contrato ghella dominicana

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/ '

V >~

Santo Domingo de Guzman, D.N.,

1 0 JUN 2 0 0 9

Senor

JULIO CESAR VALENTiN JIMINIAN,

Presidente de la Camara de Diputados de la

Republica Dominicana.

Su despacho.

Senor Presidente:

Aprobada por el Senado en Sesion de fecha 4 de junio del afio 2009, placeme

remitirle para los fines constitucionales, la resolucion de la Enmienda No.2, de fecha 27 demarzo del afio 2009, al contrato del 20 de abril del afio 2006; suscrito entre el Estado

dominicano y el Consorcio Ghella & Asociados, para la realizacion y ejecuci6n de los

trabajos, las obras civiles e hidraulicas del Acueducto de Higuey-Bavaro, mediante dicha

Enmienda No.2 se modifican los articulos del contrato original y del adendum No.1.

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RitZ ,Presidente delSen, 0 / . '

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E L CONGRESO NACIONALEN NOMBRE DE LA REPUBLICA

,. .

~

VISTOS: Los incisos 14y 19del articulo 37 de la Constitucion de la Republica.

VISTA: LA ENMIENDA No.2, de fecha 27 de marzo del afio 2009, al Contrato del

20 de abril del afio2006; suscrito entre el Estado dominicano y el CONSORCIO GHELLA

&ASOCIADOS, para el proyecto ACUEDUCTO HIGUEY-BA VARO.

RESUELVE:

UNICO: APROBAR LA ENMIENDA No.2, de fecha 27 de marzo del afio2009, al

Contrato del 20 de abril del afio 2006; suscrito entre el Estado dominicano y el

CONSORCIO GHELLA & ASOCIADOS, para el proyecto ACUEDUCTO HIGUEY-

BAvARo; la Enmienda esta suscrita entre el Estado dominicano, representado por el ING.

MARINO GERMAN MEJiA, Director del Instituto Nacional de Aguas Potables y

Alcantarillados (INAPA), y el Consorcio Ghella & Asociados, representado por el

ING. ROCCO MOCCIA, mediante la cual se modifican los articulos del contrato original y

del AdendumNo.1; que copiada a la letra dice asi:

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CONTRATOPARAELPROYECTO

"ACUEDUCTO HIGUEY - nA v ARO"

ENTRE

ESTADO DOMINICANO(ELESTADO)

y

CONSORCIO GRELLA &ASOCIADOS(EL CONTRATISTA)

SANTO DOMINGO20 DE ABRa DE 2006

Contr ato Acueducto Higuey-Bava ro. . . 1117

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Entre:

De una parte, el EST ADO DOMINICANO, debidamente representado por el lNG. VICTOR DIAZ

RUA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral numero001-020127407, domiciliado y residente en esta ciudad, en su calidad de Director Ejecutivo del

Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), quien para los fines del presente

doeumento se encuentra debidamente autorizado por su excelencia, eI senor Presidente de la

Republica, Doctor Leonel Fernandez Reyna, de acuerdo at poder otorgado a tales fines y por In

autorizacion emitida mediante el acta de la sesion ordinaria del Consejo de Administraci6n del

lNAP A, quien en 1 0 sucesivo se de nom ina ra E L ESTADO DOMINICANO, y,

De la otra parte, CONSORCIO GHELLA & ASOCIADaS, creado de conformidad can la s

>,disposiciones establecidas en la Ley 322, de fecha 2 de Junio de 1981, con domicilio en la ClPaseo

de los Locutores esquina C/Seminario, Local 402, Edifieio Ginza Dominicana Center, 4to. Piso,

Ensanehe Piantini, en la ciudad de Santo Domingo, e integrado por GHELLA S.p.A., sociedad

comercial constituida y organizada de conformidad con la s leyes de Italia, con domicilio socialubicado en Roma, Piazzale Cardinal Consalvi, No.9, debidamente represent ada por el Ingeniero

Riccardo Dina. de nacionalidad italiana, con pasaporte numero Y364822, con domicilio y

residencia en la ciudad de Santo Domingo, Republica Dominicana; CONSTRUCTORA

BAUTISTA S.A. (COBAUSA), soeiedad comercial constituida y organizada de conformidad con

las leyes de la Republica Dominicana, con domicilio social y oficinas principales ubicadas en CIManzana C, Edificio Dinorin I, Apartamento A-21, Urbanizacion Gacela, Santo Domingo D.N.,

Republica Dorninicana, representada par su Representante Legal, Ing. Garibaldy Bautista,dominicano, casado, mayor deidad, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad No. 001-

0777983-7, y; GHELLA S.A., con dornicilio en Santo Domingo, Republica Dominicana,debidamente representada conjuntamente en este acto par sus ap oderad os , Ia Lie. Altagracia

Sanchez Jimenez, dominicana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la cedula de

identidad No.OOl"0459412-2, y el Roberto Condini, italiano, mayor de edad, casado, de este

dornicilio, titular de la cedula de identidad dominicana No.OOl-1807573-8, entidad que en 1 0

adelante del presente documento se denominara "EL CONTRATISTA" ..

EL ESTADO DOMINICANO Y EL CONTRATISTl\ cuando fueren designados conjuntamente, ~se denominaran las "Partes".

PREAMBULO

XPOR CUANTO: EL ESTADO DOMINICANO ha reiterado su compromiso, junto a los gobiernosamigos, los organismos intemacionales y la poblaci6n, para trabajar conjuntamente en el

mejoramiento de las condiciones sanitarias, el acceso universal al agua potable y la elevaci6n de losindices de calidad de vida del pueblo dominicano.

POR CUANTO: En eI marco de dicho compromise, EL ESTADO DOMINICANO tiene como

.prioridad garantizar el abastecimiento integral de agua potable en Ia zona este de! pais. h

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro 2117

r,

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POR CUANTO: 3L ESTADO D01vITNICANO comprometido con el desarrollo de la zona este del

pais ha solicitadt al CONTRATISTA la construccion de un nuevo acueducto para la ciudad de

Higuey y para 1 , 1 S zonas de desarrollo turistico de Bavaro y Punta Cana, que ofrezca agua potable

con las garnntias de salubridad recornendadas por la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) y ensuficiente canti lad como para satisfacer a plenitud, la demanda de agua potable de los usuarios,

tanto para la ciuriad de Higuey como para la zona de Bavaro-Punta Cana para los proximos veinte

(20) afios.

POR CUANTO: EL ESTADO DOMINICANO procedera, a traves del Instituto Nacional de Aguas

Potables y Alcantarillados - !NAPA (ENTIDAD EJECUTORA) Y conjuntamente con EL

CONTRATISTA, ala construccion de las obras tendentes a convertir en una realidad el suministro

directo de agua potable a Ia poblacion , bajo las condiciones y terminos detallados mas adelante en

, el presente Contrato.«>,

POR CUANTO: LA ENTIDAD EJECUTORA sera la responsable de someter par ante el

Congreso Nacional el Contrato de Financiamiento a ser suscrito entre el EST ADO DO:MINICANO

y laCs) entidad(es) financiera(s) comercia1(es) que en 1 0 adelante se denominani(n) ENTIDAD(ES)

PREST AMISTA(S).

POR TANTO, y en el entendido de que el preambulo anterior forma parte integral del presente

Contrato,LAS PARTES LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:

Articulo 1: Objeto y Alcance del Contrato,«

1.1. EI presente Contrato tiene por objeto la contrataci6n por parte del EST ADO DOlY.lINICANO

de los servicios del CONTRATIST A, para la realizacion y ejecuci6n de los trabajos de las

obras civiles e hidraulicas tendentes a Ia Construccion del Acueducto Higuey-Bavaro, ubicadoen la Provincia La Altagracia, conforme se detalla en el Alcance previsto en el numeral 1.2.

del presente Contrato, asi como el suministro de materiales y equipos a ser aplicados en la

obra. La realizacion de los servicios acordados mediante el presente Contrato se llevara a ~

efecto de conformidad con la Ingenieria de Detalle a ser elaborada por EL CONrRATIST A

previa a l inicio de construccion de cada obra que tamara parte del alcance de este Contrato,con base en los parametres entregados por el !NAPA, el Disefio Definitivo y los planes,

especificaciones, presupuestos y demas documentos preparados por las Partes y que figuran

detallados en el Articulo 2 como documentos integrales del presente Contrato. .\

1.2. EI alcance previsto del presente Contrato comprende las siguientes obras para el

abastecimiento de agua potable en In ciudad de Higuey y los polos turisticos de Bavaro y

Punta Cana :

- Presa de Gravcdad en ReC !Al tura maxima 40.00 m.s.n.m.

Longitud 1,000.00 m

Vo lumen emba ls e 65.00 M de m3

Volumen util embalse 63.00 M de m3

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-1.00 m

3/5- Obra d e T om a Caud al Bombea do

Bambas 4.00 Unidades

- Planta de Tratarriento Higuey N um ero d e Mod ules 2.00 Unidades

Capac idad de Tr at am i ent o 1.00 m3!

p c c arla Mod ulo

- Tuberia Line' Agua Cruda Diametro 1.50 rn

Longitud 12.00 Km.

~T an qu e d e A lm a ce nam ie nto e n H ig iie y Capacidad 5,000.00 m3

"... _

Di amc tro d el T anque 23.00 m

Altura M ax. Agua . 12.00 m

- T ub eria P la nta T ratam ie nto / T an qu e e n R ufin a Diametro 0.90 m

Longitud 35.00 Km.

- T an qu e de A lm ac en am ie nto e n R ufin a Capacidad 5,000.00 m3

Di ame tr o d el T a nqu e 23.00 m

Altum Max. Agua 12.00 m

- T ub cria T anq ue en R ufina / B av aro -P un ta C an a Diametro 0.90 m

Longitud 12.00 Km.

- Tuberia Linea de Impulsion Diametro 1.10 m

Longitud 2.00 Km

- D ique Dcr iv ad or Longitud 200.00 m

A l t u r a 10.00 m

Cauda l De r ivado 0.50 m31 s

- Tuncl Canal Longitud 2.00 Km.

lDiamctro 3.50 m

El dimensionamiento de los Tanques y su capacidad se ajustaran a los requenmientos que result en

del Disefio Definitivo a ser aprobado par la ENTIDAD EJECUTORA.

EI conjunto de las actividades detalladas en el Alcance del presente Contrato sera definido

indistintamente como las "Obras".

Las Partes acuerdan que el Alcance previsto en el Contrato estara sujeto a las adecuacioncs que las

Partes consideren oportunas, sobre la base de las cantidades revisadas luego de la conclusi6n de la

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Ingenieria de Detalle; asi como durante la ejecucion de las Obras, en base con las cantidades reales

ejecutadas en funci6n de los imprevistos que pueden ocurrir.

Articulo 2: Documentos del Contrato,«

El Contrato esta integrado por los doeumcntos indicados a continuaci6n, los cuales ambas Partes

firman con el presente Contrato, cuyos terminos y disposiciones constituyen obligaciones validas

oponibles a las Partes, y euya prioridad sera como sigue:

1. EI presente Contrato;

2. Anexo 1: Disefio Preliminar;

3. Anexo 2: Criterios de Medici6n y Page;4. Anexo 3: Planilla de Preeios (a ser presentada durante la Ingenieria de Detalle);

5. Anexo 4 : Condiciones Particulares FIDIC; y,

:" '-.6. Anexo 5 : Condiciones Generales FIDIC.

Las Partes acuerdan que en caso de ambiguedad 0 discrepancia en los documentos aqul indicados,primaran las disposiciones que contenga el documento que tenga primacia, segun el orden de

prioridad anteriormente indicado.

Una vez terminada l a I ngeni er ia de DetaUe Ia ENTIDAD EJECUTORA Y EL CONTRATISTA

ajustaran los Criterios de Medicion y Pago conforme a las neeesidades y partidas que resulten del

Disefio Definitivo, as i como la Lista de Cantidades y Preeios a ser aprobados por la ENTIDADEJECUTORA. .

Articulo 3: Plazo de Ejecucion.-

3.1. El programa de Construccion de las obras de Construe cion del Acueducto Higuey - Bavaro,

preve la realizacion de las Obras dentro de los treinta y seis (36) meses a partir de la fecha deinicio de los trabajos conforme definido en Ia C la us ula 6 .2 .

3.2.~

Clausula Penal. Si ocurriere un retraso p0!/Causas imputables al CONTRATISTA en el

eumplimiento del plazo convenido para-terminer los trabajos objeto de este Contrato, EL

CONrRATISTA se obliga a pagar al Estado Dominicano la suma de Cinco Mil Dolares de los

Estados Unidos de America (US$5,000.00) por cada dia de atraso hasta un maximo

equivalente al cinco par ciento (5%) del valor del Contrato.

Articulo 4: Monto, Preclos y Forma de Pago del Contrato.-

4.1 Preeios y Cantidades: El manto del presente Contrato es de ClENTO TREINTA Y CUATRO

:M ILLONES CON 0 01 10 0 DOLARES DE LOS ESTADOS UN IDOS DE AMERICA

(US$134,OOO,OOO.OO).El ESTADO DOMlNICANO pagara al CONTRATISTA por Ia

ejecucion de la Ingenieria de Detalle, Suministro de Materiales y Equipos y ejecuci6n de las

Obras objeto del Contrato, las sumas determinadas por el total de las unidades de trabajo

ejecutadas, multiplicadas por los precios unitarios establecidos en la Planilla de Precios a ser ( ) } Ipresentada durante la Ingenieria de Detalle, segun la siguiente distribuci6n estimada: \

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MentoMonto Totalasc

Descripcion Parcial (USD)(USD)

1.0 ACUEDUCTO HIGUEY 31,830,000.001.1 PARTIDAS GENERAL ES (M o viliz ac io n, y Man ejo d e a gu as ) 1,350,000.001 . 2 LINEA DE ADUCCION DE 1,500 mm 21,000,000.001 . 3 P LA NTA D E TR A T AMlE NTO 4,100,000.001.4 E ST A CION D E BOMBE O 2,400,000.001 . 5 TAN QUE D E ALM ACEN AM IE NTO HIG UEY 2,000,000.001.6 OBRADETOMA 980,000.00

2 . 0 PRESA DE SANA TE Y ORRAS ANEXAS 56,500,000.00,2 . 1 PART IDA S GENERAL ES (Movilizacion y M anejo de aguas) 2,~OO,O()0.OO2 . 2 MOV lM IE NTO D E TlE RR AS 3,900,000.002.3 PER FOR ACION ES E IN YECCION ES D E M OR TER O Y

LECHADA2,500,000.00

2.4 OBRAS DE CON CRETO Y ACERO DE REFUERZO 29,000,000.002 . 5 IN S 1RUMENT ACION

2,100,000.00 -TRABA JO S V ARIO S (C as eta d e o pcra cio n, p av im en to , cerc o,

2,500,000.00.6

patio)

2 . 7 EXCAVACIONES DEL TOOL DE TRASVASE DEL R ioDUEY

1,900,000.002 . 8 PE RFOR ACION ES E IN YECCION ES D E M ORTERO Y

LECHADA3,900,000.00

2.9

OBRAS DE CONCRETO Y ACERO DE REFUERZO 2,000,000.002.10 DISEN O Y IN GEN IERIA DE DETALLE PARA TODO ELPROYECTO

5,900,000.00

3 . 0 ACUEDUCTO BAVARO - PUNTA CANA40,670,000.00

13 . 1

PARTIDA S GENERAL ES (M o viliz acio n y Man ejo d e a gu as ) 900,000.003 . 2 MOV lM IE NT O D E TIE RR AS

1,800,000:00. 3 EQUlPOS MECAN lCOS

370,000.003 . 4

ACUED UCTO BAV AR O - PUN TA CAN A36,500,000.00

. 5T A NQUE D E A LM AC EN AM IE NTO RUFIN A

1,100,000.00

134,000,000.00

4.0 SUPERVISION Y COORDINACION5,000,000.00 5,000,000.00

TOTAL GENERAL JUS$.l

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4.2. Anticipo .Y capital de trabajo: Las obligaciones puestas a cargo del CONTRATISTA se

encuentran condicionadas al pago de un anticipo equivalente al veintc por ciento (20%) del

manto del ContratO.

4.3. Devolucion del Anticipo: La devoluci6n del Anticipo se hara mediante la reduccion de las

Certificaciones Provisionales en el rnismo porcentaje del Anticipo, es decir, en un veinte por

cicnto (20%).

4.4. Forma de Pago: A efectos del pago del Anticipo, de las Relaciones Valoradas Mensuales y de

la Liquidacion Definitiva, los importcs certificados seran pagados en D6lares de los Estados

Unidos de America. Las Partes acuerdan que los pagos al CONTRATISTA seran efectuados

una vez la ENTIDAD EJECUTORA haya aprobado las facturas a cualquier otro documcnto

contable acordado entre las Partes dentro de los plazos indicados para dichos fines en las

Condiciones Particulares FIDIC:

.«>a) Directamente por lafs) ENTIDAD(ES) PRESTAMlSTA(S) por la porcion de credito

exterior.

b) Por el ESTADO DOMINICANO por la parte de contrapartida nacional.

4.5. Las Partes acuerdan que los servicios de Supervision Tecnica, incluidos en el monte total del

Contrato por un valor de CINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS EST ADOS UNIDOS

DE AMERICA (US$S,OOO,OOO.OO), seran gestionados por EL CONTRATISTA, si sc

consigue el financiamiento para los mismos; en caso que no se obtenga el financiamiento,. dicha Supervision sera asumida por el !NAPA.

)

4.6. Plazos para Pago: Los pagos de las Relaciones Valoradas Mensuales y de la Liquidaci6n

Definitiva deberan hacerse efectivos tanto par laCs)ENTIDAD(ES) PRESTAMISTA(S) como

por EL EST ADO DO:MINICANO dentro de los quince (15) dias contados a partir de la

emisi6n de las correspondientes certificaciones por parte del INGENIERO, conforme a las ub clau sula 6 0.2 de las C on dic ion es P artic ula res F ID IC .

Articulo 5. Rea] ustc de Prccios,»

5.1. Todos los pagos en dolares del prescnte Contrato seran reajustados de acuerdo a 1 Harmonized

Consumer Indices of Consumer Prices (Indice de Preeios de COIlSU,mO Arrnonizado) deEuropa publicado por el Departamento de Estadisticas de los paises que integran la UnionEuropea.

5.2. Siendo que la mayor parte de los insumos y bienes aplicados del Proyecto son de origen

europco, los precios del Contrato se reajustaran de acuerdo a su variaci6n y a la variacion de In

tasa de cambio del Euro (€) respecto al D61?r de los Estados Unidos de America (US$). Estos

reajustcs seran hechos para todas las partidas de la Planilla de Precios, seran valederas durante

toda 1aejecucion del Proyecto, y obedeceran, a la formula de reajuste dcscrita a continuacion:

Fr = (CPIII / CPlo) X (Cit / Co) . f 2 ; \

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En dondc:

Fr : 'rctor de reajuste.

CPI = I: Iarrnonized Consumer Indices of Consumer Prices (Indice de Precios de Consumo

j . .rmonizado) de Europa publicado por el Departamento de Estadisticas de los paises

que integran la Union Europea, en el site de internet:http://epp.eurostat.cec.eu.intiportal/page? _pageid= 1073,46587259& _dad=portat& _sc

hcma=PORT AL&p_product_ code=KS-NJ-06-005

CPln = Iodice de referenda del CPI vigente en el mes "n' anterior al mes de presentaci6n de

Ia certificacion (indices actuates).

CPlo = lndice de referencia del CPI vigente en el mes "0", 30 dias antes de la fecha de

presentacion de l a P lan il la de Precios.,

,r'Cn = Tasa de conversi6n del Euro (€ ) a Dolares de los Estados Unidos de America CUSS)

vigente en el mes "n " anterior at mes de presentacion de la certificacion (tasa actual).

Co = Tasa de conversion del Euro (€) a Dolares de los Estados Unidos de America (US$)

vigente en el mes "0", 30 dias antes de la fecha de presentaci6n de Ia Planilla de

Precios (tasa original).

5.3. El factor de reajuste Fr descrito arriba solamente sera aplicable cuando fuere mayor de 1.00.En el caso que dicha formula presente resultado menor de 1.00, Inmisma no sera considerada

para efecto de calculo.

Articulo 6: Vigencia del Contrato e Inicio de los Trabajos.-

6.1. EI presente Contrato entrant en vigor plenamente a partir de la fecha de suscripcion del ~rnismo.

6.2. El inicio de los trabajos asi como el cumplimiento de las obligaciones puestas a cargo del \ .

CONTRATISTA en el presente Contrato seran exigibles cuando se hayancumplido las icondiciones que se indican a continuacion:

a) Suscripci6n par parte del ESTADO DOMINICANO de los contratos de financiamiento

can la(s) ENTIDAD(ES) PRESTAMISTA(S), asi como la debida aprobacion por parte

del Congreso Nacional y cumplimiento de las condiciones precedentes por EL

ESTADO DOMINICANO para el desembolso de los fondos;

b) Pago del Anticipo indicado en el inciso 4.2 del Articulo 4. ( \ ) / 1c) Suscripci6n por las Partes del Acta de Inicio de las Obras. \f I

Articulo 7: Fianzas y Seguros.-

7.1. Fianzas:

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro 8117

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(a ) D e C u m plim ien io : EL CON TRATISTA debera entregar dentro de los tre inta (30) dias

despuet de recibido el Anticipo , u na fianza 0 garantia de cum plim iento del C ontrato

expedicla p or un a c om p afiia de se guros . EI valor de d ic ha f ia nz a 0 garantia sera por e l diez

p or c ie : ito (1 (010) d el va lo r d el C ontra to . L a fia nz a 0 g ar an tia d e c ump li rn ie nt o p erman ec erae n v ig e.ic ia ha sta la fecha de T errninaci6n F inal de O bra. N o obstante, e l valor de la fianzao garantia se reducira proporcionalrnente al valor porcentual de las ob ras q ue hayan sido

ejecutadas, conform e la em isi6n del Certifieado de Entrega Parcial de Obra 0 de

T erm inacion Final y a Ia em ision de este.

(b ) Del Correcto Manejo e Inversion del Anticipo: EL CON TRATISTA , en la feeha de pago

de l Anticipo, entregara una f ia nz a 0garantia ex pe dida po r u na compaftla d e s eg ur os a favordel E ST ADO DOM IN ICANO, equivalente al cien p or c ie nto (1 00% ) d el v alo r d el A ntic ip o,

y u na vige nc ia de tre sc ie ntos se se nta y cinc o (365) dias y renovable automaticamente hasta

la am ortizaci6n del m ism o. E sta fianza 0 g ara ntia s e reducira p ro po rc io na lme n tc c on la

arnortizacion del Antic ipo en un porcentaje equivalente at valor am ortizado en cada

Re la cio n Va lo ra da Men su al .

: . ( c) De I a Co ns er va cio n de Obras: EL CONTRATIS T A , a nte s d e la c an celac io n pa rc ia l 0 total

de In fianza 0 garantia d e Cu rn pI im i en to d el Contr at o y una ve z ocurrida ia En tre ga P a rc ia l

de Obra 0 la Term inaci6n Final de la misma, entregara tina paliza de seguro de

C onservaci6 n de O bras, por In estab ilidad de la m isrna, expedida par una cam pania de

seguros, a favor del E ST ADO DOM IN ICANO por un valor equivalente al c in co p or c ie nto

(5% ) del valor de Ia obra entregada 0 terminada, y un a v ig enc ia de tre sc ie ntos s es en ta y. cinco (3 65) dias a partir de la fecha de Ia entrega.

7 .2 . S egu ro s :

(a ) Seguro Todo Riesgo ("ALL RISK"): E L C ON TRA TIST A, dentro de los sesenta (60) dias

despues de r ec ib ido el Anticipo, debera contratar y man te ne r v ig en te , d ura nt e In ejecuci6nde la obra un seguro todo riesgo "A ll R isk" para la ob ra, incluyendo errores Uom is io ne s d ee je cu ci6 n, re sp on sa bil id ad c iv il , a cc id en te s, f en omenos n atu ra le s y c onmoc io n in te rio r p orun valor de CIENTO TREINTA Y CUATRO M ILLONES CON 001100 DOLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$134,OOO,OOO.OO).

(b) Segura de Transporte: EL CONTRATISTA debe ra man te ne r vigente polizas de seguros

para transporte, para asegurar e l transporte de m aquinaria del CON TRATISTA y dem a te ria le s, ta nto p ara in sta la cio ne s c omo p ara Ia e je cu cio n d e la o bra .

(c ) Paliza de Seguro Social y Accidentes de Trabajo: EL CONTRATISTA debera mantener

v ig en te d ura nte to da l a e jecuc ion d el Contr ato las polizas de segura social y accidentes detra ba jo q ue ampa re a t od os s us emp le ad os y tra ba ja do re s e n I a o b ra .

7.3 . E n adic i6n a la Fianza 0 S eguro de Fiel C um plim iento prevista, y con el m isrno proposito de

garantizar el Fiel Cumplimierrto del Contrato, EL CON TRATISTA debera presentar,

c on ju ntam en te c on l as R ela cio ne s V a lo ra da s m e ns ua le s, u na fia nz a o to rg ad a p or u na

Con tr ato Acueducto H iguey-Bava ro 9/17

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comp luia de seguros de la Republica Dominicana equivalente al cinco par ciento (5%) del

valor neto facturado, valida hasta la terminacion definitiva de las obras.

Articulo ~. Impuestos, Exonernciones y Libernciones.-

8.1. EL C :)NTRATISTA, las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 Ilegaren a

integrnr, as! como los empleados extranjeros que lleguen a la Republica Dominicana

exclusivamente para ejecutar los trabajos del Contrato estaran exonerados del pago de todo

impuesto, contribucion, tasa, arancel, arbitrio, incluyendo, pero no estando limitado a,

impuesto sobre la renta, impuesto a la transferencia de bienes y servicios (ITBIS), impuesto

selectivo al consumo, as! como cualquier otro impuesto de cualquier naturaleza, establecido

par ley, decreta 0 resoIuci6n de Ia Republica Dorninicana, con Ia sola excepcion del peaje en

las autopistas y las tasas que establece el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y

Agrimensores (CODIA) en el articulo 17.03 de su Reglamento Interno Estatutario y las

establecidas a favor del Instituto de Formaci6n Tecnico Profesional (INFOTEP).

8.2.EL CONTRATISTA y las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 1 0 Uegaren a

> , integrar pagaran sus cuotas correspondientes al Seguro Social y Accidentes de Trabajo de los

trabajadores y empleados dominicanos utilizados para el desarrollo del objeto del presente

Contrato.

8.3. EL CONTRATISTA y las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 llegaren a

integrar estaran exonerados del pago de todos los derechos e impuestos de importacion,

incluyendo ITBIS, que incidan 0 recaigan sabre la introduccion en el pais de las maquinarias y

equipos, asl como los repuestos que dichas maquinarias y equipos, materiales y otros bienes de

cualquier naturaleza que se requieran para la ejecuci6n de la Obra y /o para dar cumplimiento a

la obligacion contraida mediante el presente Contrato. Dichos materiales, equipos y

maquinarias, podran entrar sin restricciones en el pais.

8.4. Asimismo, EL CONTRATISTA y las empresas 'integrantes del mismo 0 las empresas que 1 0

llegaren a integrar estaran exonerados del pago de los derechos de aduana e impuestos internos ~

sobre los vehiculos de motor, destinados al uso del personal asignado a la Obra y los repuestospara dichos vehiculos.

8.5. Los empleados extranjeros que lleguen al pais para prestar servicio al CONTRATISTA 0 las

empresas integrantes del Consorcio 0 que 1 0 lIeguen a integrar en la ejecucion de la obra a su \

cargo, en cumplimiento de cste Contrato, estaran igualrnente exonerados del pago de los

derechos de aduana e impuestos internos al llegar a la Republica Dominicana, con relacion a

sus efectos personales, incluyendo un autom6vil durante su permanencia en el pais. Tal

exoneraci6n abarcara todos los efectos personales y de hogar no cornprados para fines de vent a,sujeto a las limitaciones y practicas aduaneras respecto a equipaje personal, y tal exoneracion

de pago de derechos de aduana e impuestos internos continuara vigente durante su estadia en InRepublica Dominicana.

8.6.Las maquinarias, equipos y efectos personalcs y los vehiculos importados call el beneficio de Ia

exoneracion, tanto los pertenecientes al CONTRATISTA y las empresas integrantes del ~

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Consorcio 0 que 1 0 Ueguen a integrar y sus subcontratistas, como los de sus empleados extranjeros,

se devolveran a su Iugar de origen una vez terminado este Contrato, sin pago de impuestos y/o

derechos dcexportacion, En el caso de vcnta de los mismos a terceros en la RepublicaDominicana., deberan pag ar se los derechos de aduana e impuestos internos que les sean aplicables.

8.7. Se haeen extensivas a los subeontratistas del CONTRATISTA y de las empresas integrantes

del mismo 0 las empresas que 10 llegaren a integrar, a requerimiento de este, las exoneraciones

de aranceles aduaneros y/o impuestos, de aeuerdo con las siguientes bases:

A. Los subcontratistas dorninicanos estaran exonerados del pago de todos los aranceles

aduaneros y/o impuestos sobre materiales y equipos que los subcontratistas

necesiten importar para utilizar en Ia construccion del Proyecto.

B. Los Subeontratistas, proveedores y prestadores de servicios dominicanos estaran

exonerados del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y

Servicios (ITBIS) para los bienes, materiales y servicios que suministren para la

ejecuci6n del Proyecto .

.,. , C . Los subcontratistas extranjeros y su personal extranjero estaran exonerados del pago

de todos los aranceles aduaneros y/o impuestos de cualquier tipo, en la misma

extensi6n y forma que el CONTRATISTAy su personal extranjero.

8.8. LA ENTIDAD EJECUTORA sera responsable de someter este Contrato a 1 Congreso Nacional

para la aprobacion necesaria de la exoneracion impositiva contenida en este Articulo.

8.9. Si EL CONTRATISTA, las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 1 0 llegaren a

integrar, los subcontratistas 0 los empleados de algunos de elios tuvieran que pagar algun

impue sto , c on tr ib uc io n, ta sa , a ra nc el , gravamen 0 arbitrio objeto de este a rt iculo, ya sea porquela aprobacion del Congreso siga pendiente, 0 esta haya sido rechazada, .0por cualquier otro

rnotivo, EL ESTADO DO:MlNICANO, a traves de la ENTIDAD EJECtITORA, estara

obligado a pagar al CONTRATISTA, las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 ~llegaren a integrar, sus subcontratistas 0 a los empleados extranjeros de estos, a traves del

CONTRATISTA las empresas integrantes del mismo a las empresas que 1 0 lIegaren a integrar,

contra comprobante dentro de los treinta (30) dias siguientes a su presentacion, el monto que

hayan desembolsado por los conceptos antes enunciados. Este pago se hara a traves del rubro \

- Trabajos por Administracion, del Anexo 3 - Planilla de Precios, segun los criterios definidos /Ven el Anexo 2 - Criterios de Medicion y Pago; ambos anexos de este Contrato.

8.10. En un plaza no mayor de seis (6) meses despues de la Accptacion Final, EL

CONTRATISTA y las empresas integrantes del mismo 0 l a s e rnpresas que 10 l le ga re n a integrar

se comprometen a presentar la s pruebas correspondientes de que ha dispuesto, en una de la sformas previstas en este articulo, de lo s equipos y materiales excedentes importados enexoneraci6n, tanto de propiedad del CONTRATISTA, de las empresas integrantes del mismo 0

de las empresas que 10 lIegaren a integrar como de sus subcontratistas.

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8.11. La ENTIDAD EJECUTORA se compromete a gestionar por cuenta del CONTRATISTA y

las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 llegaren a integrar, los permisos de

importacion para toda maquinaria, equipo, repuestos, materiales, etc., que el CONTRATISTA y

las empresas integrantes del mismo 0las empresas que 1 0 llegaren a integrar necesiten importarpara la ejecuci6n de la Obra, sin limitaci6n alguna con respecto a su naturaleza. Tales permisos

deberan ser gestionados dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha en que EL

CONTRATISTAy las empresas integrantes del mismo ° las empresas que 1 0 llegaren a integrar

los hay an solicitado.

Articulo 9. Retrasos en los Pages e Intereses.

9.1. En el caso de que los pagos de las Relaciones Valoradas Mensuales y de la Liquidacion Final

no se efectuen dentro de los treinta (30) dias contados a partir de In fecha de su certificacion por

parte del INGENIERO, el ESTADO DOMINICANO, a traves de la ENTIDAD EJECUTORA,

estara obligado a pagar intereses correspondientes al tiempo que dure el retraso de pago a la

tasa "Prime Rate a Seis (6) meses" incrementada por un spread de tres punto setenta y cinco porciento (3.75%) durante el periodo de retraso del pago. Este pago se hara a traves del rubro -

Trabajos por Administracion, del Anexo 3 - Planilla de Precios, segun los criterios definidos en

el Anexo 2 - Criterios de Medicion y Pago, ambos anexos de este Contrato.

: s ; .'2. Se entiende por retraso de pago el lapso transcurrido a partir del vencimiento del plazo de

quince (15) dias contados a partir de 1a fecha de certificaci6n por parte del INGENIERO

confonne a 1 0 establecido en el Art. 4.6 del presente Contrato, hasta la fecha en que EL

CONTRATISTA recibe el pago por parte de la(s) ENTIDAD(ES) PRESTAMISTA(S).

9.3. Si LA ENTIDAD ElECUTORA se retrasare en el pago de los montos indicados en Relaciones

Valoradas Mensuales y de la Liquidacion Final por un lapso de tiempo que exceda los sesenta

(60) dias, EL CONTRATISTA podra suspender las Obras hasta que LA ENTIDAD

EJECUTORA haya cesado en su incumplimiento de pago, mediante el pago de los montos delas Re1aciones Valoradas Mensuales y de la Liquidacion Final y los intereses correspondientes.

Articulo 10. Recepcion de las Ohras y Periodo de Garantia.-

10.1 Recepcion Provisiona1- AI concluirse la ejecucion de las Obras objeto del presente Contrato,

y realizados satisfactoriamente los Ensayos de Recepci6n prescritos, EL CONTRATISTA

debera notificarlo a1INGENIERO, con copia a1INAPA Esta notificacion se considerara como

una solicitud del CONTRATISTA al INGENIERO para que este emita el Certificado de ,\

Terminacion de las Obras y proceda a su Recepci6n Provisional, liberando las retenciones y

fianzas 0 seguros otorgados mediante el presente Contrato, y en cambio, el CONTRATISTA

entregara al INAPA la Fianza de Conservaci6n de Obras conforme descrito en el Articulo 7.1

(c). E1 periodo de Garantia es el mismo de la vigencia de dicha Fianza, 0 sea, trescientossesenta y cinco (365) dias a partir de la feeha de su entrega,

EI INGENIERO debera, dentro de un plazo de 21 dias a partir de la fecha de dicha notificaci6n,

enviar al Contratista, con copia al INAPA, el Certificado de Terminacion de las Obras,

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indicando la fecha en la cual, en su opinion, la Obra esta terminada de acuerdo con el contrato,

o bien dar instrucciones escritas al CONTRATISTA, especificando todos los trabajos que este

ha de rea li za r antes de emitir tal Certificado, inc1uyendo cualquier defecto de las obras que

a fe cte l a terminaci6n de las mismas. Si transcurrido dicho plazo, LA ENTIDAD EJECUTORAno ita. pronunciado ni emitido el correspondiente Certificado de Terminaci6n de Obras y

Recepcion Provisional , se entendera que Ia Recepcion Provisional de las O bras ha tenido lugar.

EL CONTRATISTA entregara a t INAPA l a F ianz a de Ia Conservaci6n de Obras y em pezara el

periodo de la Garantia,

10.2 EL CONTRATISTA garantiza que las obras del proyecto cumpliran con los terminos del

Co.itrato y las normas aplicables en la industria. EL CONTRATISTA corregira las obras

deficientes que no sean conformes a tales garantias, dentro de un plazo de un (1) ano de la

aceptacion provisional de las obras del Proyecto. La responsabilidad total y completa del

CONfRATISTA con relaci6n al objeto del presente Contrato no sobrepasara un manto

equivalente al 10% del precio del mismo Contrato.

10.3 En caso de que LA ENTIDAD EJECUTORA decidiera ocupar 0 utilizar cualquier parte de lasObras antes de Ia conclusion total de las mismas , debera ernitir al efecta un Certificada de

Recepcion Provisional Parcial y Terminaci6n Parcial de las Obras. En este caso, EL

CONTRATISTA se compromete a terminar cualquier trabajo pendiente en las Obras recibidas

parcialmente, durante e l periodo de mantenimiento y garan ti a, D i cho periodo de mantenimiento

y garantia correra a partir de la fecha de Ia Recepcion Provisional Parcial.

10.4 R ecep cicn D efinitiva - El Certificado de Recepc ion Definitiva sera cntregado por el IN AP A

dentro del plazo de veintiocho (28) dias desde Ia terminacion del Plaza 0 Plazas de Garantia, 0

tan pronto como se terminen, de acuerdo con los terminos del Contrato, los trabajos ordenados

en virtud de las clausulas 49 y 50 de las Condiciones Generales y Particulares FIDIC.

Articulo 11: Terminacien y Suspension del Contrato.-

EI presente Contrato termina con la expedicion del Certificado de Recepcion Definitiva y el pago al ~

CONTRATISTA de la totalidad de las obras ejecutadas ° Ia resolucion definitiva de cualquier ~eventual divergencia 0 conflicto entre las Partes.

11.1 En easo de que el Contrato fuera rescindido 0 terminado anticipadamente par EL ESTADO

DOMINICANO, este pagara at CONTRATlST A . , ademas de los costas en que se incurra par

causa de la terminacion, una compensacion ealculada sobre Ia base de 1 0 establecido en \

Clausula 69 del Anexo 4 - Condiciones Particulares FIDIC, y una multa equivalente al diez - vpor ciento (10%) del valor par ejecutar del Contrato, salvo cuando In terrninacion ocurra parcausas imputables exclusivamente al CONTRATISTA.

11.2 Cuando ocurrieren situaciones ° eventos no provenientes de culpa del CONTRATISTA que

impidan, suspendan 0 afecten temporal mente la ejecucion de los trabajos, relatives entre otras

eausas a fenornenos de la naturaleza, caso fortuito, fuerza mayor, conmocion interior, aetas

violentos 0mal intencionados de terceros, huelgas, paros laborales, y otros eventos fuera del

control del CONTRATIST A, sin que la presente enumeraci6n sea lirnitativa, habra lugar a Ia

( 2 \

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suspension de los plazos de ejecucion del Contrato y se procedera, en cuanto a reconocimiento

de importe de gasto, de conformidad con 10 establecido en el Anexo 4 - Condiciones

Particulares FIDIC. Si la suspension ocurriere por causas imputables aI ESTADO

DOMINICANO 0 porque este la ordenara, habra lugar a Ia ampliacion de los plazos deejecucicn y al reconocimiento de importe de gastos generales ademas de l a compens ac ion

in dic ad a e n la C la us ula 6 9 de las Condiciones Generales FIDIC.

Articulo 12. Entidad Ejecutora.-

12.1 La ENTIDAD EJECUTORA es el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados

( INAP A ) 0 el organa de INAP A que su Direccion Ejecutiva d es ig na ra p ara los fines de esteContrato, organismo estatal que actuara en la ejecucion del mismo Contrato como

representante del ESTADO DOMINICANO, y que goza de autonomia funcional, personalidad

juridica y plena capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones por cuenta y en

nombre del ESTADO DOMINICANO.

12.2 Este organismo actuara por si solo con independencia, en calidad de ENTIDAD

EJECUTORA, con relaci6n a todos los derechos y obligaciones que en virtud del presente

Contrato les son establecidas al ESTADO DOMINICANO pudiendo, en consecuencia, ejercer

todas las acciones previstas en el Contrato.

,12.3. INAPA sera el organismo encargado y responsable de velar por I a f ie l e je cu ci on del Proyecto.

, ." " '

Articulo 13. El Ingeniero.-

EL INGENIERO sera Ia persona 0 entidad oportunamente designada por ENTIDAD EJECUTORA

para ejercer las atribuciones especificadas en el Contrato, 0 implicitas en el mismo, conforme a 1 0

establecido en la Clausula 2 de las Condiciones Particulares del Contrato.

Articulo 14. Discl.c~anCias. Mediacion. Arbitrnje. ~

Toda la controversia que surgiere entre las Partes en relacion con cl presente Contrato sera

dirimida y resuelta conforme a las disposiciones establecidas en las Sub-clausulas 67.1, 67.2 y 67.3

de los Anexos 4 y 5: Condiciones Generales y Condiciones Particulares FIDIC.

Articulo 15. Financiaclon.

15.1 EL CONTRATISTA ha adjuntado a su ofcrt a una Carta de Intencion de una potencial y

posible financiacion. En dicha Carta se'establece que la financiacion provendra de creditofs)

a la exportacion otorgado(s) por un banco con garantia de SACE y /o otras Agencias de

Credito a la Exportacion y de un credito comercial otorgado por el mismo banco que

financiara el credito a la exportacion, U otro banco de ser el caso.

15.2 A tales fines, EL CONTRATISTA hara sus mejores esfuerzos para presentar a LA

ENTIDAD EJECUTORA una propuesta detallada de financiacion, dirigida al ESTADO

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DOMINICANO, dentro de los ciento veinte (120) dias siguientes a la firma del presente

Contrato.

15.3 Los terminos y condiciones de dicho financiamiento se negociaran entre el ESTADODOMINICANO Y laCs) ENTIDAD(ES) PRESTAMISTA(S), para 1 0 cual EL ESTADO

DOMINICANO hara sus mayores y mejores esfuerzos en culminar de manera expedita dicha

fase de negociacion, asi como la suscripcion de los documentos que fueren necesarios para la

forrnalizacion de dicho financiamiento.

Articulo 16. Disponihilidad de los Terrcnos.-

16.1 EL ESTADO DOMINICANO, a traves de la ENTIDAD EJECurORA pondra en tiempo

habil a disposicion del CONTRATISTA, las areas de terrenos necesarias para la ejecucion de

los trabajos, debidamente desocupadas, con facilidades de acceso, y libre de cualquier carga

que pudiere obstaculizar su usa y disfrute pacifico por EL CONTRATIST A para la ejecucion

de las Obras, as! como para el almacenamiento de las maquinarias y equipos. En ese sentido,

EL ESTADO DOMINICANO mantendra indemne al CONTRATISTA frente a cualquierdemanda por parte de terceros par alegadas violaciones a la propiedad privada u otras causas

relacionadas con la disponibilidad de los terrenos.

16.2 Se entiende par areas necesarias, los terrenos que ocuparan 0 sobre los que se ejecutaran las

Obras, las instalaciones y campamentos, los bancos de prestamo, las canteras y areas de

botaderos, las areas para almacenamiento de las tuberias, maquinarias y equipos, asi como

cualquier otra a r e a que sea necesaria para la ejecuci6n y buena marcha de los trabajos.

16.3 EL CONTRATISTA no pagara suma alguna por el usa de los terrenos 0 areas puestas a su

disposici6n por EL ESTADO DOM1NICANO, para y durante la construcci6n de las Obras,

ni par la extraccion ni deposito de materiales. En el caso de que EL CONTRATISTA no

pueda hacer uso de los terrenos par cualquier causa, EL ESTADO DOMINICANO se obligaa liberar al CONTRATISTA de cualquier responsabilidad derivada par 1 0 anterior y los

plazos que EL CONTRATISTA este obligado a cumplir en el presente Contrato quedaran

automaticamente prorrogados en un termino igual a aqueJ en que no pudo hacer usa de los

terrenos '0 de las areas necesarias.

Articulo 17. Cesi6n del Contrato.-

17.1 EL CONTRATISTA se reserva el derecho de ceder el presente Contrato en todo 0 en parte,

a Sus ernpresas relacionadas, asociadas Y afiJiadas y sobre las cuales EL CONTRATISTA tenga

SU control. En el ejercicio de esta facultad, EL CONTRATISTA podra ceder todos los derechos

y obligaciones establecidas en el mismo, incluyendo las exenciones y exoneraciones

impositivas indicadas en el Articulo B del prcsente Contrato. En caso de que alguna cesion

fuese efectuada en los terminos aqui indica dos, EL CONTRATISTA remitira a la ENTIDADEJECUTORA una notificacion par escrito informando que la cesion ha tenido lugar.

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17.2 Excepto por las disposiciones establecidas en el 17.1, EL CONTRATlSTA no pcdra ceder

el contrato ni parte de el, ni dar a otra persona interes 0 participacion en el mismo, ni ceder el

derecho a cobrar cualquier dinero que le corresponda 0 correspondiere cobrar, de acuerdo a

dicho contrato, sin la previa aprobaci6n por escrito de LA ENTIDAD EJECUTORA.

17.3 La cesion de los derechos y deberes de la obra no se podran hacer sin el consentimiento

previo de LA ENTIDAD EJECUTORA.

Articulo 18. Fianza Judicatum Solvl.-

Para el caso eventual de las Partes sugerir para los terminos del presente Contrato, EL EST ADO

DOMINICANO renuncia, expresa e irrevocablemente, a requerir a cualquier tribunal apoderado y

exigir el deposito par parte del CONTRATISTA de la fianza "judicatum solvi", establecida por el

articulo 16 del Codigo Civil de la Republica Dorninicana, y por los a rtic ul os 1 66 y 167 del C6digo

de Procedimiento Civil, para los extranjeros transeuntes que inicien-acciones por ante los tribunales

de la Republica Dorninicana, en el entendido de que: (a) EI CONTRATISTA y las Compafiias que1 0 integran son unas instituciones plenamente solventes, con capacidad suficiente para resarcir

sobradamente al ESTADO DOMINICANO de cualesquiera costas procesalesu otros que pudieran

derivarse de una posible litis; y adicionalmente, y, (b) el acceso a los tribunales de la Republica

Dominicana para obtener una decision expedita sabre sus pretensiones es un derecho consagrado y

garantizado por la Constituci6n Dominicana a cualquier persona flsica 0 moral independientemente

de su nacionalidad, origen a condicion,

Articulo'19. Ley Aplicable.-

'Las Partes acuerdan que el presente Contrato se regira par las leyes vigentes en la Republica

Dominicana.

Articulo 20. Elecckin de Domicll io ,»

Para todos los fines y consecuencias del presente Contrato las partes eligen domicilio en In ciudad

de Santo Domingo, Distrito Nacional, en las direcciones que se indican a continuaci6n, reputadas

como las mas recientes y consideradas como tales hasta tanto la parte decida cambiar de domicilio,. 1 R 'bI' . . .siempre en a c p u tea Dominicana, 10 notifique par escnto ala otra mediante acto de alguacil,EL ESTADO DOMINICANO ProcuraduriaGeneral de la Republica,

Palacio de Justicia Centro de los Heroes deConstanza Maimon y Estero Hondo, Calle HipolitoHerrera Billini, SantoDomingo, D.N.

ELINAPA Edificio INAPA, Centro Comercial El Mill6n,ubicado en la calle Guarocuya csquina AvenidaNunez de Caceres, SantoDomingo.

Atenci6n: DirectorEiecutivo.EL CONTRATISTA C/Paseo de los Locutores esquina C/Seminario,

Edificio Ginza Dominicana Center, Local 402, 4to.Piso, Ensanchc Piantini, Santo Domingo, D.N.Aptdo. Postal 1557.Atencion: Ing. RiccardoDina.

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En prueba de.conformiiad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto, en

Ja ciudad de Santo Do mingo, Distrito Nacional, capital de la R epublica D om inicana a los veinte(20) dias del mes de ab 'i! del afiodos mil seis (2006).--------------------------------------------

P OR E L E ST ADO DOIV IIN IC ANO:

Ing, GaribaldyBautista lng. Riccardo Dina

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro 17/17

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·~

ADENDUMNo.1., N""'~'

AL CONTRATO PARA EL PROYECTO "ACOEDUCTO HIGUEY - Bky~\.\ ~ ~~ \

!lltj~V~ ~~~Entre: ~,~!~X.g .1,l~, *

, " " ~'I ~ ) "';:<.1 In

C \ ~ - : . . w ; : .. ~ ; ;~ , ,: :~ . .. ,

De una parte, 0 1 ESTADO DOMINICANO, dcbidamente rcpresentado por el IngcpA~(O,Vi2lB? 'V~'

Diaz Run, dominicano, mayor, d,e,edad, cas~do, portador de ,la cedula de idc~tidad\~,:~{~c,~~ral . \\~~;:~'nurnero OOl-020l27407, domiciliado y rcsidente en esta ciudad, en su calidad dcDl1t-"C~l~::""

Ejecutivo del Institute Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), quicn panl"ios"~'-

fines del presente documento sc encucntra debidamente autorizado por su excelencia, 0 1 sefiorPresiderite de la Republica, Doctor Leoncl Fe rnandez Reyna, de acuerdo al poder otorgado a

tales fines y por la autorizacion emitida mediante el acta de la sesion ordinaria del Consej\> de

Administracion del INAPA, quicn en 1 0 sucesivo se denorninara EL EST ADO DOMfNICANO,

y ,

De la otra parte, CONSORCIO GHELLA & ASOCIADOS, con domicilio en la C/Pasco de los

Locutores esquina C/Seminario, Local 402, Edificio Ginza Dorninicana Center, 410. Piso,

Ensanchc Piantini, en la ciudad de Santo Domingo, debidamente representado por 01 Ingeniero

Riccardo Dina, de nacionalidad italiana, con cedula de identidad dominicana numcro 001-

1347618-8, con domicilio y residcncia en la ciudad de Santo Domingo, Republica Dominicana;

entidad que en 1 0 adelanto del prescntc documcnto so denorninara "EL CONTRA TtST A" ..

EL ESTADO DOMINICANO Y EL CONTRA TISTA, cuando fueren dcsignadosconjuntamente, se denominarau las "Partes",

PREAMBULO /

POR CUANTO: En Iccha vcinte (20) de Abril del 2005, las Partes suscribicron un contrato para

Ia Construccion del Acueducto Higuey-Bavaro, ubicado en la Provincia La Altagracia, en 1 0

adelanto "EL CONTRA TO".

L"POR CUANTO: Los ernpresarios hoteleros de la zona Bavaro-Punta Cana han plantcado al

ESTADO DOMINICANO Ia neccsidad urgente de que lcs sea garanlizado cl acccso al agua

pot~bte, p~ra ~segurar un futuro iIID1C?i.ato viable al sector turistico, actualmcnte umcn<lz~~r-"'~las insuficiencias c'(lstcntes en el servicio del agua potable, / , 7 ' - ~ , ._ _ ~ \ . .

I t~-t~~11?\POR CU,ANTO: EI EST~~O DOMrNICA~O ha tornado en consideracion l~ ~rOP~~1'~a ~~J~t)"'~1ernprcsanos ~el sector turistico de In zona Bavaro-:unta Cana para el abasteCllnlCnto, nrn 4 . t ~ f ! f f } f ~ ! } J f ; . 'de agua, mediante pozos a ser explotados por los rrusrnos hoteleros de la zona. \, \~_)..;~I' \ '".I.~~

,,"- ,. (}'J//. :>;;:";'[)U0v .y'

POR <?U~NTO: Hn, qucdado ~a:~nte el detcrior~ ,gradual sufrid~ en la I,inca )~1~C1~,~~fG2~abastecirnicnto de In ciudad de Higuey durante lo s ultirnos tres (3 ) ,1I10S, detcnor~((~uc',s'tlpb'ne,':::':," '> ,u? a p e r ~ i ? a de aproximadamcnte el 60% del agua que se distribuye por la / ~ * : j ) : 1 t e r n a de "', " ,I,

distribucion, / I / ~ > ( / \ ~ . . ., , ,f I · · · · : I #--1

" .. :

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, ~';;...-,~

. ~~SE N f . J ~ .POR CUAN TO '21 ESTAD O D OM IN ICAN O, a traves de su Secrctarla de E sladO~6 (fug.J<i~I~~c~

tienc la intencic n de dejar constancia de su rescrva del derccho de buscar )4 ' @~t~r 0 *mcdalidades r n a , , convenieutcs a sus interescs para el flnanciam icnto del 100% d~ ~ tP l ' , : \ ;CONTRA TO. \\, :t:.~~.,~!~~:. t r

".1 1 , I - - " \ . . .1v IPOR TANTO, :( en el entcndido que e! ~reambulo antel'~or forma parte intcgranlc"~cf;:brq~c'~lC":)1f~~: 'adendum No. l , las Partes acuerdan librernentc m odificar y c omp leta r E L CON~ r.RATo .!~ ",::~ ~··celcbrado en fecha vcinte (2 0) de A bril del 2 005 de acuerdo con 1 0 siguiente: ',,_,...._ .,,"

PRIMERO: '81 Articulo 1.2 de EL CONTRATO qucdu anulado y sustituido p or cl siguicntc

texto:

1.2 EI alcance previsto del presente Contrato comprende las siguientes obras para el

abastecimiento de agllCl potable el l !a ciudad de Higtiey:

- Obra de Tonia Cauda l Bo tu b ea do 200 II s

Bombas 4.00 Uuidades

- Tuberla Linea AguG Cruda Diametro 5()()1 / 1 1 1 1

LOJlp; i fud 12.00 Kill.

- Campo de Pozos y Reservorio N tu ue ro d e P ozo s 1 5.0 0 U nida des

Cauda l b omb eado 400 lisCapacidad Reservorio 50 . ( JOO 1 //

- P la n/a d e T ra ta m ie nto fligiiey N iu ne ro d e Mo du le s 1.00 Unidad

Capacidad de Tratamietuo J .00 Ill) Is

- T an qu e de A lm acen am ie nto ell H ig iiey Capac idad 5,000.00 IIiD it im e tr o d el T an qu e 23.00 M

Altura Ma x . Agua 12.00 M

-Red de distribucion de fa ciudad de Hlgiiey Longi tud 300 Km

Diametro Entre . . ~ --.~')' .

EI di . . d I 'T' 'd I ., ~~,unenstonamiento e 1 nque y su capact ac: se ajustaran a las reqlleri

nf{nt , { L , ' l # . : ? £ ~ ~ ' , \ ' >

resulten del Diseiio Definitive a ser aprobado pOl' fa ENTIDAD EJECUTORA. r r~~.~~~~ ~~\-e

Mi~~~~~Nl~,I '

. . . \ ~ :'~~~ )'J~ c :}Y ~h( J E : . i lEl conjunto de las actividades detalladas en el Alcance del presente Contrato sa .c j c . iilt?~t-Y" 0/,

indistlntamente como las "Obras". \~.{),.~",_,":.;,,:.~)~h",~.?·,o~~~.-...;::;;;.--y

Las "obras" serdn debidamente cuantificadas, aprobadas y ejecutadas segtut 1f)~(i~o' ; ; i i I i l ( /~ "! P /, l) ...H,·.._J " j " "par (IS, aries. /;/ r : \ . . , _ .' - _ .- - _ . . : _ , f " - , "

! / !~~~~:.>"' , < . : . . . . ., \Las Partes acuerdan que e! Illc~lJce previsto ell el Contrato e s ! . c N q < : : 7 i l j e t o a las \) " '- ';'

adecuaciones que las Partes consideren oportunas, sabre fa base ) j ~ 1 ; ; \ ( 7 t ~ Call1i(i{U!l'S.. \ \... I ~.~)

,"'.lkndl\111 I 'I' \ :-..._ _.

.' . \ \ - !.

C'nnl.r:II() l\r'llr~d!~I:'tl l !i~\Clc: \\ ,.\\\' ,.,' " . .

« : ' : ' : : 'r . ' ; . :. - - - - . - . ~ . - . ~ , . ' '0' ......

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revisadas durante fa realizacion de fa Ingenierla de Detalle; asl como durante If}-jf~~·>\

de las Obras, ell base COil las cantidades reales ejecutadas e ll f u nc ion de I O S ! N f . i r w r ~ l i l f l g ~ .e v e ( ' - ~ ' \./ • ' !,'.... 0 0 ~

que pueaen ocurrir. '~~i'0; - 1 . -a* ,'f z2 " !o I! .< '. ,~ " " •

. Las. Partes acuerdan que las siguientes obras quedan tnomentaneamente ~ ~ " ' ' r N : b j ! l ~" ~ , . ; . : ; ~. o b je to de EL C ON TR A TO ell esta primera fase: ;,~~: < f. ~ ~ I " " . ,'(V, ~'I

'\: (/ 'I,~", , ' , I '', . . r

- P re SQ de Gravedad en ReC I A lt ur a ma x im a 4 0 : ' Q ~ ~ : ! : ! ! P ~ . -Longitud J,OOO.OOM-

Volutnen embalse 65.00 Mdem3

. Volumen tilil embalse 63.00 M clem3

- Pienta de Tratamiento Bavaro Ntunero de Mtululos 1.00 Unit/ad

Capacidad de Tratamlento 1.00 1113s

- Tuberla Planta Tratamienio / Tanque ell Rufina Diametro 0.90 1/1 ,

Longitud 35.00 Kill.

- Tanque de Almacenarniento en Rufina Capacidad 5,000. 00 Ill]

Diametro del Tanque 23.00 III

Altura Max, Agua 12.00 III

- Tu be rla Ta nqu e e l l Ru f il la. ! B av oro -P un ta C alla Duuuetro 0.90 III

LOllgillid 12.00 Kill.

- Tuberla Linea de Impulsion Diametro 1.10 1/1

Longltud 2.00 Kill

- Dique Derivador Longitud 200.00 /Jl

Altura 10.00/Jl

Caudal Derlvado 0.50 ,,/ Is

- Tunel Canal LO/ lgi lud 2.00 Kill.

Diametro 3..w. : -n;c=~"\!'

En =:~e qu e e/ E STA D O D 0 fl!lN IC ANO recon sidera ra ell e! futuro ',a nc

1fj i ;(S~,1real. aCLOIl de tales obras ((1w'cta[lIlellle 0 ell su totalidad), est,as seran ,. fnte ~ r ~ ~ \ f ~ ~ " ( l )m iiiante adendum en el objeto de EL CONTRATO y la ejecuciott de las 1 / ~ml -;~~~if&~~~Y.~_'encargodo a EL CONTR A TfS TA .

,\d':; Iil~1I1'

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4.1 Precios y Call tit/a ties: El monto del presente Contrato es de SETENTA Y CINCO

MILL ONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA_, ,1 .JJ : i$75,000,000.00). El ESTADO DOMINICANO pagara al CON11?ATlSTA por fa ~¢1!(~-'~~~la Ingenierla de Detalle, Suministro de Materiales y Equipos y ejecuci~1l 4 '" ~ # ~ r r x ( . t i V i C ' , ~ .objeto del Contrato, las sumas determinadas pOl' el total de las w z i1 ( 1 l l! : , ~ ts -' t' 1 t ra b ' : !? f o oY ~ejecutadas, multipllcadas por los precios unitarios establecidos ell le iPla! , (! /~ '~Pr~. *SCI' presentada durante fa Ingenierla de Detalle, segun la siguiente dislrib'lI~t;.ai ~ t i ~ 4 f t 4 { ' ' ' f : l < i

\\1!~~~ ~f.it-~~;- c;~:. ..)..0 .1 \..~'" .:, ••~':,. ~N

·:'I~'($';~';. . .!~~MOll to : '.... . ,,:(.~/

Fase Descripcidn Parcial .. ' M I J I l ( q , ; ~ - O _ { ~ l l "

(USD) (USfJ)

J . O

1.1

1.2

1.3

1.4

2 . 0

2.1

2,2

2 . 3

2.4

2.5

2.6

3 . 0

4 . 0

5 . 0

CUEDUCTO utcae Y

1.5

P AR TID A S O EN ER ;fL E~ (Movilizaciou}

LINE A D E IM PU LS IO N D ES DIi. RIO S ANtI'l'E D E 500 IIlIII

PU NTA D E TRA 1i1M IE NTO

ESTACfON DE BO MBEO D ES DE RIO S ANATE A P.

TRATAMIIJNTO

TANQVE DE A LM AC EN AM IE NTO A G UA 'fIIlITA DA PIIRA

mOVEY

C ONS TR UC CIO N D E N U[:;VO D IQ UE D ER /VtlD OR.6

CONSTRUCCfON DE POZOS Y OBRAS ANEXAS

P AR T/D IIS G E NE RA LE S

CO NS TRUCCION D E 15 PO ZO S, CA SETAS Y nO M8A S

IJ STA CrO N D E [J OM BE O Y RE SE RI'O R/O

LINEA DE IMPULS ION DESDE CAMPO DE P0 20 S A P .

TRATAMIENTO

IN S'f. E LE CTRIC A, S UB ES TA CIO N, G EN ER AD OR A UX /LIA R,

ETG.

T RA ll/!J O S V A ll/O S

sso DE DfSTRIBUCION DE LA CIUDAD DE HIGUEY

DISENO E [NGENIERIA DE DETALLE PARA TODO HL

PROYECTO

UPERVISION Y COOIWINACION

TERCERO: At final del "Articulo 15. Flnunciaclon" de EL C

punto 15.4 co n la s ig uien te red acc i6 n:

14,650,000.0

/ ,350,000.00

3,000,000.00

4,150,000.00 ,

2,800,000.00

550,000.00

2,800,000.00

10,850,000.0

500.000.0

2,000. 000. 00

J,000. 000.00

/ ,500,000.00

2,000,000.00

/,850,000.00

43,500,000.0 43,500,000.

3,O()O,OO(}.OO

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~ .. ----

15,4 ;; fa feclia de fa firma del presente adendutn No. I, el ESTADO DOMfNICANO 11(1reclbiclo de matzos de EL CONTRATfSTA una propuesta definanciamiento de las obras del

banco A BN-A Mf!..O , que cubre el 10 0% del 1 /1 01 1 to to ta l del co ntra to , m edian te u n credito

comerclal del'mismo ABN-ANIRO y WI credito a la exportacion call cobertura asegurativa

de S ACE de Italia. El ESTA DO DOM INICAND , a traves de su S e cr et a r ia de Estatlo de

Hacienda, se reserva el derecho de contratar Lafiuanciacion externa de 1 1 1 1 banco de

primera linea qu e mas cotivenga a sus in/erases, y que cubra el 100% del valor de EL

CONTRA TO indicado en el Articulo 4. I.

CUAKfO: Se ancxan al presentc Adcndurn No. 1 los planes corrcspondicntcs a [a red de

distribuci6n de In ciudad de I-ligUcy, los cuales pasan a forrnar parte intcgrantc del "Ancxo I.

Discno Prcliminar" de EL CON TR ATO.

Las dcmas d isp os icio nes d e EL CON TRA TO no m odiflcadas 0 completadas ell cl prespntedocum cnto qucdau en plena vlgencla y valldcz.

En prucba de conform idad se firm an cuatro (4) ejem plares dc lin m ism o tenor y a lin solo cfecto,

en la ciudad dc Santo Dom ingo, D istrito N acional, capital de la Republica Dom inicuna a los

veintid6s (22 ) elias del rnes de m ayo del afio dos m it siete (2 007).

POR EL EST ADO 'DO~lNICANO:

~~,·//'IN 4.r-:;......

Yo, Dr. Henry G. Uribe, Notario Publico de lo s d el n um ero p ara e l D is trito N acio na l, idcntiflcndo poria

T arjeta d e R egistro de Firrnas de N otario de Ia P rocuruduria G eneral d e In Republica Dom in ic an a Numcro

2532, CERTI~ICO Y D,OY FE, de que las Ilrm as q ue apcrcccn en cl p rcs cn le d ocu rn cn to p ortcn ccc n u

l os s en or es VICTOR DIAZ RUA y IUCCARDO DINA, cuy a s g en er al es y calidadcs constan en cld oe um e nto q ue a ntc cc dc y m e dcclaruron b ajo la fc de jurarnento que In firm a pucsta por cllos cs Ia que

acos.lum bran a us~r ~n lodos. I? s nctos de ~us ~id~s: E n Safl;~'po9J~-;;.m.,".(!tn,r.-2{I~ll Dis tr it o Nac ional ,

Capital de la Republica Dominicnnu, hoy diu veintidos (22); C}j.;¥~.t.OOI~~~~s m il s ic tc (2 00 7).

/ ' .; ~ v.s,Q>o,,\~r.lO P U o < . . ? f ? ; . " " . \ . \. ,. II ,..,_ " c,'{"").t,

, . 'l - ..; ;-D ~-.I;r~ 0 \\. ~ <: c!'j .. ,,) ,_~r. .: t. UI - « . . ~,"~.! ·j·1 '

: I~

. . . . . . \.' .'.

. . . . '

"

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ADENDUM N. 2 AL CONTRA TO PARA EL PROYECTO"ACUEDUCTO HIGUEY - BAvARO"

ENTRE

(INAPA)

ESTADO DOMINICANO

Y

CONSORCIO GHELLA &ASOCIADOS

(EL CONTRATISTA)

SANTO DOMINGO27 DE MARZO DEL 2009

C ontrato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2

~I~

1119

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Entre:

~, Lo;y-1

0 '?- .. ..)o NO!, -5.... c :,'- -t.. '

~ () ~;;=-t'- 'v-J Q:) .!:~::;-~.-~: 0

= : i f " , , ; ,\lilt,, ~*,,~l),~,,,,« ;~~~~,Jti.c r . '~_\[¢~il:\~f

~

Ma\ricula',;, 3852 <

..5 ' ~ .< 7 / } / o

De una par c, el EST ADO DOMINICANO, debidamente representado por el lNG, \,.

GERMAN MEJIA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y

electoral nu 11ero 00 I-0145993-1, domici liado y residente en esta ciudad, en su calidad de Director

Ejecutivo d : l Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), quien para los

fines del P' esente documento se encuentra debidamente autorizado por su excelencia, el sefior

Presidente de la Republica, Doctor Leonel Fernandez Reyna, de acuerdo al poder No.S7-09 de

fecha 27-03-09 otorgado a tales fines y por la autorizaci6n emitida mediante el acta de la sesi6n

ordinaria del Consejo de Administraci6n del INAPA de fecha '27-0 3-0 9 , quien en 10

sucesivo se .ienominara EL ESTADO DOMINICANO, y,

De la otra parte, CONSORCIO GHELLA & ASOCIADOS, creado de conformidad con las

disposiciones establecidas en la Ley 322, de fecha 2 de Junio de 1981, RNC: 1-30-396981, con

domicilio en la C/Paseo de los Locutores esquina C/Seminario, Local 402, Edificio Ginza

Dominicana Center, 4to. Piso, Ensanche Piantini, en la ciudad de Santo Domingo, debidamente

representada por el Ingeniero Rocco Moccia, de nacionalidad italiana, con pasaporte nurnero

AA 1069723, con domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Republica Dominicana; entidad que en

10adelante del presente documento se denorninara "EL CONTRATISTA 0 CONSORCIO".

EL ESTADO DOMINICANO Y EL CONTRA TISTA, cuando fueren designados conjuntamente,

se denominaran las "Partes".

PREAMBULO

POR CUANTO: Las partes suscribieron en fecha 20 de abril del 2006 un contrato cuyo objeto era

la realizaci6n y ejecuci6n de los trabajos de las obras civiles e hidraulicas tendentes a la

Construcci6n del Acueducto Higuey - Bavaro, en la Provincia La Altagracia, con forme se deta1l6

en el alcance previsto en el numeral 1.2 del referido contrato.jisl como el suministro de materiales

y equipos a ser aplicados en la obra. La realizaci6n de los servicios acordados se Ilevaria a efecto

de conformidad con la Ingenieria de Detalle que elaboraria EL CONTRA TISTA, previa al inicio de

construcci6n de cada obra, con base en los parametres entregados por el INAPA, el Disefio

Definitivo y los pianos, especificaciones, presupuestos y dernas documentos preparados por las

Partes (en 1 0 adelante llamado EL CONTRA TO ORIGINAL).

POR CUANTO: Las Partes firmaron en fecha 22 de mayo del 2007 el Adendum No.1 al citado

contrato, mediante el cual se redefinieron alcances parciales al mismo y se estableci6 un monto

provisional para dichos alcances (en 1 0 adelante Ilamado ADENDUM No I).

POR CUANTO: INAPA entreg6 a EL CONTRATISTA en calidad de parte del anticipo contractual

la suma de US$ 7,000,000.00 (SIETE MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOSDE AMERICA).

POR CUANTO: EL CONTRATISTA, siguiendo instrucciones del INAPA, ha ejecutado algunos

.J trabajos prel irninares. Estos trabajos han sido aprobados por la supervisi6n en obra y estan

pendientes de certificacion y de pago por la ENTlDAD EJECUTORA,

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro. Adendum No.2 2/ 19

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~..),01'-c,1>-\)0 NO;- "1 > S "

( ) ' _ ~ " - < l " , v- . . J ''0 " . r. : :: :- : ". W ; , c ~ ~; . ~ . '>

. ',,' ~ ~ f.;nC1~~« :.'~!II·:H;;~i.:~e; ·V~}j;-:.l::;C.~t~o \:"-i1~l','~~I.

'j'. Ivla I ric til a,:

POR CUANTO: 2,0 ESTADO DOMINICANO, a traves de la Secretaria de Esta d~"Ha~i'enda, ~.

10 adelante tam );en identificada como SEH, ha efectuado gestiones para la ~t~~n. ~

financiamiento lor un monto que asciende a US$ 75,000,000.00 (SETENTA y-e- CO

MILLONES DE ;)OLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) con los cuales se

espera cubrir las .nversiones necesarias para los alcances que se definieron en el Adendum No.1.Este financiamierto cuenta con una componente de Credito ala Exportaci6n con la agencia SACE

de Italia.

POR CUANTO: EI ESTADO DOMINICANO ha decidido, a traves del Instituto Nacional de

Aguas Potable. y Alcantarillados - en 10 adelante tambien identificado como INAPA 0 como

ENTIDAD E.l;;:CUTORA - hacerse cargo de la elaboraci6n de la Ingenieria de Detalle de la Etapa

I segun CO'-l0 se define en el presente Adendum.

POR CUANTO: INAPA decidi6 modificar el alcance que se habla definido en el Adendum No.1

en 10relativo a la planta de tratamiento y otras obras relacionadas.

POR CUANTO: En atenci6n a 10 expuesto en los POR CUANTOS precedentes las partes han

decidido modificar los articulos de EL CONTRA TO ORIGINAL y del ADENDUM No.1 que sean

necesarios para adaptarlos a las nuevas circunstancias segun se describe mas adelante. Este nuevo

documento se denomina ADENDUM No.2.

POR CUANTO: Para una mayor claridad se reescriben los artlculos ya contenidos en el

CONTRA TO ORIGINAL anexado a los documentos de financiaci6n, incIuyendo las

modificaciones aportadas en el ADENDUM No.1 yen el presente ADENDUM No.2.

POR TANTO, Y en el entendido de que el prearnbulo anterior forma parte integral del presenteAdendum,

LAS PARTES LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE HAN CONVENIDO Y PACTADO LAMODIFICACION DE LOS ARTicULOS DEL CONTRATO ORIGINAL Y DEL ADENDUM No.1,

COMO SIGUE:

Articulo 1: Objeto y Alcance del presente Adendum.

1.1. El presente Adendum entre el ESTADO DOMINICANO Y el CONTRA TISTA tiene por

objeto la realizaci6n y ejecuci6n de los trabajos en dos etapas, las cuales comprenden las obras

civiles e hidraulicas del Acueducto Higtiey-Bavaro, ubicado en la Provincia La Altagracia, asi

como obras provisionales y campamentos, los cuales al finalizar el periodo de garantia

contemplado en el Articulo 10, pasaran a ser propiedad del INAPA; con forme se detalla en el

Alcance previsto en el numeral 1.2. del presente ADENDUM No.2, asl como el suministro de

materiales y equipos a ser aplicados en la obra. La realizaci6n de los servicios acordados

mediante el presente Adendum se llevara a efecto de conformidad con la Ingenierfa de

Detalle, suministrada por el INAPA a traves de un consultor independiente, en 10 adelante

tambien identificado como EL CONSULTOR 0 como EL INGENIERO, con base en los

parametres entregados por el INAPA, el Disefio Definitivo y los pianos, especificaciones, lista

de cantidades y dernas documentos preparados por INAPA y EL CONSULTOR y que figuran

detallados en el Articulo 2 como documentos integrantes del presente Adendum.

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro. Adendum No.2 3/19·

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1.2.

ETAPA I: E jecuci6n de las obras del acueducto de H iguey que se describen en el anexo 2"L ista de Cantid: des y P recios" de este Adendum N o.2 .

ETAPA II: D ie ; 0 Basico y construccion de la Segunda E tapa que com prende, sin estar

lim itada a ello s, la obra de captacion de S anate , 0 en su defecto la obra de captacion de

Chavon, y sus ,)bras conexas, tanques, planta de tratam iento y Ifneas de aduccion e im pulsion.

E l D isefio F a sico a ejecutar por EL CONTRA TISTA , sera som etido por este a la

consid eracion, revision y aprobacion del [NAPA a traves del CONSULTOR. E I

dirnensionomiento, capacidad y alcance de las obras de esta ETAPA II se ajustaran a los

requerirnientos que resulten de la Ingenieria de Dctalle a ser elaborada por LA ENTIDAD

EJECulORA.

E I conjunto de las actividades detalladas en el A Icance del presente Adendum

.orrespondientes a una E tapa 0 a las dos E tapas sera definido indistintam ente com o las

Jbras".

L as Partes acuerdan que el A lcance previsto en el presente Adendum estara sujeto a las

adecuaciones que las Partes consideren oportunas, sobre la base de las cantidades revisadas

luego de la conclusion de la Ingenierla de D etalle; asf com o durante la e jecucion de las O bras,

en base a las cantidades reales e jecutadas en funcion de los im previstos que puedan ocurrir, y

teniendo en cuenta los fond os disponib les para esta prim era parte del financiam iento

US$ 75.000.000.00 (SETENTA Y CfNCO M ILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS

UN IDOS DE AMERICA)y para las sucesivas. L a diferencia ex istente entre e l m onto del

financiam iento inic ial U S$ 75.000.000.00 (SE TE NTA Y CfN CO M IL LON ES D E D OL ARE S

DE LOS ESTADOS UN IDOS DE AMERICA) Y el m onto estab lec ido para la E tapa I se

u til iz ara s eg un 1 0 dispuesto en el A rticulo 4 .10 Y s egu n e l re gim e n d el fina nc iam ie nto .

1.3. Alcance del Presente Adendum.

L as Partes acuerdan que en el presente Adendum estan contenidas todas las obligaciones que

fueron contem pladas en el CON TRATO ORIG IN AL Y en el ADEN DUM No.1.

Articulo 2: Documentos del presente Adcndum.

E l presente A dendum esta integrado por los docum entos indicados a continuacion, los cuales han

sido firm ados por am bas Partes con el presente Adendum , cuyos terrninos y disposic iones

constituyen obligaciones validas oponib les a las Partes, y cuyo orden de pre laci6n sera com o sigue:

I. E I prksente Adendum

2. AneM : L ista de Cantidades y P recios.

3 . Anexo 2 : P rogram a de D esem bolsos de A ntic ipos.

4 . Anexo ,3 : L ista de Equipos e legibles para exoneracion de im puestos de im portac ion (A

entregarpor E L C ON TR A T IST A posteriorm cnte a la firm a del presente A dendum ).

C ontrato A cueducto H igiley-B avaro. A dendum N o.2 4/19

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5. Anexo 4: Cronograma de trabajos con base en el Disefio Basico. (A

CONTRA TISTA posteriormente a la firma del presentc Adendum).

6. Anexo 5: Condiciones Particulares.

7. Anexo 6 : Condiciones Generales;

8. Anexo 7: Especificaciones Tecnicas Particulares;9. Anexo 8: Especificaciones Tecnicas Generales (Incluye forma de Medici6n y Pago)

10. Anexo 9: Disefio Basico de la Etapa 1 .

Las Partes acuerdan que en caso de ambiguedad 0 discrepancia en los documentos aqui indicados,

primaran las disposiciones que contenga el documento que tenga prirnacia, segun el orden de

prelaci6n anteriorrnente indicado.

Si a partir de la terminaci6n de la Ingenierfa de Detalle surgieran nuevas partidas cuyos Criterios de

Medici6n y Pago no han sido previamente establecidos, la ENTIDAD EJECUTORA y EL

CONTRA TIST A ajustaran los Criterios de Medici6n y Pago con forme a las necesidades y partidas

que resulten de la Ingenieria de Detalle, asi como la Lista de Cantidades y Precios a ser aprobados

por la ENTIDAD EJECUTORA.

Articulo 3: Plazo de Ejecucion.

3.1. EI programa de Construcci6n de las obras de Construcci6n del Acueducto Higuey - Bavaro, en

su Etapa I preve la realizaci6n de las Obras dentro de los veinticuatro (24) meses a partir de la

fecha de inicio de los trabajos conforme definido en la Clausula 6.2.

3.2. Clausula Penal. Si ocurriere un retraso por causas imputables a EI CONTRA TISTA en el

cumplimiento del plazo convenido para terminar los trabajos objeto de este Adendum, EL

CONTRA TISTA se obliga a pagar al Estado Dominicano la suma de Cinco Mil Dolares de los

Estados Unidos de America (US$5,OOO.OO) por cada dia de atraso hasta un maximo

equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la Etapa correspondiente,

3.3. En caso de retrasos en la ejecuci6n de los trabajos derivados de la falta de la Ingenierla de

Detalle 0 de fall as en Ia misma, asi como cualquier otro retraso que no sea imputable a EL

CONTRA TISTA, los mismos no seran computados en el plazo de ejecuci6n, sin perjuicio del

derecho del CONTRA TIST A a percibir la reparaci6n de los dafios y perjuicios provocados por

estos retrasos conforme a 1 0 estipulado en el presente Adendum y sus anexos.

Articulo 4: Monto, Precios y Forma de Pago del Contrato.

4.1 Precios y Cant" ades: EI monto del presente Adendum en su ET APA r asciende a

US$60,779,18 .85 (SESENTA MILLONES, SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL

CIENTO HENT A Y SIETE CON 85/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICJ\). EI ESTADO DOMINICANO pagara a EI CONTRATISTA por el Suministro de

Materiales y Equipos y ejecuci6n de las Obras objeto del presente Adendurn, las sumas

determinadas por el total de las unidades de trabajo ejecutadas, multiplicadas por los precios

unitarios establecidos en la Lista de Cantidades y Precios del anexo I del presente Adendum.

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro. Adendum No.2 5/19,

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«c :0... M a I ric u Ia

4.2 Los precios y cantidades de la ETAPA II, seran precisados en base al .~I~~O B1fsico~

elaborara EL CONTRA TIST A Y definidos de forma definitiva en base a ehq' Se

Detalle a cargo de LA ENTIDAD EJECUTORA. AI momento de la emision de la rden de

Inicio de las actividades de esta Etapa II, la ENTIDAD EJECUTORA reconocera a EL

CONTRA TIST A un complemento de CUA TRO CIENTOS MIL DOLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 400,000.00) en concepto de mayores gastos de

movil izacion en la Etapa I.

La ejecuci6n de la ET APA II esta condicionada a la obtenci6n del financiamiento necesario.

EL CONTRA TISTA renuncia a cualquier tipo de reclamaci6n en el caso de que !NAPA tenga

que decidir la suspensi6n de la ejecuci6n de esta ETAPA II por imposibilidad manifiesta de

obtener el financiamiento necesario 0 porque se compruebe la inviabilidad tecnica y

econ6mica tras la realizaci6n del Disefio Basico, En este caso las Partes acordaran la

realizaci6n parcial de esta etapa sobre aquellas obras que resulten viables tecnica y

financieramente y se cuente con los recursos financieros necesarios.

4.3. Anticipo y capital de trabajo: Las obligaciones puestas a cargo de EI CONTRA TISTA paracad a etapa individualmente considerada se encuentran condicionadas al pago de un anticipo

antes del inicio de cada etapa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto total de cada

etapa. Del importe a que asciende el citado anticipo del 20% del monto contractual de la Etapa

I, INAPA entrego con anterioridad a la firma de este Adendum No.2 una suma ascendente a

US$ 7,000,000.00 (Siete Millones de D61ares de los Estados Unidos de America).

4.4. Amortizacion del Anticipo: La devoluci6n del Anticipo se hara mediante la reduccion de las

Certificaciones Provisionales en el mismo porcentaje del Anticipo, es decir, en un veinte por

ciento (20%).

4.5. Forma de Pago: A efectos del pago del Anticipo, de las Relaciones Valoradas Mensuales y de

la Liquidacion Definitiva, los importes certificados seran pagados en Dolares de los Estados

Unidos de America. Las Partes acuerdan que los pagos a EL CONTRA TISTA seran

efectuados una vez la ENTIDAD EJECUTORA haya aprobado las Relaciones Valoradas

Mensuales y/o Finales 0 cualquier otro documento contable acordado entre las Partes dentro

de los plazos indicados para dichos fines en las Condiciones Particulares del presente

Adendum. Sin perjuicio de 10 indicado en los "Criterios de Medici6n y Pago", las Relaciones

Valoradas Mensuales deberan incluir:

a) EI monto resultante de las cantidades de obra ejecutadas para cada partida de preciounitario.

b) EI monto resultante del porcentaje ejecutado para las partidas de Precio Alzado (P.A.) de

\ acuerdo con la Lista de Cantidades y Precios.

c) EI monto resultante de las cantidades de obra ejecutadas para cada partida de Suma

Provisional (S.P.) con los sustentos y aprobaciones correspondientes y una vez se hayan

consensuado Precios Unitarios totales 0 parciales para la respectiva S.P.

d) EI monto resultante de la aplicaci6n del reajuste de precios conforme al Articulo 5 delpresente Adendum.

e) Trabajos por adrninistracion segun 10 definido en las Condiciones Particulares anexas alpresente Adendum.

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro. Adendum No.2 6/19"

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f) Cualquier otra retribucion y/o compensaci6n a que tenga derecho EL

acuerdo a 1 0 que se establece en el presente Adendum.

e n caso de desacuerdo 0 disconformidad con alguna partida, se dara curso a la Relacion de

\ aloracion Mensual, colocando las partidas sobre las que no haya acuerdo en una relacionva lorada futura y abonando el resto sobre el cual no haya desacuerdo segun los plazos que

seestablecen en el presente Adendum.

4.6. Las Partes acuerdan que el pago de los servicios de Supervision Tecnica para la ETAPA I,

incluidos en el monto total de la Etapa I del presente Adendum por un valor de UN MILLON

OCHCCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON

4 4 1 1 O ( ) DOLARES DE LOS EST ADOS UNIDOS DE AMERICA (US$1,883,278.44), sera

gestionado por EL CONTRATISTA y puestos a disposicion de INAPA. La remuneracion a

EL CONTRA TISTA de esta gesti6n sera realizada conforme a 1 0 indicado en la Lista de

Cantidades y Precios.

Los montos de esta partida considerados en el anticipo y los que deberan incluir en cada

Relacion Valorada Mensual seran informados por INAPA a EL CONTRA TISTA.

4.7. Plazos para Pago: Los pagos de las Relaciones Valoradas Mensuales, incluyendo la de los

trabajos que haya realizado hasta la fecha EL CONTRA TIST A, y de la Liquidacion

Definitiva deberan hacerse efectivos tanto por la(s) ENTIDAD(ES) PRESTAMISTA(S) como

por EL ESTADO DOMINICANO dentro del plazo indicado en el presente Adendum.

4.8. Los montos establecidos para las Etapas I y II son provisionales. EI INAPA pagara a EL

CONTRA TIST A por la ejecuci6n de las obras, la sum a determinada por el total de las

unidades de trabajo ejecutadas, multiplicadas por los Precios Unitarios y Precios Alzados

establecidos en la Lista de Cantidades y Precios. Estos precios unitarios y alzados seran fijos,

sin perjuicio de 1 0 establecido en el numeral 4.9 del presente Articulo y en el Articulo 5 de

este Adendum No.2 y no se renegociaran los mismos al cambiar las cantidades de trabajo

indicadas en el Anexo 2. "Lista de Cantidades y Precios", sea por aumento 0 disminuci6n de

las mismas, siempre que los trabajos se realicen dentro de los lineamientos definidos por los

documentos y pianos del proyecto anexos al presente Adendum. Adernas se pagara el costa de

los trabajos adicionales segun se establece en este Adendum.

4.9. En la medida en que se cuente con la respectiva Ingenierfa de Detalle de cada una de las

Etapas, las Partes definiran el alcance y si es necesario su desglose, los criterios de medicion y

pago, las cantidades y los Precios Unitarios (P.U.) de las partidas de Suma Provisional (S.P.).

La conversi6n de las S.P. en P.U. se realizara conforme al procedimiento y plazos previstos en

las Condiciones Generales y/o Particulares del presente Adendum 2.

4.10. La diferencia existente entre el monto del financiamiento inicial US$75.000.000.00

(SETENTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA) Y el monto establecido para la Etapa I, se destinara, a cubrir los extra costos que

~u~i~ surgir durante la ejecuci6n de la Etapa I; a los estudios y disefios basicos y

!d~JAflltlVOSe la Etapa II; ya la ejecuci6n parcial de la construccion de la Etapa II.l

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro, Adendum No.2 7/19

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4.11. E l m onte total pagado al final

Adendum.

Articulo 5. Reaj uste de Prccios.

5.1. Todos los pagos en d61ares del presente A dendum seran reajustados de acuerdo al H arm onized

Consum er Indices of Consum er P rices (Indice de P recios de Consum o Armonizado) de

Europa pub licado por el Departam ento de E stadisticas de los paises que integran la Uni6n

Europea.

5.2 . E n atenci6n a que la m ayor parte de los insum os y b ienes ap licados al P royecto son de origen

europeo, los precios del presente Adendum se reajustaran de acuerdo a su variaci6n y a la

variaci6n de la tasa de cam bio del E uro (€) respecto al D 61ar de los E stados Unidos de

Am erica (US$ ). E stos reajustes seran hechos para todas las partidas valoradas en las

R elaciones V aloradas M ensuales y seran valederos durante toda la ejecucion del P royecto, y

o bedeceran, ala f6 rm ula de reajuste descrita a continuaci6 n:

Fr= (CPln/CPlo) x (Cn/Co)

En donde:

Fr F ac to r d e re aju ste .

CPI = Harm onized Consum er Indices of Consum er Prices (lndice de P recios de Consum o

A rm onizado) de Europa publicado por el D epartam ento de Estadisticas de los paises

que integran la Union Europea, en el site de internet:

http://epp.eurostat.cec.eu. in t/p orta l/p ag e? _ pa ge id = 1 07 3,4 65 87 25 9& _d ad=p orta l& _ s c

hema=PORTAL&p_product_code=KS-NJ-06-005

CPln = Indice de referencia del CP I vigente en el m es "n" anterior al m es de presentaci6n de

la R elaci6 n V alo rad a M en su al (in dices actu ales ).

CPlo = Indice de referencia del Cf'I vigentc en el m es "0", 30 dias antes de la fecha de cierre

de la L ista de Cantidades y Precios.

Cn Tasa de conversi6n del Euro (€) a D 61ares de los E stados Unidos de Am erica (US$ )

vigente en el m es "n" anterior al m es de presentaci6n de la Relaci6n Valorada

M ensual (tasa actual), seg un pu blicaci6 n oficial de la U ni6 n E urop ea.

Co = Tasa de conversi6n del E uro (€) a D 61ares de los E stados Unidos de Am erica (US$ )

vigente en el m es "0", 30 dias antes de la fecha de cierre de la L ista de Cantidades yP recios, segun pub licaci6 n oficial de la U ni6 n E uropea.

5.3 . E l factor de reajuste Fr descrito arriba solam ente sera aplicable cuando fuere m ayor de 1.00.

En el caso que dicha form ula presente resultado m enor de 1.00, la m ism a no sera consideradap ara efecto d e calcu lo .

C on trato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2 8/ 19

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Articulo 6: V gencia del Adendum e Inicio de los Trabajos.

6.1 E I presente Adendum entrara en vigor plenam ente a partir de la fecha de suscripci6n del m ism o.

6 .2 E I inicio d : los trabajos asi com o el cumplim iento de las obligaciones puestas a cargo de EL

CONTRA TISTA en el presente Adcndum seran ex igib les cuando se hayan cum plido las

c on dicione s q ue se in dic an a c ontinu aci6 n:a) Suscripci6n par parte del E STAD O D OM IN ICAN O de los contratos de financiam iento

con la(s) EN TIDAD(ES) PRESTAM ISTA(S), asi com o la deb ida aprobaci6n por parte

de: Congreso N acional y cum plim iento de las condiciones precedentes por EL

E ST AD O DOM IN ICAN O para el desem bolso de los fondos;

b) Pago de la totalidad del Anticipo indicado en el inciso 4.3 del A rticulo 4 y de los

trabajos prelim inares e jecutados a la fecha, una vez hayan sido debidam ente

certificados par la E NT ID AD E JE CU TORA .

c) Suscripci6n por las Partes de una nueva Acta de Inic io de las Obras.

A dernas de 1 0 indicado anteriorm ente, se requerira para la exigibilidad de las obligaciones del

CONTRA TIST A , la entrega de la Ingenieria de Detalle respecto a las obras de esta E tapa I,

conform e al Cronogram a de E jecuci6n de Obra som etido por EL CON TRA TISTA Y aprobado

por E L IN GENIE RO .

Articulo 7: Fianzas y Seguros.

7 .1 . F ianzas:

(a ) De Cumplimiento: EL CONTRA TISTA debera entregar para cada E tapa, dentro de los

treinta (30) dias despues de recibido cada A ntic ipo, una fianza a garantia de cum plim iento

del presente Adendum expedida por una com pafiia de seguros aprobada por el INAPA. EIvalor de dicha fianza 0 garantia sera por el diez por ciento (10% ) del valor resultante de

restar al m onto total de ta E tapa respectiva tos m ontos previstos para Supervisi6n de la

O bra, C om pra de T errenos y E quipam iento y A sistencia a la U nidad E jecutora de P royectos

Especiates del INAPA, asi como cualquier otro monto destinado a actividades que no

correspond an exclusivam ente a EL CONTRA TISTA segun se establezca en la L ista de

Cantidades y P recios. Segun esto, para ta E tapa I et m onto de la garantfa de Cum ptim iento

sera de US$ 5,771,844.46 (CINCO M ILLONES SETECIENTOS SETENTIUN M IL

OCHOCIE NTOS CUAREN TA Y CUATRO CON 46/100 DE DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). La fianza 0 gara ntia d e cum ptim ien to pe rm ane cera

en vigencia hasta la fecha de Term inaci6n Final de Obra de la E tapa respectiva. N o

obstant , et valor. de la fianza 0 gara ntia s e re du cira pro po rcio ria lm ente at v alo r po rce ntu at

de las bras q Iayan sido ejecutadas, con form e a la em isi6n del Certificado de EntregaParci I de ra 0 de Terrninacion Final de la E tapa respectiva y a la em isi6n de este.

(b ) Del C rrecto Manejo e Inversion del Anticipo: EL CONTRA TISTA , en la fecha de pago

de c C IaA ntic ipo, entregara una fianza 0 garantia expedida por una cornpafiia de seguros a

f 0, del ESTADO DOM IN ICANO, equivalente al cien por ciento (100% ) del valor del

nticipo, y una vigencia de trescientos sesenta y cinco (365) dias y renovable

utom aticarnente hasta la am ortizaci6n del m ism o. E sta fianza 0 garantfa se redu cira

I

IC ontrato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2 9/ 19

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0',..1)/

proporcionalrnente con la arnortizacion del A ntic ipo en un porcentaje equiva 0 / M r

am ortizado en cada R elaci6n V alorada M ensual.

(c ) De fa Conservacion de Obras: E L C ON TR A T IST A , antes de la cancelac i6n parcial 0 total

de la fianza 0 garantia de Cum plirniento del presente Adendum y una vez ocurrida laE ntrega P arcial de O bra 0 la T erm inacion Final de la m ism a, entregara una p61iza de seguro

de Conservaci6n de Obras, expedida por una cornpafila de seguros, a favor del ESTAOO

OOM IN ICANO por un valor equivalente al cinco por ciento (5% ) del valor de la obra

entregada 0 terrninada, y una vigencia de tresc ientos sesenta y cinco (365) dias a partir de

la fecha de la entrega.

7 .2 . S egu ro s :

(a ) Seguro Todo Riesgo ("ALL RISK''): EL CONTRA TISTA , dentro de los tre inta (30) dias

despues de recib ido cad a Anticipo, debera contratar y m antener vigente , durante la

e jecuci6n de la obra un seguro todo riesgo "A ll Risk" para la obra, inc luyendo errores u

om is io ne s d e ejec uc i6 n, re sp ons ab ilid ad civil, ac cide ntes , fen orn en os n aturales y co nm oc i6 ninterior por un valor equivalente al 100% de cad a E tapa de este A dendum .

(b ) Seguro de Transporte: EL CONTRA TISTA debera m antener vigente p61izas de seguros

para transporte , para asegurar e l transporte de m aquinaria del CONTRA TrST A y de

m ateriales, tanto para instalaciones com o para la ejecuci6n de la obra.

7.3 . E n adic i6n a la Fianza 0 Seguro de Fiel Cum plim iento prevista, y con el m ism o prop6sito de

garantizar el F iel Cum plim iento de las ob ligaciones contenidas en el presente Adendum , E L

C ON TRA TIST A debera presentar, conj untam ente con las R elaciones V aloradas M ensuales ,

una fianza otorgada por una cornpafiia de seguros de la Republica D om inicana equivalente al

c inco por ciento (5% ) del valor neto facturado, valida hasta la term inaci6n definitiva de las

obras de cada E tapa.

Articulo 8. Irnpuestos, Exoneracioncs y Liberaciones.

8.1 L as em presas ex tranjeras integrantes del Consorcio, EL CONTRA TISTA 0 la s em p re sa s

e xtra nje ra s q ue 10 Ilegaren a integrar, as! com o los em pleados ex tranjeros que Ileguen a la

Republica Oom inicana exclusivam ente para ejecutar los trabajos del presente Adendum , as!

com o la em presa extranjera del consultor de la E NTID AO E JE CUTORA, estaran exonerados

del pago de todo im puesto, contribuci6n, tasa, arancel, arb itrio , incluyendo, pero no estando

lim itado a, im puesto sobre la renta, asf com o cualquier otro im puesto de cualquier naturaleza,

establec ido por ley , decreto 0 resoluci6n de la Republica Dom inicana, sobre los pagos y

salarios q ue recib iran en re lacion con este.

8 .2 EL CONTRA TrST A y las em presas integrantes del m ism o 0 las em presas que 1 0 lleg aren a

integrar pagaran sus cuotas correspondientes al S eguro Social y A ccidentes de T rabajo de los

trabajadores y em pleados dom inicanos utilizados para el desarrollo del ob je to del presente

Contrato. Igualm ente, EL CONTRA TISTA y las em presas integrantes del m ism o 0 la s

em presas que 10 llegaren a integrar, pagaran las contribuciones a IN FOTE P que estab lece la

ley , asi com o los peajes en las autopistas dom inicanas y las tasas que estab lece el COOIA enel A rticulo 17.3 de su R eglam ento Interno E statutario.

C ontrato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2 10! 19·

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o 0 lintj0'

8.3 Las crnpresas integrantes del Consorcio, EL CONTRA TIST A ° las empresas que '

inter rar estaran exonerados del pago de todos los derechos e impuestos de importaci6n,

inch iyendo ITBIS, que incidan 0 recaigan sobre la introducci6n en el pais de las maquinarias y

equ.pos, asi como los repuestos que se requieren para dichas maquinarias y equipos, materialesy ot .os bienes de cualquier naturaleza que se requieran para la ejecucion de la Obra y/o para dar

currplimiento a la obligacion contraida mediante el presente Adendum. A tales fines, EL

CO:'TRA TIST A presentara para aprobaci6n de INAPA una lista de equipos y materiales

eleg.bles para la exoneracion de impuestos que se incorporara al presente Adendum como

anexo 3. Queda entendido entre las Partes que esta lista de materiales y equipos elegibles para

la exoneracion estara sujeto a modificaciones de acuerdo a las necesidades que vayan surgiendo

a 1 0 largo de la ejecucion del proyecto. La inclusion de nuevos equipos 0 materiales en esta

Lista debera ser solicitada por EL CONTRA TISTA y aprobada por EL INGENIERO y/o LA

PFIDAD EJECUTORA.

8.4 EI CONTRA TIST A declara que los articulos, bienes y servicios que adquiera en territorio

dominicano fueron valorados a precios de mercado y no estan sujetos a exoneraciones.

8.5 Asimismo, las empresas integrantes del Consorcio, EL CONTRA TISTA 0 las empresas que 1 0

lIegaren a integrar estaran exonerados del pago de los derechos de aduana e impuestos internos

sobre los vehiculos de motor, destinados al uso del personal asignado a la Obra y los repuestos

para dichos vehiculos que se encuentren en el anexo 3.

8.6 Los empleados extranjeros que Ileguen al pafs para prestar servicio a El CONTRA TISTA, 0 las

empresas integrantes del Consorcio 0 que 10 lleguen a integrar, en la ejecuci6n de la obra a su

cargo, en cumplimiento de las estipulaciones de este Adendum, estaran igualmente exonerados

del pago de los derechos de aduana e impuestos internos al lIegar a la Republica Dominicana,

con relacion a sus efectos personales, incluyendo un autom6vil durante su permanencia en el

pais que se encuentren en e[ anexo 3. Tal exoneracion abarcara todos los efectos personales y

de hogar no comprados para fines de venta, sujeto a [as limitaciones y practicas aduaneras

respecto a equipaje personal, y tal exoneracion de pago de derechos de aduana e impuestos

internos continuara vigente durante su estadia en [a Republica Dominicana.

8.7 Las maquinarias, equipos y efectos personales y los vehlculos importados con el beneficio de la

exoneracion, tanto los pertenecientes a E[ CONTRA TIST A y [as empresas integrantes

del Consorcio 0 que 10 Ileguen a integrar y sus subcontratistas, como los de sus empleados

extranjeros, se devolveran a su lugar de origen una vez terminado el Proyecto y el perfodo de

garantia, sin pago de impuestos y/o derechos de exportacion. En e[ caso de venta de [os

rnisrnos a terceros en [a Republica Dominicana, deberan pagarse los derechos de aduana e

impuestos internos que les sean aplicables, EL INAPA tendra prioridad para la adquisicion porcornpra de los efectos precedentemente mencionados al precio solicitado por [os respectivos

(!r~p1etarios.

8.8 Se hacen extensivas a los subcontratistas del Consorcio y de las empresas integrantes del

mismo 0 las empresas que 10 llegaren a integrar, a requerimiento de este, las exoneraciones de

aranceles aduaneros y/o impuestos, de acuerdo con las siguientes bases:

Contrato Acueducto Higiley-Bavaro. Adendum No.2 II / 19

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A, '~os subcontratistas dominicanos estaran exonerados del pago de to 'i:J,iPo;I~~~ale.e.,

aduaneros y/o impuestos sobre materiales y equipos que los s @!i1at'is ;> .. . - :/

necesiten importar para utilizar en la construcci6n del Proyecto. ~

B. Los Subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios dominicanos no estarancxonerados del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y

Servicios (lTBIS) para los bienes, materiales y servicios que suministren para la

ejecuci6n del Proyecto.

C. Los subcontratistas extranjeros y su personal extranjero estaran exonerados del pago

de todos los aranceles aduaneros y/o impuestos de cualquier tipo, en la misma

extensi6n y forma que el CONTRA TISTA y su personal extranjero.

8.9 LA ENTIDAD EJECUTORA sera responsable de someter el Contrato con sus Adendums al

Congreso Nacional para la aprobaci6n necesaria de la exoneracion impositiva contenida en

este Articulo,

8.10 Si EL CONTRA TIST A, las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 lIegaren

a integrar, los subcontratistas 0 los empleados de algunos de ellos tuvieran que pagar algun

impuesto, contribucion, tasa, arancel, gravamen 0 arbitrio de los que en este articulo se ha

estipulado que seran exonerados, ya sea porque la aprobaci6n del Congreso siga pendiente, 0

esta haya sido rechazada, 0 pOI' cualquier otro motivo, EL EST ADO DOMINICANO, a traves

de la ENTIDAD EJECUTORA, estara obligado a pagar al CONTRA TISTA, las empresas

integrantes del mismo 0 las empresas que 10 Ilegaren a integrar, sus subcontratistas 0 a los

empleados extranjeros de estos, a traves del CONTRA TISTA, contra comprobante, como parte

de la Relaci6n Valorada Mensual subsiguiente, el monto que hayan desembolsado por los

conceptos antes enunciados incrementado en un tres pOI'ciento (3%). Alternativamente al pago

de los impuestos de importaci6n y si la marcha del trabajo 10 r equiere y la naturaleza del bien a

importar 10permite, a EL CONTRA TIST A Ie sera permitido el uso de p6lizas de garantia para

el internamiento temporal de bienes, equipos y materiales hasta tanto se obtengan las

exoneraciones correspondientes. EI costo de tales p61izas Ie sera reembolsado a EL

CONTRATISTA, incrementado en un tres pOI'ciento (3%).

8, II En un plazo no mayor de seis (6) meses despues de la Aceptacion Final, EL

CONTRA TISTA Y las empresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10I legaren a integrar

se comprometen a presentar las pruebas correspondientes de que ha dispuesto, en una de las

formas previstas en este articulo, de los equipos y materiales excedentes importados en

exoneraci6n, tanto de propiedad de EL CONTRA TrST A, de las empresas integrantes del

mismo 0de las empresas que 10 lIegaren a integrar como de sus subcontratistas.

'\\

8.12 La ENTIDAD EJECUTORA se compromete a gestionar pOI' cuenta de EL CONTRATISTA

y las empr as integrantes del mismo 0 las empresas que 10 llegaren a integral', los permisos de

impo .6n para toda maquinaria, equipo, repuestos, materiales, etc., que EL CONTRA TrSTA

y las mpresas integrantes del mismo 0 las empresas que 10 Ilegaren a integral' necesiten

importer para la ejecuci6n de la Obra, siempre que las mismas esten incluidas en la lista de

Anexo 1 3 0 h an sido incorporadas a la misma. Tales permisos deberan ser gestionados dentro

de los qluinc (15) dlas contados a partir de la feeha en que EL CONTRA TISTA Y las empresas

integrantes el mismo o.las empresas que 10I legaren a integrar los hayan solieitado.

Contrat Aeueducto Higuey-Bavaro. Adendum No.2 12/19

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Articulo 9. Ret '~,sosen los Pagos e Intereses.

9.1. En el case de que, por una causa im putable a EL ESTADO DOM IN ICANO y/ o a EL

IN GEN IER :: los pagos de las Relaciones V aloradas M ensuales y de la L iquidaci6n F inal nose efectuer dentro de los cuarenta y cinco (45) dias, a m enos que en el contrato de

financiam ie nto correspondiente no venga determ inado un plazo distinto, contados a partir de la

fecha desdr su aprobaci6n por parte de la ENTIDAD EJECUTORA, EL EST ADO

DOM IN IC ANO estara obligado a pagar intereses correspondientes al tiem po que dure el retraso

de pago a la tasa "P rim e Rate a Seis (6 ) m eses" increm entada por un spread de tres punto

setenta y cinco por ciento (3 .75% ) durante el perfodo de retraso del pago.

9 .2 . Adicionalm ente, se entiende por retraso del pago, (i) el tiem po transcurrido entre el

vencirniento del plazo de sesenta (60) dlas, desde la aprobacion por parte de EL IN GEN IER O

de 1 3 Relacion Valorada M ensual hasta la fecha en que EL CON TRATISTA recibe el pago; y/ o

(ii) el tiem po transcurrido entre el vencim iento del plazo de setenta y cinco (75) dias desde laentrega de la Relacion V alorada por parte de EL CONTRA TIST A a EL INGEN IERO , para su

revisi6n, hasta la fecha en que EL CON TRA TISTA recibe el pago.

9 .3 S i LA EN TIDAD EJECUTORA se retrasare en el pago de los m ontos indicados en Relaciones

V aloradas M ensuales por un tiem po que exceda los Ciento V einte (120) dias contados desde la

fecha de la aprobaci6n de EL INGEN IERO, EL CONTRA TISTA podra suspender las Obras

hasta que LA EN TID AD EJECUTORA haya cesado en su incum plim iento de pago.

Articulo 10. Recepcion de las Obras y Periodo de Garantia.

10.1 Recepci6n P rovisional - A l conc1uirse la ejecuci6n de las Obras de cada E tapa objeto del

presente A dendum , y realizados satisfactoriam ente los Ensayos de Recepci6n prescritos, E L

CON TR A TISTA debera notificarlo al IN GE NIER O, con copia al IN APA. Esta notificaci6n se

considerara como una solicitud del CONTRA TISTA al INGEN IERO para que este em ita el

Certificado de Term inaci6n de las Obras y proceda a su Recepcion Provisional, liberando lasreten cio nes y fian zas 0 seguros otorgados m ediante el presente Adendum , y en cam bio, EL

CON TRA TISTA entregara al IN APA la F ianza de Conservaci6n de Obras conform e descrito

en el Articulo 7.1 (c). E I pericdo de Garantia es el m ism o de la vigencia de dicha Fianza, 0 sea,

trescientos sesenta y cinco (365) dias a partir de la fecha de su entrega.

\

EI IN GEN IER O debera, dentro de un plazo de 21 dias a partir de la fecha de dicha notificaci6n,

enviar al Contratista, con copia al INAPA, el Certi ficado de Term inaci6n de las Obras,indicando la fecha en la cual la O bra esta term inada de acuerdo con este Adendum N o.2 , 0 bien

dar instrucciones escritas a EL CON TR A TIST A , especificando todos [os trabajos que este ha

de realizar antes de em itir tal Certificado, incluyendo cualquier defecto de las obras derivado

del proceso constructivo de EL CONTRA TISTA que no responda a los param etres

contem plados en el D isefio y que afecte la term inaci6n de las m ism as. E I CONTRA TISTA

tendra derecho a recibir el Certificado de Recepci6n Provisional dentro del perfodo de 21 dias

contados a partir de la terrninacion de acuerdo aI presente Adendum , de los trabajos y

reparaciones que Ie hayan sido notificados. S i transcurrido dicho plazo, LA ENTIDAD

Contrato Acueducto H iguey-Bavaro . Adendum No.2 13 I 19

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E JE CUTORA no se ha pronunciado ni em itido el correspondiente C ertifica ' ; ~ 2t1i5I;ti}h1aG:iode ?bras y Recepcion P rovisional, se enten?era que la Rec~pcion P rovisional' IJ~o (Jlfra~J:)i1"

tenido lugar. EL CON TRA TISTA entregara al IN APA la Fianza de la Conservacit . £ t ~ Q b r i Ky ernpezara el periodo de la G arantia.

10.2 EL CONTRA TIST A garantiza que las obras del proyecto cum pliran con los terrninos del

presente Adendum y las norm as aplicab les en la industria, EL CON TRA TISTA corregira las

obras defic ientes que no sean conform es a tales garantias y/o a la Ingenierfa de D etalle , dentro

de un plazo de un (1) afio de la aceptacion provisional de las obras del P royecto. L a

responsabilidad total y com pleta de EL CON TRA TIST A con relac ion al ob jeto de cada E tapa

del presente Adendum no sobrepasara un m onto equivalente al 10% del precio de cada E tapa

conform e al presente A dendum .

10J En caso de que LA ENTIDAD EJECUTORA decidiera ocupar 0 utilizar cualquier parte de las

Obras antes de la conclusi6n total de las m ism as, s in que ello haya sido expresam ente

convenido com o una situacion provisional, la E NTID AD E JE CUTORA debera em itir al efec to,

un Certificado de Recepci6n P rovisional Parcial y Term inaci6n Parcial de las Obras. En estecaso, EL CON TRA TIST A se com prom ete a term inar cualquier trabajo pendiente en las Obras

recib idas parc ialm ente, durante el perfodo de m antenim iento y garantia. D icho perfodo de

m antenim iento y garantia correra a partir de la fecha de la R ecepcion P rovisional P arc ial.

10.4 Recepcion D efinitiva - E I Certificado de Recepcion D efinitiva sera entregado por e l IN APA

dentro del plazo de veintiocho (28) dias desde la terrninacion del P lazo 0 P lazos de G arantia, 0

tan pronto com o se term inen, de acuerdo con los term inos del presente Adendum , los trabajos

ordenados de conform idad con las Condic iones G enerales y Particulares anexadas al presente

Adendum.

Articulo 11: Terminaci6n y Suspension del presentc Adendum.

E l presente Adendum term ina con la expedic ion del C ertificado de Recepcion D efinitiva y el pago

a E L CON TRA TISTA de la totalidad de las obras e jecutadas 0 la re so luc io n d efin itiva d e c ua lq uie r

e ven tua l d ive rgenc ia 0 c onflic to e ntre la s P arte s.

11.1 En caso de que el presente Adendum fuera rescindido a term inado antic ipadam ente por EL

ESTADO DOM IN ICANO, este pagara a EL CONTRA TISTA , adernas de los costas en que

se incurra por causa de la terrninacion, una cornpensacion calculada sobre la base de 10

es ta ble cid o en las C on dic io nes G ene rales y/o P artic ula re s a ne xa s a l p res ente A den dum .

11.2 Cuando ocurrieren situaciones 0 eventos no provenientes de culpa de E L CON TRA TISTA que

im pidan, suspendan 0 afecten tem poralrrrente la ejecucion de los trab ajos, re lativos entre otras

causas a fenornenos de la na~raleza, caso fortuito , fuerza m ayor, conm ocion interior, actos

violentos 0 m al intencionados de terceros, huelgas, paros laborales , y otros eventos fuera del

control de EL CON TRA TISTA , sin que la presente enum eracion sea lim itativa, habra lugar

a la ex tension de los plazos de ejecucion del presente Adendum y se procedera, en cuanto a

reconocim iento de im porte de gasto, de conform idad con 1 0 estab lecido en las C ondic iones

Generales y/o Condiciones Particulares de este Adendum . S i la suspension, re traso 0

afectacion temporal en la ejecuei6n de los trabajos, ocurriere por causas im putables al

C ontrato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2 14/19 '

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~~· -M. L-;;,f;, I§)'~)~~/0/;;1~,j ,';} -i: ~ - . . I ; " .t. 'r,~li'<=I'" ,~;'I~li;,. l : . I £ ; : ; f .

ESTADO DOMINICANO, incluyendo cualquiera de sus organismos 0 dep ~"<IW~~~~~I 'ENTIDAD EJECUTORA 0 al INGENIERO, tales como y sin limitarse al retras I bb~ij~ ,.,

de la Ingenieria de Detalle 0 en la puesta a disposici6n de los terrenos neceSaMO"S:-parn1'a

ejecucion de los trabajos, 0 porquc alguno de estos la ordenaran, habra lugar a la ampliaci6n

de los pl EOS de ejecucion y al reconocimiento de importe de gastos generales por el tiempo desuspension adernas de las compensaciones establecidas en las Condiciones Generales y

Particula res anexas al presente Adendum.

Articulo 12. Entidad Ejecutora.

12.1 La ENTlDAD EJECUTORA es el Instituto Naeional de Aguas Potables y Alcantarillados

(INAPA), organismo estatal que actuara en la ejecucion del presente Adendum como

representante del EST ADO DOMINICANO, y que goza de autonomia funcional, personalidad

jurfclica y plena capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones por cuenta y en

nr.mbre del ESTADO DOMINICANO.

12.2 Este organismo actuara por si solo con independencia, en calidad de ENTIDADEJECUTORA, con relaci6n a todos los derechos y obligaciones que en virtud del presente

Adendum les son establecidas al ESTADO DOMINICANO pudiendo, en consecuencia,

ejercer todas las acciones previstas en el presente Adendum.

12.3. INAPA sera el organismo encargado y responsable de velar por la fiel ejecuci6n del Proyecto.

Articulo 13. EI Ingcniero.

EL INGENIERO tambien identificado como EL CONSULTOR sera el CONSORCIO Integral,

Ingenieria de Supervision - Consulcon, S.A., entidad que ejercera las atribuciones especificadas en

el presente Adendurn, 0 implicitas en el mismo, conforme a 1 0 establecido en las Clausulas de las

Condiciones Generales y Particulares del presente Adendum. EI Ingeniero ejercera sus atribuciones

en coordinaci6n directa con la ENTIDAD EJECUTORA, la cual pagara sus servicios con cargo a la

partida correspondiente establecida en el presente Adendum, prevista en el financiamiento y que

debera regirse segun los terminos del mismo, la eual sera gestionada y puesta a disposici6n de

INAP A, por EL CONTRA TIST A.

Articulo 14. Discrcpancias. Mediacion. Arbitraje.

Toda controversia que surgiere entre las Partes en relacion con el presente Adendum sera dirimida

y resuelta conforme a las disposiciones establecidas en las Condiciones Generales y Condiciones

Particulares anexas al prescnte Adendum.

Articulo 15. Financiacion.

1 5 . 1 Para la ejecucion de las obras se dispone de un primer financiamiento de US$75,000,000.00

(SETENTA Y CINCO MILLONES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA) mas el costo de la prima de seguro de credito a la exportaci6n. Este

Contrato Acueducto Higuey-Bavaro. Adcndum Nn. 2 15 / 19

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finmciarniento esta distribuido en dos sub creditos: Sub credito A por ,:"IpontG8~

USM5,000,000.00 (CUARENTA Y CINCO M ILLONES DOLARES DE LOS'~R ,Q~().~:/

U lrDOS DE AM ERICA) financiados m ediante un credito a la exportaci6n, con la gar-antf?

SI CE , Y un sub credito B de US$ 30,000,000.00 (TREINTA MILLONES DE DOLARES

DE 'JOS ESTADOS UN IDOS DE AM ERICA), m ediante un credito com ercial.

15.2 EL :ONTRA TISTA se comprom ete a hacer sus m ejores esfuerzos para presentar a LA

E l'-TIDAD EJECUTORA una propuesta de financiacion para la term inacion de la E tapa

II, dirigida al ESTADO DOMIN ICANO, y, en caso de ser una oferta razonable segun los

indicadores im perantes en el m ercado financiero internacional al m om ento de su

prcsentacion, E I ESTADO DOM IN ICAN O a traves de la Secretarfa de Estado de Hacienda

se com prom ete a hacer sus m ejores esfuerzos para contratar dicha financiacion a los fines de

la continuidad del P royecto en su E tapa II.

15.3 Los terrninos y condiciones del financiam iento para la finalizacion de la E tapa II se

negociaran entre el EST ADO DOM IN ICAN O y la(s) EN TIDAD(ES) PRESTAM ISTA(S),

para 1 0 cual EL ESTADO DOM IN ICAN O han! sus m ayores y m ejores esfuerzos en culm inarde m anera expedita dicha fase de negociacion, asf com o la suscripcion de los docum entos

qu e fueren n eces ario s para la fo rm alizaci6 nde d icho fin an ciam ien to .

Articulo 16. Disponibilidad de los Terrenos.

16 ,1 EL ESTADO DOMIN ICANO, a traves de la ENTIDAD EJECUTORA pondra en tiem po

habil a disposici6n de EL CON TRA TIST A, las areas de terrenos necesarias para la ejecuci6n

de los trabajos, debidam ente desocupadas, sin im pedim ento de acceso, y libre de cualquier

carga que pudiere obstaculizar su uso y disfrute pacifico par EL CONTRA TISTA para la

ejecuci6n de las Obras, asf com o para el alm acenam iento de las m aquinarias y equipos. En

ese sentido, EL EST ADO DOM IN I CAN O m antendra indem ne a EL CON TRA TIST A frente

a cualquier dem anda por parte de terceros por alegadas violaciones a la propiedad privada u

otras causas relacionadas con la disponib ilidad de los terrenos,

16.2 Se entiende por areas necesarias, los terrenos que ocuparan 0 sobre los que se ejecutaran las

Obras, las instalaciones y cam pam entos, los ban cos de prestam o, las canteras y areas de

botaderos, las areas para alm acenam iento de las tuberias, m aquinarias y equipos, asf com o

cualquier otra area que sea necesaria para la ejecuci6n y buena m arch a de los trabajos.

16.3 EL CONTRA TISTA pagara las sum as necesarias para el uso de los terrenos 0 areas que EL

ESTADO DOM IN ICANO necesite poner a disposicion de EL CONTRA TISTA, para la

extraccion, deposito de m ateriales y construccion de las obras. Las sum as que pagara ELCOtJTRA TISTA por este concepto seran reem bolsadas por IN APA en la Relacion V alorada

;vfensual subsiguiente, conform e a la "L ista de Cantidades y Precios'' anex a al presente

Adendurn, En ningun caso EL CONTRA TIST A sera responsable de negociar con los

propietarios de estos terrenos, debiendo ser asum ida esta responsabilidad par EL ESTAD ODOMINICANO y /o EL IN APA,

En e y caso de que EL CONTRA TIST A no pueda hacer uso de los terrenos por cualquier

cau ,EL EST ADO DOM IN ICANO y /o el IN APA se obliga a liberal' a EL CON TRA TIST A

de ualquier responsabilidad derivada por 1 0 anterior y los plazos que EL CON TRATISTA

/

C on tr to A cued ucto Higiley-Bavaro. Adendum No, 2 16 / 1 9

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.: : : : : : : :=:~~/'. M . I'~~'

'0-;<)OGi\OO I); ~ ~

fiTq~;:\este obligadcl cumplir eo el presente Adendum quedaran automaticam~~~,p;~;;~~s,~V

un term ino i';c:al a aquel en que no pudo hacer uso de los terrenos 0 de 1~~~/Pg~C~{lr1 ,

sin perjuic ic «e su derecho a percibir compensacion por m ayo res gastos generales> -

En el senticl c del presente Articulo el ESTADO DOM IN ICANO y/o EL INAPA es el unico

responsable de la tram itaci6n y/o negociaci6n de perm isos de acceso a propiedades deterceros y/c t.ervidumbres a los fines del presente A dendum .

Articulo 17. Er.trega de los Pianos resultantes de la Ingenieria de Detalle a EL

CC NTRA TISTA.

17.1 E I IN 1YA sum inistrara, con antelacion y conform e con el cronogram a del anexo 4, a EL

CONTRA TIST A los pianos resultantes de la Ingenierfa de Detalle para el inicio de

construcci6n de las obras.

17.2 S i la falta en la entrega de la Ingenierfa de Detalle produce algun retraso en la ejecuci6n de

alguna obra esto im plicara un aum ento del plazo de la obra afectada, siem pre que EL

CON TR A TIST A 1 0 solic ite siguiendo el procedim iento establecido en las Condiciones

G en era le s d el C on tra to .

Articulo 18. Fuerza Mayor, Retrasos y Prorrogas de Tiempo.

18.1 E I terrnino Fuerza M ayor incluye los hechos tales com o hostilidades (con 0 sin estado de

gu erra decla rada ), o pera cion es de guerra, rev olu cion es, in surreccio nes , m otines, conmoc ione s

civiles , explosiones, incendios, terrem otos, erupciones volcanicas, huracanes, inundaciones,

asf com o cualquier otro evento de la naturaleza razonablem ente im predecible, que afecten al

Proyecto, em bargos, suspension general de los sistem as de transporte0

navegacion0

cualquier otro hecho sim ilar que no pueda ser evitado 0 controlado por E L CON TRA TISTA .

Fuerza M ayor tam bien incluye las huelgas generales, huelgas locales no vinculadas con

reclam o de los trabajadores de EL CON TRA TIST A y otras perturbaciones sim ilares que EL

CONTRA TIST A no pueda evitar 0 controlar con los m edios razonab les que tenga a su

alcance, pero solo por el periodo de tiem po que Ie sea im posible poner fin a dichas

perturbaciones tom ando todas las m edidas disponibles para e l caso.

18.2 S i EL CONTRA TISTA se retrasa en cualquier m om enta en el progreso de la obra por causas

a je na s a s u re sp on sa bilid ad 0 por negligencia del ESTADO DOM IN ICAN O, deIIN APA, del

Ingeniero 0 de sus em pleados, 0 por cam bios ordenados en la obra, 0 p or h ue lg as 0 paros de

los trabajadores de EL CON TRA TIST A , incendios, retrasos inusitados en los transportes,

ac ciden te s i nev it ab l es 0 cualquier otra causa de fuerza m ayor, 0 por suspension ordenada pore~Eeniero y/o el fN APA m ientras se halle pendiente un arb itraje, 0 por cualq uier otra causa

aJ na a su voluntad 0 responsab ilidad y/o q ue el Ingeniero considere suficiente para justificar

re rases, EL IN APA podra extender e l tiem po para term inar la obra en el plazo razonable que

el Ingeniero recom iende y cornpensara los gastos en que por este m otivo haya incurrido EL

CON~RA 1STA, previa presentacion y sustentacion por parte de este y aprobaci6n delIngenier .

En c 0 de huelgas 0 paros vinculados con reclam os de los trabajadores, im putables al

CO NTR A TISTA por incum plim iento de las leyes laborales aplicables 0 c ondic io ne s l ab ora le s

C ontrato A cueducto H iguey-B avaro. A dendum N o.2 17! 19

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d eh id ar.e nte a pro ba da s y publicadas porIa Secretaria de Estado de Traba

posibildad de extension del plazo de ejecucion ni cornpensacion por

derivac os de estos hechos.

18.3 Para qu ~ el [N APA considere una ex tension de plazo a causa de los acontecim ientos arribamencio iados, E L CON TR A TISTA tendra que notificar por escrito al Ingeniero su intencion

de solictar pr6rroga de plazo y cornpensacion por m ayores gastos, dentro de los quince (15)

dias calor darios subsiguientes a la fecha en que ocurra la prim era causa de dem ora. D espues

de este pcriodo, EL CON TRA TIST A perdera todo derecho a pr6 rroga de plazo. En caso de

continuar la causa del reclam o bastara con presentar un solo reclam o.

Articulo 19. Cesi6n del presente Adendum.

19.1 EL CON TRA TISTA no podra ceder el presente Adendum ni parte de el, ni dar a otra persona

interes 0 participaci6n en el m ism o, ni ceder el derecho a cobrar dinero que Ie corresponda 0

correspondiere cobrar, de acuerdo a dicho Adendum , sin la previa aprobaci6n por escrito delIN APA; teniendo en cuenta 1 0 dispuesto en las leyes vi gentes y en el/los contrato/s de

financiamiento.

Articulo 20. Fianza Judicatum Solvi.

20.1 Para el caso eventual de las Partes sugerir para los term inos del presente Contrato, EL

ESTADO DOM IN ICANO renuncia, expresa e irrevocablem ente, a requerir a cualquier

tribunal apoderado y exigir el dep6sito por parte de EL CONTRA TIST A de la fianza

"judicatum solvi", establecida por el articulo 16 del Codigo C ivil de la Republica

Dominicana, y por los articulos 166 y 167 del Codigo de Procedim iento Civil, para los

extranjeros transeuntes que inicien acciones por ante los tribunales de la Republica

D om inicana, en el entendido de que: (a) E I CO NTR ATISTA y las C orn pafilas q ue 1 0 integran

son unas instituciones plenam ente solventes, con capacidad suficiente para resarcir

sobradam ente al EST ADO DOM IN ICAN O de cualesquiera costos procesales u otros que

pudieran derivarse de una posib le litis; y adicionalm cnte, (b) el acceso a los tribunales de la

Republica Dom inicana para obtener una decision expedita sobre sus pretensiones es un

der ec ho c on sa gra do y garantizado por la C onstitucion D om inicana a cualquier persona fisica

o m oral indepen dientem ente de su nacionalidad, origen 0 condici6n.

Articulo 21. Ley Aplicable.

L as P artes acuerdan que el presente A dendum se regira

Articulo 22. Elecci6n de Domicilio.

. Ppa todos los ~nes y ~ on .s ecu en ~ias d el p res en ~e A ~en dum las p ~rte~ elig en dO~ licilio en la ciu dad~e Santo D om ingo, D istrito N acional, en las direcciones que se indican a continuacion, reputadas

C ontrato A cuedu cto H iguey-B avaro. A dend um N o.2 18/19

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com o las m : ; recientes y consideradas com o tales hasta tanto la parte decida cam bial' de dom icilio,

siem pre en Republica Dom inicana y 1 0 notifique por escrito a la otra m ediante acto de alguacil.

EL EST ADO )OM IN ICANO Procuraduria General de la R epub lica,

P alacio de lusticia Centro de los Heroes deConstanza M aim 6n y Estero Hondo, Calle H ip61ito

H errera B illin i, S an to D om ing o, D .N .

E L [N AP A E dificio IN APA , C entro Com ercial E I Mill6n,

ubicado en la calle Guarocuya esquina Avenida

N unez de Caceres, Santo D om ingo.

A te nc i6 n: D ire cto r E je cu tiv o.

E L CO NTR p'T :STA C/Paseo de los L ocutores esquina C /Sem inario,

E dificio G inza D om inicana Center, L ocal 402, 4to.

P iso, E nsanche P iantini, Santo D om ingo, D .N .

A ptd o. P ostal 15 57.

A ten cio n: Ing . R occo M occia.

E n prueba de conform idad se firm an cuatro (4) ejem plares de un m ism o tenor y a un solo efecto, en

la c iudad de Santo Dom ingo, D istrito N acional, capital de la Republica Dom inicana a los

veintisiete (27) dlas del m es de M arzo del ana dos m il nueve (2009).

POR EL ESTADO DOMINICANO:

Con trato A cue du cto H igu ey -B av aro. A de nd No.2 19 I 19

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CONGRESO J'JACIONAL

ASUNTO: Res. que aprueba la Enmienda No.2, de fecha 27 de marzo del aflo 2009, al Contrato

del 20 de abril del atio 2006; suscrito entre el Estado dominicano y el Consorcio Ghella

& Asociados, para el proyecto Acueducto Higuey-Bavaro. PAG.

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo

Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los cuatro (4)

dias del mes de junio del afio dos mil nueve (2009); afios 166 de la Independencia y 146 de la

Restauraci6n.

ACEDANO,Secretaria Ad-Hoc. ANrO~~~UZTORRES.Secretario Ad-Hoc

vc

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"

~}W/~~:~r('';t(!r'JlU! ( / 0 / r ) \ 2 ? / ( , c j t d 6 I i c a , f[!/J(N)li;u/.adl,a,

P.E. No.: 57-09

PODER ESPECIAL AL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE

AGUAS POTABLES Y ALCANT ARILLADOS

(INAPA)

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55, de la Constituci6n de la

Republica, y de conformidad con las disposiciones de la Ley No.1486, del 20 de rnarzo del 1938,

sobre la Representaci6n del Estado en los Actos Juridicos, por el prescnte documento, otorgo

Poder Especial al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados

(INAPA), para que en nornbre y reprcsentaci6n del Estado dominicano, suscriba el nuevo

Contrato que modifica el Contrato del 20 de abril de 2006. suscrito con el Consorcio Ghclla &

Asociados, para la realizacion y ejecucion de los trabajos, las obras civiles e hidraulicas del

Acueducto Higuey-Bavaro, en la provincia La Altagracia. El monto del nuevo contrato asciende

a la suma de sesenta rnillones setecientos sctenta y nucve mil cicnto ochenta y sietc dolares de losEstados Unidos de America con 85/100, (US$60,779, 187 .85).

Este nuevo contrato tiene por finalidad entre otras, modificar los terminos del contrato original en

1 0 referente al alcance de la manera siguicntc: cl alcance prcvisto en este nuevo contrato

Addendum se ha organizado en des etapas:

Etapa I: Comprende la ejecucion de las obras del Acueducto de Higuey; asi como los extracostos

que pudieran presentarse durante su ejecucion, en base a un monto de sesenta millones

setecientos setenta y nueve mil ciento ochenta y sicte d6lares de los Estados Unidos de America

con 85/100 (US$60,779,187.85);

Etapa II: Cornprende cl disefio basico y la ingenicria de dctalle de una nueva obra de captacion

sobre el Rio Sanate 0 en SLl defecto sobre el Rio Chavon; asi como el financiamiento parcial de la

construccion de In referida obra y SlIS obras concxas,

Para la ejecucion de las citadas obras se dispone de un financiamiento ascendente a la suma de

setenta y ocho millones setecientos setenta y un mil dolares de los Estados Unidos de America

con 0 0 / 1 0 0 , (US$78,771,000.00), divididos en dos Sub-Creditos: Sub-Credito A, por un monto

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de cuarcnta y oeho millones sctecicntos sctcnta y un mil d6lares de los Estados Unidos de

America con 00/1 00, (US$48,771 ,000.00), financiados mediante credito a In exportacion, con la

garantia SACE, de los cuales cuarenta y cinco millones de dolares de los Estados Unidos de

America can 00/1 00, (US$45,000,OOO.00), serun dcstinados a la construccion del Proyccto y

tres millones sctecientos setenta y un mil dolarcs de los Estados Unidos de America con 0011 00,

(USJ;3,771 ,000.00), para pago de la prima de scguro; y un Sub-credito E, por la suma de treinta

mill ones de dolares de los Estados Unidos de America can 00/100, (US$30,000,000.00),mediante un credito cornercial, el cual se invertira en la construcci6n de dichas obras.

DA::>O en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a

los veintisiete (27) dias del rnes de marza del ana dos mil nueve (2009).

DIOS, PATRIA Y LIBERTAO

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e nel Fer andez

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Republica Dominicana

"ANO DEL CENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN BOSCH"

DLI SANT~ ~or~i~q9'. N.fji "_ '_ "'l tl. •._ . ; " ..• •

Via DR. ABEL RODRIGUEZ DEL ORBE

Consultor Juridico Poder Ejecutivo

AI Excelentfsimo SenorDR.LEONELFERNANDEZREYNA

Presidente Constitucional de la Republica

Su Despacho.

Asunto

'-ry'

Remisi6n de expediente con el fin de solicitar laaprobaci6n por parte del Congreso Nacional de laEnmienda No. 2 de fecha 27 de marzo de 2009, al

Contrato de fecha 20 de abril de 2006, suscrito entre elEstado Dominicano y el Consorcio Ghella & Asociados.

Anexo La citada Enmienda No.2 en fisico y CD.

Excelentisimo Senor Presidente:

Como es de su conocimiento, en fecha 27 de marzo de 2009, el Estado Dominicano

suscribi6 con el Consorcio Ghella & Asociados, la Enmienda No.2 al Contrato de fecha20 de abrtl de 2006, para la realizaci6n y ejecuci6n de los trabajos, las obras civiles ehidraulicas del Acueducto Hiquey- Bavaro de la Provincia La Altagracia, por un monto

de Sesenta Millones Setecientos Setenta y Nueve Mil Ciento Ochenta y Siete D61ares

de los Estados Unidos de America con 85/100 (US$60,779,187.85).

EI Articulo 8 de la precitada Enmienda No.2, establece que "Las empresas extranjerasintegrantes del Consorcio, EL CONTRA TISTA 0 las empresas extranjeras que 10Ilegaren a integrar, asl como los empleados extranjercs que lIeguen a la RepublicaDominicana exclusivamente para ejecutar los trabajos del presente Adendum, asi como

la empresa extranjera del Consultor de la ENTIDAD EJECUTORA, estaran exoneradosdel pago de todo impuesto, contribuci6n, tasa, arancel, arbitrio, incluyendo, perc noestando limitado a, impuesto sobre la renta, as! como cualquier otro impuesto decualquier otra naturaleza, establecido por ley, decreto 0 resolucion de la RepublicaDominicana, sobre los pagos y salarios que recibiran en relaci6n con este."

Av. Mexico No. 45, Gazelle, Santo Domingo. Republica Dorninicana • Tel.: 809-687-5131 • www.hacienda.gov.do \ ,

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Republica Dominicana

1J ,1 N, i l : 2 A B R 2 0 0 ~,1'1 I

De conformidad con el Articulo 110 de nuestra Constitucion Dominicana, no sersconocera ninguna exencion, ni se otorqara ninguna exoneracion, reduccion 0

llrnltaclon de impuestos, contribuciones 0 derechos tiscales 0municipales, en beneficiode particulares, sino por virtud de la ley. Sin embargo, los particulares pueden adquirirmediante concesiones que autorice la ley, 0 mediante contratos que apruebe elCongreso Nacional, el derecho irrevocable de beneticiarse, por todo el tiempo queestipule la concesion 0 el contrato y cumpliendo con las obligaciones que la una y elotro les imponga de exenciones, exoneraciones, reducciones 0 limitaciones deimpuestos, contribuciones 0 derechos fiscales 0 municipales incidentes endeterminadas obras 0 empresas de utilidad publica 0 en determinadas obras 0

empresas hacia la que convenga traer, para el tomento de la econornla nacional 0 paracualquier otro objeto de interes social, la inversion de nuevos capitales.

Por tales rnotivos, solicitamos a su Excelencia, remitir esta Enmienda No.2 al CongresoNacional para su aprobacion.

Con sentimientos de alta solidaridad y estima, Ie saluda,

VBAJC

Av. Mexico No. 45, Gazcue, Santo Domingo, Republica Dorninicana • Tel.: 809-687-5131 • www.hacienda.gov.do

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SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA

Detalle de Iniciativa al 4 de Juniodel 2009

Numero de Iniciativa

Tipo de Iniciativa

Descripcion del Proyecto

Historial

: 06182-2009-PLO-SE

: Enmienda

: ENMIENDA NO.2 AL CONTRATO, SUSCRITO ENTRE EL ESTADO

DOMINICANO Y EL CONSORCIO GHELA Y ASOCIADOS DEL 20 DE ABRIL DE

2006, PARA LA REALIZACION Y EJECUCION DE LOS TRABAJOS, LAS

OBRAS CIVILES E HIDRAULICAS DEL ACUEDUCTO DE HIGUEY-BAVARO,

POR UN MONTO DE U$60,779,187.85 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

: Depositada el 07/05/2009.En Agenda para Tomar en Conslderacton el

08/05/2009. Tomada en Consideraci6n el 08/05/2009. Enviada a Cornlslon

el 11/05/2009. Liberada de Informe el 4/6/2009. En Agenda el 4/6/2009.

Aprobada en Unica Lectura el 4/6/2009. En Transcnpcion Legislativa el

4/6/2009.

Anotaciones Especiales

Camara Inicial : Senado de la Republica

Veces Devuelto De la Camara Diputados : 0

Conteo de Legislaturas Iniciado

Ano Legislativo

Cuatrienio

Legislatura de Inicio

Numero de Expediente Camara

Diputados

Originada por el Poder

Numero de Oficio

Proponentes

Comisiones

Iniciativa Priorizada

Aprobacion Presidida Por

Secretarios en Aprobacion

Creado Por

Digitado Por

Revisado Por

Despachado Por

Numero de Legislatura Vigente

Condicion Actual

: Si 08/05/2009

: 2009

: 2006-2010

: 2009-PLO

: Poder Ejecutivo

: 5817

: PODER EJECUTIVO

: HACIENDA;

: No

: Reinaldo Pared Perez

: Antonio de Jesus Cruz Torres; Amarilis Santana Cedano (Ad-hoc)

: Noelia Brito

: Noelia Brito

: Mercedes Camarena

: Mayra Alcantara

: 1

: Aprobada

DESPAr'/ .iSecretar ' r '<,., '400

lei Gene ,I _ " , .1 ;) "10/". t'

.'}""I<j

http://sillwfilemaster/wfFichaPlantilla.aspx?IdExpediente=17274&Coleccion=53&Codig... 04/06/2009

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- 7Senor

D r. R ein a/d o P ared P erez

Presidente del Senado de 1 0 Republica

Palacio del Congreso Nacional

Su Oespacho

Oistinguido senor Presidente:

En cumplimiento del Articulo 110, de 1 0 Constitution de 1 0 Republica, someto, por su

mediacion. a ese Honorable Congreso Naeional, para los fines de aorobacion. 1 0 Enmienda

No.2 a/ Contrato, suscrito entre el Estado Oominicano y el Consorcio Ghela y Asociadas

del 20 de abril de 2006, para 1 0 realizocion y ejecucion de los trabajos, las obras civiles e

hidrau'tcas del Acueducto de Hiquey-Bovaro. por un monto de sesenta millones setecientos

setenta y nueve mil ciento ochenta y siete dolores de los Estados Unidos de America con

85/100 (US $60, 779,187.85).

En el Articulo 8 de fa enmienda se establece la exoneracion de cualquier tipo de impuestos

a las empresas extranieras que integren el Corsorcio, asi como a 1 0 5 empleados

extranjeros que lIeguen 0 1 pais exclusivamente para ejecutar los trabajos de 1 0 obra, as!

como, la empresa extranjera del consultor de 1 0 Entidad Ejecutora. Asimismo, las empresas

integrantes de! consorcio paqartin sus cuotas correspondientes al Seguro Social y

Accidentes de Trabajo de los trabajadores y empleados dominicanos utilizados para el

desarrollo detobjeto del Contrato.

Siendo el Acueducto una obra de interes social, espero que 1 0 5 senores legisladores

impartan su voto aprobatorio 0 1 Contrato que someto a su considerocion.

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