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    en Dinamarca

    La Seguridad Social

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    Empleo, Asuntos Sociales e InclusinLa Seguridad Social en Dinamarca

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    La informacin que figura en la presente gua se ha redactado y actualizado enestrecha colaboracin con los corresponsales nacionales del Sistema de InformacinMutua sobre Proteccin Social (MISSOC). Para ms informacin sobre la red MISSOC,vase:http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=es&catId=815.

    La presente gua ofrece una descripcin general de las disposiciones en materia deSeguridad Social de cada pas. Puede obtenerse ms informacin en otraspublicaciones de MISSOC, disponibles en el enlace anterior. Asimismo, es posibledirigirse a las autoridades y las instituciones competentes que figuran en la lista delanexo I de esta gua.

    Ni la Comisin Europea ni ninguna persona que acte en su nombre sernresponsables del uso que pudiera hacerse de la informacin contenida en la presentepublicacin.

    Unin Europea, 2012Se autoriza la reproduccin siempre que se mencione la fuente.

    http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=815http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=815http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=815http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=815
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    NDICE

    Captulo I. Introduccin, organizacin y financiacin .............................................. 5Introduccin ................................................................................................... 5Organizacin de la proteccin social .................................................................. 5Financiacin ................................................................................................... 6

    Captulo II. Asistencia sanitaria ........................................................................... 7Nacimiento del derecho a la asistencia sanitaria .................................................. 7Alcance de la cobertura ................................................................................... 7Cmo se accede a la asistencia sanitaria? ......................................................... 8

    Captulo III. Prestaciones de enfermedad en metlico ............................................ 9Nacimiento del derecho a las prestaciones de enfermedad en metlico .................. 9Alcance de la cobertura ..................................................................................10

    Cmo se accede a las prestaciones de enfermedad en metlico? ........................10

    Captulo IV. Prestaciones de maternidad y paternidad ...........................................12

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de maternidad y paternidad ................12

    Alcance de la cobertura ..................................................................................12Cmo se accede a las prestaciones de maternidad y paternidad?........................13

    Captulo V. Prestaciones de invalidez ...................................................................14Nacimiento del derecho a las prestaciones de invalidez .......................................14Alcance de la cobertura ..................................................................................14

    Cmo se accede a las prestaciones de invalidez? ..............................................15Captulo VI. Pensiones y prestaciones de vejez .....................................................16

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de vejez ............................................16Alcance de la cobertura ..................................................................................17Cmo se accede a las prestaciones de vejez? ...................................................17

    Captulo VII. Prestaciones de supervivientes ........................................................19

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de supervivientes ...............................19Alcance de la cobertura ..................................................................................19Cmo se accede a las prestaciones de supervivientes? ......................................20

    Captulo VIII. Prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ..21

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales .................................................................................................21Alcance de la cobertura ..................................................................................21Cmo se accede a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales? ...............................................................................................22

    Captulo IX. Prestaciones familiares ....................................................................24Nacimiento del derecho a las prestaciones familiares ..........................................24

    Alcance de la cobertura ..................................................................................25

    Cmo se accede a las prestaciones familiares? .................................................25Captulo X. Desempleo ......................................................................................27

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de desempleo ....................................27

    Alcance de la cobertura ..................................................................................28Cmo se accede a las prestaciones de desempleo? ...........................................28

    Captulo XI. Recursos mnimos ...........................................................................29Nacimiento del derecho a prestaciones relativas a los recursos mnimos ...............29Alcance de la cobertura ..................................................................................29

    Cmo se accede a las prestaciones de recursos mnimos? .................................30Captulo XII. Dependencia .................................................................................31

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de dependencia .................................31

    Alcance de la cobertura ..................................................................................31Cmo se accede a las prestaciones de dependencia?.........................................31

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    Anexo. Direcciones de instituciones y sitios web tiles ...........................................32

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    Captulo I. Introduccin, organizacin y financiacinIntroduccin

    En Dinamarca, las prestaciones de la Seguridad Social son las siguientes:

    prestaciones de enfermedad, hospitalizacin y maternidad, subsidios diarios deenfermedad y de maternidad y ayuda para la rehabilitacin;

    prestaciones por accidentes en el trabajo y enfermedades profesionales;

    asignacin para gastos funerarios;

    pensiones de invalidez;

    pensiones de vejez y pensiones extraordinarias;

    prestaciones de desempleo;

    prestaciones familiares.

    Dado que la mayora de las ramas de la Seguridad Social danesa son obligatorias, noexisten condiciones para poder acogerse a los distintos regmenes salvo en el caso delseguro de desempleo.

    Organizacin de la proteccin social

    Regmenes de pensiones

    Todos los ciudadanos daneses residentes en Dinamarca tienen derecho a una pensinde jubilacin anticipada en el caso de invalidez (pensiones de invalidez) cuando nohayan cumplido los 65 aos de edad. Al alcanzar los 65 aos tienen derecho a unapensin de vejez. Este sistema de pensiones (las pensiones sociales) es competenciade las autoridades locales. El Ministerio de Trabajo (Beskftigelsesministeriet)supervisa la aplicacin de la legislacin. Sin embargo, no est legitimado paraintervenir en casos individuales.

    El sistema de pensiones extraordinarias (Arbejdsmarkedets Tillgspension o ATP)concede a los trabajadores por cuenta ajena que trabajan al menos 9 horas semanalesun complemento aadido a la pensin social.

    La pensin parcial del seguro de desempleo y los regmenes de prejubilacin sonsistemas de transicin entre la vida laboral y la jubilacin gestionados por el Ministeriode Trabajo.

    Seguro de enfermedad

    Las autoridades regionales y locales gestionan y financian el seguro de enfermedadque se proporciona para el conjunto de la poblacin. El Ministerio de Sanidad(Ministeriet for Sundhed og Forebyggelse) es el responsable del seguro. Todos losresidentes en Dinamarca cuentan con seguro de enfermedad. Las autoridades localesse encargan de abonar las prestaciones en metlico en caso de enfermedad (en el

    mbito de competencias del Ministerio de Trabajo o Beskftigelsesministeriet).

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    Prestaciones familiares

    Las autoridades locales administran las prestaciones familiares generales y otrasmuchas prestaciones familiares (en el mbito de competencias del Ministerio deHacienda o Skatteministeriet y del Ministerio de Asuntos Sociales e Integracin(Social- og Indenrigsministeriet). Las autoridades locales abonan las prestaciones enmetlico en caso de maternidad (en el mbito de competencias del Ministerio deTrabajo o Beskftigelsesministeriet).

    Seguro de desempleo

    El seguro de desempleo es voluntario. Los seguros de desempleo se distribuyen conarreglo a las distintas ramas.Las cotizaciones de los afiliados cubren parte de la cuotaestatal de los gastos relacionados con el seguro de desempleo, incluidos los de lasprejubilaciones. El Ministerio de Trabajo (Beskftigelsesministeriet)es el responsable

    del seguro de desempleo.

    Financiacin

    Las prestaciones de la Seguridad Social en Dinamarca se financian con carctergeneral mediante los impuestos (impuestos del Estado y de los municipios), incluida lacontribucin para el mercado de trabajo (arbejdsmarkedsbidrag).

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    Captulo II. Asistencia sanitaria

    Nacimiento del derecho a la asistencia sanitaria

    Todos los residentes en Dinamarca tienen derecho a prestaciones en especie en casode hospitalizacin y maternidad, as como a prestaciones del seguro de enfermedad.

    Al trasladarse a Dinamarca, el interesado debe empadronarse en la localidad en la quevive. Desde ese momento quedar afiliado al sistema del seguro de enfermedad.Tendr acceso a la asistencia sanitaria y obtendr una tarjeta sanitaria.

    Alcance de la cobertura

    Prestaciones del seguro de enfermedad

    El asegurado tiene derecho a recibir las siguientes prestaciones:

    tratamiento por el mdico de cabecera que haya elegido;

    tratamiento por parte del mdico especialista al que le haya derivado el mdico decabecera;

    determinados tratamientos dentales;

    atencin fisioteraputica por prescripcin mdica;

    tratamiento por un quiroprctico;

    tratamiento de podologa por prescripcin mdica para determinadas categoras depacientes;

    tratamiento de psicoterapia por prescripcin mdica para determinadas categorasde pacientes;

    medicamentos;

    preparados nutritivos por prescripcin mdica.

    La asistencia sanitaria de los mdicos de cabecera y especialistas es gratuita para losafiliados pertenecientes al Grupo 1.

    El seguro de enfermedad cubre parte de los costes de otros tipos de tratamientos,segn el baremo fijado de comn acuerdo con las organizaciones de profesionales dela salud.

    El tipo de reembolso de los medicamentos depende del total de los gastos anuales delasegurado en medicamentos reembolsables. No se reembolsa cantidad alguna cuandolos gastos anuales totales son inferiores a 890 coronas danesas (DKK) (120 EUR). Eltipo de reembolso se incrementa por tramos: asciende al 50 % de los gastos entre890 DKK (120 EUR) y 1 450 DKK (195 EUR), al 75 % de los gastos entre 1 450 DKK(195 EUR) y 3 130 DKK (421 EUR), y al 85 % de los gastos que superen 3 130 DKK(421 EUR).

    Para los menores de 18 aos, los medicamentos reembolsables siempre se reintegranal menos al 60 %.

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    Asistencia hospitalaria

    En caso de requerir tratamiento hospitalario, el asegurado puede elegir entre todos loshospitales pblicos del pas donde se ofrezca el tratamiento requerido. El tratamientoes gratuito. En la mayora de los casos, la hospitalizacin se produce por prescripcinde un mdico, salvo en caso de accidente o de enfermedad grave.

    El asegurado tiene derecho a recibir exmenes preventivos gratuitos por parte de unmdico y de una matrona durante el embarazo y el parto. El parto en un hospital o enotro establecimiento pblico y la asistencia de una matrona en un parto a domicilioson gratuitos.

    Cmo se accede a la asistencia sanitaria?

    Existen dos categoras de asegurados; el interesado puede elegir entre el Grupo 1 y elGrupo 2 y puede cambiar de grupo una vez al ao.

    Los asegurados del Grupo 1 estn afiliados a un mdico de cabecera determinado queha firmado un convenio con el seguro de enfermedad. No suelen recibir asistenciasanitaria especializada salvo que sean remitidos al especialista por su mdico decabecera habitual.

    Los asegurados del Grupo 2 pueden elegir libremente a su mdico de cabecera y a susespecialistas. Reciben una prestacin del seguro de enfermedad que corresponde a loque debera abonar este por un tratamiento equivalente de un paciente del Grupo 1. Elmdico fija sus propios honorarios.

    Los nios menores de 16 aos tienen el mismo mdico y pertenecen a la mismacategora de asegurado que sus progenitores o que su tutor.

    Vas de recurso

    Si el asegurado no est de acuerdo con una decisin, puede presentar un recurso enun plazo de 4 semanas a partir de la fecha de recepcin de la comunicacin.

    Las decisiones de la administracin municipal en materia del seguro de enfermedadpueden ser objeto de recurso ante la Agencia Nacional de Derechos y Reclamacionesde Pacientes (Patientombuddet).

    Ms informacin en la Agencia Nacional de Derechos y Reclamaciones de Pacientes .

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    Captulo III. Prestaciones de enfermedad en metlico

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de enfermedad en metlico

    La prestacin diaria de enfermedad tiene por objeto compensar la prdida de ingresosprofesionales resultante de una ausencia provocada por una enfermedad.

    Por tanto, todas las personas que perciben un salario, unos ingresos sustitutivos (porejemplo, la prestacin de desempleo) u otro tipo de ingreso profesional que provieneesencialmente de su trabajo tienen derecho a percibir una prestacin en metlico. Pornorma, este derecho depende de que dichos ingresos estn sujetos a tributacin enDinamarca.

    Condiciones para recibir las ayudas

    Para poder solicitar la prestacin diaria de enfermedad, el asegurado debe estarincapacitado para el trabajo debido a una enfermedad. Adems, debe tener empleo.

    En el caso de los trabajadores por cuenta ajena que no reciben un salario completodurante su baja por enfermedad, tienen derecho a percibir una prestacin diaria deenfermedad abonada por la empresa desde el primer da de baja, siempre que hayanestado contratados por dicha empresa durante las 8 semanas anteriores a la baja yque hayan trabajado para dicha empresa durante, al menos, 74 horas en dichoperiodo. Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a percibir esta prestacinabonada por la empresa durante los primeros 30 das de baja por enfermedad.

    Si la incapacidad para trabajar supera los 30 das o si en el momento de producirse elasegurado no tiene derecho a la prestacin diaria de enfermedad a cargo de laempresa, el asegurado puede solicitar a la administracin municipal la prestacindiaria de enfermedad, siempre que haya participado en el mercado de trabajo durantelas 26 semanas anteriores a la aparicin de la enfermedad y que, durante dichoperiodo, haya trabajado un mnimo de 240 horas.

    Asimismo, el asegurado tiene derecho a percibir la prestacin diaria de enfermedad siest inscrito a una caja del seguro de desempleo, si ha culminado un curso deformacin profesional con una duracin mnima de 18 meses, si est realizandoestudios y participa en un periodo de prcticas remuneradas o si desempea un

    trabajo flexible (flexjob)en una empresa pblica o privada.

    Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a percibir una prestacin deenfermedad abonada por la administracin municipal tras 2 semanas de enfermedad,siempre que hayan ejercido una actividad por cuenta propia a ttulo principal duranteal menos 18 horas al da durante el ao anterior, incluido un mes inmediatamenteanterior a su ausencia del trabajo por enfermedad..

    Adems, existe un rgimen de seguros para los trabajadores autnomos. Se trata deun rgimen voluntario que les permite percibir una prestacin diaria de enfermedaddurante las 2 primeras semanas de enfermedad.

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    Alcance de la cobertura

    Cuanta de la prestacin

    Si el asegurado es un trabajador por cuenta ajena, la prestacin se calcula en funcindel salario por hora que hubiera percibido si no hubiera enfermado. Si el asegurado esun trabajador autnomo, el clculo de la prestacin depende de los ingresos de laactividad que ejerza.

    La prestacin asciende a un mximo de 3 940 DKK semanales (530 EUR). Laprestacin mxima por hora corresponde a la cuanta mxima antes indicada, divididapor el nmero de horas de trabajo semanal fijado en el convenio (37 horas); asciende,pues, a 106,49 DKK (14 EUR). La prestacin se abona cada semana.

    Los trabajadores por cuenta ajena que presenten una incapacidad parcial debido a una

    enfermedad pueden tener derecho a una prestacin diaria de enfermedad reducida.Percibirn una prestacin por las horas de la semana que no trabajan debido a suenfermedad.

    Duracin de los subsidios y seguimiento

    El pago de las prestaciones cesa cuando se han abonado (o el trabajador por cuentaajena ha percibido un salario) durante ms de 52 semanas en los ltimos 18 meses.No se tienen en cuenta aqu los das de los primeros 30 das de enfermedad, ni losperiodos de embarazo, parto o adopcin en los que se han abonado las prestaciones opagado un salario. Existen diversas posibilidades para prolongar el pago de lasprestaciones ms all de las 52 semanas.

    La administracin municipal debe mantener un expediente de los trabajadores porcuenta ajena en situacin de baja por enfermedad para velar por el mantenimiento desu relacin con el mercado de trabajo. Debe analizar el caso del interesado en unplazo mximo de ocho semanas a contar desde el inicio de la baja. El segundo anlisisse realiza en el plazo de tres meses tras la aparicin de la enfermedad. En caso de queel trabajador no se haya recuperado en el plazo de tres meses, pero pueda trabajar a

    jornada parcial o pueda aceptar ofertas profesionales remuneradas, el anlisis sellevar a cabo cada tres meses. En el primer anlisis la administracin debe tomar unadecisin respecto a la elaboracin de un plan de seguimiento. Se debe elaborar unplan inmediatamente despus del segundo examen de seguimiento.

    Las personas que perciben una pensin social, o que podran haberla solicitado porrazones de salud, tienen derecho a percibir los subsidios diarios durante un perodo detiempo limitado (26 semanas durante un periodo de doce meses). Se aplica el mismocriterio a las personas que han cumplido 65 aos.

    Cmo se accede a las prestaciones de enfermedad en metlico?

    El interesado debe notificar a su empresa su enfermedad a la mayor brevedad posible,en el plazo mximo de 2 horas despus del inicio de su jornada laboral, salvo que seespecifique de otro modo en una circular para empleados o documento similar. Si locomunica demasiado tarde, se suprime su derecho a percibir las prestaciones hasta elmomento de la notificacin. La empresa puede exigir que le presente, en un plazo

    razonable, una prueba de que la ausencia se debe a una enfermedad, mediante uncertificado por escrito u otro medio. La empresa puede exigir un certificado mdico si

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    lo considera necesario. Si el trabajador no aporta las pruebas solicitadas,normalmente perder su derecho a percibir las prestaciones diarias.

    Debe solicitar la prestacin diaria de enfermedad a la administracin municipal 8 dasdespus de la expedicin de la carta informativa de la solucin SDPI (solucin digitalbasada en la reclamacin de la prestacin por enfermedad por parte de la empresa ode la mutua de seguros del asegurado). La administracin municipal puede exigir uncertificado mdico si lo estima necesario. Si el trabajador no aporta las pruebassolicitadas, normalmente perder su derecho a percibir las prestaciones diarias.

    Si una empresa abona la prestacin de enfermedad y la administracin municipalconsidera que el impago no est justificado, esta ltima efectuar el pago comoanticipo de dicha prestacin.

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    Captulo IV. Prestaciones de maternidad y paternidad

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de maternidad y paternidad

    Todas las mujeres residentes en Dinamarca pueden solicitar prestaciones en especie(asistencia sanitaria).

    Las prestaciones en metlico estn disponibles para los trabajadores por cuenta propiay por cuenta ajena, incluidos los cnyuges asistentes. Toda mujer que haya estadoempleada durante las 13 semanas anteriores a la licencia por maternidad y hayatrabajado un mnimo de 120 horas durante dicho periodo, o que cumpla los requisitospara ser considerada como trabajadora autnoma, tiene derecho a prestacionesdiarias por embarazo y parto o por adopcin.

    Alcance de la cobertura

    Prestaciones en especie

    Las mujeres residentes en Dinamarca tienen derecho a una asistencia por maternidadgratuita. Los servicios propuestos incluyen los exmenes prenatales, el transportegratuito para los exmenes y el parto, el alumbramiento en un hospital o la asistenciade una matrona en casos de parto a domicilio.

    Prestaciones en metlico

    Se puede percibir una prestacin diaria en caso de maternidad, adopcin o paternidad.

    Se pueden abonar a la madre las prestaciones por maternidad a partir de la cuartasemana anterior a la fecha prevista del parto y se siguen abonando durante las40 semanas posteriores a este, pudiendo compartirse las 32 ltimas semanas entrelos dos progenitores. Si uno de ellos reanuda su trabajo a tiempo parcial, se puedeampliar la baja de manera proporcional. Los padres pueden escoger una licenciaampliada de 40 o 46 semanas (despus de las primeras 14 semanas), si bien laprestacin queda congelada en el importe abonado por las 32 semanas.Independientemente de lo anterior, el padre tiene derecho a percibir prestacionesdiarias durante 2 semanas en las 14 semanas siguientes al parto.

    La persona que adopta a un nio puede igualmente percibir las prestaciones diariasdurante 46 semanas a partir del momento en que asume efectivamente el cargo delnio.

    Los progenitores que tienen un trabajo pueden aplazar parte de su licencia. La licenciaaplazada debe tomarse antes de que el nio cumpla 9 aos.

    Importe

    En el caso de las trabajadoras por cuenta ajena la prestacin de maternidad enmetlico (dagpenge ved fdsel) se calcula en funcin del salario por hora de la

    trabajadora, con un mximo de 3 940 DKK (530 EUR) semanales o de 106,49 DKK(14 EUR) por hora (37 horas semanales), as como del nmero de horas de trabajo.En el caso de las trabajadoras autnomas, la prestacin de maternidad en metlico se

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    calcula en funcin de los ingresos obtenidos de la actividad profesional de latrabajadora autnoma, con el mismo mximo indicado anteriormente.

    Asignacin de vacaciones

    Las mujeres que no tienen derecho a un pago ntegro durante la licencia pormaternidad y que no cuentan con seguro de desempleo pueden adquirir derechos paraoptar a la asignacin de vacaciones. El complemento se abonar durante lasvacaciones del ao siguiente, entre el 1 de mayo y el 30 de abril. La asignacin devacaciones corresponde al grado de prestacin de maternidad, y el derecho que sepuede adquirir depende de haber acumulado 12 meses de empleo con anterioridad alparto.

    Cmo se accede a las prestaciones de maternidad y paternidad?

    Es necesario presentar la solicitud de la prestacin en metlico por maternidad oadopcin a la administracin municipal en el plazo de 8 semanas posteriores a la fechadel parto o de la toma a cargo del nio. La empresa abona las prestaciones por lasausencias durante los exmenes prenatales.

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    Captulo V. Prestaciones de invalidez

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de invalidez

    Aquellas personas cuya capacidad para el trabajo haya quedado permanentementereducida, de tal modo que no podran cubrir por s mismas sus necesidades ejerciendouna actividad lucrativa, independientemente de sus posibilidades de sostenimiento envirtud de la legislacin social (por ejemplo, el ejercicio de un empleo con unasubvencin del Estado), tienen derecho a percibir una pensin de invalidez(frtidspension).

    Tienen derecho a percibir esta pensin las siguientes personas:

    los ciudadanos daneses;

    las personas contempladas en el Reglamento (CE) n 883/2004, de 29 de abril de2004, sobre la coordinacin de los sistemas de seguridad social;

    los dems extranjeros tras 10 aos de residencia en Dinamarca.

    Para tener derecho a percibir la pensin, el asegurado debe haber residido enDinamarca durante al menos 3 aos entre su decimoquinto cumpleaos y la fecha enque solicita la pensin.

    Alcance de la cobertura

    El importe de la pensin es diferente para las personas solteras y para otrosbeneficiarios. Depende tanto de los ingresos del interesado como de los de su cnyugeo pareja. Las prestaciones no dependen de los ingresos anteriores.

    El asegurado tiene derecho a percibir la pensin completa si ha residido en Dinamarcadurante un periodo igual, al menos, a las cuatro quintas partes de los aos que hantranscurrido desde su decimoquinto cumpleaos y la fecha en que se concede lapensin. Si la duracin de la residencia es inferior, la pensin se calcula en funcin dela relacin entre esta duracin y las cuatro quintas partes del periodo de tiempotranscurrido entre su decimoquinto cumpleaos y la fecha en que se concede lapensin.

    Se suprime la pensin de invalidez cuando el interesado cumple 65 (o 67) aos deedad y pasa, de oficio, alrgimen general de la pensin de vejez.El porcentaje que seabona de la pensin general completa es idntico al porcentaje de la pensin deinvalidez completa que se haba concedido.

    La pensin se abona al final de cada mes. La pensin de invalidez no puede serabonada antes del primer da del mes siguiente al da de la decisin de la adjudicacinde una pensin, pero debe ser abonada, como mximo, el primer da del messiguiente a haber transcurrido 3 meses desde el inicio de la tramitacin de la solicitudde pensin.

    Se puede abonar una prestacin en metlico suplementaria para compensar los gastos

    adicionales derivados de una discapacidad (merudgiftsydelse). Esos gastos incluyen laasistencia de un tercero, la calefaccin, los gastos mdicos, los equipos especiales,

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    etc. El importe se fija para cada caso individual, teniendo en cuenta los gastosprevistos.

    Cmo se accede a las prestaciones de invalidez?

    El interesado debe presentar su solicitud de una pensin a la administracin municipalde su localidad. Esta puede solicitar un certificado mdico que expedir el mdico decabecera en un formulario especial. Los gastos de este certificado corren a cuenta dela administracin municipal.

    La administracin municipal, al recibir una solicitud de pensin de invalidez, debetener en cuenta todas las dems posibilidades de concesin de una ayuda que existencon arreglo a la legislacin social.

    Decidir aplicar al expediente las reglas sobre pensiones de invalidez cuando quede

    demostrada la invalidez o cuando, debido a circunstancias singulares, sea del todoevidente que la capacidad del asegurado para el trabajo no puede mejorar conmedidas de activacin, readaptacin, teraputicas o de otro tipo.

    Vas de recurso

    Si el asegurado no est de acuerdo con una decisin de la administracin municipalsobre sus derechos a percibir una pensin, puede recurrir ante el Consejo Arbitralregional de Recursos Laborales (Beskftigelsesankenvnet).

    El plazo para recurrir es de 4 semanas.

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    Captulo VI. Pensiones y prestaciones de vejez

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de vejez

    Normalmente, todos los residentes en Dinamarca tienen derecho a percibir la pensinde general (pensin social o folkepension) al cumplir 65 aos. Para aquellas personasque cumplieron 60 aos antes del 1 de julio de 1999, la edad de jubilacin es de67 aos.

    Adems, existe un rgimen de pensin extraordinaria (ATP) para los trabajadores porcuenta ajena.

    Pensin social

    Tienen derecho a percibir esta pensin las siguientes personas:

    los ciudadanos daneses;

    las personas contempladas en el Reglamento (CE) n 883/2004, de 29 de abril de2004, sobre la coordinacin de los sistemas de seguridad social;

    los dems extranjeros tras 10 aos de residencia en Dinamarca.

    Para tener derecho a percibir la pensin, el asegurado debe haber residido enDinamarca durante al menos 3 aos entre su decimoquinto y su sexagsimo quinto (osexagsimo sptimo) cumpleaos. Se adquiere el derecho a percibir una pensingeneral completa tras 40 aos de residencia en Dinamarca entre los 15 y los 65

    (67) aos. Un periodo de residencia inferior otorga derecho a percibir una pensinparcial, igual a una cuadragsima parte de la pensin completa por cada ao deresidencia en Dinamarca entre los 15 y los 65 (o 67) aos.

    Pensin extraordinaria

    Todos los trabajadores por cuenta ajena que tengan ms de 16 aos empleados enDinamarca estn cubiertos por el rgimen ATP siempre que trabajen, al menos,9 horas por semana. Los trabajadores por cuenta ajena que cambian de actividad paratrabajar por cuenta propia pueden, en determinadas condiciones, permanecer afiliadosal rgimen de la pensin extraordinaria. En dicho caso, pagan por s mismos latotalidad de las cotizaciones. El rgimen de pensin extraordinaria de los trabajadores

    por cuenta ajena est financiado conjuntamente por estos y la empresa. Estos ltimospagan las dos terceras partes de la cotizacin, mientras que los trabajadores porcuenta ajena pagan el tercio restante. La empresa tiene la responsabilidad de retenera cuenta las cotizaciones en nombre del trabajador.

    En el caso de los trabajadores a tiempo parcial cubiertos por el rgimen de pensinextraordinaria, la cotizacin asciende a dos tercios o a un tercio del tipo total.

    Asimismo, se abonan cotizaciones de las personas que reciben la prestacin dedesempleo, una prestacin diaria de enfermedad o maternidad, una pensin deinvalidez (concedida con posterioridad a 2002), un subsidio de formacin (uddannelsesydelse), un subsidio de formacin para adultos o de formacin continua

    (VEU-godtgrelse), una prestacin por desempleo para las personas beneficiarias delrgimen de empleos flexibles subvencionados (ledighedsydelse), una prestacin deactivacin (aktiveringsydelse), ayudas sociales directas (kontanthjlp), una

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    compensacin por prdidas de ingresos para los padres que deben cuidar de un hijodiscapacitado (tabt arbejdsfortjeneste), etc.

    Los beneficiarios de prestaciones de prejubilacin, consistentes en una pensin parcial(delpension), una prestacin de prejubilacin para los beneficiarios del rgimen deempleos flexibles subvencionados (fleksydelse) y una pensin de prejubilacin(efterln), tienen la posibilidad de acogerse al rgimen de pensin extraordinaria si aslo desean. Los beneficiarios de una pensin de invalidez concedida con anterioridad a2003 pueden asimismo cotizar en este rgimen a ttulo voluntario. Como reglageneral, los afiliados a ttulo voluntario pagan ellos mismos la mitad de la cotizacin.

    Alcance de la cobertura

    Pensin social

    La pensin normal incluye un importe de base y un complemento de la pensin. Elimporte de base se calcula en funcin de la comprobacin de recursos procedentes delsueldo del interesado. El importe del complemento de la pensin se calcula en funcinde los ingresos acumulados del pensionista y de su cnyuge o pareja.

    En el caso de la pensin diferida, el importe de la pensin se incrementa en unporcentaje calculado segn unos principios actuariales adecuados a la duracin delaplazamiento. No es posible jubilarse antes de los 65 aos de edad.

    La pensin se abona al final de cada mes. Slo puede ser pagada a partir del primerda del mes siguiente a la presentacin de la solicitud. Con carcter general, solo sepaga a los pensionistas residentes en Dinamarca o en otro Estado miembro de la UE.

    El afiliado puede tener derecho a unos complementos de servicios sanitarios(helbredstillg) y a un subsidio para calefaccin (varmetillg). Adems, se puedeconceder un complemento personal (personligt tillg) a los pensionistas cuyascondiciones de vida sean especialmente precarias.

    Pensin extraordinaria

    La Oficina de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores por Cuenta Ajena pagauna pensin de vejez vitalicia previa solicitud, pero no antes de que el afiliado cumpla65 aos. El importe de las prestaciones se calcula en funcin de la duracin de laafiliacin del trabajador al rgimen y del importe de las cotizaciones abonadas. La

    pensin de vejez se concede normalmente en forma de prestacin, pero las pensionesde menor cuanta pueden ser abonadas en forma de prestacin a tanto alzado.

    Si se presenta una solicitud de pensin extraordinaria habiendo cumplido los 65 aos,las prestaciones se incrementan en torno a un 5-8 % por ao de espera, hasta la edadde 75 aos. No existe la posibilidad de jubilarse antes de cumplir 65 aos.

    Cmo se accede a las prestaciones de vejez?

    Pensin social

    La administracin municipal de su lugar de residencia est obligada a informar alasegurado acerca de la posibilidad de solicitar una pensin de vejez cuando se est

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    acercando a la edad de jubilacin. No es necesario rellenar ningn formulario desolicitud especial.

    Las personas que residen en el extranjero no sern informadas al respecto, por lo quedebern ponerse en contacto con el organismo de pensiones de Dinamarca(Pensionsstyrelsen).

    Si el asegurado no est de acuerdo con una decisin de la administracin municipalsobre sus derechos a percibir una pensin, puede recurrir ante la Comisin Social (detSociale Nvn)correspondiente. Si no est de acuerdo con la decisin del Organismode Pensiones de Dinamarca, puede recurrir ante el Consejo Arbitral de SegurosSociales Nacional (Ankestyrelsen). El plazo para recurrir es de 4 semanas.

    Pensin extraordinaria

    Normalmente, los derechohabientes reciben automticamente su pensin de la Oficina

    del rgimen de pensin extraordinaria. No obstante, las personas residentes en elextranjero deben ponerse en contacto con la Oficina ellas mismas. La solicitud debeenviarse alorganismo encargado de las pensiones extraordinarias.

    Como norma general, la pensin extraordinaria ser abonada al beneficiario por mesanticipado, en su cuenta corriente, en su cuenta de ahorro.

    Si el asegurado no est de acuerdo con una decisin de la Oficina de PensionesExtraordinarias de los Trabajadores por Cuenta Ajena (ArbejdsmarkedetsTillgspension) sobre su afiliacin, sus cotizaciones o sus derechos a una pensin,puede interponer recurso, en un plazo de 4 semanas, ante el Comit de Recursos enMateria de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores por Cuenta Ajena

    [Ankenvnet for Arbejdsmarkedets Tillgspension (ATP)].

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    Captulo VII. Prestaciones de supervivientes

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de supervivientes

    Las prestaciones del rgimen de pensin extraordinaria para los supervivientes fueronmodificadas en 2002. El nuevo rgimen afecta a las cotizaciones abonadas despusdel 1 de enero de 2002.

    Los cnyuges suprstites, los compaeros y, en determinadas condiciones, tambinlos compaeros divorciados pueden optar a la prestacin, al igual que los hijos.

    Con carcter general, al fallecer un afiliado, su cnyuge o pareja y cada uno de sushijos menores de 22 aos tienen derecho a percibir una suma a tanto alzado abonada

    por la Oficina de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores por Cuenta Ajena,siempre y cuando el fallecido haya estado afiliado al nuevo rgimen durante al menos2 aos y haya abonado las cotizaciones correspondientes a 2 aos de empleo a tiempocompleto. Las parejas deben haberse registrado personalmente como tales en laOficina de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores por Cuenta Ajena antes delfallecimiento. Adems, debe constar la misma direccin en el Registro Civil desde2 aos antes del fallecimiento.

    No existe ningn otro rgimen de pensiones sociales para supervivientes.

    Alcance de la cobertura

    Las prestaciones abonadas en virtud de las nuevas normas son las siguientes.Normalmente, todos los supervivientes con derecho a prestacin reciben un importe atanto alzado de 50 000 DKK (6 725 EUR) antes de impuestos. El importe de laprestacin abonada al cnyuge o pareja depende de la edad a la que haya fallecido elcausante. Este importe se reduce progresivamente a partir de los 66 aos ydesaparece por completo a los 70 aos.

    Los derechos en virtud de las normas anteriores se mantienen incluso si la personatena 70 o ms aos en el momento de su fallecimiento. Ello implica que el cnyugesuprstite an puede ver concedida una cuanta nica en virtud de las normasanteriores. Si el superviviente tiene derecho a un pago nico tanto con el nuevo

    rgimen como con el anterior, solo le ser abonado el importe ms importante. Lascuantas acordadas a los hijos en virtud de las normas anteriores se abonan para cadahijo menor de 18 aos y se calculan en funcin de cada caso particular.

    Entre otras prestaciones cabe mencionar las siguientes:

    el auxilio por defuncin (begravelseshjlp): al fallecer un asegurado, el seguro deenfermedad puede abonar un auxilio por defuncin si el difunto tena derecho apercibir prestaciones sanitarias. El importe de esta ayuda (hasta un mximo de9 900 DKK (1 332 EUR)) depende de la situacin familiar y de los recursos deldifunto. Si este era menor de 18 aos, los supervivientes reciben una ayuda a tantoalzado que no depende de una comprobacin de recursos (8 300 DKK (1 116 EUR)).

    La ayuda a supervivientes (efterlevelseshjlp), disponible para el cnyuge (o para

    la pareja si han vivido juntos como mnimo 3 aos). Esta prestacin corresponde aun pago nico que depende de los ingresos y del patrimonio del superviviente. El

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    importe mximo es de 13 443 DKK (1 808 EUR). Si los ingresos superan las345 805 DKK (46 512 EUR) anuales, no se concede la prestacin.

    El subsidio de sustento (hjlp til forsrgelse), que puede ser concedido en caso de

    necesidad.

    Cmo se accede a las prestaciones de supervivientes?

    Si el causante viva en el extranjero o el superviviente vive en el extranjero, esnecesario enviar una solicitud al organismo encargado de las pensionesextraordinarias.

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    Captulo VIII. Prestaciones de accidentes de trabajo y

    enfermedades profesionalesNacimiento del derecho a las prestaciones de accidentes de trabajo yenfermedades profesionales

    La Ley de indemnizacin de los trabajadores (lov om arbejdsskadesikring) cubre,normalmente, a las personas empleadas en Dinamarca o en un buque de banderadanesa y a los trabajadores por cuenta propia que se hayan asegurado. El seguro deaccidentes de trabajo y enfermedades profesionales debe contratarse a una compaade seguros concertada.

    El seguro cubre los daos debidos a un accidente o una exposicin en el trabajo. Elaccidente o la exposicin debe ser sbito o de una duracin mxima de cinco das. Elseguro cubre igualmente una serie de enfermedades profesionales enumeradas en unalista especial, as como los daos a un nio nacido vivo provocados por el trabajo de lamadre durante la gestacin o por una exposicin nociva de los progenitores antes dela concepcin. Por regla general, no estn cubiertos los accidentes que se producen enel desplazamiento al trabajo (ida y vuelta).

    Alcance de la cobertura

    Las prestaciones son las siguientes:

    tratamiento mdico, rehabilitacin, aparatos y accesorios; subsidio por prdida de la capacidad de ganancia (estatning for erhvervsevnetab);

    subsidio por discapacidad permanente (mngodtgrelse);

    subsidio en caso de fallecimiento del cabeza de familia (erstatning for tab afforsrger);

    auxilio transitorio a los supervivientes en caso de fallecimiento.

    Tratamiento mdico y rehabilitacin

    Los gastos de la asistencia sanitaria, que no es gratuita en el Sistema Nacional deSalud, se conceden cuando se considera necesario para garantizar las mejores

    condiciones posibles de curacin o para garantizar los resultados del tratamiento. LaOficina Nacional de Accidentes de Trabajo determina asimismo si son necesarios otrosgastos posteriores para recibir asistencia, medicamentos, aparatos y accesoriosconcretos, etc. Si estima que en el futuro se necesitarn esos gastos, quedancubiertos por un importe nico. El tratamiento mdico y la rehabilitacin solo seconceden cuando no son asumidos por el rgimen pblico del seguro de enfermedad ocuando no forman parte del tratamiento ofrecido en los hospitales pblicos.

    Prestacin de enfermedad

    La Ley de indemnizacin de los trabajadores no cubre la prestacin de enfermedad.Cuando haya transcurrido un ao desde el accidente o la aparicin de la enfermedad,se deber tomar la decisin, en la medida de lo posible, para conceder un subsidio porprdida de la capacidad de ganancia o por dao permanente.

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    Subsidio por prdida de capacidad de ganancia

    El subsidio por prdida de la capacidad de ganancia futura tiene por objeto compensarla prdida de ingresos resultante del accidente de trabajo o la enfermedad profesional.La prdida de ingresos es igual a la diferencia entre el ingreso del que hubiera podidodisponer el interesado si no hubiera sido vctima de un accidente de trabajo o unaenfermedad profesional y el ingreso del que podra presumiblemente disponerteniendo en cuenta el accidente o la enfermedad. Para tener derecho a percibir estesubsidio, es necesario que la prdida de la capacidad de ganancia sea superior al15 %. En caso de prdida total, el subsidio es igual al 83 % de la retribucin anual; sila prdida es inferior, se reduce el subsidio proporcionalmente. Sin embargo, existe unlmite mximo de la retribucin anual (474 000 DKK (63 755 EUR)).

    Estos subsidios se abonan, normalmente, en forma de pensin, pero se convierten enpago nico cuando la prdida de la capacidad de ganancia es inferior al 50 %. En otrossupuestos se puede convertir parte del subsidio en pago nico si as lo desea el

    beneficiario.

    Subsidio por discapacidad permanente

    El subsidio por discapacidad permanente tiene como objeto compensar losinconvenientes permanentes de la vida cotidiana debidos a las secuelas mdicas delaccidente de trabajo o de la enfermedad profesional.

    El importe de este subsidio se calcula en funcin de la importancia del dao (grado deinvalidez) a partir de un baremo. El subsidio se abona como pago nico.

    Subsidio en caso de fallecimiento del cabeza de familia

    El subsidio en caso de fallecimiento del cabeza de familia se concede al cnyugesuprstite o a cualquier otro superviviente que haya perdido a la persona que cubrasus necesidades. Se calcula en funcin de las posibilidades que tiene el supervivientede cubrir sus propias necesidades y se paga durante un periodo mximo de 10 aos.Asciende al 30 % de la retribucin anual que perciba el asegurado antes delfallecimiento. Cada nio tiene derecho con carcter general a una prestacin anualigual al 10 % de la retribucin anual del asegurado antes de su fallecimiento (20 % siel asegurado era el nico que cubra las necesidades del nio) hasta alcanzar la edadde 18 aos (o 21 aos si estudia o est en un curso de formacin).

    Auxilio transitorio a los supervivientes

    El auxilio transitorio a los supervivientes tiene como objeto compensar los gastosdiversos asumidos por el cnyuge o pareja del difunto en el momento delfallecimiento; se trata de un pago a tanto alzado.

    Cmo se accede a las prestaciones de accidentes de trabajo yenfermedades profesionales?

    La empresa tiene la obligacin de comunicar todo accidente a su compaa de seguroso a la Oficina de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales(Arbejdsskadestyrelsen) a la mayor brevedad posible. A falta de comunicacin por

    parte de la empresa, la vctima o sus supervivientes disponen de un plazo de un aopara dirigirse a la compaa de seguros o a la Oficina .Los mdicos y dentistas tienen

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    la obligacin de comunicar toda enfermedad profesional supuesta a la mayor brevedadposible.

    Pago de prestaciones

    En caso de accidente, la compaa aseguradora abona la pensin y el pago nico. Encaso de enfermedad profesional, quedan a cargo de la Caja del Seguro de EnfermedadProfesional del Mercado de Trabajo (Arbejdsmarkedets Erhvervssygdomssikring).

    Vas de recurso

    La Oficina Nacional de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales(Arbejdsskadestyrelsen) decide si se ha producido, o no, un accidente de trabajo ouna enfermedad profesional y si el interesado tiene derecho a percibir unaindemnizacin, cuya cuanta tambin determina. Si el asegurado no est de acuerdocon alguna de sus decisiones, puede recurrirla en el plazo de cuatro semanas posterior

    a la notificacin ante el Consejo Arbitral de Seguros Sociales Nacional (Ankestyrelse).Este plazo se ampla hasta seis semanas en caso de estancia en otro pas europeo.

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    Captulo IX. Prestaciones familiares

    Nacimiento del derecho a las prestaciones familiares

    Prestacin por hijos a cargo y asignaciones familiaresPara percibir las prestaciones por hijos a cargo (borne- og ungeydelse)y lasasignaciones familiares (brnetilskud), el asegurado debe cumplir las siguientescondiciones:

    el hijo debe residir en Dinamarca;

    el hijo debe ser soltero;

    el hijo no debe estar a cargo del rgimen de servicios sociales ni percibir ningunaotra prestacin a cargo de los poderes pblicos para cubrir sus necesidades.

    Es necesario cumplir una condicin adicional para tener derecho a las prestaciones porhijos a cargo: la persona que tiene la custodia del hijo debe estar totalmente sujeta aimposiciones fiscales en Dinamarca.

    La condicin adicional para tener derecho a las asignaciones familiares es que el hijo oque el progenitor que ejerza sobre aquel la patria potestad tenga nacionalidad danesao sea residente en Dinamarca durante el ao anterior o, en el caso de las asignacionesfamiliares especiales, durante los 3 ltimos aos.

    Adems, para tener derecho a la prestacin completa (prestacin por hijos a cargo yasignacin familiar) el solicitante debe haber cubierto un perodo mnimo de residencia

    o de empleo de 2 aos en Dinamarca en un perodo de referencia de 10 aos antes dela asignacin de cada prestacin. Este requisito se aplica por igual a los ciudadanos detodos los pases, es decir, tanto a ciudadanos daneses como a extranjeros.

    Un perodo de residencia o empleo de 6 meses en Dinamarca en el perodo dereferencia confiere al solicitante el derecho a percibir el 25 % de la prestacincompleta; un perodo de residencia o empleo de un ao confiere derecho a percibir un50 %, un perodo de 18 meses confiere el derecho a percibir el 75 % y un perodo de2 aos confiere el derecho a percibir el 100 %.

    Las prestaciones por hijos a cargo (brne- og ungeydelse)se abonan para todos loshijos menores de 18 aos. En determinadas circunstancias, el asegurado tambin

    puede tener derecho a uno o varios tipos de asignaciones familiares (brnetilskud).

    Las asignaciones familiares generales (ordinrt brnetilskud) se conceden a los hijosde familias monoparentales y cuando ambos progenitores perciben una pensingeneral de vejez o una pensin de invalidez. El lmite de edad est fijado en 18 aos.Las asignaciones familiares extraordinarias (ekstra brnetilskud) se conceden a losprogenitores solos cuyos hijos perciben prestaciones familiares generales. Slo seabona una asignacin familiar extraordinaria al progenitor, independientemente delnmero de hijos.

    Las asignaciones familiares especiales (srligt brnetilskud) se conceden a loshurfanos de padre y madre o cuando uno de los dos progenitores o ambos perciben

    una pensin general de vejez o una prejubilacin. Estas asignaciones son compatiblescon las asignaciones familiares generales y extraordinarias. El lmite de edad estfijado en 18 aos.

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    Asignacin para cuidado de los nios

    Las administraciones municipales pueden crear estas prestaciones para los padres quecuidan de sus hijos en lugar de inscribirlos en una guardera. Esta prestacin estdisponible para los padres que han residido en Dinamarca durante 7 de los ltimos8 aos y que tienen hijos con edades comprendidas entre las 24 semanas y los 6 aos(las administraciones municipales pueden fijar lmites de edad ms pormenorizados).

    Alcance de la cobertura

    Prestacin por hijos a cargo y asignaciones familiares

    El importe de la prestacin por hijos a cargo vara en funcin de la edad del hijo.

    para cada hijo de entre 0 y 2 aos de edad: 1 442 DKK (191 EUR) mensuales;

    para cada hijo de entre 3 y 6 aos de edad: 1 125 DKK (151 EUR) mensuales; para cada hijo de entre 7 y 14 aos de edad: 886 DKK (119 EUR) mensuales;

    para cada hijo de entre 15 y 17 aos: 890 DKK (120 EUR) mensuales.

    La asignacin familiar general (ordinrt brnetilskud)asciende a 425 DKK (57 EUR)mensuales. La asignacin familiar extraordinaria es de 433 DKK (58 EUR) mensualespor familia (independientemente del nmero de hijos).

    Asignacin para cuidado de los nios

    La asignacin para cuidado de los nios no puede superar el 85 % de los gastos

    derivados de inscribir al nio en una guardera municipal. Existe un mximo de tresasignaciones por familia.

    Cmo se accede a las prestaciones familiares?

    Las prestaciones por hijos a cargo y las asignaciones familiares se abonantrimestralmente por anticipado, habitualmente a la madre. La prestacin por hijos acargo de 15 a 17 aos de edad se paga mensualmente por adelantado. El pago de laprestacin por hijos a cargo corre a cargo de la SKAT (Direccin General de Aduanas yContribuciones), mientras que la autoridad municipal se encarga de abonar lasasignaciones familiares.

    Por regla general, las prestaciones por hijos a cargo y las asignaciones familiaresespeciales se pagan automticamente; por tanto, no es necesario presentar unasolicitud. Para percibir las asignaciones familiares extraordinarias y las generales, lasfamilias monoparentales deben presentar una solicitud ante la administracinmunicipal.

    A partir del 1 de octubre de 2012 la administracin de las prestaciones familiarescorrer a cargo de la institucin central Udbetaling Danmark.

    Vas de recurso

    Si el asegurado no est de acuerdo con una decisin de la administracin municipalsobre su derecho a percibir prestaciones por hijos a cargo o asignaciones familiares,

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    puede recurrirla ante la Comisin Social (det Sociale Nvn), que existe en cadacondado. A partir del 1 de octubre de 2012 los recursos se interpondrn ante elConsejo Arbitral de Seguros Sociales Nacional (Ankestyrelsen). No obstante, lasdecisiones relativas al requisito de sometimiento a imposiciones fiscales provienen dela SKAT (Direccin General de Aduanas y Contribuciones). Los recursos contra estasdecisiones deben interponerse ante el Consejo Arbitral Local. El plazo para recurrir enambos casos es de 4 semanas.

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    Captulo X. Desempleo

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de desempleo

    Al contrario que todos los dems tipos de seguros sociales, el seguro de desempleo esvoluntario. Al principio, las Cajas del Seguro de Desempleo (arbejdslshedskasserne)estaban vinculadas a los sindicatos y se organizan por sector profesional. En laactualidad ascienden a 27.

    Para optar a la percepcin de prestaciones de desempleo, el solicitante deber afiliarsea una Caja del Seguro de Desempleo. En caso contrario, no tendr derecho a percibirlas prestaciones del seguro de desempleo dans.

    Asegurados

    Las personas de 18 a 63 aos que residan en Dinamarca pueden afiliarse a una Cajadel Seguro de Desempleo.La afiliacin puede realizarse sobre la base de un seguro a tiempo completo o atiempo parcial, y el afiliado debe abonar las cotizaciones al seguro de desempleo.

    Condiciones para recibir las ayudas

    Para percibir la prestacin de desempleo debe carecer de empleo, estar inscrito en losServicios Pblicos de Empleo (oficina de empleo) como demandante de empleo,

    buscar activamente un empleo y estar disponible para el mercado de trabajo.

    Por regla general, se tiene derecho a percibir una prestacin de desempleo al cabo deun ao de afiliacin a una Caja del Seguro de Desempleo concertada. Adems, laprimera vez que el asegurado solicita la prestacin de desempleo, debe habertrabajado por cuenta ajena durante 1 924 horas, que es el equivalente al tiempo detrabajo normal a tiempo completo en el sector en cuestin durante al menos un aodurante los 3 aos anteriores, o haber ejercido una actividad por cuenta propia a ttuloprincipal durante un periodo equivalente.

    Prejubilacin del seguro de desempleo (efterln)

    Los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que estn afiliados a una Cajadel Seguro de Desempleo y que hayan cumplido 60 o ms aos, pero menos de 65,tienen derecho a la prejubilacin, independientemente de que estn activos o no.

    La edad para percibir la prestacin de prejubilacin cambiar de los 60 aos actualespara aumentar progresivamente a partir de 2014. Ser de 63 aos en 2023 parapersonas nacidas despus del 30 de junio de 1959. Durante el mismo perodo, la edadpara cobrar la jubilacin aumentar gradualmente hasta los 67 aos, y el perodo en elque se podr percibir la prestacin de prejubilacin disminuir gradualmente yterminar siendo de un perodo de tres aos.

    El afiliado debe residir en Dinamarca, Groenlandia, las Islas Feroe o en otro pasmiembro del Espacio Econmico Europeo y debe haber estado afiliado a una Caja delSeguro de Desempleo desde la edad de 30 aos y durante al menos 30 aos. Adems,debe haber abonado las cotizaciones para la prejubilacin durante este periodo de

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    tiempo y tener derecho a las prestaciones de desempleo en el momento de pasar a laprejubilacin.

    Para cualquier informacin sobre este asunto, el interesado debe dirigirse a la AgenciaDanesa de Contratacin (Styrelsen for Fastholdelse og Rekruttering) o al Centro deReclamaciones de las Cajas del Seguro de Desempleo (Center for klager omarbejdslshedsforsikring), supervisada por la Oficina de Accidentes de Trabajo yEnfermedades Profesionales (Arbejdsskadestyrelsen)de Dinamarca.

    Alcance de la cobertura

    La prestacin de desempleo representa el 90 % de los ingresos del trabajo anterior,con un mximo de 788 DKK (106 EUR) al da cinco das a la semana. En el caso de losbeneficiarios de un seguro parcial, la prestacin representa, como mximo, las dosterceras partes de la prestacin total, es decir, 525 DKK (71 EUR) al da cinco das a la

    semana.

    Los desempleados que cumplen determinadas condiciones con respecto a los periodosde empleo tienen derecho al 82 % del importe mximo, independientemente de susingresos anteriores.

    Los jvenes desempleados inmediatamente despus de una formacin profesional de18 meses de duracin o del servicio militar perciben una prestacin de hasta unmximo de 645 DKK (87 EUR) al da cinco das a la semana.

    En el caso de los trabajadores por cuenta propia se calcula el importe de la prestacinde desempleo, por regla general, sobre la base de los ingresos medios de la actividad

    profesional ejercida durante los 2 mejores ejercicios completos de los 5 aosanteriores al periodo de desempleo.

    El afiliado que cumple las condiciones puede percibir prestaciones de desempleodurante 2 aos en un periodo de 3 aos.

    Cmo se accede a las prestaciones de desempleo?

    Es necesario presentar una solicitud ante la Caja del Seguro pertinente.

    Vas de recurso

    Las decisiones de una Caja del Seguro de Desempleo sobre afiliacin, prestaciones,etc., son susceptibles de recurso en las cuatro semanas posteriores a la decisin anteel Organismo del Mercado de Trabajo (Arbejdsmarkedsstyrelsen) o al Centro deReclamaciones de las Cajas del Seguro de Desempleo (Center for klager omarbejdslshedsforsikring). Los recursos contra la decisin de esta ltima institucinpueden ser presentados dentro del mismo plazo de tiempo ante el Comit de Empleodel Consejo Arbitral de Seguros Sociales (Ankestyrelsens Beskftigelsesudvalg).

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    Captulo XI. Recursos mnimos

    Nacimiento del derecho a prestaciones relativas a los recursosmnimos

    Asistencia social y asignacin de comienzo

    Las medidas de activacin, la asistencia social (kontanthjlp) y la asignacin decomienzo (starthjlp) estn disponibles cuando una persona adulta carecetemporalmente de los medios suficientes para cubrir sus necesidades o las de sufamilia, debido a circunstancias especiales (por ejemplo, enfermedad o desempleo). Laprestacin se basa en la familia y depende de la edad, los hijos a cargo y el periodo deresidencia, y se aplica a todas las personas que residen legtimamente en Dinamarca.

    El grado de la prestacin depende de la residencia anterior: para obtener la asistenciasocial (kontanthjlp) es necesario haber residido en Dinamarca durante 7 de losltimos 8 aos. De lo contrario, el solicitante obtendr la asignacin de comienzo(starthjlp), que es un importe menor.

    No se concede ayuda alguna si el solicitante o su cnyuge poseen un patrimoniosuficiente para cubrir sus necesidades financieras, incluidos los bienes inmuebles y losactivos circulantes. No se tendrn en cuenta los importes de hasta 10 000 DKK(1 345 EUR), o de hasta 20 000 DKK (2 690 EUR) en el caso de una pareja casada.Adems, no se toma en consideracin un determinado importe de ingresosprofesionales. Las autoridades municipales pueden decidir ignorar otros ingresos o

    activos analizando cada caso por separado.

    Los beneficiarios de la asistencia social (kontanthjlp)o de la asignacin de comienzo(starthjlp) deben aceptar una oferta apropiada para tomar parte en medidas deactivacin o en cualquier medida dirigida a mejorar las posibilidades del beneficiario ode su pareja para integrarse en el mercado laboral, como, por ejemplo, participar enun curso de bsqueda de empleo o adquirir experiencia laboral en una empresa.

    Gastos de alojamiento para pensionistas

    Los gastos de alojamiento para pensionistas pueden ser concedidos a los jubilados conresidencia habitual en Dinamarca y que utilicen un alojamiento en Dinamarca como

    residencia principal. Este alojamiento debe tener obligatoriamente una cocina.

    Alcance de la cobertura

    Asistencia social y asignacin de comienzo

    La base de clculo de la asistencia social (kontanthjlp) es un 80 % de la prestacinde desempleo mxima para los padres con hijos que residen en Dinamarca, y un 60 %de este mximo para las personas sin hijos. Se establece un ndice especial para los

    jvenes menores de 25 aos y para la asignacin de comienzo (starthjlp).

    Existen complementos disponibles para personas mayores de 25 aos que debencubrir los gastos de sostn familiar o de vivienda. Pueden concederse otrossuplementos en casos especiales de gastos considerables e imprevistos.

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    Los beneficiarios de la asignacin de comienzo que participan en medidas deactivacin o de formacin individual (jobtrning)pueden recibir complementos paracompensar los gastos resultantes de esa participacin.

    No existe un periodo mximo para recibir la prestacin, pero no se podr percibir laasistencia social durante ms de 6 meses seguidos.

    Gastos de alojamiento para pensionistas

    La cuanta de la prestacin por alojamiento depende de los ingresos de la unidadfamiliar.

    Cmo se accede a las prestaciones de recursos mnimos?

    Asistencia social y asignacin de comienzo

    Se debe remitir una solicitud a la administracin local. Las autoridades municipalestramitarn la solicitud de la prestacin con la mayor celeridad posible. No se prevnprocedimientos especiales.

    Gastos de alojamiento para pensionistas

    La solicitud de la prestacin para gastos de alojamiento se presenta ante la autoridadcompetente de la localidad de residencia.

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    Captulo XII. Dependencia

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de dependencia

    Todos los residentes que no tengan capacidad para llevar a cabo con autonomaactividades personales y prcticas pueden obtener ayuda personal y prctica para quepuedan permanecer en su domicilio durante el mximo tiempo posible y evitar undeterioro mayor de su salud fsica y psquica.

    Alcance de la cobertura

    Las personas que lo necesitan reciben ayuda para higiene personal, ayuda domstica yasistencia. En el caso de las personas con discapacidades graves, se puede poner a sudisposicin un acompaante.

    La administracin municipal puede ofrecer a las personas que la necesitan unaestancia temporal en un centro de asistencia o en una residencia.

    Tras una evaluacin individual especfica, se puede conceder una ayuda a las familiaso a las personas que estn cuidando en su domicilio a una persona que presentecapacidades funcionales psquicas o fsicas reducidas. Esta ayuda puede consistir en laatencin en un centro de da o en la estancia nocturna en una residencia.

    La administracin municipal decide si un ciudadano necesita algn tipo de asistencia

    que no se puede conceder en la forma de asistencia a domicilio. Si se ofrece unalojamiento en una residencia a un ciudadano, este puede escoger entre distintasalternativas dentro de su municipio o en otros municipios.

    No se contemplan prestaciones en metlico especficas.

    Cmo se accede a las prestaciones de dependencia?

    El sistema de servicios de atencin est descentralizado: la administracin municipaltiene la obligacin de proporcionar asistencia personal y prctica. Tienen la obligacinde estudiar todas las solicitudes de este tipo de asistencia. Las decisiones de las

    autoridades municipales deben tomarse basndose en una evaluacin especfica eindividual de la necesidad de asistencia.

    Las quejas relativas a las decisiones sobre asistencia personal y prctica debendirigirse al consejo de reclamaciones local, y existe la posibilidad de recurrir ante laConsejo Arbitral de Recursos Sociales.

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    Anexo. Direcciones de instituciones y sitios web tiles

    Para obtener informacin ms pormenorizada sobre las condiciones exigidas y lasprestaciones personales de la Seguridad Social en Dinamarca, debe dirigirse a lasinstituciones pblicas que gestionan el sistema de proteccin social.

    Para las cuestiones de seguridad social que afectan a ms de un pas de la UE, puedebuscar una institucin de contacto en el Directorio Pblico de Instituciones deSeguridad Social Europeas que mantiene la Comisin Europea en la siguiente pgina:http://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=es.

    Las solicitudes de informacin sobre la incidencia de los periodos de afiliacin en dos oms Estados miembros sobre las prestaciones deben dirigirse a:

    Ministerio de TrabajoBeskftigelsesministerietVed stranden 81061 Kbenhavn KTfno.: + 45 7220 5000www.bm.dk

    Oficina de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores por Cuenta AjenaArbejdsmarkedets Tillgspension (atp)Kongens Vnge 83400 HillerdTfno.: +45 4820 4923www.atp.dk

    Comit de Recursos en Materia de Pensiones Extraordinarias de los Trabajadores porCuenta AjenaATP-AnkenvnetVed stranden 8Tfno.: +45 7220 5000DK-1061 KBENHAVN K

    Oficina de Accidentes de Trabajo y Enfermedades ProfesionalesArbejdsskadestyrelsenSankt Kjelds Plads 11Box 30002100 Kbenhavn Tfno.: +45 7220 6000www.ask.dk

    http://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=eshttp://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=eshttp://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=eshttp://www.atp.dk/http://www.atp.dk/http://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=eshttp://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=es
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    Agencia Danesa de Contratacin:Styrelsen for Fastholdelse og RekrutteringNjalsgade 72 C2300 Kbenhavn STel.: +45 3396 3600http://www.sfr.dk

    Organismo del Mercado de Trabajo:ArbejdsmarkedsstyrelsenHolmens Kanal 201016 Kbenhavn KTel.: +45 3528 8100http://www.ams.dk

    Ministerio de Asuntos Sociales e Integracin:

    Social- og IntegrationsministerietHolmens Kanal 221060 Kbenhavn KTfno.: +45 3392 9300www.sm.dk

    Organismo de Pensiones de Dinamarca:PensionsstyrelsenNjalsgade 72 C2300 Kbenhavn STfno.: +45 3395 5000www.penst.dk

    Ministerio de SanidadMinisteriet for Sundhed og ForebyggelseHolbergsgade 61057 Kbenhavn KTfno.: +45 7226 9000www.im.dk

    Consejo Nacional de Salud:SundhedsstyrelsenAxel Heides Gade 1

    2300 Kbenhavn STfno.: +45 7222 7400www.sst.dk

    Agencia Nacional de Derechos y Reclamaciones de PacientesPatientombuddetFinsensvej 152000 Frederiksberghttp://www.patientombuddet.dk

    http://www.sfr.dk/http://www.ams.dk/http://www.sm.dk/http://www.sm.dk/http://www.ams.dk/http://www.sfr.dk/
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    Ministerio de HaciendaSkatteministerietNicolai Eigtvedsgade 281402 Kbenhavn KTfno.: +45 7222 1818www.skat.dk

    Comit de Empleo del Consejo Arbitral de Seguros SocialesAnkestyrelsens BeskftigelsesudvalgAmaliegade 25Postboks 9080DK-1022 KBENHAVN KTfno.: +45 3341 1200www.ast.dk

    Consejo Arbitral de Seguros Sociales

    (Ankestyrelsen)Amaliegade 25P.O. BOX 9080DK-1022 KBENHAVN KTfno.: +45 3341 1200www.ast.dk

    Udbetaling DanmarkKongens Vnge 83400 HillerdTel.: +45 7011 1213http://www.atp.dk/wps/wcm/connect/udbetalingdanmark/ud.dk

    http://www.skat.dk/http://www.ast.dk/http://www.ast.dk/http://www.skat.dk/