revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
TRANSCRIPT
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
1/196
República Argentina
Revista de
Criminología
Número I - Año 2015
Instituto de Criminología
Servicio Penitenciario Federal
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
2/196
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
3/196
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
INSTITUTO DE CRIMINOLOGÍA
DIRECTOREmiliano Blanco
COORDINADORAlejandro Yapur
Equipo de investigación y redacción:
Juan Ambrogi, Pablo Ambrogi, Mariano Arrigo, Emiliano Blanco, Juan De Feo,Santiago Méndez, Marcela Reganzani, Federico Sarudiansky,
Cristian Suriano, Alejandro Yapur.
Equipo de trabajo de campo:
Mariano Arrigo, Andrea Cardazzo, Daniela Díaz, Mariela Dutra, Daniela Fernández,Silvia González, Genaro Hijós, Carlos Marchese, Milena Torrens.
Colaboraciones específcas:
Sandra Cristobal, Micaela Dragneff, Vicente Lupis, Juan Ignacio Manchiola,Carlos Marchese, Fernando Martínez, Sebastián Pardo, Jorge Vassilion.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
4/196
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
5/196
3
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
INDICE
Capítulo I. Marco Teórico
1. What Works: Lo que funciona para reducir la reincidencia ....................................7
2. Sistemas penitenciarios en el derecho comparado. ...............................................43
Capítulo II. Nuevos desafíos de la administración penitenciaria3. Hacia un sistema de clasicación inicial y evaluación
de riesgo y necesidad ............................................................................................91
4. Crimen organizado transnacional .......................................................................103
5. Reducción de muertes en contexto de encierro ...................................................111
6. Una aproximación a la visión de los internos sobre
la violencia intramuros ........................................................................................145
Capítulo III. Modelos de Gerenciamiento y Clima laboral
7. Modelos de gerenciamiento: encuesta a directores
de establecimientos penitenciarios ......................................................................157
8. Gestión y clima laboral en el Servicio Penitenciario Federal:
encuesta al personal penitenciario .......................................................................171
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
6/196
4
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
7/196
5
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
PRÓLOGO
Me complace presentar esta recopilación de trabajos que se realizaron por iniciativa del
Servicio Penitenciario Federal, en el marco de la creación de la Dirección del Instituto de
Criminología, bajo la órbita de la Dirección Nacional, en 2015.
El fundamento de los estudios y trabajos encarados encuentra raigambre en el convenci-
miento de que la política penitenciaria debe asentarse sobre evidencia y bases empíricas
sólidas, que proporcionen herramientas adecuadas para abordar las distintas problemá-
ticas a las que se enfrentan las administraciones penitenciarias en general y el Servicio
Penitenciario Federal en particular.
El ideal perseguido por el Instituto de Criminología, es lograr que las decisiones de la
administración se sostengan en fundamentos cientícos, lo cual requiere de tenacidad,
metodología y planicación. Es un camino que nos obligará como administradores a sos-
tener en el tiempo una forma constante y sistemática de trabajo, que nutra y dé sentido a
nuestra tarea para poder dar solución a las disímiles problemáticas y nuevos desafíos con
las que nos enfrentamos.
Es esta misma visión la que ha inspirado y acompañado la gestión, entendiendo que los
objetivos y nalidades de la administración penitenciaria, deben ser un eslabón esencial
del sistema de justicia criminal, cuyas metas principales sean la protección pública, el de-
sistimiento del delito y la reducción de la reincidencia, en pleno ejercicio de los derechos
de las personas privadas de su libertad bajo el principio de normalidad.
El Instituto en esta tarea se centró en la recolección y análisis de datos empíricos. Así,
en este volumen podrán verse los resultados de diversas encuestas realizadas a distintosgrupos de interés que conforman la vida penitenciaria, buscando ser un primer precedente
que servirá para fundamentar de modo cuantitativo y cualitativo los modelos de gestión
e intervención adoptados, para luego poder medir y evaluar la eciencia y ecacia de las
políticas emprendidas, permitiendo establecer estrategias de bases sólidas.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
8/196
6
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
Debe esgrimirse que desde el Instituto se ha incluido siempre una dimensión que no suele
contemplarse con asiduidad en la literatura criminológica y es justamente, la inclusión
de la perspectiva de quienes deben implementar y ejecutar los cambios que se exigen en
términos criminológicos y penales. Los directivos y el personal penitenciario, asumen un
rol fundamental en la vida diaria de los establecimientos penitenciarios, y por supuesto,
tienen un papel central en el impacto de los programas, intervenciones especícas y con-
secuentemente, en los sistemas de justicia criminal.
La gestión 2014-2015 en general y estos trabajos en particular han sido inspirados por los
postulados de lo que podemos denominar como la perspectiva criminológica conocida
como What Works. De allí, que trataremos de analizar cuáles son los requisitos básicos
que debe tener un sistema para efectivizar la implementación de estrategias y políticas pú-
blicas que concurran en la ecaz gestión de la criminalidad, a través de objetivos claros,
simples y posibles, destinados a reducir las tasas de violencia y reincidencia.
Esperamos que esta publicación sea un estímulo para continuar la tarea emprendida por
Instituto de Criminología y con la colaboración y participación del personal se logre re-
cuperar la agenda académica y de investigación criminológica y penitenciaria basada en
evidencia empírica.
Dr. Emiliano BlancoDirector del Instituto de Criminología
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
9/196
7
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
Capítulo I
Marco Teórico
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
10/196
8
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
11/196
9
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
What Works: Lo que funciona para reducir la reincidencia
1. Consideraciones introductorias
En el presente artículo, trataremos de indagar sobre posibles respuestas al problema de lacriminalidad, asumiendo dos metas fundamentales: la protección pública y la reducción
de la reincidencia. Para ello, esperamos que esta revisión permita, cuanto menos, proveer
de cierta direccionalidad a los decisores de políticas públicas en términos del tipo de
intervención que ha sido probado como el más efectivo a los nes de la reducción de la
reincidencia o bien, en el desistimiento1 de la criminalidad.
A su vez, utilizaremos los postulados de lo que podemos denominar como perspectiva
criminológica conocida comoWhat Works e indicaremos cuáles son los requisitos básicos
que debe tener un sistema para efectivizar la implementación de estrategias y políticas pú-blicas que concurran en la ecaz gestión de la criminalidad, a través de objetivos claros,
simples y posibles, utilizando estructuras uniformes de las sentencias impartidas (expan-
diéndonos a las comunitarias) y consecuentemente, diseñando servicios de intervención
completa2, articulados multisectorialmente sean públicos o privados, destinados a reducir
las tasas de reincidencia.
Debe decirse, además, que las personas criminalizadas se enfrentan a múltiples y comple-
jos problemas (entendidos como causas) que a su vez, están fuertemente interconectados
y todo debe pensarse desde esa premisa, entendiendo que si bien la justicia criminal es
competente en aquello, en denitiva, son cuestiones que importan al orden social y deben
ser abordados, según creemos, desde políticas sociales. Esto implica que para lograr ven-
cer la reincidencia (u obtener índices razonables3) tiene que existir una política multisec-
torial que se piense y aborde desde cada localidad y que debe brindar apoyo en cada una
de estas áreas para que se reduzca la probabilidad de reincidencia y en paráfrasis inglesa,
se logre cortar el círculo del crimen.
Debemos hacer hincapié en que las soluciones para vencer la reincidencia y reintegrar a
1 Se utiliza este término amplio, que excede el concepto que entendemos en el lenguaje teórico penal, refiriendoal período de tiempo en el que un sujeto detiene la comisión de ilícitos.2 Termino conocido en la lengua inglesa como END TO END.3 Damos por supuesto que nadie puede pretender como positivo que exista un índice razonable de reincidencia. Sinembargo utilizamos este concepto teniendo en cuenta que en todas las sociedades del planeta se da en mayor oen menor medida el fenómeno de la reincidencia. Asimismo, si queremos realizar un trabajo teórico que pueda serútil a la gestión pública de la seguridad ciudadana no podemos distanciarnos de la idea de que toda actividad degestión demanda un proceso en donde los problemas se reducen de forma gradual, paulatina y constante.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
12/196
10
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
los ofensores4 a la comunidad, deben contar con el consentimiento de la opinión pública
local, ya que son ellos quienes deben participar, cuanto menos, conociendo las directrices
implementadas. Este mero conocimiento sobre los destinos del dinero público -cómo y
porqué- genera cierta actitud de consenso con la política adoptada, y consecuentemente,
representa la posibilidad de mantener un mejor diálogo con la comunidad, y, por otraparte, ayuda, en denitiva, a justicar el castigo y explicar los pasos y etapas que los
ofensores deben trascurrir para nalmente reparar o compensar el daño causado.
Logrado aquello, podremos pensar en implementar políticas de justicia restaurativa dón-
de se acerquen víctimas, victimarios y comunidad para solucionar alguna clase de delitos.
Por supuesto, no nos es ajeno que, desde antaño, la concepción sobre el castigo y el encar-
celamiento ha estado ligada a cierta sensación de frustración social. Y esto no es casual,
ya que históricamente el desarrollo de cada uno de los sistemas jurídicos (common law y
continental europeo), las particularidades que presentan y los senderos de solución ofre-
cidos por la ciencia jurídica han reposado muchas veces bajo el lecho de la suerte moral
de la política cultural global de los Estados.
Tanto así, que los sistemas jurídicos han sido construidos sobre la base de las tradiciones
culturales más relevantes en las naciones que los representan (Gran Bretaña, Estados
Unidos y Canadá por un lado, Francia y Alemania por otro); fundamentalmente a partir
de las revoluciones que tuvieron lugar en los siglos XIX y XX en Europa5. Vemos por
ejemplo que en el modelo anglosajón, tomando como paradigma Gran Bretaña y en es-
pecial, Inglaterra, la idea central es el gerenciamiento (o manejo) eciente y efectivo delsistema de justicia criminal en orden a determinados objetivos propuestos; mientras que
en Alemania, paradigma de la tradición continental europea, todo el sistema jurídico se
encuentra fundado en una visión dogmática o teórica del mismo. Francia, por su parte, se
caracteriza por una idea social y crítica respecto de las instituciones jurídicas, máxime en
lo que atañe a la materia penal.
Estos diferentes enfoques culturales han sido las bases sobre las que se construyeron los
distintos sistemas jurídicos. Así, cada uno de ellos, según sus peculiaridades, brinda di-
ferentes respuestas a las preguntas más relevantes en la materia que nos convoca, como
ser: ¿Cuál es la nalidad de la pena? ¿Cuál es la etiología del delito?6 ¿Cuál es la manera
4 Utilizaremos este término para referirnos a aquellos que han cometido un ilícito, y su sinónimo, delincuente. Am-bos términos si bien no condicen con el lenguaje utilizado en nuestro medio, resultan sin embargo, más abarcativosy se corresponden, con la terminología anglosajona.5 Siguiéndose el análisis de Marx realizado por Luis Althuser puede expresarse que la Revolución Industrial Inglesafue económica; la Revolución Francesa fue política; y en Alemania se dio una inclinación al pensamiento teórico.6 O bien, si existe alga causa o causas a la que le podamos atribuir el origen de la delincuencia.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
13/196
11
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
de reducir los índices de reincidencia? ¿Cuál debe ser el rol del Estado en relación con la
cuestión criminal?, etc.
En breve, cabe señalar que en la mayoría de los países anglosajones existe, en general,
una importante inclinación a vincular las problemáticas de los sistemas de justicia penalcon una mirada cientíca de la cuestión delictiva. Tanto así, que las distintas corrientes de
pensamiento criminológico surgidas durante la segunda mitad del Siglo XX han pretendido
explicar la etiología del delito o, en base a estudios meta-analíticos y econométricos, busca-
ron responder cuestiones claves de la eciencia y ecacia del sistema de justicia criminal,
generando un relevante impacto en la forma de entender y abordar estas problemáticas.
Por su parte, en los países europeos continentales se ha dado una visión más dogmática
o teórica sobre la problemática del delito y, fundamentalmente, en los aspectos relaciona-
dos con el Derecho Penal; y, por otra parte, un enfoque más social e, incluso podría de-cirse, crítico de lo relacionado con el funcionamiento de los sistemas de justicia criminal.
En estos países se dene teóricamente el delito7 y, en cada caso concreto, se busca deter-
minar si se cumple con los extremos necesarios para la ocurrencia del mismo. Sí es así, el
estado debe imputarle una pena al sujeto responsable, debido a que esa pena rearma la
vigencia del sistema jurídico. La respuesta a la nalidad de la pena, aquí, es de naturaleza
preventivo general, pero proveniente de un origen claramente retributivo que se puede
encontrar en las ideas de Kant o de Hegel, para quienes no puede darse una justicación
instrumental de la aplicación de penas, sino que las mismas deben ser impuestas porque
son la respuesta justa del ordenamiento a quienes lo quebrantan.
Sin embargo, como hemos mencionado, al adentrarnos en los sistemas de justicia cri-
minal de estos países, la pena se justica desde una perspectiva preventiva especial:
“reinserción”. Y la doctrina más relevante, en su gran mayoría crítica, habla acerca de
la reducción al mínimo del recurso al Derecho Penal y a la pena más emblemática en la
actualidad: la privación de libertad a través de la prisión.
Ahora bien, en cualquiera de los países, sea cual fuere el sistema que haya adoptado, el
lugar que ocupa la prisión es, por así decirlo, secundaria. En general, las prisiones, deno existir caos, estragos, motines, escándalos de funcionarios, fugas, muerte o violencia
de cualquier índole, poco importan a la sociedad, prensa o incluso al poder político. Un
ciudadano promedio, en caso de ser acorralado a preguntas acerca de ello, poca simpatía
tendrá sobre el sujeto privado de su libertad y estará bastante más preocupado sobre el
7 La definición más aceptada es que es una acción típica, antijurídica y culpable.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
14/196
12
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
destino de sus impuestos, en este sentido, que en interiorizarse de lo que pasa día a día en
una prisión. Tampoco importará demasiado, al menos en nuestro medio, el contexto del
ofensor o el delito cometido a la hora de responder sobre el quehacer de la pena. Por su-
puesto que estas sensaciones no son reprochables, ya que el daño y el costo del delito para
una sociedad es altísimo8 y las respuestas no son siempre equivalentes. Por eso mismo,el abordaje de la criminalidad tiene que ser conable y ecaz, de forma tal que el imagi-
nario público incorpore a la cárcel como una herramienta de reducción de criminalidad y
abandone el concepto de depósito humano.
Pero, sin embargo, las preguntas relacionadas con ¿quién va (o debería ir) a prisión?,
cuánto tiempo, bajo qué condiciones, y cuándo y cómo debería salir, han sido contestadas
de un tiempo a esta parte por un sinfín de políticos, periodistas y público en general, cuyo
enclave o fundamento ideológico, lejos de preciso, ha carecido por completo de la más
mínima conrmación de investigaciones cientícas pasadas, presentes o futuras (es decir,tendencias y probabilidades).
Este clamor público produjo lo que conocemos como politización del encarcelamiento9,
cuyo resultado ha sido la existencia de normas accesorias de carácter penal totalmente
desarticuladas de los códigos de fondo, o bien reformas penitenciarias de emergencia
cuya única nalidad es autorizar partidas presupuestarias para grandilocuentes acciones
en plazos irrisorios.
En este sentido, los efectos de las nuevas políticas criminales fueron, entre otros, osci-
laciones pendulares (en lapsos menores a 10 años) de tasas de encarcelamiento bajas y
altas –de ridículamente bajas a peligrosamente altísimas en relación con diferentes grupos
especícos (mujeres, jóvenes, ancianos)-.
A las claras y con la mera descripción de ciertos problemas puede llegar a surgir la sen-
sación de frustración y con ello a presumir que nada de lo que se haga en materia de
criminalidad funciona.
Pero nuestra intención es diametralmente opuesta. Veamos.
8 En 2002, Gran Bretaña ha calculado el costo del delito en 11 billones por año. Social Exclusion Unit, “Reducing re-offending by ex-prisoners”, página 7 y ss. Office of the Deputy Prime Minister. Londres, 2002.9 Sparks. R, “The politics of imprisonment”, Capitulo 4, página 77 y ss; enJewkes.Y. “HandbookonPrisons”.WillanPublishing, Londres 2007.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
15/196
13
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
2. Marco histórico: Surgimiento de la Perspectiva Criminológica del WhatWorks
Tal como fuera mencionado en los parágrafos que anteceden, el debate central de la cien-
cia criminológica durante el Siglo XX se ha caracterizado de forma pendular en dos co-rrientes: castigo (con un sentido más retributivo y disuasivo) y rehabilitación.
Hasta la década del 70, la rehabilitación como n de la sanción penal y forma de trata-
miento a las personas privadas de su libertad fue ampliamente aceptada como objetivo
legítimo de las funciones primordiales de las administraciones correccionales y, con-
secuentemente, ha sido acogido casi completamente por las legislaciones de todos los
Estados.
Sin embargo, iniciando la década del 70, el aumento exponencial de las tasas de cri-men10 y de encarcelamiento y el hacinamiento en las prisiones, conllevó a que los pro-
gramas de rehabilitación resultaran sumamente inecaces, quebrantando el equilibrio
de poder entre los objetivos de la rehabilitación y el castigo11. En consecuencia, el
modelo de tratamiento empezó a ser fuertemente criticado en el campo empírico y se
le atribuyó el aumento del delito a la inecacia en la implementación de modelos de
reinserción social.
En 1974, con la obra de Robert Martinson12, se produce la reacción más inuyente en
contra de la rehabilitación, creándose la doctrina de Nothing Works (nada funciona).
A pesar de que la obra fue altamente criticada13por ser metodológicamente débil y por
carecer de evidencia suciente para armar que los tratamientos no inuyen de manera
alguna para reducir la reincidencia14, la retórica pesimista de la doctrina de Nothing Works
fue rápidamente acogida y, obviamente, tuvo como efecto el abrupto abandono de inver-
10 En EEUU las tasas desde 1963 a 1973, se vieron incrementadas en homicidios: de 4,5 por cada 100.000 a 9,07; enlos delitos contra las personas aumentó de 91,4 a 193,6; en hurto de 61,5 a 177,9, y el robo de 1,128.5 a 2,431.6,respectivamente. Véase, Miller. J, “The Debate on Rehabilitating Criminals: Is It True that Nothing Works? , D.S.W.,Washington Post, Marzo 1989.
11 Andrews y Bonta, 1998, citado en Department of Corrections New Zealand, “What Works Now? A review andupdate of research evidence relevant to offender rehabilitation practices within the Department of Corrections,Strategy, Policy and Planning”. Página V y ss. Diciembre 2009.12 El trabajo de Martinson básicamente se centró en la revisión de 231 estudios de los programas de rehabilitaciónque se desarrollaban en distintas prisiones y sobre la base de su análisis concluyó que el tratamiento de los delin-cuentes era bastante ineficaz.13 Principalmente, por Lipton y Wilks en el año 1975.Op Cit. íbid.14 “the represent array of correctional treatments has no appreciable effect - positive or negative - on rates of recidivismof convicted offenders.” Comentario publicado en un artículo publicado del diario New Republic en 1976. Cit. íbid.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
16/196
14
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
sión de recursos en actividades de rehabilitación y, dependiendo de la ideología elegida15,
la aplicación de sanciones penales más severas.16
De allí que muchos sociólogos y criminólogos17 (predominantemente norteamericanos y
luego, ingleses), comenzaran a criticar la teoría del Nothing Works, ya que utilizando cier-tas metodologías matemáticas no implementadas para investigaciones anteriores, dejaron
en evidencia conclusiones contradictorias sustanciales a la teoría de Martinson. Y con
ello, podría decirse que se inicia la corriente o perspectiva que nos convoca.
Sin embargo, la estocada nal en contra de la posición Nothing Works fue entregada
por su propio creador. El propio Martinson escribió un artículo en HofstraLawReviewen
1979 en el que reconoció errores en las revisiones anteriores e informó sobre una serie de
nuevos estudios que demostraron que algunas cosas habían funcionado18.
Así las cosas, en los años transcurridos el péndulo ha oscilado de vuelta y con rmeza a
favor de la idea de que las correcciones basadas en tratamiento pueden inuir en el com-
portamiento de un ofensor en direcciones pro sociales y, según entendemos, éste ha de
ser el camino a transitar.
A partir de ello, un gran número de estudios basados en meta-análisis19 han demostrado
15 En general, las ideologías y políticas aplicadas eran similares a la de los gobiernos de Thatcher y Reagan en elReino Unido y Estados Unidos de América, respectivamente.16 En EEUU, el 18 de enero de 1989, se abandonó completamente la idea de rehabilitación en la sentencia confir-
mada por la Corte Suprema de los EE.UU. en el caso Mistretta v. United States. El Tribunal confirmó eliminar «laspautas de sentencia». Los acusados en adelante serán sentenciados estrictamente por el delito, sin reconocimientoalguno de otros factores (tales como docilidad al tratamiento, antecedentes personales y familiares, los esfuerzosanteriores para sí mismo, la rehabilitación, o las posibles alternativas a la prisión). www.findlaw.com, Mistretta v.United States, 488 U.S. 361 (1989).17 Los autores más sobresalientes en este sentido fueron Ted Palmer, Don Andrews, Gendreau y Robert Ross (entreotros). Op. Cit. Department of Corrections New Zealand, “Historical Background: The What Works? Debate”, pá-gina 1, http://www.corrections.govt.nz/research. La traducción nos pertenece.18 “… some treatment programs do have an appreciable effect on recidivism”, y más “[s]uch startling results arefound again and again in our study, for treatment programs as diverse as individual psychotherapy, group coun-
seling, intensive supervision, and what we have called individual/help (aid, advice, counseling).” (1979-254:255),citado en Sarre. R, “BeyondWhat Works? A 25 yearjubileeretrospective of Robert Martinson” , paper presentado enel History of Crime, Policing and PunishmentConference celebrada en el Instituto Australiano de Criminología enconjunto con la Universidad de Charles Sturt, Canberra, 9-10 Diciembre de 1999.19 “Las investigaciones o estudios meta-analíticos son muy populares en las técnicas de investigación de resultados
ya que permiten la agregación estadística de los resultados de estudios independientes. La variable de resultadoclave en meta-análisis es el tamaño del efecto medio (r). Un tamaño del efecto proporciona una estimación de ladiferencia en las tasas de reincidencia entre las muestras experimentales y de control. Por ejemplo, un tamañodel efecto de r = + 0,10 que equivale a una diferencia de 10 puntos porcentuales entre el grupo experimental ycontrol. Por lo tanto, si la tasa de reincidencia en el grupo control fue de 55%, un tamaño del efecto de r = + 0,10
se traduciría en una reducción en la reincidencia del 55% al 45% para el grupo experimental ”. Citadoen: Depart-ment of Corrections New Zealand, “Reviews of offender rehabilitation”, http://www.corrections.govt.nz/research.La traducción nos pertenece.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
17/196
15
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
la ecacia de intervenciones y métodos de tratamiento, tanto en espacios penitenciarios
como comunitarios.20
Durante los últimos años, los investigadores y otros funcionarios del campo de la justicia
criminal han estado acumulando lo que es frecuentemente conocido como evidencia debase de What Works, a n de suministrar una base de evidencias para la toma de deci-
siones en política y temas legislativos en toda la esfera gubernamental, siempre bajo la
nalidad de proteger al público y reducir la reincidencia.
3. What Works y sus postulados básicos21
Básicamente, el nuevo paradigma de What Works nos sugiere que la reincidencia y la re-
encarcelación pueden ser reducidas puesto que existen ciertos factores que pueden poneral ofensor en riesgo de cometer nuevamente delitos en el futuro. En consecuencia, bajo la
técnica estadística de meta-análisis o econometría, se han logrado identicar cuáles son
los principios claves para el logro de una intervención o asistencia efectiva.
Esta literatura, conformada por un cuerpo de evidencia, gira en torno a una serie de prin-
cipios claves de la rehabilitación que, en caso de implementarse en el diseño y prestación
de servicios, llevaría a una reducción de reincidencia.
En general, los principios22de la rehabilitación ecaz podrían dividirse en tres principales
dominios: la evaluación del riesgo, los objetivos de sentencia y la responsividad.
La evaluación de riesgos, implica conocer la probabilidad relativa de un ofensor a la
reincidencia. La utilidad de los datos de riesgo se ha demostrado en términos de incapaci-
tación y también en metas de rehabilitación. El principio sugiere que el tratamiento debe
estar dirigido a los ofensores de mediano y alto riesgo, y no a los de bajo riesgo.
Tal como veremos a continuación, las herramientas de predicción de riesgo se han multi-
plicado y la investigación sugiere que los instrumentos para la medición de riesgos deben
ser claramente estructurados para evaluar las variables estáticas (estable y duradera) y
los factores de riesgo o factores dinámicos (implican progreso o retroceso). También se
20 En general, le evidencia demuestra que son más efectivos los tratamientos comunitarios de aquellos que sucedenen espacios de custodia.21 Véase al respecto: “What Works: Reducing Reoffending: Guidelines for Research and Practice”. Ed. James McGuire,Inglaterra, Mayo 2006., y los informes de los reportes temáticos de Inglaterra, Escocia, Australia y Nueva Zelanda.22 Estos principios, fueron delineados por Andrews, Bonta y Hoge 1990, “Does Correctional treatment work? A clini-cally relevant and psychologically informed meta-analysis”, Criminology, 28: 369–404, Online 2006.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
18/196
16
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
sugiere que se evalué las características positivas en la vida de un ofensor (habilidades,
fortalezas y recursos sociales) en función a la relevancia para el riesgo de reincidencia, y
deben ser incluidas en una evaluación global del riesgo.
El término objetivo
23
(en inglés, el té
rmino exacto es “Target ”) se utiliza para referirse aaquellos aspectos de la personalidad del infractor penal, estilos de vida o circunstancias
que, abordados ecazmente, pueden, de alguna manera, conducir positivamente a evitar
resultados que importan a los factores que inuyen en la posible reincidencia.
Las características personales a la que nos referimos son las siguientes:
• Creencias y actitudes anti-sociales
• Amistades o compañías anti-sociales
• Intereses sexuales desviados
• Abuso y dependencia de drogas y alcohol
• Baja auto-gestión y las habilidades de resolución de problemas24
• Conictos y disfunción familiar
• Trastornos psiquiátricos
• Educación y décits relacionados con el empleo.25
Se discute si la propensión a o hacia la violencia en sí misma debe ser clasicada como
un objetivo. La violencia aparece como polifacética con una amplia gama de causas que
contribuyen y, sobre esta base, debe adoptarse un enfoque terapéutico amplio.
Target se reere al enfoque especíco para la intervención; en general, suele utilizarse la
terapia cognitiva conductual (TCC), con técnicas tales como la re estructuración cogni-
tiva y el entrenamiento en habilidades sociales; últimamente se han implementado otras
técnicas que tienden a fortalecer estos programas con abordajes especícos26.
23 El término sustituye a la anterior “necesidadades criminógenas”, concepto, que ya no es tan ampliamente aceptado.24 La evidencia sugiere que esta característica es el centro de la propensión a cometer delitos. Como tal, esta con-strucción tiene importancia como foco de los esfuerzos de tratamiento.25 Antes de 1998 la educación y la actividad relacionada con el empleo se consideraba en gran parte como tiempode relleno para los presos, y su utilidad en la reducción de la reincidencia era relativamente escasa. Sin embargo,en los últimos diez años una serie de estudios sólidos han demostrado resultados positivos logrados como resultadode la focalización en delincuentes con formación educativa y laboral.26 Las intervenciones basadas en la fe se han expandido rápidamente en muchos países durante los últimos diezaños. Sin embargo, en este momento no hay pruebas concluyentes de que estos enfoques puedan ser eficaces.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
19/196
17
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
El principio de responsividad implica que los ofensores sólo se beneciarán de aquellas
asistencias que sean signicativas para ellos y sean dirigidas de una forma apropiada para
suaprendizaje. Se deben tener en cuenta las necesidades de grupos particulares (por ejem-
plo: mujeres, minorías étnicas, aquellos con dicultades de aprendizaje). La asistencia
debería ser implementada lentamente, y se debería ofrecer a los ofensores la oportunidadde poner en práctica sus nuevas habilidades/actitudes y comportamientos. Los programas
deberían apuntar a la motivación.
Por su parte, la Guía para la Práctica Efectiva del Ministerio del Interior de Inglaterra y
Gales (1998), agrega a los principios descriptos:
• Método de Tratamiento; los tipos apropiados de intervención son aquellos orientados,en general, a habilidades, a un modo activo, y diseñadas para abordar la resolución de
problemas a través de interacciones sociales y otros tipos de habilidades de imitación.
Hasta aquí, la información disponible de la investigación muestra que los métodos másefectivos son las técnicas de comportamiento cognitivas.
• Programa de integridad; los programas deben tener objetivos claros e identicados,métodos apropiados y guías para los tutores. Los dispositivos deben ser correctamente
dirigidos y el personal correctamente entrenado.
• Programas de base comunitaria; se observaron resultados más positivos cuando losprogramas se basan en la comunidad, o han sido continuados dentro de la sociedad.
Debe destacarse, que en palabras de Andrews todos estos principios se encuentran es-trechamente inter-relacionados, tanto es así que la evidencia sugiere que la mayoría de
las asistencias se adhieren a todos ellos, y no sólo a uno de dichos principios. Cuando
se considera la aplicación de estos principios dentro de la justicia criminal, se torna in-
mediatamente evidente que un buen sistema de evaluación de riesgos y necesidades es
un pre-requisito esencial de una asistencia efectiva. Sin tal sistema no es posible asignar
de forma consistente y adecuada el tipo correcto de asistencias a cada ofensor, no hay
medios para medir el impacto de las intervenciones a un corto o a mediano plazo, y las
dependencias de justicia criminal no cuentan con los perles de necesidades básicas para
planicar y realizar las previsiones para las poblaciones penales.27
27 Nótese que en sí, la clasificación de personas privadas de su libertad es una herramienta que todos los serviciosde prisiones utilizan desde hace varios años. En lo relativo a Latinoamérica, son pocos los sistemas que tienen laposibilidad de generar cuanto menos grupos homogéneos pero siempre de alguna u otra forma, aparecen obli-gadamente ciertos patrones clasificatorios que enfatizan aspectos o características fuertemente subjetivas, quemuchas veces devienen en impropias y hasta incrementan las posibilidades de no garantizar siquiera el derecho ala vida o integridad física.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
20/196
18
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
4. Hacia un sistema de Clasicación 28 y Evaluación de Riesgos
4.1 Clasifcación Subjetiva
Debemos revisar entonces con mayor nitidez el camino a recorrer para llegar a un sistemade las características pretendidas. Vale aclarar, que en un principio lo explicaremos dentro
de la lógica penitenciaria, es decir, con exclusiva dedicación al espacio carcelario. Ello a
los nes de sentar las bases en el medio más conocido y con mayor relieve práctico, para
luego extenderlo a los alcances que creemos necesarios.
Clasicar, según la Real Academia Española, es ordenar o disponer por clases. En su
versión inglesa, se agrega a la denición mencionada, asignar (personas o cosas) según
clases o categorías de acuerdo a cualidades o características similares29.
La clasicación de la población penal responde exactamente a dicho sentido y puede de-nirse, simplemente, como la asignación de internos o internas a una categoría adecuada30.
Para ello, se trata de categorizar a la población penal a partir del análisis de la historia
personal, contexto social y pasado criminal del sujeto y la determinación programada de
las actividades que deberá desarrollar en relación a los objetivos trazados para el cumpli-
miento de su sentencia.31 Ahora bien, cómo se organiza y se conduce la clasicación varia
demasiado según el país, la jurisdicción, el tipo de condiciones edilicias y las capacidades
cuantitativas y cualitativas con que se cuente en términos de personal penitenciario.
Sin ánimo de realizar una crónica histórica de la clasicación penitenciaria, podemos
decir que en los orígenes y, en general, la misma era efectuada por un ocial designadopor el director de la prisión, que usualmente recaía en la misma persona que manejaba y
controlaba todos los aspectos de la vida intramuros y decidía, en consecuencia, unilateral-
mente según su generalmente limitado conocimiento sobre el comportamiento y actitudes
de los internos o internas.
Probablemente, este método resultaba sumamente ecaz en términos de gobernabilidad de un espacio que, si recordamos, se caracterizaba por ser meramente punitivo y con poca
interacción entre el personal y la población penal.
Con posterioridad, el sistema exigió modicaciones y la responsabilidad que recaía es-28 Utilizaremos Clasificación para ser más claros y congruentes con el lenguaje general utilizado.29 The Oxford English Dictionary “Arrange (a group of people or things) in classes or categories according to sharedqualities or characteristics” .30 Veremos a continuación ciertos parámetros que nos permitirán objetivamente definir qué es lo que se entiendepor adecuada.31 Usualmente se conoce como necesidades criminológicas, sin embargo utilizaremos el objetivo o meta, que guar-da correlato con la literatura de What Works, en lo que refiere a Target.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
21/196
19
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
trictamente sobre el director de la unidad, se trasladó en cierta forma a comités de cla-
sicación. Los mismos estaban compuestos por grupos de profesionales o jefes de sub
materias que debían regularmente evaluar nuevos internos o bien, revaluar el diagnostico
de los que ya se encontraban privados de su libertad para asignar una custodia, un aloja-
miento, asignación de trabajo o educación adecuado. En general, este comité era presidi-do por el director de la unidad o quien este designaba como reemplazante y era integrado
por los jefes de seguridad, educación, servicio social y área psicológica. Debe señalarse
que muchos sistemas en la actualidad aún cuentan con este estilo de clasicación.
Sin embargo, estos sistemas se destacan por la problemática subjetividad de los diagnós-
ticos.32 Si asumimos que a mayor precisión en la clasicación, mayor será la posibilidad
de elevar los estándares de seguridad (mayor o menor), control y tratamiento, de ello po-
demos inferir que habrá mayor factibilidad de generar un ambiente carcelario armonioso
en donde impere el orden y sea posible alcanzar una seguridad dinámica.33
En tal inteligencia, un sistema de clasicación tiene que ser simple de utilizar y lo su -
cientemente sensible para reejar la necesidad de cambio en el progreso de una persona
privada de su libertad al servicio de su plan de sentencia.
Muchos sistemas de la región, suelen trabajar conceptualmente sobre un sistema típico
de clasicación, diseñado para considerar la historia social y criminal del sujeto privado
de su libertad, su delito actual, el tiempo de condena y cómo responde el individuo a las
reglas de la prisión, que tiene como primordial función la de diagnosticar por los funcio-
narios de seguridad y de forma empírica un supuesto riesgo de fuga o violencia. Así, las
variables que utilizan tienen que ver con sospechas de violencia o hechos de violencia
sucedidos con anterioridad. En consecuencia, la clasicación solamente tendrá efectos en
términos de administración de la prisión. El sujeto acorde a estasensación o conocimien-
to del profesional, será categorizado en un espacio de alta, mediana o baja seguridad.
4.2. Clasifcación Objetiva
Los sistemas de clasicación objetiva son aquellos en los que las decisiones están basa-
das en criterios explícitos en lugar de juzgamientos subjetivos. El criterio objetivo está
32 Incluso en la mayoría de los sistemas el personal de seguridad sigue determinando el alojamiento, basado enel posible conocimiento que tenga del sujeto a partir de detenciones anteriores o características específicas en lacomisión del ilícito (uso de violencia o armas, por ejemplo).33 Un sistema de seguridad dinámica implica el diseño de distintos canales de comunicación dentro de la prisiónpara generar mayor interacción entre las personas privadas de libertad y el personal penitenciario. Este sistematiene a los efectos que nos interesan, dos grandes facetas: por un lado, permite anticiparse a cualquier problemaque surja en un pabellón (incluso alcanza a problemas personales) y por otro, distrae y evita la predicción por partede los internos, de los movimientos del personal.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
22/196
20
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
organizado dentro de un instrumento acompañado por procedimientos operacionales para
aplicar sistemáticamente dicho instrumento a la población penal. Debe señalarse que es-
tos sistemas también incorporan aquel juzgamiento subjetivo al que hacíamos referencia.
Lo interesante de estos sistemas es que abarcan muchas áreas, tales como nivel de custo-dia, salud mental, abuso de sustancias, necesidades programáticas, etc. De esta manera,
permiten establecer estándares de conducción en la evaluación de la clasicación.
Por supuesto, al tratarse de investigaciones cientícas, han de estar sujetas al cumplimien-
to de ciertos estándares éticos, como ser condencialidad, consentimiento informado, no
generar daño a los sujetos de estudios, y nalmente, análisis y reporte de los resultados
obtenidos.
Parece ineludible, entonces, la necesidad de dotar de objetividad a un sistema de clasi-
cación, que contenga por ejemplo, las siguientes premisas:
a) Que esté basado en hechos.
b) Que sea able (el sistema funcionará con independencia al personal) y válido
(será preciso en el análisis del comportamiento del interno).
c) Que utilice los mismos estándares para todos los internos.
d) Que se analicen mediante un proceso racional y simple los factores relacionados
directamente con la decisión de clasicación.
e) Que pueda ser entendido fácilmente por internos y personal.
f) Que permita un monitoreo del progreso de los internos con eciencia y efectividad.34
Los servicios de prisiones de Norteamérica y de países de Europa del Norte y Nórdicos
han desarrollado desde los años 80 sistemas objetivos de clasicación, como consecuen-
cia de los resultados arrojados por los estudios al respecto. Y durante la década siguiente,
la evidencia de investigación disponible apuntaba a“que la probabilidad de comporta-
miento criminal futuro se podría cuanticar con precisión, y que los métodos estruc-turados de evaluación de riesgos fueron más precisos en la predicción de reincidencia
que los no estructurados” 35.
34 Carlson, P y Garrett, J., “Prison and Jail Administration: Practice and Theory”, Parte II, página 59 y ss. Ed. Jonesand Barlett Publishers. Subury, Massachusetts, 2008.35 Carlson, P y Garrett, J., “Prison and Jail Administration: Practice and Theory”, Parte II, página 63. Ed. Jones andBarlett Publishers. Subury, Massachusetts, 2008.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
23/196
21
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
Debe mencionarse, que en la literatura de evaluación de riesgo y clasicación de necesi-
dades han existido tradicionalmente dos proyectos principales de valoración: el modelo
de pronóstico clínico y el modelo actuarial.
4.3 Enfoque de la evaluación de riesgos36
El modelo de pronóstico clínico funciona como diagnóstico y se basa en el juicio profe-
sional. Generalmente, toma la forma de una evaluación clínica donde un profesional rea-
liza una entrevista al ofensor y consulta la documentación existente con el n de realizar
un juicio con relación al riesgo del infractor penal, utilizando sus propios conocimientos
y experiencia. Sin embargo, este proyecto no ha demostrado ser conable sobre la base
de evidencia.37
Esto no quiere decir que los juicios clínicos no sean una parte importante en la evaluación
de riesgo. Tienen un rol esencial en el entendimiento de los factores de predisposición yde la causa del delito, como así también realizan una función de diagnóstico válida. Sin
embargo, el hecho de pronosticar niveles de riesgo de forma correcta no es adjudicable
sólo a ellos.
Por su parte, el modelo actuarial para la evaluación ha sido desarrollado en reconoci-
miento a las limitaciones de los métodos clínicos. Este proyecto tiene sus raíces en los
intentos de la industria de seguros para maximizar la efectividad de sus cálculos de pro-
babilidad de ciertos eventos negativos, que ocurren al analizar ejemplos de información
estadística. En el caso de prever la reincidencia, una posibilidad es generada al compararlas características del ofensor con aquellas de un amplio ejemplo de ofensores conde-
nados quienes han sido monitoreados con el objeto de vericar si han sido condenados
nuevamente en un período determinado, que generalmente es de dos años.
4.4 Factores estáticos y dinámicos en la evaluación de riesgos y clasifcación de ne-cesidades38
Las variables39 utilizadas, correspondían básicamente a:
36 Howard. P, Clark. D, Garnham. N, “OASysReport 1999 - 2001”. HMPS. Londres, 2002.37 La primera generación de estudios para examinar la previsión clínica en el ámbito de la justicia criminal fueronestudios realizados a los delincuentes con problemas mentales que salieron en libertad desde institutos por órdenes
judiciales y controlados luego en la comunidad. Por ejemplo, Steadman y Keveles (1972) descubrieron que de 969delincuentes que fueron liberados de un hospital penitenciario, habiendo sido alojados en sectores para delin-cuentes peligrosos, sólo el 17 por ciento fue reincidente dentro de los cuatro años de seguimiento, de esta maneray en términos de pronóstico de peligrosidad, más del 80 por ciento han resultado falsos positivos. Cit. Íbid.38 Howard. P, Clark. D, Garnham. N, “OASysReport 1999 - 2001”. HMPS. Londres, 2002.39 Prison Service Order 2205. “OASys”. HMPS. Londres, 2003-2005.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
24/196
22
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
• La edad actual
• La edad en la primera condena
• El número total de condenas previas
• El número de condenas anteriores de prisión
• La naturaleza y la gravedad del (de los) delito (s)
• El tiempo total empleado en la cárcel.
Las puntuaciones de riesgo, evaluadas sobre la base de variables estáticas, tales como las
mencionadas, correlacionaban altamente la reincidencia posterior y el nuevo encarcelamiento.
Una ventaja evidente de la utilización de los tipos de las variables mencionadas anterior-
mente es que la evaluación del riesgo podría automatizarse y realizarse en grandes grupos
de ofensores y entonces la información sobre nivel de riesgo individual de los infractores
penales tiene una utilidad práctica para el manejo interno de toma de decisiones, ya que:
• Orientaba las decisiones de sentencia (es decir, el uso de la incapacidad se tornaba más
selectivo)
• Guiaba las decisiones sobre solturas anticipadas y bajo qué condiciones
• Permitía la focalización de recursos hacia los más propensos a reincidir y, por el contra-
rio, evitaba el desperdicio de recursos en aquellas personas que probablemente no volve-
rían a delinquir
• Mejoraba la validez de la información relativa a los resultados de la ecacia de los pro-
gramas y servicios (es decir, proporcionando tasas de referencia respecto de reincidencia).
Existen muchos otros factores, dinámicos, relacionados a la situación personal del ofen-
sor, que también pueden ser considerados. Son “dinámicos” porque pueden cambiar en eltiempo, no así la historia criminal. Por ejemplo, un ofensor puede ser más o menos adicto
a la droga, o puede conseguir o perder un empleo. Se considera más dicultoso medir los
factores dinámicos que a las variables de historia criminal porque la información debe ser
compilada de diferentes fuentes y frecuentemente requieren interpretación, y nunca han
sido recopiladas de forma uniforme.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
25/196
23
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
A mediados de la década de 1990, una serie de estudios indicaron que el riesgo podría
ser razonablemente evaluado con precisión por medio de herramientas estructuradas que
también incluían factores dinámicos. Así, puede lograrse la evaluación de las caracterís-
ticas más cambiantes, como pueden ser el comportamiento, las relaciones y hasta su si-
tuación laboral. La herramienta canadiense Level of Supervision Inventory (más conocidacomo LSI) fue el ejemplo de evaluación del riesgo dinámico, a pesar de que incorpora
tanto variables estáticas y dinámicas. Las variables dinámicas fueron las siguientes:
• Actitud antisocial/orientación
• Compañías antisociales
• Alcohol/drogas
• Problemas nancieros
• Dicultades familiares/matrimonio
• Problemas de vivienda
• Ausencia pro-social de ocio/actividades de recreación.
A partir de la revisión de LSI, conocido como LSI-R fue posible identicar los objetivos
de cambio que pueden ser abordados con el n de reducir el riesgo, algo que las medidasactuariales no hacen. Sin embargo, la desventaja es que las evaluaciones que utilizan esta
herramienta requieren un análisis individualizado de los ofensores, que implican un costo
mayor y su toma necesita más tiempo.
Los factores dinámicos pueden ser subdivididos de diferentes maneras. Una división se
relaciona a los factores de necesidad social y tiene que ver con las circunstancias del
ofensor, tales como el alojamiento y nanzas, mientras que los factores personales inclu-
yen temas emocionales y cognitivos. Una segunda división se reere a la posibilidad de
cambios del factor: esto produce un rango desde los factores dinámicosestables, los que
poseen poca posibilidad de cambio a los factores dinámicos agudos, que pueden cambiar
rápidamente. Una complicación de la terminología es que algunos factores sociales y per-
sonales, tales como vivencias en la niñez, son lógicamente o prácticamente imposibles de
modicar, con un origen en el pasado de la constitución mental y física del infractor penal
esto debe ser referido a los factores estáticos.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
26/196
24
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
5. Hacia la implementación de un sistema de evaluación de riesgo y clasifca-ción de necesidades 40
5.1 Elementos Básicos del Sistema para el aseguramiento de los postulados de What
Works.
Como corolario a lo antes descripto, debemos señalar que para asegurar que los principios
de What Works puedan ser implementados, se debe contar con un sistema de evaluación
de riesgos y necesidades. Dicho sistema debe tener ciertos elementos, tal como los del
-sistema inglés OASys41:
• “Debe proveer un perl de necesidades referidas a delito, el cual identica los facto-
res relacionados al delito cometido por el individuo. Los factores pueden ser sociales
o personales pero deben ser de alguna manera causa de, o al menos contribuir con,
la comisión de un delito, factores criminológicos.42Claramente, habrá circunstancias y características del delincuente (y su estilo de vida) que no se relacionen con su com-
portamiento delictivo, pero estas no deberían ser parte de un perl no determinado
por intervenciones que tienen como n reducir los índices de reincidencia.
• Se le debe permitir al personal formular un plan de supervisión que identique los
pasos a seguir a n de reducir las necesidades criminológicas. Debe suministrar
objetivos y orientación a los evaluadores con el n de asistirlos y seleccionar la asis-
tencia correcta para los correspondientes delincuentes –de esta manera, los factores
que no son criminológicos y si son los requeridos para este objetivo, también tienen
que suministrarse los medios para el control del desarrollo. Se deben identicar los
temas de responsividad, las que son de carácter individual para el delincuente - por
ejemplo, si se encuentran motivados para el cambio, capaces de realizar el cambio
40 Howard. P, Clark. D, Garnham. N, “OASys Report 1999 - 2001”. HMPS. Londres, 2002.41 Hemos optado por este, pues lo consideramos el más sofisticado y abarcativo, pero cabe destacar algunos otros:El Servicio Correccional de Canadá (CSC) utiliza varias herramientas para la evaluación de riesgos y se han desarrol-lado recientemente nuevas escalas para su uso futuro en la gestión de riesgos en el sistema correccional. Las her-ramientas utilizadas tanto por el servicio correccional como el de libertad condicional para evaluar el riesgo son: a)La evaluación del consumo de Delincuentes (OIA), b) La información estadística sobre la reincidencia (SIR), c)PSI-R. En Nueva Zelanda se utiliza, entre otros TheRoC*RoItool, esta herramienta fue desarrollada por el personalde Servicios Psicológicos, sobre la base de los antecedentes penales de 133.000 condenados masculinos y femeninos.
RoC*RoI produce una puntuación entre cero y uno que indica la probabilidad de que un delincuente sea a la vez recondenado en el futuro y ser condenado a una pena de prisión por ese delito. En Australia, elLSI-R es muy utilizadoy es el instrumento primario de valoración utilizado. Las autoridades de Queensland han desarrollado una nuevaherramienta de evaluación (ROR-PV) de riesgo/necesidad referida a probabilidades de reincidencia. Por último, enEstados Unidos las herramientas de uso incluyen: The Statistical Information for Recidivism (SIR) Scale, PCL-R, Static99, STABLE 2007, ACUTE 2007, Violence Risk Scale (VRS), Salient Factor Score (SFS), LSI-R, and the screening versionof the LSI-R, Minnesota Sex Offender Screening Tool.42 Andrews definió como factor criminogenico a una necesidad o un déficit donde una reducción de esa necesidad/ déficit resulta en una reducción de los riesgos de reincidencia.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
27/196
25
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
etc. y si existen algunos temas tales como problemas de lectura, falta -de habilidades
básicas o problemas mentales, los que pueden excluir al interno de ciertos tipos de
asistencias.
• Debe ser posible identicar el nivel de posibilidad de delinquir nuevamente dentrode un plazo determinado, que es de dos años. El comportamiento en el pasado (en
este caso de registro criminal) es siempre el mejor pronosticador del comportamiento
futuro, pero el proceso de cálculo de reincidencia debería incluir sucientes factores
dinámicos para asegurar que cambios signicativos en las circunstancias del delin-
cuente o en su comportamiento puedan alterar este pronóstico.
• Además de la probabilidad de reincidencia, la evaluación debe identicar si el delin-
cuente posee riesgo de generar serios daños, bajo qué circunstancias y quien tendría
riesgo de resultar herido. La razón de esta circunstancia es que la clasicación de ries-
gos no es solamente de los índices de reincidencia sino también del manejo de riesgos. El delincuente que presente riesgos de daños-serios afectará al plan de supervisión, la
prioridad de asistencias y los posibles tipos de intervenciones disponibles.
• Debe ser posible identicar cambios en el perl de necesidades del delincuente, pro-
babilidades de reincidencia y riesgos de daños serios, en virtud del cambio de cir-
cunstancias, actitudes y comportamientos. Ajustar tales cambios permite a los ser-
vicios correccionales modicar el manejo del delincuente, y suministra una medida
intermedia de efectividad de las asistencias. Se debería permitir el paso al descubri-
miento, proceso por el cual los cambios en la evaluación ocurren no por un cambioreal sino porque (usualmente) los detalles desfavorables acerca de circunstancias de
los delincuentes aparecen luego de que se realice la evaluación inicial. Esto sucede
frecuentemente ya sea porque el delincuente desea ocultar cierta información en las
evaluaciones que preceden a la sentencia, como categorización de la seguridad, etc.,
o porque comienzan a tener conanza para brindar al evaluador la información que
les resulta difícil expresar.
• Finalmente, un sistema de evaluación no permanecerá estático, su efectividad debe-
ría ser constantemente revisada. Los factores que son importantes pronosticadores de
reincidencia en algún punto en el tiempo pueden pasar a ser menos relevantes por loscambios generales en los patrones de conducta o actitudes en la sociedad.
• Un sistema de evaluación de riesgos y necesidades que cumpla con estos requisitos será
también una herramienta valiosa para la determinación de programas de evaluación,
sentencias y otras asistencias o intervenciones. Si los riesgos y necesidades se pueden
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
28/196
26
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
medir apropiadamente al comienzo y en períodos posteriores, reejaránlos cambios
que hayan ocurrido durante la intervención y será posible estimar la efectividad en
ambas formas, a través del cambio en los niveles de riesgo/necesidad y por compara-
ción de las medidas esperadas y reales, tales como la reincidencia. Los investigadores
también pueden utilizar los resultados con el n de comparar ejemplos de delincuentescon la población más amplia de delincuentes, por ejemplo, para generar grupos de
control, u obtener información de antecedentes para la prevalencia de características y
comportamientos entre la totalidad de la población de delincuentes…”43.
5.2 La utilidad y los benefcios de un sistema de estas características
5.2.1 La incidencia de la evaluación por riesgos en la determinación de la senten-
cia. Sentencias Comunitarias vs. Custodia
Tal como fuera mencionado, ante determinado nivel de riesgo, en términos de la literatura
What Works, es más eciente el abordaje comunitario que el que se efectúa en espacios
de custodia44. En este sentido nos es ineludible detenernos en las sentencias comunitarias.
En general, suele entenderse por este tipo de penas aquellas por las cuales el castigo se
impone en la comunidad o bien fuera de la prisión. Ello no es enteramente así, pues con
esas características deberíamos considerar la multa45 como paradigma de aquello. Sin
embargo, y en consonancia con el pensamiento del lósofo del derecho Joel Feinberg46,
estas últimas no logran cumplir los estándares exigidos por la sociedad para expresar el
reproche a esa acción disvaliosa, ya que, por ejemplo,éstas, a diferencia de una condena
de prisión, no hacen demasiado para evitar o prohibir acciones incorrectas y tienen carac-
terísticas, en sus términos, misceláneas.
En tal inteligencia, la discusión relacionada a este tipo de penas, en general suele agotarse
43 Howard. P, Clark. D, Garnham. N, “OASys Report 1999 - 2001”. HMPS. Londres, 2002. La traducción nos pertenece.44 En otras palabras, la prisión funciona (en términos de preventivos) para delincuentes violentos e reincidentes,pero a las claras no es la respuesta para aquellas personas a quienes se las castigaría con una pena de prisión corta.45 Su sentido aquí lo utilizaremos como cierta privación de la propiedad del delincuente, en términos de castigo.46 En la obra, “The Expressive Function of Punishment” de 1965, Feinberg afirma que el castigo tiene una funciónexpresiva “Punishment, on the other hand has an expressive function: a) “conventional device for the expressionof attitudes of resentment and indignation, judgments of disapproval and reprobation”; b) “symbolic significance”(Paginas 73 y74), y afirma que dadas nuestras convenciones sociales la condena es vista y entendida como dolor yduro tratamiento, pero siempre debe existir un correlato entre el hecho desaprobado y el castigo impuesto. Givenour conventions, of course, condemnation is expressed by hard treatment, and the degree of reprobation of theformer. Still, this should not blind us to the fact that it is social disapproval and its appropriate expression that
should fit the crime, and not hard treatment (pain) as such. Pain should match guilt only in so far as its infliction isthe symbolic vehicle of public condemnation.” (Pag. 89).
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
29/196
27
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
en lo que conocemos como probation47 , entendida ésta como aquella pena que permite al
ofensor no perder su libertad en tanto cumplimente ciertos requerimientos exigidos por la
autoridad judicial competente, y que conlleva una supervisión por un servicio especiali-
zado y autorizado para ello.
De un tiempo a esta parte, en el mundo anglosajón, especialmente en Inglaterra, a partir
del dictado de las leyes Criminal ServicesAct 2000 y Criminal JusticeAct 2003, se co-
menzaron a discutir otras penas, tales como las órdenes de libertad bajo monitoreo elec-
trónico o bien, las órdenes de sentencia comunitaria48. En sí, la lógica y el concepto de la
probation ha sido desplazado por el de sentencias generales comunitarias49, que pueden
ser impuestas hasta 3 años, y a esta puede añadirse un catálogo de doce medidas50 (con
posibilidad de ser combinadas) como ser: trabajo no remunerado, actividades especícas,
programas especiales, prohibición de determinadas actividades, toque de queda (de 2 a 12
horas diarias en general monitoreados electrónicamente), exclusiones de concurrencia a
determinados lugares, residencia especica, tratamientos de salud mental, rehabilitación
o programas especícos de drogas y alcohol, supervisión y atención especíca.
Tal como puede apreciarse, este catálogo penal conjuga criterios o nalidades de pena
que hacen a la aplicación de un castigo, a la posibilidad de gestación de un cambio, la
necesidad de control y por supuesto, la oferta de ayuda. 51
Intuitivamente, uno creería que estos 4 pilares resultan claves y fundamentales a la hora
de pensar una alternativa al encarcelamiento, máxime si se habla de delitos que no poseen
reincidencia o no cuentan con características violentas, ya que general es una opción real
de devolver (en cierta medida) el mal ocasionado a la comunidad y al mismo tiempo,
cumple el n y efecto de reducir el delito52. Sin embargo, muchas veces la opinión pública
47 El concepto de Probation, proviene del latín, probatio o probare, que implica pruebas. Tiene raíces históricas en lapráctica de la tregua judicial. En el derecho común inglés, antes del advenimiento de la democracia, la justicia podíatemporalmente suspender la ejecución de una sentencia para que un acusado pudiera pelar ante el monarca de unindulto. La Probation se desarrolló por primera vez en los Estados Unidos cuando John Augustus, conocido comoel padre de la misma, como ciudadano de Boston, persuadió a un juez en 1841 (año en que regía la prohibición deconsumir bebidas alcohólicas) para darle la custodia de un condenado por ebriedad por un breve período y luegoayudó a que apareciera el hombre rehabilitado para el momento de la sentencia. Para 1858, Augustus había dadolibertad bajo fianza de 1.946 hombres y mujeres. Un año más tarde, en homenaje a Augustus, se promulgó la ley delibertad condicional en Massachusetts, lugar de su nacimiento. En lo que a Inglaterra concierne, si bien existe evi-
dencia de su uso en tiempos anteriores, su origen podemos situarlo en 1907. Véase: Probation Journal: The Journalof Community and Criminal Justice y National Association of Probation Officers (UK).48 Este tipo de pena incluía la reparación indirecta supervisada por el Servicio de Probation.49 Antes del 2003, conocidas como órdenes de rehabilitación comunitaria.50 Sobre este punto, véase Blanco.E, “El sistema de Ejecución Penal en Inglaterra y Gales”. Revista de Ejecución dela Pena Privativa de la Libertad y el Encierro N° 5. Ed. Fabián J. Di Plácido. ISBN: 1850-1338. Buenos Aires, 2011.51 HM National Probation Service,“ AnnualReport 2008” , HM NPS, Londres, 2008.52 Todo ello, sin detenernos en la abultada reducción de costos económicos. En Inglaterra, el costo anual de man-tener una persona en prisión oscila en las 35.000 libras
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
30/196
28
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
considera demasiado suaves (al menos en Irlanda del Norte o Inglaterra y Gales) a este
tipo de penas, y aparece nuevamente cierta sensación de fracaso frente a sistema criminal
o de justicia53. En otras palabras, el umbral social del castigo merecido exige prisión, qui-
zás porque sea el el sentir, o bien por qué el resultado de una solución mental y cultural
más veloz y conocida. Pero ello escapa a los nes del presente artículo.
Como corolario, a partir de su instalación, este tipo de sentencias otorgaron la posibili-
dad de funcionar como alternativas reales al encarcelamiento54 y crean conciencia de la
necesidad de dar una segunda oportunidad para los ofensores y sus familias, generando
el doble efecto de evitar la desocialización que implica el sistema de encierro y por otro
lado, lograr la aceptación de los infractores penales y sus familias en la comunidad. A su
vez, fomenta la acción a la comunidad para apoyar la rehabilitación y la reintegración de
quienes hayan cometido un ilícito en la sociedad.
5.2.2 Posibilidad de manejar 55 la ejecución de las sentencias. Incapacitación vs.
Prevención. Duración de las penas.
Una vez determinada la sentencia, y tal como se explicara en los parágrafos que ante-
ceden, los puntajes de riesgo generados por las herramientas de clasicación de riesgo
permitirán categorizar el manejo de las sentencias que le fueran asignadas al condenado.
En consecuencia, la asignación de recursos por parte de los organismos encargados de
ejecutar las penas serán, a las claras, más ecientes, pues signica perfeccionar y justi-
car con mayor precisión la elegibilidad de los participantes a programas y servicios.
Ahora bien, la planicación de las intervenciones, nos lleva a indagar sobre los tiempos
de duración de las sentencias. Ha sido demostrado que sentencias largas, fuera de los
efectos de incapacitación, no tienen en sí efectos positivos en la reducción de reinciden-
cia. Es decir, frente a determinados delitos lo que funciona son las penas de corto plazo, es
decir aquellas que no superan el año. Aún más es el tiempo de detención mientras dura el
proceso y tal como mencionáramos previamente, lejos estamos de suponer una adecuada
intervención para estos sujetos56.
53 Los representantes llevan a las comunidades que los eligieron consultas respecto al funcionamiento del sistemapara obtener información sobre la sensación de éxito de los mismos y evaluar si existe cierta desconfianza al sis-tema, que de modo alguno conlleva a la gestación de grietas que hacen difícil en el sentir público que ha de estarprotegidos y seguro.54 Han operado y operan como una solución a las altas tasas de encarcelamiento que han sufrido la mayoría de losEstados.55 Si bien el término utilizado no es el más adecuado en atención a los criterios de nuestra lengua, lo consideramospertinente para tratar de respetar el acuñado en el medio anglosajón.56 Son conocidas las voces que afirman que la prisión preventiva opera como condena real y social.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
31/196
29
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
En este sentido, podemos armar que las condenas de largo plazo generan efectos ne-
gativos en términos de reincidencia, pues se ven más afectadas las barreras sociales y la
posibilidad de obtención y mantenimiento de trabajos estables.
Recordemos que existe cierta evidencia que nos dice que la prisión puede prevenir quealgunos individuos no cometan futuros delitos, especialmente aquellos contrabajos esta-
bles o relaciones, puesto que tienen mucho más que perder a partir de su encarcelamiento.
Estudios relacionados con el costo del crimen han logrado cierta evidencia tendiente a
demostrar que frente a costos tangibles y no tangibles del crimen, el encarcelamiento de
delincuentes de alto y serio riesgo puede representar cierto valor en dinero en el corto pla-
zo, pero los costos tienden a incrementarse respecto de los benecios cuando los delitos
son de menor envergadura y se trata de ofensores no reincidentes.
Finalmente, podemos concluir que en lo que atañe a prevención especial (que es lo quenos interesa a los nes de reducción de reincidencia), importará más la intervención tanto
cuantitativa como cualitativamente, que la sanción en sí. Pero a los nes pretendidos en
este artículo, nos queda aún pendiente saber qué resulta menos costoso en términos de
dinero público.
Al respecto, si bien la información es escasa, podemos tomar como referencia un estudio
realizado en Inglaterra, en el año 2007, por parte del Matrix Knowledge Group, que logró
evidenciar que las sentencias comunitarias, sean monitoreadas electrónicamente o no,
representan menor costo que el comparado a prisión. Por su parte, tampoco encontraron
diferencias sustanciales a nivel estadístico en los costos de las intervenciones comunita-
rias (y su control) con los programas cognitivos desarrollados en prisión.
5.2.3 El factor etario. Adultos vs. Jóvenes
Distintos estudios longitudinales, han demostrado que la delincuencia comienza en la
temprana adolescencia. Un estudio por la Universidad de Edinburgo, del Centro de De-
recho y Sociedad (Centre for Law and Society, Edinburgh Study of Youth Transitions and
Crime57 ),ha demostrado que a los 14 años (el 52% de los Jóvenes) se produce el pico más
alto de comisión de delitos (hasta cuatro delitos), descendiendo fuertemente a los 17 añosy quedando sólo un 5% que en la entrada adultez persisten en el crimen.
Se ha comprobado, también,la relación entre la edad y el delito. La misma es interpretada
como un reejo de cambios biológicos, de contexto social, actitudes y circunstancias de
57 Smith.D, “Social Inclusion and Early Desistance from Crime”. ESYTC. Edinburgo, 2006.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
32/196
30
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
vida y eso puede inuir fuertemente en la motivación a desistir de la comisión de ilícitos.
La Universidad de Cambridge realizo un estudio relacionado con el Desarrollo de la De-
lincuencia, mediante el cual se midió el comportamiento de 411 hombres de clase social
trabajadora en South London desde los 8 a 46 años. La mayoría de estos desistieron del
crimen cerca de los 28 años. En consecuencia, podemos armar que la mayoría de losofensores desisten del crimen al tiempo que cumplen entre 25 y 35 años.
De allí, que a la hora de pensar en esta problemática debemos analizar el factor etario y
su relación al riesgo de reincidencia. En consecuencia, una buena forma de prevenir la
reincidencia en este colectivo es a través del diseño deintervenciones tanto comunita-
rias como de custodia que promocionen el desarrollo personal y el comportamiento de
los jóvenes, tomando en consideración especiales circunstancias que son particularmente
relevantes para este colectivo, tales como: la importancia del contacto con la familia y
las personas que deben cuidar de ellos y la inuencia de los padres –y de la presión queellos ejercen- sobre sus conductas. Asimismo, debe contemplarse la impulsividad y la
proyección en el corto término que caracteriza a las personas no adultas, por su inmadurez
emocional.
Por cierto, la literatura psicológica nos sugiere que el período asociado al crimen en la
mujer se detiene en general a una edad más temprana respecto que en los hombres.
Esto puede explicarse también en las razones que tanto hombres y mujeres otorgan a la
hora de explicar porqué abandonan sus “carreras” criminales. Las mujeres tienden a ofre-
cer58 argumentos morales y razonamientos utilitarios a la hora de explicar su desistimien-
to en la comisión de ilícitos. En general enfatizan en la importancia de ciertas relaciones
como pueden ser, cuestiones relacionadas a victimización59, cambios en las relaciones con
sus padres, asunción de responsabilidades maternas o de pareja y obviamente, abandono
de compañías y relaciones delictivas; mientras que los hombres, por su parte, tienden a
justicar su desistimiento en decisiones personales y proyectos propios.
Existen evidencias sucientes que demuestran que los jóvenes están en condiciones de cam-
biar su manera de comportarse, adaptándose a las pautas esenciales de convivencia social y
ello puede lograrse con políticas basadas en la asistencia –necesidades- y control –riesgos-,máxime en lo que atiende al control de sus impulsos y el abuso de los estupefacientes y el
58 Estudio en Escocia 2000-2001, se entrevistó a 20 mujeres y 20 varones.
59 En nuestro medio, resultan frecuentes los casos de homicidio al cónyuge victimario de violencia doméstica y degénero. Muchos de estos casos, terminan por resultar en el homicidio del victimario, pero esto no necesariamenteindique que esas mujeres son pasibles de matar a otras personas, sino que las características personales dentro deese contexto y subyugamiento conllevan a la comisión del ilícito descripto.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
33/196
31
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
alcohol, la reducción de la conictividad y la violencia. Una vez, abordadas estas cuestiones
podemos concentrarnos en efectivizar sus capacidades educacionales y laborales.
En breve, queda por destacar que el abordaje de esta problemática excede la respues-
ta sancionatoria, debiendo abordarse multisectorialmente, evitando que las prisiones setransformen en el primer contacto institucional de estas personas. El estado debe acom-
pañar los procesos propios de maduración, transición, cambios de estilo de vida y relacio-
nes de este colectivo, y las intervenciones deben ser integrales, abordando las múltiples
necesidades
5.2.4 Intervenciones: De la necesidad al gerenciamiento de soluciones
El Ministerio de Justicia Inglés ha desarrollado un nuevo compendio de estadísticas de
reincidencia y análisis de las mismas, bajo la nalidad, tal como se desprende del do -cumento, “de responder a una serie de cuestiones estadísticas que no están cubiertas
en las publicaciones de reincidencia existentes… El enfoque de la publicación radica
en contestar las preguntas más frecuentes por parte de los medios de comunicación y
los profesionales, y muestra la ecacia de las diferentes sentencias que se imponen, las
cifras de reincidencia de personas privadas de su libertad, el desglose detallado de los
materiales publicados, y series de tiempo de reincidencia a largo plazo y las compara-
ciones internacionales”60. Los datos comprendidos, son el resultado de una encuesta que
permite el análisis detallado del comportamiento de los infractores penales en términos de
riesgo de reincidencia de acuerdo a sus experiencias tempranas de vida, situación previa
al encarcelamiento, educación y empleo, consumo de sustancias y necesidades de salud
física y mental.
Instrumentos como el mencionado contribuyen a enfocar políticas multisectoriales con
mayor seriedad y, por consiguiente, con metas precisas que hagan efectivas las interven-
ciones elegidas. Asimismo, permiten evaluar con mayor eciencia y economía los recur-
sos que serán necesarios para llevar a cabo los objetivos propuestos.
Así, podremos plantearnos determinado riesgo de reincidencia y, a partir de ello, arbitrar
las medidas necesarias para reducirla y facilitar el desistimiento del delito.
Tanto así, que como contracara permitirá diseñar políticas especícas para abordar pro-
blemas transversales y, luego, intervenciones que atiendan a necesidades y riesgos espe-
cícos, ya sean para determinado colectivo o bien respecto de determinada persona.
60 Ministry of Justice UK, “Surveying Prisoner Crime Reduction (SPCR), Londres, 2012.
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
34/196
32
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
Veamos, someramente, algunas conclusiones arrojadas por la encuesta de marras61.
Respecto a vivienda y contexto familiar:
a. El 60% de los encuestados respondieron que el hecho de tener una vivienda, im-
plicaría su desistimiento del delito. (De este porcentaje, 63% de los que respon-
dieron esto, habían sido previamente condenados). El 79% de los que informaron
estar en situación de calle (homeless) antes de la condena, fueron recondenados
en el primer año con posterioridad al egreso.
b. El 24% declaró que había estado de atención estatal en algún momento de su in-
fancia. Aquellos que habían estado en atención, eran más jóvenes al momento de
la primera detención, y eran más propensos a ser recondenados en el año después
de la liberación de custodia de los que nunca había estado en la atención.
c. Muchos de los encuestados habían sufrido malos tratos (29%) o violencia do-
méstica (41%) cuando eran niños. Aquellos que informaron haber sufrido abu-
sos o violencia cuando eran niños eran más propensos a ser recondenados en
el año después liberados que aquellos que no transcurrieron por esas experien-
cias.
d. El 37% de los encuestados informaron tener miembros de la familia que habían
sido declarados culpables de un delito, de los cuales el 84% había estado en la
cárcel, en una institución de jóvenes delincuentes o en un reformatorio.
Los internos con algún miembro de la familia condenado, eran más propensos a
ser recondenados en el año siguiente a su liberación de los que no tienen familia-
res bajo el sistema criminal.
Respecto a la discapacidad y problemas de salud:
e. Puede considerarse que estimativamente, el 36% de los encuestados tienen una
discapacidad o problema de salud. De los examinados, el 18% sufre ansiedad
y depresión, el 11% algún tipo de discapacidad física, y el 8% con ambos62.
El 34% (55% mujeres y 34% varones) de la misma muestra respondió armati-vamente cuando se les preguntó si pensaban que tenían alguna discapacidad o
problema.63 No se han observado diferencias en la tendencia a reincidir durante
61 Ministry of Justice UK, “Surveying Prisoner Crime Reduction (SPCR), Londres, 2012.62 La razón por la que la suma no da 36%, es debido al redondeo que se efectúa. Citado en Cit. Íbid.63 Al respecto, se exhibió una diferencia entre la población con y sin discapacidad. Los presos con discapacidad eranmás propensos a informar: a. el haber consumido drogas y manifestar la necesidad de un tratamiento o bien, elmero apoyo a un problema de drogas o alcohol; b. haber experimentado abuso o violencia infantil; c. no contar
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
35/196
33
Revista de Criminología - Número I - Año 2015
el primero y segundo año desde liberados entre las personas con discapacidad o
sin discapacidad. El enfoque ha de estar en los programas dentro de la prisión.
Respecto al trabajo y la educación:
f. El 13% de los encuestados no informó haber tenido un puesto de trabajo.
Alrededor de un tercio (32%) informó estar en un empleo remunerado en las
cuatro semanas previas a la custodia, y el 63% de ellos, que ya había perdido el
trabajo o que lo perdería por el solo hecho de estar en prisión.
La divulgación de antecedentes penales también se informó como un disparador
para la pérdida de empleo.
g. En promedio, los encuestados que habían trabajado alguna vez informaron haber
recibido un salario bajo en comparación con la población en edad de trabajar64.
h. El 48% de los encuestados informó que necesitaban ayuda para encontrar un tra-
bajo al momento del egreso. El41% ayuda con educación y el 40% capacitación
para mejorar las habilidades relacionadas con el trabajo. El 68% convino en que
tener un trabajo le ayudaría a desistir del delito.
i. Las actitudes de los encuestados hacia el aprendizaje y la educación mostró que
claramente entienden el valor de la educación, y estaban dispuestos a aprender.
Sólo uno de cada diez encuestados pensaban que “el aprendizaje no es para gente
como yo”.
j. Tanto el haber trabajado en el año anterior a la custodia y la posesión de una
cualicación educativa se asociaron con una menor probabilidad de reincidencia
en el año posterior al egreso que el hecho de estar desempleado y no tener un
título (40% frente al 65%,y 45% en comparación con 60%, respectivamente).
k. El haber sido titular de benecios sociales65 en el año anterior a la custodia se
asoció con una mayor tasa de reincidencia en el año después de su liberación
(58% frente al 42% para aquellos que no disfruta de las prestaciones).
con vivienda antes de ser condenados; d. que necesitan ayuda para encontrar un trabajo. Sin embargo, no eran máspropensos a ser recondenados en el primer y segundo año después de liberados que a los presos sin discapacidad.Cit. Íbid.64 250 libras semanales los hombres y 164 libras semanales, las mujeres. Cit. Íbid.65 Por ejemplo, Jobseeker’s Allowance (JSA), Incapacity Benefit (IB), Severe Disablement Allowance, Disability Living
Allowance, Income Support and National Insurance credits only .
-
8/18/2019 revista_de-criminologia_n1_2015.pdf
36/196
34
Instituto de Criminología - Servicio Penitenciario Federal
Podemos apreciar que si bien intuitivamente cualquier persona preguntada sobre posibles
necesidades que afecten la inclusión social de las personas que han estado privadas de
libertad pueda identicarlas sin mayores inconvenientes, lo cierto es que resultados como
los expresados con antelación permiten trabajar seriamente, brindando posibilidades me-
todológicas y económicas reales, que permitan al mismo tiempo justicar con base sólidalas políticas a desarrollar y por sobre todas las cosas, otorguen un horizonte conable del
gasto o en este caso, inversión, de los recursos para hacer frente al delito.
Creemos que así puede construirse un sistema sólido de respuesta social al problema del
delito y su desistimiento. Porque con lo expuesto hasta aquí ya podemos observar que es
necesario buscar más de una respuesta al problema del castigo, pues la prisión tal como la
entendemos y hacemos uso, sólo puede brindar respuestas sucientes de incapacitación
para casos de riesgo extremo (que en general son un porcentaje reducido de las poblacio-
nes penales), quedando el resto de los riesgos medios y bajos acaparados por la misma
solución, que no hacen más que deteriorar la socialización de los sujetos e incluso, agre-
gar un factor más severo y estático, como es el haber estado en prisión.
Veamos por último, algunas herramientas que permiten desplazar ciertos paradigmas y
hacernos pensar al menos de otro modo.
6. Construyendo la posibilidad de concebir una administración de JusticiaRestaurativa
Tal como fuera planteado en los parágrafos que anteceden, queda ahora analizar unmode-
lo de Justicia, que si bien sus orígenes pueden encontrarse en las XII Tablas o bien, en el
mundo germánico – en el código de leyes de Ethelberto Kent-, en la actualidad es conoci-
do como Justicia Restaurativa66, y cada vez son más los países europeos continentales67 y del commonlaw68 que la han implementado.
En breve, podemos decir que la justicia restaurativa es, según John Braithwaite,»un pro-ceso en el que todas las partes interesadas afectadas por una injusticia tienen la oportu -nidad de discutir la forma en que se han visto afectados por la injusticia y para decidir