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Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias
Instituto de Investigaciones Legislativas
Apuntes Legislativos No. 65
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Apuntes Legislativos
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
Sexagésima Segunda Legislatura 2012-2015
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS 65
Integración del Poder Legislativo 2012-2015:
coaliciones parlamentarias
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Supervisión de edición: Lic. Alfredo Sainez Araiza.
Diseño y edición de interiores: Natalia Ivonne Lara Rivera
“Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias”
LXII LEGISLATURA H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO © Por esta edición: Instituto de Investigaciones Legislativas Callejón de la Condesa Núm. 7 Centro. C.P. 36000. Guanajuato. Gto., México Tel. 01 (473) 102–00–00 extensiones 6074, 6075 y 6080 www.congresogto.gob.mx Primera edición, 2012–10–15 Año 8, Número 65 ISBN: 970-9784-00-5 Impreso en México / Printed in México
Esta publicación no puede ser reproducida, incluyendo el diseño de la cubierta y de páginas interiores, ni todo ni en parte, ni registrada en o transmitida por un sistema de recuperación de información, en ninguna forma, ni por ningún medio, sea mecánico, foto químico, electrónico, magnético, electroóptico, por fotocopia o cualquier otro, sin el permiso previo solicitado por escrito y autorizado por el Instituto de Investigaciones Legislativas del H. Congreso del Estado de Guanajuato.
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MESA DIRECTIVA Primer Año de Ejercicio Legal
Primer Periodo Ordinario
Diputado Alfonso Guadalupe Ruiz Chico PRESIDENTE
Diputado Roberto Mauricio Vallejo Rábago VICEPRESIDENTE
Diputada Karla Alejandrina Lanuza Hernández PRIMERA SECRETARIA
Diputado Galo Carrillo Villalpando
SEGUNDO SECRETARIO
Diputado Guillermo Romo Méndez PROSECRETARIO
JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA
Dip. José Juventino López Ayala Presidente
Dip. Francisco Javier Contreras Ramírezs Vicepresidente
Dip. Sergio Alejandro Contreras Guerrerodi
Dip. María Juana Georgina Miranda Arroyo
Dip. J. Marco Antonio Miranda Mazcorro
SECRETARÍA GENERAL
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siguientes direcciones de correo electrónico: [email protected] [email protected]
Lic. Salvador Márquez Lozornio
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
Dr. Carlos Torres Ramírez DIRECTOR GENERAL
Lic. Aarón Soto Martínez COORDINADOR DE PROMOCIÓN Y FORMACIÓN LEGISLATIVA
Lic. Alfredo Sainez Araiza COORDINADOR DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO LEGISLATIVO
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Índice Pag.
Presentación .............................................................................................................8
I. COALICIONES LEGISLATIVAS EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN,
LEGISLATURAS ESTATALES Y ASAMBLEA DEL DISTRITO FEDERAL .......... 11
Alfredo Sainez Araiza.......................................................................................... 11
I.1 EL SISTEMA ELECTORAL E INFLUENCIA EN EL SISTEMA DE
PARTIDO Y REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA EN MÉXICO .......................... 11
I.1.1 Transición del partido hegemónico a la predominancia ................................... 12
I.1.2 Transición de la predominancia al multipartidismo ........................................... 14
1.1.3 Representación legislativa en México ............................................................. 16
I.2 COALICIONES LEGISLATIVAS ......................................................................... 21
I.2.1 Coaliciones legislativas en las cámaras del Congreso de la Unión .................. 22
I.2.1.1 Mayorías calificadas ..................................................................................... 22
I.2.1.1.1 Cámara de Diputados ................................................................................ 23
I.1.1.2 Cámara de Senadores .................................................................................. 24
I.2.1.2 Mayorías absolutas ....................................................................................... 26
I.2.1.2.1 Camara de Diputados ................................................................................ 26
I.2.1.2.2 Camara de Senadores ............................................................................... 27
I.2.2 Coaliciones parlamentarias en las legislaturas estatales y Asamblea del
Distrito Federal.................................................................................................... 27
I.2.2.1 Campeche .................................................................................................... 28
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I.2.2.2 Colima .......................................................................................................... 29
I.2.2.3 Chiapas ........................................................................................................ 31
I.2.2.4 Guanajuato ................................................................................................... 32
I.2.2.5 Guerrero ....................................................................................................... 34
I.2.2.6 Jalisco .......................................................................................................... 36
I.2.2.7 México .......................................................................................................... 37
I.2.2.8 Morelos ......................................................................................................... 39
I.2.2.9 Nuevo León .................................................................................................. 40
I.2.2.10 Querétaro ................................................................................................... 41
I.2.2.11 San Luis Potosí ........................................................................................... 43
I.2.2.12 Sonora ........................................................................................................ 44
I.2.2.13 Tabasco ...................................................................................................... 45
I.2.2.14 Yucatán ...................................................................................................... 46
I.2.2.15 Asamblea del Distrito Federal ..................................................................... 47
I.3 A MANERA DE CONCLUSIONES ...................................................................... 49
I.3.1 Orden del gobierno federal ............................................................................. 49
I.3.2 Orden del gobierno estatal .............................................................................. 50
I.4 FUENTES CONSULTADAS ............................................................................... 52
II. INTEGRACIÓN DE LOS CONGRESOS EN TEXTOS ........................................ 55
Gloria del C. Hernández Morales ........................................................................ 55
III. ANEXOS ............................................................................................................. 61
III.1 Conformación de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de
Guanajuato ......................................................................................................... 61
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III.1.1 Mesa directiva ............................................................................................... 61
III.1.2 Junta de Gobierno y Coordinación Política .................................................... 63
III.1.3 Comisiones .................................................................................................... 65
III.1.4 Grupos parlamentarios .................................................................................. 98
III.2 Coaliciones legislativas ..................................................................................... 99
III.3 Integración de los congresosos locales, tipos de mayorías y de sistemas
de partido .......................................................................................................... 103
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Presentación El sistema político es el conjunto de instituciones, organizaciones y procesos políticos que,
caracterizados por un cierto grado de interdependencia, rigen y conforman la vida política
de una determinada comunidad. El sistema político mexicano no es la excepción.
Conforme a la metodología sistémica, los sistemas electorales y de partidos pueden ser
considerados como subsistemas del sistema político. Consecuentemente, existen factores
externos al subsistema que producen distintos efectos sobre ellos; sin menoscabo, de ser
en sí mismos un objeto de estudio.
Compartiendo esta tesis, en este número Apuntes Legislativos se describe de manera sucinta
el influjo de los sistemas electorales y de partidos en la integración y representación
legislativa; esbozan los antecedentes y correlación de fuerzas políticas de los poderes
legislativos tomando como referente los comicios electorales federales y estatales
concurrentes llevados a cabo este 1º de julio de 2012. Pero, fundamentalmente, analizan
las perspectivas de las coaliciones entre los grupos y representaciones parlamentarias de
las cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión; los congresos estatales
de Campeche, Colima, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Morelos, Nuevo
León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Yucatán; y, la Asamblea del Distrito
Federal.
Ante la nueva configuración del sistema político mexicano se observa: el retorno del PRI
a la presidencia de la República después de doce años de ausencia; la ratificación del
multipartidismo en el Poder Legislativo Federal, en donde ningún grupo parlamentario tiene
la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados desde 1997 y en la Cámara de Senadores
desde el año 2000. Consecuentemente, se vaticina que la fuerza política del PRI tiene que
dialogar, cabildear, consensuar y coaligarse con otros partidos para formular y aprobar la
agenda legislativa e impulsar modificaciones a la Carta Magna, reformas a leyes
secundarias y reglamentarias. Sin menoscabo, de los resultados de las elecciones locales
de 2012, en donde el PRI gobierna ahora veintiún entidades federativas (Aguascalientes,
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Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Jalisco, México,
Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas,
Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas), seguido del PRD que gobierna cuatro entidades
federativas (Distrito Federal, Guerrero, Morelos y Tabasco) y el PAN, que gobierna cuatro
estados (Baja California, Baja California Sur, Guanajuato, y Sonora) y, tres gubernaturas de
coalición electoral entre el PRD-PAN, a saber: Oaxaca, Puebla y Sinaloa.
Cabe destacar, que ninguna fuerza política tiene mayoría calificada en las legislaturas
locales y que en veinte de los congresos estatales, ningún grupo parlamentario tiene una
mayoría absoluta. En este tenor, el acuerdo, el cabildeo, el consenso y la coalición
legislativa entre los distintos grupos y representaciones parlamentarias serán determinantes
para formular y aprobar las agendas legislativas correspondientes, e impulsar las
modificaciones constitucionales, las reformas a leyes secundarias y reglamentarias.
En la Sección de la Biblioteca “José Aguilar y Maya” se recomiendan cuatro textos
afines a la integración de los congresos.
Finalmente, se anexan varios documentos relativos a la conformación de la LXII
Legislatura del Congreso del Estado de Guanajuato, las coaliciones legislativas e
integración de los congresos locales, tipos de mayorías y de sistemas de partidos.
Atentamente
Coordinación de Investigación y Desarrollo Legislativo
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I. COALICIONES LEGISLATIVAS EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN, LEGISLATURAS ESTATALES Y ASAMBLEA DEL DISTRITO FEDERAL
Alfredo Sainez Araiza*
Los vestigios de las coaliciones legislativas los encontramos en los órdenes del gobierno
federal y gobiernos estatales como consecuencia de los influjos de los sistemas electorales
y de partidos en la integración y representación de las cámaras del Congreso de la Unión,
las legislaturas estatales y la Asamblea del Distrito Federal.
I.1 EL SISTEMA ELECTORAL E INFLUENCIA EN EL SISTEMA DE PARTIDO Y REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA EN MÉXICO
La evolución del sistema electoral mexicano ha influido en la consolidación y tránsito del
sistema de partido y, por ende, en la representación legislativa, tanto en las Cámaras del
Congreso de la Unión como en los congresos locales y la Asamblea del Distrito Federal.
El sistema electoral es uno de los factores que ha tenido y tiene una mayor incidencia
en tránsito del sistema de partido. La influencia de los sistemas electorales ha sido
reconocida y teorizada por dos notables exponentes: Maurice Duverger y Giovanni Sartori.
Para el teórico político francés, Duverger, el régimen electoral es uno de los factores
más importantes que condiciona de forma decisiva cuatro aspectos básicos de los sistemas
de partidos: el número de partidos, la dimensión de éstos, las alianzas y la representación.
(MELLA MARQUEZ, 1997: 200) Al respecto el politólogo italiano, Sartori, en la Conferencia
Magistral, "Sistemas electorales en perspectiva comparada", dictada en el Auditorio del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictada el 29 de enero de 2001,
sostuvo “que los sistemas electorales son importantes porque además de traducir los votos
en escaños han contribuido a dar forma al sistema de partidos, siendo un factor
determinante en la creación del sistema de partidos que tienen todos los países,
particularmente, en la determinación del número de partidos.” Pero, ¿cómo ha sido la
evolución, la transición del sistema de partido y la formación de coaliciones legislativas en
nuestro país?
* Coordinador de Investigaciones y Desarrollo Legislativo del IIL del Congreso del Estado de Guanajuato.
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I.1.1 TRANSICIÓN DEL PARTIDO HEGEMÓNICO A LA PREDOMINANCIA
Para comprender el tránsito de un sistema de partido hegemónico a uno predominante en
nuestro país, se toma como referente teórico el criterio numérico de Sartori para clasificar a
los sistemas de partidos.
Como se apuntó, de acuerdo con la tipología de Sartori, el partido hegemónico esta
dentro de un sistema no competitivo, porque permite la existencia de otros partidos satélites
o subordinados a la hegemonía del partido en el poder.
Partiendo de la definición sartoriana, se pueden destacar dos características del
sistema de partido hegemónico:
1. Presencia de un partido que monopoliza el poder político y la presencia de otros
partidos legales que no pueden alcanzarlo nunca;
2. No hay competencia política para el ejercicio del poder, el pluralismo es ficticio y
la igualdad ilusoria puesto que no hay opción a la alternancia en el poder
(LÓPEZ TRIGAL, 1999: 204)
Considerando estos criterios, se puede sostener la premisa de que el sistema de
partido en nuestro país fue hegemónico desde la fundación del Partido Nacional
Revolucionario (PNR), en 1929, hasta antes de las elecciones de 1988. Al respecto,
Giovanni Sartori (1999: 279 y 280), clasificó y ubicó en los años setenta al sistema de
partido en México como hegemónico-pragmático. Y señalaba: “el PRI no es nada generoso.
Evidentemente, cuanto más fuerte es el control del partido hegemónico, con más seguridad
puede asignar escaños a los partidos satélites. Con esta perspectiva, la reforma electoral
mexicana de 1962-1963 indica una mayor confianza en sus propias fuerzas.”
Ciertamente, la existencia del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM) y
del Partido Popular Socialista (PPS) como partidos satélites o subordinados; así como la
creación en 1938 del Partido Acción Nacional (PAN), que a pesar de ser el único partido
consistente, no pudo desafiar la hegemonía del partido en el poder hasta 1988. El panismo
junto con el cardenismo provocó que el PRI no obtuviera la mayoría calificada en la Cámara
Baja.
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Para Pacheco Méndez (2000: 52) en 1988 se marco un hito en la historia electoral
mexicana, pues por primera vez desde su fundación, la hegemonía del PRI fue desafiada
fuertemente. El desenlace de esta situación nos colocó en el umbral de una transición de
un régimen de partido hegemónico hacia otro de partido predominante, donde el PRI
conservó la mayoría absoluta pero con márgenes de competitividad más altos; dejando
abierta la posibilidad de la alternancia en los ámbitos local y regional. Así por ejemplo: Las
elecciones del 2 de julio de 1989 inauguraron un nuevo periodo en el sistema político
mexicano. La victoria en las urnas del candidato panista a la gubernatura de Baja California
abrió una vía inédita en el sistema electoral de México, al permitir que un gobernador que
no era del partido oficial ocupara el Poder Ejecutivo en una entidad de la República
(ESPINOZA VALLE, 2000: 9). Desde entonces hasta nuestros días, la diversidad en el
origen de los titulares de los gobiernos de los estados se ha multiplicado de manera
significativa.
Durante cuatro décadas, el PRI, sustentado en una estructura corporativa sectorial,
ocupó una posición hegemónica en el sistema político y retroalimentó la legitimidad del
presidencialismo mexicano. Sin embargo, en las elecciones presidenciales de julio de 1988,
la tradicional maquinaria electoral del PRI se fracturó; el partido perdió su hegemonía al
menos coyunturalmente, al perder, por primera ocasión en el seno de la Cámara de
Diputados la mayoría calificada, ante la competitividad de la oposición cardenista y panista,
y la legitimidad de la elección presidencial se vio cuestionada (PACHECO MÉNDEZ, 2000:
75)
A partir de entonces, se puede observar que con las elecciones federales para elegir
diputados en 1988, 1991 y 1994, el PRI, por primera vez desde su origen en 1929, no había
perdido la mayoría calificada de 2/3 en la Cámara de Diputados: en las LIV, LV y LVI
Legislaturas obtuvo el 52, 64 y 60 por ciento de representación, respectivamente. Esto
provocó que el partido del Presidente de la República durante estas legislaturas necesitara
de la alianza o coligarse con al menos otro de los grupos parlamentarios más grandes, para
llevar a cabo reformas constitucionales.
Haciendo una interpretación sartoriana de la tipología de los partidos, Paoli Bolio (1988:
223) afirma que con la perdida de la mayoría calificada en la Cámara Baja como
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consecuencia de la competencia electoral en 1988, por lo menos coyunturalmente, el
sistema de partidos en México transitó de hegemónico a predominante.
Posteriormente, como efecto de los resultados de las elecciones federales intermedias
del 2 de julio de 1997, ninguna de las fuerzas políticas en la Cámara de Senadores tuvo
una mayoría calificada (86 senadores); el grupo parlamentario del PRI tenía 76 legisladores
(59.3 por ciento), de manera que, el sistema de partido hegemónico transitó a
predominante en la “Cámara Alta”. Asimismo, en la Cámara de Diputados al no lograr
ningún grupo parlamentario la mayoría absoluta el sistema de partido dejó de ser
predominante y transitó a un multipartidismo.
I.1.2 TRANSICIÓN DE LA PREDOMINANCIA AL MULTIPARTIDISMO
De acuerdo con la tipología de Sartori un sistema de partido es predominante, si hay “una
configuración del poder en la que un partido gobierna solo, sin estar sujeto a la alternación,
siempre que continúe obteniendo, electoralmente, una mayoría absoluta” (FUENTES DÍAZ,
1988: 191)
Las características del sistema de partido predominante son:
1. El partido obtiene el apoyo de una gran mayoría de los electores, lo que le
permite gobernar con mayoría absoluta en el marco del pluralismo político.
2. Existe competencia entre el resto de partidos sin limitaciones, por lo que el
partido predominante puede dejar de serlo en cualquier momento.
3. Para que un sistema se considere de partido predominante es preciso que el
partido en cuestión obtenga tres mayorías absolutas consecutivas cumpliendo
alguno de los siguientes requisitos:
a) La estabilidad del electorado, y
b) que el umbral de la mayoría absoluta sea superado con amplitud o que haya
una diferencia entre el porcentaje de escaños logrado por el primer partido y
el segundo (LÓPEZ TRIGAL, 1999: 204-205).
Más adelante, Sartori, en una entrevista periodística publicada el 4 de julio de 1996 en
el periódico El Financiero, afirmaba: “En 1976, la discusión se centraba en que se podía
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tener una democracia de un solo partido. Yo reté ese argumento y cuando vine a México
dije que aquí había un tipo de sistema partidista hegemónico, no una democracia. Había un
dictador que, sin embargo, se retira cada seis años, lo que después de todo, no había
pasado desde el tiempo de los romanos y es un gran logro. Sin embargo, era un sistema
que permitía la existencia de diferentes partidos, que los impulsa”. A la pregunta de ¿cómo
clasificaría al PRI ahora?, contestó: “Ya no hay un sistema partidista hegemónico, ahora es
un sistema de partido predominante (...) En México, todavía hay algunas irregularidades,
pero es verdad que el PRI se las arregla para ganar en elecciones libres porque la carrera
electoral no es equitativa (...)”. En los años noventa, Sartori (1996:189) clasificó al sistema
de partido en México como hegemónico-predominante
Sin embargo, a raíz de que el PRI –partido al que pertenece el Presidente de la
República– no obtuvo la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados durante la LVII
Legislatura como consecuencia de los resultados de los comicios federales en 1997, se
puede sustentar que el sistema de partido en México dejó de ser predominante. Al
respecto, es conveniente apuntar que el PAN –partido al que pertenece el Presidente de la
República– no obtuvo la mayoría absoluta en la Cámara de Senadores como efecto de los
resultados de las elecciones federales de 2000.
En este contexto, cabe reflexionar en la siguiente pregunta: ¿qué carácter adquiere
nuestro sistema de partido si ya no es predominante?
Sin duda, el sistema de partido mexicano transitó de un sistema predominante a uno
multipartidista, en virtud de que ninguna de las fuerzas políticas tenía la mayoría absoluta
en las cámaras del Congreso de la Unión: primero, en la Cámara de Diputados durante la
LVII Legislatura (1997-2000) y, segundo, en el Senado de la República durante las LVIII y
LIX Legislaturas (2000-2006).
En México, desde 1997 hasta nuestros días, prevalece un sistema multipartidista, cuyas
características de acuerdo con la tipología de Sartori (1999: 161) son:
1. Ningún partido mantiene una mayoría absoluta, y
2. La fuerza o la debilidad relativa de los partidos se puede clasificar conforme a
su relativa indispensabilidad o dispensabilidad para las coaliciones, y/o
3. Su capacidad potencial de imitación (chantaje).
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Para Rodríguez-Aguilera de Prat y Martínez Martínez (1999: 60 y 66) entre las variables
que contribuyeron a la transición multipartidista destacan las últimas reformas (de 1963
hasta 1996) que se implementaron en el sistema electoral mexicano, las cuales
gradualmente generaron una mayor competitividad entre los partidos políticos
contendientes en las elecciones federales de 1997. Aunado a ello, habría que agregar las
reformas electorales de 2007-2008.
Los comicios de 1997 sentaron un precedente en la vida política de México. Por vez
primera en la historia política del país, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) perdió la
mayoría absoluta al obtener 11’427,548 votos (39.1 por ciento), con los cuales obtuvo 239
legisladores que representaron el 47.8 por ciento de los congresistas en la H. Cámara de
Diputados de la LVII Legislatura. Por su parte, los cuatro partidos opositores (PRD, PAN,
PVEM y PT) obtuvieron 261 diputados que representan el 52.2 por ciento de la Cámara
Baja, lo cual les permitió integrar un bloque parlamentario para contrarrestar la mayoría
relativa del otrora partido gobernante.
Antes de las elecciones federales de 1997, en México existía un sistema de partido
hegemónico-predominante que garantizaba mayorías muy numerosas al partido del
presidente, a tal grado, que la alta disciplina partidista daba como resultado un equilibrio de
poder que se inclinaba a favor del ejecutivo, quedando la acción autónoma del Congreso
completamente anulada.
En síntesis, el influjo del sistema electoral ha contribuido a la transición del sistema de
partido, generado una pluralidad ideológica en las cámaras del Congreso de la Unión, los
congresos locales y la Asamblea del Distrito Federal, fundamentalmente, una nueva
representación y relación entre los poderes públicos en los distintos ordenes de gobierno.
1.1.3 REPRESENTACIÓN LEGISLATIVA EN MÉXICO
En el sistema político mexicano la pluralidad ideológica, el número y la representación de
los partidos políticos comenzó a manifestarse en el Poder Legislativo Federal,
particularmente, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión como consecuencia
del influjo del sistema electoral.
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El número de partidos en la Cámara Baja ha sido variable. Durante el trienio de 1946 a
1949 se tenía una representación legislativa de dos partidos: PRI y PAN. Posteriormente,
las tres siguientes legislaturas tuvieron una representación de tres partidos: PRI, PAN y
PPS; de 1958 a 1979 (con excepción de la representación legislativa de 1961 a 1964, en
que sólo el PRI, PAN y PPS tenían representación) cuatro eran los partidos que estaban
representados: PRI, PAN, PPS y PARM.
A partir de 1979, la representación de los partidos políticos en México ha ido en
aumento en el seno de la Cámara Baja. Sin embargo, el problema no ha sido la
representación que han tenido los partidos sino la sobrerrepresentación del PRI, que se ha
visto favorecida por las fórmulas electorales. Así por ejemplo, el PRI que había obtenido el
73.5% de votos en las elecciones para diputados en 1946 tenía el 91% de los escaños, es
decir, 17.5% de sobrerrepresentación; en 1949, el 2.7% de sobrerrepresentación; en 1952,
el 19.5%; en 1955, el 4.6%; en 1958, el 6.2%; en 1961, el 6.4%; en 1964, el –3% de
subrrepresentación (86.3% de votos contra el 83.3% de escaños); en 1967, el 0.2%; en
1970, el 3.4%; en 1973, el 12.1%; en 1976, el 2.2%; en 1979, el 4.3%; en 1982, el 5.4%; en
1985, el 7.3%; en 1988, el 0.9%; en 1991, el 0% (64% de votos contra 64% de escaños); en
1994, el 10%; y en 1997, el 8% de sobrerrepresentación (Crespo,1999: 91)
El PRI tenía hasta antes de las elecciones de 1988 una representación hegemónica en
la Cámara de Diputados y hasta los años 60 en la de Senadores una representación única.
Con la reforma electoral de 1963, que incluyó a los “diputados de partido” inició el proceso
de la integración plural, pero, sólo de la Cámara de Diputados; más adelante con la reforma
de 1977 se favoreció al pluralismo al introducir el sistema mixto de mayoría relativa y
representación proporcional. Esto permitió a la oposición contar con 100 curules y al partido
mayoritario con 300. Para Woldenberg (1999: 27 y 28) las reformas constitucionales y
reglamentarias de 1977 en materia electoral no fueron una concesión gratuita del gobierno
federal a los partidos políticos de oposición. Estas reformas tuvieron como antecedente la
presión política del movimiento del 68, con lo cual se inició el proceso de democratización
en México surgiendo con gran energía y carácter masivo el reclamo democrático en el país,
orientado a cambiar las condiciones generales de la vida política.
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El espíritu libertario conjugado con los anhelos, aspiraciones y las luchas del pueblo
mexicano como el movimiento de 1968 han contribuido a la progresiva evolución del
sistema electoral. De esta forma, el influjo electoral se ha reflejado en la composición
política del Congreso en tres momentos: primero, en la representación hegemónica del PRI
en la Cámara de Diputados y única en la de Senadores; segundo, con la representación
mayoritaria (con sobrerrepresentación) primero sólo en la Cámara de Diputados y luego en
ambas cámaras; y tercero, con un pluralismo completo en todo el Congreso. Por este
motivo, se puede afirmar que de 1929 hasta antes de las elecciones de 1988, se haya
tenido la hegemonía de un solo partido, y de 1988 hasta antes de las elecciones de 1997,
el predominio de un solo partido.
Con los resultados de las elecciones federales de 2000, la premisa anterior no sólo se
ratificó, sino por primera vez una fuerza política distinta al partido “oficial” alternó en la
Presidencia de la República. El partido del presidente por segunda ocasión no obtuvo la
mayoría absoluta en la Cámara de Diputados, aunque con respecto a la anterior Legislatura
la correlación de fuerzas cambió: el PRI disminuyó su caudal de escaños en un -5.6%
obteniendo 211 diputados; el PAN aumentó en un +17% obteniendo 207, y finalmente, el
PRD disminuyó en –14.6% obteniendo 52 diputados, que representan el 42.2%, el 41.4% y
el 10.4% de los escaños, respectivamente.
Con base en las correlaciones de fuerzas durante la LVII y LVIII Legislaturas de la
Cámara de Diputados, se puede observar lo siguiente:
1º Una constante derivada de los resultados federales de 1997 y 2000 ha sido que el
partido del presidente no ha obtenido la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados.
2º Para conseguir la mayoría absoluta el partido del presidente de la República requería
y requiere de la coalición con otro u otros partidos:
a) Durante la LVII Legislatura con por lo menos uno de los partidos opositores más
grandes (PAN o PRD) o de los dos más pequeños (PT y PVEM), y
b) Durante la LVIII Legislatura con por lo menos uno de los partidos opositores
grandes (PRI o PRD). Cabe señalar, que el porcentaje conjunto de escaños de los
partidos pequeños (6%) es insuficiente para que el partido del presidente pueda
alcanzar la mayoría absoluta.
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En suma, el influjo del sistema electoral mexicano en el tránsito de un sistema de
partido hegemónico a predominante y, de este, a uno multipartidista se ha producido a
partir de que el partido del presidente de la República perdió la mayoría calificada y, luego,
la mayoría absoluta en el seno de la Cámara de Diputados durante las LIV y LVII
Legislaturas como efecto de los resultados de las elecciones para diputados federales en
1988 y 1997, respectivamente. En este tenor, en la Cámara de Senadores como resultado
de las elecciones federales intermedias del 2 de julio de 1997, ninguna de las fuerzas
políticas logró mayoría calificada; y, posteriormente, como efecto de los comicios
electorales federales de 2000, ninguna de los grupos y representaciones parlamentarias
obtuvo la mayoría absoluta. Desde entonces en el Senado de la República se vive también
un multipartidismo.
Esta pérdida de las mayorías calificadas y absolutas se explica con el análisis de Mella
Márquez (1997: 254) de cuatro variables que han incidido en la evolución del sistema
electoral en México: las fórmulas electorales, la magnitud de las circunscripciones, los
umbrales y la volatilidad.
Aunado a estas variables, la participación de los partidos políticos mexicanos en las
elecciones le ha proporcionado un carácter específico al sistema electoral y al propio
régimen político. Para Mella Márquez (1997: 254) los sistemas electorales han influido en la
determinación del sistema de partido en México y a la vez han sido influidos por éste; a
grado tal, que para Berlín Valenzuela (1997: 962) los efectos de esta relación han sido
explicados en términos de leyes sociológicas por autores de la talla de Duverger y Sartori.
Ambos autores coinciden en que el influjo del sistema electoral es determinante en el
número de partidos dentro un sistema político.
En este contexto, con la alternancia del Partido Acción Nacional en la gubernatura de
Baja California en 1989, comenzó la era de los gobiernos divididos, compartidos y
yuxtapuestos en los estados y municipios de nuestra República. Consecuentemente, una
nueva relación entre los poderes públicos en los distintos ordenes de gobierno,
particularmente, entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo; así como, la imperiosa
necesidad de que el partido del gobernador se coaligue con el grupo parlamentario del PRI
para impulsar reformas a leyes secundarias y reglamentarias.
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Al respecto, Víctor Alejandro Espinoza Valle (2000: 9), afirma que con las elecciones
del 2 de julio de 1989, se inauguro “un nuevo periodo en el sistema político mexicano (…), al
permitir que un gobernador que no era del partido oficial ocupara el Poder Ejecutivo en una entidad
de la República”. En este sentido, Álvaro F López Lara (2011: 5), sostiene que “desde que en
1989 el Partido Acción Nacional ganó la gubernatura en el norteño estado de Baja California, se han
sucedido una serie de experiencias de alternancia política locales. Entre 1990 y 2006 la alternancia se
ha verificado en cerca de la mitad de los estados del país: el PAN obtuvo los gobiernos de Guanajuato
(1991-1995), Chihuahua (1992), Jalisco (1995), Nuevo León (1997), Querétaro (1997) y Morelos
(2000, 2006), mientras el PRD gobierna la capital del país (1997, 2000, 2006) y ha conquistado las
gubernaturas de Zacatecas (1998, 2004), Tlaxcala (1998), Baja California Sur (1998) y Michoacán
(2001, 2007).”
Desde que el PRI perdió la presidencia de la República en las elecciones federales de
2000, nos apunta López Lara (2011: 5), que “los gobernadores del PRI asumieron el liderazgo
del partido en sus estados (…) ha(n) conservado el poder en más de la mitad de las gubernaturas
(…).”
Desde 1997 y como consecuencia de las elecciones federales de 2012, se continúa con
un multipartidismo en las cámaras del Congreso de la Unión. Con los comicios electorales
concurrentes de este año se configura una nueva relación entre los poderes,
particularmente, entre el Ejecutivo y el Legislativo estatal; de forma tal, que impacta en las
legislaturas sub nacionales: existen 12 congresos locales con sistemas de partidos
predominantes (Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Chihuahua, Distrito
Federal, Durango, México, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas y Yucatán); 11
multipartidistas (Baja California Sur, Colima, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Michoacán,
Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y Zacatecas) y 9 bipartidistas (Guanajuato,
Jalisco, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Veracruz). Cabe
destacar, que los congresos de los estado de Baja California y San Luis Potosí son los
únicos en la República Mexicana que tienen un gobierno dividido; es decir, donde el partido
del gobernador, respectivamente, del PAN y PRI, no tienen la mayoría absoluta en el
Congreso del Estado sino otro partido (PRI y PAN); además, en 20 congresos locales
ningún partido controlaba por sí solo el 50 por ciento de los asientos en el pleno de su
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recinto legislativo, tales son los casos de Baja California Sur, Chiapas, Colima, Guanajuato,
Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla,
Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, lo que significa
que las fuerzas políticas tienen que establecer acuerdos y consensos para construir
“conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas para promover iniciativas de ley o formular
políticas públicas y, por ende, reformas a la Constitución, a leyes secundarias y
reglamentarias.
Partiendo de este diagnóstico preliminar, se describen de manera sucinta los
antecedentes y correlación de fuerzas políticas, que denotan la integración de las cámaras
del Congreso de la Unión, de los catorce congresos locales y de la Asamblea del Distrito
Federal, que tuvieron comicios electorales concurrentes con las elecciones federales este
1º de julio, a saber: Campeche, Colima, Chiapas, Distrito Federal, Guanajuato, Guerrero,
Jalisco, México, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y
Yucatán, en razón de que constituyen el objeto de nuestro estudio, cuyo propósito es
indagar sobre la construcción de las coaliciones legislativas y las perspectivas del
establecimiento de agendas políticas, de acuerdo con la nueva correlación de fuerzas
políticas y las reglas del juego procedimental signado por el marco jurídico correspondiente.
I.2 COALICIONES LEGISLATIVAS
Las coaliciones legislativas no son exclusivas de un sistema parlamentarismo, sino también
se presentan en un sistema presidencial. Al respecto, Jorge Lanzaro (15) alude “a las
prácticas de compromiso y a las experiencias de coalición, las cuales no son exclusivas del
parlamentarismo y se producen también en los regímenes presidenciales, dando lugar al
‘presidencialismo de coalición’ que tuvo sus manifestaciones en épocas previas y que actualmente
prospera en unos cuantos países de la región.” Muestra de ello, son las coaliciones legislativas
entre los grupos y representaciones parlamentarias de las cámaras de Diputados y
Senadores del Congreso de la Unión en el sistema presidencial mexicano.
Ahora bien, ¿hasta que punto “(…) cuando hay mayorías divididas, es decir, cuando la
mayoría que elige al presidente no es la mayoría que controla al parlamento” en un sistema
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presidencial lleva “inevitablemente al conflicto y al estancamiento”, particularmente, “entre el
presidente y el Congreso”? como lo sostiene Giovanni Sartori (2004:139) ¿Es aplicable este
supuesto al presidencialismo mexicano y, particularmente, a los gobernadores, cuyo grupo
parlamentario no cuenta con la mayoría absoluta en las legislaturas estatales?
Estas cuestiones nos despiertan inquietudes y motivan a analizar las perspectivas de las
coaliciones presidenciales en México; así como, explorar las combinaciones de “conjuntos
ganadores” o coaliciones legislativas en las legislaturas estatales y Asamblea del Distrito
Federal, que tuvieron elecciones concurrentes con los comicios electorales federales de
2012.
En este contexto, el proceso de toma de decisiones de los “jugadores con veto”
(TSEBELIS, Gorge, 2006) puede ser unánime, por mayorías calificada, absoluta o simple.
No obstante, sólo nos referiremos a las decisiones tomadas por los jugadores con veto
colectivo, o sea, de los distintos grupos o representaciones parlamentarias en la
construcción de “conjuntos ganadores” por mayoría calificada y mayoría absoluta,
respectivamente, en los procesos de reformas a la Constitución y ordinario.
I.2.1 COALICIONES LEGISLATIVAS EN LAS CÁMARAS DEL CONGRESO DE LA
UNIÓN
I.2.1.1 MAYORÍAS CALIFICADAS
Para que nuestra Carta Magna pueda ser adicionada o reformada, se requiere que el
Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden
las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los
Estados (art. 135 constitucional). Las dos terceras partes de los legisladores presentes en
ambas cámaras del Congreso de la Unión constituye mayorías calificadas, equivalentes a
333 diputados de un total de 500 y 85 senadores de la República de un total de 128, bajo el
supuesto de que todos asistan a la sesión respectiva.
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I.2.1.1.1 CÁMARA DE DIPUTADOS
Desde que los partidos políticos adquirieron la exclusividad para postular candidatos a los
distintos cargos de representación popular –exclusividad reconocida con la reforma a ley
electoral del 6 de junio de 1946–, hasta antes de las elecciones federales de 1988, el grupo
parlamentario del PRI había mantenido su hegemonía en la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión; es decir, tenía más de las dos terceras partes necesarias para
promover modificaciones a la Constitución. Sin embargo, como resultado de las elecciones
para diputados federales, celebras el 6 de julio de 1988, el sistema de partido hegemónico
transitó a predominante. Ante esta circunstancia, el grupo parlamentario del PRI se vio en
la necesidad de coaligarse con otro u otras grupos parlamentarios para promover
modificaciones a la Carta Magna.
En el periodo de 1988-1991, la Cámara de Diputados tenía la siguiente correlación de
las fuerzas políticas: el grupo parlamentario del PRI contaba con 260 parlamentarios;
seguido del PAN con 101; el PFCRN con 34; el PPS con 32; el PARM con 30; y, el PMS
con 19 de un total de 500 diputados.
En suma, ningún grupo parlamentario tenía las dos terceras; es decir, 334 diputados
para impulsar y promover reformas constitucionales. Consecuentemente, surgió el
fenómeno de la coalición legislativa y la necesidad de construir “conjuntos ganadores”: PRI-
PAN; PRI-PFCRN-PPS-PARM; PRI-PFCRN-PPS-PMS; PRI-PFCN-PARM-PMS; y, PRI-
PPS-PARM-PMS.
No obstante, las cinco anteriores combinaciones, el grupo parlamentario del PRI –
partido al que pertenece el presidente de la República–optó por coaligarse con el grupo
parlamentario del PAN para modificar la Constitución, no sólo por ser la “coalición mínima
ganadora”, sino por cuestiones ideológicas.
Desde el año 1997 hasta nuestros días se ha vivido en la Cámara de Diputados un
multipartidismo, en donde ninguna de las fuerzas políticas ha tenido la mayoría absoluta; es
decir, el 50 por ciento más uno para impulsar, por sí sola, reformas a leyes secundarias y-o
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reglamentarias. La composición de la Sexagésima Primera Legislatura de esta Cámara, así
lo constata, luego de que el Consejo General del IFE acatara el fallo del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación. Consecuentemente, las fuerzas políticas obtuvieron
tanto por la vía mayoría relativa como por representación proporcional los siguientes
escaños: el PAN, 143; el PRI, 237; el PRD, 71; el PT, 13; el PVEM, 21; Convergencia, 6; y,
el PANAL 9.
Para que nuestra Carta Magna pueda ser adicionada o reformada, se requiere que el
Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden
las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los
Estados (art. 135 constitucional). Las dos terceras partes de los legisladores presentes en
ambas cámaras del Congreso de la Unión constituyen mayorías calificadas. En este caso,
equivale a 334 diputados de un total de 500, bajo el supuesto de que todos asistan a la
sesión respectiva. Los "conjuntos ganadores" o “coaliciones legislativas” mínimas
ganadoras en la Cámara de Diputados son cuatro: PRI-PAN; PRI-PRD-PVEM-PT; PRI-
PRD-PVEM-Convergencia; y, PRI-PRD-PVEM-Panal.
Con los resultados que arrojó la elección para diputados federales, el 1º de julio de
2012, las fuerzas políticas obtuvieron para la LXII Legislatura de la Cámara Baja los
siguientes escaños: el PRI, 212; el PAN, 114; el PRD, 104; el PVEM, 29; el PMC 16; el PT,
15; y el PANAL 10. En este tenor, las “coaliciones legislativas” mínimas ganadoras para
una reforma constitucional son cinco: 1) PRI-PAN-PRD; 2) PRI-PAN-PVEM; 3) PRI-PAN-
PMC; 4) PRI-PAN-PT; y, 5) PRI-PAN-PANAL.
I.1.1.2 CÁMARA DE SENADORES
Los resultados de las elecciones federales intermedias del 2 de julio de 1997, provocaron
que ninguna de las fuerzas políticas en la Cámara de Senadores tuviera mayoría calificada;
es decir, 86 senadores de un total de 128 legisladores. En este escenario, el grupo
parlamentario del PRI era el mayoritario con 76 legisladores; seguido del PAN con 31; el
PRD con 15; la representación parlamentaria del PT con 1 y 4 senadores independientes.
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La circunstancia supra señalada, obligó al partido del presidente de la República a
coaligarse con otros grupos parlamentarios para impulsar modificaciones a la Carta Magna,
a partir de dos opciones: coaligarse el PRI con el PAN o con el PRD.
Previo a las elecciones federales de 2012, el Senado de la República durante las LX y
LXI legislaturas (2006-2012) estaba conformado de la siguiente manera: el PAN con 52
legisladores; el PRI, 32; el PRD, 26; el PVEM, 6; el PT, 5; Convergencia, 5, y el Panal, 2
senadores.
Consecuentemente, para que nuestra Carta Magna pueda ser adicionada o reformada,
requiere de la Cámara de Senadores, el voto de las dos terceras partes de los individuos
presentes para que aprueben modificaciones de reformas o adiciones. En este caso,
equivale a 86 senadores de un total de 128, bajo el supuesto de que todos asistan a la
sesión respectiva. Los "conjuntos ganadores" o “coaliciones legislativas” mínimas
ganadoras eran diez: PAN-PRI-Panal; PAN-PRI-Convergencia; PAN-PRI-PT; PAN-PRI-
PVEM; PAN-PRI-PRD; PAN-PRD-PVEM-PT; PAN-PRD-PVEM-Convergencia; PAN-PRD-
PVEM-panal; PAN-PRD-PT-Panal; y, PAN-PRD-Convergencia-Panal.
Como resultado de las elecciones federales de 2012, el multipartidismo se mantiene en
las legislaturas del Senado de la República (LXII y LXIII), aunque la correlación de fuerzas
políticas cambio: El PRI, tiene 54 senadores; el PAN, 38; el PRD, 22; el PVEM, 7; el PT, 5;
y, 2 senadoras no tienen grupo o representación parlamentaria. Circunstancia, que
condiciona entre los grupos y representaciones parlamentarias la necesidad de dialogar,
establecer acuerdos y construir, alguna de dos, coaliciones legislativas para impulsar
reformas constitucionales: 1) PRI-PAN o 2) PRI-PRD-PVEM-PT.
Además de estas combinaciones para aprobar una reforma o adición a la Constitución
Federal, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes en ambas cámaras del
Congreso de la Unión, se requiere que esta sea aprobada por la mayoría de las legislaturas
de los Estados; o sea, 16 congresos locales.
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I.2.1.2 MAYORÍAS ABSOLUTAS
Desde 1997 hasta la fecha, la Cámara de Diputados vive un multipartidismo (tripartidismo),
en donde ninguna de las fuerzas políticas ha tenido la mayoría absoluta; es decir, el 50 por
ciento más uno, para impulsar, por sí sola, reformas a leyes secundarias y-o
reglamentarias. De igual manera, la Cámara de Senadores atraviesa por un multipartidismo
desde el año 2000 hasta nuestros días.
I.2.1.2.1 CAMARA DE DIPUTADOS
Como resultado de las elecciones federales intermedias de 1997, la Cámara de Diputados
quedó integrada de la siguiente manera: el grupo parlamentario del PRI con 239
legisladores; seguido del PRD con 125 parlamentarios; el PAN con 122; el PVEM con 8; y,
el PT con 6 diputados.
Ante este escenario, resurgió el fenómeno de la coalición legislativa para impulsar
reformas a leyes secundarias y-o reglamentarias. En este tenor, para lograr un 50 por
ciento más uno; es decir, 251 diputados –en el supuesto de que todos asistieran y,
consecuentemente, aprobaran las modificaciones anteriores– existieron dos variantes de
coalición legislativa: PRI-PRD o PRI-PAN.
A 15 años de estas elecciones y previas a los comicios electorales federales de 2012,
las reformas y-o adiciones a las leyes secundarias o reglamentarias demandaban la
construcción de decisiones parlamentarias, cuya aprobación debería ser de mayoría
absoluta, es decir, el 50 por ciento más uno; o sea, 251 diputados, si y sólo si, todos
asistían a la sesión correspondiente. En este tenor, podían integrarse siete "conjuntos
ganadores": 1) PRI-PVEM; 2) PRI-PRD; 3) PRI- PAN; 4) PRI-PT-Panal; 5) PRI-PT-
Convergencia; 6) PAN-PRD-PVEM- PT-Convergencia; y, 7) PAN-PRD-PVEM- PT-Panal.
Con la nueva integración de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, las
“coaliciones legislativas” mínimas ganadoras para promover reformas a leyes secundarias y
reglamentarias son ocho: 1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-PVEM-PMC; 4) PRI-PVEM-PT;
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5) PRI-PVEM-PANAL; 6) PAN-PRD-PVEM-PMC; 7) PAN-PRD-PVEM-PT; y, 8) PAN-PRD-
PVEM-PANAL.
I.2.1.2.2 CAMARA DE SENADORES
Desde el año 2000, el Senado de la República vive también un multipartidismo, en donde
ninguna de las fuerzas políticas tiene mayoría absoluta. Durante las pasadas legislaturas
(LX y LXI) el PAN contaba con 52 legisladores; el PRI, 32; el PRD, 26; el PVEM, 6; el PT, 5;
Convergencia, 5, y el Panal, 2 senadores. Ante esta correlación de fuerzas, podían
construirse e integrarse para impulsar reformas a leyes secundarias o reglamentarias ocho
combinaciones: 1) PAN-PRD; 2) PAN-PRI; 3) PAN-PVEM-PT-PANAL; 4) PAN-PVEM-
Convergencia-PANAL; 5) PAN-PVEM-PT-Convergencia; 6) PRI-PRD-PVEM-PANAL; 7)
PRI-PRD-PT-PANAL; y, 8) PRI-PRD-Convergencia-PANAL.
Actualmente, dada la integración de las LXII y LXIII Legislaturas del Senado de la
República (2012-2018), ninguna de las fuerzas políticas tiene una mayoría absoluta: El PRI,
cuenta con 54 senadores; el PAN, 38; el PRD, 22; el PVEM, 7; el PT, 5; y, 2 senadoras no
tienen grupo o representación parlamentaria. Situación que obliga a los grupos y
representaciones parlamentarias a dialogar, establecer acuerdos y construir, por lo menos,
cinco coaliciones legislativas para promover modificaciones a leyes secundarias y
reglamentarias: 1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-PVEM-PT; 4) PAN-PRD-PVEM; y, 5)
PAN-PRD-PT
I.2.2 COALICIONES PARLAMENTARIAS EN LAS LEGISLATURAS ESTATALES Y
ASAMBLEA DEL DISTRITO FEDERAL
Hasta antes de la transición del sistema de partido hegemónico a predominante en la
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, como resultado de las elecciones
federales de 1988, todas las legislaturas estatales contaban con una mayoría calificada. Sin
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embargo, nos apunta Alonso Lujambio (2000: 63), que a partir de 1988, “las cosas empezaron
a cambiar. De nuevo, son claramente distinguibles dos etapas. Una se inició en 1988, año en el que se
rompe la inercia de las, digamos, ‘mayorías calificadas monocolores’ en los congresos locales, y
concluye hacia 1993, cuando ya ‘sólo’ quedaban 23 congresos locales con mayorías calificadas de un
solo partido. La segunda etapa inició en 1994 y desde entonces hemos sido testigos del colapso casi
total del fenómeno de las mayorías calificadas unipartidistas. Hacia mayo de 1999 sólo dos (en
Nayarit y Puebla) de las 32 asambleas legislativas locales cuentan con la mayoría calificada de un
partido, siendo éste el PRI en ambos casos”. Cabe señalar, que el PRI perdió la mayoría
calificada en el congreso local nayarita como resultado de las elecciones de 4 de julio de
1999. En este tenor, en las legislaturas estatales, en donde el partido del gobernador ha
perdido la mayoría calificada surge el fenómeno de la coalición legislativa para impulsar
modificaciones constitucionales, fundamentalmente, cuando los ordenamientos establecen
las dos terceras partes de los legisladores, sea estando presentes en el pleno o de la
totalidad de la composición del congreso local.
Por lo anterior, se analizan los antecedentes y la situación actual de la composición
de las legislaturas de las quince entidades federativas que tuvieron comicios electorales
concurrentes con las elecciones federales el 1º de julio de 2012, particularmente, las
variantes o combinaciones de los “conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas, en virtud
de que constituyen el objeto concreto de estudio.
I.2.2.1 CAMPECHE
En el estado de Campeche se eligieron 11 ayuntamientos y 35 diputaciones (21
uninominales y 14 plurinominales) en un escenario político, en donde no habido alternancia
en el gobierno del Poder Ejecutivo desde que se fundó el Partido Nacional Revolucionario
(PNR) en 1929.
Hasta antes de los resultados de los comicios electorales para elegir gobernador, el 5 de
julio de 2009, el estado de Campeche tenía un sistema de partido predominante en el seno
del congreso local; sin embargo, el sistema de partido predominante transitó a un
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bipartidismo entre el PRI y PAN con 17 y 14 legisladores, respectivamente, de un total de
35. Previo a las elecciones federales de 2012, el PRI tenía una mayoría relativa, lo que
obligaba al grupo parlamentario del partido del gobernador, Fernando Ortega Bernés (2009-
2015), ha construir un “conjunto ganador mínimo” o coaligarse con otras fuerzas políticas
(PRI-PANAL o PRI-PAN) para impulsar reformas o adiciones a leyes secundarias o
reglamentarias y a la Constitución. Esta Ley Fundamental, para ser reformada o
adicionada, demanda las dos terceras partes de los diputados presentes para su
aprobación (art. 103 constitucional), en este caso de la coalición PRI-PAN; además, de la
aprobación de la mayoría de los Ayuntamientos.
A raíz de las elecciones locales concurrentes con las federales, llevadas a cabo el
pasado 1º de julio, el congreso local presenta una nueva fisonomía; de manera tal, que en
la LXI Legislatura (2012-2015), el grupo parlamentario del PRI cuenta con 20 diputados;
seguido del PAN con 9; el PRD y PANAL con 2 cada uno; y el PMC y PT con un legislador
cada uno de un total 35 congresistas. Ante esta nueva correlación fuerzas existen cuatro
combinaciones de “conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas para promover una
reforma constitucional: 1) PRI-PAN; 2) PRI-PANAL-PRD; 3) PRI-PANAL-PMC-PT; o, 4)
PRI-PRD-PMC-PT. En cambio para impulsar modificaciones a leyes secundarias y
reglamentarias, el partido predominante del gobernador (PRI) no requiere coaligarse con
ningún grupo parlamentario para promoverlas.
Considerando los resultados del Censo 2010, el estado de Campeche tiene una
población de 822 mil 001 habitantes. Tomando como referencia el número total de
legisladores y la población estatal cada diputado representa a 23 mil 486 habitantes, que lo
ubica en el último lugar en esta categoría.
I.2.2.2 COLIMA
En el estado de Colima se eligieron 10 ayuntamientos y 25 diputaciones (16 uninominales y
9 plurinominales) en un escenario político, en donde no habido alternancia en el gobierno
del Poder Ejecutivo desde que se fundó el PNR en 1929.
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De igual forma, que el estado de Campeche, hubo elecciones para elegir gobernador, el
5 de julio de 2009. Sin embargo, el sistema de partido predominante en el seno del
congreso local, que prevalecía antes de estos comicios, no cambió; es decir, se mantuvo
con 14 diputados el grupo parlamentario del PRI, seguido del PAN con 7; Panal, 3; y PT
uno de un total de 25. Esta correlación de fuerzas políticas en el Congreso le permitió al
partido del gobernador, por sí sólo, impulsar reformas o adiciones a leyes secundarias o
reglamentarias; no así, para reformar o adicionar la Constitución local, ya que requería
construir coaliciones legislativas (PRI-PANAL o PRI-PAN) para la aprobación de las dos
terceras partes del número total de diputados (art. 130, frac. II de la Constitución de
Colima). En este tenor, la aprobación de 17 legisladores; además, de la aprobación de la
mayoría de los ayuntamientos.
Actualmente, en la LVII Legislatura del Congreso del Estado de Colima, ninguna de las
fuerzas políticas tiene una mayoría absoluta, menos aún calificada, dado que el sistema de
partido predominante transitó a un multipartidismo en el Poder Legislativo: el grupo
parlamentario del PRI conserva una mayoría relativa de 10 diputados; seguido, del PAN
con 8; el PANAL con 3; el PRD con 2; y, el PT y PVEM con un legislador cada uno de un
total de 25 parlamentarios. Ante este escenario político para promover una modificación
constitucional se requiere la aprobación de 17 parlamentarios y, consecuentemente, existen
dos combinaciones de “coaliciones legislativas” mínimas ganadoras: 1) PRI-PAN o 2) PRI-
PANAL-PRD-PT-PVEM. En cambio, para promover modificaciones a leyes o reglamentos
en el proceso ordinario se requiere la mayoría absoluta (el 50 % más uno); es decir, la
aprobación de 14 legisladores y, por tanto, existen siete “coaliciones legislativas” posibles:
1) PRI-PAN; 2) PRI-PANAL-PT; 3) PRI-PANAL-PVEM; 4) PRI-PANAL-PRD; 5) PRI-PRD-
PT-PVEM; 6) PAN-PRD-PANAL-PT; o, 7) PAN-PRD-PANAL-PVEM.
Considerando los resultados del Censo 2010, el estado de Colima tiene una población
de 650 mil 129 habitantes. Tomando como referencia el número total de legisladores y la
población estatal cada diputado representa a 26 mil 005 habitantes, que lo ubica en el lugar
31 en esta categoría en relación con las demás entidades.
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I.2.2.3 CHIAPAS
En el estado de Chiapas hubo comicios electorales locales concurrentes con las federales
de 2012 para elegir un gobernador, 118 ayuntamientos y 40 diputaciones (24 uninominales
y 16 plurinominales), caracterizado como una de las entidades con mayor número de
gobernadores interinos –15 interinatos comprendidos dentro de un periodo de 80 años–
durante las administraciones priistas y por la alternancia del PRD desde el año 2000 en el
Poder Ejecutivo con Pablo Salazar Mendicuchía (2000-2006) y la continuidad en el
gobierno de Juan Sabines Guerrero (2006-2012). Ambos postulados por este Partido.
Previo a las elecciones locales coincidentes con los comicios electorales federales de
2012 y a la alternancia del titular del Poder Ejecutivo estatal de la coalición electoral PRI-
PVEM-PANAL, Manuel Velasco; el multipartidismo prevalecía en la legislatura estatal con
una mayoría relativa del grupo parlamentario del PRI, 12 escaños; seguido del PAN y
PVEM con 9 cada uno; el PRD con 4; el PT con 3; el PANAL con 2 y PMC con una curul de
un total 40 diputaciones que integraban el Congreso. Con esta correlación de fuerzas, el
partido del gobernador Juan Sabines Guerrero, al no tener la mayoría absoluta ni calificada
en el Pleno del Congreso para impulsar reformas a leyes secundarias o reglamentarias y
modificaciones a la Constitución, tuvo que coaligarse con otras fuerzas políticas y,
consecuentemente, formular las políticas públicas consensualmente. Cabe apuntar, que
para adiciones y reformas a Constitución chiapaneca, “se requiere que el congreso, con la
aprobación de la mayoría de los diputados presentes admitan a discusión el proyecto” (art.83, frac. I
de la Constitución del Estado de Chiapas); es decir, no establece una mayoría calificada.
Ante este escenario, tanto para modificaciones constitucionales como reformas a leyes
secundarias o reglamentarias había al menos seis variantes de coaliciones legislativas: 1)
PRI-PVEM; 2) PRI-PAN; 3) PVEM-PAN-PT; 4) PVEM-PAN-PRD; 5) PRI-PRD-PT-PANAL;
o, 6) PVEM-PAN-PANAL-PMC.
En la LXV legislatura (2012-2015), prevalece el multipartidismo, a grado tal, que ninguna
de las fuerzas políticas tiene mayorías calificadas y absolutas: el grupo parlamentario del
PRI cuenta con una mayoría relativa con 16 legisladores; seguido del PVEM con 13; PAN
con 4; PRD y PMC con 2 cada uno; el PT con un parlamentario; y, tres correspondientes al
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Apuntes Legislativos No. 65
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“Partido Orgullosamente Chiapas” (POCH) de un total de 41 diputados. Con esta
correlación de fuerzas y procedimiento legislativo para modificaciones constitucionales y
reformas a leyes secundarias o reglamentarias existen por lo menos diez variantes de
coaliciones legislativas: 1) PRI-PVEM; 2) PRI-PAN-PT; 3) PRI-PAN-PRD; 4) PRI-PAN-
PMC; 5) PRI-PAN-POCH; 6) PVEM-PAN-PRD-PMC; 7) PVEM-PAN-POCH-PT; 8) PVEM-
PAN-PCH-PRD; 9) PVEM-PAN-POCH-PMC; o 10) PVEM-POCH-PRD-PMC-PT.
Según los resultados del Censo 2010, el estado de Chiapas tiene una población de 4
millones 793 mil 406 habitantes. Tomando como referencia el número total de legisladores
y la población estatal cada diputado representa a 119 mil 835 habitantes, que lo ubica en el
lugar 8 en esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.4 GUANAJUATO
En el estado de Guanajuato se eligió al gobernador, 46 ayuntamientos y 36 diputaciones
(22 uninominales y 14 plurinominales) en un escenario en donde el PAN gobierna por más
de dos décadas a la sociedad guanajuatense.
La Constitución Política de Guanajuato, publicada en el Periódico Oficial No 26 de 28 de
marzo de 1976, establecía para ser adicionada o reformada “el voto de las dos terceras partes
de la totalidad de los Diputados y, además, que sean aprobadas por la mayoría de los Ayuntamientos”
(art. 145). En este contexto y como consecuencia de la competencia en las elecciones
locales de 1988, el sistema de partido transitó de hegemónico a predominante; a grado tal,
que el partido del gobernador en el Congreso del Estado no tuvo una mayoría calificada
para impulsar modificaciones a la Ley Fundamental. Posteriormente, ante los polémicos
resultados derivados de los comicios electorales celebrados el 14 de agosto de 1991, se
nombró a un gobernador interino (Carlos Medina Plascencia), lo que generó un gobierno
dividido; es decir, en donde la mayoría absoluta (50% más 1) del Congreso la tuvo el grupo
parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI); e incluso, esta fuerza política
distinta a la del gobernador tenía la mayoría calificada debido a que el sistema de partido
pasó de predominante a hegemónico, circunstancia que prevaleció de 1991 a 1997,
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comprendiendo las administraciones del gobierno interino de Carlos Medina Plascencia y
parte del gobierno constitucional de Vicente Fox. En este tiempo, se promovió una reforma
al artículo 143 constitucional, publicada en el Periódico Oficial, el 15 de noviembre de 1994,
cuya normatividad vigente establece que las adiciones o reformas constitucionales sean
aprobadas “por el voto de cuando menos el setenta por ciento de sus miembros y, además, sean
aprobadas por la mayoría de los Ayuntamientos”.
La competencia en las elecciones locales de 1997, propiciaron que el sistema de partido
hegemónico transitara a multipartidismo, generando que el partido del gobernador en el
Congreso del Estado no tuviera una mayoría absoluta durante el trienio de 1997 a 2000 y,
por ende, no pudiera impulsar, por sí solo, reformas a leyes secundarias y reglamentarias.
Consecuentemente, el Partido Acción Nacional (PAN) se coaligó con otras fuerzas políticas
para legislar, lo que replanteó una nueva relación entre los poderes. No obstante, como
resultado de las elecciones llevadas a cabo en el año 2000, el multipartidismo pasó a un
sistema predominante, que se refleja en la composición de la LXI Legislatura del Congreso
local: Al final de esta Legislatura una diputada del PAN se escindió y convirtió en
independiente, pasando este grupo parlamentario de 22 a 21 legisladores; seguido por el
PRI con 8; el PVEM con 3; el PRD, PANAL y PMC con uno cada uno; además, de una
diputada independiente, lo cual denota, que el partido del gobernador tenía siete
combinaciones para aprobar una reforma constitucional, a través de la siguiente integración
de coaliciones legislativas: 1) PAN-PRI; 2) PAN-PVEM-PRD-PANAL; 3) PAN-PVEM-
PANAL-PMC; 4) PAN-PVEM-PANAL-PMC; 5) PAN-PVEM-PRD-Independiente; 6) PAN-
PVEM-PANAL-Independiente; o, 7) PAN-PVEM-PMC-Independiente).
Desde el año 1991 hasta la fecha, el PAN ha gobernado el estado de Guanajuato:
primero, con el gobernador interino, Carlos Medina Plascencia (1991-1997); seguido del
gobernador constitucional, Vicente Fox Quesada (1997-1999); el gobernador sustituto,
Ramón Martín Huerta (1999-2000); el gobernador constitucional, Juan Carlos Romero
Hicks (2000-2006); el gobernador sustituto, Héctor German Rene López Santillana (2011-
2012); y, actualmente, con el gobernador constitucional Miguel Márquez Márquez (2012-
2018) de la coalición PAN-PANAL, quien regirá el destino de una población que se estima
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en 5 millones 485 mil 971 habitantes, según el último Censo del Instituto Nacional de
Estadística Geografía Informática.
Ahora bien, tomando como referencia el número total de legisladores y la población
estatal cada diputado representa a 152 mil 388 habitantes, que lo ubica en el lugar 4 en
esta categoría en relación con las demás entidades.
Como consecuencias de los resultados de las elecciones para diputados locales,
llevadas a cabo el 1º de julio pasado, el PAN ganó 18 y el PRI 4 de 22 distritos electorales
uninominales. Posteriormente, el 23 de septiembre, con el falló de la sala regional
Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a favor del
Partido de la Revolución Democrática (PRD), en la impugnación que presentó contra la
diputación plurinominal otorgada al panista Humberto Andrade Quezada, por considerar
que había sobre representación del PAN en el Congreso Local, la correlación fuerzas
cambió: en la LXII Legislatura (2012-2015), ninguna de las fuerzas políticas tiene mayorías
calificadas y absolutas; de manera que, el grupo parlamentario del PAN cuenta con 18
legisladores, es decir, una mayoría relativa; seguido del PRI con 11; el PRD y PVEM con 3
diputados cada uno; y un legislador del PANAL de un total de 36 parlamentarios. Ante este
escenario y considerando, que para promover modificaciones constitucionales “es
indispensable que el Congreso las apruebe por el voto de cuando menos el setenta por ciento de sus
miembros y, además, que sean aprobadas por la mayoría de los Ayuntamientos” (art. 143
constitucional); o sea, la aprobación 26 diputados, existe solo una coalición legislativa:
PAN-PRI. En cambio, para una reforma a una ley secundaria o reglamentaria, que
demanda la mayoría absoluta, existen cuatro combinaciones: 1) PAN-PANAL; 2) PAN-PRD;
3) PAN-PVEM; o, 4) PAN-PRI.
I.2.2.5 GUERRERO
En el estado de Guerrero se eligieron 81 ayuntamientos y 46 diputaciones (28 uninominales
y 18 plurinominales).
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La primera ocasión que se dio la alternancia en el Poder Ejecutivo del estado de
Guerrero fue con el PRD, quien postuló a Zeferino Torreblanca (2005-2011) y, por segunda
ocasión, a Ángel Heladio Aguirre Rivero (2011-2017). Cabe recordar, que como resultado
de las elecciones para gobernador, llevadas a cabo el 30 de enero de 2011, el PRD
mantuvo la gubernatura al nominar como candidato de la coalición Guerrero nos Une (PRD,
PT y Convergencia) a Ángel Heladio Aguirre Rivero. Sin embargo, el partido del gobernador
ha tenido que coaligarse con otras fuerzas políticas para construir mayorías absolutas e
impulsar reformas a la constitución estatal, leyes secundarias y reglamentarias, en razón de
que prevalece un sistema multipartidista, en donde el grupo parlamentario del PRD contaba
con 20 legisladores, seguido del PRI con 12, el PAN con 3; el PEEM con 2; el PT y PANAL
1 cada uno; y, 4 independientes de un total de 46 congresistas.
Hasta antes de las elecciones coincidentes con las federales de 2012, los conjuntos
mínimos ganadores para construir coaliciones legislativas eran dos: 1) PRD-PRI o 2) PRD-
4 independientes.
Cabe destacar, que las fuerzas políticas contrarias al partido del gobernador podían
unirse e integrar la coalición legislativa de PRI-PAN-PMC-PVEM-PT-PANAL y cuatro
legisladores Independientes para promover y aprobar modificaciones a la constitución a
leyes secundarias y reglamentarias. Aunque, conviene advertir, que constitucionalmente, el
gobernador tiene facultad de veto. De forma tal, que “si el Jefe del Ejecutivo veta las reformas o
adiciones éstas no podrán ser discutidas nuevamente hasta el siguiente periodo de sesiones del
Congreso.
“Si el Congreso insistiere en sostener sus reformas adicionales, éstas no volverán a discutirse sino
hasta la siguiente Legislatura; y en caso de que ésta las aprobara de nueva cuenta, el Gobernador las
promulgará sin ningún otro trámite.” (art. 125, frac.III de la Constitución estatal).
A la fecha, ninguna de las fuerzas políticas tiene mayorías calificadas y absolutas en el
congreso local: el grupo parlamentario del PRD cuenta con una mayoría relativa con 20
legisladores; seguido del PRI con 13; el PMC con 5; el PAN y PVEM con 3 cada uno; y, el
PT y PANAL con un diputado cada uno de un total de 46 congresistas.
Considerando la actual composición de la LX Legislatura (2012-2015) y que se requiere
la mayoría de los Diputados presentes para que la Constitución pueda ser reformada o
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adicionada; así como, la mayoría de la totalidad de los Ayuntamientos (art. 125, fracs., II y
III de la Constitución guerrerense), los “conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas
mínimas ganadoras para promover reformas constitucionales, a leyes secundarias o
reglamentarias son siete: 1) PRD-PMC; 2) PRD-PAN-PT; 3) PRD-PAN-PANAL; 4) PRD-
PVEM-PT; 5) PRD-PVEM-PANAL; 6) PRD-PRI; o, 7) PRI-PMC-PAN-PVEM.
Por otra parte, y considerando que la población del estado de Guerrero se estima en 3
millones 386 mil 706 habitantes derivada del último Censo, cada legislador representan
alrededor de 73 mil 624 habitantes, ubicando al congreso local en el lugar número 19
después de la legislatura de Yucatán y antes del Congreso de Querétaro en términos de la
representación legislativa por población estatal.
I.2.2.6 JALISCO
En el estado de Jalisco se renovó el Poder Ejecutivo estatal; 125 ayuntamientos y 39
parlamentarios (20 uninominales y 19 plurinominales).
La primera ocasión que se dio la alternancia en el Poder Ejecutivo en el estado de
Jalisco fue hace 17 años con el PAN, quien postuló a Alberto Cárdenas Jiménez (1995-
2001). A partir de entonces y hasta antes de las elecciones concurrentes de 2012, el
“blanquiazul” había mantenido la gubernatura con Francisco Ramirez Acuña (2001-2007) y,
posteriormente, con Gerardo Octavio Solís Gómez (2006-2007) como gobernador interino.
Hasta antes de los comicios electorales locales concurrentes con las elecciones
federales de 2012, de la alternancia y retorno del PRI a la gubernatura con Jorge
Aristóteles Sandoval Díaz, postulado por la coalición PRI-PVEM, Emilio González Márquez
(2007-2013) gobernó la entidad en un escenario político donde prevalecía un bipartidismo
en el Congreso local entre PRI y PAN con 18 y 17 diputados, respectivamente. En este
tenor, tanto el grupo parlamentario del PRI como del PAN, para impulsar reformas a leyes
secundarias o reglamentarias tenían que construir conjuntos ganadores con las fracciones
parlamentarias del PRD y el PVEM, en virtud de ambas fracciones tenían dos legisladores
cada uno y para este propósito se requería de una mayoría absoluta (el 50 por ciento más
Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias
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uno); es decir, 21 legisladores. No obstante, para promover reformas constitucionales se
tenía que consensuar con la fuerza política del PRI, en razón de que el porcentaje mínimo
requerido para una votación de esta naturaleza son las dos terceras partes del número total
que integran la Legislatura; es decir, demandaba 26 votos de un total de 39, más la
mayoría de los Ayuntamientos (art. 117 constitucional)
Actualmente, existe un bipartidismo en el congreso local: el grupo parlamentario del PRI
cuenta con una mayoría relativa con 17 legisladores; seguido del PAN con 14; el PMC con
5; el PRD con 2; y, el PVEM con un parlamentario de un total de 39 congresistas. Ante esta
correlación de fuerzas políticas, la coalición mínima ganadora para impulsar reformas
constitucionales es PRI-PAN y para promover reformas a leyes secundarias o
reglamentarias los “conjuntos ganadores” son tres: 1) PRI-PMC; 2) PRI-PAN; o, 3) PAN-
PMC-PRD.
Tomando como referencia el número total de legisladores y la población estatal, que se
estima en 7 millones 350 mil 355 habitantes, de acuerdo con el último Censo, cada
diputado jalisciense representa a 188 mil 471 habitantes, que lo ubica en la posición 2 en
esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.7 MÉXICO
En el estado de México se eligieron 125 ayuntamientos y 75 diputaciones (45 uninominales
y 30 plurinominales) en un escenario político, en donde no habido alternancia en el
gobierno del Poder Ejecutivo desde que se fundó el PNR en 1929.
Como consecuencia de las elecciones celebradas el 5 de julio de 2009, el Congreso del
Estado de México pasó de un multipartidismo a uno predominante, en donde el partido del
gobernador (PRI) tenía 39 diputados de un total de 75. Con poco más de la mayoría
absoluta, el grupo parlamentario del PRI había podido, por sí sólo, promover reformas o
adiciones a leyes secundarias o reglamentarias. En cuanto a la aprobación de reformas o
adiciones a la Constitución local había tenido que construir coaliciones legislativas con
otras fuerzas políticas (PRI-PAN; PRI-PRD-PT; PRI-PRD-PVEM; PRI-PRD-PMC; y PRI-
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PRD-PANAL) para lograr las dos terceras partes de los diputados que integren el
Congreso, es decir, 50 parlamentarios; además, de la mitad más uno de los Ayuntamientos,
de conformidad con el artículo 148 constitucional mexiquense.
Posteriormente, como resultado de los comicios electorales del 3 de julio de 2011, el
PRI mantuvo la gubernatura: Enrique Peña Nieto pasó la estafeta a Eruviel Ávila Villegas.
Teniendo como base el número de habitantes por entidad federativa – de acuerdo con
los resultados del Censo 2010– y la composición actual de las legislaturas estatales, se
aprecia que el Estado de México seguido de Jalisco, Veracruz, Guanajuato, Puebla y el
Distrito Federal son las entidades federativas, cuyos legisladores tienen una mayor
representación numérica de la población. En contraste, los estados de Campeche, Colima,
Baja California, Nayarit y Tlaxcala tienen una menor representación de la población. Para
muestra basta un botón: Un legislador del Congreso del Estado de México representa a 202
mil 324 habitantes debido a que la población mexiquense es de 15 millones 174 mil 272 y
que el número de diputados locales es de 75. En contraste, un diputado del Congreso
estatal de Campeche representa a 23 mil 486 habitantes, dado que la población es de 822
mil 001 habitantes y el número de parlamentarios locales es de 35.
En suma, el Estado de México fue poblacionalmente y geopolíticamente estratégico para
las elecciones del 1º de julio de 2012.
A la fecha, el sistema de partido predominante se mantiene en el congreso mexiquense:
el grupo parlamentario del PRI cuenta 39 legisladores; seguido del PRD con 12; PAN con
11; PANAL con 5; PVEM con 4; y, PT y PMC con 2 legisladores cada uno de un total de 75
congresistas.
En este contexto, el grupo parlamentario del PRI no requiere coaligarse con ninguna
fuerza política porque posee la mayoría absoluta para impulsar modificaciones en el
proceso ordinario. En cambio, para aprobar reformas constitucionales es imprescindible
que construya al menos tres coaliciones legislativas mínimas ganadoras: 1) PRI-PAN; 2)
PRI-PANAL-PVEM-PT; o 3) PRI-PANAL-PVEM-PMC.
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I.2.2.8 MORELOS
En el estado de Morelos se eligió al gobernador; así como 33 ayuntamientos y 30
diputaciones (18 uninominales y 12 plurinominales).
La primera ocasión que se dio la alternancia en el Poder Ejecutivo en el estado de
Morelos fue en el año 2000 con el PAN, quien postuló a Sergio Alberto Estrada Cajigal
Ramírez (2000-2006). A partir de entonces y hasta el año 2012, el “blanquiazul” mantuvo la
gubernatura con Marco Adame Castillo (2006-2012), en razón de que derivado de las
elecciones locales concurrentes con las federales de 2012, se dio una alternancia de la
alternancia del Poder Ejecutivo estatal, al ganar la gubernatura Graco Ramírez Garrido de
la coalición PRD-PT-Movimiento Ciudadano.
Como resultado de las elecciones locales intermedias celebradas el 5 de julio de 2009,
el Congreso del Estado de Morelos transitó de un sistema bipartidista a uno predominante
con gobierno dividido. De forma tal, que el grupo parlamentario del PRI tenía 16
legisladores; seguido del PAN con 5, el PRD con 3, el PVE con 2 y las representaciones del
PMC, PANAL, PT uno legislador cada uno, más diputados independiente de un total de 30.
Consecuentemente, el PAN –partido al que pertenecía el gobernador Marco Adame
Castillo–había tenido que establecer acuerdos y consensos con el grupo parlamentario del
PRI, a fin de promover reformas a leyes secundarias y-o reglamentarias y a la Constitución
del Estado. Para lograr estas modificaciones constitucionales requería la votación
aprobatoria de las dos terceras partes del número total de diputados; o sea, de 20
congresistas, además de la mayoría de los ayuntamientos, de acuerdo con el artículo 147
de la Constitución morelense.
En la LII Legislatura (2012-2015) del Congreso del Estado de Morelos, se vive un
multipartidismo; de manera tal, que ninguna de las fuerzas políticas tiene mayorías
calificadas y absolutas: los grupos parlamentarios del PRD y PRI cuentan 8 legisladores
cada uno; seguidos del PAN con 4; PT y PVEM, 3 cada uno; PMC 2; y, PANAL y la
representación del Partido Social Demócrata (PSD), uno cada una de un total de 30
parlamentarios. Consecuentemente, las coaliciones mínimas ganadoras para aprobar
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reformas a la Constitución local son cinco: 1) PRD-PRI-PAN; 2) PRD-PRI-PT-PANAL; 3)
PRD-PRI-PT-PSD (Partido Social Demócrata); 4) PRD-PRI- PT y PVEM; o 5) PRD-PRI-
PMC-PANAL-PSD. En cambio, para aprobar leyes secundarias o reglamentarias existen al
menos once combinaciones de coaliciones legislativas: 1) PRD-PRI; 2) PRD-PAN-PT-
PANAL; 3) PRD-PAN-PT-PSD; 4) PRD-PAN-PVEM-PANAL; 5) PRD-PAN-PVEM-PSD; 6)
PRD-PT-PMC-PVEM; 7) PRI-PAN-PT-PANAL; 8) PRI-PAN-PT-PSD; 9) PRI-PAN-PVEM-
PANAL; 10) PRI-PAN-PVEM-PSD; o, 11) PRI-PT-PMC-PVEM.
Según los resultados del Censo 2010, el estado de Morelos tiene una población de 1
millón 776 mil 727 habitantes. Tomando como referencia el número total de legisladores y
la población estatal, cada diputado representa a 59 mil 224 habitantes, que lo ubica en el
lugar 23 en esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.9 NUEVO LEÓN
En el estado de Nuevo León se eligieron 51 ayuntamientos y 42 diputaciones (26
uninominales y 16 plurinominales) en un contexto en donde el PRI ha gobernado,
consecutivamente, durante dos sexenios después de la alternancia del PAN.
Hasta antes de las elecciones de 1997, el PRI había mantenido el poder gubernamental
desde que se fundó el PNR. Sin embargo, a raíz de los comicios electorales en ese año, el
PAN ganó la gubernatura con Fernando Canales Clariond (1997-2003). Más adelante, la
titularidad del Poder Ejecutivo fue asumida por Fernando Elizondo Barragán del PAN en el
2003. En este mismo año, el PRI reconquistó la gubernatura con José Natividad González
Parás (2003-2009) y la mantiene con Rodrigo Medina de la Cruz (2009-2015).
Con las elecciones celebradas el 5 de julio de 2009, el sistema de partido predominante
pasó a un bipartidismo entre PRI y PAN con 20 y 17 parlamentarios, respectivamente,
PANAL con 2 legisladores, PT, PRD y PVEM con 1 cada uno, que conjuntamente suman
un total de 42 congresistas. Consecuentemente, el grupo parlamentario del PRI para
impulsar reformas o adiciones a leyes secundarias o reglamentarias tuvo que construir al
menos cuatro “conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas, a saber: 1) PRI-PANAL; 2)
PRI-PAN; 3) PRI-PT-PRD; 4) PRI-PT-PVEM; o, 4) PRI-PRD-PVE. Aunque los grupos y
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representaciones parlamentarias de oposición también pudieron construir una coalición
legislativa (PAN-PANAL-PT-PRD-PVEM) para este propósito. Respecto, a la modificación
constitucional el partido del gobernador (PRI) tuvo que negociar necesariamente con el
PAN, ya que la Constitución local para ser reformada o adicionada demanda para su
aprobación las dos terceras partes, cuando menos de los diputados que integran la
legislatura (art. 150 constitucional), es decir, 28 legisladores. Cabe, señalar, que para esta
aprobación no hay disposición constitucional de los Ayuntamientos.
Actualmente, existe un bipartidismo en el congreso local: el grupo parlamentario del
PAN cuenta con 20 diputados; seguido del PRI con 15; PANAL con 3; PT con 2; y, PRD y
otras representaciones con legislador cada uno de un total de 42 congresistas. Ante esta
correlación de fuerzas para promover y aprobar reformas constitucionales se requiere
construir una coalición legislativa: PAN-PRI. En cambio, para promover y aprobar reformas
a leyes secundarias y reglamentarias se requieren la construcción de al menos seis
coaliciones legislativas: 1) PAN-PRD; 2) PAN-otra representación; 3) PAN-PT; 4) PAN-
PANAL; 5) PRI-PANAL-PT-PRD; o, 6) PRI-PANAL-PT-otra representación.
De acuerdo con los resultados del Censo 2010, el estado de Nuevo León tiene una
población de 4 millones 643 mil 321 habitantes. Tomando como referencia el número total
de legisladores y la población estatal, cada diputado representa a 110 mil 555 habitantes,
que lo ubica en el lugar 9 en esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.10 QUERÉTARO
En el estado de Querétaro se eligieron 18 ayuntamientos y 25 diputaciones (15
uninominales y 10 plurinominales) en un contexto en donde el PRI, en el año 2009,
recuperó la gubernatura con José Eduardo Calzada Rovirosa (2009-2015), luego de la
alternancia del PAN con Ignacio Loyola (1997-2003) y la ratificación del “blanquiazul” en la
gubernatura con Francisco Garrido Patrón (2003-2009).
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Como resultado de las elecciones celebradas el 5 de julio de 2009, en el Congreso de
Querétaro, el sistema de partido predominante pasó a un bipartidismo entre el PRI y PAN
con 9 y 10 congresistas, respectivamente, de un total de 25.
Hasta antes de las elecciones locales concurrentes con las federales de 2012, el PRI
tenía 10 legisladores; es decir, uno más debido al “trasfuguismo” del diputado del PRD; así
mismo, la fracción parlamentaria del PANAL contaba con 3 congresistas y tanto el PMC
como el PVEM tenían un parlamentario cada uno.
Cabe destacar, que en este estado de Querétaro no hubo alternancia en el gobierno de
PAN a PRI. No obstante, el partido del gobernador José Eduardo Calzada Rovirosa (2009-
2015) tuvo que construir coaliciones legislativas para lograr reformas o adiciones a leyes
secundarias o reglamentarias (PRI-PAN o PRI-PANAL), aunque el grupo parlamentario del
PAN pudo coaligarse con el PANAL para este efecto.
La reforma o adición a la Constitución local exige para su aprobación las dos terceras
partes del número total de los integrantes de la legislatura, o sea, 17 diputados; además, de
las dos terceras partes de los Ayuntamientos (art. 39 constitucional). En tenor, la única
coalición legislativa que podía construirse para la modificación constitucional era PRI-PAN
durante esta Legislatura que feneció.
Derivada de los resultados electorales del 1º de julio de este año, el Congreso del
Estado de Querétaro presenta la correlación de fuerzas siguiente: el PAN cuenta con 10
legisladores; seguido del PRI con 9; PANAL, 3; el PRD, PMC y PVEM cuentan con un
parlamentario cada uno de un total de 25 congresistas. En este tenor, para aprobar una
modificación constitucional es imprescindible una coalición legislativa: PAN-PRI. En
cambio, para las reformas a leyes secundarias y reglamentarias existen siete coaliciones
legislativas: 1) PAN-PRI; 2) PAN-PANAL-PRD; 3) PAN-PANAL-PMC; 4) PAN-PANAL-
PVEM; 5) PRI-PANAL-PRD-PMC; 6) PRI-PANAL-PRD-PVEM; o, 7) PRI-PANAL-PVEM-
PMC.
De acuerdo con los resultados del Censo 2010, el estado de Querétaro tiene una
población de 1 millón 827 mil 985 habitantes. Con esta base y considerando el número total
de legisladores y la población estatal, cada diputado representa a 73 mil 119 habitantes,
que lo ubica en el lugar 20 en esta categoría en relación con las demás entidades.
Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias
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Apuntes Legislativos No. 65
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I.2.2.11 SAN LUIS POTOSÍ
En el estado de San Luis Potosí se eligieron 58 ayuntamientos y 27 diputaciones (15
uninominales y 12 plurinominales).
Como resultado de las elecciones de 2009, el sistema de partido predominante transitó
a un multipartidismo en el Congreso de San Luis Potosí; de forma tal, que el grupo
parlamentario del PAN contaba con 10 diputados; PRI, 8; Panal, 4; PVEM, 2; PRD, PT y el
Partido Conciencia Popular (PCP) con un diputado cada uno de un total de 27. Durante
esta Legislatura, el grupo parlamentario del PRI logró contar con 9 legisladores como
consecuencia del “transfuguismo político” del PVEM.
Razonablemente, el PRI que alternó en el Poder Ejecutivo del Estado había tenido que
establecer acuerdos y consensos con las distintas fuerzas políticas para impulsar reformas
o adiciones a leyes secundarias o reglamentarias (PRI-PAN; PRI-PANAL-PRD-PT; PRI-
PANAL-PT-PVEM; PRI-PANAL-PVEM-PCP; PRI-PANAL-PRD-PCP; o, PRI-PANAL-PRD-
PVEM); aunque, también para este propósito el grupo parlamentario del PAN podía
construir coaliciones legislativas (PAN-PANAL-PRD; PAN-PANAL-PT; PAN-PANAL-PVEM,
o, PAN-PANAL-PCP). Asimismo, para aprobar modificaciones a la Constitución, que
demandan las dos terceras partes del número total de diputados (art. 138 constitucional);
es decir, 18 congresistas, el partido del gobernador sólo pudo lograrlo coaligándose con el
grupo parlamentario del PAN; además, con la aprobación de las tres cuartas partes de los
Ayuntamientos del estado de San Luis Potosí.
Actualmente, en el estado de San Luis Potosí existe un gobierno dividido, que se refleja
en la relación entre los poderes públicos, particularmente, entre el Ejecutivo y Legislativo.
Muestra de ello, es que a pesar de que gobierna el PRI el estado de San Luis Potosí, esta
fuerza no tiene el predominio en el congreso estatal, sino lo tiene el PAN con 15 diputados;
seguido del PRI con 5; PRD con 3; PT con 2; y, PVEM y PCP (Partido Conciencia Popular)
con un legislador de un total de 27 congresistas. Ante este escenario el PAN con mayoría
absoluta en el Congreso local, por sí sólo, puede promover y aprobar reformas a leyes
secundarias y reglamentarias. En cambio, para modificar la constitucional las coaliciones
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legislativas mínimas ganadoras son cuatro: 1) PAN-PRD; 2) PAN-PRI; 3) PAN-PT-PVEM;
o, 4) PAN-PT-PCP.
De acuerdo con los resultados del Censo 2010, el estado de San Luis Potosí tiene una
población de 2 millones 585 mil 942 habitantes. Con esta base y considerando el número
total de legisladores y la población estatal, cada diputado representa a 95 mil 776
habitantes, que lo ubica en el lugar 13 en esta categoría en relación con las demás
entidades.
I.2.2.12 SONORA
En el estado de Sonora se eligieron 72 ayuntamientos y 33 diputaciones (21 uninominales y
12 plurinominales).
Después de los resultados de las elecciones del 5 de julio de 2009, el sistema de partido
predominante transitó a un bipartidismo entre el PRI y el PAN con 12 y 14 diputados,
respectivamente, el PANAL tenía 3 y las fuerzas políticas del PRD y PVEM dos
congresistas cada una de un total de 33 legisladores en el Congreso de Sonora. Cabe
destacar, que en esta entidad federativa hubo alternancia en el gobierno y el Poder
Ejecutivo transitó de PRI a PAN. El partido del gobernador (PAN) tuvo que construir
coaliciones legislativas con otras fuerzas políticas para promover y aprobar modificaciones
a leyes secundarias o reglamentarias (PAN-PRI; PAN-PANAL-PRD; PAN-PANAL-PVEM;
PAN-PRD-PVEM); aunque también una coalición legislativa opositora (PRI-PANAL-PRD-
PVEM) pudo construirse para este efecto.
Ahora bien, para aprobar modificaciones constitucionales existió solo un conjunto
ganador (PAN-PRI), ya que la Constitución estatal demanda el voto aprobatorio de las dos
terceras partes de los miembros (art. 163 constitucional), es decir, 22 congresistas; además
de la mayoría del número total de los Ayuntamientos.
Actualmente, en el congreso local subsiste el bipartidismo: el PAN cuenta con una
mayoría relativa de 14 diputados; seguido del PRI con 12; PVEM con 3; y, PRD y PANAL
con dos legisladores cada uno de un total de 33 parlamentarios. Ante esta correlación de
fuerzas para promover reformas constitucionales se requiere la aprobación de 22
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legisladores y, por ende, la conformación de un “conjunto ganador” o coalición legislativa:
PAN-PRI. En cambio, para impulsar reformas a leyes secundarias se pueden integrar cinco
coaliciones legislativas: 1) PAN-PRI; 2) PAN- PVEM-PRD; 3) PAN-PVEM-PANAL; 4) PAN-
PRD-PANAL; o, 5) PRI-PVEM-PANAL-PRD.
De acuerdo con los resultados del Censo 2010, el estado de Sonora tiene una población
de 2 millones 662 mil 432 habitantes. Con esta base y considerando el número total de
legisladores y la población estatal, cada diputado representa a 80 mil 680 habitantes, que lo
ubica en el lugar 17 en esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.13 TABASCO
En el estado de Tabasco se eligió un gobernador, 35 legisladores (21 uninominales y 14
plurinominales) y 17 Ayuntamientos en un escenario político, en donde no habido
alternancia en el gobierno del Poder Ejecutivo desde que se fundó el PNR en 1929.
Previo a las elecciones locales coincidentes con los comicios federales de 2012 y hasta
antes de la alternancia del Gobernador Arturo Nuñez, el grupo parlamentario del PRI
mantuvo la mayoría absoluta en el Congreso del estado de Tabasco, al tener 19
legisladores, seguido del PRD con 10, el PAN con 3, las representaciones del PVEM y
PANAL con 1 cada uno y un legislador independiente de un total de 35 escaños. En este
tenor, con este sistema de partido predominante, el gobernador Andrés Granier Melo
(2007-2013) impulsó modificaciones a leyes secundarias y reglamentarias sin necesidad de
coaligarse con otras fuerzas políticas. En cambio, para promover y aprobar reformas a la
constitución local tuvo que construir coaliciones legislativas (PRI-PRD; PRI-PAN-PVEM-
PANAL; o, PRI-PAN-PVEM-Independiente), en virtud de que se requieren las dos terceras
partes del número total de diputados, además de la aprobación de la mayoría de los
Ayuntamientos (art. 83 constitucional).
Como resultado de las elecciones locales concurrentes con las federales, el 1º de julio
pasado, se configuró una correlación de fuerzas distinta en el Congreso local de Tabasco:
el grupo parlamentario del PRD contará con 21 diputados; el PRI con 7; PAN y PT dos cada
uno; y el PMC, PVEM y PANAL uno cada uno de un total de 35 congresistas. De forma tal,
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que para promover modificaciones a la Constitución de Tabasco se requeriría la aprobación
de 24 diputados y, por ende, la integración de ocho coaliciones legislativas: 1) PRD-PRI; 2)
PRD-PAN-PMC; 3) PRD-PAN-PVEM; 4) PRD-PAN-PANAL; 5) PRD-PT-PMC; 6) PRD-PT-
PVEM; 7) PRD-PT-PANAL; o, 8) PRD-PAN-PANAL. En cambio, para promover y aprobar
leyes secundarias o reglamentarias sólo es imprescindible la aprobación del grupo
parlamentario del PRD, en virtud de que tiene la mayoría absoluta en el Congreso y, por
tanto, es un sistema de partido predominante.
El estado de Tabasco tiene una población de 2 millones 238 mil 818 habitantes, según
los resultados del Censo 2010. Con esta base y considerando el número total de
legisladores y la población estatal, cada diputado representa a 63 mil 966 habitantes, que lo
ubica en el lugar 22 en esta categoría en relación con las demás entidades.
I.2.2.14 YUCATÁN
En el estado de Yucatán hubo elecciones locales concurrentes con la federales de 2012
para elegir gobernador; así como 106 ayuntamientos y 25 diputaciones (15 uninominales y
10 plurinominales).
La primera alternancia en el Poder Ejecutivo del estado de Yucatán surgió con Patricio
Patrón Laviada (2001-2007) al ganar el PAN las elecciones para gobernador. No obstante,
el PRI recuperó el “escaque político” con Ivonne Ortega Pacheco (2007-2013) y,
actualmente, lo conserva con el triunfo de Rolando Zapata Bello, postulado por la coalición
PRI-PVEM en estos comicios electorales de 2012 para elegir gobernador.
Con los comicios del 16 de mayo en el estado de Yucatán, arrancaron las primeras
elecciones estatales de 2010 en nuestro país, de un total de quince en ese año. Hasta
antes de estos comicios electorales, la correlación de fuerzas favorecía al grupo
parlamentario del PRI, que tenía 14 congresistas; seguido del grupo parlamentario del PAN
con 9 y las representaciones del PRD y PTSY tenían uno cada una, de un total de 25
escaños (15 de mayoría relativa y 10 de representación proporcional). En este contexto, el
partido (PRI) de la gobernadora Ivonne Ortega tenía la mayoría absoluta para impulsar
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reformas a leyes secundarias y reglamentarias, pero no tenía la mayoría calificada, es
decir, las dos terceras partes de la totalidad de los integrantes del Poder Legislativo para
impulsar reformas a la Constitución estatal y, por tanto, para lograr este propósito tuvo que
coaligarse con otros partidos.
Con las elecciones locales del 16 de mayo de 2010, la correlación de fuerzas cambió y,
por ende, la composición de Congreso del Estado de Yucatán: el grupo parlamentario del
PRI pasó de 14 a 15 diputados locales (60 por ciento); el grupo parlamentario del PAN
logró 6; los grupos parlamentarios del PRD y PVEM contaban con dos cada uno.
Consecuentemente, el sistema de partido predominante se mantuvo y el partido de la
gobernadora conservó la mayoría absoluta y no requirió coaligarse con ninguna fuerza
política; salvo para aprobar la modificación de la constitución estatal (PRI-PAN; PRI-PRD;
o, PRI-PVEM), además de la aprobación de la mayoría de los Ayuntamientos.
Actualmente, el PRI como fuerza política mantuvo la gubernatura y predominio en el
congreso estatal con 15 diputados; seguido del PAN con 7; PRD con 2; y, PVEM con un
legislador de un total de 25 congresistas.
Con esta nueva correlación de fuerzas políticas y considerando que para adicionar y
reformar la Constitución de Yucatán se requiere la aprobación de las dos terceras partes
del número total de diputados; es decir, de 17 legisladores y la aprobación de la mayoría de
los ayuntamientos (art. 108 constitucional), las coaliciones legislativas mínimas ganadoras
son dos: 1) PRI-PRD o 2) PRI-PAN.
El estado de Yucatán tiene una población de 1 millón 953 mil 027 habitantes, según los
resultados del Censo 2010. Con esta base y considerando el número total de legisladores y
la población estatal, cada diputado representa a 78 mil 121 habitantes, que lo ubica en el
lugar 18 en esta categoría en relación con las demás entidades; y,
I.2.2.15 ASAMBLEA DEL DISTRITO FEDERAL
En el Distrito Federal se eligió a un Jefe de Gobierno; 16 delegados y 66 asambleístas (40
uninominales y 26 plurinominales).
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Desde el año de 1997, el PRD gobierna la capital de la República y ha tenido seis Jefes
de Gobierno: el primero con Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano (1997-2000); el segundo con
el interinato de Rosario Robles Berlanga (2000-2000); el tercero con Andrés Manuel López
Obrador (2000-2005); el cuarto con el interinato de Alejandro Encinas Rodríguez (2005-
2006); el quinto con Marcelo Ebrad Casaubón (2006 - 2012) y el sexto con Miguel A.
Mancera (2012-2018), postulado para la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal por la
coalición PRD-PT-Movimiento Ciudadano este 1º de julio de 2012.
Previo a las elecciones locales concurrentes con las federales de 2012, el partido del
Jefe de Gobierno mantuvo la mayoría absoluta; es decir, 34 de 66 escaños en la Asamblea
Legislativa, que caracterizaban al sistema de partido como predominante; seguido del PAN
con 12 legisladores; el PRI con 8; el PT con 5, el PVEM con 3; el PAN uno; y, 3
asambleístas independientes. Con esta composición de la Asamblea del Distrito Federal, el
partido del Jefe de Gobierno no requirió coaligarse con ningún grupo parlamentario para
promover e impulsar reformas a leyes secundarias o reglamentarias.
A la fecha, el PRD como fuerza política conserva la Jefatura de Gobierno del Distrito
Federal y el predominio de la V Asamblea Legislativa al contar con 34 diputados; seguido
del PAN con 15; PRI con 8; PT con 5; PVEM con 3; y, un diputado el PANAL de un total de
66 diputados. Consecuentemente, el PRD como partido predominante, no requiere
coaligarse con ningún grupo parlamentario para impulsar reformas leyes secundarias o
reglamentarias. En cambio, promover modificaciones que ameriten mayorías calificadas
requiere de 44 diputados y, por ende, existen tres combinaciones para integrar “conjuntos
ganadores”: 1) PRD-PAN; 2) PRD-PRI-PVE; o, 3) PRD-PRI-PT.
Según los resultados del Censo 2010, el Distrito Federal tiene una población de 8
millones 873 mil 017 habitantes. Tomando como referencia el número total de legisladores
y la población en la capital del país, cada asambleísta representa a 134 mil 440 habitantes,
que lo ubica en el lugar 6 en esta categoría en relación con las demás entidades
federativas.
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I.3 A MANERA DE CONCLUSIONES
Con base en el análisis del marco histórico de las coaliciones legislativas en las cámaras
del Congreso de la Unión, las catorce legislaturas estatales y la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, el influjo de los sistema electorales y de partidos en la integración y
representación legislativa se pueden vislumbrar las relaciones entre los poderes públicos,
particularmente, entre los ejecutivos y legislativos; las perspectivas de las coaliciones y
quiénes serán los establecedores de las agendas legislativas, tanto en las cámaras de
Diputados y Senadores del Congreso de la Unión como en los congresos estatales de
Campeche, Colima, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, México, Morelos, Nuevo León,
Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Yucatán; así como en la V Asamblea del
Distrito Federal.
I.3.1 Orden del gobierno federal
Ante esta nueva correlación de fuerzas políticas derivada de las elecciones locales
concurrentes con las federales llevadas acabo el 1º de julio de 2012, se devela una nueva
configuración del sistema político mexicano, en donde se puede observar el retorno del PRI
a la presidencia de la República después de doce años de ausencia; la ratificación del
multipartidismo en el Poder Legislativo Federal, en donde ningún grupo parlamentario tiene
la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados desde 1997 y en la Cámara de Senadores
desde el año 2000. Consecuentemente, la fuerza política del PRI tendrá que dialogar,
cabildear, consensuar y coaligarse con otros partidos para formular y aprobar la agenda
legislativa e impulsar modificaciones a la Carta Magna, reformas a leyes secundarias y
reglamentarias, a saber:
a) En la Cámara de Diputados para aprobar reformas y adiciones constitucionales
existen cinco combinaciones de las “coaliciones legislativas” mínimas ganadoras –
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sin menoscabo de la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales–: 1)
PRI-PAN-PRD; 2) PRI-PAN-PVEM; 3) PRI-PAN-PMC; 4) PRI-PAN-PT; y, 5) PRI-
PAN-PANAL. Asimismo, para impulsar reformas a leyes secundarias o
reglamentarias hay ocho combinaciones: 1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-PVEM-
PMC; 4) PRI-PVEM-PT; 5) PRI-PVEM-PANAL; 6) PAN-PRD-PVEM-PMC; 7) PAN-
PRD-PVEM-PT; y, 8) PAN-PRD-PVEM-PANAL; y,
b) En el Senado de la República para aprobar modificaciones constitucionales se
exploran dos combinaciones de coaliciones legislativas: 1) PRI-PAN o 2) PRI-PRD-
PVEM-PT. En este tenor, para promover modificaciones a leyes secundarias y
reglamentarias se cuenta por lo menos con cinco variantes de coaliciones
legislativas: 1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-PVEM-PT; 4) PAN-PRD-PVEM; y, 5)
PAN-PRD-PT.
Ahora bien, ante el retorno del PRI a la presidencia de la República y la ratificación
del multipartidismo en las cámaras del Congreso de la Unión, se vaticinan dos
escenarios: un pluralismo limitado (moderado) y pluralismo extremo (polarizado), en
donde “la variable del número de partidos pasa a ser secundaria y toma presencia la
variable de la ideología” (Sartori, 1999: 157).
I.3.2 Orden del gobierno estatal
Como resultado de las elecciones locales de 2012, el PRI gobierna ahora veintiún
entidades federativas (Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua,
Durango, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana
Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas), seguido del
PRD que gobierna cuatro entidades federativas (Distrito Federal, Guerrero, Morelos y
Tabasco) y el PAN, que gobierna cuatro estados (Baja California, Baja California Sur,
Guanajuato, y Sonora) y, tres gubernaturas de coalición electoral entre el PRD-PAN, a
saber: Oaxaca, Puebla y Sinaloa.
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Es importante destacar, que ninguna fuerza política tiene mayoría calificada en las
legislaturas locales; que los congresos de los estado de Baja California y San Luis Potosí
son los únicos en la República Mexicana que tienen un gobierno dividido; es decir, donde el
partido del gobernador, respectivamente, del PAN y PRI, no tienen la mayoría absoluta en
el Congreso del Estado sino otro partido (PRI y PAN); además, en 20 congresos locales
ningún partido controla, por sí solo, el 50 por ciento de los asientos en el pleno de su
recinto legislativo, tales son los casos de Baja California Sur, Chiapas, Colima, Guanajuato,
Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla,
Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, lo que significa
que las fuerzas políticas tienen que establecer acuerdos y consensos para construir
“conjuntos ganadores” o coaliciones legislativas para promover iniciativas de ley o formular
políticas públicas y, por ende, reformas a la Constitución, a leyes secundarias y
reglamentarias.
En este contexto, el acuerdo, el cabildeo, el consenso y la coalición legislativa entre los
distintos grupos y representaciones parlamentarias serán determinantes para formular y
aprobar las agendas legislativas correspondientes, e impulsar las modificaciones
constitucionales, las reformas a leyes secundarias y reglamentarias.
Finalmente, resulta conveniente destacar, que dentro de los pasos para la formulación
preliminar de las proposiciones políticas, que para decidir sobre la mejor solución o
soluciones para satisfacer alguna necesidad o actuar sobre algún problema –como el
tributario–, hay que considerar el respaldo ideológico político (RUIZ SÁNCHEZ, Carlos:
1996, 21), fundamentalmente, de los grupos o representaciones parlamentarias, pues los
valores ideológicos determinarán que tipo de soluciones se podrán tomar, sin contradecir al
sistema. Asimismo, si conocemos las preferencias de los jugadores con veto, la posición
del statu quo y la identidad del establecedor de la agenda podremos vaticinar muy bien el
resultado del proceso de creación de la política pública.
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I.4 FUENTES CONSULTADAS
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II. INTEGRACIÓN DE LOS CONGRESOS EN TEXTOS
Gloria del C. Hernández Morales*
Con el objetivo de promover y difundir la consulta del acervo que resguarda la Biblioteca
del H. Congreso del Estado de Guanajuato “José Aguilar y Maya”, en este número 65 de
Apuntes Legislativos abordamos el tópico de la Integración del Poder Legislativo 2012-2015:
coaliciones parlamentarias, para lo cual ponemos a su disposición bibliografía relativa al
tema y puede ser consultar en las instalaciones de la Biblioteca.
El primer ejemplar, se titula Análisis de derecho comparado de los órganos de
dictaminación en los congresos de diversos países del continente americano, en cuanto a
su integración, organización y funcionamiento de Oscar Uribe Benítez, editado por el
CEDIP y la Cámara de Diputados. A modo de introducción el autor aborda un análisis del
derecho comparado, respecto a la integración, organización y funcionamiento de los
órganos de dictaminación de los congresos o parlamentos de diversos países. Implica
necesariamente evocar la fuente que les da existencia y sustento legal, es decir, la
Constitución Política de cada país, porque en ésta se plasman también las bases de la
integración, organización y funcionamiento de los entes colectivos de los que forman parte
dichos órganos de dictaminación, denominados Asambleas, Congresos o Parlamentos. En
razón de lo anterior, es conveniente por exigencias metodológicas que en principio se
exponga a grosso modo el esquema constitucional de cada país elegido en atención al
sistema político similar al nuestro; después, exponer la integración y organización de los
órganos de dictaminación, tanto en el plano constitucional como reglamentario, así como el
funcionamiento de los mismos previstos en el respectivo reglamento, plasmado entre
paréntesis los preceptos legales del ordenamiento de que se trata, a efecto de que el lector
interesado tenga la referencia inmediata para la consulta de la fuente. Finalmente, con el
conocimiento previo, se estima poner de relieve en forma general los aspectos sustantivos
de las divergencias y similitudes de los órganos de dictaminación de cada país en relación
* Jefe de Departamento de Biblioteca “ José Aguilar y Maya”
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Apuntes Legislativos No. 65
56
con el nuestro. Para acometer el plan de trabajo, se eligió el continente americano, cuya
composición de países, histórica y culturalmente, guarda más homogeneidad en sus
sistemas políticos y en la evolución de su constitucionalismo y por ende, de sus órganos de
dictaminación.
Uribe Benítez, Oscar.
Análisis de Derecho comparado de los órganos de dictaminación en los Congresos de diversos países del continente americano, en cuanto a su integración, organización y funcionamiento / Oscar Uribe Benítez: México, D.F
Cámara de Diputados: 2007
191 pág. (Derecho comparado, dictaminación) [No. Eje] 1
El segundo de los libros que se presenta en esta ocasión es Guanajuato Historia de
las Instituciones Jurídicas de Carlos Armando Preciado Alba, editado por el Instituto de
Investigaciones Jurídicas, Senado de la República y la UNAM. Guanajuato, Historia de las
Instituciones Jurídicas representa un esfuerzo de síntesis para abordar el proceso de
construcción de la entidad guanajuatense durante las primaras décadas de vida
independiente. El propósito de la obra es conjugar el estudio de los elementos más
significativos de los códigos constitucionales, o que hicieron las veces de éstos, como lo
son la Constitución Política del Estado de 1826 , el Estatuto Orgánico Provisional de
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57
Guanajuato de 1855 y la Constitución Política del Estado De Guanajuato de 1861, con la
contextualización y el análisis desde el punto de vista histórico de los principales procesos
políticos que se vivieron en México y en Guanajuato durante el apasionante periodo que
Luis González y González ha llamado "el siglo de las luchas”. En este sentido, el texto que
ahí se presenta aspira a desmitificar la visión que suele tenerse de que el siglo XIX fue un
periodo de anarquía, en el cual imperó la improvisación, la ilegitimidad y la ilegalidad, y que
el papel de las instituciones jurídicas estuvo siempre supeditado a los designios y
decisiones de unos cuantos personajes titulares el Poder Ejecutivo. En el presente libro,
particularmente, en el Capítulo Segundo titulado “Primera experiencia constitucional en
Guanajuato” aborda la Instauración del Primer Congreso Constituyente de Guanajuato y la
conformación del Poder Legislativo en la Constitución Política del Estado de Guanajuato
de 1826.
Preciado Alba, Armando.
Guanajuato Historia de las Instituciones Jurídicas. / Armando Preciado Alba: México, D.F
Instituto de Investigaciones Jurídicas, Senado de la República, UNAM: 2010
156 pág. (Guanajuato, Instituciones Jurídicas, historia) [No. Eje] 1
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El tercer texto, que ofrecemos en este número es Un congreso sin mayoría. Mejores
prácticas en negociación y construcción de acuerdos. Los coordinadores de la obra son
Mara Hernández, José del Tronco y Gabriela Sánchez. Es una edición del Centro de
Colaboración Cívica, patrocinada por la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados. La LX
Legislatura arrancó literalmente, a golpes y empujones. No obstante, logró generar un
número importante de acuerdos (muchos por consenso) en torno a temas muy polémicos
y centrales para el desarrollo institucional, económico y social de México. ¿Cómo se logró
esto? Los casos que analizan un grupo de expertos (reformas electorales, energética,
fiscal, reforma en materia de justicia penal, diálogo sobre cambio climático, ley de ISSSTE y
reforma en materia de transparencia) demuestran que es posible diseñarlas a partir de la
construcción de acuerdos interpartidarios basados en buenas prácticas de negociación y
procesos de diálogos más o menos apegados a los principios de la democracia
deliberativa. Y aunque esto no garantiza una legislación de calidad, en este libro se
evidencia que tales prácticas son esenciales para construir acuerdos satisfactorios,
legítimos y sostenibles en un Congreso sin mayorías. A pesar de ello, los autores
concluyen que todavía falta mucho camino por recorrer para que las buenas prácticas se
conviertan en una cultura de diálogo y negociación, además de que el uso de tácticas ganar
– ganar coexisten con prácticas orientadas a la acumulación y uso del poder para delimitar
la agenda y la profundidad de los cambios posibles, aún a costa del interés público
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Hernández, Mara y varios (Coordinadores)
Un Congreso sin Mayoría. Mejores prácticas en negociación y construcción de acuerdos / Mara Hernández y varios: México, D.F
Centro de Colaboración Cívica: 2011
392 pág. (Congreso) [No. Eje] 1
El cuarto, y último libro que presentamos a nuestros lectores, se titula Los grupos
parlamentarios de Bernardo Álvarez del Castillo Vargas, editado por la LXI Legislatura de la
Cámara de Diputados. El autor de la obra es un estudioso del Derecho Constitucional y
parlamentario desde hace más de 15 años. Su interés por los temas de la vida interna del
Congreso Mexicano surge cuando es testigo presencial del funcionamiento de los diversos
Parlamentos en Europa y de la importancia de los Grupos Parlamentarios. Aborda con rigor
académico un tema como los Grupos Parlamentarios en México, no es una tarea simple,
toda vez que la literatura parlamentaria en México es escasa, y el tema en particular de
este libro lo es más. Por ello, la importancia de la obra. Ese anhelo permanente por contar
en México con un Congreso de la Unión profesional, activo, dinámico y ad hoc con la
realidad política del siglo XXI, mantiene al autor en una constante tarea de investigación
para aportar ideas al debate parlamentario; y la presente obra no es la excepción. El
material seleccionado es un trabajo de investigación y análisis sobre las agrupaciones de
parlamentarios en Europa y un apartado dedicado específicamente a México, con
información actualizada.
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Álvarez del Castillo Vargas, Bernardo
Los grupos parlamentarios / Bernardo Álvarez del Castillo Vargas: México, D.F
LXI Legislatura, Cámara de Diputados: 2011
443 pág. (Congreso, grupos parlamentarios) [No. Eje] 1
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III. ANEXOS
III.1 CONFORMACIÓN DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL
ESTADO DE GUANAJUATO
III.1.1 MESA DIRECTIVA
Partido Diputado Nombramiento Foto
Alfonso Guadalupe Ruiz Chico Presidente
Roberto Mauricio Vallejo
Rábago
Vicepresidente
Karla Alejandrina Lanuza
Hernández
Primera
Secretaria
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62
Partido Diputado Nombramiento Foto
Galo Carrillo Villalpando
Segundo
Secretario
Guillermo Romo Méndez Prosecretario
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63
III.1.2 JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA
Partido Diputado Nombramiento FOTO
José Juventino López
Ayala
Presidente
Francisco Javier
Contreras Ramírez
Vicepresidente
Sergio Alejandro
Contreras Guerrero
Vocal
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64
Partido Diputado Nombramiento FOTO
María Juana Georgina
Miranda Arroyo
Vocal
J. Marco Antonio
Miranda Mazcorro
Vocal
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65
III.1.3 COMISIONES
ADMINISTRACION
Partido Diputado Nombramiento
José Juventino López Ayala Presidente
Karina Padilla Ávila Vocal
Karla Alejandrina Lanuza
Hernández
Vocal
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66
Partido Diputado Nombramiento
Sergio Alejandro Contreras
Guerrero
Vocal
Francisco Javier Contreras
Ramírez
Secretario
AGUAS
Partido Diputado Nombramiento
Martín López Camacho Presidente
Jorge Arena Elizondo Vocal
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67
Partido Diputado Nombramiento
René Carmona Gómez Vocal
Fernando Hurtado Cárdenas Vocal
Jorge Enrique Videgaray
Verdad
Secretario
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68
ASUNTOS ELECTORALES
Partido Diputado Nombramiento
Ma. Guadalupe Torres Rea Presidenta
Alfonso Guadalupe Ruiz
Chico
Vocal
Galo Carrillo Villalpando Vocal
Óscar Arroyo Delgado Vocal
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69
Partido Diputado Nombramiento
Érika Lorena Arroyo Bello Secretaria
ASUNTOS MUNICIPALES
Partido Diputado Nombramiento
Roberto Mauricio Vallejo
Rábago
Presidente
Sergio Carlo Bernal
Cárdenas
Vocal
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70
Partido Diputado Nombramiento
Martín López Camacho Vocal
Óscar Arroyo Delgado Vocal
José Luis Martínez
Bocanegra
Secretario
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71
ATENCION AL MIGRANTE
Partido Diputado Nombramiento
Fernando Hurtado Cárdenas Presidente
José Luis Martínez
Bocanegra
Vocal
Juan José García López Vocal
René Carmona Gómez Vocal
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72
Partido Diputado Nombramiento
José Gerardo Zavala Procell Secretario
DERECHOS HUMANOS Y ATENCION A GRUPOS VULNERABLES
Partido Diputado Nombramiento
Felipe de Jesús Orozco
García
Presidente
Juan José García López Vocal
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73
Partido Diputado Nombramiento
Javier González Saavedra Vocal
René Carmona Gómez Vocal
Ma. Guadalupe Torres Rea Secretaria
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74
DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL
Partido Diputado Nombramiento
Jorge Enrique Videgaray
Verdad
Presidente
Juan Rendón López Vocal
Fernando Hurtado Cárdenas Vocal
Yulma Rocha Aguilar Vocal
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75
Partido Diputado Nombramiento
Juan Carlos Guillén
Hernández
Secretario
DESARROLLO URBANO Y OBRA PUBLICA
Partido Diputado Nombramiento
Juan Carlos Guillén
Hernández
Presidente
René Carmona Gómez Vocal
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76
Partido Diputado Nombramiento
Luis Manuel Mejía
Barreñada
Vocal
Ma. Guadalupe Torres Rea Vocal
Pedro Chávez Arredondo Secretario
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77
EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA Y CULTURA
Partido Diputado Nombramiento
Yulma Rocha Aguilar Presidenta
Juan Rendón López Vocal
Fernando Hurtado Cárdenas Vocal
Juan Carlos Guillén
Hernández
Vocal
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78
Partido Diputado Nombramiento
J. Marco Antonio Miranda
Mazcorro
Secretario
EQUIDAD DE GÉNERO
Partido Diputado Nombramiento
Érika Lorena Arroyo Bello Presidenta
Karla Alejandrina Lanuza
Hernández
Vocal
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79
Partido Diputado Nombramiento
Karina Padilla Ávila Vocal
Luz Daniel Campos Lango Vocal
María Juana Georgina
Miranda Arroyo
Secretaria
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80
FOMENTO AGROPECUARIO
Partido Diputado Nombramiento
José Luis Martínez
Bocanegra
Presidente
Francisco Flores Solano Vocal
Juan José García López Vocal
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81
Partido Diputado Nombramiento
Francisco Arreola Sánchez Vocal
Pedro Chávez Arredondo Secretario
GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
Partido Diputado Nombramiento
Óscar Arroyo Delgado Presidente
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82
Partido Diputado Nombramiento
Sergio Carlo Bernal
Cárdenas
Vocal
Alfonso Guadalupe Ruiz
Chico
Vocal
Martín López Camacho Vocal
Yulma Rocha Aguilar Vocal
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83
Partido Diputado Nombramiento
Sergio Alejandro Contreras
Guerrero
Vocal
Luis Felipe Luna Obregón Secretario
HACIENDA Y FISCALIZACION
Partido Diputado Nombramiento Foto
Karina Padilla Ávila Presidenta
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84
Partido Diputado Nombramiento Foto
Karla Alejandrina Lanuza
Hernández
Vocal
Ma. Guadalupe Sánchez
Centeno
Vocal
María Juana Georgina
Miranda Arroyo
Vocal
José Gerardo Zavala Procell Secretario
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85
JUSTICIA
Partido Diputado Nombramiento
Luis Felipe Luna Obregón Presidente
Alfonso Guadalupe Ruiz
Chico
Vocal
Sergio Carlo Bernal
Cárdenas
Vocal
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86
Partido Diputado Nombramiento
Ma. Guadalupe Sánchez
Centeno
Vocal
Galo Carrillo Villalpando Secretario
JUVENTUD Y DEPORTE
Partido Diputado Nombramiento
Luz Daniel Campos Lango Presidente
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87
Francisco Flores Solano Vocal
Francisco Arreola Sánchez Vocal
J. Marco Antonio Miranda
Mazcorro
Vocal
Roberto Mauricio Vallejo
Rábago
Secretario
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88
MEDIO AMBIENTE
Partido Diputado Nombramiento
Jorge Arena Elizondo Presidente
Francisco Arreola Sánchez Vocal
Luz Daniel Campos Lango Vocal
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89
Partido Diputado Nombramiento
Érika Lorena Arroyo Bello Vocal
Francisco Flores Solano Secretario
PARTICIPACION CIUDADANA Y GESTION SOCIAL
Partido Diputado Nombramiento
Javier González Saavedra Presidente
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90
Partido Diputado Nombramiento
Luz Daniel Campos Lango Vocal
Sergio Carlo Bernal
Cárdenas
Vocal
Adrián Camacho Trejo
Luna
Vocal
Guillermo Romo Méndez Secretario
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91
SALUD PÚBLICA
Partido Diputado Nombramiento
Juan José García López Presidente
Javier González Saavedra Vocal
Martín López Camacho Vocal
Felipe de Jesús Orozco
García
Vocal
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92
Partido Diputado Nombramiento
Ma. Guadalupe Sánchez
Centeno
Secretaria
SEGURIDAD PÚBLICA Y COMUNICACIONES
Partido Diputado Nombramiento
Juan Rendón López Presidente
Galo Carrillo Villalpando Vocal
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Apuntes Legislativos No. 65
93
Partido Diputado Nombramiento
Luis Manuel Mejía
Barreñada
Vocal
Felipe de Jesús Orozco
García
Vocal
Guillermo Romo Méndez Secretario
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94
TURISMO
Partido Diputado Nombramiento
Adrián Camacho Trejo
Luna
Presidente
Karla Alejandrina Lanuza
Hernández
Vocal
Juan Rendón López Vocal
Luis Manuel Mejía
Barreñada
Vocal
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95
Partido Diputado Nombramiento
Jorge Arena Elizondo Secretario
RESPONSABILIDADES
Partido Diputado Nombramiento
Francisco Arreola Sánchez Presidente
Luis Manuel Mejía
Barreñada
Vocal
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96
Partido Diputado Nombramiento
Roberto Mauricio Vallejo
Rábago
Vocal
Yulma Rocha Aguilar Vocal
Sergio Carlo Bernal
Cárdenas
Secretario
Érika Lorena Arroyo Bello Suplente
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Partido Diputado Nombramiento
Óscar Arroyo Delgado Suplente
Pedro Chávez Arredondo Suplente
Guillermo Romo Méndez Suplente
José Luis Martínez
Bocanegra
Suplente
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III.1.4 GRUPOS PARLAMENTARIOS
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN): 18
1. Arreola Sánchez, Francisco 2. Arroyo Delgado Òscar 3. Bernal Cárdenas, Sergio Carlo 4. Campos Lango, Luz Daniel 5. Carmona Gómez, René 6. Carrillo Villalpando, Galo 7. Flores Solano, Francisco 8. García López, Juan José 9. González Saavedra, Javier 10. Guillén Hernández, Juan Carlos 11. Hurtado Cárdenas, Fernando 12. Lanuza Hernández, Karla Alejandrina 13. López Ayala, José Juventino 14. López Camacho, Martín 15. Mejía Barreñada, Luis Manuel 16. Padilla Ávila, Karina 17. Rendón López, Juan 18. Ruiz Chico, Alfonso Guadalupe Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI): 11
1. Orozco Gracia, Felipe de Jesús 2. Rocha Aguilar, Yulma 3. Romo Méndez, Guillermo 4. Trejo Luna, Adrián Camacho 5. Vallejo Rábago, Roberto Mauricio 6. Videgaray Verdad, Jorge Enrique 7. Zavala Procell, José Gerardo 8. Arroyo Bello, Érika Lorena 9. Chávez Arredondo, Pedro 10. Contreras Ramírez, Francisco Javier 11. Luna Obregón, Luis Felipe
Grupo Parlamentario del Partido la Revolución Democrática (RPPRD): 3
1. Martínez Bocanegra, José Luis 2. Miranda Arroyo, María Juana Georgina 3. Torres Rea, Ma. Guadalupe Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (GPPVEM): 3
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99
1. Arena Elizondo, Jorge 2. Contreras Guerrero, Sergio Alejandro 3. Sánchez Centeno, Ma. Guadalupe
Representación Parlamentaria del Partido Nueva Alianza (RPPNA): 1
1. Miranda Mazcorro, J. Marco Antonio
III.2 COALICIONES LEGISLATIVAS
CONGRESOS Y
SISTEMA DE
PARTIDOS
COALICIONES LEGISLATIVAS O “CONJUNTOS
GANADORES” PARA MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN,
LEYES SECUNDARIAS Y REGLAMENTARIAS
Reforma
Constitucional
Reformas a leyes
secundarias o reglamentarias
CÁMARA DE
DIPUTADOS:
MULTIPARTIDISTA
1) PRI-PAN-PRD; 2) PRI-
PAN-PVEM; 3) PRI-PAN-
PMC; 4) PRI-PAN-PT; o,
5) PRI-PAN-PANAL
1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-
PVEM-PMC; 4) PRI-PVEM-PT; 5)
PRI-PVEM-PANAL; 6) PAN-PRD-
PVEM-PMC; 7) PAN-PRD-PVEM-
PT; o, 8) PAN-PRD-PVEM-
PANAL
CÁMARA DE
SENADORES:
MULTIPARTIDISTA
1) PRI-PAN o 2) PRI-
PRD-PVEM-PT
1) PRI-PAN; 2) PRI-PRD; 3) PRI-
PVEM-PT; 4) PAN-PRD-PVEM; o,
5) PAN-PRD-PT
CONGRESO DEL
ESTADO DE
CAMPECHE
PREDOMINANTE
1) PRI-PAN; 2) PRI-
PANAL-PRD; 3) PRI-
PANAL-PMC-PT; o, 4)
PRI-PRD-PMC-PT
El partido predominante del
gobernador (PRI) no requiere
coaligarse con ningún grupo
parlamentario para promoverlas
CONGRESO DEL
ESTADO DE COLIMA
1) PRI-PAN o 2) PRI-
PANAL-PRD-PT-PVEM
1) PRI-PAN; 2) PRI-PANAL-PT; 3)
PRI-PANAL-PVEM; 4) PRI-
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Apuntes Legislativos No. 65
100
MULTIPARTIDISTA PANAL-PRD; 5) PRI-PRD-PT-
PVEM; 6) PAN-PRD-PANAL-PT;
o, 7) PAN-PRD-PANAL-PVEM.
CONGRESO DEL
ESTADO DE
CHIAPAS
MULTIPARTIDISTA
1) PRI-PVEM; 2) PRI-
PAN-PT; 3) PRI-PAN-
PRD; 4) PRI-PAN-PMC; 5)
PRI-PAN-POCH; 6)
PVEM-PAN-PRD-PMC; 7)
PVEM-PAN-POCH-PT; 8)
PVEM-PAN-PCH-PRD; 9)
PVEM-PAN-POCH-PMC;
o 10) PVEM-POCH-PRD-
PMC-PT
Las “reglas del juego” de
procedimiento para modificar la
constitución y leyes secundarias
son las mismas. Por tanto, el
número de coaliciones legislativas
es la misma.
CONGRESO DEL
ESTADO DE
GUANAJUATO
BIPARTIDISMO
PAN-PRI 1) PAN-PANAL; 2) PAN-PRD; 3)
PAN-PVEM; o, 4) PAN-PRI
CONGRESO DEL
ESTADO DE
GUERRERO
1) PRD-PMC; 2) PRD-
PAN-PT; 3) PRD-PAN-
PANAL; 4) PRD-PVEM-
PT; 5) PRD-PVEM-
PANAL; 6) PRD-PRI; o,
7) PRI-PMC-PAN-PVEM.
Ídem.
Las “reglas del juego” de procedimiento para modificar la constitución y leyes secundarias son las mismas; ie, “la mayoría de los Diputados presentes”.
CONGRESO DEL
ESTADO DE JALISCO
BIPARTIDISMO
PRI-PAN 1) PRI-PMC; 2) PRI-PAN; o, 3)
PAN-PMC-PRD.
CONGRESO DEL
ESTADO DE MÉXICO
PREDOMINANTE
1) PRI-PAN; 2) PRI-
PANAL-PVEM-PT; o 3)
PRI-PANAL-PVEM-PMC.
PRI no requiere coaligarse con
ninguna fuerza política porque
posee la mayoría absoluta para
impulsar modificaciones en el
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Apuntes Legislativos No. 65
101
proceso ordinario.
CONGRESO DEL
ESTADO DE
MORELOS
MULTIPARTIDISMO
1) PRD-PRI-PAN; 2) PRD-
PRI-PT-PANAL; 3) PRD-
PRI-PT-PSD (Partido
Social Demócrata); 4)
PRD-PRI- PT y PVEM; o
5) PRD-PRI-PMC-PANAL-
PSD.
1) PRD-PRI; 2) PRD-PAN-PT-
PANAL; 3) PRD-PAN-PT-PSD; 4)
PRD-PAN-PVEM-PANAL; 5) PRD-
PAN-PVEM-PSD; 6) PRD-PT-
PMC-PVEM; 7) PRI-PAN-PT-
PANAL; 8) PRI-PAN-PT-PSD; 9)
PRI-PAN-PVEM-PANAL; 10) PRI-
PAN-PVEM-PSD; o, 11) PRI-PT-
PMC-PVEM
CONGRESO DEL
ESTADO DE NUEVO
LEÓN
BIPARTIDISMO
PAN-PRI. 1) PAN-PRD; 2) PAN-otra
representación; 3) PAN-PT; 4)
PAN-PANAL; 5) PRI-PANAL-PT-
PRD; o, 6) PRI-PANAL-PT-otra
representación.
CONGRESO DEL
ESTADO DE
QUERÉTARO
BIPARTIDISMO
PAN-PRI 1) PAN-PRI; 2) PAN-PANAL-
PRD; 3) PAN-PANAL-PMC; 4)
PAN-PANAL-PVEM; 5) PRI-
PANAL-PRD-PMC; 6) PRI-
PANAL-PRD-PVEM; o, 7) PRI-
PANAL-PVEM-PMC.
CONGRESO DEL
ESTADO DE SAN
LUIS POTOSÍ
PREDOMINANTE
1) PAN-PRD; 2) PAN-PRI;
3) PAN-PT-PVEM; o, 4)
PAN-PT-PCP.
El PAN con mayoría absoluta
en el Congreso local, por sí sólo,
puede promover y aprobar
reformas a leyes secundarias y
reglamentarias
CONGRESO DEL
ESTADO DE
SONORA
BIPARTIDISMO
PAN-PRI 1) PAN-PRI; 2) PAN- PVEM-PRD;
3) PAN-PVEM-PANAL; 4) PAN-
PRD-PANAL; o, 5) PRI-PVEM-
PANAL-PRD.
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102
CONGRESO DEL
ESTADO DE
TABASCO
PREDOMINANTE
1) PRD-PRI; 2) PRD-PAN-
PMC; 3) PRD-PAN-PVEM;
4) PRD-PAN-PANAL; 5)
PRD-PT-PMC; 6) PRD-
PT-PVEM; 7) PRD-PT-
PANAL; o, 8) PRD-PAN-
PANAL.
El PRD tiene la mayoría
absoluta en el Congreso y, por
tanto, no requiere coaligarse con
ningún grupo parlamentario
CONGRESO DEL
ESTADO DE
YUCATÁN
PREDOMINANTE
1) PRI-PRD o 2) PRI-PAN El PRI tiene el predominio en el
congreso estatal:
consecuentemente, no requiere
coaligarse con ningún grupo
parlamentario.
ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL
DISTRITO FEDERAL
PREDOMINANTE
Para promover
modificaciones que
ameriten mayorías
calificadas requiere
construir tres coaliciones:
1) PRD-PAN; 2) PRD-PRI-
PVE; o, 3) PRD-PRI-PT.
El PRD tiene el predominio de la V
Asamblea Legislativa al contar con
34 diputados. Consecuentemente,
no requiere coaligarse con ningún
grupo parlamentario.
Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias
III.3 INTEGRACIÓN DE LOS CONGRESOSOS LOCALES, TIPOS DE MAYORÍAS Y DE SISTEMAS DE PARTIDO
Estado PAN PRI PRD PT MC
PVEM PANAL
Otros Total Mayoría absoluta
Mayoría relativa
Gobierno dividido
Sistema de Partido
Aguascalientes 4 16 1 1 0 2 0 3 27 PRI Predominante
Baja California 8 14 1 1 0 0 0 1 25 PRI X Predominante
Baja C. Sur 7 6 4 3 0 0 0 4 21 PAN Multipartidismo
Campeche* 9 20 2 1 1 0 2 0 35 PRI Predominante
Coahuila 2 15 0 0 0 1 0 7 25 PRI Predominante
Colima* 8 10 2 1 0 1 3 0 25 PRI Multipartidismo
Chiapas**(De PRD a PRI) 4 16 2 1 2 13 0 3 41 PRI Multipartidismo
Chihuahua 7 20 1 1 0 1 0 3 33 PRI Predominante
Distrito Federal* (Conserva) 15 8 34 5 0 3 1 0 66 PRD Predominante
Durango 3 17 0 1 0 1 0 8 30 PRI Predominante
Guanajuato*( Conserva) 18 11 3 0 0 3 1 0 36 PAN Bipartidismo
Guerrero* 3 13 20 1 5 3 1 0 46 PRD Multipartidismo
Hidalgo 3 14 4 1 0 1 5 2 30 PRI Multipartidismo
Jalisco*(De PAN a PRI) 14 17 2 0 5 1 0 0 39 PRI Bipartidismo
México* 11 39 12 2 2 4 5 0 75 PRI Predominante
Michoacán 10 16 11 1 0 1 0 1 40 PRI Multipartidismo
Morelos*(De PAN a PRD) 4 8 8 3 2 3 1 1 30 PRD-PRI Multipartidismo
Nayarit 8 15 2 1 0 1 0 3 30 PRI Multipartidismo
Nuevo León* 20 15 1 2 0 0 3 1 42 PAN Bipartidismo
Oaxaca 11 16 9 2 0 0 0 4 42 PRI Multipartidismo
Puebla 14 16 4 2 0 2 0 3 41 PRI Bipartidismo
Querétaro* 10 9 1 0 1 1 3 0 25 PAN Bipartidismo
Quintana Roo 3 11 4 2 0 3 0 2 25 PRI Multipartidismo
San Luis Potosí* 15 5 3 2 0 1 0 1 27 PAN X Predominante
Sinaloa 13 19 2 1 0 1 0 4 40 PRI Bipartidismo
Sonora* 14 12 2 0 0 3 2 0 33 PAN Bipartidismo
Tabasco* (De PRI a PRD) 2 7 21 2 1 1 1 0 35 PRD Predominante
Tamaulipas 5 22 2 1 0 3 0 3 36 PRI Predominante
Tlaxcala 12 12 3 2 0 0 0 3 32 PAN-PRI Bipartidismo
Veracruz 19 25 2 0 0 1 0 3 50 PRI Bipartidismo
Yucatán* (Conserva) 7 15 2 0 0 1 0 0 25 PRI Predominante
Zacatecas 6 9 5 4 0 1 0 5 30 PRI Multipartidismo
Total 289 468 170 44 19 57 28 65 1137 12 20 2 P= 12 , B= 9 , M=11
Integración del Poder Legislativo 2012-2015: coaliciones parlamentarias