documentos contables
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15Contabilidad Gubernamental I
CAPITULO I
DOCUMENTOS CONTABLES
1.1. CONCEPTO DE DOCUMENTOS CONTABLES
Los documentos contables son los soportes de contabilidad que sirven de base
para registrar las operaciones de una institución. Se elaboran en original y
tantas copias como las necesidades de la institución lo exijan.
Como es lógico también están organizados en carpetas contenedoras según el
tipo y concepto, para un fácil acceso a la información. En ellas se aplica el filtro
del periodo de trabajo, estableciendo una selección de documentos cuya fecha
de expedición esté dentro de ese periodo.
1.2. CARACTERÍSTICAS DE DOCUMENTOS CONTABLES
Desde el punto de vista de quién recibe o emite la documentación:
Los Comprobantes Externos
Son aquellos emitidos fuera de la empresa y luego recibidos y
conservados en la empresa. Ejemplo:
˗ Facturas de compras, recibos de pagos efectuados, etc.
Los Comprobantes Internos
Son los documentos emitidos en la empresa que pueden entregarse a
terceros o circular en la misma empresa. Ejemplo:
˗ Facturas de ventas, recibos por cobranzas, presupuestos, vales.
Desde el punto de vista de documentación que se registra y archiva:
Documentos que se archivan y generan registración:
Factura: Es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador
detallando las mercancías que le ha vendido, indicando
cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta.
Con este documento se hace el cargo al cliente y se contabiliza su
deuda a favor del vendedor. Para el comprador es el documento que
justifica la compra y con su contabilización queda registrado su
compromiso de pago.
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Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original
queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y
con el se contabiliza la venta y el cargo al comprador.
La factura es el documento principal de la operación de compraventa
con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento
de contabilidad y medio de prueba legal
Nota de Débito: Llámese así a la comunicación que envía un
comerciante a su cliente, en la que le notifica haber cargado o debitado
en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la
misma indica. Este documento incrementa la deuda, ya sea por un error
en la facturación, interés por pago fuera de término, etc.
Varios son los casos en que se utiliza este documento, siendo algunos
los siguientes:
En los bancos: cuando se carga al cliente de una comisión o sellado que
se aplicó a un cheque depositado y girado sobre una plaza del interior.
En los comercios: cuando se pagó el flete por envío de una mercadería;
cuando se debitan intereses, sellados y comisiones sobre documentos,
etc.
Cuando el vendedor quiere poner en conocimiento al comprador de que
ha cargado en su cuenta un importe determinado, emite una Nota de
Débito.
Las causas que generan su emisión pueden ser:
• Error en menos en la facturación.
• Intereses.
• Gastos por fletes.
• Gastos bancarios, etc.
La Nota de Débito siempre origina un aumento en la cuenta del
comprador, por lo tanto es un documento registrable.
Nota de Crédito: Es el documento en el cual el comerciante envía a su
cliente, con el objeto de comunicar la acreditación en su cuenta una
determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma.
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17Contabilidad Gubernamental I
Algunos casos en que se emplea: roturas de mercaderías vendidas,
rebajas de precios, devoluciones o descuentos especiales, o corregir
errores por exceso de facturación.
Es el documento que el vendedor confecciona y remite al comprador -
para ponerlo en conocimiento de que ha descargado de su cuenta un
importe determinado, por alguno de los siguientes motivos:
• Error en más en la facturación.
• Otorgamiento de bonificaciones o descuentos.
• Devolución de mercaderías.
La Nota de Crédito siempre origina una disminución en la cuenta del
comprador o deudor, por lo tanto es un documento registrable.
Ticket
Se emite por operaciones de contado, mientras que la factura puede ser
emitida por operaciones de contado o en cuenta corriente. Los ticket
sólo pueden ser emitidos por máquinas registradoras (o controladores
fiscales) autorizadas a funcionar.
Pagaré: Documento literal, titulo de valor o instrumento financiero,
documento escrito mediante el cual una persona (emisor) se
compromete a pagar a otra persona (el beneficiario) una determinada
cantidad de dinero en una fecha acordada.
Los pagares pueden ser al portador o endosables es decir, que se
pueden transmitir de un tercero los pagares pueden emitirlos los
individuos particulares de empresas o estados.
Cheque: Llámese cheque a una orden de pago pura y simple librada
contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su
orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en
descubierto.
Como queda dicho el cheque es una orden de pago, no una promesa de
pago como el caso del pagaré; entonces se deduce que debe ejecutarse
por el banco a la presentación del documento con las modalidades
particulares establecidas para cada tipo de cheque.
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Recibo: El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero.
Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de
la extinción parcial o total de la deuda.
Este documento tiene importancia:
• Legal: constituye una prueba para quien hizo el pago.
• Contable: para quien lo confeccionó es una constancia de los
ingresos de fondos, y para quien lo recibe es un elemento de control de
la salida de valores.
Se emite por duplicado, y se registra en los libros contables.
Nota de Crédito Bancaria: Son emitidas por el banco y también
originan diferencias
Documentos que sólo se archivan:
Orden de Compra: Es un documento mediante el cual una persona o
empresa formula un pedido de compra a un comerciante. Este
documento comercial no obliga a realizar la operación.
Deberán extenderse como mínimo dos ejemplares: uno que queda en
poder del que lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega o
envía al vendedor.
Nota de Venta: Se llama nota de venta al documento comercial en el
que el vendedor detalla las mercaderías que ha vendido al comprador,
indicando, cantidad, precio, fecha de entrega, forma de pago y demás
condiciones de la operación.
Aceptado el pedido por parte del vendedor, este formula la Nota de
Venta, por la que toma a su cargo el compromiso de entregarle la
mercadería que se detallan en la misma, y el comprador se obliga a
recibirlas. Este documento comercial obliga a ambas partes a realizar la
operación en los términos establecidos. Es emitida por duplicado. Este
documento no origina registros contables.
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Remito: Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión
de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja
constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho
del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de
base para la preparación de la factura.
El remito se extiende por triplicado: El original firmado por el vendedor
se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del comprador
por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se
destina a la sección facturación para que proceda a la emisión de la
factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito par
constancia de las mercaderías salidas. Se extiende, como mínimo, por
duplicado; aunque es práctica generalizada hacerlo por triplicado para
que al transportista también le quede una constancia de la operación
realizada.
No se registra en los libros de contabilidad, dado a que generalmente los
remitos se emiten sin valores.
Resumen de Cuenta: Es usual remitir a los clientes a fin de cada mes
un resumen de su cuenta, con la finalidad de:
Comprador: Le permite cotejar el saldo pendiente de pago que figura en
el resumen de cuenta con el que surge de sus propios registros.
Vendedor: Es una forma de recordarle al cliente el saldo pendiente.
1.3. CLASES DE DOCUMENTOS CONTABLES
Documentos para contabilizar las modificaciones de créditos iniciales del
Presupuesto de Gastos: Documentos de créditos.
Documentos para contabilizar las decisiones de gasto adoptadas para
consumir los créditos del Presupuesto (documentos de gestión).
1.4. TIPOS DE DOCUMENTOS CONTABLES
Comprobantes Externos: Emitidos fuera de la empresa y luego recibidos
y conservados en la empresa ejemplo: factura de compras, recibos de
pago efectuados etc.
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Comprobantes Internos: Emitidos en la empresa que pueden entregarse
a terceros o circular en la misma empresa ejemplo: facturas de ventas.
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CAPITULO II
DOCUMENTOS CONTABLES AREA DE CONTABILIDAD
PRESUPUESTAL
2.1. CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO
La Contabilidad del Sector Público se configura como un sistema de
información económica, financiera y presupuestaria de cada una de las
entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del
patrimonio, la situación financiera, los resultados y la ejecución del
presupuesto.
2.1.1. Elaboración de los Registros Contables
Las transacciones de las entidades registradas en los sistemas contables
correspondientes, son clasificadas y ordenadas para la elaboración de los
estados financieros, las notas a los estados financieros, de los estados
presupuestarios e información complementaria de acuerdo a las normas
contables vigentes.
2.1.2. Aplicación de las Normas Contables
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública evalúa la aplicación de las
normas que sustenta la información contable de las entidades del sector
público remitidas por sus titulares y suscrita por los Directores Generales de
Administración, los Directores de Contabilidad y los de Presupuesto o quienes
hagan sus veces, adoptando las medidas correctivas.
2.2. PRESUPUESTO PÚBLICO
El presupuesto público es una herramienta de vital importancia, ya
que permite conocer a cada entidad del Estado, la cantidad de
recursos que le es posible destinar a la provisión de bienes y
servicios, así como a la ejecución de obras a realizarse durante el
año; todo esto sujeto a una planificación previa.
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Es una herramienta de política gubernativa, en el cual se asignan recursos y
determinan gastos para cubrir los objetivos trazados en los planes de desarrollo
económico y social del Estado.
El presupuesto público constituye la expresión cifrada de los derechos
(ingresos) y de las obligaciones (gastos) que estiman liquidar durante un
ejercicio fiscal art. 77º de la constitución política del Perú, la aprobación del
presupuesto es una atribución básica del congreso de la república, la ley de
presupuesto es una norma legal que incluye la relación de ingresos, gastos que
deben alcanzar en el próximo año.
2.2.1. Contablemente, se distinguen dos conceptos vinculados al
presupuesto
a) PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (PIA)
Es el presupuesto inicial que es aprobado por su respectivo titular. Este
presupuesto inicial está referido a los créditos presupuestarios; es decir, a
las asignaciones de recursos previstas para las distintas entidades públicas
en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para cada año fiscal.
En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios
son establecidos mediante Decreto Supremo.
¿Y cómo se elabora el PIA?
Este presupuesto se elabora de acuerdo a la proyección de ingresos y
transferencias que los gobiernos descentralizados, por ejemplo, estiman
que se recibirán. En otras palabras el PIA considera el presupuesto
asignado en diciembre del año anterior a todas las entidades públicas, en
base a las proyecciones de ingresos que el Estado recibirá por concepto de
recaudación fiscal u otras fuentes.
b) PRESUPUESTO INSTITUCIONAL MODIFICADO (PIM)
El Presupuesto Institucional de Apertura va cambiando a lo largo del año
fiscal, es decir, se va actualizando a consecuencia de las modificaciones
presupuestarias, tanto a nivel institucional (mayores transferencias recibidas
por la institución) como a nivel funcional programático (cambios entre las
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partidas al interior de la institución) convirtiéndose en el Presupuesto
Institucional Modificado.
Este presupuesto ya contempla los ajustes que se realicen posteriormente a
la estimación inicial de ingresos y transferencias.
A través del Sistema Nacional de Presupuesto Público se asignan los fondos a
los organismos del Estado de acuerdo a la disponibilidad de ingresos, las
prioridades de gasto y en cumplimiento del marco normativo.
2.2.2. Etapas del proceso presupuestario
a) PROGRAMACIÓN: Es la etapa inicial del Proceso Presupuestario en el
que la entidad estima los gastos a ser ejecutados en el año fiscal
siguiente, en función a los servicios que presta y para el logro de
resultados.
b) FORMULACIÓN: En esta fase se determina la estructura funcional
programática del pliego y las metas en función de las escalas de
prioridades, consignándose las cadenas de gasto y las fuentes de
financiamiento.
c) APROBACIÓN: Presupuesto público se aprueba por el Congreso de la
República mediante una Ley que contiene el límite máximo de gasto a
ejecutarse en el año fiscal.
d) EJECUCIÓN: Se atiende las obligaciones de gasto de acuerdo al PIA
aprobado por cada entidad pública, tomando en cuenta la
Programación de Compromisos Anual (PCA)
PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUALES (PCA)
La PCA es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo,
por toda fuente de financiamiento, que permite la constante compatibilización
de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico
multianual, las reglas fiscales contenidas en la Ley de Responsabilidad y
Transparencia Fiscal y la capacidad de financiamiento del año fiscal respectivo,
en un marco de disciplina, prudencia y responsabilidad fiscal.
La PCA es revisada trimestralmente por la DGPP y es aprobada mediante
Resolución Directoral dentro de los diez (10) días calendario siguientes de
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concluido el trimestre. En la Resolución se establecen los procedimientos,
mecanismos y formalidades para la determinación, revisión y actualización.
La determinación de la PCA no convalida los actos o acciones que no se ciñan
a la normativa vigente, correspondiendo al Órgano de Control Interno verificar
la legalidad y observancia de las formalidades aplicables a cada caso.
El Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público – SIAF
SP, incorpora la Programación de Compromisos Anual – PCA, y permite:
- A la DGPP, registrar y transmitir los montos anuales de la PCA (inicial y sus
modificaciones) a los Pliegos, en el nivel de fuente de financiamiento/rubro,
categoría y genérica del gasto.
- A los Pliegos, recepción de la PCA, ajustes de la PCA, incremento y/o
disminución de la PCA y distribución de la PCA (al mismo nivel de agregación)
entre sus unidades ejecutoras (UEs).
- A las Unidades Ejecutoras, recepción de la asignación – PCA enviada por el
Pliego, priorización de gastos, certificación de crédito presupuestario (CCP),
compromiso anual y ejecución.
¿Qué es el PCA? Es un instrumento de la programación presupuestaria del
gasto público, que tiene como objetivo establecer los montos máximos a
comprometer por una entidad durante un año fiscal determinado
¿A quienes aplica el PCA?
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25Contabilidad Gubernamental I
Aplica al gasto corriente y de capital de los pliegos de los gobiernos regionales
y gobiernos locales, así como a las entidades del gobierno regional.
¿Qué persigue el PCA?
El cumplimiento de las reglas fiscales (Consumo y Déficit)
¿Cómo se determina el PCA?
Principalmente sobre la base de la información de la programación mensual de
gastos e información del nivel de compromisos asumidos por las entidades
públicas y el nivel de gasto posible que determina el MMM y sus revisiones.
¿Quiénes definen el monto del PCA?
La Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General de
Asuntos Económicos y Sociales.
¿Cada qué tiempo se actualiza el PCA?
De manera trimestral
Los Compromisos anuales se originan con la Resolución Directoral Nº 023-
2010-EF-76.01, donde se precisa los documentos que sirven para sustentar los
compromisos en la Ejecución del Gasto Publico en los niveles de gobierno
nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y aprueban instructivo. La
administración pública comienza un cambio radical en la ejecución del gasto.
De hacer un compromiso mensual y parcial. Pasa hacer un compromiso anual
o total según sea el caso.
Por lo tanto establece un instructivo para hacer los cálculos de los
compromisos anuales o totales y establece el documento fuente para
comprometer
DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LOS COMPROMISOS:
Orden de compra-guia de internamiento.
Orden de servicio.
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26Contabilidad Gubernamental I
Convenio suscrito
Planilla de movilidad
Planilla de dietas de directorio
Planillas de propinas
Planilla de racionamiento
Planilla de viáticos
Contrato compra-venta
Contrato suscrito (varios)
Contrato suscrito (obras)
Planilla anualizada de gastos en personal
Planilla anualizada de gastos en pensiones
Resumen anualizado retribuciones- CAS
Resumen servicios públicos anualizado
Dispositivo legal o acto de administración
Planilla ocasionales
CERTIFICADO DE CREDITO PRESUPUESTARIO
El certificado de crédito presupuestario obedece a la existencia de un
documento fuente previsto en la RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2010-
EF-76.01, es decir yo certifico un documento fuente.
El certificado de crédito presupuestario es la separación del crédito
presupuestario (marco presupuestal) para que se pueda hacer el compromiso.
Una vez que se ha emitido el certificado de crédito presupuestario significa que
existe presupuesto para poder pagar esa obligación. Ya sea planilla, Orden de
compra, Orden de servicio, etc.
MODULO ADMINISTRATIVO:
˗ El certificado de crédito presupuestario se hace en el modulo
administrativo.
˗ A partir de un documento fuente.
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27Contabilidad Gubernamental I
MODULO DE PROCESOS PRESUPUESTARIOS
˗ Se aprueba en el Modulo de Procesos Presupuestarios como Unidad
Ejecutora
˗ Se rechaza en el Modulo de Procesos Presupuestarios como Unidad
Ejecutora
PCA
˗ Se certifica el documento fuente, como por ejemplo un orden de
compra contra la PCA priorizada.
IMPORTANTE:
˗ El certificado de crédito presupuestario se emite en el modulo
administrativo.
˗ El certificado de crédito presupuestario se aprueba o rechaza en el
modulo de procesos presupuestales como unidad ejecutora.
La ejecución del gasto público tiene tres pasos:
i. Compromiso
ii. Devengado
iii. Pago
e) EVALUACIÓN: Es la etapa del proceso presupuestario en la que se
realiza la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las
variaciones físicas y financieras observadas, con relación a lo aprobado
en los Presupuestos del Sector Publico.
2.3. SISTEMA DE ADMINISTRACION FINANCIERA- SIAF
Es un aplicativo informático, una herramienta, un sistema de ejecución, no de
formulación presupuestal ni de asignaciones (trimestral y mensual), que es otro
sistema. El SIAF ha sido diseñado como una herramienta muy ligada a la
gestión financiera del tesoro público en su relación con las denominadas
unidades ejecutoras.
El SIAF comprende dos niveles de registro:
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28Contabilidad Gubernamental I
Registro administrativo (Fases compromiso, devengado, girado)
Registro contable ( contabilización de las fases así como notas
contables)
En el sector público se registran en el SIAF-GL sus operaciones (expedientes)
del ciclo de gasto, cada una de las cuales incluye las fases de compromiso,
devengado, girado y pagado.
1. EL REGISTRO DEL COMPROMISO: Se selecciona el mes de ejecución
(mostrando el sistema en la parte inferior izquierda de la pantalla) implica el uso
de un(os) clasificador(es) de gastos a nivel de específica, una(s) fuente(s) de
financiamiento y la(s) meta(s) correspondiente(s) asociada(s) a ese gasto. El
sistema verificará si esa operación está acorde al calendario aplicando el
criterio de techo presupuestal. En el sector público sólo puede comprometer
dentro del mes de vigencia del calendario.
2. EL REGISTRO DEL DEVENGADO: Está asociado a la verificación del
cumplimiento de la obligación por parte del proveedor, esto es la entrega del
bien o prestación del servicio. Esta fase requiere un compromiso previo que a
su vez establece techos y otros criterios. El devengado puede darse en el
mismo mes o en otro posterior al registro del compromiso (dentro del mismo
ejercicio presupuestal).
Es la fase en la cual se “Reconoce la Deuda”, a partir de esta fase se puede
decir que la institución se encuentra en deuda, para ello tiene que tener
presente dos requisitos fundamentales para realizarla; primero que los
documentos fuentes existan y estén bien elaborados y segundo que el bien
haya ingresado al almacén o el servicio haya sido cumplido.
Con las condiciones de la fase del compromiso se incorpora la Fase del
Devengado.
Se ingresa los documentos fuentes como son; facturas, b/vta., recibo por
honorarios, etc., es decir todos los comprobantes de pago autorizados por la
SUNAT.
FECHA DE PAGO: Se utiliza para determinar a partir de qué fecha se puede
comenzar a girar Una vez que se tenga dicha información ingresar los datos
similares a la pantalla siguiente del sistema.
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29Contabilidad Gubernamental I
El registro del Girado requiere un Devengado previo, se puede proceder a
extinguir, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas, hasta por el monto
del devengado. El Girado puede darse en el mismo mes o en otro posterior al
registro del Devengado.
3. AUTORIZACIÓN DE PAGO DE LOS GIRADOS (Cheques o Cartas Órdenes
de Transferencia) de los de sector público, transmitiéndose al Banco de la
Nación, que procesa cada lote enviado, atendiendo a los beneficiarios de los
Girados.
4. EL REGISTRO DE LA FASE PAGADO: Será procesado automáticamente
por el sistema cuando se utilizan recursos ordinarios, con la información de los
cheques y cartas órdenes pagadas, remitidas.
REGISTRO CONTABLE.
Las operaciones de gastos, ingresos y otras (complementarias), son
contabilizadas utilizando la tabla de operaciones (TO SIAF), matriz que
relaciona los clasificadores presupuestales con las cuentas del nuevo plan
contable gubernamental.
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30Contabilidad Gubernamental I
CONCLUSIONES
Los documentos contables son los soportes de contabilidad que sirven
de base para registrar las operaciones de una institución. Se elaboran
en original y tantas copias como las necesidades de la institución lo
exijan.
Las características de documentos contables, desde el punto de vista de
quién recibe o emite la documentación (los comprobantes externos y los
comprobantes internos), desde el punto de vista de documentación que
se registra y archiva (factura, nota de débito, nota de crédito, ticket,
pagaré, cheque, recibo, nota de crédito bancaria, orden de compra, nota
de venta, remito, resumen de cuenta).
Las clases de documentos contables son los documentos para
contabilizar las modificaciones de créditos iniciales del presupuesto de
gastos y documentos para contabilizar las decisiones de gasto
adoptadas para consumir los créditos del presupuesto
La contabilidad del sector público se configura como un sistema de
información económica, financiera y presupuestaria de cada una de las
entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del
patrimonio, la situación financiera, los resultados y la ejecución del
presupuesto.
Contablemente, se distinguen dos conceptos vinculados al presupuesto,
presupuesto institucional de apertura (PIA) y presupuesto institucional
modificado (PIM)
La Programación de Compromisos Anuales, es un instrumento de la
programación presupuestaria del gasto público, que tiene como objetivo
establecer los montos máximos a comprometer por una entidad durante
un año fiscal determinado, aplica al gasto corriente y de capital de los
pliegos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como a las
entidades del gobierno regional.
Documentos que sustentan los compromisos, orden de compra-guía de
internamiento, orden de servicio, convenio suscrito, planilla de movilidad,
entre otros.
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31Contabilidad Gubernamental I
El Certificado de Crédito Presupuestario es la separación del crédito
presupuestario (marco presupuestal) para que se pueda hacer el
compromiso.
La ejecución del gasto público tiene tres pasos, compromiso,
devengado, pago
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32Contabilidad Gubernamental I
ANEXOS
ANEXO I compromiso de pago
ANEXO II presupuesto institucional de apertura
ANEXO III programación de compromisos anualizados
ANEXO IV presupuesto de ingresos y gastos
ANEXO V Orden de servicio y orden de compra
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33Contabilidad Gubernamental I
WEBGRAFIA
https://www.mef.gob.pe/index.php?
option=com_content&view=article&id=2741%3Aprogramacion-de-
compromisos anual&catid=182%3Aprogramacion-formulacion-y-
aprobacion&Itemid=101160&lang=es
https://www.mef.gob.pe/contenidos/presu_publ/capacita/enero2011/
PCA_y_Certificacion.pdf
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ifp_pca.asp
http://marcoacosmel.blogspot.com/2011/01/programacion-de-
compromisos-anual-pca.html
marcoacosmel.blogspot.com/2011/01/programación-de-compromisos-
anual-pca.html
http://www.municipioaldia.com/
fp_ap_normasmunicipales_fase_vernorma_idnorma_1594.html
https://www.mef.gob.pe/contenidos/presu_publ/capacita/enero2011/
PCA_y_Certificacion.pdf
DISPOSICIONES LEGALES
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería.
Resolución Directoral Nº 023-2010-EF-76.01.
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