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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR ÁREA DE CONOCIMIENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMIA MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL QUE COMO REQUISITO PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADO EN TURISMO ALTERNATIVO PRESENTA: JESUS PAUL DURAZO NUÑEZ DIRECTORA: DRA. REYNA MARIA IBÁÑEZ PÉREZ LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, ENERO DE 2013

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR

ÁREA DE CONOCIMIENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMIA

MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN:

EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL

QUE COMO REQUISITO PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADO EN TURISMO ALTERNATIVO

PRESENTA:

JESUS PAUL DURAZO NUÑEZ

DIRECTORA: DRA. REYNA MARIA IBÁÑEZ PÉREZ

LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, ENERO DE 2013

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Carta de aprobación.

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Agradecimientos

Agradezco a todos los profesores por el gran empeño que pusieron en su labor, al

compartirme sus conocimientos, el deseo y el interés por aprender. Asimismo,

agradezco a mi madre y a mi hermano, quienes son los pilares que me

sostuvieron en este camino.

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Índice Pág.

Introducción…………………………………………………………………………………..7

Primera parte Profundización en un tema de interés:

el desarrollo sustentable y la evaluación de impacto ambiental 1. El desarrollo sustentable y la evaluación de impacto ambiental……………………….9

1.1. Antecedentes del concepto desarrollo sustentable………………………………...9 1.2. Conceptualización del desarrollo sustentable……………………………………...12 1.3. Dimensiones y principios del desarrollo sustentable………………………….......13 1.4. Relación del desarrollo y turismo sustentable……………………………………..15

2. Antecedentes: Iniciativas internacionales orientadas al turismo responsable………..17 2.1. Turismo sustentable…………………………………………………………………..18

3. Vinculación de una EIA con el desarrollo sustentable………………………………….21 3.1. EIA y su contribución al desarrollo sustentable del turismo……………………....21

4. Conclusión…………………………………………………………………………………..22

Segunda parte Resumen del contenido de los módulos

1. Módulo I. Introducción al curso y definición de la evaluación de impacto ambiental…23

1.1. Actividad introductoria…………………………………………………………………23 1.2. Conceptos generales………………………………………………………………….25 1.3. Origen de la EIA como instrumento de política ambiental………………………...27 1.4. Actividad del reloj……………………………………………………………………...30

1.4.1. Objetivo y relación de la actividad del reloj con nuestro curso…………… 31 1.5. Naturaleza y propósitos de la EIA…………………………………………………..34

1.5.1. Objetivos de la actividad………………………………………………………34 1.5.2. Instrumentos de evaluación…………………………………………………..35

1.6. Tipología y clasificación de la EIA…………………………………………………..36 1.7. La realización de una EIA……………………………………………………………38

1.7.1. Acerca del contenido de una MIA……………………………………………39 1.7.2. Costos de una MIA……………………………………………………………..39

1.8. Conclusión……………………………………………………………………………..41 2. Módulo II. Marco normativo en materia de EIA………………………………………….42

2.1. Bases legales de EIA en México…………………………………………………….42 2.2. Principios de política ambiental definidos por el derecho internacional………….44 2.3. Consideraciones generales…………………………………………………………..48 2.4. Leyes, normas y especificaciones relacionadas…………………………………...53 2.5. Requisitos legales de una EIA……………………………………………………….58 2.6. Ejercicios prácticos…………………………………………………………………….60

2.6.1. Acto de impugnación ante una negativa de impacto ambiental…………..60 2.6.2. Existe un vacío legal en lo que se denominan “zonas costeras”…………61 2.6.3. Cambios de uso de suelo forestal…………………………………………..62 2.6.4. La falta de regulación en acceso público a playa………………………….63

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2.6.5. Actos de inspección y vigilancia……………………………………………..63 2.6.6. Si la Secretaría no contesta en término…………………………………….63

2.7. Conclusión……………………………………………………………………………...64 3. Módulo III. Metodología de la evaluación de impacto ambiental………………………65

3.1. Evaluación de proyectos……………………………………………………………...65 3.2. La evaluación de impacto ambiental y su relación con otros trámites

o permisos……………………………………………………………………………...68 3.3. NOM 059 y su relación con otros estudios de una MIA…………………………...69

3.3.1. Competencias municipales, estatales y federales…………………………69 3.3.2. Iniciando la ruta crítica………………………………………………………..70

3.4. Principales problemas que pueden presentarse entre el promovente y el responsable de la MIA………………………………………………………………...70

3.4.1. Sugerencias para disminuir este tipo de conflictos………………………...70 3.5. Las fases o etapas del proyecto……………………………………………………...71

3.5.1. Ejemplo de programa de rescate de flora para proyecto de CFE………...72 3.6. Elaboración de la manifestación del impacto ambiental…………………………...74 3.7. Métodos más comunes en BCS……………………………………………………...78

3.7.1. Análisis de la matriz……………………………………………………………80 3.8. Conclusión………………………………………………………………………………80

4. Módulo IV. Las aplicaciones de la EIA…………………………………………………….82 4.1. Ejercicio práctico……..…………………………………………………………………82

4.1.1. Información de referencia……………………………………………………..82 4.2. Conclusión……………………………………………………………………………..113

5. Módulo V. Medidas de mitigación………………………………………………………...114 5.1. Definiciones pertinentes……………………………………………………………...114 5.2. Actividad #1 relacionada con desarrollo sustentable……………………………...117 5.3. Actividad #2 relacionada con impactos y manifestaciones

de impacto ambiental…………………………………………………………………119 5.4. Medidas de mitigación y de prevención…………………………………………….121 5.5. Actividad #3: dificultad en cuanto a evaluación, realización, implementación y

conformidad de todas las partes de una MIA……………………………………...122 5.6. Autorización o negativa de una MIA………………………………………………..125 5.7. Prevención y principio precautorio………………………………………………….126 5.8. Características de la evaluación de impacto ambiental…………………………..127 5.9. Conclusión……………………………………………………………………………..129

6. Módulo VI. Auditoría ambiental y medidas de mitigación……………………………...130 6.1. Antecedentes………………………………………………………………………….130 6.2. Marco legal, términos de referencia para realizar auditorías ambientales a

organizaciones, industriales y no industriales, LGEEPA…………………………132 6.3. Definiciones pertinentes……………………………………………………………...132 6.4. Auditoría ambiental para la empresa……………………………………………….135 6.5. Generalidades del proceso de aprobación………………………………………...135 6.6. Práctica de campo: auditoría ambiental……………………………………………137 6.7. Conclusión…………………………………………………………………………….138

7. Manifiestos de impacto ambiental……………………………………………………….140 7.1. Extracto de una MIA analizada……………………………………………………..141 7.2. Conclusión del análisis de una MIA………………………………………………..151 7.3. Caso jurídico real para su análisis dentro del diplomado………………………..152

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7.4. Conclusión: caso real sujeto a análisis…………………………………………….154

Conclusión general…………………………………………………………………………...155 Bibliografía……………………………………………………………………………………..156

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Introducción

Actualmente, el aumento de la población y el crecimiento económico en diversas

regiones del estado y del país favorecen la degradación del ambiente y la emisión

de descargas que alteran el entorno y la calidad de vida de las personas, mediante

la introducción de cambios notables en las condiciones naturales del aire, agua y

suelo. Actividades como la minería, la pesca, la industria, el turismo, la agricultura

y la ganadería, entre otras, contribuyen también a la contaminación y deterioro del

ambiente.

Una evaluación de impacto ambiental (EIA) es un instrumento de la política

ambiental mexicana que permite identificar, prevenir e interpretar los impactos

ambientales que puede producir un proyecto (agrícola, ganadero, industrial,

minero, pesquero, turístico, etcétera) en el entorno, en caso de ser ejecutado, con

el fin de que la administración competente pueda aceptarlo, rechazarlo o

modificarlo. Según los términos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y

Protección al Medio Ambiente (LGEEPA), su implementación tiene carácter

obligatorio y busca contribuir con un desarrollo más sustentable y con la

implementación de procesos más limpios por parte de muchas empresas,

específicamente en aquéllas que requieren realizar programas de evaluación y

protección ambiental. Lo que, a su vez, permite que los operadores de las plantas

de tratamiento manejen mayores controles sobre sus procesos, con el objetivo de

cumplir con los lineamientos previstos por la ley vigente en materia de protección

al ambiente en México.

Hoy en día, tales requerimientos han generado que se intensifique la

demanda de personal especializado en diferentes proyectos y modalidades de la

EIA; al mismo tiempo, al interior de las universidades, centros de investigación e

instituciones privadas y gubernamentales se ha acrecentando la necesidad de

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contar y formar recursos humanos altamente calificados en temas de carácter

multidisciplinario y sobre todo con el perfil necesario para satisfacer las demandas

actuales del mercado laboral.

Durante el diplomado se buscó capacitar a los estudiantes y profesionistas

de diversas áreas en la correcta aplicación de los métodos de evaluación del

impacto ambiental, cualitativos o cuantitativos, tomando casos de estudio

específicos y enfocados a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras,

industriales, mineras y turísticas. El objetivo particular fue establecer las medidas

de mitigación factibles en términos económicos, sociales y ambientales.

Los módulos que a continuación se presentan abordan la conceptualización

básica, que es comúnmente utilizada en materia de evaluación de impacto

ambiental. Se presenta un marco teórico general, así como ejercicios prácticos

que lleven a un mejor entendimiento del tema de estudio. A su vez, dentro de este

diplomado también se analizaron manifestaciones de impacto ambiental, las

cuales se encuentran vigentes, en proceso de ser aceptadas o en vías de lograr

su autorización, lo cual nos permite conocer cómo son aplicados los conceptos y

el marco práctico de dichas manifestaciones, las cuales se desarrollan en nuestro

estado.

En esta memoria se presenta un resumen de cada uno de los módulos del

diplomado, profundizando en el primero de ellos, pues es una introducción

específica al tema de desarrollo sustentable; además, se establece su relación con

la evaluación de impacto ambiental. Se muestran los conceptos básicos y se

fusiona el desarrollo sustentable de manera integral y directa con la evaluación de

impacto ambiental. En conclusión, se muestra cómo el desarrollo sustentable llega

a ser un concepto difícil de alcanzar para algunos proyectos, en cualquier ramo

que se presenten, y cómo algunos factores tanto sociales como económicos

influyen en su ejecución y aplicación.

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Primera parte Profundización en un tema de interés:

El desarrollo sustentable y la evaluación de impacto ambiental

1. El desarrollo sustentable y la evaluación de impacto ambiental

Uno de los mecanismos que permite alcanzar el desarrollo sustentable y mitigar

los impactos de las actividades humanas al medio ambiente es el estudio de

impacto ambiental. Sobre la relación que existe entre ambos conceptos se

profundizará en esta primera parte.

1.1 . Antecedentes del concepto desarrollo sustentable

De manera breve, se darán a conocer algunos de los acontecimientos

internacionales que contribuyeron al concepto de desarrollo sustentable, para lo

cual se tomarán en cuenta los trabajos de Ivanova y Valiente (2010). Algunos de

los acuerdos que llevaron al desarrollo de este concepto son:

En 1885 se estableció un acuerdo sobre la prohibición de la pesca de focas en

el Mar de Bering.

En 1902 se firmó en parís un convenio para la protección de pájaros útiles a la

agricultura.

En 1931 varias naciones del mundo reglamentaron mediante un convenio la

caza de la ballena. La convención internacional para la regularización de la

pesca de la ballena estableció en diciembre de 1946 un convenio para regular

su captura, con el objetivo de “proteger a todas las especies de ballenas de la

caza excesiva y salvaguardar para las generaciones futuras los importantes

recursos naturales representados por las poblaciones de ballenas”,

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estableciendo un sistema de reglamentación internacional para su captura

apropiada.

Se deduce que detrás de estas negociaciones y primeros acuerdos en

materia ambiental se presentaban conflictos distributivos. Es necesario mencionar

que se protegía y se conservaba no porque se tuviera una conciencia del valor

intrínseco de los recursos, como se hace hoy en día, sino por el valor utilitario o

porque su explotación generaba querellas entre dos o varias naciones, poniendo

en juego la soberanía de los estados.

Precisamente, las conflagraciones más violentas en la historia se deben a la

competencia por la prioridad de los recursos. Por mencionar algunos casos:

El 24 de octubre de 1945 entra en vigor la Carta de las Naciones Unidas,

donde se expresa la necesidad de velar por el bien de las generaciones

venideras. Su conformación promueve una regulación por encima de los

estados y se proclaman valores como justicia humanitaria, tolerancia,

bienestar común, entre otros. Sin embargo, después de sesenta años aún

no se llega a un acuerdo común de cómo ponerla en práctica.

En 1968 se crea el programa Man and Biosphere (MAB) de la UNESCO,

que se encarga de la información referente a zonas naturales y al material

genético que contienen. Uno de los objetivos fundamentales del MAB es

promover y demostrar una relación equilibrada entre los seres humanos y la

biosfera.

En 1971 se firma el convenio RAMSAR sobre zonas húmedas de

importancia internacional, particularmente como hábitat de fauna silvestre.

Con esto se consideraban las funciones ecológicas fundamentales de los

humedales.

Estocolmo, 1972. Fue el primer acuerdo internacional más importante en

materia ambiental, que se denominó Conferencia Mundial sobre Medio

Humano. Precedente a esta conferencia se desarrolló un informe

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preparatorio denominado Informe Founex, el cual introdujo el concepto de

“medio humano” en la comunidad internacional. En esta conferencia

quedaron planteadas las bases de la nueva estructura administrativa que

debía desarrollarse en el mundo para tratar el tema desarrollo, la ecología y

la problemática social de forma integrada.

Otro acontecimiento importante para el futuro de la gestión ambiental fue la

propuesta del presidente de Zaire, Mobutu Sese Seko, ante la Asamblea

General de Naciones Unidas en 1975, para elaborar un proyecto de Carta

de la Naturaleza para la UICN (Unión Internacional para la Conservación de

la Naturaleza). El proyecto, elaborado por un grupo internacional de

expertos, se presentó en octubre de 1980 como estrategia mundial para la

conservación y uso sostenido de los recursos naturales ante la ONU.

La estrategia mundial para la conservación, subtitulada “La conservación de

los recursos vivos para el logro de un desarrollo sustentable”, fue la primera

propuesta histórica para un desarrollo sustentable, para la cual se

coordinaron el PNUMA, el World Wild Fund y la UINCN.

En 1983, la ONU puso en marcha el trabajo de la Comisión para el

Desarrollo Sustentable (CDS), conocida también como la Comisión

Brundtland. Se le encomendó la tarea de estudiar las interrelaciones entre

ambas realidades (desarrollo económico y sustentabilidad ambiental) y

aportar soluciones para lograr su compatibilidad. Tras su informe, “Nuestro

futuro común”, presentado en 1987, el concepto desarrollo sustentable

comenzó a difundirse en la comunidad internacional, hasta que se

popularizó gracias a los medios de comunicación y a los trabajos

académicos, tras la conferencia de Río de Janeiro en 1992.

Río de Janeiro, 1992. En la Conferencia Mundial del Medio Ambiente se

lograron amplios acuerdos sobre normas de gestión ambiental que se

transformaron en un nuevo deber de los gobiernos del mundo y redefinieron

el concepto de desarrollo sustentable.

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1.2. Conceptualización del desarrollo sustentable

La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), en su

apartado de “Definiciones”, establece que el desarrollo sustentable es un proceso

evaluable mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y

social, que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas,

que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico,

protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que

no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

Por tanto, podemos argumentar que éste también es un proceso integral

que exige a los distintos actores de la sociedad compromisos y responsabilidades

en la aplicación del modelo económico, político, ambiental y social, así como en

los patrones de consumo que determinan la calidad de vida.

Podemos observar que es un concepto adaptable, cambiante y que

presenta diversas definiciones para las distintas aplicaciones que se le dan. Tiene

una generalidad: es un concepto que está regido bajo una visión integral, sin

separar la parte humana, social y económica, de la parte ambiental y viceversa.

Quizá debido a la amplitud de este concepto, se convierte en algo muy

difícil de lograr. El desarrollo sustentable es un gran logro humano, sin embargo,

es necesario que vigilemos adecuadamente su planeación, aplicación y resultados

si deseamos obtenerlo.

El hombre siempre parece haberse caracterizado por ser la única especie del

planeta que no logra guardar un equilibrio con su entorno (Ivanova y

Valiente, 2009:37).

Gran parte de los problemas ambientales en nuestro planeta tienen que ver

de una u otra manera con la alteración que nuestra presencia, directa o indirecta,

ejerce sobre el medio ambiente. Nuestra especie consume gran parte de los

recursos que encuentra a su alrededor, por lo que un desarrollo sustentable podría

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ser la herramienta que ayude a nuestra especie a tener una mejor calidad de vida

y a ser responsable con su entorno.

1.3. Dimensiones y principios del desarrollo sustentable

Sabemos, a grandes rasgos, qué es el desarrollo sustentable y las dificultades que

implica como concepto. Sin embargo, debemos entender las dimensiones y

principios que engloba: ¿qué es desarrollo sustentable? y ¿cuál es su alcance?

Las dimensiones tradicionales de este concepto son la ambiental,

económica y social, aunque algunos autores mencionan que se debe cumplir con

otros dos aspectos: el institucional y el tecnológico. En este estudio sólo nos

enfocaremos en los tres primeros.

La SECTUR, en su documento Turismo alternativo: una nueva forma de

hacer turismo (2004), las describe de la siguiente manera:

Económica. Deben haber suficientes ingresos económicos para todos y

que se repartan de una manera justa, evitando el enriquecimiento excesivo

de unos pocos a costa de todos. Asimismo, es necesario que el ingreso

económico de cada familia sea suficiente para cubrir con dignidad sus

necesidades de alimentación, vivienda, vestido, educación, salud, etcétera.

Social. Es necesario que las posibilidades de bienestar y desarrollo

humano estén al alcance de todos, sin importar su nivel económico ni el tipo

de trabajo que realicen. Este punto también refleja la importancia de la

amplia participación de todos los sectores implicados para lograr la mejor

solución a los problemas.

Ambiental. Significa que se debe valorar la naturaleza con respeto,

cambiando la forma de relacionarnos con ella, para no provocar

desequilibrios en los ecosistemas. Es necesario evitar que el mejoramiento

económico y el progreso social se basen en la explotación y agotamiento de

los recursos naturales (tierra, selvas, bosques, ríos, mares, animales, etc.);

y que cuando suceda así, se utilicen tecnologías alternativas para reducir y

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corregir el impacto ambiental. Estos tres puntos, aunque se puedan

presentar de una manera simple, en la realidad son difíciles de cumplir,

pues encaminarse hacia un desarrollo sustentable conlleva la necesidad de

hacer grandes cambios, no sólo en cuanto a nuestra sensibilidad por la

naturaleza, sino, principalmente, en los sistemas nacionales e

internacionales de producción y consumo.

Imagen 1. Esquema de las tres dimensiones del desarrollo sustentable

Fuente: material proporcionado en el diplomado.

Analizando lo anterior, vemos la enorme tarea que representa buscar un

desarrollo sustentable; estas dimensiones están estrechamente ligadas y deben

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coexistir, es decir, que no se puede tener una sin la otra y viceversa, dificultando

un balance perfecto entre sus componentes.

De esta forma, equidad, rentabilidad, eficiencia y un uso responsable del

medio ambiente serían los requisitos para cumplir con un desarrollo sustentable; si

cualquiera de estos elementos faltara en la ecuación, resultaría imposible obtener

un resultado positivo. Estos requisitos o principios exigen que todas las

actividades que busquen alcanzar el resultado de desarrollo sustentable sean

aceptadas por la población, sean viables económicamente, tengan compatibilidad

con el medio ambiente, refiriéndonos no sólo al uso de recursos, sino a una

estrecha interrelación entre la actividad y su operación en el entorno, además de

un alto grado de participación por parte de la sociedad en general. Una vez

logrado este equilibrio, podemos hablar de un desarrollo sustentable.

1.4. Relación del desarrollo y turismo sustentable

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales presentó en septiembre

del año 2000 la Política y Estrategia Nacional para el Desarrollo Turístico

Sustentable, que tiene como objetivo promover un desarrollo turístico que

concilie, equilibre y fomente la equidad social, la sustentabilidad natural y la

rentabilidad de la inversión pública, privada y social; con objeto de satisfacer las

necesidades actuales de las regiones anfitrionas, de los inversionistas turísticos,

de los prestadores de servicios turísticos y de los turistas para proteger, fortalecer

y garantizar las oportunidades de desarrollo en el futuro (SECTUR 2004). Cabe

destacar que algunas de estas definiciones son básicamente una adaptación de la

conceptualización de desarrollo sustentable.

El turismo es una actividad clave en todas las políticas de desarrollo

alrededor del mundo, es la denominada industria sin chimeneas. Sabemos que un

turismo masificado descontrolado puede acarrear consigo más problemas que

beneficios en una población: aculturación, migración, pobreza, escases de

servicios públicos, vivienda, entre otros.

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Tampoco se trata de condenar esta actividad, pues es necesario que

consideremos a la actividad turística si queremos alcanzar un desarrollo pleno. En

BCS no podemos darnos el lujo de prescindir de dicha actividad, y a nivel

internacional, la industria del turismo es la más grande del mundo, superior a las

del automóvil, los hidrocarburos, los productos electrónicos y a la agricultura. En

México representa la tercera fuente de divisas (SEMARNAT, 2003).

El turismo es de suma importancia para la población mundial, aunque para

lograr que esta actividad demuestre sus beneficios plenamente debe darse de

manera ordenada, sin descuidar los aspectos del entorno, llámense ambiental,

social o económico; de lo contrario, el turismo puede crear una economía enclave,

con muchos problemas sociales y ambientales que, a la larga, son muy difíciles de

reparar, si no es que imposibles. Existen muchos casos similares de estos

problemas alrededor del mundo. En nuestro estado, el más común lo encontramos

en el municipio de Los Cabos, que si bien aparenta un desarrollo destacable en su

zona turística y residencial, en las afueras y colonias aledañas son notorios los

problemas que existen: invasiones, infraestructuras defectuosas para servicios

públicos, calles en mal estado, etcétera. Sin embargo, el dinero sí permea a la

comunidad, pues es común ver que en los pequeños negocios, como taquerías,

carretas de comida y otros, manejan la moneda americana a la par de la nacional,

al igual que algunos estudiantes de las escuelas públicas para su gasto diario.

De esta forma, nos enfrentamos a dos conceptos que, a pesar de estar

relacionados, sus características son distintas: desarrollo y crecimiento. Por su

definición, el desarrollo debe ser ordenado, congruente con el medio ambiente y

coherente con las necesidades de las personas, por lo que representa una

oportunidad de mejora social; por otro lado, el crecimiento es un fenómeno que

ataca a las ciudades con potencial turístico y cuando no se controla el aumento

desmedido de población e infraestructura puede provocar algunos conflictos. Si se

realiza una planeación eficiente es posible conseguir el desarrollo de una zona

turística.

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2. Antecedentes: Iniciativas internacionales orientadas al turismo

responsable

A consecuencia de las problemáticas generadas por el turismo, la comunidad

internacional ha mostrado interés en encausarla a un esquema más responsable.

Esto se refleja en la integración de iniciativas, conferencias y acuerdos, donde

diversos organismos e instituciones internacionales ponen de manifiesto la

necesidad de adoptar una serie de principios para hacer del turismo una actividad

sustentable. Entre los principales acuerdos y cumbres están la “Declaración de

Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” y “La Agenda XXI para la Industria

de los Viajes”, que formalizan la intensión de que el turismo sea dirigido a un

desarrollo ambientalmente sostenible; no obstante, las dudas sobre los requisitos

que debía cumplir esta actividad para ser considerada como sustentable son

retomadas en la “Declaración de Lanzarote”, que genera la Carta del Turismo

Sostenible, en la que por primera vez se establecen sus principios y requisitos

(OMT, 1995). Éstos se retomarían en reuniones posteriores y servirían como base

para que los países miembros de la OMT propusieran el término de “turismo

sustentable”, mismo que describen como una forma de desarrollo ideal, en el cual

se minimicen sus impactos negativos (Wall y Mathienson, 2005; Butler, 1991;

Nelson et al., 1993; Inskeep, 1991; Citruella, 1997). Cuatro años más tarde, en la

Carta Internacional sobre el Turismo Cultural (ICOMOS, 1999) el diálogo se

centraría en dos temas: 1) La necesidad de reforzar los niveles de uso aceptables

requeridos a los destinos turísticos, y 2) El fomento del turismo cultural, como un

mecanismo que contribuya a la protección del patrimonio natural y cultural.

Posteriormente, en el año 2001 se retomarían los principios del turismo y se

publicaría un Código Ético Mundial, que tiene como finalidad elaborar un marco de

referencia para el desarrollo responsable y sostenible y establecer reglas del juego

para los destinos, los gobiernos, los tours operadores, los promotores, los agentes

de viajes, los empleados y los propios viajeros (ONU y OMT, 2001). En el año

2002, la “Declaración de Quebec sobre el Ecoturismo” creó un foro para: 1)

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Reconocer los nexos del ecoturismo con el turismo sostenible; 2) Resaltar la

importancia de la planificación participativa; 3) Incorporar en las políticas el

respeto a los derechos de la Madre Tierra y de propiedad, la soberanía y cultural

de las comunidades indígenas y locales, y 4) Fomentar el uso de energías

renovables (ONU-PNUMA, 2002).

2.1. Turismo sustentable

La Organización Mundial del Turismo (OMT) sostiene la siguiente definición del

turismo sustentable:

El desarrollo del turismo sustentable responde a las necesidades, y al mismo

tiempo, a las oportunidades para el futuro desarrollo. Se le está concibiendo

como un manejo integral de todos los recursos, de manera que las

necesidades económicas, sociales y estéticas puedan satisfacerse, junto con

la conservación de la integridad de las regiones receptoras de turismo,

protegiendo y mejorando procesos esenciales ecológicos, diversidad biológica

y sistemas de soporte a la vida.

Por su parte, la FNNPE lo define como:

Todas las formas de desarrollo, manejo y actividad turística que mantengan la

integridad medioambiental, social y económica y bienestar de los recursos

naturales, creados y culturales a perpetuidad (FNNPE, 1993).

Según la SECTUR, en su documento Turismo alternativo, una nueva forma

de hacer turismo (2004), los principios del desarrollo turístico sustentable son los

siguientes:

• Proporcionar experiencias de la más alta calidad a los turistas, ya que las

necesidades actuales de los visitantes cada vez son más exigentes y

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requieren de un trato personalizado con servicios altamente calificados que

se conjunten en un medio ambiente y atractivos turísticos óptimos.

• Promover el desarrollo de la riqueza natural y cultural de cada región,

cuidando así los atractivos y la identidad propia, de manera que éstos

puedan contribuir al patrimonio nacional, y continuar siendo al mismo

tiempo un enclave turístico.

• Difundir las ventajas y oportunidades que la actividad turística brinda a la

economía y al ambiente, ya que con un buen manejo de ésta, se pueden

percibir ingresos significativos, los cuales serían de gran ayuda para

mantener y mejorar la prosperidad del país, aplicándolos a la conservación

de los recursos naturales.

• Mejorar el nivel de vida de las comunidades receptoras, creando fuentes de

trabajo y oportunidades de crecimiento a la población, y contribuyendo al

desarrollo de servicios paralelos que se conjunten para ofrecer una mejor

atención al turista.

En años recientes ha incrementado el número de personas que buscan

alternativas al turismo tradicional o de masas, sol y playa, es decir, el turista busca

experiencias únicas, diferentes, variadas y que tengan en la mayoría de los casos

estrecha relación con el lugar que visitan. Por ejemplo, una cadena hotelera que

abre sus puertas en 3 países distintos tiene el mismo esquema de operación en

cada uno de estos países: infraestructura similar en cada uno de sus hoteles,

mismo uniforme para sus empleados, mismo menú en su restaurant, etcétera. La

tendencia actual que mencionamos muestra a un turista que está dispuesto a

viajar para conocer cosas relacionadas con el lugar que visita, por su

característica única en relación con cualquier otro lugar: su fauna endémica, una

formación rocosa única, su cultura particular, la interacción con los lugareños, sus

tradiciones, por mencionar sólo algunas.

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Imagen 2. El turismo y su relación con el entorno

Fuente: Introducción al turismo comunitario, SEMARNAT, 2003.

Las economías del mundo ven en el turismo sustentable una oportunidad

para lograr acercarse al desarrollo sustentable, esto mediante políticas que

impulsen y promuevan actividades turísticas que sean compatibles con un modelo

sustentable, lo cual supone un trabajo de proporciones muy grandes, pues se

debe generar una vinculación entre autoridades, empresarios turísticos, políticas

relacionadas al turismo, con todas las dependencias de gobierno involucradas,

pobladores locales dueños de tierra, residentes, sociedad en general y

herramientas de difusión. Si se logra coordinar bien todo lo anterior, se

comenzarán a ver resultados en cuanto a actividades turísticas sustentables,

generando ingresos para todos. Por consiguiente, es importante impulsar un

turismo “ambientalmente responsable, que consista en viajar o visitar áreas

naturales relativamente sin perturbar, con el fin de disfrutar, apreciar y estudiar los

atractivos naturales —paisaje, fauna y flora silvestre—, así como cualquier

manifestación cultural —del presente y del pasado— que pueda encontrarse ahí,

mediante un proceso que promueve la conservación, tiene bajo impacto ambiental

y cultural, y propicia un involucramiento activo y socioeconómicamente benéfico

de las poblaciones locales” (Ceballos-Lascuráin, 1998, en Introducción al turismo

comunitario, SEMARNAT, 2003)

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3. Vinculación de una EIA con el desarrollo sustentable

La EIA es un paso importante en la legislación mexicana hacia un mejor control de

empresas y su relación con el entorno, las cuales pueden alcanzar un mejor índice

productivo mediante el mejoramiento técnico de sus procesos; es decir, que logren

una mayor eficiencia en cuanto al desarrollo de sus productos, servicios, consumo

de insumos y materias primas. Con esto pueden obtener un beneficio publicitario,

principalmente al lograr certificaciones ambientales, u otros beneficios, como la

aceptación de la sociedad dentro de la cual se desenvuelven. Entonces, ¿alcanza

o no el concepto de desarrollo sustentable aquella empresa que es evaluada

ambientalmente? Eso es algo que puede quedar sujeto a interpretaciones

personales, pero si lo analizamos con una visión integral nos daremos cuenta de

qué hace falta para lograrlo.

3.1. EIA y su contribución al desarrollo sustentable del turismo

La actividad turística sustentable es de suma importancia para todos los

gobiernos. En BCS la EIA va dirigida principalmente a este sector, debido a que

carecemos de industria en relación con el resto de los estados. La EIA ayuda en

gran medida a obtener un desarrollo turístico sustentable. La vocación natural del

estado es turística, debido a su belleza natural, dificultad para construir industrias,

escasez de materias primas, agua, etcétera. Pero el turismo puede también

perjudicar dejando un margen muy estrecho de beneficio y una lista grande de

problemas. La EIA para el desarrollo sustentable turístico de nuestro estado

debería ser de carácter obligatorio para cualquier actividad relacionada con este

sector y significar una oportunidad de proyección para empresas y micro

empresas turísticas, apegándose siempre a los principios de desarrollo

sustentable. De esta forma, alcanzaría un desarrollo a través de un turismo activo,

participativo, congruente con el medio ambiente, y no en un trámite burocrático

más.

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4. Conclusión

Personalmente creo que la EIA en nuestro país contribuye al proceso de obtención

de un desarrollo sustentable, aún a pesar de que no es realmente la mejor

herramienta para lograrlo. Se puede llegar a creer que sólo se necesita la

evaluación, sin tener en cuenta qué hacer una vez evaluado el impacto. No se

trata sólo de cumplir con un trámite administrativo, sino de respetar el resultado,

pues muchos proyectos, una vez evaluados, siguen haciendo modificaciones sin

volver a revisar o evaluar. Es decir, debemos tomar en cuenta todos los

señalamientos que arroje una EIA si queremos alcanzar un desarrollo pleno, pues

es una herramienta de mejoramiento y no sólo una vía para obtener una

autorización, por medio de la cual se pueden incrementar ingresos, generar más

empleos, ser responsables con el entorno y permear en la población de manera

positiva. Sólo de esta forma los proyectos generados en BCS aportarán un

desarrollo y no se les colgará la etiqueta de consumistas.

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Segunda parte Resumen del contenido de los módulos

1. Módulo I. Introducción al curso y definición de la evaluación de impacto

ambiental

Mediante este módulo se expone un panorama general de lo que es una

evaluación de impacto ambiental (EIA), además de la metodología empleada para

su realización y las funciones que cumple, tanto en las estrategias

gubernamentales, como en su normatividad; asimismo, se destaca su importancia

como actividad para varios países que buscan tener en su política un desarrollo

ordenado, llámese sustentable o no, así como algunas de las problemáticas que

presentan las EIA y el medio en el cual y por el cual se desarrollan.

También se presentan algunas estrategias prácticas para facilitar los

trámites burocráticos que implican las leyes y normas ambientales mexicanas,

mostrando las características gubernamentales particulares de nuestro estado.

1.1. Actividad introductoria

A manera de introducción, en este primer módulo se realizó una actividad por

equipo llamada: “Mi relación con el entorno”, la cual consistió en repartir algunas

tarjetas con imágenes de juguetes típicos mexicanos entre los equipos

previamente formados. Las instrucciones a seguir fueron describir el objeto con

una visión que tomara en cuenta los siguientes aspectos:

A. Política económica.

B. Social.

C. Cultural.

D. Ambiental.

La imagen utilizada por parte de nuestro equipo fue la de una matatena y la

aportación fue la siguiente:

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a) Político-económico:

Su producción tuvo cierto auge durante algún tiempo, aunque en la

actualidad dicha producción ha disminuido.

El juego no representaba una actividad económica en un principio, puesto

que se utilizaban materiales como piedras y hojas para jugarlo.

Instrumento utilizado políticamente tal vez para rescatar algún aspecto

socio-cultural, quizá como estrategia política.

b) Social:

El juguete te permite madurar por medio de la interacción social entre

compañeros de juego (desarrollo cognitivo).

El juego es conocido o utilizado de mayor forma entre los sectores más

vulnerables de la población mexicana.

c) Cultural:

Es una tradición mexicana que no se pierde y tal vez no se perderá; incluso,

este juguete se puede encontrar en los libros o, como en este caso, en un

diplomado.

d) Ambiental:

Pierde su esencia amigable con el medio ambiente en su versión moderna.

Genera un impacto al medio, en mayor o menor medida, una vez que se

utiliza o comienza a convertirse en una actividad económica importante.

Posteriormente, se planteó al grupo la interrogante: ¿cuál fue el objetivo de

la actividad? La participación de los integrantes del diplomado de manera

resumida, así como algunos de los logros obtenidos, fueron:

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Conocernos y trabajar en equipo.

Analizar los aspectos que se relacionan directamente con la evaluación de

impacto ambiental.

Estos valores son los componentes del desarrollo sustentable y los

componentes de una evaluación de impacto ambiental.

Constatar que todos los elementos se encuentran interconectados.

Observar cómo es que todo está interconectado entre sí, es decir, que lo

que cada uno hace tarde o temprano afecta o impacta positiva o

negativamente a todos.

El análisis logrado fue interdisciplinario debido a los perfiles de las personas

que conformaron el diplomado.

Por medio de esta actividad se planteó analizar la estructura del desarrollo

sustentable y, en parte, la de una evaluación de impacto ambiental, de una

manera muy dinámica y cooperativa.

1.2. Conceptos generales

Los conceptos generales lograron ampliar la idea acerca de los temas a tomar en

cuenta dentro del diplomado, mismos que fueron utilizados a lo largo de todo el

curso. Algunos de ellos generaron un debate o cierto tipo de extensiones en la

terminología o manera de utilizarlos, para fines prácticos, de manera concreta. Los

conceptos, en orden cronológico, fueron los siguientes:

Medio ambiente. Es un sistema formado por elementos naturales y

artificiales que están interrelacionados y que son modificados por la acción

humana. Los seres vivos, el suelo, el agua, el aire, los bienes fabricados

por el hombre y algunos elementos como las tradiciones componen el

medio ambiente.

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La huella ecológica. Es la superficie necesaria –tanto terrestre como

marina– para producir los alimentos y las otras materias primas que

requerimos, así como para absorber desechos y generar la energía que

consumimos.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente

(LGEEPA) define, en materia de sustentabilidad, lo siguiente:

XI.- Desarrollo Sustentable. El proceso evaluable mediante criterios e

indicadores del carácter ambiental, económico y social, que tiende a mejorar la

calidad de vida y la productividad de las personas; que se funda en medidas

apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y

aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la

satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

III.- Aprovechamiento sustentable. La utilización de los recursos naturales en

forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los

ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos.

Evaluación de impacto ambiental. Es el procedimiento a través del cual la

Secretaría establece las condiciones a las que se sujetará la realización de obras

y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y

condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el

ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al

mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente LGEEPA.

Impacto ambiental. Se define como la modificación del ambiente ocasionada por

la acción del hombre o de la naturaleza. No excluye las alteraciones naturales

ocasionadas por fenómenos naturales.

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Gestión Ambiental. Se define como un conjunto de acciones encaminadas a

lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la

conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente, basándose en

información multidisciplinaria y en la participación de los ciudadanos, siempre que

sea posible (Domingo Gómez Orea, 1999).

1.3. Origen de la EIA como instrumento de política ambiental

El origen de la evaluación de impacto ambiental se forja por la relación del hombre

con el medio ambiente, principalmente con el crecimiento poblacional y el impacto

generado a través de los años.

En el mundo antiguo existía una correspondencia más estrecha con el

medio ambiente, un sentimiento de pertenencia hacia y con la naturaleza, y las

personas se servían de ella sin alterarla sustancialmente.

Sin embargo, en el mundo moderno vemos al medio ambiente como un

objeto que podemos explotar y utilizar, a través del cual obtenemos una

satisfacción personal mediante los recursos naturales.

Ambas relaciones se podrían resumir de la siguiente forma:

Mundo antiguo sujeto-sujeto.

Mundo moderno sujeto-objeto.

Antes del comienzo de la agricultura, el hombre tenía hábitos de cazador-

recolector, aunque su número poblacional no representaba un impacto notorio

para el planeta. A partir de que se empezaron a desarrollar más las actividades

agrícolas y, por ende, la tala de bosques, el ser humano comenzó a modificar el

medio ambiente, pero este recurso seguía siendo para sobrevivir, no para generar

ganancias económicas.

Ya con la llegada de la revolución industrial en el siglo XIX se marca un

punto crítico en la utilización de los recursos naturales, pues las máquinas, los

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avances científicos y tecnológicos a gran escala ocasionaron un gran cambio.

Destacan:

• La invención de la máquina de vapor.

• La electricidad.

• Diversas industrias químicas.

• La explotación de carbón, que se multiplicó 46 veces.

• Uso del petróleo (mediados del siglo).

Crecimiento poblacional vs medio ambiente

El crecimiento poblacional genera un gran incremento en el consumo de bienes y

servicios, además de que aumenta la generación de residuos y contaminantes.

Por otra parte, la población mundial es altamente consumista, ya que adquiere

más de lo que necesita. Este fenómeno es más notorio en países desarrollados,

como en los Estados Unidos de América.

En la actualidad, una de las formas de pensar es que “entre más tengo,

más deseo”. Sin embargo, este estilo de vida nos lleva a que utilicemos más

recursos y desechemos más residuos por persona; subsecuentemente, y tomando

en cuenta que la población mundial sigue en aumento día a día, se presenta un

modelo de vida insostenible.

Toda actividad humana afecta de alguna u otra forma al entorno; el hecho

de estar parados en algún lugar natural tiene un impacto directo o indirecto. Desde

un punto de vista económico, no podemos dejar de realizar nuestras actividades,

es decir que aunque las políticas gubernamentales fueran exclusivamente

sustentadas en un enfoque ambiental, al dejar de lado las actividades económicas

se originaría otro grave problema: no habría manera de alimentar a la población.

La reducción del daño ambiental global puede venir mediante el desarrollo

de una sociedad menos consumista y derrochadora, que aproveche y administre

los recursos con más eficacia. Buscando mecanismos que afecten lo menos

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posible al medio ambiente, sin deteriorarlo, y así realizar actividades económicas

que permitan la regeneración y reutilización de los recursos naturales.

Para ello, se requieren hacer ciertas modificaciones en nuestro sistema

económico, en todos sus aspectos sociales y naturales, así como aprovechar los

recursos con más eficacia. El sistema económico actual se basa en:

• La máxima producción y el beneficio.

• El consumo.

• La explotación ilimitada de recursos.

Este modelo es insostenible como ya se había mencionado, debido al límite

en la generación de productos que naturalmente existen, y aunque la gente tiende

a pensar lo contrario, nuestro planeta, como muchas otras cosas, tiene un término.

Así, podemos resumir el crecimiento económico vs el desarrollo económico

de la siguiente manera:

El desarrollo tiene un orden.

El crecimiento es cuantitativo, desarrollo igual a cualitativo + cuantitativo.

El crecimiento es un elemento, el PIB el aumento en el producto interno

bruto.

Variables cualitativas y cuantitativas se encuentran en el desarrollo

económico.

De esta manera, el equilibrio se encuentra en el desarrollo económico y no

en el crecimiento económico. Lamentablemente, lo que generalmente vemos

alrededor es un crecimiento sin orden y desmedido, es decir, sin desarrollo.

Es por todo lo anterior que comenzamos a generar variables que son

necesarias para tales fines, entre ellas el desarrollo sustentable.

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A continuación, se presenta una actividad que se realizó dentro del curso

especial, la cual se desarrolló de la siguiente manera.

1.4. Actividad del reloj

Se presentaron diversas imágenes en toda el aula, pegadas en la pared. Dichas

imágenes debían estar relacionadas con algunos conceptos previamente

repartidos entre los equipos. Un integrante debía explicar el porqué relacionó el

concepto con dicha imagen. Las siguientes son las aportaciones de todos los

equipos que participaron en la actividad:

Primera imagen. Una deforestación y una donde no existe un impacto muy

grave; se ven los tipos de situaciones que generan problemas en los

mantos friáticos salinos que no se pueden utilizar. El bosque tiene muchos

servicios ambientales.

Segunda imagen. Un basurero clandestino relacionado con la

contaminación atmosférica y del subsuelo.

Tercera imagen. Imagen de contaminación de aguas y contaminación del

aire, las cuales afectan la concepción del país y la de sus habitantes,

además de que ahuyentan al turismo (imposible dejar de hacer actividad

económica, sin embargo, se pueden reducir los impactos ambientales).

Cuarta imagen. Imagen del primer mundo consumiendo más con menos

personas, del incremento del consumo de energía, y de un globo que se

está sumergiendo en petróleo. El 20% de la población consume 8% de la

energía debido a sus hábitos consumistas, los cuales afectan a otros

ecosistemas.

Quinta imagen. Imagen de Estados Unidos. Una actividad de emisión de

carbono se relaciona con que USA produce más del 20% de bióxido de

carbono.

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Sexta imagen. La gente acaparando el mundo, donde se ve que el

aumento poblacional genera impactos sobre el medio ambiente.

Séptima imagen. Imagen de los humedales. La leyenda dice que la mitad

de los humedales del mundo ha desaparecido tan sólo en el último siglo.

Octava imagen. Peces. Se relaciona con la leyenda que dice que las

especies comerciales de peces está sobreexplotada o ha llegado a su

máximo sostenible.

Novena imagen. Plantas y animales, donde se lee que en México 2,583

especies están consideradas dentro de una categoría de riesgo.

Décima imagen. Obras de infraestructura. La leyenda dice que cerca del

60% de los sistemas fluviales del mundo están fragmentados.

Onceava imagen. Actividades ganaderas y agrícolas, inundaciones,

deforestación por incendios. Las actividades primarias del ser humano son

de las más importantes del medio ambiente.

Doceava imagen. Sobre la huella ecológica. Menciona que en nuestro país

la huella ecológica es muy grande y su capacidad esta sobrepasada.

1.4.1. Objetivo y relación de la actividad del reloj con nuestro curso

Esta actividad intenta establecer que las imágenes presentadas se encuentran

relacionadas unas con otras, es decir, representan el entorno (todo) y como éste

se encuentra ligado entre sus componentes.

Para lograr equilibrio en nuestro entorno, con base en el concepto de

desarrollo y no en el de crecimiento, se crean instrumentos como las MIA y EIA. A

continuación se presentan los antecedentes y objetivos de dicha evaluación, como

instrumento de política ambiental.

Antecedentes:

La EIA Inicia como una consecuencia de las limitaciones que presentaban las

técnicas de evaluación, modifica la forma tradicional de realizar la evaluación de

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proyectos regionales, contemplando la factibilidad, técnica, jurisdicción y viabilidad

financiera, donde los aspectos sociales y ambientales no forman parte medular de

la evaluación.

Para que este cambio se diera, también influyeron los movimientos

ambientalistas y la reunión mundial de 1972, donde algunos países plantearon la

necesidad de incorporar la dimensión ambiental al marco jurídico. Desde

entonces, países como Inglaterra (1971), Canadá (1973), Colombia (1974) y

Alemania (1975) empiezan a incorporar con validez legal este instrumento.

En el caso de México, los inicios de la EIA se registran en 1988, año en el

que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la LGEEPA; su reglamento

precisa que obras o actividades deben contar con la autorización en la materia

antes de su ejecución. También en 1988 se dieron a conocer los instructivos para

elaborar los informes preventivos, así como las manifestaciones de impacto

ambiental en sus modalidades general, intermedia y específica. De este modo, no

sólo se aclaró qué proyectos tenían que someterse al procedimiento de evaluación

del impacto ambiental, sino que también se indicó en forma clara y precisa la

información que se debía presentar para el proceso de evaluación.

Objetivos:

• Identificar los daños ambientales generados por actividades específicas.

• Predecir los impactos y repercusiones futuras sobre el medio ambiente y la

salud humana.

• Interpretar cada uno de los efectos y medidas de evaluación y mitigación

de daños ambiéntales.

• Evaluar daños contra los beneficios.

• Prevenir las consecuencias o efectos ambientales que determinadas

acciones, planes, programas o proyectos pueden causar a la salud, al

bienestar humano y al entorno; lo anterior, a través de estudios que tratan

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de evaluar las consecuencias de una acción, para ver la calidad ambiental

que habría con o sin dicha acción.

• Prever el desarrollo y no reaccionar ante él, tomando en cuenta los

desarrollos complejos y de gran magnitud que presentan efectos

significativos de carácter estratégico.

• Tratar con acciones que comparten asuntos interdepartamentales, los

cuales rebasan límites administrativos de instituciones, de tal forma que sea

necesario integrar una evaluación interdisciplinaria e interinstitucional.

• Plantear verdaderas alternativas antes de tomar decisiones.

• Establecer una escala de tiempo que permita desarrollar propuestas

adecuadas y no apresuradas.

• Consolidar la EIA como medio para la instrumentación de la

sustentabilidad.

• Ser un enfoque que busque se tomen en cuenta las consideraciones

ambientales en cualquier nivel de toma de decisiones.

• Determinar qué desequilibrios ecológicos causaría su desarrollo y

prever si rebasaría o no los límites impuestos por la normatividad ambiental

vigente.

• Ser un instrumento que incremente la conciencia sobre daños

ambientales (no considerar que las medidas de mitigación se vean como

alternativas).

Cabe señalar que en materia de evaluación se sigue evolucionando, con el

paso de los años. Existen aún muchas fallas en los estudios de impacto ambiental

que se realizan actualmente, pero también sobresalen estudios muy buenos que

profundizan y se vuelven relevantes para seguir avanzando en la materia.

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1.5. Naturaleza y propósitos de la EIA

En el siguiente apartado se presenta una actividad grupal conocida como “La

suma de todas las partes”, donde cada equipo se enfrentó a la siguiente situación:

se contaban con 20 millones de pesos y un terreno frente al mar de

aproximadamente una hectárea. Cada equipo debía realizar un proyecto a

grandes rasgos con las únicas dos variables que se otorgaron, y no existían

restricciones de giro o de ningún otro tipo. Se dio el tiempo suficiente a los equipos

para pensar en su proyecto y exprésalo por medio de un dibujo; al final, el ponente

del módulo recogió todos los proyectos.

Posteriormente, los dibujos se extendieron al lado de una línea imaginaria

que representaba el mar, con una corriente en una sola dirección; los miembros de

los equipos fueron explicando uno a uno sus proyectos, y al final de cada

explicación se realizaba la siguiente pregunta a todo el grupo: ¿cuál creen que fue

el impacto ambiental alto, mediano o bajo y por qué?

Una vez concluido este proceso, se le otorgaban a un equipo botes o

alguna otra cosa de desecho que representara su impacto ambiental. A medida

que los equipos terminaron de exponer, toda basura o representaciones de

impacto pasaron a manos de los últimos equipos.

1.5.1. Objetivos de la actividad

Al momento de evaluar a los equipos y a sus proyectos, los argumentos se

apoyaron en algunos componentes del desarrollo sustentable. La suma de todas

las partes explica que también existe un impacto acumulativo que viaja de

proyecto a proyecto y muchas veces no se toma en cuenta.

Como sabemos, toda actividad económica conlleva cierto impacto

ambiental. Las evaluaciones que se encargan de medirlo debe tomar en cuenta

muchas variables y a veces algunas de éstas se pasan por alto, no

necesariamente por negligencia, sino porque en ocasiones las evaluaciones mejor

intencionadas pueden presentar fallas u omisiones.

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El propósito de una evaluación de este tipo es, entonces, medir no sólo los

daños que causará un proyecto, sino medir también los daños acumulativos.

1.5.2. Instrumentos de evaluación

Los principales instrumentos de política ambiental en México se encuentran en el

siguiente listado:

Ordenamiento Ecológico del Territorio

Instrumentos Económicos

Regulación Ambiental de los Asentamientos Humanos

Evaluación del Impacto Ambiental

Estudios de Riesgo

Auditoría Ambiental

Educación Ambiental

Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental

Autorregulación y Auditorías Ambientales

Investigación y Educación Ecológicas

Áreas Naturales Protegidas

De acuerdo a su naturaleza, cada uno de los instrumentos se puede

agrupar en dos grandes grupos de política:

Políticas de regulación directa:

Fijación de límites de emisión de contaminantes

Condiciones mínimas de protección ambiental

Evaluación de impacto ambiental

Estudios de riego

Normas Oficiales Mexicanas

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Debemos entender que no se puede hacer nada sin un respaldo jurídico, lo

cual compete también a las evaluaciones de impacto ambiental. Estas políticas

son obligatorias y se debe cumplir con ellas conforme están establecidas en la ley.

Políticas negociadas o de autorregulación

Son acuerdos que se hacen entre el gobierno y el sector privado, donde entran,

por ejemplo, las auditorías ambientales, no son obligación directa de ninguna

empresa, pero pueden representar un cierto beneficio para una agrupación, ya

que el mercado muchas veces prefiere compañías ambientalmente responsables.

Existen empresas que compiten a nivel internacional para tener

reconocimientos o certificaciones que den un plus ambiental, aunque no todas las

empresas las utilizan porque para algunas esto representa un beneficio económico

y para otras no.

1.6. Tipología y clasificación de la EIA

La legislación mexicana nos habla sobre la clasificación y tipos de EIA en los

siguientes artículos:

Artículo 31.- La realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I a XII del artículo 28 requerirán la presentación de un informe preventivo y no una manifestación de impacto ambiental, cuando:

I.- Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades. II.- Las obras o actividades de que se trate estén expresamente previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la Secretaría en los términos del artículo siguiente. III.- Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos de la presente sección.

En los casos anteriores, la Secretaría, una vez analizado el informe

preventivo, determinará, en un plazo no mayor de veinte días, si se requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental en alguna de las modalidades previstas en el reglamento de la presente Ley, o si se está en alguno de los supuestos señalados.

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La Secretaría publicará en su Gaceta Ecológica el listado de los informes preventivos que le sean presentados en los términos de este artículo, los cuales estarán a disposición del público.

La ley lo expresa bastante claro, sin embargo, la recomendación del ponente, así como de muchos de los participantes que por su puesto laboral les permite emitir opiniones o prácticas desligadas de la teoría, nos indican que lo más sencillo es acercarse a las autoridades con un borrador del proyecto en cuestión y, dadas sus características, la misma autoridad puede ofrecer una orientación para saber si dicho proyecto requiere de una MIA o sólo de un informe preventivo.

Las manifestaciones de impacto ambiental tienen dos modalidades: la particular y la regional. Cabe señalar que la MIA es un documento mucho más detallado que un informe preventivo, y la ley establece las actividades que por sus características debe presentar.

Según el reglamento de la LGEEPA, en sus artículos 11 ,12 y 13 se establecen las características de las manifestaciones de impacto ambiental en su carácter particular y regional.

Artículo 11.- Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de:

I.- Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas. II.- Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento. III.- Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada. IV.- Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.

Artículo 12.- La manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, deberá contener la siguiente Información:

I.- Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental. II.- Descripción del proyecto. III.- Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo.

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IV.- Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto. V.- Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales. VI.- Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales. VII.- Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas. VIII.- Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

Artículo 13.- La manifestación de impacto ambiental, en su modalidad regional, deberá contener la siguiente información:

I.- Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental. II.- Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los programas o planes parciales de desarrollo. III.- Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos aplicables. IV.- Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y deterioro de la región. V.- Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional. VI.- Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional. VII.- Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas. VIII.- Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental.

Las personas que se han enfrentado a esta clasificación para la

presentación de una MIA, regional y particular, mencionan que son muy parecidas,

sólo cambia la cantidad de información presentada debido a la extensión territorial

del proyecto.

1.7. La realización de una EIA

Lo primero que debe tenerse en cuenta es que no se puede hacer nada sin un

respaldo jurídico, lo cual compete también a una evaluación de impacto ambiental.

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La mayoría de los instrumentos de evaluación son estudios que se deben realizar

para llevar a cabo una actividad económica; dicho esto, sabemos que de alguna

manera tendrán un impacto, puesto que no existe actividad humana que no lo

genere en el medio ambiente, en menor o mayor escala.

1.7.1. Acerca del contenido de una MIA

Existen guías online que proporciona la SEMARNAT. Las guías que existen son

principalmente del sector turístico, y, aunque lamentablemente son muy pocas,

éstas son gratuitas. Sobre el contenido de una MIA se profundizara más adelante.

1.7.2. Costos de una MIA

Por la recepción, evaluación y otorgamiento de la resolución de la MIA, en su

modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la Tabla 3 y la

clasificación de la Tabla 4, encontramos lo siguiente:

Tabla 1. Criterios ambientales con valores Para calcular el monto de pago

Fuente: material proporcionado en el módulo 1.

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Tabla 2. Resultado de pago según el número obtenido en la tabla anterior

Fuente: material proporcionado en el módulo 1.

Concepto de pago por clasificación de las tablas

a)................................................................................. $30,547.68

b)................................................................................. $61,094.26

c)...................................................................................$91,640.83

Fuente: material proporcionado en el módulo 1.

Analizando las dos tablas anteriores, junto con la clasificación de costos a),

b), y c), se registra el rango en el que se sitúa el proyecto realizado en la actividad

por equipo. En la siguiente tabla se observan las respuestas de nuestro proyecto a

los diferentes criterios ambientales:

Tabla 3. Ejemplo de obtención del resultado

Número Respuesta Valor

1 Sí 3

2 No 1

3 No 1

4 Sí 3

5 No 1

6 No 1

7 No 1

8 No 1

9 Una actividad 1

10 Hasta 10 hectáreas 1

Total 15

Fuente: material desarrollado en el módulo I.

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El proyecto de ejemplo se encuentra situado en la clasificación a), que es

mínimo; si el proyecto se encuentra situado en medio de dos clasificaciones, vale

la pena revisar y analizarlo, lo que puede representar un ahorro muy significativo;

sin embargo, si el proyecto está muy pasado en su rango, se puede decir que no

es necesario volver a realizarlo.

Algunos de los tópicos que se plantean como criterios ambientales pueden

causar cierta confusión, específicamente el punto número 3, que está sujeto

muchas veces a la crítica por parte de las personas que han necesitado llevar a

cabo una manifestación de impacto ambiental.

1.8. Conclusión

Considerando lo anterior, para llevar a cabo una MIA y, posteriormente, una EIA,

se debe realizar un complejo procedimiento. La legislación mexicana precisa de

algunos requisitos que requieren ser cumplidos, uno de ellos (el que más aqueja a

los inversionistas) es sin duda el costo horas-hombre y el otro el de la logística que

una MIA representa para algún proyecto.

La evaluación representa un procedimiento positivo para lograr un cambio

de actitud y generar una postura en favor de la naturaleza. Aunque habría que

reflexionar sobre si una EIA responde más a la obtención de ingresos monetarios

que al cuidado del medio ambiente.

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2. Módulo II. Marco normativo en materia de EIA

En el siguiente módulo se desplegó ante los participantes un panorama bastante

amplio, enmarcando los aspectos legales que una EIA conlleva, además de que

se expuso de manera clara el concepto de derecho. Cabe destacar que muchas

de las opiniones de carácter ambiental no fueron tomadas en cuenta dentro de

este módulo, lo cual es, hasta cierto punto, entendible, ya que el derecho se hace

valer por medio de leyes que se establecen de forma objetiva, sin considerar

aspectos sentimentales, como en este caso particular, hacia la naturaleza. Todas

las partes involucradas en una EIA (defensor, acusado, promovente, gobierno,

etcétera) tienen las mismas posibilidades de triunfar en una licitación.

Así, a lo largo del módulo constatamos que el perfil de cada integrante del

diplomado aporta tanto al enriquecimiento del mismo. La parte ambientalista

puede establecer una defensa del entorno tomando en cuenta únicamente los

aspectos que le atañen, mismos que, quizá, no tengan la misma trascendencia

para un análisis elaborado desde normas jurídicas que se sustenten en el

derecho, lo cual no quiere decir que este último le reste importancia al entorno

ecológico, sino que sus principios deben ser más amplios y, como ya se

mencionó, objetivos.

2.1. Bases legales de EIA en México

Primeras legislaciones federales en materia ambiental:

• La primera ley de carácter ambiental en nuestro país fue la Ley Federal

para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental, publicada en 1971,

cuya administración estaba a cargo de la Secretaría de Salubridad y

Asistencia.

• Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica,

originada por la emisión de humos y polvos (8 de septiembre de 1971).

• Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación de Aguas.

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• Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por

Vertimientos de Desechos y Otras Materias.

• Reforma constitucional de 1971.

• Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental de 1972.

• Reforma constitucional de 1982.

• Ley Federal de Protección al Ambiente de 1982.

• Reformas constitucionales en materia ambiental de 1987.

• LGEEPA de 1988.

• Legislaciones estatales en materia ambiental.

Las primeras legislaciones mexicanas en materia ambiental fueron

enfocadas, principalmente, hacia la preocupación que existía en años anteriores,

sobre todo en el D.F y el área metropolitana, en materia de salud. Debido a ello, la

Secretaría de Salubridad y Asistencia inicia con actos en materia ambiental, en

sus inicios, con un enfoque atmosférico.

En 1988 se implementa la LGEEPA, fecha en que todas estas secretarías

dejan de cubrir su función en competencia ambiental, responsabilidad asumida por

la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE). Ésta, una vez en

operaciones, comienza los procesos de revisión de todas las empresas que

generan contaminación. De esta forma, las empresas construidas a partir de 1988

son evaluadas y reguladas; sin embargo, las empresas que se establecieron antes

de este año no tienen por qué ser reguladas. Por citar sólo un ejemplo:

supongamos que un proyecto inicia actividades de desmonte en 1986 para el

establecimiento de una empresa y en 1988 suspende actividades, aunque el

proyecto opera desde la primera fecha. Si desea reiniciar sus actividades, éstas

deberán ser reguladas; las posteriores, no.

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2.2. Principios de política ambiental definidos por el derecho internacional

• Derecho a un medio ambiente sano.

• Derecho de conservar el ambiente.

• Derecho a la información y participación pública.

• Deber de utilizar la educación e investigación como instrumento de política

ambiental.

• Principio de planeación en la formulación de la política ambiental.

• Principio de desarrollo sustentable.

• Principio de prevención del daño ambiental.

• Principio de reparación del daño.

• El que contamina paga.

• Reconocimiento de los derechos de las minorías.

• Principio de precaución.

Los anteriores son derechos que, como ciudadano, sólo por ser mexicano

de nacimiento debemos tener.

Fuentes del derecho ambiental

• Los tratados Internacionales y los principios generales del derecho

ambiental. De la lista proporcionada sobre los principales antecedentes en

acuerdos internacionales, destacan dos: el Convenio de Londres (03-08-75)

sobre la prevención de la contaminación de desechos y otras materias, y el

Convenio de la Región del Gran Mar Caribe (24-03-83) para la protección y

desarrollo del medio marino en esta región. La mayoría de estos acuerdos y

declaratorias en materia ambiental, incluso en nuestros días, a veces sólo

son “letra muerta”, ya que en la práctica simplemente no son aplicados.

Éstos fueron antecedentes para llegar finalmente a la LGEEPA.

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• La Constitución Política. Los artículos de la Constitución que tienen

competencia o características ambientales son los siguientes:

Art. 4°.- Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado

para el desarrollo y bienestar. Este artículo se encuentra ligado con

el primer principio de política ambiental en el derecho internacional.

Art. 25°.- Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional

para garantizar que éste sea integral y sustentable […]. Bajo criterios

de equidad social y productividad se apoyarán e impulsarán a las

empresas de los sectores social y privado de la economía,

sujetándose a las modalidades que dicte el interés público y al uso

en beneficio general de los recursos productivos, cuidando su

conservación y el medio ambiente.

Art. 27°.- La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a

la propiedad privada las modalidades que dicten el interés público,

así como el de regular elementos naturales susceptibles de

apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la

riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo

equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de

la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las

medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y

establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de

tierras, aguas y bosques a efecto de […] preservar y restaurar el

equilibrio ecológico […] y para evitar la destrucción de los elementos

naturales.

Art. 73°.- Se estableció la facultad del Congreso para expedir leyes

que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los

gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus

respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de

preservación y restauración del equilibrio ecológico.

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Al amparo de esta nueva disposición, la legislación ambiental dejó de ser

estrictamente federal y las legislaturas locales comenzaron a emitir sus

propias legislaciones ambientales en un proceso que transcurrió de 1988 a

1996. Desde este momento, y a la fecha, muchos municipios han emitido

acuerdos en materia ambiental.

La reforma de la Constitución dio origen a uno de los principales

problemas que actualmente enfrenta la gestión ambiental y que es

determinar en un caso concreto cuál es la ley aplicable y cuál es la

autoridad competente, por lo que ha sido frecuente que las autoridades

locales pretendan conocer de asuntos que son de carácter federal o bien

que la Federación se involucre en cuestiones que, según la LGEEPA,

fueron delegadas a la autoridad local.

Esta situación, que aún continúa en la actualidad, es un problema que

parece ser un común denominador de los distintos tipos de instituciones en

todo México; no existe comunicación entre dependencias gubernamentales

o es muy poca; las competencias que incumben a cada dependencia a

veces no quedan claras, incluso, se da el caso de que sea competencia de

dos o más instituciones. Sin embargo, se está trabajando sobre la

vinculación de autoridades, sobre todo las que corresponden al mismo ramo

o tienen compatibilidad en algún tema específico.

La Ley Ambiental

a) LGEEPA y sus reglamentos en materia de:

Ordenamiento Ecológico.

Evaluación del impacto ambiental.

Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera

Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

Áreas Naturales Protegidas.

Autorregulación y Auditorías Ambientales

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b) Legislaciones ambientales federales:

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley General de Vida Silvestre.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su

Reglamento.

Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y su

Reglamento.

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y su Reglamento (2007).

Ley General de Bienes Nacionales.

Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Ley Federal de Derechos.

c) Los Reglamentos y las Normas Oficiales Mexicanas:

Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por

Vertimiento de Desechos y Otras Materias.

Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías

Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados

al Mar.

Reglamento para la Protección del Ambiente Contra la Contaminación

Originada por la Emisión de Ruido.

Reglamento Interno de la SEMARNAT.

Normas Oficiales Mexicanas. Fundamentalmente, todas aquéllas que

existen en México (dos tipos básicos en la legislación mexicana): las

Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y las Normas Mexicanas (NMX).

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d) Jurisprudencia:

Después de 5 casos se vuelve una jurisprudencia.

e) Costumbres:

La ley habla de costumbres, es decir, alguna costumbre de una población

se puede convertir en ley, ley del hombre.

2.3. Consideraciones generales

A continuación, se presentan algunos conceptos básicos del derecho y del

derecho ambiental:

Derecho ambiental. Conjunto de normas jurídicas que regulan las

conductas humanas con el medio ambiente.

Derecho administrativo. Es la rama del derecho público que tiene por

objeto regular la actividad de la administración pública, encargada de

satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad.

Acto administrativo. Se define como el acto jurídico que realiza la

autoridad administrativa; proviene de la potestad que tiene la autoridad

administrativa en la ley, es decir, está sometido a principios de legalidad

conforme los cuales la autoridad administrativa solamente puede realizar

actos que la ley le autorice. La autoridad no se puede exceder en sus

funciones. Por ejemplo, si existe un acto de desmonte, la autoridad

competente en este ramo tendrá que limitarse a dicho acto y evitar

excederse; si este acto afecta, por así decirlo, a algunas aguas, la autoridad

no puede intervenir en el asunto.

Acto de autoridad. Son los que ejecutan las autoridades actuando en

forma individualizada, por medio de facultades decisorias y el uso de la

fuerza pública. Con base en las disposiciones legales pretenden imponer

obligaciones, modificar las existentes o limitar los derechos de los

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particulares. A grandes rasgos es “yo autoridad, voy a actuar para imponer

mis obligaciones”.

Acto discrecional. El acto discrecional se presenta en el derecho

administrativo derivado del ejercicio de una atribución expresa. Tiene su

fundamento en una ley o reglamento que deja al órgano ejecutor un poder

libre de apreciación para decidir si debe obrar o abstenerse, cuándo debe

actuar, y cómo y cuál va a ser el contenido de su actuación. La autoridad

tiene la facultad de decidir si lleva a cabo un procedimiento administrativo o

presenta una denuncia penal, lo que quiere decir que tiene criterio de

decidir si se actúa más allá o no.

Administración pública. Es aquella parte del Poder Ejecutivo en cuyo

cargo está la responsabilidad de desarrollar la función administrativa, la

cual aparece desde que el hombre se organiza en sociedades más o

menos complejas en las que se distingue la presencia de una autoridad que

subordina y rige actividades del resto del grupo y que se encarga de

proveer las necesidades fundamentales.

Aguas de la Federación. Las aguas referidas en el párrafo quinto del

artículo 27 de la CPEUM pertenecen a la Federación. Éstas, por mandato

constitucional, son inalienables e imprescriptibles, pero su uso, explotación

y/o aprovechamiento se puede otorgar a los particulares mediante

concesiones administrativas. Sin embargo, aun bajo esta concesión, jamás

pueden ser parte de un juicio que pretenda quitar este bien: podemos tener

un título de concesión pero jamás podrá ser propiedad del particular. En el

título de concesión se establece de ejemplo el volumen de

aprovechamiento, lugar específico, etc., además de ciertas obligaciones y

pagos de derechos por el uso de este bien.

Aprovechamiento de recursos naturales. En su doble carácter de

renovables y no renovables son propiedad de la nación o de los

particulares. En ambos casos el aprovechamiento de los recursos se hace

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conforme a las condiciones o requisitos que previene y ordena la legislación

administrativa. El aire y el sol no tienen leyes sobre su aprovechamiento,

aunque el aire sí cuenta con su legislación respecto a su protección

(LGEEPA). Dicha normatividad tiene como propósito, entre otros, sentar las

bases para llevar a cabo un proceso de descentralización ordenado,

gradual y efectivo de diversos asuntos ambientales a favor de los gobiernos

locales. El régimen legal vigente de los recursos naturales, propiedad de la

nación, hace posible que los particulares puedan explotar, beneficiarse o

aprovechar tales recursos, a través de los procedimientos administrativos

de la concesión, permiso, asignación y autorización. Queda excluido para

su explotación el petróleo, ya es exclusivamente de la nación, a través de

PEMEX, además de que se excluye a los extranjeros. Un ejemplo distinto

de aprovechamiento de fauna es el ganado. Estos animales pueden ser

propiedad única y exclusiva de un particular, siempre y cuando se cumplan

todas las condicionantes de la legislación.

Atribución de facultades. Es cuando la ley otorga derechos y obligaciones

a la autoridad administrativa para que ésta pueda llevar a cabo el

cumplimiento de su objetivo. La LOAPF señala las competencias de cada

secretaría de estado, los departamentos administrativos y la Consejería

Jurídica del Ejecutivo Federal. El reglamento interno de un órgano de

gobierno jamás se puede contraponer a lo que le compete dentro de la ley

orgánica.

Bienes del dominio público. Es la propiedad que tiene el Estado sobre

bienes muebles e inmuebles, sujeta a un régimen de derecho público. Son

bienes inalienables, inembargables e imprescriptibles, con las excepciones

y modalidades que marca la ley. Comprenden al dominio público los bienes

que por su naturaleza son del uso de todos: los bienes que están afectos al

servicio de las dependencias del poder público, los bienes destinados a un

servicio público, o todos aquéllos que están destinados a una causa de

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utilidad pública. Ejemplos son todos los vehículos que tiene el gobierno, que

es un bien destinado a un servicio público. Ejemplo del Estado: un parque.

Las escuelas no son propiedad de nadie aunque sean administradas por

una autoridad, pero jamás formarán parte de un particular.

Concesión administrativa. Es el acto administrativo a través del cual la

administración pública otorga a los particulares el derecho para explotar un

bien propiedad del Estado o para usufructuar un servicio público. Todas

estas autorizaciones y concesiones establecen permisos, horarios,

condicionantes, etc., pero sí se puede obtener un beneficio de un bien por

medio de esta concesión.

Decreto. Es toda resolución o disposición de un órgano del Estado sobre

un asunto o negocio de su competencia que crea situaciones jurídicas

concretas, que se refieren a un caso particular relativo a determinado

tiempo, lugar, institución o individuo, y que requiere de formalidad jurídica

(publicidad), a efecto de que sea conocida por las personas a las que va

dirigida o tengan interés sobre el bien. Es muy importante que todo decreto

sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, de lo contrario éste no

tiene validez alguna. Todos los actos pueden ser impugnados, lo que puede

dar lugar a que se permita entrar en análisis y estudio.

Delegación de facultades. Es el acto jurídico, general o individual, por

medio del cual un órgano administrativo trasmite sus poderes o facultades a

otro. Para que la delegación de competencia sea regular, es necesario que

se satisfagan ciertas condiciones:

Primero. Que la delegación esté prevista por la ley.

Segundo. Que el órgano delegante esté autorizado para trasmitir parte

de sus poderes.

Tercero. Que el órgano delegado pueda legalmente recibir esos

poderes.

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Cuarto. Que los poderes transmitidos puedan ser materia de la

delegación.

La falta de una de estas condiciones hace nula de pleno derecho de la

delegación en razón de que la competencia es siempre una cuestión de

orden pública.

El órgano en su reglamento también debe tener el poder de delegar

dichas facultades.

Diario oficial. Es el periódico en el que el Poder Ejecutivo publica y difunde

a la población las leyes, decretos, circulares y demás disposiciones

expedidas por el Congreso de la Unión, alguna de las cámaras o por el

Presidente, con objeto de que sean conocidas, aplicadas y observadas

debidamente. Si no está publicado no es válido.

Lotificación. Es la división de un terreno en lotes, con fines urbanos.

Cuando el terreno dividido es de grandes dimensiones, la lotificación se

denomina fraccionamiento. Es un fenómeno de ordenación urbana y debe

responder en consecuencia a una justa distribución de cargas entre los

interesados o dueños de un lote, como son servicios comunitarios e

infraestructura urbana. La propiedad lotificada obedece a la función social

de la ordenación urbana y adquiere modalidades por este concepto. Existen

dos formas de presentar los procesos de lotificación. Lotificar o subdividir la

diferencia es que se presente o no una vialidad. Al subdividir no se realiza

una donación de terreno y no se obliga a proporcionar servicios. Lotificar

implica un costo por servicios. Se le denomina fraccionamiento y se obliga a

la persona a proporcionar servicios urbanos, garantizar servicios de luz,

agua, recolección de basura, áreas verdes, drenaje, entre otros.

Recursos administrativos. Es la denominación que la ley da a los

procedimientos de impugnación de los actos administrativos, a fin de que

los administrados defiendan sus derechos o intereses jurídicos ante la

administración generadora de los actos de impugnación.

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Sanción administrativa. Es el castigo que imponen las autoridades

administrativas a los infractores de la ley. Presupone la existencia de un

acto ilícito, que es la oposición o infracción de un ordenamiento jurídico

administrativo. Una sanción puede ser impugnada por medio de un recurso

de revisión, juicio de nulidad o juicio de amparo. El recurso de revisión se

debe mandar al procurador para obtener su resolución. El juicio de nulidad

lo resuelve el tribunal de justicia fiscal y el juicio de amparo lo resuelve el

juzgado de distrito. Después de que se agotan estos recursos viene la

resolución y se puede presentar la sanción o no, según el caso.

2.4. Leyes, normas y especificaciones relacionadas

El siguiente apartado inicia con la pregunta: ¿qué es una manifestación de

impacto ambiental? El concepto presentado en clase por la facilitadora fue el

siguiente:

Es el documento mediante el cual se da a conocer a la autoridad, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial, que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.

Posteriormente, se realizó una comparación del concepto anterior con el de

evaluación de impacto ambiental:

Es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a las que se sujetarán la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente.

Como ya sabemos, la ley que involucra cuestiones de carácter ambiental es

la LGEEPA, de la cual, el artículo que será más revisado por sus características es

el artículo 28, donde se especifican, entre otras cosas, qué actividades a

desarrollar deberá presentar una MIA. Este artículo trabaja o se desenvuelve

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conjuntamente en su ejercicio con el Reglamento en Materia de Evaluación de

Impacto Ambiental, especialmente en el artículo 5 de este reglamento.

A continuación, se presentan a manera de listado las obras que requieren

de una MIA. Debido a la extensión de texto y a que están presentes en la ley y el

reglamento para su consulta, se presentarán sin especificaciones para cada

actividad.

1) ART. 28 FRACC.- I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación,

oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos.

2) ART. 28 FRACC. II.- Industria del petróleo, petroquímica, química,

siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica.

3) ART. 28 FRACC. III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales y

sustancias reservadas a la Federación en los términos de la Ley Minera y

Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear.

4) ART. 28 FRACC. IV.- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o

eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radiactivos.

5) ART. 28 FRACC. V.- Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y

especies de difícil regeneración.

6) ART. 28 FRACC. VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así

como en selvas y zonas áridas.

7) ART 28 FRACC. VIII.- Parques industriales donde se prevea la realización

de actividades altamente riesgosas.

8) ART.28 FRACC. IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas

costeros.

9) ART. 28 FRACC. X.- Obras y actividades en humedales, manglares,

lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus

litorales o zonas federales.

10) ART. 28 FRACC. XI. Obras y actividades en Áreas Naturales Protegidas

de competencia de la Federación.

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11) ART. 28 FRACC. XII.- Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias

que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o

causar daños a los ecosistemas.

12) ART. 28 FRACC. XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos

de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos

graves e irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o

rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas

relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del

ambiente.

Durante el módulo pasado, mencionamos que la MIA se puede presentar en

dos modalidades: particular y regional. Los requisitos que cada una de las

manifestaciones necesitan en sus distintas modalidades, son:

Se presentará una MIA en modalidad regional cuando se trate de:

• I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500

hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía

nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas

hidrológicas.

• II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un

plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico

que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos

previstos por el artículo 22 de este reglamento.

• III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan

realizarse en una región ecológica determinada.

• IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que, por su

interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se

prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran

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ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los

ecosistemas.

Se recomienda solicitar la procedencia del trámite y consultar a la autoridad

para saber si se requiere contar con una MIA para llevar a cabo el proyecto.

a) Requisitos para una MIA regional:

• I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del

estudio de impacto ambiental.

• II. Descripción de las obras o actividades, y en su caso de los programas o

planes parciales de desarrollo.

• III. Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos

jurídicos aplicables.

• IV. Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de

tendencias del desarrollo y deterioro de la región.

• V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales,

acumulativos y residuales del sistema ambiental regional.

• VI. Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales,

acumulativos y residuales del sistema ambiental regional.

• VII. Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de

alternativas.

• VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos

que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental.

b) Requisitos de una MIA particular:

• I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del

estudio de impacto ambiental.

• II. Descripción del proyecto.

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• III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia

ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo.

• IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática

ambiental detectada en el área de influencia del proyecto.

• V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales.

• VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales.

• VII. Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas.

• VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos

que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

Quienes presten sus servicios de evaluación de impacto ambiental no se

excluyen de la responsabilidad: no se puede ser irresponsable en la información

sólo por querer lograr una autorización.

C) Los anexos que deberá contener una MIA:

• I. La manifestación de impacto ambiental.

• II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental,

presentado en disquete.

• III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos

correspondientes.

• Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la

Ley, deberá incluirse un estudio de riesgo.

• La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, sus anexos y,

en su caso, la información adicional, deberán presentarse en un disquete al

que se acompañarán cuatro tantos impresos de su contenido.

Excepcionalmente, dentro de los diez días siguientes a la integración del

expediente, la Secretaría podrá solicitar al promovente, por una sola vez, la

presentación de hasta tres copias adicionales de los estudios de impacto

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ambiental, cuando por alguna causa justificada se requiera. En todo caso, la

presentación de las copias adicionales deberá llevarse a cabo dentro de los tres

días siguientes en que se haya solicitado. La Secretaría comunicará al

promovente en el momento en que éste presente la solicitud y sus anexos. En

todo caso, la Secretaría se ajustará a lo previsto en el artículo 43 de la Ley Federal

de Procedimiento Administrativo:

• ART. 43.- En ningún caso se podrán rechazar los escritos en las unidades

de recepción de documentos.

Cuando en cualquier estado se considere que alguno de los actos no reúne

los requisitos necesarios, el órgano administrativo lo pondrá en conocimiento de la

parte interesada, concediéndole un plazo de cinco días para su cumplimiento.

A los interesados que no acaten lo dispuesto en este artículo se les podrá

declarar la caducidad del ejercicio de su derecho en los términos previstos en la

presente Ley.

Es necesario en cuestiones legales cumplir con los tiempos señalados en la

Ley, pues esto puede ser utilizado por las partes si se llegara a presentar una

negativa o algún evento desfavorable para los implicados. En derecho, se debe

cumplir en tiempo y forma, de lo cual se presentará un ejemplo más adelante.

2.5. Requisitos legales de una EIA

La evaluación es un acto de la autoridad, a diferencia de la MIA, que es lo que el

particular presenta a la autoridad para que esta última realice dicha evaluación:

• La Secretaría, en un plazo no mayor a diez días contados a partir de que

reciba la solicitud y sus anexos, integrará el expediente; en ese lapso,

procederá a la revisión de los documentos para determinar si su contenido

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se ajusta a las disposiciones de la Ley del presente reglamento y a las

normas oficiales mexicanas aplicables.

Cabe señalar que las MIA sólo son de carácter federal. Algunas instancias

de gobierno estatal o local requieren también una autorización, por ejemplo, un

permiso de construcción que debe tramitarse aparte de la MIA.

La Secretaría también debe notificar a los gobiernos estatales y municipales

del proyecto a evaluar, ya que puede contraponerse a los planes de desarrollo de

alguna entidad. En los casos en que la manifestación de impacto ambiental

presente insuficiencias que impidan la evaluación del proyecto, la Secretaría podrá

solicitar al promovente, por única vez y dentro de los cuarenta días siguientes

a la integración del expediente, aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al

contenido de la misma; en tal caso, se suspenderá el término de sesenta días.

La suspensión no podrá exceder de sesenta días computados a partir

de que sea declarada. Transcurrido este plazo sin que la información sea

entregada por el promovente, la Secretaría podrá declarar la caducidad del

trámite en los términos del artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento

Administrativo (LFPA).

La Secretaría podrá solicitar, dentro del procedimiento de evaluación y en

los términos previstos en la LFPA, la opinión técnica de alguna dependencia o

entidad de la Administración Pública Federal, cuando por el tipo de obra o

actividad así se requiera. Cuando se necesite una opinión técnica como

autoridad, se debe entregar el manifiesto y anexos los puntos señalados.

Todos los oficios que emite la autoridad son documentos que por sus

características pueden ser también pruebas públicas, siempre y cuando sea

dentro del periodo de días señalado, de lo contrario se nulifica lo que manifiesten

los científicos e investigadores. Asimismo, la Secretaría podrá consultar a

grupos de expertos cuando por la complejidad o especialidad de las

circunstancias de ejecución y desarrollo se estime que sus opiniones pueden

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proveer de mejores elementos para la formulación de la resolución

correspondiente; en este caso, notificará al promovente los propósitos de la

consulta y le remitirá una copia de las opiniones recibidas para que éste,

durante el procedimiento, manifieste lo que a su derecho convenga. De no

existir estas notificaciones por parte de la autoridad al particular, las decisiones, en

caso de ser desfavorables, pueden ser impugnadas por este simple detalle. Para

la notificación se requiere una dirección y la persona a la cual se le pueda notificar.

La notificación deberá ser realizada en el lugar específico que el particular señale;

si éste no se encuentra se le dejará un citatorio para que se presente a ese lugar

dentro de 24 horas. Cabe destacar que la autoridad tiene la facultad de dejar el

citatorio a la persona que se encuentre. En caso de que no haya nadie, se podrá

notificar por medio de un rótulo o con una persona cercana al lugar, para lo cual se

deberá argumentar en la notificación que no se encontraba nadie y por eso se

entregó el citatorio a otra persona.

2.6. Ejercicios prácticos

Dentro de este apartado se presentaron diversas temáticas, ejemplos y respuestas

a las preguntas formuladas por los participantes, mismas que presentaremos a

continuación.

2.6.1. Acto de impugnación ante una negativa de impacto ambiental

Para proteger la información de su cliente, la facilitadora del módulo citó un

documento legal de su empresa privada, pero no lo proporcionó a los

participantes, únicamente sirvió como ejemplo.

La autoridad en su resolución puede autorizar, negar y condicionar una

evaluación de impacto ambiental; si el dictamen es negativo o condicionado, el

cliente puede impugnar, como es el caso del documento en cuestión, que fue

impugnado debido a un incumplimiento en los términos de una notificación: la

resolución y las opiniones técnicas realizadas por instituciones competentes en el

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ramo. En este caso, la autoridad excedió el término en el que debía presentar la

resolución, además de que la solicitud de información adicional a instituciones

competentes también fue a destiempo.

El documento de impugnación tiene un formato y formalidad característica

del derecho: fecha, destinatario, institución que lo interpone, etcétera. Todos estos

detalles son de suma importancia, puesto que no se debe dejar nada a la libre

interpretación para evitar vacíos legales, ya que puede ser desechado.

En el caso del documento que proporcionó de ejemplo la facilitadora, bajo la

leyenda “me causa agravio” se especificaron todos y cada uno de los puntos que

presentaba la manifestación de impacto ambiental, pues ya que la resolución fue

negativa, automáticamente se convirtió en un agravio para el particular. Es

necesario presentarlo de esta forma ya que incrementa las posibilidades de que se

convierta en positiva la resolución a la impugnación.

2.6.2. Existe un vacío legal en lo que se denominan “zonas costeras”

A continuación, se presentan dos definiciones sobre lo que es una zona costera:

1. Comunidad donde ocurre el agrupamiento de organismos vivos

interrelacionados entre ellos mismos y con los factores ambientales marinos y

terrestres en un espacio finito a la influencia marina costera que incluye

marismas, humedales, pantanos, deltas, dunas costeras y zonas de litoral.1

2. La zona costera mexicana es el espacio geográfico de interacción del medio

acuático, el terrestre y la atmósfera, constituido por: a) Una porción continental

definida por 263 municipios costeros, 150 con frente de playa y 113 interiores

adyacentes a éstos, con influencia costera alta y media; b) Una porción

marina definida a partir de la plataforma continental delimitada por la isóbata

1 Diccionario ecológico, Academic, 2010.

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de los –200 m, y c) Una porción insular representada por las islas oceánicas y

costeras.2

Posteriormente, el facilitador del curso explicó que el vacío legal que

presenta la legislación mexicana puede generar conflictos, ya que deja a libre

interpretación de las autoridades determinar qué es un ecosistema costero, lo que

puede generar impactos negativos si aprueba algo, o, por el contrario, detener

proyectos por esta interpretación.

2.6.3. Cambios de uso de suelo forestal

El proyecto de un particular requiere de una MIA. Suponiendo que construya un

desarrollo sin autorización y sin presentar dicha manifestación, y remueva algún

tipo de vegetación, debe presentar un estudio técnico justificativo de remoción. La

ley establece que la MIA debe ser presentada previa a las actividades. Si el

particular no tiene los estudios y la autoridad se los requiere, ya no podrá

presentarlos; el único aspecto a regular será que aquellos terrenos que fueron

desprovistos de vegetación deberán ser evaluados por un estudio técnico

justificativo. Por lo tanto, el impacto ambiental causado sólo se convierte en un

valor económico a través del pago de la compensación ambiental.

A pesar de lo anterior, no se recomienda emprender un proyecto sin las

autorizaciones previas, ya que los daños ambientales no son valores que se midan

en términos económicos, por lo que no se puede anticipar cuál será el monto de

compensación ambiental, misma que, en ocasiones, llega a ser muy alta, además

de que se debe pagar una multa que también tiene, por lo general, un valor muy

elevado.

2 José Rubén Lara-Lara (2008). Los ecosistemas costeros, insulares y epicontinentales.

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2.6.4. La falta de regulación en acceso público a playa

Principalmente, representa un problema cuando se desarrolla un proyecto que

colinda con la ZOFEMAT, pues la zona federal no puede ser arrendada al menos

que exista una autorización por parte de la Secretaría. Dependiendo del uso que

tenga concesionado el particular, se permitirá o no que el cliente esté en la playa.

Puede darse el caso de que a una persona le cobren por estar en la playa, pero

entonces está en todo su derecho de pedir un recibo por el uso y aprovechamiento

y denunciar. Las concesiones sólo son de dos tipos: uso general o de protección y

ornato.

2.6.5. Actos de inspección y vigilancia

Si la orden de inspección es imprecisa en el lugar, se dice que se encuentra

viciada. Por ejemplo, no puede aparecer una señalización como: carretera al sur,

kilometro “aproximadamente” 2.5; debe ser precisa, pues no pueden quedar

vacíos en la identificación del lugar que se pretende inspeccionar. La orden de

inspección se debe llevar a cabo dentro de los diez días hábiles a la que fue

expedida, si no se nulifica. Puedes generar tres o cuatro órdenes, pero cada una

debe ser específica, no genérica. Cabe destacar que no puede dictar clausura el

inspector, sólo la suspensión de actividades o retención precautoria. Para

clausurar tiene que existir un acuerdo expreso de la autoridad.

Si solamente hay un testigo, el inspector deberá circunstanciar las razones

por las cuales sólo puede actuar una persona. Un testigo debe quedar

circunstanciado, pues si no existen testigos la orden es nula; aunque si no hay

nadie durante la visita, y la razón o la causa por la cual no se encuentra la persona

esta circunstanciada, entonces el acta es válida.

2.6.6. Si la Secretaría no contesta en término

Se llama “positiva ficta” cuando el proyecto está autorizado. Se puede pedir esta

constancia en razón del término transcurrido para la economía procesal del

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promovente. Acuerdo que sea emitido y no es notificado se vuelve invalido. Una

vez que la positiva ficta es solicitada la autoridad tiene tres días para

proporcionarla.

Aunque muchos de los puntos son sólo acuerdos, si éstos no se encuentran

publicados están fuera del marco legal y pueden no ser presentados. Todos los

permisos en proyectos y embarcaciones deben estar físicamente en el proyecto o

embarcación; si no se tienen presentes, la autoridad no tiene la responsabilidad.

No es fácil ser promovente, autoridad ni consultor. Son muchas las

personas que intervienen en todos los procesos legales, por lo tanto son varios los

puntos de vista e interpretaciones; así que el derecho debe hacerse valer y esto

debe ser igual para todas las partes involucradas, llámese autoridad, promovente,

ONG o ciudadano.

2.7. Conclusión

En nuestro país la legislación, puede presentar algunos hechos que pueden

resultar negativos, como es el caso de los denominados vacíos de ley, la

incongruencia en cierta normatividad y los factores externos como la corrupción,

los intereses políticos y económicos.

Una recomendación que podría ser útil para las personas que necesiten

realizar una MIA o un ETJ (Estudio Técnico Justificativo), es que se acerquen lo

más posible a la autoridad correspondiente, previo a su trabajo o durante el

desarrollo del mismo, y darle un seguimiento legal una vez terminado; de esta

manera se pueden evitar de manera económica sorpresas como gastos no

contemplados. A su vez, se debe prestar atención a las irregularidades que se

detecten en el proceso e informarlas lo más pronto posible a las autoridades

correspondientes.

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3. Módulo III. Metodología de la evaluación de impacto ambiental

El facilitador de este módulo expuso la manera más práctica y realista de elaborar

una MIA. Cabe destacar que el sector privado, al cual pertenece el facilitador, es

muy distinto al gubernamental o académico, pues las empresas privadas tienen

que considerar variables como los costos, empleados, calidad en el servicio, entre

otras, aspectos muy interesantes de analizar.

3.1. Evaluación de proyectos

Muchas veces se vuelve un tanto confuso determinar quiénes presentan una MIA

y quiénes no, sobre todo cuando, por ejemplo, ocurre un fenómeno natural que

ocasione un daño inminente o que altere la naturaleza física del proyecto, y éste

requiera modificaciones. En este caso, si el proyecto ya fue evaluado

anteriormente, la nueva evaluación será únicamente de las modificaciones.

En el caso de ejidatarios se permite desmontar sin estudios de impacto

ambiental para hatos ganaderos, lo que quiere decir que no se necesita realizar

pagos por estudios ni pagos de compensaciones ambientales, lo que la gente

puede utilizar como un vacio de ley para llevar a cabo distintos proyectos. El

desmonte puede dar al fraccionar, sin un estudio, terrenos que no midan más de

1000 metros, de esta manera no se tiene que hacer un estudio técnico justificativo.

Debido a que en muchas ocasiones existe cierta confusión con respecto a

qué es un estudio de impacto ambiental, a continuación se presentan algunas

consideraciones que deben tenerse presentes:

¿Qué es un estudio de impacto ambiental?

a) Para la autoridad. Es el procedimiento administrativo mediante el cual la

autoridad ambiental evalúa y determina los términos y condicionantes a

través de los cuales las actividades que generan un impacto ambiental

podrán realizarse.

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b) Para la Ley. La LGEEPA lo define en su artículo 3º como la “modificación

del ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza”.

c) Para el promovente. La realización de estudios de impacto ambiental

representa un costo adicional generalmente no considerado en los

presupuestos, además de que genera pérdida de tiempo, dinero y esfuerzo;

trámites burocráticos y engorrosos, y no dimensiona la importancia

ambiental.

d) Para el consultor. Estudio técnico, fuente de empleo, negociación

promovente-consultor, adecuación de proyecto y propuestas.

e) Para el biólogo-investigador. La posibilidad de obtener recursos para

proyectos específicos, de aplicar estrategias de protección y conservación,

incongruencia con los modelos de desarrollo y la elaboración de estudios

ecológicos integrales.

f) Para la sociedad civil organizada. Conflicto de intereses, desconfianza,

apropiación del patrimonio natural y corrupción.

g) Para el público en general. En la mayoría de los casos, desconocimiento

total.

¿Qué no es un estudio de impacto ambiental?

a) No es un estudio ecológico o de investigación científica.

b) No es un documento aislado.

c) No es la única solución para la conservación del medio ambiente.

d) No es un trámite administrativo.

¿Qué debería ser un estudio de impacto ambiental?

a) Una herramienta de planeación para el promovente.

b) Una herramienta práctica, simple, aplicable y efectiva.

c) Una herramienta que permita lograr un desarrollo armónico con el medio

ambiente.

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¿Quiénes son los que elaboran los estudios de impacto ambiental?

a) Instituciones académicas. Tienen una gran ventaja de infraestructura y

pueden ayudar a un promovente en caso de que se presenten opositores a

un proyecto. Se puede argumentar el uso de las habilidades de expertos y

utilizar sus opiniones. Dentro de una institución académica existe un

número más grande de especialistas, con grupos de trabajo más

preparados, que cuentan con mayores recursos y más material. Su

inconveniente es tal vez que no siempre los investigadores están a favor de

los proyectos o tienen poco interés en investigar cierta área.

b) Consultorías. Cuentan con un sólido equipo de trabajo, pero no tienen

expertos de planta como sí sucede en una institución académica. Son como

compañeros que trabajan juntos; incluso, entre consultorías se apoyan en

ciertos capítulos o trabajos. Se subcontratan laboratorios especializados,

pues existen proyectos que por su naturaleza requieren de personal

especializado en algún tema, como un experto en hidrología por ejemplo.

Para la elaboración de muelles se requieren estudios de corrientes, oleaje y

sedimentación, lo cual se debe incluir en la manifestación de impacto. Para

este caso, se tendría que contratar un oceanógrafo especializado en el

tema.

c) Profesionistas. Personas capacitadas que tengan conocimiento de una

MIA y evaluaciones dentro de su perfil. Por lo regular realizan pequeños

proyectos, ya que existen algunos muy grandes, los cuales abarcan tantos

campos que es muy difícil contar con un experto que conozca ampliamente

todos juntos. Anteriormente, en cuestión ambiental se requería de un

técnico certificado avalado por la SEMARNAT.

d) Promovente. La ley lo permite o más bien no niega que el promovente

lleve a cabo su MIA o ETJ. Algunas empresas tienen su área ambiental

como PEMEX o CFE, pues en ocasiones es más barato contar con un

cuerpo ambiental dentro de una empresa, que contratar a uno externo.

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e) Colegios. Pueden ser de biólogos, geólogos e ingenieros. Aunque para la

evaluación de impacto ambiental se debe ser imparcial, existe un grado de

parcialidad lógico, que es el de la paga, el cual te obliga a buscar

soluciones legales y caminos para que la resolución sea favorable. La idea

de integrar colegios es que haya más parcialidad, para lo cual éstos deben

ser más participativos e integrarse en consultas públicas.

3.2. La evaluación de impacto ambiental y su relación con otros trámites o

permisos

Generalmente al realizar la EIA es necesario llevar a cabo el estudio técnico

justificativo (ETJ), por ejemplo, para el cambio de uso de suelo forestal. Dentro del

ETJ se tiene que presentar un programa de rescate de especies de flora que se

desmontarán, para lo cual la autoridad pide 3 características:

a) Manual. Con el fin de no generar impactos mayores, para que pueda ser

manual se rescata a todos los organismos que estén debajo de tres metros.

b) Gradual. Se tiene que hacer paulatinamente para permitir que la fauna

migre a otras zonas.

c) Selectivo. Seleccionar las especies bajo algunos criterios como valor

biológico o que estén en la norma.

Para desmontar siempre se debe realizar un manual sobre las especies,

profundidad, técnica para transportar, etcétera. Éste se entrega a la SEMARNAT y

dicha autoridad es la que lo valida.

También se incluye un programa de rescate de fauna. Muchas veces se

hacen programas pasivos de rescate de fauna: la primera etapa consiste en

ahuyentar a toda la fauna con el movimiento de plantas. Si el proyecto está cerca

de un camino, por ejemplo, se desmontará del camino hacia atrás, y si se

encuentran nidos se pasan a otro lado. Todas estas acciones deberán estar bien

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documentadas por fotos o videos, ya que al finalizar dicho programa se tiene que

entregar un reporte a las autoridades.

En este apartado de los programas de flora y fauna muchas veces se puede

presentar cierta incertidumbre. Por ejemplo, en ocasiones la autoridad, en su

resolutivo, pide rescatar todo por debajo de tres metros; si en un polígono no se

encuentra ni una planta de estas dimensiones, entonces para la ley no se debe

rescatar nada y no se está incumpliendo. La SEMARNAT exige, entre otras cosas,

reportes anuales de los términos y condicionantes del resolutivo.

3.3 . NOM 059 y su relación con otros estudios de una MIA

Es importante tener en cuenta que para llevar a cabo una MIA hay que considerar

las normas oficiales mexicanas, sobre todo aquéllas que contemplan las

emisiones de ruido y de gases contaminantes.

a) Zona federal. Todos los proyectos que están en zona federal marítimo

terrestre o los de extracción de arena en causes de arroyos deben tener las

concesiones pertinentes. Muchas veces se hacen sesiones parciales de

algún derecho, es muy común con la Administración Portuaria Integral

(API), quien tiene facultad para ceder parcialmente los derechos.

b) CNA. Se necesita un dictamen de no afectación de proyectos fluviales. Si

se decreta que existe una afectación, se determina cómo y en qué sentido,

para poder resarcir este problema.

c) ANP. Si el polígono del proyecto está dentro de una ANP se deberán

consultar los planes de manejo correspondientes a dicha zona, así como

vincular el proyecto con la Comisión Nacional de Áreas Naturales

Protegidas.

3.3.1. Competencias municipales, estatales y federales

Se debe delimitar, estudiar o conocer primero qué compete a cada autoridad antes

de empezar el proyecto. Sería importante que los estados tuvieran un poco más

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de jerarquía, siempre y cuando ésta fuera controlada, ya que muchas veces las

autoridades que están fuera del estado desconocen el área y esto genera

conflictos en interminables variables.

3.3.2. Iniciando la ruta crítica

La claridad debe estar presente entre un promovente y el que realiza la MIA a lo

largo de todo el proceso, pues existen costos en materia ambiental que tienen que

especificarse con mucha anticipación, ya que muchas veces el particular puede

malinterpretar alguna cifra, sobre todo si es un inversionista pequeño.

3.4. Principales problemas que pueden presentarse entre el promovente y el

responsable de la MIA

Falta de comunicación entre ambas partes.

Costos necesarios que el promovente no tiene previstos (programas de

manejo de flora y fauna).

Cambios por parte del promovente en la fase de resolución de la MIA, lo

cual no puede ser posible sin realizar otro pago a la autoridad.

Algunos proyectos son demasiado ambiciosos para sus características o

dimensiones, es decir, muchas veces los proyectistas no se centran en la

realidad. Un ejemplo sería la imposibilidad de desarrollar en una zona de

manglar, lo cual muchas veces no se toma en cuenta.

3.4.1. Sugerencias para disminuir este tipo de conflictos

Reuniones con el equipo técnico del promovente.

Reuniones periódicas con el promovente.

Dejar en claro los términos del resolutivo al promovente y revisar que se

cumplan dichos términos.

Dejar en claro los costos, costos externos y las compensaciones a la

autoridad que correspondan al proyecto.

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Valoración preliminar y sus variables. La cotización puede cambiar

dependiendo del proyecto y estos cambios deben ser expresados con

anterioridad al promovente, dejando en claro que esto puede llegar a

suceder.

Trabajo de campo en conjunto, lo cual puede clarificar muchos puntos del

proyecto en cuestión.

3.5. Las fases o etapas del proyecto

a) Preparación del sitio. Básicamente es la parte del diseño del mismo

proyecto, la parte topográfica, de desmonte, de despalme, de nivelación y

compactación, es decir, la preparación del terreno.

b) Etapa de construcción. Se refiere a la obra en cuestión y toda la fase de

construcción de la infraestructura temporal y permanente que se requiere.

c) Etapa de operación. Inicia una vez que toda la parte de construcción de la

obra finaliza y se empieza la actividad económica como tal.

d) Etapa de abandono. Comúnmente no se especifica puesto que muchos

proyectos no la contemplan. Imaginemos un proyecto inmobiliario donde el

desarrollo permanece y no se detalla un abandono, generalmente se le da

un tiempo de 50 años (tiempo máximo permisible por la autoridad) y se

reanuda dicho tiempo una vez terminado. Otros proyectos, como los de

extracción de arena, tienen una vida útil marcada o bien definida; en este

caso se deberá especificar cuál será el proceso de abandono del sitio de

manera puntual.

Algo que debemos tener en cuenta es que no todos los proyectos presentan

todas las etapas, como la extracción de arena, en la cual no se necesita de una

infraestructura y por lo tanto no requiere etapa de construcción.

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3.5.1. Ejemplo de programa de rescate de flora para proyecto de CFE

Durante el módulo se nos presentó un caso de rescate realizado por la CFE.

Vimos que los estándares que maneja pueden llegar a ser muy altos y costosos,

aunque no en todos los proyectos aplica la realización de operaciones que eleven

el gasto de un particular, de manera tan importante. El programa contemplaba

rescatar, incluso, flora de más de tres metros de altura. Se realizó en una Unidad

de Manejo y Aprovechamiento (UMA). Para llevar a cabo el rescate se utilizaron

grúas que debían circular a cierta velocidad; para salvar los cardones más altos se

fijaron los brazos de éstos tal y como se muestra en la siguiente imagen.

Imagen 3. Proceso de rescate de flora MIA en proyecto de (CFE)

Fuente: material proporcionado en el módulo 3.

El trasplante de toda esta flora fue en un lugar previamente determinado,

con un impacto ambiental precursor y se procuro tener la separación entre especie

lo más natural posible, siguiendo los parámetros del mismo entorno como en la

imagen siguiente.

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Imagen 4. Proceso de rescate de flora MIA en proyecto de (CFE)

Fuente: material proporcionado en el módulo 3.

En este proceso existe un elevado costo en la operación, situación que

puede no aplicar en muchos otros proyectos, ya que generalmente en un proyecto

pequeño se realiza sólo el rescate de lo que la autoridad mencione en su

resolutivo y casi siempre exige los mismos parámetros:

a) Se debe cumplir con el 70% de la supervivencia de los individuos, de lo

contrario se puede hacer un programa de re-poblamiento, como se

establece en las condicionantes de la autoridad. En otros casos se pueden

donar las plantas a instituciones especializadas o públicas, como a

escuelas.

b) Deberá ser manual, gradual y selectivo.

c) Se debe presentar a la autoridad correspondiente un manual del

procedimiento claro y explícito sobre qué especies entrarán, qué

profundidad, cuál será la técnica realizada para el traslado, el trasplante,

etcétera.

Los proyectos siempre deberán seguir este programa, pues, si no lo hace,

es probable que la autoridad se lo requiera. Muchas plantas pueden ser

indicadores biológicos de problemas u otros factores de cambio de clima,

nutrientes, entre otros.

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Las fases o etapas de un proyecto tienen características tanto ambientales

como constructivas, y sólo la última etapa correspondiente al abandono del sitio

tiene un carácter únicamente ambiental.

3.6. Elaboración de la manifestación de impacto ambiental

A continuación se presenta una guía para elaborar una MIA:

I. Datos generales del proyecto:

Se describen brevemente todos los datos del promovente y empresa

que elabore el estudio de impacto ambiental y el tiempo de vida del

proyecto.

Documentación legal. Poseer el predio bajo las figuras legales que

existen y concesión de derechos (RFC, la CURP, entre otros datos).

II. Descripción del proyecto:

En qué consiste y el sector al que pertenece.

Indicar el motivo por el que se seleccionó el sitio.

Ubicación física. Elaborar planos con coordenadas, UTM; presentar la

imagen de Google con el polígono macro y micro localización, el cual

debe estar perfectamente geo referenciado.

Inversión. El costo que tiene la obra, el costo de la parte ambiental y el

estimado de las medidas de mitigación. La autoridad exige fianza para

garantizar el cumplimiento; la veracidad de la información tiene mucho

que ver con la comunicación con el promovente, por ello en este punto

se debe estar muy atento y explicar al promovente que está declarando

que toda la información otorgada es verídica.

Costo de la obra, costo de gestión y costo del seguimiento.

Dimensiones del proyecto, plano de construcción real junto con la tabla

de construcción, área de vialidades, tanto de superficie y porcentaje,

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como de áreas verdes, obras, etc. Esta parte la genera el promovente,

por eso la importancia de establecer reuniones periódicas con el equipo

de trabajo del mismo.

Uso actual. En muchos casos es uso natural forestal y sólo se indica.

Descripción del agua: si compites por el recurso y si existe la capacidad

de suministrar el vital líquido.

Urbanización del área y los servicios existentes

Se anexa el oficio de aprobación de uso de red de SAPA, así como

copias de la factibilidad de servicios. Si es posible se determinan

alternativas para la obtención de servicios.

Cada vez que aparezcan características particulares o generales del

proyecto dentro de una guía para la MIA deben establecerse, aunque

puedan ser repetitivas en algunos puntos; sin embargo, al ser un

proceso productivo, es necesario describir todo el proceso.

Elaborar un programa general de trabajo por cada etapa (construcción,

operación, preparación, etcétera).

Obras y actividades provisionales del proyecto: baños, pilas, bancos de

material, entre otras.

Descripción de obras asociadas al proyecto (un camino, una línea de

instalación eléctrica, etcétera), donde se deben incluir y aplicar medidas

de mitigación. Puede generar conflicto porque si el promovente no es

dueño del camino no lo puede incluir dentro del proyecto.

Cuando una norma rija una parte del proyecto se puede remitir a ésta y

evitar el llenado, sólo se citará y se establecerá que se cumplen sus

características pertinentes.

III. Vinculación con los ordenamientos:

La guía se puede obtener en la página web de SEMARNAT, donde se

presentan diversas opciones.

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Este punto se empieza por jerarquía. Se puede establecer que el

proyecto va en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo. Después

se baja al Plan Municipal de Desarrollo.

En otros organismos, como la zona federal, se deberá establecer que se

cuenta con la concesión, o como SAGARPA, si el proyecto es agrícola,

si existe un ordenamiento ecológico aplicable que se encuentre ya

publicado en el Diario Oficial de la Federación, debe establecerse y se

vincula este ordenamiento a su proyecto. La opción más sencilla para

desarrollar este apartado es con columnas. Se puede establecer con

qué ordenamiento se vincula y en qué punto; por ejemplo, no se puede

vincular un proyecto con todo el Plan de Desarrollo de Pesca, sólo con

algunos puntos. Igual pasa con las normas.

Se debe establecer con cuáles leyes se vincula el proyecto,

principalmente con la LGEEPA.

Todo este apartado se desarrolla de manera jerárquica: planes, leyes,

normas, bandos de policía y buen gobierno o el reglamento de limpia

para fraccionamientos.

IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental

detectada en el área de influencia:

Está relacionada con el trabajo de campo. Hay que describir el sistema

ambiental por la parte física, biológica y social; tipificar todas las

afectaciones colindantes, como brechas de terracería irregulares,

basura, y lugares semidesmontados, lo que puede ayudar para que el

proyecto demuestre que a través de él se obtendrá alguna mejora, como

la limpieza de un basurero clandestino.

Todo lo relacionado con la parte ambiental, conflicto por uso de agua,

disponibilidad, e inventario ambiental.

Diagnostico del área del proyecto y áreas colindantes.

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Identificar las Unidades de Gestión Ambiental (UGAs), de conservación

de uso intensivo, de uso turístico, habitacional, residencial, medio de

baja y alta densidad. Las UGAS pueden estar decretadas o no, y

aunque no estén oficialmente, se pueden utilizar los criterios de las

mismas.

Se establecen los tipos de vegetación, fauna, la parte socio económica,

aspectos abióticos, clima, temperatura, hidrología, así como la

posibilidad de que ocurran fenómenos naturales como huracanes y

terremotos. Se puede establecer una descripción de cada uno de los

conceptos y uno o dos planos, por ejemplo, uno de toda la península

con climas y otro a mayor detalle; se recomienda buscar los datos de la

CNA porque son oficiales. Después se describe la parte hidrológica,

también con datos de la CNA, o se puede hacer una revisión

bibliográfica; cuando no se encuentra información nueva o ésta no se ha

generado, se puede utilizar información vieja y utilizar los datos que

puedan servir al proyecto. Existe información que es muy costosa

generar o es muy difícil hacerlo.

Hay que tomar en cuenta que la MIA no es un estudio ecológico, sino

que los fines que persigue son otros. En algunos casos sí se pueden

hacer registros y empezar a generar información por medio de archivos,

guías de campo o de la publicación de algún documento técnico.

Cuando esto se lleve a cabo se acompaña de imágenes y/o otros

elementos para documentar.

El diagnóstico ambiental deberá tomar en cuenta, entre otras cosas, las

características del predio antes de la construcción: sus problemáticas,

potencialidades y particularidades. Con base en él se pueden hacer las

evaluaciones del impacto que se generará.

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V. Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales:

Se debe describir la metodología utilizada, la cual es subjetiva y cualitativa

más que cuantitativa. No existe un método real o puede ser muy caro

desarrollarlo y la mayoría de los que se implementan son como una mezcla

de varios. El propósito es identificar los posibles impactos, valorarlos y

hacer propuestas para mejorarlos. No todas las metodologías se pueden

aplicar, pues algunas son más puntuales; otras, por cuestiones legislativas,

no son compatibles y no pueden ser aplicadas en algún proyecto

determinado. El promovente o evaluador tiene cierta libertad de seleccionar

la metodología, siempre y cuando se justifique el porqué.

3.7. Métodos más comunes en BCS

a) Método cartográfico. Planeación del territorio y ordenamientos ecológicos.

Diseñado para áreas grandes, herramienta cara que requiere de un

software especializado y amplia técnica para el manejo del mismo. Muy útil

combinado con otras metodologías, se utiliza para definir las áreas de

influencia de un proyecto, como identificar una cuenca hidrológica. Es muy

difícil utilizar esta herramienta por sí sola, es más común utilizarla en

conjunto.

b) Lista de chequeo, control o verificación. Básicamente son cuadrículas y

se identifican todos los elementos que pueden ser impactados benéfica o

negativamente; en otra cuadrícula se identifican todas las acciones que

pueden generar dichos impactos. Anteriormente fue una herramienta de

primer orden, aunque hoy sólo sirve de apoyo. En la actualidad se utiliza

como un método para ordenar la información para, posteriormente, llenar

las matrices.

c) Análisis costo beneficio. Valorar el daño que se genera con una actividad

en comparación con el beneficio que se puede generar. Muy utilizado en

economía.

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d) Opinión de expertos o dictamen profesional. Centros de investigación,

universidades o colegios. Se solicita el apoyo de expertos en determinada

rama y ellos emiten opiniones favorables o desfavorables, y con esa

información se hace la valoración. Puede ser recomendado por la

autoridad.

e) Metodologías matriciales. Trabajan en dos columnas y una cuadrícula

que se entrelaza. Estas columnas relacionan acciones con factores

ambientales y son las más utilizadas hasta la fecha. Primero se identifican

las interacciones, luego se califica del uno al diez (o de otra forma) y así se

va llenando dicha matriz. Existen detalles que son muy difíciles de

relacionar con el medio ambiente u otro factor. Son metodologías muy

intricadas, por lo que son muy criticadas. Sin embargo, todo está muy

relacionado entre sí y los valores son subjetivos. En un proyecto se

presentan siempre tres matrices, una por cada fase del proyecto:

preparación, construcción y operación. Cada una permite llegar a la

propuesta de medidas de mitigación. Se interpretan los resultados,

explicando cómo se llevó a cabo este paso. Se puede jugar con la

nomenclatura, crear la matriz y lo que convenga más al proyecto en

cuestión.

Tabla 4. Ejemplo matriz causa-efecto

Fuente: material proporcionado en el módulo 3.

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3.7.1. Análisis de la matriz

Se explican todos y cada uno de los impactos, tanto positivos como negativos, y

sus medidas de mitigación. Cabe destacar que un impacto puede o no tener una

medida de mitigación; por ejemplo, si se establece como un impacto positivo la

generación de empleo, una medida de mitigación sería que dicho empleo será

solamente con personas de la localidad donde el proyecto está establecido.

Primero se hace la interpretación y descripción de todos los impactos que

se generaron en la matriz; después de su análisis, se establecen las propuestas

de medidas de mitigación. A los proyectos que son mitigables se les proponen

medidas y los que no lo son se integran de igual forma. Se debe estar consciente

que no todos los impactos serán mitigados y el proyecto tiene que generar algún

impacto, el cual debe estar incluido.

Pero, ¿cómo determinar la efectividad de las medidas de mitigación? A

través de factores biológicos como animales y plantas, que pueden ser

indicadores de población, como cuando se está repoblando una zona que no

estaba poblada con especies de peces. Hay que destacar que no sólo se utilizan

factores bióticos, sino todo lo que se pueda medir y que ayude a determinar que

una acción está contribuyendo a la calidad del ambiente, es decir, un índice de

desempeño ambiental utilizable.

3.8. Conclusión

Las manifestaciones de impacto ambiental se presentan ante la autoridad con el

fin de lograr una autorización para realizar un proyecto. Son documentos en los

cuales se pueden utilizar los factores que lo componen, con el objetivo de resaltar

el proyecto para lograr su aprobación.

Bien se pueden omitir o falsificar detalles, aunque está penado por la

legislación mexicana. La intención muchas veces es que no aparezcan datos

alarmantes en la MIA.

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Por otro lado, debemos comprender que las MIA´s no son ni pretenden ser

estudios ecológicos o totalmente verdes; su interés es claro, y aunque deben ser

imparciales, tienden a tener una parcialidad implícita que se otorga al que realiza

el proyecto (promovente).

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4. Módulo IV. Las aplicaciones de la EIA

En este trabajo abordaremos el ejemplo de una MIA de manera sintetizada,

resaltando únicamente la información más importante. Para desarrollar la MIA se

nos presentó solamente la siguiente información.

4.1. Ejercicio práctico

4.1.1. Información de referencia

Proyecto Isla San José, la cual cuenta con una extensión a lo largo de 31 km por

10 km de ancho. Su zona más alta es de 636 metros y se encuentra despoblada.

Se encuentra ubicada al sur del Golfo de California y al norte de la bahía de La

Paz. No cuenta con agua dulce y tiene una salina y zona de manglar.

Geológicamente, en la cara oriental existen acantilados, principalmente, y en su

parte occidental una extensión de playa.

Para el proyecto de desarrollo no se tendrá límite de extensión, pero lo

recomendable es considerar un máximo de 5 hectáreas para obtener una mejor

armonía con el ambiente. Es importante resaltar que debe contar con posibilidades

de hospedaje familiar y turístico. Las principales problemáticas son cómo

suministrar agua dulce y cómo eliminar desechos de cualquier tipo. Por otra parte,

se debe evitar el desarrollo de albercas y enfocarlo hacia el turismo local para que

los extranjeros que visiten la zona puedan aprovechar los servicios y materiales

ofrecidos por productores residentes.

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DDaattooss ggeenneerraalleess ddeell pprrooyyeeccttoo,, ddeell pprroommoovveennttee

yy ddeell rreessppoonnssaabbllee ddeell eessttuuddiioo33

II.. EEssttuuddiioo ddee iimmppaaccttoo aammbbiieennttaall

1.1. Proyecto

1.1.1. Nombre del proyecto

Proyecto Eco Turístico José California

1.1.2 Ubicación del proyecto

El sitio de interés se ubica en la costa oeste de la isla San José, en el estado de

Baja California Sur, a 83 km de la ciudad de La Paz, vía marítima, y a 113 km vía

terrestre. El acceso terrestre es a través de la carretera federal No. 1 hasta el

entronque hacia San Juan de La Costa, de donde se continúa un camino de

terracería hasta la localidad de San Evaristo, ubicada frente a la isla San José.

Ubicación para la MIA, isla San José

Fuente: imagen obtenida mediante el software Google Maps, versión 6.2.

3 Cabe destacar que, debido a su extensión, sólo se profundiza en algunos puntos de la manifestación.

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1.1.3. Tiempo de vida útil del proyecto

El proyecto eco turístico se plantea con una vida útil de 20 años, considerando un

programa de mantenimiento de las instalaciones por las características rústicas de

los materiales.

1.1.4. Documentación legal

1.2. Promovente

1.2.1. Nombre o razón social

José California S. A. de C.V.

1.2.2. Registro Federal de Contribuyentes del promovente

1.2.3. Nombre y cargo del representante legal

1.2.4. Dirección del promovente para recibir u oír notificaciones

1.3. Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental

1.3.1. Nombre o razón social

1.3.2. Registro Federal de Contribuyentes

1.3.3. Nombre del responsable técnico del estudio

- Víctor Hugo Méndez

- Sandra Guzmán

- Paul Durazo Núñez

- Teresa Reyes

1.3.4. Dirección del responsable técnico del estudio

II. Descripción del proyecto

2.1. Información general del proyecto

2.1.1. Naturaleza del proyecto

Proyecto Eco Turístico José California es un desarrollo eco turístico que ofrece

estadías a los usuarios para el disfrute de actividades recreativas turísticas de bajo

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impacto, como son el snorkel, el buceo, la pesca deportiva, la pesca de orilla, el

senderismo, el kayak, el ciclismo de montaña, rappel, tirolesa y fotografía,

principalmente.

Se propone la utilización de un predio de 2 hectáreas para la construcción

de 16 cabañas rústicas e instalaciones de apoyo para pernocta. El concepto

planteado es construir de manera piloteada las cabañas para evitar modificar la

topografía del predio, además de ubicarlas cercanas a la costa sin riesgo por

mareas. Asimismo, se propone el uso de materiales de la región que permitan

integrarse al paisaje rústico y natural de la zona. En la segunda etapa se proyecta

la construcción de un muelle, también rústico, como embarcadero.

El predio se encuentra enclavado en el margen oeste de la isla San José,

en el Golfo de California. Esta zona, al igual que todas las que se ubican en el

Golfo, corresponde a un Área Natural Protegida federal bajo la categoría de Zonas

de Protección de Flora y Fauna, lo que demanda la promoción de proyectos de

bajo impacto.

Vista panoramica del predio para la MIA isla San jose

Fuente: imagen obtenida mediante el software Google Earth, versión 6.2.

El sitio propuesto mantendrá las instalaciones que darán habitación, comida

y servicios a los usuarios. La intención de que se realicen con materiales rústicos

es para que sean construcciones más ligeras y semipermanentes, así como para

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no generar impactos permanentes en el suelo. En el resto de la isla y sus

alrededores marinos se determinan sitios potenciales para actividades eco

turísticas (se señalan en mapa). Se propone el uso de sanitarios secos,

abastecimiento de agua de la parte continental y energía por medio de paneles

solares. El proyecto plantea incorporar los servicios ofrecidos en San Evaristo, que

es la comunidad más cercana continental. La empresa proporcionará su servicio

en varias modalidades, como son:

a) Estadía de 2 días para actividad específica (pesca, buceo, etcétera).

b) Estadía de 3, 5 ó 7 días para actividades diversificadas (snorkel,

senderismo, playa, recorrido geológico, kayak, entre otros).

c) Estadía de 1 día para uso de playa.

d) Estadía de descanso sin actividades.

La empresa cuenta con tres embarcaciones tipo panga con motor fuera de

borda y una tipo crucero para 15 personas.

Ejemplo de organización de atractivos Potenciales. Material desarrollado en clase

Área

potencial

para

pesca

deportiva

Sendero

interpretativo

(hiking) 11 km

Segunda

parte de

recorrido

sendero,

5 km

Buceo Kayak

14 km

Ciclismo

de

montaña

2.30 km

Rappel

y

tirolesa

Pesca

de

orilla

Snorkel,

actividades

de playa

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Ejemplo de ubicación de atractivos potenciales para la MIA Proyecto Isla San José

Fuente: software Google Earth, version 6.2.

Cabañas

Se propone su construcción de tipo artesanal con palo de arco y techo con hoja de

palma. Se proyectan 10 cabañas con capacidad para 2 personas de superficie de

10 m2 y 5 cabañas familiares con capacidad para 4 personas de 20 m2, así como

una cabaña de 30 m2 para el personal. El proyecto tiene una capacidad total

instalada para 40 huéspedes y se proyectan de 5 a 8 personas de apoyo por parte

de la empresa. Cada cabaña contará con un sanitario seco.

Área común

Esta área se utilizará como comedor, sitio de reunión y esparcimiento para los

huéspedes. Tendrá las mismas características de construcción que las cabañas,

con una dimensión de 10 m x 20 m.

Áreas de regadera

Se plantea que las regaderas sean comunes para todos los usurarios, con la

finalidad de tener un mayor control sobre el uso del agua. Las características

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constructivas serán igual que el resto de los elementos, en una superficie de hasta

75 m2.

Áreas de servicio

Será una zona adjunta a la zona común en la que se podrán almacenar insumos

para la operación del proyecto, en una superficie de 5 x 10 m.

Áreas libres y senderos

El resto de la superficie quedará libre de construcción, sólo se establecerán

algunos senderos para el tránsito de los huéspedes.

Palapa de playa

Destinado a las actividades recreativas y para resguardarse del sol. El diseño será

convencional de palma.

Etapas

El proyecto se pretende desarrollar en dos etapas: la primera considera la

construcción de las cabañas en un año y la operación a partir del segundo, para

un periodo de 20 años; la segunda será la construcción de un muelle rústico para

embarcadero que se pretende construir a partir del tercer año de operación,

considerando la tramitación de los permisos.

Ejemplo de etapas del proyecto Isla San José y duración de las mismas

ETAPA I

Preparación del sitio 2 meses

Construcción cabañas 8 meses

Equipamiento cabañas 3 meses

Sendero 3 meses

ETAPA II

Construcción muelle 8 meses

Tirolesa 4 meses

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2.1.2. Selección del sitio

El creciente mercado en el turismo de aventura promueve la búsqueda de sitios

con un alto grado de conservación, que permitan ofrecer al usuario elementos de

contacto directo con la naturaleza. Los criterios que favorecen la selección del sitio

son:

Zona con un grado de conservación importante.

El proyecto es compatible con el plan de manejo del sitio

Ofrecer actividades dentro de una ANP fortalecen la propuesta de un

destino eco turístico.

La zona mantiene un alto potencial para la pesca deportiva de embarcación

y de orilla.

Se cuenta con un sitio potencial para el kayak.

Las condiciones batimétricas permiten la práctica del snorkel.

Se observan paisajes de playa, acantilados, exposiciones litológicas que

permiten la práctica del senderismo, rappel, tirolesa, ciclismo de montaña,

paseo y fotografía.

Se cuenta con la propiedad y medios de transportación marítima para

acceder al sitio.

Un criterio relevante de este proyecto fue el poder integrar a una comunidad

cercana al sitio. En este caso se pretende la participación de los habitantes de San

Evaristo en la venta de insumos, elaboración de comida regional, renta de

embarcaciones, etcétera.

2.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización

2.1.4 Inversión requerida

La inversión estimada del proyecto por etapas, sin considerar la adquisición del

predio, se presenta en la siguiente tabla.

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Relación etapa-inversión para el proyecto isla San José

ETAPA I INVERSIÓN DÓLARES

Preparación del sitio (estudios y permisos de

desmonte, trabajos de desmonte)

15,000.00

Construcción cabañas(16 cabañas, áreas de

servicio, baños, palapa)

20,000.00

Equipamiento cabañas 15,000.00

Insumos operativos (gasolina, equipos) 150,000.00

TOTAL 195,000.00

Fuente: material desarrollado en clase.

2.1.5. Dimensiones del proyecto

El predio consta de una superficie de 20,000.00 m2. Si bien el Proyecto Eco

Turístico José California tendrá únicamente la función de alojamiento turístico,

se desglosan las superficies específicas que lo complementan en la siguiente

tabla:

Ejemplo relación superficie tipo de uso

Uso Superficie

(m2)

% respecto al predio

Cabañas (16) 230 1.15%

Área común 200 1%

Área de servicio 50 0.25%

Regaderas 20 0.1%

Palapa 75 0.3%

Aéreas libres y sendero 19425 97.12%

TOTAL 20,000.00 100

Fuente: material desarrollado en clase.

Cambio de uso de suelo

Se solicita el cambio de uso de suelo para la superficie total del predio por

20,000.00 m2; pese a que se plantean construcciones piloteadas; además se

busca conservar las condiciones naturales del sitio y se pretende liberar del uso

forestal a la totalidad de la propiedad.

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Con base en el formato de la guía se solicita el cambio de uso de suelo

para 2-00-00 hectáreas de terreno con vegetación de zonas áridas. Las

actividades de desmonte se realizarán en una sola etapa. Considerando la escasa

cobertura de vegetación presente en el predio, se estima un periodo máximo de 2

meses para cubrir todas las acciones contempladas en esta actividad. Este plazo

se considera a partir de la obtención de los permisos totales emitidos por las tres

instancias gubernamentales.

Es importante señalar que se contempla un sendero interpretativo que

incursiona en la isla, pero éste se plantea sobre senderos encontrados

previamente, quizá derivados de la presencia de animales que reportan los

lugareños, como burros y chivas. Se utilizará la misma trayectoria y, en su caso,

solo se harán deshierbes, por lo que no se realizarán actividades de desmonte.

2.1.6. Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en

sus colindancias

Dentro del marco normativo, el uso actual del suelo para toda la isla es de

protección, dado que corresponde a un Área Natural Protegida (ANP). En lo que

respecta específicamente al predio propuesto de las 2 hectáreas, se encuentra en

su estado natural sin uso, al igual que las áreas colindantes (inmediaciones). Si

bien se encuentra cerca una playa, ésta no mantiene un uso público, aunque

pueden llegar a observarse algunas embarcaciones de pescadores o turísticas en

ciertas épocas como zona de protección y abrigo.

2.1.7. Urbanización del área y descripción de servicios requeridos

La isla no cuenta con servicios públicos de ningún tipo. El poblado más cercano es

San Evaristo, ubicado frente a la isla, en la parte continental. Esta población

proporciona abastecimiento de insumos de alimentos, combustible y transporte

marítimo a diversos campos pesqueros de la región; particularmente, apoyan con

el suministro de hielo. Los insumos del poblado llegan vía terrestre y marítima

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desde la ciudad de La Paz.

Se establecerá contacto previamente con los pobladores de esta

comunidad a efecto de que los insumos requeridos, particularmente combustible,

puedan ser suministrados oportunamente por ellos. De no ser factible, serán

traídos por la empresa y almacenados en el poblado.

Servicios requeridos

Preparación del sitio

Durante la preparación del sitio se requerirá combustible para las embarcaciones y

agua potable para consumo humano. En esta etapa se suministrará directamente

de la ciudad de La Paz, aprovechando el traslado de personal. Se necesitará un

sanitario seco.

Etapa de construcción

Los insumos principales en esta etapa serán la vara (palo de arco) y hoja de

palma. La vara será trasladada del poblado de San Evaristo, ya que se cuenta con

una plantación comercial de esta especie, la cual reúne las características de

tamaño necesarias. La hoja de palma se pretende adquirir por conducto de la

localidad, como intermediarios del recurso; de no ser posible, la conseguirá

directamente la empresa con proveedores del municipio (particularmente de Todos

Santos).

Se proyecta que el combustible será proporcionado a través de la población

de San Evaristo, así como los requerimientos de agua potable y alimentación para

consumo de los trabajadores. Dado el carácter artesanal de las construcciones,

sólo se estima la presencia de 2 ó 3 trabajadores durante esta etapa. Por otra

parte, se colocará un sanitario seco. Las necesidades de ferretería serán cubiertas

en La Paz.

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94

Etapa de operación

En esta etapa se establecerá la demanda de insumos principales por temporada,

para efecto de que en un viaje de carga sean suministrados al proyecto y

mantenidos en almacén, donde se guardarán garrafones de 20 litros de agua

potable, misma que será suministrada a los usuarios por cantimploras o termos.

No se alentará el uso de botellas plásticas.

El agua para uso potable no comestible (regaderas, lavado, entre otros)

será almacenada en un tanque de 5,000 litros, el cual será revestido con material

también de vara para integrarlo al paisaje. En cada viaje grupal a la ciudad de La

Paz se aprovechará para suministrar combustible y agua, aunque también está la

posibilidad en San Evaristo. El proyecto plantea el uso consciente del recurso, por

lo que se otorgarán cantidades específicas de agua por usuario.

Respecto al requerimiento de luz eléctrica, se proyecta la colocación de

paneles solares. En el área de servicios se estima colocar el sistema de baterías y

requerimientos para este fin. Se contempla la posibilidad de colocar los paneles en

el lado no visible de cada cabaña para no impactar el paisaje rústico del proyecto.

Se estiman requerimientos bajos de consumo de agua dado que se cuenta

con un contrato para prestación de servicios para que dos familias de la

comunidad de San Evaristo sean las encargadas de preparar los alimentos de los

grupos. El resto de necesidades alimentarias y de bebidas será cubierto en La

Paz, conforme a los requerimientos de cada grupo que se atienda.

Un requerimiento específico serán la tierra y cal que se utilizarán para los

sanitarios secos, las cuales serán proporcionadas por una familia de la

comunidad, a la cual se le estarán entregando los residuos para el manejo de

composta, dado que cuenta con la plantación comercial.

Respecto al combustible que se necesite para esta etapa, se suministrará

en la ciudad de La Paz y en el poblado de San Evaristo.

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95

2.2. Características particulares del proyecto

2.2.1. Programa general de trabajo

Ejemplo de un cronograma de trabajo

Actividad Meses

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14

Preparación del

sitio

Construcción de

cabañas

Equipamiento

cabañas (mobiliario

y baños)

Sendero

Fuente: material desarrollado en clase.

2.2.2. Preparación del sitio

Después de obtener las autorizaciones necesarias para iniciar operaciones físicas

en el predio, se establecen las siguientes actividades: se estiman 2 meses para

su ejecución.

Ejemplo de duración de etapas (preparación del sitio)

PREPARACIÓN DEL SITIO

Actividad

SEMANAS

1 2 3 4 5 6 7 8

Identificación de especies

susceptibles de rescatar

Rescate de especies y

reubicación de especies

Desmonte

Despalme

Retiro de residuos

Fuente: material desarrollado en clase.

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Cronograma de actividades de preparación del sitio

a) Identificación de especies de flora susceptibles de rescatar.

b) Rescate de especies de flora.

c) Desmonte. Identificados los espacios que requerirán desmonte, se

procederá al mismo de forma manual.

d) Despalme. Se realizará principalmente en las áreas de palapa, senderos

internos y área de baños.

e) Retiro de residuos producto del desmonte.

2.2.3. Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto

Durante la fase de construcción se contará con un campamento provisional y baño

seco para cubrir las necesidades de los trabajadores. Se estima que durante la

etapa de construcción del proyecto se llegará a contar con un máximo de 3

personas simultáneas. Este campamento constará de casas de campaña y

características de camping, dada la cercanía de San Evaristo.

2.2.4 Etapa de construcción

Ejemplo de duración de etapas (etapa de construcción)

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Actividad

MESES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Identificación de sitios de desplante de cabañas

Construcción cabañas

Equipamiento de cabañas

Equipamiento e instalaciones de servicios

Senderos internos y externos

Retiro de residuos

Fuente: material desarrollado en clase.

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Cronograma de actividades de preparación del sitio

a) Identificación de sitios de desplante de las cabañas. Dada la propuesta

de pilotear las cabañas, se determinará el sitio exacto para ver si se

requiere retirar vegetación o no y dejar marcados los sitios para la persona

responsable de construir las cabañas.

b) Construcción de cabañas.

c) Equipamiento de instalaciones y servicios.

d) Equipamiento de cabañas.

e) Senderos internos y externos.

f) Retiro de residuos.

2.2.5. Etapa de operación y mantenimiento

Energía eléctrica

Se instalará un sistema para paneles solares. Dado que el proyecto promueve una

cultura de cuidado a la naturaleza. Sólo se mantendrán programas de ahorro de

energía.

Dotación de agua potable

Se suministrará tanto de la ciudad de La Paz como del poblado de San Evaristo.

Se estima almacenarla en un tanque de 500 litros y se promueve un uso mínimo

del recurso, por lo que se estima un gasto máximo de 30 litros por persona para

regaderas. Además, el agua se reutilizará para riego de plantas.

Manejo de residuos sólidos

La disposición de la basura inorgánica será retirada semanalmente en bolsas de

plástico a la ciudad de La Paz, sólo los empaques de algunos alimentos. No se

proyecta generar residuos orgánicos o no de manera importante, dado que los

alimentos serán elaborados en la comunidad de San Evaristo.

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Drenaje

Cada cabaña utilizará un sanitario seco. Estos módulos requieren colocación de

tierra y cal. Se estima una capacidad para 6 meses (temporada), al término de la

cual se retirarán para su secado y reutilización como composta. Este material será

secado en un terreno del poblado donde se realiza una plantación forestal. De

este sitio se suministrará la tierra requerida para su funcionamiento.

2.2.6. Descripción de obras asociadas al proyecto

Como obra asociada al proyecto, en la etapa II se plantea la construcción de un

muelle rústico para atracadero de embarcaciones, el cual tendrá únicamente como

objetivo permitir el desembarco con seguridad de los usuarios. En su momento se

solicitará la autorización expresa.

2.2.7. Etapa de abandono del sitio

2.2.8. Utilización de explosivos

2.2.9. Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y

emisiones a la atmósfera

Etapa de preparación del sitio

a) Residuos sólidos. No se proyecta la generación de residuos y de existir

serán de empaques. Se retirarán en bolsas negras, periódicamente, a la

ciudad de La Paz. Los residuos vegetales serán colocados en el poblado

para su manejo como composta.

b) Residuos líquidos. No se generarán residuos líquidos, pues se utilizarán

sanitarios secos.

Etapa de construcción

a) Residuos sólidos. No se proyecta la generación de residuos y de existir

serán de empaques. Se retirarán en bolsas negras, periódicamente, a la

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ciudad de La Paz. Los residuos esperados son de carácter orgánico

(madera, cortes de vara, hoja de palma, etcétera) y se entregarán a la

comunidad para su uso como leña.

b) Residuos líquidos. No se generarán residuos líquidos, pues se utilizarán

sanitarios secos. Desechos utilizados para composta.

c) Emisiones a la atmósfera. Emisiones por ruido muy locales por el uso de

herramientas.

Etapa de operación

a) Residuos sólidos. Serán almacenados en bolsas negras y retirados

semanalmente a La Paz, aunque sólo los de carácter inorgánico. Se

promoverá el reciclaje, ya que se estima que la mayoría sean cartón y

envases plásticos. El servicio de alimentación será proporcionado por la

comunidad, por lo que no se estima generar residuos orgánicos y, en su

caso, serán utilizados como composta.

b) Aguas residuales. Las aguas grises provenientes de las regaderas se

reutilizarán para riego de áreas con vegetación en el predio. Se utilizarán

sanitarios secos.

2.2.10. Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los

residuos

No se requiere infraestructura específica. El manejo de los residuos orgánicos

será para la elaboración de composta.

2.3. Requerimiento de personal e insumos

Insumos

a) Materiales. Madera, herramientas, hoja de palma y vara (palo de arco).

b) Combustibles. Gasolina y aceite (para embarcaciones).

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c) Agua. 1 tanque de almacenamiento de 5000 litros.

d) Equipos de tratamiento de aguas residuales. 20 baños secos y 40

depósitos de baños secos.

Personal

En todas las actividades del proyecto se necesitará la presencia del responsable

técnico de la empresa; en los trabajos de desmonte y preparación del sitio, 3

personas; en la construcción de las cabañas, 3 personas; en el equipamiento de

cabañas, 4 personas; en la operación del proyecto, 5 personas permanentes; y,

finalmente, 3 eventuales (operadores de embarcaciones).

III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en

materia ambiental

3. 1. Nivel federal

3.1.1. Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece los objetivos y estrategias

nacionales que serán la base para los programas sectoriales, especiales,

institucionales y regionales que emanan de éste. Está estructurado en cinco ejes

rectores:

1. Estado de derecho y seguridad.

2. Economía competitiva y generadora de empleos.

3. Igualdad de oportunidades.

4. Sustentabilidad ambiental.

5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

A este respecto, los ejes 2 y 4 son los que establecen parámetros

relacionados con proyectos como el propuesto. Del eje 2, Economía competitiva y

generadora de empleos, destacan las siguientes estrategias:

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101

2.8 Turismo.

2.9 Desarrollo regional integral.

3.1.2. Programa Nacional de Medio Ambiente 2007-2012

La SEMARNAT es la encargada de fomentar la protección, restauración y

conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios

ambientales para propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable; formular

y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no

estén encomendados expresamente a otra dependencia; y administrar y regular el

uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que

correspondan a la Federación (con excepción del petróleo y de todos los carburos

de hidrógenos líquidos, sólidos y gaseosos, así como los minerales radioactivos).

3.1.3. Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

El Procedimiento Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental (PAEIA)

puede ser entendido como un producto social mediante el cual se acredita la

sustentabilidad ambiental de los proyectos de obra que más interesan al país. Es

un proceso en cuya definición participan los agentes mejor informados, caso por

caso: los promotores públicos y privados; los consultores técnicos del promotor;

las autoridades evaluadoras; los especialistas a quienes la autoridad evaluadora

consulta, y la sociedad representada por los miembros de la comunidad que

hubieran decidido intervenir en el PAEIA.

3.1.4 Programa Nacional de Áreas Naturales Protegidas 2007-2012

Objetivos estratégicos de dicho programa

Vinculación de programas federales

Proyecto Eco Turístico José California es un proyecto turístico ubicado en una

ANP, definiendo un nicho de mercado específico para residentes que gustan de la

naturaleza y actividades al aire libre, en congruencia con los Planes Nacionales de

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Turismo y de Áreas Naturales Protegidas, atendiendo los objetivos de protección y

conservación de los ecosistemas naturales de la región. El proyecto, al sujetarse a

la normativa de impacto ambiental, permitirá el seguimiento del proyecto a través

de acciones de inspección y vigilancia.

3.2. Leyes

3.2.1. Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Ejemplo relación proyecto-LGEEPA para la MIA isla San José

LGEEPA Vinculación con el proyecto

El artículo 5º define en su fracción X la competencia

para la evaluación de impacto ambiental. Las

facultades atribuidas a la Federación en el de obras o

actividades referidas en el artículo 28 y en su caso la

expedición de las autorizaciones correspondientes

Se elabora la manifestación de impacto

ambiental para someterse a evaluación de la

autoridad

Artículo 15, inciso IV.- Quien realice obras o actividades

que afecten o dañen el ambiente estará obligado a

prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así

como asumir los costos que dicha alteración involucre

El proyecto establece medidas de mitigación

para las actividades del proyecto

Artículo 28, fracción VII, relativo al cambio de uso de

suelo de áreas forestales, así como de selvas y zonas

áridas. Fracción IX referente a desarrollos inmobiliarios

que afecten los ecosistemas costeros. Fracción X sobre

obras y actividades en humedales, manglares, lagunas,

ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en

sus litorales o zonas federales. Fracción XI obras y

actividades en Áreas Naturales Protegidas de

competencia de la Federación

El proyecto requerirá la remoción de

vegetación del predio, por lo que será

necesario solicitar el cambio de uso de suelo

La ubicación del proyecto en colindancia a la

playa le define como un proyecto que afecta

sistemas costeros

Dada la presencia de un sistema de manglar

propuesta para actividades de kayak y

avistamiento de aves, requerir el uso de la

ZOFEMAT y estar ubicado en una ANP

federal

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103

Artículo 30, que especifica que para obtener la

autorización en la materia, los interesados deberán

presentar a la Secretaría una manifestación de impacto

ambiental que describa los posibles efectos en el

ecosistema, asociados a la realización de la obra que

pretenda realizarse

Se presenta a evaluación de la SEMARNAT

una MIA modalidad particular, en los

formatos y lineamientos establecidos

Artículo 98, que establece los criterios para la

preservación y aprovechamiento sustentable del suelo,

particularmente la Fracción I, que define que el uso del

suelo debe ser compatible con su vocación natural y no

debe alterar el equilibrio de los ecosistemas críticos

Conforme a los criterios de planeación en el

estado y municipio, se han definido las zonas

costeras del municipio de La Paz, una

vocación alta para el turismo y el Plan de

Manejo establece viabilidad para las

actividades turísticas

Fuente: María Teresa Reyes, consultora ambiental particular.

3.2.2. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Objetivo de la ley

Ejemplo relación proyecto-LEGEDFS para la MIA isla San José

LEGEDFS Vinculación con el proyecto

Artículo 7º, Fracción V se define como

cambio de uso de suelo a la remoción total o

parcial de la vegetación de los terrenos

forestales para destinarlos a actividades no

forestales. La fracción XL define por terreno

forestal aquél cubierto por vegetación forestal,

entendida ésta como el conjunto de plantas y

hongos que crecen y se desarrollan en forma

natural, formando bosques, selvas, zonas

áridas y semiáridas y otros ecosistemas,

dando lugar al desarrollo y convivencia

equilibrada de otros recursos y procesos

naturales

El proyecto define el requerimiento de cambio de uso

de suelo de vegetación de zonas áridas

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104

Artículo 12, que en su fracción XXIX se

refiere a la expedición por excepción de las

autorizaciones de cambio de uso de suelo

de los terrenos forestales, así como controlar

y vigilar el uso del suelo forestal, atribución que

se ejercerá por conducto de la SEMARNAT

Toda gestión relacionada con el proyecto en la materia

se realizará ante la Delegación Federal de la

SEMARNAT

Artículo 117. - La Secretaría sólo podrá

autorizar el cambio de uso de suelo en

terrenos forestales, con excepción previa y

opinión técnica de los miembros del Consejo

Estatal Forestal de que se trate y con base en

los Estudios Técnicos justificativos que

demuestre que no se compromete la

biodiversidad ni se provocará la erosión de los

suelos, el deterioro de la calidad del agua o la

disminución en su captación, y que los usos

alternativos del suelo que se propongan sean

más productivos a largo plazo

En las autorizaciones de cambio de uso de

suelo en terrenos forestales, la autoridad

deberá dar respuesta debidamente fundada y

motivada a las propuestas y observaciones

planteadas por los miembros del Consejo

Estatal Forestal. Las autorizaciones que se

emitan deberán atender lo que, en su caso,

dispongan los programas de ordenamiento

ecológico correspondiente, las Normas

Oficiales Mexicanas y demás disposiciones

legales y reglamentarias aplicables

Se presentará el Estudio Técnico Justificativo para

sustentar el cambio de uso de suelo solicitado

Se atenderá al cumplimiento de las disposiciones

definidas por el Consejo Forestal y al pago de las

compensaciones ambientales respectivas

Artículo 118.- Los interesados en el cambio de

uso de terrenos forestales deberán acreditar

que otorgaron depósito ante el fondo, para el

concepto de compensación ambiental para

Se atenderá al cumplimiento de las disposiciones

definidas por el Consejo Forestal y al pago de las

compensaciones ambientales respectivas

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105

actividades de reforestación o restauración y

su mantenimiento, en los términos y

condiciones que establezca el reglamento

Fuente: María Teresa Reyes, consultora ambiental particular.

3.2.3. Ley de Aguas Nacionales

3.3. Reglamentos

3.3.1. Reglamento de La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al

Ambiente en Materia de Impacto Ambiental

3.3.2. Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al

Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas

3.3.3. Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

3.3.4. Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales

3.3.5. Normas Oficiales Mexicanas

En este apartado se vinculan las Normas Oficiales Mexicanas que tienen relación

con este proyecto.

Áreas Naturales Protegidas

De acuerdo al listado de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la

SEMARNAT, en Baja California Sur existen siete zonas decretadas con esta

característica; las Islas del Golfo de California se encuentran bajo la categoría de

Áreas de Protección de Flora y Fauna. Tal es el caso de la isla San José, donde

se ubica nuestro proyecto, que pertenece a esta reserva y está sujeta al plan de

manejo respectivo, donde vemos que es viable el uso turístico; por lo tanto, es

congruente jurídica y administrativamente para ser sometido al procedimiento de

impacto ambiental ante la SEMARNAT por un conjunto de obras de las señaladas

en el artículo 28 de la LGEEPA y sus reglamentos en materia de impacto

ambiental y de Áreas Naturales Protegidas. La autorización específica de las

actividades eco turísticas estará sujeta a la aprobación expresa de la CONANP.

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IIVV.. DDeessccrriippcciióónn ddeell ssiisstteemmaa aammbbiieennttaall yy sseeññaallaammiieennttoo ddee llaa

pprroobblleemmááttiiccaa aammbbiieennttaall ddeetteeccttaaddaa eenn eell áárreeaa ddee iinnfflluueenncciiaa ddeell

pprrooyyeeccttoo

4.1. Delimitación del área de estudio

La isla San José se encuentra en una zona donde la principal actividad económica

es la pesca, ya que es parte de la comunidad de San Evaristo, y, debido a sus

características geológicas, tiene paisajes distintos. Como se mencionó

anteriormente, es un Área de Protección de Flora y Fauna, por lo que es factible la

realización de un proyecto eco turístico, ya que presenta gran riqueza en cuanto a

fauna marina, idónea para la pesca deportiva y actividades de observación de flora

y fauna.

Vista satelital de la isla San José

Fuente: Google Earth, versión 6.2.

4.2. Caracterización y análisis del sistema ambiental

Aspectos abióticos

a) CClliimmaa.. La isla posee un clima semidesértico, con un promedio de

precipitación anual de 200 mm y una temperatura media anual de 24°C. La

vegetación de la isla consta de chaparral, matorral espinoso, bosques de

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107

cactáceas y en su extremo sur existe un manglar.

b) Geología. Para comprender mejor los aspectos geológicos y

geomorfológicos del área de estudio es necesario abordar la zona desde un

punto de vista local. El relieve es tectónico, representado por una sierra de

naturaleza granítica de ca. con 600 metros de altura (Saénz, 1988). La isla

tiene 26.5 km de largo por 7.2 a 9.6 km de ancho, con una superficie de 194

km2 y aproximadamente 76 km lineales de costa.

c) Hidrología superficial y subterránea. Se establecen los aspectos

hidrológicos de la zona mediante bibliografía, principalmente, sin necesidad

de establecer nuevos estudios, salvo que el caso lo requiera o alguna de

las condicionantes.

Aspectos bióticos

a) Vegetación. La isla San José pertenece al conjunto de islas del Golfo de

California. Su flora pertenece al desierto sonorense, el cual, debido a su

estructura biológica, geológica y diversidad de especies, es uno de los

desiertos más complejos de Norteamérica, pero no de los más diversos del

mundo. Las especies que predominan en la flora insular son las plantas

suculentas y las cactáceas, como las chollas (Opuntia) y los cardones

(Pachycereus); también se encuentran árboles y grandes arbustos de palo

verde (Cercidium), palo fierro (Olney), lomboy (atropha) y torote o árbol de

elefante (Bursera) (CONANP).

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Vista del predio para la MIA: Proyecto Isla San José

Fuente: Google Earth, versión 6.2.

Matorral espinoso. Formado por más del 70% de plantas

espinosas. Entre los matorrales de este tipo son frecuentes los de

Acacia farnesiana (huizache), Prosopis spp. (mezquite) y Mimosa

spp. (uña de gato).

Manglares. Son ecosistemas naturales altamente productivos

(exportadores de nutrientes). Funcionan como criaderos para

muchas especies de peces y otros animales marinos, además de

que constituye un hábitat primario de crianza para muchas otras

especies, así como un biotopo ecológicamente importante. Su

conformación geomorfológica protege la costa contra la erosión, las

marejadas, tormentas y huracanes. En el extremo sur de la isla se

encuentran los manglares más desarrollados de todas las islas del

Golfo de California, tales como Rizophora mangle (mangle rojo),

Laguncularia racemosa (mangle blanco) y Avicennia germinans

(mangle negro), todas ellas en estatus de bajo amenaza según la

Norma Oficial Mexicana 059 (CONABIO).

b) Fauna. La composición de la fauna terrestre de las islas, en general, se

determina por diversos factores, como lo son: la distancia que existe entre

las islas y el continente, su origen, su tamaño, altitud, la presencia o

ausencia de agua dulce, la disponibilidad de alimento, la diversidad de

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109

hábitats y la diversidad de plantas que existen en cada isla (CONANP).

CONABIO reporta para la Región Prioritaria Marina “Complejo Insular de

Baja California Sur” (dentro de la cual se encuentra la isla San José) la

presencia de una gran biodiversidad compuesta por moluscos, peces, aves

y reptiles.

Paisaje

El paisaje en isla San José se conserva en condiciones naturales casi en su

totalidad. No se observa infraestructura en la línea de costa, las mesetas y

lomeríos bajos que caracterizan la zona, por lo que el lugar conserva sus rasgos

topográficos intactos. El paisaje es el típico costero que predomina en el estado,

con amplias playas de arena blanca, pequeñas bahías, bajos lomeríos y serranías

en las partes altas.

Vista panorámica del predio para la MIA: Proyecto Isla San José

Fuente: Google Earth, versión 6.2.

Las características del sistema ambiental de la isla se dividen en cuatro

unidades paisajísticas: aluvión, bosque de cardón, cañadas y mesetas, donde, a

su vez, se encuentran cuatro tipos de sustratos: rocoso, acantilado, arenoso y

manglares, lo que hace que el lugar sea interesante para elaborar el proyecto,

buscando un impacto mínimo en su elaboración.

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110

En un estricto sentido, el paisaje se verá modificado por la construcción de

las cabañas, aunque, dada la baja densidad de vegetación, el impacto visual

proyectado no se considera severo; además, la superficie del proyecto es pequeña

y se proyecta mantener senderos e islas de vegetación naturales entre las

cabañas y el resto de la infraestructura.

Otro elemento que modifica el paisaje es la instalación de paneles solares,

aunque éstos serán colocados en la parte posterior de la cabaña, evitando que

sean visibles.

Medio socioeconómico

Debido al reducido número de habitantes en Isla San José y a su poca

permanencia en el lugar, los datos de este apartado corresponden en su mayoría

a las localidades cercanas al proyecto, específicamente a la población de San

Evaristo, sobre todo por su cercanía y la influencia que generará el presente

proyecto en dicha comunidad.

Demografía

El municipio de La Paz es el más poblado del estado y está compuesto por 904

localidades según el conteo de población y vivienda 2005 del INEGI. Las cinco

principales son La Paz (capital del estado), Todos Santos, El Centenario,

Chametla y El Pescadero, mientras que el El Sargento se ubica en noveno lugar y

Los Planes se ubica en décimo lugar.

La isla San José no se encuentra permanentemente habitada, aunque sí

existen residentes temporales y su variación de estadía en el cuerpo insular es

muy diversa a lo largo del año. INEGI reportó para el XI una población de 46

personas.

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111

Número de familias por localidad circundante al proyecto

Localidad Número de familias

San Evaristo 22

El Pardito 8

Palma Sola 6

Ensenada del Cortés 20

Punta Alta 10

La Cueva 6

Nopoló 3

Fuente: Secretaría de Pesca y Acuacultura.

Estructura de la población

La población total de San Evaristo es de 61 personas, de las cuales 31 son

hombres y 30 son mujeres. Los ciudadanos se dividen en 24 menores de edad y

37 adultos, de entre los cuales cuatro tienen más de 60 años.

Actividades económicas

La ocupación es creciente, principalmente por pescadores rivereños. La población

turística en la zona es muy cambiante según la temporalidad y existen prestadores

de servicios que realizan viajes a las zonas aledañas, aprovechando sus recursos

naturales. Otra actividad económica importante es la de bienes raíces y su

especulación inmobiliaria, gracias a la cual la isla alcanza un valor muy elevado

por la venta de su tierra. En internet se pueden encontrar anuncios de propiedades

dentro de la isla en venta.

Aparentemente, la salina de la isla se encuentra fuera de funcionamiento u

opera sólo temporalmente, en cuyo caso está afectando a la isla geográficamente

y provoca una migración de personas al cuerpo insular cada vez que está en

operación. El número de personas puede aumentar hasta medio centenar y

disminuir en ocasiones sólo a 4 trabajadores pertenecientes a la empresa.

Por su parte, en la comunidad de San Evaristo la población dedicada a la

pesca consta de 64 personas, quienes cuentan con 17 permisos para la pesca de

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escama. Sólo existe una sociedad cooperativa constituida hace apenas tres años,

misma que cuenta con tres permisos de pesca; los otros 14 permisos son en la

modalidad de permisionarios privados.

Vivienda

En San Evaristo hay un total de 15 hogares: 2 tienen piso de tierra y 2 constan de

una sola habitación. Todas las viviendas tienen instalaciones sanitarias y ninguna

está conectada al servicio público. 14 tienen acceso a luz eléctrica y la estructura

económica no permite que cuenten con computadora o lavadora; sin embargo, 10

tienen por lo menos una televisión.

Salud

5 personas del total de la población de San Evaristo tienen derecho a atención

médica en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Servicios

Problemática actual de la zona

4.2.1. Diagnóstico ambiental

La vegetación de la región está incluida dentro de la provincia biogeográfica del

desierto sonorense, caracterizada por el matorral xerófilo. Este tipo de vegetación

comprende una amplia gama de asociaciones vegetales, cuya principal

característica es la dominancia de formas de vida arbustiva, con adaptaciones al

xeromorfismo (adaptada a bajos niveles de precipitación pluvial y a altas

temperaturas ambientales), resultando en una relativa baja cobertura vegetal y

escasa talla de sus componentes leñosos.

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Vista del predio y característica del paisaje: Proyecto Isla San José

Fuente: Google Earth, versión 6.2.

VV.. IIddeennttiiffiiccaacciióónn yy eevvaalluuaacciióónn ddee llooss iimmppaaccttooss aammbbiieennttaalleess

5.1. Metodología para evaluar los impactos ambientales

Identificación de impactos

Con base en las actividades que propone el proyecto, se determina una lista de

chequeo de aquellas actividades que pueden producir un impacto al medio

ambiente, con el objetivo de definir un indicador ambiental. Las actividades a

realizar son:

a) Preparación del sitio. Recuperación de especies, desmonte manual,

despalme, manejo de residuos y contratación de personal.

b) Construcción. Adquisición de materiales, consumo de agua potable,

generación de residuos y contratación de personal.

c) Operación. Adquisición de materiales, consumo de agua potable,

generación de residuos y contratación de personal.

Medidas generales de mitigación

a) Rescate de especies de flora. Éstas se trasplantaran en áreas específicas

destinadas a zonas de rescate.

b) Piloteo. Se llevará a cabo con materiales rústicos de la localidad con la

finalidad de reducir los impactos negativos.

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c) Flora y fauna en actividades eco turísticas. Se implementarán talleres,

cursos y pláticas de concientización ambientales. 1

4.2. Conclusión

Como podemos observar, la realización de una manifestación de impacto

ambiental no es tarea sencilla, pues requiere de una labor y una planeación

extensas, sobre todo para aquellas personas que no están muy familiarizadas con

este tipo de actividades, tanto en el plano administrativo y jurídico, como en el

trabajo de campo. Sin embargo, tenemos que entender que son requisitos

fundamentales que debemos cumplir para ser lo más responsables, no sólo con

las leyes y normas establecidas, sino también con el entorno ecológico.

1 consultar anexo 1

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115

5. Módulo V. Medidas de mitigación

El siguiente módulo presenta modelos sobre medidas de mitigación, abordando no

sólo la parte teórica relacionada con el tema, sino también un ejemplo de los

conceptos que fueron presentados y sus características como actividad educativa

y de desarrollo.

5.1. Definiciones pertinentes

Definiciones de la Real Academia Española

Impacto.

(Del lat. tardío impactus).

m. Choque de un proyectil o de otro objeto contra algo.

m. Huella o señal que deja.

m. Efecto de una fuerza aplicada bruscamente.

m. Golpe emocional producido por una noticia desconcertante.

m. Efecto producido en la opinión pública por un acontecimiento, una disposición

de la autoridad, una noticia, una catástrofe, etcétera.

Ambiental.

1. m. Conjunto de posibles efectos negativos sobre el medio ambiente de una

modificación del entorno natural, como consecuencia de obras u otras actividades.

Prevención.

(Del lat. praeventĭo, -ōnis).

f. Acción y efecto de prevenir.

f. Preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o

ejecutar algo.

f. Provisión de mantenimiento o de otra cosa que sirve para un fin.

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Mitigación.

(Del lat. mitigatĭo, -ōnis).

f. Acción y efecto de mitigar.

Mitigar.

(Del lat. mitigāre).

tr. Moderar, aplacar, disminuir o suavizar algo riguroso o áspero. U. t. c. prnl.

Definiciones art. 3 LGEEPA

Impacto ambiental. Modificación del ambiente ocasionada por la acción

del hombre o de la naturaleza.

Manifestación del impacto ambiental. El documento mediante el cual se

da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental significativo y

potencial que generaría una obra o actividad , así como la forma de evitarlo

o atenuarlo en caso de que sea negativo.

Prevención. El conjunto de políticas y medidas para mantener las

condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y

hábitat natural y los componentes de la biodiversidad fuera de su hábitat

natural.

Protección. El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y

controlar su deterioro.

Restauración. Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y

restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad

de los procesos naturales.

Daño ambiental. Es el que ocurre sobre algún elemento ambiental a

consecuencia de un impacto ambiental adverso.

Daño a los ecosistemas. Es el resultado de uno o más impactos

ambientales sobre uno o varios elementos ambientales o procesos del

ecosistema que desencadenan un desequilibrio ecológico.

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Daño grave al ecosistema. Es aquél que propicia la pérdida de uno o

varios elementos ambientales, que afecta la estructura o función, o que

modifica las tendencias evolutivas o sucesionales del ecosistema.

Desequilibrio ecológico grave. Alteración significativa de las condiciones

ambientales en las que se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y

residuales que ocasionarían la destrucción, el aislamiento o la

fragmentación de los ecosistemas.

Impacto ambiental acumulativo. El efecto en el ambiente que resulta del

incremento de los impactos de acciones particulares, ocasionado por la

interacción con otros que se efectuaron en el pasado o que están

ocurriendo en el presente.

Impacto ambiental sinérgico. Aquél que se produce cuando el efecto

conjunto de la presencia simultánea de varias acciones supone una

incidencia ambiental mayor que la suma de las incidencias individuales

contempladas aisladamente.

Impacto ambiental significativo o relevante. Aquél que resulta de la

acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los

ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la

existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la

continuidad de los procesos naturales.

Impacto ambiental residual. El impacto que persiste después de la

aplicación de medidas de mitigación.

Medidas de prevención. Conjunto de acciones que deberá ejecutar el

promovente para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente.

Medidas de mitigación. Conjunto de acciones que deberá ejecutar el

promovente para atenuar los impactos y restablecer o compensar las

condiciones ambientales existentes antes de la perturbación que se

causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas.

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Como se observa, los significados pueden variar de una dependencia a

otra, por ello bajo un marco legal las definiciones de un tema deben ser muy

específicas, además de que deben tener cierta funcionalidad, pues las palabras

representan un instrumento o herramienta y se debe dominar su uso, ya que un

pequeño error puede afectar a la naturaleza o a alguna persona, utilizando estas

definiciones como ventaja de algún vacío existente derivado de una mala

interpretación o de una interpretación a conveniencia. De este modo, para fines

legales las definiciones se buscan en la ley y no en un diccionario.

5.2. Actividad #1 relacionada con desarrollo sustentable

Se presentó ante los participantes del módulo una bolsa de papel con diferentes

productos, y se procedió a lo siguiente:

Se ofreció a los participantes la bolsa con la pregunta: ¿alguien gusta un

dulce?

La bolsa y su contenido fueron pasando de mano en mano alrededor de los

asientos del diplomado. Cuando la bolsa regresó a su dueño se notaron los

siguientes resultados: a) No todos los compañeros tomaron golosinas de la

bolsa; b) Algunos compañeros tomaron más de una golosina; c) Otros

seleccionaron la golosina que tomaron; d) Algunos no alcanzaron a tomar

golosinas pese a que deseaban tomar una, y e) Las golosinas de mayor

calidad se terminaron primero y los cacahuates quedaron a lo último.

A pesar de la relativa sencillez de la actividad, el resultado final es aún más

profundo y tiene relación directa con el tema que nos atañe, como explicaremos a

continuación.

Al final se abordó al grupo con una pregunta: ¿qué relación crees que

tenga lo que acaba de pasar dentro del salón con el tema de desarrollo

sustentable? La conclusión final fue la siguiente: las golosinas representan los

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recursos naturales y el grupo representa las distintas personas involucradas

dentro del tema de medio ambiente; podemos decir que los recursos no se

cuidaron de manera adecuada, no fueron repartidos de manera equitativa: algunos

consiguieron lo que deseaban, otros no; los recursos se agotaron y, finalmente,

quedó un desecho o impacto final del cual nadie se hizo cargo: la bolsa.

De esta forma, deducimos que el desarrollo sustentable no tuvo cabida

durante la realización de esta actividad.

Figura. 1. Ejemplo del desarrollo sustentable representado por una mesa

Fuente: ejemplo expuesto durante clase.

En el ejemplo anterior se muestra una mesa, la cual representa un modelo

de desarrollo sustentable. Las 4 patas son el pilar de dicho desarrollo y, como

cualquier estructura de este tipo, si falta alguno de sus pilares se desploma, al

igual que sucede en algún proyecto, obra o actividad. Si se presenta el caso, ya no

puede ser sustentable.

Aspecto Ecológico

Desarrollo sustentable

Aspecto cultural Aspecto Social Aspecto Económico

Aspecto Ecológico

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5.3. Actividad #2 relacionada con impactos y manifestaciones de impacto

ambiental

La segunda actividad consistió en dividir a todo el alumnado en tres equipos

iguales, y a cada uno se le presentaron las siguientes constantes: para trabajar,

cada equipo contaba ficticiamente con 5 millones de dólares libres de impuestos,

además de un terreno cerca del mar, en Todos Santos, BCS, que los equipos

pretenderían no conocer. Además, se le proporcionó a cada equipo un mapa: al

primero se le dio un globo terráqueo pequeño del tamaño de una pelota de tenis,

al segundo un globo terráqueo de tamaño común delimitado, y al tercero un mapa

de BCS con división política.

Los equipos debían seleccionar un lugar propicio para construir su proyecto,

el cual podía ser una casa o un complejo económico. Asimismo, debían plantearse

los posibles impactos y problemas que generaría la construcción en ese lugar. La

intención de la actividad era intentar resolver los problemas únicamente con la

información proporcionada. Nuestro equipo fue el número 3, y a pesar de contar

con el mapa, fue difícil tratar de ubicar el proyecto. A continuación, desglosamos la

actividad paso por paso:

Comenzamos por discutir los posibles lugares para instalar nuestra

construcción; decidimos que el mar sería, sin duda, uno de los atractivos que

utilizaríamos para este fin. Entonces, ubicamos nuestro proyecto en el lado este

de la carretera Transpeninsular, la cual se encontraba marcada en nuestro mapa.

Lo siguiente fue ubicar la zona cercana al poblado, sin embargo, no deseábamos

estar muy cerca pues no sabíamos si este poblado contaba con problemas en

cuanto a seguridad, contaminación, ruido, etcétera; aunque, por otro lado, no

queríamos estar muy retirados de algunos servicios en caso de emergencia

(policía, bomberos, red de agua potable y energía, por ejemplo). Así, decidimos

ubicar la zona muy cercana a punta lobos. Posteriormente, comenzamos a pensar

en los posibles problemas que generaríamos: ubicamos el proyecto en una zona

por donde no existía un escurrimiento fluvial y donde no estuviese encajado en

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algún cerro; ubicamos un terreno plano, tránsito de camiones de construcción,

abastecimiento de agua del poblado más cercano y mano de obra local.

Básicamente, ésta fue nuestra aportación.

Una vez terminado el trabajo, compartimos experiencias con el resto de los

equipos:

Equipo número 1. Mencionaron que fue muy difícil utilizar un globo

terráqueo tan pequeño para ubicar el proyecto. La península de BCS se

veía muy reducida y no se podía distinguir alguna zona en específico.

Discutieron y concluyeron que no podrían identificar algún posible

problema o algo negativo con su presencia en la zona. Ubicaron el

proyecto en la parte sur de la península, mas carecían de información para

saber si estaban encima de un poblado o no.

Equipo número 2. Para ellos también fue difícil ubicar una zona.

Mencionaron que la establecieron debajo de la cordillera de la sierra La

Laguna, cercana a la playa, mas no sabían si se encontraba algún poblado

cercano o no. Los posibles impactos que encontraron fueron que el mar

podría estar contaminado o que, incluso, ellos podrían generar

contaminación en él. No tenían idea de dónde obtendrían el abastecimiento

de agua y energía eléctrica.

Aunque nuestro equipo también tuvo algunos problemas, después de las

primeras participaciones pudimos notar que logramos ubicar mejor nuestro

proyecto, pues teníamos mejores referencias y se notaban los pueblos aledaños.

Las conclusiones generales de la actividad fueron las siguientes:

Para crear un proyecto se debe conocer la zona a profundidad; no es

posible delimitar un espacio, prevenir o mitigar un impacto si no se conoce y

no se puede prevenir un impacto si no se tiene clara la descripción de un

sistema ambiental, como ya ha ocurrido en muchas manifestaciones de

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impacto ambiental, en las cuales se hace menos trabajo de campo que

bibliográfico; incluso, muchas veces son personas foráneas las que realizan

el estudio sin conocer bien a bien la zona, pudiendo representar un peligro

ecológico.

5.4. Medidas de mitigación y de prevención

Expresan un conjunto de acciones y estrategias que se diseñan para evitar y

contrarrestar los efectos negativos que el proyecto pueda tener durante cualquiera

de sus etapas.

Una medida preventiva es aquélla que se realiza para que algo negativo no

ocurra. Una medida de mitigación es la que aligera la carga ambiental al

ecosistema, pero no la evita. Se trata de cubrir uno o más de los siguientes

propósitos:

Evitar el impacto del conjunto aplicando ciertas acciones o partes de una

acción.

Minimizar los impactos limitando el grado o magnitud de la acción y su

implantación.

Rectificar el impacto mediante la reparación, rehabilitación o restauración

del ambiente afectado.

Reducir o eliminar el impacto en el tiempo mediante la preservación y

mantenimiento de las operaciones durante el ciclo de vida de la acción.

Compensación por el impacto mediante el reemplazo o suministro de

recursos o ambientes sustitutos.

Por otro lado, los efectos negativos más relevantes incluyen:

Contaminación.

Reducción de la biodiversidad.

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Modificación del paisaje.

Desplazamiento de valores culturales.

Afectaciones a la salud de la población.

Fenómenos inflacionarios y de migración.

Los tipos de impactos adversos realizados por el hombre, generalmente se

dividen en dos:

Adversos irreversibles. Implica la destrucción del ecosistema en un 100%,

la medida es de compensación y considera la retribución a la sociedad de

los recursos de que será privada por la instrumentación del proyecto,

cuando no sea posible la restitución de los atributos del ambiente.

Adversos mitigables. Considera la instalación de dispositivos que

reduzcan emisiones contaminantes, cambio en los procesos, restauración

de ecosistemas, redoblamiento de hábitats, generación de empleos,

implementación de sistemas de seguridad social, entre otros.

Existen también algunos impactos positivos y negativos que son naturales,

por ejemplo, imaginemos un incendio forestal; aparentemente es un impacto

negativo natural y en muchos sentidos puede serlo, pero, dicho impacto, sucede

con frecuencia sin ser provocado por el hombre y da pie a una serie de

acontecimientos de renovación de la vegetación: algunas semillas necesitan al

fuego como agente externo facilitador para salir de su periodo de latencia, y es

entonces cuando, después de un incendio forestal, muchas plántulas nuevas

surgen. Este caso puede ser considerado un impacto natural positivo.

5.5. Actividad #3: dificultad en cuanto a evaluación, realización,

implementación y conformidad de todas las partes de una MIA

El ejercicio que realizamos fue el siguiente: se tenía que hacer una MIA para un

basurero dentro del municipio X, en la ciudad X del estado. El grupo fue dividido

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en equipos de 3 personas y a cada equipo le tocó ser un actor diferente, es decir,

todos jugamos un papel dentro de la implementación de dicho proyecto. Entre los

actores se encontraban la autoridad desglosada (municipal, PROFEPA,

SEMARNAT), la sociedad, los locales, organizaciones no gubernamentales,

técnicos especialistas, instituciones académicas y el promovente. La intención era

presentar una MIA para que todos tuvieran la oportunidad de hablar respecto al

tema y opinar según se fuera desarrollando: sería ingresada, integrada, analizada,

y al final la autoridad (representada por uno de los equipos) decidiría si era o no

evaluada.

El equipo promovente presentó brevemente las acciones a realizar para

mitigar sus impactos y explicó que el basurero surgió como una necesidad de la

ciudad, ya que el que utilizaba actualmente contaminaba demasiado y estaba

operando fuera de su capacidad. El desmonte sería gradual, se respetaría la flora

que se encontrara dentro de la norma y se emplearía a personal local (mano de

obra local). De este modo, la MIA contaba con elementos, a su juicio, legalmente

correctos en cuanto a propiedad y otros aspectos que la ley requiere.

Por su parte, el equipo de ONG’s se pronunció en contra de dicho

proyecto; mencionaban, entre otras cosas, que el daño a la zona que pretendían

utilizar sería irreversible, además de que ésta podría ser utilizada como destino

turístico debido a su valor paisajístico. Su conclusión era que el proyecto debería

ser replanteado en otro lugar.

El equipo PROFEPA comentó que cuando recibió la solicitud de

información por medio del equipo SEMARNAT analizaron la documentación y se

encontraba el predio en orden; no tenían ningún procedimiento en contra del

promovente, lo cual hacía viable la realización de dicho proyecto. A su vez, el

equipo MUNICIPIO explicó que, costara lo que costara, pondrían ese basurero, ya

que era una deuda que tenían con la sociedad y era necesario para asegurar el

bienestar de las familias pues representaba un problema de salubridad el no tener

un basurero nuevo.

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Los técnicos especialistas y el cuerpo académico opinaron que se

encontraban algo preocupados por ciertos detalles que presentaba la MIA,

relacionados con la operación de camiones en dicha zona, ya que los patrones de

ruido podían cambiar el comportamiento de la fauna. Aseguraban que dicho

aspecto, que no se presentaba en la MIA, debía ser corregido.

Por su lado, la sociedad argumentaba que estaba de acuerdo, pues

conocían la necesidad de conseguir un lugar apto para la disposición de los

desechos pues el que actualmente utilizaban tenía muchos problemas. Los locales

se encontraban algo consternados: el predio vecino pertenecía a un ranchero, el

cual desarrollaba actividades de cacería cinegética en la zona y decía que allí no

estaban enterados de que se pretendía hacer un basurero, sólo las ONG’s se

habían acercado a ellos para pedirles que firmaran una hoja en contra del

proyecto porque podría acarrear problemas; además, no sabían cómo los ruidos,

polvos levantados y la basura afectarían sus actividades económicas, que eran,

principalmente, la siembra y la cacería cinegética. El local solicitaba del

promovente más información, ya que no tenía idea de lo que se pretendía y cómo

se llevaría a cabo.

Así, las opiniones siguieron contraponiéndose durante toda la actividad:

unos a favor y otros en contra, hasta que, después de un largo periodo, llegó el

tiempo de dictar la autorización. El equipo representante de SEMARNAT autorizó

de manera condicionada la realización y operación de obras para el nuevo

basurero. Las condicionantes fueron, entre otras:

Utilizar camiones siempre cubiertos con polvaredas o lonas.

Para las etapas de preparación del sitio construcción y operación del

basurero, que se cumpliera con todas las normas mexicanas referentes al

tema.

Que se reubicara en cuanto a coordenadas geográficas la disposición de

los desechos a fin de mitigar el impacto visual al paisaje.

Que se mantuviera el monitoreo constante de la naturaleza.

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Que no fuese obstruido el flujo de los escurrimientos de agua.

Al final, esta actividad representó de manera muy gráfica lo que en realidad

es una MIA de algún proyecto. El medio ambiente es un lugar donde todo el

entorno participa y deben tomarse en cuenta muchas variables. Resulta difícil para

un promovente satisfacer a todos los actores, ya que no puede permitirse estar

bien siempre con todos: tendrá discrepancias con algunos. Para la autoridad

también es complicado evaluar algún proyecto que surge por necesidad, pero que

invariablemente tendrá algunos efectos negativos dentro de la naturaleza o para

algunas personas en particular. Por su parte, los vecinos también están en su

derecho de inconformarse con determinado proyecto que les perjudique.

En conclusión, pueden llegar a ser temas bastante delicados pero que,

desde un punto de vista objetivo, deben ser resueltos para intentar lograr el punto

de equilibrio que beneficie de la mejor forma a cada una de las partes, tarea

realmente complicada a causa de la cantidad de personas que intervienen.

Podemos argumentar entonces que cualquier proyecto es posible, pero no

cualquiera es viable.

5.6. Autorización o negativa de una MIA

Las razones que señala la ley para la negativa de una MIA, son:

Contravenir la legalidad ambiental. Causal que en los hechos casi nunca

sucede, pues muchas de las MIA contravienen la legalidad ambiental,

considerando que ésta no sólo es la LGEEPA o su reglamento en materia

de impacto ambiental. Existen, entre otras, la Ley de Vida Silvestre, la Ley

General de Desarrollo Forestal Sustentable, los reglamentos de la LGEEPA

en materia de ordenamiento ecológico, Áreas Naturales Protegidas,

emisiones a la atmosfera, etcétera; las Normas Oficiales Mexicanas en

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materia ambiental y los instrumentos internacionales. Todo lo anterior es la

legalidad ambiental vigente para México

La posible declaración de amenaza o peligro de extinción de especies.

Esta causal se puede sortear con las medidas de mitigación, con cosas tan

absurdas como rutas para animales con perfectas señalizaciones, la

reforestación con 180 árboles por cada árbol cortado, entre otras.

Falsedad de la información. Esta causal también resulta una ficción, pues

ante la carga de trabajo de las dependencias encargadas de la evaluación,

casi nunca acuden a los sitios a verificar la información señalada por el

promovente en su manifestación.

5.7. Prevención y principio precautorio

Un acierto en esta materia es el principio precautorio mediante el concepto:

pueden causar. El principio 15 de la Declaración de Río señala que, a falta de

certeza científica sobre los daños o afectaciones, se dará prioridad a la protección

y conservación de los recursos naturales o a los servicios ambientales.

Este principio está cobrando particular relevancia a nivel nacional, sobre

todo en cuanto a la protección de derechos difusos o legítimos, indeterminados o

indeterminables, rompiendo así la barrera de los principios jurídicos basados en el

interés jurídico personal y directo. La autoridad tiene en su labor una tarea nada

fácil: mantener una postura neutral y objetiva la mayor parte del tiempo; el negar o

no una MIA debe hacerse con la mayor objetividad posible, sin tener favoritismos o

hacer a un lado a los que menos tienen, mucho menos ponerse del lado

económico. Cualquier duda se puede prestar a malos entendidos, por lo que es

una labor riesgosa, de extrema responsabilidad, la cual compete a todos:

promoventes, ONG’s, población, instituciones académicas, por mencionar

algunos.

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5.8. Características de la evaluación de impacto ambiental

a) Bilateral. El promovente “propone” y la autoridad “dispone”.

b) Restrictiva. La autoridad establece las condiciones a las que se sujetará la

obra o actividad.

c) Restringida. A obras o actividades que puedan causar desequilibrio

ecológico (artículo 28 LGEEPA y 5° del Reglamento en Materia de

Evaluación de Impacto Ambiental.

d) Restringida. A obras o actividades que rebasen los límites y condiciones

establecidos en las disposiciones aplicables para proteger al ambiente y

preservar y restaurar los ecosistemas.

e) Finalidad. Evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio

ambiente.

f) Producto. Autorización de impacto ambiental, evaluable y verificable en

cualquier etapa del proyecto. Otorga derechos y obligaciones.

Existen otras autorizaciones, ya que no todo requiere de una MIA, por

ejemplo:

Licencia ambiental. Las que se otorgan a empresas o industrias para

operar durante un año cierta actividad.

Permiso. Para una Unidad de Manejo y Aprovechamiento.

Concesión. Zona Federal Marítimo Terrestre

Estudio de riesgo. Cuando los daños puedan ser graves o generar

peligros inminentes.

Éstas, al igual que una MIA, pueden ser autorizadas, condicionadas o

negadas (se pueden negar cuando exista falsedad de información o cuando se

contravenga lo establecido por la ley). Específicamente se inspecciona para

verificar las medidas de mitigación o prevención. Las resoluciones tienen un

conjunto de medidas que se vuelven obligatorias; una vez autorizadas por la

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SEMARNAT son revisadas por la PROFEPA. Todo lo que se pone como medida

es inspeccionable y todo lo que se pone como medida de mitigación es

sancionable. En la siguiente tabla se ilustra un conjunto de medidas, a ser

inspeccionadas:

Tabla 5. Parte de un acta de inspección de medidas de mitigación, con observaciones por parte del inspector de la PROFEPA

Fuente: material proporcionado en clase.

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130

Podemos observar algunas de las medidas de mitigación propuestas por el

promovente en un acta de inspección. La autoridad las evaluó y autorizó; la

PROFEPA lleva a cabo la inspección de dichas medidas y del lado derecho relata

los aspectos de cada una durante un recorrido dentro de un acta de inspección.

También encontramos en la tabla cómo es que se verifican las medidas de

mitigación y cómo son revisadas por la autoridad competente.

Cabe señalar que dicha revisión debe ser sólo de tipo “relatoría”, es decir,

sin hacer conjeturas personales: solamente se señala lo que se observa. Un

ejemplo sería relatar “el permiso presentado es falso”, a diferencia de decir “el

permiso presentado es una fotocopia y no cuenta con los elementos necesarios

que lo acrediten”. La autoridad debe ser muy clara y la persona que está

encargada de llevar a cabo las inspecciones no puede ir más allá de lo que le

compete.

5.9. Conclusión

Podemos concluir que una MIA es un proceso que involucra a la sociedad en

conjunto con la autoridad; las medidas de mitigación son propuestas por el

particular y evaluadas por la autoridad, la cual puede solicitar información a

terceros, al igual que el particular. Existen diversos tipos de impactos, tanto

positivos como negativos, y ambos deben ser incluidos dentro de una MIA; de esta

manera, se logran equilibrar los impactos, la autoridad los evalúa. Existen

requerimientos legales y no todas las actividades deben presentar una MIA,

aunque la mayoría sí están sujetas a algún tipo de regulación y deben ser

congruentes con las leyes aplicables para la actividad que se desea desarrollar.

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6. Módulo VI. Auditoría ambiental y medidas de mitigación

El módulo se presenta como una guía u orientación para la comprensión y/o

desarrollo de una auditoría ambiental. Además, se relata de manera breve el

desarrollo de una práctica de campo en una empresa hotelera establecida en el

municipio de La Paz, la cual llevó a cabo un proceso de auditoría y obtuvo el

certificado correspondiente en este rubro.

Cabe destacar que la auditoría ambiental no es más que un procedimiento

mediante el cual las autoridades pretenden o intentan regular a las empresas y su

desempeño ambiental; este proceso es voluntario y las empresas desarrollan la

mayoría del proceso.

6.1 Antecedentes

Los antecedentes de la auditoría ambiental se remontan a los años setenta,

cuando un grupo de compañías, trabajando de manera independiente y por

iniciativa propia, desarrollaron programas de auditoría como herramientas internas

de administración para ayudar a revisar y evaluar la situación de sus unidades

operativas. Desde entonces, los programas de auditoría ambiental han seguido

evolucionando hasta alcanzar en los países pioneros un considerable grado de

especialización.

La serie de explosiones ocurridas en Guadalajara en 1992, tragedia

indeleble en la memoria de la nación mexicana, indujo a la instrumentación del

Programa de Auditoría Ambiental, a través de la creación de la Procuraduría

Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), que es el órgano mexicano

facultado para hacer cumplir la ley ambiental por medio de los instrumentos de

política ecológica consagrados en ella.

La atribución sustantiva de la PROFEPA es la vigilancia del cumplimiento

de la ley para proteger al ambiente. Esto se logra mediante dos mecanismos

básicos: la verificación normativa y la auditoría ambiental. La primera tiene la

ventaja de ser un acto de autoridad; sin embargo, tiene una limitante: sólo se

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puede exigir el cumplimiento de aquello que está normado. Por el contrario, la

importancia de la auditoría ambiental en México radica en que, al ser un acto

concertado, puede incluir situaciones aún no reglamentadas, pero que requieren

de una urgente atención.

Se decidió emplear desde el principio el enfoque no punitivo en las

auditorías ambientales debido a la situación imperante en nuestro país, la cual

puede delinearse de la siguiente manera:

21 años de poco o nulo cumplimiento de la legislación ambiental.

Enormes cantidades de residuos peligrosos mal almacenados y dispuestos.

Falta casi total de cultura ambiental.

Marco jurídico incompleto y desarticulado.

Mecanismos laxos de cumplimiento.

Incipiente sector ambiental.

Incipiente ordenamiento ecológico y del territorio.

Tecnología de producción obsoleta.

Escasez de políticas crediticias y de estímulos.

En principio, esta situación provocaba renuencia del sector industrial para

analizar su realidad ambiental, por lo que se buscó iniciar una labor intensa de

convencimiento sobre los fines de la auditoría ambiental y establecer alicientes,

como el hecho de que durante el proceso de auditación y cumplimiento de planes

de acción, derivados de éste, la industria en cuestión no sería incluida en el

Programa Normal de Verificación Normativa, excepción hecha por denuncias

ciudadanas legalmente fundadas y de situaciones de contingencia.

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6.2. Marco legal, términos de referencia para realizar auditorías ambientales

a organizaciones industriales y no industriales, LGEEPA

El artículo 38 dicta que los productores, empresas u organizaciones empresariales

podrán desarrollar procesos voluntarios de autorregulación ambiental, a través de

los cuales mejoren su desempeño ambiental, respetando la legislación y

normatividad vigente en la materia, además de que se comprometan a superar o

cumplir mayores niveles, metas o beneficios en materia de protección ambiental.

6.3. Definiciones pertinentes

Es necesario mencionar que durante el transcurso de este diplomado el

reglamento mexicano, en materia de auditoría ambiental, se encontraba en una

fase transitoria entre dos reglamentos: el anterior Reglamento de la LGEEPA en

Materia de Auditoría Ambiental, y el nuevo Reglamento de la LGEEPA en Materia

de Autorregulación y Auditorías Ambientales.

Por lo que todas aquellas empresas que ingresaron a auditoría ambiental a

partir de la fecha de publicación del nuevo reglamento fueron cubiertas bajo sus

normas; por su parte, todas las empresas que ingresaron o se auditaron antes de

la publicación del nuevo reglamento estuvieron sujetas a la normativa anterior.

Esto ha representado un problema para la procuraduría, quien ha tenido que verse

en la forzosa necesidad de estar en medio de los dos reglamentos. Y aunque

existe cierta similitud entre ambos reglamentos, también existen cambios

considerables, mismos que se detallan a continuación:

Auditoría ambiental (anterior). Examen exhaustivo de los equipos y

procesos de una empresa, así como de la contaminación y riesgo que la

misma genera, que tiene por objeto evaluar el cumplimiento de sus políticas

ambientales y requerimientos normativos con el fin de determinar las

medidas preventivas y correctivas necesarias para la protección del

ambiente y las acciones que permitan que dicha instalación opere en pleno

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cumplimiento de la normatividad ambiental vigente, así como conforme a

normas extranjeras e internacionales y buenas prácticas de operación e

ingeniería aplicables.

Auditoría ambiental (vigente). Examen metodológico de los procesos de

una empresa respecto de la contaminación y el riesgo ambiental, el

cumplimiento de la normatividad aplicable, de los parámetros

internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería; inclusive,

de procesos de autorregulación para determinar su desempeño ambiental

con base en los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia

y, en su caso, las medidas preventivas y correctivas necesarias para

proteger al ambiente.

Auditor ambiental (anterior). Persona física acreditada como unidad de

verificación en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología

y Normalización para realizar auditorías ambientales, determinar medidas

preventivas y correctivas derivadas de la realización de una auditoría

ambiental y las demás actividades vinculadas con éstas.

Auditor ambiental (vigente). Unidad de verificación en materia de

auditoría ambiental; la unidad de verificación es un organismo privado

certificado por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), la cual lleva a

cabo el proceso de auditar a una empresa.

Certificado como industria limpia (anterior). Reconocimiento que en

términos de lo dispuesto por el artículo 38 BIS, fracción IV de la Ley, otorga

la Procuraduría para identificar a las industrias que cumplan de manera

integral los compromisos que se deriven de la realización de las auditorías

ambientales.

Certificado como industria limpia (vigente). Documento que la

Procuraduría otorga a una empresa que participa en el Programa Nacional

de Auditoría Ambiental.

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La diferencia o cambios más grandes entre ambos reglamentos se

muestran a continuación:

Artículo tercero (anterior). Los responsables del funcionamiento de una

empresa podrán, en forma voluntaria, realizar auditorías ambientales

respecto de la contaminación y el riesgo que generan, así como del grado

de cumplimiento de la normatividad ambiental y de los parámetros

extranjeros e internacionales y de buenas prácticas de operación e

ingeniería aplicables, con objeto de definir medidas preventivas y

correctivas necesarias para proteger al ambiente.

Capítulo segundo: generalidades (vigente). El Programa estará

orientado a las empresas en operación que por su ubicación, dimensiones,

características y alcances puedan causar efectos o impactos negativos al

ambiente o rebasar los límites establecidos en las disposiciones aplicables

en materia de protección, prevención y restauración al ambiente.

Si hacemos un análisis, podemos observar que el nuevo reglamento

delimita a empresas que pueden incorporarse al Programa de Auditoría Ambiental.

Anteriormente, cualquier empresa que así lo deseara podía unirse, así que

imaginemos la carga de trabajo para la autoridad al tener que auditar pequeñas

empresas. En la actualidad, se auditan empresas que son grandes y que pueden

generar riesgos o manejan residuos peligrosos. En BCS no se cuenta con muchas

empresas o industrias de este tipo; sin embargo, debido a su enfoque turístico, las

empresas que cumplen con las características necesarias para ser auditadas son

del ramo hotelero y las pocas que cuentan con actividad industrial dentro del

estado.

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6.4. Auditoría ambiental para la empresa

La auditoría ambiental es un proceso bastante simple, contrario a lo que muchas

empresas piensan. Los beneficios que otorga el ser una empresa dentro del

Programa de Auditoría Ambiental no se pueden representar monetariamente,

puesto que son más bien intangibles; por ejemplo, el manejo del sello tiene un

manual de uso y puede representar para las empresas una herramienta de

marketing muy importante para obtener nuevos clientes.

El mercado actual alrededor del mundo demanda que las empresas de las

cuales consumen sus productos o servicios sean empresas que no representan un

riesgo ambiental ni que sus procesos productivos tengan un mal manejo de

residuos y uso de recursos. Este sello que la autoridad otorga puede representar,

pues, un beneficio para la empresa auditada.

Por otro lado, a través de la auditoría la autoridad comprueba que haya

buenas condiciones de trabajo y habla de la buena voluntad que tiene

determinada empresa. Personalmente, consideramos que el principal beneficio es

estar bien con la población. Por ejemplo, nuestro estado es sin duda uno de los

más preocupados por el medio ambiente; si obtienes el sello de empresa limpia no

sólo evitas que tu negocio forme parte de la polémica, sino que, por el contrario,

generas la aceptación del proyecto entre la población.

6.5. Generalidades del proceso de aprobación

A continuación, se presenta un diagrama que describe el proceso completo de una

auditoría ambiental:

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Fuente: material desarrollado en el módulo 6.

Figura 2. Diagrama de flujo del proceso de auditoría ambiental

Conocer los términos de referencia Planeación

Selección de la unidad de verificacion. Conocer las diferentes opciones, realizar entrevistas, conocer la que mas se adape a tus necesidades como empresa

Visita preliminar. Una vez sleccionada la UV se hace una visita preliminar para conocer las caracteristícas de la empresa; muchas veces ésta se puede hacer via electrónica con presentacion de fotos, etc.

una vez realizada la visita o visitas preliminares, la unidad de verificación derasrrollará el plan de accion, el cual debe cumplir con los términos establecidos por la ley. La PROFEPA tiene 5 dias para regresar dicho plan con la informacion que requiera

Solicitud de certificado y registro de

dicha solicitud

Ejecución

Reunión de inicio. Una vez autorizado lo establecido en el plan de accion se hace una reunion preliminar entre UV, PROFEPA y empresa

Terminada la reunión de inicio, la unidad de verificiación dará inicio al recorrido de auditoría por la empresa y al finalizar deberá presentar a la autoridad

El reporte de auditoría ambiental debe contener:

trabajo realizado, diagnóstico básico, informe de la auditoría, y anexos que correspondan. En éste se establecen los incumplimientos si es que existen y el tiempo para su remediación

Post auditoría

Se solicita el plan de accion por

parte de la empresa a PROFEPA

Firma de convenio de concertación entre empresa y autoridad. Se establecen los términos de cumplimiento de compromisos por ambas partes

Una vez firmado el respectivo convenio empiezan a correr los tiempos para remediar los incumplimientos

Concluidas las acciones necesarias , correctivas y preventivas se entrega un reporte final de cumplimiento a la PROFEPA, avalado por la unidad de verificación

Si la empresa no presenta incumplimientos se le otorgará el certificado, el cual tiene un reglamento para la utilización del sello de industria limpia, que tendrá una vigencia de dos años y puede ser prorrogable si se mantienen las mismas condiciones y se realiza el trámite necesario

El problema en esta parte es que muchas empresas no son profesionales en estos aspectos y a la UV ya terminó su trabajo.

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6.6. Práctica de campo: auditoría ambiental

Una de las actividades del módulo consistió en una visita a un desarrollo

ubicado en la zona conocida como Costa Baja, en la bahía de La Paz, que ha

generado distintos puntos de vista (a favor y en contra). A continuación,

presentamos un breve resumen de lo acontecido durante la práctica.

Primeramente, el recorrido comenzó con una bienvenida por parte del

personal de Costa Baja; posteriormente nos trasladamos a una sala donde se

proyectó el procedimiento que reliazó la empresa para obtener la certificación,

y, aunque surgieron algunas dudas, todas fueron aclaradas de forma

transparente, salvo algunas en las que el presentador dijo desconocer el tema.

En nuestra opinión, lo más sobresaliente de la presentación fue lo

siguiente:

La MIA se autorizó para la construcción de un porcentaje mayor al que el

proyecto pretende crecer (tienen el 65% terminado, aproximadamente).

En la fase de preparación del sitio se involucró a pobladores locales, tal

es el caso del personal del Serpentario de La Paz, el cual ayudó con las

operaciones de manejo de fauna.

De 1000 m3 de agua que se obtienen, el 30% vuelve al mar como agua

de rechazo.

Se cuenta con un programa de monitoreo ambiental, pero sólo en

calidad del aire, dato curioso si pensamos que las emisiones que genera

dicho proyecto a la atmósfera son en realidad mínimas. Esto atiende a

una problemática interna del proyecto producida por un daño sinérgico

con uno de sus vecinos: la planta termoeléctrica.

El 15% de aguas negras que se genera en la ciudad de La Paz es

comprada por Costa Baja.

Los beneficios que como empresa notaron una vez que obtuvieron la

certificación posterior a la auditoría ambiental fueron: se cuenta con una

empresa en orden, no se ha perdido ni un cliente por algún problema

relacionado con el medio ambiente, se han ahorrado problemas con la

autoridad y le han sacado provecho al sello como una herramienta

mercadológica.

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De 25 ó 26 certificaciones por auditoría ambiental que hay en BCS,

Costa Baja cuenta con 3.

La conferencia de la cual fuimos objeto es parte de un Programa que

Costa Baja tiene para la comunidad.

Características del complejo turístico: campo de golf, número de

habitaciones, bienes raíces, club de playa, complejo de tiendas,

ubicación de las zonas de servicio, etcétera.

El abastecimiento de agua se realiza de la siguiente forma: una parte es

comprada como agua negra a SAPA y la otra parte es desalada,

además de que cuenta con una planta de tratamiento de aguas negras;

incluso, se comentó que este complejo opera el cárcamo que se

encuentra ubicado en El Molinito y los costos de dicha operación recaen

completamente en él. En general, cómo es la obtención de los recursos

energéticos que utilizan.

Costa Baja se proyecta como un desarrollo de proporciones grandes en

la ciudad de La Paz. En lo personal, creemos que aunque el viaje de prácticas

fue muy productivo, faltó que se nos mostraran un poco más las instalaciones,

ya que sólo se nos permitió visitar las partes atractivas del hotel (el campo de

golf, el lobby, entre otras), y no aquéllas que se relacionaban más con nuestro

objeto de estudio, como la planta desaladora, el manejo de agua residual, las

plantas solares, la disposición de desechos, etcétera; es decir, donde se

operaran programas de seguridad y de prevención de accidentes ambientales.

Sin embargo, cabe aclarar que durante la presentación que se nos dio sí fueron

abordados tanto su marco general, como su funcionamiento.

6.7. Conclusión

La práctica resultó muy útil para complementar la teoría abordada en las aulas

de clase. Gracias a ella pudimos observar el comportamiento práctico de una

empresa, mas resultan un tanto inciertos los beneficios concretos que puedan

derivar con la obtención de una certificación por auditoria, ya que si no son

cuantificables, entonces cómo puede medirse su rentabilidad. Además, una vez

auditada la empresa adquiere el compromiso de seguir renovando su

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certificación, así que muchas empresas pueden llamarse limpias y venderse en

el mercado como tal, sin contar con la certificación de la PROFEPA.

De esta forma, parece una labor inmensa convencer a una empresa

para formar parte de una auditoría ambiental, pues tiene un costo muy elevado

contratar una unidad de verificación, realizar las reuniones pertinentes,

remediar los incumplimientos, renovar el certificado, así como las horas

invertidas en el proceso. Así que, como vemos, este proceso habla muy bien

de una empresa por su disposición de colaborar, pues ésta no sabe si el

resultado será fructífero para la compañía.

Desde un punto de vista personal y empresarial, me auditaría sólo si

realmente representara un beneficio para mi negocio, pues, como

mencionamos, una empresa auditada no necesariamente es una empresa

100% limpia. Recordemos que las empresas pueden auditar sólo algunas de

sus instalaciones o parte de sus rubros, sin tomar en cuenta aquéllos que

puedan causar un daño ecológico. En conclusión, tendremos que ver que las

empresas realmente auditen sus rubros más peligrosos para el medio

ambiente, requisito que esperamos pueda ser exigido por la autoridad en un

futuro.

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7. Módulo VII. Manifiestos de impacto ambiental

Durante este módulo se nos dio una breve explicación de lo que es un

documento técnico unificado (DTU): una unificación entre un estudio técnico

justificativo y una manifestación de impacto ambiental. Este documento ayuda

a que las personas ahorren tiempo y dinero en los trámites relacionados con el

medio ambiente y, aunque la autoridad aún no ha tenido que evaluar un DTU a

la fecha de este escrito, se están preparando para recibir el primero, por lo que

persiste la incógnita si tendrá un resultado positivo o será más engorroso.

Cabe señalar que este módulo fue uno de los más cortos, aunque no

menos interesante que el resto, ya que sirvió para realizar varias preguntas

sobre temas relacionados con la evaluación de impacto ambiental, las cuales

fueron respondidas en su totalidad. Por ejemplo, una de las interrogantes que

generó mucho interés por nuestra parte fue: ¿qué tipo de MIA’s son las más

comunes en el estado y cuáles son las que se evalúan dentro del mismo? La

respuesta fue que todo lo referente al sector acuícola, al cambio de uso de

suelo, al informe preventivo, a obras hidráulicas y mineras (de arena o

materiales comunes para construcción, turismo,); todas las manifestaciones

que no caben en este ramo, por lo general, se evalúan en oficinas centrales,

pero se pretende que las oficinas de la autoridad tengan más responsabilidad

para descentralizar el trabajo de la misma Secretaría en un futuro. Por otra

parte, en BCS los informes preventivos que ingresan son para cultivos de

orgánicos y ningún informe preventivo aplica en una ANP. En este caso,

forzosamente debe ser una MIA.

El módulo estuvo dividido, básicamente, en dos ejercicios prácticos: el

primero tuvo que ver con la evaluación de un proyecto, en donde

representaríamos el papel de la autoridad ante la presentación de una MIA.

Contábamos con un día para su estudio y análisis. Posteriormente, debíamos

entregar un resolutivo (con autorización o no), las modificaciones y, en su caso,

condicionantes. A continuación, se describen las características que más

relevancia tuvieron para nuestro equipo durante su revisión.

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7.1. Extracto de una MIA analizada

I. Naturaleza del proyecto

La empresa promovente, Rancho San Lucas, S.A. de C.V., pretende la

construcción del proyecto turístico “Rancho San Lucas”, clasificado como

Desarrollo Turístico Integral (D.T.I.), mismo que se encuentra ubicado al oeste de la

ciudad de Cabo San Lucas, en el municipio de Los Cabos, Baja California Sur,

dentro de un predio con una extensión total de 337-67-21.93 hectáreas (has),

donde el desierto se une con el Océano Pacifico, conformando extensas playas y

un alto valor paisajístico.

Rancho San Lucas se plantea como una opción integral que establece una

alternativa para residir en un marco de seguridad, tranquilidad y belleza paisajística,

con servicios de primer nivel, villas y zonas residenciales de gran exclusividad, así

como servicios de recreación turística a través de un importante campo de golf tipo

PGA, club de playa e instalaciones deportivas y esparcimiento de alto diseño.

La principal fortaleza del proyecto radica en el uso de suelos de muy baja

densidad, dado que plantea una densidad bruta de 2.2 viviendas/ha o su

equivalencia de 4.41 cuartos/ha, lo que refleja una predominancia de espacios

abiertos.

El proyecto constará básicamente de la lotificación y construcción de tres

zonas residenciales unifamiliares con superficies variadas (A1, A2 y A3), dos zonas

para el desarrollo de conceptos hoteleros de playa tipo villas (villas A1 y villas A2),

un campo de golf de 18 hoyos con su casa club e integrado al paisaje natural

desértico, espectacular vista al Océano Pacífico y con sistemas de riego mediante

aguas tratadas; un club de playa con zonas de recreación, descanso y actividades

deportivas; todo ello dentro de un concepto de conservación de áreas verdes

naturales, paisajes y de restricción/protección a ecosistemas frágiles. Asimismo, el

proyecto estará dotado de servicios que cubran los más altos estándares de control

de calidad e integrados al desarrollo, de tal forma que permitan mantener su alto

valor paisajístico sin detrimento de un suministro de servicios de forma segura a

corto y mediano plazo.

II. Distribución de elementos

Bajo la normativa de un Desarrollo Turístico Integral, y conforme al Plan Maestro

de Usos de Suelo del proyecto “Rancho San Lucas”, la distribución de los

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elementos que lo conforman se sustentó en los usos de suelo propuestos,

presentando enseguida la zonificación de los lotes y elementos constructivos con

las superficies correspondientes para cada uno de ellos.

Uso hotelero de playa tipo villas

Constará de dos lotes para el desarrollo de dos zonas de villas de playa (villas A1 y

A2), con una superficie total para las dos zonas de 36-54-00 has., correspondiente

al 10.82% de la superficie total del polígono del proyecto. En cada lote se propone

la construcción de 25 villas, cada una con un diseño de 3 niveles y 20 unidades

habitables que permitan integrar de mejor manera las construcciones al entorno

natural. Esto permitirá tener una capacidad de hospedaje de 500 unidades por

cada zona de villas, en donde se contará con los siguientes servicios y/o áreas:

Área de albercas climatizadas con jacuzzis y asoleadero húmedos.

Área de chapoteaderos y juegos infantiles.

Área de Wet bar.

Vialidades internas para el tránsito de carritos de golf.

Andadores peatonales.

Áreas de palapas.

Terrazas.

Lavandería.

Gimnasio.

Lobby y lobby-bar.

Restaurantes.

Estacionamientos con capacidad de hasta 215 cajones.

Área de servicios.

Básicamente, ésta es la descripción del proyecto, el cual, cabe señalar,

resultó algo polémico por su cercanía con una zona del municipio denominada Los

Cangrejos, pues los problemas que enfrenta no ayudan mucho a su causa.

Además, la información previa al desarrollo del proyecto fue nula o muy poca y la

única recibida fue que el proyecto había sido aceptado bajo algunas

condicionantes.

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III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia

ambiental (se solicito la información adicional en vinculación con la

LGEEPA)

Para elaborar esta sección, se realizó un análisis de los diferentes documentos

de planificación del desarrollo y normativos ambientales que están en vigor y

son aplicables al sitio del proyecto y al área de influencia o estudio, para

determinar la compatibilidad de las características y el alcance del proyecto con

respecto a las políticas, lineamientos y disposiciones establecidas en los

mismos. De igual forma, se hizo una visita al sitio del proyecto para verificar la

concordancia entre la información documental y la situación real del sitio de

estudio.

3.1. Análisis de los instrumentos de planeación

Los documentos o fuentes que se consultaron para elaborar este apartado

fueron:

Ordenamiento Ecológico del Municipio de Los Cabos.

Plan Estatal de Desarrollo. Baja California Sur 2005-2011.

Programa Municipal de Desarrollo 2005-2008. Los Cabos.

Plan Director de Desarrollo Urbano de San José del Cabo. Cabo San

Lucas, BCS.

Uno de los detalles que más llamaron la atención de este ejemplo de

MIA fue, sin duda, la falta de información en este apartado. Si bien, en este

ejemplo no se asentó toda la manifestación de impacto, el pasado apartado

que se relaciona con la normativa, en relación con el proyecto, fue puesto casi

en su totalidad. Además, las únicas leyes que se vinculaban con el proyecto

fueron las 4 anteriores, y en este apartado se pone la forma en que lo hacen,

situación que llamó la atención de los equipos, pues la Ley General de

Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente no figuraba en la lista, mucho

menos el reglamento, así como ninguna norma oficial mexicana, no en la parte

de vinculación por lo menos. Lo anterior demuestra la falta de atención que se

le puede prestar a una MIA, situación que puede traer consecuencias.

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VI. Medidas de prevención y de mitigación de los impactos ambientales

En este apartado se mencionan las medidas, acciones y políticas que se

estiman necesarias para prevenir, eliminar, reducir, controlar o compensar los

impactos adversos que el proyecto puede provocar en cada una de las etapas

de su desarrollo.

En la descripción de varias de las medidas se incluyen, primero, las

integradas al proyecto “Rancho San Lucas”; posteriormente se incluyen una

serie de medidas planteadas por el CIBNOR y las acordadas con el

promovente, mismas que observarán obligatoriamente los contratistas que

desarrollen las diversas obras del proyecto. Asimismo, se presentan medidas y

recomendaciones adicionales, enfocadas principalmente a mitigar los impactos

por la operación del proyecto, así como para aminorar posibles impactos del

ambiente sobre el mismo; estas últimas incidirían en el aumento de su vida útil,

en el desarrollo sustentable de la región y en el reforzamiento de las medidas

de seguridad.

Al final se presentan especificaciones para preparar un programa general

de protección ambiental y un programa calendarizado que ilustra el periodo de

tiempo y las etapas del proyecto en las que se aplicarán las diferentes

medidas de mitigación.

Las medidas se integraron temáticamente y están dirigidas a mitigar los

impactos ambientales significativos.

Clasificación de las medidas según su carácter.

Las medidas de mitigación han sido clasificadas de la siguiente manera:

PR. Medidas de Prevención: aquéllas obras o acciones tendientes a

evitar que el impacto se manifieste.

MI. Medidas de Mitigación: las obras o acciones propuestas para lograr

que el factor ambiental bajo análisis se mantenga en una condición

similar a la existente, siendo afectada lo menos posible por la incidencia

del proyecto.

RE. Medidas de Restauración: acciones o medidas que buscan

recuperar, en la medida de lo posible, las condiciones ambientales

anteriores a la perturbación, remediando los cambios al ambiente, por lo

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que su aplicación es posterior a la aparición de los efectos del impacto

ambiental.

CO. Medidas de Compensación: acciones o medidas que compensen

el impacto ocasionado cuando no existen alternativas para su

prevención, mitigación o restauración. Estas medidas deberán ser

proporcionales al impacto ocasionado.

CN. Medidas de Control: su propósito es asegurar el cumplimiento de

acciones correctivas sobre ciertos factores ambientales y/o acciones del

proyecto.

Algunas acciones requerirán una combinación de varias de las

medidas anteriores, por lo que deberá prevalecer el criterio de que es mejor

prevenir que mitigar y ésta es mejor que tener que remediar, dejando las

acciones de compensación para aquellas situaciones en donde no hay

alternativa.

Las medidas de mitigación se presentan en una serie de fichas, en

las cuales se presenta un resumen del impacto identificado y evaluado, y se

describe el tipo de medida de mitigación, objetivo y la descripción de la

misma.

Etapa de preparación del sitio y construcción

Ejemplo relación factor ambiental- dinámica de dunas. Impactos ambientales en construcción y preparación del sitio

Factor ambiental Dinámica de dunas

Importancia del factor Crítico

Actividades del

proyecto

Excavaciones, nivelaciones, rellenos, apertura

de vías y movimientos de tierra. Construcción

sobre dunas.

Carácter de los

impactos Negativo; alto, local, permanente y controvertido

Impactos identificados Alteración de la dinámica de dunas

Tipo de medida Mitigación

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Objetivo: mantener en la medida de los posible el transporte de material

de las dunas costeras

Especificaciones de la medida:

► Ubicación espacial. Alrededor de 21 ha, en donde la infraestructura

del proyecto se sobrepone en la zona de dunas

► Etapa (s) del proyecto. Construcción

► Duración. Permanente

Responsable de

ejecutarla Promovente y contratista

Si llegaran a salvarse las limitantes normativas respecto a la política

existente de conservación del sistema de dunas costeras

Descripción:

1. El diseño y la ubicación de las construcciones permanentes deberá

permitir el flujo de las partículas, de tal manera que las dunas

puedan mantener sus funciones naturales, erosionándose y

depositándose estacionalmente

Viabilidad:

► Técnica. No existe una técnica definida para tal efecto. Se debe

considerar el desplazamiento en m2/año y acumulación de material

sedimentario en m3/año, para llevar a cabo un diseño con corredores que

permitan conservar el balance de sedimentos en el sistema de dunas

► Económica. Los costos del diseño que implique el conservar dicho

equilibrio pueden absorberse dentro del diseño inicial del desarrollo

Fuente: material proporcionado en el diplomado (MIA real).

Etapa de operación y mantenimiento

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Ejemplo relación factor ambiental- dinámica de dunas. Impactos ambientales, en operación y mantenimiento

Factor ambiental Dinámica de dunas

Importancia del factor Crítico

Actividades del

proyecto

Presencia de residencias y hoteles en la zona de

dunas

Carácter de los

impactos

Negativos, altos, semiregionales, permanentes,

acumulativos y controvertidos

Impactos identificados

Las construcciones tendrán un efecto de

recubrimiento, compactación y fijación de la

arena de la duna, lo cual, posiblemente,

impedirá su rol de despensa alimentaría de

arena a la playa y por lo tanto se erosionará.

Estos efectos se verán en un plazo de 10 años o

más

Los hoteles y edificios (zona hotelera) serán un

obstáculo o barrera que causará la modificación

de la dirección y la velocidad del viento

generando cambios en la morfología de la duna,

y haciendo que las dunas migren a otra parte

dentro del predio

Tipo de medida Mitigación

Objetivo:

Evitar el deterioro ambiental de las dunas y consecuentemente de todo el

sistema costero

Especificaciones de la medida:

► Ubicación espacial. Alrededor de 21 ha en donde la infraestructura del

proyecto se sobrepone en la zona de dunas

► Etapa (s) del proyecto. Operación y mantenimiento

► Duración. Permanente

Responsable de Promovente

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ejecutarla

Descripción:

Crear un programa permanente de mantenimiento del sistema de dunas

costero, por medio de la remoción y reubicación de la arena que se

acumule en las edificaciones, asegurando el flujo de las partículas

Viabilidad:

► Técnica. No existe una técnica definida para tal efecto. Se debe

considerar el desplazamiento en m2/año y acumulación de material

sedimentario en m3/año, para llevar a cabo un programa que permita

conservar el balance de sedimentos en el sistema de Dunas

► Económica. El Promovente deberá evaluar la viabilidad económica en

función de la adecuación o adaptación que esta medida conlleva,

considerando que se requiere movilizar la arena que se acumule en las

edificaciones para que continúe su flujo natural (aproximadamente 60

camiones por año)

Extracto obtenido de la una MIA aportada como apunte dentro del

diplomado

Fuente: material proporcionado en el diplomado (MIA real).

El promovente señala a las dunas como un factor crítico dentro de la

construcción del proyecto. Este desarrollo se colocó en el ramo de “polémico”,

al lograr una autorización para la construcción en dunas. Si bien en las leyes

mexicanas no se establece alguna protección para dicho ecosistema, se

mencionaba en el Plan Director de Desarrollo Urbano de San José del Cabo

que no estaba permitido construir en este tipo de ecosistemas. Sin embargo, el

promovente lo logró por medio del cabildo, lo que provocó reacciones

negativas, aunque no produjo tanta polémica como otros proyectos en la zona.

Cabe destacar el hecho de que la autoridad no puede negar por esta decisión

de cabildo y eso es una realidad.

Algo que llamó la atención de nuestro equipo fue que, en las dos tablas

anteriores, una de las medidas para lograr el flujo de arena en el ecosistema de

dunas es utilizar camiones para la remoción de arena que se acumule en las

zonas aledañas a los edificios; pero, ¿qué tan eficiente será esta medida?

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Desde nuestro punto de vista, debería de condicionarse al promovente que

garantizara de alguna manera que su programa no alterará el ecosistema de

dunas, monitoreándose previamente, durante la construcción y posterior al

movimiento de arena, además de revisar que las condiciones siguen siendo

iguales o similares a las encontradas en un inicio.

Ejemplo relación factor ambiental-suelos. Impactos ambientales y medidas de mitigación

Factor ambiental Suelos

Importancia del factor Relevante

Actividades del

proyecto

Manejo de aguas residuales, lodos,

combustibles, agroquímicos y residuos de

agroquímicos

Carácter de los

impactos Negativos; leves, puntuales y de corto plazo

Impactos identificados

Riesgo de contaminación permanente para el

suelo y la zona marina adyacente

Cambios en la estructura fisicoquímica de los

suelos por contaminación de residuos de

empaques de agroquímicos (fertilizantes,

funguicidas, plaguicidas, etc.) y de la poda de

pastos y de la vegetación del campo de golf

Tipo de medida Mitigación

Objetivo: Disminuir el riesgo de contaminar el suelo y la porción marina por

el manejo de agroquímicos

Especificaciones de la medida:

► Ubicación espacial. En la superficie que ocupará el campo de golf

► Etapa (s) del proyecto. Operación y mantenimiento

► Duración. Permanente

Responsable de

Ejecutarla Promovente y contratista

Descripción:

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1. El campo de golf usará césped resistente al agua salobre. También se

emplearán fertilizantes granulados de lenta disolución y se

calendarizará el empleo de plaguicidas y herbecidas

2. Se instalará en el campo de golf un sistema de drenaje y recolección

de lixiviados hacia la planta de tratamiento, con lo que se evitará la

contaminación de las aguas subterráneas y del sistema marino

circundante

3. Se contemplará un programa de manejo eficiente de pesticidas y

fertilizantes, que incluye sustancias biodegradables para los campos

de golf y mantenimiento de áreas verdes

4. Los residuos identificados como peligrosos (NOM-052-SEMARNAT-

1993) serán almacenados, manejados y dispuestos conforme a lo

establecido en el artículo 5 del Reglamento de la Ley General de

Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de residuos

peligrosos y las Normas Oficiales Mexicanas respectivas (NOM-053-

SEMARNAT-1993, NOM-054-SEMARNAT-1993)

5. No se realizarán trabajos de mantenimiento mayor de tipo preventivo o

correctivo de la maquinaria y vehículos de cualquier tipo dentro del

predio

6. Los residuos, los productos recuperados de cualquier derrame y los

materiales contaminados con ellos se clasificarán, manejarán y

dispondrán de acuerdo con las especificaciones de las Normas

Oficiales Mexicanas NOM-052-ECOL-93, NOM-054-ECOL-93, NOM-

052-ECOL-93. Su traslado se ajustará a las normas NOM-003-

SCT2/1994, NOM-005-SCT2-1994, NOM-006-SCT2-/1994 y la NOM-

007-SCT2-1994

Viabilidad:

► Técnica. Estas técnicas son comunes en la región, considerando a los

campos de golf como un común denominador en este tipo de desarrollos,

por lo tanto, su desarrollo es factible

► Económica. Este es un aspecto que el proyecto “Rancho San Lucas”

tiene incluido desde su diseño; sus costos forman parte de la inversión

Fuente: material proporcionado en el diplomado (MIA real).

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En esta tabla, subrayada en la parte superior, encontramos una pequeña

incongruencia: a nuestro parecer, un impacto que se considera como tal tiene

un riesgo permanente de contaminación, es decir, no puede ser un impacto a

corto plazo, ya que el riesgo siempre estará latente. Sin embargo, por parte del

promovente se nota que dentro de sus medidas se estableció como una

medida permanente.

7.2. Conclusión del análisis de una MIA

Podemos decir que, bajo la postura de autoridad ficticia, el proyecto podía ser

aceptado bajo un marco legal, aunque se solicitaría información adicional para

socavar el hueco de información en cuanto a vinculación con la legislación

mexicana; se condicionarían algunas acciones, se solicitarían al promovente

programas permanentes como cursos de concientización ambiental y que

especificara su marco pedagógico y operación, además de que asegurara el

abastecimiento de agua de la zona poblacional circundante denominada los

cangrejos.

En cuanto a sus programas, se debe establecer un programa de

monitoreo de dunas antes de la construcción del proyecto, hasta el término de

su vida útil, y asegurar que la dinámica de dunas no se vea afectada debido a

la construcción y operación; también se debe solicitar información respecto a

medidas, al programa de reducción de contaminantes durante todas las fase

del proyecto; a su vez, que tuvieran un inventario de todos los desechos sólidos

y asegurarán su disposición final adecuada, proveyeran un programa de

reciclaje dentro del proyecto y que sus desechos fueran separados antes de su

disposición final; que establecieran programas de mitigación de impacto y

mencionarán los impactos sinérgicos, los cuales no eran establecidos dentro de

la MIA, no sólo identificarlos, sino proponer medidas de mitigación eficientes y

que garanticen la eficiencia de las mismas.

En realidad, esta manifestación de impacto ambiental fue aprobada de

manera condicionada. Quizá nosotros no fuimos demasiado lejos en alguna de

nuestras condicionantes, quedándonos un poco cortos en la revisión del

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estudio; pero cabe aclarar que un análisis de este tipo lleva varios días y es

muy difícil elaborarlo en un periodo tan corto.

Creemos que las condicionantes que establece la autoridad muchas

veces pueden llegar a ser insuficientes y sólo se busca cumplir con los

requisitos legales para la implementación de un proyecto. También, en

ocasiones pueden llegar a ser demasiado elaboradas y ambiciosas como para

poder cumplirlas, tanto que pueden convertirse en una herramienta para que el

proyecto no sea viable y el promovente desista.

Por nuestra parte, creemos que si el proyecto se promueve como viable

las medidas de mitigación deben ser pertinentes, pero congruentes y eficaces,

sin pasar por alto ningún aspecto del proyecto. Por ejemplo, los accesos de

playa bien señalados, delimitados y cuidados, y si es posible con sombra.

Si bien sabemos que existen cuestiones que no se encuentran

señaladas dentro del marco legal, tenemos que entender que al formar parte de

una MIA, como medida preventiva o de mitigación, se vuelven inspeccionables

y condicionantes legales que se deben cumplir. Se tiene que aprovechar esta

situación de alguna forma para remediar vacíos legales que se puedan

encontrar para solucionar los daños comunes en mega proyectos.

7.3. Caso jurídico real para su análisis dentro del diplomado

En la parte final de este módulo se realizó la segunda actividad: un ejercicio

referente a un caso práctico y su análisis. Una empresa denominada “X”

concesionaria de la playa denominada El Saltito, ubicada en el municipio de

Comondú, pretende llevar a cabo la ocupación de la superficie de ZOFEMAT

que le fuera concesionada por la autoridad competente. Al querer ocupar el

área, observa que la empresa “Y S.A. de C.V”. realizó la construcción de un

club de playa y diversas instalaciones en una superficie que no cuenta con

título de concesión y que por el poligonal le pertenecen los derechos a la

empresa “X”.

Las preguntas o interrogantes a resolver, junto con sus respectivas

respuestas, fueron las siguientes:

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1. Diga qué acto administrativo o jurídico debe realizar la empresa “X” para

recuperar la superficie de la cual fue despojada. Respuesta: denuncia

ante el ministerio público federal, y/o denuncia ante PROFEPA.

2. Ante qué instancias deberá realizar sus acusaciones. Respuesta:

Ministerio Público Federal y la PROFEPA.

3. La autoridad competente, ¿cómo deberá actuar ante tal situación?

Respuesta: la Secretaría coadyuva con el Ministerio Público a medida

que éste le solicite los dictámenes periciales o técnicos.

En dado caso de que el concesionario tuviera una resolución a su favor,

se desarrollaría el caso básicamente de la siguiente manera: la PROFEPA

revisa, la SEMARNAT administra los bienes pues la PROFEPA no puede

quedarse con el bien; esta última revisaría que la resolución del caso se llevara

a cabo y la PROFEPA entregaría a la SEMARNAT, quien, a su vez, entregaría

el predio al concesionario libre de ocupación.

Con respecto a las obras:

1. Una vez que es entregada al concesionario, si dentro de esta superficie

se encuentra construido, ¿cómo debe actuar la autoridad? Respuesta:

la PROFEPA debe emitir la desocupación y demolición de las obras.

Primero quita y después deberá ordenar la demolición al infractor; si el

infractor no lo hace y decide dejar todo como está, la PROFEPA notifica

a la autoridad junto con el concesionario y la SEMARNAT realiza la

demolición, pero hacienda cobra todos los gastos ocasionados al

infractor.

2. Describa los elementos principales de derecho que debe cumplir la

autoridad competente en su actuación. Respuesta: orden de inspección,

fundada y motivada, testigos e inspectores.

3. De existir faltas administrativas o penales, ¿cuáles son las medidas que

deberá ejecutar la autoridad? Respuesta: suspensión de actividades de

obras que se encuentren en el lugar, multas, privación de la libertad

dentro del proceso administrativo (el delito es por la ocupación en

ZOFEMAT sin autorización, o sea, el título de concesión). El cambio de

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uso de suelo sin autorización también es delito, así como el no presentar

una MIA, aunque es sólo una falta administrativa.

Para el desarrollo del presente caso se debe tomar en consideración que

la empresa denominada “Y” cuenta con un juicio ante la autoridad competente,

en el cual se encuentra defendiendo la revocación de un título de concesión

sobre una superficie menor a la que ocupa y dentro del mismo polígono. Es

importante destacar que, durante la actividad, surgieron muchas preguntas que

quedaron inconclusas, sobre todo porque estaban basadas únicamente en

suposiciones. Sin embargo, la intención de la actividad no fue realizada para

aclarar supuestos, sino para crear un panorama amplio de un ejemplo que

puede ser común dentro de nuestro estado.

7.4. Conclusión: caso real sujeto a análisis

Al ser un caso real se presentaron algunas complicaciones jurídicas, las cuales

sirvieron para ilustrar la cantidad de problemas que comúnmente se

encuentran, sobre todo en nuestro estado, como muchas concesiones de playa

que se encuentran operando de manera irregular.

Habría que añadir que, como promovente, la realidad puede ser muy

complicada; una persona que está dispuesta a invertir su capital en un sueño,

constantemente se enfrenta a muchos riesgos que, afortunadamente para él,

pueden ser evitados. El problema es que hay otros latentes y son

incontrolables por la dificultad de que no siempre se puede prever todo.

Por tal motivo, es muy común que si el dueño del proyecto quiere ver

crecer su inversión tome ventaja de ciertos vacíos legales que existen en la

normatividad mexicana, o haga uso del tráfico de influencias y de su poder

capital para obtener autorizaciones ambientales que dejan de perseguir su

esencia y que corren el riesgo de convertirse en un mero trámite burocrático.

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Conclusión general

A lo largo del diplomado pudimos constatar que una manifestación de impacto

ambiental no pretende resolver interrogantes o realizar estudios de naturaleza,

sino que se encarga de la aprobación de un proyecto específico, así como de

su construcción o implementación. Es fundamental tomar en cuenta todos los

aspectos que atañen a una MIA y no solamente lo relacionado con el cuidado

de la naturaleza, pues se corre el riesgo de perder la perspectiva real de todo lo

relacionado con un impacto ambiental

Por ejemplo, tratemos de ponernos un momento en el lugar del

desarrollador de un proyecto que quiera llevar a cabo una MIA, para lo cual

contratamos mediante un pago a una persona que realice los estudios

pertinentes, con la intención de poder continuar con dicho proyecto. El papel

del evaluador o consultor ambiental debe ser congruente con lo que su cliente

necesita, con lo que la población pide, con la prensa, con las organizaciones no

gubernamentales, con las autoridades ambientales y, muchas veces, con otras

personas que no se encuentran dentro del contexto del proyecto, tarea en

verdad complicada.

Debe tenerse en cuenta que cada orientación profesional es distinta y

tiene un modo diferente de apreciar la realidad; es decir, un ingeniero civil no

percibe el mundo de la misma manera que un biólogo. Cada una de las partes

involucradas debe buscar el diálogo y desempeñar su trabajo ética y

profesionalmente, midiendo los problemas ambientales y cuidando todos los

aspectos que se involucran en la construcción de un proyecto, pues es

fundamental que exista un balance entre éstos.

No podemos frenar el desarrollo, pero sí podemos buscar alternativas

que lo hagan sustentable. Sólo así tendremos un equilibrio a pesar del

crecimiento tecnológico, social y de infraestructura.

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