el territorio estatal

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  • 8/18/2019 El Territorio Estatal

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    UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA

    Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

    Curso: Derecho Internacional Público 1

    Semestre: NovenoJornada: Nocturna

    EL TERRITORIO ESTATAL

    1) NOCIONES GENERALES

    El fundamento legal respecto al territorio del Estado guatemalteco, loencontramos en el artículo 142 de la Constitución Política de la República deGuatemala; sin embargo, para la interpretación de dicho artículo debemosacudir al Derecho Internacional Público.

    Para resaltar la importancia del Derecho Internacional Público en ladeterminación del territorio estatal de Guatemala, transcribiremos el artículo

    citado, con subrayados para visualizar los puntos concretos que sonnecesarios tener claros de acuerdo con el Derecho Internacional Público.

     Ar tículo 142.- De la soberanía y el terri tori o. El Estado ejerce plena soberanía

    sobre:

    a) El territorio nacional integrado por suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar

    territorial en la extensión que fija la ley, y el espacio aéreo que se extiende sobre

    los mismos.

    b) La zona contigua del mar adyacente al mar territorial, para el ejercicio de

    determinadas actividades reconocidas por el derecho internacional; y

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    c) Los recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en

    las aguas adyacentes a las costas fuera del mar territorial, que constituye la

    zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la practica

    internacional.

    Lo importante de este punto, es comprender las definiciones y extensionesque menciona el artículo 142 citado, para poder interpretar el mismo, perosobre todo, para que conozcamos los alcances del territorio nacionalguatemalteco.

    El territorio es un elemento principal, real, esencial o fundamental del Estado,porque no existe Estado sin territorio, ya que todo Estado debe tener unasiento material o físico en el cual pueda ejercer su soberanía y más

    directamente su jurisdicción.

    La delimitación del espacio físico llamado territorio, es necesaria paraconocer hasta dónde puede llegar la acción del poder público del Estado.

    El territorio representa un factor de integración social ya que va creandocierta identidad y afinidad entre la población y que finalmente se afianza yforma un sentimiento nacional o de patriotismo.

    Algunos autores imaginan el territorio estatal como un cono, que inicia en lasuperficie terrestre y finaliza su vértice en el centro de la tierra.

    Importante resulta diferenciar entre frontera y límite, ya que en algunasocasiones pueden considerarse como sinónimos por la confusión existente

    entre ambos, pero que realmente son diferentes.

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    EL LÍMITE, es una noción lineal e imaginaria ubicada en el extremo de unterritorio estatal hasta donde se extiende la soberanía de un Estado. El límitese visualiza mejor en un mapa.

    LA FRONTERA,  es una estructura física, real, concreta, tangible de lademarcación por la cual se hace efectivo el límite de un Estado que se haconvenido, señalando visiblemente en el territorio la línea divisoria mediantemuros, alambrados, lazos, calles, monumentos, veredas, etc.

    2) DEFINICIÓN DE TERRITORIO:  

    El territorio es el elemento principal de Estado que cosiste en el espaciodentro del cual ejerce su soberanía, su dominio y su jurisdicción,extendiéndose este espacio al suelo, subsuelo, mar y al espacio aéreoque se encuentra sobre el Estado.

    Para el alemán Georg Jellinek el territorio es: “el espacio físico sobre elcual se asienta la comunidad organizada que denominamos Estado, estosignifica, desde el punto de vista jurídico, el espacio en el cual el poder

    del Estado puede desarrollar su actividad específica.”

    3) TEORÍAS SOBRE EL TERRITORIO:

    1) TERRITORIO COMO SUJETO: 

    Concibe al territorio como la propia expresión de la personalidad delEstado, ya que en un solo un territorio concreto, autónomo eindependiente, el Estado puede expresar su voluntad y hacerlaobedecer.

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    Se le critica a esta teoría que confunde condición con elemento, yaque la personalidad del Estado es una condición propia del mismo,mientras que el territorio es un elemento; además, se considerara alterritorio como la personalidad del Estado, no se podrían explicarfenómenos propios del territorio y situaciones que en el Derecho

    Internacional Público pueden afectar al territorio, tales como lasinvasiones, las conquistas, la comercialización, etc.

    2) TERRITORIO COMO OBJETO: 

    El territorio es un dominio o derecho real de propiedad del Estado, obien, un derecho real de propiedad común respecto a la soberanía.

    La crítica a esta teoría radica en que la misma resulta obsoleta de unEstado patrimonial, y confunde los concepto de dominium e imperium,

    ya que el imperium  significa para el Estado un poder de mando noejercitable sobre un territorio, sino sobre personas; pero no solo eso,sino que también admite al Estado como titular de derechos reales.

    3) TERRITORIO COMO LIMITE: 

    Establece al territorio como la circunscripción natural donde se ejerceel poder del Estado, como el límite de la autoridad y del poder público.

    La crítica a esta teoría es que confunde la masa del territorio en sí, con

    su demarcación que constituye su límite.

    4) TERRITORIO COMO COMPETENCIA: 

    Considera al territorio como la porción de superficie sobre la que seaplica el ordenamiento jurídico del Estado.

    Esta teoría es la más aceptada, dado que se integra plenamente a lamoderna concepción de las prerrogativas estatales, como un conjuntode competencias atribuidas a los detentadores del poder público y susagentes para la realización de interés social como fin supremo delEstado. Las funciones del Estado se pueden adaptar a toda situaciónterritorial que se presente gracias a la noción de competencia.

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    4) CLASIFICACIÓN DE LOS LÍMITES

    4.1) Naturales: Son determinados por accidentes geográficos, es decir,son obras de la naturaleza. 

    4.1.1) Orográficos:  Son las montañas. Al respecto se handeterminado 3 criterios para fijar este límite territorial, porejemplo: 

     Al pie de la montaña:   El límite se fija al pie de lamontaña, en uno de los lados de la montaña o volcán,por lo que la totalidad de la montaña o volcán lepertenecerá a un solo Estado. Es el caso de los límitesnaturales fijados entre la India y China, con respecto almonte Himalaya, en cuyo caso todo el monte Himalayale pertenece a la India y al otro lado, al pie de la montaña,le pertenece a la China. 

    La cumbre más alta:  El límite entre los Estados se fijaen la línea imaginaria que pasa en las cumbres másaltas. Es el caso de los Andes, en donde la cumbre másalta marca el lími entre Argentina y Chile. 

    División de aguas (Divorcium Acquarun): El límite sefija en la línea imaginaria trazada en el lugar donde sedividen las aguas. Es el caso la frontera entre España yFrancia, con respecto a los montes Pirineos. 

    4.1.2) Fluviales:  Son los ríos. Antiguamente los ríos eranconsiderados res nullius,  es decir, que no le pertenecía anadie; después se los apropio el Estado más fuerte.Actualmente los ríos que sirven de límites entre Estados, sonregidos por medio de convenios entre los mismos, para lo cualse han fijado los siguientes criterios: 

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    Línea media:  En caso que el río no sea navegable,simplemente se toma la línea media del mismo, es decir,que el límite de cada Estado llega el medio del río. 

    Vaguada o Thalweg: La vaguada es un fenómeno de lageomorfología (rama de la geología y de la geografía queestudia las formas de la superficie terrestre) que también esconocido con el término alemán Thalweg, que significa“camino del valle” que es la línea que une los puntos demenor altura en un valle o en un río y donde la corrientede su cauce es más rápida.

    En caso que el río si sea navegable, se tomará comolímite la Vaguada que es el canal más profundo útil paranavegar, y el límite de los Estados seguirá su curso. Lavaguada se forma por la corriente más profunda del ríoen donde la corriente es más rápida. 

    En los ríos del hemisferio norte de la tierra, el cauce dela vaguada se desplaza hacia la izquierda, debido alefecto coriolis producido por el movimiento de rotaciónde la tierra. Mientras que los ríos del hemisferio sur, eldesplazamiento se realiza hacia la derecha, por el mismoefecto. El efecto coriolis se llama así, debido a que fueseñalado en 1836 por el científico francés Gaspard-

    Gustave Coriolis,

    3) Marítimos:  Se da en el mar. Se pueden presentar lossiguientes casos: 

    Mar lib re: Cuando el Estado no tiene frente a sus costasningún otro Estado, ni ningún límite más que la alta mar.Ejemplo: Costa pacífica de Guatemala, en donde no

    tiene ningún Estado en frente. 

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    Mar limitado:  Cuando dos Estados están frente a frenteseparados por una franja marítima muy angosta.Ejemplo: Costa atlántica de Guatemala que tiene frentea Belice y Honduras. Otro ejemplo: Frente España estáMarruecos separados por el estrecho de Gibraltar.

    4) Lacustres:  Son los lagos. Para fijar los límites entre losEstados en relación a un lago común ubicado entre ellos,simplemente se toma la línea media del lago. Ejemplo: ellago Erie, que divide a Canadá y Estados Unidos. 

    4.2) Artificiales: Son determinados por las personas, (algunos les llamanlimites invisibles), fijándose astronómicamente en paralelos ymeridianos, o bien, geométricamente en línea geodésica, círculos,líneas rectas, etc.

    4.2.1) Convencionales: Son fijados por acuerdo de las partes.

    4.2.2) Tradicionales: Son fijados por la costumbre (uso continuado).

    4.2.3) Doctrinarios:  Son fijados por principios doctrinarios,  por la jurisprudencia o por la política.

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    De la aplicación de los límites artificiales doctrinarios surgió la Doctrina UtiPossidetis.

    DOCTRINA DEL Uti Possidetis:

    Es una doctrina eminentemente americana utilizada en caso de conflicto parafijar los límites entre los Estados.

    Esta doctrina se basa en el principio “Uti possidetis ita possideatis” que quieredecir: “Como poseéis así poseeréis” es decir: “En la misma forma que venísposeyendo, así continuarás poseyendo en el futuro.”

    La doctrina Uti Possidetis tiene su origen en las primeras constituciones de losEstados americanos que obtenían sus respectivas independencias, ya que enlugar de definir sus territorios y límites, se hacía referencia al territorio que habíasido demarcado política y administrativamente por el Rey de España en el tiempode la colonia, esto se fundamentaba en que las divisiones geográficas yadministrativas desde el tiempo de la corona española tenían una experienciade tres siglos.

    CLASES DE Uti Possidetis 

    Uti Possidetis Iuris:  Se basa en documentos tales como Cédulas Realesu otros documentos emanados del Rey. 

    Uti Possidetis Facto: Se basa en la posesión de hecho que mantienecomo un control efectivo en la administración de un territorio.- Modalidadque surge debido a que en ciertos casos fue difícil contar con documentosque delimitaran la demarcación territorial, o bien, existiendo eraninsuficientes o ambiguos, sobre todo en territorios extensos. 

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    5) ESPACIO TERRESTRE

    Este compuesto por todo lo que efectivamente constituye la superficieterrestre de un Estado, incluyendo el subsuelo, así como las islas,

    penínsulas, colonias y cualquier territorio supeditado al mismo Estado.

    6) ESPACIO MARITIMO

    En la antigüedad, en el Derecho Romano, se estableció el principio mareliberum que significa mar libre, según la cual, los mares no podían ser sujetosde apropiación porque no podían ser ocupados igual que las tierras, y porello debían ser libres. Actualmente se aplica en Alta Mar.

    Fue hasta el siglo XVIII, en que el holandés Cornelius Van Bynkershoek,logró sentar el principio que la soberanía de los Estados se extendía hastasus costas y el mar adyacente, fijándose un límite de tres millas marinasbasado en la tesis del alcance de una bala de cañón; sin embargo esteprincipio era aplicable únicamente para aquellos Estados que tenían laposibilidad real de proteger sus costas y mares, ya que los Estados que notenían esa capacidad quedaban a la deriva.

    DEFINICIÓN: El espacio marítimo es definido como la circunscripción delmar adentro hasta donde se extiende la soberanía de un Estado.

    El espacio marítimo es muy importante ya que las aguas de los mares cubrenlas tres cuartas partes de la superficie de la tierra, el 90% del comerciointernacional se transporta por mar y cada año los mares dotan de 90millones de toneladas de pescado a la población.

    Para estudiar el espacio marítimo en relación al territorio de los Estados, esnecesario hacerlo desde el Derecho del Mar, que es una rama del DerechoInternacional Público mediante el cual se definen los espacios marítimos, asícomo los derechos y obligaciones de los Estados en relación con dichosespacios.

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    El Derecho del Mar se diferencia del Derecho Marítimo en que el primeroregula relaciones entre Estados y el segundo regula relaciones privadas enrelación al transporte marítimo.

    Todo lo relacionado al Derecho del Mar se encuentra recopilado en laConvención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, tambiénconocida como CONVEMAR, CDM, CNUDEM o Constitución de losOcéanos.

    La CONVEMAR tiene sus orígenes en la siguiente secuela histórica:

    1958:  Culmina la primera conferencia de la Organización de Naciones

    Unidas (ONU), sobre el Derecho del Mar, con la aprobación de cuatroconvenios:

    a) Convenio sobre el mar territorial y la zona contigua.

    b) Convenio sobre alta mar.

    c) Convenio sobre la plataforma continental.

    d) Convenio sobre pesca y conservación de los recursos vivos en altamar

    1960: Se llevó a cabo la segunda conferencia de la ONU sobre el Derechodel Mar, pero sin aprobar ningún acuerdo.

    1973: Se llevó a cabo la tercera conferencia de la ONU sobre el Derecho delMar, y a partir de ese año y durante nueve años más, losrepresentantes de los países realizaron prolongadas negociaciones,reuniéndose en Santiago de Chile, Nueva York, Caracas y Ginebra.

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    1982: En septiembre, se culmina el texto final de la Convención sobre elDerecho del Mar, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos deNorteamérica.

    1982: El 10 de diciembre, en la ciudad de Montego Bay, Jamaica, se reúnenlos países miembros de la ONU, para la firma de este instrumentointernacional que se le dio el nombre de “Convención de las NacionesUnidas sobre el Derecho del Mar” habiendo firmado 119 países, entreellos Guatemala, quien ratificó dicha Convención en 1996.

    1994: El 16 de noviembre, entre en vigencia la Convención de las NacionesUnidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).

    Complementan la CONVEMAR,  dos acuerdos más, el Acuerdo sobre laexplotación minera de los fondos marinos, y el Acuerdo sobre las especies depeces transzonales y peces altamente migratorios

    7) COMPOSICIÓN DEL ESPACIO MARITIMO:

    7.1) AGUAS INTERIORES:

    Las aguas interiores lo constituyen todos aquellos espacios acuíferoscontenidos hacia adentro del territorio terrestre a partir de la línea de basefijada para medir el mar territorial. El estado ejerce plena soberanía y“Jurídicamente se considera como tierra firme.”

    Según el artículo 8 de la CONVEMAR, forman parte de las aguasinteriores de un Estado: “las aguas situadas en el interior de la línea debase del mar territorial

    Derivado de lo anterior, se determina que es importante e indispensablefijar la línea de base para medir tanto las aguas interiores, como el marterritorial, así como los demás límites de los espacios del mar.

    Para determinar la línea de base, el artículo 5 de la CONVEMAR, nosdefine la línea de base: “es la línea de baja mar a lo largo de la costa, talcomo aparece marcada mediante el signo apropiado en cartas a granescala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño.”

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    Las cartas a escala o escalas reconocidas por el Estado, deberán precisarla ubicación de la línea de base. Estas cartas podrán ser sustituidas porlistas de coordenadas geográficas de puntos en cada una de las cualesse indique específicamente el datum geodésico. El estado ribereño darála debida publicidad a tales cartas o listas de coordenadas geográficas ydepositará un ejemplar de cada una de ellas en poder del Secretario

    General de las Naciones Unidas. (Art. 16 CONVEMAR).

    Dado lo establecido en la CONVEMAR, no existe una medida exacta paraestablecer la línea de base, sino que únicamente hace referencia a “lalínea de baja mar”.

    FORMAS DE FIJAR LA LINEA DE BASE:

    Básicamente existen dos formas de fijar la línea de base:

    a) Línea de base normal:   Es posible fijarla cuando las costas de unEstado son más o menos rectas, Se toma como referencia la baja mara todo lo largo de la costa, marcándose la línea normal en formaparalela a la dirección general de la costa siguiendo las sinuosidades. 

    b) Línea de base recta: Se fija cuando las costas de un Estado no sonerguidas o rectas, y presentan aberturas o escotaduras (golfos obahías), o bien, que existan islas a lo largo de sus costas. En este casose toma como referencia los puntos sobresalientes, que según elartículo 7 de la CONVEMAR, se regula por las siguientescircunstancias: 

    Costas con aberturas o con islas:   La línea base se fijacomo una línea recta que une los puntos apropiados.

    Costas con accidentes geográficos: La línea base se fijaa lo largo de la línea de baja mar más alejada mar afuera.

    La línea base no debe apartarse de las costas:  en todocaso, la línea de base no debe apartarse de una maneraapreciable de la dirección general de las costas y las zonasdel mar situadas del lado de la tierra de esas líneas han deestar suficientemente vinculadas al dominio terrestre para

    estar sometidas al régimen de aguas interiores.

    No se toman en cuenta elevaciones que surgen en bajamar:  el trazo de la línea de base no se hará hacía, ni desde,elevaciones que emerjan en baja mar. Se exceptúan loscasos en que tengan alguna construcción útil para lanavegación, como por ejemplo faros, o bien, que dichaelevación haya sido reconocida por el DerechoInternacional.

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    Se toma en cuenta el interés económico:  Al trazar la líneabase recta, se tomarán en cuenta los intereses económicospropios de la región de que se trate, cuya realidad eimportancia estén claramente demostradas por un usoprolongado.

    Que no afecta a otro Estado:  en todo caso, la línea de baserecta no podrá ser aplicado de forma que perjudique o aísleel mar territorial de otro Estado de la alta mar, o de una zonaeconómica exclusiva.

    Ejemplo de línea de base normal Ejemplo de línea de base recta: 

    2) ZONA DEL MAR TERRITORIAL:

    Es la franja de mar que se encuentra paralelamente a la costa del Estadoribereño, a partir de la línea de base normal o recta hasta un máximo de12 millas marinas, la cual está sujeta a la soberanía y dominio del Estado.

    1 milla marina equivale a 1.852 kilómetros (1,852 Mts.).

    “Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorialhasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir delas líneas de base determinadas de conformidad con esta convención.”Artículo 3 CONVEMAR.

    La anchura del mar territorial de un Estado se mide a partir de las líneasde base determinadas de conformidad con la CONVEMAR, ya sean estasnormales o rectas como vimos anteriormente, y finaliza su medición hastaun máximo de 12 millas marinas. Por ejemplo: Belice fijó su mar territorial

    en tres millas marinas.

    El Estado ribereño ejerce soberanía en las aguas del mar territorial, en lacual solo se debe observar lo relacionado al paso inocente.

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    Ejemplo de Mar Territo rial:

    PASO INOCENTE:

    Es el derecho que tienen todos los buques de todos los Estados, seanribereños o sin litoral, para pasar a través del mar territorial. (Art. 17CONVEMAR).

    ¿Por qué se le llama “inocente”?, Porque no es perjudicial para la paz, elbuen orden o la seguridad del Estado ribereño. (Art. 19 CONVEMAR).

    Por lo tanto no se puede considerar inocente cuando se realicenactividades como: uso de la fuerza, prácticas con armas, espionaje,

    propaganda contra la defensa o seguridad del Estado, tráfico de armas,tráfico de personas, narcotráfico, contaminación intencional, pesca,investigaciones, perturbación de comunicaciones, y en general, cualquieractividad no relacionada al simple paso del buque.

    Cuando el paso sea de submarinos o cualquier vehículo sumergible, almomento de pasar por el mar territorial, respetando el paso inocente, lodeberán hacer navegando en la superficie del mar y enarbolando supabellón. (Art. 20 CONVEMAR).

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    El Estado ribereño podrá dictar leyes y reglamentos relativos al pasoinocente por el mar territorial. (Art. 21 CONVEMAR).

    El Estado ribereño no podrá imponer gravámenes para pasar por el marterritorial, pero si podrá cobrar algún servicio determinado que preste albuque. (Art. 26 CONVEMAR).

    El Estado ribereño no podrá dificultar el paso inocente de buquesextranjeros por el mar territorial, especialmente de las siguientes formas:

      No podrá imponer requisitos que impidan el paso.  No deberá discriminar a los buques  Deberá dar a conocer los peligros de navegación.

    ( Art. 24 CONVEMAR).

    Jurisdicción penal:  El Estado ribereño no ejerce jurisdicción penal abordo de un buque extranjero que pase por el mar territorial, enconsecuencia no puede detener a ninguna persona ni realizar ningunainvestigación en relación con un delito cometido a bordo de dicho buque.

    Las excepciones son: a) Que el delito tenga consecuencias para el Estado ribereño.b) Que el delito perturbe la paz del país o el orden del mar.c) Que el capitán del buque, un agente diplomático o un funcionario

    consular lo solicite.d) Que se trate de narcotráfico.e) Que el buque extranjero proceda de aguas interiores.(Art. 27 CONVEMAR).

    Jurisdicción civil: El Estado ribereño no ejerce jurisdicción civil a bordode un buque extranjero que pase por el mar territorial, en consecuenciano puede tomar medidas de ejecución ni medidas cautelares.

    Las excepciones son:a) Que sea consecuencia de obligaciones contraídas por el buque.b) Que se trate de responsabilidades en que hayan incurrido los

    buques durante su paso por las aguas del Estado ribereño.c) Que el buque extranjero procede de aguas interiores.

    (Art. 28 CONVEMAR).

    3) ZONA DEL MAR CONTIGUO:

    Es una zona que corre paralelamente al mar territorial, y se le llama marcontiguo, precisamente por estar contiguo al mar territorial.

    La anchura del mar contiguo es de un máximo de 24 millas marinas,contadas a partir de la línea de base.

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     Artículo 33.2 CONVEMAR: “La zona contigua no podrá extenderse másallá de 24 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir delas cuales se mide la anchura del mar territorial.”

    El Estado ribereño puede tomar medidas de fiscalización en esta zona,especialmente:

    a) Prevenir las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros,fiscales, de inmigración o sanitarios, que se cometan en suterritorio o mar territorial. 

    b) Sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentosaduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios, que secometan en su territorial o mar territorial. 

    Ejemplo de mar contiguo:

    4) ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA:

    Es el área situada más allá del mar territorial y adyacente a este, que nose extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneasde base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

     Artículo 57 CONVERMAR:  “La zona económica exclusiva no seextenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas debase a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.”

    Derechos del Estado ribereño en esta zona:a) Soberanía para fines de exploración, explotación, conservación

    y administración de recursos naturales (vivos y no vivos) de las

    aguas suprayacentes al lecho del mar, así como al lecho delmar y el subsuelos del mismo.b) Establecer y utilizar islas artificiales.c) Investigación científica marina.d) Protección y preservación del medio marino.

    (Art. 56 CONVEMAR).

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    Obligaciones del Estado r ibereño en esta zona:

    a) No puede limitar la navegación, ya que no tiene soberanía sobrelas aguas suprayacentes.

    b) No puede prohibir el sobrevuelo, ya que no tiene soberaníasobre el espacio aéreo.

    c) No puede prohibir Cables o tuberías marinas, ya que no tienesoberanía sobre los mismos.(Art. 58 CONVEMAR).

    Ejemplo de Zona económica exclusiva:

    5) PLATAFORMA CONTINENTAL:

    Es la prolongación natural del espacio territorial dentro del mar, quecomprende el lecho y el subsuelo de las áreas marinas, su extensión esde 200 millas marinas, y se mide desde la línea de base, cuando el bordeexterior del margen continental no llegue a esa distancia; sin embargo,dependiendo de las profundidades marinas puede llegar a medir hasta350 millas marinas. ( Art. 76 CONVEMAR).

    Derechos del Estado ribereño en la Plataforma continental:

    a) Ejerce soberanía sobre el suelo y subsuelo del marb) Ejercer soberanía sobre los recursos vivos y minerales para

    explorar y explotar los mismos.(Art. 77.1 CONVEMAR)

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    Obligaciones del Estado ribereño en la Plataforma continental:

    c) No puede limitar la navegación, ya que no tiene soberanía sobrelas aguas suprayacentes.

    d) No puede prohibir el sobrevuelo, ya que no tiene soberaníasobre el espacio aéreo.

    e) No puede prohibir cables o tuberías marinas, ya que no tienesoberanía sobre los mismos.(Art. 78 y 79 CONVEMAR).

    MEDIDAS DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL:

    Inicio:  La Plataforma continental comienza en la línea de base. Alrespecto no existe problema para ubicar esta línea, ya que la forma deestablecer la misma ya fue explicada en este mismo documento en eltema relacionado a las Aguas Interiores.

    Fin: Según el artículo 76 de CONVEMAR existen 3 formas de establecerdonde puede terminar la plataforma continental de un Estado. Estasformas son las siguientes:

    a) Margen Continental:  el artículo 76.1  de la CONVEMAR,establece que la plataforma continental llega hasta el bordeexterior del margen continental. Pero, ¿Qué es el margencontinental?, el artículo 76.3 de la CONVEMAR preceptúa queel margen continental comprende la prolongación sumergida dela masa continental del Estado ribereño y está constituido por ellecho, y el subsuelo de la plataforma, el talud, y la emersióncontinental; no comprendiendo el fondo oceánico profundo consus crestas oceánicas, ni su subsuelo.El contenido del margen continental lo visualizamos de lasiguiente forma:

    b) 200 mill as marinas: Cuando el borde exterior del margen continental no llegue hastalas 200 millas marinas, el Estado ribereño podrá fijar el límite dela plataforma continental más allá del borde exterior, hasta las200 millas marinas.

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    c) 350 mill as marinas: 

    Se pueden presentar dos situaciones especiales:

    a) cuando el espesor de las rocas sedimentarias sea por lomenos 1% de la distancia más corta entre este punto y el

    pie del talud continental. Siempre sin sobrepasar las 350millas marinas.b) Puntos fijos situados a no más de 60 millas marinas del

    pie del talud continental. Siempre sin sobrepasar las 350millas marinas.

    Ejemplo de Plataforma continental:

    6) ALTA MAR:

    Son todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva,en el mar territorial o en las aguas interiores de un Estado y que estáabierta a todos los Estados, sean ribereños o sin litoral. (Art. 86CONVEMAR).

    Los derechos para todos los Estados en alta mar son:

    a) Libertad de navegación.b) Libertad de sobrevuelo.c) Libertad de tender cables y tuberíasd) Libertad para construir islas artificiales u otras instalaciones.e) Libertad de pesca.f) Libertad de investigación científica.

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    La alta mar será utilizada exclusivamente con fines pacíficos. (Art. 88OCNVEMAR).

    Ningún Estado podrá pretender legítimamente someter cualquier parte dela alta mar a su soberanía. (Art. 89 CONVEMAR).

    Los buques que naveguen en alta mar, estarán sometidos a la jurisdiccióndel Estado del cual porten su pabellón. El deberá tener un registro. (Art.92 CONVERMAR).

    Ejemplo de Alta Mar:

    7) ZONA DE FONDOS MARINOS:

    También llamada simplemente la zona, es el suelo y subsuelo y todo sucontenido ubicado en el fondo subyacente de las aguas de alta mar,incluidos los recursos minerales sólidos, líquidos y gaseosos. (Art. 133CONVEMAR).

    Se puede decir también que la zona es el fondo de los océanos y el

    subsuelo. Dicho otra manera, la zona de fondos marinos es todo lo quese encuentra debajo de la alta mar.

    La zona estará abierta a la utilización exclusivamente con fines pacíficospara todos los Estados. (Art. 141 CONVEMAR).

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    Ejemplo de zona de fondos marinos:

    8) AUTORIDAD INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS

    También conocida como La Autoridad, Fue establecida por medio de laCONVEMAR, tiene su sede en Jamaica. (Art. 156 CONVEMAR).

    Definición:Es la organización por conducto de la cual los Estados Partes organizarán

    y controlarán las actividades en la zona de conformidad con laCONVEMAR, y particularmente con miras a la administración de losrecursos de la zona. (Art. 157 CONVEMAR).

    Órganos de la Autoridad Internacional de los fondos marinos:

    a) Asamblea:  Integrada por todos los Estados miembros, es elórgano supremo de la Autoridad y establece las políticasgenerales de la Autoridad. (Art. 160 CONVEMAR). 

    b) Consejo:  Integrado por 36 miembros, establece la política

    concreta que seguirá la Autoridad. Tiene 2 comisiones: Una deplanificación Económica y otra Jurídica y Técnica. (Art. 162 y163 CONVEMAR). 

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    c) Secretaría:  Desempeña administrativas y presenta informesanuales de actividades de la Autoridad. (art. 166 CONVEMAR). 

    d) Empresa: Realiza transporte, tratamiento y comercialización deminerales extraídos de la zona. (Art. 170 CONVEMAR).

    9) TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL MAR

    De conformidad con el anexo VI de la CONVEMAR, se establece elTribunal Internacional del Derecho del Mar, para resolver las controversiasque surjan entre los Estados, derivados de la CONVEMAR. Tiene su sedeen Hamburgo, Alemania y está integrado por 21 miembros elegidos porlos representantes de los Estados en votación secreta convocada por el

    Secretario General de la ONU y durarán en sus cargos 9 años, pudiendoser reelectos. En ninguna caso habrán dos magistrados de un mismoEstado.

    El Tribunal elegirá a su presidente y vicepresidente cada tres años,pudiendo ser reelectos.

    La competencia del Tribunal Internacional del Mar se circunscribe a todaslas controversias y demandas que sean sometidas a su conocimiento deconformidad con la CONVEMAR, así como todas las cuestiones previstas

    en cualquier otro acuerdo que le confiera competencia. 

    8) ESPACIO AEREO

    8.1) ANTECEDENTES:

    Antiguamente el espacio aéreo no era dominado por el ser humano, razónpor la cual no era de importancia establecer un dominio público por partede los Estados sobre dicho espacio.

    En el siglo XVI, Leonardo Da Vinci, elaboró planos para elaborar unamaquina voladora a la que llamo “El tornillo” por su forma circunferencial;sin embargo, nunca llegó a concretar su idea.

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    No fue, sino hasta el año 1903, en que reconoce el nacimiento de laaviación, acreditando dicha distinción a los hermanos Wilbur y OrvilleWright, dos emprendedores de la aviación, originarios del Estado de Ohio,Estados Unidos de Norteamérica.

    Se les reconoce a los hermanos Wright, el haber realizado el primer vuelocontrolado por piloto en una aeronave propulsada por motor,acontecimiento que tuvo lugar el 17 de diciembre de 1903, en Kitty Hawk,California del Norte, Estados Unidos de Norteamérica. Quien piloteo laaeronave fue Orville Wright, logrando una altura de 12 metros y un recorridode 36 metros de distancia.

    Fue con la primera guerra mundial, que se desarrolló la industria de la

    aviación, evidenciando su poder estratégico en la guerra.

    Una vez conquistado el espacio aéreo, Los Estados empezaron a mostrarinterés por regular dicho espacio. 

    8.2) DEFINICIÓN

    Es el espacio que se prolonga verticalmente sobre el espacio territorial y el

    espacio marítimo del Estado.

    8.3) INSTRUMENTOS INTERNACIONALES:

    Los instrumentos internacionales más importantes celebrados en materiadel espacio aéreo son los siguientes:

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    1) Convenio Internacional de Navegación Aérea. (Convenio de Paris).

    Suscrito en Paris, Francia, el 13 de octubre de 1919. Se reconoció lasoberanía de los Estados sobre sus respectivos espacios aéreos,estableció la nacionalidad de las aeronaves, reglas de salidas yaterrizajes, así como rutas de vuelo, y la admisión de volar sobre

    territorio espacial de otros Estados, que se conoció como pasoinocente; sin embargo, este convenio no era del todo igualitario, yaque favorecía a los Estados vencedores de la primera guerra mundial,llegándose a establecer que cada potencia tiene la soberanía plena yexclusiva sobre el espacio aéreo de encima de su territorio y susaguas territoriales.

    2) Convenio Iberoamericano de Navegación Aérea. (Convenio deMadrid).

    Aprobada en Madrid, España, el 30 de octubre de 1926. Fue unarespuesta al convenio de parís, pretendiendo un trato más igualitariopara los Estados, estableciéndose que cada Estado tenía la libertadde prohibir o autorizar la circulación aérea sobre sus territorios. Noentro en vigencia por haber sido ratificado.

    3) Convenio Sobre Aviación Civil. (convenio de la Habana)

    Suscrito en la Habana, cuba, el 20 de febrero de 1928. Se trata de unconvenio eminentemente comercial, estableciendo la fijación del pagode tasas iguales para los Estados y la reparación de daños causadospor las aeronaves. No entro vigencia, ya que lo ratificaron solo 3Estados.

    4) Convenio Sobre Aviación Civil Internacional. (Convenio de Chicago) 

    Aprobada en Chicago, Estados Unidos de Norteamérica, el 7 dediciembre de 1944. Se expusieron las dos tesis antagónicas sobre el

    uso del espacio aéreo. Por una parte, Estados Unidos proponía lalibertad del tráfico aéreo y la competencia sin ningún ente que loregulará, y que fueran los Estados los que acordarán bilateralmente.Po otra parte, Gran Bretaña proponía el orden del aíre, bajo unorganismo internacional con facultades para disponer dicho orden ysometer la aeronavegación de todos los Estados en condicionesiguales.

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    8.4) ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL

    Derivado del Convenido de Chicago, se creó la Organización deAviación Civil Internacional (OACI), cuyo objetivo es desarrollar los

    principios y técnicas de la navegación aérea internacional y fomentarla organización y el desenvolvimiento del transporte aéreointernacional. Tiene su sede en Montreal, Canadá. 

    ORGANOS DE LA OACI

    a) Asamblea: Órgano principal y soberano que integra a todos los Estadoscontratantes y sus decisiones son por mayoría, se reúnen cada 3 años.

    Examina informes del Consejo y discute propuestas de modificación oenmienda al Convenio de Chicago, entre otras funciones. 

    b) Consejo:   Se compone de 33 Estados contratantes, se reúnen cada 3años y ejecuta las instrucciones de la Asamblea, entre otras funciones. 

    c) Comité Jurídico:  Se integra con peritos jurídicos designados por losEstados contratantes. Asesora al Consejo en asuntos relativos alConvenio de Chicago, entre otras funciones. 

    8.5) LÍMITE DEL ESPACIO AÉREO

    No existe un acuerdo internacional sobre el límite superior del espacioaéreo, por lo que es difícil determinar el mismo, teniéndose 3 criteriospara solventar esta discusión:

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    1) Equiparación al espacio marítimo:  Iguala el límite del espacioaéreo con el espacio marítimo del mar territorial que es de 12millas marinas, equivalente a 22.224 Kilómetros hacia arriba,considerándole espacio nacional, y el espacio que sigue, se leconsidera espacio internacional. Se le critica que no es lo mismo

    medir en el mar cuya navegación es ilimitada de una costa hastala otra, mientras que medir en el espacio aéreo resulta limitadopuesto que a mayor altura, mayor densidad de la atmosfera lo cualimposibilita la navegación aérea. 

    2) Mayor altitud de un avión: Se deja la medición vertical del espacioaéreo a la capacidad de vuelo de una aeronave, es decir que ellímite será igual a la altitud que alcance un avión. En el ámbitocomercial, el avión francés Concord es el avión que ha alcanzado

    los 60.039 pies de altura, equivalentes a 18.300 kilómetros dealtura; mientras en el ámbito militar el caza bombardero RusoMikoyan-Gurevich-Mig-25 a alcanzado los 30 kilómetros de altura.Se le critica por ser discriminatoria hacia los Estados que no tienencapacidad para producir aviones, por lo que dicho límite siempreserá favorable para aquellos Estados industrializados concapacidad para fabricar aviones.

    3) Federación Aeronáutica Internacional: Por sus siglas FAI, tiene

    su sede en Madrid, España. Es una organización dedicada areconocer y registrar los record en aeronáutica y astronáutica, Esórgano rector en deportes aéreos y establece estándaresinternacionales. 

    La Federación Aeronáutica Internacional ha Fijado el límite delespacio aéreo de acuerdo a la línea de Karman, que es un máximode 100 Kilómetros verticales sobre el nivel del mar.

    La línea de Karman fue establecida por el húngaro Theodore VonKarman, fijando en 100 Kilómetros sobre el nivel del mar la

    separación limítrofe entre la atmosfera y el espacio exterior,calculando dicha altura debido a que la densidad de la atmósferase vuelve tan baja a esa altura que una aeronave ya no necesitaríalas alas ni hélices para conseguir sustentación aerodinámica.

    Esta última fijación, es considerada la más viable por tener unsustento científico acorde a la naturaleza atmosférica.