universidad mayor de san andrÉs stra ti

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CIRCULAR D.A.F. N° 016/2018 Sin otro particular, saludo a ustedes atentamente. cr DIRECCIÓN ADMINISTRATIVAS * FINANCIERA * Lic. d. Carmen Ga!ar AD •-••••••■■■' e,0 Adj: lo mencionado copia archivo CGL/sbarra u UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS RECTORADO DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA , ..,.0 i Stra ti o ,,,0 I, x - ..<•. C` O --... o> V a) DAF ri) --x De: Lic. Aud. Carmen Galarza López DIRECTORA ADMINISTRATIVA FINANCIERA Dirigido a: Todas las Facultades Todas las Unidades de Administración Desconcentrada IDR, IDRU-CCI, CANAL 13 TVU DIPGIS, CIDES, CEPIES Dpto. de Presupuestos Dpto. de Tesoro Universitario Dpto. de Contabilidad Dpto. de Infraestructura Div. de Adquisiciones Referencia: Directrices Presupuestarias 2019 aprobadas mediante Resolución de HCU 295/2018 Fecha: La Paz, 23 de agosto de 2018 Para su conocimiento y cumplimiento, remito a ustedes la Resolución de Honorable Consejo Universitario N° 295/18, la cual aprueba las DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES para la gestión 2019. Asimismo, dicha resolución establece lineamientos acerca de: - La formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto, Gestión 2019 - Distribución del Fondo de Operación Facultativo - Tabla de Valores y Recibos Universitarios para la Gestión 2019 - Distribución de la Matrícula Universitaria para la Gestión 2019 Av. 6 de Agosto N° 2170, Edificio "Hoy" Piso 11 - O www.daf.umsa.bo - [email protected] Teléfono:(591-2) 2441994 - Fax: (591-2) 2441258 - C) Secretaría: 261- 2151 • 261-2025 • 261-2018

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Page 1: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

CIRCULAR D.A.F. N° 016/2018

Sin otro particular, saludo a ustedes atentamente.

cr DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVAS

* FINANCIERA *

Lic. d. Carmen Ga!ar AD

•-■••••••■■■'

e,0

Adj: lo mencionado copia archivo CGL/sbarra u

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS RECTORADO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

,..,.0 i Stra ti o ,,,0 I,

x - ..<•. C`

O --... o> V a) DAF ri)

--x

De: Lic. Aud. Carmen Galarza López DIRECTORA ADMINISTRATIVA FINANCIERA

Dirigido a: Todas las Facultades Todas las Unidades de Administración Desconcentrada IDR, IDRU-CCI, CANAL 13 TVU DIPGIS, CIDES, CEPIES Dpto. de Presupuestos Dpto. de Tesoro Universitario Dpto. de Contabilidad Dpto. de Infraestructura Div. de Adquisiciones

Referencia: Directrices Presupuestarias 2019 aprobadas mediante Resolución de HCU 295/2018

Fecha: La Paz, 23 de agosto de 2018

Para su conocimiento y cumplimiento, remito a ustedes la Resolución de Honorable Consejo Universitario N° 295/18, la cual aprueba las DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES para la gestión 2019.

Asimismo, dicha resolución establece lineamientos acerca de:

- La formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto, Gestión 2019 - Distribución del Fondo de Operación Facultativo - Tabla de Valores y Recibos Universitarios para la Gestión 2019 - Distribución de la Matrícula Universitaria para la Gestión 2019

Av. 6 de Agosto N° 2170, Edificio "Hoy" Piso 11 - O www.daf.umsa.bo - [email protected] Teléfono:(591-2) 2441994 - Fax: (591-2) 2441258 - C) Secretaría: 261- 2151 • 261-2025 • 261-2018

Page 2: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

A « t- A UNIVERSIDAD MAYOR DEC01191b.A.

HONORABLE CONSEJO uNi\tp~ihkRio La Paz - Bolivia

RESOLUCIÓN

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

La Paz, 15 de agosto de 2018

VISTOS:

La NOTA CAF.HCU N° 020/2018, de fecha 14 de agosto de 2018, a través de la cual el MSc. Jorge Riveros Salazar, Presidente de la Comisión Administrativa Financiera del Honorable Consejo Universitario, solicita la aprobación de las "DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES 2019".

La Resolución del Honorable Consejo Universitario No. 200/2015 que aprueba el "PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS 2016 —2018" CON VISIÓN AL 2030, instrumento.

La Resolución del Comité Ejecutivo del Honorable Consejo Universitario No. 898/2017 aprueba el "PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS 2016 — 2020 CON VISIÓN AL 2030" actualizado sobre la base de los cambios de políticas públicas registrados desde la gestión 2016.

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 77 de la Constitución Política del Estado en su primer numeral dispone que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.

Que, el Art. 81 de la Constitución Política del Estado dispone en su segundo numeral que la educación fiscal es gratuita en todos sus niveles hasta el superior.

Que, el Art. 92 de la Constitución Política del Estado dispone que las Universidades públicas son autónomas e iguales de jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración

de sus recursos, el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la

elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales.../.

Que, en el marco de la normativa interna se debe aprobar los lineamientos generales y específicos para la formulación y gestión del Plan Operativo Anual y Presupuesto Institucional de la Universidad Mayor de San Andrés correspondiente a cada ejercicio fiscal, a partir de las políticas de mediano plazo y a las prioridades establecidas para el corto plazo.

Que, el Honorable Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha, ha tomado conocimiento de la nota de vistos, la cual señala que la Comisión Administrativa Financiera del HCU, reunida el 8 de agosto del presente año, ha considerado las "DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES 2019" y ha dispuesto recomendar la aprobación de la misma.

Que, en observancia al Reglamento Específico de los Sistemas de Programación de Operaciones y de Presupuesto, el proceso de formulación del POA y presupuesto demanda la determinación de plazos para la presentación del documento final al Honorable Conseja Universitario para su consideración y aprobación.

Que, la Dirección Administrativa Financiera, requiere una agenda de Trabajo para que las unidades académicas, administrativas y los centros de estudiantes formulen su Plan Operativo y Presupuesto correspondiente a la gestión 2019.

Pasa a la página 2.-

Page 3: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

La Paz - Bolivia

RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO No. 295/2018

Página 2.-

Que, el Honorable Consejo Universitario, en consideración a los antecedentes del caso, ha determinado dictar la presente Resolución.

POR TANTO SE RESUELVE:

Artículo Primero.

Artículo Segundo.

Artículo Tercero.

Artículo Cuarto.

APROBAR las "DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES 2019", de acuerdo a la documentación adjunta y cuyos originales forman parte de la presente Resolución.

APROBAR que la formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto—Gestión 2019, se realice en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan Estratégico Institucional, las Directrices Presupuestarias y Financieras de la Universidad Mayor De San Andrés, la Guía Metodológica para la formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto Basado en Resultados, el Catálogo de indicadores de Resultados, el Clasificador de variables o Metas y el Clasificador por Objeto de Gasto a nivel de Ítems.

APROBAR como instrumento de formulación Presupuestaria el Sistema Zodiaco "Leo V 2.0" — de Formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto, que incorpora la formulación en línea.

APROBAR que para las unidades académicas administrativas y estudiantiles que no cumplan con la presentación de los POAs y presupuestos en los plazos establecidos, se asignará la programación de la gestión anterior.

APROBAR que en el caso de proyectos dentro de los componentes Infraestructura, Investigación, Equipamiento, Interacción Social, Programas de Evaluación, Acreditación y re acreditación, y Programas de Desconcentración Universitaria, sus responsables, deben prever la incorporación de estos sobre la base de la documentación exigida en la normativa vigente.

La Dirección Administraría y Financiera, queda encargada de desarrollar la agenda de trabajo para la formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto 2019, en los tiempos y condiciones que permita a la Universidad Mayor de San Andrés enmarcarse en los plazos establecidos por el Órgano Rector de los sistemas de Programación de Operaciones y de Presupuesto.

APROBAR la distribución del Fondo de Operación Facultativo, financiado con recursos de Coparticipación Tributaria y del Fondo de Mantenimiento de Predios financiado con Recursos Específicos de la administración central, mismos que forman parte de las "DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES 2019"

APROBAR la "TABLA DE PRECIOS DE LOS VALORES Y RECIBOS UNIVERSITARIOS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS, PARA LA GESTIÓN 2019", misma que tendrá vigencia y será de aplicación obligatoria a partir del primer día hábil de la gestión 2019, de acuerdo al siguiente detalle:

Artículo Quinto.

Artículo Sexto.

Artículo Séptimo.

Artículo Octavo.

Pasa a la página 3.-

Page 4: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

TABLA DE VALORES UNIVERSITARIOS 2019 VALORES

CERTIFICADOS Bs Certificado de Calificaciones Post Grado

Certificado de Calificaciones de Grado

Certificado Único de Calificaciones

Certificado de Calificaciones pregrado (Alumno Regular)

Certificado de Habilitación - Curso Pre Universitario

Certificado de Calificaciones Estudiante Nacional y/o Ext. Maestría Terminal

FORMULARIOS

Formulario de Admisiones Especiales (Profesionales, Convenios Especiales)

Formulario de Solicitud De Defensa o Habilitación para la Obtención de Grado Académico

Formulario Solicitud de Defensa de Tesis o Habilitación para Cursos de Postgrado

Formulario de Solicitud de Traspaso de Universidad del Exterior.

Formulario de Traspaso a otras Universidades del Sistema

Formulario Solicitud de Anulación de Traspaso

Formulario Solicitud Carrera Paralela

Formulario Solicitud de Certificación de Condición de Alumno Regular

Formulario Solicitud de Convalidación de Materias

Formulario de Solicitud Traspaso Interno

Formulario Solicitud de Reactualización o Desistimiento de Tramite

Formulario Solicitud de Reconocimiento del Examen de Dispensación o Curso Pre facultativo

Formulario de Solicitud de Legalización de Documentos Académicos

Formulario de Solicitud de Inscripción Estudiantes Extranjeros Nuevos

Formulario de Solicitud de Reinscripción

Formulario de Solicitud de Rectificación de Nombre o Apellido

Formulario Reposición de Cheque o Efectivo Revertido

Formulario de Solicitud de Trámite Diploma Académico

Formulario de Solicitud de Trámite Post Grados UMSA

Formulario de Solicitud de Trámite Revalida de Diploma Académico, obtenido en el exterior

Formulario Solicitud de Trámite de Diploma de Bachiller

Formulario de Solicitud de Trámite Título Profesional

Formulario Solicitud de Trámite Certificado Supletorio

Formulario Certificado de Devolución de Documentos

Formulario de Solicitud de Trámite Verificación Auten. Diploma o Título de Post Grado Obtenido en Exterior

Formulario de Solicitud de Defensa de Tasis Curso de Post Grado Estudiantes Nacionales y/o Extranjeros MT

RECIBOS UNIVERSITARIOS

MATRICULAS Matrícula Extranjero (Pregrado)

Matrícula Profesional (Pregrado)

Matrícula Post Grado, Especialidad, Maestría. y Doctorado

Matricula de Maestría y Doctorado Terminal Estudiante Nacional

Matricula de Maestría y Doctorado Terminal Estudiante Extranjero

Matrícula para Diplomado

Impresión de Matrícula (Pregrado)

Matrícula Alumno Regular (Caso especial)

PAPELETAS

190,00

36,00

34,00

4,00

10,00

41,00

103,00

216,00

216,00

422,00

252,00

88,00

139,00

88,00

88,00

165,00

88,00

88,00

88,00

108,00

72,00

88,00

88,00

21,00

196,00

196,00

21,00

21,00

26,00

67,00

196,00

216,00

1.680,00

245,00

1.260,00

525,00

1.680,00

420,00

1,00

27,00

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

La Paz - Bolivia

RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO No. 295/2018

Página 3.-

Pasa a la página 4.-

Page 5: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

46,00

88,00

88,00

886,00

72,00

108,00

175,00

57,00

72,00

88,30

88,00

88,00

88,00

88,00

124,00

124,00

124,00

124,00

72,00

72,00

88,00

72,00

88,00

72,00

72,00

98,00

8,00

46,00

46,00

46,00

16,00

268,00

1.195,00

948,00

1.900,00

474,00

474,00

1.514,00

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO No. 295/2018 Página 4.-

Papeleta Examen de Grado 1ra instancia

Papeleta Examen de Grado Repitente

Papeleta de Habilitación (por Cambio de Modalidad)

Papeleta Examen de Curso Post Grado

Papeleta PETAE

Papeleta Examen de Curso P.G. Maestría y Doctorado Terminal Estudiantes

Nacionales y/o Extranjeros

MULTAS

Multas por matrícula rezagada

Multas por matrícula retroactiva

LEGALIZACIONES

Legalización de Acta

Legalización de fotocopia de Diplomado, Post Grado, Maestría, Especialidad

Legalización de fotocopia de Diploma de Bachiller

Legalización de fotocopias de Documentos de Archivo

Legalización de fotocopias de Documentos Académicos

Legalización de fotocopias de Documentos Administrativos

Legalización de fotocopia de Diploma Académico

Legalización de fotocopia de Título Profesional (Provisión Nacional)

Legalización de fotocopia de Resolución Universitaria

Legalización de Resolución Rectoral

Legalización de Resolución de Carrera

Legalización de Resolución Facultativa

Legalización de Conclusión de Estudios

Legalización de Informe de Kárdex

Legalización de informe de Seguimiento Académico

Legalización de matrícula (Alumno Regular)

Legalización de matrícula (Postgrado)

Legalización de matrícula (Alumno Egresado)

Legalización de programas y contenidos mínimos (por hoja)

Legalización de certificado de calificación

Legalización de certificado de calificaciones I.D.R.

Legalización de Pensum Académico

Legalización de Recibos T.U. (Extraviados por gestión).

DIPLOMAS

Diploma de Bachiller - Estudiante Nacional (Gestiones Anteriores al 2008)

Diploma de Bachiller - Estudiante Extranjero (Gestiones Anteriores al 2008)

Diploma Académico - Estudiante Nacional

Diploma Académico - Estudiante Extranjero

Diploma Académico Técnico Superior

Diploma Académico Técnico Medio

Diploma Curso Post Grado de Especialistas (Especialista, S. Pública, Esp. Médica)

TITULOS Título Profesional Nacional (Provisión Nacional)

Título Profesional Extranjero (Provisión Nacional)

Título Profesional Técnico Superior

Título Profesional Técnico Medio

Título Postgrado Maestría

Título Postgrado Philosophical Doctor (Ph. D)

Título Postgrado Doctor en Ciencias

Título de Maestría Terminal - Estudiante Nacional

1.473,00

3.353,00

742,00

742,00

3.430,00

3.430,00

3.430,00

1.622,00

Pasa a la página 5.-

Page 6: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

Página 5.-

1.622,00

3.353,00

3.353,00

124,00

324,00

649,00

324,00

649,00

603,00

999,00

603,00

999,00

108,00

108,00

88,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

72,00

88,00

103,00

3,00

26,00

26,00

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

La Paz - Bolivia

RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO No. 295/2018

Título de Doctorado Terminal - Estudiante Nacional

Título de Maestría Terminal - Estudiante Extranjero

Título de Doctorado Terminal - Estudiante Extranjero

Aporte Profesional

SUPLETORIOS

Certificado Supletorio — Estudiante Nacional

Certificado Supletorio — Estudiante Extranjero

Certificado Supletorio p/Nivel Programa Diplomado Est. Nacional

Certificado Supletorio p/ Nivel Programa Diplomado Est. Extranjero

REVALIDAS

Revalida Diploma Académico - Profesional Nacional

Revalida Diploma Académico - Profesional Extranjero

Verificación Autenticidad Diploma o Titulo Post Grado Obtenido en el Exterior para

nacionales

Verificación Autenticidad Diploma o Titulo de Post Grado Obtenido en el Exterior

Para extranjeros

CERTIFICACIONES

Servicios Docente

Servicios Administrativos

Certificado para Diplomas Académicos, Título Profesional (Prov. Nacional), Revalida y Postgrado

Certificado por Diploma de Bachiller

Certificado de Trabajo

Certificación de Personal Administrativo

Certificación de Personal Docente

Certificado de Beneficios Sociales

Certificación de no antecedentes anti autonomista

Certificación de no procesos universitarios

Certificación de Matrícula Universitaria

Certificado de Convalidación de Materias

Memorial

CARNETIZACIÓN

Cédula Universitaria (Diferentes Facultades)

Reposición Cédula Universitaria

Credencial Administrativo

Artículo Noveno. APROBAR el congelamiento de la Matrícula Universitaria para alumnos regulares, para la Gestión 2019 en Bs. 27.00 (Veintisiete bolivianos 00/100) con la siguiente distribución:

Pasa a la página 6.-

Page 7: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

Regístrese, comuní se y archívese.

ín Sánchez 11 1 O R SECRET

Ing. • r 1111 MS

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO No. 295/2018

CONCEPTO

Página 6.-

MONTO

Fondos Facultativos. 4,00

Biblioteca Central. 0,50

Federación Universitaria Local - F.U.L. 1,90

Centros Facultativos. 7,00

Centros de Carrera. 8,00

Centro Integral de Desarrollo Infantil - Guardería. 2,00 Bibliotecas Facultativas. 1,00

Servicio de Matriculación en Línea. 2,10

Confederación Universitaria Boliviana - CUB. 0,50

Incentivo Académico Estudiantil 0,00 TOTAL 27,00

Artículo Décimo INSTRUIR a todas las Facultades, Unidades Administrativas, Centros de Estudiantes dar cumplimiento oportuno a la presente Resolución en coordinación con la Dirección Administrativa Financiera, a través del Departamento de Presupuesto y Planificación Financiera, y el Departamento de Planificación y Coordinación en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones.

DAF/DPTO.PP ./oh/.

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

DIRECTRICES PRESUPUESTARIAS Y FINANCIERAS DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS

2019

TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. (OBJETO)

Establecer los lineamientos generales y específicos para la formulación y gestión del Plan Operativo Anual y Presupuesto Institucional de la Universidad Mayor de San Andrés correspondiente al ejercicio fiscal 2019, a partir de las políticas de mediano plazo y a las prioridades establecidas para el corto plazo, en el marco de lo dispuesto por los artículos 77 numeral I y 92 numeral I de la Constitución Política del Estado.

Artículo 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN)

El ámbito de aplicación de las directrices presupuestarias y financieras alcanza a todas las unidades académicas, administrativas y centros estudiantiles.

Artículo 3. (RESPONSABILIDAD DE LAS UNIDADES ACADÉMICAS ADMINISTRATIVAS Y CENTROS ESTUDIANTILES)

Las unidades académicas, administrativas y centros estudiantiles deben:

a. Elaborar su Plan Operativo Anual y Presupuesto en función al PEI 2016 — 2020, con visión al 2030.

b. Estimar los recursos y programar los gastos corrientes y de inversión, para el cumplimiento de los objetivos, metas y resultados de la gestión.

Artículo 4. (RESPONSABILIDAD DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA)

La Dirección Administrativa Financiera a través del Departamento de Presupuesto y Planificación Financiera, en el marco de sus competencias deben: Efectuar las acciones necesarias a fin de concluir el proyecto del Presupuesto Universitario 2019; cuando una unidad académica, administrativa o centro estudiantil no cumpla con la presentación de su Plan Operativo Anual y presupuesto en los plazos establecidos.

TITULO II FORMULACIÓN POA Y PRESUPUESTO

CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

Artículo 5. (LINEAMIENTOS GENERALES)

Los lineamientos que orientan la formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto son:

A. Lograr una gestión financiera responsable, optimizando el uso de los recursos universitarios, la obtención de nuevas fuentes de financiamiento, la integración de los actores dentro la Institución, a partir de las buenas prácticas de gestión financiera integrada, bajo parámetros de calidad con la finalidad de lograr una gestión que alcance sus objetivos de manera eficiente y efectiva, con economía de recursos, asumiendo las medidas de austeridad que coadyuven a reducir los gastos en todas las unidades académicas y administrativas.

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2 RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

B. Definir criterios de asignación de recursos, basados fundamentalmente en la obtención de resultados contrastables en todos y cada uno de los ámbitos fundamentales de la actividad universitaria: la docencia, la investigación, interacción social e innovación con efectos tangibles en la sociedad y el Estado.

C. Estimular la adecuación de los servicios universitarios al encargo social, mediante una adecuada oferta académica y transferencia tecnológica, promoviendo la mejora de la calidad en todos los campos de actividad de la UMSA.

D. Garantizar de manera efectiva la estabilidad y sostenibilidad financiera Institucional que permitan dar continuidad a las actividades académicas, de investigación, de interacción social y desconcentración universitaria, basadas en principios de eficacia, eficiencia y economía a partir de políticas de austeridad, así como de racionalidad en función a los ingresos que sean efectivamente percibidos.

E. Transparentar la información sobre el uso y destino de los recursos universitarios, los resultados del cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el corto y mediano plazo, con visión hacia los logros en el largo plazo.

F. En el marco de la gestión por resultados, mejorar la articulación efectiva del Plan Operativo Anual con el Plan Estratégico Institucional, iniciada a partir del año 2017.

G. Determinar como criterio base de distribución de las transferencias de los recursos IDH 2019, la normativa vigente inherente a la administración de dichos recursos, así como la evaluación de los resultados y niveles de ejecución alcanzados por los ejecutores de los diferentes componentes.

Artículo 6. (FORMULACIÓN PLAN OPERATIVO ANUAL Y PRESUPUESTO)

La formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto incorpora:

A. La definición de las acciones de corto plazo a partir del marco estratégico emergente del PEI.

B. El establecimiento de las acciones de corto plazo que deberán ser compatibles coherentes e interrelacionadas con las acciones de mediano plazo.

C. La identificación de las variables o metas a partir de las cuales se establecerán los indicadores de resultados a cumplir durante el ejercicio fiscal 2019, sobre la base del Catálogo Institucional de Indicadores de Resultados.

D. El desarrollo de los procesos para la estimación de los ingresos y de gastos corrientes, asignando en orden de prioridad la atención de los servicios de carácter permanente que garanticen la continuidad de las actividades misionales de la UMSA en el marco del Plan Estratégico Institucional (PEI).

E. El Programa de Inversión Institucional Universitario deberá estar formulado con visión plurianual, con presupuestos anuales concordantes; el mismo que tendrá carácter indicativo.

Artículo 7. (INSTRUMENTOS DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA)

Para la formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto las unidades responsables utilizarán:

A. Marco Estratégico Institucional — PEI 2016-2020, aprobado mediante Resolución Comité Ejecutivo HCU No. 443/2017.

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

B. Directrices Presupuestarias y Financieras Gestión 2019 de la Universidad Mayor de San Andrés aprobadas mediante resolución HCU.

C. Directrices y Clasificadores Presupuestarios Gestión 2019, emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Planificación del Desarrollo, aprobadas mediante Resolución Bi-Ministerial N°18 de 6 de julio de 2018.

D. Guía metodológica para la Formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto Basado en Resultados - Gestión 2019, que incluye el Catálogo de Indicadores de Resultados, Clasificador de variables o Metas, Clasificador por Objeto de Gasto a nivel de Ítems, a ser aprobada mediante resolución del HCU.

E. Sistema Zodiaco "Leo v 2.0"- Modulo de Formulación del Plan Operativo Anual y Presupuesto, que incorpora la formulación en línea, aprobado mediante resolución del HCU No. 222/2015.

F. Sistema de Gestión Pública - SIGEP implementado en la UMSA.

G. Sistema de Información sobre Inversiones (SISIN) del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE).

H. Otras Normas Vigentes relacionadas.

CAPITULO II FORMULACIÓN PRESUPUESTO DE RECURSOS

Artículo 8. (ESTIMACIÓN DE INGRESOS)

Para la estimación de los ingresos se deberá considerar:

A. Recursos Específicos de las Unidades Desconcentradas

Son montos estimados por las unidades generadoras de ingresos por (incorporación del costo de la Matricula, Aporte Académico, Curso Pre-facultativo, Cursos de temporada, Cursos de Postgrado, venta de bienes, productos agropecuarios, prestación de servicios, patentes y otros), en base a la ejecución histórica, al incremento o decremento estimado de cantidades y a los valores vigentes en la institución (número de postulantes, número de estudiantes, cantidad de servicios —matrícula o precio del servicio y colegiaturas). Estas estimaciones deben ser lo más cercanas a la realidad para la formulación del Presupuesto, considerando para el efecto la ejecución a julio y proyección a diciembre del 2018; la sobrestimación de ingresos podría generar bajos niveles de ejecución presupuestaria, reflejando ineficiencia, en la evaluación de las unidades académicas, administrativas y centros estudiantiles.

Distribución Matrícula Universitaria

El costo de la Matrícula Universitaria se determina en Bs27.- sujeto a la siguiente distribución:

a) Bs4.- Fondos Facultativos.

b) Bs 0,50 Biblioteca Central.

c) Bs1.90 Federación Universitaria Local - F.U.L.

d) Bs7.- Centros Facultativos.

e) Bs8.- Centros de Carrera.

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

f) Bs2.- Centro Integral de Desarrollo Infantil - Guardería.

g) Bs1.- Bibliotecas Facultativas.

h) Bs2,10 Servicio de Matriculación en Línea.

i) Bs0,50 Confederación Universitaria Boliviana - CUB.

B. Ingresos Institucionales

I. Recursos Específicos Administración Central - ADC Los valores Universitarios se incrementarán de acuerdo al análisis efectuado, tomando como referencia el índice de Precios al Consumidor de Bolivia del año 2017, según Tabla de Valores que forma parte de las presentes Directrices (Anexo No1).

II. Subvención Ordinaria del TGN se sujetará a los techos proporcionados por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas en base a la gestión 2018 Bs234.343.281.- con Fuente 41 "Transferencias T.G.N." Organismo Financiador111 "Tesoro General de la Nación", destinados a financiar servicios personales (docentes y administrativos), monto sujeto a la comunicación del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas.

III. Coparticipación Tributaria Monto sujeto a la comunicación del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas Bs543.745.418.- con Fuente 41 "Transferencias T.G.N." Organismo Financiador 113 Tesoro General de la Nación - Coparticipación Tributaria, destinados a financiar Gastos Centrales y el Fondo de Operación Facultativo.

IV. Fondo de Operación Facultativo. La asignación presupuestaria de Bs13.000.000.- sujeta a la actualización de la matriz de distribución, aprobada con Res.HCU.Nro.240/2015, que incorpora como criterios:

a. Parámetros 80% :

i. 30% distribución lineal.

ii. 30% No. Carreras.

iii. 10% No. Institutos y Estaciones Experimentales.

iv. 10% No. estudiantes Matriculados e inscritos.

b. Indicadores 20%

i. 5% M2/Estudiante

Fi. 5% No. Estudiantes/Docente TC

iii. 1 0%Titulados/Estudiantes Nuevos

C. Recursos IDH 2019

Las transferencias provenientes de los recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos — IDH, se presupuestarán en base a los techos comunicados por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Bs58.017.282.- con Fuente 41 "Transferencias T.G.N." Organismo Financiador 119 Tesoro General de la Nación - Impuesto Directo a los

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Hidrocarburos, de manera referencia', debido al comportamiento decreciente de los

últimos años y las siguientes disposiciones: Ley 50/2010, vigente para su aplicación en

el marco de la Ley N° 856 de 28 noviembre de 2016 y su Decreto Reglamentario N°3034

de 28 de diciembre de 2016, que aprueban la compensación por la no emisión de los

Diplomas de Bachiller, Artículo 15 de la Ley N° 856 de 28 de noviembre de 2016, que

autoriza la utilización de hasta un 2,5% del IDH para el pago de gastos de mantenimiento

y seguros en inversiones y gastos de capital en las Universidades Públicas, DS.308 que

aprueba el financiamiento del PROMES, DS.859 que aprueba el Fondo de Fomento a la

Educación Cívico Patriótica, el DS.961 que amplia competencias del IDH para financiar

el pago de becas socio económicas (Beca Comedor), Becas académicas (auxiliares de

docencia e internado rotatorio), Infraestructura y equipamiento estudiantil, el DS. 1322,

el DS.1323 y otras disposiciones inherentes a la administración de recursos IDH.

D. COMPETENCIAS IDH

a. 10% Becas (Académicas y Socioeconómicas) en favor de los estudiantes de la comunidad universitaria.

b. 5% Inversión y Equipamiento en favor de los estudiantes.

c. 0.2% Fondo de Fomento a la Educación Cívico Patriótica.

d. 5% Extensión Universitaria, Cultura y Deporte.

e. 2% Compensación por la Extensión de Títulos Profesional Gratuito a los titulados por excelencia.

f. 8% Desconcentración Académica (2% Operación y Financiamiento Sedes Universitarias Locales, 6% Programas Académicos Desconcentrados de las Facultades)

9. 8% Seguro Social Universitario Gratuito

h. 2.5% mantenimiento y seguros de la infraestructura, equipamiento y otros gastos de capital, realizados con los recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos.

i. Reposición Pérdida por Emisión de Diplomas de Bachiller.

I. TOTAL RECURSOS IDH ASIGNABLES A COMPONENTES - 100% PROGRAMA DE INVERSIÓN

a. 70% Infraestructura y Equipamiento:

i. 56% para proyectos de inversión en obras de infraestructura.

ii. 14% para proyectos de equipamiento (sujeto a los criterios de distribución aprobados mediante resolución del HCU.No.66/2014):

60% Lineal

20% por Carreras e Institutos

20% Por número de estudiantes Inscritos en el 2017.

b. 30% Investigación, Interacción Social, Autoevaluación y Acreditación, Mejoramiento Académico, Proyectos de Desarrollo Regional y de apoyo a la Desconcentración Académica, de acuerdo al Reglamento de Administración de Recursos IDH, art. 39.

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E. Saldos en Caja y Bancos

I. Los recursos de caja y bancos, deben considerar la proyección de saldos en las libretas bancarias al 31 de diciembre de 2018, en función a la ejecución programada; buscando la mayor aproximación posible a los saldos reales al cierre de la gestión, la sobrestimación de estos saldos, podría generar problemas en el financiamiento de los gastos comprometidos, en especial los destinados a proyectos de inversión, con cargo a estos recursos y bajos niveles de ejecución presupuestaria, reflejando ineficiencia, en la evaluación de las unidades académicas, administrativas y centros estudiantiles.

II. La programación de recursos de caja y bancos, deberá identificar su origen por fuente y organismo financiador estableciéndose prioridades acordes al financiamiento, sea de gastos de funcionamiento, proyectos de inversión o de servicio de la deuda.

F. Recursos Externos

Registrar en el presupuesto universitario las donaciones externas sujetas a los convenios y/o normativa legal vigente específicas, que respalden los créditos internos y externos, así como las donaciones internas y externas; incluyendo el documento de no objeción del organismo financiador cuando corresponda.

CAPITULO III FORMULACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS POR ÁREA ESTRATÉGICA DEL PEI

Artículo 9. (ESTIMACIÓN DE GASTOS)

Para determinar la demanda del gasto se debe considerar los siguientes lineamientos:

A. Gestión Institucional: Gasto Corriente

I. Formación Profesional

a. La Planilla Presupuestaria docente alcanza a 261.916 Horas distribuidas en:

i. La planilla de personal docente ordinario y extraordinario incorpora 254.636 horas académicas.

ii. La planilla de personal eventual docente incorpora: una previsión de 2 tiempos

completos por facultad equivalentes a 4.160 horas para cubrir años sabáticos,

1.280 horas en carga horaria para docentes doctorados con apoyo de ASDI,

1.200 horas para cubrir suplencias, licencias, bajas médicas (un medio Tiempo

por facultad más CIDES y CEPIES) y 640 horas TOFA (según Res. HCU 421/2015).

b. Planilla Presupuestaria Administrativa incorpora a:

i. La planilla de personal permanente representa un total de 1.561 ítems.

ii. Para personal eventual se contempla el 3% de la planilla permanente para cubrir las suplencias, personal de las granjas experimentales y requerimientos institucionales de contingencia.

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II. Gastos para la disminución de Previsiones y Reservas Técnicas a Largo Plazo

Incluye recursos para cubrir gastos por pago beneficios sociales por muerte, jubilación o retiro voluntario de personal docente y administrativo, tanto de la planilla permanente como eventual (área central y facultades), independientemente de la fuente de financiamiento.

III. Gastos en Bienes y Servicios

a. Seguridad

Las facultades que cuentan con personal de seguridad privada, deberán desconcentrar estos gastos, con recursos a ser transferidos por la Administración Central, precautelando la calidad de servicio y el costo asociado en beneficio de la UMSA, aplicando como techo el presupuesto asignado en la gestión 2018.

Todos los nuevos requerimientos de servicio de seguridad deberán ser debidamente justificados con informe técnico, incluidos en el POA y atendidos con cargo al presupuesto de las unidades solicitantes.

b. Servicios básicos

Se tomará como base de referencia la ejecución histórica incorporando el incremento de la tasa inflacionaria estimada.

c. Internet

Las Unidades Académicas, Administrativas y Organizaciones Estudiantiles deberán reducir costos por volumen en el servicio de internet a través de la suscripción de contratos a nivel Institucional.

d. Servicio de té

Considerará las planillas presupuestarias docente y administrativa proyectadas para la gestión 2019.

e.Requerimientos de bienes y servicios de las Unidades Académicas,

Administrativas y Organizaciones Estudiantiles.

Estarán sujetos a los objetivos y resultados que se pretende alcanzar, debidamente justificados e incluidos en los respectivos POAs.

La baja de activos deberá efectuarse y estar justificada mediante informe técnico que la sustente de manera verificable de acuerdo a disposiciones legales y reglamentación vigentes.

La adquisición de activos deberá efectuarse y estar justificada mediante informe técnico, estar incluida en el POA y Presupuesto 2019, con excepción de proyectos y programas aprobados.

f. Gastos por contratación de Consultorías

i.La contratación de consultorías deberá ser clasificada en: de línea o por producto.

ii.Independientemente de la modalidad de contratación y de la fuente de financiamiento, la contratación de consultores se efectuará mediante los procedimientos establecidos en las normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (SABS).

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iii. Los consultores individuales y en línea, desarrollarán sus actividades con dedicación exclusiva en la Institución, de acuerdo a los términos de referencia y contrato suscrito. Asimismo, su remuneración deberá estar definida en función a la escala salarial aprobada.

iv. Los consultores por producto, serán contratados para tareas especializadas no recurrentes.

v. Los consultores están sujetos a la aplicación de la Ley 065 y DS.778 que determina su contribución al Sistema Integrado de Pensiones.

vi. Las Unidades Académicas, Administrativas y Organizaciones Estudiantiles deberán establecer el objetivo de la consultoría, resultado esperado, duración, remuneración y cargo equivalente en la escala salarial, según formato (anexo II).

g. Gastos por contratación de Servicios de Terceros

Las contrataciones bajo las partidas 26990 "Otros" para personas naturales y 26930 "Pago por Trabajos Dirigidos y Pasantías", no se sujetarán a las regulaciones de la Ley 065 ni al DS. 778.

h. Seguro

Las unidades académicas deben verificar la disponibilidad presupuestaria y financiera para incorporar en su presupuesto de la gestión 2019, la programación de la contratación de seguro de los activos fijos, en resguardo del patrimonio institucional en atención a las recomendaciones de Auditoria Interna.

IV. Gastos en Transferencias

a. Auxiliares de Docencia e Internado Rotatorio

i. Planilla presupuestaria para auxiliaturas de docencia incorpora una carga horaria de 53.320 horas, financiada con recursos de Coparticipación Tributaria y del Impuesto Directo a los Hidrocarburos en el marco del DS.961 así como de la Ley 50 del PGE 2010 y el artículo 17 del Decreto Supremo N°3034 de 28 de diciembre de 2016 Compensación Diplomas de Bachiller, así como las fuentes y medidas necesarias.

ii. Planilla presupuestaria para Internado Rotatorio con 1.087 ítems, financiada con recursos de Coparticipación Tributaria, el IDH en el marco tanto del DS.961 así como de la Ley 50 del PGE 2010 y el artículo 17 del Decreto Supremo N'3034 de 28 de diciembre de 2016 Compensación Diplomas de Bachiller.

b. Comedor

El Presupuesto de Beca comedor considera una cobertura de un estipendio de Bs. 20,77 financiado con recursos de la Coparticipación Tributaria, el IDH en el marco tanto del DS.961 así como de la Ley 50 del PGE 2010 y el artículo 17 del Decreto Supremo N°3034 de 28 de diciembre de 2016 Compensación Diplomas de Bachiller, así como las fuentes y medidas necesarias.

c. Bonos (Día de la Madre, 25 años de servicio)

i. Día de la Madre: Planilla elaborada en base al registro del Kárdex y utilizando como base el monto individual de la gestión pasada.

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ii. 25 años de servicio: Planilla elaborada en base al registro del Kárdex individual y considerando como base de cálculo la remuneración salarial alcanzada en 25 años de servicio en la institución.

d. Transferencias Público Privadas

Las transferencias al sector privado (becas otorgadas a servidores públicos o a particulares y donaciones, ayudas sociales o premios a personas) deben estar respaldadas con norma legal expresa.

e. Transferencias público — público

Las transferencias interinstitucionales deben contar con norma expresa y la conformidad de la entidad beneficiaria.

V. Otros Gastos

a. Gastos Institucionales

Considera los siguientes programas:

i. Programa Institucional (incorpora el Plan Operativo y Presupuesto de la Comisión de Cultura y otros).

ii. Programa de Inversión y Mantenimiento Institucional.

b. Gastos FUL

Presupuesto sujeto a la distribución de la matrícula y el saldo de caja y bancos.

c. Gastos de Operación IDRU-CCI, IDR y Canal Universitario

i. Asignar como fondo de operación para el I DRU-CCI un importe de Bs120.000.- financiado con recursos específicos del área central, que garanticen el funcionamiento de los CRUs y SULs.

ii. Se considera el fondo de operación para el IDR por un importe de Bs200.000.- financiado con recursos específicos de la administración central.

iii. Se considera el fondo de operación del Canal Universitario - TVU por un importe de Bs120.000.- financiado con recursos específicos de la administración central.

d. Fondo de Mantenimiento de Predios

i. Desconcentración del fondo de mantenimiento a nivel de las Unidades Desconcentradas de Infraestructura facultativas (UDIS) y de la Administración Central y Sedes Provinciales.

ii. Asignación de Bs3.607.073.- para el Fondo de Mantenimiento de Predios (preventivo y correctivo), financiado con recursos específicos de la administración central, para las 13 Facultades, Administración Central y Sedes Universitarias sujeto a los siguientes criterios:

- 20% distribución sujeta a parámetros académicos, administrativos e infraestructura (antigüedad de predios, superficie, y número de estudiantes).

- 20% distribución sujeta al número de carreras, institutos y estaciones experimentales.

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10 RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

10% distribución en función a la proporcionalidad de la superficie.

30% distribución lineal entre las 13 Facultades, Administración Central y Sedes Universitarias.

20% Fondo destinado a financiar gastos de emergencia que serán administrados a través del Departamento de Infraestructura y transferidos a las Facultades.

Se procederá a la transferencia de fondos a las facultades, previa presentación del Programa de Mantenimiento Facultativo, elaborado por el UDI con aprobación del Señor Decano.

e. Presupuesto de la Administración Central

El presupuesto de la Administración Central y su asignación a efectuarse para cada Unidad Administrativa se realizará en base a los recursos disponibles, no pudiendo incrementarse durante la gestión 2019.

VI. Gastos financiados con Donaciones

Los gastos financiados con Donaciones para su registro deberán contar con el respaldo del Convenio vigente.

B. Gestión Institucional: Gastos de Capital

I. Gastos en Inversión

a. Todcs los proyectos de inversión capitalizables (Inversión en infraestructura y equipamiento) y no capitalizables (proyectos de investigación, interacción social, acreditación, etc.) deberán registrarse en el Programa de Inversión Institucional, independientemente de la fuente de financiamiento y cumpliendo los requisitos establecidos por la normativa vigente.

b. El programa de inversión del IDH 2019 en el marco del Reglamento Interno para la Administración de los recursos IDH y la normativa vigente deberá sujetarse a la política institucional de distribución aprobada por el Honorable Consejo Universitario y el procedimiento aprobado para el efecto.

c. Para el registro presupuestario de las obras de infraestructura se deberá incluir la supervisión, sin cuya inclusión no podrán ser consideradas, en cumplimiento a las normas legales vigentes.

C. Provisiones para gasto de capital

Dentro el presupuesto 2019 se deberá incluir las Provisiones para gastos de capital para financiar programas y proyectos de inversión bajo la partida 99100 "Provisiones para Gastos de Capital".

D. Provisiones para Registro Contable de cuentas del Activo

Las unidades académicas deberán proyectar para el presupuesto de la gestión 2019 los

importes requeridos para registrar los saldos reales de las cuentas de activo exigible de

gestiones pasadas, previa verificación de la documentación de respaldo y la determinación de la pertinencia de los mismos.

E. Deuda Flotante — Gastos Devengados y no pagados

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018 11

La Administración Central y las unidades académicas deben incorporar en su presupuesto de la gestión 2019, la proyección de los importes requeridos para la atención de los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de 2018 como parte de la deuda flotante.

F. Provisiones de Beneficios Sociales para gasto Corriente y de capital

La Administración Central deberá considerar la asignación de Presupuesto en la partida 94100 "Indemnización" para el registro de las provisiones de Beneficios Sociales.

CAPITULO IV

OTRAS DISPOSICIONES

Articulo 10.-- (COMPROMISOS DE GASTO MAYORES A UN AÑO)

Se podrá comprometer gastos por periodos mayores a un año en proyectos de inversión, siempre y cuando cuenten con el financiamiento asegurado, debiéndose presupuestar anualmente los recursos hasta la conclusión del compromiso. La certificación presupuestaria deberá ser emitida en forma anual, de acuerdo al gasto programado.

Es dado en sesión ordinaria del Honorable Consejo Universitario, a los quince días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.

FUENTE.- DAF

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12 RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018

Anexo 1

TABLA DE VALORES UNIVERSITARIOS 2019

CERTIFICADOS

VALORES

Bs Certificado de Calificaciones Post Grado

Certificado de Calificaciones de Grado

Certificado Único de Calificaciones

Certificado de Calificaciones pregrado (Alumno Regular)

Certificado de Habilitación - Curso Pre Universitario

Certificado de Calificaciones Estudiante Nacional y/o Ext. Maestría Terminal

FORMULARIOS

Formulario de Admisiones Especiales (Profesionales, Convenios Especiales)

Formulario de Solicitud De Defensa o Habilitación para la Obtención de Grado Académico

Formulario Solicitud de Defensa de Tesis o Habilitación para Cursos de Postgrado

Formulario de Solicitud de Traspaso de Universidad del Exterior.

Formulario de Traspaso a otras Universidades del Sistema

Formulario Solicitud de Anulación de Traspaso

Formulario Solicitud Carrera Paralela

Formulario Solicitud de Certificación de Condición de Alumno Regular

Formulario Solicitud de Convalidación de Materias

Formulario de Solicitud Traspaso Interno

Formulario Solicitud de Reactualización o Desistimiento de Tramite

Formulario Solicitud de Reconocimiento del Examen de Dispensación o Curso Pre facultativo

Formulario de Solicitud de Legalización de Documentos Académicos

Formulario de Solicitud de Inscripción Estudiantes Extranjeros Nuevos

Formulario de Solicitud de Reinscripción

Formulario de Solicitud de Rectificación de Nombre o Apellido

Formulario Reposición de Cheque o Efectivo Revertido

Formulario de Solicitud de Trámite Diploma Académico

Formulario de Solicitud de Trámite Post Grados UMSA

Formulario de Solicitud de Trámite Revalida de Diploma Académico, obtenido en el exterior

Formulario Solicitud de Trámite de Diploma de Bachiller

Formulario de Solicitud de Trámite Título Profesional

Formulario Solicitud de Trámite Certificado Supletorio

Formulario Certificado de Devolución de Documentos

Formulario de Solicitud de Trámite Verificación Auten. Diploma o Título de Post Grado Obtenido en Exterior

Formulario de Solicitud de Defensa de Tasis Curso de Post Grado Estudiantes Nacionales y/o Extranjeros MT

RECIBOS UNIVERSITARIOS

MATRICULAS Matrícula Extranjero (Pregrado)

Matrícula Profesional (Pregrado)

Matrícula Post Grado, Especialidad, Maestría. y Doctorado

Matricula de Maestría y Doctorado Terminal Estudiante Nacional

Matricula de Maestría y Doctorado Terminal Estudiante Extranjero

Matrícula para Diplomado

Impresión de Matrícula (Pregrado)

Matrícula Alumno Regular (Caso especial)

190,00

36,00

34,00

4,00

10,00

41,00

103,00

216,00

216,00

422,00

252,00

88,00

139,00

88,00

88,00

165,00

88,00

88,00

88,00

108,00

72,00

88,00

88,00

21,00

196,00

196,00

21,00

21,00

26,00

67,00

196,00

216,00

1.680,00

245,00

1.260,00

525,00

1.680,00

420,00

1,00

27,00

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018 13

PAPELETAS

Papeleta Examen de Grado 1ra instancia

Papeleta Examen de Grado Repitente

Papeleta de Habilitación (por Cambio de Modalidad)

Papeleta Examen de Curso Post Grado

Papeleta PETAE

Papeleta Examen de Curso P.G. Maestría y Doctorado Terminal Estudiantes Nacionales y/o Extranjeros

MULTAS

Multas por matrícula rezagada

Multas por matrícula retroactiva

LEGALIZACIONES

Legalización de Acta

Legalización de fotocopia de Diplomado, Post Grado, Maestría, Especialidad

Legalización de fotocopia de Diploma de Bachiller

Legalización de fotocopias de Documentos de Archivo

Legalización de fotocopias de Documentos Académicos

Legalización de fotocopias de Documentos Administrativos

Legalización de fotocopia de Diploma Académico

Legalización de fotocopia de Título Profesional (Provisión Nacional)

Legalización de fotocopia de Resolución Universitaria

Legalización de Resolución Rectoral

Legalización de Resolución de Carrera

Legalización de Resolución Facultativa

Legalización de Conclusión de Estudios

Legalización de Informe de Kárdex

Legalización de informe de Seguimiento Académico

Legalización de matrícula (Alumno Regular)

Legalización de matrícula (Postgrado)

Legalización de matrícula (Alumno Egresado)

Legalización de programas y contenidos mínimos (por hoja)

Legalización de certificado de calificación

Legalización de certificado de calificaciones I.D.R.

Legalización de Pensum Académico

Legalización de Recibos T.U. (Extraviados por gestión).

DIPLOMAS

Diploma de Bachiller - Estudiante Nacional (Gestiones Anteriores al 2008)

Diploma de Bachiller - Estudiante Extranjero (Gestiones Anteriores al 2008)

Diploma Académico - Estudiante Nacional

Diploma Académico - Estudiante Extranjero

Diploma Académico Técnico Superior

Diploma Académico Técnico Medio

Diploma Curso Post Grado de Especialistas (Especialista, S. Pública, Esp. Médica)

TITULOS

Título Profesional Nacional (Provisión Nacional)

Título Profesional Extranjero (Provisión Nacional)

Título Profesional Técnico Superior

Título Profesional Técnico Medio

Título Postgrado Maestría

Título Postgrado Philosophical Doctor (PI.. D)

Título Postgrado Doctor en Ciencias

46,00

88,00

88,00

886,00

72,00

108,00

175,00

57,00

72,00

88,00

88,00

88,00

88,00

88,00

124,00

124,00

124,00

124,00

72,00

72,00

88,00

72,00

88,00

72,00

72,00

98,00

8,00

46,00

46,00

46,00

16,00

268,00

1.195,00

948,00

1.900,00

474,00

474,00

1.514,00

1.473,00

3.353,00

742,00

742,00

3.430,00

3.430,00

3.430,00

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RESOLUCIÓN HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 295/2018 14

Título de Maestría Terminal - Estudiante Nacional

Título de Doctorado Terminal - Estudiante Nacional

Título de Maestría Terminal - Estudiante Extranjero

Título de Doctorado Terminal - Estudiante Extranjero

Aporte Profesional

SUPLETORIOS

Certificado Supletorio — Estudiante Nacional

Certificado Supletorio — Estudiante Extranjero

Certificado Supletorio p/Nivel Programa Diplomado Est. Nacional

Certificado Supletorio p/ Nivel Programa Diplomado Est. Extranjero

REVALIDAS

Revalida Diploma Académico - Profesional Nacional

Revalida Diploma Académico - Profesional Extranjero

Verificación Autenticidad Diploma o Titulo Post Grado Obtenido en el Exterior para nacionales

Verificación Autenticidad Diploma o Titulo de Post Grado Obtenido en el Exterior Para extranjeros

CERTIFICACIONES Servicios Docente

Servicios Administrativos

Certificado para Diplomas Académicos, Título Profesional (Prov. Nacional), Revalida y Postgrado

Certificado por Diploma de Bachiller

Certificado de Trabajo

Certificación de Personal Administrativo

Certificación de Personal Docente

Certificado de Beneficios Sociales

Certificación de no antecedentes anti autonomista

Certificación de no procesos universitarios

Certificación de Matrícula Universitaria

Certificado de Convalidación de Materias

Memorial

CARNETIZACION

Cédula Universitaria (Diferentes Facultades)

Reposición Cédula Universitaria

Credencial Administrativo

1.622,00

1.622,00

3.353,00

3.353,00

124,00

324,00

649,00

324,00

649,00

603,00

999,00

603,00

999,00

108,00

108,00

88,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

46,00

72,00

88,00

103,00

3,00

26,00

26,00

Page 22: UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS Stra ti

0 ,011 o

o 0,011

G

DE CONSULTORÍAS POR PRODUCTO, LINEA Y AUDITORÍAS EXTERNAS - GESTIÓN 2019

M'IDA D

NIVEL ENSTIllt 1DN.1L

tSIOS POR C1IFGORI1 PROGR11111( 1

nomn lann

A:CONSULTORIAS POR PRODUCTO

Rennonermon

Duración dele equirátnte ezmu equi %alta it Numeni d. COMMÉOri.1 balda Sabnal a.ala ( awr

ipmard.

PrIl ,.111911.10,11

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fie y Onz.

B:CONSULTORES DE LÍNEA

A: AUDITORIAS EXTERNAS o 100

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Anexo 2

FUENTE- DAF