exposición ife
Post on 25-Jul-2015
473 Views
Preview:
TRANSCRIPT
INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL IFE
Integrantes: Chávez Silva Ellery Leon Margarito Álvarez Lucero Martínez Aguila Indira.
HISTORIA Creado 11 de octubre de 1990
Reformas: 1993: Facultad de los órganos del instituto.
1994: Atribuciones a nivel estatal y distrital.
1996: Autonomía e independencia .
2007: Nuevo modelo de comunicación política.
¿QUE ES EL IFE?Fundamento legal: articulo 41 F. V Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Organismo público autónomo responsable de cumplir con la función del Estado de organizar las elecciones federales,
FINES Vida democrática.
Régimen de partidos políticos.
Integrar el Registro Federal de Electores.
Celebración periódica de las elecciones
Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
Autoridad para la administración del tiempo en radio y televisión
ACTIVIDADES Capacitación y educación
Geografía electoral.
Padrón y listas de electores.
jornada electoral.
Cómputo de resultados.
Declaración de validez de la elección
observación electoral y de las encuestas y sondeos de opinión.
PRINCIPIOS
Certeza
Legalidad
Independencia
Imparcialidad
Objetividad
ESTRUCTURA ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
consejos locales
Consejo general
Órganos de
vigilancia
Junta general
ejecutiva
Mesa directiva
de casillas
consejos distritales
Juntas locales
distritales
Juntas locales
ejecutivas
CONSEJO GENERAL Es el órgano superior de dirección de todo el Instituto, responsable de vigilar el
cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral,
INTEGRACIÓN: se integra por un total de 24 miembros:
• 9 miembros con derecho a voz y voto:
1 Consejero Presidente y
8 Consejeros electorales
elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes la Cámara de Diputados de entre las propuestas formuladas por los grupos parlamentarios.
•15 miembros con derecho a voz pero sin voto
7 Consejeros del poder legislativo
7 representantes de cada partido político
1 Secretario Ejecutivo del IFE, elegido por las 2/3 partes del
Consejo General.
ATRIBUCIONES DEL CONSEJO GENERAL Designar a los directores ejecutivos del Instituto y al director general de la Unidad de Fiscalización, a propuesta del Consejero Presidente.
Resolver sobre los convenios de fusión, frente y coalición que celebren los partidos políticos nacionales,
determinar los topes máximos de gastos de precampaña y campaña que puedan erogarse en las elecciones
Declarar la Validez de las elecciones.
CONSEJOS LOCALES Son los órganos de dirección constituidos en cada una de las 32 entidades federativas, únicamente se instalan y sesionan durante los
periodos electorales.
INTEGRACIÓN:
•7 integrantes con derecho a voz y voto
1 Consejero Presidente designado por el Consejo General.
6 consejeros electorales designado por mayoría absoluta del
Consejo General.
•12 con derecho a voz pero sin voto
ATRIBUCIONES:
Designar a los consejeros distritales.
Acreditar a los observadores electorales.
Realizar el computo de las elecciones federales y declarar validez de elecciones locales.
CONSEJOS DISTRITALES
Son los órganos de dirección constituidos en cada uno de los 300 distritos uninominales en que se divide el territorio nacional para efectos electorales.
INTEGRACIÓN :
Se integra igual que los consejos locales
ATRIBUCIONES:
Determinar el número y la ubicación de las casillas donde se recibirá la
votación el día de la jornada electoral.
Realizar el segundo y último de los sorteos ordenados por la ley para
integrar las mesas directivas de casilla
Realizar los cómputos distritales de las elecciones
MESA DIRECTIVA DE CASILLAS
INTEGRACIÓN :
Son los órganos electorales formados por ciudadanos, facultados para recibir la votación y realizar el conteo y cómputo en cada una de las secciones electorales en que se dividen los 300 distritos uninominales.
se integra por un presidente, un secretario y dos escrutadores, así como por tres suplentes generales.
INSTALACIÓN DE CASILLAS
debe comprender un mínimo de 50 y un máximo de 1,500 electores. Por cada 750 electores o fracción de una sección electoral se debe instalar una casilla.
ATRIBUCIONES:
son responsables de respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del sufragio, garantizar el secreto del voto y asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo.
JUNTA GENERAL EJECUTIVA Encargado tanto de instrumentar las políticas y programas generales del Instituto,
como de dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones aprobados por el Consejo General.
INTEGRACIÓN:
•Presidente del Consejo General
•Secretario Ejecutivo del IFE
•Los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores,
•EL titular de la Unidad de Fiscalización de los Recursos.
ATRIBUCIONES:
Proponer las Políticas y Programas Generales del Instituto.
Evaluar el desempeño del Servicio Profesional Electoral.
Supervisar el cumplimiento de los programas de capacitación electoral y educación cívica.
JUNTA LOCAL EJECUTIVA
INTEGRACIÓN:
Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada entidad federativa.
•Vocal Ejecutivo
•Vocal Secretario
•Vocal de Organización electoral
•Vocal de Registro Federal de electores
•Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica
ATRIBUCIONES:
Supervisar y evaluar el cumplimiento de los programas y acciones de sus vocalías y de los órganos distritales.
Recibir, sustanciar y resolver los medios de impugnación que se presenten durante el tiempo que transcurra entre dos procesos electorales
JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA Son los órganos permanentes de ejecución y soporte técnico de las actividades del Instituto en cada uno de los 300 distritos electorales uninominales, los cuales tienen sede en la cabecera de cada uno de los distritos.
INTEGRACIÓN :
Se integra igual que la junta local ejecutiva
ATRIBUCIONES:
Proponer al Consejo Distrital correspondiente el número y ubicación de las casillas que habrán de instalarse en cada una de las secciones comprendidas en su distrito.
Presentar al Consejo Distrital para su aprobación, las propuestas de quienes fungirán como asistentes electorales el día de la jornada electoral.
ÓRGANOS DE VIGILANCIA
INTEGRACIÓN:
Son órganos colegiados que existen exclusiva y específicamente en el ámbito del Registro Federal de Electores para coadyuvar y supervisar los trabajos relativos a la integración, depuración y actualización del padrón electoral y reciben el nombre de Comisiones de Vigilancia.
•El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores.
•Un representante propietario y un suplente por cada uno de los partidos políticos
•Un secretario designado por el presidente de la Comisión
•Un representante del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática
ATRIBUCIONES: Vigilar que la inscripción de los ciudadanos en el padrón electoral y en las listas nominales de electores, así como su actualización,
Vigilar que las credenciales para votar se entreguen oportunamente a los ciudadanos
top related