beneficios e incentivos en industria y comercio sector

38
BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR INDUSTRIAL DE LOS MUNICIPIOS FUNZA, MOSQUERA Y MADRID DE LA SABANA DE OCCIDENTE. TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN ADMINISTRACIÓN Y AUDITORIA TRIBUTARIA. JOHANA MARCELA MARTÍNEZ. YAMILE LILIANA CARDONA RINCÓN. UNIVERSIDAD DE BOGOTÁ JORGE TADEO LOZANO. FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS- ADMINISTRATIVAS. ESPECIALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN Y AUDITORIA TRIBUTARIA. BOGOTÁ D.C. 2019.

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Page 1: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

INDUSTRIAL DE LOS MUNICIPIOS FUNZA, MOSQUERA Y MADRID DE LA

SABANA DE OCCIDENTE.

TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE

ESPECIALISTA EN ADMINISTRACIÓN Y AUDITORIA TRIBUTARIA.

JOHANA MARCELA MARTÍNEZ.

YAMILE LILIANA CARDONA RINCÓN.

UNIVERSIDAD DE BOGOTÁ JORGE TADEO LOZANO.

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS- ADMINISTRATIVAS.

ESPECIALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN Y AUDITORIA TRIBUTARIA.

BOGOTÁ D.C.

2019.

Page 2: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

2

TABLA DE CONTENIDO.

INTRODUCCION ...................................... ………………….¡Error! Marcador no definido.

1.PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA…………………………………............................5

2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA……………………………………………………...5

3.OBJETIVOS ........................................................................................................................... 6

3.1.Objetivos específicos ........................................................................................................ 6

4.METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN……………………………...........................6

5.MARCO TEORICO................................................................................................................ 7

5.1.El impuesto de industria y comercio ................................................................................ 7

5.2.Beneficios tributarios ....................................................................................................... 8

5.3.Incentivos tributarios ........................................................................................................ 8

5.4.Sector Industrial ............................................................................................................... 9

5.5..Descripcion de los Municipios...................................................................................... 10

5.5.1.MOSQUERA .............................................................................................................. 10

5.5.2.MADRID ..................................................................................................................... 14

5.5.3.FUNZA........................................................................................................................ 21

6. Beneficios Tributarios……………………………………………………………………...15

7. Incentivos tributarios en Colombia: fuente de privilegios y de corrupción .... ¡Error! Marcador no

definido.

8. ANÁLISIS COMPARATIVO…………………………………………..............................18

9. CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………….25

REFERENCIAS……………………………………………………………………………....27

Page 3: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

3

RESUMEN.

La presente investigación, es descriptiva, con el fin de identificarlos beneficios

tributarios que en el estatuto tributario ofrecen los municipios de Funza, Mosquera, y Madrid en

materia de impuestos territoriales a las actividades industriales que se desarrollan dentro de la

jurisdicción de sus territorios.

Primero se realizará una revisión teórica sobre los temas de marco tributario territorial,

los instrumentos de control, las herramientas normativas y las instituciones, involucradas y

relevantes.

Posteriormente, se compara y analiza cuál de los Municipios seleccionados en el presente

estudio, ofrecen mejores condiciones en referencia al impuesto de industria y comercio al sector

industrial y así mismo establecer cual ofrece mayores beneficios y la relación de estos con el

número de asentamientos industriales en su jurisdicción de la provincia sabana de occidente del

Departamento de Cundinamarca.

Con los resultados obtenidos por medio de la información primaria y segundaria, y la revisión

bibliográfica, se realizó mediante un estudio comparativo de características y elementos de los

tributos.

Con el fin de evidenciar los tratos preferenciales en materia tributaria y ventaja competitiva a

nivel de impuesto de Industria y Comercio y si estos contribuyen con mayor asentamiento

industrial de los Municipios de Mosquera, Madrid y Funza.

Por último, las conclusiones halladas en esta investigación.

Palabras claves: Los beneficios Tributarios, Impuesto de Industria y Comercio, Funza,

Mosquera, Madrid, la Provincia Sabana de Occidente del Departamento de Cundinamarca.

Page 4: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

4

INTRODUCCIÓN.

El presente trabajo toma como referencia, los beneficios tributarios a nivel del impuesto de

industria y comercio que ofrecen los municipios de Funza, Mosquera y Madrid ante la dinámica

regional al sector Industrial, el cual obedece a unas dinámicas particularizadas en las entidades

territoriales, que en mayor proporción corresponden a los 3 municipios de la sabana de occidente

que circundan el perímetro distrital de Bogotá.

En cuanto al a temática del sistema tributario de Colombia, se cimienta en los principios de

eficiencia, equidad y progresividad, estos han sido prelación para cada gobierno a nivel regional

y local, que con una mayor transparencia y autonomía pretende estabilizar la estructura de

recaudo del Distrito y los municipios, en particular para el caso de la Nación, los municipios

terminan siendo los encargados de fomentar el progreso local, ejecutar el gasto público y

adoptar políticas para satisfacer mejor las necesidades locales, así como buscar la manera de

generar recursos propios.

Por su parte la Ciudad región Bogotá-Cundinamarca, comprende desde el punto de vista

administrativo al departamento de Cundinamarca, con sus 116 municipios, organizados en 15

provincias y al Distrito Capital. Para el 2018, cuenta con una población estimada de 11.985.019

habitantes, en donde el municipio de Soacha y Mosquera donde se concentra la mayor parte de la

población, así como los municipios como Madrid y Funza, que cuentan con un gran número de

habitantes y siguen creciendo rápidamente. (Departamento Administrativo Nacional de

Estadística - DANE. 2018).

Lo anterior denota que muchos de los habitantes que ayudan a desarrollar actividades

económicas en la ciudad principal Bogotá, son habitantes provenientes de los municipios

aledaños a Bogotá y de la misma manera al promover la idea de construir grandes

empresas y organizaciones en los municipios aledaños a la ciudad, posibilitando con ello la

manera que muchos de los habitantes originarios de cada municipio a partir del sector de la

industria, posibilite el asentamiento de su sitio de origen y mejore su calidad de vida.

Page 5: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

5

1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.

En el caso de Colombia las reformas tributarias que se constituyeron han sido de carácter

regresivo, con el fin de mejorar las finanzas públicas, aunque deteriorando el ingreso de consumo

de la población. Por lo tanto, en los últimos años se han presentado varias reformas.

En cuanto a la Constitución Política de Colombia,(1991),expuso como uno de sus

propósitos consolidar a Colombia como un país con autonomía de sus entidades territoriales y

estas a su vez con el fin de garantizar la prestación de servicios públicos locales, en cuanto a las

consecuencias de la descentralización en el país ha sido el posibilitarle a las regiones, el

consolidarse como entes autónomos desde lo político, administrativo y financiero sin dejar de

lado la poca eficiencia en la inversión social e inequidad en la asignación del gasto,

soportando una baja capacidad de gestión de las Entidades Territoriales.

Por lo tanto ante esta problemática, se pretende en el presente documento, realizar un estudio

inicial sobre los beneficios tributarios que a nivel de impuestos ofrece a los Municipios antes

mencionados, con el fin de conocer los mecanismos que estos utilizan para atraer inversión y

desarrollo a su territorio y las herramientas normativas con las que cuentan y que les permite

otorgar tratos preferenciales en materia tributaria para industrias/ empresas que cumplan con

ciertas condiciones, las cuales revisten diferentes formas para los municipios seleccionados de la

sabana de occidente, con el fin de que puedan acceder a estos o tener un panorama más claro al

momento de establecer su establecimiento comercial y tener una ventaja competitiva y contribuir

al desarrollo socio económico del territorio.

2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.

¿Cuáles son los beneficios tributarios que en su estatuto tributario ofrecen los municipios de

Funza, Mosquera, y Madrid en materia de impuestos territoriales a las actividades industriales

que se desarrollan dentro de la jurisdicción de sus territorios?; Así mismo establecer cual

Municipio ofrece mayores beneficios y la relación de estos con el número de asentamientos

industriales en su jurisdicción.

Page 6: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

6

3. OBJETIVOS.

3.1. OBJETIVO GENERAL.

Identificar y Analizar los beneficios tributarios a nivel del impuesto de industria y comercio

que ofrecen los municipios de Funza, Mosquera y Madrid al sector Industrial, mediante un

estudio comparativo de características y elementos de los tributos en cada uno de los municipios

señalados.

3.2. Objetivos Específicos.

Identificar la situación actual y los elementos característicos de los impuestos de industria

y comercio y del esquema urbano en los municipios de Mosquera, Madrid y Funza mediante un

estudio comparativo para conocer los aspectos relacionados entre sí y sus principales diferencias.

Describir y Analizar por medio de un estudio comparativo, el proceso administrativo

existente en el manejo de los impuestos de industria y comercio y de delineación urbana por

parte de las entidades competentes y si al ofrecer tratos preferenciales en materia tributaria y

ventaja competitiva a nivel de impuesto de Industria y Comercio hay mayor asentamiento

industrial de los Municipios de Mosquera, Madrid y Funza.

4. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN.

La presente investigación es de tipo descriptivo, ya que por medio de obtención de

información se especificarán las características, perfiles de los municipios seleccionados que se

someten al análisis, es decir que solo se quiere medir u obtener información de forma

independiente y conjunta por medio de un cuadro comparativo. Dando respuesta a los objetivos

de la investigación se recurrirá a diversas fuentes de información como estadísticas, informes,

normatividad, Instituciones relevantes como las Alcaldías y el DANE. Por lo tanto, se genera

recolección y análisis de datos obtenidos de manera cuantitativa y cualitativa con el fin de llevar

a cabo los objetivos propuestos para la investigación.

Page 7: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

7

5. MARCO TEÓRICO.

En el presente marco se esboza los conceptos, normas, leyes y autores y entidades

representativas sobre la temática y variables de estudio, como punto de partida.

5.1. El sistema tributario.

En un Estado social de derecho como Colombia, “es el efecto agregado de la solidaridad de

las personas, valor constitucional fundante, que impone a las autoridades la misión de asegurar el

cumplimiento de los deberes sociales de los particulares. La efectividad del deber social de toda

persona de ‘contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de

concepto de justicia y equidad’, abona el criterio de privilegiar en esta materia la sustancia sobre

la forma” (Sentencia C-015/93).

Por lo tanto, en la mayoría de las economías, el sistema tributario o de impuestos, “es la

principal fuente de financiamiento para el desarrollo, materializado en programas sociales,

económicos, de infraestructura”, entre otros, hechos que explica su jerarquía (Bonilla, 2011, pp.

11-13).

5.2. El impuesto de industria y comercio.

De acuerdo con lo establecido por la ley 14 de 1983 en el artículo 32. El Impuesto de

Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades

comerciales, industriales y de servicio que ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones

municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de

hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con

establecimientos de comercio o sin ellos. (Cámara de Comercio de Bogotá, 2018).

Esta ley es la que enmarca el impuesto de industria y comercio, sin embargo, en la ley 1819

de 2016 en el artículo 343 el gobierno aclara el tema de territorialidad y en referencia al sector

industrial, (2017), el impuesto de industria y comercio se causa a favor del municipio en el cual

se realice la actividad gravada, bajo las siguientes reglas:

Page 8: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

8

En la actividad industrial se mantiene la regla prevista en el artículo 77 de la Ley 49 de

1990 y se entiende que la comercialización de productos por él elaborados es la culminación de

su actividad industrial y por tanto no causa el impuesto como actividad comercial en cabeza del

mismo.

En la ley 1819 de 2016, también se dan importantes avances en busca de simplificar la

presentación y pago de este impuesto, en el artículo 344 en referencia a la declaración y pago

nacional indica. “Los contribuyentes deberán presentar la declaración del impuesto de Industria y

Comercio en el formulario único nacional diseñado por la Dirección General de Apoyo Fiscal del

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Teniendo en cuenta lo planteado, el impuesto de industria y comercio es un impuesto

catalogado por la legislación como un impuesto territorial que grava las actividades, industriales,

comerciales y de servicios en el territorio donde se desarrollen, por tener esta característica el

gobierno busca un mecanismo de simplificación y da el primer paso en ley 1819 de 2016

implementando el formulario único de presentación buscando brindar al sujeto pasivo una mayor

claridad al momento de diligenciar , presentar y cancelar este impuesto.(Plan de Competitividad

de las provincia Sabana Occidente y Sabana Centro. (2017).

Ya teniendo claro lo que es el impuesto de industria y comercio y la ley que lo regula, vamos

a identificar que es un beneficio y que es un incentivo tributario.

5.3. Beneficios tributarios.

Los beneficios tributarios son un instrumento que utilizan los gobiernos nacionales y

seccionales, con el fin de incentivar a los contribuyentes para la ubicación o incremento de

inversiones y el establecimiento de empresas o actividades en sus respectivas jurisdicciones, con

la esperanza de que se generen condiciones propicias para la obtención de mejores niveles de

bienestar económico en el respectivo territorio. (Incentivos Tributarios en Colombia, 2017).

Con lo anterior podemos concluir que los tratamientos preferenciales en materia tributaria son

herramientas que se utilizan para atraer más inversión a un territorio.

Page 9: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

9

5.4. Incentivos tributarios.

Los incentivos tributarios constituyen instrumentos por medio de los cuales se busca afectar el

comportamiento de los actores económicos a un costo fiscal limitado.

Los objetivos son aumento de la inversión, el desarrollo de las regiones atrasadas, la

promoción de exportaciones, la industrialización, la generación de empleo, el cuidado del medio

ambiente, la transferencia de tecnología, la diversificación de la estructura económica, y la

formación de capital humano.

Algunos ejemplos de incentivos tributarios.

Exoneraciones temporales de impuestos y reducción de tasa.

Incentivos a la inversión (depreciación acelerada, deducción parcial, créditos formales, y

el diferimiento impositivo).

Zonas especiales con tratamiento tributario privilegiado (derechos de importación,

impuesto de renta, impuesto al valor agregado).

Incentivos al empleo (rebajas en impuestos para contratar mano de obra).

Los incentivos tributarios, (2017), a la inversión, establecen que uno de los instrumentos

habituales que recurre los gobiernos para incentivar en la generación de empleo y desarrollo

económico. El Estatuto tributario los contiene, primordialmente desde la reforma tributaria del

2015.

5.5. Sector Industrial.

También conocido como sector secundario de la economía, ante la expedición de la Ley 1004

de 2005, incluye a empresas y trabajos que transforman materias primas en productos

terminados, agregando valor. De él hace parte el sector industrial, tanto la industria ligera como

la pesada. Algunos productos del sector secundario son calzado, electrónica, muebles, productos

de aseo y belleza, plásticos, alimentos procesados, ropa, automóviles, etc. (Universidad Nacional

de Colombia. 2017).

Page 10: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

10

5.6. Descripción de los Municipios.

A continuación, se expone los datos socio demográfico, se compara tarifas en el sector

industrial y los beneficios según acuerdos municipales de Mosquera, Funza y Madrid, a través de

datos estadísticos. (Plan de Competitividad de la provincia Sabana Occidente y Sabana Centro.

(2017).

5.6.1. Mosquera.

Es uno de los 116 Municipios que integran la Sabana de Occidente, según datos del Instituto

Geográfico Agustín Codazzi se encuentra “Al occidente de la capital, a lo largo de la Calle

13/vía a Faca, que es un importante eje vial de acceso a la capital, Mosquera ofrece una

localización estratégica para actividades industriales y logísticas (…)” con aproximadamente

45.000 habitantes y 107 km 2. De superficie total Madrid se constituye en una fuerte alternativa

para el desarrollo económico del sector industrial. (Alcaldía de Mosquera, 2016 –2019; IGAC).

Grafica 1. Mapa del Municipio de Mosquera.

Fuente: Mapa del Municipio de Funza. Tomado de Instituto Geográfico Agustín Codazzi, (IGAC).

Beneficios tributarios Municipio de Mosquera.

Por el cual se expide el estatuto de rentas, se actualiza la normatividad sustantiva, el

procedimiento tributario y el régimen de sanciones para el Municipio de Mosquera

Cundinamarca y se dictan otras disposiciones. (Alcaldía de Mosquera, 2016 – 2019).

Page 11: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

11

Tabla N.1. Acuerdo 032 de 2016 y Acuerdo 027 de 2017 Municipio de Mosquera.

Sistema Preferencial del

Impuesto de Industria y

Comercio

032 - 2016 126 Establézcase para los

pequeños

Contribuyentes un

sistema preferencial del

Impuesto de Industria y

Comercio, Aviso y

Tableros en el que se

liquide el valor total por

los ingresos anuales por

estos conceptos que no

supera las 3.500 UVT, en

base de factores tales

como promedio de

actividad, sectores área

del establecimiento

comercial, consumo de

energías y otros factores

objetivos indicados del

nivel de ingresos de la

actividad desarrollada

por el contribuyentes a

este régimen, solo

pueden pertenecer las

personas naturales, más

exactamente los

comerciantes, los

artesanos, que sean

minoristas o detallistas,

los agricultores o los

ganaderos que cumplan

con los requisitos del

artículo 499 del Estatuto

Tributario

Estímulo a

Contribuyentes que

032 - 2016 139 Artículo 139, estímulo a

los Contribuyentes que

Page 12: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

12

emplean que emplean

población menores de 25

años de edad.

emplean población

menor de 25 años,

madres cabeza de hogar,

y mujeres mayores de 40

años nacido o residentes

en Mosquera por un

periodo no inferior a 5

años, podrá descontar de

su base gravable anual,

suma al equivalente del

50% del valor de los

pagos laborales

efectuados a estas

personas.

Estimulo Contribuyente

que emplea población

Discapacitada

032 - 2016 138 Los Contribuyentes de

Industria y Comercio y

Avisos y Tableros que

emplean personal

discapacitado

residenciado en el

Municipio de Mosquera,

podrán descontar de

base graduable anual o

mensual según sea el

caso una semana

equivalente al (200%),

del valor de los pagos

laborales afectados a los

discapacitados del

periodo base del

gravamen, para

establecer la pertinencia

del estímulo la secretaria

de hacienda podrá

certificar a la empresa

beneficiaria certificación

del contador público, o

Page 13: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

13

revisor fiscal sobre los

discapacitados empleado

durante el año gravable

a la cual se incluye el

documento de identidad

y su nombre completo

así como los pagos

laborales realizados, ello

para verificar el

cumplimiento del

beneficio aquí señalado.

Lo anterior sin prejuicio

de la facultad, que asiste

a la administración para

solicitar otra

información.

Estimulo por

reubicación de zonas

industriales

determinadas

032 - 2016 140 La Administración

Tributaria Municipal

mediante concertación

concederá beneficios a

las empresas que debe

reubicarse por su

situación actual de

barrios residenciales

quienes pasaran a zonas

industriales

determinadas por el

municipio y en

cumplimiento de las

disposiciones del plan

básico de ordenamiento

territorial. A partir de

la apuesta en marcha de

la actividad productiva

la industria reubicada

pagara este impuesto así,

por el primer año de

Page 14: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

14

actividad la industria

pagara el 20%, por el

año 2 pagara el 40%, por

el año 3 pagara el 60%,

por el año 4 el 80% y por

el año 5 el 100%

Fuente: Elaboración Propia. Basado en los Acuerdo 032 de 2016 y Acuerdo 027 Municipio de

Mosquera.

En cuanto a los datos suministrados, establece en virtud del acuerdo 032 de 2016 y acuerdo

027 de 2017, para los pequeños contribuyentes, un sistema preferencial del impuesto de industria

y comercio avisos y tableros en el que se liquide el valor total de los ingresos anuales por estos

conceptos que no superen las 3.500 UVT, con base en factores tales como promedios por

actividad, sectores, área del establecimiento comercial consumo de energía. (Alcaldía de

Mosquera, 2016 – 2019).

Otros factores objetivos indicados del nivel de ingresos de la actividad económica

desarrollada por el contribuyente, a este régimen solo pueden pertenecer las personas naturales

más exactamente los comerciantes, los artesanos, que sean minoristas o detallistas, los

agricultores o ganaderos que cumplan con los requisitos del artículo 499 del estatuto tributario.

Estímulo a los Contribuyentes que empleen personas discapacitadas.

Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros que empleen

personal discapacitado residenciado en el municipio de Mosquera, podrán descontar de su base

gravable anual o mensual según sea el caso, una suma equivalente al doscientos por ciento

(200%) del valor de los pagos laborales efectuados a los discapacitados en el período base del

gravamen. (Alcaldía de Mosquera, 2016 – 2019).

Para establecer la pertinencia del estímulo, la Secretaría de Hacienda, (2016), podrá solicitar a

la empresa beneficiaria certificación de contador público o revisor fiscal sobre los discapacitados

Page 15: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

15

empleados durante el período gravable, en la cual se incluya el documento de identidad y su

nombre completo, así como los pagos laborales realizados. Ello, para verificar el cumplimiento

del beneficio aquí señalado. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que asiste a la

administración para solicitar otra información.

Estimulo por reubicación a zonas industriales determinadas.

La Administración Tributaria Municipal mediante concertación, concederá beneficios a las

empresas que deben reubicarse a nivel municipal, por su situación actual en barrios residenciales,

quienes pasarán a zonas industriales determinadas por el municipio y en cumplimiento de las

disposiciones del Plan Básico de Ordenamiento Territorial. (Alcaldía de Mosquera, 2016 –

2019).

A partir de la puesta en marcha de la actividad productiva, la industria reubicada pagará este

impuesto así:(Alcaldía de Mosquera, 2016 – 2019).

Por el primer año de actividad, la industria pagará el veinte por ciento (20%)

Por el año 2 pagará el cuarenta por ciento (40%)

Por el año 3 pagará el sesenta por ciento (60%)

Por el año 4 pagará el ochenta por ciento (80%)

A partir del año 5 pagará el cien por ciento (100%)

En todo caso como requisito habilitante para acceder según Secretaría de Hacienda, (2016), al

beneficio señalado en el presente artículo, la empresa industrial, comercial o prestadora de

servicios, deberá realizar una inversión demostrada de no menos de cinco mil (5.000) UVT, en

los ítems que se definen a continuación:

Compra de terrenos y/o bienes inmuebles

Construcción de obra nueva.

Page 16: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

16

Para los industriales, comerciantes y prestadores de servicios que quieran beneficiarse de los

incentivos a que se refiere el presente artículo deberán cumplir con los siguientes requisitos:

El diez por ciento (10%) de la mano de obra calificada y no calificada deberá ser del

municipio, para lo cual deberá presentar la certificación de residencia en el municipio por el

período antes señalado, expedida por la oficina asesora jurídica o quien haga sus veces.

Todos los industriales, comerciantes y prestadores de servicios que desee acogerse a los

beneficios citados, deberán estar a paz y salvo por todo concepto con el municipio.

Todos los industriales, comerciantes y prestadores de servicios que desee acogerse a los

beneficios antes citados, deberán cumplir estrictamente con las normas ambientales y de

producción limpia para lo cual deberá presentar la respectiva certificación expedida por la

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Agropecuario y en caso de que esta empresa sea multada

por problemas ambientales, se le eliminarán todos los beneficios que le haya otorgado el

municipio.

La solicitud del beneficio señalado en el presente artículo, deberá efectuarse por parte del

interesado, previo al inicio de actividades en el nuevo sitio o a más tardar dentro de los tres (3)

meses siguientes al inicio de actividades.

Para determinar el impuesto de que trata este artículo, los industriales, comerciantes y

prestadores de servicios deberán presentar su declaración de industria y comercio dentro de los

plazos establecidos por la Administración Tributaria Municipal. (Secretaría de Hacienda, 2016).

La omisión en la presentación de la declaración generará como resultado la pérdida de la

exención señalada en el presente artículo. Lo anterior no exime de la facultad que tiene la

administración para la verificación y fiscalización. (Secretaría de Hacienda, 2016).

Page 17: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

17

Una vez terminado el periodo de exención, el cese de actividades definitivas, modificación o

traslado a otra jurisdicción de la empresa beneficiada con la exención señalada en este artículo

dentro de los dos (2) años siguientes a la finalización de la exención. (Alcaldía de Mosquera,

2016 – 2019).

Dará como resultado la pérdida de los beneficios concedidos en este artículo, salvo que el

cese de actividades definitivas corresponda a liquidación forzosa, con certificación de tal hecho

por parte de la Superintendencia de Sociedades. (Alcaldía de Mosquera, 2016 – 2019).

5.5.2. Municipio de Madrid.

Al igual que Mosquera, Madrid hace parte de la Sabana de Occidente del Departamento de

Cundinamarca, con 120 km2 de área total, se conecta con la capital Bogotá por el occidente de la

misma, teniendo como vías Calle 80/Autopista a Medellín y la Calle 13/vía a Faca, con

aproximadamente unos 82.118 habitantes Madrid es otra de las opciones que el Departamento

tiene para el crecimiento económico del mismo. (Alcaldía Madrid, 2016 – 2019).

Grafica 2. Mapa del Municipio de Madrid.

Fuente: Mapa del Municipio de Funza. Tomado de Instituto Geográfico Agustín Codazzi, (IGAC).

Page 18: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

18

Tabla N.2. Acuerdo 032 de 2016 y Acuerdo 027 de 2017 Municipio de Madrid.

Beneficio Acuerdo Municipal Articulo Descripción

Actividades no Sujetas. 018 - 2016 Art 44 – 5. Los artículos de

producción nacional

destinados a la

exportación.

Extensiones al impuesto

de Industria y Comercio

018 - 2016 Art 64 Las empresas

industriales establecidas

en el Municipio de

Madrid en sectores

residenciales que

reubiquen sus plantas

industriales s sectores

establecidos en el plan de

ordenamiento territorial

como usos industriales

estarán exentas al pago

del impuesto de

industria y comercio por

(5) años de acuerdo con

la tabla que se señala a

continuación.

a) Por el 1 año de

actividad en su nueva

planta, la exención

cobijará el 70% del

impuesto al cargo b) por

el segundo año la

exención cobijará el 50%

del impuesto a cargo)

por el año 3 la exención

será del 30%, d) por el

año 4 la exención será

Page 19: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

19

20%, e) por el año 5 la

exención será del 10% A

partir del año 6 el

impuesto a pagar se

equivalente al 100% del

correspondiente

impuesto liquidado.

Incentivo Tributario por

Generación de Empleo

018 - 2016 Art 47 A partir de la puesta en

marcha de la actividad

productiva la nueva

industria guardaran del

siguiente porcentaje de

exención de los

impuestos cobijados con

la misma así: 1 por el

primer año de actividad

la industria nueva

establecida en Madrid la

exención cobijara el 90%

de impuesto a cargo, 2.

por el segundo año la

exención cobija el 80%

por el año 3 pagará la

evasión del 70% 4, por el

año 4 la evasión del 60%,

5 por el año 5 el 50%, 6

por el año 6 la evasión

será del 40%, 7 por el

año 7 la evasión del 30%,

8, por el año 8 la evasión

del 30%, 9, por el año 9

el impuesto a pagar será

equivalente al 100% del

corriente impuesto

liquidado.

Page 20: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

20

Estímulo a los

Contribuyentes que

empleen Población

Discapacitada.

018 - 2016 Art 51 Los Contribuyentes de

Industria y Comercio y

Avisos y Tableros que

emplean personal

discapacitado

residenciado en el

Municipio de Madrid,

podrán descontar de su

base graduable anual o

mensual según sea el

caso una semana

equivalente al (200%),

del valor de los pagos

laborales afectados a los

discapacitados del

periodo base del

gravamen.

Estímulo a

Contribuyentes que

emplean que emplean

población menores de 25

años de edad, madres

cabeza de hogar,

hombres y mujeres

mayores de 40 años

nacidos y / o residentes

en Madrid.

018 - 2016 Art 52 Los Contribuyentes de

Industria y Comercio y

Avisos y Tableros que se

encuentren debidamente

registrados y activos en

el Municipio de Madrid

al 1 de Enero de 2017

que amplíen su planta a

partir de la vigencia este

acuerdo y que en esa

ampliación de planta

contraten población

menor de 25 años,

madres cabeza de edad y

mujeres mayores de 40

años nacido o residentes

en Madrid por un

periodo no inferior a 5

años, podrá descontar de

Page 21: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

21

su base gravable anual,

suma al equivalente del

50% del valor de los

pagos laborales

efectuados a estas

personas.

Bases Gravables para

algunos Contribuyentes

018 - 2016 Articulo 55 Las bases gravables

paralas personas o

Entidades, que realicen

actividades industriales,

siendo el Municipio de

Madrid la sede fabril, se

determinara por el total

de los ingresos

provenientes de la

comercialización de la

producción, obtenidos en

el año inmediatamente

anterior.

Fuente: Elaboración Propia. Basado en el Acuerdoo No. 23 de 2010. Municipio de Madrid.

5.5.3. Municipio de Funza.

Está ubicada en la provincia de sabana de Occidente a 15 Km. De la ciudad de Bogotá.

Limita al norte con Madrid y Tenjo, al Oriente con Cota y Bogotá, al Sur con Mosquera y al

Occidente con Madrid. Tiene una extensión urbana de 4 kms2 y una extensión rural de 66 kms2,

para un total de 70 kms2. Su altura sobre el nivel del mar es de 2.548 m, y su altitud de 4º 43.

(Alcaldía, Funza, 2017). (Alcaldía Funza, 2016 – 2019).

La superficie del municipio es plana, presentando las características típicas de las

altiplanicies cundinamarqueses con pendientes hasta del 3%; sus suelos (Andepts, Tropepts), que

corresponden a la serie Funza.

Se caracterizan por su relieve plano con pendiente entre 0 -1% moderadamente profundo,

bien drenados y con una fertilidad moderada, originados a partir de ceniza volcánica. (DANE,

2018).

Page 22: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

22

Grafica 3. Mapa del Municipio de Funza.

Fuente: Mapa del Municipio de Funza. Tomado de Instituto Geográfico Agustín Codazzi, (IGAC).

Limites Norte: Madrid y Tenjo, Oriente: Cota y Bogotá, Sur: Mosquera, Occidente:

Madrid. (Alcaldía, Funza, 2016 – 2019).

Extensión total: 70 Km2 Altitud de la cabecera municipal (metros sobre el nivel del

mar): 2.548 metros Temperatura media: 14°Cº C Distancia de referencia: 15 km. (Alcaldía,

Funza, 2016 – 2019).

En el municipio de Funza funcionan 13 parques industriales, que aglutinan el 65,71% de las

empresas; el 34,29% restante, se ubica en tres áreas independientes. Según el sector económico

donde desarrollan su actividad, el 53,33% de las empresas ofrecen servicios; el 42,86% realizan

actividades de manufactura y el restante 3,81%, se dedica a realizar actividades del sector

agropecuario. (Alcaldía, Funza, 2016 – 2019).

En las empresas prestadoras de servicios, se encontraron 17 categorías diferentes. El 37,50%

ofrecen servicios de logística y transporte; el 10,71%, en comercio de materias primas; el 8,93%,

comercializan productos para ferreterías; el 5,93%, distribuye productos y alimentos para el

hogar, es importante indicar que se hallan bodegas de almacenes Éxito, Carrefour y Coratiendas;

también con el 5,93%, se evidenciaron empresas que ofrecen servicios petroleros y, en menor

porcentaje, se encuentran empresas que comercializan productos de aseo personal, vestuario,

electrodomésticos, artes gráficas y de productos farmacéuticos.(DANE, 2018).

Page 23: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

23

Tabla .3. Acuerdo 012 de 2017, por el cual se establece el estatuto de rentas del municipio

de Funza.

Beneficios Acuerdo Municipal Articulo Descripción

Base Gravable especial -

zona Industrial

Art 80.

Cuando la sede fabril del

contribuyente se

encuentre ubicada en el

Municipio de Funza, la

base gravable para

liquidar el impuesto de

Industria y Comercio en

la actividad Industrial

está constituida por el

total de ingresos brutos

provenientes de la

comercialización de la

producción que esta – la

comercialización – se

realice en el Municipio

de Funza o fuera de este.

Bases Gravables

Especiales – Zonas

Francas

012 del 2017 Art 80 Cuando la sede fabril del

contribuyente se

encuentre ubicada en el

Municipio de Funza, la

base gravable para

liquidar el impuesto de

Industria y Comercio en

la actividad Industrial

está constituida por el

total de Ingresos bruto

provenientes de la

comercialización de la

producción que sea esta

– la comercialización – se

realice en el Municipio

de Funza o fuera de este.

Page 24: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

24

Estímulos Tributarios a

nuevas Empresas

012 del 2017 Art 100 Las nuevas empresas

que se establezcan en las

zonas industriales del

Municipio de Funza

determinadas por el plan

básico de ordenamiento

territorial, a partir del

momento indicado del

parágrafo cuarto

transitorio , del presente

artículo por una sola vez

y por un término de (5)

años gravables podrá

beneficiarse de un

Incentivo Tributo sobre

el Impuesto de Industria

y Comercio, Avisos y

Tableros consistentes en

la exoneración aplicable

para cada periodo

gravable vigente, que

este en la nómina y que

tenga residencia en

Funza no menor a (2)

años certificados por

autoridad competente y

que dicho porcentaje se

sostenga por cada año de

exoneración de (30)% y

en los porcentajes que se

establezcan en la tabla

relacionada con el

artículo 303 “Beneficio”

Beneficios Nuevas

Empresas.

012 del 2017 Art 102 Articulo 103 Beneficio.

Las nuevas empresas

que se establezcan en

zonas industriales del

Page 25: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

25

Municipio de Funza,

determinadas por el Plan

de Ordenamiento

Territorial a partir del

momento indicado en el

parágrafo cuarto

transitorio del presente

artículo por una sola vez

y por un término de (5)

años gravables podrán

beneficiarse de un

incentivo Tributario

sobre el Impuesto de

Industria, Comercio,

Avisos y Tableros,

consistente en una

exoneración aplicable

para cada periodo

gravable vigente, que

estén en la Nómina y que

tengan residencia en

Funza, con un periodo

no menor a (2) años

certificados por la

autoridad competente y

que dicho porcentaje se

sostenga a cada año de

exoneración de (30)%en

los porcentajes que se

establecen en la siguiente

tabla AÑO

EXONERADO%

EMPLEABILIDAD.

Termino para solicitar la

Extensión.

012 del 2017 Art 104 Las nuevas empresas

que desean disfrutar de

la exoneración deberán

hacer la solicitud dentro

Page 26: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

26

de los 6 meses siguientes

a la inscripción del

registro de industria y

comercio RIC pasado

este término no podrá

acceder al beneficio, se

tendrá presentada la

solicitud como

extemporánea y por lo

tanto acareará la

pérdida del Beneficio

Tributario. Respecto a la

nueva empresa

industrias que se

instalan que requieren

importar o comprar

maquinarias o equipos

para que puedan gozar

de la exención, no podrá

trascurrir un plazo

mayor a (2) años entre la

fecha del establecimiento

de la nueva empresa y en

el momento que empiece

la fase productiva. En

todo caso deberán hacer

la correspondiente

solicitud dentro del

término y condiciones

establecidas en el inciso

anterior.

Fuente: Elaboración Propia. Basado en el acuerdo 21 de 2017, por el cual se establece el estatuto de rentas del

municipio de Funza.

En cuanto a la serie poblacional del 2005 al 2020, para cada municipio que integra el entorno

local, objeto de la presente investigación se muestra a continuación: Tabla 4.

Page 27: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

27

Tabla N.4. Análisis de la población total para la zona de estudio desagregada por los 3

Municipios, los datos son:

AÑO MADRID MOSQUERA FUNZA

2017 80.622 86.954 78.146

2018 82.118 89.108 79.545

2019 83.612 91.282 80.937

Fuente: Elaboración Propia. Basada en DANE. (2005-2020).

En el análisis de la tabla No 4, se detalla que el municipio que posee mayor número de

habitantes, corresponde a Mosquera, seguido por los municipios de Madrid y Funza,

respectivamente. Tal situación obedece, primero a la cercanía de las áreas urbanas de éstos

municipios con el borde occidental de Bogotá. De otra parte, se evidencia que las tasas de

crecimiento poblacional oscilan entre 0,5% y el 2,39%, siendo la mayor tasa registrada la

correspondiente al municipio de Mosquera.

La zona de estudio tiene una extensión territorial de 467 km2, lo que corresponde al 2,0% del

área total del departamento, comprende los municipios de Funza, Mosquera y Madrid, de

acuerdo a los criterios para su delimitación detallados en el numeral 6.4, del presente estudio.

En cuanto al Producto Interno Bruto, según las cifras de la Secretaría de Planeación de

Cundinamarca, para el año 2018, la zona de estudio generado $ 2.434.598,6 millones de pesos de

PIB, siendo unas de las zonas que mayor contribución le genera al PIB del departamental. (Plan

de Competitividad de las provincias Sabana Occidente y Sabana Centro. 2017).

Tal situación puede deberse al efecto de aglomeración que se genera con el distrito de Bogotá,

que trae consigo efectos directos sobre el crecimiento económico y poblacional de los

municipios próximos los cuales impulsan la actividad económica, especialmente en dos líneas la

industrial y de servicios.

Page 28: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

28

Particularmente en el área de estudio se puede detallar el asentamiento de industria enmarcada

en 11 líneas productivas, en donde, la mayor representación, entendida por número de empresas

asentadas en la zona:

Corresponde a la fabricación de, plásticos y cauchos (16,12%), productos metalúrgicos y

derivados del metal (15,13%) y sustancias químicas (14,14%). Plan de Competitividad de las

provincias Sabana Occidente y Sabana Centro. (2017).

8. ELEMENTOS DE ANÁLISIS DE LOS IMPUESTOS DE INDUSTRIA Y

COMERCIO Y EN EL MUNICIPIO DE MADRID, MOSQUERA Y FUNZA.

Análisis Comparativo del Impuesto de Industria y Comercio.

El impuesto de Industria y comercio es un impuesto de carácter territorial se encuentra

regulado por la ley 14 de 1983, en donde se determinaron las bases elementales para aplicar la

administración y liquidación del impuesto.

Sin embargo, en cada uno de los municipios seleccionados mediante los acuerdos municipales

se determinaron características propias que se describen a continuación.

Allí encontrarán las principales diferencias y sus puntos más representativos para cada

municipio. Véase el cuadro 2.

Cuadro 2. Cuadro de semejanzas del Impuesto Industria y Comercio.

ELEMENTOS Y CARACTERÍSTICAS SEMEJANZAS EN MADRID, MOSQUERA Y

Page 29: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

29

FUNZA.

HECHO GENERADOR

Constituido por la realización directa o indirecta de

cualquier actividad industrial, comercial, servicios o

financiera en el municipio, ya sea que se cumplan en

forma permanente u ocasional, en inmuebles

determinados, con establecimientos de comercio o sin

ellos.

ACTIVIDADES EXCLUIDAS

ACTIVIDADES EXCLUIDAS

De conformidad con el artículo 39 de la Ley 14 de

1983.No están sujetas a los impuestos de industria,

comercio y de avisos, las siguientes actividades: a. La

producción primaria, agrícola, ganadera y avícola sin

que se incluyan en esta prohibición la fabricación de

productos alimenticios o toda industria donde haya un

proceso de transformación por elemental que este sea. b.

La producción nacional de artículos destinados a la

exportación. La explotación de canteras y minas

diferentes de sal, esmeraldas y metales preciosos,

cuando las regalías o participaciones para el municipio

sean iguales o superiores a lo que corresponderá pagar

por concepto de los impuestos de industria, comercio y

avisos d. Las actividades desarrolladas por los

establecimientos educativos públicos, las entidades de

beneficencia, las culturales y deportivas, los sindicatos,

las asociaciones de profesionales y gremiales sin ánimo

de lucro, los partidos políticos y los hospitales adscritos

o vinculados al sistema nacional de salud. e. Cuando las

entidades a que se refiere el párrafo anterior realicen

actividades industriales o comerciales serán sujetos del

impuesto de Industria y Comercio en lo relativo a tales

actividades. (Artículo 11 Ley 50 de 1984). f. La primera

etapa de transformación realizada en predios rurales

cuando se trate de actividades de producción

agropecuaria, con excepción de toda industria donde

haya una transformación por elemental que ésta sea.

SUJETO ACTIVO

El respectivo municipio, quien se encargará de

Page 30: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

30

administrar, estos impuestos.

SUJETO PASIVO

Las personas naturales, jurídicas, las sociedades de

hecho, los patrimonios autónomos, fiduciarias,

consorcios o unidades temporales, que realicen el hecho

generador.

BASE GRAVABLE

Ingresos brutos obtenidos por el contribuyente durante

el respectivo periodo gravable.

Fuente: Elaboración Propia. Basado en Acuerdos Municipales de Mosquera, Madrid y Funza.

El impuesto de industria y comercio grava a las personas naturales y jurídicas que realicen en

el municipio de Madrid; Mosquera o Funza, una actividad que no esté exenta ni excluida, de

forma permanente u ocasional, y que para ello cuenten o no con un establecimiento de comercio.

Cuadro 3. Comparativo del impuesto de industria y comercio.

ELEMENTOS Y

CARACTERÍSTICAS

MADRID MOSQUERA FUNZA

RÉGIMEN

SIMPLIFICADO

Ingresos brutos menores a

174 SMMLV. Patrimonio

menor a 194 SMMLV.

No se especifica No se especifica

RÉGIMEN COMÚN Ingresos brutos mayores o

iguales a 174 SMMLV.

Patrimonio mayor o igual

a 194 SMMLV.

No se especifica

No se especifica

PERIODO GRAVABLE

Anual, al igual que su

liquidación y declaración.

Anual. No obstante, los

sujetos pasivos del

Impuesto de Industria,

Comercio y Avisos,

deberán liquidar y declarar

con periodicidad mensual,

el monto correspondiente

al anticipo estipulado.

Anual, al igual que su

liquidación y declaración.

TARIFA Es determinada por el

concejo municipal dentro

Es determinada por el

concejo municipal dentro

Es determinada por el

concejo municipal dentro

Page 31: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

31

de los límites establecidos. de los límites establecidos. de los límites establecidos.

TARIFAS

ESPECIALES

Establézcase una tarifa

especial mensual diaria de

un (1) SMMLV

vendedores ambulantes sin

vehículo y de tres (3)

SMMLV vigentes para los

vendedores ambulantes

con vehículo.

Los Pequeños

Contribuyentes del

impuesto de Industria y

Comercio, de las

actividades comercial y de

servicios, que obtengan

anualmente ingresos netos

gravables inferiores a

Veinte (20) SMLMV, para

cada año aplicarán la tarifa

mínima del 6.0 por mil,

sin Aplicar el anticipo, ni

el descuento por pago

oportuno de forma anual

Establézcase una tarifa

especial mensual diaria de

un (1) SMMLV

vendedores ambulantes sin

vehículo y de tres (3)

SMMLV vigentes para los

vendedores ambulantes

con vehículo.

ACTIVIDADES

EXCLUIDAS

No aplican otras El tránsito de cualquier

género que atraviese por el

Municipio encaminados o

no a él. La persona

jurídica originada en la

constitución de la

Propiedad horizontal. Los

servicios inherentes a las

profesiones liberales que

no son actividades

mercantiles.

No aplican otras

ANTICIPO 30% del Impuesto de

Industria y Comercio

determinado para los

contribuyentes

clasificados como régimen

común.

40% del Impuesto de

Industria y Comercio

determinado por los

contribuyentes en la

liquidación privada.

30% del Impuesto de

Industria y Comercio

determinado para los

contribuyentes

clasificados como régimen

común.

INCENTIVOS Quienes inicien

actividades industriales no

contaminantes, que

generen empleo a los

habitantes del Municipio,

Los Contribuyentes que

realicen actividades

Industriales, Comerciales

y de servicios, que se

establezcan físicamente en

A quienes tengan o

empiecen con actividades

industriales no

contaminantes, que

generen empleo a los

Page 32: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

32

tendrán un descuento,

durante los primeros cinco

(5) años de producción, en

el pago del impuesto de

Industria y Comercio

gradualmente. Se exonera

los 5 primeros años a las

actividades de educación

de niños, jóvenes de

escasos recursos y que el

valor de la pensión

mensual no supere 3

SMDLV. Por pago

anticipado. Para los

contribuyentes del

régimen común por

realizar el pago anticipado

bimestral del 1%

el municipio de Mosquera

para desarrollar

actividades grabadas por

el impuesto de Industria y

Comercio: Disfrutarán de

los beneficios tributarios

creados, siempre que

generen empleos directos

en un 50% del personal

con domicilio probado en

el Municipio de

Mosquera, del total que

requieran para el

desarrollo de sus

actividades. Incentivo del

2% para las industrias que

implementen buenas

prácticas ambientales.

habitantes del Municipio,

tendrán un descuento,

durante los primeros cinco

(5) años de producción, en

el pago del impuesto de

Industria y Comercio

gradualmente

DESCUENTOS 10% del impuesto a cargo,

siempre y cuando cancele

la totalidad del valor a

pagar dentro de las fechas

establecidas.

3% sobre el valor

liquidado, en los diez 10

primeros días hábiles

siguientes al mes causado.

Para los contribuyentes

que su liquidación arroje

una cifra inferior a 4

SMDLV, deberán tributar

por este valor mínimo

tributado.

LIQUIDACION

El total de los ingresos del

año anterior a las

devoluciones, descuentos

y rebajas. – deducciones,

exenciones y actividades

no gravadas. = Total

ingresos brutos * tarifa

+15% imp. Industria y

comercio + Valores y

unid. Adicionales –

retenciones practicadas en

el año = Total a cargo +

Ingresos ordinarios del

periodo – devoluciones,

descuentos y rebajas. –

deducciones, exenciones y

actividades no gravadas. =

Total ingresos brutos *

tarifa +15% imp. Industria

y comercio = Total a

cargo – descuentos por

pago oportuno –

descuento incentivo

ambiental – incentivo

El total de los ingresos del

año anterior – las

devoluciones, descuentos

y rebajas. – deducciones,

exenciones y actividades

no gravadas. = Total

ingresos brutos * tarifa

(ver anexo 4) +15% imp.

Industria y comercio +

Valores y unid.

Adicionales – retenciones

practicadas en el año.

Page 33: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

33

sobretasa bomberil (3%) +

sanciones + anticipo año

siguiente – anticipo año

anterior – descuentos por

pago oportuno = valor a

pagar.

tributario –reteica–saldo a

favor = valor a pagar.

Fuente: Elaboración Propia. Basado en Acuerdos Municipales de Mosquera, Madrid y Funza.

Cuadro 4. Mosquera: Fut Ingresos.

NOMBRE PRESUPUESTO

INICIAL(Pesos)

RECAUDO

EFECTIVO(Pesos)

TOTAL

INGRESOS(Pesos)

IMPUESTO DE INDUSTRIA

Y COMERCIO 37.537.500.000 40.659.672.265 40.659.672.265

Fuente: Elaboración Propia. Basada en el Reporte Fut Ingresos (2018).

Cuadro 5. Funza: Fut Ingresos.

Fuente: Elaboración Propia. Basada en el Reporte Fut Ingresos (2018).

Cuadro 6. Madrid: Fut Ingresos.

Fuente: Elaboración Propia. Basada en el Reporte Fut Ingresos (2018).

NOMBRE PRESUPUESTO

INICIAL(Pesos)

RECAUDO

EFECTIVO(Pesos) TOTAL INGRESOS(Pesos)

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y

COMERCIO 51.589.727.591 67.362.685.112 67.362.685.112

NOMBRE PRESUPUESTO

INICIAL(Pesos) RECAUDO EFECTIVO(Pesos) TOTAL INGRESOS(Pesos)

IMPUESTO DE

INDUSTRIA Y

COMERCIO

15.737.407.023 20.399.687.826 20.399.687.826

Page 34: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

34

De acuerdo, con la información suministrada en los cuadros 4, 5 y 6 se establece el reporte de

los ingresos de los 3 municipios seleccionados, ante el impuesto de industria, el presupuesto

inicial, el definitivo, el recaudo en efectivo, los recaudos sin situación de fondos y servicios

financieros cuya base gravable son los ingresos totales, por lo cual algunas tarifas del

impuesto de industria y comercio están entre el 4 y el 10 por mil y para los financieros

están en el 5 por mil

9. CONCLUSIONES.

En Cada municipio se establece un anticipo de 30% para Madrid y 40% en Mosquera y

Funza para todos sus contribuyentes; como mecanismo para garantizar el recaudo de los

impuestos basados en la estadística de generación del impuesto de cada ente obligado a declarar,

pero el anticipo en Madrid solo puede ser aplicado por los contribuyentes del régimen común.

Como incentivo para fomentar la inversión en los municipios en Mosquera se ofrecen

descuentos del 50% del impuesto generado durante los primeros cinco años para quienes

comiencen actividades y empleen como mínimo al 50% del total de sus empleados a residentes

del municipio, en el municipio de Madrid se exonera de igual forma por los primeros cinco años

en porcentajes decrecientes del 90% al 10%, adicionalmente para aquellas fundaciones sin ánimo

de lucro que realicen actividades de educación podrán quedar exoneradas al 100% del impuesto a

cargo.

Como incentivos y descuentos otorgados por el pago cumplido dentro de las fechas

establecidas por los contribuyentes en Madrid es del 10%, mientras que en Mosquera es del 3%,

lo que indica que en Madrid se presenta mayor evasión de impuestos o se cancelan mayores

sanciones por extemporaneidad lo que genera que los ingresos que se presupuestaron no se

cumplan dentro de los periodos determinados y se incurran en gastos adicionales o se retrasen las

obras de desarrollo del municipio.

Page 35: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

35

El impuesto delineación urbana, no está claramente definido por la ley, sin embargo, cada

municipio tiene la potestad de determinarlo con base a las construcciones, adecuaciones y en

general modificaciones que se presenten en un predio o edificación dentro de cada municipio.

La estructura etaria en las zonas objetos de estudio, permite determinar que la mayor

parte de sus habitantes se encuentra en un rango de edad entre los 10 y 19 años (18,6%) y los 20

y 29 años (17,1%); mostrando un evidente predominio de la población joven. Esta estructura

atarea, es atractiva en términos de disponibilidad de mano de obra en el mediano plazo, dado que

el entorno local cuenta hoy con un importante volumen de población en edad de trabajar (55%

frente al total de la población).

En cuanto a la ventaja competitiva se destaca en los 3 Municipios la producción

ganadera, lechería que se radican en grandes haciendas; en la parte agrícola se enfatiza por el

gran aumento de la producción de lechuga, papa y arveja entre otros ya que, gracias a la

ubicación estratégica, su cercanía a Bogotá y su clima es que se puede dar esta clase de

producción.

En Mosquera podemos encontrar una serie de situaciones desfavorables tales como: La

prohibición de la entrada de vehículos pesados ya que el diseño de las carreteras no están aptas

para vehículos de cierto peso, todo ello sin sacrificar el mercado, en el área de otras

infraestructuras se requiere más espacio y esparcimiento para los deportes, escenarios y un

reacomodo de instalaciones administrativas del municipio, hay una falta de calificación de mano

de obra, lo cual ha derivado el contrato del personal de otras poblaciones.

En Mosquera tenemos un 62% del sector industrial cuenta con 237 empresas registradas

en la cámara de comercio de Facatativá al año 2010, pero solo 274 según el censo el 2005, 28%

unipersonales, 42% microempresas entre 2-5 trabajadores, 16% son microempresas de 6-10

trabajadores (48 empresas) con una mejor perspectiva de crecimiento y generan empleo.

Mosquera cuenta con varias empresas de productos alimenticios: Doria S.A.S, molinos el lobo

S.A., fiberglass Colombia S.A. purina Nestlé S.A.

Page 36: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

36

REFERENCIA.

Acuerdo No. 23 de 2010. “Por medio del cual se establece el Estatuto de ingresos y rentas del

municipio de Madrid”. Emitido por el Concejo Municipal de Madrid, Cundinamarca.

Acuerdo No. 25 de 2008. “Por medio del cual se adopta el estatuto de rentas

Page 37: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

37

municipal, se adiciona la normatividad sustantiva tributaria, el procedimiento tributario y el

régimen sancionatorio para el municipio de Mosquera y se dictan otras disposiciones”.

Emitido por el Concejo Municipal de Mosquera, Cundinamarca.

Acuerdo No. 05 de 2009. “Por medio del cual se reglamenta la publicidad exterior visual en el

municipio de Funza, Cundinamarca”. Emitido por el Concejo Municipal de Funza. Junio

2 de 2009.

Alcaldía de Madrid. (2016 - 2019). Alcaldía de Madrid Cundinamarca. Recuperado el 09 de

mayo de 2019, de: http://madridcundinamarca.gov.co/apcaa/po_03.jpg.

Alcaldía de Mosquera. (2016 - 2019). Alcaldía de Mosquera Cundinamarca. Recuperado el 10 de

Mayo de 2019, de: http://mosqueracundinamarca.gov.co/apcaa- /po_05.jpg.

Alcaldía de Funza. (2016 - 2019). Alcaldía de Funza Cundinamarca. Recuperado el 11 de mayo

de 2019, de: http://funzacundinamarca.gov.co/apcaa/po_07.jpg.

Bernal, C. (2010). Metodología de la investigación. Bogotá DC: Pearson.

Cámara de Comercio de Bogotá. (2018). Impacto del TLC en la región.

DANE. (2017). Estimaciones y proyecciones según DANE.

Departamento Administrativo Nacional de Estadística. (2018). Boletín Censo General

2018. Bogotá: DANE.

Decreto No. 400 de 1999. “Por el cual se expide el cuerpo jurídico que compila las normas

sustanciales vigentes de los Tributos Distritales”. Bogotá Cundinamarca.

Devia, S. (2016). “La Descentralización en Colombia: Un reto permanente”. Revista de la

Información Básica No 2 VOL 1 DANE, Bogotá Colombia

Page 38: BENEFICIOS E INCENTIVOS EN INDUSTRIA Y COMERCIO SECTOR

38

Dirección de Prospectiva y Evaluación Integral. (2019). Ficha básica estadística 2019.Mosquera

-Cundinamarca: Alcaldía de Mosquera -Cundinamarca.

Esquemas, Plan Básicos y Planes de Ordenamiento Territorial, (2019). Municipios de Madrid,

Mosquera y Funza.

González, F y Calderón V. (2012). “Las reformas Tributarias en Colombia el siglo XX (I)”.

Dirección de Estudios Económicos. Departamento Nacional de Planeación. Bogotá

Colombia.

Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C., y Baptista Lucio, P. (2010). Metodología de la

investigación. México. D.F.: McGraw-Hill Interamericana.

Incentivos Tributarios en Colombia, (2017). Fuentes de privilegios y de corrupción. Recuperado

de: http://franciscoazuero.blogspot.com/2010/04/incentivos-tributarios-en-

colombia.html

Los Cinco Sectores Económicos de la Economía. (2018). Recuperado de:

https://www.actividadeseconomicas.org/2018/09/sectores-economicos.html

Plan de Competitividad de las provincias Sabana Occidente y Sabana Centro. (2017).

Universidad el Rosario.

Universidad Nacional de Colombia. (2017). La Sabana de Bogotá, Contexto General y Marco de

Referencia. Recuperado el 07 de mayo de 2019, de:

http://www.bdigital.unal.edu.co/1393/3/02CAPI01.pdf.