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1 MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONTABILIDAD NORMAS PUBLICADAS DEL 01.01.2007 AL 31.03.2015 NORMA FECHA DESCRIPCIÓN MODIFICATORIAS Resolución SBS 213- 2007 (Pr 1 . 27.02.2007 / Pub 2 .28.02.2007 ) Modifican el Capítulo I “Disposiciones Generales”, capítulo III “Catálogo de Cuentas” y el capítulo IV “Descripción y Dinámica de Cuentas” del Manual de Contabilidad para las empresas del Sistema Financiero, los cuales entrarán en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de marzo de 2007. Se reemplaza el segundo párrafo del numeral 1 del literal B. Se incorpora en el rubro 14 “Créditos”, las cuentas y subcuentas analíticas referidas a los rubros 1401, 1403, 1404, 1405 y 1406 con descripción “Créditos Inmobiliarios”. Se incorpora descripción en la cuenta analítica 1401.01.27 “Créditos Inmobiliarios”. Se reemplaza la descripción de la subcuenta 1401.04 “Créditos Hipotecarios para Vivienda”. Se incorpora en la cuenta 5104 “Intereses por Créditos” las subcuentas analíticas desde la 5104.01.01.27 hasta la 5104.01.03.27. Resolución SBS Nº 1169- 2007 (Pr. 22.08.2007 / Pub. 23.08.2007) Modifica los capítulos III y IV del Manual de Contabilidad para las empresas del Sistema Financiero, los cuales entrarán en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de septiembre de 2007. Se incorpora en la cuenta 14 “Créditos” las cuentas desde la 1407 hasta la 1407.05, debiendo incorporar cuentas analíticas a mayor detalle para identificar los tipos de créditos. Se incorpora descripción de la cuenta 1407 “Créditos Reprogramados Sismo”. Se incorpora en la cuenta 8109 “Otras Cuentas de Orden Deudoras”, la subcuenta 8109.26 “Créditos Reprogramados Sismo”. Se incorpora descripción de la subcuenta 8109.26 “Créditos Reprogramados Sismo”. Circular SBS NºB-2165-2007, F-0505-2007, CM- 0352-2007, CR- 0221-2007, EDPYME- 0126-2007, EAH 0001-2007 (Pr. 20.07.2007 / Pub. 23.07.2007) Modificación de los formatos de los Reportes 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E referidas a las Tasas de Interés en Moneda Nacional y Extranjera, los cuales entrarán en vigencia a partir de la información correspondiente al 1 de octubre de 2007 Menciona qué información debe tenerse en cuenta para la determinación de las tasas de interés señalados en dichos reportes. Precisa a los responsables de la elaboración y remisión para cada uno de los reportes Nº 6-A, 6-A, 6-A, 6-D y 6-E. Las empresas deberán remitir diariamente dichos reportes a través del Submódulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE). Resolución SBS Nº 1272- (Pr. 21.09.2007 / Pub. 22.09.2007) Modificación del capítulo I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las Se modifica la periodicidad de la Forma E y del reporte Nº 25, los cuales ahora se darán de forma quincenal y trimestral respectivamente. 1 Pr.: Fecha de promulgación de la resolución. 2 Pub.: Fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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  • 1

    MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONTABILIDAD NORMAS PUBLICADAS DEL 01.01.2007 AL 31.03.2015

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin SBS N 213-2007

    (Pr1. 27.02.2007 / Pub2.28.02.2007 )

    Modifican el Captulo I Disposiciones Generales, captulo III Catlogo de Cuentas y el captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas del Manual de Contabilidad para las empresas del Sistema Financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de marzo de 2007.

    Se reemplaza el segundo prrafo del numeral 1 del literal B.

    Se incorpora en el rubro 14 Crditos, las cuentas y subcuentas analticas referidas a los rubros 1401, 1403, 1404, 1405 y 1406 con descripcin Crditos Inmobiliarios.

    Se incorpora descripcin en la cuenta analtica 1401.01.27 Crditos Inmobiliarios.

    Se reemplaza la descripcin de la subcuenta 1401.04 Crditos Hipotecarios para Vivienda.

    Se incorpora en la cuenta 5104 Intereses por Crditos las subcuentas analticas desde la 5104.01.01.27 hasta la 5104.01.03.27.

    Resolucin SBS N 1169-2007

    (Pr. 22.08.2007 / Pub. 23.08.2007)

    Modifica los captulos III y IV del Manual de Contabilidad para las empresas del Sistema Financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de septiembre de 2007.

    Se incorpora en la cuenta 14 Crditos las cuentas desde la 1407 hasta la 1407.05, debiendo incorporar cuentas analticas a mayor detalle para identificar los tipos de crditos.

    Se incorpora descripcin de la cuenta 1407 Crditos Reprogramados Sismo.

    Se incorpora en la cuenta 8109 Otras Cuentas de Orden Deudoras, la subcuenta 8109.26 Crditos Reprogramados Sismo.

    Se incorpora descripcin de la subcuenta 8109.26 Crditos Reprogramados Sismo.

    Circular SBS NB-2165-2007, F-0505-2007, CM- 0352-2007, CR- 0221-2007, EDPYME- 0126-2007, EAH 0001-2007

    (Pr. 20.07.2007 / Pub. 23.07.2007)

    Modificacin de los formatos de los Reportes 6-A, 6-B, 6-C, 6-D y 6-E referidas a las Tasas de Inters en Moneda Nacional y Extranjera, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al 1 de octubre de 2007

    Menciona qu informacin debe tenerse en cuenta para la determinacin de las tasas de inters sealados en dichos reportes.

    Precisa a los responsables de la elaboracin y remisin para cada uno de los reportes N 6-A, 6-A, 6-A, 6-D y 6-E.

    Las empresas debern remitir diariamente dichos reportes a travs del Submdulo de Captura y Validacin Externa (SUCAVE).

    Resolucin SBS N 1272-

    (Pr. 21.09.2007 / Pub. 22.09.2007)

    Modificacin del captulo I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las

    Se modifica la periodicidad de la Forma E y del reporte N 25, los cuales ahora se darn de forma quincenal y trimestral respectivamente.

    1 Pr.: Fecha de promulgacin de la resolucin. 2 Pub.: Fecha de publicacin en el Diario Oficial El Peruano.

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    2007 empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de septiembre de 2007, salvo lo dispuesto en el artculo primero de la norma, que entrar en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de octubre de 2007.

    Se elimina el anexo N 4 de la forma E Informacin adelantada de ingresos y gastos y el reporte N 27 Costos por transferencias de fondos del captulo V del manual.

    Se modifican los cdigos de las empresas sealados en el captulo I Disposiciones Generales.

    Se incorpora en el captulo II, en los rubros Otros ingresos financieros y Otros gastos financieros, ubicados dentro de la Forma B Estado de Ganancias y Prdidas, las subcuentas 5109.21 y 4109.21 respectivamente.

    Se elimina la cuenta 1407 Crditos reprogramados Sismo, as como las subcuentas 1407.01, 1407.03, 1407.04 y 1407.05.

    Se incorpora segundo prrafo en la descripcin de la subcuenta 8109.26 Crditos Reprogramados Sismo.

    Se incorpora cuentas analticas en el rubro Otros Crditos, ubicado en la forma E del captulo V del manual.

    Se incorpora en el anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores- RCD la subcuenta 8109.26 Crditos Reprogramados Sismo.

    Resolucin SBS N 775-2008

    (Pr. 26.03.2008 / Pub. 28.03.2008)

    Modifquese el Captulo V del Manual de Contabilidad de las empresas del sistema financiero, el cual entrar en vigencia al da siguiente de su publicacin.

    Modifquese la instruccin 1 del Anexo 10 Depsitos, Colocaciones y Personal por Oficinas del Captulo V del Manual de Contabilidad de las Empresas del Sistema Financiero, con el fin de adecuarla a lo dispuesto en el reglamento que se aprueba en la presente Resolucin con respecto a la modalidad del Local Compartido.

    Circular SBS N B-2171-2008, F-511-2008, CM-358-2008, CR-227-2008, EDPYME-128-2008, FOGAPI-30-2008

    (Pr. 05.05.2008 / Pub. 07.05.2008)

    Se modifica el Reporte 2-A Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo del captulo V del Manual de Contabilidad de las empresas del sistema financiero, el cual entrar en vigencia a partir de la informacin correspondiente al da siguiente de su publicacin.

    A efectos de incorporar las disposiciones establecidas en la norma sobre exposicin equivalente a riesgo crediticio de las operaciones con instrumentos financieros derivados, se modifica el Reporte 2-A Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo del captulo V del Manual de Contabilidad de las empresas del sistema financiero.

    Resolucin SBS N 1349-2008

    (Pr. 06.05.2008 / Pub. 08.05.2008)

    Modificacin de los captulos I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes

    Se modifican cuentas referidas a productos financieros derivados, as como la descripcin de las cuentas y su dinmica.

    Se modifican las disposiciones generales a efectos de actualizar las tablas de cdigos de empresas.

    Se modifica la nota a los estados financieros referida a productos financieros derivados.

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    de julio de 2008.

    Se modifican los estados financieros, Formas A, B, C y D.

    Se modifica el Anexo N 8 Posiciones en Instrumentos Financieros Derivados, as como las notas metodolgicas.

    Se modifica el Anexo N 6 RCD, referido a las cuentas contables.

    Se modifica la Forma E.

    Se modifica el Reporte 2-A.

    Circular SBS N B-2172-2008, F-512-2008, CM-359-2008, CR-228-2008

    (Pr. 30.05.2008 / Pub. 04.06.2008)

    Se elimina el Anexo N 21 Obligaciones sujetas a encaje en moneda nacional y moneda extranjera del captulo V del Manual de Contabilidad de las empresas del sistema financiero.

    Se deja sin efecto el Anexo N 21 Obligaciones sujetas a encaje en moneda nacional y moneda extranjera del captulo V del Manual de Contabilidad.

    Resolucin SBS N 2032-2008

    (Pr. 10.06.2008 / Pub. 13.06.2008)

    Modificacin de los captulos III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de junio de 2008.

    Se incorpora la subcuenta 8109.25 Crditos castigados que vienen siendo amortizados, as como se modifica la descripcin de la cuenta 8103 Cuentas incobrables castigadas.

    Se incorpora en el anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores- RCD la subcuenta 8109.25.

    Resolucin SBS N 6941-2008

    (Pr. 25.08.2008 / Pub. 26.08.2008)

    Modificacin de los captulos III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de diciembre de 2008.

    A efectos de registrar las provisiones genricas adicionales por los crditos directos MES y consumo, referidas a la administracin inadecuada del riesgo de sobreendeudamiento, se incorporan las cuentas analticas 1409.02.06, 1409.03.06, 4302.02.06 y 4302.03.06.

    A efectos de registrar las provisiones por la exposicin equivalente a riesgo crediticio del monto no usado de las lneas de crdito revolventes, referidas a la administracin inadecuada del riesgo de sobreendeudamiento, se incorpora la subcuenta 4305.06 Provisin por riesgo de sobreendeudamiento.

    Se sustituye el primer prrafo de la descripcin de la cuenta 1409 (Provisiones para Crditos).

    Se incorpora dinmica en la cuenta 1409 (Provisiones para Crditos), en la parte Crditos.

    Se sustituye el primer prrafo de la descripcin de la cuenta 2701 Provisiones para Crditos Contingentes.

    Se sustituye el primer prrafo de la descripcin de la cuenta 4302 Provisiones para Incobrabilidad de Crditos.

    Se sustituye la descripcin de la cuenta 4305 Provisiones para Contingencias y Otras.

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se incorpora dinmica en las cuentas 4301, 4302, 4303, 4304 y 4305, en la parte Dbitos.

    Se modifican notas metodolgicas del Anexo N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones y sus anexos complementarios.

    Se modifica el Anexo A Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo del Reporte N 2.

    Resolucin SBS N 8264-2008

    (Pr. 05.09.2008 / Pub. 08.0.9.2008)

    Modifican el Anexo N 3 Flujo Crediticio por Tipo de Crdito del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, el cul entrar en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de septiembre de 2008.

    Se modifica la informacin contenida en el Anexo N 3 Flujo Crediticio por Tipo de Crdito del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero; as como su denominacin, la cual en adelante ser Flujo Crediticio por Tipo de Crdito y Sector Econmico.

    Resolucin SBS N 10639-2008

    (Pr. 31.10.2008 / Pub. 01.11.2008)

    Modificacin de los captulos I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, cuya vigencia es a partir de la informacin correspondiente al mes de noviembre de 2008, excepto el Anexo N 1 Inversiones, el que deber ser remitido a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2009. Posteriormente mediante la Resolucin SBS N 11851-2008 se prorrog la vigencia de las modificaciones al Manual as como del Anexo 1 hasta la informacin correspondiente al mes de marzo de 2008.

    Se sustituye el numeral 10 Inversiones en participacin accionaria del acpite C del Captulo I Disposiciones Generales del Manual de Contabilidad.

    Se modifica la Forma A Balance General y sus normas de agrupacin.

    Se modifica la Forma B Estado de Ganancias y Prdidas y sus normas de agrupacin.

    Se modifica la Forma D Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

    Se sustituye la denominacin de la subcuenta 1102.04 Depsitos overnight en moneda extranjera por Depsitos overnight.

    Se sustituye la descripcin del rubro 13 Inversiones negociables y a vencimiento.

    Se sustituye la denominacin del rubro 17 Inversiones Permanentes por Inversiones en Subsidiarias y Asociadas.

    Se sustituye la descripcin del rubro 17 denominado Inversiones en Subsidiarias y Asociadas.

    Se elimina las cuentas 1708 Rendimientos devengados de inversiones permanentes y 1709 (Provisiones para inversiones permanentes), as como las subcuentas y cuentas analticas comprendidas en dichas cuentas.

    Se elimina la subcuenta 2901.05 Ingresos por compra venta de valores no devengados, as como las cuentas analticas comprendidas en dicha subcuenta.

    Se elimina la cuenta 3601 Acciones liberadas por participacin en otras empresas as como las subcuentas comprendidas en dicha cuenta.

    Se elimina la subcuenta 3802.02 (Prdida por fluctuacin de valor de inversiones negociables disponible para la venta) as como las cuentas y subcuentas analticas comprendidas en dicha subcuenta.

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se elimina la cuenta 5106 Participaciones ganadas por inversiones permanentes, as como las subcuentas y cuentas analticas comprendidas en dicha cuenta.

    Se elimina la subcuenta 6401.03 Ingresos por recuperacin de activos financieros, as como las cuentas analticas 6401.04.01 Provisiones para desvalorizacin de inversiones y 6501.02.01 Provisiones para desvalorizacin de inversiones.

    Se incorporan, sustituyen y modifican cuentas, subcuentas, cuentas y subcuentas analticas referidas a la clasificacin y valorizacin de inversiones.

    Se modifica el Reporte N 2 Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo.

    Se modifica el Reporte N 3 Patrimonio Efectivo.

    Se modifica Anexo N 1 Inversiones.

    Resolucin SBS N 11356-2008

    (Pr. 19.11.2008 / Pub. 21.11.2008)

    Modifica el Reglamento para la Evaluacin y Clasificacin del Deudor y la Exigencia de Provisiones aprobado por Resolucin SBS N 808-2003 y sus modificatorias, que entrar en vigencia a partir de diciembre de 2008, as como aprueba el nuevo Reglamento para la Evaluacin y Clasificacin del Deudor y la Exigencia de Provisiones que entrar en vigencia a partir de enero de 2010. Posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    Modifica el Manual de Contabilidad mediante el Anexo A, cuya vigencia es a partir de la informacin de diciembre de 2008.

    Modifica el Manual de Contabilidad mediante el Anexo A, cuya vigencia es a partir de la informacin de enero de 2010. Posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    Anexo A: Modificaciones con vigencia a partir de diciembre de 2008: - Se modifica en el captulo IV del Manual de Contabilidad la descripcin de la

    subcuenta 1401.04 Crditos hipotecarios para vivienda. - En los captulos III y IV del Manual de Contabilidad, se incorporan subcuentas

    analticas en la cuenta analtica 1401.04.06 referida a prstamos hipotecarios a fin de discriminar los prstamos con hipotecas inscritas y los prstamos sin hipoteca inscrita.

    - Se precisa que las provisiones procclicas se contabilizan en las cuentas de provisiones genricas obligatorias, tanto en cuentas de balance como en gastos.

    - En la Informacin Complementaria (Captulo V), se modifica lo siguiente: 1) Anexos 5, 5-A, 5B y 5C 2) Se incorpora el Anexo 5C denominado Resumen de Provisiones

    Procclicas de la Cartera Transferida en Fideicomiso cuyo plazo de remisin es trimestral

    3) Se modifican las notas metodolgicas del Anexo 5 y anexos complementarios.

    4) Se modifica el Anexo N 6: RCD a fin de incorporar las cuentas creadas de crditos hipotecarios.

    Anexo B: Modificaciones con vigencia a partir de enero de 2010, que posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009:

    - Se modifica el Captulo I del Manual de Contabilidad. - Se modifican los Captulos III y IV del Manual de Contabilidad a efectos de

    adecuar las cuentas y descripciones a la nueva estructura de crditos establecida en el nuevo Reglamento para la Evaluacin y Clasificacin del Deudor y la

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Exigencia de Provisiones. - En la Informacin Complementaria (Captulo V), se modifica lo siguiente:

    1) Anexos 5, 5-A, 5B, 5C, 5C y 5D 2) Se modifican las notas metodolgicas del Anexo 5 y anexos

    complementarios.

    Resolucin SBS N 11851-2008

    (Pr. 03.12.2008 / Pub. 04.12.2008)

    Se prorroga la vigencia de la Resolucin SBS N 10639-2008 hasta la informacin correspondiente al mes de marzo de 2009.

    Todo el contenido de las modificaciones al Manual de Contabilidad contenidas en la Resolucin SBS N 10639-2008 entran en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de marzo de 2009.

    Resolucin SBS N 2115-2009

    (Pr. 02.04.2009 / Pub. 06.04.2009)

    Se aprueba el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional que entrar en vigencia a partir del 1 de julio de 2009.

    Se incorporan los Reportes N 2-C1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo del Indicador Bsico y N 2-C2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo Estndar Alternativo al captulo V del Manual de Contabilidad de las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente a julio de 2009.

    Se incorporan los Reportes N 2-C1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo del Indicador Bsico y N 2-C2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo Estndar Alternativo al captulo V del Manual de Contabilidad de las Empresas del Sistema Financiero.

    Resolucin SBS N 4595-2009

    (Pr. 27.05.2009 / Pub. 29.05.2009)

    Se aprueba el Reglamento de Cmputo de Instrumentos Representativos de Capital en el Patrimonio Efectivo de las Empresas del Sistema Financiero que entrar en vigencia a partir de julio de 2009. Modificacin de los captulos II, III, IV y

    Se modifican las Normas de Agrupacin de la Forma A, eliminndose la cuenta 3807.

    Se sustituye la denominacin de la cuenta 3101 Capital Pagado por Capital Social.

    Se modifica la estructura de las cuentas 3101, 3102, 3103, 3202, 3203, y 3303.

    Se sustituye la descripcin de la cuenta 3101 Capital Social.

    Se elimina la subcuenta 3603.03 Inversiones Disponibles para la Venta y la subcuenta 3807 Mtodo de Participacin Patrimonial.

    Se incorpora las subcuentas 3801.03, 3801.04, 3801.05, 3802.04, 3802.05 y 3802.06.

    Se incorpora la descripcin de las subcuentas 3801.03, 3801.04, 3801.05, 3802.04, 3802.05 y

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    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2009. Modificacin del primer prrafo del Reglamento de Clasificacin y Valorizacin de las Inversiones de las Empresas del Sistema Financiero.

    3802.06.

    Incorprese el Anexo N 12-I Control de Instrumentos Representativos de Capital.

    Resolucin SBS N 4727-2009

    (Pr. 29.05.2009 / Pub. 01.06.2009)

    Se aprueba el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del sistema Financiero que entrar en vigencia a partir de julio de 2009. Modificacin de los captulos I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2009.

    Modificacin de los captulos III y IV del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2010. Posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    Anexo A: Modificaciones con vigencia a partir de julio de 2009: - Se modifica la estructura del Literal J Nomenclatura de Cuentas para las

    Empresas del Sistema Financiero y Entidades Relacionadas - Se modifica la Norma de Agrupacin de la Forma A. - Se modifica la estructura de las cuentas y subcuentas analticas pertenecientes a

    los rubros 13, 24, 26, 28, 41, 43, 51y 53. - Se elimina el Anexo N 12-III Deuda subordinada asignada al Patrimonio

    Efectivo. - Se sustituye el Anexo N 12-II Control de Deuda Subordinada

    Anexo B: Modificaciones con vigencia a partir de enero de 2010 que posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009:

    - Se modifica la estructura de las subcuentas analticas pertenecientes al rubro 14 Crditos.

  • 8

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin SBS N 4729-2009

    (Pr. 29.05.2009 / Pub. 01.06.2009)

    Modificacin de los captulos III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas de sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2009. Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2010. Posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    Anexo A: Modificaciones con vigencia a partir de julio de 2009: - Se elimina la cuenta 8108 Utilizacin del Capital Social para Cmputo del

    Patrimonio Efectivo. - Se sustituye el Reporte N 3 Patrimonio Efectivo. - Se aprueba el Reporte N 2-D Requerimientos de Patrimonio Efectivo por riesgo

    de crdito, mercado y operacional y clculo del Lmite Global a que se refiere el primer prrafo del Artculo 199 y la Vigsima Cuarta Disposicin Transitoria de la Ley General. A su vez, se corrige dicho reporte de acuerdo a lo sealado en la Fe de Erratas de la presente Resolucin.

    Anexo B: Modificaciones con vigencia a partir de enero de 2010 que posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009:

    - Se modifica el Reporte N 3 Patrimonio Efectivo a fin de adecuarlo a lo contemplado en la Ley General.

    Resolucin SBS N 6328-2009

    (Pr. 18.06.2009 / Pub. 20.06.2009)

    Se aprueba el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado que entrar en vigencia a partir de julio de 2009. Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2009.

    Se incorporan los siguientes reportes: - N 2-B1 Anexo 1-A Mtodo Estndar - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por

    Riesgo de Tasa de Inters en la Cartera de Negociacin Riesgo Especfico. - N 2-B1 Anexo 1-B Mtodo Estndar - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por

    Riesgo de Tasa de Inters en la Cartera de Negociacin Riesgo General. - N 2-B1 Anexo 1-C Mtodo Estndar Resumen Requerimiento de Patrimonio

    Efectivo por Riesgo de Tasa de Inters en la Cartera de Negociacin. - N 2-B1 Anexo 2 Mtodo Estndar - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por

    Riesgo de Precio en la Cartera de Negociacin. - N 2-B1 Anexo 3 Mtodo Estndar- Requerimiento de Patrimonio Efectivo por

    Riesgo Cambiario. - N 2-B1 Anexo 4 Mtodo Estndar- Requerimiento de Patrimonio Efectivo por

    Riesgo de Commodities. - N 2-B2 Anexo A Modelo Interno VAR Varianzas y Covarianzas. - N 2-B2 Anexo B Modelo Interno VAR Simulacin Histrica. - N 2-B2 Anexo C Modelo Interno VAR Simulacin de Montecarlo:

    Se modifica el Anexo N 9.

  • 9

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se elimina el Anexo N 23 Requerimiento Patrimonial Mnimo por Riesgo de Precio de las Posiciones en Valores Representativos de Capital.

    Se elimina el Reporte N 2 (Anexo B) Resumen de Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo Crediticio y Requerimientos Patrimoniales por Riesgos de Mercado.

    Resolucin SBS N 9784-2009

    (Pr. 22.07.2009 / Pub. 24.07.2009)

    Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2009

    Se sustituye el Reporte N 13 Control de Lmites Globales e Individuales Aplicables a las empresas del Sistema Financiero.

    Resolucin SBS N 9785-2009

    (Pr. 22.07.2009 / Pub. 24.07.2009)

    Se sustituye el ltimo prrafo del artculo 4 de las Normas para la Cobertura, Recursos y Pago de Imposiciones Cubiertas del Fondo de Seguro de Depsitos, dicha modificacin entrar en vigencia a partir del da siguiente de la publicacin en el diario oficial El Peruano. Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, la cual entrar en vigencia a partir del da siguiente de la publicacin en el diario oficial El Peruano

    Se sustituyen las notas metodolgicas del Anexo N 17-A Control de imposiciones cubiertas por el Fondo de Seguros de Depsitos, del Captulo V del Manual de Contabilidad.

    Resolucin SBS N 9786-2009

    (Pr. 22.07.2009 / Pub. 24.07.2009)

    Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, los cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2010. Tratndose de los Reportes de remisin diaria, la vigencia ser a partir del primer da til del mes de enero de

    Se sustituyen los siguientes Anexos y Reportes y notas metodolgicas: - Anexo N 2 cuya nueva denominacin es Crditos Directos Segn Tipo de

    Garanta. - Anexo N 3 cuya nueva denominacin es Stock y Flujo Crediticio por Tipo de

    Crdito y Sector Econmico. - Anexo N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones, Anexo N 5-A

    Resumen de Provisiones Procclicas y las notas metodolgicas del Anexo N 5 y sus Anexos Complementarios.

  • 10

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    2010. Posteriormente se modific su vigencia a julio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    - Anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores y las cuentas contables consideradas en el RCD.

    - Anexo N 24 Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS). - Reporte N 6-A Tasas de Inters Activas sobre Saldos. - Reporte N 6-D Tasas de Inters Activas de Operaciones Diarias. - Reporte N 7 Tarjetas de Crdito - Reporte N 14 Crditos Segn Das de Incumplimiento. - Reporte N 25 cuya nueva denominacin es Informacin de Transferencias de

    Carta Crediticia, de Castigos y Condonaciones de Crditos.

    Se sustituye la nota (2) del Anexo N 22 Contratos de Arrendamiento Financiero por Tipo de Bien.

    Se modifica la denominacin del Reporte N 28 cuya nueva denominacin Informacin de Estados Financieros de Deudores de Crditos Corporativos, A Grandes Empresas y A Medianas Empresas. Asimismo, se modifican diversos acpites de dicho Reporte.

    Resolucin SBS N 9816-2009

    (Pr. 30.07.2009 / Pub. 31.07.2009)

    Se adecua el clculo del requerimiento de Patrimonio Efectivo por riesgo de crdito contemplado en el Reporte N 2 Anexo A del Manual de contabilidad para las empresas del sistema financiero, a lo establecido en la Ley General modificada mediante el Decreto Legislativo N 1028.

    Modificacin del captulo V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales tendrn vigencia para la informacin correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2009. Posteriormente se modific su vigencia a julio 2009 a junio de 2010 mediante la Resol. SBS N 14353-2009.

    Se sustituye la nota 1 del Reporte N 2-D Requerimientos de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Crdito, Mercado y Operacional y Clculo del Lmite Global a que se refiere el primer prrafo del artculo 199 y la Vigsima Cuarta Disposicin Transitoria de la Ley General .

  • 11

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin SBS N 12863-2009

    (Pr. 10.09.2009 / Pub. 14.09.2009)

    Se modifica el Captulo I y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir del da siguiente de la publicacin en el diario oficial El Peruano, a excepcin de la modificacin al Captulo V, la cual entrar en vigencia a partir de la informacin financiera correspondiente al mes de setiembre de 2009.

    Se modifica el primer y cuarto prrafo de la Seccin F del Captulo I del Manual de Contabilidad de las Empresas del Sistema Financiero.

    Se modifica el Anexo N 1 Inversiones y sus correspondientes notas metodolgicas.

    Resolucin SBS N 14353-2009

    (Pr. 30.10.2009 / Pub. 04.11.2009)

    Se modifica el Reglamento para la Evaluacin y Clasificacin del Deudor y la Exigencia de Provisiones as como su fecha de entrada en vigencia la cual ser a partir del 1 de Julio de 2010. Se modifica la entrada en vigencia del Anexo B de la Resolucin SBS N 11356-2008 y dems normas cuyas modificaciones al Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de Julio de 2010. Se modifica el Captulo III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de Julio de 2010.

    Se modifican los Captulos III y IV del Manual de Contabilidad a efectos de adecuar las cuentas y descripciones a las modificaciones realizadas al Reglamento para la Evaluacin y Clasificacin del Deudor y la Exigencia de Provisiones.

    En la Informacin Complementaria (Captulo V) del Manual de Contabilidad, se sustituye lo siguiente:

    - Anexo N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones. - Anexo N 5-A Resumen de Provisiones Procclicas. - Anexo N 5-C Informe de Clasificacin de la Cartera Transferida en

    Fideicomiso. - Anexo N 5-C Resumen de Provisiones Procclicas para la Cartera Transferida

    en Fideicomiso. - Las notas metodolgicas del Anexo N 5 y sus Anexos Complementarios. - Anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores, incluido las instrucciones. - Forma E Informacin Adelantada del Balance.

    Adicionalmente, se modifican los siguientes Anexos y Reportes: - Se sustituyen las notas (1), (14) y (16) del Anexo 2 Crditos Directos e Indirectos

    por Tipo de Garanta. - Se sustituyen las notas (1) y (5) del Reporte 7 Tarjetas de Crdito.

  • 12

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin SBS N 14354-2009

    (Pr. 30.10.2009 / Pub. 04.11.2009)

    Se aprueba el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crdito que entrar en vigencia del da siguiente de su publicacin, otorgndose para su cumplimiento un plazo de adecuacin hasta el 30 de junio de 2010. Se modifica el Captulo III, IV y V del Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero, las cuales entrarn en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de Julio de 2010.

    Se elimina la cuenta 8106 Calificacin de Activos y Contingentes y Ponderacin por Riesgo Crediticio, as como sus subcuentas y cuentas analticas.

    Se elimina el Reporte N 2 (Anexo A) Activos y Crditos Contingentes Ponderados por Riesgo.

    Se incorpora los siguientes reportes: - Reporte N 2-A1 Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito

    Mtodo Estndar. - Reporte N 2-A2 Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito

    Mtodos Basados en Calificaciones Internas. Dichos reportes debern ser remitidos mensualmente por medio del Submdulo de Captura y Validacin Externa SUCAVE.

    Se sustituye el Reporte N 2-D Requerimientos de Patrimonio Efectivo por Riesgos de Crdito, Mercado y Operacional y Clculo del Lmite Global a que se refiere el primer prrafo del artculo 199 y la Vigsima Cuarta Disposicin Transitoria de la Ley General.

    Se modifica el Reporte N 3 Patrimonio Efectivo.

    Resolucin SBS N 16053-2009

    (Pr. 29.12.2009 / Pub. 31.12.2009)

    Se modifica el Captulo V del Manual de Contabilidad, vigente a partir de la informacin correspondiente a enero de 2010

    Se modifica las notas metodolgicas del Anexo N 17-A Control de imposiciones cubiertas por el Fondo de Seguro de Depsitos

    Circular SBS N G-146-2009

    (Pr. 30.12.2009 / Pub. 03.01.2010)

    Se modifica el Reporte N 24 Informacin de Reclamos Recibidos de los Usuarios y el Reporte N 24-B Detalle de Otras Operaciones Servicios o Productos y Otros Motivos de Reclamo vigentes a partir de la informacin de junio 2010.

    Se modifica en el Captulo V del Manual de Contabilidad los Reportes N 24 y N 24-B

    Resolucin SBS N 9-2010

    (Pr. 07.01.2010 / Pub. 11.01.2010)

    Se incorpora en el Captulo V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, el Reporte N 31 Detalle de Fideicomisos por Contrato. Vigente a partir de la informacin correspondiente al segundo trimestre de 2010

    Se incorpora en el Captulo V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, el Reporte N 31 denominado Detalle de Fideicomisos por Contrato aplicable a las empresas de servicios fiduciarios y a COFIDE. Reportado a travs de SUCAVE.

    Resolucin (Pr. 19.01.2010 / Se sustituye el artculo 9 Informacin Se sustituye el artculo 9 Informacin a la Superintendencia del Reglamento para el

  • 13

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    SBS N 562-2010

    Pub. 22.01.2010) a la Superintendencia del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado aprobado por la Resolucin SBS N 6328-2009. Vigente a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2010.

    Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, referido al plazo de presentacin del siguiente reporte:

    - El Reporte N 2-B1 Anexo 3 Mtodo Estndar- Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Cambiario: Deber ser presentado en un plazo que no exceda de 15 das calendario de concluido el mes a que corresponde la informacin.

    Resolucin SBS N 914-2010

    (Pr. 26.01.2010 / Pub. 30.01.2010)

    Se modifica captulo I, II. III. IV y V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir de la informacin del mes de marzo de 2010. Se prorroga la aplicacin de las Normas Internacionales de Informacin Financiera N 7 Instrumentos Financieros: Informacin a Revelar y N 8 Informacin por Segmentos hasta que esta Superintendencia emita las disposiciones correspondientes.

    Se sustituye el numeral 5 del acpite E.

    Se modifica en la Tabla de Empresas, indicado en el acpite J Nomenclatura de cuentas para las empresas del sistema financiero y entidades relacionadas.

    Se reemplaza el acpite C. Frecuencia y Plazos de Presentacin de Estados Financieros.

    Se modifica la Forma A Balance General y la Forma B Estado de Ganancias y Prdidas.

    Se sustituye las Normas de Agrupacin de la Forma A Balance General y de la Forma B Estado de Ganancias y Prdidas.

    Se sustituye el primer y segundo prrafo de la descripcin del rubro 12 Fondos Interbancarios.

    Se sustituye la descripcin del rubro 18 Inmuebles, Mobiliario y Equipo.

    Se modifica la denominacin de la cuenta 1809 por lo siguiente Depreciacin y Deterioro Acumulados de Inmuebles, Mobiliario y Equipo, as como su descripcin y dinmica.

    Se modifica la denominacin de la cuenta 1807 Instalaciones y mejoras en propiedades alquiladas por Instalaciones y mejoras en bienes alquilados.

    Se incorpora en la cuenta 1809 (Depreciacin y Deterioro Acumulados de Inmuebles, Mobiliario y Equipo), la subcuenta 1809.09 y las cuentas analticas desde la 1809.09.01 hasta la 1809.09.07.

    Se modifica la descripcin del rubro 19 Otros Activos.

    Se sustituye la denominacin de la subcuenta 1904.03 Software adquirido por Software, as como su descripcin.

    Se incorpora en la cuenta 1904 Gastos Amortizables, la subcuenta 1904.04 y la cuenta analtica 1904.09.04.

    Se sustituye en la cuenta 1904 Activos Intangibles y Gastos Amortizables, las denominaciones de las cuentas analticas 1904.09.03 y 1904.09.07.

    Se sustituye la descripcin del rubro 22 Fondos Interbancarios.

    Se modifica la descripcin del rubro 27 Provisiones.

    Se sustituye la descripcin de la cuenta 3602 Revaluaciones especiales autorizadas por SBS.

  • 14

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se incorpora la subcuenta 4305.04 Provisiones para litigios y demandas.

    Se sustituye la denominacin del rubro 44 Depreciacin de Inmuebles, Mobiliario y Equipo y Amortizacin por Depreciacin, Amortizacin y Deterioro as, como su descripcin.

    Se sustituye la denominacin de la cuenta 4403 Amortizacin de Gastos Amortizables por Amortizacin de Intangibles y Gastos Amortizables. Asimismo se modifica su descripcin.

    Se incorpora en la cuenta 4403 Amortizacin de Intangibles y Gastos Amortizables, la subcuenta 4403.04 Amortizacin de Otros Activos Intangibles

    Se incorpora la cuenta 4404 Deterioro de valor de inmuebles, maquinaria y equipo y sus respectivas subcuentas, desde la 4404.01 hasta la 4404.07.

    Se incorpora la cuenta 4405 Deterioro de valor de activos intangibles y sus respectivas subcuentas: 4405.03, 4405.04 y 4405.07.

    Se sustituye la dinmica contable aplicable a las cuentas 4401, 4403, 4404 y 4405.

    Se sustituye la denominacin del rubro 53 Reversin de prdidas por deterioro por Reversin de Prdidas por Deterioro y Recuperacin de Deterioro en Inmuebles, Mobiliario y Equipo, e Intangibles. Asimismo se sustituye su descripcin.

    Se incorpora la cuenta 5302 Recuperacin de Deterioro en Inmuebles, Mobiliario y Equipo y sus respectivas subcuentas desde la 5302.01 hasta la 5302.07. Asimismo se incorpora su descripcin.

    Se incorpora la cuenta 5303 Recuperacin de Deterioro de Activos Intangibles y sus respectivas subcuentas: 5303.03 y 5303.04. Asimismo se incorpora su descripcin.

    Se modifica la descripcin del rubro 68 Impuesto a la renta.

    Se sustituye la denominacin de las cuenta 7109 y 7209 por Responsabilidades Diversas.

    Se elimina la subcuenta 7209.01 Litigios y demandas pendientes.

    Se sustituye la denominacin de la cuenta analtica 7209.02.09 por Otras Responsabilidades.

    Se elimina del Anexo 16 Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento la seccin referida a Prstamos, contingentes y operaciones de arrendamiento financiero a plazo mayor de 1 ao/Patrimonio Efectivo (VI); Depsitos y bonos a ms de 18 meses/Patrimonio Efectivo (VII); Brecha de Mediano Plazo (VI-VII); y, las notas 13/ y 14/ del referido Anexo. Asimismo se sustituye la nota 15/ por la nota 13/.

    Resolucin SBS N 1260-2010

    (Pr. 0.02.2010 / Pub. 08.02.2010)

    Se modifica los Captulos III, IV y V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir de la informacin correspondiente al mes de febrero de

    Se incorpora en la cuenta 8109 Otras Cuentas de Orden Deudoras, la subcuenta 8109.27 Crditos OM N 5345 -2010, as como su descripcin.

    En el anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores - RCD, se incorpora la subcuenta 8109.27 CrditosOM N 5345 -2010.

  • 15

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    2010.

    Resolucin SBS N 1445-2010

    (Pr. 09.02.2010 / Pub. 11.02.2010)

    Se modifica los Captulos III, IV y V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del 1 de julio de 2010.

    Se incorpora en la cuenta 5104 Intereses por Crditos las subcuentas analticas desde 5104.01.12.30 hasta la 5104.01.12.34.

    Se sustituye el Reporte N 2-A1 Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito Mtodo Estndar, por nuevo formato.

    Se sustituyen las notas metodolgicas III, VI, VII, XII y XVI del Reporte N 2-A1 Reporte de Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito Mtodo Estndar.

    Se incorpora las notas metodolgicas XVII y XVIII en el Reporte N 2-A1 Reporte de Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito Mtodo Estndar.

    Resolucin SBS N 1593-2010

    (Pr. 12.02.2010 / Pub. 13.02.2010)

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del da siguiente a su publicacin.

    Se sustituye los numerales 11.1 y 11.2 de la Seccin I Lmites Globales del Reporte N 13 Control de Lmites Globales e Individuales Aplicables a las Empresas del Sistema Financiero del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en los siguientes trminos: - La posicin global de sobreventa de moneda extranjera tendr como lmite hasta quince

    por ciento (15%) de su patrimonio efectivo. - La posicin global de sobrecompra de moneda extranjera tendr como lmite hasta setenta

    y cinco por ciento (75%) de su patrimonio efectivo.

    Resolucin SBS N 1967-2010

    (Pr. 24.02.2010 / Pub. 26.02.2010)

    Se modifica los Captulos III Catlogo de Cuentas y IV Descripcin y Dinmica de Cuentas del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. La presente Resolucin ser de aplicacin para la informacin a presentar en febrero de 2010.

    Se modifica los prrafos 7 y penltimo de la descripcin del rubro 17 Inversiones en Subsidiarias y Asociadas.

    Se modifica la denominacin de la cuenta 1904 Gastos Amortizables por Activos Intangibles y Gastos Amortizables.

    Se modifica la descripcin de la cuenta 1904 Activos Intangibles y Gastos Amortizables

    Se modifica la descripcin de la subcuenta 1904.07 Goodwill.

    A partir de la informacin correspondiente al mes de febrero de 2010, el saldo de las subcuentas 1904.01 Gastos de organizacin e instalacin y 1904.02 Gastos de reorganizacin administrativa y las cuentas analticas 1904.09.01 Amortizacin acumulada por gastos de organizacin e instalacin y 1904.09.02 Amortizacin acumulada por gastos de reorganizacin administrativa debern ser eliminados, contra las cuentas de resultados acumulados.

    A partir de la informacin correspondiente a marzo de 2010 se elimina las subcuentas y cuentas analticas siguientes: 1904.01, 1904.02, 1904.09.01, 1904.09.02, 4403.01 y 4403.02.

  • 16

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Oficio Mltiple N 17141-2010-SBS

    Pr. 05.05.2010 / Pub. 05.05.2010)

    Se modifica el Captulo I Disposiciones Generales y el Captulo III Catlogo de Cuentas del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del 1 de julio de 2010.

    Se incorpora las siguientes cuentas y subcuentas analticas 5104.01.07.18, 5104.01.08.18, 5104.01.10.18, 5104.01.11.18, 5104.01.12.18, 5104.01.13.18, 5104.04.09, 5104.05.09 y 5104.06.09.

    Se elimina la siguiente cuenta analtica 5104.01.08.26 Crditos-Comercio Exterior.

    Se incorpora en el listado de cuentas para la aplicacin de las tablas establecidas en el literal J del Captulo I las siguientes cuentas y subcuentas analticas: 1405.09.19.06, 1405.09.19.18 1405.09.19.19, 1405.09.19.99, 1406.09.19.06, 1406.09.19.18, 1406.09.19.19, 1406.09.19.99, 1408.09, 5104.04.09, 5104.05.09 y 5104.06.09.

    Se incorpora en el literal J del Captulo I, la tabla Empresas del Sistema Financiero del Exterior 17 con los siguientes cdigos 01 Bancos del Exterior y 02 Otras Empresas del Sistema Financiero del Exterior

    Se establece que, las cuentas activas y pasivas, as como las cuentas contingentes correspondientes a crditos comerciales se eliminarn del Catlogo de Cuentas a partir del mes de agosto 2010.

    Se establece que, las cuentas de ingresos y gastos de crditos comerciales se mantendrn en el Catlogo de Cuentas hasta el 31.12.2010.

    Se establece que, en el formato del Anexo N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y provisiones, en la seccin V Cuadre del Anexo 5 con Cifras de Balance, los crditos indirectos se validarn con la frmula (7101+7102+ 7103+7104) o con la frmula ( 7201+7202+7203+7204).

    Oficio Mltiple N 17244-2010-SBS

    Pr. 06.05.2010 / Pub. 06.05.2010)

    Se modifica el Captulo I Disposiciones Generales del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del 1 de julio de 2010.

    En la tabla empresas, sealadas en el acpite J del captulo 1 Disposiciones Generales del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero se realiza las siguientes modificaciones:

    Se incorpora en la Tabla Financiera: 02 los cdigos 15 Financiera Efectiva S.A. y 16 Amerika Financiera S.A.

    Se Elimina el cdigo 13 Efectiva S.A. de la Tabla Financiera 02 Y Los Cdigos 04 Citileasing S.A. 05 Amrica Leasing S.A. y 08 Crdito Leasing S.A. Credileasing S.A. de la Tabla Empresas de Arrendamiento Financiero: 07

    CIRCULAR N B-2188-2010, F-528-2010, CM-375-2010,CR-244-2010

    Pr. 11.05.2010 / Pub. 11.05.2010

    Se deja de remitir los Anexos de Obligaciones sujetos a encaje en moneda nacional y moneda extranjera, a partir de la informacin correspondiente al mes de marzo de 2010.

    Se dispone que las empresas de operaciones mltiples comprendidas en el literal A del artculo 16 de la Ley General, as como el Banco de la Nacin, la Corporacin Financiera de Desarrollo (COFIDE) y el Banco Agropecuario, cuyas obligaciones se encuentren sujetas a encaje, dejarn de remitir a esta Superintendencia el Formato 0121, Anexo 1 Obligaciones sujetas a encaje en moneda nacional y Anexo 2 Obligaciones sujetas a encaje en moneda extranjera, debiendo ceirse a las disposiciones sobre encaje as como a la forma de remisin que emita el Banco

  • 17

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Central de Reserva del Per.

    Resolucin S.B.S. N 11823-2010

    Pr. 29.09.2010 / Pub. 29.09.2010

    Se modifica el Captulo I Disposiciones Generales del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del 1 de enero del 2011.

    Se modifica el numeral 4 del Literal E, referido a la presentacin trimestral del Balance General y el Estado de Ganancias y Prdidas consolidados del grupo consolidable del sistema financiero, del grupo consolidable del sistema de seguros y del grupo financiero.

    Se modifica el numeral 2 del Literal I, referido a la inclusin en la memoria del informe sobre los estados financieros consolidados anuales del conglomerado.

    Resolucin S.B.S. N 15536- 2010

    Pr. 26.11.2010 / Pub. 28.11.2010

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir del da siguiente a su publicacin.

    Se sustituye el numeral 11.2 de la Seccin I Lmites Globales del Reporte N 13 Control de Lmites Globales e Individuales Aplicables a las Empresas del Sistema Financiero del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en los siguientes trminos: - La posicin global de sobrecompra de moneda extranjera tendr como lmite hasta el

    sesenta por ciento (60%) de su patrimonio efectivo.

    Resolucin S.B.S. N 18441-2010

    Pr. 30.12.2010 / Pub. 30.12.2010

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2011.

    Se sustituye los formatos de los Reportes N 2-C1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo del Indicador Bsico y N 2-C2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional Mtodo Estndar Alternativo.

    Resolucin S.B.S. N 923-2011

    Pr. 24.01.2011 / Pub. 24.01.2011

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Vigente a partir de la informacin correspondiente al mes de enero de 2011.

    Se incorpora la Seccin VII en el Anexo N 15-A Reporte de Tesorera y Posicin Diaria de Liquidez, referido a posicin neta en productos financieros derivados.

    Se incorpora el numeral 11.3 en la Seccin I Lmites Globales del Reporte N 13 Control de Lmites Globales e Individuales Aplicables a las Empresas del Sistema Financiero, referido al lmite del valor absoluto de la posicin neta en productos financieros derivados.

    Resolucin S.B.S. N 2740-2011

    Pr. 25.02.2011 / Pub. 28.02.2011

    Se modifican los Captulos II, III y IV del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, a efectos de adecuar el nuevo tratamiento contable de la participacin de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Las modificaciones entran en vigencia a partir de la informacin

    Los cambios principales son:

    Se modifica las Formas A y B

    Se elimina la subcuenta 2903.02 Participacin en las Utilidades

    Se incorpora la subcuenta 4501.08 Participacin de los trabajadores en las utilidades

    Se elimina el rubro 67 as como la cuenta 6701 Participacin de los trabajadores.

  • 18

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    correspondiente al mes de febrero de 2011.

    Resolucin S.B.S. N 3689-2011

    Pr. 30.03.2011 / Pub. 02.04.2011

    Se modifica el Anexo N 8 Posiciones en instrumentos financieros derivados del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, cuya vigencia es a partir de la informacin del mes de mayo 2011.

    Se cambia el cuadro de Operaciones a Futuros con M.E.

    Se cambia el cuadro de Operaciones con Opciones M.E.

    Se cambia el cuadro de Operaciones con Opciones Tasas de Inters

    Se cambia el cuadro de Operaciones con Commodities, instrumentos representativos de capital y deuda

    Se cambia el cuadro de Otros Productos Financieros Derivados

    Resolucin S.B.S. N 6007-2011

    Pr. 03.05.2011 / Pub. 07.05.2011

    Se modifica el Anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores del Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, cuya vigencia es a partir de la informacin del mes de mayo 2011.

    Se elimina del Campo B-10 Condicin de disponibilidad el siguiente criterio: 01 Operaciones entregadas en garanta para la recepcin de prstamos o lneas de crdito

    Incorprese al Campo B-10 Condicin de disponibilidad los siguientes criterios: 11 Operaciones en garanta de Bonos de Arrendamiento Financiero 12 Operaciones en garanta de Bonos Hipotecarios 13 Operaciones en garanta de Bonos Hipotecarios Cubiertos 19 Operaciones en garanta de otras emisiones 21 Operaciones en fideicomisos de garanta 22 Operaciones en fideicomisos de administracin 23 Operaciones en fideicomisos de garanta y administracin 29 Operaciones en otros fideicomisos 99 Operaciones en garanta bajo otras formas contractuales

    Resolucin S.B.S. N 6033-2011

    Pr. 06.05.2011 / Pub. 11.05.201

    Se modifica el Anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores del Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Las modificaciones entran vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de julio de 2011.

    Se incorporan criterios como parte de las instrucciones para el reporte, en el campo B-09 Condicin especial en cuenta

    Se incorpora informacin como nota 16 del campo 09

  • 19

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin S.B.S. N 6114-2011

    Pr. 19.05.2011 / Pub. 21.05.2011

    Se modifica el Anexo N 8 del Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Las modificaciones entraran en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de agosto de 2011.

    Se sustituye el texto de las siguientes notas metodolgicas: 3) Asignar un cdigo a la operacin para identificarla en el momento de netearla con otra operacin. 7) (.) i: Especificar si la empresa ha firmado un contrato al amparo de alguno de los contratos marco reconocidos por esta Superintendencia que permita la compensacin de obligaciones recprocas generadas de operaciones con productos financieros derivados, celebrados con instituciones financieras y de seguros del pas y del exterior. 11) Especificar si el pago final es por el volumen total de la operacin con delivery- o solamente por el diferencial entre precio pactado y precio spot al vencimiento -sin delivery-.

    Se modifica el formato del Anexo 8 A, con la finalidad de incorporar la informacin adicional solicitada en la Nota metodolgica 11, de acuerdo al formato adjunto.

    Resolucin S.B.S. N 8425-2011

    Pr. 20.07.2011 / Pub. 21.07.2011

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero.

    Incorprense los siguientes Reportes y sus correspondientes notas metodolgicas: Reporte N 4-A1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico Empresas que aplican Mtodo Estndar Reporte N 4-A2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico Empresas que aplican Mtodo IRB Reporte N 4-B1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Individual Reporte N 4-B2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Sectorial Reporte N 4-B3 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Regional Reporte N 4-C - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Tasa de Inters en el Libro Bancario (Banking Book) Reporte N 4-D - Resumen Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional, conforme a los formatos que se adjuntan. Dichos reportes se remitirn en forma mensual.

  • 20

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin S.B.S. N 8420-2011

    Pr. 20.07.2011 / Pub. 23.07.2011

    Se sustituye el Anexo N 5 del Captulo V Informacin Complementaria, as como las notas metodolgicas de los Anexos 5 y 5-A del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Las modificaciones entran en vigencia a partir de la informacin correspondiente al mes de agosto de 2011.

    Se sustituye el Anexo N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones y se modifica las notas metodolgicas de los Anexos 5 y 5-A.

    Resolucin S.B.S. N 10454-2011

    Pr. 06.10.2011 / Pub. 09.10.2011

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, vigente a partir de la informacin correspondiente del mes de octubre 2011.

    Se modifica el numeral 11.3 en la Seccin I Lmites Globales del Reporte N 13 Control de Lmites Globales e Individuales Aplicables a las Empresas del Sistema Financiero

    Resolucin S.B.S. N 11665-2011

    Pr. 23.11.2011 / Pub. 25.11.2011

    Se precisa la vigencia de remisin del Reporte N4 del Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, cuya fecha es a partir de la informacin de enero de 2012

    Se precisa que la vigencia de remisin de los siguientes Reportes es a partir de la informacin de enero de 2012: Reporte N 4-A1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico Empresas que aplican Mtodo Estndar Reporte N 4-A2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico Empresas que aplican Mtodo IRB Reporte N 4-B1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Individual Reporte N 4-B2 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Sectorial Reporte N 4-B3 Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentracin Crediticia - Riesgo por Concentracin Regional Reporte N 4-C - Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Tasa de Inters en el Libro Bancario (Banking Book) Reporte N 4-D - Resumen Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional, conforme a los formatos que se adjuntan.

  • 21

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin S.B.S. N 7197-2012

    Pr. 20.09.2012 / Pub. 26.09.2012

    Se modifica el Captulos I V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, con vigencia noviembre 2012.

    Se incorpora el Anexo N 7-A Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Ganancias en Riesgo, el Anexo N 7-B Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Valor Patrimonial en Riesgo y sus correspondientes notas en el Captulo V del Manual de Contabilidad. Se deroga a partir de la vigencia de los nuevos anexos el Anexo N 7 Medicin del Riesgo de Tasa de Inters del Manual de Contabilidad aprobado por la Circular N B-2087-2001 y el Anexo N 7 Medicin del Riesgo de Tasa de Inters del Manual de Contabilidad aprobado por la Circular N F-464-2003, CM-311-2003, CR-180-2003, EDPYME-103-2003, EAF-214-2003, as como sus correspondientes notas.

    Resolucin S.B.S. N 7036-2012

    Pr. 19.09.2012 / Pub. 26.09.2012

    Se modifican los Captulos I, II, III, IV y V del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, a efectos de adecuar a las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF), incorporados en el Anexo 2 de la resolucin, cuya fecha de vigencia es a partir de enero 2013. Asimismo, se modifican las tablas de empresas y el Reporte 4-A1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico-Empresas que aplican Mtodo Estndar, incorporado en el Anexo 1 de la resolucin, que rige a partir de setiembre 2012.

    Vigencia enero 2013 (Anexo 2) de la resolucin:

    Se sustituyen los Captulos I y II, incluyendo los formatos de los estados financieros.

    Se modifican los Captulos III y IV

    Se modifican los anexos y reportes del Captulo V:

    1. Se sustituye la nota metodolgica N 15 del Anexo N 1-A Inversin en Instrumentos Representativos de Capital.

    2. Se sustituye la nota metodolgica N 21 del Anexo N 1-B Inversin en Instrumentos Representativos de Deuda.

    3. Se modifica el Anexo 5 Informe de Clasificacin de Deudores y Provisiones.

    4. Se sustituye la Forma E Informacin Adelantada del Balance.

    5. Se modifican los anexos y reportes a fin de adecuar a las modificaciones establecidas en las cuentas (Catlogo de Cuentas del RCD, Anexos 15-A , 15-B, 16 y 16-B).

    Vigencia setiembre 2012 (Anexo 1) de la resolucin:

    Se modifica en el literal b de la nota 2 del Reporte 4-A1 Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional por el Ciclo Econmico-Empresas que aplican Mtodo Estndar, referido a la eliminacin del cdigo 7205.03.07.03.

    Se modifican las Tablas de Empresas del Captulo I del Manual.

    Resolucin S.B.S. N 8548-2012 (*)

    Pr. 09.11.2012 / Pub. 11.11.2012

    Se modifica el Captulo III Catlogo de Cuentas, Captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas y Captulo V Informacin Complementaria del

    Se incorporan cuentas a mayor detalle en la cuenta 8109 Otras cuentas de orden deudoras

    Se modifica el Anexo 6- RCD y se incorporan cuentas en el Catlogo de cuentas contables consideradas en el Reporte Crediticio de Deudores

  • 22

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Manual de Contabilidad.

    (*) La vigencia es a partir de la informacin de julio 2013

    Resolucin SBS N 9075-2012 (*)

    Pr. 05.12.2012 / Pub. 07.12.2012

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para modificar los anexos relacionados al riesgo de liquidez.

    Se modifica el Captulo V de acuerdo a lo siguiente: 1. Se incorporan los Anexos N 15-C y N 16-A, as como sus correspondientes notas

    metodolgicas. 2. Se sustituyen los Anexos N 15-A, N 15-B y N 16-B, as como sus correspondientes

    notas metodolgicas. 3. Se elimina el Anexo N 16, as como sus correspondientes notas metodolgicas.

    (*) La vigencia es a partir de la informacin de octubre 2013.

    Resolucin SBS N 9076-2012

    Pr. 05.12.2012 / Pub. 10.12.2012

    Se modifica el Reporte 13 Control de lmites globales e individuales aplicables a las empresas del sistema financiero del Manual de Contabilidad.

    Se sustituyen los numerales 11.1, 11.2 y 11.3 de la Seccin I Lmites Globales del Reporte N 13, con la finalidad de modificar los lmites a la posicin global de sobreventa y sobrecompra de moneda extranjera y la posicin neta en productos financieros derivados.

    Entrada en vigencia: diciembre 2012 (excepto para el lmite a la posicin neta en productos financieros derivados de moneda extranjera cuyo plazo de adecuacin fue hasta el 10 de enero 2013).

    Resolucin SBS N 1308-2013

    Pr. 15.02.2013 / Pub. 20.02.2013

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para modificar los anexos relacionados a transferencia de cartera, as como de castigos y condonaciones

    Se modifica en el Anexo 5-B Informe de Clasificacin de los Deudores y Provisiones - Transferencia de Cartera Crediticia, las notas metodolgicas 1 y 2.

    Se sustituye el Reporte N 25 Informacin de Transferencias de Cartera Crediticia, Castigos y Condonaciones de Crditos. Asimismo, se modifica la periodicidad de remisin de trimestral a mensual.

    Se incorpora el Reporte N 25-A Detalle de Transferencias de Cartera Crediticia (directa e indirecta) Realizadas Durante el Trimestre cuya periodicidad es trimestral.

    La vigencia de las modificaciones es a partir de la informacin de junio 2013, excepto el Reporte 25-A cuya primera presentacin es a partir de setiembre 2013 conforme con el Oficio Mltiple N 23069 -2013-SBS.

    Resolucin SBS N 1309-2013

    Pr. 15.02.2013 / Pub. 20.02.2013

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para modificar el formato del Reporte N 2A-1 Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo

    Se modifica el Reporte N 2A-1 Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo de Crdito Mtodo Estndar.

    Se modifica las notas metodolgicas I.1, as como las notas metodolgicas XVI y XVII del Reporte N 2A-1.

  • 23

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    de Crdito Mtodo Estndar. La vigencia de las modificaciones es a partir de la informacin de setiembre 2013.

    Resolucin SBS N 2055-2013

    Pr. 25.03.2013 / Pub. 28.03.2013

    Se modifica el Anexo N 13 Depsitos segn escala de montos del Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad.

    Se considera una escala ms detallada de los montos de depsitos, para recoger la informacin necesaria para una adecuada medicin del grado de inclusin financiera en el pas.

    La vigencia es a partir de la informacin de junio 2013.

    Resolucin SBS N 4602-2013

    Pr. 31.07.2013 / Pub. 03.08.2013

    Se modifican el Captulo V Informacin Complementaria, modificndose los anexos de liquidez

    Se modifican los Anexos N 15-A, N 15-B, N 16-A y N 16-B, as como sus correspondientes notas metodolgicas, cuyos formatos fueron aprobado mediante la Resolucin SBS N 9075-2012.

    La vigencia es a partir de la informacin de octubre 2013.

    Resolucin SBS N 4829-2013

    Pr. 15.08.2013 / Pub. 17.08.2013

    Se modifican los Captulos III Catlogo de Cuentas, IV Descripcin y Dinmica de Cuentas y V Informacin Complementaria referida a cuentas multilneas y cuentas de lneas de crdito

    Se incorpora e en la cuenta 8109 Otras cuentas de orden deudoras, la subcuenta 8109.32 Lneas de crdito no utilizadas que se encuentran bloqueadas. Asimismo, se modifca el Anexo N15B Ratio de Cobertura de Liquidez, vigente a partir del 1 de octubre 2013, a efectos de incorporar la nueva cuenta creada.

    La vigencia de dichos cambios es a partir de la informacin de octubre 2013.

    Se incorporan las subcuentas y cuentas analticas a mayor detalle: 7205.08 Responsabilidad por otras lneas de crdito, 7205.09 Responsabilidad por lneas de crdito bajo esquema multilnea y 8109.31 Total de lneas de crdito bajo el esquema multilnea. Asimismo, se incorpora en el Catlogo del RCD las subcuentas y cuentas a mayor detalle, antes citadas.

    La vigencia de dichos cambios es a partir de la informacin de junio 2014

    Resolucin SBS N 5760-2013

    Pr. 19.09.2013 / Pub. 23.09.2013

    Se prorroga la vigencia de los nuevos anexos de liquidez. Asimismo, se modifica el captulo V Informacin Complementaria referida a notas del Anexo 16-B.

    Se modifican notas a nuevo Anexo 16-B.

    La vigencia de los nuevos anexos de liquidez es a partir de la informacin de diciembre 2013.

    Resolucin SBS N 6284-2013

    Pr. 18.10.2013 / Pub. 21.10.2013

    Se modifica el Captulo I a efectos de incorporar en el alcance de la aplicacin del Manual a las Empresas Emisoras de Dinero Electrnico (EEDE)

    Se modifican el numeral 1 del literal B del Captulo I del Manual.

    La vigencia es a partir de la informacin de octubre 2013.

  • 24

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin SBS N 6283-2013

    Pr. 18.10.2013 / Pub. 21.10.2013

    Se modifican el Captulo V Informacin Complementaria, incorporndose reportes de dinero electrnico.

    Se incorporan los Reportes los Reportes N 32-A Reporte Diario de Dinero Electrnico de periodicidad diaria y N 32-B Reporte Mensual de Dinero Electrnico de periodicidad mensual.

    La vigencia es a partir de la informacin de enero 2014.

    Resolucin SBS N 272-2014

    Pr. 16.01.2014 / Pub. 20.01.2014

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria, modificndose reportes de Grupo econmico. La vigencia de estos reportes es a partir de la presentacin de la informacin anual del periodo 2013.

    Se sustituyen los formatos de los Reportes N 19 y N 19-A del Manual de Contabilidad, por los siguientes:

    Reporte N 19 Informacin sobre el Grupo Econmico de la empresa, el cual est conformado por los Reportes N 19-I Informacin General y N 19-II Persona jurdica sobre la cual ejerce control.

    Reporte N 19-A Informacin sobre personas jurdicas integrantes del Grupo Econmico de la empresa.

    Resolucin SBS N 1014-2014

    Pr. 13.02.2014 / Pub. 16.02.2014

    Se modifican el Captulo V Informacin Complementaria, modificndose reportes de Medicin del Riesgo de Tasa de Inters

    Se modifican los Anexos del Manual de Contabilidad:

    Anexo N 7-A Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Ganancias en Riesgo

    Anexo N 7-B Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Valor Patrimonial en Riesgo

    La vigencia de estos reportes es a partir de marzo 2014

    Resolucin SBS N 1882-2014

    Pr. 26.03.2014 / Pub. 29.03.2014

    Se modifican el Captulo II Estados Financieros e Informacin Complementaria, el Captulo III Catlogo de Cuentas y Captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas. Asimismo, se ampla el alcance de la remisin del Reporte N 31 Detalle de Fideicomisos por Contrato. La vigencia de estas modificaciones es a partir de la informacin de junio de 2014.

    Se modifica el Captulo II Estados Financieros e Informacin Complementaria:

    Se incorpora en la parte I Estados Financieros, en el literal B Notas a los Estados Financieros, acpite 4 Notas Especficas como numeral 11 Bienes Otorgados en Garanta, requisitos de informacin sobre fideicomisos, incluyendo:

    Cartera de Crditos Otorgada en Garanta.

    Otros Bienes Otorgados en Garanta

    Se sustituye en la parte IV Publicacin de Informacin Financiera, el acpite Informacin a ser publicada y se incluye un formato denominado Activos Otorgados en Garanta de Financiamientos Recibidos.

    Se modifican el Captulo III Catlogo de Cuentas y Captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas, eliminando la cuenta analtica 1504.04.01 Fideicomiso en garanta, as como sus

  • 25

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    subcuentas analticas, cuyos saldos sern reclasificados a la subcuenta analtica 1504.04.09.09 Otros Contratos.

    Se ampla el mbito de aplicacin del Reporte N 31 Detalle de Fideicomisos por Contrato, a las empresas comprendidas en el literal A del artculo 16 de la Ley General, a las empresas afianzadoras y de garantas, al Banco de la Nacin, al Banco Agropecuario (AGROBANCO) y al Fondo MIVIVIENDA.

    Resolucin SBS N 3225-2014

    Pr. 29.05.2014 / Pub. 31.05.2014

    Se modifica la tabla de empresas del Captulo I Disposiciones Generales. Se modifica el Captulo III Catlogo de Cuentas. Se modifica el Captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas. Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria. La vigencia es a partir de la informacin del mes de julio 2014.

    Se actualizan las tablas de empresas supervisadas.

    Se incorpora la subcuenta 1102.05 Depsitos a plazo en el BCRP, la cuenta analtica 1302.05.12 Certificados de depsito negociables, la cuenta analtica 1304.05.12 Certificados de depsito negociables, la cuenta analtica 1305.05.12 Certificados de depsito negociables, la subcuenta analtica 1309.04.05.12 Certificados de depsito negociables, la subcuenta analtica 1309.05.05.12 Certificados de depsito negociables, la subcuenta 2807.03 Certificados de depsito negociables y la cuenta analtica 5107.04.09 Crditos a Empresas del Sistema Financiero

    Se elimina la subcuenta 1308.19 Otros, la cuenta 2103.01.01 Certificados de depsito negociable y las siguientes cuentas analticas y subcuentas analticas:

    4109.13.08 Acciones de tesorera 4109.13.08.01 Valor nominal 4109.13.08.02 Prima o descuento 4109.14.08 Instrumentos representativos de deuda en tesorera 4301.01.04.08 Instrumentos representativos de deuda en tesorera 5103.04.08 Instrumentos representativos de deuda en tesorera 5109.13.08 Acciones de tesorera 5109.14.08 Instrumentos representativos de deuda en tesorera

    Se modifican los Anexos 15-A 15-B 15-C 16-A 16-B y sus notas metodolgicas

  • 26

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se modifica la denominacin la denominacin del Reporte 8 por Registro de Cuentas Corrientes y Rectificaciones.

    Resolucin SBS N 4128-2014

    Pr. 01.07.2014 / Pub. 04.07.2014

    Se modifica el Manual de Contabilidad con el fin de adecuar al Reglamento de Operaciones con Dinero Electrnico, as como al Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrnico. Se modifica el Captulo II Estados Financieros e Informacin Complementaria. Se modifica el Captulo III Catlogo de Cuentas. Se modifica el Captulo IV Descripcin y Dinmica de Cuentas. Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria. La vigencia es a partir de la informacin del mes de julio 2014.

    Se modifica el Anexo N 2B del Reglamento Para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional

    Se modifican las normas de agrupacin del Captulo II Estados Financieros e Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero Forma A y Forma B-1

    Se modifican los Captulos III Catlogo de Cuentas y IV Descripcin y Dinmica de Cuentas del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, con la finalidad de lograr una adecuada identificacin y registro de las operaciones con dinero electrnico que realicen los emisores de dinero electrnico

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero:

    Se modifica el Anexo N 7-A Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Ganancias en Riesgo y el Anexo N 7-B Medicin del Riesgo de Tasa de Inters Valor Patrimonial en Riesgo

    Se realizan modificaciones en los Anexos N 15-A, 15-B, 15-C, 16-A y 16-B.

    Resolucin S.B.S. N 5254 - 2014

    Pr. 12.08.2014 / Pub. 15.08.2014

    Se modifica el Reglamento para la Gestin del Riesgo de Liquidez, aprobado por la Resolucin SBS N 9075-2012 y sus normas modificatorias.

    Se modifica el Reglamento para la Gestin del Riesgo de Liquidez:

    Se sustituye el primer guion del ltimo prrafo del artculo 18

    Se modifica el plazo de adecuacin

    Se sustituye el penltimo prrafo del artculo 30

    Se modifica el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero:

    Se modifican filas y notas metodolgicas de los Anexos 15-A, 15-B y 15-C

  • 27

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Se modifica el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, modificndose los Anexos 15-A, 15-B y 15-C

    Estos cambios entran en vigencia el 01 de setiembre de 2014, salvo lo referente a la presentacin del Anexo N 15-C Posicin Mensual de Liquidez que entra en vigencia para la informacin correspondiente al mes de setiembre de 2014.

    Resolucin S.B.S. N 6415 - 2014

    Pr. 26.09.2014 / Pub. 28.09.2014

    Se modifica el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobando el formato del Reporte N 11

    Se aprueba el formato del Reporte N 11 Activos Transferidos al Fondo de Seguro de Depsitos , correspondiente a activos sealados en los numerales 1 y 2 del artculo 13 de las normas para la cobertura, recursos y pago de imposiciones cubiertas del Fondo de Seguro de Depsitos aprobadas por la Resolucin SBS N 657-99 y sus modificatorias.

    El primer envo corresponde a la informacin julio-diciembre 2014.

    Resolucin S.B.S. N 1465 - 2015

    Pr. 26.02.2015 / Pub. 05.03.2015

    Modificar el Manual de Contabilidad, a efectos de adecuarlo a las nuevas disposiciones sobre crditos de consumo no revolventes que cuenten con contratos referidos a convenios de descuento por planilla de remuneraciones y pensiones. En tal sentido, se modifican los Captulos III Catlogo de Cuentas, IV Descripcin y Dinmica de Cuentas y V Informacin Complementaria.

    Se modifican las cuentas del rubro 14 Crditos. Asimismo, se modifica lo siguiente: - Modificacin del Catlogo de Cuentas del Anexo N 6 Reporte Crediticio de Deudores -

    RCD - Modificacin del formato de los Anexoa N 5 Informe de Clasificacin de Deudores y

    Provisiones, N 5-A Resumen de Provisiones Procclicas, N 5-C Informe de Clasificacin de la Cartera Transferida en Fideicomiso y N 5-C Resumen de Provisiones Procclicas para la Cartera Transferida en Fideicomiso. Asimismo, se modifican sus notas metodolgicas.

    La vigencia es a partir de la informacin del mes de mayol 2015.

    Resolucin S.B.S. N 1782 - 2015

    Pr. 19.03.2015 / Pub. 21.03.2015

    Modificar los Captulos III Catlogo de Cuentas y IV Descripcin y Dinmica de Cuentas del Manual de Contabilidad, a efectos de recoger las modificaciones del tratamiento de los crditos hipotecarios para vivienda y sus garantas.

    Se incorporan las siguientes cuentas, as como sus descripciones: 8404.02.22 Cartas fianza que respaldan futura constitucin de hipoteca 8404.04.03 Oro en lingotes en custodia de la empresa prestamista 8404.04.04 Cobertura de riesgo provista por el Fondo MIVIVIENDA S.A.

    La vigencia es a partir de la informacin del mes de abril 2015.

  • 28

    NORMA FECHA DESCRIPCIN MODIFICATORIAS

    Resolucin S.B.S. N 1928 - 2015

    Pr. 27.03.2015 / Pub. 28.03.2015

    Como producto de la aprobacin del Reglamento para la Gestin del Riesgo Social y Ambiental, se modifica el el Captulo V Informacin Complementaria del Manual de Contabilidad, incorporndose el Reporte N 33 denominado Reporte trimestral de riesgo social y ambiental.

    Se aprueba el formato del Reporte N 33 denominado Reporte trimestral de riesgo social y ambiental. La periodicidad del citado Reporte es trimestral, remitindose dentro de los quince (15) das calendario posteriores al cierre del trimestre, a travs del software Submdulo de Captura y Validacin Externa (SUCAVE).

    La vigencia es a partir de la informacin del cierre de marzo de 2016.