04 de julio: pedro clifor falconi casas

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04 DE JULIO: PEDRO CLIFOR FALCONI CASAS

05 DE JULIO: JUAN CARLOS ESCATE PRADA

06 DE JULIO: PAOLA MAGALI LEGUA AMERI

06 DE JULIO: HECTOR OMAR BENDEZU PEREZ

06 DE JULIO: JUNIOR MANUEL MOLINA CARDENAS

06 DE JULIO: VICTOR HERNAN PISCONTE HERNANDEZ

07 DE JULIO: MONICA REYES JHONG

07 DE JULIO: JORGE LUIS RAOS GARCIA

08 DE JULIO: JUSTA JACQUELIENE RIEGA RONDON

08 DE JULIO: CARLOS VALDEZ MOSCOSO

08 DE JULIO: JUANFRANCISCO VILA CHAMAN

09 DE JULIO: JARRIS KOBERSON MALQUI GOMEZ

10 DE JULIO: JUDITH EDITH YARMA MENDOZA

10 DE JULIO: JUAN SERAPIO LOPEZ ROJAS

10 DE JULIO: JORGE JULIO MUÑANTE HERNANDEZ

11 DE JULIO: IVAN ISMAEL RAMOS QUIROZ

12 DE JULIO: JORGE MIGUEL PEÑA HUARCAYA

13 DE JULIO: TOMAS DAVILA PINEDO

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INSTITUCIONAL

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Con Izamiento del Pabellón Nacional y Sesión Solemne en el auditórium de la sede institucional

CORTE DE ICA CELEBRO VIII ANIVERSARIO DEL MODULO CORPORATIVO LABORAL DE ICA

Magistrado coordinador realizó la presentación del Premio “Buenas Practicas”-Primer Lugar- en el concurso organizado por el ETII-NLPT

Un 08 de julio del 2011, mediante Resolución Administrativa N° 152-2011-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso la implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo en el Distrito Judicial de Ica, hecho que constituye un cambio favorable al sistema judicial del país y que beneficia a los empleadores y trabajadores con un proceso corto, rápido, simple y primando la oralidad. Los actos conmemorativos se iniciaron con la ceremonia de Izamiento del Pabellón Nacional en el frontis de la sede central (Calle Ayacucho 500), con la participación de Magistrados, Personal Jurisdiccional y Administrativo de la CSJ Ica. Seguidamente en el auditorio institucional se desarrolló la Sesión Solemne con la presencia del señor Mg. Nelson Martin Pinedo Ob, titular de la corte iqueña de Ica, quien en su elocución, pidió a los señores magistrados y servidores judiciales mantener una identidad institucional, demostrando su capacidad, responsabilidad y honestidad, permitiendo que la justicia llegue pronto. El Dr. José Luis Cárdenas Medina, Juez del Primer Juzgado de Trabajo y Magistrado Coordinador del Módulo Corporativo Laboral de Ica, presentó el premio por el cual la CSJ Ica ganó el Primer Lugar en el Concurso de Buenas Practicas convocado por el ETTI-NLPT. Esta buena práctica se denomina “Controla tu Ejecución de Sentencia y concluye tu proceso”, consiste en formar, durante la etapa de ejecución de un proceso judicial –que es bastante engorrosa-, una ficha resumen para consignar datos importantes y relevantes sobre conciliaciones parciales o totales, sentencias referentes a beneficios sociales, pago de CTS, entre otros. El discurso de orden estuvo a cargo del Dr. Jesús Ferreyra Gonzales, Juez Superior Titular y Presidente de la Sala Laboral Permanente de Ica, quien destacó la celeridad en la justicia laboral con la implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, por el cual los conflictos vienen siendo resueltos de manera eficaz, célere y transparente conforme a los principios-directrices establecidos por la NLPT, a través de la promoción y aplicación de buenas prácticas. En dicho acto protocolar, se proyectó el saludo del Dr. Héctor Lama More, Juez Supremo Titular y Presidente del Equipo Técnico de Implementación Institucional de la NLPT, quien manifestó, que realizando un balance de los ocho años de vigencia de esta nueva ley en Ica, los resultados son absolutamente positivos, siendo los beneficiados la ciudadanía, los litigantes, trabajadores o demandantes, agrego además, que la buena práctica con la que ganó el Módulo Laboral de Ica en el Concurso Nacional será replicada en las demás cortes del País.

Foto: Presidente, Magistrados y Personal Judicial de la CSJ-Ica

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Foto: Presidente, Magistrados y Personal Judicial en conmemoración a un año más de instalación del Módulo Laboral

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Luego de haber efectuado el Superior Colegiado un análisis exhaustivo del proceso

CONFIRMA CADENA PERPETUA POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO CON SUBSECUENTE MUERTE

Los hechos ocurrieron en Fonavi San Martin del Distrito de Subtanjalla donde falleció un efectivo policial. En audiencia privada de apelación de sentencia, la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de Ica, confirmó la sentencia que condena al acusado Alexander Huarcaya Saravia, como autor y responsable del delito contra el patrimonio en la modalidad de tentativa de robo agravado con subsecuente muerte, previsto y sancionado en el Art. 188° concordante con los incisos 1, 2, 3, 4, y 5 del primer párrafo y tercer del párrafo del Art. 189° del Código Penal, y con el Art. 16º del acotado texto punitivo en agravio de Luis Alberto Anchante Tataje y Wilson Alexander Contreras Echevarría, a la pena privativa de libertad de Cadena Perpetua. El Colegiado conformado por los señores jueces superiores Osmar Albújar De la Roca (Presidente y D.D), Segundo Florencio Jara Peña y Rafael Salazar Peñaloza, luego de haber efectuado el análisis exhaustivo de la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur – Ica, en función a los argumentos expuestos por el impugnante, el persecutor oficial del delito y la actividad probatoria actuada en primera instancia, determinaron que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad penal del sentenciado. Los hechos se sustentan que aproximadamente las 23:10 horas del día 27 de mayo de 2017, en circunstancias que el agraviado Luis Alberto Anchante Tataje -propietario de la pollería “Ryckos”, ubicada en la II Etapa de Fonavi San Martín - Subtanjalla - Ica, se encontraba cerrando la puerta principal de su negocio, se percató de la presencia del efectivo policial Wilson Alexander Contreras Echevarría -quien es su compadre- llamándolo para saludarlo e invitarlo a cenar. Es en esa circunstancia, que por la ventana de la pollería ingresa un sujeto de sexo masculino portando un arma, haciendo un disparo, motivo por el cual el efectivo policial Wilson Contreras Echevarría, quien portaba su arma de fuego y con la finalidad de evitar el asalto enfrentó al delincuente, momentos en que aparece un segundo delincuente identificado como Alexander Haurcaya Saravia (a) “Pantera”, efectuando dos disparos hacia le efectivo policial, impactándole una bala en el abdomen. Luego de ello, el indicado efectivo policial, fue trasladado de emergencia al Hospital “Santa María del Socorro”, donde el medico de turno diagnosticó “herida por proyectil de arma de fuego a la altura del abdomen”, quedando internado en dicho nosocomio para que posteriormente, siendo las 08:20 horas del día 28 de mayo de 2017 se declare su deceso. El citado veredicto fija por concepto de reparación civil la suma de S/.2,000.00 soles, a favor del agraviado Luis Alberto Anchante Tataje y S/.100,000.00 soles a favor de los herederos legales del agraviado que en vida fue Wilson Alexander Contreras Echavarría.

Foto: Magistrados Superiores de la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de Ica

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Docente de la Academia de la Magistratura AMAG

DOCTOR FORT NINAMANCCO CORDOVA DISERTÓ EN LA CORTE DE ICA

Magistrados, personal judicial y público en general fueron beneficiados

En el auditórium de la Corte Superior de Justicia de Ica y en el marco de las actividades programadas por el “Día del Juez” la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, llevo a cabo el evento de capacitación en materia civil.

Dicha actividad tuvo como expositor al destacado doctor Fort Ninamancco Córdova, docente universitario y de la Academia de la Magistratura AMAG, quien habló sobre el “El Desalojo Notarial”.

Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo del Mag. Nelson Martín Pinedo Ob, Presidente de la corte iqueña, quien destacó las cualidades académicas y profesionales del expositor como especialista en la materia.

Como panelista participó la Dra. Jaqueline Chauca Peñaloza, Jueza Superior integrante de la Sala Civil de Ica, quien formuló sus aportes e interrogantes al ponente, las cuales fueron absueltas.

El doctor Ninamancco Cordova, es Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Magister en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial por la misma casa de estudios. Profesor de Derecho Civil en las universidades Mayor de San Marcos, San Ignacio de Loyola y Peruana de Ciencias Aplicadas. Profesor de Derecho Civil en la Academia de la Magistratura AMAG y consultor y asesor en materia de Derecho Civil y Arbitraje.

Al finalizar el curso se hizo entrega al ponente de un certificado por su brillante exposición y aportes académicos que ayudaran a elevar los conocimientos sobre la materia de los asistentes; de igual modo se hizo entrega de un certificado por su participación como panelista a la doctora Chauca Peñaloza.

Foto: Disertación del doctor Ninamancco Cordova

Fotos: Presidente, Magistrado Superior, Especializado, Paz letrados en materia Civil y expositor

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P U B L I C A D O E N 8 J U L I O , 2 0 1 9 Campeón mundial que vivió en Inabif portará Antorcha Panamericana por las dunas de Ica

– Ejemplo para niñas y niños de los hogares de la institución.

Por primera vez, un deportista que vivió en uno de los hogares del Inabif portará la antorcha de los XVIII Juegos Panamericanos Lima 2019. Víctor Chávez, cuatro veces campeón mundial de sandboard, recorrerá este martes 9 de julio con la Antorcha Panamericana por las dunas del oasis de Huacachina, en nuestra ciudad.

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P U B L I C A D O E N 8 J U L I O , 2 0 1 9

Palpa celebrará aniversario de nueva denominación de líneas y geoglifos como Patrimonio Mundial

El alcalde provincial de Palpa, José Luis Montaño, anuncia actos conmemorativos para destacar

la nueva denominación con que la UNESCO reconoció a las líneas y geoglifos que se encuentran

en las pampas de Palpa; esto, el próximo 14 de julio.

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Chincha: desarticulan banda criminal “Los fuertes de pueblo” – Se dedicaban a la microcomercialización de drogas.

Efectivos policiales de la Comisaría PNP Pueblo Nuevo-Chincha de la Región Policial Ica, intervinieron a dos sujetos presuntos integrantes de la banda criminal “Los fuertes de pueblo“, quienes se dedicarían a la microcomercialización de drogas, en inmediaciones de la plaza de armas del distrito de Pueblo Nuevo, provincia Chincha.

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MARTÍN VIZCARRA TOMARÁ HOY JURAMENTO A

NUEVOS MINISTROS DE DEFENSA Y CULTURA

José Huerta, quien estuvo a cargo de la cartera de Defensa, falleció el 24 de junio y su cargo estuvo vacante desde entonces

Ulla Holmquist entró en reemplazo de Rogers Valencia al Ministerio de Cultura en marzo. (Foto: GEC)

Redacción EC08.07.2019 / 11:25 am

El presidente de la República, Martín Vizcarra, tomará hoy el juramento de dos nuevos ministros que ocuparán las carteras de Defensa y de Cultura.

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El ex ministro de Defensa, José Huerta, falleció el 24 de junio último luego de padecer una descompensación durante una actividad supervisando bases en

Huerta fue trasladado al Hospital Santa María de Nieva, donde se confirmó su muerte a las 10 a.m. de ese día. Posteriormente, fue trasladado a Lima para su velatorio y sepultura. Desde entonces, el puesto ha permanecido vacante.

De otro lado, Ulla Holmquist Pachas, actual ministra de Cultura, asumió el cargo en marzo de este año como parte del nuevo gabinete de Salvador del Solar.

Desde el 21 de junio, la titular de Cultura solicitó una licencia en el ejercicio de su cargo hasta el 30 de junio por razones de salud.

Recientemente, Ulla Holmquist participó en diversas actividades de su sector, como una relacionada a los Juegos Panamericanos 2019 como parte de un programa del Ministerio de Cultura.

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PEDIDO DE INCAUTACIÓN DEL CELULAR DE ALAN GARCÍA SE EVALUARÁ EL JUEVES

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria analizará la solicitud del fiscal José Domingo Pérez este jueves 11 de julio a las 3 p.m.

Redacción : La República 8 Jul. 2019 | 08:31h El Poder Judicial reprogramó por segunda vez la solicitud del fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato, para incautar el celular del fallecido exmandatario Alan García. La medida será evaluada a las 3 p.m. de este jueves 11 de julio.

El juez encargado de revisar el pedido será Juan Sánchez Balbuena, del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria. La petición debió revisarse el viernes de la semana anterior, sin embargo, el magistrado aprobó la justificación de Pérez de reprogramarlo debido a su estado de salud y dificultades para asistir de otros adjuntos.

Frente a ello, según contó el abogado de García a La República, Erasmo Reynasostuvo que la solicitud del Equipo Especial debía ser declarada improcedente, pues la acción penal contra el exjefe de Estado desapareció tras suicidarse el pasado 17 de abril.

Cabe precisar que, de acuerdo con la Fiscalía, obtener el dispositivo será trascendente para las investigaciones que se siguen contra otros implicados en el caso Odebrecht. Entre ellos, figuran Luis Nava Guibert, exsecretario presidencial de Alan García; Miguel Atala, el exministro Enrique Cornejo, etcétera.

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“EXISTEN INDICIOS SUFICIENTES DE QUE

HUMALA RECIBIÓ FONDOS DE VENEZUELA” El fiscal Germán Juárez Atoche ha dicho que hay suficientes

testimonios que relatan bien la historia de cómo llegó el dinero

chavista a las arcas del Partido Nacionalista.

FOTOGRAFÍA: LUIS BORJA / EXPRESO. Lunes 8 de Julio del 2019

10:20 am

El fiscal del Equipo Especial Lava Jato, Germán Juárez Atoche, declaró a la

prensa esta lunes sobre los casos de corrupción que envuelven a la denominada

“expareja presidencial”, Ollanta Humala y Nadine Heredia Alarcón.

En este sentido, dijo estar convencido de que las pruebas que ha recopilado llevan

a la conclusión de que los líderes del Partido Nacionalista recibieron

financiamiento del gobierno del fallecido presidente de ese país, Hugo Chávez.

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PUEDES VER: Suspenden audiencia de acusación contra Ollanta y Nadine.

“Sí existen indicios suficientes [para decir] que los Humala Heredia recibieron

fondos de Venezuela (…) En el caso de Venezuela, tenemos testigos de que han

traído dinero de Venezuela. Acá sí existen testimonios de que hubo entrega de

dinero”, dijo Juárez Atoche.

Así mismo, señaló respecto de lo que corresponde al caso Lava Jato que “todos

[los colaboradores eficaces] han declarado que justamente hubo dinero para las

campañas y Barata ha sido específico sobre los US$ 3 millones para la señora

Nadine Heredia”.

Cabe señalar que en lo que respecta a los vínculos con Venezuela, la hipótesis

fiscal tiene que ver con que la madre de la exprimera dama y otros allegados a

ella, habrían recibido en sus cuentas bancarias dinero de la firma venezolana

Kaysamak, de propiedad de un empresario a quien la prensa vincula como

cercano al chavismo.

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JURISPRUDENCIA

EXPEDIENTE: 01627-2017-31-0801-JR-PE-01

Anulan sentencia por defensa ineficaz:

abogado carecía de conocimientos sobre el

nuevo proceso penal

Considerando destacado.- 10.2.- En el presente caso, el juez de investigación preparatoria, no tuvo

la claridad suficiente para advertir que reproducir literalmente los argumentos del Ministerio

Público, para rechazar todos los medios de prueba postulados por la defensa técnica de acusado,

vulneraba su deber de garantizar el equilibrio entre las partes procesales pues, era evidente que el

acusado pasaría al juicio oral sin pruebas que actuar a su favor, tanto por la falta de una adecuada

postulación de las pruebas por la defensa técnica como por la desidia del propio magistrado, que no

reparo que algunos medios de prueba como las resoluciones judiciales en copia simple, eran

pertinentes y tenían relación con la declaración preliminar del acusado que obra a fojas 40/43 del

cuaderno expediente judicial que se tiene a la vista. Posteriormente, en el juicio oral, los magistrados

del Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cañete, en forma uniforme advirtieron

que la defensa técnica carecía de conocimientos técnico jurídico del nuevo proceso penal, cuyos

incidentes y actos procesales se resuelve en audiencia, con la actuación de la defensa técnica y de

las partes en base a la oralidad, inmediación y contradicción; no obstante, por mayoría rechazaron

los medios de prueba nuevos que había ofrecido y el reexamen de los medios de prueba no admitidos

y además rechazaron la nulidad formulado por la defensa necesaria, expresando para ello como uno

de sus fundamentos, que el ejercicio del derecho de defensa es responsabilidad de cada una de las

partes procesales, es decir, el Colegiado toma distancia cuando debería de garantizar la igual de

armas en desmedro del acusado. En efecto “El ejercicio del derecho de defensa, de especial

relevancia en el proceso penal, tiene una doble dimensión: una material, referida al derecho del

imputado de ejercer su propia defensa desde el mismo instante en que toma conocimiento de que se

le atribuye la comisión de determinado hecho delictivo, y otra formal, lo que supone el derecho a

una defensa técnica, esto es, al asesoramiento y patrocinio de un abogado defensor durante todo el

tiempo que dure el proceso. Ambas dimensiones del derecho de defensa forman parte del contenido

constitucionalmente protegido del derecho en referencia. En ambos casos, se garantiza el derecho

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a no ser postrado a un estado de indefensión.” Un estado de indefensión surge cuando el A quo que

tiene el deber de garantizar los derechos fundamentales del acusado, claudica en su deber de proteger

y garantizar que el acusado tenga una defensa eficaz, con el argumento que el acusado es el único

responsable de su buena a mala defensa, argumento que no se compatibiliza con la debida motivación

al ser aparente, pues dicha justificación no es de recibo para desestimar los medios de prueba mal

planteadas por una defensa ineficaz. De modo tal, en el presente caso se han vulnerado el derecho

de defensa, a la prueba y a la debida motivación derechos fundamentales que están previsto en los

incisos 3 -La observancia del debido proceso (derecho a la prueba)-, 5 -La motivación escrita de las

resoluciones judiciales- y 14 -El principio de no ser privado del derecho de defensa- del artículo

139° de la Constitución Política del Perú, cuya vulneración de conformidad con el inciso d) del

artículo 150° del Código Procesal Penal, determina la nulidad absoluta de la sentencia y de

conformidad con lo dispuesto por el artículo 154° del mismo cuerpo normativo, debe declararse nula

inclusive la audiencia de control de acusación. Por lo expuesto, es del caso declarar fundado el

recurso de apelación que interpone el apelante Juan Ulises Francia Raffo, a través de su abogado de

la defensa pública.

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MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

IMPULSAN INVERSIÓN PRIVADA

RESPONSABLE EN ELECTRICIDAD

Publican nuevo reglamento para la protección ambiental en las actividades eléctricas. 8/7/2019

Para avanzar en la predictibilidad de los procedimientos del sector, el Gobierno publicó el nuevo reglamento

para la protección ambiental en las actividades eléctricas, mediante el D. S. Nº 014-2019-EM.

Se espera, de esta forma, reducir la incertidumbre en las inversiones garantizando la seguridad jurídica en

las inversiones eléctricas; reducir los costos y promover las inversiones privadas sostenibles en el subsector;

así como facilitar el cumplimiento de la normativa ambiental y la tramitación de los procedimientos de

evaluación ambiental.

Esto último mediante una comunicación fluida y eficiente entre la autoridad ambiental competente y el titular,

señala la norma aprobada por el Ministerio de Energía y Minas.

Con ello, se busca promover y regular la gestión ambiental de las actividades de generación, transmisión y

distribución de energía eléctrica a fin de prevenir, minimizar, rehabilitar o compensar los impactos negativos

y enfocando la gestión en un marco de desarrollo sostenible.

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Lineamientos

Así, entre las innovaciones, el reglamento considera la Clasificación Anticipada de Proyectos, mediante la

cual el titular podrá saber a qué categoría pertenece su proyecto para la elaboración de los estudios

ambientales, sin necesidad de disponer de un procedimiento previo de clasificación.

Otra incorporación es el Plan Ambiental Detallado (PAD), el cual consiste en un nuevo Instrumento de

Gestión Ambiental que contempla un plazo excepcional de 3 años (previo acogimiento) para que las

actividades eléctricas que no cuenten con certificación ambiental, o que hayan realizado modificaciones sin

contar con la viabilidad ambiental otorgada por la autoridad competente, se adecuen al nuevo marco

ambiental.

Por tanto, el PAD será evaluado por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (DGAAE)

del sector, detalla el reglamento de aplicación a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, de

derecho público, privado o capital mixto.

Infracciones y sanciones

De acuerdo con el nuevo reglamento, el incumplimiento de las obligaciones y compromisos derivados de los

estudios ambientales e instrumentos de gestión ambiental complementarios aprobados, entre otros, será

pasible de un procedimiento administrativo sancionador. Incluso, de darse el caso, hasta de sanciones por

parte de la Autoridad Competente en Materia de Fiscalización Ambiental, conforme con los tipos infractores

y escalas de sanciones aprobados por la referida autoridad.