equipo 1 regimen de incorporacion fiscal

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  • 7/25/2019 Equipo 1 Regimen de Incorporacion Fiscal

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    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 1

    Rgimen

    De

    IncorporacinFiscal

    RgimenFiscalParaPersonas

    Fsicas

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    UNIVERSIDAD AUTNOMA DE CHIAPAS

    Facultad de contadura pl!ca ca"pu# !$ %IC& EN CONTADURIA

    REGIMEN FISCAL PARA PERSONAS FISICAS.

    Tema:

    REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL.

    CATEDRTICO: Mtro. Carlos Garca Villar!".

    E#$IPO:NO. %

    REPRESENTANTE DE E#$IPO:Citlali &e"ito Cor'ero.

    INTEGRANTES:

    (to. Semestre

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 2

    Marle"e Meci"as S!"c)e*.Citlali &e"ito Cor'ero.

    Gre+si A"to"i"a &ra,o P-re*.Dalia Da"iela er"!"'e* Torres.D/lce Roci0 er"!"'e* G0me*.Alicia G/a'al/1e Mart"e* /erta.2ei'i Ro3a"a Vel!*4/e* P-re*.Ga5riela Co"ce1ci0" Ramos Tere*o".

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    Gr/1o 6C7

    Mat/ti"o

    Ta1ac)/la C)ia1as8 Se1tiem5re 'el 9%;.

    T

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    Artc/los %%%a %%?

    Introduccin

    Objetivo%. APLICACI>N DEL RIF EN EL IMP$ESTO SO&RE LA RENTA

    1.1. Elementos del impuesto1.1.1. Sujetos y personas que no pueden tributar en el RIF.1.1.2. Objeto

    1.1.3. Base1.1.4. Taria1.1.!. "po#a de pa$o

    9. O&LIGACIONES FISCALES2.1. Ins#rip#i%n al R.F.&.2.2. &onser'ar #omprobantes2.3. &ontabilidad ele#tr%ni#a en el portal del S(T2.4. E)pedir #omprobantes is#ales &F*I2.!. +a$o de ero$a#iones2.,. Reali-ar pa$os bimestrales2.. Reten#i%n de I.S.R. a sus trabajadores2./. *etermina#i%n de pa$os y presenta#i%n de inormati'as

    ?. DED$CCIONES3.1. Requisitos de las dedu##iones

    ;. APLICACI>N DEL RIF EN EL IMP$ESTO AL VALOR AGREGADO4.1. Sujeto4.2. Objeto4.3. Base4.4. Tasa4.!. "po#a de pa$o del impuesto4.,. *etermina#i%n de los pa$os bimestrales deiniti'os

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 4

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    4.. (pli#a#i%n del Est0mulo Fis#al@. APLICACI>N DEL RIF EN EL IMP$ESTO ESPECIAL SO&RE PROD$CCION

    SERVICIOS!.1. Sujeto!.2. Objeto!.3. Base

    !.4. Tasa!.!. "po#a de pa$o del impuesto!.,. *etermina#i%n de los pa$os bimestrales deiniti'os!.. (pli#a#i%n del Est0mulo Fis#al

    ,. PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACI>N DE DECLARACIONES DE PAGO EINFORMATIVAS

    B. CA$SALES DE ECL$SION. CASO PRACTICO. CONCL$SI>N%. &I&LIOGRAFIA

    *eri'ado de la abro$a#i%n de la ey del Impuesto Sobre la Renta ISR 'i$ente

    asta el 31 de di#iembre de 25136 na#e una nue'a ley para este a7o6 en la #ual se

    estable#e un nue'o r8$imen 9RE:I;E< *E I RIF6

    este r8$imen 'iene a sustituir al 9R":I;E< *E +E?@EAOS &O

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    Objetivo General:

    &ono#er el mar#o jur0di#o que re$ula el R8$imen de In#orpora#i%n Fis#al e

    identii#ar #ada uno de sus elementos de los dierentes impuestos y as0 poder

    anali-ar este interesante r8$imen que nos ayudara a enrique#ernos de

    #ono#imientos y ademCs poder diundir esta inorma#i%n para #apa#itar6 orientar6

    diundir o asesorar a las personas que tributen en 8l6 as0 #omo anali-ar al$unas

    estrate$ias de in#orpora#i%n al r8$imen a personas que se en#uentran en lae#onom0a inormal.

    Finalidad:

    +unto de entrada a la ormalidad6 en el aspe#to tributario y se pretende que

    tambi8n lo a$a en el de se$uridad so#ial. Ello #oadyu'arC a #ombatir la

    inormalidad6 promo'iendo un #re#imiento mCs a#elerado de la produ#ti'idad.

    a a#ilidad en el #umplimiento del pa$o de impuestos ya que representa un a#tor

    esen#ial para que los ne$o#ios que se 'an #reando en una e#onom0a6

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 6

    INTROD$CCI>NO&2ETIVO

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    parti#ularmente los de menor es#ala6 se in#orporen de inmediato a la ormalidad

    en la esera tributaria.

    S$2ETO ART. %%% L.I.S.R.Perso"as =sicas que Dni#amente obten$an in$resos por a#ti'idades

    empresariales6 enajenen bienes6 o presten ser'i#ios por los que no se requiera

    t0tulo proesional. +odrCn optar por pa$ar el impuesto sobre la renta en los

    t8rminos estable#idos.

    Siempre que los in$resos propios de su a#ti'idad empresarial obtenidos en el

    ejer#i#io inmediato anterior no ubieran e)#edido de la #antidad de 2 millones

    pesos.

    os #ontribuyentes que reali#en a#ti'idades empresariales a tra'8s de la i$ura de

    la co1ro1ie'a'6 podrCn pa$ar en el RIF6 siempre y #uando el total de sus in$resos

    por la #opropiedad y en lo indi'idual6 no e)#eda del monto de in$resos de

    H98. ART. %%% L.I.S.R.

    No 1/e'e" tri5/tar e" el RIF Artc/lo %%% =racci0" I:

    os socios8 accio"istas o i"tera"tes 'e 1erso"as morales o c/a"'o sea"

    1artes relacio"a'as e" los t-rmi"os 'el artc/lo 'eesta ey6 o #uandoe)ista 'in#ula#i%n en t8rminos del #itado art0#ulo #on personas que ubieran

    tributado en los t8rminos de esta Se##i%n.

    No 1/e'e" tri5/tar e" la RIF Artc/lo %%% =racci0" II:

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 7

    APLICACI>N DEL R.I.F. EN EL IMP$ESTO SO&RE LA RENTA

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    os #ontribuyentes que reali#en a#ti'idades rela#ionadas #on bienes ra0#es6

    #apitales inmobiliarios6 ne$o#ios inmobiliarios o a#ti'idades inan#ieras.

    Sal'o tratCndose de aqu8llos que Dni#amente obten$an in$resos por la reali-a#i%n

    de a#tos de promo#i%n o demostra#i%n personali-ada a #lientes.

    No 1/e'e" tri5/tar e" el RIF Artc/lo %%% =racci0" III:

    as personas 0si#as que obten$an in$resos a que se reiere este &ap0tulo por

    #on#epto de comisi0"8 me'iaci0"8 ae"cia8 re1rese"taci0"8 corre'/ra8

    co"si"aci0" + 'istri5/ci0".

    Salvo tratndose de aquellas personas que perciban ingresos por conceptos de

    mediacin o comisin y estos no excedan del 30% de ss in!resos totales"

    No 1/e'e" tri5/tar e" el RIF Artc/lo %%% =racci0" IV:

    I. as personas 0si#as que obten$an in$resos a que se reiere este &ap0tulo por

    #on#epto de espe#tC#ulos pDbli#os y ranqui#iatarios.

    No 1/e'e" tri5/tar e" el RIF Artc/lo %%% =racci0" V:

    . os #ontribuyentes que reali#en a#ti'idades a tra'8s de idei#omisos o

    aso#ia#i%n en parti#ipa#i%n.

    O&2ETO ART. %%% L.I.S.R.In$resos por a#ti'idades empresariales6 enajena#i%n de bienes6 o presta#i%n de

    ser'i#ios por los que no se requiera t0tulo proesional.

    &ASE Art %%% "o,e"o 1!rra=o8 LISR I"resos ee#ti'amente co5ra'os6 en el bimestre ee#ti'o6 en bienes o enser'i#ios.

    J De'/ccio"es que reDnan requisitos is#ales ee#ti'amente 1aa'as en elbimestre a#ti'os ijos6 $astos o #ar$os dieridos y +T@ pa$ada.K$tili'a' Fiscal o e3ceso 'e 'e'/ccio"es

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 8

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    A1licaci0" 'e 1-r'i'as =iscales 1e"'ie"tes 'e amorti*ar e" el RIF

    Rela I.?.%9.9. RMF 9%;.

    os #ontribuyentes que tributen en el RIF que #on anterioridad a la entrada en

    'i$or de la nue'a ISR ubiesen surido 1-r'i'as =iscales que "o )/5iese"

    1o'i'o 'ismi"/ir e" s/ totali'a'6 1o'r!" 'ismi"/irlas e" el RIF art0#ulo

    no'eno transitorio ra##i%n I.

    TARIFA Art %%% '-cimo 1!rra=o8 LISR

    S E;+RES(RIES

    EPOCA DE PAGO Art %%% 4/i"to 1!rra=o8 LISR os #ontribuyentes que tributen dentro del RIF #al#ularCn y enterarCn el

    impuesto de orma bimestral6 el #ual tendrC el #arC#ter de 1ao 'e=i"iti,o6

    a mCs tardar el 'a %B 'e los meses 'e mar*o8 ma+o8 /lio8 se1tiem5re8

    "o,iem5re + e"ero 'el ao si/ie"te8 mediante de#lara#i%n quepresentarCn a tra'8s de la pC$ina del S(T.

    O1ci0" 1ara la 1rese"taci0" 'e 'eclaracio"es 5imestrales 'e

    1erso"as =sicas 4/e tri5/te" e" el RIF Rela I.9..?. RMF 9%;.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 9

    De!"i#$e en $%& 'e(i%%&&ig!ien)e& *a&)a ag%)a($a+

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    GH6 podrCn presentar las de#lara#iones bimestrales deiniti'as de impuestos

    ederales6 in#luyendo reten#iones a mCs tardar el Dltimo d0a del mes inmediato

    posterior al bimestre que #orresponda la de#lara#i%n.

    O1ci0" 1ara la 1rese"taci0" 'e la 'eclaraci0" 1rimer 5imestre

    a presenta#i%n de la de#lara#i%n que #orresponda al primer bimestre de 25146 se

    lle'arC a #abo dentro del mismo per0odo que #orresponda a la presenta#i%n de la

    de#lara#i%n #orrespondiente al se$undo bimestre de 2514 31 de mayo de 2514.

    Re'/cci0" 'el ISR a

    1aar e" el RIF Art %%% '-cimo 1rimer 1!rra=o8 LISR

    El impuesto que se determine se podrC disminuir #onorme a los por#entajes y de

    a#uerdo al nDmero de a7os que ten$an tributando en el RIF

    PERMANENCIA EN EL REGIMENArt %%% 1e"ltimo + ltimo 1!rra=os8 LISR

    os que opten6 s%lo podrCn permane#er en el r8$imen durante un mC)imo de die-

    ejer#i#ios is#ales #onse#uti'os.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 1,

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    @na 'e- #on#luido di#o periodo6 deberCn tributar #onorme al r8$imen de

    personas 0si#as #on a#ti'idades

    empresariales y proesionales a que sereiere la

    Se##i%n I

    del &ap0tulo

    II del T0tulo

    I de la presente ey.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 11

    O&LIGACIONES FISCALES

    Art. %%9 LISR

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    os #ontribuyentes sujetos al r8$imen pre'isto en esta Se##i%n6 tendrCn las

    obli$a#iones si$uientes

    I.J Solicitar s/ i"scri1ci0" e" el Reistro Fe'eral 'e Co"tri5/+e"tes.

    os #ontribuyentes del RIF que se ins#riban a tra'8s de la pC$ina de internet del

    S(T6 #on la &@R+6 #on obli$a#iones is#ales deberCn a#udir al S(T dentro de 35

    d0as Cbiles si$uientes a su ins#rip#i%n para tramitar su #ontrase7a o FIE.

    II.J Co"ser,ar com1ro5a"tes

    &onser'ar #omprobantes que reDnan requisitos is#ales6 Dni#amente #uando no se

    aya emitido un #omprobante is#al por la opera#i%n.

    III.J Reistro e" me'ios o sistemas electr0"icos

    Re$istrar en los medios o sistemas ele#tr%ni#os a que se reiere el art0#ulo 2/ del

    &%di$o Fis#al de la Federa#i%n6 los in$resos6 e$resos6 in'ersiones y dedu##iones

    del ejer#i#io #orrespondiente.

    Art. 9 CFF

    Se inte$rara por los libros6 sistemas y re$istros #ontables6 papeles de trabajo6

    estados de #uenta6 #uentas espe#iales6 libros y re$istros so#iales6 #ontrol de

    in'entario y m8todo de 'alua#i%n6 dis#os y #intas o #ualquier otro medio

    pro#esable de alma#enamiento de datos6 los equipos o sistemas ele#tr%ni#os del

    re$istro is#al.

    IV.J E"trea 'e com1ro5a"tes =iscales

    Entre$ar a sus #lientes #omprobantes is#ales. +ara estos ee#tos los

    #ontribuyentes podrCn e)pedir di#os #omprobantes utili-ando la erramienta

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 12

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    ele#tr%ni#a de ser'i#io de $enera#i%n $ratuita de a#tura ele#tr%ni#a que se

    en#uentra en la pC$ina de Internet del Ser'i#io de (dministra#i%n Tributaria.

    V.J Pao 'e eroacio"es 1or com1ras e i",ersio"es

    Ee#tuar el pa$o de las ero$a#iones relati'as a sus #ompras e in'ersiones6 #uyo

    importe sea superior a J26555.556 mediante #eque6 tarjeta de #r8dito6 d8bito o de

    ser'i#ios.

    VI.J Prese"taci0" 'e 'eclaracio"es me"s/ales

    +resentar6 a mCs tardar el d0a 1 del mes inmediato posterior a aqu8l al que#orresponda el pa$o6 de#lara#iones bimestrales en las que se determinarC y

    pa$arC el impuesto #onorme a lo dispuesto en esta Se##i%n. Los 1aos

    5imestrales a 4/e se re=iere esta =racci0"8 te"'r!" el car!cter 'e 'e=i"iti,os.

    VII.J Eroacio"es 1or co"ce1tos 'e salarios

    TratCndose de las ero$a#iones por #on#epto de salarios6 los #ontribuyentes

    deberCn ee#tuar las reten#iones en los t8rminos del &ap0tulo I del T0tulo I de

    esta ey6 y ee#tuar bimestralmente6 los d0as 1 del mes inmediato posterior al

    t8rmino del bimestre6 el entero por #on#epto del impuesto sobre la renta de sus

    trabajadores #onjuntamente #on la de#lara#i%n bimestral que #orresponda.

    VIII.J Pao 'el im1/esto + 1rese"taci0" 'e 'eclaraci0"

    +a$ar el impuesto sobre la renta en los t8rminos de esta Se##i%n6 siempre que6

    ademCs de #umplir #on los requisitos estable#idos en 8sta6 presenten en orma

    bimestral ante el S(T6 en la de#lara#i%n a que a#e reeren#ia el pCrrao quinto del

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 13

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    art0#ulo 111 de esta ey6 los datos de los in$resos obtenidos y las ero$a#iones

    reali-adas6 in#luyendo las in'ersiones6 as0 #omo la inorma#i%n de las opera#iones

    #on sus pro'eedores en el bimestre inmediato anterior.

    C/m1limie"to 'e o5liaci0" 'e 1rese"tar 'eclaraci0" i"=ormati,a

    +ara los ee#tos del art0#ulo 1126 ra##i%n III de la ey del ISR6 se tendrC por

    #umplida la obli$a#i%n de presentar la inorma#i%n de los in$resos obtenidos y las

    ero$a#iones reali-adas6 in#luyendo las in'ersiones6 as0 #omo la inorma#i%n de las

    opera#iones #on sus pro'eedores en el bimestre inmediato anterior6 #uando los

    #ontribuyentes utili#en el sistema de re$istro is#al estable#ido en la re$la I.2./.2.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 14

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    I.Jas de'olu#iones que se re#iban o los des#uentos o bonii#a#iones que

    se a$an6 siempre que se ubiese a#umulado el in$reso #orrespondiente.

    II. as adquisi#iones de mer#an#0as6 as0 #omo de materias primas6

    produ#tos semiterminados o terminados6 que utili#en para prestar ser'i#ios6

    para abri#ar bienes o para enajenarlos.

    III.os $astos.

    IV.as ero$a#iones para la adquisi#i%n de a#ti'os6 $astos y #ar$os dieridos

    V.os intereses pa$ados deri'ados de la a#ti'idad empresarial.

    VI.as #uotas a #ar$o de los patrones pa$adas al Instituto ;e)i#ano del

    Se$uro So#ial.

    VII. os pa$os ee#tuados por el impuesto lo#al sobre los in$resos por

    a#ti'idades empresariales o ser'i#ios proesionales.

    #e$isitos de las dedcciones:I. ?ue ayan sido ee#ti'amente ero$adas en el ejer#i#io de que se trate.

    Se #onsideran ee#ti'amente ero$adas #uando el pa$o aya sido

    reali-ado en ee#ti'o6 mediante traspasos de #uentas en institu#iones de

    #r8dito o #asas de bolsa6 en ser'i#ios o en otros bienes que no sean

    t0tulos de #r8dito. Trat!"'ose 'e 1aos co" c)e4/e6 se #onsiderarC

    ee#ti'amente ero$ado en la e#a en la que el mismo aya sido

    #obrado o #uando los #ontribuyentes transmitan los #eques a un

    ter#ero6 e)#epto #uando di#a transmisi%n sea en pro#ura#i%n.

    I$ualmente6 se #onsideran ee#ti'amente ero$adas #uando el

    #ontribuyente e"tre/e tt/los 'e cr-'ito s/scritos 1or /"a 1erso"a

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 15

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    'isti"ta. Tambi8n se entiende que es ee#ti'amente ero$ado #uando el

    i"ter-s 'el acree'or 4/e'a satis=ec)o me'ia"te c/al4/ier =orma 'e

    e3ti"ci0" 'e las o5liacio"es.

    II. ?ue sean estri#tamente indispensables para la obten#i%n de los

    in$resos por los que se estC obli$ado al pa$o de este impuesto en los

    t8rminos de esta Se##i%n.

    III. ?ue se resten una sola 'e-.

    IV. ?ue los pa$os de primas por se$uros o ian-as se a$an #onorme a

    las leyes de la materia y #orrespondan a #on#eptos que esta ey se7ala

    #omo dedu#ibles o que en otras leyes se estable-#a la obli$a#i%n de

    #ontratarlos y siempre que6 tratCndose de se$uros6 durante la 'i$en#ia

    de la p%li-a no se otor$uen pr8stamos por parte de la ase$uradora6 a

    persona al$una6 #on $arant0a de las sumas ase$uradas6 de las primas

    pa$adas o de las reser'as matemCti#as.

    V. &uando el pa$o se reali#e a pla-os6 la dedu##i%n pro#ederC por el

    monto de las par#ialidades ee#ti'amente pa$adas en el bimestre que

    #orresponda.

    S$2ETO ART.% L.I.V.A.Artc/lo %o.J EstCn obli$adas al pa$o

    del impuesto al 'alor a$re$ado

    estable#ido en esta ey6 las personas

    0si#as y las morales.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 16

    DED$CCIONESAPLICACI>N DEL RIF EN EL IMP$ESTO AL VALOR AGREGADO

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    Tratamie"to es1ec=ico 1ara a4/ellos 1erso"as =sicas 4/e eer*a" la o1ci0"

    'el art. %%% 'e LISR. Artc/lo @JELIVA.

    O&2ETO

    (#tos o a#ti'idades de #onormidad #on el art0#ulo 111 de ISR y art0#ulos 16 2K(6

    de I(

    Artc/lo %o.JEstCn obli$adas al pa$o del impuesto al 'alor a$re$ado estable#ido

    en esta ey6 las personas 0si#as y las morales que6 en territorio na#ional6 reali#en

    los a#tos o a#ti'idades si$uientes

    I.JEnajenen bienes.

    II.J+resten ser'i#ios independientes. ?ue no requieran t0tulo proesional

    III.JOtor$uen el uso o $o#e temporal de bienes.

    IV.JImporten bienes o ser'i#ios.

    &ASE

    Total de los actos o actividades$ra'adas en el bimestre.

    TARIFA

    A1lica'a al ,alor 'e Actos o acti,i'a'es.

    Tasa e"eral Tasa 1re=ere"cial

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 17

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    EPOCA DE PAGOArt @JE Primer 1!rra=o8 LIVA

    En el #aso parti#ular del RIF6 para 2514 se in#orpor% en la I( el (rt. !KE6 el #ual

    estable#e que los #ontribuyentes que ejer-an la op#i%n de tributar en el RIF y

    durante el periodo que permane-#an en este r8$imen6 en lu$ar de presentar

    mensualmente la de#lara#i%n6 deberCn #al#ular el impuesto al 'alor a$re$ado de

    orma bimestral por los periodos #omprendidos de enero y ebreroL mar-o y abrilL

    mayo y junioL julio y a$ostoL septiembre y o#tubre6 y no'iembre y di#iembre de

    #ada a7o y ee#tuar el pa$o del impuesto a mCs tardar el d0a 1 del mes si$uiente

    al bimestre que #orresponda mediante de#lara#i%n que presentarCn a tra'8s de los

    sistemas que dispon$a el Ser'i#io de (dministra#i%n Tributaria en su pC$ina de

    Internet6 e)#epto en el #aso de importa#iones de bienes en el que se estarC a lodispuesto en los art0#ulos 2/ y 33 de esta ley6 se$Dn se trate. (simismo6 los pa$os

    bimestrales tendrCn el #arC#ter de deiniti'os.

    DERTERMINACION DE LOS PAGOS &IMESTRALES DEFINITIVOS

    Art @JE Se/"'o 1!rra=o8 LIVA

    El pa$o bimestral serC la dieren#ia entre el impuesto que #orresponda al total de

    las a#ti'idades reali-adas en el bimestre por el que se ee#tDa el pa$o6 ae)#ep#i%n de las importa#iones de bienes tan$ibles y las #antidades

    #orrespondientes al mismo periodo por las que pro#eda el a#reditamiento

    determinadas en los t8rminos de esta ley. En su #aso6 el #ontribuyente disminuirC

    del impuesto que #orresponda al total de sus a#ti'idades el impuesto que se le

    ubiere retenido en el bimestre de que se trate.

    RETENCIONES DE IVA Art @JE tercer 1!rra=o8 LIVA

    os #ontribuyentes a que se reiere el presente art0#ulo que6 en su #aso6 ee#tDenla reten#i%n a que se reiere el art0#ulo 1o.K( de esta ey6 en lu$ar de enterar el

    impuesto retenido mensualmente mediante la de#lara#i%n a que se reiere el

    penDltimo pCrrao de di#o art0#ulo6 lo enterarCn por los bimestres a que se reiere

    el primer pCrrao de este art0#ulo6 #onjuntamente #on la de#lara#i%n de pa$o

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 18

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    pre'ista en el mismo o6 en su dee#to6 a mCs tardar el d0a 1 del mes si$uiente al

    bimestre que #orresponda.

    CONTA&ILIDAD Art @JE c/arto + 4/i"to 1!rra=os8 LIVA

    TratCndose de #ontribuyentes que ini#ien a#ti'idades6 en la de#lara#i%n

    #orrespondiente al primer bimestre que presenten6 deberCn #onsiderar Dni#amente

    los meses que ayan reali-ado a#ti'idades.

    os #ontribuyentes a que se reiere este art0#ulo6 deberCn #umplir la obli$a#i%n

    pre'ista en la ra##i%n III del art0#ulo 112 de la ey del Impuesto sobre la Renta6 enlu$ar de lle'ar la #ontabilidad a que se reiere la ra##i%n I del art0#ulo 32 de esta

    ey. (simismo6 podrCn #onser'ar y e)pedir #omprobantes is#ales de #onormidad

    #on lo estable#ido en las ra##iones II y I del #itado art0#ulo 112.

    DECLARACIONES INFORMATIVAS DE IVAArt @JE se3to 1!rra=o8 LIVA

    (simismo6 los #ontribuyentes a que se reiere el presente art0#ulo6 no estarCn

    obli$ados a presentar las de#lara#iones inormati'as pre'istas en esta ey6

    siempre que resenten la in&ormacin de las oeraciones con ss

    roveedoresen el bimestre inmediato anterior6 de #onormidad #on la ra##i%n III

    del art0#ulo 112 de la ey del Impuesto sobre la Renta.

    ESTIM$LO FISCAL

    Benei#io is#al del 155M de I( a los #ontribuyentes que tributen en el RIF y

    #umplan #on sus obli$a#iones is#ales siempre y #uando Dni#amente reali#en

    opera#iones #on el pDbli#o en $eneral y no trasladen el impuesto.

    S$2ETOART.% L.I.E.P.S.

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    APLICACI>N DEL RIF EN EL IMP$ESTO ESPECIAL SO&REPROD$CCION SERVICIOS

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    a IE+S en su art0#ulo primero se7ala que 9estCn obli$adas al pa$o del impuesto

    estable#ido en esta ey6 las 1erso"as =sicas + morales.

    Art. 9.Se $ra'an #ombustibles %siles y pla$ui#idas

    Bebidas sabori-adas #on a-D#ares a7adidas art0#ulo 2N ra##i%n I in#iso

    :. abri#ante6 produ#tor o importador. (limentos no bCsi#os #on alto #ontenido #al%ri#o art0#ulo 2N ra##i%n I

    in#iso y ra##i%n II abri#ante6 produ#tor6 en'asador o importador6

    prestador de ser'i#ios.

    O&2ETO Actos o acti,i'a'es artc/lo 9 =racci0" I i"ciso G.

    Bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de

    sabores se considerar el nmero de litros de bebidas saborizadas que, de

    acuerdo con las especificaciones del fabricante se pueden obtener.

    (#tos o a#ti'idades de #onormidad #on el art0#ulo 111 de ISR art0#ulo !K*.

    Actos o acti,i'a'es artc/lo 9 =racci0" I i"ciso 2 + =racci0" II.

    (limentos no bCsi#os #on alto #ontenido #al%ri#o #uyo #ontenido ener$8ti#o sea de2! Pilo#alor0as por #ada 155 $ramos o mayor.

    (#tos o a#ti'idades de #onormidad #on el art0#ulo 111 de ISR art0#ulo !K*.

    &ASE

    +ara el #aso de las bebidas sabori-adas #on a-D#ares a7adidas el total 'e

    los litros o la 1arte 1ro1orcio"al 'e los litros ca/sa'os e" el 5imestre.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 2,

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    +ara el #aso de los alimentos no bCsi#os #on alto #ontenido #al%ri#o6 el

    total 'e los actos o acti,i'a'es ca/sa'as e" el 5imestre

    Im1/esto a alime"tos "o 5!sicos co" alta 'e"si'a' cal0rica

    os alimentos #on alta densidad #al%ri#a son aqu8llos #uyo #ontenido ener$8ti#o

    sea de 2! Pilo#alor0as por #ada 155 $ramos o mayor

    Son alimentos no bCsi#os #on alta densidad #al%ri#a

    I. as rituras

    II. os produ#tos de #oniter0a #omo los dul#es y las $elatinas6

    III. os #o#olates y los demCs produ#tos deri'ados del #a#ao.

    IV. os lanes y pudines.

    V. os dul#es de rutas y ortali-as6

    VI. as #remas de #a#auate y de a'ellanas6 los dul#es de le#e6

    VII. os alimentos preparados a base de #ereales6

    VIII. (s0 #omo los elados6 nie'es y paletas de ielo.

    TASA O C$OTA

    Bebidas sabori-adas #on a-D#ares a7adidas art0#ulo 2N ra##i%n I in#iso :

    la #uota serC de un J1.55 por litro o en su #aso la 1ro1orci0".

    os alimentos no bCsi#os #on alto #ontenido #al%ri#o art0#ulo 2N ra##i%n i

    in#iso j y ra##i%n ii la tasa serC del /M.

    POCA DE PAGO Art @JD Primer 1!rra=o8 LIEPS

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    os #ontribuyentes que ejer-an la op#i%n a que se reiere el art0#ulo 111 de la ey

    del Impuesto sobre la Renta6 durante el periodo que permane-#an en el r8$imen

    pre'isto en di#o art0#ulo6 e" l/ar 'e calc/lar + 1aar me"s/alme"te el

    im1/estoespe#ial sobre produ##i%n y ser'i#ios6 #onorme lo estable#e el art0#ulo

    !o. de esta ey6 'e5er!" calc/larlo e" =orma 5imestral por los periodos

    #omprendidos de enero y ebreroL mar-o y abrilL mayo y junioL julio y a$ostoL

    septiembre y o#tubreL y6 no'iembre y di#iembre de #ada a7o y pa$arlo a mCs

    tardar el d0a 1 del mes si$uiente al bimestre que #orresponda el pa$o6 mediante

    de#lara#i%n que presentarCn a tra'8s de los sistemas que dispon$a el Ser'i#io de

    (dministra#i%n Tributaria en su pC$ina de Internet6 e)#epto en el #aso de

    importa#iones de bienes en el que se estarC a lo dispuesto en los art0#ulos 1! y 1,

    de esta ey6 se$Dn se trate. Los 1aos 5imestrales te"'r!" el car!cter 'e'e=i"iti,os.

    DETERMINACI>N DE PAGOS &IMESTRALES DEFINITIVOS

    Art @JD Se/"'o 1!rra=o8 LIEPS

    a dieren#ia entre el impuesto que #orresponda al total de las a#ti'idades

    $ra'adas en el bimestre por el que se ee#tDa el pa$o y las #antidades

    #orrespondientes al mismo periodo por las que pro#eda el a#reditamiento.

    Impuesto trasladado

    Impuesto a#reditable Q

    *ieren#ia a pa$ar o a a'or

    Saldo a a'or solo #ompensable #ontra el impuesto a su #ar$o en bimestresposteriores.

    Si no lo #ompensa en el bimestre si$uiente o en los dos posteriores6

    perderC el dere#o a #ompensar asta por el monto en que pudo

    #ompensarlo.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 22

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    RETENCIONES DE IEPS Art @JD tercer 1!rra=o8 LIEPS

    os #ontribuyentes a que se reiere el presente art0#ulo que6 en su #aso6 ee#tDen

    la reten#i%n a que se reiere el art0#ulo !o.K( de esta ey6 en lu$ar de enterar el

    impuesto retenido mensualmente mediante la de#lara#i%n a que se reiere el

    primer pCrrao de di#o art0#ulo6 lo enterarCn por los bimestres a que se reiere el

    primer pCrrao de este art0#ulo6 #onjuntamente #on la de#lara#i%n de pa$o pre'ista

    en el mismo o6 en su dee#to6 a mCs tardar el d0a 1 del mes si$uiente al bimestre

    que #orresponda.

    SALDO A FAVOR Art @JD c/arto8 4/i"to + se3to 1!rra=os8 LIEPS

    TratCndose de #ontribuyentes que ini#ien a#ti'idades6 en la de#lara#i%n#orrespondiente al primer bimestre que presenten6 deberCn #onsiderar

    Dni#amente los meses que ayan reali-ado a#ti'idades.

    &uando en la de#lara#i%n de pa$o bimestral resulte saldo a a'or6 el

    #ontribuyente Dni#amente podrC #ompensarlo #ontra el impuesto a su #ar$o

    que le #orresponda en los pa$os bimestrales si$uientes asta a$otarlo.

    &uando el #ontribuyente no #ompense el saldo a a'or #ontra el impuesto

    que le #orresponda pa$ar en el bimestre de que se trate6 o en los dos

    si$uientes6 pudiendo aberlo e#o6 perderC el dere#o a a#erlo en los

    bimestres si$uientes asta por la #antidad en que pudo aberlo

    #ompensado.

    CONTA&ILIDAD Art @JD s-1timo 1!rra=o8 LIEPS. Art %9 Fracc III8 LISR

    os #ontribuyentes a que se reiere este art0#ulo6 deberCn #umplir la obli$a#i%n

    pre'ista en la ra##i%n III del art0#ulo 112 de la ey del Impuesto sobre la Renta6 enlu$ar de lle'ar la #ontabilidad a que se reiere la ra##i%n I del art0#ulo 1 de esta

    ey. (simismo6 podrCn #onser'ar y e)pedir #omprobantes is#ales de #onormidad

    #on lo estable#ido en las ra##iones II y I del #itado art0#ulo 112.

    DECLARACIONES INFORMATIVAS DE IEPS

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 23

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    Art @JD octa,o 1!rra=o8 LIEPS

    (simismo6 los #ontribuyentes a que se reiere el presente art0#ulo6 no estarCn

    obli$ados a presentar las de#lara#iones inormati'as pre'istas en este

    ordenamiento6 siempre que 1rese"te" la i"=ormaci0" 'e las o1eracio"es co"

    s/s 1ro,ee'ores en el bimestre inmediato anterior6 de #onormidad #on la

    ra##i%n III del art0#ulo 112 de la ey del Impuesto sobre la Renta.

    ESTIM$LO FISCAL

    Benei#io is#al del 155M de IE+S a los #ontribuyentes que tributen en el RIF y

    #umplan #on sus obli$a#iones is#ales siempre y #uando Dni#amente reali#en

    opera#iones #on el pDbli#o en $eneral y no trasladen el impuesto.

    Se otor$a un est0mulo is#al a los importadores o enajenantes de #i#les o $omas

    de mas#ar que est8n obli$ados a pa$ar el IE+S6 de #onormidad #on el art0#ulo

    2o.6 ra##i%n I6 in#iso 6 numeral 2 de la ey del Impuesto Espe#ial sobre

    +rodu##i%n y Ser'i#ios.

    El est0mulo is#al #onsiste en una #antidad equi'alente al 155M del IE+S que deba

    pa$arse en la importan#ia o enajena#i%n del produ#to antes men#ionado6 y s%lo

    serC pro#edente en tanto no se traslade al adquirente #antidad al$una por

    #on#epto del #itado impuesto en la enajena#i%n de di#o bien. El est0mulo is#al

    serC a#reditable #ontra el IE+S que deba pa$arse por las #itadas a#ti'idades.

    '(I) C*EN+,)- )I)+E(, DE #EGI)+#O FI)C,.

    +ara el #umplimiento de las obli$a#iones is#ales6 los #ontribuyentes del RIF6

    podrCn in$resar a la pC$ina ele#tr%ni#a del S(T6 y utili-ar el sistema ele#tr%ni#o

    denominado 6Mis C/e"tas7.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 24

    PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACI>N DEDECLARACIONES DE PAGO E INFORMATIVAS

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    Cuando los ingresos del contribuyente excedan de !"###,###.## durante

    el ejercicio a partir del mes siguiente al que los exceda.

    Cuando los contribuyentes cambien de opci$n.

    %n los casos en que los contribuyentes se inscriban en el &'( y en dic)o

    ejercicio realicen operaciones por un eriodo menor de doce meses, de

    acuerdo al segundo prrafo del art*culo +++ de la 'S&, para determinar el

    monto a que se refiere el prrafo anterior, dividirn los ingresos

    manifestados entre el nmero de d*as que comprende el periodo y el

    resultado se multiplicar por -/ d*as0 si la cantidad obtenida excede del

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 29

    CA$SALES DE ECL$SI>N

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    imorte del monto citado/ en el ejercicio si!iente no se odr tribtar

    en el r1!imen de incororacin

    1o presentar la declaraci$n de pago conjuntamente con la informativa de

    los ingresos obtenidos, las erogaciones realizadas y las operaciones con

    proveedores dos veces en &orma consectiva, cinco en el laso de

    'seis a2os.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 3,

    6CASO PRACTICO DEL REGIMEN DE INCORPORACI>N FISCAL7

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    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 31

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    2espu3s de todo lo arriba comentado podemos concluir que la la econom*a

    informal )a constituido para nuestro pa*s un fen$meno complejo originado por un

    alto crecimiento poblacional y por la falta de satisfacci$n de las necesidades

    bsicas de la poblaci$n.

    4abr que ver si este nuevo r3gimen es capaz de atraer a la formalidad a aquellas

    personas f*sicas que )oy realizan actividades econ$micas sin contribuir al gasto

    pblico, cosa que en su oportunidad no pudo )acer el r3gimen de peque5os.

    6na de las formas para lograrlo es que este nuevo r3gimen fomenta la creaci$n

    de negocios en la formalidad al otorgar importantes facilidades tanto en materia de

    obligaciones adjetivas como en sustantivas0 este nuevo r3gimen ir preparando a

    los contribuyentes para alcanzar la madurez y estabilidad fiscal para que

    posteriormente puedan transitar al r3gimen general.

    SECCION II REGIMEN DE INCORPORACIN FISCAL Pgina 32

    CONCL$SI>N

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    1. ey del Impuesto Sobre la Renta2. ey del Impuesto al alor ($re$ado3. ey del Impuesto Espe#ial Sobre +rodu##i%n y Ser'i#ios4. &%di$o Fis#al de la Federa#i%n!. sat.$ob.m)

    &I&LIOGRAFIA