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    Mayo 28, 2014Volumen 21, No. 14

    Heads UpEn este nmero:

    Antecedentes

    Determinaciones clavede la ASU

    Pasos para elreconocimiento de losingresos ordinarios

    Otras determinacionese impactos del modelode ingresos ordinarios

    Revelacionesrequeridas

    Fecha efectiva ytransicin

    Apndice A Otrasdeterminaciones delmodelo de ingresosordinarios

    Apndice B Potencialesimplicaciones tributarias

    Apndice C Entidadesque no son pblicas

    El estndar esbozaun modelocomprensivonico para que lasentidades lo usenen la contabilidadpara los ingresosordinarios quesurjan de loscontratos con losclientes yreemplaza laorientacin msactual sobre elreconocimiento delos ingresosordinarios,incluyendo laorientacinespecfica-de-la-industria.

    Reconocido finalmente el estndar de ingresos

    ordinarios

    Las Juntas emiten orientacin sobre los ingresos

    ordinarios provenientes de los contratos con los clientes

    Por Mark Crowley y Kristin Bauer, Deloitte & Touche LLP

    En mayo 28, 2014, FASB e IASB emitieron su estndar final sobre ingresos ordinarios provenientes de loscontratos con los clientes. El estndar, emitido como laASU 2014-091por FASB y como elIFRS (NIIF) 152porIASB, esboza un modelo comprensivo nico para que las entidades lo usen en la contabilidad para los ingresosordinarios que surjan de los contratos con los clientes y reemplaza la orientacin ms actual sobre elreconocimiento de los ingresos ordinarios, incluyendo la orientacin especfica-de-la-industria.

    Nota del editor: La SEC ha sealado que cuando sea emitida la ASU planea revisar y actualizar la orientacinsobre reconocimiento de ingresos ordinarios contenida en el SAB Topc 13.3La extensin en la cual laorientacin de la ASU afectar a la entidad pblica depender de si la SEC remueve o enmienda la orientacincontenida en el SAB Topic para que sea consistente con el nuevo estndar de ingresos ordinarios.

    Adems de discutir ciertas diferencias entre la ASU y los US GAAP actuales, este Heads Up resume del estndarfinal: (1) las determinaciones clave, incluyendo los pasos especficos para el reconocimiento de los ingresos

    ordinarios; (2) otras determinaciones e impactos, incluyendo las implicaciones tributarias; (3) requerimientos derevelacin; y (4) fecha efectiva y transicin.

    Nota del editor: Dado que la ASU reemplaza la mayora de la orientacin sobre los ingresos ordinariosespecfica-de-la-industria, cuando apliquen la ASU las entidades en ciertas industrias pueden enfrentarimportantes desafos de contabilidad y operacionales, potencialmente resultante en cambios en la cantidad delos ingresos ordinarios que reconozcan y en la oportunidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios. Paraluces sobre cmo el nuevo estndar afectar industrias especficas, mire las publicaciones futuras de la serieIndustry Spotlighde Deloitte.

    Antecedentes

    Las metas del proyecto de reconocimiento de ingresos ordinarios son aclarar y convergir los principios delreconocimiento de los ingresos ordinarios segn los US GAAP y los IFRS (NIIF) y desarrollar orientacin quecoordinara y mejorara los requerimientos del reconocimiento de los ingresos ordinarios al tiempo que tambinproporcionara una estructura ms robusta para abordar los problemas relacionados con los ingresos ordinarios.Las juntas consideran que el estndar mejorar la consistencia de los requerimientos, la comparabilidad de lasprcticas relacionadas con los ingresos ordinarios, y la utilidad de las revelaciones.

    1 FASB Accounting Standards Update No. 2014-09, Revenue From Contracts With Customers.2 IFRS 15, Revenue From Contracts With Customers.3 SEC Staff Accounting Bulletin Topic 13, Revenue Recognition.

    1

    http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=Document_C&pagename=FASB%2FDocument_C%2FDocumentPage&cid=1176164076069http://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=Document_C&pagename=FASB%2FDocument_C%2FDocumentPage&cid=1176164076069http://www.ifrs.org/Alerts/ProjectUpdate/Pages/IASB-and-FASB-issue-converged-Standard-on-revenue-recognition-May-2014.aspxhttp://www.ifrs.org/Alerts/ProjectUpdate/Pages/IASB-and-FASB-issue-converged-Standard-on-revenue-recognition-May-2014.aspxhttp://www.fasb.org/cs/ContentServer?c=Document_C&pagename=FASB%2FDocument_C%2FDocumentPage&cid=1176164076069
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    Nota del editor: Cinco miembros de la junta de FASB votaron afirmativamente emitir la ASU, unodiscrep, y otro se abstuvo. Los miembros que discreparon se opusieron a la emisin de la ASU conbase en que algunos de sus requerimientos clave, especficamente el umbral de cobrabilidad y larestriccin sobre la consideracin variable, no son consistentes con los principios centrales del proyecto.IASB vot de manera unnime en favor de la emisin del IFRS (NIIF) 15.

    El documento para discusin pblica del ao 2008 de las juntas 4sobre el reconocimiento de los ingresos ordinariosrepresent un hito importante en el proyecto. El proyecto alcanz la cspide con la emisin del borrador para

    discusin pblica (ED) de junio de 2010, por el cual las juntas recibieron casi 1,000 cartas comentario. Luego, ennoviembre de 2011, las juntas emitieron su ED revisado luego de realizar divulgacin extensiva y volver a deliberarprcticamente cada uno de los aspectos de la propuesta original. Desde entonces, el proyecto sobre ingresosordinarios ha sido una de las prioridades principales de las juntas. Luego de divulgacin y deliberacionesadicionales, las juntas modificaron la propuesta y emitieron el estndar final. Adems, las juntas anunciaron planespara crear un grupo conjunto de recursos para la transicin para investigar los problemas relacionados con laimplementacin del estndar. El input del grupo de recursos tiene la intencin de ayudarles a las juntas a resolvercualquier diversidad en la prctica. Por consiguiente, antes de la fecha efectiva de la ASU en 2017, las juntaspueden emitir orientacin adicional sobre los ingresos ordinarios.

    El principiocentral del modelo

    de reconocimiento

    de ingresosordinarios es que

    la entidadreconoce los

    ingresosordinarios para

    describir latransferencia de

    los bienes oservicios

    prometidos a losclientes en una

    cantidad querefleje la

    consideracin a la

    cual la entidadespera tener

    derecho a cambiopor esos bienes o

    servicios.

    Determinaciones clave de la ASU

    El principio central del modelo de reconocimiento de ingresosordinarios es que la entidad reconoce los ingresos ordinariospara describir la transferencia de los bienes o serviciosprometidos a los clientes en una cantidad que refleje laconsideracin a la cual la entidad espera tener derecho acambio por esos bienes o servicios. En la aplicacin delmodelo de ingresos ordinarios a los contratos dentro de sualcance, la entidad:

    La ASU define al cliente como

    una parte que ha contratado

    con la entidad para obtener

    bienes o servicios que sean un

    resultado de las actividades

    ordinarias de la entidad en

    intercambio por la

    consideracin.

    Identifique el(os) contrato(s) con el cliente (paso 1).

    Identifique las obligaciones de desempeo contenidos en el contrato (paso 2).

    Determine el precio de la transaccin (paso 3).

    Asigne el precio de la transaccin a las obligaciones de desempeo contenidas en el contrato (paso 4).

    Reconozca los ingresos ordinarios cuando (o como) la entidad satisface la obligacin de desempeo(paso 5).

    La ASU aplica a todos los contratos con los clientes5excepto los que estn dentro del alcance de otros tpicoscontenidos en la FASB Accounting Standards Codification.6Algunas de las determinaciones de la ASU tambinaplican a las transferencias de activos no-financieros, incluyendo los activos que en sustancia son no-financierosque no sean un resultado de las actividades ordinarias de la entidad (e.g., ventas de (1) propiedad, planta y equipo;(2) inmuebles; o (3) activos intangibles). Tales determinaciones incluyen orientacin sobre el reconocimiento(incluyendo la determinacin de la existencia de un contrato y los principios de control) y la medicin (orientacinexistente para la contabilidad aplicable a esas transferencias (e.g., ASC 360-20) ha sido enmendada oreemplazada).

    4 FASB and IASB Discussion Paper, Preliminary Views on Revenue Recognition in Contracts With Customers.5 Los contratos con contrapartes que sean colaboradores o socios, ms que clientes, no representan contratos con clientesy estn fuera del alcance de la ASU.6 La ASU no aplica a los contratos que estn dentro del alcance de la ASC 840 (arrendamientos) y la ASC 944 (seguros);derechos u obligaciones contractuales dentro del alcance de ASC 310, ASC 320, ASC 323, ASC 325, ASC 405, ASC 470,ASC 815, ASC 825, y ASC 860 (principalmente varios tipos de instrumentos financieros); contratos dentro del alcance de laASC 460 (garantas diferentes a garantas de producto o servicio); e intercambios no monetarios cuyo propsito sea facilitarla venta a otra parte (ASC 845). (Para los ttulos de las referencias de la FASB Accounting Standards Codification, veaTitles of Topics and Subtopics in the FASB Accounting Standards Codification, de Deloitte).

    2

    http://www.iasplus.com/en-us/publications/us/other/codtopics/filehttp://www.iasplus.com/en-us/publications/us/other/codtopics/filehttp://www.iasplus.com/en-us/publications/us/other/codtopics/file
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    Nota del editor: La entidad continuara aplicando la orientacin sobre des-reconocimiento contenida enla ASC 810-10-40 cuando las transferencias o ventas no sean activos en-sustancia no-financieros y losactivos no-financieros sean tenidos en una subsidiaria que satisface la definicin de negocio. El alcancede la ASC 360-20 (anteriormente FASB Statement 667) ha sido limitado a la contabilidad para latransaccin de venta y retro-arriendo de inmuebles. La ASU no aborda de manera especfica las ventasparciales de activos financieros ni define el trmino activo en-sustancia.

    Cuando el contrato incluye mltiples obligaciones de desempeo (entregables), algunas de las cuales estn dentro

    del alcance de otros estndares, cualesquiera requerimientos de separacin y medicin inicial de los otrosestndares se aplican primero y a los entregables dentro del alcance del modelo de ingresos ordinarios se adscribecualquier cantidad residual. Si en esos otros estndares no hay requerimientos de separacin o de medicin inicial,se aplican los requerimientos contenidos en la ASC 606.

    La ASU debe ser aplicada sobre una base de contrato individual. Sin embargo, el enfoque de portafolio se permiteprovisto que razonablemente se espere que el impacto en los estados financieros no ser materialmente diferentedel impacto cuando el estndar sea aplicado sobre una base de contrato individual.

    Comparada con los actuales US GAAP, la ASU tambin requerira revelaciones significativamente ampliadas sobreel reconocimiento de los ingresos ordinarios (vea abajo la seccinRevelaciones requeridas).

    Comparada conlos actuales US

    GAAP, la ASUtambin requerira

    revelacionessignificativamente

    ampliadas sobre elreconocimiento de

    los ingresosordinarios.

    Identifique elcontrato con el

    cliente

    (Paso 1)

    Identifique lasobligaciones de

    desempeocontenidas en el

    contrato

    (Paso 2)

    Determine elprecio de latransaccin

    (Paso 3)

    Asigne el preciode la transaccin

    a lasobligaciones

    de desempeo

    (Paso 4)

    Reconozca losingresos

    ordinarios cuando(o como) la

    entidad satisfacela obligacin de

    desempeo

    (Paso 5)

    Pasos para el reconocimiento de los ingresos ordinarios

    Identificacin del contrato con el cliente (Paso 1)

    El contrato puede ser escrito, verbal, o implicado; sin embargo, la ASU aplica a un contrato slo si se satisfacentodos los criterios siguientes:

    Las partes del contrato han aprobado el contrato (por escrito, oralmente, o de acuerdo con otra prcticade negocios acostumbrada) y se comprometen a desempear sus respectivas obligaciones.

    La entidad puede identificar los derechos decada parte en relacin con los bienes oservicios a ser transferidos.

    La entidad puede identificar los trminos delpago por los bienes o servicios a sertransferidos.

    La entidad tiene que aplicar la

    orientacin [a un contrato] solo si la

    contraparte del contrato es un cliente.

    El contrato tiene sustancia comercial (esto es, el riesgo, la oportunidad, o la cantidad de los flujos deefectivo futuros de la entidad se espera que cambien como resultado del contrato).

    Es probable que la entidad recaudar la consideracin a la cual tendr derecho en intercambio por losbienes o servicios que le sern transferidos al cliente.8

    7 FASB Statement No. 66,Accounting for Sales of Real Estate.8 Al valorar si es probable que la entidad recaudar la consideracin, la entidad considerara solo la capacidad e intencin del clientepara pagar la cantidad de la consideracin cuando sea debida. La cantidad de la consideracin evaluada puede ser menor que elprecio establecido en el contrato si la consideracin es variable a causa de que la entidad puede ofrecer concesiones de precio (vea elPaso 3 sobre la determinacin del precio de la transaccin).

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    Nota del editor: Las entidades deben ser conscientes de que el umbral de probable para el recaudo, tal ycomo se usa en el criterio anterior para la identificacin del contrato con el cliente, se define de maneradiferente segn los US GAAP que segn los IFRS (NIIF). En los US GAAP, la ASC 450-20 (anteriormenteFASB Statement 59) establece que el trmino probable se refiere a un evento o eventos futuros que esprobable que ocurran. En los IFRS (NIIF), probable significa ms probable que no. Dado que ms probableque no segn los US GAAP es un umbral ms bajo que probable, en la determinacin de si existe uncontrato la entidad puede encontrar diferencias entre los US GAAP y los IFRS (NIIF).

    Si el contrato no satisface esos criterios al inicio del contrato, la entidad tiene que continuar revalorando loscriterios para determinar si subsiguientemente se satisfacen. Si los anteriores criterios no se satisfacen en uncontrato con un cliente, la entidad est impedida a reconocer los ingresos ordinarios segn el contrato hasta tantola consideracin recibida sea no reembolsable y ya sea (1) todas las obligaciones de desempeo contenidas en elcontrato hayan sido satisfechas y sustancialmente toda la consideracin prometida haya sido recibida o (2) elcontrato haya sido terminado o cancelado. Si esas condiciones no se satisfacen, cualquier consideracin recibidasera reconocida como un pasivo.

    Las entidadesdeben ser

    conscientes de queel umbral de

    probable para elrecaudo se definede manera

    diferente segn losUS GAAP que

    segn los IFRS(NIIF).

    Identificacin de las obli gaciones de desempeo (Paso 2)

    La ASU proporciona orientacin sobre la evaluacin de los bienes o servicios10prometidos contenidos en uncontrato para determinar cada obligacin de desempeo (i.e., la unidad de cuenta). La obligacin de desempeoes cada promesa para transferir a un cliente cualquiera de los siguientes:

    Un bien o servicio (o un paquete de bienes o servicios) que es distinto.

    Una serie de bienes o servicios distintos quesean sustancialmente los mismos y quetengan el mismo patrn de transferenciapara el cliente.11

    Un bien o servicio prometido es distinto (y porconsiguiente una obligacin de desempeo) si sesatisfacen ambos de los criterios distintos:

    Capaz de ser distinto El cliente puedebeneficiarse del bien o servicio ya sea por smismo o junto con otros recursos que estnfcilmente disponibles para el cliente.

    Al inicio del contrato, la entidad tiene

    que valorar los bienes o servicios

    prometidos en el contrato con el cliente y

    tiene que identificar como obligacin de

    desempeo cada promesa para transferirle

    al cliente un bien o servicio distinto (o

    serie de bienes o servicios distintos si se

    satisfacen ciertos criterios).

    Distinto dentro del contexto del contrato La promesa de la entidad para transferir el bien o servicio alcliente es identificable por separado de las otras promesas contenidas en el contrato (la ASUproporciona indicadores especficos de este criterio Vea la Nota del editor abajo).

    La ASU define un recurso fcilmente disponible como el bien o servicio que es vendido por separado (por laentidad o por otra entidad) o un recurso que el cliente ya ha obtenido de la entidad. Si la entidad regularmentevende el bien o servicio sobre una base independiente, el cliente puede beneficiarse de ese bien o servicio por smismo y se dara satisfaccin al criterio contenido en la primera vieta.

    9 FASB Statement No. 5,Accounting for Contingencies.10 Si bien la ASU no define bienes o servicios, incluye varios ejemplos, tales como bienes producidos (comprados) para la venta(reventa), otorgamiento de una licencia, y desempeo de tareas acordadas contractualmente.11 Una serie de bienes o servicios tiene el mismo patrn de transferencia si se satisfacen ambos de los criterios siguientes: (1) cadabien o servicio distinto contenido en la serie dara satisfaccin a los criterios para el reconocimiento durante el tiempo y (2) la mismamedida de progreso sera usada para describir el desempeo en el contrato. Por ejemplo, cada da individual de un servicio semanalde limpieza podra ser una obligacin de desempeo distinta, pero en este caso toda la semana (la serie) debe ser considerada una

    sola obligacin de desempeo.

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    El siguiente diagrama ilustra el proceso de la ASU para la identificacin de las obligaciones de desempeocontenidas en un contrato:

    La ASU contiene un

    nuevo requerimientosegn el cual lasentidades tienen que

    evaluar el bien oservicio para determinar

    si es identificable porseparado de las otras

    promesas contenidas enel contrato.

    Nota del editor: La orientacin de la ASU sobre la determinacin de si el cliente se puede beneficiar delbien o servicio por s mismo, o con otros recursos fcilmente disponibles, es generalmente consistentecon la orientacin actual contenida en la ASC 605-25 sobre la determinacin de si un bien o serviciotiene valor independiente. Sin embargo, la ASU contiene un nuevo requerimiento segn el cual lasentidades tienen que evaluar el bien o servicio para determinar si es identificable por separado de lasotras promesas contenidas en el contrato. La ASU proporciona los siguientes indicadores para evaluarsi un bien o servicio prometido es separable de las otras promesas contenidas en el contrato:

    La entidad no presta un servicio importante de integrar el bien o servicio con otros bienes oservicios prometidos en el contrato En otras palabras, la entidad no est usando el bien oservicio como un input para producir o entregar el resultado combinado especificado por elcliente.

    El bien o servicio no modifica o personaliza de manera importante otro bien o servicioprometido en el contrato.

    El bien o servicio no es altamente dependiente de, o altamente interrelacionado con, otrosbienes o servicios prometidos en el contrato. Por ejemplo, el cliente podra decidir nocomprar el bien o servicio sin afectar de manera importante los otros bienes o serviciosprometidos.

    Las entidades pueden necesitar usar juicio importante cuando determinen si los bienes o servicioscontenidos en el contrato son altamente interdependientes, o estn altamente interrelacionados con osi de manera importante se modifican o personalizan unos con otros. Este nuevo concepto puederequerir que las entidades contabilicen un paquete de bienes o servicios, lo cual puede calificar paracontabilidad separada segn los actuales US GAAP, como una obligacin de desempeo nica (unidadde cuenta).

    Determinacin del precio de la transaccin (Paso 3)

    La ASU requiere que la entidad determine el precio de la transaccin, el cual es la cantidad de laconsideracin a la cual espera tener derecho en el intercambio por los bienes o servicios prometidos en elcontrato. El precio de la transaccin puede ser una cantidad fija o puede variar a causa de descuentos,rebajas, devoluciones, crditos, concesiones de precio, incentivos, bonos de desempeo, sanciones, uotros elementos similares. La entidad tiene que considerar lo siguiente cuando determine el precio de latransaccin segn la ASU:

    Consideracin variable Cuando el precio de la transaccin incluye una cantidad variable, laentidad est requerida a estimar la consideracin variable mediante usar ya sea el enfoque delvalor esperado (probabilidad ponderada) o el enfoque de la cantidad ms probable,cualquiera que sea el ms predictivo de la cantidad a la cual tendr derecho (sujeto a larestriccin que se discute abajo).

    Identifique todos los bienes y servicios prometidos (explcitos o implcitos) contenidos en el contrato.

    Los bienes y servicios prometidos son distintos de otros bienes y servicios contenidos en el contrato?

    Capaz de ser disti nto

    Puede el cliente beneficiarse delbien o servicio por s mismo o junto

    con otros recursos fcilmentedisponibles?

    Distinto dentro del contextodel contrato

    El bien o servicio es identificable porseparado de las otras promesas

    contenidas en el contrato?

    y

    Si No

    Contabilcelo como unaobligacin de desempeo

    Combine dos o ms bienes oservicios prometidos y re-evale.

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    Componentes importantes de

    financiacin Ajustes por elvalor del dinero en el tiempo sonrequeridos si el contrato incluyeun componente importante definanciacin (tal y como esdefinido por la ASU).

    El precio de la transaccin es la cantidad de

    la consideracin a la cual la entidad esperatener derecho en el intercambio por la

    transferencia de los bienes o serviciosprometidos al cliente.

    Consideracin que no es en efectivo En la extensin en que el contrato incluya una

    consideracin que no sea en efectivo, la entidad est requerida a medir a valor razonable esaconsideracin.

    Consideracin pagable al cliente Al igual que los actuales US GAAP, la ASU requiere que laconsideracin pagable al cliente sea reflejada como un ajuste al precio de la transaccin amenos que la consideracin sea el pago por un bien o servicio distinto (tal y como es definidopor la ASU).

    Segn la ASU, cuandoun contrato contiene

    ms de una obligacinde desempeo, la

    entidad generalmenteasignara el precio de la

    transaccin a cadaobligacin de

    desempeo con base enel precio de venta

    independiente.

    Restriccin a los estimados de la consideracin variable

    Algunos o todos los estimados de la consideracin variable solo se incluyen en el precio de la transaccinen la extensin en que sea probable12que los cambios subsiguientes en el estimado no resultaran en unareversa importante de los ingresos ordinarios (a este concepto comnmente se le refiere como larestriccin). La ASU requiere que las entidades realicen una valoracin cualitativa que tenga en cuentatanto la probabilidad como la magnitud de la potencial reversa de los ingresos ordinarios y proporcionafactores que podran sealar que el estimado de la consideracin variable est sujeto a reversa importante

    (e.g., susceptibilidad ante factores fuera de la influencia de la entidad, perodo largo antes que se resuelvala incertidumbre, experiencia limitada con tipos similares de contratos, prcticas de proporcionarconcesiones, o un rango amplio de posibles cantidades de la consideracin). Este estimado seraactualizado en cada perodo de presentacin de reporte para reflejar los cambios en los hechos y en lascircunstancias. Adems, la restriccin no aplica a las regalas basadas en las ventas o en el usoprovenientes del otorgamiento de licencias de propiedad intelectual; ms an, la consideracinproveniente de tales regalas solo se reconoce como ingresos ordinarios en el ltimo cuando la obligacinde desempeo est satisfecha o cuando se resuelva la incertidumbre (e.g., cuando ocurra la venta o eluso subsiguiente.

    Nota del editor: Segn los actuales US GAAP, la cantidad de los ingresos ordinarios reconocidosgeneralmente est limitada a la cantidad que no es contingente de un evento futuro (i.e. el precio ya noes variable). Segn la ASU, la entidad tiene que incluir alguno o todos los estimados de la consideracinvariable (o contingente) en el precio de la transaccin (que es la cantidad a ser asignada a cada unidadde cuenta y reconocida como ingresos ordinarios) cuando la entidad concluya que es probable que los

    cambios en su estimado de tal consideracin no resultarn en reversas importantes de los ingresosordinarios en perodos subsiguientes. Esta orientacin menos restrictiva muy probablemente resultar enreconocimiento ms temprano de los ingresos ordinarios segn la ASU que segn los actuales USGAAP. Adems, las entidades necesitarn ejercer juicio importante cuando realicen esta valoracin y porconsiguiente podran encontrar desafiante aplicar de manera consistente los requerimientos de la ASUen su organizacin.

    Asignacin del p reci o de l a transacc in (Paso 4)

    Segn la ASU, cuando un contrato contiene ms de una obligacin de desempeo, la entidadgeneralmente asignara el precio de la transaccin a cada obligacin de desempeo con base en el preciode venta independiente. La ASU establece que la mejor evidencia del precio de venta independiente es elprecio observable del bien o servicio cuando la entidad vende ese bien o servicio por separado encircunstancias similares y a clientes similares. Si el bien o servicio no se vende por separado, la entidadtiene que estimarlo mediante el uso de un enfoque que maximice el uso de los inputs observable. Losmtodos aceptables de estimacin incluyen pero no estn limitados a, valoracin de mercado ajustada,

    costo esperado ms un margen, y el enfoque residual (cuando no sea directamente observable y seaaltamente variable o incierto). La ASU seala que si se satisfacen ciertas condiciones, hay excepcioneslimitadas a este requerimiento general de asignacin. Cuando esas condiciones se satisfacen, eldescuento o la consideracin variable tiene que ser asignado a uno o ms, pero no a todos, los bienes oservicios distintos o a las obligaciones de desempeo distintas contenidas en el contrato.

    12 Al igual que el trmino probable contenido en el paso 1 en relacin con el umbral de cobrabilidad, probable en estecontexto tiene el mismo significado que en la ASC 450-20: es probable que ocurra el evento o eventos. En el IFRS (NIIF)15, IASB usa el trmino altamente probable, que tiene el mismo significado que el probable de FASB.

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    Los cambios en el precio de latransaccin (e.g., cambios en elestimado de la consideracinvariable) luego del inicio del contratoseran asignados a todas lasobligaciones de desempeocontenidas en el contrato, hacindolocon la misma base (a menos que lostrminos del contrato satisfaganciertos criterios que permitan la

    asignacin de un descuento o deuna consideracin variable a una oms, pero no a todas, lasobligaciones de desempeo.

    El objetivo cuando se asigna el precio de la

    transaccin es que la entidad asigne el precio de

    la transaccin a cada obligacin de desempeo

    (o bien o servicio distinto) en una cantidad que

    describa la cantidad de la consideracin a la

    cual la entidad espera tener derecho en el

    intercambio por la transferencia de los bienes oservicios prometidos al cliente.

    Segn la ASU, laobligacin dedesempeo es

    satisfecha (y el ingresoordinario relacionado

    reconocido) cuando elcontrol de los bienes

    o servicios subyacentes(los activos)

    relacionados con laobligacin de

    desempeo son

    transferidos al cliente.

    Nota del editor:La ASU permite que las entidades usen el enfoque residual en la asignacin dela consideracin del contrato pero solo cuando el precio de venta independiente de un bien oservicio no es observable de manera directa y ya sea altamente variable o incierto. La entidadnecesitar usar el juicio en la determinacin de si se satisfacen esos criterios. Dado que laorientacin sobre la asignacin contenida en la ASU es similar a la orientacin contenida en laASC 605-25, las entidades que histricamente hayan aplicado la ASC 605-25 y hayan establecidoprecios de venta independientes para los bienes o servicios (mediante ya sea ventas oestimaciones separadas) pueden no satisfacer los criterios de la ASU para usar el enfoqueresidual.

    Reconocimiento de los ingresos ordinarios cuando (o como) se satisfacen las obligaciones de

    desempeo (Paso 5)

    Segn la ASU, la obligacin de desempeo es satisfecha (y el ingreso ordinario relacionado reconocido)cuando el control de los bienes o servicios subyacentes (los activos) relacionados con la obligacinde desempeo son transferidos al cliente. La ASU define control como la capacidad para dirigir el usode, y obtener sustancialmente todos los beneficios restantes de, el activo. La entidad primero tiene quedeterminar si el control del bien o servicio es transferido durante el tiempo. Si es as, los ingresosordinarios relacionados se reconocen durante el tiempo cuando el bien o servicio es transferido alcliente. Si no es as, el control del bien o servicio es transferido en un punto en el tiempo.

    El control de un bien o servicio (y por consiguiente la satisfaccin de la obligacin de desempeorelacionada) es transferida durante el tiempo cuando al menos se satisface uno de los criteriossiguientes:

    El cliente simultneamente recibe y consumelos beneficios proporcionados por eldesempeo de la entidad cuando la entidad lolleva a cabo.

    El desempeo de la entidad crea o mejora elactivo que el cliente controla cuando elactivo es creado o mejorado.

    El desempeo de la entidad no crea unactivo con uso alternativo para la entidad y laentidad tiene derecho de cumplimientoforzoso al pago por el desempeocompletado hasta la fecha.

    La entidad tiene que reconocer

    los ingresos ordinarios cuando (o

    como) la entidad satisface la

    obligacin de desempeo

    mediante transferir el bien o

    servicio prometido (esto es, el

    activo) al cliente cuando (ocomo) el cliente obtiene el control

    de ese activo.

    Si la obligacin de desempeo es satisfecha durante el tiempo, la entidad reconoce los ingresosordinarios mediante medir el progreso hacia la satisfaccin de la obligacin de desempeo de la maneraque mejor describa la transferencia de los bienes o servicios para el cliente. La ASU proporcionaorientacin especfica sobre la medicin del progreso hacia la terminacin, incluyendo el uso y laaplicacin de los mtodos de salida y entrada.

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    Nota del editor: La ASU observa que, en ciertas circunstancias, la entidad puede no poder medirrazonablemente el progreso hacia la satisfaccin completa de la obligacin de desempeo. En talescircunstancias, la entidad requerira reconocer los ingresos ordinarios en la extensin de los costosincurridos (i.e., con un margen de utilidad cero) si la entidad espera recuperar tales costos. La ASU nopermite que las entidades usen el mtodo del contrato terminado (tal como el que se describe en laASC 605-35 (anteriormente SOP 81-113)).

    Si la obligacin de desempeo no se satisface con el tiempo, se considera satisfecha enun punto en el tiempo. Segn la ASU, las entidades consideraran los siguientes

    indicadores al evaluar el punto en el cual el control de un activo ha sido transferido alcliente:

    La entidad tiene un derecho presente al pago por el activo.

    El cliente tiene el ttulo legal del activo.

    La entidad ha transferido la posesin fsica del activo.

    El cliente tiene los riesgos y recompensas importantes de la propiedad delactivo.

    El cliente ha aceptado el activo.

    Segn la ASU, lasentidades reconocen

    los ingresos ordinariosmediante el uso de un

    modelo basado-en-el-control ms que el

    modelo de riesgos yrecompensas de los

    actuales US GAAP.

    Nota del editor: Segn la ASU, las entidades reconocen los ingresos ordinarios mediante el uso de unmodelo basado-en-el-control ms que el modelo de riesgos y recompensas de los actuales US GAAP.Sin embargo, las juntas decidieron incluir riesgos y recompensas importantes como un factor para quelas entidades lo consideren al evaluar el punto en el tiempo en el cual el control de un bien o servicio estransferido al cliente. Las juntas consideraron que el modelo de la ASU resultar en (1) unadeterminacin ms consistente de cundo los bienes o servicios son transferidos al cliente, (2)identificacin ms fcil de las obligaciones de desempeo, y (3) similitudes en el uso del trminocontrol contenido en la definicin existente de un activo.

    Para muchas entidades, el modelo basado-en-el-control, de la ASU, no afectar de manera importantecmo reconocen los ingresos ordinarios para los contratos con los clientes. Sin embargo, el modelopuede afectar de manera importante a ciertas entidades que ya sea estuvieron dentro del alcance de laASC 605-35 (anteriormente SOP 81-1) o fueron especficamente excluidas del alcance de tal orientacin(incluyendo contratos de construccin y tipo produccin, contratos de fabricantes, suministros deproductos personalizados, y otros fabricantes similares). De manera especfica, las entidades no puedenpresumir que los acuerdos que actualmente estn dentro del alcance de la ASC 605-35 que se

    contabilicen usando el mtodo del porcentaje de terminacin darn satisfaccin a los criterios de la ASUpara el reconocimiento de los ingresos ordinarios con el tiempo (i.e., los ingresos ordinarios para ciertosacuerdos pueden necesitar que sean reconocidos en un punto en el tiempo).

    Inversamente, las entidades con acuerdos para fabricar bienes que actualmente estn excluidos delalcance de la ASC 605-35 y para los cuales los ingresos ordinarios se reconocen en un punto en eltiempo pueden satisfacer los requerimientos de la ASU para el reconocimiento de los ingresos ordinariosdurante el tiempo. Por ejemplo, si la obligacin de la entidad para producir un producto personalizadosatisface los criterios para el reconocimiento de los ingresos ordinarios durante el tiempo (el desempeode la entidad no crea un activo con un uso alternativo y la entidad tiene el derecho al pago por eldesempeo completado hasta la fecha si el cliente termina el contrato), los ingresos ordinariosrelacionados con ese producto seran reconocidos durante el perodo en el cual el producto esproducido, no cuando el producto es entregadoal cliente (tal y como generalmente es el caso segn losactuales US GAAP).

    Otras determinaciones e impactos del modelo de ingresos ordinarios

    Adems de las determinaciones que se discuten arriba, el estndar proporciona orientacin para laimplementacin en otros temas importantes, que incluyen la contabilidad para ciertos costos relacionadoscon los ingresos ordinarios. ElApndice A de este Heads Upresume la orientacin de la ASU sobre losiguiente:

    Combinacin de contratos. Modificaciones del contrato. Costos del contrato.

    13 AICPA Statement of Position 81-1,Accounting for Performance of Construction-Type and Certain Production-TypeContracts.

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    Derechos a devoluciones. Garantas. Consideraciones principal-versus-agente. Opciones del cliente por bienes o servicios adicionales. Honorarios anticipados no reembolsables. Derechos no-ejercidos de los clientes. Licencias. Acuerdos de recompra. Acuerdos de facturacin sin entrega. Trminos de la aceptacin del cliente.

    La ASU requiere

    que las entidades

    revelen informacintanto cuantitativa

    como cualitativa queles permita a los

    usuarios de los

    estados financierosentender la

    naturaleza, cantidad,oportunidad, e

    incertidumbre de losingresos ordinarios y

    de los flujos de

    efectivo que surjan

    de los contratos conlos clientes.

    Adems, si bien la ASU no determina ninguna orientacin especfica relacionada con los impuestos a losingresos, dado que los mtodos de la contabilidad tributaria a menudo estn en lnea con el mtodo de lacontabilidad (libro)para la informacin financiera para el reconocimiento de los ingresos ordinarios, cualesquiera cambios a lacantidad u oportunidad de los ingresos ordinarios del libro como resultado de la ASU tambin pueden afectarlos ingresos sujetos a impuestos. ElApndice Bde este Heads Upresume las potenciales implicacionestributarias relacionadas con la adopcin de la ASU.

    Revelaciones requeridas

    La ASU requiere que las entidades revelen informacin tanto cuantitativa como cualitativa que les permita a losusuarios de los estados financieros entender la naturaleza, cantidad, oportunidad, e incertidumbre de losingresos ordinarios y de los flujos de efectivo que surjan de los contratos con los clientes. Los requerimientosde revelacin de la ASU, que de manera importante son ms comprensivos que los contenidos en los

    estndares existentes sobre ingresos ordinarios, incluyen lo siguiente (hay ciertas excepciones para lasentidades que no son pblicas; vea el Apndice Cpara un resumen de esas excepciones):

    Presentacin o revelacin de los ingresos ordinarios y de cualesquiera prdidas reconocidas porseparado provenientes de otras fuentes de ingresos ordinarios o prdidas por deterioro provenientesde otros contratos.

    Desagregacin de los ingresos ordinarios para describir cmo la naturaleza, cantidad, oportunidad, eincertidumbre de los ingresos ordinarios y de los flujos de efectivo son afectados por factoreseconmicos (la ASU tambin proporciona orientacin para la implementacin).

    Informacin acerca de (1) activos y pasivos del contrato (incluyendo los cambios en esos saldos), (2)la cantidad de los ingresos ordinarios reconocidos en el perodo corriente que previamente fueronreconocidos como un pasivo del contrato, y (3) la cantidad de los ingresos ordinarios reconocidos en

    el perodo corriente que est relacionada con obligaciones de desempeo satisfechas en perodosanteriores.

    Informacin acerca de las obligaciones de desempeo (e.g., tipos de bienes o servicios, trminos depago importantes, oportunidad tpica de la satisfaccin de las obligaciones, y otras determinaciones).

    Informacin acerca del precio de la transaccin de la entidad asignado a las obligaciones dedesempeo restantes, incluyendo (en ciertas circunstancias) la cantidad agregada del precio de latransaccin asignado a las obligaciones de desempeo que no estn satisfechas (o que parcialmenteno estn satisfechas) y cundo la entidad espera reconocer esa cantidad como ingresos ordinarios.

    Una descripcin de los juicios importantes, y de los cambios en esos juicios, que afecten la cantidad yoportunidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios (incluyendo informacin acerca de laoportunidad de la satisfaccin de las obligaciones de desempeo, la determinacin del precio de latransaccin, y la asignacin del precio de la transaccin a las obligaciones de desempeo).

    Informacin acerca de la contabilidad de la entidad para los costos de obtener o cumplir el contrato(incluyendo saldos de cuenta y mtodos de amortizacin).

    Informacin acerca de las decisiones de poltica (i.e., si la entidad us expedientes prcticos para loscomponentes importantes de financiacin y para los costos del contrato permitidos por la ASU).

    La ASU requiere que las entidades, sobre una base intermedia, revele la informacin requerida segn la ASC270 as como tambin que proporcione las revelaciones (que se describen arriba) acerca de (1) ladesagregacin de los ingresos ordinarios, (2) los saldos de los activos y pasivos del contrato y los cambiosimportantes en esos saldos desde el final del perodo anterior, y (3) el precio de la transaccin asignado a lasobligaciones de desempeo restantes.

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    Nota del editor: El IFRS (NIIF) 15 solo requiere que las entidades revelen la desagregacin de losingresos ordinarios adems de la informacin requerida segn el IAS (NIC) 3414para los perodosintermedios.

    Para adoptar la

    orientacincontenida en la ASU

    las entidades tienen

    la opcin de usar ya

    sea el enfoqueretrospectivo pleno o

    el enfoquemodificado.

    Fecha efectiva y transicin

    La ASU es efectiva para los perodos anuales de presentacin de reporte (incluyendo los perodos

    intermedios de presentacin de reporte incluidos en esos perodos) que comiencen despus de diciembre 15,2006, para las entidades pblicas. La aplicacin temprana no est permitida (sin embargo, la adopcintemprana es opcional para las entidades que reporten segn los IFRS). Adems, la ASU proporciona aliviopara las entidades que no son pblicas demorando la fecha efectiva; vea elApndice Cde este Heads Uppara ms informacin acerca de las fechas efectivas alternativas para las entidades que no son pblicas.

    Para adoptar la orientacin contenida en la ASU las entidades tienen la opcin de usar ya sea el enfoqueretrospectivo pleno o el enfoque modificado:

    Aplicacin retrospectiva plena La aplicacin retrospectiva tendra en cuenta los requerimientoscontenidos en la ASC 250 (con cierto expediente prctico).

    Aplicacin retrospectiva modificada Segn el enfoque modificado, la entidad reconoce el efectoacumulado de aplicar inicialmente [la ASU] como un ajuste al saldo de apertura de gananciasretenidas del perodo anual de presentacin de reporte que incluya la fecha de la aplicacininicial (los ingresos ordinarios presentados en los estados financieros antes de esa fecha sereportan segn la orientacin en efecto antes del cambio). Segn el enfoque modificado, laorientacin contenida en la ASU solo se aplica a los contratos existentes (aquellos para los cualesla entidad tiene obligaciones de desempeo restantes) a partir de, y los nuevos contratos despusde, la fecha de la aplicacin inicial. La ASU no se aplica a los contratos que fueron completadosantes de la fecha efectiva (i.e., la entidad no tiene obligaciones de desempeo para cumplir). Lasentidades que elijan el enfoque modificado tienen que revelar una explicacin del impacto de laadopcin de la ASU, incluyendo los elementos de lnea del estado financiero y las respectivascantidades directamente afectadas por la aplicacin del estndar. La siguiente tabla ilustra laaplicacin de la ASU y los GAAP heredados segn el enfoque modificado para una entidad pblicacon final de ao calendario:

    Enero 1, 2017 2017 2016 2015

    Ao in ic ial deaplicacin Ao corri ente Ao anterior 1 Ao anterior 2

    Nuevos contratos Nueva ASU

    Contratos existentesNueva ASU + puesta

    al da acumuladoGAAP heredados GAAP heredados

    Contratos completados GAAP heredados GAAP heredados

    14 IAS 34, Interim Financial Reporting.

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    Nota del editor: El enfoque de transicin modificado les proporciona a las entidades alivio de tener que re-emitir y presentar informacin comparable del estado financiero del ao anterior; sin embargo, lasentidades todava necesitarn evaluar los contratos existentes a la fecha de la adopcin inicial segn laASU para determinar si el ajuste acumulado es necesario. Por consiguiente, las entidades pueden querercomenzar a considerar la naturaleza tpica y la duracin de sus contratos para entender el impacto de laaplicacin de la ASU y para determinar el enfoque de transicin que sea prctico de aplicar y el msbenfico para los usuarios del estado financiero.

    Las entidades tambin deben evaluar cuidadosamente las respectivas ventajas y desventajas de cada unode los mtodos de transicin antes de seleccionar su mtodo de adopcin de la ASU. La informacin sobre

    la tendencia transparente proporcionada segn el enfoque retrospectivo pleno puede ser ms efectiva paralas entidades que esperen experimentar un cambio importante. Tambin, las entidades que tengan saldosimportantes de ingresos ordinarios diferidos pueden preferir el enfoque retrospectivo para asegurar quetales ingresos ordinarios no se pierdan de las operaciones por su reconocimiento como un ajuste delefecto acumulado a ganancias retenidas. Sin embargo, el enfoque retrospectivo pleno requerir unesfuerzo importante, dados que los ajustes del perodo reportados cambiarn no solo los ingresosordinarios reconocidos sino tambin los otros efectos directos del cambio tal y como se define en la ASC250. Tambin, el enfoque retrospectivo pleno requerir que las entidades pblicas continen evaluandoqu tan hacia atrs la entidad tiene que actualizar sus resultados (e.g., si la tabla de cinco aos requeridapor la Regulation S-K, tem 301,15necesita ser re-emitida). La administracin debe comenzar esteanlisis, en consulta con los accionistas externos clave (tales como inversionistas y auditores), y serconsciente de las revelaciones requeridas segn SAB 74 16y la expectativa del personal de la SEC de queesas revelaciones se incrementan en explicacin y especificidad en la medida que se acerque la fecha dela transicin.

    15 SEC Regulation S-K, Item 301, Selected Financial Data.16 SEC Staff Accounting Bulletin Topic 11.M, Disclosure of the Impact That Recently Issued Accounting Standards WillHave on the Financial Statements of the Registrant When Adopted in a Future Period (SAB 74).

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    Apndice A Otras determinaciones del modelo de ingresos ordinarios

    Adems de las principales determinaciones del estndar que se discuten en el cuerpo de este Heads Up, la ASU proporciona orientacin sobre lacontabilidad para ciertos costos relacionados con los ingresos ordinarios y orientacin adicional para la implementacin sobre varios otros temasimportantes relacionados con el reconocimiento de los ingresos ordinarios, los cuales se resumen brevemente a continuacin.

    Combinacin de contratos

    Si bien las entidades muy probablemente aplicaran la ASU al contrato individual, en ciertas circunstancias pueden estar requeridas a combinar ungrupo de contratos y evaluarlos como si fueran un contrato individual. Segn la ASU, la entidad tiene que combinar los contratos en los cualesparticipa en o cerca del mismo tiempo con el mismo cliente (o partes relacionadas del cliente) si satisface uno o ms de los siguientes criterios:

    Los contratos son negociados como un paquete con un solo objetivo comercial.

    La cantidad de la consideracin a ser pagada en un contrato depende del precio o del desempeo del otro contrato.

    Los bienes o servicios prometidos en los contratos (o algunos bienes o servicios prometidos en cada uno de los contratos) son una solaobligacin de desempeo [tal y como se define].

    Nota del editor: Actualmente puede haber diversidad en la prctica en cmo las entidades determinan si, y si es as, cundo dos o ms contratos

    deben ser contabilizados en conjunto. Dado que la ASU proporciona orientacin especfica a aplicar a todos los contratos con los clientes yrequiere que las entidades combinen los contratos cuando se satisfacen ciertos criterios, las entidades pueden combinar los contratos de manerams consistente segn la ASU en la determinacin de cmo se deben reconocer los ingresos tributarios.

    Modificaciones del contrato

    La ASU tambin proporciona orientacin sobre la contabilidad para las modificaciones aprobadas a los contratos con los clientes. La aprobacinde la modificacin del contrato puede ser por escrito, por acuerdo oral, o implicada por las prcticas acostumbradas de los negocios, y lamodificacin del contrato se considera aprobada cuando crea nuevos o cambia derechos u obligaciones existentes de cumplimiento forzoso. Lamodificacin del contrato tiene que ser contabilizada como un contrato separado cuando (1) resulte en un cambio en el alcance del contrato a causade bienes o servicios prometidos distintos adicionales y (2) la consideracin adicional refleje el precio de venta independiente, para la entidad, deesos bienes o servicios adicionales prometidos (incluyendo cualesquiera ajustes apropiados para reflejar las circunstancias del contrato). Si laentidad determina que la modificacin no es un contrato separado, la entidad, dependiendo de los hechos y circunstancias especficos del contratomodificado, aplicara uno de los siguientes mtodos:

    Tratamiento como un nuevo contrato (mtodo prospectivo) - Si los bienes o servicios restantes son distintos de los bienes o serviciostransferidos en o antes de la fecha de la modificacin del contrato, el precio de transaccin17restante y cualquier consideracin adicionalprometida como resultado de la modificacin se asigna a las obligaciones de desempeo restantes contenidas en el contrato.

    Ajuste de puesta al da acumulado (mtodo retrospectivo) Si los bienes o servicios restantes no son distintos y hacen parte de una solaobligacin de desempeo que est parcialmente satisfecha a la fecha de la modificacin del contrato, se actualiza la medida del progresode la obligacin de desempeo hacia la terminacin, lo cual puede resultar en una puesta al da acumulada de los ingresos ordinarios.

    Una combinacin de esos dos mtodos (si existen ambas de las condiciones anteriores).

    Nota del editor: La evaluacin de las modificaciones del contrato segn la ASU es similar a la evaluacin corriente segn la ASC 605-35(anteriormente SOP 81-1) pero puede diferir para las entidades que histricamente no hayan aplicado la orientacin contenida en este tema de laCodificacin. Sin embargo, dado que la ASU aplica a las entidades en todas las industrias, debe resultar en una evaluacin ms consistente de

    las modificaciones del contrato.

    Costos del contrato

    La ASU contiene criterios para determinar cundo capitalizar los costos asociados con la obtencin y el cumplimiento de un contrato. De maneraespecfica, las entidades estn requeridas a reconocer un activo por los costos incrementales de la obtencin del contrato (e.g., comisiones deventa) cuando se espere recuperar esos costos (como expediente prctico, el activo reconocido con un perodo de amortizacin menor a un aopuede llevarse al gasto cuando se incurre en l). Los costos de cumplir el contrato (que no estn dentro del alcance de otros estndares) serancapitalizados solo cuando (1) estn relacionados directamente con el contrato, (2) generen o mejoren recursos que sern usados para satisfacer lasobligaciones de desempeo, y (3) se espere sean recuperados. La ASU tambin requiere que las entidades lleven al gasto ciertos costos, tales

    17 Segn el modelo de ingresos ordinarios, el precio de transaccin disponible para asignacin incluira la consideracin prometida por el cliente (que incluye lascantidades ya recibidas del cliente) que fue incluida en el estimado del precio de la transaccin y que no haba sido reconocido como ingresos ordinarios.

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    como los relacionados para satisfacer (o parcialmente satisfacer) obligaciones de desempeo. Los costos capitalizados seran amortizados de unamanera consistente con el patrn de transferencia de los bienes o servicios con los cuales el activo est relacionado (que en ciertas circunstanciaspuede extenderse ms all del trmino original del contrato).

    Nota del editor: El estndar puede mejorar la consistencia en la contabilidad para los costos de obtener y cumplir un contrato. Sin embargo,dependiendo de cmo la entidad actualmente contabiliza los costos relacionados con los ingresos ordinarios, la ASU puede causar un cambio enla prctica. Por ejemplo, las entidades que apliquen la ASC 605-35 (anteriormente SOP 81-1) muy probablemente tendrn que re-evaluar si lacapitalizacin de ciertos costos del contrato para los contratos de construccin y otros de largo plazo (tales como los costos precontractuales decotizacin y proposicin) permanecen apropiados segn la ASU. Las entidades pueden querer evaluar estrechamente el impacto que talorientacin tiene en sus actuales polticas de contabilidad.

    Derecho de devoluc in

    Segn la ASU, el derecho que le permite al cliente devolver un producto por un reembolso o crdito, total o parcial, (o un servicio prestado sujeto adevolucin o crdito) no es tratado como una obligacin de desempeo separada (i.e., la consideracin no es asignada a este derecho y diferida).En lugar de ello, las ventas de productos con derecho de devolucin (o los servicios prestados sujetos a devolucin), la entidad est requerida areconocer (1) los ingresos ordinarios en la cantidad a la cual la entidad espera tener derecho (considerando cualesquiera determinaciones dedevolucin), (2) un pasivo por cualesquiera reembolsos o devoluciones a ser proporcionados, y (3) un activo por cualquier derecho a recuperar elproducto por parte del cliente. Cuando determina la cantidad a la cual espera tener derecho, la entidad est requerida a aplicar la orientacin sobrela consideracin variable (restriccin) que se describe arriba en la seccinDeterminacin del precio de la transaccin (Paso 3).

    Garantas

    El estndar permite que las entidades continen usando el modelo de causacin del costo para contabilizar las obligaciones por garantas (deacuerdo con la ASC 460), pero solo para las garantas que aseguren que el bien o servicio cumple con las especificaciones acordadas. En laextensin en que la garanta preste un servicio ms all de asegurar que el bien o servicio cumple con las especificaciones acordadas, seracontabilizada como una obligacin de desempeo (la consideracin sera asignada a esta obligacin y reconocida cuando sea satisfecha). Adems,si el cliente tiene la opcin de comprar la garanta por separado, tambin sera contabilizada como una obligacin de desempeo.

    Los pasivos por producto, tales como la compensacin pagada por la entidad por perjuicio o dao causado por su producto, no representa unaobligacin de desempeo contenida en el contrato y sera contabilizada de acuerdo con la literatura existente sobre las prdidas por contingenciascontenida en la ASC 450-20.

    Consideraciones principal-versus-agente

    La entidad puede involucrar a otras partes para proporcionarles bienes o servicios a sus clientes. En esta situacin, la entidad tiene que determinarsi la naturaleza de su promesa es en s misma una obligacin de desempeo para proporcionar los bienes o servicios (esto es, la entidad es elprincipal) o para acordar que la otra parte proporcione esos bienes o servicios (esto es, la entidad es un agente). La entidad es el principal cuandocontrola el bien o servicio prometido antes que la entidad le transfiera al cliente el bien o servicio. La ASU proporciona indicadores y otra orientacinpara la implementacin para ayudar a que la entidad determine si la entidad est actuando como el principal (los ingresos ordinarios se reconocensobre una base bruta) o como un agente (los ingresos ordinarios se reconocen sobre una base neta).

    Nota del editor: Si bien los indicadores contenidos en la ASU para determinar si la entidadest actuando como el principal o como agente en unacuerdo son similares a los contenidos en la ASC 605-45 (anteriormente EITF Issue 99-1918), la ASU difiere ligeramente dado que proporciona unprincipio general para hacer esta determinacin con base en la nocin de control contenida en la ASU. La ASU tambin reemplaza los ejemploscontenidos en la orientacin corriente y los reemplaza con ejemplos ms limitados. Sin embargo, incluso con esos cambios, el concepto deprincipal-versus-agente parte que es consistente con los actuales US GAAP; por consiguiente, no se esperan cambios importante en este aspectode las polticas de contabilidad.

    Opciones de clientes para bienes o servicios adicionales

    Segn la ASU, la opcin de darle a un cliente que adquiera bienes o servicios adicionales representa una obligacin de desempeo si leproporciona al cliente un derecho material que de otra manera no habra sido recibido sin participar en el contrato. Si la opcin se considera quees una obligacin de desempeo, la entidad tiene que asignarle a la opcin una porcin del precio de la transaccin y reconocer los ingresosordinarios cuando el control de los bienes o servicios subyacentes a la opcin sea transferido a los clientes o cuando la opcin expire.

    18 EITF Issue No. 99-19, Reporting Revenue Gross as a Principal Versus Net as an Agent.

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    Honorarios anticipados no-reembolsables

    La ASU requiere que las entidades determinen si el honorario anticipado est relacionado con la transferencia del bien o servicio prometido. La ASUobserva que los honorarios anticipados no-reembolsables a menudo se relacionan con actividades que la entidad tiene que realizar en o cerca delinicio del contrato; sin embargo, esas actividades pueden no resultar en la transferencia de un bien o servicio para el cliente. En talescircunstancias, el honorario anticipado puede representar un pago anticipado por bienes o servicios futuros y sera reconocido cuando esos bieneso servicios sean transferidos al cliente. En algunos casos, esos bienes o servicios futuros pueden ser proporcionados en perodos ms all delperodo inicial del contrato si el cliente tiene la opcin de renovar el contrato y si existe un derecho material (tal y como se discute arriba).

    Derechos no-ejercidos de los cl ientes

    Los contratos con el cliente pueden incluir un pago por anticipado no-reembolsable por el derecho a recibir bienes o servicios en el futuro (e.g.,tarjetas de regalo pagadas por anticipado). En ciertos casos, el cliente puede no ejercer todos sus derechos (resultando en una fragmentacinrelacionada con el pasivo del contrato). Segn la ASU, la entidad reconoce la cantidad esperada de la fractura hacindolo en proporcin al patrnde derechos ejercidos por el cliente, pero solo por la cantidad a la cual la entidad espera tener derecho (considerando la orientacin sobre larestriccin). De otra manera, la cantidad de la fragmentacin no debe ser reconocida sino hasta que sea remoto que los derechos no sernejercidos por el cliente.

    Nota del editor: La orientacin de la ASU sobre la fragmentacin no es significativamente diferente del punto de vista del personal de la SECexpresado en un discurso en la 2005 AICPA National Conference on Current SEC and PCAOB Developments [Conferencia nacional del AICPA2005 sobre los desarrollos actuales de la SEC y de la PCAOB]. En el discurso, el personal de la SEC les record a los participantes en laconferencia su posicin expresada previamente de que en tales circunstancias es apropiado que el vendedor aplique la orientacin sobre des-reconocimiento del pasivo contenida en la ASC 405-20-40-1. Sin embargo, la fragmentacin tambin puede ser reconocida en las ganancias antesque el vendedor legalmente est liberado de su obligacin si el vendedor puede demostrar que es remoto que el cliente requerir el desempeo.

    Licencias

    La entidad puede transferirles a sus clientes una licencia que otorgue un derecho a la propiedad intelectual de la entidad (e.g., tecnologa, pelculascinematogrficas, msica, franquicias, patentes, marcas registradas, o derechos de copia). La ASU requiere que las entidades determinen si lalicencia es distinta (tal y como se define en la ASU; veaIdentificacin de las obligaciones de desempeo (Paso 2))de los otros bienes o serviciosprometidos en el contrato (i.e., no est requerido que sea combinada con otros bienes o servicios y contabilizada como una sola obligacin dedesempeo). Para las licencias que son distintas, la entidad tiene que determinar si la licencia le da al cliente el derecho a usar la propiedadintelectual tal y como ella existe en el punto del tiempo en el cual la licencia es otorgada (una licencia esttica para la cual el control es transferidoen un punto en el tiempo) o un derecho a tener acceso a la propiedad de la entidad tal y como ella exista durante el perodo de la licencia (unalicencia dinmica para la cual el control es transferido con el cliente). La ASU proporciona los criterios para determinar cundo una licencia es underecho a tener acceso (vea la Nota del editor abajo). Si tales criterios se satisfacen, la consideracin asignada a la licencia es reconocida comoingresos ordinarios durante el tiempo. Si tales criterios no se satisfacen, la licencia se considera que es un derecho a uso y la consideracinasignada es reconocida en un punto en el tiempo. Adems, tal y como se observ arriba en la seccinDeterminacin del precio de la transaccin

    (Paso 3),la orientacin proporciona una excepcin a la orientacin sobre la restriccin para las regalas basadas en ventas o uso en intercambiopor una licencia de propiedad intelectual.

    Nota del editor: La ASU reemplaza toda la orientacin existente especfica-de-la-industria sobre la contabilidad para las licencias y puede cambiarde manera importante la prctica en muchas industrias. La entidad puede necesitar usar juicio importante en la adopcin de la nueva orientacin.Incluso cuando la oportunidad y la cantidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios no cambien de manera importante a partir de la adopcinde la ASU, la entidad todava necesitar aplicar la nueva orientacin y documentar sus conclusiones. Para que una licencia distinta represente underecho a acceso a la propiedad intelectual de la entidad, se tienen que satisfacer los criterios siguientes: (1) el contrato requiere (o el clienterazonablemente espera) que la entidad realice actividades que de manera importante afectan la propiedad intelectual, (2) los derechos otorgadospor la licencia exponen de manera directa al cliente ante cualesquiera efectos positivos o negativos de las actividades, y (3) esas actividades noresultan en la transferencia de un bien o servicio para el cliente.

    Acuerdos de recompra

    Los acuerdos de recompra pueden representar (1) una obligacin de la entidad para recomprar el activo (un forward), (2) un derecho de laentidad para recomprar el activo (una opcin de compra), o (3) una obligacin de la entidad para recomprar el activo a solicitud del cliente (unaopcin de venta). El contrato con un forward o con una opcin de compra le impide al cliente que tiene el pasivo dirigir el uso de, y obtenersustancialmente todos los beneficios restantes de, el activo (i.e., no se transfiere el control del activo). En tales c ircunstancias, el contrato seracontabilizado como un acuerdo de arrendamiento o de financiacin (dependiendo de cmo el precio de recompra se compara con el precio de ventaoriginal). El contrato que le ofrece al cliente un incentivo econmico importante para ejercer una opcin de venta (devolverle el bien a la entidad)sera contabilizado como un arrendamiento. La ASU tambin incluye orientacin detallada para la implementacin sobre cmo hacer esasdeterminaciones.

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    Acuerdos de consignacin

    La ASU impide que la entidad reconozca ingresos ordinarios por un bien que sea fsicamente transferido a un tercero en consignacin hasta tantoese bien sea transferido al tercero. El anlisis de los indicadores de control para determinar en qu punto del tiempo el control es transferido escrtico para determinar cundo pueden ser reconocidos los ingresos ordinarios.

    Acuerdos de facturacin sin entrega

    Las entidades que participan en acuerdos de facturacin sin entrega tienen que satisfacer ciertos criterios (i.e., que la razn para el acuerdo sea

    sustantiva, la entidad no pueda usar los bienes o dirigirlos a otro cliente, los bienes sean identificables por separado, y los bienes estn listos parael envo) para concluir que su cliente ha obtenido el control de los bienes. Si se satisfacen los criterios, la entidad tiene que considerar si almacenarlos bienes representa una obligacin de desempeo para la cual se deba asignar una porcin del precio de la transaccin.

    Nota del editor: Si bien la orientacin de la ASU sobre facture-y-tenga es ligeramente menos prescriptiva que la orientacin de la SEC sobre losacuerdos de facturacin sin entrega contenidos en el SAB Topic 13, los conceptos son los mismos. Si se elimina esta orientacin de la SEC, lacontabilidad para los acuerdos de facturacin sin entrega puede cambiar en ciertas circunstancias; sin embargo, la contabilidad actual para muchosde esos acuerdos se espera que contine. Se espera que la SEC actualice la orientacin contenida en el SAB Topic 13 pero todava no ha hechocambios a ella.

    Trminos de la aceptacin del cliente

    La ASU proporciona orientacin para la implementacin que aclara que la existencia en un contrato de trminos de la aceptacin del cliente

    automticamente no impedir que la entidad reconozca ingresos ordinarios antes de la aceptacin formal del cliente. Esto es, si la entidad demanera objetiva puede determinar que el control de un bien o servicio ha sido transferido al cliente de acuerdo con las especificaciones acordadasen el contrato, entonces la aceptacin del cliente es una formalidad que no afectara la determinacin de la entidad sobre cundo el cliente haobtenido el control del bien o servicio.

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    Apndice B Potenciales implicaciones tributarias

    La ley federal de impuestos a los ingresos proporciona reglas tanto generales como especficas para el reconocimiento de los ingresos ordinariosen ciertos tipos de transacciones (e.g., contratos de largo plazo y acuerdos que incluyen pagos anticipados por bienes y servicios). Esas reglas amenudo son similares al mtodo que el contribuyente usa para los propsitos de la informacin financiera y, si es as, el contribuyente emplea elmtodo para el reconocimiento de los ingresos ordinarios que aplica en el mantenimiento de sus libros y registros (e.g., base de efectivo, US GAAP,IFRS (NIIF)). Si bien el Internal Revenue Code (IRC) no requiere que las entidades usen un mtodo particular de la contabilidad financierasubyacente para determinar sus ingresos sujetos a impuestos (tal como los US GAAP), las entidades tienen que hacer los ajustes que seanapropiados (en el Anexo M) a sus ingresos antes de impuestos de la contabilidad financiera para determinar los ingresos sujetos a impuestos segnel IRC.

    La ASU puede cambiar la oportunidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios y, en algunos casos, la cantidad de los ingresos ordinariosreconocidos por las entidades que mantengan sus libros y registros segn los US GAAP o segn los IFRS (NIIF). Esos cambios tambin puedenafectar los ingresos sujetos a impuestos. Por ejemplo, segn los principios tributarios federales, los ingresos generalmente se reconocen a mstardar cuando se reciben. Sin embargo, hay unas pocas excepciones limitadas que le permiten al contribuyente diferir el reconocimiento de losingresos ordinarios (un ao o ms) para los pagos por anticipado. Segn una de esas excepciones, el contribuyente puede diferir por un ao elreconocimiento de los ingresos ordinarios para los pagos por anticipado en la extensin en que los ingresos ordinarios sean diferidos segn elmtodo usado para los libros y registros aplicables del contribuyente.

    El estndar puede afectar la oportunidad y la medicin de los ingresos ordinarios para ciertos contratos con pagos por anticipado y por lo tantopuede acelerar el reconocimiento de los ingresos ordinarios para los contratos con mltiples obligaciones de desempeo, lo cual podra tener unimpacto en el ingreso corriente sujeto a impuestos.

    Adems, unos cuantos conceptos contenidos en el estndar pueden dar origen a o afectar la medicin de ciertas diferencias temporarias. Esos

    conceptos incluyen:

    Reconocimiento de los ingresos ordinarios a partir de la transferencia del control que resulte en cambios en el libro de reconocimiento delos ingresos ordinarios (y los activos del contrato y los pasivos del contrato relacionados).

    Cambios potenciales en la oportunidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios para los contratos que incluyan consideracinvariable o un componente importante de financiacin.

    La capitalizacin de ciertos costos incurridos para obtener o cumplir un contrato, algunos de los cuales actualmente pueden serdeducibles para propsitos tributarios.

    Las implicaciones tributarias asociadas con la implementacin del estndar se basarn en los hechos y circunstancias especficos de la entidad.Entonces, ser importante que los profesionales tributarios entiendan las implicaciones detalladas de la informacin financiera del estndar, demanera que puedan analizar las ramificaciones tributarias y facilitar la seleccin de cualesquiera mtodos alternativos de la contabilidad tributariaque puedan estar disponibles.

    Antes que el contribuyente pueda seleccionar un nuevo mtodo de contabilidad tributaria, el contribuyente tiene que obtener consentimiento delcomisionado del IRS. Adems de seleccionar mtodos alternativos de contabilidad tributaria, si el contribuyente est aplicando su mtodo del libro yel mtodo del libro cambia, el contribuyente puede tener que asegurar que el consentimiento del comisionado cambie al nuevo mtodo del libro parapropsitos tributarios. Adems, ciertos cambios del mtodo de la contabilidad tributaria requieren que el IRS revise la aplicacin antes de otorgar elconsentimiento. Otros cambios del mtodo de contabilidad tributaria proporcionan consentimiento automtico si el contribuyente cumple con ciertostrminos y condiciones.

    El contribuyente que selecciona no asegurar el consentimiento para cambiar su mtodo de contabilidad tributaria puede tener que mantener sumtodo actual de contabilidad tributaria y como resultado puede necesitar mantener registros adicionales. El mantener registros adicionales tambinpuede ser requerido cuando a las entidades no se les permita usar para propsitos tributarios el mtodo del estndar para el reconocimiento de losingresos ordinarios.

    Las siguientes son unas pocas preguntas para que las entidades las consideren en la planeacin para la transicin:

    Los cambios potenciales a la oportunidad o a la medicin del reconocimiento de los ingresos ordinarios o de los gastos, segn los USGAAP o los IFRS (NIIF), afectarn la oportunidad del reconocimiento de los ingresos ordinarios o de los gastos para propsitos de losimpuestos a los ingresos?

    Si las modificaciones del estado financiero en los mtodos del reconocimiento de los ingresos ordinarios segn el estndar sonfavorables y admisibles para propsitos tributarios, la entidad est requerida a solicitar de las autoridades tributarias un cambio formal enel mtodo de la contabilidad tributaria?

    Si las modificaciones del estado financiero son desfavorables o inadmisibles para propsitos tributarios, la entidad necesitar mantenerciertos registros heredados del mtodo de la contabilidad US GAAP o IFRS (NIIF) (i.e., registros de acuerdo con la orientacin sobre elreconocimiento de los ingresos ordinarios que ser reemplazada por el estndar)?

    Cundo la cantidad de los ingresos ordinarios en un contrato con mltiples obligaciones de desempeo es asignada a las obligacionesde desempeo separadas segn el contrato, hay trminos contractuales especficos que puedan resultar en una diferencia entre lasasignaciones para propsitos de contabilidad tributaria y contabilidad del libro?

    En la extensin en que los mtodos de la contabilidad tributaria difieran de los mtodos de la contabilidad financiera, hay cualesquieranuevos requerimientos de datos o de sistemas que necesiten ser considerados?

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    Hay cualesquiera implicaciones tributarias del efectivo relacionadas con entidades extranjeras controladas que, por ejemplo, mantengan

    registros estatutarios de contabilidad segn los IFRS (NIIF)?

    Si a partir de la adopcin del estndar para una operacin en el extranjero hay un ajuste acumulado al saldo de apertura a partir de laadopcin del estndar, la matriz con sede en los Estados Unidos debe re-valorar su afirmacin indefinida de reinversin y re-evaluar lacantidad de los pasivos tributarios diferidos establecida por la diferencia relacionada con la base externa, si la hay?

    Cul es el efecto en la estrategia de precios de transferencia de una entidad multinacional, especialmente cuando el precio detransferencia se base en la cantidad de los ingresos ordinarios reconocidos por la informacin financiera?

    Con base en la orientacin principal-versus-agente contenida en el estndar debe haber un cambio en la presentacin del estadofinanciero para los impuestos a las ventas recaudados que sean remitidos a la autoridad tributaria?

    Si bien el impacto en los ingresos sujetos a impuestos estatales generalmente es el mismo que en los ingresos sujetos a impuestosfederales, qu otras implicaciones tributarias estatales debe considerar la entidad?

    En ciertas industrias, la ASU tambin puede tener un impacto importante en otros impuestos tales como ventas, impuestos especiales, ingresosbrutos especficos de la industria, telecomunicaciones, servicios pblicos, negocios y ocupacin, y otros impuestos segn la especialidad. Porejemplo, para un acuerdo que incluye propiedad personal tangible (TPP = tangible personal property) descontada, el estndar puede requerir quelas entidades cambien la manera como asignan los ingresos ordinarios entre la venta de la TPP y la venta de los servicios relacionados (en lugar deseguir el tratamiento de facturar y contratar). En tales casos, parte de la cantidad histricamente reconocida como ingresos ordinarios por serviciosdurante la vida del acuerdo relacionado de servicio muy probablemente tendr que ser reasignada a ingresos ordinarios del producto. Estareasignacin de los ingresos ordinarios podra afectar la cantidad de algunos impuestos u honorarios recaudados o reportados por el vendedor.

    Los impuestos o los honorarios que se encuentren en riesgo de recaudacin en exceso o de sub-registro son los que se basan solamente en ya seaventas de servicios o ventas de productos (cuando la otra categora generalmente es excluida de la base tributaria o de la base de los honorarios).Por ejemplo, los sistemas de tributarios de facturacin de los clientes a menudo son diseados para recaudar automticamente esos impuestos y

    honorarios con base en las cantidades facturadas. Si la base legal del impuesto o del honorario es la cantidad reconocida por los servicios (y lasventas de TPP se excluyen de la base), hay el riesgo de que los impuestos/honorarios sern recaudados en exceso a los clientes si se calculan conbase en las cantidades facturadas. En contraste, si la base legal del impuesto o del honorario es la cantidad facturada, hay el riesgo de que elimpuesto/honorario ser sub-reportado, si, luego de la adopcin del nuevo estndar, el vendedor usa solamente como fuente para los datos de labase tributaria la cantidad de los ingresos ordinarios por servicio reconocida por los libros.

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    Apndice C Entidades que no son pblicas

    Las juntas proporcionaron algn alivio para las entidades que no son pblicas, hacindolo mediante expedientes prcticos de revelacin y fechaefectiva retrasada. Para usar esos alivios, la entidad no puede ser ninguna de las siguientes:

    Una entidad de negocios pblica (tal y como se define en la ASU 2013-1219).

    Una entidad sin nimo de lucro que haya emitido, o sea un deudor de bonos conducto para, valores que sean negociados, registrados, ocotizados en una bolsa de valores o en un mercado sobre-el-mostrador.

    Un plan de beneficios para empleado que registra o prepara estados financieros en o para la SEC.

    Expedientes prcticos de revelacin

    La siguiente tabla resume los expedientes prcticos que las entidades que no son pblicas pueden usar para evitar proporcionar ciertasrevelaciones requeridas por la ASU 2014-09 (los requerimientos de revelacin de la ASU estn cubiertos en la seccinRevelaciones requeridaspresentada arriba, as como tambin en la columna del lado izquierdo abajo):

    Requerimientos de revelacin Expediente prctico para las entidades que no son pblicas

    Presente o revele los ingresos ordinarios y cualesquiera

    prdidas por deterioro reconocidas, hacindolo porseparado de las otras fuentes de ingresos ordinarios oprdidas por deterioro provenientes de otros contratos.

    Ninguno.

    La desagregacin de los ingresos ordinarios para describircmo la naturaleza, cantidad, oportunidad, e incertidumbrede los ingresos ordinarios y de los flujos de efectivo sonafectados por factores econmicos (la ASU tambinproporciona orientacin para la implementacin).

    La entidad puede elegir no proporcionar la revelacin cuantitativa pero debe, comomnimo, proporcionar los ingresos ordinarios desagregados de acuerdo con laoportunidad de la transferencia de los bienes o servicios (por ejemplo, los bienestransferidos en un punto en el tiempo y los servicios transferidos durante el tiempo).

    Informacin acerca de los activos y pasivos del contrato(incluyendo los cambios en esos saldos) y la cantidad de losingresos ordinarios reconocidos en el perodo corriente quepreviamente fueron reconocidos como un pasivo delcontrato y la cantidad de los ingresos ordinarios reconocidosque est relacionado con obligaciones de desempeosatisfechas en perodos anteriores.

    La entidad puede elegir no proporcionar las revelaciones pero debe revelar lossaldos de apertura y de cierre de cuentas por cobrar, activos del contrato, y pasivosdel contrato (si no se presentan o revelan por separado).

    Informacin acerca de las obligaciones de desempeo (e.g.,tipos de bienes o servicios, trminos de pago importantes,oportunidad tpica de la satisfaccin de las obligaciones, yotras determinaciones).

    Ninguno.

    Informacin acerca del precio de la transaccin, de laentidad, asignado a las restantes obligaciones dedesempeo, incluyendo (en ciertas circunstancias) lacantidad agregada del precio de la transaccin asignada ala obligacin de desempeo restante y cundo la entidadespera reconocer esa cantidad como ingresos ordinarios.

    La entidad puede elegir no proporcionar esas revelaciones.

    Una descripcin de los juicios importantes, y de los cambiosen esos juicios, que afectan la cantidad y la oportunidad delreconocimiento de los ingresos ordinarios (incluyendoinformacin acerca de la oportunidad de la satisfaccin delas obligaciones de desempeo, la determinacin del preciode la transaccin, y la asignacin del precio de latransaccin a las obligaciones de desempeo).

    La entidad generalmente tiene que proporcionar esas revelaciones pero puedeelegir no proporcionar ninguna o todas las siguientes revelaciones: Una explicacin de por qu los mtodos usados para reconocer los ingresos

    ordinarios proporcionan una descripcin razonable de la transferencia de losbienes o servicios para el cliente.

    Para las obligaciones de desempeo satisfechas en un punto en el tiempo, losjuicios importantes usados en la evaluacin de cundo el cliente obtiene elcontrol.

    Los mtodos, inputs, y supuestos usados para determinar el precio de latransaccin, excepto que la entidad tenga que revelar los mtodos, inputs ysupuestos usados para valorar si el estimado de la consideracin variable tienerestricciones.

    Informacin acerca de la contabilidad de la entidad para loscostos para obtener o cumplir el contrato (incluyendo saldosde cuenta y mtodos de amortizacin).

    La entidad puede elegir no proporcionar esas revelaciones.

    Informacin acerca de las decisiones de poltica de laentidad (i.e., si la entidad us los expedientes prcticospermitidos por la ASU).

    La entidad puede elegir no proporcionar esas revelaciones.

    Adems, la entidad que no es pblica no est requerida a proporcionar las revelaciones adicionales requeridas para las entidades pblicas sobreuna base intermedia.

    19 FASB Accounting Standards Update No. 2013-12, Definition of a Public Business Entity An Addition to the Master Glossary.

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    Fecha efectiva

    La fecha efectiva para las entidades que no son pblicas son los perodos anuales de presentacin de reportes que comiencen despus dediciembre 15, 2017, y los perodos intermedios de presentacin de reportes dentro de los perodos anuales de presentacin de reportes quecomiencen despus de diciembre 15, 2018. Las entidades que no son pblicas tambin pueden elegir aplicar la ASU en cualquiera de lossiguientes:

    La misma fecha efectiva que para las entidades pblicas (perodos anuales de presentacin de reportes que comiencen despus dediciembre 15, 2016, incluyendo los perodos intermedios).

    Perodos anuales que comiencen despus de diciembre 15, 2016 (excluyendo los perodos intermedios de presentacin de reportes).

    Perodos anuales que comiencen despus de diciembre 15, 2017 (incluyendo los perodos intermedios de presentacin de reportes).

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    Esta es una traduccin al espaol de la versin oficial en ingls de Heads Up May 28, 2014 Volume 21, Issue 14 Revenue Standard Finally Recognized. Boards Issue Guidance on Revenue From Contracts With Customers Traduccin realizada por Samuel A. Mantilla, asesor de investigacin contable de Deloitte &Touche Ltda., Colombia, con

    la revisin tcnica de Csar Cheng, Socio Director General de Deloitte & Touche Ltda., Colombia.

    Deloitte se refiere a una o ms de las firmas miembros de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compaa privada del Reino Unido limitadapor garanta, y su red de firmas miembros, cada una como una entidad nica e independiente y legalmente separada. Una descripcindetallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembros puede verse en el sitio webwww.deloitte.com/about.

    Deloitte presta servicios de auditora, impuestos, consultora y asesoramiento financiero a organizaciones pblicas y privadas de diversasindustrias. Con una red global de firmas miembros en ms de 150 pases, Deloitte brinda sus capacidades de clase mundial y su profundaexperiencia local para ayudar a sus clientes a tener xito donde sea que operen. Aproximadamente 200.000 profesionales de Deloitte se hancomprometido a convertirse en estndar de excelencia.

    2014 Deloitte Touche Tohmatsu Limited.

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