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Mtnt$t&ño dei Amb$+nte OF.ORD.N. ::9 Ü$0 8 MAT: REMITE A TOMA DE RAZON D.S. N'107, DE 2018, DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE. ADJ.: Antecedentes SANTIAGO, B 6 FE3 2Ülg d"'\. ') t.,-' b .d/ q q, \ DE JAVIERAOLIVARESETEROVIC Subsecretaria(S) del Medio Ambiente A JORGEBERMÜDEZSOTO Contralor General de la República Por el presente, adjunto remito a usted para la toma de razón, el D.S. N'107, de 27 de diciembre de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara zona saturada por material particulado MP10, como concentración anual, y latente por MP10 como concentración diaria, a la provinciade Quillota y a las comunas de Catemu, Panquehue y Llaillay de la provincia de San Felipe de Aconcagua. Se adjuntan los antecedentes que se tuvieron a la vista para la dictación del decreto mencionado. Sin otro particular, saluda atentamente a usted )odel Medio Ambiente ARES ETEROVIC A Valparaíso © .Jurídica .Aire EMÍDOC- 15174 67

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Mtnt$t&ño dei

Amb$+nte

OF.ORD.N. ::9 Ü$0 8

MAT: REMITE A TOMA DE RAZON D.S.N'107, DE 2018, DEL MINISTERIO DELMEDIO AMBIENTE.

ADJ.: Antecedentes

SANTIAGO, B 6 FE3 2Ülg d"'\.

')t.,-' €b.d/ q

q,

\

DE JAVIERAOLIVARESETEROVICSubsecretaria(S) del Medio Ambiente

A JORGEBERMÜDEZSOTOContralor General de la República

Por el presente, adjunto remito a usted para la toma de razón, el D.S. N'107, de 27 dediciembre de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara zona saturada pormaterial particulado MP10, como concentración anual, y latente por MP10 comoconcentración diaria, a la provincia de Quillota y a las comunas de Catemu, Panquehue yLlaillay de la provincia de San Felipe de Aconcagua.

Se adjuntan los antecedentes que se tuvieron a la vista para la dictación del decretomencionado.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted

)odel Medio AmbienteARES ETEROVIC

A Valparaíso©.Jurídica.AireEMÍD OC- 151 74

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Repúb].ica de Chii-eMini.stereo de]. Medio Ambiente

DECÍ.ARA ZONA SATURADA POR MATERIAL

PARTICUIADO MPIO , COMO CONCENTRACION ANUAL ,Y LATENTE POR MAIO COMO CONCENTRACION

DIARIA, A LA PROVINCIA DE QUILLOTA Y A IASCOMUNES DZ CAVaMÜ, panQuanua Y Li,AiLLAV Dn

LA PROVINCIA DE SAN FELIPE DE ACOÑCAGUA.

Supremo N'

'tiago, Z 7 DÍC 2Ü18

visto: Lo establecido en Za Consta.LociónPolíti.ca de la Repúbli.ca de Chii-e, en susartículos 19 números 8 y 9, y 32 número 6; enla Ley NO 19.300, sobre Bases Generales delMedí.o Andi.ente, en sus artículos 2. letra u)y 43; en el Decreto Supremo (D.S.) N'59. de].998, de] Ministeli.o Secretaría Genera] de ].aPresi.dencia, que establece la Norma de CalidadPrimaria para Maten.al Particulado Respi.TableMP10; en e]. Decreto con Fuerza de Ley (D.F.L.)N' 2-18.715, de 1989. del Ministeri.o delInterior. que determina los límitesespecífi-cos de las provo.nci.as de] país; ]a ].eyN'20.368. de 2009. que crea la provo-noa deMarga- Marga y modifi.ca el territorio de lasprovo.ncias de Valparaíso y Qui.llora, en la Vregi-ón de Valparaíso; en el Decreto con Fuerzade Ley (D.F.L.) N' 3-18.715, de 1989. delMini.sten.o del Ingeri.or. que precisadelimi.Laci.ones de las comunas del país; en laResoluci.Ón Exenta NO 302. de 7 marzo de 2011,del Subsecretari.o del Medí.o Ambiente, quei.nstruye sobre modificaci.ones al proceda.mi.endode decí-arad.ón de zona saturada y latente, apartir de la entrada en vi.genda de la nuevaInsti-tucional i.dad Ambiental, moda.fi.cada por laResolución Exenta NO 422, de 2012. delSubsecretari.o del Medí.o Ambiente; en elMemorándum N'568/2018. del Jefe de la Didi,si.ónde Cali.dad del Ai.re. que solia.ta dar curso ala Declaración de Zona Saturada y Latente porMP10 y adjunta Informe Técni.co Cumplimiento deNorma de Calidad del Ai.re por MP10, Redes decalidad del aire i.nteri.or de Valparaíso,Región de Valparaíso, elaborado por laSuperintendenci.a del Medio Ambi.ente y elInforme Técni.co Declaración de Zona Saturadapor MP10 como concentrad.ón anual y Latente

CONTRALORIAGENERALTOMADO RAZON

NUEVARECEPCION

Con Oficio NO

DEPARA.JURIDtCO    DEP.T. R.

Y REGIS?nQ    

DEPARA.CQNTAB}L.

    BUBDEPTO.C.C6N?RAL

    8UB DEPTO.E,CUENTAN

    $UBDEPTO.

C.P.Ybt+n+# Nüe.

    DEPARA.

AUDITORÍA    

DEPARA.V.Q.P.. U. Y T.

    8UB DEPTO.

UUNICiP.    

      REFRENDACION

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por MP10 como concentrad-ón diaria. para ]a provo.nc]a de Qui.]].ota ylas comunas de Catemu, Panquehue y LlaiLlay de la provo.ncla de SanFelipe de Aconcagua, elaborado por la Secretaría Regional Mi.ni.sterialde]. Medí.o Ambi.ente. Regi.ón de Valparaíso y lo di.apuesto en laResolución NO 1.600, de 2008. de la Contraloría General de laKepública, y

CONSIDERANDO

I' Que. el objetó-vo de las normas primarias de cali.dad ambiental esla protecci.ón de la salud de las personas, y la declaración de zonasaturada es conde.ci.ón necesari.a para la elaboración de un plan dedescontaminación, i.nstrumento de desti.ón ambi.ental que tienen porfinali.dad recuperar los ni.velos señalados en las normas de cali-dadambiental en una zona saturada. Asumi.sma, la declarad.ón de zonalatente es conde.cien necesaria para la elaboraci.ón de un plan deprevención. i.nstrumento de gestión ambi.ental que tiene por finali.dadevitar la superaci-ón de los niveles señalados en las normas pri-maríasde ca].edad ambi.ental de una zona latente

2' Que. está vigente la Norma Pri.mari.a de Calidad Ambiental paraMaterial Particulado Respi.table MP10, contenida en el DS NO 59, de1998, modifi.cado por el DS NO 45, de 2001, ambos del Mi.ni.sten.oSecretan.a General de la Presidencia. que establece los estándares decalidad para el contame.nante mend.orado, en ci.endo cincuentamicrogramos por metro cúbico (150 pg/m3) y en cincuenta mi.crogramos pormetro cúbico (50 pg/m3), como concentrad.ón de 24 horas y anual,respectivamente

3' Que, en la provo-nci.a de Quillota y en las comunas de Catemu,Panquehue y L[ai.L].ay de ]a provincia de San Fe].i.pe de Aconcagua, seevaluó el cumplimi-endo de la norma de cali-dad de ai.re por MEIO, enonce estad.ones de monitoreo con representatividad poblaci.onal paraeste contaminante, según se deta]]a en e]. si.gui.ente cuadro:

Red Estación deMóñito=eo Resc>luci.ón: que : otorga EARP para MP10

Chagres

Catemu(El- Alrayán)

Reso].ración Exento N' 480 de]. 21 deEnero de 2002, de] Servi.ci,o de Sa].ud de

Aconcagua

Lo CampoReso].ración Exento N' 480 de]. 21 de

Enero de 2002. de] servi.cio de Sa].ud deAconcagua

Me].ón

[,a Ca].eraReso].ración N' 2695 de]. 30 de diciembrede 2004, de], Servicio de Saiud Viña de]

Mar - Qui]].ota

La CruzReso].ucíón N' 2695 de]. 30 de dia.embrede 2004. de] servicio de Sa].ud vi.ña de].

Mar - Qui].Iota

Rural.Reso].unión N' 2695 de] 30 de dice.embrede 2004, de]. Servi.cío de Saiud Viña de]

Mar - Quillota

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4' Que, la Superé.ntendenci.a de]. Medí.o Ambi.ente. estableció comoperíodo de análisis para la evaluaci.ón de la Norma Pri.mari.a de CalidadAmbienta[ para Materia]. Particulado Respi-table MP10, en su niveldi.ario y anual, para las estaciones que cuentan con representatividadpoblacional para dicho contaminante. el comprendí.do entre el I' deenero de 2015 y 31 de dia.embre de] 20].7

5' Que, el resultado de las medí.ci.ones efectuadas en dichasestad.ones de monitoreo de cali.dad del ail'e, validadas por laSuperé-ntendencia del Medí.o Ambi.ente, según consta de su InformeTécnico de Cumplimi.endo de Norma de Ca]idad de]. Aire por MP10, Redesde calidad del ai.re i.nterior de Valparaíso, Región de Valparaíso,permi.te concluir que para la norma di.aria de MP].0, se observó para losaños 2016 y 2017 concentrad.ones por sobre el 80% de la norma de 24horas en la estación Catemu, registrándose concentrad.ones de120 pg/m3N y 132 pg/m3N, respectivamente. lo que daría origen a unacondici.ón de latencia en la estad.ón de Catemu como concentracióna.Latía.

6' Que. con respecto a la evaluaci.ón de la Norma Primaria de CalidadAinbi.enta]. para MP10, medí.ante el cá]cu]o de]. promedio tri.anual (2015--2016--2017), se determi.nó que la norma anual fue superada en lasestad.ones de Catemu, La Caleta y La Cruz 2, con concentrad.ones de 72pg/m3N, 51 pg/m3N y 50 pg/m3N. respectivamente. Por otra parte, seved.fico un porcentaje superior al 80% de la norma anual en lasestad.ones de l,os Vientos con una concentrad.ón de 45 pg/m3N. Lo Campocon una concentrad.ón de 41 pg/m3N y Bomberos con una concentración de40 pg/m3N, lo que impli.ca además, una conde.ción de latencia para di.chocontame.nante

7' Que. por Ord No251, de 28 de junio de 2018. la Secretan.a Regi.oralMi.ni,sterial del Medí.o Ambi.ente. de la Región de Valparaíso, adjuntó el

Red ; : Estación:;;deMohjl:tóróó Resoluci.ón que otorga Eba.P para MP10

San lsi.dro -Nehuenco

Bomberos de 2004, del Servi.cio de Saiud Viña de]Mar - Qui.llora

La PalmaResoluci.ón N' 2697 del 30 de di.ciembrede 2004, del Servia.o de Salud Viña del

Mar - Qui].].ota

San PedroResoluci.de 2004, de]. Servia.o de Salud Viña de],

Mar - Quillota

La Cruz 2

Manzanas

Revolu 15 defebrero de 2008, de la SecretariaRegional Ministeria]. de Salud de

Va].paraísoResolución Exento N' 234 del :15 defebrero de 2008, de la Secretan.aRegional Mini.sterial de Salud de

Las Vegas   Resoluci.ón Exenta N' 278 del 8 de marzode 2007, de ].a Secretan.a Regional

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].nforme Técnico para Declarad.ón de Zona Saturada por MP10 comoconcentración anual y latente por MP10, como concentrad.ón diaria.para la provincia de Quillota y las comunas de Catemu, Panquehue yLlas.Llay de la provo.nci.a de San Feli.pe de Aconcagua. En dicho informese seña]a que ],os lími.tes geográficos del terri.tori.o propuestocorresponden al polígono que abarca el límite provincial- de Quillotaque se establece en el Decreto Fuerza Ley N' 2 de 1989. del Ministeriodel Ingeri.or. moda.fi.cedo por la Ley N'20.368. y los IÍmi.tes comunalespara Catemu, Panqueque y Llas.Llay, se establecen en eJ- Decreto FuerzaLey N' 3--18.715, de 1989. del Ministeri.o del ingeri.or. que prea.sadelimitaciones de las comunes del país.

8' Que. conforme lo di.spone el ina.so primero del artículo 43 de laLey NO 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, ladec[aración de una zona de] terri.todo como saturada o ].atente se harámediante decreto supremo que llevará la fi-rma del Ministro del MedioAmbiente y contendrá la determi-naci.ón prea.sa del área geográfica queabarca. L].evará además ].a fix-ma de]. Ministro de Salud, si se t.rata de]-a apb.cación de normas primarias de cali.dad ambi-ental

DECRETO

Artícu[o primero: Dec].árabe Zona Saturada por MEIO como concentraciónanual, a la provo.nci.a de Qui.llora y a las comunas de Catemu, Panquequey LlaiLlay, de la provo-nci.a de San Feli.pe de Aconcagua.

Artículo segundo: Declárase Zona Latente por MP10 como concentrad.(15ndian-a. a la provo.nci.a de Qui.llora y a las comunas de Catemu,Panqueque y Llas-Llay, de la provo.nci,a de San Felipe de Aconcagua.

Artículo tercero: Los lími.tes geográficos de las zonas saturada y[atente, a que hacen referencia ]os artícu]os precedentes, son ]-ossigue.entes:

a.Los límites de la Provo.noa de Quillota, corresponden a los queestablece el Decreto con Fuerza de Ley N'2-18715 de 1989 delMini.stell.o del Ingeri.or, modifi.cados por la Ley N'20.368. esto es:

Al Norte: la línea de cumbres que bmi.ta por el norte la boya del rioAconcagua, desde el cerro Alto Palos Quemados hasta el tri.gonométricocerro Negro, pasando por la cuesta del Melón y cerros Cuajo, Horquetay careta.

A[ Este: e] cordón de ]os cerros de Catemu, desde e]. tri.gonométricocerro Negro hasta la puntilla del Romeral, :junto al río Aconcagua,pasando por los trigonométricos Piedra del Gaucho y Caqui., cerro ElPorti[[o y trigonométri.co Greda; e]. río Aconcagua. desde ]a punta.]]ade[ Romera[ hasta [a punti[[a La Ca].avena; ]a ].mea de cumbresdi.vi.son.a secundari.a de aguas, desde la puntilla La Calavera. junto al

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río Aconcagua. hasta eJ- cerro El Roble. pasando por el trigonométricoReloj y el morro El Peumo; la línea de cumbres que li.mi.ta por el surla boya del río Aconcagua. desde el cerro El Roble hasta el cerroPunta-lla El Imán; y la línea de cumbres que li-mila por el ori.ente laboya del esfero Limache. desde el cerro Punta.lla El lmán hasta la cota2031, situada al noroeste del cerro Vizcacha. pasando por el cerro yportezue].o La Dormi.da .

Al Sur: la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del esferoLi.mache. desde ]a cota 2031 hasta e]- ].indero poni.ente del predioVa].paraíso (ro1 207-1), pasando por los cerros Chi-lcas y Tábanos,tri.gonométri.co cerro Chapa. cerro Vi.zcachas de Colliguay y morro delAlmud; el lindero poni.ente del predi-o Valparaíso, sur y poniente delos mundos Santa Ana (ro1 298-4) y La Gloria (ro1 298-1). desde lalínea de cumbres que ]imi.ta por e] sur ]-a hoya del- esfero Li.Hachehasta ].a ]ínea de cumbres que ]-i.mi.ta por el ori.ente la boya del- estirogranda. pasando por el tri.gonométri.co cerro Tres Puntas; la línea decumbres que ]-i.mila por e]- ori.ente ].a hoya del esfero Arando, desde el[indero poniente de[ fundo La G[ori.a hasta ]-a cota 328, de ]a cartadel Insti.Luto Geográfico Mi.li.tar 1:50.000; el lindero sur de lahi.juda Rulos del- Dorn.quero (ro1 332-7), desde la cota 328 hasta ellindero oriente del predi.o El Algarrobo (ro1 332--1); el linderooriente de[ predi-o E] A]garrobo, desde e] ]i.ndero sur de ]-a h]jue]aRulos del Dorn.quero hasta la línea de cumbres que li.mi.ta por el sur[a hoya de[ estero Limache; y ]-a ]ínea de cumbres que ]i.mi.ta por e]sur ]-a hoyo del- esfero Li.mache. desde el li.ndero ori.ente del predio ElAlgarrobo hasta el líndero poni.ente del predi-o El Algarrobo (ro1 332-

X[ Oeste: e] ]indero poni.ente de]. predio E]. A]garrobo, de ]a anti.guahacienda Limache, desde la línea de cambi'es que li.mila por el sur lahaya del esfero Li.Hache hasta el li.ndero norte del fundo La Higuera(ro1 5001-12); eJ- li-ndero norte del fundo La Hi.quera, desde el li.nderoponiente del predio EZ Algarroba hasta el deslinde oriente del antiguoCamino de Viña del Mar a ConcÓn por el Alto; di.cho deBIl.nde ori.ente,desde el lindero norte del fundo La Higuera hastla el deslinde sur dela faja fi.scal de la ruta i.nternaci.onal 60-CH; dicho deslinde surdesde el deslinde oriente del anti.guo cami.no de vi.ña del Mar a Concónpor el Alto hasta el li.ndero poniente del camino i.nteri.or de Concón aColmo; el li.ndero poniente del cami.no Interior de Concón a Colmo y elcamino de Colmo a Puchuncaví, por San Ramón. desde el desli.nde sur dela faja fiscal de la ruta i.nternaci.ojal 60-CH hasta la línea decumbres que limita por el norte la boya del río Aconcagua; la línea decumbres que ]-i-mila por el norte y poni.ente la haya del río Aconcagua.desde el cami.no de Colmo a Puchuncaví, por San Ramón, hasta el cerroAlto Palos Quemados, pasando por el trigonométrico Mauco de Aconcagua,cerros Asperor Alto del Francés y El Manzano, tri.gonométrico PiedrasTrepadas, cerro Alto de Yerbas Buenas, lomas El Li.ndero y LosFarallones, morro La Madera. loma Las Tupac y cerro El Arial

b.Los límites de las comunas de Catemu, Panqueque y LlaiLlay de laprovino.a de San Feli.pe de Aconcagua, se establecen en el DecretoFuerza Ley N' 3--18.715 de 1989, del Mi.ni.stereo del Interior. queprea.sa delimi.raciones de las comunas del país, estos son:

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Catenu

Al Norte: la línea de cumbres que bmi.ta por el norte la boya del ríoAconcagua, desde el tri.gonométrico cerro Negro hasta el cerroCalabaza. pasando por los cerros Chi.vako, El Sauce. Romero y Portales.

A]. Este: la línea de cumbres divisoria secundaria de aguas, desde elcerro Calabaza hasta la punta.lla Santa lsabel, junto al río Aconcagua,pasando por el trigonométrico cerro Tabaco, cerro Boli.ja,tri.gonométri.co cerro Calvari.o y cerro Copado.

Al Sur: e] rÍo Aconcagua. desde ]a punti]]a Santa ]sabe] hasta ]-apunta.]]a de Chagres; ]a ].mea de cumbres, desde la punta.lla de Chagreshasta e] tri.gonométri.co L]ai.]]ay; ]a ]-mea de cumbres, desde eltri.gométrico L]ai]]ay hasta ]-a puntilla La Escalerilla, junto a la].mea férrea de Llas.llay a Los Andes; la línea férrea de Llas.llay aLos Andes, desde la punta-lla La Escalerilla hasta el li.ndero orientedel predi.o Parcela 18 La Estancia-la (ro1 151-102); el lindero ori.entede los predi-os Parcela 18 La Estancó.lla (ro1 151-102), Parcela 19 LaEstancilla (ro1 151--103), Parcela 20 La Estancó-lla (roJ- 151--104)rProyecto parcelaci.ón la Estancó.lla (ro1 151-84) y La lsla (ro1 151-9),desde la línea férrea de Llaillay a l,os Andes hasta el río Aconcaguay el río Aconcagua. desde el li.ndero ori.ente del anti.guo fundo LaEstancó.]]a hasta ]a punta.]].a del Romeral

XI Oeste: el cordón de cerros de Catemu, desde la puntilla delRomeral, junto al río Aconcagua. hasta el trigonométrico Cerro Negro,pasando por el trigonométrico Greda. cerro El Porti.llo ytrigonométri.co Caqui y Pi-edu del Gaucho.

Panqueque

A[ Norte: e] río Aconcagua, desde ]a punta.]].a de Chagres, junto a] ríoAconcagua, hasta ].a puntilla El Piñón. junto al ci.Lado río.

Al Este: la línea de cumbres del cordón Colunquén, desde a punta-lla ElPeñón hasta el trigonométrico Colunquén.

XI Sur: la línea de cumbres desde el trigonométrico Colunquén hasta eltri.gonométri.co Llaillay, pasando por los cerros El Horno de Panqueque,La Parra. E]. Carbón y tri.gonométrico Bandurri.as.

Al Oeste: la línea de cumbres, desde el tri.gonométrico i.laillay hastala puntilla de Chagres, junto al río Aconcagua.

Llaillay

Al Norte: el río Aconcagua. desde la puntilla La Calavera hasta elllndero ori.ente del predi-o La lsla (ro1 151-9); el lindero ori-ente delos predi.os La lsla (ro1 151--9), proyecto parcelación La Estancilla(ro1 151-84), Parcel-a 20 La Estancilla (ro1 151-104), ParceJ-a 19 LaEstancilla (ro1- 151-103) y Parcela 18 La Estancilla (ro1 151-102)desde el río Aconcagua hasta la línea férrea de Los Andes a Llaillay;[a [ínea férrea de Los Andes a L]ai]].ay, desde e] ]indero oriente de]

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predio parcela 18 La Estancó.lla (ro1 151-102) hasta la puntilla LaEsca[eri.]]a; y ]-a ]ínea de cumbres, desde ]a punta.]]a La Esca]eri.]]ahasta el cerro Piedras Blancas, pasando p03- los tri.gométricos Llas.llayy Bandurri.as y por los cerros El Carbón. La Parra y El Horno dePanquehue

al Este: la línea de cumbres que li-nita por el poni.ente la boya delesfero Pocuro, desde el cerro Pi.edras Blancas, hasta la línea decumbres que bmi-ta por el sur la boya del río Aconcagua. pasando porlas colas 1646. 1428. 1547. 1559 y 1326 de la carta del InstitutoGeográfi.co Militar 1:50000.

Al Sur: la línea de cumbres que li-mi.ta por el sur la hoya del ríoAconcagua. desde la línea de cumbres que li.mila por el poniente lahoya deJ- esfero Pocuro hasta e] cerro E] Rob]e. pasando por ]-os cerrosBJ-anco y Los Mo]-]es, cuesta de]. Tapón, cerros Colorado Chico, LasVentanas y El Maqui y portezuelo de Caleu.

Al Oeste: la línea de cumbres di.visoria secundari.a de aguas, desde elcerro E[ Robie hasta ]a punti]]a La Ca],avena, junto a] río Aconcagua.pasando por el morro El Peumo y el trigonométri.co Reloj.

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