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RESOLUCIÓN No. 0121 EL SECRETARIO GENERAL CERTIFICA Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, en Sesión Ordinaria del 1 de abril de 2015, CONSIDERANDO El memorando 076-PS-GADMA del 24 de marzo de 2015, suscrito por la doctora Nelly Cabrera, Procuradora Síndica Municipal, quien adjunto remite el Proyecto de Ordenanza para Regular, Autorizar y Controlar la Explotación de Materiales Áridos y Pétreos que se Encuentran en los Lechos de los Ríos, Lagos y Canteras Existentes en el Jurisdicción del Cantón Archidona; RESOLVIÓ Remitir el señalado Proyecto de Ordenanza a la Comisión Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios Públicos, a fin de que proceda a su estudio, análisis y socialización; y, emita el correspondiente informe para conocimiento del Concejo en pleno. Archidona, 8 de abril de 2015. Ab. Edisson Romo Maroto DIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0121

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 1 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El memorando 076-PS-GADMA del 24 de marzo de 2015, suscrito por la doctoraNelly Cabrera, Procuradora Síndica Municipal, quien adjunto remite el Proyecto deOrdenanza para Regular, Autorizar y Controlar la Explotación de Materiales Áridosy Pétreos que se Encuentran en los Lechos de los Ríos, Lagos y CanterasExistentes en el Jurisdicción del Cantón Archidona;

RESOLVIÓ

Remitir el señalado Proyecto de Ordenanza a la Comisión Permanente deUrbanismo, Obras y Servicios Públicos, a fin de que proceda a su estudio, análisisy socialización; y, emita el correspondiente informe para conocimiento del Concejoen pleno.

Archidona, 8 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0122

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 1 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe del 24 de marzo de 2015, suscrito por los señores Concejales FranciscoAndy y Juan Avilés, quienes asistieron al Taller de Capacitación “Los Desafíos delas Autoridades Locales para lograr un Fortalecimiento Municipal”, en la ciudad deCusco, República de Perú;

RESOLVIÓ

Conocer el Informe presentado por los señores Concejales asistentes al señaladoevento; y, solicitar a dichas autoridades se realice una sesión de socialización delos temas tratados entre los funcionarios de la Municipalidad.

Archidona, 8 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0123

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, enSesión Ordinaria del 1 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe JFSC-102-DSBOP-GADMA-2015 del 31 de marzo del presente año, suscrito porel ingeniero Fernando Zurita, Director de Servicios Básicos y Obras Públicas de laMunicipalidad de Archidona, quien pone en conocimiento del Concejo Municipal elProyecto Restauración Forestal para la Conservación de las Cuencas Hídricas del CantónArchidona, preparado por la Unidad de Gestión y Control Ambiental, a fin de que seautorice la suscripción del correspondiente Convenio;

Que, en las reuniones mantenidas con los técnicos de la Oficina Provincial del ProgramaNacional de Restauración Forestal, se ha propuesto al Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de Archidona, forme parte del señalado Programa, con elobjeto de propender la restauración forestal que permita la preservación de las principalescuencas hidrográficas del Cantón;

Que, mediante Acuerdo 315 el Ministerio del Ambiente expide varias reformas al AcuerdoMinisterial 211 del 21 de julio de 2014, publicado en el Registro Oficial 317 del 22 deagosto del mismo año, que en lo principal señala: Art. 1.- Inclúyase en todas las partesdel texto del Acuerdo Ministerial citado, a continuación da la palabra “Provinciales” losiguiente: “Municipales”; con lo cual se integra directamente a los GAD Municipales en lacompetencia para ejecutar y ser parte del Programa Nacional de Restauración Forestal;

Que, el artículo 12 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización señala: .- Biodiversidad amazónica.- Con la finalidad de precautelar labiodiversidad del territorio amazónico, el gobierno central y los gobiernos autónomosdescentralizados, de manera concurrente, adoptarán políticas para el desarrollosustentable y medidas de compensación para corregir las inequidades. En el ámbito desu gestión ambiental, se aplicarán políticas de preservación, conservación y remediación,acordes con su diversidad ecológica.

Que, el artículo 54 del COOTAD indica: Funciones.- Son funciones del gobiernoautónomo descentralizado municipal las siguientes: a) Promover el desarrollo sustentablede su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir através de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de suscompetencias constitucionales y legales;

Que, el GAD Municipal de Archidona cuenta con los requisitos solicitados por parte delMinisterio del Ambiente para ser parte del Convenio de Asignación de Recursos noReembolsables para la ejecución del programa de Restauración Forestal con fines deconservación de 300 hectáreas, con las siguientes modalidades: Regeneración Natural

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115 hectáreas, Enriquecimientos 62 hectáreas, Revegetación en bloques 3 hectáreas yFranjas Ecológicas 120 hectáreas;

RESUELVE

1. Autorizar al señor Alcalde para que en su calidad de representante legal de laMunicipalidad, proceda a la suscripción del Convenio entre el GAD Municipal deArchidona y el Ministerio del Ambiente, para la Ejecución del Proyecto RestauraciónForestal para la Conservación de las Cuencas Hídricas del Cantón Archidona, comoparte del Programa Nacional de Restauración Forestal, el mismo que se financiará conFondos No Reembolsables que asignará el Ministerio señalado y los administrará laMunicipalidad, por el monto de USD. 195.647,00

2. Ratificar en todas sus partes el Convenio de Asignación de Recursos no Reembolsablessuscrito entre el MAE y el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,para la ejecución del Programa de Restauración Forestal con fines de conservación yprotección por un total de 300 hectáreas.

3. Aprobar y hacer uso de la propuesta de financiamiento del Ministerio del Ambienteasignada al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, pararestauración forestal, por el monto de USD 195.647,00, por el plazo de tres años queserán tomados en cuenta desde la fecha de efectivización del primer desembolsorespecto del convenio suscrito.

4. Autorizar al señor Alcalde emita la respectiva orden de débito dirigida al Banco Centraldel Ecuador, en caso de darse incumplimiento del objeto del Convenio.

5. Autorizar al señor Alcalde para que ponga en vigencia, administre y ejecute elConvenio suscrito entre el GAD Municipal de Archidona y el Ministerio del Ambiente.

6. Declarar a la presente Resolución con el carácter de urgente.

Archidona, 1 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0124

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 8 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El memorando 095-DDS-GADMA del 30 de marzo de 2015, suscrito por la señoraSelene Pizango, Directora de Desarrollo Social de la Municipalidad, quien adjuntoremite el Informe Técnico para la suscripción del Convenio entre el GAD Municipalde Archidona, los GAD Parroquiales Rurales de Cotundo, Hatun Sumaku y SanPablo; y, la Fundación Mariana de Jesús;

Que, en atención a Oficio 0132–0315–DS–FMJ, ingresado en la Municipalidad deArchidona el 13 de marzo de 2015, por parte de la Fundación Mariana de Jesús,la Dirección de Desarrollo Social, procedió a revisar la documentación adjunta alConvenio de Cooperación, para la implementación del Programa “Educación, Saludy Desarrollo Local”;

Que, la propuesta contiene el marco legal suficiente que habilita al GAD Municipalde Archidona a tomar decisiones sobre sus competencias y brindar apoyo a lossectores vulnerables y de extrema pobreza, que habitan en las diferentesparroquias del Cantón;

Que, el artículo 32 de la Constitución de la República señala: “La salud es underecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otrosderechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la culturafísica, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan elbuen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas,sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno ysin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integralde salud, salud sexual y salud reproductiva;

Que, el artículo 260 de la Constitución señala que el ejercicio de las competenciasexclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación deservicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre losdistintos niveles de gobierno;

Que, el artículo 54 del COOTAD establece.- Funciones.- Son funciones delgobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: a) Promover eldesarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la

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realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicascantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

Que, el literal j) del antes señalado artículo determina que son funciones de laMunicipalidad, el implementar los sistemas de protección integral del cantón queaseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en laConstitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformaciónde los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechosde los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas ruralescoordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales;

RESOLVIÓ

1. Autorizar al señor Alcalde para que en su calidad de representante legal de laMunicipalidad proceda a suscribir el Convenio de Cooperación entre el GADMunicipal de Archidona y la Fundación Mariana de Jesús, para el cumplimientodel Programa “Educación, Salud y Desarrollo Local”, cuyo objeto es articularesfuerzos en favor de la educación, la salud, la protección integral, la seguridadalimentaria, el acceso a la cultura, la recreación de adolescentes, jóvenes yfamilias en condición de pobreza extrema; y, dar impulso y atención aldesarrollo local de las parroquias Cotundo, Hatun Sumaku y San Pablo,

2. Encargar a la Dirección de Desarrollo Social el cumplimiento del señaladoConvenio, cuyo aporte del GAD Municipal de Archidona asciende a la suma deUSD. 40.981,04.

Archidona, 13 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0125

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 8 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe Técnico 011-DTPC-PFyOT-GADMA-2015, del 7 de abril de 2015,suscrito por la arquitecta Sheila Tobar, Directora de Planificación de laMunicipalidad, quien adjunta la documentación relacionada con el Informe Finalsobre el Proceso de Fijación de Límites en las Parroquias Rurales del CantónArchidona;

Que, con oficio 055 DP-GADMA del 22 de diciembre de 2014, la Directora dePlanificación informa a la Alcaldía, que la Ley para la Fijación de LímitesTerritoriales Internos, publica en el Suplemento del Registro Oficial 934, del 16 deabril del 2013, en la parte pertinente de la Disposición Transitoria Novena señala:"Los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en el plazo máximo de dos añoscontados a partir de la vigencia de la presente Ley, resolverán los conflictos delímites existentes en sus respectivas jurisdicciones territoriales de conformidad concualquiera de los procedimientos establecidos en esta ley···";

Que, con Resolución 0089 del 30 de diciembre del 2014, el Concejo Municipalresolvió comunicar a los Gobiernos Parroquiales Rurales de Cotundo, HatunSumaku y San Pablo, pertenecientes al Cantón Archidona, que de existirconformidad con los Límites Referenciales Vigentes, en un plazo de 30 días, enforma escrita remitan al Concejo Municipal su decisión de iniciar el trámite delegalización de sus límites territoriales;

Que, mediante oficio circular 002–AG-A-GADMA del 5 de enero de 2015, suscritopor el ingeniero Jaime Shiguango, Alcalde de Archidona, en referencia a la Ley deLímites Internos, solicita a las parroquias del Cantón, remitir la conformidad odisconformidad en relación a los límites de los territorios de cada una de lasparroquias;

Que, el 20 de enero de 2015, el Comité Nacional de Límites Internos (CONALI),realiza la visita técnica para brindar el apoyo y asesoramiento técnico sobre eltema de Límites a los miembros del Concejo Municipal, técnicos de lasMunicipalidad y de los GAD Parroquiales Rurales del Cantón;

Que, con oficio 0029 del 27 de enero de 2015, suscrito por el señor MiguelChimbo, Presidente del GAD Parroquial Rural de San Pablo Ushpayacu, se

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comunica a la Municipalidad de Archidona, que no existe ningún conflicto delímites en su jurisdicción, que requiera intervención de los organismoscompetentes;

Que, mediante oficio 145 P-GADPRHS, del 28 de enero de 2015, suscrito por laseñora Lidia Mamallacta, Presidenta del GAD Parroquial Rural de Hatun Sumaku,expresa que no existe ningún conflicto de límites en su jurisdicción, que requieraintervención de los organismos competentes;

Que, con oficio 0089, del 30 de enero de 2015, suscrito por el Sr. EliecerToapanta, Presidente de la Junta Parroquial Rural de Cotundo, expresa que noexiste ningún conflicto de límites que requiera intervención de los organismoscompetentes;

Que, con Informe 010 del 9 de marzo de 2015, la Coordinadora de PlaneamientoFísico y Ordenamiento Territorial de la Dirección de Planificación Municipal, indicaque el Cantón Archidona posee la mayor parte de sus límites internos legalmenteconstituidos con Acuerdos y Ordenanzas, a excepción de la Parroquia San Pablode Ushpayacu que limita con las Parroquias de Cotundo y la Cabecera Cantonal deArchidona, la cual posee límites referenciales, por lo que se hace necesariolegalizarlos conforme a lo descrito en el respectivo informe;

Que, mediante Resolución 0108 del 9 de Marzo del 2015, una vez revisados losinforme técnicos, el Concejo Municipal de Archidona, resuelve autorizar alseñor Alcalde en su calidad de representante legal de la Municipalidad y a laProcuradora Síndica, en calidad de representante judicial, procedan a lasuscripción del Acta de Acuerdo con los GAD Parroquiales Rurales del cantónArchidona, a fin legalizar los límites internos y continuar con los trámitesrespectivos;

Que, mediante Acta de Acuerdo 0001-2015 de Límites Internos Parroquiales entreCotundo y San Pablo de Ushpayacu del 19 de Marzo de 2015, los GADParroquiales señalados declaran que aceptan el contenido de la misma,ratificándose además que para la comparecencia y suscripción de la presenteActa, no se encuentran presionados ni afectados en su voluntad y renuncian acualquier acción legal futura sobre el contenido del acuerdo constante en elseñalado documento;

Que, mediante Acta de Acuerdo 0002-2015 de Límites Internos Parroquiales entreSan Pablo de Ushpayacu y Archidona del 19 de Marzo de 2015, los dos sectoresdeclaran que aceptan el contenido de la misma, ratificándose además que para lacomparecencia y suscripción del Acta, no se encuentran presionados ni afectadosen su voluntad y renuncian a cualquier acción legal futura sobre el contenido delacuerdo constante en el documento mencionado;

Que, con oficio 00186-SG-A-GADMA del 19 de Marzo del 2015, se solicita el apoyotécnico del CONALI, a fin de desarrollar el Proyecto de Ordenanza de

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Regulación de los Límites Referenciales del Cantón Archidona, por no existirconflictos de Límites Internos, para lo cual se adjunta las Actas de AcuerdoFirmadas por las Parroquias de San Pablo de Ushpayacu con Cotundo y San Pablode Ushpayacu con Archidona.

RESOLVIÓ

1. Aprobar el Informe Final sobre el Proceso de Fijación de Límites Internos en lasParroquias Rurales del Cantón Archidona, el mismo que contiene las Actas deAcuerdo por parte de las jurisdicciones de Cotundo-San Pablo y San Pablo-Archidona.

2. Dar por concluido el proceso de Fijación de Límites Internos y ratificar por lotanto los Límites Referenciales, los cuales presentan los siguientes Tramos:

LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LA PARROQUIA RURAL COTUNDO Y LAJURISDICCIÓN DE LA CABECERA CANTONAL ARCHIDONA, DE NOROESTE ASUDESTE:

Del punto de coordenadas geográficas 0º 29` 5,39” de latitud Sur y 78º 8` 33,35”de longitud Occidental, ubicado en la cima del volcán Antisana de cota 5693msnm. en el límite territorial entre los cantones de Quijos y Archidona, continúapor la divisoria de aguas que separa el río Tumiguina al Norte y la quebradaMoyas al Sur, hasta el punto de coordenadas geográficas 0º 28´ 58,27” de latitudSur y 78º 9´ 42,89” de longitud Occidental, ubicado a la misma longitudgeográfica de las nacientes del río Antisana; de este punto, el meridianogeográfico al Sur, hasta la naciente referida, en el punto de coordenadasgeográficas 0º 29´ 0,59” de latitud Sur y 78º 9´ 42,89” de longitud Occidental; dedicha naciente, continúa por el curso del río Antisana, que aguas abajo toma elnombre de río Verde, hasta el punto de coordenadas geográficas 0º 51´ 33,74” delatitud Sur y 78º 0´ 3,35” de longitud Occidental; de dicho punto, el paralelogeográfico al Este, hasta el punto de coordenadas geográficas 0º 51´ 33,74” delatitud Sur y 77º 46´ 2,63” de longitud Occidental, en el vértice donde se unen loslímites territoriales entre la cabecera cantonal Archidona y las parroquias ruralesCotundo y San Pablo de Ushpayacu.

LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LA PARROQUIA RURAL SAN PABLO DEUSHPAYACU Y LA JURISDICCIÓN DE LA CABECERA CANTONAL ARCHIDONA, DENORDESTE A SUDOESTE:

Del punto de coordenadas geográficas 0º 51` 33,74” de latitud Sur y 77º 46`2,63” de longitud Occidental, ubicado en el vértice donde se unen los límitesterritoriales entre la cabecera cantonal Archidona y las parroquias rurales Cotundoy San Pablo de Ushpayacu, una alineación al Sudeste, hasta intersecar con lanaciente del río Lushian, en el punto de coordenadas geográficas 0º 51´ 39,82”de latitud Sur y 79º 45´ 54,58” de longitud Occidental; de dicho punto, continúapor el curso del río Lushian, aguas abajo, hasta el punto de coordenadas

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geográficas 0º 56´ 54,73” de latitud Sur y 77º 47´ 47,87” de longitud Occidental,en el límite territorial entre los cantones Archidona y Tena de la provincia deNapo.

LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LAS PARROQUIAS RURALES COTUNDO Y SANPABLO DE USHPAYACU, DE SUDOESTE A NORDESTE:

Del punto de coordenadas geográficas, 0º 51` 33,74” de latitud Sur y 77º 46`2,63” de longitud Occidental, ubicado en el vértice donde se unen los límitesterritoriales entre la cabecera cantonal Archidona y las parroquias rurales Cotundoy San Pablo de Ushpayacu, el paralelo geográfico al Este, hasta intersecar con elcurso del río Hollín, en el punto de coordenadas geográficas 0º 51´ 33,74” delatitud Sur y 77º 42´ 50,23” de longitud Occidental; de este punto, continúa por elcurso del río Hollín, aguas arriba, hasta el punto de coordenadas geográficas 0º49´ 14,48” de latitud Sur y 77º 39´ 43,18” de longitud Occidental, ubicado a lamisma longitud geográfica de la afluencia de la quebrada (sin nombre) en el ríomencionado; de dicho punto, el meridiano geográfico al Sur, hasta la afluenciareferida, en el punto de coordenadas geográficas 0º 49´ 15,86” de latitud Sur y77º 39´ 43,18” de longitud Occidental; de este punto, continúa por el curso de laquebrada (sin nombre), aguas arriba, hasta su naciente, en el punto decoordenadas geográficas 0º 49´ 40,45” de latitud Sur y 77º 37´ 39,86” delongitud Occidental; de dicha naciente, una alineación al Nordeste, hasta lanaciente de la quebrada (sin nombre), en el punto de coordenadas geográficas 0º49´ 35,29” de latitud Sur y 77º 37´ 8,64” de longitud Occidental; de estanaciente, continúa por el curso de la quebrada referida, aguas abajo, hasta suafluencia en el río Huayusayacu, en el punto de coordenadas geográficas 0º 48´57,33” de latitud Sur y 77º 36´ 11,80” de longitud Occidental, en el límiteterritorial entre los cantones Archidona y Tena.

3. Declarar a la presente Resolución con el carácter de urgente.

Archidona, 8 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0126

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 8 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe Técnico Financiero que contiene la Primera Reforma a la OrdenanzaPresupuestaria del Ejercicio Económico del Año 2015, suscrito por el licenciadoJosé Cifuentes, Director Financiero de la Municipalidad.

RESOLVIÓ

Aprobar en primera la Primera Reforma a la Ordenanza Presupuestaria delEjercicio Económico del Año 2015; y, remitir la misma a la Comisión Permanentede Planificación, Ordenamiento Territorial y Presupuesto, a fin de que proceda asu estudio y análisis, y emita el correspondiente informe para conocimiento delConcejo en pleno.

Archidona, 13 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0127

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 8 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe Técnico 020 del 7 de abril de 2015, suscrito por la señora VerónicaHerrera, Coordinadora Técnica de Talento Humano Encargada, relacionado con elAcuerdo Ministerial MDT-2015-0060 que Expide la Escala de Techos y Pisos de lasRemuneraciones Mensuales Unificadas de las y los Servidores Públicos de losGobiernos Autónomos Descentralizados;

Que, mediante acuerdo Ministerial NMDT-2015-0060, el Ministerio de Trabajo enuso de las atribuciones que le confieren los artículos 3, inciso tercero, y 51literales a) y d) de la Ley Orgánica del Servicio Público y 112 literal b) de suReglamento General, acuerda expedir la escala de techos y pisos de lasremuneraciones mensuales unificadas de las y los servidores públicos de losGobiernos Autónomos Descentralizados Municipales;

Que, el artículo 1 del Acuerdo Ministerial señalado establece la escala de techos ypisos de las remuneraciones mensuales unificadas de las y los servidores públicosbajo el régimen de la Ley Orgánica del Servicio Público-LOSEP de los GobiernosAutónomos Descentralizados Municipales, sustentado en el Modelo de EquidadTerritorial previsto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización;

Que, el artículo 2 del Acuerdo Ministerial en mención expresa: “En aplicación delinciso tercero del artículo 3 de la LOSEP, los valores determinados como techos enel anexo señalado en el artículo precedente, son los límites máximos que, según elnivel y el rol del puesto, están obligados a no superar los Gobiernos Autónomospara regular la escala de remuneraciones mensuales unificadas de sus servidoresbajo el régimen de la LOSEP;

Que, el artículo 3 del Acuerdo Ministerial MDT-2015-0060, manifiesta: “Esobligación y responsabilidad del Concejo Municipal de cada Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal emitir el acto normativo o resolución respectiva queregule la escala de remuneraciones mensuales unificadas de sus servidores bajo elrégimen de la LOSEP, sujetándose a los techos remunerativos determinados en elpresente acuerdo Ministerial, observando criterios de austeridad y su realcapacidad económica y financiera;

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Que, el artículo 4 del antes señalado Acuerdo tipifica: “Cuando los valores de lasremuneraciones mensuales unificadas de los puestos de las y los servidorespúblicos de los Gobierno Autónomos Descentralizados Municipales, fuerensuperiores a los techos establecidos, se cumplirán las siguientes disposiciones:

a) Los valores de las remuneraciones de los puestos de período fijo y de librenombramiento y remoción, inclusive bajo la modalidad de contratos de serviciosocasionales, se ajustarán inmediatamente a los techos determinados, deconformidad al acuerdo ministerial.

b) Los valores de las remuneraciones de los puestos de carrera ocupados connombramiento permanente, se mantendrán mientras las y los servidorescontinúen como titulares de los mismos y esas remuneraciones hayan sidofijadas legalmente. Todo puesto vacante o que quede vacante, inclusiveaquellos ocupados con nombramiento provisional, se ajustará inmediatamentea los techos establecidos en el acuerdo ministerial.

c) Los valores de las remuneraciones de los puestos que no son de librenombramiento y remoción, bajo la modalidad de contratos de serviciosocasionales, se mantendrán hasta el 31 de diciembre del 2015.

Que, según lo observado en el Acuerdo Ministerial, los señores DirectoresDepartamentales, Coordinadores, Técnicos de Unidad y demás servidoresmunicipales, se encuentran dentro de los parámetros establecidos para cada unode ellos;

Que, en los techos establecidos en el antes nombrado Acuerdo Ministerial seobserva que el sueldo del señor Alcalde y de las y los señores Concejales, estánsobre el techo de la tabla establecida, debiendo ser ajustados para darcumplimiento a esta disposición;Que, la Unidad de Talento Humano remite para su respectivo análisis y aplicaciónel cuadro comparativo de remuneraciones, donde consta la RemuneraciónMensual Unificada que deberá percibir el Alcalde y Concejales a partir del mes demarzo de 2015, en aplicación a los techos establecidos en el Acuerdo MinisterialNo.- MDT-2015-0060;

Que, el artículo 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización señala: Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa, literal o): “Laaprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativamente, de lostraspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, encasos especiales originados en asignaciones extraordinaria o para financiar casosde emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre losprogramas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución deobras públicas ni la prestación de servicios públicos. El Alcalde o la alcaldesadeberá informar al concejo municipal sobre dichos traspasos y las razones de losmismos”;

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Que, el artículo 256 del antes señalado Código señala: TRASPASOS DE CRÉDITO.-“Traspasos.- El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, de oficio oprevio informe de la persona responsable de la unidad financiera, o a pedido deeste funcionario, podrá autorizar traspasos de crédito disponible dentro de unamisma área, programa o subprograma, siempre que en el programa,subprograma, partida de que se tomen los fondos hayan disponibilidadessuficiente, sea por que los respectivos gastos no se efectuaren en todo o en partedebido a causas imprevistas o porque se demuestre con el respectivo informe queexisten excedente de disponibilidades…”;

Que, el artículo 258 del COOTAD indica: “Informe al Legislativo.- El ejecutivo delgobierno autónomo descentralizado deberá informar al legislativo correspondiente,en la sesión más próxima, acerca de los traspasos que hubiere realizado”;

RESUELVE

1. Aprobar el Informe Técnico 020 del 7 de abril de 2015, presentado por laUnidad de Talento Humano Encargada, relacionado con el Acuerdo MinisterialMDT-2015-0060 que Expide la Escala de Techos y Pisos de las RemuneracionesMensuales Unificadas de las y los Servidores Públicos de los GobiernosAutónomos Descentralizados.

2. Acoger y dar cumplimiento a la Resolución MDT-2015-0060 del 26 de marzo de2015, expedida del Ministerio de Trabajo y por lo tanto ajustar a los techos delas Remuneraciones Mensuales Unificadas constante en el señalado documento,los emolumentos que perciben el señor Alcalde y la y los señores Concejales deArchidona, el mismo que fija un máximo de USD. 4.508,00 y 2.254,00,respectivamente.

3. Encargar a la Comisión Permanente de Planificación, Ordenamiento Territorial yPresupuesto, presente de manera urgente el Proyecto de Reforma a laOrdenanza que Establece la remuneración del Alcalde y Concejales en el GADMunicipal de Archidona.

4. Descontar en partes iguales en los meses de abril y mayo de 2015, el excesopagado en las remuneraciones mensuales unificadas del Alcalde y Concejalescorrespondientes al mes de marzo de 2015, por cuanto el Acuerdo Ministerialfue publicado una vez que estuvieron realizados los procesos de roles de pago ycancelación de remuneraciones.

5. Comunicar del cumplimiento del Acuerdo Ministerial MDT-2015-0060, a laContraloría General del Estado.

6. Conocer los traspasos dentro de un mismo programa, requerido por laDirección Financiera y autorizado por el señor Alcalde, mediante el cual el saldodel reajuste de las remuneraciones mensuales unificadas del señor Alcalde yseñora y señores Concejales se destinarán de acuerdo al siguiente detalle

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No. PARTIDA DENOMINACIÓN INCREMENTO111.53.03.03 Subprograma 1.- Alcaldía y Concejalía:

Viáticos y Subsistencias en el InteriorUSD.

15.000,00118.53.08.02 Subprograma 8.- Seguridad Industrial y

Salud Ocupacional: Vestuario, Lencería yPrendas de Protección

8.000,00

322.71.05.09 Subprograma 2.- Comisaría y PolicíaMunicipal: Horas Extraordinarias ySuplementarias

2.000,00

327.71.05.09 Subprograma 7.- Construcción Vial eInfraestructura: Horas Extraordinarias ySuplementarias

3.354,40

Archidona, 13 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0128

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Acta de la Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente de Educación, Cultura yDeportes del 21 de octubre de 2014, en la cual se ha procedido al Análisis delProyecto de Ordenanza de Condecoraciones, Reconocimientos y Actos Oficiales;

Que, el artículo 22 de la Constitución de la República del Ecuador determina quelas personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio dignoy sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de laprotección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por lasproducciones científicas, literarias o artísticas de su autoría;

Que, el artículo 340 de la Carta Magna señala como parte del sistema nacional deinclusión y equidad social los ámbitos del deporte, la cultura, la ciencia, entreotros;

Que, el artículo 380 de la Constitución establece que serán responsabilidades delEstado apoyar el ejercicio de las profesiones artísticas y garantizar los fondossuficientes y oportunos para la ejecución de la política cultural;

Que, el cuarto inciso de las Derogatorias constantes en la Ley Orgánica delServicio Público, establece que “Se faculta la entrega de condecoraciones omedallas en el sector público, cuyos costos máximos serán regulados a través delas normas que para el efecto expida el Ministerio de Relaciones Laborales”;

Que, el artículo 54, literal q) del Código Orgánico de Organización Territorial,Autonomía y Descentralización, señala que una de las funciones que le compete ala Municipalidad es promover y patrocinar las culturas, las artes, actividadesdeportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del Cantón;

Que, el artículo 2 de la Ordenanza Protocolaria de Condecoraciones yreconocimientos señala: La Condecoración “Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de Archidona”, es el máximo galardón que concederá laEntidad Municipal a las señoras y señores Presidentes y Ex-Presidentes de laRepública, Asambleístas, Ministras y Ministros, Viceministras y Viceministros,Autoridades, Instituciones Públicas o Privadas y Ciudadanas y Ciudadanos Ilustres,

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que por sus invalorables servicios han aportado de una u otra manera al desarrollodel Cantón;

Que, el artículo 3 de la antes señalada Ordenanza determina: La Condecoración“Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona”, se impondránpreferentemente en la Sesión Conmemorativa por la celebración de la Fundaciónde la Ciudad de Archidona, la Creación del Cantón y el Aniversario del FestivalFolklórico de la Chonta o en el Acto Especial que se programare para este efecto;

Que, el artículo 4 de la Ordenanza en Referencia indica: La Condecoración “AlMérito Ciudadano” se conferirá a las ciudadanas y ciudadanos nacidos en elCantón o a quienes hubieren fijado definitivamente su residencia en el mismo, yhan obtenido por su profesión, posición o gestión, logros que prestigien a lacomunidad archidonense. Considerando la diversidad cultural, esta distinción seimpondrá preferentemente en la Sesión Conmemorativa por la celebración delAniversario de Fundación de la Ciudad de Archidona, la Creación del Cantón y elAniversario del Festival Folklórico de la Chonta;

Que, el artículo 6 de la Ordenanza Protocolaria de Condecoraciones yReconocimientos establece: La Condecoración “Jumandy al Mérito Cultural yPatrimonial”, se impondrá previa postulación y certificación del Ministerio deCultura y Patrimonio o de la Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión”Núcleo de Napo, a quienes siendo nativos o residentes del Cantón Archidona, sedestaquen con sus obras, publicaciones, exposiciones o diversas manifestacionesartísticas y culturales, así como en la preservación e incentivo del patrimoniocultural e histórico. Esta distinción se otorgará en la Sesión SolemneConmemorativa del Aniversario de la Fundación de Archidona, de Creación delCantón y del Festival Folklórico de la Chonta;

Que, el artículo 8 de la nombrada normativa manifiesta: La Condecoración “AlMérito Deportivo”, se impondrá a las y los deportistas, así como a los técnicos dela jurisdicción del cantón Archidona, que hayan sobresalido a nivel regional,nacional o internacional, en cada una de las disciplinas, lo cual será avalado ycertificado por la Liga Deportiva Cantonal de Archidona. Esta distinción seimpondrá, preferentemente en la Sesión Solemne Conmemorativa de Aniversariode la Fundación de Archidona, de Creación del Cantón y del Festival Folklórico dela Chonta;

Que, el artículo 9 de la antes nombrada Ordenanza señala: La CondecoraciónPost Mortem, se otorgará a las personalidades que han fallecido y que durantesu vida prestaron servicios relevantes al Cantón, contribuyendo con su accionar aldesarrollo de la jurisdicción, previo análisis del Concejo en pleno. Esta distinciónse impondrá, preferentemente en la Sesión Solemne del Aniversario de laFundación de Archidona, de Creación del Cantón y del Festival Folklórico de laChonta o en un Acto Especial programado para el efecto;

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Que, el artículo 10 de la Ordenanza invocada anota: Las condecoraciones oreconocimientos serán aprobadas por el Concejo Municipal mediante Resolución, alos postulantes planteados por iniciativa de los integrantes del Concejo o apetición y certificación de las Instituciones u Organizaciones del Cantón, personasnaturales o jurídicas, siempre que se cumpla con lo señalado en la presenteOrdenanza;

Que, el artículo 11 de la Ordenanza Protocolaria de Condecoraciones yReconocimientos, establece: Las condecoraciones o reconocimientos consistiránen una medalla dorada con el Escudo del Cantón y Diploma de Honor oPergamino, o símbolo de la Ciudad en sus diversas manifestaciones, cuyascaracterísticas serán determinadas por el Concejo en pleno;

RESOLVIÓ

1. Aprobar en segunda y definitiva instancia la Ordenanza Protocolaria deCondecoraciones, Reconocimientos y Actos Oficiales, con los siguientescambios:

Eliminar el artículo 7 que contiene la Condecoración al Mérito Educativo, porcuanto la educación no es competencia de la Municipalidad.

Insertarse la denominación de “Condecoración Jumandy” al reconocimientoal Mérito Cultural y Patrimonial, constante en el artículo 8 de la Ordenanza.

2. Otorgar varios reconocimientos con ocasión de la realización de la SesiónSolemne Conmemorativa.

Al Banco del Estado, representados por la magíster Verónica Gallardo,Gerente General; y, doctor Byron Ruiz, Gerente Sucursal Regional 1.

Condecoración “Al Mérito Ciudadano”, a un ciudadano y una ciudadana decada Parroquia Rural y Cabecera Cantonal, que sea pionero del desarrollo delas diversas áreas en cada jurisdicción. La selección de las personalidadesilustres se realizará en coordinación con cada una de los GobiernosParroquiales Rurales y la Federación de Barrios de Archidona.

Condecoración “Al Mérito Deportivo” a los deportistas del Cantón que sehayan destacado a nivel internacional, nacional y regional, durante el periodoMayo del 2014 a abril de 2015, lo cual será avalado por la Liga DeportivaCantonal de Archidona

Condecoración Post Mortem a la señorita Jhuliana Cabrera Garcés, Ex Reinade Archidona y al soldado Darwin Panchi, héroe del 30 de Septiembre del2010.

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Condecoración “Al Mérito Ciudadano” a los “Héroes del Cenepa” señoresJorge Vega Uari y Gilberto Samik Kukush Chunchu.

Condecoración “Al Mérito Cultural”, designación que se lo hará encoordinación con la Dirección Provincial del Ministerio de Cultura yPatrimonio.

A los Funcionarios del GAD Municipal que hayan cumplido 25 y 30 Años deServicio en la Institución. Este reconocimiento se realizará en el Aniversariode Creación de la Municipalidad.

3. Reconocer integralmente la autoría de los símbolos patrios al señor profesorFernando Cox, disponiéndose a la Dirección de Cultura, Deportes y Turismo,inscriba su nombre en toda publicación del escudo y la bandera que realice laMunicipalidad, disposición que deberá comunicarse a todas las dependenciasmunicipales, así como a las Instituciones Públicas y Privadas, por los derechosque le asisten como autor.

4. Encargar a la Dirección de Cultura, Deportes y Turismo, elabore un proyecto afin de editar los símbolos patrios del Cantón y su Himno, para que se lo difundaentre las instituciones educativas, instituciones públicas y privadas, tendiente aincentivar su conocimiento y el patriotismo cantonal.

5. Se declara a la presente Resolución con el carácter de urgente.

Archidona, 13 de abril de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0128-1

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Acta 011 del 9 de abril de 2015, que contiene el Informe de la ComisiónPermanente de Planificación, Ordenamiento Territorial y Presupuesto, en la cual seha tratado sobre el Análisis del Informe Técnico Financiero que contiene laPrimera Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del Ejercicio Económico del Año2015.

Que mediante Informe Técnico del 7 de abril de 2015, suscrito por el licenciadoJosé Cifuentes, Director Financiero de la Municipalidad, se presenta la propuestade Primera Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del Ejercicio Económico delAño 2015, así como el informe para conocimiento de traspasos;

Que, el artículo 255 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización (COOTAD) señala: “Reforma presupuestaria.- Una vezsancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de lossiguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estasoperaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en las siguientessecciones de este Código”;

Que, el artículo 259, literal c) del COOTAD establece: “Otorgamiento.- Lossuplementos de créditos se clasificarán en: créditos adicionales para serviciosconsiderados en el presupuesto y créditos para nuevos servicios no consideradosen el presupuesto… El otorgamiento de suplementos de créditos estará sujeto alas siguientes condiciones: Que se creen nuevas fuentes de ingreso o sedemuestre que las constantes en el presupuesto deben rendir más, sea por nohabérselas estimado de manera suficiente o porque en comparación con elejercicio o ejercicios anteriores se haya producido un aumento ponderado total derecaudaciones durante la ejecución del presupuesto y existan razones fundadaspara esperar que dicho aumento se mantenga o incremente durante todo elejercicio financiero”;

Que, el artículo 260 del COOTAD, señala: Solicitud.- Los suplementos de créditoserán solicitados al legislativo del gobierno autónomo descentralizado por elejecutivo en el segundo semestre del ejercicio presupuestario, salvo situación deemergencia, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera;

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Que, mediante Resolución de Concejo 0082 del 18 de diciembre de 2014, seaprobó en segunda y definitiva instancia la Ordenanza Presupuestaria para elEjercicio Económico del año 2015 del GADMA Municipal de Archidona;

Que, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 118 del Código Orgánico dePlanificación y Finanzas Públicas, a las Normas Técnicas de Presupuesto y a lodispuesto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización, es procedente realizar la presente reforma presupuestaria;

Que, la presente reforma incrementa el techo presupuestario de ingresos y gastosdel Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, la misma seajusta al Plan Anual de la Política Pública, destinados a financiar programas yproyectos acorde a los justificativos y la necesidad Institucional;

RESOLVIÓ

1. Aprobar en segunda y definitiva instancia la Primera Reforma a la OrdenanzaPresupuestaria del Ejercicio Económico del año 2015, la misma que contiene losnuevos ingresos por los siguientes conceptos:

Proyecto de Fortalecimiento Institucional para el Mejoramiento de laGestión de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. El Banco delEstado transfiere el monto de USD. 1000.000,00 No Reembolsables; y,como contraparte la Municipalidad aporta la suma de USD.12.000,00,provenientes del superávit de recaudación del rubro de agua potable.

Convenio de Cooperación Económica, suscrito con el Ministerio de InclusiónEconómica y Social (MIES) y el Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de Archidona; para desarrollar los Proyectos de Gerontología y laAtención en el Hogar a las Personas con Discapacidad. El MIES transfiere ala Municipalidad USD. 47.616,00 y USD. 48.636,00, para cada proyectorespectivamente.

2. Conocer los traspasos dentro del mismo programa de la Dirección de Cultura,Deportes, y Turismo, los cuales permitirán financiar el incremento de los valoresdel Festival Cultural, Turístico y Patrimonial de la Chonta Archidona 2015.

Archidona, 4 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN No. 0129

EL SECRETARIO GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2015,

CONSIDERANDO

El Informe Jurídico 24-DPS-GADMA del 9 de abril de 2015, suscrito por la doctoraNelly Cabrera, Procuradora Síndica Municipal, quien emite el correspondienteinforme relacionado con la aprobación del Proyecto de Urbanización Juan XXIII;

RESOLVIÓ

Devolver el señalado Informe a la Dirección de Planificación, a fin de que solicitea los propietarios de la Urbanización Juan XXIII, presenten los estudios de aguapotable y alcantarillado, conforme lo señalado en la Resolución de Concejo 0094del 21 de enero de 2015, así como lo dispuesto en el COOTAD.

Archidona, 4 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

Enviado a:Sr. AlcaldeSeñora y Señores ConcejalesD. Procuraduría SíndicaD. PlanificaciónPropietarios Urbanización Juan XXIIIArchivo

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RESOLUCION N: 130

LA SECRETARÍA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El oficio N: 09-JA-CIGSE-GADMA suscrito por el señor Juanito Alvarado-Presidente de la Comisión Permanente de Igualdad, Género, Social einterculturalidad, pone en consideración las resoluciones tomadas en sesión de laComisión realizada el 25 de marzo de 2015:

1.- Sugerir al concejo Municipal la aprobación en segunda y definitiva instancia laOrdenanza Sustitutiva que implementa el sistema de Protección Integral deDerechos del cantón Archidona.

2.- Por encontrarse el año 2014 en proceso de transición del Consejo Cantonal deNiñez y Adolescencia al Consejo Cantonal de Protección de Derechos el pago dedietas a los miembros de la sociedad civil correspondientes al año 2014 se lescancelará con presupuesto de 2015, de conformidad con la DisposiciónTransitoria Décima de la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para laIgualdad.

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESOLVIÓ

Acoger las recomendaciones detalladas en el Acta de Sesión de la ComisiónPermanente de Igualdad, Género, Social e Interculturalidad, realizada el 25 demarzo de 2015 y aprobar en segunda y definitiva instancia la OrdenanzaSustitutiva que Implementa el Sistema de Protección Integral de Derechos delCantón Archidona.

Archidona, 19 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 131

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

Que, es necesario cumplir con los requisitos establecidos por el Banco del Estadopara el financiamiento de recursos no reembolsables que otorgará para elProyecto: “Fortalecimiento institucional para mejorar el área financiera del GADMunicipal de Archidona, por un monto de 60.000,oo USD”, mediante la suscripciónde un convenio.

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESOLVIÓ

1. Aprobar el uso de la asignación que otorgará el Banco del Estado, por el valorde USD. 60.000,00, destinado a financiar el Proyecto: “FortalecimientoInstitucional para Mejorar el Área Financiera del GAD Municipal de Archidona,Provincia de Napo”.

2. Autorizar al representante legal para suscribir el Convenio de Asignación;

3. El comprometimiento de la cuenta corriente que el GAD Municipal de Archidonamantiene en el Banco Central del Ecuador para ejecutar la orden de débitoúnicamente en caso que el Banco del Estado comprobare que los recursos hansido empleados en un destino diferente; y,

4. Emitir la orden de débito automático del GAD Municipal de Archidona al BancoCentral del Ecuador para garantizar la correcta utilización de los recursos de laasignación.

Archidona, 19 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0132

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

Que, mediante Acta No. 1–CPPTP-GADMA suscrita por la Prof. Teresa Pizango-Presidenta de la Comisión Permanente de Planificación, Ordenamiento Territorial yPresupuesto, de la sesión realizada el 6 de abril de 2015, hace conocer lassiguientes resoluciones:

1. Sugerir al Concejo en Pleno que mediante Resolución se autorice elproceso de trámite de adjudicación de lotes de terreno por posesióndentro de la jurisdicción cantonal previo el cumplimiento de los requisitospertinentes.

2. Hacer conocer al Concejo que esta Comisión analizará la reforma de laOrdenanza que Regula el Proceso de Adjudicación de terrenos porposesión.

3. Sugerir al Concejo que mediante Resolución se conceda el plazo de un añopara que los posesionarios puedan legalizar sus terrenos y obtengan susescrituras.

Que, el Art. 264 numeral 9 de la Constitución Política de la República, confierecompetencia exclusiva a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipalespara la formación y administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESOLVIÓ

1. Autorizar a las Direcciones de Planificación (Unidad de Control y RegulaciónUrbana y Rural y Avalúos y Catastros), Procuraduría Síndica, Financiero yRegistro de la Propiedad, realicen el proceso de trámite de adjudicación delotes de terreno por posesión dentro de la jurisdicción cantonal, previo elcumplimiento de los requisitos pertinentes.

2. Conceder el plazo de un año para que los posesionarios puedan legalizar susterrenos y obtengan sus escrituras.

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Archidona, 19 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0133

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

Los informes N: 25DPS-GADMA y N: 026-DPS-GADMA suscritos por la Dra. NellyCabrera- Procuradora Síndica, mediante el cual sugiere al Concejo la autorizaciónpara la donación de instrumentos musicales para Bandas de Paz a la UnidadEducativa Intercultural Bilingüe Porotoyacu y la Unidad Educativa ComunitariaBilingüe San Pablo, respectivamente, mediante la suscripción de un convenio yuna acta de entrega recepción;

Que, el artículo 57 del Reglamento General Sustitutivo para el manejo yadministración de Bienes del sector Público tipifica que: “Traspaso es el cambiode asignación de un bien mueble o inmueble que se hubiere vuelto innecesario oinútil para una entidad u organismo en favor de otro, dependiente de la mismapersona jurídica, que lo requiera para el cumplimiento de sus fines, como en elcaso de los ministerios de Estado o sus dependencias;

Que, cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sinodonación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a lasnormas especiales de la donación;

Que, el artículo 59 del Reglamento General Sustitutivo para el manejo yadministración de Bienes del sector Público tipifica que: “Las máximasautoridades de las entidades u organismos que intervengan, autorizarán lacelebración del traspaso, mediante acuerdo que dictarán conjuntamente...”;

Que, el Art. 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización estipula en el literal n) dentro de las atribuciones del alcalde lecorresponde “Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan algobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Losconvenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucionalrequerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en lasordenanzas cantonales que se dicten en la materia”;

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

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RESOLVIÓ

Aprobar los Informes No. 25-DPS-GADMA y No. 026-DPS-GADMA, suscritos por ladoctora Nelly Cabrera, Procuradora Síndica Municipal; y, autorizar al señor Alcalde,la suscripción de Convenios con la Unidad Educativa Intercultural BilingüePorotoyacu y la Unidad Educativa Comunitaria Bilingüe San Pablo,respectivamente, para la entrega de instrumentos musicales para las bandas depaz, mediante una acta de entrega recepción.

Archidona, 19 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0134

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El informe N: 27 - DPS-GADMA suscrito por la Dra. Nelly Cabrera- ProcuradoraSíndica, mediante el cual sugiere que al ser el Cuerpo de Bomberos una entidadadscrita al GDMA, es viable que los bienes que se encuentran en esa dependenciase les entregue mediante un acto de donación y no mediante comodato, tomandoen cuenta que algunos de los bienes como las prendas de vestir son fungibles, afin de que el Cuerpo de Bomberos administre los bienes y puedan dar de bajaaquellos bienes que han cumplido su vida útil siguiendo el trámite contemplado enel Reglamento General sustitutivo para el manejo y administración de bienes delsector público.

En vista de que la donación de los bienes que se encuentran en el Cuerpo deBomberos comprometen el patrimonio institucional el GAD MUNICIPAL deArchidona, se requiere de la autorización del Concejo Municipal para poderdonar los bienes, se requiere también designar a la Directora Administrativa y alseñor Guardalmacén para que realicen el acta entrega recepción de los bienes quese entregarán en donación. Adjunto se anexa el inventario y constatación de losbienes.

Que, el Art. 60 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización estipula en el literal n) dentro de las atribuciones del alcalde lecorresponde “Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan algobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Losconvenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucionalrequerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en lasordenanzas cantonales que se dicten en la materia.”

Que, el Art. 62 del Reglamento General de Bienes del Sector Público tipifica que“Cuando dos personas jurídicas distintas pertenecientes al sector público,quisieren que una de ellas entregue a la otra, especies, bienes muebles oinmuebles, podrán celebrar un contrato de comodato o préstamo de uso,sujetándose a las normas especiales propias de esta clase de contrato.”

Que, el Art. 57 del Reglamento General Sustitutivo para el manejo yadministración de Bienes del sector Público tipifica que: “Traspaso es el cambio

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de asignación de un bien mueble o inmueble que se hubiere vuelto innecesario oinútil para una entidad u organismo en favor de otro, dependiente de la mismapersona jurídica, que lo requiera para el cumplimiento de sus fines, como en elcaso de los ministerios de Estado o sus dependencias.

Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sinodonación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a lasnormas especiales de la donación.”

Que, el Art. 59 del Reglamento General Sustitutivo para el manejo yadministración de Bienes del sector Público tipifica que: “Las máximasautoridades de las entidades u organismos que intervengan, autorizarán lacelebración del traspaso, mediante acuerdo que dictarán conjuntamente...”

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESOLVIÓ

Aprobar el Informe 27-DPS-GADMA, suscrito por la doctora Nelly Cabrera,Procuradora Síndica Municipal y autorizar al señor Alcalde, la suscripción de unconvenio con el Cuerpo de Bomberos Municipal del Cantón Archidona, para laentrega de bienes, mediante un acta de entrega recepción.

Archidona, 19 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0135

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

La invitación realizada por el Gobierno del Condado de Miami-Dade, EstadosUnidos de América, la Universidad Internacional de la Florida y el Banco Mundial, aparticipar en la XXI Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales,sobre el tema ”Fortaleciendo Gobiernos Locales en Tiempo de Crisis y Conflicto”, arealizarse en la ciudad de Miami del 15 al 18 de junio de 2015.

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar materialy social de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESUELVE

1. Autorizar al ingeniero Jaime Gustavo Shiguango Pisango, Alcalde del GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal de Archidona, su participación en la XXIConferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales sobre el tema:“Fortaleciendo Gobiernos Locales en Tiempo de Crisis y Conflicto, invitaciónrealizada por el Gobierno del Condado de Miami-Dade, Estados Unidos deAmérica, a realizarse en la ciudad de Miami del 15 al 18 de junio de 2015;debiendo por el itinerario establecido iniciar el viaje el 14 de junio y su retornoel 19 de junio de 2015.

2. Encargar las funciones administrativas de la Alcaldía, desde el lunes 15 alviernes 19 de junio de 2015, a la Prof. Teresa Pizango, Vicealcaldesa.

Archidona, 7 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0136

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, enSesión Ordinaria del 4 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

Que, mediante oficio 015-DF-GADMA, del 4 de mayo de 2015, suscrito por el licenciadoJosé Cifuentes, Director Financiero Municipal, se solicita el análisis y aprobación de laSegunda Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del Ejercicio Económico del Año 2015,para el incremento de ingresos de lo siguiente:

Asignación de recursos no reembolsables para el Proyecto: “FortalecimientoInstitucional para Mejorar el Área Financiera del GAD Municipal de Archidona”, por elmonto de USD. 60.000,00, que otorga el Banco del Estado.

Asignación de recursos no reembolsables para el Proyecto: “Restauración Forestal confines de Conservación Ambiental y Protección de las Cuencas Hídricas del CantónArchidona”, por un valor de USD. 195,647,00, que otorga el Ministerio del Ambiente.

Asignación de recursos para la ejecución del Proyecto: “Feria Agropecuaria, Turística yde Emprendimientos Archidona 2015” por un valor de USD. 14.815,00, que otorga elGobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Napo.

Que, es obligación de la Municipalidad de Archidona, procurar el bienestar material ysocial de la colectividad y contribuir al fomento de los intereses locales;

RESUELVE

Aprobar en primera la Segunda Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del EjercicioEconómico del Año 2015; y, remitir la misma a la comisión permanente de Planificación,Ordenamiento Territorial y Presupuesto, a fin de que proceda al análisis y emita elcorrespondiente informe al Concejo en pleno.

Archidona, 7 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0137

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 19 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El Acta No. 012-CPPOTP-2014 de la Sesión Ordinaria de la Comisión Permanentede Planificación, Ordenamiento Territorial y Presupuesto del 18 de mayo de 2015,en la cual se ha procedido al Análisis del Informe Técnico Financiero que contienela Segunda Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del Ejercicio Económico delAño 2015;

Que, mediante oficio 015-DF-GADMA del 4 de mayo de 2015, la DirecciónFinanciera de la Municipalidad presenta el correspondiente Informe Técnico parala Segunda Reforma a la Ordenanza Presupuestaria del Ejercicio Económico delAño 2015;

Que, el artículo 255 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización (COOTAD) señala: “Reforma presupuestaria.- Una vezsancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de lossiguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estasoperaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en las siguientessecciones de este Código”;

Que, el artículo 259, literal c) del COOTAD establece: “Otorgamiento.- Lossuplementos de créditos se clasificarán en: créditos adicionales para serviciosconsiderados en el presupuesto y créditos para nuevos servicios no consideradosen el presupuesto… El otorgamiento de suplementos de créditos estará sujeto alas siguientes condiciones: Que se creen nuevas fuentes de ingreso o sedemuestre que las constantes en el presupuesto deben rendir más, sea por nohabérselas estimado de manera suficiente o porque en comparación con elejercicio o ejercicios anteriores se haya producido un aumento ponderado total derecaudaciones durante la ejecución del presupuesto y existan razones fundadaspara esperar que dicho aumento se mantenga o incremente durante todo elejercicio financiero”;

Que, el artículo 260 del COOTAD, señala: Solicitud.- Los suplementos de créditoserán solicitados al legislativo del gobierno autónomo descentralizado por elejecutivo en el segundo semestre del ejercicio presupuestario, salvo situación deemergencia, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera;

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Que, mediante Resolución de Concejo 0082 del 18 de diciembre de 2014, seaprobó en segunda y definitiva instancia la Ordenanza Presupuestaria para elEjercicio Económico del año 2015 del GADMA Municipal de Archidona;

Que, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 118 del Código Orgánico dePlanificación y Finanzas Públicas, a las Normas Técnicas de Presupuesto y a lodispuesto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización, es procedente realizar la presente reforma presupuestaria;

Que, la presente reforma incrementa el techo presupuestario de ingresos y gastosdel Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona, la misma seajusta al Plan Anual de la Política Pública, destinados a financiar programas yproyectos acorde a los justificativos y la necesidad Institucional;

RESOLVIÓ

Aprobar en segunda y definitiva instancia la Segunda Reforma a la OrdenanzaPresupuestaria del Ejercicio Económico del año 2015, la misma que contiene losnuevos ingresos por los siguientes conceptos:

Ingresos por el Convenio de Asignación de Recursos No Reembolsables para elFinanciamiento del Proyecto Fortalecimiento Institucional para Mejorar el ÁreaFinanciera del GAD Municipal de Archidona, por un monto de USD. 60.000,00,otorgados por el Banco del Estado.

Financiamiento del Convenio de Asignación con Recursos No Reembolsablesdenominado “Restauración Forestal con Fines de Conservación Ambiental yProtección de Cuencas Hídricas del Cantón Archidona”, por un valor de USD.195.647,00, otorgados por el Ministerio del Ambiente.

Convenio de Trasferencia de Recursos Económicos por parte del GAD Provincialde Napo a favor del GAD Municipal de Archidona, para la Ejecución del Proyecto“Feria Agropecuaria, Turística y de Emprendimiento Archidona 2015”, por elvalor de USD. 14.815,00.

Archidona, 27 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0138

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 19 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El Oficio 031 del 18 de mayo de 2015, suscrito por el señor Concejal FranciscoAndy, Presidente de la Comisión Permanente de Urbanismo, Obras Públicas,Transporte y Movilidad Humana, quien solicita la reconsideración de la Resoluciónde Concejo 0071 del 19 de noviembre de 2014,

Que, mediante la señalada Resolución el Concejo Municipal remitió el Proyecto deOrdenanza que Reglamenta el Funcionamiento del Concejo y las ComisionesPermanentes del GAD Municipal de Archidona, a la Comisión Permanente dePlanificación, Ordenamiento Territorial y Presupuesto, a fin de que se proceda a surevisión, análisis y estudio; y emita el correspondiente informe;

RESOLVIÓ

Exhortar a la Comisión Permanente de Planificación, Ordenamiento Territorial yPresupuesto, que con el carácter de urgente proceda a la revisión, análisis yestudio de la Ordenanza que Reglamenta el Funcionamiento del Concejo y lasComisiones Permanentes del GAD Municipal de Archidona, y emita elcorrespondiente informe para conocimiento del Concejo en pleno; así como losdemás proyectos de ordenanzas que se encuentren pendientes de tratamiento.

Archidona, 27 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0139

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 19 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El Oficio 028 del 8 de mayo de 2015, suscrito por el señor Concejal FranciscoAndy, Concejal, Presidente de la Comisión Permanente de Urbanismo, ObrasPúblicas, Transporte y Movilidad Humana, quien presenta el Primer Informe de lareunión de trabajo realizada con los Presidentes de los Barrios de la ciudad deArchidona;

RESOLVIÓ

Conocer el Informe presentado por el señor Concejal Francisco Andy, Concejal,Presidente de la Comisión Permanente de Urbanismo, Obras Públicas, Transportey Movilidad Humana, de la reunión de trabajo realizada con los Presidentes de losBarrios de la ciudad de Archidona; y, tomar en cuenta las propuestas,conclusiones y recomendaciones constantes en el señalado Informe para laplanificación municipal.

Archidona, 27 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL

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RESOLUCION No. 0140

LA SECRETARIA GENERAL

CERTIFICA

Que, el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Archidona,en Sesión Ordinaria del 19 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO

El oficio 017-2015 del 11 de mayo de 2015, suscrito por el arquitecto FelipeAlvarado, Director de Transporte Terrestre, Tránsito y Movilidad Humana, quienadjunto remite el Informe de la Dirección de Transporte Terrestre, Tránsito ySeguridad vial, sobre la implementación de la competencia Tipo B de matriculacióny revisión técnica vehicular;

RESOLVIÓ

1. Conformar una Comisión de Seguimiento de este proceso integrada por: LaComisión Permanente de Urbanismo, Obras Públicas, Transporte y MovilidadHumana, el Director de Servicios Básicos y Obras Públicas y el Asesor deAlcaldía, para que conjuntamente con el Director de Transporte Terrestre,Tránsito y Movilidad, realicen el seguimiento y cumplimiento de los procesos yconstrucción de la infraestructura para la implementación en el plazo máximode treinta días, de la competencia de Revisión Técnica y MatriculaciónVehicular.

2. Encargar a la Dirección de Secretaría General elabore el documento solicitandola prórroga de treinta días a la Agencia Nacional de Tránsito, para laimplementación de la competencia Tipo B, de matriculación y revisión técnicavehicular.

Archidona, 27 de mayo de 2015.

Ab. Edisson Romo MarotoDIRECTOR SECRETARÍA GENERAL