06.2 civisol - tabla para el monitoreo de la t-291-09 - formalización de los recicladores de cali

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 PARA EL CAMBIO SISTEMICO FUENTE DE LA OBLIGACION TEXTO ENTIDAD OBLIGADA ORDEN BENEFICIADO TERMINO ORDEN PRIMERA En relación con cada uno de los casos individuales acumulados en el presente proceso: REVOCAR la decisión adoptada por (…) ORDEN SEGUNDA En relación con cada uno de los casos individuales acumulados en el presente proceso y señalados en el ordinal anterior, ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Cali, por intermedio de sus Secretarías de Educación, Salud y Bienestar Social, que dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de la presente sentencia, adopte las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de sus derechos constitucionales a la salud, a la educación y a la alimentación, verificando en cada caso concreto la afiliación o vinculación al sistema de seguridad social en salud, el acceso a la educación para los hijos menores de edad, y su inclusión en los programas sociales de la alcaldía en materia de alimentación, vivienda, recreación, capacitación laboral y deporte.  Alcaldía por intermedio de : a) Secretaría de Educación, b) Secretaría Salud c) Secretaría de Bienestar Social verificando en cada caso concreto la afiliación o vinculación al sistema de seguridad social en salud, el acceso a la educación para los hijos menores de edad, y su inclusión en los programas de alimentación, vivienda, recreación, capacitación laboral y Adoptar medidas necesarias para asegurar el goce efectivo del derecho constitucional a: 1. la salud, 2. la educación 3. la alimentación Verificar en cada caso: 1. la afiliación o vinculación al sistema de seguridad social en salud, 2. el acceso a la educación para los hijos menores de edad, 3. inclusión en programas de alimentación, 4. inclusión en programas de vivienda, 5. inclusión en programas de recreación, 6. inclusión en programas de capacitación laboral 7. inclusión en programas de deporte cada uno de los casos individuales y acumulados en el proceso Dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación (16 agosto) CiViSOL - Análisis de Obligaciones de la Sentencia T -291 -2008 de la Corte Constitucional

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO 

FUENTE DELA

OBLIGACIONTEXTO ENTIDAD OBLIGADA ORDEN BENEFICIADO TERMINO

ORDENPRIMERA

En relación con cada uno de los casosindividuales acumulados en el presenteproceso: REVOCAR la decisión adoptadapor (…) 

ORDENSEGUNDA

En relación con cada uno de los casosindividuales acumulados en el presenteproceso y señalados en el ordinalanterior, ORDENAR a la AlcaldíaMunicipal de Cali, por intermedio de susSecretarías de Educación, Salud y

Bienestar Social, que dentro de los dos(2) meses siguientes a la notificación dela presente sentencia, adopte lasmedidas necesarias para asegurar elgoce efectivo de sus derechosconstitucionales a la salud, a laeducación y a la alimentación, verificandoen cada caso concreto la afiliación ovinculación al sistema de seguridad

social en salud, el acceso a la educaciónpara los hijos menores de edad, y suinclusión en los programas sociales de laalcaldía en materia de alimentación,vivienda, recreación, capacitación laboraly deporte.

 Alcaldíapor intermedio de :

a)  Secretaría deEducación,

b)  SecretaríaSalud

c)  Secretaría deBienestar Social

verificando en cada caso

concreto la afiliación ovinculación al sistema deseguridad social ensalud,el acceso a laeducación para los hijosmenores de edad,y su inclusión en losprogramas dealimentación,vivienda,recreación,capacitación laboral y

Adoptar medidas necesariaspara asegurar el goce efectivo del derechoconstitucional a:

1.  la salud,2.  la educación3.  la alimentación

Verificar en cada caso:1.  la afiliación o vinculación al sistema de

seguridad social en salud,2.  el acceso a la educación para los hijos

menores de edad,3.  inclusión en programas de

alimentación,4.  inclusión en programas de vivienda,

5.  inclusión en programas de recreación,6.  inclusión en programas decapacitación laboral

7.  inclusión en programas dedeporte

cada uno de los casosindividuales y acumuladosen el proceso

Dentro de los dos (2)meses siguientes a lanotificación

(16 agosto)

CiViSOL - Análisis de Obligaciones de la Sentencia T -291 -2008 de la Corte Constitucional

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO Una vez el proceso licitatorio hayafinalizado, EMSIRVA ESP, o la empresaque la sustituya deberá enviar a la CorteConstitucional, el 1 de septiembre de2009 un informe detallado deconformidad con los lineamientosseñalados en la sección 9.2.3. de lapresente sentencia.

los cuales se deberán reformular los términos dedicho proceso licitatorio como se señala acontinuación.

En esta convocatoria pública EMSIRVA ESP, ola empresa que la sustituya, deberá

-  hacer posible la participación real yefectiva de los recicladores de la

ciudad de Cali en la misma.- -  La convocatoria deberá cumplir los

estándares de inclusión fijados por elPGIRS y establecer condiciones parala recuperación y aprovechamiento deresiduos, que permitan a losrecicladores participar de maneraefectiva en esta actividad.

La participación real y efectivadepende de la definición de estándaresalcanzables por los recicladores deacuerdo a sus condiciones específicas:capacidad organizativa, ausencia decapitales de inversión, conocimientotécnico en matera de contrataciónpública. Como mínimo deberá:

1.  Establecer dentro de los términos de

referencia condiciones para larecuperación y aprovechamiento deresiduos que permitan a los recicladoresparticipar de manera efectiva en estaactividad, de conformidad con loseñalado en la parte motiva de estaprovidencia. Esta participación no puedeser estimulada buscando sólo suincorporación como empleados sino que

debe contemplar la posibilidad de quepuedan continuar su desempeño comoempresarios de la basura.

la sustituya deberáenviar a la CorteConstitucional, el 1 deseptiembre de 2009 uninforme en el que,como mínimo,responda a lossiguientesinterrogantes:

-  ¿Cuáles fueronlas medidasconcretas deinclusión de losrecicladores en elproceso derecolección debasuras y de

aprovechamientode residuossólidos en laciudad de Caliadoptadas paradar cumplimientoa la presenteorden?

-  El número de

recicladoresefectivamenteincluidos -individualmenteconsiderados y através deasociaciones derecicladores - enla recolección y

aprovechamientode residuos y lasmodalidades de

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO 

2.  EMSIRVA ESP, o la empresa de aseoque asuma sus funciones, y la Alcaldíade Cali, deberán

-brindar acompañamiento serio ypermanente durante todo el procesolicitatorio para garantizar que losrecicladores puedan participar en el

proceso de licitación, de conformidad conla parte motiva de esta providencia.

Para asegurar la inclusión de losrecicladores en la actividad productiva derecolección y aprovechamiento deresiduos sólidos, se debe

-brindar acompañamiento permanente a

los recicladores no sólo en los aspectostécnicos que se requiera para cumplir conel proceso, sino también-financieros-y organizativos, favoreciendo las formasde organización asociativa o solidaria.

3.  En ningún caso los recicladores deNavarro y los llamados recicladores decalle pueden quedar completamente

excluidos de la actividad deaprovechamiento de residuos.

-Paralelo a la reformulación de lalicitación se deben adoptar medidas paraevitar que otros recicladores diferentes alos del basurero de Navarro se veanafectados desproporcionadamente por las normas que actualmente regulan la

recolección y aprovechamiento deresiduos y puedan también ser incluidosde manera progresiva en el proceso de

inclusión de losmismos.

-  Principalesobstáculos parahacer efectiva lainclusión de losrecicladores en elproceso de

recolección debasuras y deaprovechamientode recursossólidos, y lasmedidasadoptadas parasuperar dichosobstáculos.

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO aprovechamiento de residuos.

4.  Las convocatorias futuras que se realicenpara la recolección de basuras y elaprovechamiento de residuos sólidos enla ciudad de Cali deberán privilegiar ytratar de preservar la calidad deempresarios autónomos de losrecicladores.

5.  También debe adoptarse como criterio depuntuación de la licitación para larecolección de basuras y elaprovechamiento de residuos sólidos enla ciudad de Cali, la inclusión derecicladores puedan presentar losdiferentes licitantes no sólo comoempleados temporales o permanentes,sino especialmente cuando favorezcanformas asociativas que aseguren lacontinuidad de la calidad de empresariosde la basura que tienen los recicladoresinformales de botadero y de calle de laciudad de Cali.

6.  En cualquier proceso de licitación derecolección, aprovechamiento ycomercialización de residuos que se

realice en el futuro se deben tener encuenta los estándares fijados en estaprovidencia y en la regulación.

7.  Se solicitará al Defensor del Pueblo,regional Valle del Cauca, que endesarrollo de sus funciones vigile elcumplimiento de la presente orden, einforme a la Corte Constitucional sobre

los avances, retrocesos o estancamientosde este proceso.

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO efectivamente adoptadas, para evitar el impactodesproporcionado que generan sobre losrecicladores, se ordenará a la inaplicación delartículo 98 de la Ley 769 de 2002, el artículo 24del Decreto 838 de 2005 y los artículos 4 y 6 dela Ley 1259 de 2008, hasta tanto las anterioresmedidas hayan sido adoptadassatisfactoriamente en su totalidad.

(…) La excepción ha de servir exclusivamentepara superar un obstáculo infranqueable de otramanera, como reformar el acto administrativo omodificar la ley dentro del plazo necesario paraadoptar las decisiones conducentes a atender las condiciones materiales de los recicladores,contratar servicios de aseo temporalmentemientras se rehace la licitación, cumplir unaorden específica impartida por la Corte oproteger de manera efectiva los derechosfundamentales de los recicladores, y no puedeser utilizada ni como consecuencia de unaomisión, ni simplemente para corregir la ley.

ORDENOCTAVA.-

ORDENAR al Alcalde Municipal de Cali yal representante legal de EMSIRVA o dela empresa que la sustituya, que en el

término de dos (2) semanas contadas apartir de la notificación del presente fallo,conformen un comité para la inclusión delos recicladores a la economía formal delaseo en la ciudad de Cali, en el queparticipen un representante deDANSOCIAL, un representante delDAGMA, un representante de la entidadque coordine el PGIRS, un representante

de la Corporación Autónoma Regional delValle – CVC, el/la representante legal deFERESURCO, el /la representante legal

El Alcalde Municipal deCali y el Rep legal de

EMSIRVA

Este comité participaráen el diseño eimplementación del plande inclusión de losrecicladores de Cali a laeconomía formal del

aseo,

así como en el diseño de

Conformar un comité para la inclusión de losrecicladores a la economía formal del aseo en laciudad de Cali,

participan1)  un representante de DANSOCIAL,2)  un representante del DAGMA,3)  un representante de la entidad que

coordine el PGIRS,4)  un representante de la CVC,5)  el/la representante legal de

FERESURCO,

6)  el /la representante legal de UPFRAME;7)  el/la representante legal de la

 Asociación de Recicladores de Navarro,

dos (2) semanascontadas a partir de lanotificación del

presente fallo,

El alcalde municipal deCali deberá enviar a laCorte el 1 de diciembrede 2009 un informe conel plan diseñado ylas acciones

afirmativas adoptadasy adelantadas,así como con los

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO de UPFRAME; el/la representante legalde la Asociación de Recicladores deNavarro, el/la representante legal de la

 Asociación Nacional de Recicladores. Endicho comité también podrán participar elDefensor Regional de Derechos Humanosy un representante de Civisol.

Este comité participará en el diseño e

implementación del plan de inclusión delos recicladores de Cali a la economíaformal del aseo, así como en el diseño delas acciones afirmativas que seannecesarias para asegurar que dichainclusión sea efectiva.

El plan de inclusión de los recicladoresque diseñe el comité deberá estar listo yen funcionamiento a más tardar el 23 denoviembre de 2009. El alcalde municipalde Cali deberá enviar a la Corte el 1 dediciembre de 2009 un informe con el plandiseñado y las acciones afirmativasadoptadas y adelantadas, así como conlos indicadores de resultado que sediseñen para mostrar los avances delproceso de inclusión y el goce efectivo dederechos de los recicladores y sus

familias.

las acciones afirmativasque sean necesariaspara asegurar que dichainclusión sea efectiva.

El plan de inclusión delos recicladores quediseñe el comité deberáestar listo y en

funcionamiento a mástardar el 23 de noviembrede 2009.

8)  el/la representante legal de la Asociación Nacional de Recicladores.

En dicho comité también podrán participar 1)  el Defensor Regional de Derechos

Humanos2)  y un representante de Civisol.

indicadores deresultado que sediseñen paramostrar los avancesdel proceso deinclusióny el goce efectivo dederechos de losrecicladores y sus

familias.

23 de noviembre de2009 (plan deinclusión de losrecicladores quediseñe el comitédeberá estar listo y enfuncionamiento)

ORDENNOVENA.-

ORDENAR al Departamento  Administrativo de Planeación Municipalde Cali, culminar el censo de losrecicladores de Navarro, e incluir en él a

todas aquellas personas inicialmentecensadas, así como los recicladores deNavarro que figuran en las bases de

Departamento Administrativo dePlaneación Municipal de

Cali,

1)  diseñar y realizar un censo de losrecicladores de calle en la ciudad deCali para su inclusion

2)  culminar el censo de incluir en él

los recicladores deNavarro

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO datos de las cooperativas, EATs y otrasorganizaciones que funcionaron enNavarro y que aparezcan inscritos endichas bases con anterioridad al 1 demarzo de 2009. Igualmente ordenará alDepartamento Administrativo dePlaneación Municipal, diseñar y realizar un censo de los recicladores de calle enla ciudad de Cali, de tal forma que la

información recabada permita avanzar enel proceso de inclusión de éstos en laeconomía formal del aseo.

a)  a todas aquellas personasinicialmente censadas asícomo a

b)  los recicladores de Navarroque figuran en las bases dedatos de las cooperativasEATs y otras organizacionesque funcionaron en Navarro yque aparezcan inscritos en

dichas bases conanterioridad al 1 de marzo de2009.

ORDENDECIMA.-

ORDENAR al DAGMA y a la Corporación  Autónoma Regional del Valle, crear ypromover -con el concurso de lasorganizaciones de la sociedad civil que abien tengan unirse en su esfuerzo-campañas de civismo y solidaridaddirigidas a la ciudadanía de Cali, conmiras a que los usuarios del servicio deaseo de la ciudad (a) empiecen a separar en la fuente y (b) a ceder a losrecicladores organizados la propiedad desu basura reciclable y en tanto se inicianla operación de las rutas selectivas en la

Ciudad.

DAGMACVC

Crear y promover con el concurso de lasorganizaciones de la sociedad civil que a bientengan unirse en su esfuerzo-campañas de civismo y solidaridad dirigidas a laciudadanía de Cali, con miras a que los usuariosdel servicio de aseo de la ciudad (a) empiecen aseparar en la fuente y (b) a ceder a losrecicladores organizados la propiedad de subasura reciclable y en tanto se inician laoperación de las rutas selectivas en la Ciudad.

ORDENUNDECIMA.- SOLICITAR al Defensor del Pueblo,

regional Valle del Cauca, a que dentrodel ámbito de sus competencias, hagaseguimiento a las acciones adelantadaspara asegurar la inclusión de losrecicladores de Navarro y de los

recicladores de calle de la ciudad de Calien la actividad productiva de recoleccióny aprovechamiento de residuos sólidos,

SOLICITAR al Defensor del Pueblo 

seguimiento a las acciones adelantadas paraasegurar la inclusión de los recicladores deNavarro y de los recicladores de calle de laciudad de Cali

envíe a la CorteConstitucional losinformes deseguimiento

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PARA EL CAMBIO SISTEMICO de conformidad con los parámetrosestablecidos en la presente sentencia yenvíe a la Corte Constitucional losinformes de seguimiento que estimepertinentes.

ORDENDECIMO

SEGUNDA.-

COMUNICAR la presente sentencia a la

organización CIVISOL la presentesentencia e INVITARLA a continuar apoyando a las organizaciones derecicladores de la ciudad de Cali y aenviar informes periódicos a la CorteConstitucional sobre los avances delproceso de inclusión de los recicladoresde Navarro y de los recicladores de callede la ciudad de Cali en la actividadproductiva de recolección yaprovechamiento de residuos sólidos enla ciudad de Cali.

INVITAR CIVISOL 

.

continuar apoyando a las organizaciones derecicladores de la ciudad de Cali

informar a a la Corte Constitucional sobre losavances del proceso de inclusión de losrecicladores de Navarro y de los recicladores decalle de la ciudad de Cali en la actividadproductiva de recolección y aprovechamiento deresiduos sólidos en la ciudad de Cali

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