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Council for Court Excellence Guía Comunitaria para las Cortes Mejorando la Justicia para la Comunidad

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Council for Court Excellence

GuíaComunitariapara lasCortes

Mejorando la Justicia para la Comunidad

Guía Comunitariapara las CortesDescribiendo las cortes estatales y federales

del Distrito de Columbia, Maryland y Virginia

Publicado por:

COUNCIL FOR COURT EXCELLENCE

Copyright © 2008

1111 14th Street, NW

Suite 500

Washington, DC 20005

Tel. 202.785.5917

Fax 202.785.5922

Correo Electrónico: [email protected]

Web: http://www.courtexcellence.org

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RECONOCIMIENTOS EDICIÓN 2008

Para el desarrollo de esta guía,muchas organizaciones y personas con-tribuyeron parte de su tiempo. El CMCquiere tomar esta oportunidad paraagradecer a todas las personas involu-cradas en este proyecto. CMC quiereagradecer en especial a la fundaciónfilantrópica de la compañía de segurosGEICO por su generosa contribuciónfinanciera y por su apoyo continuodurante todos estos años.

Tal como sucedió con la edición pasa-da, la guía pasó por numerosos repasoshechos por personas dentro y fuera delas cortes. El CMC también les da lasgracias a los oficiales del sistema de jus-ticia y miembros de la junta directiva delCMC que donaron su tiempo yconocimientos para poder brindar estapublicación.

El CMC también agradece a los sigu-ientes oficiales de las cortes que ayu-

daron en la revisión de la guía: NancyMayer-Whittington, Directora de laCorte Federal del Distrito de Columbia;y Duane B. Delaney, Director de la CorteSuperior del Distrito de Columbia. Lossiguientes miembros de la junta directi-va del CMC también colaboraron enrevisar dicha guía: Susan Brinkerhoff,Esq.; Cary M. Feldman, Esq.; LeslyeGivarz; Victoria A. McEneney, Esq.;Victor R. Salgado, Esq.; StevenSchneebaum, Esq.; Kenneth G. Stallard,Esq.; Arabella Teal; y TheodoreWhitehouse, Esq.

Finalmente, el CMC agradece a losmiembros del staff y estudiantes ayu-dantes que trabajaron en este proyecto:Julio C. Laínez, Analista Programático;Rebecca Krystosek, Estudiante; SaidaKhanukayev, Estudiante.

June B. KressDirectora

Marzo 2008

ESTIMADO MIEMBRO DE LA COMUNIDAD

Cuando la Guía Comunitaria para las Cortes, antes conocida como Guía del

Ciudadano para las Cortes, fue publicada por primera vez, esta fue la

décima publicación educacional producida por el Consejo para el

Mejoramiento de las Cortes (CMC) (Council for Court Excellence) como

servicio público para la comunidad metropolitana de Washington. La

primera edición de esta guía, publicada en 1989, fue la primera publicación

del CMC que describía el sistema de cortes locales y federales en el área

metropolitana de Washington, y usaba términos simples para relatar

procesos de corte en las áreas civiles, penales y juveniles.

Esta guía ha sido actualizada y reimpresa por dos razones: (1) para poner

al alcance información práctica a los miembros de nuestra comunidad que

estén involucrados o interesados en el sistema de cortes; y (2) para apoyar

a aquellos que deseen informarse y aprender sobre la tercera rama de

nuestro gobierno. El contenido de esta publicación fue escrito en lenguaje

apto para todas las edades y todos los niveles de educación, guardando

nuestro lema de mejorar el conocimiento en nuestra comunidad acerca de

las cortes y animar el apoyo del público al sistema de justicia.

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Introducción General ..........................4

I. Introducción a la Rama Judicial del Gobierno ............5

TIPOS DE CORTES ..................................5Cortes de Primera InstanciaCortes de ApelaciónCortes Especializadas

TIPOS DE LEY ..........................................7Derecho PenalDerecho Civil

JURADOS ..................................................8Jurado Chico (Petit Jury)Gran Jurado (Grand Jury)Servir en un Jurado

II. El Sistema de Cortes del Distrito de Columbia....................10DESCRIPCIÓN DE LAS CORTESCorte SuperiorCorte de ApelacionesDiagrama del Sistema Judicial del Distrito de Columbia ....................13

III. El Sistema de Cortes de Maryland ................................14DESCRIPCIÓN DE LAS CORTESCorte de DistritoCorte de CircuitoCorte de HuérfanosCorte de Apelaciones EspecialesCorte de ApelacionesDiagrama del Sistema de Cortes de Maryland ......................15

IV. El Sistema de Cortes de Virginia ..16DESCRIPCIÓN DE LAS CORTESCorte de DistriroCorte de CircuitoCorte de ApelacionesCorte SupremaDiagrama del Sistema de Cortes de Virginia ........................17

V. El Sistema Federal de Cortes ........18DESCRIPCIÓN DE LAS CORTES ........18Estructura GeneralCorte de Distrito de EE. UU.Corte de Apelaciones de

Circuito de EE.UU.Corte Suprema de EE.UU.Cortes Federales en el Area Metropolitana de Washington, DC......19Distrito de ColumbiaMarylandVirginiaDiagrama del Sistema del Sistema Federal ..........................19

VI. Acción Civil ..................................20DESCRIPCIÓN DE UN TÍPICO CASO CIVIL ............................20DeclaracionesDescubrimientoMocionesJuicio

CÓMO SOLUCIONAR CONFLICTOSFUERA DE CORTE ................................21IntroducciónArbitrajeMediaciónProgramas de Resolución Alternativa

de Conflictos (ADR)Programas de ADR en

el Distrito de ColumbiaProgramas de ADR en MarylandProgramas de ADR en Virginia

VII. Acción Penal ..............................23IntroducciónProcedimiento PenalProcedimiento de ArrestoComparecencia InicialAudiencia PreliminarAcusación (Indictment)Presentación de Cargo(s)Mociones y Audiencias Previas al JuicioJuicioAudiencia para Dictar Sentencia

VIII. Procedimientos Juveniles ........26Procedimientos JuvenilesProcedimientos Previos al JuicioAlternativas a JuicioJuicioDisposición

IX. Cómo Encontrar a un Abogado..28Distrito de ColumbiaMarylandVirginia

X. Directorio de las Cortes................30Cortes FederalesSystema de Cortes del Distrito de ColumbiaSystema de Cortes del Estado de MarylandSystema de Cortes del Estado de Virginia

XI. Glosario de Términos Legales ....32

XII. Información Bibliográfica ........36

INDICE

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La Guía Comunitaria para las Cortes del área metropolitana de Washington, D.C. esuna guía completa sobre las diferentes cortes del Distrito de Columbia y de los estadosde Maryland y Virginia. La Guía explica la estructura de los sistemas judiciales estatalesy federales, y describe las funciones y roles de la rama judicial del gobierno. La Guíatambién tiene los siguientes objetivos:

1. Proveer al público los conocimientos básicos de los sistemas judiciales federales y estatales;

2. Ayudar al público a entender las funciones de las cortes;

3. Describir el proceso típico a seguir en casos civiles, penales y juveniles;

4. Ayudar al público a localizar los centros de justicia, entender los términoslegales, y, cuando sea necesario, ayudarles a buscar un abogado.

La primera sección de esta publicación brinda una introducción al sistema judicialy las razones por las cuales los diferentes sistemas de justicia fueron creados. Laprimera sección también le proporciona una vista general sobre la estructura de lacorte, los tipos de leyy el rol del jurado en nuestro sistema de justicia. Las secciones II,III y IV describen los sistemas de justicia en el Distrito de Columbia y los estados deMaryland y Virginia. Cada una de estas secciones le explica cuál es la jurisdicción delas diferentes cortes de primera instancia y el proceso de apelaciones. La sección Vresume el sistema de cortes federales, incluyendo referencias a las principales cortesfederales en el Distrito de Columbia y los estados de Maryland y Virginia.

Las secciones VI, VII y VIII describen acciones en las diferentes secciones de lascortes, por ejemplo, acciones civiles, penales y juveniles. Las últimas secciones con-tienen información para ayudarle a localizar un abogado, cómo obtener asesoríajurídica, la localización de las cortes estatales y federales en Washington, DC, Marylandy Virginia y un glosario de términos legales.

No importa si usted es o no partícipe del sistema judicial, o estudiante del mismo,la Guía le brinda información básica y útil que le ayudará cuando usted la necesite.

INTRODUCCIÓN

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A través de toda esta Guía los términos queaparezcan en itálica están en el Glosario quecomienza en la página 32. También, muchos de lostérminos tendrán su traducción en paréntesis.

TIPOS DE CORTESEn los sistemas estatales y federales

hay dos tipos de cortes con las cuales elpúblico tiene más contacto: las cortes deprimera instancia (trial courts) y lascortes de apelación (court of appeals).Además de las mencionadas, puedenhaber otras cortes que realicen un papelespecializado, tales como las cortes dereclamos menores (small claims courts),cortes para juveniles (juvenile courts), ycortes de asuntos de vivienda (housingcourts). El sistema federal de justiciatambién tiene ciertas cortes especial-izadas como las cortes de bancarrota yquiebras (bankruptcy courts) y deimpuestos (tax courts), que manejanciertas acciones legales en sus respectivasáreas.

CORTES DE PRIMERAINSTANCIA

La función de una corte de primerainstancia es recibir y considerar la evi-dencia en un juicio y adjudicar casosbasados en los hechos, la ley, y, enmuchos casos, el precedente legal. Estopuede tener como resultado concederdaños monetarios en un caso civil oimponer sanciones, en un caso penal.

Las cortes de primera instancia anivel estatal pueden ser divididas en 1)cortes de jurisdicción limitada y 2) cortesde jurisdicción general. Dependiendo de

las provisiones dadas en la constituciónde cada estado y/o las leyes de cada esta-do. Las cortes de jurisdicción limitadatoman decisiones en asuntos civiles oviolaciones penales de menor importan-cia. Asimismo, las cortes de jurisdiccióngeneral están autorizadas y habilitadaspara considerar los casos civiles ypenales más graves. Muchas cortes dejurisdicción general también revisanapelaciones provenientes de las cortes dejurisdicción limitada.

En el sistema federal, las cortes deprimera instancia son llamadas Cortesde Distrito de los Estados Unidos(United States District Court). Estascortes resuelven principalmente casosque implican infracciones de la ley fed-eral. Más información acerca de lasCortes de Distrito puede ser encontradaen la sección V de esta Guía bajo El Sistema Federal de Cortes (p.18).

CORTES DE APELACIÓNLa principal función de las Cortes de

Apelación consiste en revisardecisionesde las Cortes de Primera Instancia paraasegurarse que los jueces de primerainstancia apliquen las leyes y precedenteslegales correctamente. En casos civiles openales donde se ha utilizado un jurado,las Cortes de Apelación deciden si ladecisiones emitidas por los jurados sonapropiadas en vistade la evidencia pre-sentada así como las leyes aplicadas.

Ambos sistemas gubernamentales, tanto el estatal como el federal, están

organizados en tres ramas de igual importancia pero independientes una

de la otra - Legislativa, Ejecutiva, y Judicial. Cada rama ejerce un rol especí-

fico. La rama Legislativa es responsable de crear las leyes; la rama Ejecutiva

de llevar a cabo, ejecutar o imponer las leyes; y la rama Judicial (el sistema

de cortes) de interpretar las leyes. Asimismo, las cortes sirven para muchos

propósitos y funciones en el sistema gubernamental americano. La función

más importante que ejerce la rama judicial consiste en intepretar y/o

aplicar las leyes. Al interpretar y/o aplicar las leyes, las cortes es imparten

justicia, solucionan controversias , y aseguran que todos tengan la oportu-

nidad de exponer su caso o defender una demanda.

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INTRODUCCIÓN A LA RAMA JUDICIAL DEL GOBIERNO

Las Cortes de Apelación general-mente no adjudican acciones legales.Estas simplemente revisan accionesadjudicadas por las Cortes de PrimeraInstancia y determinan si el procesojudicial fue justo de acuerdo a la ley.

En más de 35 de los 50 estados lasCortes de Apelación están divididasentre cortes de apelación intermedia ycortes de “último recurso.” Los estadosde Maryland y Virginia tienen cortes deapelación intermedia, pero el Distrito deColumbia no está dividido de esa man-era. Por lo tanto, un individuo que noacepte la decisión de la Corte deApelación intermedia puede apelar esadecisión a la corte de último recurso dedicho estado, llamada en muchos casosla corte suprema cada estado.

Las cortes de último recurso son lascortes de alta jerarquía en el sistemajudicial de los estados. Sus decisionesjudiciales son finales a menos que el casoimplique las leyes federales de losEstados Unidos y/o la Constitución delos Estados Unidos de América, en cuyocaso son consideradas en las cortes fed-erales y pueden ser apeladas a la CorteSuprema de los Estados Unidos, la cortede más alta jerarquía del país. En la may-oría de los estados, tal como en Virginia,la corte de último recurso en el sistemajudicial estatal es llamada la CorteSuprema; tanto Maryland como en elDistrito de Columbia la corte de másalta jerarquía es llamadala Corte deApelaciones.

Las cortes de apelación del sistemafederal son llamadas Cortes de Circuitode los Estados Unidos. Dichas cortestratan apelaciones de las Cortes deDistrito de los Estados Unidos y puedentambién revisar decisiones de agenciasadministrativas. Las decisiones de lasCortes de Circuito son finales, y sola-mente pueden ser revisadas por la CorteSuprema de los Estados Unidos.

CORTES ESPECIALIZADASLas cortes especializadas que se

encuentran en la estructura de los difer-

entes sistemas judiciales estatales varíanextensamente a través de los 50 estados.Términos como cortes de juez de paz(justice of the peace courts), cortes dereclamos menores (small claims court),cortes de tráfico (traffic court), cortes depropietario/arrendatario (landlord-ten-ant courts), cortes de juveniles (juvenilecourts), y cortes de relaciones domésti-cas (domestic relations courts)describen diferentes tipos de cortesespecializadas. Dos de las cortes espe-cializadas más comunes están descritasen los siguientes párrafos.

CORTES DE RECLAMOSMENORES

Las Cortes de ReclamosMenorestratan solamente accionesciviles, y tienen varias característicasúnicas : generalmente son rápidas y sen-cillas de usar , y las acciones que tratandeben ser por daños monetarios pordebajo de una cierta cantidad de dinero.

En Maryland, en Virginia, y en elDistrito de Columbia, la Cortes deReclamos Menores forman parte de lasCortes de Primera Instancia con juris-dicción general. Una acción de reclamomenor empieza cuando una persona oun negocio presenta una queja, que esuna declaración o un reclamo, contraotra persona o negocio. La persona o elnegocio que está siendo demandado esllamado el demandado. El demandadoen una acción de reclamo menor debeser proporcionada con una copia de laqueja o del reclamo presentado en con-tra de él por la otra parte.

Usualmente el demandado no estáobligado a contestar formalmente elreclamo antes del juicio; durante eljuicio, el demandado tendrá oportu-nidad de explicar su defensa. En casos decortes de reclamos menores, es esencialque ambas partes estén presentes en lacorte puntualmente y en los lugares des-ignados para el juicio. De no ser así, eljuez puede fallar en contra de la parteausente en lo que se llama un fallo enrebeldía. Las reglas de la corte en casos

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de reclamos menores son menos for-males que en otros casos civiles openales. Cada lado presenta su caso anteel juez, quien actúa como árbitro. En lamayoría de estos casos no es necesarioque las partes tengan abogado, y muchaspersonas escogen representarse por símismas.

En el Distrito de Columbia, la Cortede Reclamos Menores forma parte de laDivisión Civil de la Corte Superior delDistrito de Columbia. Las adjudica-ciones monetarias en la Corte deReclamos Menores de Washington, DCson limitadas a un máximo de $5,000.Reclamos de más de $5,000 son tratadospor la Rama de Acciones Civiles (CivilActions Branch) dentro de la DivisiónCivil de la Corte Superior del Distrito deColumbia.

Reclamos menores en Maryland sondecididos por las cortes de distrito delestado e implican los reclamos de $5,000o menos.

En Virginia, cada corte general de dis-trito tiene una división para reclamosmenores. En los casos tratados dentro dela división de reclamos menores, laspartes se tienen que representar ellasmismas sin abogados. Esta división tienejurisdicción sobre todos casos civilesque se disputan de $2,000 o menos.

Cortes para JuvenilesLas cortes para juveniles son cortes

especializadas del estado o condado queconsideran infracciones de la ley porpersonas menores de 18 años. Si unjuvenil es acusado de cometer uncrimen, es considerado un delincuente, onecesita servicios o supervisión ordena-da por la corte, el caso será escuchadopor la corte para juveniles.

El término delincuente se refiere a unjoven que ha sido hayado culpable dehaber cometido un acto que sería undelito si hubiese sido cometido por unadulto. Un “menor con necesidad de ser-vicios” (“child-in-need-of-services”)(CHINS), o una "persona con necesidad

de servicios” (“person-in-need-of-serv-ices”) (PINS), es un joven quien la cortea determinado que ha cometido ciertosactos inapropiados que, si cometido porun adulto, no serían considerados undelito – como por ejemplo, faltar a clasesó escaprse habitualmente de su hogar.

Las cortes para juveniles se diferen-cian de otras cortes de primera instanciaen varias maneras. Las audiencias enestas cortes no están generalmenteabiertas al público. La corte procuraproteger la identidad de los jóvenes quevienen ante la corte. Segundo, el objeti-vo de las cortes para juveniles es tradi-cionalmente rehabilitar antes que casti-gar a los jóvenes. El bienestar del joven ysu familia es lo que más le interesa a estetipo de corte especializada.

En otros aspectos las cortes demenores tienen requisitos y reglas seme-jantes a otras cortes de juicio. Las cortesde menores, sin embargo, no hacen usode un jurado en los juicios. En casosjuveniles, las partes son oídas por unjuez u oficial judicial.

Adicionalmente, dependiendo de laley del estado, los jovenes que son acusa-dos de haber cometido crímenes graves(asesinato, violación, robo armado, etc.)pueden ser tratados como adultos, y sucaso no oído en la corte de menores. Lasleyes del estado difieren en la edad enque un joven puede ser tratado como unadulto.

TIPOS DE LEYHay dos tipos generales de casos

tratados por las cortes: criminales yciviles. El tipo de caso determina el tipoapropiado de la ley. Uno de los objetivosprincipales del derecho penal, por ejem-plo, es proteger a la comunidad disuadi-endo la actividad criminal. Por otrolado, el derecho civil implica general-mente a dos partes privadas, siendo unade ellas la que demanda a la otra unacompensación por los daños recibidos.El derecho penal implica generalmenteun acusado y una víctima.

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Derecho PenalEn un caso criminal, si el juez decide

que la evidencia existente no es sufi-ciente, el caso es archivado. El que la per-sona sea procesada en una corte federalo estatal depende del tipo de crimen porel cual él/ella es acusado(a) y del lugardonde el crimen fue cometido. La may-oría de los crímenes son procesados enel nivel estatal o en una corte local, perociertos crímenes, tales como el fraude decorreo, el robo de bancos, el crimenorganizado, y ciertas ofensas rela-cionadas a la droga, son juzgados porcortes federales. Los crímenes relativosal congreso son considerados como fed-erales, y se procesan sólo en una Cortede distrito federal. El abogado acusadoro fiscal es considerado el abogado delestado, y representa a la víctima y lasociedad. La obligación de tanto el abo-gado defensor como el abogado delEstado es procesar al acusado de acuer-do a ley.

El acusado tiene el derecho constitu-cional a un abogado, y, si él/ella nopuede conseguir uno por falta de dinero,el juez deberá designarle uno. Los abo-gados de la defensa que son designadoscuando el acusado no puede pagar poruno se llaman “abogado de oficio”. Si elacusado es condenado, el juez impondrálas sanciones criminales bajo la ley fed-eral o la ley del estado, incluyendo mul-tas, la libertad condicional, la encar-celación, el trabajo comunitario, ocualquier combinación.

Derecho CivilEn un caso civil, un individuo, una

asociación, una corporación, etc., puededemandar a la otra parte por una var-iedad de razones. Estas controversiaspueden buscar resarcir los daños mone-tarios causados por actos tales comoromper un contrato, daños causados porun accidente de tráfico o por una con-ducta negligente o intensional por laotra parte. La persona que inicia laacción civil es llamada generalmente el‘demandante’ mientras que la personaque es demandada es llamada el “acusa-

do.” Existen varias maneras en que lasacciones civiles pueden proceder dentrode la corte. A menudo las partes puedensentarse a conversar sobre el caso antesdel juicio verdadero. Cuando el juicio selleva a cabo, un jurado decide el resulta-do. En los juicios civiles, donde no seutiliza jurado, el juez decidirá el resulta-do. Cada parte en una acción civil puedeo no decidir contratar a un para fines derepresentación ante la Corte; en la may-oría de casos los abogados son contrata-dos. Muy rara vez el demandante o elacusado en un juicio civil pueden serprivados de su libertad.

JURADOSLos jurados son una parte clave del

sistema judicial Americano. Un juradoconsiste en cierto número de personas,escogido de entre los ciudadanos, a losque se les toma juramento en una Cortede justicia, que deberán decidir cual ver-sión de los hechos es más creible deacuerdo a la evidencia presentada porcada parte.

La Constitución estadounidensegarantiza que la mayoría de los acusadoscriminales tengan derecho a un juiciocon jurado. Sin embargo, el acusadopuede renunciar a este derecho y tener eljuicio oral ante un juez u otro oficialjudicial sin un jurado. En la mayoría delos casos civiles, cualquier parte puedesolicitar un proceso ante un jurado. Losjurados son ciudadanos ordinariosescogidos para decidir sobre los hechosde un caso y para decidir quién tiene larazón. Hay básicamente dos tipos dejurados: un jurado chico (petit jury), quees el jurado típico que oye la evidencia yda el veredicto en juicios civiles y crimi-nales; y un jurado de acusación, o granjurado (grand jury), que funciona sóloen las etapas iniciales de los actos másgraves criminales oyendo la evidencia ydecidiendo si es que las acusacionestienen fundamento.

Jurado ChicoUn jurado chico (petit jury) es un

grupo de 6 a 12 ciudadanos que son lla-

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mados para determinar los hechos de uncaso. En un juicio ellos escuchan testi-monios y consideran la evidencia paraasí alcanzar un veredicto basado en loshechos presentados. En un juicio civil, eljurado tendrá que decidir entre darle larazón al demandante o al acusado. Enun caso criminal, el jurado debe decidirsi, bajo la ley de su estado, el acusado esculpable o inocente. En juicios crimi-nales, un veredicto unánime es necesariopara condenar al acusado.

Gran JuradoUn gran jurado (grand jury) puede

ser utilizado para oír evidencia en lasetapas iniciales de los procedimientoscriminales más serios del estado y de lascortes federales, o para investigar y/ódivulgar ciertos asuntos. Hay general-mente 23 personas en un gran jurado, 16de ellas deben estar presentes para oír laevidencia. Su papel es oír la evidenciapresentada por el demandante, y deter-minar si la evidencia es suficiente paraentablar un juico contra el acusado.

El gran jurado oye evidencia del pro-pio demandado en muy raras ocasiones,y nunca del abogado de la defensa. Lasdiscusiones de un gran jurado son secre-tas. Aunque las reglas pueden variar deestado a estado, si una mayoría del granjurado conviene que hay razón paracreer que el acusado probablementecometió el crimen, el gran jurado acusaformalmente a la persona de cometer elcrimen.

Servir en un JuradoFuturos miembros de jurados, tanto

jurados chicos y granes, son elegidos aservir generalmente de acuerdo al lugardonde ellos residen. Los futuros miem-bros son escogidos, en algunas cortes, delistas de matrículas de votantes. Otrascortes utilizan listas de licencias de con-ducir o una combinación de las dos.

Una vez que una persona es escogidade estas listas, ella puede ser convocadapara el servicio del jurado. De esta“piscina” de ciudadanos calificados, un

jurado chico es escogido por un procesollamado voir dire. Al principio de unjuicio, futuros jurados son llamados a lasala y son cuestionados por el juez y, enalgunas cortes, por los abogados de cadalado. Un abogado puede oponerse a laselección de un miembro del jurado porrazones específicas, siempre y cuandodemuestre que este miembro del juradopuede ser un obstáculo para la impar-cialidad y objetividad del jurado. Estasobjeciones se llaman “objeciones decausa” y pueden ser solicitadas por unaparte cuantas veces crea necesario, peroestas deberán ser aprobadas por el juez.Las reglas de la corte también permitenun número limitado de desafíos a laselección de un jurado sin necesidad defundamentación. Estas objeciones se lla-man “peremptory challenges,” y puedenvariar en el número, según la severidaddel caso específico que el jurado oirá.Los términos específicos de los deberesdel jurado difieren de estado a estado, eincluso de condado a condado. Porejemplo, en el Condado deMontgomery, Maryland, los ciudadanosque son llamados para un jurado chicodeben servir durante todo el juicio o porun día, el que sea más largo. En elCondado de Príncipe George,Maryland, un ciudadano debe servir enel jurado chico por dos semanas. En elCondado de Arlington, Virginia, un ciu-dadano sirve hasta tres semanas. En elCondado de Fairfax, Virginia, un ciu-dadano debe servir en un jurado chicoun día a la semana por un período dedos meses. Debido a que la longitud delservicio en un jurado varía de acuerdo allugar, se sugiere que usted contacte lacorte de la comunidad en la que vivepara averiguar el término específico quele correspondería.

Distrito de ColumbiaEn el Distrito de Columbia a diferen-

cia de otros sistemas judiciales estatales,los jurados (chicos o grandes) de las doscortes, Corte Superior y la corte federal,son elegidos de una sola población.Estos son elegidos de varias listas, por

ejemplo, listas de impuestos de la ciu-dad, votantes registrados, y una lista delDepartamento de Vehículos y Motores(DMV).

MarylandLos jurados de Maryland utilizados

en la corte superior son llamados jura-dos chicos. No hay juicios con juradosen la corte más baja, llamada Corte deDistrito. Para cualquier tipo de caso enla corte más baja para el cual la ley per-mite un jurado (tal como un caso crim-inal o de tráfico donde el castigo podríaexceder tres meses en la cárcel), un juiciocon jurado se debe demandar antes deljuicio. De esta manera, el caso se puedetransferir a la Corte de Circuito.

VirginiaEn Virginia, los juicios con jurado se

realizan sólo en la Corte de Circuito. Encasos criminales, un acusado que se pro-nuncia inocente tiene derecho a unjuicio con jurado. Un acusado puederenunciar a su derecho de un juicio conjurado con el permiso de la corte. Encasos civiles en la Corte de Circuito, lamayoría de los casos de equidad sonoídos por un juez sin un jurado. Otroscasos civiles pueden ser oídos por unjuez o, bajo el pedido de cualquier parte,por un jurado. Los miembros de unjurado chico de Corte de Circuito sonescogidos de una lista magistral prepara-da por miembros de una comisión dejurado designada por la corte. La listamagistral es desarrollada por una selec-ción aleatoria de ciudadanos que residenen la ciudad o el condado al que la cortesirve. El jurado de acusación es un jura-do que se puede utilizar para oír la evi-dencia en las etapas iniciales de losjuicios más graves, o para investigar einformar en ciertos temas.

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DESCRIPCIÓN DE LASCORTES

Corte SuperiorLa Corte Superior del Distrito de

Columbia incluye las siguientes divi-siones: Civil, Penal, Servicios Sociales,Corte de la Familia, Unidad de ViolenciaDomestica, Programa de Compensaciónpara Víctimas de Crimenes, DivisiónTestamentaria e Impuestos, OperacionesEspeciales, y Resolución de Disputas. Lamayor parte de estas divisiones son divi-didas a su vez en diferentes ramas.

División CivilLa División Civil de la corte Superior

escucha muchos tipos de casos civiles(pero no los asuntos de la familia) y sedivide en cuatro ramas que se ocupan dela tramitación de los diferentes tipos decasos civiles: la Subdivisión de AccionesCiviles, la Subdivisión de Examen de laCalidad, la Subdivisión del Propietario eInquilinos, la Subdivisión de ReclamosMenores y Conciliación. La Subdivisiónde Acciones Civiles se encarga de todoslos casos civiles que impliquen una can-tidad monetaria de más de $5,000. LaSubdivisión de Acción Civil también seencarga de procesar las medidas caute-lares (pedido por una de las partes paraque que la Corte emita una orden para

evitar que alguien haga algo o para exi-gir el cumplimiento de algunasacciones). La Subdivisión de ReclamosMenores y Conciliación monetariaprocesa cualquier tipo de conflicto queimplique una solicitud de resarcimientopor daños y perjuicios menor a $5,000.La Subdivisión de Propietarios eInquilinos procesa los casos en los que elpropietario de un inmueble demanda larecuperación de sus bienes porincumplimiento en el pago de alquiler ode otras presuntas violaciónes de arren-damiento.

División PenalCualquier caso penal de un adulto se

escucha en la División Penal de la CorteSuperior de DC. Esta división tambiénse divide en varias ramas que se ocupande delitos graves, delitos menores, cues-tiones de tráfico, y de procesos especialesen relación a fugitivos, la salud y compe-tencia mental de personas procesadas,,casos especiales, órdenes de captura oinvestigación, y propuestas para sellarlos registros de detención.

La División Penal de la CorteSuperior también trata casos de vio-laciónes contra la ciudad y contra lasleyes de tránsito, pues son consideradascomo graves delitos penales. Este es elcaso de conducta temeraria frente al

EL SISTEMA DE CORTES DELDISTRITO DE COLUMBIA

En el Distrito de Columbia, los casos que implican disputas o infracciones

civiles de ley, y los respectivos juicios, son realizados en una corte del esta-

do, llamada Corte Superior del Distrito de Columbia. Las apelaciones a los

fallos hechos por la Corte Superior son oídas por la Corte de Apelaciones

del Distrito de Columbia.

En la Corte Superior, los casos criminales muy graves son procesados por

el gobierno federal. Esto significa que para la mayoría de los casos crimi-

nales, la Oficina del Abogado Federal para el Distrito de Columbia (US

Attorney) procesa el caso. Sin embargo, en caso que se implique a jovenes

o donde el gobierno del Distrito de Columbia sea una parte de la contro-

versia, el Distrito es representado por la Oficina del Fiscal General.

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volante o manejo en estado deembriaguez. En el Distrito de Columbia,la mayoría de violaciones menores detránsito son manejadas por elDepartamento de VehículosMotorizados (DMV) del Distrito deColumbia.

División de Servicios SocialesLa División de Servicios Sociales

administra el sistema de libertad condi-cional para menores en el Distrito deColumbia. Ofrece supervisión judicial yla aplicación de las las alternativas dis-tintas al encarcelamiento. Además, laDivisión de Servicios Sociales presta ser-vicios de apoyo social a los jóvenes den-tro del sistema judicial. Desde elmomento en que un menor entra encontacto con la corte hasta que se com-plete el periodo de libertad condicionalimpuesta o se le interne en elDepartamento de Servicios deRehabilitación de la Juventud, laDivisión de Servicios Sociales se encargade prestar los servicios sociales adecua-dos a dicho menor. El objetivo de estadivisión es contribuir a la rehabilitaciónde los jóvenes a través de los serviciossociales y la supervisión de la libertadcondicional.

La Subdivisión de Servicios deAdmisión de Menores se ocupa de todoslos casos de delincuencia durante elperíodo entre la detención y la primeracomparecencia judicial. La Corte deMenores de Drogas es un programa quese ocupa del tratamiento de casos sobreel abuso de sustancias. Incluye al juez,los abogados defensores, agentes de lib-ertad vigilada, administradores de casos,las familias, y otros implicados en el pro-ceso. El objetivo del programa duraentre ocho y doce meses, y tiene comoprincipales objetivos promover una vidasaludable e intentar la aplicación demedidas legales que no sean violentaspara menores con problemas de abusode sustancias ni para sus familias.

El Departamento de Diagnóstico deMenores y de Libertad Vigilada está

dentro de la Subdivisión de Supervisiónde Menores, y es constituida por losequipos de trabajo que junto con losjueces deben evaluar y determinar lamejor manera de administrar los servi-cios y de tomar una decisión (llamadadisposición en los casos de menores)para cada uno de los casos. ElDepartamento de Diagnóstico de losEquipos de Menores también ofrececonsejería individual y de familia, yadministra otros servicios que son nece-sitados por los menores que están bajo lasupervisión de la corte y están a la esperade recibir una sentencia del juez. Estosservicios se prestan de manera que losdelincuentes juveniles y sus familiaspuedan mejorar su calidad de vidafamiliar y trabajar con un papel respon-sable en sus comunidades.

Corte de la FamiliaLa Corte de la Familia es parte de la

Corte Superior del Distrito deColumbia, y abarca una amplia gama deasuntos relacionados con la familia,incluyendo casos de malos tratos y deabandono, así como casos relacionadosa la delincuencia juvenil, relacionesdomésticas, paternidad, salud mental,retraso mental, y adopciones. La Cortede la Familia tiene distintas ramas: la derelaciones domésticas, la de menores yabandono de menores, la de paternidady apoyo al niño, la de matrimonio, la desalud y retraso mental, la del consejerode abuso y desatención de menores, y lade autoayuda familiar.

La rama de autoayuda familiar pro-porciona a las personas que no tienen aun abogado información general encuestiones de derecho familiar, talescomo el divorcio, la custodia demenores, y visitas a menores. No puedeproporcionar asesoramiento jurídico nipuede representar a nadie en la corte,pero sí puede proporcionar la informa-ción relacionada a una persona jurídica.Esta información puede ser sobre losderechos de la persona, sus obligacionesy opciones, que pueden ayudar a decidir

el papeleo más adecuado y la forma decompletar los formularios necesarios;también puede explicar el proceso decorte y lo que se puede esperar de lacorte. La oficina también puede propor-cionar información sobre clínicas yotros programas que puedan estar encondiciones de proporcionar asistenciaadicional y recursos.

El Central Intake Center (CIC) es ellugar principal para la presentación de lamayoría de los casos de las cortes defamilia y reclamos relacionados (conexcepción de casos de matrimonio ylicencias de aplicaciones, que corren acargo de la Oficina de matrimonio). ElCIC también proporciona informaciónal público en relación acasos judicialesrelacionados a la familia. La rama derelaciones domésticas se ocupa de lasdemandas presentadas al CIC que estánrelacionadas con el divorcio, la nulidadde matrimonio, la separación legal, lacustodia, las visitas, la pantalla de tutela,las sentencias judiciales extranjeras, lascitaciones, la adopción, y la terminaciónde la patria potestad.

El Consejero de Abuso y Desatenciónde Menores (CCAN) es la oficina queadministra los servicios jurídicosdisponibles relacionados al maltrato yabandono de los niños. Mantiene unalista de abogados disponibles para rep-resentar a los niños, los padres, y loscuidadores en casos de abuso y aban-dono, y se encarga de capacitar a estosabogados. El CCAN también puede ayu-dar a determinar si los adultos son calif-ican por razones de solvencia económi-ca para recibir un abogado designadopor la corte.

La Rama de Salud y Retraso Mental seocupa de las cuestiones de hospital-ización, del tratamiento continuado, ydel curso de atención a las personas conenfermedad mental, retraso mental, olas personas que necesitan servicios desalud mental. La Rama de Paternidad yApoyo al Niño se ocupa de los casos debúsqueda de paternidad. La Subdivisión

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de Abandono de Menores se ocupa delproceso de los casos de delincuenciajuvenil, de abuso infantil, y de desatención.

La Corte de Tratamiento de la Familiaes un extraordinario programa conjuntoque proporciona a las madres y cuidado-ras mujeres cuyos hijos han sido objetode un caso de abandono con tratamien-to de abuso de sustancias. Este programade doce meses es residencial, y recibesupervisión judicial voluntaria. En suenfoque global, tiene como mision laprestación de servicios a los niños afec-tados, así como la administración deltratamiento para la madre/cuidador.

Unidad de Violencia DomesticaLa Unidad de Violencia Doméstica

trata casos en los que una persona solici-ta una orden de protección contraalguien que está relacionado con ellospor sangre, custodia legal, matrimonio,un hijo en común, pasada o presenterelación romántica, o convivencia. LaUnidad de Violencia Doméstica tambiéntrata casos de violaciónes de órdenes deprotección, y en todo caso de delitopenal los jueces de la Unidad deViolencia Doméstica también puedeescuchar argumentos relacionados conel divorcio, la custodia, las visitas, lapaternidad y los casos de apoyo a lasmismas partes, y algunos argumentosrelacionados con las acciones civiles.

La corte tiene dos Centros deAdmisión de Violencia Doméstica queofrecen servicios para personas en buscade órdenes de protección. Estos serviciosno requieren pago alguno.

Programa de Compensación paraVíctimas de Crímenes

El Programa de Compensación paraVíctimas de Crímenes fue creado paraayudar a las víctimas de delitos violentosy a sus familias para financiar gastosrelacionados producto de la delincuen-cia y aspectos personales como gastos defuneral y entierro, salud mental y física,pérdida de salarios, pérdida de apoyo yservicios, los costos de limpiar el lugar

de un delito y, para aquellos que ya nopueden residir en su hogar, los gastos devivienda temporal. La víctima tambiénpuede ser ayudada en la presentación dedocumentos, la obtención de serviciosadicionales, la búsqueda de grupos deapoyo o consejeros de la manipulación yotras cuestiones relacionadas con lasvíctimas.

División Testamentaria y deImpuestos

Normalmente, a menos que una per-sona tenga un interés particular yespecífico, el proceso de administraciónde patrimonios en el Distrito deColumbia carece de supervisión judicial,es decir, la corte no juega un papel amenos que se le notifique de la existen-cia de un problema. Aquellos patrimo-nios que estén bajo la supervisión de lacorte, el Registro de Testamentos(Register of Wills) trabaja para asegu-rarse de que todas las transferencias depropiedad se adhieran al Código delDistrito de Columbia y las reglas de laCorte Superior.

La División Testamentaria y deImpuestos de la Corte Superior super-visa la administración de bienes de per-sonas fallecidas, menores de edad, adul-tos que necesitan protección, ciertosfideicomisos, deudas de individuos, ycecesiones en beneficio de los acree-dores. El Registro de Testamentos porley se encarga de proteger los derechosde todas las personas que pudieran estarinteresadas en la administración del pat-rimonio de un difunto, ya sea en calidadde herederos, beneficiarios de testamen-tos, acreedores, o deudores.

Tal como su nombre indica, laSubdivisión de Patrimonios Chicos ySucesiones se encarga de ayudar alpúblico en el manejo de patrimonios delas personas que mueren con bienesmenores de $40,000. Las ramas de inter-venciones y confianzas se ocupan delapoyo administrativo de bienes de losadultos incapacitados. Actúan bajo lasupervisión de la corte y otro fiduciario.

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División de Operaciones EspecialesLa División de Operaciones

Especiales de la Corte Superior se encar-ga de las operaciones de la Oficina deJurados, de la Oficina de Servicios deInterpretación de la Corte, de la Oficinadel Coordinador de Apelaciones, de laGuardería de Niños y del Juez-en–Sala.Durante el horario de trabajo normal delas cortes, el juez está siempre de serviciocomo “juez-en-sala” para manejarcualquier situación de emergencia quese presente.

La Oficina de Jurados administra losservicios y procesos en relación a losjurados, tales como ensayos, obtenciónde información en relación al tamaño delos paneles, y selección del Jurado Chico.Esta división también selecciona y tomajuramento de jurados grandes.

La Oficina de Servicios deInterpretación proporciona ayuda a laspartes a lidiar con problemas de comu-nicación tales como lenguas extranjeras,lenguaje de señas, u otros obstáculos delenguaje en los procedimientos judi-ciales según lo dispuesto por las leyesfederales y locales.

La Oficina del Coordinador deApelaciones se encarga de la coordi-nación de la presentación de solicitudesde apelación por fallos hechos por lacorte de primera instancia ante la Cortede Apelaciones del Distrito deColumbia.

La Guardería de Niños provee cuida-do y supervisión a los hijos de miembrosde los jurados, los testigos, los acusadosy los demandados. Estos servicios sonprestados sin costo alguno a los padres otutores que participan en la corte.

División de Resolución de DisputasEsta división de la Corte Superior

proporciona una variedad de métodospara ayudar a los ciudadanos en la solu-ción de sus controversias, ya sea antes odespués de la presentación oficial de uncaso judicial, a través de la mediación, laevaluación del caso, y la conciliación.

SISTEMA DECORTES DELDISTRITO DECOLUMBIA

CORTE DE APELACIONES

(Corte de última instancia)9 jueces

CORTE SUPERIOR(Corte de primera

instancia)59 jueces y

24 magistrados

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También existen programas para lamediación y el arbitraje de las con-troversias surgidas en relacionesdomésticas.

CORTE DE APELACIONESDEL DISTRITO DECOLUMBIA

Guardando cierta similitud concortes supremas estatales, la Cortede Apelaciones del Distrito deColumbia es la corte más alta delDistrito de Columbia. La mayoríade casos de la Corte de Apelacionesson apelaciones de la CorteSuperior. La corte también examinacasos de organismos administra-tivos del Distrito de Columbia, jun-tas y comisiones del gobierno delDistrito de Columbia, órdenes de laalcaldía, y resoluciones administra-tivas.

DESCRIPCIÓN DE LASCORTES

Corte de DistritoLas cortes de distrito tienen jurisdic-

ción exclusiva sobre todos los derechosciviles y los reclamos de cantidades hasta$ 2,500. En materia civil, la jurisdicciónde los casos que involucran cantidadesentre $5,000 y $25,000, es compartidapor las cortes de distrito y las cortes decircuito. Casos propietario-inquilino,violaciónes de vehículos de motor,acciones replevin, casos clasificadoscomo delitos menores penales, algunosdelitos graves (como delito de roboagravado en casos donde no se solicitajuicio con jurado), y las demandasmenores (las que implican $5,000 omenos) son escuchadas por la Corte deDistrito. Las cortes de distrito deMaryland también pueden escuchar lasaudiencias preliminares y de libertadbajo fianza por cualquier delito imputa-do en Maryland.

La Corte de Distrito también procesaun número importante de casos penalesy de delitos menores, así como algunosdelitos graves, violaciónes de vehículos,tales como conducir bajo la influenciadel alcohol (DUI) y de conducción conuna licencia revocada y/o suspendida,que son delitos que llevan pena de cár-cel. La mayoría de los casos examinados

por la Corte de Distrito son las disputasentre propietarios e inquilinos.

La ley de Maryland no permite juicioscon jurado en la Corte de Distrito. Siuna persona que tiene derecho a unjuicio con jurado pide un juicio conjurado, el caso debe pasar a la Corte deCircuito. Hay cortes de distrito en elCondado de Montgomery (Distrito 6) y Prince George’s (Distrito 5). EnMontgomery , la Corte de Distrito vecasos de delincuencia juvenil en lugar dela Corte de Circuito.

Corte de HuérfanosEsta corte se encarga de los testamen-

tos, sucesiones, y otros asuntos, así comoalgunos asuntos que afectan la tutela demenores y de sus bienes. Existen 24cortes de huérfanos en Maryland: unapara cada uno de los 23 condados, y unapara la ciudad de Baltimore. Hay tresjueces que trabajan en las cortes dehuérfanos en la ciudad de Baltimore yen cada uno de los condados, con laexcepción de los condados de Harford yMontgomery, donde los jueces de lascortes de circuito también actúan comojueces de la Corte de Huérfanos.

Corte de CircuitoLas cortes de circuito procesan casos

penales, de menores (excepto en elCondado de Montgomery), casos

En Maryland, las cortes de jurisdicción limitada son las Cortes de Distrito

y las Cortes de Huérfanos. Hay 24 cortes de distrito – una en cada uno de

los 23 condados y una en la ciudad de Baltimore. Hay también 24 Cortes de

Huérfanos. Las Cortes de Circuito, con sede en cada una de las 24

jurisdicciones, son las cortes de jurisdicción general. En Maryland, los

juicios penales son litigados por el “Fiscal del Estado.”

La Corte Especial de Apelaciónes es la corte de apelación intermedia, y la

corte de Apelaciones del Estado de Maryland es la corte más alta del

estado. Geográficamente, hay siete circuitos de apelación y ocho circuitos

judiciales en el estado.

EL SISTEMA DE CORTES DE MARYLAND

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civiles, y apelaciones de las cortes de dis-trito. Las cortes de circuito tambiénescuchan casos (civiles o penales) en laque una de las partes ha solicitado unjuicio con derecho a jurado.

Generalmente, los casos civiles pre-sentados implican custodia de hijos,divorcio, y todos los litigios civiles en losque se solicita una suma mayor a$25,000. La Corte de Circuito tambiéncomparte con la Corte de Distrito losconflictos entre $5,000 y $25,000. Loscasos penales escuchados en las cortes decircuito son más graves. Las cortes decircuito también procesan apelacionesde agencias administrativas.

Corte de ApelacionesEspeciales

La Corte de Apelaciones Especiales,con sede en Annapolis, la capital delestado, decide sobre apelaciones presen-tados desda las cortes de circuito. Engeneral, la Corte de ApelacionesEspeciales inicia la apelación y tienejurisdicción exclusiva sobre cualquierapelación de una corte de circuito o unacorte de huérfanos, con la excepción delas apelaciones en los casos penales enlos que la pena de muerte se podríaimponer. Los jueces de esta corte seorganizan, por lo general, en grupos detres para estudiar y decidir los casos. Encircunstancias especiales, los 13 mag-istrados de la Corte Especial deApelaciones procesarán un caso demanera conjunta. Cuando esto ocurre sedenomina como una audiencia “enbanc”.

Corte de ApelacionesLa Corte de Apelaciones, la más alta

corte de Maryland, también se encuen-tra en Annapolis. Los siete magistradosde la corte procesan apelaciones de laCorte Especial de Apelaciones, aunquetambién pueden examinar unaapelación directamente de una Corte deCircuito.

CORTE DE APELACIONES(Corte de última instancia)

7 jueces

CORTE DE APELACIONES

ESPECIALES(Apelaciones intermediarias)

13 jueces

CORTES DE CIRCUITOS(Cortes de jurisdicción

general y primera instancia)261 jueces8 circuitos

CORTES DE DISTRITOS

(Jurisdicción limitada)107 jueces

12 distritos

CORTES DE HUÉRFANOS

(Jurisdicción limitada)23 condados +

Ciudad de Baltimore66 jueces

SISTEMA DE CORTES

DE MARYLAND

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DESCRIPCIÓN DE LASCORTES

Corte de DistritoEn la mayor parte de Virginia, las

cortes de distrito se dividen en dospartes,la Corte General del Distrito, y laCorte de Menores y de RelacionesDomésticas. La ciudad de Falls Churchtiene una Corte de Distrito (Distrito 17)que se encarga de las funciones de unacorte de distrito y de una corte demenores y de relaciones domésticas. Nohay juicios con jurado en las cortes dedistrito en el estado de Virginia.

La Corte General del DistritoEsta corte conoce de casos civiles en

los que la cantidad en cuestión es de $15,000 o menos. En Virginia, las cortesde distrito y de circuito compartenautoridad, o tienen jurisdicción concur-rente, por los casos de cantidades entre$4,500 y $15,000. Cortes generales dedistrito también pueden escuchar loscasos de demandes de detenimiento ile-gal, incluso si el monto de la renta solic-itada es superior a $15,000. En materiapenal, la Corte General del Distritoescucha delitos menores, incluyendo“Conducir Mientras Intoxicado (DWI)”,tiene audiencías preliminares en casosde delito grave, y lleva a cabo audienciasciviles de personas con problemas men-tales. Hay cortes generales de distrito encada ciudad y condado en el estado deVirginia.

Corte de Menores y RelacionesDomesticas del Distrito

La Corte de Menores y RelacionesDomesticas del Distrito se encarga decasos relacionados con la delincuencia,violaciónes de tráfico de menores, niñosque necesitan de servicios y / o super-visión, y de niños que pueden haber sidovíctimas de malos tratos o abandono.Esta corte también escucha casos deadultos acusados de maltrato de niños ode otros delitos o abusos contra miem-bros de su propia familia (con excepciónde asesinato), así como casos de hijos,visitas, apoyo monetario y controversiascustodia. Además, esta corte oye a vecescasos de niños abandonados, acuerdoshogares de guarda y custodia, serviciosde rehabilitación, y el consentimientopara determinados tratamientos médi-cos.

Hay cortes de menores y relacionesdomesticas en cada ciudad y condado enel estado de Virginia.

Corte de CircuitoLa Corte de Circuito oye casos civiles

y penales, y todas las apelaciones de lascortes inferiores. La corte tambiénescucha todas las cuestiones de equidad,como por ejemplo los casos de divorcio,controversias relativas a los testamentosy herencias, y controversias vinculadas apropiedad. La corte también tiene juris-dicción exclusiva en casos monetarios demás de $15,000

Virginia tiene 32 cortes de distrito, que son las cortes de primera instancia

de jurisdicción limitada. Se dividen en cortes generales de distrito, de

menores y de relaciones domésticas, y las cortes de distrito combinado.

Hay 31 cortes de circuito repartidas en la comunidad. Estas son las cortes

de jurisdicción general. En Virginia, los juicios penales son litigados por la

Oficina del Procurador del Estado (Commonwealth Attorney).

Las dos cortes más altas están ubicadas en Richmond, la capital del estado.

La Corte de Apelaciones es una corte intermediaria de apelaciones y la

Corte Suprema es la más alta del estado.

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EL SISTEMA DE CORTES DE VIRGINIA

En materia penal, la corte de circuitooye todos los casos de delito grave y deli-tos menores que llevan como castigoencarcelamiento en la penitenciaría.Esta corte también escucha recursosgenerales de las cortes de distrito (civilesy penales) y de las cortes de menores yrelaciones domesticas del distrito.Apelaciones de estas cortes sonescuchadas “de novo,” que significa quese traten desda un principio como si nohan sido escuchadas en corte. Las cortesde circuito también pueden escucharapelaciones de los organismos adminis-trativos del estado.

Existen cortes de circuito en cada ciu-dad y condado en el Estado de Virginia.

Corte de ApelacionesLa Corte de Apelaciones determina

apelaciones en casos de relacionesdomésticas y penales que no sean“crímenes capitales”, osea crímenes suje-tos a la pena de muerte. Tambiénescucha recursos de las decisiones de losorganismos administrativos del estado.La corte es compuesta por 11 jueces, queescuchan casos en grupos de por tomenos tres jueces por cada caso.

Corte SupremaLa Corte Suprema del estado revisa

las decisiones de cortes inferiores cuan-do apelaciones han sido permitidas.Además, escucha apelaciones de laComisión de Corporaciones del Estado.La Corte Suprema puede optar porescuchar una apelación directamente deuna corte de circuito o los organismosadministrativos. La Corte Supremo escompuesta por siete jueces.

MagistradosMuchas veces, el primer contacto que

una persona tiene con el sistema judicialen Virginia es a través de la Oficina delMagistrado. La función principal delmagistrado es proporcionar un exámenimparcial de las denuncias traidas a laoficina por agentes de policía, sheriffs,diputados, y de los ciudadanos.

Las funciones del magistrado incluye

CORTE SUPREMA(Corte de última instancia)

7 jueces

CORTE DE APELACIONES(Corte intermediaria

de apelaciones)11 jueces

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CORTES DE CIRCUITOS(Cortes de primera instancia

con jurisdicción general)31 circuitos122 cortes

CORTES GENERALES DE DISTRITOS

(Jurisdicción civil/penal limitada)

32 distritos

CORTE DE MENORES Y RELACIONES

DOMESTICAS DEL DISTRITO(Jurisdicción civil/

penal limitada)32 distritos

SISTEMA DE CORTES

DE VIRGINIA

la emisión de diferentes tipos de proce-sos, tales como órdenes de detención,citaciones, fianza, órdenes de registro, yórdenes civiles. Una de las principalesfunciones de un magistrado es la real-ización de audiencias de fianza paraestablecer la libertad bajo fianza cuandouna persona ha sido acusada de un deli-to. Un magistrado puede también acep-tar pago por infracciones de tráfico ydelitos menores.

MAGISTRADOS

DESCRIPCIÓN DE LAS CORTES

Estructura GeneralCortes federales escuchan todos los

casos que tengan que ver con legislaciónfederal. Cuestiones que se tratan en estascortes incluyen casos como defensa decompetencia comercial, relaciones labo-rales, impuestos, bancarrota, seguridadsocial, y los derechos civiles. Las cortesfederales también escuchan casos de laConstitución federal, tratados con otrospaises, y controversias entre dos estados,o casos en los que los Estados Unidos esparte.

Además, un caso puede ser escuchadoen las cortes federales si el demandante yel demandado son de diferentes estados(incluyendo el Distrito de Columbia, apesar de que no es un estado) y la canti-dad que se solicita por el demandante esde más de $75,000. Esto se llama “juris-dicción de diversidad,” y fue diseñadopara permitir a un ciudadano de unestado a traer un caso a una corte neu-tral para evitar ser sujetos a parciali-dades de una corte de otro estado. Aligual que los sistemas estatales, el sis-tema judicial federal se divide en cortesde distrito, cortes de apelación y uncorte de última instancia.

Corte de Distrito de Estados Unidos

En un caso ante la Corte de Distrito,un juez se sienta con o sin jurado,dependiendo del caso y los deseos de laspartes. Si hay un jurado, el jurado deter-mina los hechos del caso, de lo con-trario, los hechos son determinados porel juez sobre la base de los testimonios yotras pruebas.

Hay 94 distritos federales en losEstados Unidos y sus territorios,incluyendo por lo menos un distrito encada estado, el Distrito de Columbia yPuerto Rico.

Apelaciones de las cortes de distritoson oídas por las cortes de apelacionesde los diferentes circuitos federales.Cortes de bancarrota son independi-entes de las cortes de distrito, pero cadauno de los 94 distritos federales seencarga de las presentaciones de estoscasos.

Corte de Apelaciones deEstados Unidos

Los Estados Unidos está divididogeográficamente en 13 circuitos, uno deellos sólo para el Distrito de Columbia,con una corte de apelaciones en cadacircuito. Estas cortes escuchan las apela-ciones de cortes de distrito ubicadas enel mismo circuito y de los organismosadministrativos federales, que llevan acabo sus propias audiencias. Además,hay una Corte de Apelaciones del

Las cortes de distrito de Estados Unidos son las cortes federales de primera

instancia para la mayoría de los casos. También hay cortes especializadas

que consideran determinados tipos de casos, tales como bancarrota,

reclamos de impuestos, comercio internacional, y ciertas reclamaciones

contra el gobierno federal y sus agencias. Los casos se juzgan en las cortes

de distrito. Si los veredictos son apelados, los casos van de las cortes de dis-

trito a las cortes de apelaciones y cada circuito tiene una corte llamada

Corte de Apelaciones de Estadis Unidos. El último recurso de un favor de

un caso federal es a la Corte Suprema de Estados Unidos.

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EL SISTEMA FEDERAL DE CORTES

Circuito Federal, con sede enWashington, DC, que escucha recursosen casos de patentes, ciertos casos decomercio internacional, y en algunoscasos, de reclamaciones por daños con-tra los Estados Unidos.

La Corte de Apelaciones del CircuitoFederal revisa la transcripción de pro-cedimientos, incluido el juicio realizadoen la corte de distrito, así comoresúmenes legales, y decide si el juez deprimera instancia aplicó la ley correcta-mente y de forma justa. Normalmente,tres jueces de apelación se sientan enuna mesa redonda, y al menos dosdeben estar de acuerdo para que unadecisión que sea tomada. En raras oca-siones, la corte de circuito escucha unaapelación “en banc,” lo que significa quetodos los jueces en la corte escuchan laapelación, en lugar del habitual panel detres jueces.

Corte Suprema de Estados Unidos

La Corte Suprema de los EstadosUnidos, compuesto por el JuezPresidente de la Corte Suprema y ochojueces asociados, escucha un númerolimitado de las apelaciones federales delas cortes de Apelaciones y de los másaltos cortes estatales. Salvo en casos muyraros, la Corte Suprema tiene discreciónpara revisar y elegir los casos queescuchará. Aquellos que deseen apelaruna decisión de una corte inferior debenpresentar un escrito de certiorari (writof certiorari) con la Secretaría de laCorte Suprema de los Estados Unidos. Elescrito trata de persuadir a la corte quela apelación debe ser escuchada porqueel juicio en las cortes inferiores no fuejusto ni las leyes fueron justamente apli-cadas, o que hubo un error en el juiciodel procedimiento.

Los casos aceptados por la CorteSuprema en general, implican nuevostemas y/o leyes federales que afectan a lapoblación en todo el país, la inter-pretación de dichas leyes federales, o dela Constitución federal.

CORTES FEDERALES EN ELÁREA METROPOLITANA DEWASHINGTON, DC:

Distrito de ColumbiaExisten varias cortes federales ubi-

cadas en el Distrito de Columbia, quetienen la misma jurisdicción generalcomo las cortes federales en el resto delos Estados Unidos. La más prominentede ellas es la Corte de Distrito para elDistrito de Columbia, que tiene jurisdic-ción sobre los casos civiles y penales; laCorte de Apelaciones del Circuito delDistrito de Columbia; la Corte deApelaciones del Circuito Federal, y laCorte Suprema.

Otras cortes federales incluyen laCorte de Reclamos, que escucha reclam-os en contra de los Estados Unidos;Corte de Bancarrota para el Distrito deColumbia; Corte de Impuestos, y laCorte Federal Militar de Apelaciones.

MarylandLa Corte de Distrito para el Distrito

de Maryland, que sirve a todo el estadode Maryland, se encuentra en Baltimore.También existe una división de estacorte situada en Greenbelt, Maryland.

VirginiaLa Corte de Distrito para el Distrito

Este de Virginia, que sirve a los subur-bios del norte de Virginia, tiene cuatrodivisiones: Alexandria, Newport News,Norfolk, y Richmond. La Corte deApelaciones del Cuarto Circuito, quesirve a Maryland, Virginia, WestVirginia, Carolina del Norte y Carolinadel Sur, tiene su sede en Richmond, cap-ital del estado de Virginia.

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SISTEMA FEDERALDE CORTES

CORTE SUPREMA DE ESTADOS UNIDOS

(Corte de última instancia)9 jueces

CORTES DEAPELACIONES DEESTADOS UNIDOS

(Cortes de apelacionesintermediarias)

13 circuitos federales

CORTES DE DISTRITOSDE ESTADOS UNIDOS

(Cortes de primerainstancia de

jurisdicción general)94 distritos federales

ACCIÓN CIVIL

DESCRIPCIÓN DE UN TÍPICOCASO CIVIL

DeclaracionesLa orden o citación y denuncia son los

documentos jurídicos que inician unademanda. Estos documentos, junto conla respuesta del demandado, se lesdenominan alegatos. Todos los alegatosse presentan en la corte particular quedecidirá el caso civil.

Citación y QuejaLa demanda comienza cuando una de

las partes, el demandante, presenta unacitación y / o queja sobre el demandado.La citación informa al demandado de lademanda que ha sido presentada. Lacitación también dice en cual corte sepresentó la demanda, y dice el númerode días que el demandado ha de respon-der a la queja por medio de una respues-ta.

En un caso civil, la denuncia establecelos hechos que demuestran que el acusa-do injustamente erró al demandante ydeclara la razón jurídica del demandanteque tiene derecho a recompensa mone-taria. La queja debe ser presentada enuna corte que tiene jurisdicción sobre eltipo de caso. Una copia de la denunciadebe ser entregada a la parte demanda-da.

RespuestaEl demandado deberá presentar a la

corte un documento llamado respuestaque responde a las principales acusa-ciones formuladas en la denuncia. Larespuesta puede incluir la denegación odefensas a las acusaciones formuladaspor el demandante. El demandado tam-

bién puede incluir en la respuesta unacontradenuncia en contra del deman-dante, a la cual el demandante tambiénpresentaria una respuesta.

Demandado de Tercera ParteAdicionalmente de hacer una con-

tradenuncia contra el demandante, eldemandado puede hace una contrarecla-mación contra otra parte, o contraalguien que no esté en el caso. Estopuede ocurrir si el demandado consid-era que otra persona es responsable porlos daños y perjuicios del demandante.La otra parte, la “tercera parte,” debeentonces responder la reclamación ocontradenuncia.

Descubrimiento

Información GeneralDespués que los alegatos se presentan

en un caso civil, descubrimiento por logeneral se lleva a cabo por cada una delas partes en el caso. El objetivo del des-cubrimiento es preparar un caso de laforma más exhaustiva posible y de man-era informada. Cada parte puede tratarde obtener tanta información como seaposible, lo que evita sorpresas durante eljuicio.

La parte de los cuales se solicita eldescubrimiento tiene derecho a opon-erse a la producción de la informaciónsolicitada. Esto se hace declarando a laparte que solicita el descubrimiento, porescrito, la naturaleza y motivos de lasobjeciones. La parte que busca des-cubrimiento puede pedir a la corte a exi-gir que la información se produzca, perola corte puede decidir no demandar lainformación.

En un caso civil, una persona, empresa, sociedad u otra entidad jurídica

trae una demanda contra otra persona, empresa, sociedad, u otra entidad.

Normalmente cada una de las partes en un caso civil está representada por

un abogado. La parte que inicia un caso civil es el “demandante” y la parte

contra la que se presenta el caso se llama: “demandado.” Aunque un juicio

civil es muy similar a un juicio penal, los acontecimientos antes del juicio

son diferentes.

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La divulgación puede ser realizadapor diversos medios, dependiendo de lanaturaleza de las pruebas solicitadas. Losmecanismos de descubrimientoincluyen deposiciones, interrogatorios, ylas exigencias de los documentos u otraspruebas materiales.

Testigos y AffidávitsUna deposición es el testimonio oral,

bajo juramento, de una persona conconocimiento de los hechos del caso. Lapersona puede ser o no llamada adeclarar como testigo en el juicio. Ladeposición generalmente se da en lasoficinas de uno de los abogados.Normalmente presente en la deposiciónson los testigos, los abogados de ambaspartes, y un reportero.

El periodista prepara una transcrip-ción de las preguntas formuladas por losabogados y las respuestas dadas por eltestigo. La deposición preserva el testi-monio de un testigo de forma que si él oella no están en condiciones de prestartestimonio en corte, la deposición puedeser inscrita en las pruebas.

En los procedimientos previos aljuicio, affidávits o “declaracionesjuradas” a menudo se adoptan, en losque se dicen hechos importantes en elprocedimiento. Estas declaracionesjuradas pueden proporcionar informa-ción útil acerca de la demanda. Sinembargo, a diferencia de las deposi-ciones, las declaraciones juradas no sonadmisibles en el juicio.

InterrogatoriosLos interrogatorios son preguntas

escritas formuladas por una de las partesy se entregan, o “se sirven,” a la otraparte, que debe preparar las respuestaspor escrito.

La demanda de pruebas físicasLa parte que desea examinar las prue-

bas materiales o documentos podránsolicitar que dichas pruebas se produz-can para la parte de descubrimiento einspección. Solicitudes de exámenes físi-cos o mentales también pueden ser real-izadas por los abogados.

MocionesDespués de que los alegatos iniciales

se presentan, las partes pueden presentarpedimentos, solicitando a la corte paraque se haga o no se haga algo (por ejem-plo, sobreseer el caso).

JuicioSi el caso no se dispone durante la

etapa previa al juicio, la fecha del juiciose fijará. En ciertos tipos de casos civiles,las partes tienen derecho a un juicio conjurado. Si existe ese derecho, el primerpaso es la selección del jurado. En unjuicio con jurado, el jurado determinalos hechos mientras que el juez determi-na la ley. Si ninguna de las partes exigeun jurado o si el caso es aquel en el queno existe el derecho a un juicio con jura-do, el juez decide las cuestiones de hechoy aplica la ley.

Un juicio civil es similar a un juiciopenal, salvo que algunas veces no tienenun jurado. En primer lugar, el deman-dante presenta su caso utilizando el tes-timonio de los testigos y las pruebas y, acontinuación, el demandado tiene laoportunidad de presentar pruebasopuestas.

Los abogados examinan directa-mente sus propios testigos y contraex-aminan a los testigos llamados por elotro lado. El demandante en un casocivil tiene que probar su caso medianteun principio jurídico de la ley llamado“preponderancia de la evidencia.” En uncaso penal el fiscal debe probar la culpa-bilidad “más allá de una duda razon-able”, un nivel más elevado que en unjuicio civil.

CÓMO SOLUCIONARCONFLICTOS FUERA DECORTE:

IntroducciónLa más conocida alternativa a los liti-

gios es la negociación, que ha existidodurante siglos. Las dos partes simple-mente se sientan y discuten su desacuer-do y trabajan en el problema. Gentenegocia todo el tiempo, cualquier nego-

ciación y cualquier decisión conjuntaimplica generalmente la negociación.

En los últimos años, ha habido uncreciente interés en alternativas a los lar-gos y costosos litigios y juicios. La res-olución de conflictos fuera de las cortespueden reducir el costo y la demora delos juicios y puede resolver las contro-versias de una manera que puede sermenos hostil. Las personas puedenoptar por usar estas técnicas previa oposterior a la iniciación de accionesjudiciales formales. El nombre colectivodado a estas técnicas de evitar litigios esResolución Alternativa de Disputas o“Alternative Dispute Resolution (ADR)”en inglés.

ADR se utiliza en muchas disputas,especialmente en disputas comerciales,de legislación laboral, de familia, decomunidad y de controversias entre lasempresas, personas y gobiernos. Muchasescuelas también tienen programas deresolución de conflictos para resolverargumentos entre estudiantes o, a veces,entre estudiantes y profesores. Variastécnicas de resolución se explican a con-tinuación. Además de estas, un “juicioabreviado” que incluye un panel de seispersonas que forman un jurado, emiteun consultivo, no vinculante, y ladecisión puede o no ser emplea en algu-nas cortes.

ArbitrajeUna de las técnicas utilizadas para

resolver las controversias sin acudir a lascortes es el arbitraje. A menudo, dosempresas o personas que firman un con-trato estarán de acuerdo en quecualquier controversia que surja delcontrato será decidido por un árbitroneutral. Un árbitro de béisbol es unbuen ejemplo de un árbitro: losjugadores no siempre les gusta ladecisión del árbitro, pero de acuerdocon las reglas del juego aceptan ladecisión. Arbitraje también puede serparte de un programa formal de corte deprimera instancia de la solución alterna-tiva de disputas.

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MediaciónMediación, otra técnica ADR, se uti-

liza cuando las partes acuerdan quealguien puede ayudarles a resolver susconflictos. Las partes y sus abogados sereunen con una parte neutral, que estácapacitada para ayudarles en la resolu-ción de su controversia. La mediación sedistingue del arbitraje en que el árbitrotiene la autoridad para tomar unadecisión final, mientras que el mediadorno.

Las partes involucradas en la contro-versia eligen cuánto poder le darán almediador y eligen quién será esa per-sona. La mediación permite que laspartes participen en la redacción de laresolución del conflicto. En lamediación, por lo general no se llega aun acuerdo a menos que todas las partesestén de acuerdo.

Programas de ADR en elDistrito de Columbia

El Distrito de Columbia tiene unaamplia gama de opciones disponibles deprogramas ADR. Como se mencionóanteriormente, la Corte Superior del DCincluye la División de Resolución deDisputas. Su objetivo es ayudar a laspartes a llegar a acuerdos que satisfagansus intereses, preservar las relaciones, y aahorrar tiempo y dinero. Los medi-adores y especialistas pueden propor-cionar servicios de resolución alternati-va de controversias en una amplia gamade asuntos, incluyendo derechos civiles,menor cuantía, familiares, testamen-tarias, de impuestos, propietario einquilino, y la protección de menores.

Cualquier residente del Distrito deColumbia, hayan o no presentado uncaso en corte, es elegible para los servi-cios de forma gratuita. Cualquier con-troversia debe ser llevada al Programa deInformación y Referencia de laComunidad, controversias familiaresdeben llevarse directamente alPrograma de Mediación Familiar.Similarmente, reclamos civiles y de can-tidades monetarias menores deben ser

presentados en la corte antes de partici-par en la mediación.

Para obtener más información, llamea la División de Resolución de Disputasal (202) 879-1549, visite sus oficinas enla Corte Superior del Distrito deColumbia, o si tiene acceso a Internetvaya a su sitio web:http://www.dccourts.gov/dccourts/superior/multi/

Programas de ADR enMaryland

La Oficina de Mediación y deResolución de Conflictos de Maryland(MACRO) es un organismo que trabajaen estrecha colaboración con el sistemajudicial para proporcionar recursosADR para el estado. MACRO, junto conlas cortes de Maryland, alienta a los pro-gramas innovadores de resolución dedisputas y trabaja en promover de la uti-lización de programas de ADR en todoslos ámbitos. Procesos ADR estándisponibles en la mayoría de las cortesde Maryland.

Todas las cortes de circuito tienenprogramas de mediación familiar paracasos de custodia y visita. Además, algu-nas cortes de circuito también tienenprogramas de mediación civil para cues-tiones de propiedad en los casos dedivorcio, así como determinados tiposde casos civiles, contractuales, lesionespersonales, y temas de empleo.

Las cortes de distrito ofrecen progra-mas de ADR para los casos presentadosen esa corte, y todos los programas songratuitos para los participantes. Lainformación sobre la disponibilidad deservicios de resolución de disputas,tanto dentro como fuera de las cortes, seencuentra disponible llamando aMACRO al teléfono 410-841-2260 o vis-itando su página web, http://www.mary-landmacro.org.

Programas de ADR en VirginiaEl Departamento de Servicios de

Resolución de Disputas de Virginia esdonde todos los programas ADR han

sido centralizados en el esquema de larama judicial del sistema de gobierno deVirginia. La mediación no es obligatoriaen el estado de Virginia, pero la leyestatal autoriza a los jueces a remitirciertos asuntos civiles de resolución dedisputas a una sesión de orientación.Esta reunión informativa permite aambas partes a obtener más informa-ción sobre la mediación para que con-sideren la posibilidad y conveniencia dedichos programas. Es posible dejar departicipar en la sesión de orientación, yaque no es obligatoria, y al mismo tiem-po optar por no llevar a cabo una res-olución de su caso. Muchas, pero notodas las cortes en Virginia ofrecen losprogramas de ADR.

La Oficina del Secretario Ejecutivo dela Corte Suprema de Virginia premiacontratos de mediación a mediadores entodo el estado para ofrecer la mediaciónlibre de costo alguno. Contratos demediación han tenido éxito en la intro-ducción de la mediación en las cortes, yel proceso de los jueces a referir casosapropiados a una sesión de orientación,ofrece sin costo a los usuarios serviciosde mediación del sistema de cortes deVirginia.

Muchas cortes del Sistema Judicial deVirginia llevan a cabo con éxito inno-vadores programas de ADR. Para obten-er más información acerca de los pro-gramas de ADR en su corte local, con-tacte con la corte o directamente con elDepartamento de Servicios deResolución de Disputas al 804-371-6064o visite su sitio web enhttp://www.courts.state.va.us/drs/.

22

ACCIÓN PENAL

Cuando un delito es cometido, no sólo se perjudica a la víctima, pero tam-

bién a la comunidad. Por lo tanto, en los casos penales, el gobierno aporta

los cargos contra el acusado, y un abogado que representa al gobierno

enjuicia el caso. En Maryland y Virginia, el fiscal es un miembro de la

Oficina de la Fiscalía de Distrito. En el Distrito de Columbia, un fiscal fed-

eral de la Oficina de Fiscales Federales, o un fiscal de la Oficina del Fiscal

General del Distrito de Columbia enjuicia el caso.

Un miembro de la comunidad puede involucrarse en un caso penal de

diversas maneras, no sólo como acusado, pero también como víctima, en

cuyo caso desempeñaría un papel clave en el juicio, como un testigo llama-

do por la defensa, o bien, como miembro del jurado.

Los acusados en casos penales tienen importantes derechos que les garan-

tiza la Constitución del país. Uno de estos derechos es la presunción de que

personas acusadas son inocentes hasta que su culpabilidad sea admitida o

comprobada más allá de una duda razonable en una corte de justicia. En un

caso penal, el acusado también tiene el derecho constitucional de ser rep-

resentado por un abogado. Los acusados pueden contratar sus propios

abogados o, si el acusado carece de la capacidad financiera para contratar a

un abogado, el juez nombrará a uno. Esto sólo sucede en acciones penales

y no en acciones civiles.

INTRODUCCIÓN

Procedimiento PenalEn los sistemas estatales y federales

existe un sistema de proceso para quecasos penales se muevan con fluidez en el sistema comenzando con el arrestoy terminando en la sentencia.Simplemente el proceso es dividido encinco fases: (1) arresto, (2) acusación formal, (3) presentación de cargos, (4)juicio y (5) sentencia.

En muchos puntos a través del proce-so, el caso puede ser cesado o dar porfinalizado (arreglo entre abogados).Porque muchos acusados se declaranculpables antes de juicio, solo unpequeño porcentaje de casos penalesalcanzan un juicio en corte.

Procedimiento de ArrestoEl procedimiento consiste en la

detención formal, la ficha y lapreparación del documento de cargos.

ArrestoEl proceso de la justicia penal

empieza normalmente cuando una per-sona es detenida porque existen motivospara creer que se ha cometido un delito,o debido a una orden de detención hasido ordenado el arresto de la persona.La orden también puede ser emitida araíz de una acusación por un gran jura-do o de una “información”, que es undocumento de cargos, presentada por elfiscal que alega que se ha cometido unhecho ilícito.

En algunos casos, en la que sólo vio-laciónes menores suceden, el acusado espuesto en libertad por medio de una lib-ertad bajo citacion especificando la fechay la hora para aparecer en una corte des-ignada. Para delitos más graves, los acu-sados son llevados a una instalación dedetención (estación de policía, o juzga-do, dependiendo de la zona) para serprocesados.

23

FichaEl acusado da sus huellas digitales

durante el proceso de ficha, o cuando es“fichado,” y un esfuerzo es hecho paradeterminar la verdadera identidad delindividuo y su historia criminal.

Durante el tiempo que se tarda enobtener los antecedentes penales, la per-sona puede ser entrevistada acerca decosas tales como su empleo, su familia,su dirección, y otras cosas que la policíacrea importantes. Esta información,junto con los registros de antecedentespenales, es más tarde puesto a disposi-ción del juez y los abogados para su usoen la comparecencia inicial del acusado yla audiencia para dictar fianza.

QuejaUna “queja” o un documento de

“información,” son los documentoslegales para informar al acusado de loscargos que se han presentado contra él.Los hechos en que la denuncia es basadase presenta, bajo juramento, por el ofi-cial de policía basada en la informaciónde la queja del testigo.

Comparecencia InicialDespués de que la queja haya sido

formulada basada en la decisión del fis-cal de presentar cargos contra el acusa-do, la queja se envía a la sección deprocesamiento de la corte. El acusadoentonces aparece ante la corte porprimera vez. Esta comparecencia inicialpuede tener diferentes nombres endiferentes jurisdicciones de la nación.Durante esta etapa, el acusado es llama-do ante un juez o un magistrado y esformalmente notificado de los cargoscontra él. También, durante esta primeracomparecencia, el juez determina sidebe o no darle libertad a espera deljuicio o la disposición de los cargo(s).

Si el juez decide no detener al acusa-do, es puesto en libertad bajo fianza(garantías pagadas por el acusado ante lacorte para asegurar comparecencia en eljuicio, cuando el dinero será devuelto), o

por medio de libertad provisional bajopalabra (ROR), o bajo custodia de otrapersona. En esta audiencia el juez tam-bién se asegurará de que el acusadotenga un abogado. Si el acusado nopuede contratar a un abogado, el jueznombrará a uno para representar al acu-sado durante todos los procedimientosrelacionados con su(s) cargo(s).

Audiencia PreliminarCuando una denuncia de un delito

grave denuncia se presenta ante la corte,un juez tiene la oportunidad de decidirsi hay o no “causa probable” para creerque el acusado cometió el crimen. Si eljuez decide que no existe causa proba-ble, los cargos se expulsan. En caso con-trario, cuando el caso se refiere a un deli-to grave, un gran jurado decidirá si haypruebas suficientes para llevar al acusa-do a juicio. Si el acusado renuncia alderecho de una audiencia preliminar, elcaso pasará directamente a la gran jura-do.

AcusaciónUna acusación, se hace por el gran

jurado en casos de delito grave. El granjurado es un grupo de ciudadanos queexaminan pruebas del fiscal y deciden sicausa probable para creer que se hacometido un crimen y de que, al mismotiempo, existe causa probable para creerque el acusado cometió dicho crimen. Elgran jurado se reune en secreto y sólo elfiscal tiene derecho a presentar pruebas.

Como el párrafo anterior declaró, siel gran jurado cree que existen motivosrazonables, osea una causa probable,para pensar que una persona cometióun delito, devuelve una acusación. Si elgran jurado considera que no hay prue-bas suficientes para acusar a una per-sona, pueden decidir no presentar unaacusación en contra del acusado. Si sepresenta una acusación, el acusado seránotificado de la presentación de cargosen corte, según la gravedad de laacusación.

24

Si el gran jurado llega a la conclusiónde que los cargos de delito grave noestán justificados, el fiscal puede decidirpresentar cargos de un delito menor. Elfiscal podrá emitir una información enlugar de una acusación. El fiscalentonces podria simplemente archivar lainformación en la corte, y el juez pro-nunciarse sobre la capacidad de la fis-calía para llevar a cabo el juicio.

Presentación de Cargo(s)Los procedimientos coatorios penales

se producen después de que un granjurado presente una acusación. Al acusa-do se le informa oficialmente de los car-gos y se le pide que se declare “culpable”o “no culpable.” El acusado tambiénpuede invocar nolo contendere, que tieneun muy similar efecto jurídico que unadeclaración de culpabilidad. Si el acusa-do aboga por no culpable en la audien-cia de presentación de cargos, tambiénllamada vista incoatoria, el juez decidirási el acusado debe ser detenido hasta eljuicio, ponerlo en libertad bajo fianza, obajo libertad provisional bajo su pal-abra.

En muchos casos, el fiscal ofrecerá alacusado la oportunidad de declararseculpable de una acusación de carácterpenal menos grave. Esta práctica, cono-cida como “negociación,” se ha desarrol-lado en parte como respuesta a los prob-lemas prácticos de procesar un grannúmero de casos. El acusado se declaraculpable y debe hacerlo voluntaria-mente. El juez debe entrevistar al acusa-do en audiencia pública para el récordoficial de los procedimientos para deter-minar si la declaración fue voluntaria.

La corte generalmente planifica una“conferencia previa al juicio” o “audien-cia de estado actual” que se celebra conel juez, el abogado defensor, y el fiscal.Antes de esta conferencia, las partespueden participar en negociación, o elfiscal puede decidir expulsar los cargos.En caso de que un resultado negociadono pueda ser alcanzado, el caso es asig-nado una fecha para el juicio.

Mociones y Audiencias Previas al Juicio

A menudo, el juez celebrará unaaudiencia en la corte para determinar sila detención y / o la incautación de laspruebas fue adecuada o declaracioneshechas a la policía se hicieron voluntari-amente. El abogado defensor que deseeeste tipo de audiencia debe hacer unamoción solicitando que se celebre. Estaaudiencia general se lleva a cabo antesdel juicio y se conoce como “audienciaprevia al juicio.”

Las audiencias más comunes serefieran a cuestiones de si ciertas prue-bas deben mantenerse fuera del juicio.Pruebas obtenidas inconstitucional-mente, por ejemplo obtenidas pormedio de un registro sin una “orden deregistro” de un juez, no pueden ser con-sideradas en el juicio por el juez o eljurado. Por lo tanto, cuando el abogadodefensor considera que las pruebas quese utilizarán en contra del acusadofueron obtenidas ilegalmente, el aboga-do presentará una moción pidiendo aljuez que mantenga las pruebas fuera deljuicio. Abogados de ambas partespueden hacer mociones que buscanrecursos legales o aclaración antes,durante y después de un juicio.

JuicioSi el caso no es despedido o resuelto

durante las etapas previas al juicio y elacusado no se declara culpable, el casoirá a juicio. Dependiendo del cargo y delos deseos del acusado, el juicio puedeser escuchado por un jurado o por unjuez sin jurado.

Un jurado se selecciona en función deun proceso llamado “voir dire”, tal ycomo se explica en la sección anteriorsobre el servicio de jurado. El juradoescucha los hechos del caso, examina laspruebas, y decide si todo esto apoya laconclusión de que el acusado cometió eldelito. En un caso penal el jurado debepor unanimidad acordar que el acusadoes culpable de la acusación “más allá deuna duda razonable.”

SentenciaSi el juez o el jurado llega a un vere-

dicto de culpabilidad, o si el acusado seha declarado culpable de la acusación,el acusado será sentenciado. Un acusa-do que es culpable de un delito menor,después de un juicio o de unadeclaración de culpabilidad, a veces essentenciado por el juez de inmediato.En caso de que un veredicto de culpa-bilidad se alcancea en un caso de undelito grave, la sentencia es determina-da por el juez en otra audiencia.

Dependiendo de cuales leyes fueronvioladas (estatales o federales), hay unaserie de sentencias, o condenas, pordelitos graves y delitos menores. El juezdetermina la condena correspondientedespués de reunirse con el fiscal, el abo-gado defensor, el acusado, y tras con-siderar un informe pre-condenatorio.No obstante, el juez no está obligado aseguir las recomendaciones delinforme pre-condenatorio.

Si un acusado que es culpable de undelito grave, tiene una o más condenasprevias de delito(s) grave(s), o si la con-dena es por determinados delitos, lasleyes estatales y federales, ofrecen con-denas mínimas de prisión de diversaduración. Estas condenas dependen dela gravedad del delito y losantecedentes penales del acusado.

25

PROCEDIMIENTOS JUVENILES

Las audiencias de delincuencia juvenil son similares a las audiencias

penales de adultos, salvo que el procedimiento está cerrado al público y un

jurado no está presente. Un menor tiene muchos de los mismos derechos

en la corte como un adulto, por ejemplo, el derecho a un juicio en corte; el

derecho a que los cargos sean demostrados más allá de una “duda razon-

able;” el derecho de excluir cualquier cosa encontrada durante un registro

ilegal sin orden de registro de corte; y el derecho a un abogado. Asimismo,

los menores no tienen que responder preguntas en cualquier momento o

lugar, incluida la comisaría de policía, si su abogado no está presente.

PROCEDIMIENTOSJUVENILES

Procedimientos Previos al Juicio

Después del arresto, un menor esdetenido en instalaciones para menoresy no en una cárcel para adultos. Si elmenor es puesto en libertad, se le daráuna fecha para regresar a la corte parahablar con un oficial de la corte demenores. Este funcionario entrevista almenor de edad y puede sugerir que elcaso se desestime. Después de la entre-vista, se fijará una fecha para una audi-encia.

Si un menor es detenido la noche,será llevado a corte el siguiente día parauna audiencia. En la audiencia inicial, eljuez le explicará los cargos y fijará lafecha del juicio. El juez también decidirási el menor puede ser liberado hasta lafecha del juicio bajo la supervisión desus padres o de un guardián.

Alternativas a JuicioMuchos casos de delincuencia juvenil

son eliminados sin ir a juicio. Un méto-do que se llama un Decreto deConsentimiento se ofrece habitualmentea acusados de un delito menor que sondetenidos por primera vez. Si se le ofreceun Decreto de Consentimiento, elmenor es puesto en libertad probatoriasin ningún tipo de mención o admisiónde culpabilidad. Si el menor evitainvolucrarse en más problemas duranteel período de libertad probatoria, los

cargos se desestimarán. Sin embargo, siel menor se involucra más problemas,los cargos se reestablecerán y el joventendrá que ser juzgado.

Otra posibilidad es que los cargospueden ser expulsados si el menor com-pleta lo que se conoce como un progra-ma de desvío. En este caso, el caso no iríaa juicio. Al menor se le pide que devuel-va los bienes robados, pague por losbienes destruidos, participe en algúntipo de trabajo de voluntariado o pro-grama de tratamiento, o cualquier otracosa que el juez sugiera.

Una última alternativa a juicio esdeclarándose culpable. En estasituación, un juicio no es necesariodebido a que el menor admite el acto.

JuicioSi se siguen los pasos hacia un juicio,

el fiscal presentará su caso contra eljoven. Al igual que en un juicio paraadultos, el gobierno, por medio del fis-cal, debe comprobar culpabilidad másallá de una duda razonable. En un juiciopara menores de edad, el juez decide si elmenor es o no culpable.

Si es declarado culpable, el menorcomparecerá ante el juez de nuevo parauna audiencia de disposición.Disposición es otra palabra para senten-cia.

26

DisposiciónEl juez de la corte de menores tiene

una amplia gama de alternativas a sudisposición en los casos de menores deedad. El juez depende en gran medidadel récord criminal (si existe alguno) deljoven, la historia social, física y mental, ycircunstancias familiares. Los hechos ylas circunstancias de los hechos por losque el joven fue condenado también sonconsiderados por la juez, incluida lagravedad de la ofensa y otros factoresque ayudan al juez a determinar la mejordisposición para el joven.

Si el menor se encuentra en libertadcondicional bajo la supervisión de unconsejero de libertad vigilada, el menory sus padres deben colaborar con el con-sejero de libertad vigilada y obedecer alas condiciones de libertad condicionalformulada por la corte en el momentode la enajenación. Los padres tambiénpueden ser ordenados por la corte a par-ticipar en programas de asesoramiento oprogramas de tratamiento que la cortepuede indicar. En determinadas circun-stancias, los padres o guardianes, si seencuentran en violación de las condi-ciones que figuran en la orden judicialpueden ser objetos a penalizaciones y/oencarcelamiento. Violaciónes de libertadpor menores pueden hacer a que el juezaumente la supervisión de la libertadcondicional.

27

CÓMO ENCONTRAR A UN ABOGADO

Hay muchas fuentes para utilizar en la búsqueda de un abogado. Las

recomendaciones de amigos y asociados son a menudo útiles. Es buena

idea preguntarles a estas personas primero. Dependiendo del tipo del caso,

civil o penal, y de los recursos financieros disponibles, puede que un abo-

gado de un bufete privado tenga más sentido, o es posible que desee pon-

erse en contacto con una clínica de una escuela de derecho, una organi-

zación de asistencia jurídica, o el colegio de abogados (bar association) de

su ciudad o estado. Estos grupos probablemente no recomendarán un abo-

gado sobre otro, pero le dará una lista de abogados competentes para que

usted elija uno para su caso. Los abogados también están en diversas guías

telefónicas, y muchos anuncian en el “Directorio de Profesionales” de per-

iódicos locales.

DISTRITO DE COLUMBIAEl Colegio de Abogados del Distrito

de Columbia, al que los abogados quepractican en DC deben pertenecer,ofrece algunos servicios útiles para elpúblico, incluida una línea telefónica deinformación jurídica, que es un sistemaautomatizado de mensajes que ofreceinformación básica sobre más de 30temas jurídicos, cómo encontrar unabogado, y la disponibilidad de serviciosjurídicos gratuitos en el Distrito deColumbia. Esta línea de ayuda estáabierta todo el día, y la información estádisponible en inglés y español. La líneade ayuda es (202) 626-3499.

El Programa Pro Bono del Colegio deAbogados de Washington, DC tambiénasesora y refiere por medio de su clínica,que es gratis y abierto al público. Paraobtener información sobre los horariosy lugares de esta y otras clínicas públicasy centros de recursos legales en elDistrito de Columbia, visite el sitio weben: www.dcbar.org o llame al (202) 737-4700 o al número telefónico gratuito 1(877) 333 -2227. La página web ofreceinformación útil acerca de programaslocales, clínicas de asesoramiento jurídi-co público, patrocinado por recursosjudiciales y otros recursos legales quepuede ser de ayuda jurídica a personascon preguntas o inquietudes.

La Clínica de Asesoramiento y deRemisión del Programa Pro Bono delColegio de Abogados de Washington,DC puede ser alcanzado en (202) 331-4365.

A continuación encontrará informa-ción de organizaciones que ofrecenasesoramiento jurídico en Distrito deColumbia, Maryland y Virginia. Estasorganizaciones ofrecen asesoramientode personas que le ayudan a identificar siexiste o no una cuestión jurídica y, másimportante, qué tipo de ayuda necesi-taría. Si necesita un abogado, estas orga-nizaciones le ayudarán a encontrar unoque le dará una cita por una cantidadmonetaria.

DISTRITO DE COLUMBIA

BAR ASSOCIATION OF THE

DISTRICT OF COLUMBIA LAWYER

REFERRAL SERVICE(202) 296-7845

Web: www.badc.org

MARYLAND

MARYLAND LEGAL AID SOCIETY(410) 951-7777 or

(800) 999-8904

Web: www.mdelab.org/

28

MARYLAND VOLUNTEER

LAWYERS SERVICE(410) 547-6537 en Baltimore

(800) 510-0050

Web:

http://www.mvlslaw.org/index.htm

ANNE ARUNDEL BAR ASSOCIATION

(CONDADO DE ANNE ARUNDEL)(410) 280-6961

Web: www.aabar.org/find.html

BAR ASSOCIATION OF

BALTIMORE CITY

(CUBRE TODO EL ESTADO)(410)539-3112

Web: www.baltimorebar.org

BALTIMORE COUNTY LAWYER

REFERRAL SERVICE

(CONDADO DE BALTIMORE)(410) 337-9100

Web: www.bcba.org/

BAR ASSOCIATION OF MONTGOMERY

COUNTY LAWYER REFERRAL SERVICE(301) 279-9100

Web: www.montbar.org/

CARROLL AND FREDERICK COUNTIES

LAWYER REFERRAL AND

INFORMATION SERVICE

(CONDADOS DE CARROLL,FREDERICK Y WASHINGTON)(410) 857-1451

(800) 649-1090

(Sólo dentro de Maryland)

HOWARD COUNTY BAR ASSOCIATION

LAWYER REFERRAL SERVICE

(CONDADO DE HOWARD)(410) 313-2030

Web: www.howardcountybar.org/

PRINCE GEORGE’S COUNTY BAR

ASSOCIATION LAWYER REFERRAL

SERVICE

(PRINCE GEORGE’S, CALVERT,CHARLES AND ST. MARY’S COUNTIES)(301) 952-1440

(301) 952-1441

1 (866) 757-7785

Web: www.pgcba.com/

VIRGINIA

VIRGINIA LAWYER REFERRAL SERVICE(804) 775-0808

Web: www.vsb.org/vlrs.html

FAIRFAX BAR ASSOCIATION

LAWYER REFERRAL AND

INFORMATION SERVICE(703) 246-3780

Web: www.fairfaxbar.org

ALEXANDRIA BAR ASSOCIATION

LAWYER REFERRAL SERVICE(703) 548-1105

Web: www.alexandriabarassoc.com

ARLINGTON BAR ASSOCIATION

LAWYER REFERRAL SERVICE(703) 228-3390

Web:

adams.patriot.net/ncrouch/lrs.html

VIRGINIA LEGAL AID SOCIETYToll-free 866-534-5243

Web: www.vlas.org/

ASISTENCIA JURÍDICA PARAPERSONAS DE BAJOSINGRESOS

La siguiente es una lista de organiza-ciones que ofrecen servicios jurídicosgratis o de bajo costo para personas quecumplan con requisitos de elegibilidadcomo bajos ingresos. Si usted necesitaun abogado, pero siente que no puedepermitirse el lujo de pagar, hay progra-mas que evalúan sus ingresos y ofrecenasistencia jurídica si cumple con los req-uisitos.

DISTRITO DE COLUMBIA

NEIGHBORHOOD LEGAL

SERVICES PROGRAMWeb: www.nlsp.org

Oficina del Noroeste y Noreste

(202) 682-2700

Oficina del Suroeste y Sureste

(202) 678-2000

LEGAL AID SOCIETY OF

THE DISTRCT OF COLUMBIANoroeste de la ciudad

(202) 628-1161

Sureste de la ciudadr

(202) 436-3077

29

AARP LEGAL COUNSEL FOR

THE ELDERLY601 E Street, NW

Washington, DC 20049

(202) 434-2170

ARCHDIOCESAN LEGAL NETWORK924 G Street, NW

Washington, DC 20001

(202) 772-4325

MARYLAND

MARYLAND LEGAL AID SOCIETY(410) 951-7777

(800) 999-8904

Web: www.mdlab.org

MARYLAND VOLUNTEER

LAWYERS SERVICE(410) 547-6537 en Baltimore

(800) 510-0050

Web: www.mvlslaw.org

VIRGINIA

VIRGINIA LEGAL AID SOCIETY(866) 534-5243

Web: www.vlas.org

DIRECTORIO DE LAS CORTES

CORTES FEDERALESSUPREME COURT OF THEUNITED STATES1 First Street, N.E.Washington, D.C. 20543(202) 479-3000(202) 479-3211Web: www.supremecourtus.gov/

UNITED STATES COURT OFAPPEALS FOR THE DISTRICT OFCOLUMBIA CIRCUITUnited States Courthouse333 Constitution Avenue, N.W.Washington, D.C. 20001(202) 216-7000Web: www.cadc.uscourts.gov/

UNITED STATES COURT OF APPEALSFOR THE FEDERAL CIRCUITThe National Courts Building717 Madison Place, N.W.Washington, D.C. 20439(202) 633-6550Web: www.fedcir.gov/

UNITED STATES DISTRICT COURTFOR THE DISTRICT OF COLUMBIAUnited States Courthouse333 Constitution Avenue, N.W.Washington, D.C. 20001(202) 354-3000Web: www.dcd.uscourts.gov/

SISTEMA DE CORTES DELDISTRITO DE COLUMBIADISTRICT OF COLUMBIA COURTS(202) 879-1010Web: www.dccourts.gov

DISTRICT OF COLUMBIA COURTOF APPEALSMoultrie Courthouse500 Indiana Avenue, N.W., 6 th FloorWashington, D.C. 20001(202) 879-2700(202) 879-2725(202) 626-8843Web: www.dcappeals.gov/dccourts/appeals/index.jsp

SUPERIOR COURT OF THEDISTRICT OF COLUMBIAMoultrie Courthouse500 Indiana Avenue, N.W., Washington, D.C. 20001(202) 879-1010(202) 879-1400TDD (202) 879-1232

Servicios de Interpretación (202)879-4828División Civil (202) 879-1133División Penal (202) 879 1373Corte Familiar (202) 879-1633Mediación (202) 879-1549División Testamentaria y deSucesiones (202) 879-1499División de Servicios Sociales (202) 508-1900Reclamos Pequeños (202) 879-1120División de Impuestos (202) 879-1737Web:www.dccourts.gov/dccourts/superior/index.jsp

SISTEMA DE CORTES DEL ESTADO DE MARYLANDUNITED STATES DISTRICT COURTFOR THE DISTRICT OF MARYLANDBaltimore Division101 W. Lombard StreetBaltimore, MD 21201Office of the Clerk (410) 962-2600Greenbelt Division6500 Cherrywood LaneGreenbelt, MD 20770Office of the Clerk (301) 344-0660Web: www.mdd.uscourts.gov

SISTEMA DE CORTES DEL ESTADO DE VIRGINIAUNITED STATES COURT OF APPEALSFOR THE FOURTH CIRCUIT

US COURTHOUSE1100 East Main StreetRichmond, VA 23219Office of the Clerk (804) 916-2700Web: www.ca4.uscourts.gov

UNITED STATES DISTRICT COURTFOR THE EASTERN DISTRICT OFVIRGINIAAlexandria Division401 Courthouse SquareAlexandria, VA 22314Office of the Clerk: (703) 299-2100Web: http://www.vaed.uscourts.gov

CORTES ESTATALESDISTRITO DE COLUMBIADISTRICT OF COLUMBIA COURTS(202) 879-1010Web: www.dccourts.gov

DISTRICT OF COLUMBIA COURT OFAPPEALSMoultrie Courthouse500 Indiana Avenue, N.W., 6th FloorWashington, D.C. 20001(202) 879-2700(202) 879-2725TTY (202) 626-8843

SUPERIOR COURT OF THEDISTRICT OF COLUMBIAMoultrie Courthouse500 Indiana Avenue, N.W., Room 2500Washington, D.C. 20001(202) 879-1010(202) 879-1400TDD (202) 879-1232

MARYLANDMARYLAND COURT OF APPEALSCourt of Appeals Building361 Rowe BoulevardAnnapolis, MD 21401(410) 260-1500(800) 926-2583TTY (410) 260-1554Web: www.courts.state.md.us/coappeals/

MARYLAND COURT OF SPECIAL APPEALSCourt of Appeals Building361 Rowe BoulevardAnnapolis, MD 21401(410) 260-1450Web:www.courts.state.md.us/cosalist.html

CIRCUIT COURT FORMONTGOMERY COUNTYJudicial Center50 Maryland AvenueRockville, MD 20850(301) 217-7063(240) 777-9400Web: www.courts.state.md.us/mont-gomery.html

CIRCUIT COURT FORPRINCE GEORGE’S COUNTYCourthouse14735 Main StreetUpper Marlboro, MD 20772(301) 952-3655Web:www.courts.state.md.us/pgeorges.html

DISTRICT COURT OF MARYLAND(2 LOCALIDADES)District #6 (Condado de Montgomery)District Court Building27 Courthouse SquareRockville, MD 20850-2325

30

(301) 279-1500(800) 944-1341(301) 279-1565TTY (301) 279-12868552 Second AvenueSilver Spring, MD 20910-3405(301) 563-8500(800) 944-1341TTY 301-563-8501(866) 873-9785Web:www.courts.state.md.us/district/directories/courtmap.html#montgomery

DISTRICT COURT OF MARYLAND(2 LOCATIONS)District # 5 (Prince George’s County)Courthouse, Bourne Wing14735 Main StreetUpper Marlboro, MD 20772(301) 952-4080(800) 943-8853(301) 699-2766TTY (301) 952-37194990 Rhode Island AvenueHyattsville, MD 20781(301) 699-2766(800) 943-8853TTY (301) 699-2686Web:www.courts.state.md.us/district/directories/courtmap.html#princege-orges

ORPHAN’S COURT FOR PRINCEGEORGE’S COUNTYCourthouse5303 Chrysler WayUpper Marlboro, MD 20773(301) 952-3790Web:www.co.pg.md.us/Government/JudicialBranch/orphans.asp?h=20&s=&n=70

VIRGINIAVIRGINIA SUPREME COURTSupreme Court Building100 North 9th StreetRichmond, VA 23218-1315(804) 786-2251Web:www.courts.state.va.us/scov/cover.htm

VIRGINIA COURT OF APPEALS109 North 8th StreetRichmond, VA 23219-2321(804) 371-8428Web:www.courts.state.va.us/coa/coa.htm

CIRCUIT COURT FOR THECITY OF ALEXANDRIA520 King StreetAlexandria, VA 22314

(703) 838-4044Web: www.courts.state.va.us/courts/cir-cuit/Alexandria/home.html

CIRCUIT COURT FORARLINGTON COUNTY1425 North Courthouse Road, Suite 6700Arlington County Justice CenterArlington, VA 22201(703) 228-7010(703) 228-4399Web: www.courts.state.va.us/courts/cir-cuit/Arlington/home.html

CIRCUIT COURT FOR FAIRFAX COUNTY4110 Chain Bridge RoadFairfax, VA 22030(703) 246-4111(703) 691-7320Web: www.fairfaxcounty.gov/courts/circuit/

ALEXANDRIA CITY GENERALDISTRICT COURT520 King Street, Second FloorFranklin P. Backus CourthouseAlexandria, VA 22320(703) 838-4041(703) 838-4030Web:www.courts.state.va.us/courts/gd/Alexandria/home.html

ALEXANDRIA CITY JUVENILEAND DOMESTIC RELATIONSDISTRICT COURTP.O. Box 21461520 King StreetAlexandria, VA 22320(703) 838-4141Web:www.courts.state.va.us/courts/jdr/Alexandria/home.html

ARLINGTON COUNTY GENERALDISTRICT COURT17th Judicial District1425 North Courthouse Road, Suite 2400Arlington County Justice CenterArlington, VA 22201(703) 228-7900Web:www.courts.state.va.us/courts/gd/Arlington/home.html

ARLINGTON COUNTY JUVENILE ANDDOMESTIC RELATIONS DISTRICTCOURT17th Judicial District1425 North Courthouse Road, Suite 4100Arlington County Justice CenterArlington, VA 22201

(703) 228-4495Web:www.courts.state.va.us/courts/jdr/Arlington/home.html

FAIRFAX COUNTY GENERALDISTRICT COURT19th Judicial District4110 Chain Bridge RoadFairfax, VA 22030(703) 246-2153(703) 246-3764Web: www.fairfaxcounty.gov/courts/gendist/

FAIRFAX COUNTY JUVENILEAND DOMESTIC RELATIONSDISTRICT COURT19th Judicial District4000 Chain Bridge RoadFairfax, VA 22030(703) 246-3367Web: www.fairfaxcounty.gov/courts/jdr/

CITY OF FAIRFAX GENERALDISTRICT COURT10455 Armstrong Street Room 304Fairfax, VA 22030(703) 385-7866(703) 385-7867Web:www.courts.state.va.us/courts/gd/Fairfax_City/home.html

FALLS CHURCH CITY DISTRICT COURT300 Park AvenueFalls Church, VA 22046General District Court (including Civil)(703) 248-5098Juvenile and Domestic RelationsDistrict Court (703) 248-5099Traffic/Criminal Court (703) 248-5096Small Claims Court (703) 248-5157Web:www.courts.state.va.us/courts/com-bined/Falls_Church/home.html

PRINCE WILLIAM COUNTY DISTRICTCOURT9311 Lee AvenueManassas, VA 20110General District Court (703) 792-6141Juvenile and Domestic Relations Court(703) 792-6160Web:www.courts.state.va.us/courts/gd/Prince_William/home.html

31

GLOSARIO DE TÉRMINOSLEGALES

ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO:

Un abogado empleado por el gobierno

para representar a acusados que no

pueden proporcionar para pagar por

un abogado.

ABSOLUCION: Un hallazgo de no cul-

pable.

ACCION: El acto o la disputa que está

antes de la corte para la resolución.

ACUSACION: Cargos contra un acu-

sado/a.

ACUSADO: Persona cargada en come-

ter un crimen.

ACUSADOR: El abogado empleado

por el gobierno en un caso criminal; un

EE.UU. Ayudantes. El abogado o para

el Distrito de Columbia, el Consejo

Ayudante de la Corporación.

ADVERTENCIA de MIRANDA: el

Requisito de la policía para informar

un sospechoso tomado en la custodia

de su derecho a un abogado y que

él/ella tiene el correcto para negarse a

contestar que cualquiera pregunta pre-

guntado por la policía.

ALINEACION: UN proceso de policía

donde sospechosos son formados fila

para ser identificado por un testigo.

APELACION: Pedida por la parte que

pierde para llevar el caso a una corte

más alta.

ARBITRAJE: El proceso por lo cual

las partes de una disputa deciden que

un intermediario, no la corte, determi-

nará el resultado del caso, con lo cual

es evitando un juicio.

ARRESTO: Tomar en custodia a una

persona sospechada de cometer un

crimen.

AUDIENCIA PRELIMINAR: Una

audiencia anterior al juicio para deter-

minar si hay suficiente evidencia para

presentar a un jurado de acusación.

AUTO-INCRIMINACION: Cuando un

acusado es da testimonio contra él

mismo que lo quizás sujete a la

obligación criminal.

CARGO: Una acusación hecha contra

el acusado/a diciendo que cometió un

crimen especificado.

CAUSA PROBABLE: La cantidad de

la prueba que asciende a una razón

para creer que un crimen se cometió y

que el acusado lo cometió.

CENTRO de la TOMA: UN sistema

para la investigación los casos y

referir a individuos implicaron en

debate.

CITACION: Una nota mandó a una

persona que una acción de Corte ha

sido tomada contra él/ella y que

él/ella debe aparecer en la corte para

contestar a estas cargas.

CONDENAR: Decisión hecha por un

juez o un jurado en un caso criminal

que el acusado es culpable más allá

de una duda razonable del crimen

para que él/ella ha sido tratada.

CONFERENCIA PRE JUICIO: Una

conferencia informal entre los aboga-

dos para ambos lados para clarificar

los asuntos y para procurar trabajar

fuera un arreglo con el juez como un

mediador.

CONTESTACION: La respuesta de

demandante a la contrademanda del

acusado.

CONTRADEMANDA: Un reclamo

que un acusado hace contra el deman-

dante.

CONTRA-RECLAMO: Un reclamo

por un partido contra un co-partido,

no contra personas en el lado opuesto,

surgiendo fuera de la queja original.

32

CRIMEN GRAVE: UN crimen grave

punible por un año o más en una

prisión y/o una multa. Los crímenes

graves incluyen los crímenes tales

como el asesinato, la violación, el robo

con fractura, y el robo.

CRIMEN PRINCIPAL: Delito punible

por la muerte.

CULPABLE: Una declaración hecha

por el acusó que él/ella cometió un

crimen o un juicio hechos por la corte

que el acusado cometió el crimen.

DAÑOS: Dinero concedido por la corte

al partido que sufrió las heridas o una

pérdida debido a los actos o la negli-

gencia ilegales de otro.

DECLARACION: Declaración escrita

jurada por un partido implicado en un

caso.

DECLARACION DE RECLAMO: Los

medios por o por que el claimer

obtiene la posesión de un privilegio o

una cosa.

DECLARACION NO CULPABLE: Una

declaración dada por el acusó 28 afir-

mar que él/ella no cometió el crimen.

DELINCUENTE: Un joven que ha

cometido un acto que sería un crimen

si cometido por un adulto.

DELITO: Un crimen que es menos

grave que un crimen grave y es punible

por un año o menos en cárcel y/o una

multa; es decir, el robo insignificante y

la mayoría de las infracciones del trá-

fico.

DEMANDANTE: La persona que

empieza y archiva una acción civil.

DE NOVO: de nuevo, o un segundo

tiempo. Un "el juicio de novo" es un

segundo juicio.

DEPOSICION: El testimonio de un

testigo no aceptó la corte, pero toma-

do bajo el juramento en la preparación

para un juicio.

DESAFIO PERENTORIO: Una obje-

ción a la selección de un jurado para

que una razón específica no necesita

ser dado.

DESCUBRIMIENTO: El proceso

anterior al juicio por que cada partido

es informado de la evidencia que el

otro partido estará utilizando para

sostener su caso en el juicio.

DESPIDO: La decisión por el juez

para terminar un caso.

DISPOSICION: El sentenciar u otro

arreglo final de un caso criminal.

DUDA RAZONABLE: La cantidad

del presente de la duda en las mentes

de los jurados que permite al acusado

a la absolución; una duda para que

usted puede dar una razón.

EN BANC: UNA vista en la que todos

los jueces de un Corte de apelación

participan.

EQUIDAD: las disputas Civiles que no

implican los premios monetarios. La

equidad se define también

como justicia administrada según la

justicia, como contrastado con las

reglas estrictamente formuladas de

ley no escrita.

ESCRITO DE CERTIORARI: Una

orden al Corte más bajo transmitir un

registro de un caso al Corte de

apelación y para certificarlo como

exacto y completo. Los

Reconocimientos

EVIDENCIA: el Testimonio y los

objetos presentaron en la corte por la

prosecución y la defensa para sosten-

er su caso.

FICHAR: El proceso de fotografiar,

tomar las huellas digitales, y obtener

información de un arrestado.

INFORMACION (la QUEJA de

DELITO, la QUEJA del CRIMEN

GRAVE) : UN documento archivado

por el acusador que explica las

acciones ilegales del acusado y car-

gando formalmente a él/ella con

cometer un crimen.

INTERROGATORIOS: las preguntas

Escritas dadas por un partido en un

pleito al otro partido en el juicio que

se debe contestar bajo el juramento.

JOVEN: Generalmente, cualquier

persona bajo la edad de 18 años.

JOVEN NECESITADO DE SERVI-

CIOS (CHINS): Un joven que ha

cometido cierta acción que, si cometi-

do por adultos, no sería considerado

ofensa criminal; es decir, el ausen-

tismo.

JUICIO: la decisión Final de un pleito

hecho por el juez o el jurado.

JUICIO NULO: Un juicio que se ter-

mina antes un juicio se alcanza o

porque el jurado no pueden decidir la

culpa o la inocencia del acusado o a

caso de algún error encontró en el

juicio.

JUICIO PREDEFINIDO: UN “defec-

to” ocurre cuando un acusado no

implora en un juicio civil dentro del

tiempo permitido, ni falla de aparecer

en el juicio. Un juicio entrado contra

el acusado a caso de esta omisión o el

fracaso se llama un “el juicio pre-

definido.”

JURADO: UN Jurado chico es un

grupo de ciudadanos que han sido

escogidos para oír la evidencia para

un caso legal presentado en la corte y

decide la verdad según la ley y los

hechos presentados. Un Jurado de

acusación es un grupo de ciudadanos

escogidos para investigar ciertas

casos o considerar acusar contra per-

sonas acusadas de cometer un crimen.

33

GLOSARIO DE TÉRMINOSLEGALES

JURISDICCION de DIVERSIDAD:

UN método de tener un caso oyó en

un Corte federal “neutral” antes que

en un Corte del estado.

JURISDICCION GENERAL: las

Controversias que se pueden traer

antes un Corte dentro del legal salta

de derechos y remedios.

JURISDICCION LIMITADA: UN

poder de la corte sobre una acción

gobernada por el estatuto; algunos

cortes han limitado la autoridad o el

poder y la limitación está en términos

de la naturaleza del caso, la cantidad

de la controversia, o del tipo del

crimen cometido.

LIBERACION DE CITACION: El

proceso de liberar el acusado de la

custodia en caso de que implicando

las infracciones criminales secun-

darias.

LIBERTAD CONDICIONAL: Una

orden que permite al acusado a

quedarse fuera de la prisión bajo la

supervisión de un oficial de la libertad

condicional.

MAS ALLA DE UNA DUDA

RAZONABLE: El estándar en un

caso penal necesario para el jurado

para declarar al acusado culpable.

Requiere que la evidencia sea conclu-

siva y quita toda duda razonable de

las mentes de los miembros del jura-

do.

MEDIACION: Proceso utilizado

cuando las partes concuerdan que un

terceros los podrían ayudar se resuel-

ven su conflicto y no, necesariamente,

es la encuadernación en los partidos.

MOVIMIENTO: Un pedido escrito u

oral al juez que pregunta a él/ella

para tomar una decisión o tomar una

acción específica.

MOVIMIENTO del ANUNCIA-

JUICIO: Un movimiento permitió

después de un juicio tal como un

movimiento para un juicio nuevo y un

movimiento para el alivio del juicio.

MOVIMIENTO para DESPEDIR: Un

movimiento antes del juicio hecho por

insuficiencia de las súplicas, del pro-

ceso, etc.

MOVIMIENTO de NOTA: UN

movimiento donde avanza nota se

requiere a ser dado al otro partido.

NOLO CONTENDERE: “yo no lo

refutaré,” es una súplica a un crimen

que no admite la culpa pero tiene el

mismo resultado como una súplica

culpable.

OBJECION: Una acción tomada por

uno de los abogados durante el juicio

en el que ese abogado disiente de

alguna declaración del procedimiento

durante el juicio.

OFENSOR: Una persona que ha sido

condenada de un crimen.

PARTE: UNA persona, la organi-

zación, o el gobierno implicó activa-

mente en la prosecución o la defensa

de un acto legal.

PLEITO: El caso o el pleito; el proce-

so de asentar una disputa entre dos o

más partidos.

PREDOMINE: UNA decisión del juez

en una objeción en la que él no per-

mite la objeción.

PROTOCOLIZACION: Demostrando

la validez de un hace.

QUEJA: El documento formal cuál

partido archiva con la corte para

empezar un pleito civil. Indica los

hechos del caso y la acción que el par-

tido de clasificación desea la corte

para tomar. En el criminal embala la

queja es una declaración escrita de

las cargas contra una persona y los

hechos que constituyen las cargas.

34

RECLAMO de TERCEROS: Una

queja archivada por el acusado contra

una persona no actualmente un par-

tido en el pleito.

RECUSACION PERENTORIA: Una

objeción a la selección de un miembro

del jurado.

REFUTACION: La evidencia dada a

explicar, contrarrestar, o para refutar

los hechos dados por el partido

opuesto.

RESOLUCION DE DISPUTAS DE

MULTI-PUERTA: Un esfuerzo de

transformarse el palacio de justicia

en un centro de la resolución de la

disputa que ofrece a ciudadanos una

variedad de opciones; es decir, el arbi-

traje y mediación.

RESOLUCION ALTERNATIVA de la

DISPUTA (ADR): Una alternativa al

pleito de la sala.

RESPUESTA: Documento formal de

la corte en el que el acusado responde

a y disputa cada una de las alega-

ciones de demandante.

RESTITUCION: Una orden del juez

en un caso criminal que requiere que

el ofensor paga a la víctima para los

daños que la víctima ha sufrido como

resultado del crimen.

SOSTENER: La decisión en una obje-

ción por un juez para sostener la obje-

ción.

SUPLICAS: Una declaración escrita

del hecho y la ley archivados por

ambos partidos en el juicio civil que

resume el argumento de peticionario

o la respuesta de demandado a estas

cargas.

TESTIGO: Una persona que es llama-

da a testificar, en o una declaración

oral o escrita, a lo que él/ella ha visto,

ha oído, o sabe acerca de con respec-

to a los hechos en un criminal o el

caso civil.

TESTIMONIO: Declaraciones hechas

en la corte por testigos que están bajo

el juramento para decir la verdad.

VICTIMA: Un individuo contra quien

una ofensa de civil o el derecho penal,

o una ofensa procurada, se cometió.

VISTA: Un (en) el acto formal seme-

jante a un juicio, con uno o más asun-

tos para ser concordados sobre o

determinados.

VOIR DIRE: El proceso de escoger un

jurado.

35

FUENTES DE INVESTIGACION

ADMINISTRATIVE OFFICE OF THE USCOURTS OFFICE OF PUBLIC AFFAIREWashington, DC 20544202.502.2600Web: www.uscourts.gov

ADMINISTRATIVE OFFICE OF THEMARYLAND COURTSThe Courts of Appeal BuildingAnnapolis, MD 21401

OFFICE OF THE EXECUTIVESECRETARY FOR THE SUPREME COURTOF VIRGINIA100 North 9th Street, 3rd FloorRichmond, VA 23219804.786.6455

EXECUTIVE OFFICE OF THE DISTRICTOF COLUMBIA COURTS500 Indiana Avenue, NWSuite 1500Washington, DC 20001202.879.1700

NATIONAL CENTER FOR STATE COURTSCourt Statistics and InformationManagement Project300 Newport AvenueWilliamsburg, VA 23187

Las siguientes organizaciones ofrecen panfletos educacionales:

THE AMERICAN BAR ASSOCIATIONPublic Education Division750 North Lake Shore DriveChicago, IL 60611

Las publicaciones incluyen:

LAW AND THE COURTS

LANDLORD AND TENANTS

THE AMERICAN LAWYER

EDITORIAL RESEARCH PROJECTS1414 22nd Street, NWWashington, DC 20037202.296.4880

Las publicaciones incluyen:

JUVENILE JUSTICE

THE FEDERAL COURTS

GRAND JURIES

ACCESS TO LEGAL SERVICES

FEDERAL JUDICIAL CENTER

DOLLEY MADISON HOUSE1520 H Street, NWWashington, DC 20005

36

CMC desea reconocer los recursos utilizado en el desarrollo de esta publi-

cación, y ofrece una lista de organizaciones para el lector si desea más

información.

37

ACERCA DEL COUNCIL FORCOURT EXCELLENCE

Fundado en Washington, D.C. en 1982, el Consejo para el Mejoramiento de lasCortes es una organización cívica sin fines de lucro. El Consejo se dedica a mejorar laadministración de la justicia en los tribunales locales, federales y organismos relacionados, en el área metropolitana de Washington, D.C., y en el resto de la nación.El Consejo cumple este objetivo mediante:

■ La identificación y promoción de reformas judiciales,■ El mejoramiento del acceso público a la justicia, y■ El incremento del conocimiento y apoyo público a nuestro sistema de justicia.

El Consejo está regido por una Junta de Directores voluntaria constituida pormiembros de la comunidad judicial, legal, comercial y cívica. El Consejo es la únicaorganización que reúne todas esas comunidades con el propósito común de abordarlas necesidades de reforma judicial y acceso a la justicia. La Junta realiza el trabajo delConsejo mediante una participación directa en los comités del mismo. El Consejoemplea un equipo de trabajo pequeño para ayudar a la Junta a lograr los objetivos dela organización. El apoyo financiero es provisto por miembros de la Junta, negocios,oficinas de abogados, particulares y fundaciones.

El Consejo para el Mejoramiento de las Cortes tiene un historial de éxito impor-tante en las iniciativas de reforma judicial que ha emprendido. El Consejo ha sido lafuerza impulsora detrás de la adopción del sistema de jurado de un día/un juicio en laCorte Superior del Distrito de Columbia, la modernización del sistema de jurado, lareforma de la leyes y procedimientos de convalidación testamentaria del Distrito deColumbia, la ampliación de los derechos de las victimas de crímenes, el mejoramien-to del manejo judicial de los casos de abuso y negligencia infantil, y ha propuestométodos para acelerar los fallos en los casos civiles por parte de las cortes de primerainstancia y de apelación del Distrito de Columbia. Para mejorar el acceso del públicoa la justicia y ampliar su entendimiento de nuestro sistema de justicia, a lo largo de losaños el Consejo ha publicado y repartido más de 350,000 copias de folletos y otrosmateriales escritos en lenguaje sencillo que explican un amplia variedad de sistemasjudiciales.

COUNCIL FOR COURT EXCELLENCE1111 14 th Street, NWSuite 500Washington, DC 20005www.courtexcellence.org

1111 14th Street, N.W.

Suite 500

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