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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL HOSPITAL GENERAL DE ZONA C/UMF N° 2 “FRANCISCO J. MACÍN DOMÍNGUEZ” REGLAMENTO GENERAL PARA EL MÉDICO INTERNO DE PREGRADO DERECHOS Y OBLIGACIONES Salina Cruz Oaxaca, Junio 2021

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL HOSPITAL GENERAL DE ZONA C/UMF N° 2

“FRANCISCO J. MACÍN DOMÍNGUEZ”

REGLAMENTO GENERAL PARA EL

MÉDICO INTERNO DE PREGRADO DERECHOS Y OBLIGACIONES

Salina Cruz Oaxaca, Junio 2021

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Reglamento general para el médico interno de pregrado.

Dr. Jesús Morales Piñon Director del HGZ/UMF N° 2 Dr. Mario Rosales Lira Coordinador médico de segundo nivel HGZ/UMF N°2 Dr. Gilberto Barenca Melendez Coordinador médico de segundo nivel HGZ/UMF N° 2 Dr. Julio Rodolfo Morales Martinez Coordinador médico de primer nivel HGZ/UMF N° 2 Dra. Antonia López Vásquez Coordinador médico de segundo nivel HGZ/UMF N°2

Dr. Carlos Ignacio Calvo López Coordinador Clínico de Educación e investigación en salud Dr. Manuel de Jesús Poblano Contreras Coordinador de educación de posgrado L.E. Mireya Eusebia Janette Hernández García Jefa de enfermeras Primera edición, Julio 2021 © Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca

© Universidad Regional del Sureste

División académica de ciencias de la salud

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Reglamento general para el médico interno de pregrado.

INTRODUCIÓN

El Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar N° 2 "Francisco J. Macín

Domínguez", tiene por objeto, entre otros, prestar servicios de salud, particularmente en

materia de atención médica, realizar estudios e investigaciones clínicas, y formar capital

humano de pregrado y posgrado.

El presente Reglamento considera elementos indispensables para la planeación y

desarrollo de ciclos clínicos e internado médico de pregrado expresados en la normativa

de la materia para su organización y funcionamiento, además de regular los derechos y

obligaciones los internos, así como las disposiciones para los profesores.

El presente Reglamento toma como referencia las disposiciones contenidas en Norma

Oficial Mexicana NOM-234-SSAl-2003, Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e

internado de pregrado.

El internado médico de pregrado es una asignatura teórica-práctica de la carrera de

medicina, con duración de un año, que debe cubrirse previamente al servicio social, al

examen profesional y al título respectivo; donde el interno adquiere e integra los

conocimientos, habilidades clínicas, actitudes profesionales y aspectos éticos esenciales

para el ejercicio de la medicina general. Enfatiza las competencias en seis áreas clínicas

(Cirugía general, Ginecología, Medicina Familiar, Medicina Interna, Pediatría y Urgencias)

con rotaciones de duración bimestral cada una de ellas.

Así mimo, a fin de garantizar el uso de un lenguaje incluyente se resalta que el lenguaje

empleado en el presente reglamento no busca generar ninguna distinción ni marcar

diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción

hacia un género representan a ambos sexos.

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Reglamento general para el médico interno de pregrado.

DEFINICIONES

1.-Campo clínico: Establecimiento para la atención médica del Sistema Nacional de Salud

o bien alguna de sus áreas o servicios que cuentan con las instalaciones, equipamiento,

pacientes, personal médico, paramédico y administrativos, que conforman el escenario

educativo para desarrollar programa académico del plan de estudios de la licenciatura en

medicina.

2.-Ciclos clínicos: Asignaturas o módulos del plan de estudios de la licenciatura en

medicina que se cursan en campos clínicos, posterior a los ciclos básicos y previo al

internado de pregrado.

3.-Institución de Salud: Toda organización con personalidad jurídica de derecho público o

privado, con capacidad para ofertar servicios de salud y responder de su orden, estructura

y prestaciones en uno o más establecimientos para la atención médica.

4.-Institución educativa: Organismo público o privado, autónomo, federal o estatal, que

desempeña labores de docencia, investigación y difusión, que cuenta con infraestructura,

planes y programas de estudio, alumnos, personal académico, directivo, administrativo,

para el cumplimiento de las funciones propias de la educación superior de la licenciatura

en medicina y que responde de su orden, estructura, prestación y misión.

5.-Programa Operativo: Documento que instrumenta el programa académico en el campo

clínico.

6.-Internos de pregrado: Son alumnos del sexto año de la Licenciatura de Médico Cirujano

que han sido asignados a Actividades clínicas en una Institución de Salud. Regidos de

acuerdo a la NOM-234-SSA1-2003.

DISPOSICIONES GENERALES

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Reglamento general para el médico interno de pregrado.

El presente reglamento es interno, y aplica en el Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar N° 2, Salina Cruz, Oaxaca, y complementa el reglamento general, que para tal efecto tiene el Instituto Mexicano del Seguro Social. El internado de pregrado se llevará a cabo conforme lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, Utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado, este reglamento en las demás disposiciones jurídicas aplicables. Los aspectos docentes y el programa académico se deben regir por lo que establecen las instituciones de educación superior, de conformidad con las atribuciones que les otorgan las disposiciones propias de su organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas competentes. Durante la realización del internado de pregrado, los internos deben estar invariablemente bajo supervisión del personal institucional, sin sustituir en sus funciones al personal institucional. El internado de pregrado tendrá una duración de 12 meses, teniendo como fecha de inicio el día 01 de Julio y culminando el día 30 de Junio. El interno de pregrado deberá rotar por lo menos durante dos meses por cada una de las áreas básicas de la medicina general: Medicina Interna, Cirugía general, Pediatría, Gineco-obstetricia, Urgencias y Medicina Familiar y Comunitaria. El internado de pregrado se considera terminado cuando:

a) Se cumplan los doce meses correspondientes al ciclo de adiestramiento. b) Renuncia por parte del interno de pregrado. c) Faltas graves cometidas dentro de la unidad de salud, debidamente comprobadas. d) Determinación de la Facultad por detección de irregularidades en los ciclos

académicos anteriores.

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Reglamento general para el médico interno de pregrado.

REQUISITOS DE INGRESO Los aspirantes a realizar el internado de pregrado deberán:

1. Demostrar mediante la documentación respectiva haber acrediotado todas las materias que comprende el plan de estudios de la carrera de Médico-Cirujano de la facultad de medicina.

2. Inscribirse después de haber seleccionado su plaza de adscripción y antes de iniciar formalmente el internado de pregrado como alumno del sexto año de la carrea de médico cirujano debiendo entregar además una copia de su nombramiento o carta de asignación.

3. Hacer entrega a las autoridades correspondientes de las instituciones de salud de

la siguiente documentación (Original y copia):

-Carta propuesta o de presentación expedida por la dirección de la facultad de medicina. -Constancia de calificaciones (tira de materias) obtenidas en todas y cada una de las materias que conforman el plan de estudios de la carrera de médico cirujano en la cual se señale además el promedio general de calificaciones obtenido durante la carrera. Esta deberá ser expedida por la dirección de la facultad de medicina. - Carta de conducta expedida por la Dirección de la Facultad de Medicina - Copia certificada, reciente del acta de nacimiento. - Registro federal de causantes. - Cédula Única de Registro Poblacional (CURP) - Certificado médico reciente, expedido por institución de salud oficial. - 6 fotografías tamaño infantil.

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DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

1. Recibir un trato digno, amable y respetuoso por parte del personal de salud que

forman parte de la estructura y organización de la institución de adscripción. En

caso contrario deberá realizar la inconformidad en forma escrita y respetuosa ante

las autoridades correspondientes.

2. Recibir curso de inducción al puesto que será desarrollado por cada la Institución

de salud de acuerdo al programa preestablecido.

3. Tener acceso a las instalaciones de la Institución para el proceso de enseñanza

aprendizaje en el tiempo establecido por el ciclo escolar.

4. Recibir de las instituciones en caso necesario: asistencia médica, quirúrgica y

medicamentos por parte de la institución de salud a la cual están inscritos; dicha

asistencia se hará extensiva a los familiares directos que dependan de ellos.

5. Gozar de incapacidad en caso de gravidez, enfermedad general u otras causas que

lo ameriten, siempre y cuando no contravengan con las disposiciones educativas

en términos que los convenios específicos entre instituciones y de salud

establezcan. En caso de enfermedad que justifique ausencia, deberá hacerse del

conocimiento del Jefe de enseñanza o coordinador de carrera, en un plazo no

mayor de 48 horas.

6. Beca económica establecida de acuerdo a cada institución de salud.

7. Recibir alimentación suficiente y técnicamente balanceada.

8. Disponer durante las guardias un área adecuada de descanso, servicios sanitarios,

facilidad para aseo personal.

9. Disfrutar de dos periodos vacacionales con 10 días hábiles cada uno de acuerdo al

calendario aprobado por las autoridades de cada institución de salud.

10. Recibir supervisión y asesoría clínica tutorial por los médicos de la institución y

profesores de la Institución educativa durante la rotación por los diferentes

servicios de acuerdo al programa académico. Podrán participar en las sesiones con

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previa solicitud al encargado de Investigación y enseñanza. Con el acuerdo de

cumplir con la normatividad establecida.

11. Tienen derecho a saber las calificaciones cada parcial. En caso de inconformidad

con la calificación otorgada durante su internado, la podrán manifestar al

supervisor de internado por escrito.

DE LAS OBLIGACIONES DEL MÉDICO INTERNO

1. Cumplir en todos los términos con el programa académico y operativo del ciclo educativo que cursa.

2. Aprobar las evaluaciones ordinarias y extraordinarias que aplique el IMSS.

3. Tratar con respeto a sus superiores, iguales, subalternos y pacientes.

4. Cumplir con el tiempo señalado para las actividades educativas y de servicio.

5. Cumplir con el 100% de asistencias (las inasistencias no deberán ser mayores al 20% incluso con justificación). Para internado médico deberá cubrir el 100% de asistencia en cada uno de los módulos.

6. Actuar con responsabilidad en el manejo de equipo, material y efectos que se utilizan con motivo de sus actividades.

7. Comunicar inmediatamente por escrito al personal del IMSS, cualquier irregularidad que observe durante sus actividades, en el siguiente orden: Profesor, Asesor o Tutor, Coordinador Clínico de Educación e Investigación en Salud de la Unidad Médica sede, Coordinador Delegacional de Educación en Salud y funcionarios de la Institución Educativa a la que pertenezca.

8. Responder por los daños y perjuicios que ocasione a los bienes del Instituto ya sea por imprudencia, descuido o negligencia.

9. Hacer entrega en su caso, del equipo, material y otros efectos o bienes bajo su responsabilidad.

10. Utilizar el uniforme o la bata correspondiente.

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11. Avisar de inmediato en caso de enfermedad o accidente, a su Profesor, Asesor o Tutor Coordinador Clínico de Educación e Investigación en Salud, Coordinador Delegacional de Educación en Salud y entregar en las primeras 24 horas la notificación de incapacidad médica, (NOTA MÉDICA), para desempeñar las actividades descritas en su programa operativo que hubiese otorgado el médico del IMSS autorizado. No se aceptarán notificaciones de personal médico no autorizado o ajeno al IMSS. No procede extensión de incapacidad laboral como a los empleados del instituto.

12. Los estudiantes, becados o becarios deberán comportarse con decoro, dignidad y profesionalismo como la profesión lo requiere.

13. Los estudiantes, becados o becarios deben portar uniforme blanco y limpio, hombres con corbata y mujeres cabello recogido, zapatos blancos no tenis, así como Gafete de identificación (del IMSS o de la Universidad) en todo momento. Se prohíbe el uso de cualquier otro tipo de ropa incluyendo traje quirúrgico o filipina en las instalaciones del hospital. Únicamente se podrá usar traje quirúrgico en área de quirófanos y toco cirugía.

14. Los estudiantes, becados o becarios deben traer, en la medida de lo posible equipo de trabajo (Estetoscopio, baumanómetro, máquina de escribir). Solo traer lo necesario al hospital para evitar saturación de bultos o mochilas en las áreas de trabajo o de descanso. En caso de requerir entrar a quirófano o toco cirugía con mochila o bultos, estos deberán ser guardados en una bolsa trasparente de plástico.

15. El uso de teléfono celular debe disminuirse al mínimo, nunca con sonido, en dado caso con vibrador y nunca debe intervenir con las consultas, ni debe permitirse la posibilidad de que los pacientes interpreten que los médicos atienden más al celular que a ellos.

16. Los médicos internos tendrán una jornada de lunes a viernes con actividades complementarias los días sábados y domingos. Las jornadas de fin de semana y días feriados tendrán una duración de 24 hroas. Para las actividades complementarias (guardias) se cumplirá una jornada A-D.

17. El horario de entrada al hospital es a las 07:00, en cualquier tipo de jornada. Deberá siempre presentarse al menos quince minutos antes de la hora en cualquier actividad.

18. El horario de salida sin guardia complementaria (preguardia) es a las 18: 00 h. El

horario de salida después de la guardia complementaria (postguardia) es a las

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16:00 h. En caso de estar en algún procedimiento quirúrgico o en toco cirugía no se podrá abandonar el servicio hasta que sea relevado por otro médico o alumnos de guardia.

19. En cada servicio por el que van rotando se les asignará su rol de guardias. Y las vacaciones serán asignadas por la Coordinación Clínica de educación e investigación en salud.

20. En el caso de que se requiera abandonar el Hospital en forma temporal o antes de la hora de salida, es necesario avisar en la coordinación clínica de educación e investigación en salud y al profesor. No es suficiente con el permiso del médico de base.

21. Los estudiantes, becados o becarios deben asistir a las actividades asistenciales que se le asignen (consultorios, urgencias, quirófanos, Pisos, Rx, triage, etc.) atendiendo las indicaciones de sus tutores y los responsables de ello, respetando el pudor y los derechos de los pacientes así como al personal de la unidad apegado al código de conducta del servidor público del IMSS.

22. Los estudiantes, becados o becarios deben ser puntuales en todas las actividades.

23. Todos los estudiantes, becados o becarios deben asistir a sesiones académicas con horarios establecidos por sus tutores.

24. Todos los miércoles a las 8:00 am es la sesión general del hospital en el auditorio, a la que todos deben acudir con carácter obligatorio, con puntualidad y registrar su asistencia en lista y firmarla.

25. Según requieran los programas específicos los estudiantes, becados o becarios deben cumplir con el sistema de evaluación ya sea inmediatamente llenando y firmando las bitácoras o las hojas de evaluación al término de sus rotaciones mensuales, y entregar en los 5 primeros días del mes de su conclusión de cada módulo, debidamente llenados y firmados, para firmarse por jefatura de enseñanza.

26. Las instalaciones, equipo de apoyo y material para el aprendizaje deben de ser cuidados para evitar su deterioro.

27. Los estudiantes, becados o becarios deberán observar las indicaciones conducentes para el buen uso de los recursos institucionales y para la disposición de los residuos peligrosos biológicos, e infecciosos (R.P.B.I).

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28. Los estudiantes, becados o becarios deberán presentarse puntualmente en cada uno de sus servicios. Deberán acatar las indicaciones de sus profesores.

29. A los estudiantes, becados o becarios, no se autoriza cambios de guardia, ni de

periodos vacacionales establecidos al inicio de su promoción.

30. No se autorizan convenios para ningún alumno en ninguna de sus modalidades.

31. Todos los internos de pre-grado deberán de registrarse en la plataforma de nómina institucional para recibir su tarjetón de pago electrónico. Para el trámite de asignación de matrícula y de pago por tarjeta bancaria deberán entregar oportunamente los documentos solicitados para su alta en el banco. Cualquier retraso en la entrega será su responsabilidad en caso de falta de pago o retroactivos.

32. En caso de salir de vacaciones deberán acudir con secretaria de la Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud una semana antes de fecha programada, para dar aviso y en caso de que corresponda solicitar oficio, no se autorizará vacaciones si no se realiza trámite correspondiente.

33. El área de descanso es un área común de médicos internos y médicos residentes. Será de uso exclusivo para el personal que permanezca de guardia. NO podrán permanecer en esta área en horario laboral, de lo contrario serán acreedores a una sanción.

34. Los alumnos deberán de mantener sus áreas de descanso y trabajo limpias en todo momento, libre de objetos personales a la vista, no material de curación o ropa hospitalaria para evitar pérdidas o que estos sean retirados como basura al momento que el personal de servicios básicos entre a realizar el aseo. El instituto no se hace responsable de pérdidas de objetos personales.

35. Los alumnos de nuevo ingreso deberán asistir al 100% con carácter obligatorio, al curso de inducción.

36. El alumno será el responsable de mantener en orden el Expediente Clínico, así como el cumplimiento de la NOM de Expediente clínico para su elaboración. Realizando en máquina, computadora o a mano con letra legible: historia clínica completa en el formato correspondiente, nota de ingreso, notas medicas de evolución incluyendo fecha y hora de elaboración, ficha de identificación del paciente con número de seguridad social, signos vitales, estado de salud y pronostico del paciente tomando en cuenta exámenes de laboratorio y de gabinete solicitados y los resultados obtenidos, anotar el nombre de quien elabora

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y firma y sello del médico responsable del paciente. (Lo anterior se realizará a todos los pacientes que ingresan al servicio en piso ya sea por urgencias o por consulta externa). Para todo lo realizado dentro del expediente, deberán ser utilizados únicamente los formatos institucionales ya establecidos.

37. Las solicitudes de estudios auxiliares de diagnóstico deberán llenadas con datos completos del paciente y diagnóstico además de ser firmadas por el médico responsable del paciente y los resultados deberán de ser recabados oportunamente para su integración en el expediente y en las notas médicas.

38. El hacer uso de las redes sociales para difusión de Información Institucional, con imágenes, videos, textos, etc., del personal, de los pacientes y de las áreas del Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene implicación y responsabilidad administrativa, Jurídica y Penal, por lo que se les solicita abstenerse de hacerlo.

39. Los alumnos asignados a este HGZ 2, deberán participar activamente en los programas, modelos institucionales, iniciativas, proyectos de mejora, etc. Que realiza el hospital.

40. La falta de cumplimiento de este reglamento será sancionada según corresponda. Cualquier situación no contemplada en este reglamento será analizada de forma colegiada y con la persona involucrada para definir las acciones a implementar.

SON FALTAS IMPUTABLES A LOS INTERNOS:

1. Distraer su atención durante el horario de servicio para realizar otras actividades

distintas a las que le fueron asignadas por el Programa.

2. Aprovechar los servicios o el personal, en asuntos particulares o ajenos a los de la institución a la cual estén adscritos.

3. Incurrir en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra sus jefes o

unos u otros, dentro de la Unidad.

4. Ausentarse de sus actividades sin autorización escrita de su jefe inmediato, o faltar a las reuniones de trabajo injustificadamente.

5. Sustraer del establecimiento materiales, equipo o medicamentos pertenecientes a

la unidad médica a la cual esté adscrito.

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6. Propiciar actos que afecten los intereses, tanto de la unidad hospitalaria como del Programa.

7. Presentarse bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o

psicotrópicos dentro de la Unidad inscrita.

8. Realizar actos inmorales en el establecimiento al cual esté adscrito.

9. Comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia, la seguridad del lugar donde realiza su internado o de las personas que ahí se encuentran; así como causar daños o destruir intencionalmente edificios, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, muebles, útiles de trabajo, materiales y demás objetos que estén al servicio de la institución de salud a la cual estén adscritos.

10. Cobrar directa o indirectamente por cualquier servicio que esté incluido en sus

actividades, así como vender medicamentos dentro del horario de servicio en la institución a la cual estén adscritos.

11. El incurrir en cualquier violación a la ética profesional.

12. El violar los reglamentos de la institución donde estén adscritos y a los no

contemplados en las cláusulas anteriores.

13. Se tomarán en cuenta los retardos y ausencias del servicio, las ausencias de la guardia o el abandono de la misma, será especialmente penado la suplantación en las guardias. Por ningún motivo se permitirán extender los horarios de guardia o implementar guardias de castigo.

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Cuando los internos incurran en alguna de las faltas señaladas en estas normas

únicamente se le podrán aplicar las siguientes medidas disciplinarias.

1. AMONESTACIONES VERBALES

Las amonestaciones verbales serán hechas en privado por el tutor. Solamente

tendrá derecho a dos amonestaciones verbales para pasar al extrañamiento

escrito.

2. EXTRAÑAMIENTOS ESCRITOS

El extrañamiento es la observación por escrito que se aplicará a los internos que

incurran en las faltas que así lo ameriten. El encargado de hacerlo será el jefe de

enseñanza o responsable de la unidad médica a la cual esté adscrita; una copia se

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agregará al expediente personal y otra se entregará a la institución educativa de

procedencia. Y en caso de acumular 3 extrañamientos escritos se procederá a la

baja del interno.

3. SUSPENSIÓN DEL INTERNADO:

La cancelación del internado de la institución de salud a que esté adscrito, será

procedente cuando el interno incurra en alguna de las siguientes causas:

a) Acumular más de tres faltas de asistencia injustificada en un período de treinta

días.

b) Proponga y realice estudios y tratamientos a usuarios fuera de la unidad médica a

la que esté adscrito.

c) Por sentencia condenatoria cuando cometa algún delito del orden común.

d) Cuando a juicio del comité de enseñanza de la unidad y la Institución educativa; la

gravedad de la falta cometida sea suficiente para solicitar la suspensión levantando

el acta administrativa correspondiente en conjunto con la institución educativa.

e) En caso de que el alumno repruebe una rotación.

f) Incurrir en una falta imputable por parte de los internos.