trabajo final de metodologia joseline bautista

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UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ “DERECHO INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS” 1

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Page 1: Trabajo final de metodologia joseline bautista

UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ

“DERECHO INTERNACIONAL DE DERECHOS

HUMANOS”

Joseline Noemí Bautista Estrada

Metodología de la investigación

Lic. Edgar Hernández

Psicología Industrial

1

Page 2: Trabajo final de metodologia joseline bautista

INDICE

Introducción……………………………………………………………………………… 5

Capítulo I: Marco conceptual ………………………………………………………….4

Antecedentes……...………………………………………………………………………4

Justificación………………………………………………………………………………4

Capítulo II: Marco teórico……………………………………………………………….. 6

Constitución política de la República de Guatemala……………………………

Observación del problema..............................................................................

Implementación de laboratorio……………………………………….…..……..

Capítulo III: Marco metodológico………………………………………..…….……….21

Objetivos……………………………………………………………....…………21

Variables…………………………………………………………………………21

Estadística…………………….…………………………………………………22.

Instrumentos…………………………………………………………….……….. 22

Sujetos………………………………………………………………….………….22

Capítulo IV: Técnica de recolección de datos............................................................23

Fuente de datos…………………………………………………………….……. 23

Trabajo de campo ……………………………………………………….………24.

Procesamiento de la información……………………………………….………24

Capítulo V: Análisis e interpretación de los resultados ……………………….………25

Análisis de los resultados……………………………………………….………25

Interpretación de los resultados…………………………………………..……. 26

Capítulo VI ………………………………………………………………………..……...26

Conclusiones……………………………………………………………………. 27

Recomendaciones……………………………………………………………….. 28

Bibliografía……………………………………………………………………….29

Egrafia…………………………………………………………………………... 29

2

Page 3: Trabajo final de metodologia joseline bautista

INTRODUCCION

Los derechos humanos se fortalecieron con la aprobación de la Declaración Universal de

Derechos Humanos por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de

diciembre de 1948. Redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y

naciones deben esforzarse”, en la Declaración, por primera vez en la historia de la

humanidad, se establecen claramente los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y

culturales básicos de los que todos los seres humanos deben gozar. A lo largo de los años lo

establecido en la Declaración ha sido ampliamente aceptado como las normas

fundamentales de derechos humanos que todos deben respetar y proteger. La Declaración

Universal, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos

protocolos facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y

Culturales, forman la llamada “Carta Internacional de Derechos Humanos”.

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Page 4: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Capítulo I

1. Marco conceptual del problema

A. Antecedentes

El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que los

Estados deben respetar. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados

asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar,

proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los

Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de

limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los

derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los

Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos

básicos.

A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los

gobiernos se comprometen a adoptar medidas y leyes internas compatibles con las

obligaciones y deberes dimanantes de los tratados. En caso de que los procedimientos

judiciales nacionales no aborden los abusos contra los derechos humanos, existen

mecanismos y procedimientos en el plano regional e internacional para presentar denuncias

o comunicaciones individuales, que ayudan a garantizar que las normas internacionales de

derechos humanos sean efectivamente respetadas, aplicadas y acatadas en el plano local.

B. Justificación

Comprenden los procedimientos judiciales nacionales de los Derechos Humanos

Adoptan por medidas positivas para los Derechos Humanos

Optan por mecanismos individuales de Derechos Humanos

C. Determinación del problema

a) Definición del problema:

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Page 5: Trabajo final de metodologia joseline bautista

¿Por qué las personas optan por normas diferentes en los Derechos

Humanos?

b) Alcances y límites:

a. Ámbito geográfico:

Derechos Humanos – Guatemala

b. Ámbito institucional:

Empresas

c. Ámbito personal:

Los trabajadores realizan las normas que se les solicitan necesarias.

d. Ámbito temporal:

Los trabajadores usan frecuentemente los procesos solicitados en los

diferentes aspectos solicitados.

e. Ámbito temático:

Se les toma en cuenta la colaboración de los trabajadores en sus aspectos de

trabajo y de realización de nomas.

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Page 6: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Capítulo II

1. Marco Teórico

A. Derechos Humanos

Derechos humanos es universal para todos los seres humanos e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados. Según la concepción industrializada son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad o a no sufrir tortura, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente aunque ya no de manera exclusiva El Estado, la realización de determinadas actividades positivas. Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.

a) Responsabilidad Social

Los derechos humanos, herederos de la noción de derechos naturales,

son una idea de gran fuerza moral y con un respaldo creciente,

Legalmente, se reconocen en el Derecho internacional de numerosos

Estados y en tratados internacionales.

b) Factores sociales

La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en

una referencia clave en el debate ético político actual, y el lenguaje de

los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas

sociedades. Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la

filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación,

contenido e incluso la existencia de los derechos humanos; y también

claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran

desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.

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Page 7: Trabajo final de metodologia joseline bautista

c) Factor Educación

Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos

humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura

occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales

más.15 Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de

dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen

referencia a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222.

d) Participación de los trabajadores

La importancia del trabajo realizado en relación con los trabajadores migratorios y sus familiares en distintos órganos de las Naciones Unidas, particularmente en la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Desarrollo Social, así como en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y la Organización Mundial de la Salud y en otras organizaciones internacionales,

Reconociendo también los progresos realizados por algunos Estados mediante acuerdos regionales o bilaterales para la protección de los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares, así como la importancia y la utilidad de los acuerdos

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Page 8: Trabajo final de metodologia joseline bautista

e) Factor Salud

Junto a sus asociaciones miembros, la Asociación Médica Mundial está

comprometida con la promoción de los derechos humanos relacionados

con la salud para todos en el plano internacional y nacional. Como

profesionales de la salud, los médicos tienen una función clave en la

prestación de atención de alta calidad para todos los pacientes sin

discriminación y en la prevención de actos de tortura y malos tratos que

constituyen graves violaciones de los derechos humanos. Pero los

médicos a menudo son víctimas de violaciones de los derechos humanos

en el ejercicio de su profesión y la AMM los apoya en esto.

Derecho de cada persona al goce del grado máximo de salud

física y mental que se pueda lograr (Derecho a la Salud)

Médicos en peligro

Médicos que trabajan en prisiones: derechos humanos y dilemas

éticos

Prevención de la tortura

La mujer y la salud

Otros derechos humanos relacionados con la salud

Promover las acciones de verificación del cumplimiento de las

obligaciones que en materia del derecho a la salud tiene el Estado

de Guatemala, mediante la articulación de dichas entidades del

denominado sector salud.

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Page 9: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Convertirse en un ente facilitador de las gestiones individuales y

colectivas que en materia del derecho a la salud se realicen las

distintas organizaciones de la sociedad ante el Estado de

Guatemala.

Desarrollar con especial énfasis la verificación del cumplimiento

de los derechos de las personas diagnosticadas con el virus del

VIH, así como realizar el acompañamiento necesario para todo lo

que signifique su derecho a la salud.

Fortalecer mediante acciones de seguimiento institucional y

verificación formal de las acciones en materia de salud sexual y

reproductiva.

Orientar los procesos de investigación vinculados a toda la

competencia en materia de salud como derecho humano.

Promover todas aquellas acciones de naturaleza preventiva que

puedan requerir la intervención del Estado en cuanto al desarrollo

del derecho a la salud.

Todas aquellas que le establezca el Procurador de los Derechos

Humanos.

f) Factor Familia

La Carta de los Derechos de la Familia presentada por la Santa

Sede implica la concepción de la familia como sujeto integrador

de todos sus miembros. La familia es, pues, como un todo que no

debe ser dividido en su tratamiento, aislando sus integrantes, ni

siquiera invocando razones de suplencia social, que aunque en

numerosos casos es necesaria, ciertamente, nunca debe poner al

sujeto familia en posición marginal. Familia y matrimonio

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Page 10: Trabajo final de metodologia joseline bautista

requieren ser defendidos y promovidos no sólo por el Estado sino

por toda la sociedad. Requieren el compromiso decidido de cada

persona ya que es a partir de la familia y del matrimonio como se

puede dar una respuesta integral a los desafíos del presente y a los

riesgos del porvenir.

g) Áreas de crecimiento

Necesidades comunes, de similitudes, de reconocimiento de identidad,

que preceden a las diferencias sin pretender su allanamiento, es el

elemento esencial de estos derechos: el derecho al medio ambiente, el

derecho al patrimonio común de la humanidad, el derecho al desarrollo y

el derecho a la paz".

En un sentido amplio el derecho al medio ambiente se ha identificado

con el derecho al desarrollo sostenible.

h) Corporalidad

Los derechos humanos relacionados al medio ambiente se encuentran

establecidos en los tratados básicos de derechos humanos e incluyen:

El derecho a un medio ambiente seguro y saludable.

El derecho a un alto estándar de salud.

El derecho a un desarrollo ecológicamente sustentable.

El derecho a un estándar de vida adecuado, incluyendo el

acceso a alimentación y agua potable.

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Page 11: Trabajo final de metodologia joseline bautista

El derecho de los niños para vivir en un medio ambiente

apropiado para su desarrollo físico y mental.

El derecho a una participación completa y equitativa de todas

las personas en la toma de decisiones relacionadas con el

medio ambiente, la planificación de desarrollo y decisiones y

políticas que afecten a la comunidad a un nivel local,

nacional e internacional.

El derecho a gozar de condiciones seguras de trabajo,

incluyendo garantías para mujeres embarazadas y en

lactancia.

El derecho a la protección para la no -discriminación en

cualquier área.

El derecho a la educación e información incluyendo la

relacionada con vínculos entre salud y medio ambiente.

El derecho a compartir los beneficios del progreso científico.

Tras una evolución de conciencia medio ambiental en los últimos 30

años se puede decir que estos derechos humanos están íntimamente

conectados al derecho humano al medio ambiente, y más, tal

conciencia ha añadido a los Tribunales Internacionales y

Convenciones una interpretación extensiva de estos derechos

concluyendo que se tratan de derechos indirectos al medio ambiente,

o sea el derecho humano al medio ambiente no expreso de forma

exhaustiva en ningún tratado está reconocido de forma implícita e

indirecta dentro de los derechos humanos.

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Page 12: Trabajo final de metodologia joseline bautista

i) Acuerdos Mundiales sobre Derechos Humanos, Medio Ambiente

y Desarrollo sostenible

La solidaridad definida según Bellever Capella es "la conciencia conjunta de derechos y obligaciones, que surgiría de la existencia de necesidades comunes, de similitudes, de reconocimiento de identidad, que preceden a las diferencias sin pretender su allanamiento, es el elemento esencial de estos derechos: el derecho al medio ambiente, el derecho al patrimonio común de la humanidad, el derecho al desarrollo y el derecho a la paz"

El derecho al medio ambiente se ha identificado con el derecho al desarrollo sostenible. Existe una relación íntima entre desarrollo y medio ambiente, desarrollo y derechos humanos, y medio ambiente y derechos humanos.

Hay un paralelo entre las evoluciones de la protección de los derechos humanos y de la protección del medio ambiente, habiendo pasado por un proceso de internacionalización y de globalización.

j) Derechos y Obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos.

La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

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Page 13: Trabajo final de metodologia joseline bautista

k) Carácter

Tradicionalmente se atribuye a los Derechos Humanos la característica de la inmutabilidad. Esa característica no es admisible si se tiene en cuenta, como se verá a continuación, que los Derechos Humanos tienen carácter histórico. Es decir, no es posible establecer un catálogo de los derechos que tenga validez general con carácter supra temporal. El error fundamental de la escuela del derecho natural racionalista (siglo XVIII) fue precisamente el pretender elaborar un código de derechos con tales características.

El carácter histórico Si la vieja concepción liberal hablaba de unos derechos innatos, de carácter supra histórico y anteriores, en consecuencia a la entrada del hombre en sociedad, existentes ya en el llamado estado de naturaleza, la concepción actual de los Derechos Humanos afirma, casi sin excepción, que los Derechos Humanos son un concepto histórico. Esta característica implica las siguientes consecuencias:

No existe un concepto apriorístico de los Derechos Humanos. El concepto de los Derechos Humanos está siempre "in fieri", en continuo proceso de creación, enriqueciéndose con los cambios históricos y dependiendo al mismo tiempo de ellos.

Sólo se puede dar un concepto y una definición de los Derechos Humanos, que sea en consecuencia situacional: desde una determinada perspectiva histórica y desde una determinada cultura. Ocurre, no obstante, que como actualmente existe una mayor comunicación intercultural, las barreras hacia un concepto unitario de los Derechos Humanos van siendo progresivamente derribadas.

Los Derechos Humanos corresponden a unas determinadas estructuras político-sociales y culturales, propias de un determinado momento histórico, en una sociedad determinada. Son, por tanto, derechos culturalmente determinados. Los Derechos Humanos están suficientemente caracterizados, y son por tanto socialmente exigibles, cuando están en culturizados; es decir, cuando se han integrado en una determinada forma cultural y han encontrado un desarrollo apropiado. Desarrollo que se refleja en la existencia de un lenguaje ético socialmente vinculante y de una cierta institucionalización jurídica- política

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Page 14: Trabajo final de metodologia joseline bautista

l) Derechos de las Personas

 Derecho a la vida (integridad, vida privada y honra)

Las libertades (no a la esclavitud, libertad de pensamiento,

conciencia y religión, libertad de opinión y expresión, libertad de

reunión y asociación).

Ley y justicia (somos iguales y con garantías ante la Ley y la

Justicia).

Derechos sociales y económicos

— La familia.

— La propiedad.

— La seguridad social.

— La educación y la cultura.

Derechos políticos

— La patria de los seres humanos es todo el mundo.

— Participación en el gobierno.

— Los deberes y el respeto a las libertades.

— Los deberes del Estado.

Derechos de los débiles

— Derechos de los trabajadores.

— Derechos de la mujer.

— Derechos de los niños/as.

— Derechos de las minorías.

Derechos de los pueblos

— Un nuevo orden internacional.

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Page 15: Trabajo final de metodologia joseline bautista

m) Sociabilidad

Conocer y respetar los derechos humanos significa valorarnos a

nosotros mismos como personas, como seres únicos e irrepetibles

dotados de dignidad. Y son nuestros padres, familia, escuela y

sociedad los que tienen la responsabilidad de educarnos e

informarnos desde el día en que nacemos sobre cuáles son

nuestros derechos y su importancia para la vida.

En nuestro país los derechos de las personas están contemplados

en la Constitución de 1980-2005, algunos de ellos son: el derecho

a la vida y a la integridad física y síquica de la persona, la

igualdad ante la ley, la libertad de conciencia, la libertad de

educación y de libre enseñanza, la libertad de emitir opinión y la

de informar, el derecho de asociarse sin permiso previo, el

derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea

contraria a la moral, el derecho de la propiedad, entre otros.

El hombre y la mujer han tomado conciencia desde la Antigüedad

hasta nuestros días cuáles son sus derechos fundamentales, sus

derechos civiles y políticos, sus derechos económicos, sociales y

culturales.

Nuestros derechos como personas conforman un todo integral,

relacionándose y complementándose unos con otros. Sin

embargo, para su mayor comprensión y estudio se clasifican en

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Page 16: Trabajo final de metodologia joseline bautista

razón de la materia que abordan como también a la visión del

investigador del tema.

Normalmente se distinguen derechos individuales (referidos a las

personas) y derechos colectivos o de los pueblos.

n) Espiritualidad

Hacia los años 1960, se eran hostiles a un acercamiento que diera

un lugar central a los derechos humanos. Veían este acercamiento

como una postura liberal anticatólica.

Hay dos formas distintas cómo los teólogos y filósofos tratan los

temas de moral. La primera retrocede hasta Sto. Tomás de

Aquino, y tras ello, a Aristóteles. El foco está en lo que es bueno.

El aspecto central en este enfoque es la ley natural, lo cual se ve

como más básico y más importante que las leyes naturales. En

este enfoque, tal como se desarrolla en la enseñanza social

católica, los conceptos del bien común, solidaridad con los demás

y la preocupación por los pobre son importantes.

El otro enfoque se fija en los derechos humanos. Este enfoque,

retrocede al siglo de las luces y las revoluciones francesas y

americana. Se ha desarrollado enormemente desde la segunda

guerra mundial, empezando por la adopción hecha por la

asamblea general de las Naciones Unidas en 1948 de “La

Declaración Universal de los Derechos Humanos” Esta

declaración incluía un nivel de mayores derechos civiles y

políticos tales como: el derecho a la vida, a la libertad, a la

seguridad y a la libertad de conciencia y de religión. También

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Page 17: Trabajo final de metodologia joseline bautista

incluía varios derechos económicos, sociales y culturales, como

el derecho al trabajo. El derecho a un mismo sueldo por el mismo

trabajo, El de unirse a un sindicato y el derecho a una paga por

desempleo, incapacidad o ancianidad.

Ochenta años después, en 1966 hubo un acuerdo en dos reuniones

que incluirían en una ley los dos aspectos de la Declaración

Universal. Todavía pasaron diez años más hasta que un número

suficiente de Estados ratificara el “Convenio Internacional en

Derechos Civiles y Políticos”. Este convenio se firmó por fin por

155 Estados pero es un acuerdo mucho más débil que sólo

compromete a los estados a “Dar pasos” hacia la realización de

estos derechos.

Desde entonces se han hecho cantidad de otros acuerdos

internacionales sobre “La Convención contra la tortura” “La

convención sobre los derechos de los niños” y “Contra el crimen

organizado internacional” El cual, entre otras cosas, protege los

derechos de la gente que ha sido cogida para tráfico de

explotación sexual.

A. Constitución política de la República de Guatemala

a. Código civil

Derechos civiles y políticos, o derechos cívicos, son los derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal (represión) por parte del poder (sea el de los gobiernos o el de cualquier otro agente político público o privado), y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación. Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos naturales o los derechos humanos son internacionales, y, se tienen, o bien por el mero hecho de nacer, según la teoría naturalista, o bien por la mera constitución de la sociedad, según la teoría contractualita , que separa moral y derecho, no se plantea la existencia de derechos naturales. John Locke sostuvo que

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Page 18: Trabajo final de metodologia joseline bautista

los derechos naturales a la vida, la libertad y la propiedad debían ser convertidos en derechos civiles y protegerse por el Estado soberano como aspecto del contrato social (derechos constitucionales).

Los derechos políticos constituyen la primera porción de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 (así como los derechos económicos, sociales y culturales comprenden la segunda parte). La teoría de las tres generaciones de derechos humanos considera a este grupo de derechos como los "derechos de primera generación", y la teoría de los derechos negativos y positivos (libertad negativa y positiva) los designa como derechos negativos. No obstante, en cuanto los derechos sociales o positivos se justifican en la reparación de deficiencias que obstaculizan gravemente el ejercicio de la plena condición de ciudadano, son también "civiles", al tener su correspondiente definición precisa en la contrapartida de una obligación establecida por parte de los poderes públicos.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 incluye el "derecho de libre determinación" de "todos los pueblos". Los llamados "derechos colectivos", por oposición a los "derechos individuales", están entre los "derechos de tercera generación" según la teoría de las tres generaciones de derechos.

b. Convenios y leyes internacionales

B. Observación del problema

La primera se va a dar un repaso sobre a entender a todas las subsunciones de esta sección, para entender como un tratado o convención tiene validez en la República de Guatemala. Por lo que las relaciones internacionales del Estado de Guatemala, de conformidad con la Constitución (CPRG) (Art. 149), se regirán conforme a los principios, reglas y prácticas internacionales con los propósitos de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos. Este art. 149 es la base de fondo, para aprobar las tratados y convenciones que no sean en materia de Derechos Humanos, que tendrán de carácter de ley ordinaria siempre y cuando estén suscritos y ratificados por el Estado de Guatemala.

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Page 19: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Mientras que los tratados y convenciones en materia de derechos humanos, su base constitucional de fondo es a través del art. 46 y complementando con el art. 149 de la Constitución, siempre y cuando estén suscritos y ratificados por el Estado de Guatemala, y que tendrán el tienen el carácter de Normas constitucionales (afirmación tácita) y tomando en cuenta la sentencia de la CC que establece que no pueden estar por encima de la CPRG. Ver Sentencia de la CC al respecto del art. 46 de la Constitución.se quedará pendiente este tema de los derechos humanos si es superior a la CPRG).

El procedimiento constitucional para la aprobación y ratificación de un tratado o convención internacional, que es la base constitucional formal, que es la siguiente:1.    Negociación: lo realiza el ejecutivo (Art. 180 literal o, CPRG);Discusión: se da mediante el canje de notas o acuerdos celebrados por el Organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.2.    Celebración prima: lo realiza el ejecutivo (Art. 183 literal o, CPRG);Se da mediante la Suscripción o Firma del Tratado, por lo cual lo realiza el Organismo Ejecutivo a través del Presidente de la República.3.    Aprobación del Tratado: lo realiza el legislativo (Art. 171 literal l, CPRG);Esta fase se manifiesta a través de la aprobación de un decreto legislativo, efectuada por el Congreso de la República, es por este medio por el cual el Estado incorpora a su ordenamiento jurídico su contenido de la convención o tratado. Por lo cual, “…este decreto no forma parte del tratado, ni éste de aquél; en el fondo siguen siendo dos cuerpos normativos distintos y la reforma de uno no necesariamente supone la reforma del otro”. Gaceta No. 43, expediente No. 11-96, página No. 13, sentencia: 05-02-97, es decir que su único objetivo es aprobar el tratado o convenio que se le presente.4.    Ratificación: lo realiza el ejecutivo (Art. 183 literal K, CPRG).Al ratificarlo, adherirse o el depósito del documento ante el órgano internacional o ante el Estado, sea bilateral o multilateral, se obliga frente a los demás Estados o al que contrajo la obligación. Se da en casos mediante la emisión de un acuerdo gubernativo que declara la ratificación, en el cual el Congreso de la República le indica al Organismo Ejecutivo, previo su estudio, le indique cuales son las reservas que tiendan a salvaguardar el régimen de legalidad del país y que se estimen por el Organismo Ejecutivo.

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Page 20: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Por lo cual al aprobar y ratificar un tratado y convención queda bajo las normas del derecho internacional público, y se rige bajo otros tratados como la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y otros relacionados por lo cual debe regirse.

La Segunda Parte se trata específicamente a esta subsunción de derechos humanos en general, y tratando específicamente sobre los principios del derecho penal y procesal penal, por el cual el Estado de Guatemala, debe de respetar estos principios ya que son los valores y los postulados esenciales que guían el derecho penal y procesal penal, a través del proceso penal y determinan su manera de ser como instrumento para realizar el derecho del Estado a imponer las consecuencias jurídicas derivadas de los actos humanos tipificados en la ley como delitos o faltas. Son también criterios orientadores de los sujetos procesales y constituyen elementos valiosos de interpretación, facilitan la comprensión del espíritu y los propósitos de la jurisdicción penal.También significan estos principios del derecho penal y procesal penal como derechos constituidos como garantías constitucionales, ya que son normas jurídicas constitucionales que han sido creadas inspirándose en los principios para proteger a las personas y que deben de respetarse en el desarrollo del proceso penal; es decir que están contenidas en normas de la Constitución Política de la República de Guatemala y en tratados y convenciones en materia de derechos humanos que el Estado de Guatemala, ha aprobado y ratificado, y por lo cual debe de respetar.Por lo que enumeraré solo las garantías constitucionales y su respectivo fundamento, ya sea constitucional y de los convenios y tratados aprobado y ratificados por el Estado de Guatemala, y del Código Procesal Penal.:

Los principios constitucionales del derecho penal y procesal penal que son:·      Declaración Universal de Derechos Humanos·      Convención Americana sobre Derechos Humanos·      Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosEn el cual se muestra los derechos esenciales que posee una persona, que es sindicada de un delito que se le imputa. Además es el límite por el cual el Estado pueda actuar sobre esta persona. Estos derechos es contenida de forma global y que en materia de tratados y convenciones está relacionada en la materia penal.

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Page 21: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Capítulo III

1. MARCO METODOLÓGICO

A. Objetivos

a. Objetivo general

La doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los

derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos

positivos y derechos negativos.

b. Objetivos específicos

Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad o a no sufrir

tortura, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de

no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros

agentes, tradicionalmente aunque ya no de manera exclusiva el Estado,

la realización de determinadas actividades positivas.

Variables

c. Dependiente

El Observatorio recopila información estadística de fuentes directas en

su gran mayoría de las instituciones del Estado y en algunos casos de

organizaciones sociales con reconocimiento en un determinado sector.

d. Independiente

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Page 22: Trabajo final de metodologia joseline bautista

Incorporar nuevas variables de análisis incluyendo elementos de enfoque

diferencial tales como género, edad y pertenencia a grupos

poblacionales, lo cual contribuye a establecer cómo y en qué medida las

violaciones a los DH, afectan a grupos determinados de personas que por

su condición se pueden considerar de especial vulnerabilidad.

B. Estadística

En los últimos años no ha dejado de aumentar la demanda, desde distintos

colectivos, incluidos activistas de derechos humanos y planificadores de

políticas de derechos humanos a nivel nacional e internacional, de que se

elaboren indicadores que puedan utilizarse en las evaluaciones de derechos

humanos y sirvan para impulsar la aplicación y el ejercicio efectivo de los

derechos humanos. La presente publicación pretende satisfacer parte de esa

demanda mediante la elaboración de un recurso de referencia dotado de

instrumentos operacionales, incluido un método para determinar indicadores

cuantitativos y cualitativos, junto con la metodología correspondiente, con el fin

de promover la objetividad y la exhaustividad de las evaluaciones de derechos

humanos.

C. Instrumento

NO DE LIBRE DETERMINACIÓN

DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y DE LAS MINORÍAS

PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN

D. Sujetos

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Page 23: Trabajo final de metodologia joseline bautista

El sujeto de los Derechos Humanos puede definirse como la persona o grupos de personas a las que va referida la titularidad, ejercicio y garantías de los Derechos Humanos.Atendiendo a la doble posición -activa y pasiva-, que pueden adoptar los sujetos de derecho en relación a los Derechos Humanos se puede hablar de un sujeto activo y un sujeto pasivo de los de los Derechos Humanos:Sujeto activo de los Derechos Humanos es el titular del derecho respecto del cual se reclama la defensa y garantía. Es el titular del poder.

Capítulo IV

1. Técnica de recolección de datos

A. Fuentes de datos

a. Fuentes directas

1. Observación sistemática

Es una plataforma para las organizaciones de la Sociedad Civil donde se puede registrar denuncias, dar seguimiento y visualizar las violaciones de Derechos Humanos que sufren los Grupos Vulnerabilidades, con el fin de presentar reclamaciones a las entidades competentes para sancionar dichos actos y apoyar en la formulación de políticas públicas necesarias para facilitar la puesta en práctica de los Derechos Humanos de estas poblaciones claves. Los Grupos Vulnerabilidades priorizados por el ODHGV son: trabajadoras y trabajadores sexuales, colectivos LGBTI, usuarios de drogas, personas viviendo con VIH, personas en situación de trata y tráfico, personas con discapacidades, personas objeto de violencia de género, inmigrantes y jóvenes en conflicto con la Ley.

b. Fuentes indirectas

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Page 24: Trabajo final de metodologia joseline bautista

El conjunto de las fuentes del Derecho es muy heterogéneo. Sobresale la disposición jerárquica de este sistema, donde la costumbre regirá en defecto de ley aplicable y los principios generales del Derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.

La jerarquía de las fuentes hace que en la llamada pirámide normativa, la cúspide de nuestro Derecho se encuentre ocupada por la constitución, como norma de normas. Bajo ella, rigen las normas que cuentan con carácter de ley formal, mientras que en la base de dicha pirámide hallamos los reglamentos.

c. Fuentes bibliográficas

Se consultará la ley, el reglamento y acuerdos gubernativos de

la constitución política de la República de Guatemala,

Reglamento y ley de Derechos Humanos, Tesis de psicología

enfocadas a los factores sociales que influyen en los

adolescentes, revisto, periódicos, boletines, informes.

d. Fuentes electrónicas

1. Buscadores de internet

a. www.google.com

b. www.wikipedia.com

2. Técnicas de recolección

a. Apuntes directos

Se tomarán apuntes a cada trabajador

B. Trabajo de campo

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Page 25: Trabajo final de metodologia joseline bautista

a. Estrategia de acción

La facilitación de reuniones en las Naciones Unidas es una de las actividades centrales de IWGIA.

Esta juega un importante papel en asegurar la participación indígena en las diferentes reuniones y grupos de trabajo dentro del sistema de las Naciones Unidas. Esto se logra mediante el apoyo financiero del Fondo para los Derechos Humanos para la cobertura de los costos de viaje de los participantes.

Capítulo V

1. Análisis e interpretación de resultados

A. Análisis de resultados

Esto implica considerarla como un fin en sí misma, nunca como un medio. A su vez, no

basta con conocer tal elenco de derechos, su reconocimiento y formalización en el derecho

positivo es indispensable para su protección eficaz. Desde tal perspectiva es importante

precisar que los derechos humanos son un producto jurídico de la modernidad,

especialmente del naturalismo racionalista. Esto no quiere decir que el hombre no haya sido

valorado jurídicamente como ser digno que es antes del siglo XVIII, sino que la existencia

de una serie de derechos desglosados y sistematizados lógicamente en un instrumento

positivo con carácter universal, es más bien un fenómeno relativamente reciente. En efecto,

el concepto “derechos humanos” se ha desarrollado junto con el surgimiento del moderno

estado de derecho y su causa formal: la constitución. Esto nos obliga a hacer algunas

precisiones. En principio, el concepto de constitución al que hacemos referencia, es una

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invención del siglo XVIII, aunque con tres importantes antecedentes en la Inglaterra del

siglo XVII (destacando el Bill of Rights de 1689).

Los derechos humanos, de manera general se puede decir que son aquellos que el hombre

tiene por el sólo hecho de ser humano y no porque el estado los otorgue. Y precisábamos

que esta postura más bien se refiere a los derechos naturales

Refiere a la protección de los derechos individuales, imponiéndole al gobernante una

obligación de no hacer, es decir, no interferir en la esfera privada del particular, excepto

cuando la ley lo faculte para ello.

B.Interpretación de resultados

Los principios de derechos humanos y derechos de la infancia orientan nuestra labor en

todos los sectores y en cada etapa del proceso. Estos principios incluyen la universalidad,

no discriminación, el interés superior del niño, el derecho a la supervivencia y el desarrollo,

la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos, la rendición de cuentas y el

respeto por la opinión 

Capítulo VI

1. Conclusiones

Los derechos humanos nacen de la libertad del hombre y son obtenidos por el

cumplimiento de las obligaciones dentro de la sociedad así como también dentro de una

organización política. Una sociedad que confiere más derechos a sus miembros debe

considerársela más libre que aquellas que, u otorgan derechos limitados solamente o bien

no aseguran que ellos sean observados. En los Estados modernos, aquellos que reclaman

ser abiertos y libres cercenan los derechos legítimos de una u otra manera, y los que están

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basados en la soberanía de la clase trabajadora privan a las otras clases de los derechos

humanos. Además, el último, a través del adoctrinamiento y la regulación de pensamiento,

transforma en máquinas a los seres humanos. La tecnocracia y la burocracia de las

sociedades modernas, tanto la capitalista como la socialista, se ocupan del aspecto material

del hombre y, consecuentemente, deshumanizan todas las relaciones sociales y humanas. El

Islam, por otra parte, asegura el cumplimiento tanto de las aspiraciones materiales como

espirituales del hombre al conceder los mismos derechos a todos los sectores de la sociedad

y al asegurar su ejecución e instauración por parte del Estado. De este modo el Islam acepta

la libertad inherente del hombre y su completa utilización y desarrollo, y organiza su

superestructura socio-política como corresponde. La concepción Islámica de los derechos

humanos y su firme cumplimiento asegura una mayor libertad a todos los sectores de la

humanidad que aquella conferida en cualquier otro sistema.

2. Recomendaciones

Recomendaciones formuladas por un mecanismo u órgano de derechos humanos

que refuerzan las de los actores de la sociedad civil.

Recomendaciones conformes a los objetivos y actividades de los actores de la

sociedad civil cuyo seguimiento se puede integrar de forma realista en sus planes de

trabajo;

Recomendaciones y conclusiones que suponen un nuevo avance en la interpretación

y aplicación de las normas de derechos humanos.

Recomendaciones cuya aplicación se puede ver favorecida por diversos factores por

ejemplo, prioridad otorgada por el Estado interesado, presión o asistencia por parte

de la comunidad internacional o disponibilidad de los recursos necesarios

Recomendaciones cuyo seguimiento puede llevar a cabo la sociedad civil

colaborando con otras entidades en coaliciones.

Recomendaciones cuya aplicación puede ser medida por los actores de la sociedad

civil.

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Recomendaciones que serían ignoradas en caso de no intervenir los actores de la

sociedad civil.

Recomendaciones destinadas específicamente a la sociedad civil (por ejemplo, las

del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos

dirigidas a la comunidad de defensores.

BIBLIOGRAFIA

Correale, María del Carmen y Vidiella, Graciela; "Los Derechos Fundamentales" en

Filosofía y Formación Ética y Ciudadana Polimodal, Libro 3, Longseller, Buenos

Aires, 2003.

Di Bernardi Guillermo y otros; "Derechos Humanos y Ciudadanía", Santillana,

Buenos Aires, 2007.

Scchujman, Gustavo y otros; "Derechos Humanos y Ciudadanía", Aique, Buenos

Aires, 2005.

Declaración Universal de los Derechos Humanos, O.N.U., 1948

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Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las

instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades

fundamentales universalmente reconocidos, O.N.U., 2002

EGRAFIA

http://www.escritores.org

http://www.un.org/es/index.shtml

http://www.cinu.org.mx/onu/documentos/dudh.htm

http://www.desaparecidos.org/arg/doc/secretos/OEA02.htm

http://inadi.gob.ar/

http://www.abuelas.org.ar/

http://www.amnesty.org.ar/

http://www.madres.org/navegar/nav.php

http://www.greenpeace.org/argentina/

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