plan general de valdemanco - comunidad.madrid

66
PLAN GENERAL DE VALDEMANCO MARZO 2019 VOL 3. MEMORIA DE ORDENACIÓN DOCUMENTO DE AVANCE

Upload: others

Post on 24-Jul-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO

MARZO 2019 VOL 3. MEMORIA DE ORDENACIÓN

DOCUMENTO DE AVANCE

Page 2: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................... 1

2. EQUIPO REDACTOR .............................................................................................................................. 1

3. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD ....................................................................................................... 1

4. OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN ......................................................................................................... 2

5. JUSTIFICACIÓN DEL DIMENSIONAMIENTO ......................................................................................... 3

5.1. CRECIMIENTO DEMOGRÁFICO .................................................................................................... 3

5.2. PREVISIÓN RESIDENCIAL ............................................................................................................ 7

5.3. PREVISIÓN PRODUCTIVA ............................................................................................................. 8

5.4. PREVISIÓN EQUIPAMIENTOS ....................................................................................................... 8

6. ALTERNATIVAS PROPUESTAS A LA ORDENACIÓN ........................................................................... 10

6.1. CONSIDERACIONES PREVIAS .................................................................................................... 10

6.2. ALTERNATIVA CERO ................................................................................................................... 11

6.3. ALTERNATIVA Nº 1: CRECIMIENTO NULO ................................................................................. 12

6.4. ALTERNATIVA Nº 2: CRECIMIENTO HACIA EL SUR ................................................................... 15

6.5. ALTERNATIVA Nº 3: CRECIMIENTO RESTRINGIDO ................................................................... 17

6.6. RESUMEN COMPARATIVO ......................................................................................................... 19

7. ORDENACIÓN PROPUESTA ................................................................................................................ 20

7.1. JUSTIFICACIÓN DE LA ALTERNATIVA ADOPTADA ...................................................................... 20

7.2. ESTRUCTURA GENERAL ............................................................................................................. 21

7.3. MODELO URBANO ...................................................................................................................... 21

7.4. RED VIARIA E INFRAESTRUCTURAS .......................................................................................... 22

7.5. PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN ................................................................................................ 23

7.6. USOS PREVISTOS ....................................................................................................................... 27

8. CLASIFICACIÓN DEL SUELO .............................................................................................................. 28

8.1. SUELO URBANO.......................................................................................................................... 28

8.2. SUELO URBANIZABLE ................................................................................................................ 31

8.3. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN ............................................................................. 33

8.4. REDES PÚBLICAS ....................................................................................................................... 41

8.5. DIVISIÓN DEL SUELO ................................................................................................................. 45

9. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO DE GÉNERO ........................................................... 49

9.1. MARCO LEGAL ............................................................................................................................ 49

9.2. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ....................................................................................................... 49

9.3. PREVISIÓN DE EFECTOS ............................................................................................................ 52

Page 3: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

9.4. VALORACIÓN DEL IMPACTO ....................................................................................................... 53

10. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO EN LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA 54

10.1. MARCO LEGAL ............................................................................................................................ 54

10.2. ANÁLISIS DE SITUACIÓN ............................................................................................................ 54

10.3. PREVISIÓN DE EFECTOS ............................................................................................................ 55

10.4. VALORACIÓN DEL IMPACTO ....................................................................................................... 56

11. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO RESPECTO A LA ORIENTACION SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO ............................................................................................................................ 57

11.1. MARCO LEGAL ............................................................................................................................ 57

11.2. PREVISIÓN DE EFECTOS ............................................................................................................ 58

11.3. VALORACIÓN DEL IMPACTO ....................................................................................................... 58

12. ACCESIBILIDAD UNIVERSAL .............................................................................................................. 59

12.1. MARCO LEGAL ............................................................................................................................ 59

12.2. PREVISIÓN DE EFECTOS ............................................................................................................ 59

12.3. VALORACIÓN DEL IMPACTO ....................................................................................................... 60

13. MOVILIDAD SOSTENIBLE EN EL PLAN GENERAL ............................................................................. 60

14. CUADROS RESUMEN ......................................................................................................................... 60

14.1. COMPARATIVA NORMAS SUBSIDARIAS Y AVANCE DEL PLAN GENERAL ................................ 61

14.2. SUELO URBANO Y URBANIZABLE .............................................................................................. 62

14.3. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN ............................................................................. 63

Page 4: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

1. INTRODUCCIÓN La memoria de ordenación del documento de Avance del Plan General de Valdemanco contiene los aspectos más relevantes del modelo de ordenación y gestión que se propone para el municipio. Las determinaciones contenidas en el presente documento son fundamentales para la comprensión y definición del modelo territorial. 2. EQUIPO REDACTOR Este Documento de Avance del Plan General de Valdemanco ha sido redactado por el equipo técnico de Compás Consultores, Servicios Técnicos de Ingeniería, Arquitectura y Medio Ambiente, compuesto por:

- PABLO GARCIMARTÍN GARCÍA Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Especialidad en Urbanismo y Ordenación del territorio. Colegiado nº 17.802.

- NATALIA BAGÁN AZNAR Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Chartered Engineer. Master Sistemas de Energía y Medioambiente. Colegiada nº 24.489.

- CAROLINA ALONSO TORCAL Licenciada en Biología. Especialidad Ambiental. Colegiada nº 18.921-M.

- NATALIA SARRÍA URBÓN Ingeniero de Caminos Canales y Puertos. Especialidad en hidráulica y medioambiente. Colegiada nº 31.052

- ESTHER SÁNCHEZ RIOL Ingeniero de Caminos Canales y Puertos. Especialidad en Estructuras. Colegiada nº 33.943

- SARA ALLOZA MOLINOS Licenciada en Arquitectura y diseño de interiores. Especialista en GIS.

- MATÍAS ESTERAS MARTÍNEZ Técnico en delineación. Documentalista. 3. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD La normativa urbanística vigente en Valdemanco está constituida por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Valdemanco, aprobada definitivamente por la Resolución de 18 de febrero de 1998, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, relativa al cumplimiento de condiciones de revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Término Municipal de Valdemanco. Posteriormente se llevó a cabo una rectificación de error material detectado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Valdemanco, relativo al ámbito del espacio singular número 3

1

Page 5: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

en Suelo No Urbanizable, del Término Municipal de Valdemanco, promovida por el Ayuntamiento y aprobada mediante Resolución del 17 de septiembre de 1998. La Disposición Transitoria Tercera de la Ley 9/2001, de 17, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece en su apartado quinto que las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal aprobados definitivamente, deberán adaptarse en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de dicha ley. Resulta conveniente la adecuación del Planeamiento no solo a la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, sino a la legislación vigente en materia de protección ambiental, de protección del patrimonio histórico y protección de infraestructuras. Asimismo, se considera necesario revisar el planeamiento general para ajustarse a la situación actual y a las conclusiones extraídas del análisis y diagnóstico del desarrollo del planeamiento hasta la fecha. 4. OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN El Plan General de Valdemanco tiene por objeto el desarrollo de las funciones que para éste establece el artículo 41 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Para el correcto desarrollo de éstas funciones conforme a las necesidades urbanísticas y ambientales recogidas en este documento, se deben establecer una serie de objetivos generales:

- Establecer un crecimiento ordenado y compacto del núcleo urbano, conservando la calidad ambiental de su entorno.

- Proteger y promocionar los valores ambientales del municipio como motor de desarrollo.

- Consolidar una extensión comedida del núcleo urbano, priorizando el crecimiento en los huecos existentes entre los suelos urbanos consolidados. Dicha extensión deberá ser consecuente con la demanda de suelo y las características propias del municipio.

- Ampliar la superficie de suelos públicos para dotaciones culturales, educativas y de esparcimiento. En este sentido el Plan General pretende obtener los siguientes equipamientos nuevos:

o Dotacional para el impulso turístico del municipio como una de las principales actividades económicas del mismo.

o Equipamiento social tipo campamento que permita englobar valores educativos, ambientales y recreativos en un espacio cercano al núcleo urbano. Deberá servir tanto a actividades de los vecinos como para la atracción de un turismo responsable y concienciado con el medio ambiente.

- Promover el desarrollo de actividades comerciales e industriales de bajo impacto en áreas delimitadas que permitan una actividad económica acorde a la estructura poblacional del municipio.

2

Page 6: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- Establecer soluciones a la edificación ilegal en el municipio, ubicadas la mayor parte de ellas en zonas periurbanas y en la urbanización “La Hoya”, en Zona de Transición del PORN Sierra de Guadarrama.

5. JUSTIFICACIÓN DEL DIMENSIONAMIENTO 5.1. CRECIMIENTO DEMOGRÁFICO De acuerdo al análisis socio-económico llevado a cabo en la Memoria Informativa, la población de Valdemanco se había mantenido estable en torno a los 500 habitantes hasta el año 2004, cuando se produce un crecimiento demográfico importante, llegando casi a duplicar la población. Entre los años 2008 y 2014 se aprecia un estancamiento de la población, con un leve descenso posterior.

Evolución demográfica de Valdemanco. Fuente: Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid

En los últimos años la tendencia parece apuntar a un estancamiento de la población o a un crecimiento ligero pero sostenido, si se atiende a otros parámetros como las tasas de mortalidad y natalidad y el crecimiento vegetativo.

3

Page 7: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

PARÁMETRO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

Tasa Bruta de Natalidad 17,66 16,60 6,08 20,04 8,20 15,38 4,20

Tasa Bruta de Mortalidad 8,15 3,83 4,86 3,34 6,15 4,10 5,25

Crecimiento vegetativo por 1.000 hab. 9,51 12,77 1,22 16,70 2,05 11,28 -1,05

PARÁMETRO 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Tasa Bruta de Natalidad 10,29 10,54 8,35 4,12 1,08 8,78 6,55

Tasa Bruta de Mortalidad 4,12 3,16 7,31 2,06 10,85 5,49 5,46

Crecimiento vegetativo por 1.000 hab. 6,17 7,38 1,04 2,06 -9,76 3,29 1,09

Evolución histórica del Crecimiento vegetativo en Valdemanco. Fuente: Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

Se aprecian grandes variaciones en los diferentes años debido al bajo número de habitantes del municipio, si bien en términos generales resulta un crecimiento vegetativo positivo. Al analizar los datos disponibles en el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid desde el año 1985, el crecimiento vegetativo se sitúa en torno a 1,50, considerado un valor bajo. Otro factor a tener en cuenta en el estudio del crecimiento poblacional es el saldo migratorio:

MOVIMIENTOS MIGRATORIOS 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Altas 62,00 127,00 123,00 86,00 71,00 76,00 69,00

Bajas 45,00 52,00 72,00 79,00 77,00 67,00 83,00

Saldo migratorio 17,00 75,00 51,00 7,00 -6,00 9,00 -14,00

MOVIMIENTOS MIGRATORIOS 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Altas 56,00 65,00 49,00 54,00 57,00 64,00

Bajas 50,00 41,00 84,00 40,00 56,00 54,00

Saldo migratorio 6,00 24,00 -35,00 14,00 1,00 10,00

Evolución histórica de los Movimientos migratorios en Valdemanco. Fuente: Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

Este parámetro se comporta igual que los anteriores: grandes variaciones entre los distintos años, pero en una visión global el saldo migratorio resulta positivo, aunque bajo. En definitiva, los factores estudiados indican una leve tendencia al crecimiento de la población.

4

Page 8: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Además, los objetivos propuestos para el Plan General de Valdemanco pretenden, entre otros aspectos, impulsar la actividad económica del municipio, lo que lleva aparejado un aumento del empleo disponible y, como consecuencia, un aumento de población. Considerando los indicadores demográficos estudiados y los objetivos propuestos para la ordenación, se espera un crecimiento leve pero sostenido de la población. En las proyecciones de población existen distintos modelos de crecimiento, debiendo elegirse el que mejor se ajuste al ritmo de crecimiento de la población estudiada. Para la proyección de población en el municipio de Valdemanco se han estudiado los datos de población en los últimos 20 años, estableciéndose el año 2039 como año horizonte. De acuerdo a estos datos y a la previsión de crecimiento, la función que más se aproxima es del tipo potencial y responde a la siguiente expresión:

𝑦𝑦 = 448,89 ∗ 𝑥𝑥0,2716

Cabe destacarse que la fórmula adoptada, al ser asintótica ofrece una proyección poblacional conservadora, es decir presumiblemente algo más baja de lo esperable en un horizonte de 20 años. De acuerdo a esta función, la población prevista en los próximos años será:

PROYECCIÓN DE POBLACIÓN

AÑO x POBLACIÓN

2019 21 1.026

2020 22 1.039

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

Proyección de población

5

Page 9: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

PROYECCIÓN DE POBLACIÓN

AÑO x POBLACIÓN

2021 23 1.052

2022 24 1.064

2023 25 1.076

2024 26 1.088

2025 27 1.099

2026 28 1.110

2027 29 1.120

2028 30 1.131

2029 31 1.141

2030 32 1.151

2031 33 1.160

2032 34 1.170

2033 35 1.179

2034 36 1.188

2035 37 1.197

2036 38 1.206

2037 39 1.214

2038 40 1.223

2039 41 1.231

La población en el año 2039 con la proyección realizada asciende a 1.231 habitantes en el municipio de Valdemanco. El incremento de población previsto en el municipio desde el año 2018 (último censo disponible) al año 2039 es de 304 habitantes, un 32,8% más.

6

Page 10: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

5.2. PREVISIÓN RESIDENCIAL En el último Censo de Población y Vivienda realizado en 2011 por el Instituto Nacional de Estadística, el número de viviendas en Valdemanco se distribuye de la siguiente manera:

TIPO DE VIVIENDA Nº VIVIENDAS %

Vivienda principal 380 33,04 %

Vivienda secundaria 685 59,57 %

Vivienda vacía 80 6,96 %

Total 1.150 100 %

El porcentaje de viviendas de segunda residencia es elevado, representando un 60% del total de viviendas y un 64% respecto de las viviendas habitadas. Para determinar la ocupación media de las viviendas en Valdemanco se han empleado los datos disponibles en el citado Censo del año 2011, obteniendo los siguientes resultados:

TAMAÑO DEL HOGAR Nº HOGARES %

Hogar de 1 persona 120 31,58 %

Hogar de 2 personas 90 23,68 %

Hogar de 3 personas 75 19,74 %

Hogar de 4 personas 75 19,74 %

Hogar de 5 personas 20 5,26 %

Total 380 100 %

Con estas cifras se obtiene una media de 2,4 miembros por hogar en el año 2011, cifra acorde con el tamaño medio del hogar en España, situado en 2,49 personas por hogar. Considerando el crecimiento de población previsto de 304 habitantes, el número de viviendas principales nuevas asciende a 127. Debido a la relevancia en el municipio de las viviendas de segunda residencia, se valoran también las necesidades futuras de este tipo de viviendas. Para ello, se ha considerado que las proporciones entre viviendas principales y secundarias se mantendrán estables en el futuro, véase, un 36% de viviendas principales y un 64% de segunda residencia.

7

Page 11: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

TIPO Nº VIVIENDAS %

Residencia principal 127 36 %

Segunda residencia 226 64 %

Total 353 100 %

La demanda total prevista se establece en 353 viviendas. Teniendo en cuenta los 89 solares disponibles actualmente, se deberán construir al menos 264 viviendas nuevas. Este dato es de nuevo conservador, ya que interpreta por un lado que la demanda de segunda vivienda sea estable en el tiempo y por otro lado tiene en cuenta la ocupación completa de los solares disponibles actualmente. En conclusión, el Plan General que se proponga en este avance, deberá garantizar la creación de al menos, 264 nuevas viviendas. Este debe considerarse un mínimo a satisfacer por cada una de las alternativas a estudio. 5.3. PREVISIÓN PRODUCTIVA Como ya se indicó en la Memoria Informativa, el desarrollo económico del municipio de Valdemanco está condicionado por la distancia con la ciudad de Madrid, lo que dificulta la implantación industrial en el mismo. Sin embargo, se considera que debe preverse suelo para actividades productivas (comerciales e industriales), convirtiéndose en un apoyo al desarrollo residencial, que debe estar sustentado en una activación de la economía del municipio. Para el desarrollo industrial se estima necesario reservar una superficie mínima de 15.000 m2, debiendo situarse en un ámbito propicio para la implantación de industrias, a una distancia prudencial del núcleo urbano y con buenas comunicaciones. El desarrollo comercial se debe apoyar en la disposición de suelo suficiente (se estiman al menos 10.000 m2 y de calidad adecuada al uso (por ubicación y accesos). Las actividades comerciales deberán desarrollarse de forma compatible e integrada en las zonas residenciales. Se prevé la creación de empresas relacionadas con el turismo, medioambiente y prestación de servicios a la población residente. 5.4. PREVISIÓN EQUIPAMIENTOS El municipio de Valdemanco cuenta actualmente con una superficie destinada a equipamientos de 13.220 m2, cubriendo las necesidades de la población satisfactoriamente. Los distintos equipamientos de los que disfruta el municipio son los siguientes:

8

Page 12: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

TIPO DE EQUIPAMIENTO SUPERFICIE SERVICIO

Administrativo 182 m2 Ayuntamiento

Educativo 1.388 m2 Colegio, biblioteca, Casa de niños

Sanitario 2.735 m2 Consultorio local, cementerios actual y viejo

Cultural 486 m2 Iglesia, CAPI, Casa de la Cultura

Polivalente 877 m2 Viviendas sociales, Centro polivalente, Casa del

mayor

Deportivo 7.552 m2 Pabellón, campo de fútbol, pista deportiva y de

pádel

Las zonas verdes del municipio, incluyendo parques y jardines, bosques y espacios libres, ocupan actualmente 38.390 m2. La ordenación propuesta en este Plan General deberá contemplar la ampliación de suelos públicos para dar cumplimiento a los objetivos planteados. En concreto, se pretende obtener un equipamiento dotacional para el impulso turístico del municipio y un equipamiento tipo campamento para el desarrollo del turismo orientado al respeto del medio ambiente y de actividades de los residentes, de acuerdo a las demandas consistoriales. Para cubrir las demandas dotacionales futuras, se estima necesario reservar una superficie de, al menos, el 50% de la actual, resultando una superficie mínima de 6.610 m2. Además, habrá que prever la reserva de suelo para el equipamiento dotacional orientado al turismo descrito anteriormente, cuantificando esta superficie en, al menos, 15.000 m2. La previsión de suelo para usos dotacionales será de mínimo 22.000 m2, garantizando de esta forma los objetivos propuestos, así como completar y reforzar las dotaciones existentes. Las zonas verdes y espacios libres deberán determinarse de acuerdo a los condicionantes que establece el PORN de la Sierra de Guadarrama.

9

Page 13: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

6. ALTERNATIVAS PROPUESTAS A LA ORDENACIÓN 6.1. CONSIDERACIONES PREVIAS En este apartado se analizan las diferentes alternativas estudiadas durante el proceso de redacción de este Documento de Avance. Por una parte se realizará un análisis urbanístico, pero también de incidencia ambiental de las alternativas, que será reflejado en el documento de análisis ambiental del Avance. La Ley estatal 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental requiere la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente derivados del desarrollo del Plan General propuesto, así como de las diferentes alternativas, que deberán ser razonables, técnica y ambientalmente. Debe incluirse, entre otras, el estudio de la alternativa cero, entendiendo como tal la alternativa de no realización de un nuevo Plan. Las consideraciones que se han hecho, con carácter previo al establecimiento de alternativas, son relativas al cumplimiento de los objetivos urbanísticos fijados por la administración y el equipo redactor para este Plan General, y en consonancia con las prescripciones ambientales desarrolladas en el análisis ambiental del municipio. Dichos objetivos se recogen en el apartado anterior. Respecto a las alternativas de crecimiento del núcleo urbano, los espacios protegidos y las características topográficas y geográficas limitan y condicionan la planificación urbanística:

- El núcleo urbano se encuentra enclavado dentro de la Zona de Transición del PORN Sierra de Guadarrama, con las limitaciones de desarrollo que se establecen para este espacio ambientalmente sensible. La infraestructura ferroviaria es el límite sur de dicha Zona de Transición. Al norte los suelos tienen un mayor grado de protección. (Zona de Aprovechamiento Ordenado de los Recursos Naturales).

- Las vías pecuarias y el arroyo de Albalá son espacios protegidos que atraviesan el núcleo urbano condicionando a su vez los crecimientos anexos.

- La topografía y la calidad ambiental y paisajística de los terrenos circundantes, con amplias zonas de afloraciones rocosas y áreas boscosas no permiten crecimientos salvo que éstos sean limitados o incluso puntuales.

En este sentido, los crecimientos urbanos que se barajan, en términos básicos, estarán condicionados por:

- Completar la trama urbana existente con los suelos vacantes en la propia zona urbana y en sus bordes, con objeto de fomentar el carácter más urbano de estas áreas, protegiendo otras frente a crecimientos desordenados.

- Crecimiento hacia el Sur: permite salir de la zona de afección del PORN Sierra de Guadarrama, aunque cuenta con otras limitaciones como las vías pecuarias. La zona denominada “El Castillejo” y “La Zarzosa”, al Oeste del Arroyo del Albalá es la que presenta, a priori, menores condicionantes. En cualquier caso, la extensión al Sur supone romper con

10

Page 14: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

la barrera histórica que al crecimiento ha supuesto la vía férrea y presupone un plan urbanísticamente ambicioso.

- Crecimiento hacia el Norte: Los crecimientos al Noroeste del núcleo son los previstos como suelos urbanos no consolidados en las Normas Subsidiarias vigentes. Otros terrenos anexos contarían con las dificultades derivadas de encontrarse en el PORN Sierra de Guadarrama.

- Crecimiento hacia el Este: Queda limitado por la compleja orografía de la zona. Los desarrollos actuales y previstos (nuevo cementerio), marcan el límite del suelo urbano, sin posibilidad de crecimiento residencial alguno.

- Crecimiento hacia el Oeste. Igualmente se trata de una zona incluida en la Zona de Transición del PORN, además de presentar valores paisajísticos (roquedos) de gran valor ecológico. Sólo tienen potencialidad como futuros desarrollos las parcelas anexas a la urbanización de La Inmaculada.

- El Suelo Apto para Urbanizar SAU-3, situado en la denominada urbanización “La Hoya”, en el extremo Este del municipio, no presentan posibilidad de desarrollo conforme a los parámetros actuales. Se trata de una urbanización ilegal, ubicada en la Zona de Transición del PORN de la Sierra de Guadarrama, en la que la repercusión de los costes de urbanización (cesiones, aprovechamientos y coste de las infraestructuras) imposibilita su desarrollo.

La propuesta de ordenación que finalmente se desarrolle debe promover la consolidación del núcleo urbano existente, completando los espacios entre el casco antiguo y las urbanizaciones periféricas, respetando las zonas de afección de los diversos condicionantes ambientales e incluyendo medidas que atenúen los impactos propios del desarrollo. Asimismo, los desarrollos que se propongan se deben localizar sobre unidades ambientales que actualmente se encuentren antropizadas al estar en contacto con zonas urbanas consolidadas. Además son las zonas que poseen un menor valor ambiental. 6.2. ALTERNATIVA CERO La alternativa cero consiste en analizar el escenario urbanístico más probable en el caso de no ejecutarse ningún Plan General nuevo y continuar con el desarrollo de las actuales Normas Subsidiarias (NN. SS.) aprobadas en el año 1997. En primer lugar debe indicarse que la mayor parte del suelo previsto en las NN. SS. como Suelo Urbano No Consolidado y Suelo Apto para Urbanizar no ha sido desarrollado, por lo que existiría aún capacidad de crecimiento dentro del modelo actual. Se han analizado en el diagnóstico del plan actual las causas de esta situación que se puede resumir en:

- Los Suelos Urbanos No Consolidados (SUNC) se presentaban para su desarrollo mediante unidades de ejecución de tamaño medio y grande. La novedad del proceso de desarrollo del suelo durante los primeros años de vigencia de las NN. SS. y la crisis económica con posterioridad han condicionado el desarrollo de estos suelos. En la actualidad la disparidad

11

Page 15: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

en la relación entre el precio del suelo bruto y el precio de venta del m2 construido no deja margen a la promoción de vivienda.

Como se ha indicado en el diagnóstico, prácticamente no ha habido desarrollo de los suelos urbanos no consolidados recogidos en las actuales NN. SS., y las pequeñas modificaciones no se han producido mediante actuaciones sistemáticas.

- Los suelos urbanos no consolidados a desarrollar mediante actuaciones singulares intentaban integrar a pequeñas áreas ya edificadas mediante medidas para la obtención de viales y aprovechamientos monetarizados. Análogamente a las unidades de ejecución convencionales no se han desarrollado conforme a los objetivos del Plan. En la actualidad estos suelos son en la práctica suelos urbanos consolidados.

- Los denominados SAU-1 y SAU-2 tenían como objeto el completar el tejido urbano al sur y al oeste respectivamente del suelo urbano consolidado. Las razones de su inactividad en estos 20 años son básicamente las mismas que para el SUNC, a lo que se puede añadir el mayor tamaño de los sectores o la mayor complejidad del desarrollo en este tipo de suelo. En la actualidad su desarrollo está condicionado por su situación dentro de la Zona de Transición (ZT) del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama.

- El SAU-·3 y SAU-4, de usos prioritarios residencial e industrial respectivamente y ubicados en la zona denominada de “La Hoya” no tienen posibilidad de desarrollo al ser inviable económicamente tanto la obtención de las cesiones para infraestructuras como el propio coste de desarrollo de las mismas.

Asimismo y en un enfoque más general, la propia antigüedad de las NN. SS. vigentes, hace que el modelo urbano planteado hace más de 20 años necesite ser actualizado, ya que los factores demográficos, sociales, económicos y ambientales que configuran el municipio y su entorno han cambiado de manera reseñable. En conclusión, como ya se ha señalado en el diagnóstico de esta memoria, la situación de inactividad urbanística en la que se encuentra actualmente el municipio, con un planeamiento vigente obsoleto, hace inviable la opción de apostar por la alternativa “cero” no siendo una alternativa ni realista ni adecuada a los objetivos pretendidos por este Plan General. 6.3. ALTERNATIVA Nº 1: CRECIMIENTO NULO Una primera alternativa a estudio desarrolla el concepto de “crecimiento nulo” consistente en la desclasificación tanto del suelo considerado “urbanizable” de los sectores no desarrollados en los cuatro suelos aptos para urbanizar recogidos, como de aquellos suelos urbanos no consolidados agrupados en Unidades de Ejecución igualmente no desarrollados. Todo ello, teniendo en consideración que en los más de 20 años de vigencia de las NN. SS. no han recibido ninguna iniciativa para su puesta en marcha. Esta alternativa supondría el ajuste del proceso urbanizador al actual desarrollo quedando las expectativas de crecimiento reducidas a completar los espacios vacíos del suelo urbano, prescindiendo de actuaciones sistemáticas.

12

Page 16: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Las principales características de esta alternativa serían:

- Mejorar la futura calidad medioambiental del municipio, al aumentarse las zonas clasificadas como Suelo No Urbanizable y por evitar cualquier tipo de política orientada al desarrollo urbanístico. En contrapartida, y desde una óptica más realista, esta alternativa podría favorecer el desarrollo de edificaciones ilegales que den salida a la necesidad de suelo de un modo irregular.

- Dejar sin completar la trama urbana, ya que los desarrollos propuestos en las NN. SS. pretendían cerrar dicha trama que ahora quedaría dividida en zonas no continuas: Casco, urbanización Cerro Matallera, urbanización de La Inmaculada. El modelo urbano resultante sería irregular y de una calidad urbana inferior a la que pudiera generarse con desarrollos que completaran el núcleo urbano.

- Desaparece la oportunidad para la municipalidad de obtención de suelos e infraestructuras públicas mediante cesiones o aprovechamientos derivados de las transformaciones urbanizadoras, quedando incumplidos algunos de los objetivos de desarrollo propuestos para este Plan General.

En conclusión, esta alternativa persigue mantener el grado de desarrollo que ha marcado las últimas décadas en el municipio, sin apenas crecimiento alguno. Permitiría actualizar las normas urbanísticas, mejorando los mecanismos para el efectivo cumplimiento de la disciplina urbanística, y por otra parte renunciaría al cumplimiento de los objetivos urbanísticos del Plan General. Se incorpora plano de la alternativa a estudio.

13

Page 17: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

SUSTITUIR POR PLANO ALTERNATIVA 1

14

Page 18: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

6.4. ALTERNATIVA Nº 2: CRECIMIENTO HACIA EL SUR Esta alternativa surge del estudio de la capacidad para obtener suelos urbanizables que compensen la previsible pérdida en el futuro Plan General del carácter urbano o urbanizable de otros suelos más cercanos al núcleo urbano debido a los condicionantes impuestos por el PORN Sierra de Guadarrama. En este sentido, la consideración de suelo urbanizable no puede ser tenida más que por algunas zonas, relativamente pequeñas y ubicadas al Sur del actual núcleo urbano, en la franja de terreno comprendida entre las vías férreas (límite Norte) y la vía pecuaria “Cordel del Camino de Colmenar viejo” (límite Sur), según se indica en el plano de estudio de esta alternativa. El desarrollo de los suelos al Sur del casco urbano, presentaría las siguientes características:

- Permitiría la obtención de suelo finalista sin elevados costes de urbanización.

- Las principales parcelas ubicadas en estas zonas de desarrollo son municipales, lo que motivaría el empleo del sistema de cooperación y agilizaría los plazos de ejecución de estos sectores. Por otro lado, la financiación de los mismos quedaría condicionada a disponer de la financiación adecuada.

- La tipología de parcelas a obtener y las características periurbanas de las mismas son las más demandadas por los ciudadanos que valoran en estas zonas rurales en mayor medida el tipo de vivienda (preferiblemente unifamiliar aislada), que la cercanía al núcleo urbano.

- El desarrollo hacia al Sur, pese a ser la única zona con viabilidad ambiental y técnica para desarrollarse, y que puede compensar, al menos parcialmente, la desclasificación de suelo prevista en el nuevo Plan General, supone un crecimiento aislado del núcleo con comunicaciones viarias deficientes y que incumple los objetivos de desarrollo concentrado en los que incide el citado Plan.

Por otra parte, debe señalarse que este desarrollo al Sur del núcleo urbano con fines residenciales no es, en las actuales condiciones de demanda de vivienda en la zona, una necesidad para el cumplimiento de los objetivos urbanísticos del Plan General, ya que existen suficientes suelos vacantes en la trama urbana actual. Sí se incorpora la posibilidad de desarrollo de estos suelos para la obtención de los equipamientos locales de carácter social demandados desde el consistorio. Se incluye plano de la alternativa a estudio

15

Page 19: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

SUSTITUIR POR PLANO ALTERNATIVA 2

16

Page 20: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

6.5. ALTERNATIVA Nº 3: CRECIMIENTO RESTRINGIDO Esta tercera alternativa a estudio consiste en una combinación de los objetivos perseguidos por el Plan General con la realidad urbanística del municipio, cuyo crecimiento actual está limitado por las dificultades para desarrollar aquél, debido a los diferentes factores que ya han sido descritos anteriormente. Esta alternativa supondría el ajuste del proceso urbanizador previsto en las actuales NN. SS. a unas expectativas de desarrollo mucho más moderadas, quedando éstas reducidas a completar los espacios vacíos del suelo urbano y simplificando y reduciendo las actuaciones sistemáticas anteriormente existentes. Las principales características de esta alternativa serían:

- Completar la trama urbana. Los desarrollos propuestos en las NN. SS. ya pretendían cerrar dicha trama, que se considera técnicamente adecuada. Se propone el ajuste de las unidades de ejecución a la realidad transcurridos 20 años del anterior planeamiento. Se ajustará el tamaño de los ámbitos para facilitar su desarrollo.

- El modelo urbano resultante sería mucho más regular que el actual, con viales adecuados a la densidad urbana y propiciando circulaciones naturales y de la mínima complejidad posible.

- Se habilitan soluciones para las principales demandas indicadas por el municipio que son tanto la obtención de suelos para equipamientos como el poder dotar al municipio de suelo comercial.

- Proteger adecuadamente el entorno, declarando suelos no urbanizables de protección en el entorno urbano en la zona de transición del PORN de la Sierra de Guadarrama.

En conclusión, esta alternativa busca mantener un equilibrio entre el escaso crecimiento previsto para el municipio con la finalización de la trama urbana y la obtención de los suelos necesarios para la mejora de la calidad urbana del municipio. Asimismo se trata de una alternativa muy respetuosa con el entorno, verdadero valor diferenciador de Valdemanco frente a otros municipios. Se incorpora plano de la alternativa a estudio.

17

Page 21: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

SUSTITUIR POR PLANO ALTERNATIVA 3

18

Page 22: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

6.6. RESUMEN COMPARATIVO En el siguiente cuadro se hace un análisis cualitativo de las cuatro alternativas a estudio.

ALTERNATIVA AMBIENTAL TRAMA URBANA EQUIPAMIENTOS POTENCIAL

DESARROLLO IDONEIDAD

ALT. “CERO” *** ** * * *

ALT. Nº 1 CRECIMIENTO NULO **** ** * **** **

ALT. Nº 2 CRECIMIENTO SUR ** ** *** ** **

ALT. Nº 3. CRECIMIENTO RESTRINGIDO **** **** *** **** ****

19

Page 23: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

7. ORDENACIÓN PROPUESTA 7.1. JUSTIFICACIÓN DE LA ALTERNATIVA ADOPTADA Como se ha expuesto anteriormente, la situación de inactividad urbanística en la que se encuentra actualmente el municipio, con un planeamiento vigente obsoleto, hace inviable la opción de apostar por la alternativa “cero” no siendo una alternativa ni realista ni adecuada a los objetivos señalados para el Plan General. Se considera prioritario dotar al municipio de un nuevo instrumento de planeamiento adaptado a la legislación urbanística, medioambiental y sectorial, que responda con instrumentos adecuados a las demandas existentes de vivienda y a la vez permita obtener los suelos dotacionales necesarios. El modelo presentado como alternativa 1, “Crecimiento cero” persigue mantener el grado de desarrollo que ha marcado las últimas décadas en el municipio, sin apenas crecimiento alguno. Permitiría actualizar las normas urbanísticas y las consideraciones de carácter medioambiental para el suelo no urbanizable mejorando los mecanismos para el efectivo cumplimiento de la disciplina urbanística. Sin embargo, el no desarrollo que han tenido las NN. SS. se debe, en nuestro parecer, a lo inadecuado del instrumento y no a la ausencia de demanda. Por otra parte, asumir esta alternativa supondría renunciar al cumplimiento de los objetivos urbanísticos del Plan General. El modelo de la alternativa 2 “crecimiento sur”, por el contrario consigue cumplir plenamente con los objetivos del Plan General, pero con un coste ambiental y económico muy superior a otros modelos, por lo que se considera el menos viable de todos ellos. Los modelos planteados en las alternativas 1 y 2 se distinguen básicamente en la propuesta de suelo urbanizable, de modo que el número total de viviendas previstas (incluyendo también las correspondientes al Suelo Urbano No Consolidado) asciende a 1.772 viviendas en la Alternativa 1 y 982 viviendas en la Alternativa 2. La denominada alternativa 3 “crecimiento restringido”, mantiene un equilibrio entre el escaso crecimiento previsible para el municipio con la finalización de la trama urbana y la obtención de los suelos necesarios para la mejora de la calidad urbana del municipio. Asimismo se trata de una alternativa muy respetuosa con el entorno, verdadero valor diferenciador de Valdemanco. En conclusión, se considera que la alternativa 3 es la elección más adecuada, constituyendo una propuesta de crecimiento capaz de responder de la forma más ajustada a los objetivos del planeamiento y a la necesidad de vivienda derivada del crecimiento demográfico previsto. Asimismo, es acorde a los criterios de sostenibilidad en materia de protección medioambiental.

20

Page 24: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

7.2. ESTRUCTURA GENERAL El municipio de Valdemanco está configurado alrededor del eje vertebrador que supone la carretera M-610, a lo largo de la cual se conforma el núcleo urbano. La estructura general de Valdemanco está condicionada por varios factores. La orografía siempre ha supuesto un factor limitante en gran parte del municipio, dificultando el desarrollo. Por otro lado, la vía férrea Madrid-Burgos, que cruza el municipio con dirección aproximada oeste – este restringe el desarrollo sur del núcleo urbano, constituyendo una importante barrera. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama es otro elemento que condiciona el modelo territorial, afectando al Norte y al Este del municipio. Dentro de la zonificación que establece el PORN, en el municipio de Valdemanco se encuentran dos zonas: Zona de Transición y Zona de Aprovechamiento Ordenado de los Recursos Naturales. En el sur del municipio se localiza la zona medioambientalmente más antropomorfizada y con mayor peso industrial, debido a la existencia de tres explotaciones mineras de granito. El suelo destinado a uso residencial se localizará en el entorno del suelo urbano consolidado, para completar y cerrar el núcleo urbano. La zona industrial se prevé a una distancia suficiente del núcleo urbano y junto a la carretera M-610, garantizando una buena comunicación. Dentro del suelo urbano consolidado, se ha reservado un área para el desarrollo comercial compatible con el residencial, siendo esta una antigua demanda vecinal. Se plantea en una zona con buena accesibilidad por su cercanía a la carretera y en una situación idónea para complementar las actividades turísticas que se desarrollen en el municipio. Las infraestructuras de comunicaciones existentes en el municipio se consideran suficientes para el desarrollo previsto, dado que se ubica junto a suelo ya consolidado, siguiendo el eje de la carretera M-610. La alternativa seleccionada sigue un modelo territorial y urbanístico basado en el equilibrio entre el respeto al medio ambiente y el crecimiento económico del municipio, respetando las zonas con afecciones, creando un núcleo compacto de población y reservando espacio para actividades económicas. Todo ello vertebrado alrededor del principal eje viario del municipio, la M-610, así como del actual núcleo urbano de población. 7.3. MODELO URBANO El modelo urbano que se establece en esta propuesta de ordenación consiste en un desarrollo compacto del núcleo urbano, buscando en primer lugar colmatar la trama urbana existente y en segundo lugar ampliarla mediantes nuevas áreas residenciales de suelo urbano no consolidado o urbanizable sectorizado. Se ha tenido en cuenta especialmente la ausencia de afecciones sectoriales y medioambientales en los terrenos previstos para su desarrollo.

21

Page 25: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Este modelo urbano se estructura mediante la red supramunicipal de infraestructuras de comunicaciones viarias. La red viaria prevista en los nuevos ámbitos articulará estas zonas de desarrollo, conectándolas con el suelo urbano y con las redes supramunicipales (M-610), dando continuidad a los viales existentes en la trama urbana actual. El Plan General prevé los procedimientos a través de los cuales se llevará a cabo la transformación del suelo. En líneas generales, la ejecución del planeamiento se llevará a cabo mediante actuaciones integradas. Se ha optado por la delimitación de las unidades de ejecución sectores y ámbitos de actuación apoyándose tanto en las zonas anteriormente clasificadas por las NN. SS. y por los límites de propiedad existentes, con el objetivo de facilitar y agilizar la gestión urbanística de los nuevos desarrollos previstos. El Planeamiento incluye las determinaciones de ordenación pormenorizada para todos los ámbitos de suelo urbano no consolidado propuestos, debiendo para su desarrollo, elaborar los preceptivos proyectos de Reparcelación y Urbanización. Los suelos urbanizables deberán desarrollarse mediante la previa aprobación del correspondiente Plan Parcial. Asimismo, el Plan General señala el Sistema de Ejecución propuesto en cada una de las fichas correspondientes a los sectores y ámbitos de actuación propuestos. El Plan General fija como criterio general el Sistema de Compensación y la iniciativa privada para el desarrollo de los sectores y ámbitos de actuación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 de la ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. El sistema de cooperación se limita a sectores conflictivos por la extrema división del suelo o como alternativa en caso de la inacción de la iniciativa privada. En la Normativa Urbanística contenida en el presente Avance se establecen las Normas Generales para la Ejecución del Plan General, describiéndose de forma pormenorizada las determinaciones sobre gestión urbanística previstas para el desarrollo de los sectores y ámbitos de actuación propuestos. 7.4. RED VIARIA E INFRAESTRUCTURAS La red viaria propuesta en el Plan General complementa la red viaria existente, ampliándola para estructurar los nuevos desarrollos previstos. En términos generales, la red viaria municipal se encuentra en buen estado de conservación y se estima suficiente para las futuras demandas. En cualquier caso, el Plan General prevé la regularización de las alineaciones en algunos puntos concretos de la red existente, así como la continuación de la trama viaria en los nuevos desarrollos, garantizando la continuidad y la conexión con el resto del tejido urbano. Las redes relativas a otras infraestructuras como abastecimiento, saneamiento, electricidad, etc. se consideran con capacidad para cubrir las necesidades futuras. Por este motivo, la ordenación propuesta únicamente amplía las redes existentes para dotar de estos servicios a los desarrollos previstos.

22

Page 26: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

7.5. PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (Ley 9/2001) establece que el planeamiento general clasificará todo el suelo del término municipal en todas o algunas de las clases de suelo urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable de protección. En este Plan General se han empleado las tres clases de suelo que permite la ley. Dentro del Suelo urbano se distinguen dos categorías: suelo urbano consolidado y suelo urbano no consolidado:

En el suelo urbano consolidado se han establecido diez ámbitos de actuación, consiguiendo de esta forma un grado de urbanización adecuado. Se trata de pequeñas actuaciones que buscan completar la urbanización. No generan aprovechamiento lucrativo ni cesiones.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-1: Situado en la zona norte del casco antiguo, al Este del arroyo de Albalá. El objetivo es la ordenación integral de la zona norte del casco histórico, estableciendo una zona de transición natural entre la malla urbana y el Suelo No Urbanizable de Protección del Entorno Urbano, completando la red viaria. No se permitirá la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-2: Ubicado al Este del casco urbano, en la calle Medio Celemín. El objetivo de la actuación consiste en dotar al acceso al ámbito de actuación con unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-3: Ubicado al Este del casco urbano en la calle de las Malezas. El objetivo de la actuación consiste en dotar el acceso al ámbito de actuación con unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-4: Situado al Oeste del casco tradicional, en la calle El Caño, junto a la Unidad de Ejecución UE-3. El objetivo de la actuación es facilitar la construcción de un equipamiento social privado (residencia de mayores). Se prevé que la actuación complete la red viaria.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-5: Se encuentra al Oeste del casco antiguo, en la calle Real. El objetivo de la actuación consiste en completar los vacíos en la trama urbana. Permite completar la trama urbana. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-6: Situado a la entrada de Valdemanco, antes del cruce con la vía férrea, correspondiendo a la UE-S1 de las NN. SS. El objetivo de la actuación consiste en dotar al ámbito de actuación de un vial trasero que dé acceso a las viviendas existentes, con unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-7: Ubicado en la zona de la antigua estación, entre la avenida del Desvío y la vía del ferrocarril, en la parte más cercana al casco tradicional. El objetivo de la actuación consiste en dotar al ámbito de actuación de unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

23

Page 27: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-8: Situado en la zona de la antigua estación, entre la avenida del Desvío y la vía del ferrocarril, al Noreste del cementerio viejo. El objetivo de la actuación consiste en dotar al ámbito de actuación de unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-9: Se encuentra al Sur de la avenida del Desvío y al Este de la calle Navalengua, correspondiendo a parte del SAU-2 de las NN. SS. El objetivo de la actuación es completar la red urbana. No se permite la reparcelación.

- ÁMBITO DE ACTUACIÓN AA-10: Se ubica al final de la calle Peña del Cerro, en la urbanización de Cerro Matallera. Se corresponde con la UE-S4 de las vigentes NN. SS. El objetivo de la actuación consiste en dotar al ámbito de actuación de unas condiciones geométricas y un grado de urbanización adecuados. No se permite la reparcelación.

En el suelo urbano no consolidado se delimitan nueve unidades de ejecución, con el objeto general de crear un núcleo urbano compacto. La totalidad de estas unidades ya se recogían en las vigentes NN. SS. Se propone su gestión mediante unidades más pequeñas que faciliten su desarrollo.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–1: Unidad de ejecución de situada en la zona Norte del casco antiguo, al Oeste del arroyo de Albalá. Al igual que en las NN. SS. vigentes, tiene por objeto ampliar el casco urbano, cerrando el borde actual creando una transición del ámbito urbano al Suelo No Urbanizable con baja densidad de edificación. Engloba suelos pertenecientes tanto al AH-2 “Ensanche Casco” como al AH-4 “Urbanización Unifamiliar”.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–2: Unidad de ejecución de situada en la zona Noroeste del casco antiguo, entre la calle El Caño y la Unidad de Ejecución UE–1. Al igual que la UE–1, tiene por objeto cerrar el borde actual del núcleo urbano creando una zona de transición entre el ámbito urbano y el Suelo No Urbanizable mediante edificaciones de baja densidad. Del mismo modo, engloba suelos pertenecientes a las áreas homogéneas AH-2 “Ensanche Casco” y AH-4 “Urbanización Unifamiliar”.

Entre ambas unidades (UE–1 y UE–2) se completa una vía perimetral que enlaza las calles Callejuela y el Caño.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–3: Esta Unidad de Ejecución se encuentra al Oeste del casco tradicional, junto a la calle El Casar. Esta unidad de ejecución comprende una parte de la UE-2.1 de las NN. SS. El objetivo de esta unidad de ejecución es dar continuidad a la malla urbana entre el núcleo tradicional y el borde del suelo urbano. Esta unidad pertenece al área homogénea AH-4 “Urbanización Unifamiliar”.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–4: La unidad de ejecución UE–4 está situada en al Noroeste del casco antiguo, entre las calles El Casar y La Posadilla forma parte de la UE-2.2 de las NN. SS. Su objetivo es completar el casco urbano, creando un frente que delimite con el Suelo No Urbanizable. Esta unidad engloba suelos pertenecientes al AH-4 “Urbanización Unifamiliar”

24

Page 28: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–5: Esta unidad de ejecución está situada al Norte de la Avenida del Desvío, entre la calle la Posadilla y la UE–4. Esta unidad forma parte de la Unidad de ejecución 2.3 existente en las NN. SS. vigentes, y engloba suelos pertenecientes al AH-4 “Urbanización Unifamiliar”. El objetivo de esta unidad es la ampliación del casco urbano, dando continuidad a la malla urbana por la margen derecha de la Avenida del Desvío.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–6: Esta unidad de ejecución está situada al Sur del núcleo tradicional. Tiene por objetivo ordenar el espacio urbano que queda entre el casco urbano y las barreras naturales que forma el arroyo de Albalá, la línea del ferrocarril, y la calle El Cerrillo, creando un vial central que dé continuidad a la calle Las Pozas y comunique con la calle del Cerrillo y con los futuros sectores de Suelo Urbanizable. Esta unidad engloba suelos pertenecientes al AH-2 “Ensanche Casco”.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–7: Está situada en la zona de la antigua Estación de Ferrocarril, en la margen izquierda de la Avenida del Desvío, junto al Cementerio viejo. tiene por objeto regenerar el entorno de la estación dándole, al mismo tiempo, continuidad a la trama urbana por la margen izquierda de la Avenida del Desvío. Esta bolsa de suelo se reserva para un uso Dotacional, perteneciendo al AH-6 “Dotacional”.

- UNIDAD DE EJECUCIÓN UE–8: La unidad de ejecución UE–8 abarca una superficie amplia, delimitada por la Avenida del Desvío y las calle Ronda Matallera y Camino de Navalengua. Esta unidad que comprende parte del SAU-2 de las NN. SS., tiene por objetivo ampliar el suelo urbano evitando las discontinuidades urbanísticas en la margen izquierda de la Avenida del Desvío. Esta unidad engloba suelos pertenecientes al AH-3 “Urbanización Compacta”.

- UNIDADES DE EJECUCIÓN UE–9: La unidad de ejecución UE–9, situada en la parte Norte de la Urbanización Cerro Matallera forma parte de la antigua UE–S5. Esta unidad de ejecución tiene por objeto cerrar el borde exterior del suelo urbano por la parte Noroeste de la conocida Urbanización Cerro de Matallera. Engloba suelos pertenecientes al AH-4 “Urbanización Unifamiliar”.

En el Suelo urbanizable se contempla únicamente la categoría de Suelo urbanizable sectorizado, estableciendo seis sectores. Los tres sectores residenciales buscan completar la demanda de suelo residencial. Los sectores dotaciones proponen equipamientos demandados desde la municipalidad. El sector industrial incide en complementar la oferta de suelo.

- SECTOR SUZS SEC-1: Con un uso global residencial. Se encuentra al suroeste del casco antiguo, entre el Cordel del Camino de Colmenar Viejo, el arroyo de Albalá y la vía férrea. Se trata de una zona del SAU–1 recogido en las normas Subsidiarias vigentes. Completa el cierre perimetral del núcleo urbano. La superficie aproximada del sector es de 17.046 m2.

- SECTOR SUZS SEC-2: Uso global residencial. Se encuentra al suroeste del casco antiguo, colindante con el ya descrito SEC-1. En las normas Subsidiarias vigentes conformaba, junto con el citado SEC-1 el SAU–1. Se ha propuesto su división en dos sectores para facilitar su desarrollo. La superficie aproximada del sector es de 13.833 m2.

25

Page 29: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- SECTOR SUZS SEC-3: Uso global residencial. Se encuentra al oeste de la zona de urbanizaciones conocida como El Enclave y La Inmaculada en lo que sería la prolongación de las calles Mondalindo y Ronda Matallera. Su objetivo es cubrir la necesidad de vivienda adosada y pareada en parcelas de menores dimensiones, que por otro lado es la más demandada en el municipio. La superficie aproximada del sector es de 20.995 m2.

- SECTOR SUZS SEC-4: Uso global Equipamiento. Se encuentra al sur del núcleo urbano conectado mediante un paso sobre la vía férrea. Su objetivo será el cubrir las necesidades de equipamientos relacionados con la infancia, juventud y deporte para la instalación de campamentos permanentes. También es importante su relación con un turismo sostenible e integrador con el medio ambiente. La superficie aproximada del sector es de 19.392 m2.

- SECTOR SUZS SEC-5: Uso global Equipamiento. El objeto de este desarrollo es ampliar el actual cementerio y dotarlo de instalaciones complementarias como tanatorio y aparcamiento de un modo regulado. La superficie aproximada del sector es de 3.749 m2.

- SECTOR SUZS SEC-6: Con un uso global industrial. Se encuentra junto a la carretera M-610 en la zona denominada la hoya. Se trata de dar continuidad al SAU–4 recogido en las normas Subsidiarias vigentes. La superficie aproximada del sector es de 18.514 m2

Para el Suelo no urbanizable de protección se han establecido varias categorías, tanto por legislación sectorial como por el planeamiento, al valorar algún aspecto que se considera que debe preservarse. Las categorías de suelo no urbanizable de protección son las siguientes: - Vías pecuarias - Forestal - Cauces y riberas - Arqueológica - Embalses y Humedales - Infraestructuras - Entorno Urbano

- Dehesa Tradicional - Cultural - Ganadera - Natural - Paisajística - Industria extractiva

Las superficies clasificadas por el Plan General para cada tipo de suelo se indican a continuación.

CLASE DE SUELO SUPERFICIE (m2) %

Suelo urbano 679.001 3,82

Suelo urbanizable 93.529 0,525

Suelo no urbanizable de protección 17.015.599 95,655

Término municipal 17.788.129 100

En el apartado 8 de la presente Memoria de Ordenación se describen detalladamente los ámbitos, y los datos principales para cada tipo de suelo.

26

Page 30: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

7.6. USOS PREVISTOS A nivel territorial, la propuesta del presente Plan General distribuye las nuevas áreas de crecimiento asignándoles un uso global a cada Sector en Suelo Urbanizable Sectorizado y a cada Ámbito de Actuación en Suelo Urbano No Consolidado. Para fijar los usos propuestos por el Plan General se ha tenido en cuenta la distribución de los usos actuales, basada en un casco antiguo residencial con predominancia de vivienda unifamiliar en manzana compacta y zonas de ensanche (urbanizaciones) con predominancia del uso residencial en tipología unifamiliar, ya sea aislada o en hilera. Este Avance asigna un uso global residencial a ocho de las nueve unidades de ejecución propuestas para el Suelo Urbano No Consolidado propuestos), debido a su ubicación y capacidad para completar la trama urbana residencial de Valdemanco. Por otra parte, se ha asignado el uso global terciario a la Unidad de Ejecución en Suelo Urbano No Consolidado UE-7 junto a la carretera M-610. El carácter público de los terrenos (municipales y ADIF), asi como su excelente ubicación la hacen idónea para el impulso turístico y medioambiental que se pretende. Por otra parte, el Plan General propone para el Suelo Urbanizable Sectorizado los siguientes usos:

- Residencial para los sectores SUZS RES 1, 2 y 3. Los dos primeros albergarán los desarrollos más cercanos al actual núcleo con vivienda unifamiliar aislada. El tercero complementa las actuales urbanizaciones con predominancia de la edificación unifamiliar en hilera.

- Dotacional para los sectores SUZS DOT 4 y 5. Estos sectores desarrollarán la demanda de suelo para campamentos y la ampliación del cementerio municipal respectivamente. Ambos sectores serán de iniciativa pública.

- Industrial en el sector SUZS IND 6, junto a la carretera M-610 y dando continuidad a lo ya propuesto por las actuales NN. SS.

Respecto a los usos previstos en el Suelo No Urbanizable de Protección, se recoge en la Normativa del Plan General la regulación de los usos para dicha clase de suelo, que serán en todo caso compatibles con el objetivo de preservación de los valores naturales y culturales que han motivado su clasificación como Suelo No Urbanizable de Protección.

27

Page 31: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

8. CLASIFICACIÓN DEL SUELO Con el planeamiento propuesto, la totalidad del suelo del Término Municipal de Valdemanco estará adscrito a alguna de las clases y categorías de suelo, incluyendo aquellos espacios calificados como elementos integrantes de cualquier red pública de infraestructuras, equipamientos o servicios públicos. Las clases de suelos y categorías vienen definidas en el artículo 13 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, estableciéndose las siguientes clases y categorías de suelo:

- Suelo Urbano.

o Suelo Urbano Consolidado.

o Suelo Urbano No Consolidado.

- Suelo Urbanizable.

o Suelo Urbanizable Sectorizado.

- Suelo No Urbanizable de Protección.

o Vías Pecuarias.

o Forestal.

o Cauces y Riberas.

o Arqueológica.

o Embalses y Humedales.

o Infraestructuras.

o Entorno Urbano.

o Dehesa Tradicional.

o Cultural.

o Ganadera.

o Natural.

o Paisajística.

o Industria extractiva. 8.1. SUELO URBANO La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid establece, en su artículo 14, las condiciones que debe cumplir un suelo para que se considere Suelo Urbano. Con carácter general, se han incluido en el Suelo Urbano las zonas urbanizadas y consolidadas del planeamiento vigente, ampliando el límite establecido en las normas anteriores en aquellos suelos

28

Page 32: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

que se han visto consolidados por la edificación. Esta ampliación del suelo urbano, se produce fundamentalmente en los bordes de las bolsas de suelo urbanizable reservadas junto a la malla urbana que actualmente cumplen los requisitos establecidos por la Ley del Suelo para ser clasificados como urbanos. El suelo clasificado como urbano en la ordenación propuesta en el presente Plan General tiene una superficie total de 67,9 Ha, lo que supone un 3,82 % de la superficie del Término Municipal. Atendiendo a criterios de homogeneidad tipológica y funcional del Suelo Urbano de Valdemanco, éste se ha dividido en siete áreas homogéneas:

- AH-1: Casco Antiguo

- AH-2: Ensanche Casco

- AH-3: Urbanización Compacta

- AH-4: Urbanización Unifamiliar

- AH-5: Comercial

- AH-6: Dotacional

- AH-7: Zonas Verdes Dentro del suelo urbano se distinguen dos categorías, recogidas en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Suelo Urbano Consolidado y el Suelo Urbano No Consolidado. 8.1.1. SUELO URBANO CONSOLIDADO La Ley 9/2001, del Suelo, define como Suelo Urbano Consolidado el suelo urbano “integrado por los solares, así como las parcelas que, por su grado de urbanización efectiva y asumida por el planeamiento urbanístico, puedan adquirir la condición de solar, mediante obras accesorias y simultáneas a las de edificación o construcción”. En base a estos criterios, se incluyen dentro del Suelo Urbano Consolidado los suelos grafiados como tal en el Plano de Ordenación PO-1.2, con una extensión de 595.263,46 m2, lo que supone un 87,67 % respecto del total de suelo urbano. En el Suelo Urbano Consolidado se han establecido diez Ámbitos de Actuación, que tienen como objetivo dotar al suelo de un grado de urbanización adecuado. Las superficies establecidas en los ámbitos de actuación son las siguientes:

29

Page 33: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

USO PRINCIPAL

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS SUPERFICIE

TOTAL ZONAS VERDES / ESPACIOS LIBRES EQUIPAMIENTOS INFRAESTRUCTURAS

AA-1 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 338 m2 2.449 m2

AA-2 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 206 m2 1.446 m2

AA-3 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 470 m2 922 m2

AA-4 DOTACIONAL 0 m2 0 m2 777 m2 3.798 m2

AA-5 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 169 m2 2.108 m2

AA-6 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 715 m2 3.981 m2

AA-7 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 2.027 m2 16.994 m2

AA-8 RESIDENCIAL 706 m2 0 m2 1.135 m2 6.751 m2

AA-9 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 768 m2 7.582 m2

AA-10 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 425 m2 2.283 m2

Ámbitos de actuación en Suelo Urbano Consolidado 8.1.2. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO El suelo urbano no consolidado está “integrado por la restante superficie de suelo urbano y, en todo caso, la precisada de obras de urbanización a realizar en régimen de actuaciones integradas de ejecución del planeamiento, incluidas las de reforma interior, renovación, mejora urbana u obtención de dotaciones urbanísticas, que requieran de la distribución equitativa de beneficios y cargas”. Constituyen el Suelo Urbano No Consolidado los suelos así grafiados en el Plano PO-1.2, con una extensión de 83.737,35 m2, que supone un 12,33 % del total del Suelo Urbano clasificado en este Avance del Plan General de Valdemanco. En el Avance del Plan se delimitan un total de nueve unidades de ejecución dentro del Suelo Urbano No Consolidado. Al igual que se establecía en las Normas Subsidiarias vigentes, estas unidades de ejecución tienen por objeto dar continuidad a la malla urbana creando un núcleo compacto. Las superficies definidas en las unidades de ejecución anteriormente descritas se especifican a continuación:

30

Page 34: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

UNIDAD DE EJECUCIÓN

USO PRINCIPAL

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS SUPERFICIE

TOTAL ZONAS VERDES / ESPACIOS LIBRES EQUIPAMIENTOS INFRAESTRUCTURAS

UE - 1 RESIDENCIAL 0 m2 400 m2 1.300 m2 10.200 m2

UE - 2 RESIDENCIAL 0 m2 853 m2 1.635 m2 13.857 m2

UE – 3 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 604 m2 2.987 m2

UE – 4 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 1.775 m2 11.779 m2

UE – 5 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 1.634 m2 10.247 m2

UE – 6 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 1.241 m2 3.601 m2

UE – 7 DOTACIONAL 0 m2 3.218 m2 0 m2 3.218 m2

UE – 8 RESIDENCIAL 500 m2 0 m2 1.726 m2 11.457 m2

UE – 9 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 2.378 m2 16.391 m2

Unidades de ejecución en Suelo Urbano No Consolidado 8.2. SUELO URBANIZABLE La condición de suelo urbanizable viene definida por el artículo 15 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que dice lo siguiente:

“Tendrán la condición de suelo urbanizable los terrenos que el planeamiento general adscriba a esta clase de suelo, mediante su clasificación, por no proceder serlo a las clases de suelo urbano y no urbanizable de protección, y podrá ser objeto de transformación, mediante su urbanización o cualquiera de las otras formas previstas en la presente Ley, en las condiciones y los términos que dicho planeamiento determine, de conformidad con las Normas que reglamentariamente se establezcan.”

Asimismo la Ley diferencia dos categorías primarias de suelo urbanizable, sectorizado y no sectorizado. Se justifican ambos a continuación: El Plan General de Valdemanco no clasifica suelo urbanizable no sectorizado, ya que el modelo de desarrollo elegido es muy limitado y estricto con los crecimientos previstos, por lo que no se considera necesario el disponer de suelo para futuros desarrollos. El suelo urbanizable sectorizado, según indica la Ley 9/2001, es el integrado por los terrenos que el planeamiento general prevea expresamente que deben transformarse en suelo urbano y que, a tales efectos, se dividen en recintos denominados sectores. Se divide en seis sectores conformando una única área de reparto, tres de ellos con uso global residencial, dos para equipamientos y otro sector industrial en la zona de la Hoya, junto a la carretera M-610, en el tramo de Valdemanco a La Cabrera.

31

Page 35: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

La superficie del Suelo Urbanizable Sectorizado Previsto en el Avance del Plan General es de 93.527,37 m2, que supone un 0,525 % de la superficie total del Término Municipal. A continuación se definen las superficies previstas en los sectores:

SECTOR USO PRINCIPAL

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS SUPERFICIE

TOTAL ZONAS VERDES / ESPACIOS LIBRES EQUIPAMIENTOS INFRAESTRUCTURAS

SEC RES–1 RESIDENCIAL 0 m2 500 m2 1.792 m2 17.046 m2

SEC RES–2 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 2.317 m2 13.833 m2

SEC RES–3 RESIDENCIAL 0 m2 0 m2 4.884 m2 20.995 m2

SEC DOT–4 DOTACIONAL 0 m2 19.392 m2 0 m2 19.392 m2

SEC DOT–5 DOTACIONAL 0 m2 3.252 m2 497 m2 3.749 m2

SEC IND–6 INDUSTRIAL 1.250 m2 500 m2 696 m2 18.514 m2

Sectores de Suelo Urbanizable El régimen urbanístico de aplicación se define en el artículo 23 de la Ley 9/2001. Para el desarrollo del suelo urbanizable sectorizado se requerirá la aprobación del Plan Parcial que lo desarrolle, salvo en los sectores para los cuales el Plan General establezca las determinaciones de ordenación pormenorizada, así como el Proyecto de Reparcelación y el Proyecto de Urbanización. Se realizará la equidistribución de beneficios y cargas, conforme a lo legalmente establecido, y se efectuarán las cesiones de suelo público, así como la cesión del 10 % del aprovechamiento lucrativo al Ayuntamiento.

SECTOR SUPERFICIE TOTAL SUPERFICIE EDIFICABLE SUPERFICIE EDIFICABLE HOMOGENEIZADA

SEC RES–1 17.046 m2 7.377 m²c 7.377 m²uc

SEC RES–2 13.833 m2 5.758 m²c 5.758 m²uc

SEC RES–3 20.995 m2 12.889 m²c 11.600 m²uc

SEC DOT–4 19.392 m2 9.696 m²c 3.394 m²uc

SEC DOT–5 3.749 m2 1.626 m²c 569 m²uc

SEC IND–6 18.514 m2 8.034 m²c 4.820 m²uc

TOTAL 93.529 m²c 45.379 m²c 33.517 m²uc

32

Page 36: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

El Avance del Plan General define una única Área de Reparto formada por la totalidad de los suelos urbanizables sectorizados. El Aprovechamiento Unitario de reparto del conjunto del suelo urbanizable sectorizado será de 0,36 m²uc /m²s expresado en uso residencial unifamiliar. 8.3. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN Para la clasificación del Suelo No Urbanizable de Protección se cumple lo establecido en el artículo 16 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que dice lo siguiente:

“Tendrán la condición de suelo no urbanizable de protección los terrenos en que concurran alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que deban incluirse en esta clase de suelo por estar sometidos a algún régimen especial de protección incompatible con su transformación de acuerdo con el planeamiento regional territorial o la legislación sectorial, en razón de sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales o culturales, de riesgos naturales acreditados en el planeamiento sectorial, o en función de su sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público.

b) Que el planeamiento regional territorial y el planeamiento urbanístico consideren necesario preservar por los valores a que se ha hecho referencia en el punto anterior, por sus valores agrícolas, forestales, ganaderos o por sus riquezas naturales.”

De acuerdo con esto, se establece la clasificación del SNUP por legislación sectorial y por planeamiento. Los primeros atenderán a las correspondientes leyes, mientras que los segundos serán objeto de protección por algún valor que considere el planeamiento. Las categorías de suelos no urbanizables de protección por legislación sectorial son:

- Vías pecuarias (SNUP–VP).

- Forestal (SNUP–FOR)* Incluye Montes preservados y otros recursos forestales definidos por el planeamiento.

- Cauces y riberas (SNUP–CR)* Incluye las áreas delimitadas por el Dominio Público Hidráulico y su zona de servidumbre, así como otras zonas de interés para la protección de las riberas definidas por el planeamiento.

- Arqueológica (SNUP–ARQ).

- Embalses y Humedales (SNUP–EH).

- Infraestructuras (SNUP–INF).

Las categorías de suelos no urbanizables de protección de planeamiento propuestas son:

- Entorno Urbano (SNUP–EU).

- Dehesa Tradicional (SNUP–DT).

- Cultural (SNUP–CUL).

33

Page 37: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- Ganadera (SNUP–GAN).

- Natural (SNUP–NAT).

- Paisajística (SNUP–PA).

- Industria extractiva (SNUP–IE). 8.3.1. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE VÍAS PECUARIAS (SNUP–VP) Las vías pecuarias que atraviesan el municipio de Valdemanco se encuentran reguladas por la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, debiéndose atender a lo dispuesto en dicha ley para cualquier actuación en los terrenos afectados. En el término municipal se encuentran 20 vías pecuarias, incluyendo descansaderos y pastos. Las principales vías pecuarias son la Cañada Real Segoviana, el Cordel de la Pesquera y el descansadero-abrevadero en Sitio Tinado y Casilla de Jaramala. En la siguiente tabla se pormenorizan todas las vías pecuarias del término municipal, así como su la longitud aproximada que discurre por el mismo:

VÍA PECUARIA CÓDIGO LONGITUD

Cañada Real Segoviana 2815801 2.900 m

Colada del Camino de Lozoyuela 2815802 700 m

Colada de la Fuente 2815803 810 m

Colada del Camino de Bustarviejo 2815804 540 m

Cordel de la Pesquera 2815805 3.800 m

Cordel del camino de Colmenar Viejo 2815806 3.500 m

Cordel de los Zarzosos 2815807 600 m

Colada de Penibañez 2815808 3.100 m

Vereda de Navalengua 2815809 700 m

Cordel del Arroyo Carreras 2815810 900 m

Descansadero y Abrevadero en Sitio Tinados y Casilla de Jaramala 2815811 -

Cordel del Camino a Torrelaguna y Navalafuente 2815812 2.810 m

Cordel de la Fraguela 2815813 2.650 m

Cordel de Jaramala 2815814 900 m

34

Page 38: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

VÍA PECUARIA CÓDIGO LONGITUD

Cordel del Arroyo de Albalá 2815815 1.600 m

Cordel del Narrillo 2815816 1.950 m

Colada de la Carretera de Cabanillas de la Sierra 2815817 520 m

Cordel de los Llanillos 2815818 1.100 m

Cordel de la Carretera de la Cabrera 2815819 2.400 m

Cordel del Puente del Terrero 2815820 1.200 m

Vías Pecuarias, forman el SNUP-VP 8.3.2. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN FORESTAL (SNUP–FOR) Esta categoría engloba tanto los suelos clasificados como montes preservados por la legislación autonómica como otros suelos de vocación forestal del municipio que han sido tomados en consideración para dotarlos del mismo grado de protección, como resultado de la evaluación ambiental estratégica. Los montes preservados están definidos en el artículo 20 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid. Estos terrenos se atendrán a lo indicado en la citada ley para cualquier actuación que les afecte. Dentro del término municipal se encuentran dos masas arbóreas, arbustivas y subarbustivas de encinar, alcornocal, enebral, sabinar, coscojal y quejigal que dan lugar a su clasificación como Montes Preservados, según el anexo cartográfico de la Ley 16/1995. El Plan General propone la ampliación de estas masas hasta sus límites físicos actuales:

- La masa forestal de la zona denominada “Los Canchos” se amplía incluyendo zonas limítrofes al oeste del monte preservado.

- La masa forestal de la zona denominada de “La Fraguela” se amplía sustancialmente tanto al sur como al este del monte preservado y hasta el límite del término municipal.

Asimismo y ya dentro del PORN “Sierra de Guadarrama” se clasifican otras dos áreas de protección forestal:

- Una masa forestal de pino silvestre y resinero que cruza la sierra norte desde los 1.300 metros de altitud en la zona de la Peña de las cabras hasta los 1.750 m.s.n.m en la zona superior de la peña del Viso.

- Un melojar en la zona del prado de las lagunillas, al sur de la Cañada Real Segoviana a una cota media entrono a los 1.250 m.s.n.m.

35

Page 39: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

8.3.3. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE CAUCES Y RIBERAS (SNUP–CR) Incluye los terrenos del suelo no urbanizable de protección sectorial ocupados por los cauces y riberas de los ríos y arroyos que atraviesan el término municipal y que conforman el Dominio Público Hidráulico. Su regulación está sometida a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Asimismo, se han incluido dentro de esta categoría terrenos limítrofes a éstos que el planeamiento ha estimado proteger dentro de la misma categoría debido a su valor como entorno de ribera y por su vegetación asociada. Esta ampliación se encuentra principalmente en el encuentro de los arroyos de Albalá, El Molino y Carreras, al sur del casco urbano de Valdemanco. Con la citada ampliación se busca el preservar los ecosistemas vegetales y faunísticos de estas zonas y potenciar la conservación del medio hídrico eliminando los riesgos que pudieran por actuaciones antrópicas. 8.3.4. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA (SNUP-ARQ) Incluye los terrenos del suelo no urbanizable de protección especial que ostentan valores culturales susceptibles de ser protegidos, como los yacimientos arqueológicos, los Bienes de Interés Cultural y sus entornos de protección. Su regulación estará sometida a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en la Ley 3/2013, de 18 de Junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Los yacimientos inventariados por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, se indican a continuación:

DENOMINACIÓN CÓDIGO INTERÉS SUPERFICIE

Los Navazales 1 CM/0158/001 Arqueológico, Paisajístico 2.972 m2

Los Navazales 2 CM/0158/002 Arqueológico, Paisajístico 6.870 m2

Peñascal de las Malezas CM/0158/003 Arqueológico 22.315 m2

Peña del Hierro CM/0158/004 Arqueológico 13.722 m2

Laderas del Buitre CM/0158/005 Arqueológico 2.016 m2

Peña del Tejo CM/0158/006 Arqueológico 5.102 m2

Yacimientos arqueológicos que forman el SNUP-ARQ

36

Page 40: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

8.3.5. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE EMBALSES Y HUMEDALES (SNUP-EH) Se incluyen en esta categoría los terrenos protegidos en la legislación sectorial como embalses y zonas húmedas. En esta categoría se encuentra la denominada “Laguna de Valdemanco”. Este humedal se encuentra catalogado como de interés regional por su valor faunístico y botánico, al amparo de la Ley 7/1990, 28 de Junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas. Asimismo aparece en el Catálogo de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de Madrid, en el Inventario Nacional de Zonas Húmedas y en el Inventario Español de Lugares de Interés Geológico. La laguna se encuentra situada en el Sureste del término municipal de Valdemanco a 1.055 m de altitud, en las coordenadas UTM 445739, 4522882. Está incluida dentro de la cuenca hidrográfica del río Tajo y dentro de la subcuenca del río Guadalix. Presenta una superficie máxima de 1,28 Has, un perímetro de 566 metros, una longitud máxima de 250 metros, una anchura máxima de 80 metros y una profundidad máxima de 1 m. Se trata de un humedal natural cuyo origen está en el drenaje impedido por la presencia de un escalón basal asociado a un resalte rocoso. La litología de la cubeta está formada por arena, limos y roca granítica. Desde el punto de visa hidrológico se trata de una laguna epigénica sin ningún cauce fluvial asociado, siendo los principales aportes que recibe por escorrentía superficial. Es una laguna temporal que mantiene agua durante buena parte del año. La poca profundidad de la cubeta y la buena calidad del agua que recibe hacen que ésta se mantenga adecuadamente oxigenada durante todo el año. La laguna presenta en general un buen estado de conservación, si bien muestra una ligera alteración de la cubeta en su orilla Este, producida por el tránsito de vehículos. Los aspectos más destacables son el buen desarrollo de la vegetación acuática que se distribuye por todo el fondo de su cubeta, lo que unido a la buena calidad de sus aguas hace que se constituya como un refugio idóneo para muchos organismos acuáticos. El uso actual de esta zona es de tipo recreativo y ganadero. 8.3.6. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS (SNUP-INF) Se incluyen en esta categoría los terrenos de las infraestructuras de comunicación que discurren por el municipio: carreteras de la red de la Comunidad de Madrid y la línea de ferrocarril Madrid-Burgos. Las carreteras que discurren por el T.M. de Valdemanco son:

- Carretera M-610 “La Cabrera- Miraflores de la Sierra”. Esta carretera forma uno de los ejes principales del municipio, ya que une el núcleo urbano con Bustarviejo y con La Cabrera, atravesando el término municipal en dirección Sureste–Noroeste.

El núcleo urbano se ha extendido a lo largo de la misma con las urbanizaciones de Cerro Matallera y La Inmaculada o el Enclave.

37

Page 41: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

También junto a la M-610, se desarrolló una urbanización irregular conocida como La Hoya, que las vigentes NN. SS. recogen como SAU-3 y que en el presente Avance del Plan pasa a ser Suelo No Urbanizable, aunque se reserva una pequeña bolsa de suelo de Uso Industrial.

- Carretera M-631 de Cabanillas de la Sierra a Bustarviejo (M-610). Esta carretera discurre por el Sur del Termino Municipal, en una longitud de unos 1.200 m.

- Carretera M-633 de Cabanillas de la Sierra a Valdemanco (M-610). Esta carretera conecta Valdemanco (desde la M-610) con el núcleo urbano de Cabanillas de la Sierra. Discurre en dirección Sureste-Norte.

Los terrenos correspondientes a carreteras están regulados por la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. En los artículos 30 y 31 se establecen las zonas de dominio público y de protección y para cualquier actuación sobre estas zonas se estará a lo dispuesto en dicha ley:

“Son de dominio público los terrenos ocupados por las carreteras y sus elementos funcionales y una franja de ocho metros en autopistas y autovías, y tres metros en el resto de las carreteras, medidas horizontal y perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exterior de la explanación. […]

En los tramos de carreteras que discurran por suelo urbano consolidado, será de dominio público la franja de terreno existente hasta las alineaciones que fije el planeamiento. En caso de no existir alineaciones fijadas, la franja de dominio público será la establecida en el párrafo primero de este apartado (tres metros).”

La línea de ferrocarril Madrid-Burgos, titularidad de ADIF, atraviesa el término municipal desde el Sureste hasta el Norte. Esta línea de ferrocarril fue ejecutada en el siglo XX y actualmente se encuentra en desuso. En los terrenos afectados por la línea de ferrocarril Madrid-Burgos se está a lo dispuesto en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. 8.3.7. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DEL ENTORNO URBANO (SNUP-EU) En esta categoría se engloban ciertas zonas no urbanizables que se encuentran en el entorno suelo urbano y que por esta condición de cercanía, pueden verse alteradas por desarrollos de edificaciones irregulares o ilegales. Son zonas fuertemente antropomorfizadas y con cierta vocación urbana. La protección propuesta consiste, precisamente, en la limitación casi completa de la capacidad para edificar, con el objeto de evitar la construcción ilegal y para facilitar la acción de la disciplina urbanística. Asimismo esta protección también conduce a la ejecución del planeamiento sistemático previsto.

38

Page 42: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Todos los terrenos de esta categoría de suelo están incluidos dentro de la Zona de Transición del PORN Sierra de Guadarrama, salvaguardándose especialmente los terrenos situados entre las vías pecuarias del camino de Bustarviejo y la Fuente y los desarrollos de Suelo Urbano no Consolidado ubicados al norte del casco urbano. 8.3.8. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN DE LA DEHESA TRADICIONAL (SNUP-DT) Se incluyen dentro de esta categoría una serie de suelos de gran valor ambiental caracterizados por ser bosques adehesados formados principalmente por masas de fresnos y melojos. Estas zonas de dehesa tienen una destacada tradición ganadera, con gran importancia en el mantenimiento del sector primario en la zona, siendo éste uno de los objetivos del Plan General. Por otra parte, debe señalarse que el interés paisajístico de esta zona es también notable. Las zonas de protección de la dehesa tradicional se extienden a lo largo del término municipal, tanto en zonas de protección del PORN Sierra de Guadarrama, como fuera de éste. 8.3.9. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN CULTURAL (SNUP-CUL) La categoría de protección cultural incluye una parcela localizada en la carretera M-610 de La Cabrera a Valdemanco, en la que se encuentra la exposición permanente de esculturas al aire libre de la “Fundación Berrutti”. Su interés es cultural y de ocio. Esta categoría da continuidad al Espacio singular de interés cultural que recogen las actuales NN. SS. de Valdemanco. 8.3.10. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN GANADERA (SNUP-GAN) Esta categoría incluye los suelos de protección que tienen un vocación de uso por parte del sector primario y más concretamente el uso ganadero asociado al ganado ovino y bovino. Son terrenos sin destacables cualidades ambientales, y en algunas zonas se encuentra transformado por la acción del hombre. Se ha diferenciado de la categoría de Dehesa Tradicional, cuyos valores ambientales y paisajísticos son mucho mayores, además de por ser terrenos empleados para un pastoreo con mucho menor grado de intensidad debido a la menor calidad como pasto de los terrenos. 8.3.11. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN NATURAL (SNUP–NAT) Se propone la clasificación de suelos no urbanizables bajo la denominación de protección natural para la protección de roquedos y áreas de transición al uso ganadero por su singularidad dentro de la Comunidad de Madrid.

39

Page 43: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Los suelos clasificados como de protección natural se extienden en la mitad Oeste del Término municipal, especialmente al sur de la vía férrea. Zonas ambientalmente similares se encuentran también al norte, pero han recibido otros grados de protección, bien por sus valores paisajísticos, bien por encontrarse dentro del PORN Sierra de Guadarrama. En estas zonas viven especies vegetales adaptadas a un medio de condiciones muy restrictivas, por lo que es frecuente encontrar especies con algún grado de endemicidad y protección. La fauna en los roquedos está constituida principalmente por especies de aves rupícolas. 8.3.12. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA (SNUP–PA) En esta categoría se incluyen suelos caracterizados por su espectacular morfología e innegable valor paisajístico. Son zonas ubicadas mayoritariamente en la Zona de Aprovechamiento Ordenado de los recursos del PORN Sierra de Guadarrama, pero también en zonas de transición del mismo. Los más destacados roquedos se localizan en las cumbres de del término municipal de Valdemanco (Laderas del Mondalindo, Cancho de la Zorra) y en los relieves residuales dispersos por el municipio (Los Collados, Peña del Tejo, Peña del Hierro, etc.). Los usos propuestos serán muy limitantes, siendo el objetivo de esta categoría la conservación de los valores medioambiental de un paisaje único en esta zona de la Comunidad de Madrid. 8.3.13. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN INDUSTRIA EXTRACTIVA (SNUP–IE) Esta categoría engloba tanto los actuales suelos dedicados a la industria extractiva como otros suelos de escaso valor ambiental que pueda en un futuro admitir ampliaciones de las zonas extractivas actuales. Estos suelos se localizan en la mitad sur del término municipal. El objetivo de la protección es garantizar el mantenimiento del sector secundario en el municipio garantizando a su vez la protección ambiental del entorno al ser el medio natural la principal fuente de riqueza actual y futura de Valdemanco. 8.3.14. CUADRO RESUMEN DEL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN (SNUP)

SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN SUPERFICIE

Suelo No Urbanizable de Protección de Vías Pecuarias (SNUP–VP) (*)1.315.088,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Forestal (SNUP–FOR) 2.892.126,78 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Cauces y riberas (SNUP–CR) (*)455.080,09 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Arqueológica (SNUP–ARQ) 52.997,23 m2

40

Page 44: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN SUPERFICIE

Suelo No Urbanizable de Protección de Embalses y Humedales (SNUP–EH) 12.601,42 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras (SNUP–INF) (*)200.857,27 m2

Suelo No Urbanizable de Protección del Entorno Urbano (SNUP–EU) 317.144,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Dehesa Tradicional (SNUP–DT) 2.026.264,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Cultural (SNUP–CUL) 13.026,50 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Ganadera (SNUP–GAN) 4.481.137,50 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Natural (SNUP–NAT) 948.978,17 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística (SNUP–PA) 3.643.310,20 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Industria extractiva (SNUP–IE) 780.645,50 m2

(*) Parte de la superficie se superpone con otros suelos.

Superficies del Suelo No Urbanizable de Protección 8.4. REDES PÚBLICAS El Plan General tiene como objetivo obtener, gracias a los desarrollos en Suelo Urbano No Consolidado y Suelo Urbanizable Sectorizado, suficiente suelo destinado a redes públicas, de forma que se cubran las necesidades sociales actuales y previstas. De acuerdo al artículo 36 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, las redes públicas pueden clasificarse jerárquicamente y desde el punto de vista funcional. A continuación se establecen ambas clasificaciones. 8.4.1. CLASIFICACIÓN POR ESTRUCTURA JERÁRQUICA REDES SUPRAMUNICIPALES: Las redes supramunicipales existentes en el Término Municipal de Valdemanco son las redes de Vías Pecuarias y redes de infraestructuras (viaria, ferroviaria y redes de abastecimiento y saneamiento). Red supramunicipal de Vías Pecuarias. – Espacio Libre Protegido. La Red de Vías Pecuarias que discurre por Valdemanco, cuya titularidad recae sobre la Comunidad de Madrid, está regulada por lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

41

Page 45: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Esta red se define en el apartado 8.3.1 de la presente Memoria de Ordenación, correspondiendo a las incluidas en el Inventario de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Cualquier actuación sobre vías pecuarias deberá respetar y ser compatible con el tránsito ganadero y otros usos rurales, dándoles prioridad. Deberá contar con la preceptiva aprobación de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid. Red supramunicipal de carreteras de la Comunidad de Madrid. El presente Documento de Avance recoge las carreteras supramunicipales que atraviesan el Término Municipal de Valdemanco, titularidad de la Comunidad de Madrid, y que se regirán por lo establecido en la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Estas carreteras son las siguientes:

- M-610 La Cabrera – Miraflores de la Sierra

- M-631 Cabanillas de la Sierra - Bustarviejo

- M-633 Cabanillas de la Sierra - Valdemanco Red supramunicipal de ferrocarril. La red supramunicipal de ferrocarril que atraviesa el Término Municipal de Valdemanco, titularidad de ADIF se regulará por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario. Se trata de la línea de ferrocarril 102 Madrid Chamartín – Burgos. Redes supramunicipales de abastecimiento y saneamiento. Las redes supramunicipales de abastecimiento y saneamiento, titularidad del Canal de Isabel II, vienen grafiados en el plano PO-2 Redes Públicas. El sistema de abastecimiento de la localidad de Valdemanco se realiza a través del denominado “Sistema Pinilla”, del cual se abastecen también Navalafuente y Cabanillas de la Sierra. Las aguas residuales del núcleo urbano se conducen, mediante impulsión, hasta la E.D.A.R. de Bustarviejo. REDES GENERALES: Conformadas por los elementos cuya función se limita al uso y servicio de los residentes en el municipio y gestión de su propio espacio, pero sin ser adscribibles a ningún área homogénea, ámbito de actuación, sector o barrio urbano o rural concreto, ni tampoco al nivel supramunicipal, según indica el artículo 36 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

42

Page 46: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

El presente Documento de Avance del Plan General de Valdemanco prevé una reserva de suelos dotacionales acorde con el futuro crecimiento previsto en el municipio. Los sistemas generales de zonas verdes y espacios libres vienen definidos por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama, así como por otros criterios técnicos establecidos. REDES LOCALES: Las redes locales están constituidas por los elementos cuya función se puede limitar al uso, servicio y gestión predominante de los residentes en un área homogénea, ámbito de actuación, ector o barrio urbano o rural concreto. Se han dimensionado para cada ámbito de actuación, sector o unidad de ejecución, teniendo en cuenta las previsiones de necesidades y la complementariedad respecto a las redes generales y supramunicipales. 8.4.2. CLASIFICACION POR ESTRUCTURA FUNCIONAL

REDES DE INFRAESTRUCTURAS: Redes de comunicaciones. Las redes de comunicaciones de Valdemanco se pueden dividir en las siguientes categorías:

- Redes viarias: La red viaria supramunicipal se considera suficiente para las necesidades del municipio y las autoridades competentes no prevén su modificación ni ampliación. Este Documento de Avance prevé la ampliación de la red viaria urbana, completando la trama urbana en los ámbitos de actuación y las unidades de ejecución contemplados.

- Redes ferroviarias: No se prevé ninguna modificación de la línea ferroviaria que atraviesa el municipio, manteniéndose la misma como una barrera física para el desarrollo urbano hacia el Sur del casco urbano.

- Red de vías pecuarias: Se respetará la amplia superficie de vías pecuarias que atraviesan el municipio, prestando especial atención a las que discurren por el núcleo urbano.

Red de infraestructuras sociales: El municipio de Valdemanco cuenta con instalaciones generales adecuadas de abastecimiento de agua, saneamiento y depuración, dependientes del Canal de Isabel II.

43

Page 47: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Red de infraestructuras energéticas: Se considera que el abastecimiento eléctrico es adecuado para las necesidades del municipio. En caso de que las líneas de media tensión que cruzan el municipio discurriesen por los ámbitos o sectores delimitados, se seguirá lo dispuesto en el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas. No existe suministro de gas en el municipio mediante la red general de gasoductos. No obstante, algunas parcelas sí disponen de dicho suministro de gas propano que se abastece de depósitos gestionados por una distribuidora. REDES DE EQUIPAMIENTOS Red de zonas verdes y espacios libres: La red de zonas verdes y espacios libres urbanos está conformada por parques y jardines, bosques y otros espacios libres. Se ha tenido en cuenta el PORN de la Sierra del Guadarrama, el cual indica en los puntos 6 y 7 del apartado 5.5.2 de Normativa Específica de aplicación a las Zonas de Transición lo siguiente:

“6. Tendrán la condición permanente de Suelos No Urbanizables de Protección […] aquellos terrenos que estén poblados por especies arbóreas cuya fracción de cabida cubierta total, a nivel de parcela catastral, haya igualado o superado el treinta por ciento y que no sean Urbanizables a la entrada en vigor del presente PORN.

7. En los Suelos Urbanizables que carezcan de planeamiento de desarrollo vigente, los montes arbolados cuya vegetación arbórea iguale o supere la fracción de cabida cubierta total, a nivel de parcela catastral, del treinta por ciento, deberán adscribirse a Zonas Verdes o Sistemas Generales de Espacios Libres, o retornar a la condición permanente de No Urbanizables de Protección en la próxima revisión del planeamiento municipal. Todo lo anterior salvo en ausencia de otra solución técnica o ambientalmente viable.”

Red de equipamientos sociales: En este Documento de Avance de Plan General se ha reservado suelo dotacional para cubrir las necesidades futuras del municipio. En concreto, para el sector SUZS SEC-4 se ha previsto la instalación de campamentos permanentes, cubriendo las necesidades de equipamientos relacionados con la infancia, juventud y deporte, remarcando su relación con un turismo sostenible e integrador con el medio ambiente. El sector SUZS SEC-5 se ha reservado para la ampliación del cementerio actual, previendo mejorar las instalaciones complementarias tales como tanatorio y aparcamiento. El ámbito de actuación AA-4 se ha previsto con un uso dotacional para la instalación de una residencia de mayores. La unidad de ejecución UE-7 se ha reservado para futuros desarrollos culturales o turísticos.

44

Page 48: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

REDES DE SERVICIOS: Red de servicios urbanos. Tanto para el abastecimiento de agua como para la red de saneamiento y la red eléctrica será necesario ampliar las redes en los nuevos desarrollos propuestos, situados cercanos al núcleo urbano y, por tanto, sin precisar una modificación importante de las mismas. La propuesta de esta prolongación de redes se ha indicado en los planos INF-1 Red de abastecimiento, INF-2 Red de saneamiento e INF-3 Redes eléctricas. Red de viviendas públicas o de integración social Se han respetado las viviendas públicas existentes, ubicadas en la Plaza del Potro, nº 3. 8.5. DIVISIÓN DEL SUELO Se ha realizado la división del suelo de acuerdo a las determinaciones establecidas en el artículo 37 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. 8.5.1. ÁREAS HOMOGÉNEAS El artículo 37.1 de la citada ley indica que la totalidad del suelo urbano del término municipal se dividirá en áreas homogéneas, creando así la referencia respecto a la cual se señalan las condiciones de la ordenación estructurante. Las áreas homogéneas se han delimitado atendiendo a criterios de homogeneidad tipológica y funcional en sí mismas y respecto al conjunto del núcleo urbano y el territorio municipal. Dentro de las áreas homogéneas se delimitarán las unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado que proceda. En suelo urbano consolidado se admitirá la delimitación de ámbitos de actuación en los que al concurrir alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 42.6.e, se prevea la necesidad de formular un instrumento urbanístico de desarrollo. Se indica, para cada área homogénea, el uso global y el aprovechamiento unitario, de acuerdo a los artículos 38 y 39 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Se establecen siete áreas homogéneas, representadas en el plano PO-4 “Delimitación de ámbitos y áreas homogéneas”.

- ÁREA HOMOGÉNEA AH–1 “CASCO ANTIGUO”: La delimitación coincide con las zonas del núcleo primitivo de población, compuesta fundamentalmente por parcelas irregulares y edificaciones en manzana cerrada, dando lugar a un entramado de calles irregulares y estrechas. El uso global es residencial.

45

Page 49: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- ÁREA HOMOGÉNEA AH–2 “ENSANCHE CASCO”: Se corresponde con los bordes Norte y Sur del Casco Antiguo, cerrando de forma homogénea y natural el casco urbano tradicional. El uso global asimismo es residencial. Esta área permite mayor espojamiento en la edificación.

- ÁREA HOMOGÉNEA AH–3 “URBANIZACIÓN COMPACTA”: Comprende el suelo urbano consolidado de las urbanizaciones El Enclave y La Inmaculada, así como la unidad de ejecución UE-8, manteniendo así la homogeneidad en la zona. Esta área homogénea se caracteriza por tener un uso global residencial con viviendas unifamiliares adosadas.

- ÁREA HOMOGÉNEA AH–4 “URBANIZACIÓN UNIFAMILIAR”: La delimitación incluye la Urbanización de Cerro Matallera y el suelo situado al noroeste del Casco, así como las parcelas situadas entre la carretera M-610 o avenida del Desvío y la línea del ferrocarril, desde el Casco hasta la zona de urbanizaciones. El suelo urbano no consolidado ubicado al noroeste del Casco sirve como transición entre la edificación más colmatada del Casco Antiguo y los suelos no urbanizables del norte del municipio. Esta área se compone principalmente de viviendas unifamiliares aisladas, teniendo un uso por tanto global residencial.

- ÁREA HOMOGÉNEA AH–5 “COMERCIAL”: La delimitación coincide con el suelo urbano ubicado al sur de la Avenida del Desvío (M-610) entre la Plaza del Potro y hacia el Oeste hasta aproximadamente el cruce con la calle Real. El uso global de esta área es comercial, compatible con residencial.

A continuación se incluye una tabla resumen con los principales datos actuales de las áreas homogéneas en Suelo Urbano:

ÁREA HOMOGÉNEA USO GLOBAL SUPERFICIE COEF. EDIFICABILIDAD

ESTÁNDAR DE REDES

AH-1 Casco Antiguo Residencial 52.357 m2 0,71 m2/m2 0,54

AH-2 Ensanche casco Residencial 97.707 m2 0,25 m2/m2 1,76

AH-3 Urb. compacta Residencial 138.763 m2 0,29 m2/m2 1,08

AH-4 Urb. unifamiliar Residencial 377.519 m2 0,11 m2/m2 1,86

AH-5 Comercial Comercial 11.720 m2 0,08 m2/m2 2,03

Áreas homogéneas en Suelo Urbano 8.5.2. ÁMBITOS DE ACTUACIÓN En este Documento de Avance se establecen diez Ámbitos de Actuación en Suelo Urbano Consolidado, representados en el plano PO-3 Clasificación y ámbitos de gestión. Se muestra a continuación un cuadro resumen con las principales características de los ámbitos de actuación descritos:

46

Page 50: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

ÁMBITO DE ACTUACIÓN

USO PRINCIPAL

ÁREA HOMOGÉNEA

NÚMERO MÁX. VIVIENDAS

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS

SUPERFICIE TOTAL

AA - 1 RESIDENCIAL AH – 2 4 338 m2 2.449 m2

AA – 2 RESIDENCIAL AH – 2 2 206 m2 1.446 m2

AA – 3 RESIDENCIAL AH – 2 2 470 m2 922 m2

AA – 4 EQUIPAMIENTO SOCIAL AH–4 – 777 m2 3.798 m2

AA – 5 RESIDENCIAL AH–4 2 169 m2 2.108 m2

AA – 6 RESIDENCIAL AH – 2 4 715 m2 3.981 m2

AA – 7 RESIDENCIAL AH–4 10 2.027 m2 16.994 m2

AA – 8 RESIDENCIAL AH–4 6 1.840 m2 6.751 m2

AA – 9 RESIDENCIAL AH–4 3 768 m2 7.582 m2

AA - 10 RESIDENCIAL AH–4 1 425 m2 2.283 m2

Ámbitos de actuación en Suelo Urbano Consolidado 8.5.3. UNIDADES DE EJECUCIÓN La ordenación del Suelo Urbano No Consolidado se ha previsto mediante el desarrollo de nueve Unidades de Ejecución. Las superficies definidas en las unidades de ejecución anteriormente descritas se especifican a continuación:

UNIDAD DE EJECUCIÓN

USO PRINCIPAL

ÁREA HOMOGÉNEA

NÚMERO MÁX. VIVIENDAS

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS

SUPERFICIE TOTAL

UE - 1 RESIDENCIAL AH - 2 ; AH - 4 23 1.300 m2 10.200 m2

UE - 2 RESIDENCIAL AH - 2 ; AH - 4 32 1.635 m2 13.857 m2

UE – 3 RESIDENCIAL AH - 4 4 604 m2 2.987 m2

UE – 4 RESIDENCIAL AH - 4 20 1.775 m2 11.779 m2

UE – 5 RESIDENCIAL AH - 4 17 1.634 m2 10.247 m2

UE – 6 RESIDENCIAL AH - 2 15 1.241 m2 3.601 m2

UE – 7 DOTACIONAL AH - 4 - 3.218 m2 3.218 m2

UE – 8 RESIDENCIAL AH - 3 37 1.726 m2 11.457 m2

47

Page 51: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

UNIDAD DE EJECUCIÓN

USO PRINCIPAL

ÁREA HOMOGÉNEA

NÚMERO MÁX. VIVIENDAS

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS

SUPERFICIE TOTAL

UE – 9 RESIDENCIAL AH - 4 28 2.378 m2 16.391 m2

Unidades de ejecución en Suelo Urbano No Consolidado 8.5.4. SECTORES DE SUELO URBANIZABLE El Suelo Urbanizable Sectorizado propuesto se divide en seis sectores conforma una única área de reparto, tres de ellos con uso global residencial, dos para equipamientos y otro sector industrial en la zona de la Hoya, junto a la carretera M-610, en el tramo de Valdemanco a La Cabrera. El régimen urbanístico de aplicación se define en el artículo 23 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Para el desarrollo del Suelo Urbanizable Sectorizado se requerirá la aprobación del Plan Parcial que lo desarrolle, salvo en los sectores para los cuales el Plan General establezca las determinaciones de ordenación pormenorizada, así como el Proyecto de Reparcelación y el Proyecto de Urbanización. Se realizará la equidistribución de beneficios y cargas, conforme a lo legalmente establecido, y se efectuarán las cesiones de suelo público, así como la cesión del 10 % del aprovechamiento lucrativo al Ayuntamiento.

SECTOR USO PRINCIPAL ORDENANZA NÚMERO MÁX.

VIVIENDAS SUPERFICIE

REDES PÚBLICAS SUPERFICIE

TOTAL

SEC – 1 RESIDENCIAL AH–4 “Urb. Unifamiliar” 29 1.792 m2 17.046 m2

SEC – 2 RESIDENCIAL AH–4 “Urb. Unifamiliar” 23 2.317 m2 13.833 m2

SEC – 3 RESIDENCIAL AH–3 “Urb. Compacta” 65 4.884 m2 20.995 m2

SEC – 4 DOTACIONAL Dotacional - 19.392 m2 19.392 m2

SEC – 5 DOTACIONAL Dotacional - 3.749 m2 3.749 m2

SEC – 6 INDUSTRIAL Industrial - 2.446 m2 18.514 m2

Sectores de Suelo Urbanizable

8.5.5. ÁREAS DE REPARTO. SECTORES El Avance del Plan General define una única Área de Reparto formada por la totalidad de los suelos urbanizables sectorizados. El Aprovechamiento Unitario de reparto del conjunto del suelo urbanizable sectorizado será de 0,36 m²uc /m²s expresado en uso residencial unifamiliar.

48

Page 52: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

9. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO DE GÉNERO 9.1. MARCO LEGAL La necesidad del análisis y valoración sobre el Impacto de Género de este Plan General de ordenación urbana se basa en la supletoriedad del artículo 26 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno. Por tanto, en ausencia de normativa propia de la Comunidad de Madrid que exija el informe de Género en la aprobación del planeamiento urbanístico, se aplica la Ley 50/1997, que establece:

“Artículo 26: Procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos. 3. El centro directivo competente elaborará con carácter preceptivo una Memoria del Análisis de Impacto Normativo, que deberá contener los siguientes apartados: f) Impacto por razón de género, que analizará y valorará los resultados que se puedan seguir de la aprobación de la norma desde la perspectiva de la eliminación de desigualdades y de su contribución a la consecución de los objetivos de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, a partir de los indicadores de situación de partida, de previsión de resultados y de previsión de impacto.”

El órgano competente para emitir el informe de impacto de género será el Ayuntamiento de Valdemanco en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento, tal y como regula la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, que establece:

“Artículo 15: Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres informará, con carácter transversal, la actuación de todos los Poderes Públicos. Las Administraciones públicas lo integrarán, de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades. Artículo 21. Colaboración entre las Administraciones públicas. 2. Las Entidades Locales integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones públicas.”

9.2. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN El análisis de situación pretende conocer cuál es la realidad existente de hombres y mujeres en el municipio de Valdemanco. Para ello se han recopilado los últimos datos estadísticos extraídos del Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid, relacionados con el género relativos a cifras de población, del mercado de trabajo y de las pensiones contributivas:

49

Page 53: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

DATOS DE POBLACIÓN AÑO

Población empadronada 916 2017

Hombres 490 2017

Mujeres 426

Proporción de dependencia 0,54 % 2017

Proporción de reemplazamiento 0,66 % 2017

Tasa de feminidad 0,87 2017

EXTRANJEROS EMPADRONADOS AÑO

Extranjeros por 1.000 hab. 114,63 2017

Mujeres sobre total de extranjeros empadronados 37,14 % 2017

AFILIADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL

POR MUNICIPIO DE RESIDENCIA AÑO

TOTAL

Hombres 153 2018

Mujeres 121

Por sexo (%)

Hombres 55,84 2018

Mujeres 44,16

Por estrato de edad (%)

Menos de 30 años 11,31

2018 De 30 a 49 años 61,68

De 50 años y más 27,01

PARO REGISTRADO AÑO

Por 100 hab. 6,00 2017

Hombres (%) 44,90 2018

Mujeres (%) 55,10

Menores de 25 años (%) 4,08 2018

Hombres 0,00 2018

Mujeres 100,00

50

Page 54: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

MIGRACIONES AÑO

Tasa de migración 29,48 2017

Españoles residentes en el extranjero 16

2018 Hombres 5

Mujeres 11

PENSIONES CONTRIBUTIVAS AÑO

Pensionistas de pensiones contributivas 153 2017

Hombres 102 2017

Mujeres 51

Importe medio mensual por pensionista 2017

Hombres 717,54 € 2017

Mujeres 958,34 € CONCLUSIONES: - La población femenina es sensiblemente inferior a la masculina con una tasa de feminidad por

debajo del 0,90.

En general, la tasa de feminidad de la zona Sierra Norte de Madrid se sitúa por debajo del 1,0, con una media del 0,95. Dato que contrasta con la media de la Comunidad de Madrid, que se sitúa en el 1,09.

- Existe una clara desigualdad en el acceso al mercado laboral entre hombres y mujeres. Las

estadísticas indican que la afiliación a la Seguridad Social es menor en mujeres, situándose unos 10 puntos porcentuales por debajo que en el caso de los hombres.

- La tasa de paro registrada es superior en mujeres que en hombres, un 55 % frente a un 45 %

de hombres.

Cabe destacar que la tasa de paro registrada entre la población menor de 25 años, afecta en exclusiva a las mujeres, dato que representa, aunque sea a modo de ejemplo, la desigualdad a la hora de acceder a un mercado laboral marcado por el sector primario.

51

Page 55: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

9.3. PREVISIÓN DE EFECTOS 9.3.1. MODELO DE MUNICIPIO Desde el punto de vista social, el modelo de crecimiento propuesto en el Planeamiento tiene como objetivos:

- Crear un municipio compacto, con vías y espacios públicos seguros y de calidad, que respondan mejor a las necesidades de los habitantes del municipio.

- Descentralizar el casco antiguo para una distribución equilibrada de los equipamientos públicos, espacios libres y zonas verdes.

- Planificar las zonas destinadas al uso residencial, los espacios públicos y los equipamientos a compatibilizar las tareas cotidianas del cuidado con el trabajo remunerado, tratando de reducir los tiempos, mejorando las condiciones de seguridad y con costes asumibles.

En este sentido, las actuaciones contempladas en el Plan General son:

- La creación de una malla urbana compacta, cerrando el núcleo urbano por el sur con los sectores de suelo urbanizable, que darán lugar a un modelo urbano próximo.

- La creación de pequeñas zonas de espacio libre público por toda la malla urbana, dando lugar a pequeñas zonas verdes, parques, etc.

- El fomento de la utilización de los suelos urbanos infrautilizados o solares vacíos mediante ordenanzas más flexibles que permitan la adopción de soluciones en suelos menos idóneos para la promoción inmobiliaria.

9.3.2. PERCEPCIÓN DE SEGURIDAD La redacción del presente Plan General de Valdemanco ha tenido en cuenta la percepción de seguridad en el entramado urbano. Este factor limita, en muchas ocasiones, la libertad de movimientos y autonomía de las mujeres, creando situaciones de desigualdad. Las principales metas y objetivos perseguidos en este Plan General son:

- Concienciar a la ciudadanía del problema existente.

- Mejorar la percepción de seguridad del espacio urbano por parte de las mujeres. Actuaciones contempladas en el Plan General:

- Dotar al municipio de una iluminación adecuado, tanto en viales principales y secundarios.

- Crear una normativa que obligue al vallado de solares o al mantenimiento de jardines, entre otras medidas.

- Se establecen nuevos viarios propuestos con una anchura mínima de 8,00 m, dotados de aceras peatonales en ambos lados y suficiente iluminación.

52

Page 56: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

- Se dota de un uso comercial al corredor entre la el casco tradicional y el las zona residencial de la parte Este, lo que favorecerá el tránsito de personas mejorando la sensación de seguridad.

9.3.3. ACCESIBILIDAD Los espacios poco accesibles también influyen en la desigualdad entre hombres y mujeres debido a que buena parte de las tareas del cuidado de dependientes son realizadas por mujeres. También son mayoritariamente las que realizan funciones de cuidado de niños con silla, etc. Las principales metas y objetivos perseguidos en el presente Plan son:

- Crear espacios urbanos y equipamientos que puedan responder a las necesidades de las personas con problemas de dependencia, independientemente de los roles de género y características físicas.

9.3.4. VIVIENDA En Valdemanco podemos indicar dos problemas principales relativos a la vivienda que afectan principalmente a las mujeres:

- Mayores dificultades de acceso a la vivienda que encuentran muchas mujeres, por las condiciones socioeconómicas anteriormente descritas.

- Falta de viviendas adaptadas, en las que viven mujeres mayores y solas. Actuaciones contempladas en el Plan General:

- Reservas de suelo destinados a vivienda protegida.

- Normativa Urbanística que establezca criterios mínimos de viviendas accesibles. 9.4. VALORACIÓN DEL IMPACTO Por todo expuesto en el apartado anterior, se concluye que el planeamiento propuesto garantiza la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de género, suponiendo un impacto positivo sobre la identidad o expresión de género e igualdad social.

53

Page 57: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

10. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO EN LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA

10.1. MARCO LEGAL La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid no exige un informe de infancia y adolescencia y de familia como trámite para la aprobación de un Plan General de ordenación urbana. No obstante, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece:

“Artículo 22 quinquies: Impacto de las normas en la infancia y en la adolescencia.

Las memorias del análisis de impacto normativo que deben acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de reglamentos incluirán el impacto de la normativa en la infancia y en la adolescencia.”

La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de las Familias Numerosas, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, prevé lo siguiente:

“Disposición adicional décima: Impacto de las normas en la familia.

Las memorias del análisis de impacto normativo que deben acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de reglamentos incluirán el impacto de la normativa en la familia.”

10.2. ANÁLISIS DE SITUACIÓN El análisis de población de Valdemanco extraído del Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid refleja los siguientes datos:

POBLACIÓN MUNICIPIO ZONA AÑO

Población empadronada 916 40.740 2017

Crecimiento relativo de la población 0,55 0,76 2017

Grado de juventud 14,52 16,27 2017

Grado de envejecimiento 20,63 16,83 2017

Proporción de dependencia 0,54 0,49 2017

Proporción de reemplazamiento 0,66 0,71 2017

Razón de progresividad 86,27 84,64 2017

Tabla comparativa valores de referencia Municipio / Zona (2017).

54

Page 58: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Si se realiza un estudio de la evolución de los últimos años, se ve una tendencia al alza del grado de juventud aumentando desde 10,42 puntos en 2002 (nivel más bajo desde que se tienen registros) hasta la actualidad con un grado de 14,52. Este dato alcanzó sus valores más altos en 2014 con un 16,36. La pirámide poblacional nos indica la evolución de la población censada por rango de edad en intervalos de 5 años en los últimos 20 años.

Fuente: Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

El gráfico muestra la evolución de la población con un considerable aumento de población no nativa muy por encima del envejecimiento vegetativo en los rangos de edad de 40-50 años, que además, ha posibilitado el aumento de la población infantil. 10.3. PREVISIÓN DE EFECTOS 10.3.1. MODELO DE MUNICIPIO El modelo de crecimiento propuesto en el Planeamiento tiene como objetivos:

- Crear un municipio compacto, con vías y espacios públicos seguros y de calidad, que respondan mejor a las necesidades del municipio.

- Distribución equilibrada de las zonas residenciales, los equipamientos públicos, espacios libres y zonas verdes, que permitan el uso y disfrute de todos los habitantes.

,000 20,000 40,000 60,000 80,000 100,000 120,000

0-4 años

10-14 años

20-24 años

30-34 años

40-44 años

50-54 años

60-64 años

70-74 años

80-84 años

90-94 años

100 años y más

2017

1998

55

Page 59: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

Actuaciones contempladas en el Plan General:

- Crear itinerarios principales que permitan una mejor comunicación entre las distintas zonas, mejorando la circulación de tráfico peatonal y rodado.

- Creación de zonas de espacio libre público y zonas verdes distribuidas por la malla urbana. 10.3.2. DOTACIONES Y SERVICIOS El modelo de crecimiento propuesto en el Planeamiento tiene como objetivos, en lo relativo a dotaciones y espacios libres:

- Aumentar las reservas de suelo destinadas a equipamientos públicos. Actuaciones contempladas en el Plan General:

- Reserva de una bolsa de suelo para equipamiento público con carácter educacional y lúdico – deportivo orientado específicamente para niños y jóvenes.

- Reserva de suelos para equipamientos públicos.

- Reserva suelos para zonas verdes y espacios libres.

- Previsión de suelo compatible con un uso de residencia colectiva para mayores.

- Medidas de modelo de desarrollo orientadas a fijar la población. 10.4. VALORACIÓN DEL IMPACTO El presente Avance de Planeamiento General supone un impacto positivo en la infancia, la adolescencia y la familia por la creación de espacios libres públicos seguros, verdes, inclusivos y accesibles, reserva de suelos dotacionales con fines educativos y deportivos y, también por la previsión de suelos compatibles con el desarrollo de nuevas actividades que haga de Valdemanco un municipio atractivo para la familia.

56

Page 60: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

11. ANÁLISIS Y VALORACIÓN SOBRE EL IMPACTO RESPECTO A LA ORIENTACION SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO

11.1. MARCO LEGAL La Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid establece lo siguiente:

“Artículo 45: Evaluación de impacto normativo sobre la identidad o expresión de género.

1. Las normas y resoluciones de la Comunidad de Madrid incorporarán la evaluación del impacto sobre identidad de género en el desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género o expresión de género.

Artículo 21: Evaluación del impacto sobre orientación sexual e identidad de género.

1. La Comunidad de Madrid, en el marco de sus competencias, incorporará la evaluación de impacto sobre orientación sexual e identidad de género en el desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad y no discriminación a las personas LGTBI.

2. Todas las disposiciones legales o reglamentarias de la Comunidad de Madrid, deberán contar con carácter preceptivo con un informe sobre su impacto por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género por quién reglamentariamente se determine.”

El objeto de la Ley 3/2016, de 22 de julio, establecido en su artículo 3, es regular los principios, medidas y procedimientos destinados a garantizar los siguientes derechos de todas las personas residentes en la Comunidad de Madrid:

1. Al reconocimiento de su identidad de género libremente manifestada.

2. Al libre desarrollo de su personalidad acorde a la identidad o expresión de género libremente manifestada sin sufrir presiones o discriminación por ello.

3. A ser tratado de conformidad a su identidad de género en los ámbitos públicos y privados y en particular a ser identificado y acceder a documentación acorde con dicha identidad.

4. A que se respete su integridad física y psíquica así como sus opciones en relación a sus características sexuales y su vivencia de la identidad o expresión de género.

5. Garantizar el derecho de las personas trans a recibir de la Comunidad de Madrid una atención integral y adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas, jurídicas, sociales, laborales, culturales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos, en igualdad de trato con el resto de la ciudadanía.

6. A proteger el ejercicio efectivo de su libertad y sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, especialmente, en las siguientes esferas:

a) Empleo y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, comprendiendo el acceso, las condiciones de trabajo, la promoción profesional y la formación para el empleo.

b) Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público.

57

Page 61: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

c) Afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, deportivas, profesionales y de interés social o económico.

d) Educación, cultura y deporte.

e) Sanidad.

f) Prestaciones y servicios sociales.

g) Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda. 11.2. PREVISIÓN DE EFECTOS 11.2.1. VIVIENDA. Al igual que en el apartado del análisis de impacto de género, el principal problema es la dificultad de acceso a la vivienda. Por ello, el Plan General de Valdemanco, contempla la reserva de suelo destinado a vivienda protegida. 11.2.2. EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE En el ámbito de educación, cultura y deporte, el Plan General dispone de reservas de suelo para equipamientos deportivos, culturales y educativos públicos. 11.3. VALORACIÓN DEL IMPACTO El presente Avance de Planeamiento General produce un impacto positivo en materia de orientación sexual, identidad o expresión de género, garantizando la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género o expresión de género y la no discriminación a las personas LGTBI.

58

Page 62: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

12. ACCESIBILIDAD UNIVERSAL 12.1. MARCO LEGAL La Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, establece:

“Disposición adicional Décima:

1. Los planes generales de ordenación urbana, las normas subsidiarias y demás instrumentos de planeamiento y ejecución que los desarrollan, así como los proyectos de urbanización y de obras ordinarias, garantizarán la accesibilidad, y no serán aprobados si no se observan las determinaciones y los criterios varios establecidos en la presente Ley y en los reglamentos correspondientes.”

La Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. 12.2. PREVISIÓN DE EFECTOS 12.2.1. EQUIPAMIENTOS, ESPACIOS LIBRES E ITINERARIOS PEATONALES ACCESIBLES El modelo de crecimiento propuesto en el Planeamiento tiene como objetivos:

- Crear un municipio compacto, con vías y espacios públicos de calidad, que respondan mejor a las necesidades del municipio.

Actuaciones contempladas en el Plan General:

- Crear itinerarios principales y accesibles que permitan una mejor comunicación entre las distintas zonas, mejorando la circulación de tráfico peatonal y rodado.

- Creación de zonas de espacio libre público y zonas verdes distribuidas por la malla urbana conectados mediante itinerarios accesibles.

12.2.2. PENDIENTE LONGITUDINAL Y TRANSVERSAL Los viales de nueva creación tienen limitadas las pendientes longitudinales y transversales, tal y como se especifica en los artículos 115 y siguientes de la Normativa Urbanística del Plan General.

59

Page 63: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

12.2.3. ANCHURA ACERAS Tal y como se establece en el artículo 115 de las Normas Urbanística, como norma general en el municipio, y salvo causa debidamente justificada, se diseñarán calles de coexistencia a un único nivel, de tal manera que se priorice el tránsito peatonal. No obstante, las Normas Generales de Urbanización (Título Sexto de las Normas Urbanísticas) establecen un ancho mínimo para aceras de 1,80 m, que cumple con lo establecido en la Orden VIV/561/2010. 12.3. VALORACIÓN DEL IMPACTO El presente Avance de Planeamiento General de Valdemanco cumple lo establecido en la legislación vigente sobre accesibilidad universal y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos. 13. MOVILIDAD SOSTENIBLE EN EL PLAN GENERAL El Consejo de Ministros, con fecha de 30 de abril de 2009, aprobó la Estrategia Española de Movilidad Sostenible (EEMS), que establece las directrices a seguir por las distintas administraciones públicas para el fomento de la movilidad sostenible. Siguiendo estas directrices, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid desarrolló el Plan Estratégico de Movilidad Sostenible, con un horizonte de 12 años (2013-2025), que establece 12 medidas maestras. También incorpora los objetivos de la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013-2020 (Plan Azul +) y los Planes sectoriales vigentes en materia energética derivados de la Estrategia 20-20-20 de la Unión Europea. En este Plan General se han incorporado, en la medida de lo posible y adaptándolas a las características del municipio, medidas encaminadas a lograr estos objetivos para una movilidad sostenible. 14. CUADROS RESUMEN

60

Page 64: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

14.1. COMPARATIVA NORMAS SUBSIDARIAS Y AVANCE DEL PLAN GENERAL

ANTIGUAS NN. SS. AVANCE PLAN GENERAL DIFERENCIA

CLASIFICACIÓN SUELO SUPERFICIE CLASIFICACIÓN SUELO SUPERFICIE

SUELO URBANO 642.731 m2 SUELO URBANO 679.001 m2 5,64%

Suelo Urbano existente 448.513 m2 Consolidado 595.264 m2 11,87%

Unidades de Ejecución Sistemáticas/ Singulares 194.218 m2 No consolidado 83.737 m2 - 8,73%

SUELO APTO PARA URBANIZAR 469.101 m2 SUELO URBANIZABLE 93.529 m2 - 80,06%

TOTAL SUELO URBANO Y APTO PARA URBANIZAR 1.111.832 m2 TOTAL SUELO URBANO Y URBANIZABLE 772.530 m2 - 30,52%

SUELO NO URBANIZABLE: 16.676.297 m2 SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN 17.015.599 m2 2,03%

SUPERFICIE T. M.: 17.788.129 m2 SUPERFICIE T. M.: 17.788.129 m2

Tabla comparativa entre las NN. SS. de 1997 y el presente Avance del Plan General.

61

Page 65: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

14.2. SUELO URBANO Y URBANIZABLE

Superficies de Suelo Urbano y Urbanizable (*) Sectores de suelo y Unidades de Ejecución de titularidad Municipal.

TIPO DE SUELO SUPERFICIE TOTAL

USO PRINCIPAL

SUPERFICIE EDIFICABLE

SUPERFICIE REDES PÚBLICAS EDIFICABILIDAD VIVIENDAS Z. VERDES / ESP. LIBRES EQUIP. INFRAEST. ÍNDICE SUPERFICIE DENSIDAD Nº MÁX.

VIVIENDAS % VIV PROT.

SUELO URBANO CONSOLIDADO 595.264 m2 Residencial 411.995 m2 38.390 m2 20.339 m2 124.540 m2 0,341 203.088 m2c - - -

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO 83.737 m2 Residencial 69.704 m2 500 m2 4.468 m2 12.283 m2 0,574 40.035 m2c - 176 -

UE - 1 10.200 m2 Residencial 8.500 m2 0 m2 400 m2 1.300 m2 0,66 5.643 m²c 23 viv/Ha 23 -

UE - 2 13.857 m2 Residencial 11.372 m2 0 m2 850 m2 1.635 m2 0,70 7.960 m²c 23 viv/Ha 32 -

UE – 3 2.987 m2 Residencial 2.383 m2 0 m2 0 m2 604 m2 0,50 1.192 m²c 15 viv/Ha 4 -

UE – 4 11.779 m2 Residencial 10.004 m2 0 m2 0 m2 1.775 m2 0,50 5.002 m²c 17 viv/Ha 20 -

UE – 5 10.247 m2 Residencial 8613 m2 0 m2 0 m2 1.634 m2 0,50 4.307 m²c 17 viv/Ha 17 -

UE – 6 3.601 m2 Residencial 2.360 m2 0 m2 0 m2 1.241 m2 0,65 1.534 m²c 42 viv/Ha 15 -

UE – 7 (*) 3.218 m2 Dotacional - 0 m2 3.218 m2 0 m2 0,50 - - - -

UE – 8 11.457 m2 Residencial 9.231 m2 500 m2 0 m2 1.726 m2 0,80 7.385 m²c 32 viv/Ha 37 -

UE – 9 16.391 m2 Residencial 14.023 m2 0 m2 0 m2 2.368 m2 0,50 7.012 m²c 17 viv/Ha 28 -

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO 93.529 m2 - 58.447 m2 1.250 m2 23.644 m2 10.186 m2 0,364 34.058 m2c - 117 30 %

SEC – 1 17.046 m2 Residencial 14.754 m2 0 m2 500 m2 1.792 m2 0,50 7.377 m²c 17 viv/Ha 29 30%

SEC – 2 13.833 m2 Residencial 11.515 m2 0 m2 0 m2 2.317 m2 0,50 5.758 m²c 17 viv/Ha 23 30%

SEC – 3 20.995 m2 Residencial 16.111 m2 0 m2 0 m2 4.884 m2 0,80 12.889 m²c 31 viv/Ha 65 30%

SEC – 4 (*) 19.392 m2 Dotacional - 0 m2 19.392 m2 0 m2 0,50 - - - -

SEC – 5 (*) 3.749 m2 Dotacional - 0 m2 3.252 m2 497 m2 0,50 - - - -

SEC – 6 18.514 m2 Industrial 16.067 m2 1.250 m2 500 m2 696 m2 0,50 8.034 m²c - - -

62

Page 66: PLAN GENERAL DE VALDEMANCO - comunidad.madrid

PLAN GENERAL DE VALDEMANCO. DOCUMENTO DE AVANCE MEMORIA DE ORDENACIÓN

14.3. SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN

SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN SUPERFICIE

Suelo No Urbanizable de Protección de Vías Pecuarias (SNUP–VP) (*)1.315.088,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Forestal (SNUP–FOR) 2.892.126,78 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Cauces y riberas (SNUP–CR) (*)455.080,09 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Arqueológica (SNUP–ARQ) 52.997,23 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Embalses y Humedales (SNUP–EH) 12.601,42 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras (SNUP–INF) (*)200.857,27 m2

Suelo No Urbanizable de Protección del Entorno Urbano (SNUP–EU) 317.144,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección de Dehesa Tradicional (SNUP–DT) 2.026.264,65 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Cultural (SNUP–CUL) 13.026,50 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Ganadera (SNUP–GAN) 4.481.137,50 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Natural (SNUP–NAT) 948.978,17 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística (SNUP–PA) 3.643.310,20 m2

Suelo No Urbanizable de Protección Industria extractiva (SNUP–IE) 780.645,50 m2

Superficies de Suelo No Urbanizable de Protección.

(*) Parte de la superficie se superpone con otros suelos.

63