al desastre social, econmico y

    politico representado por la intolerancia fantica de las gue-

    rras religiosas. Mediante la separacin del mbito privado y

    pblico, propuso que el Estado, basado en una concepcin de

    la justicia, deba asegurar las condiciones mnimas para que

    los individuos pudieran realizar sus aspiraciones de libertad

    en el mbito pblico, a la vez que sus deseos de felicidad en

    su esfera privada. Estas condiciones mnimas fueron forrnu-

    1adas en la idea de los derechos fundamentales, cuyo ncleo

    establece unas normas comunes para lahumanidad, con sus

    consiguientes deberes y responsabilidades.

    En la critica que voy a realizar a algunas de las concepcio-

    nes liberales dejusticia en esta primera parte, quiero mostrar

    que la definicin de los intereses socialmente reconocidos co-

    mo dignos de ser protegidos propuesta por el liberalismo, es

    insuficiente. No basta con que el Estado proteja y conserve

    la libertad, si no se crean las condiciones materiales e insti-

    tucionales para asegurar iguales oportunidades a cada indi-

    viduo para hacer todo aquello que quiera realizar en su vida.

    Para establecer qu intereses socialmente reconocidos deben

    considerarse como dignos de ser protegidos, parto, no de la

    determinacin de principios universales de justicia, como lo

    ha hecho el liberalismo, sino del anlisis de la injusticia real

    que viven hoy en los pases en via de desarrollo los millones de

    hombres excluidos de la posibilidad de disfrutar de las condi-

    ciones sociales, econmicas y politicas que tericamente les

    pertenecen como miembros de una comunidad politica. En

    este sentido, una teoria de la justicia debe, en primer lugar,

    analizar y describir las experiencias deinjusticia que se dan en

    nuestra realidad social, para poder pasar, en segundo lugar,

    a formular qu tareas tiene que cumplir una concepcin de

    justicia en la definicin de los fines del Estado y la sociedad.

    Las ideas bsicas para desarrollar una concepcin de jus-

    ticia social que d cuenta de los problemas fundamentales de

    nuestras sociedades son las siguientes:

    III

    22

    1)En la medida en que las exigencias de justicia distribu-

    tiva y el aseguramiento de los derechos humanos requieren

    de la estructura normativa de los Estados, se hace necesario

    justificar la diferenciacin entre el contexto nacional y el con-

    texto global de la justicia, entendiendo que las exigencias de

    justicia distributiva son, en primer lugar, asuntos de la politica

    interna de cada Estado y, en segundo lugar, cuestiones que

    definen las relaciones polticas entre los Estados.'

    2) Una concepcin de justicia debe combinar de manera

    correcta los distintos contextos de justicia, el local o nacional

    y el global o transnacional, para poder identificar cmo y por

    qu las situaciones de pobreza y desigualdad radical, existen-

    tes en nuestros pases, constituyen un problema de justicia

    econmica. As, para considerar como injusto el conjunto de

    las ms importantes instituciones de los rdenes econmicos

    y polticos dominantes en nuestros pases -contexto local o

    nacional-, es necesario identificar de qu manera las desi-

    gualdades radicales y la pobreza manifiestan una injusticia,

    de la cual son responsables las elites dominantes en Amrica

    Latina. De la misma forma, en el contexto de las relaciones

    internacionales, es necesario identificar cmo las situaciones

    de pobreza extrema en los pases ms pobres expresan una

    injusticia, de la cual son responsables los pases ms ricos y

    los actores ms influyentes del sistema econmico mundial.?

    En este sentido, es necesario demostrar que estas situaciones

    son el resultado de la imposicin por parte de los grupos ms

    poderosos sobre los ms dbiles -tanto de los pases ms ri-

    cos sobre los ms pobres, como de las e1itesdominantes sobre

    la poblacin ms vulnerable-, de formas determinadas de

    funcionamiento de las instituciones econmicas y polticas,

    las cuales han producido, a lo largo del proceso de moderni-

    zacin o de conformacin de los Estados nacionales en Am-

    rica Latina: mientras que una parte de la poblacin ha podido

    El desarrollo de esta tesis la realizo en los captulos: Justicia: nacional,

    global o transnacional? y Justicia e inclusin]'. Ladiferenciacin entre los

    contextos nacional y global de la justicia la desarrolla Rainer Forst en: Zu

    emer kritischen Theorie transnationaler Gerechtigkeit, en: R. Schmcker,

    U. Steinvorth (eds.), Gerechtigkeit und Politik. Philosophische Perspektiven

    Akademie Verlag, Berln, 2002, pp. 215-232.

    El desarrollo de esta tesis la realizo en los captulos: Justicia: nacional,

    global o transnacional? , Neoliberalismo, globalizacin y pobreza y Jus-

    ticia e Inclusin .

    3

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    12/26

    acceder a un bienestar material suficiente y satisfactorio, a

    otra gran parte de ella se le han negado las mnimas posibili-

    dades para desarrollar su vida de forma digna.

    3)Ahora bien, si se puede demostrar que hay una relacin

    que vincula de manera necesaria las situaciones de pobreza

    existentes en nuestros pases, con elbeneficio que han obte-

    nido los grupos ms poderosos al interior de stos y los pa-

    ses ms ricos, se estar en capacidad de:

    a)Establecer la responsabilidad que aquellos y stos tienen

    en la implementacin de estas polticas.

    b) Calificar como injustos los rdenes econmicos y polti-

    cos existentes.

    c)Apelar a la necesidad de la formulacin de una concep-

    cin de justicia ms amplia, que permita establecer los debe-

    res concretos dejusticia que conduzcan a laverdadera supre-

    sin de las desigualdades radicales y la pobreza.

    d)Proponer una alternativa poltica, una poltica dela inclu-

    sin, que permita ofrecer soluciones a los problemas descritos

    en esta investigacin. En este ltimo sentido, la concepcin

    de justicia propuesta aqu no se plantea solamente el asunto

    de la distribucin justa de los bienes, sino que, en la medida

    en que parte de un anlisis de los fenmenos de injusticia y

    de sus races histricas, se propone como problema central la

    cuestin de la autonoma poltica, es decir, elproblema de las

    relaciones de poder poltico y econmico.

    Antes de analizar de forma ms sistemtica la relacin en-

    tre la manera en que las instituciones globales influyen en el

    crecimiento de la pobreza y laprofundizacin de las desigual-

    dades en Amrica Latina, voy a presentar en este captulo una

    primera y general descripcin de algunas de las formas ms

    relevantes de injusticia y exclusin que se dan en nuestras

    sociedades, incluyendo su gnesis histrica, en relacin con

    las desigualdades y asimetras de poder que las caracterizan. 3

    1)Las consideraciones crticas a las concepciones de justicia

    del neoliberalismo y el liberalismo de Rawls, sern tratadas

    en la segunda y tercera parte de este captulo. 2)Mediante la

    El desarrollo ms amplio de los problemas de justicia distributiva en el con-

    texto global lo hago en los captulos: Neoliberalismo, globalizacin ypobre-

    za y Justicia: nacional, global o transnacional? .

    4

    crtica a la concepcin de justicia del neoliberalismo, se mos-

    trar que su concepcin de justicia se fundamenta en una

    falsa universalizacin del inters de los propietarios. 3) El

    problema del liberalismo de Rawls es que define de manera

    insuficiente elconjunto de condiciones necesarias para el dis-

    frute de la libertad. 4)En el apartado final, se presentarn al-

    gunos elementos para la formulacin de una concepcin de

    justicia que permita dar cuenta de los problemas fundamen-

    tales de nuestras sociedades.

    L A EXCLUSIN

    En el pensamiento poltico moderno, la cuestin de la crea-

    cin del Estado se plante en trminos del dualismo barba-

    rie o civilizacin, estado de naturaleza o estado civil, guerra

    de todos contra todos o paz social, anarqua u orden. El pro-

    blema de la creacin de un orden poltico consisti en cmo

    superar la anarqua, el caos, el desorden, la inseguridad, la

    guerra; en cmo someter la violencia, brutalidad y barbarie

    de las relaciones humanas a un lmite civilizado, es decir, a

    un lmite que hiciera posible eldesarrollo libre, racional y au-

    tnomo de la vida humana. Segn la perspectiva propuesta

    por Norbert Elias, las sociedades de occidente adquirieron su

    carcter de Estados al haber conseguido arrebatar a los in-

    dividuos aislados la libre disposicin sobre los medios mili-

    tares, para transferirla al poder central. Deeste modo, loque

    en la modernidad caracteriza a un orden poltico que ha al-

    canzado el nivel de la organizacin estatal, es su capacidad

    para consolidar un monopolio estable de la violencia y, por

    elcontrario, lo que califica a una sociedad que no ha logrado

    este nivel, es que ella permanece en la situacin en la que la

    distribucin de bienes y riquezas tiene que decidirse por me-

    dio de la lucha y la violencia abierta entre los individuos y los

    grupos. Los modernos Estados europeos, en la medida en que

    fueron alcanzando este nivel, establecieron las condiciones

    que determinaron quines estaban dentro del orden y qui-

    nes fuera. A la vez instituyeron la finalidad del proyecto de

    la modernidad: someter, incorporar, incluir a los brbaros, a

    los extraos, a los excluidos, a quienes hablan otro lenguaje

    y tienen otros dioses. La modernidad es en este sentido un

    proyecto inacabado, pues est determinada por la inclusin,

    5

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    13/26

    pero debido a que su perspectiva de sta tiene como punto de

    partida una valoracin negativa del Otro, el resultado de la

    inclusin ha sido siempre la creacin de un nuevo orden ex-

    cluyente. Despus de haber creado orden en elsuelo europeo,

    la mirada ilustrada de los modernos se extendi por el resto

    del planeta y busc imponer la cultura del mundo civilizado

    en todas aquellas tierras pobladas por aborgenes, salvajes

    y brbaros, cultura que comprenda las doctrinas catlica

    o protestante, la organizacin poltica del Estado-nacin en

    trminos del liberalismo a partir del siglo XIXy la forma de

    organizacin de la economa en trminos del capitalismo a fi-

    nales del siglo XIXe inicios del XX.

    Elfracaso de lapoltica de la inclusin en los territorios del

    Nuevo Mundo, emprendida primero por los conquistadores

    portugueses y espaoles, y continuada en la adopcin del mo-

    delo del Estado-nacin, se puede apreciar en los tipos de orga-

    nizacin social y poltica que se han dado en nuestros pases

    en los distintos perodos de nuestra historia. En el perodo de

    la conquista, los indios, escribe Luis Villoro, estn excluidos

    de la comunidad de consenso establecida, espaola-criolla,

    pues no comparten plenamente su cultura ni son tratados

    como iguales .

    4

    Los indios son excluidos por su diferencia de

    raza, ya que por poseer caractersticas distintas a las de los

    espaoles, por hablar otra lengua, adorar otros dioses, son

    puestos fuera de la comunidad consensual de los espaoles.

    En la colonia, Las Casas logr mostrar que el indio era tan

    sujeto moral como el espaol y, por tanto, debera obtener el

    mismo reconocimiento, como miembro igual de la asociacin

    poltica. Con la inclusin de los indios como sujetos morales

    y con el tratamiento de todos, indios y espaoles, como se-

    res iguales, se super en parte la discriminacin por la per-

    tenencia a una raza determinada. Sin embargo, Las Casas

    no incluye en su idea de justicia otras diferencias que le dan

    identidad al indio, las de creencias religiosas y de prcticas

    mgicas, por ejemplo; pues las Casas sigue aceptando como

    nico valor religioso objetivo la doctrina catlica . 5As, al esta-

    blecer en la nueva asociacin poltica, la espaola-criolla, que

    L. Villoro, Sobre el principio de la injusticia: la exclusin (Octavas Confe-

    rencias Aranguren, 1999), en: Iseqoria. Revista de Filosofia Moral y Poltica

    No. 22, Madrid, septiembre de 2000, p. 110.

    Ibd.

    p. 114.

    6

    la nica religin aceptada era la doctrina catlica y al negar

    las creencias religiosas, costumbres y prcticas mgicas de

    los pueblos indios, elresultado del proceso de inclusin, pro-

    puesto por Las Casas y sus seguidores, fue la creacin de un

    nuevo orden excluyente. Para los pueblos indios la inclusin

    en la asociacin poltica estaba determinada, de un lado, por

    la renuncia a las prcticas, costumbres y tradiciones propias

    de su comunidad de pertenencia, y por la aceptacin, de otro

    lado, de los valores religiosos catlicos y los valores polticos

    de la nueva comunidad de consenso. Quienes aceptaron esta

    propuesta fueron incorporados en el proyecto de la civiliza-

    cin, fueron blanqueados mientras que aquellos que se ne-

    garon fueron calificados como herejes y rebeldes al soberano,

    y contra ellos se utiliz la coaccin del Estado, no en su for-

    ma de castigo legitimo establecido previamente por una ley,

    sino como violencia abierta, sin control y sin reglas. De esta

    manera se impuso, por primera vez en el Nuevo Mundo, una

    vieja consigna de la tradicin poltica occidental: En elreino

    de la barbarie no valen las reglas de la civilidad . 6

    Esta forma de exclusin se ha mantenido a lo largo de los

    ltimos siglos en la mayora de los pases colonizados por

    Occidente, que despus de su independencia se organizaron

    como Estados nacionales. En Amrica Latina, la Revolucin

    Francesa y las ideas liberales y democrticas influyeron y de-

    terminaron los procesos polticos y los movimientos sociales,

    y ellas se constituyeron en los elementos regulativos en virtud

    de los cuales se definieron las estructuras de la organizacin

    social y poltica, Los nuevos Estados nacionales, dirigidos po-

    lticamente por las elites criollas, adaptaron elmodelo dellibe-

    ralismo europeo del siglo XIXcomo un instrumento de legiti-

    macin poltica, con el fin de conseguir su entrada en la sen-

    da de la modernidad.

    Para los excluidos, los pueblos indios y las comunidades

    negras, tradas del frica como esclavos por espaoles y por-

    tugueses, el modelo del liberalismo de la ilustracin, con el

    que se desarrollaron los procesos de independencia y con-

    formacin de las nuevas repblicas asumido por los nuevos

    Estados nacionales, signific mayor exclusin. El liberalismo

    Z. Bauman, Gewalt -modern und postmodern, en: M. Miller, H.G. Soeff-

    ner (eds.),

    ModemiUi t und Barbarei. Soziologische Zeitdiagnose

    am

    Ende des

    20. Jahrhunderts

    Suhrkamp, Frankfurt, 1996, p. 42.

    27

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    14/26

    ilustrado afirmaba que todos los hombres, como seres libres e

    iguales, tenan los mismos derechos, y que por tanto, la fun-

    cin del Estado tendra que consistir en proteger y asegurar

    tales derechos. En otras palabras, la tarea del Estado consis-

    tia en garantizar un espacio de accin para que los individuos,

    entendidos como seres libres e iguales, pudieran realizar sus

    planes particulares de vida. El criterio de neutralidad que de

    aqu se deriva, obligaba al Estado a respetar la pluralidad de

    formas de vida. En este sentido, el Estado no poda promo-

    ver, fomentar o favorecer ninguna concepcin particular del

    bien; de hacerla, violaba el principio de igualdad y de no dis-

    criminacin. Esto en teora est muy bien, pero larealidad fue

    y es otra.

    Los Estados nacionales fueron el resultado de la imposicin de un

    pueblo sobre otros y guardan an ese carcter. [...]Por ello, tanto

    los lineamientos del nuevo Estado como los rasgos de la ciudada-

    na respondieron a la concepcin del pueblo dominante yno siem-

    pre nacieron con el consenso de los dominados.

    As, en la medida en que la funcin del Estado consisti

    en el aseguramiento de los derechos individuales, los indios

    y los negros no pudieron obtener del Estado la proteccin de

    una serie de prcticas, tradiciones y valores que hacan posi-

    ble que sus miembros se identificaran con determinado ideal

    de bien comn y por tanto, llevaran a trmino ciertos fines o

    metas colectivas. Al no reconocer las diversas posibilidades

    de constitucin de la identidad, el liberalismo oblig a todos,

    indios, negros, mestizos y mulatos, a entrar en un molde que

    no era elsuyo. As, este modelo, con su supuesta neutralidad

    frente a las distintas concepciones de vida buena, favoreci

    una forma de vida buena; a saber, la forma de vida liberal y

    por consiguiente, no fue neutral. Este liberalismo fue, pues,

    reflejo de una cultura hegemnica, que fue no slo inhumana,

    sino hondamente discriminatoria, como Charles Taylor escri-

    be en relacin con una historia similar.

    8

    L, Villoro, op. cit. p. 135.

    Ch. Taylor, The Politics ofRecognition, en: Ch. Taylor, A. Gutmann (eds.),

    Multiculturalism and The Politics ofRecoqnition Princeton University Press,

    Princeton, 1992. (Hay traduccin castellana: Multiculturalismo y lapoltica

    del reconocimiento Fondo de Cultura Econmica, Mxico, 1993).

    28

    Alestablecer entonces, en la asociacin politica de los nue-

    vos Estados nacionales que los nicos valores aceptables eran

    los valores liberales, y al negar las posibilidades de consoli-

    dacin de las diferentes formas de identidad cultural de las

    comunidades originales, el resultado final de la inclusin li-

    beral -del proceso de

    blanqueamiento de las razas inferio

    res

    fue la reproduccin del orden excluyente, es decir, la

    profundizacin de las marginaciones anteriores. Los in~ios

    y los negros que se resistieron al proceso de

    blanqueamien

    to fueron marginados del orden poltico dominante. Por per-

    tenecer al reino de la barbarie pudo aplicarse contra ellos el

    uso de la violencia legitima del Estado, sin limites normativos.

    Como desde la perspectiva del criollo-blanco, los Otros, los

    marginados, eran salvajes, herejes, rebeldes, habitantes del

    estado de naturaleza, por definicin violentos, ellos represen-

    taban un objeto legitimo de la violencia. De nuevo se impuso

    la ya citada consigna de 1 : 1 - tradicin poltica occidental: La

    civilidad le pertenece a los hombres civilizados, la barbarie

    a los brbaros . Pero la poltica liberal de los nuevos Esta-

    dos nacionales no slo excluy a indios y negros. A stos los

    acompaaron las mujeres y los pobres, los condenados de la

    tierra, como llam Frantz Fanon a estos ltimos.

    En el inicio de los discursos fundacionales del Estado en

    Amrica Latina, la exclusin de los indgenas, los negros, las

    mujeres y el pueblo fue radical Al igual que en los estados

    europeos, en los nuevos Estados de esta regin la ciudada-

    na fue definida en funcin de la propiedad y la pertenencia

    al grupo cultural dominante. Al respecto, refirindose a la

    nocin de ciudadana que excluy a la mayora de la pobla-

    cin, Jess Martn-Barbero cita a dos polticos colombianos

    del siglo

    XIX:

    Jos Maria Sampery Florentino Gonzlez. Dice

    Jos Maria Samper en

    El ensayo sobre las revoluciones polti

    cas

    de 1861:

    La poltica tiene su fisiologa, permtasenos la expresin, como la

    tiene la humanidad y sus fenmenos, pues ellos obedecen a un

    principio de lgca inflexible, lomismo que los de la naturaleza

    f

    sica [...].La democracia es el gobierno natural de estas sociedades

    Z. Bauman,

    op. cit.

    p. 42.

    9

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    15/26

    nuestras en las que cada grupo social obedece a las leyes de su fi-

    siologa y su geografa.'?

    y

    Florentino Gonzlez escribi: Lo que tenemos es una

    democracia ilustrada, en la que la inteligencia y la propiedad

    dirigen los destinos del pueblo. 11As pues, concluye Martin-

    Barbero:

    En otras palabras, la colombiana se representa a s misma como

    una sociedad en la que la exclusin del pueblo, o sea las mayo-

    ras, se legtima en su carencia de inteligencia tanto como de pro-

    piedad. 12

    y esto vale de una u otra forma para toda Latinoamrica.

    Muchas de las grandes desigualdades econmicas y socia-

    les existentes hoy en nuestros pases son resultado de proce-

    sos previos de marginacin social. Muchos de los miserables

    que habitan en nuestras grandes ciudades, sin empleo, sin

    educacin, sin vivienda, sin acceso a salud, lo son porque sus

    padres y los padres de sus padres fueron tambin margina-

    dos, porque ellos tampoco tuvieron la posibilidad de obtener

    las condiciones materiales mnimas para construir para ellos

    y sus hijos una vida humana digna: Su situacin hereda una

    exclusin histrica .13 El orden politico y social que ha hecho

    posible mantener esta exclusin tan radical de las mayorias

    y que ha permitido negarle a stas la posibilidad de obtener

    una parte equitativa en la distribucin de bienes y propieda-

    des se ha sostenido, en la mayoria de nuestros pases, intacto

    hasta nuestros das. Este orden de la exclusin ha permane-

    cido bajo distintas formas de organizacin poltica y los he-

    chos que se han perpetuado son la pobreza, la desigualdad,

    la marginacin y la exclusin.

    En la llamada era de la globalizacin, la exclusin se ha

    profundizado an ms. En nuestra realidad social, a la mul-

    titud de marginados que han heredado una exclusin hist-

    rica, se le suman todos aquellos que estaban incluidos en el

    10 Citado en: J. Martn-Barbero, Colombia: entre la retrica poltica y el si-

    lencio de los guerreros. Polticas culturales de nacin en tiempos de globa-

    lizacin, en: Nmero No. 31, 2001, p. 30.

    11 Citado en: Ibid. p. 30.

    12 Ibid.

    13 L. Villoro, op. cit., p. 118.

    3

    orden social, econmico y poltico previo -definido por el mo-

    delo proteccionista-, pero que hoy son excluidos sin posibili-

    dad de reingreso, como por ejemplo los desempleados sin las

    competencias adecuadas para reincorporarse al sistema del

    mercado y los desempleados, que a pesar de poseer capaci-

    dades en educacin y conocimiento, no consiguen el empleo

    que les debiera corresponder. Se les suman tambin grandes

    grupos sociales que no encuentran un lugar dnde ubicarse,

    como los jvenes en las grandes ciudades, sin posibilidad de

    educacin ni trabajo. A todos ellos se adicionan los trabaja-

    dores informales, los campesinos de las regiones ms pobres,

    sin posibilidades de crdito ni asistencia tcnica, las victimas

    de la violencia y la guerra, como ha sucedido en Guatemala,

    El Salvador, Per y Colombia, con los millares de campesinos

    desplazados de sus tierras y poblados.

    Alestablecerse en los Estados nacionales de los pases me-

    nos desarrollados deAmrica Latina, reorganizados siguiendo

    los ajustes de la orientacin neoliberal, que las reglas de in-

    clusin son aquellas que impone la lgica sistmica del mer-

    cado, y al negar a quienes quedan fuera las posibilidades de

    participacin en la totalidad o una parte de la vida civil, el

    resultado final de la inclusin global ha sido la profundiza-

    cin del orden excluyente. As, el nuevo orden de la civiliza-

    cin global , con su intolerancia ante comportamientos que

    declara incompetentes, produce situaciones de vulnerabilidad

    y radical desigualdad. Las condiciones de participacin que

    impone este orden, escribe Claus Offe, son cada vez ms exi-

    gentes. El orden de la civilizacin 'global' codifica tres clases

    de personas: a) 'ganadores', b) 'perdedores', c) 'incompeten-

    tes, personas sin derecho a la participacin, superfluos'

    .14

    En los pases ms desarrollados, en los que las instituciones

    juridicas del Estado-nacin, que protegen los derechos de

    ciudadana an conservan su vigencia, la relacin entre ga-

    nadores y perdedores determina que los perdedores no

    sean perdedores absolutos y que excluidos sean solamente

    los pertenecientes a c); es decir, las personas sin ningn se-

    guro social, los extranjeros sin permiso de residencia ni de

    trabajo, los criminales, los drogadictos y alcohlicos extremos.

    14 C. Offe, Moderne Barbarei, en: M. Miller, H. G. Soeffner (eds.), Modemitit

    und Barbarei. Soziologische Zeitdiagnose

    am

    Ende

    des

    20. Jahrhunderts

    Suhrkamp, Frankfurt, 1996, p. 274.

    31

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    16/26

    Los perdedores, como por ejemplo los desempleados, aun-

    que no encuentran un lugar donde trabajar, tienen un seguro

    de desempleo y conservan algo de su seguridad social. Y los

    desempleado s con capacidades en educacin y conocimien-

    to tienen la posibilidad de acceder a los programas de recon-

    versin profesional.

    Por el contrario, en los pases donde las instituciones del

    Estado solamente cubren una parte de la poblacin, como

    sucede particularmente en Amrica Latina, la relacin entre

    estas tres clases de personas es completamente diferente. Al

    grupo de personas sin derecho a la participacin o super-

    fluos pertenecen, adems de los calificados como incompe-

    tentes, aquellos miserables que han heredado una exclusin

    histrica. Para ellos nada varia. En cambio, los perdedores

    (grupo b) son perdedores absolutos. Los que pierden su em-

    pleo pierden a la vez, al no existir seguro de desempleo y una

    seguridad social estable, los derechos de un participante le-

    gitimo del orden civil. Alos ciudadanos les son desconocidos

    sus derechos de ciudadana, que se consideraban inaliena-

    bles en el orden poltico anterior. Sin los derechos de ciudada-

    na, los excluidos pasan de la condicin de ciudadanos a la

    condicin de dependientes. Los excluidos son pues, a estas

    alturas del proceso de la civilizacin, muchos ms: a las ma-

    yorias pobres que han heredado su miseria se les suman los

    que he llamado perdedores.

    Por el hecho de pertenecer en Amrica Latina los grupos

    b) perdedores y c) incompetentes, personas sin derecho a

    la participacin, superfluos, al reino de la barbarie, a lo que

    Zygmunt Bauman denomina territorios desterritorializados ,

    donde ya no imperan los imperativos normativos de los Esta-

    dos nacionales, es decir, los derechos humanos civiles y po-

    lticos, el u so de la violencia del capital global se aplica en

    su contra sin ningn lmite. Alperder los Estados nacionales

    poder en el espacio donde previamente ejercan su soberana,

    y al ser ocupado este espacio por los mercados y el gran capi-

    tal, quedan los habitantes de estas tierras de nadie en elms

    absoluto desamparo. Aqu se puede hablar de un retorno del

    estado hobbesiano de naturaleza,

    de estados de naturaleza

    en pequeos forrnatos resultado de la incapacidad del Esta-

    do para imponerse frente al poder econmico. As pues, otra

    vez se impone la vieja consigna de la tradicin poltica occi-

    32

    dental: La civilidad le pertenece a los hombres civilizados, la

    barbarie a los brbaros . 15

    Como dije al comienzo, con esta primera y general descrip-

    cin de algunas de las formas ms relevantes de injusticia y

    exclusin que se dan en nuestras sociedades, que ser am-

    pliada en los prximos captulos, se trata de demostrar que

    hay una relacin que vincula de manera necesaria las situa-

    ciones de pobreza y desigualdad radical existentes en estos

    pases, con el beneficio que han obtenido sus grupos ms po-

    derosos a lo largo del proceso de conformacin de cada uno

    de los Estados nacionales. En este sentido, hablamos de una

    exclusin racial que es resultado del no reconocimiento de las

    diferencias raciales y culturales, que se inicia con el proceso

    de la conquista, en el que los indios fueron excluidos por su

    diferencia de raza; que contina en la colonia con la negacin

    de las creencias religiosas, costumbres y prcticas mgicas

    de los pueblos indios y con la esclavizacin de los negros; que

    se mantiene en el procesa de formacin de los Estados na-

    cionales, mediante la definicin de los derechos ciudadanos

    en funcin de la pertenencia al grupo cultural dominante y

    con la negacin del derecho de propiedad a los indios y a los

    negros, al ser catalogados como incapaces de ejercer domi-

    nio territorial por pertenecer a las razas inferiores.

    16

    Esta ex-

    clusin racial se reprodujo hasta bien entrado el siglo XXen

    la forma de un determinismo racial, en el que los indgenas

    y los afrodescendientes eran considerados inferiores por sus

    condiciones orgnicas o raciales Y

    15 Z. Bauman,

    op. cit.

    p. 42.

    16

    Vase

    J.

    Arocha, Ley 70 de 1993: Utopa para afrodescendientes exclui-

    dos , en: J Arocha (comp.),

    Utopa para los excluidos. El multiculturalismo

    en frica

    y

    Amrica Latina Facultad de Ciencias Humanas, Universidad

    Nacional de Colombia, Bogot, 2004, pp. 159-178.

    17

    La doctrina del determinismo racial fue planteada en e l Comit de Eugenesia

    de la Asociacin Gentica Amricana y de la Oficina de Registros

    Eugens-

    cosoEl gobierno norteamericano trat de imponer estas doctrinas a todo el

    continente mediante el Cdigo, discutido en la Conferencia Panamericana

    de Eugenesia y Homicultura, reunida en La Habana en 1927. En Colombia

    el determinismo racial cont entre sus adherentes ms entusiastas al ide-

    logo liberal de la Revolucin en Marcha, Luis Lpez de Mesa. Sin embargo,

    el presidente de Colombia, Laureano Gmez, fue ms explcito en su fervor

    eugensico: 'El negro es una plaga. En los pases donde ha desaparecido,

    como en Argentina, Chile y Uruguay, ha sido posible establecer organiza-

    ciones polt icas y econmicas con bases fuertes y slidas' . Cita tomada de

    J.

    Arocha,

    op.

    cit., p. 165.

    33

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    17/26

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    18/26

    dominante, estn involucrados en el destino de la poblacin

    ms pobre de estos paises en la medida en que han:

    1)Negado la posibilidad de expresin de las luchas por las

    diferencias culturales y raciales, y negado el reconocimiento

    poltico de esas diferencias.

    2) Contribuido a excluirlos de las posibilidades de acceso

    a los bienes materiales necesarios para desarrollar una vida

    que corresponda a las condiciones necesarias de dignidad y

    respeto.

    3) Defendido una desigualdad poltica radical, alimpedir la

    participacin de todos los miembros de la sociedad en los pro-

    cesos de conformacin de las instituciones polticas y en los

    procesos de decisin poltica.

    Apartir de considerar las consecuencias que resultan dela

    articulacin de estas tres formas de exclusin, los grupos ms

    poderosos de estas sociedades, desde una perspectiva moral,

    tienen entonces una responsabilidad fuerte, negativa, frente a

    la situacin que han contribuido a crear. Antes de presentar

    algunos elementos para formular una concepcin dejusticia

    ms amplia, que permita establecer los deberes concretos de

    justicia que conduzcan a la supresin de las desigualdades

    radicales y la pobreza, se tratar ahora de sealar los lmites

    y problemas de las concepciones de justicia del neolberalis-

    mo y del liberalismo de Rawls.

    EL MODELO NEOLIBERAL y LA JUSTICIA

    El sentido de la critica al neoliberalismo es cuestionar la pre-

    suncin de validez de su nocin de justicia, introducida en

    nuestros rdenes polticos de dominacin a lo largo de las l-

    timas dos

    dcadas.

    La concepcin dejusticia del neolibera-

    lismo en las versiones de Hayek y Nozick.P se fundamenta en

    la tesis segn la cual, una sociedad justa se constituye sola-

    mente mediante el aseguramiento de las condiciones que per-

    22 Un ms amplio tratami~nto de esta cuestin lo realizo en loscaptulos Neo-

    liberalismo, globalizacin y pobreza y Justicia e inclusin.

    23 R. Nozick, Anarchy State and Utopia Basil Blackwell, Oxford, 1974 y F.

    Hayek, The Constitution of Liberty Routledge and Kegan Paul London

    1960. ' ,

    36

    mitan proteger los derechos y libertades civiles y en particu-

    lar, el derecho a la propiedad privada. En este planteamiento

    es definida la libertad en estrecha relacin con el concepto de

    propiedad privada. Los filsofos clsicos del liberalismo supo-

    nan que existe un derecho natural que cada persona puede

    hacer respetar: primero, un derecho innato al propio traba-

    jo y luego, como una extensin necesaria de ese derecho, un

    derecho a la adquisicin de ciertos derechos sin los cuales

    no se puede ejercer la propia libertad, entre ellos el derecho

    individual a la propiedad. En la medida en que la libertad es

    definida mediante el sistema de los derechos de propiedad,

    la funcin del Estado se establece dndole un gran peso a la

    proteccin de los derechos de propiedad del individuo. Pro-

    tegiendo stos se garantiza la libertad. Esta argumentacin

    del viejo liberalismo es de central importancia para los pen-

    sadores neoliberales, y lo es por la manera en que establecen

    la relacin entre elEstado y elmercado. Losneoliberales ms

    radicales, como Nozick, argumentan que la funcin del Es-

    tado debe restr ingirse a la proteccin de la esfera de los inte-

    reses privados y que, por tanto, el Estado no debe intervenir

    mediante polticas redistributivas en este dominio. Es impor-

    tante tener en cuenta que dentro del neoliberalismo hay posi-

    ciones bastante divergentes. Algunos neoliberales ceptan la

    existencia de un Estado social y estn dispuestos a recono-

    cer la necesidad de establecer un sistema de transferencias

    de beneficios por parte del Estado, que permita asegurar la

    auto-manutencin de miembros de la sociedad que estn in-

    capacitados para conseguirla. Sin embargo, aunque acepten

    este sistema de transferencias, como efectivamente lo hace

    Hayek, el neoliberalismo no concibe al Estado social como fa-

    vorecedor de la justicia, ni lo fundamenta como instrumento

    de lajusticia distributiva. Aqu radica la gran diferencia entre

    el neoliberalismo y el liberalismo social: elneoliberalismo re-

    chaza de plano el concepto dejusticia distributiva como fun-

    damento de legitimidad del Estado social.

    Para el neoliberalismo, las demandas y reivindicaciones

    ?emocrticas de justicia social e igualdad poltica no deben

    mterferir en el funcionamiento de los sistemas del mercado

    y de la propiedad privada. As tambin, los neoliberales han

    dado por supuesto que mientras se proteja la esfera de la au-

    tonoma privada, no es necesario introducir derechos adicio-

    37

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    19/26

    1

    nales como los econmicos y los sociales, puesto que, de un

    lado, el aseguramiento de los derechos civiles lleva necesaria

    y paulatinamente a unas apropiadas condiciones devida para

    todos, y, de otro lado, la introduccin de derechos econmi-

    cos y sociales y su consecuente realizacin exigen, en ciertas

    situaciones, restringir la autonoma individual. Limitar las

    libertades y derechos individuales a partir de las exigencias

    de una concepcin distributiva de justicia es injustificable

    moralmente para algunos liberales. En la comprensin neo-

    liberal, el Estado no debe ir ms all del aseguramiento de los

    derechos y libertades individuales. Si lohace, basando su ac-

    cin poltica en una concepcin dejusticia distributiva, rom-

    pe las condiciones que permiten al Estado mantenerse como

    estructura institucional neutral. Para liberales como Nozick

    y Hayek, esta prohibicin es absoluta: los principios libera-

    les de la autonoma individual y de la prioridad de la libertad

    no son negociables por nada. As, para la comprensin neo-

    liberal de la poltica, los derechos fundamentales en sentido

    propio son tan slo los derechos individuales de la persona

    humana individual. Losderechos fundamentales son esferas

    de la libertad, de las que resultan derechos, y precisamente

    derechos de defensa. Los derechos fundamentales son slo

    aquellos de libertad individual, pero no los derechos polticos,

    ni las exigencias sociales.

    Si es considerada de nuevo, la conclusin obtenida a travs

    del anlisis de las formas de exclusin, a saber, que las insti-

    tuciones econmicas, sociales y polticas constitutivas de los

    rdenes polticos dominantes en nuestros pases son injustas

    y que los grupos ms poderosos tienen una responsabilidad

    directa en la creacin y reproduccin de las condiciones que

    causan la pobreza y desigualdad radical en estas sociedades,

    puedo mostrar, entonces, que el problema de la legitimacin

    del Estado en trminos del pensamiento neoliberal radica en

    que fundamenta una concepcin de justicia con la que jus-

    tifica relaciones fcticas asimtricas de propiedad, realiza a

    travs de esta justificacin una falsa universalizacin del in-

    ters de los propietarios, y sirve as al poder particular de un

    grupo social dentro de la sociedad. Alafirmar la prioridad del

    valor de la libertad sobre otros valores, el neoliberalismo no

    considera las necesidades materiales primarias de los exclui-

    dos por el capital y el mercado, ni las preferencias valorati-

    38

    vas de las minorias culturales, ni se plantea el problema de

    la creacin de las condiciones sociales y econmicas que ca-

    pacitan a las personas para ser participantes normales de la

    vida civil y poltica.P

    EL MODELO DE JUSTICIA DE JOHN RAWLS

    La critica a Rawls consiste en mostrar que en su teora dejus-

    ticia, en la medida en que est limitada al aseguramiento del

    mbito de las libertades individuales, se establece de manera

    insuficiente elconjunto de condiciones necesarias para eldis-

    frute de la libertad. La tesis central de este modelo afirma que

    una sociedad justa presupone la posibilidad de asegurar las

    condiciones elementales para que todos sus miembros puedan

    considerarse y reconocerse entre s como personas iguales,

    libres y

    autnomas.P?

    Si se considera loenunciado en los dos

    principios de su

    Teora de lajusticia

    se puede tener una idea

    de lo que para este autor significa una sociedad justa. En el

    primer principio estn incluidas las libertades propias de la

    tradicin liberal, desde la libertad de conciencia y expresin

    hasta la propiedad privada, as como los derechos ligados

    con la libertad de asociacin y con el ejercicio de la democra-

    cia. En el segundo principio se define el procedimiento para

    minimizar las desigualdades. Rawls parte de la existencia de

    desigualdades en cuanto a talentos, riqueza y poder; y con es-

    te principio busca compensarlas o reducirlas al mnimo. Las

    desigualdades sociales deben organizarse de tal manera que

    resulten ms ventajosas para los menos favorecidos, y deben

    posibilitar iguales oportunidades a todos los participantes en

    el contrato social, para que todos los asociados puedan desa-

    rrollar sus talentos y sus proyectos particulares de vida. Con

    este segundo principio busca corregir desigualdades excesi-

    vas: mediante polticas sociales de control y distribucin de

    la riqueza, pretende dar una proteccin especial a los menos

    favorecidos. Una concepcin dejusticia que permita desigual-

    24 Un ms amplio tratamiento de esta cuestin lo realizo en los captulos Neo-

    liberalismo, globalizacin y pobreza y Justicia e inclusin.

    2S Para un desarrollo ms amplio de estos puntos vase mi libro De lapolti

    cade la libertad a lapoltica de la igualdad. Unensayo sobre los lmites d~l

    liberalismo Siglo del Hombre Editores yUniversidad de Antioquia, Bogota,

    1999, caps. 1 y 2.

    39

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    20/26

    dades que no beneficien a los menos favorecidos, no es para

    Rawls una concepcin moral de lajusticia.

    Mediante la tesis de la prioridad del primer principio de

    justicia sobre el segundo; es decir, de las libertades sobre la

    igualdad, Rawls define como tarea del Estado asegurar los de-

    rechos y libertades bsicos de la ciudadana. En este sentido,

    la concepcin dejusticia de Rawls es liberal. Afirma la priori-

    dad del valor de la libertad frente a teorias del bien humano y

    frente a concepciones igualitaristas radicales. En una teoria

    liberal, el Estado no est vinculado con ninguna concepcin

    particular del bien y su propsito es permitir a cada ciudada-

    no que siga su propio concepto del bien. En una teoria libe-

    ral, el Estado no puede comprometerse con una poltica que

    restrinja las libertades bsicas a favor de una mayor igual-

    dad social y econmica. Las posibilidades de igualdad social

    y econmica deben estar limitadas por elrespeto a las liberta- _

    des bsicas.

    Ahora bien, si elEstado no puede comprometerse a favor de

    una mayor igualdad social y econmica, es posible entonces

    formular en otros trminos la rplica que le hicieron a Rawls

    los demcratas radicales y los socialistas; as, afirmamos que

    su concepcin de justicia es puramente formal, puesto que

    allimitarla a proteger y cubrir las libertades y derechos b-

    sicos, coloca en una situacin asimtrica y desventajosa a

    los miembros menos privilegiados de la sociedad frente a los

    dems ciudadanos. Al responder a quienes formularon por

    primera vez esta critica, Rawls mostr por qu no era posible

    incluir entre las libertades y derechos bsicos una garanta

    ms amplia, que incluyera principios que comprendieran las

    desigualdades sociales y

    econmicas.

    El argumento cen-

    tral de Rawls es que una concepcin liberal de justicia para

    una sociedad democrtica debe centrarse en la definicin de

    unas condiciones mnimas -las libertades y derechos bsi-

    cos- que hagan posible la justa cooperacin social entre in-

    dividuos y grupos con distintas concepciones del bien. As,

    pretender incluir como condicin mnima el aseguramiento

    de ciertos medios materiales resultaria, en cierta forma im-

    posible, puesto que la determinacin de los medios materia-

    26 Esta defensa de su concepcin la hace en el captulo Las libertades bsicas

    y

    su prioridad, en: J Rawls, Liberalismo poltico Fondo de Cultura Econ-

    mica, Mxico, 1996, pp. 270-340.

    40

    les que son necesarios depende de lo que cada individuo o

    grupo entienda como imprescindible para la realizacin de su

    respectivo plan racional de vida. Esto, entonces, fuera de no

    ser viable, generaria mayor divisin social. Sin embargo, es

    importante tener en cuenta que nuestro autor acepta que el

    primer principio dejusticia, que abarca los derechos y liber-

    tades iguales para todos, bien puede ir precedido de un prin-

    cipio que anteceda a su formulacin,

    [...]el cual exija que las necesidades bsicas delos ciudadanos sean

    satisfechas, cuando menos en la medida en que su satisfaccin es

    necesaria para que los ciudadanos entiendan y puedan ejercer fruc-

    tferamente esos derechos y esas libertades. Ciertamente, tal prin-

    cipio precedente debe adaptarse al aplicar el primer principio.P?

    En este sentido, la idea de Rawls es que la posibilidad de

    afirmar la primaca de los derechos y libertades bsicos pre-

    supone que se han dado en la historia, la economa y la socie-

    dad condiciones razonablemente favorables. Por tanto, con la

    adopcin de este principio se establece a lavezen la regla que

    define la prioridad del principio de libertad sobre elque regu-

    la las desigualdades, que ninguna poltica de restriccin de

    las libertades bsicas estariajustificada a favor de una mejor

    distribucin de los bienes. Esto quiere decir que la igualdad

    social y econmica queda as restringida al respeto a las li-

    bertades bsicas , y expresa una idea central del liberalismo

    que, como sealan Dworkin y Sen, es muy problemtica, por-

    que ella expresa que habria un derecho general a la libertad,

    independiente de cualquier derecho a la igualdad. Con esto

    se concluye que aunque la concepcin de justicia de Rawls

    tiene un campo de accin ms extenso que eldel neoliberalis-

    mo, porque establece un sistema para compensar desigualda-

    des materiales extremas, su nocin de justicia est limitada

    al aseguramiento del mbito de las libertades individuales.

    Esto determina que el liberalismo de Rawls defina de mane-

    ra insuficiente el conjunto de condiciones necesarias para el

    disfrute de la libertad. Sobre este problema volver en el ca-

    ptulo La tensin entre las exigencias de justicia social y la

    prioridad de la libertad. Consideraciones en torno a la con-

    cepcin de justicia de

    J

    ohn Rawls .

    27 Ibid.

    p. 32.

    41

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    21/26

    EL MODELO DE JUSTICIA SOCIAL

    En elsegundo apartado se describieron algunas de las formas

    ms relevantes de injusticia y exclusin de nuestras socieda-

    des: la exclusin econmica, la poltica y la cultural o racial.

    El sentido de la caracterizacin de estas formas de exclusin,

    recordmoslo, es el de sealar:

    1)Que los grupos con ms poder en nuestros pases-en

    muchos casos en estrecha relacin con los pases ms desa-

    rrollados-, que se han valido y se valen del Estado y de sus

    medios de coaccin para mantener su posicin dominante,

    estn implicados en el destino de la poblacin ms pobre, en

    lamedida en que han participado en lacreacin de una situa-

    cin absolutamente inequitativa a travs de: a)la negacin del

    reconocimiento poltico de las diferencias culturales y racia-

    les, b)la negacin a las mayorias pobres de las posibilidades

    econmicas mnimas para vivir dignamente lavida, y c)la ne-

    gacin de las posibilidades de participacin polticas.

    2) Que por estas razones se puede calificar como injustas

    a las instituciones ms relevantes delos rdenes polticos do-

    minantes en nuestros pases, particularmente las institucio-

    nes econmicas y polticas.

    3) Que si se considera la consecuencia que resulta de la

    articulacin de las tres formas de exclusin, los grupos ms

    poderosos de estas sociedades, tendran entonces, desde una

    perspectiva moral, una responsabilidad fuerte -negativa-

    frente a la situacin que han contribuido a crear.

    4) Que, en la medida en que los grupos ms poderosos de

    estas sociedades y de los pases ms desarrollados son direc-

    tamente responsables por la situacin creada, es su obliga-

    cin, por consiguiente, no mantener o sostener los rdenes

    de dominacin existentes y contribuir a la transformacin de

    sus ms importantes instituciones, para que la distribucin

    de los beneficios sociales lleve a una disminucin de las des-

    igualdades radicales.

    Con la presentacin de algunos elementos para plantear

    una ms amplia concepcin dejusticia, que permita estable-

    cer los deberes concretos dejusticia que conduzcan a la su-

    presin de las desigualdades radicales y la pobreza, preten-

    4

    do, de un lado, cuestionar la presuncin de validez de la no-

    cin de justicia aceptada hoy en nuestros sistemas polticos

    -definida a partir del paradigma neoliberal-, y proponer, de

    otro lado, una alternativa para reformar nuestras institucio-

    nes en la direccin de una mejor realizacin de los derechos

    humanoS Yde las aspiraciones de justicia social.

    El punto de partida de una reflexin sobre la justicia, que

    enfrente los problemas actuales de nuestras sociedades y que

    haga posible eliminar progresivamente las formas de exclu-

    sin econmica, social, poltica y racial, establece, como pri-

    mera exigencia normativa, el aseguramiento de las condicio-

    nes elementales que hacen posible el desarrollo de una vida

    humana independiente. Poder desarrollar con independencia

    la forma de vida que uno quiere, supone que uno puede dis-

    poner de unas condiciones materiales mnimas que le per-

    mitan hacer uso de su libertad. Estas condiciones compren-

    den: poder alimentarse suficientemente, tener una educacin

    adecuada de acuerdo al medio social en que se vive, poseer

    una habitacin adecuada, ser protegido contra eventos na-

    turales adversos, contra el sufrimiento por enfermedades y

    contra las amenazas a su vida por parte de otros hombres. A

    estas condiciones elementales, que hacen posible el acceso

    a los bienes y servicios materiales mnimos requeridos para

    sobrevivir como seres humanos independientes, hay que adi-

    cionarle las condiciones mnimas de socializacin, que inclu-

    yen tener posibilidad de comunicacin y contacto con otros

    hombres, en elmarco del contexto cultural de pertenencia de

    cada individuo.

    Se trata, pues, de una perspectiva normativa sobre lajus-

    ticia, en la que la distr ibucin tiene como punto de partida la

    satisfaccin de las necesidades bsicas de todos los hombres,

    y no de una teora en la cual el punto de partida es la pro-

    teccin de la libertad. El principio fundamental en este plan-

    teamiento establece que todos los miembros de la sociedad

    deben tener las mnimas condiciones sociales y econmicas

    para poder realizar la forma de vida que deseen, es decir, de-

    ~en estar en capacidad de desarrollar plenamente sus habi-

    l~dades y capacidades como seres humanos. A diferencia del

    lIberalismo, que considera la justicia en trminos del asegu-

    ramiento de las libertades individuales, nuestro planteamien-

    to considera la justicia teniendo en cuenta, primero, que las

    43

  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

    22/26

    personas obtengan las mnimas condiciones sociales y eco-

    nmicas para poder desarrollar sus capacidades y habilida-

    des, y, segundo, que las personas obtengan respeto a las dife-

    rencias en la eleccin de sus fines

    y

    valores. En este sentido,

    nuestro argumento dejusticia nos da una forma de entender

    la libertad real, a diferencia de la libertad negativa o formal.

    Como Amartya Sen afirma,

    [...] crear las condiciones para que las personas sean capaces de

    realizar sus metas

    y

    alcanzar su propio bienestar es maximizar la

    libertad positiva del que menos la t iene,

    y

    de este modo, abolir to-

    das las desigualdades de libertad positiva. .

    La idea central presupuesta en este planteamiento es que

    s~no se satisfacen las necesidades bsicas, si no se propor-

    cionan los recursos y posibilidades para que cada uno pueda

    desarrollar sus capacidades, si no se respetan las diferencias

    de todos los miembros de la sociedad en la eleccin de fines

    y valores, no se puede pretender seriamente que el Estado y

    la sociedad estn conservando

    y

    protegiendo los derechos e

    intereses de todos. Las personas no son realmente libres ni

    autnomas si no se satisfacen las necesidades bsicas y no

    se proporcionan las habilidades y recursos para que puedan

    elegir la forma de vida que quieran vivir. Lajusticia debe ser-

    vir, en este sentido, para que sean garantizadas las condicio-

    nes elementales que hacen posible la realizacin de una vida

    humana independiente, atendiendo, naturalmente, a facto-

    res como la disponibilidad de recursos en cada sociedad y el

    establecimiento de un marco de estructuras juridicas, de-

    mocrticas y polticas confiables. A diferencia del liberalis-

    mo, que establece la prioridad de la libertad sobre el trato a

    las desigualdades, la concepcin de justicia social propone,

    de un lado, la prioridad del principio que define las condicio-

    nes elementales que hacen posible la realizacin de una vi-

    da humana independiente, sobre el principio de la libertad,

    y reclama, de .otro lado, que en el orden juridico sea consig-

    nado y garantizado el derecho a la autonoma cultural de las

    minoras culturales diferentes a la hegemnica. Este modelo

    tiene que articular los siguientes elementos:

    28

    A.Sen,

    Bienestar justicia y mercado

    Ediciones Paids Barcelona 1997

    p.77. '

    44

    1)El principio de equidad social, que exige crear condicio-

    nes para asegurar la realizacin de una vida humana indepen-

    diente.

    2) Elprincipio de libertad, que demanda el aseguramiento

    de condiciones para que todos los individuos puedan disfru-

    tar de sus derechos individuales fundamentales.

    3)El principio de iguales libertades polticas, que posibilite

    el acceso a cargos y puestos de responsabilidad, y que asegu-

    re la igualdad de oportunidades de participacin poltica de

    todos los ciudadanos de una respectiva comunidad.

    4) El principio de distribucin de los recursos econmicos.

    5) El principio de reconocimiento cultural, que defina las

    condiciones del reconocimiento de las identidades cultura-

    les.

    29

    El orden de estos puntos expresa la idea fundamental de

    esta concepcin de justicia social, que es: los principios b-

    sicos de las libertades iridividuales (2)y polticas (3), as co-

    mo los principios definidos en los puntos (4)

    y

    (5)deben estar

    precedidos por el principio de equidad social (1). Esto quie-

    re decir que debe haber una prioridad de la satisfaccin de

    las necesidades bsicas que aseguren la independencia y la

    socializacin, para que sea posible el aseguramiento de las

    libertades negativas y las de participacin poltica. Esta prio-

    ridad del principio de equidad social sobre la libertad no su-

    pone una oposicin entre elderecho a lalibertad y el principio

    de equidad social, sino que por el contrario, presume que el

    derecho a la libertad se sigue de una concepcin de justicia

    social ms compleja, en la cual la proteccin de la libertad y

    la satisfaccin de las necesidades bsicas son entendidas co-

    mo prioritarias, en tanto que son las condiciones elementales

    que hacen posible el desarrollo de una vida humana indepen-

    diente. Esta primaca del principio de equidad social sobre la

    libertad, determina, de un lado, la necesidad dejustificar al-

    29 La e.xpli.cacinde cada uno de los conceptos contenidos en estos puntos se

    hara as: los principios de equidad social, de libertad yde iguales libertades

    polticas se tematiza en los captulos Injusticia, desigualdad y exclusin

    Los lmites de la justicia igualitaria y La tensin entre las exigencias de

    justicia social

    y

    la prioridad de la libertad. El principio de distribucin de

    los recursos econmicos se desarrolla en los captulos Los lmites de la

    justicia igualitaria y Justicia e inclusin. El principio de reconocimiento

    cultural se desarrolla en los captulos Injusticia, desigualdad

    y

    exclusin

    y

    Justicia e inclusin .

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  • 8/10/2019 Justicia y Exclusion

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    gunas restricciones a ciertas libertades especficas de algunos

    miembros dela sociedad.s? y de otro lado, la necesidad dejus-

    tificar politicas que den un tratamiento preferente a las per-

    sonas y grupos sociales que han sufrido una exclusin total

    o parcial. Frente a las exigencias de realizacin de la libertad

    para todos y de reconocimiento de las prcticas, tradiciones

    y valores de las minorias culturales, un Estado conforme a la

    justicia, que pretenda eliminar progresivamente las formas de

    exclusin econmicas, polticas y culturales, tendria que re-

    basar las caracteristicas de neutralidad e imparcialidad, pro-

    pias del viejo liberalismo.

    Cualquier limitacin de los derechos individuales es in-

    aceptable para el liberalismo. Laproteccin de la libertad es-

    t vinculada en esta tradicin con las experiencias de injus-

    ticia que se produjeron por la negacin de las posibilidades

    de eleccin individuales en los totalitarismos del siglo pasado

    y por el fracaso del capitalismo salvaje. Si se toman en con-

    sideracin las causas histricas que motivaron la necesidad

    de afirmar la prioridad del valor de la libertad, es comprensi-

    ble entender sus fundamentos y elsentido de esta exigencia.

    Pero afirmar esta prioridad de la libertad sobre las exigencias

    dejusticia social en sociedades con profundas desigualdades

    econmicas y sociales, es, ciertamente, muy problemtico.

    Con el fin de cuestionar esta tesis del liberalismo presentar

    las siguientes consideraciones:

    1)Es falso ver a la libertad como la idea directriz para la

    determinacin de los derechos fundamentales. Ms bien, el

    derecho a iguales libertades individuales se deduce a partir

    del aseguramiento de una igual autonoma individual, como

    ncleo del debido respeto a los otros. Para desarrollar este ar-

    gumento es necesario presuponer un concepto ms amplio de

    autonoma que el supuesto por el liberalismo. Este concepto

    puede desarrollarse mediante la apropiacin de la teoria he-

    geliana del reconocimiento, teoria que supone que el fin de la

    autorrealizacin humana depende de que los sujetos puedan

    realizar un proceso adecuado y exitoso de individualizacin.

    Este proceso supone, primero, que los sujetos sean recono-

    30 Este asunto se desarrolla de forma ms extensa en el captulo Justicia e

    inclusin.

    cidos como seres humanos con un valor particular para otra

    persona, en la medida en que puedan construir relaciones

    de,respeto mutuo en el marco de sus interacciones prcticas

    mas cercanas; segundo, que sean reconocidos como sujetos

    de derechos, es decir como fines en s mismos, en el marco

    de sus relacionesjuridicas; tercero, que sean apreciadas sus

    particulares capacidades y especificidades individuales en el

    contexto de sus relaciones tico-comunitarias. En este sen-

    tido, un proceso exitoso de individualizacin se produce gra-

    cias al reconocimiento de los sujetos por parte de los otros

    en estos diferentes niveles. La relacin entre autonoma y

    reconocimiento permite mostrar la conexin sistemtica en-

    tre los niveles formal y material, supuestos en los derechos

    humanos fundamentales: el aseguramiento de unas condi-

    ciones mnimas bsicas es necesario para la realizacin de

    la autonoma y la libertad. As pues, no es la libertad el hilo

    conductor para la determinacin los derechos fundamenta-

    les, sino ms bien, la autonoma.

    2)Como Dworkin loha mostrado, no puede tratarse dease-

    gurar las libertades como tales:

    No hay nada que sea un derecho general a la libertad. La d efensa

    d~ cualquier libertad especfica determinada puede ser indepen-

    diente de la defensa de cualquier otra y no hay incongruencia-ni

    siquiera inverosimilitud- antecedente en defender una de ellas al

    tiempo que se cuestiona la otra.F

    Esto quiere decir que no puede haber ningn derecho uni-

    versal a la libertad. Si un gobierno requiere limitar alguna

    libertad, por ejemplo, por razones de bienestar general, por

    razones de seguridad, para superar una crisis determinada

    por una catstrofe natural, el gobierno debe poder hacerlo

    sin que esa limitacin constituya una violacin del derecho a

    la libertad.

    Por razones pragmticas, escribe Stefan Gosepath, los ciudadanos

    y ciudadanas, para asegurar las libertades bsicas, deben limitar

    31 VaseA. Honneth,

    KampfumAnerkennung. Zurmoralischen Grammatik so

    zialer

    Konflikte Suhrkamp, Frankfurt, 1992, pp.148 ss.

    32 R. Dworkin, Los derechos en serio Ariel Derecho Barcelona 1989 p

    395. ' .

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    un grupo minoritario desfavorecido frente a un grupo mayo-

    ritario dominante.

    En suma, el sentido de estas consideraciones es mostrar

    que lalibertad no puede ser considerada como elms alto va-

    lor, ni que pueda afirmarse una prioridad de la libertad sobre

    las exigencias dejusticia social, sino que ms bien, lalibertad

    tiene que articularse con otros valores como la igualdad de

    oportunidades, la autonorniay elrespeto a la diferencia. Ahora

    bien, definiendo mi posicin como liberal, es coherente propo-

    ner que en sociedades como las nuestras se podrian efectuar

    algunas restricciones a una libertad especfica, a saber elde-

    recho a lapropiedad, siempre y cuando con estas restricciones

    no se afecte elmbito de las libertades y derechos bsicos, es

    decir, las libertades y derechos que aseguran la integridad y

    dignidad de las personas. La limitacin del derecho a la pro-

    piedad, podra entonces realizarse si elefecto de su restriccin

    es crear las condiciones para que todos los integrantes de la

    sociedad puedan acceder al disfrute de las libertades mni-

    mas. As, en casos especificos, como por ejemplo para evitar

    una hambruna, mortandad creciente determinada por la po-

    breza, mejorar las condiciones de bienestar de la mayora de

    la poblacin en situaciones de pobreza extrema, podra justi-

    ficarse, en una medida razonable y durante un determinado

    tiempo, la limitacin del derecho a la propiedad Y

    Recapitulando, se puede concluir que la injusticia produ-

    cida por la exclusin econmica que resulta de las grandes

    desigualdades materiales, solamente podr ser corregida a

    travs de una profunda transformacin de las instituciones

    econmicas, que comprenda una redefinicin de la relacin

    entre los imperativos sistmicos del capital y elmercado, y los

    imperativos normativos de lajusticia, redefinicin que tiene

    que hacerse en funcin de la realizacin de l