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Comité de Gobernanza y Supervisión 31 diciembre 2016 Consulta sobre la gobernanza del EITI

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Comité de Gobernanza y Supervisión 31 diciembre 2016

Consulta sobre

la gobernanza del EITI

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Consulta sobre la gobernanza del EITI

Preguntas y antecedentes de la encuesta

1 Miembros y grupos

Preguntas que se deben considerar:

1. ¿Se debe aplicar algún cambio al proceso de registro de miembros de la Asociación de Miembros del EITI? En particular,

a. ¿Quién debe ser responsable del registro de miembros? ¿Es adecuada la práctica actual? Es decir, el hecho de que el Secretariado se ponga en contacto con los grupos antes de cada Junta de Miembros para pedirles que garanticen que el registro de miembros está actualizado.

b. ¿Sería preferible que los coordinadores de los grupos, actuando en nombre del grupo, garantizaran que su grupo tiene un registro de miembros actualizado?

2. ¿Respaldaría usted un cambio en las normas sobre el quórum de la Junta de Miembros, propiciando que la constitución de una reunión sea considerada válida si se establece con un número más reducido de miembros presentes? (Esto requeriría un cambio en los estatutos).

3. ¿Tiene algún otro comentario sobre los miembros y los grupos?

Antecedentes

El organismo de gobierno y de mayor rango en la toma de decisiones del EITI es la Junta de Miembros del EITI (artículo 7.1), que está compuesta por los miembros de la Asociación (artículo 7.2). La Junta de Miembros aprueba las cuentas y elige el Consejo del EITI y a su presidente, entre otras cosas (artículo 8.1).

Los estatutos definen a un miembro del EITI como “un representante personal de un país (en el sentido de Estado), empresa, organización o entidad jurídica que es nombrado por un grupo…” (artículo 5.1). Un grupo “puede sustituir en cualquier momento a cualquiera de los miembros que ha nombrado” y “debe comunicar siempre al Secretariado del EITI quiénes son sus miembros” (artículo 5.4). Cada grupo decide sus propias reglas de nombramiento para los miembros de la Asociación EITI (artículo 5.3). Para que la constitución de la Junta de Miembros se considere válida, debe estar presente “la mitad de los miembros” del EITI y “debe incluir por lo menos una tercera parte de los miembros de cada grupo”.

El artículo 5.3 establece límites a la base de miembros de cada grupo:

i) “Para el grupo de países, hasta un representante por país implementador y por país que respalda (o las uniones de países);

ii) Para el grupo de empresas, hasta un representante por empresa y asociaciones que las representen, y un máximo de cinco representantes de los inversionistas institucionales;

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iii) Para el grupo de organizaciones de la sociedad civil, hasta un representante por organización de la sociedad civil”.

Tal y como se señala en el artículo 5.3, el grupo de países se divide en dos subgrupos: países implementadores y países que respaldan. Dentro de estos subgrupos, los grupos también se han dividido en otros subgrupos.

El Secretariado Internacional del EITI mantiene una lista de los miembros del EITI. Antes de cada Junta de Miembros, el Secretariado ha solicitado a los grupos y a los subgrupos que actualicen su base de miembros. En ocasiones, el Secretariado ha tenido dificultades para hacer un seguimiento y obtener respuestas de los miembros. Por este motivo, no ha sido fácil establecer la base de miembros. Este aspecto es importante, ya que tiene consecuencias en la Junta de Miembros.

El artículo 7.7 establece las normas para el quórum de la Junta de Miembros: “El quórum de la Junta de Miembros se establece en la mitad de sus miembros y debe incluir por lo menos una tercera parte de los miembros de cada grupo”. Como hay bastantes posibilidades de que menos de la mitad de los centenares de miembros puedan desplazarse al otro lado del mundo para asistir a una Junta de Miembros del EITI, el Consejo del EITI desea proponer enmiendas a la manera en la que se establece el quórum de la Junta de Miembros. Existe un riesgo significativo de que en el futuro la constitución de la Junta de Miembros no sea válida, en función de si los grupos mantienen o no el registro actualizado correctamente.

2 Procedimientos de las nominaciones

Preguntas que se deben considerar:

4. ¿Debe proponer el EITI más orientación sobre cómo organizan los grupos los procedimientos de nominaciones al Consejo? Por ejemplo:

a. ¿Qué debe esperarse de los grupos respecto a los procesos de nominación para lograr los resultados más efectivos, incluida la representación y la diversidad de competencias y experiencia?

b. ¿Debe pedirse/exigirse a los grupos que elijan a sus nominados mediante votación?

c. ¿Debe pedirse/exigirse a los grupos que publiquen una declaración antes de cada Junta de Miembros en la cual se explique a los miembros cómo se organiza el grupo? Para consultar un ejemplo, véase el anexo B “Declaración de operaciones de los grupos” de las Directrices sobre los procesos de grupos del Fondo Mundial de lucha contra el VIH/sida, la tuberculosis y la malaria.

5. ¿Hay alguien, posiblemente el Secretariado Internacional, que deba recibir un mandato para revisar las nominaciones? (Esto podría requerir un cambio en los estatutos). En caso afirmativo:

a. ¿Qué criterios debería seguir dicha revisión?

b. ¿Es correcto el hecho de que el Secretariado Internacional o el Consejo del EITI tengan la

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última palabra sobre un proceso de nominación de un grupo?

6. ¿Tiene algún otro comentario sobre los miembros y los grupos?

Antecedentes

El organismo ejecutivo del EITI es el Consejo del EITI. Es elegido por la Junta de Miembros con nominaciones de los grupos. La manera en la que los grupos nominan a sus miembros del Consejo y a sus suplentes varía en función del grupo y se explica en cada una de las directrices del grupo. En los casos en los que los grupos se han dividido de manera informal en subgrupos, estos también a menudo han elaborado sus propias directrices. Pueden surgir problemas si hay desacuerdos en el seno de los grupos.

Los estatutos dictan que “La Junta de Miembros del EITI elegirá a cada miembro, titular y suplente, del Consejo del EITI basándose en las propuestas de los grupos” (artículo 8). El artículo 9.4 añade que “Los grupos podrán designar para su elección en la Junta de Miembros a un miembro alternativo del Consejo (un ‘suplente’) para cada miembro del Consejo que haya nombrado el grupo”. En consecuencia, es responsabilidad de los grupos nombrar a los miembros del Consejo.

El informe de 2006 del Grupo Consultivo Internacional, en el cual se basa gran parte de la estructura de gobernanza del EITI, afirmaba que “Cada uno de los grupos podrá decidir cómo desea ser representado en el [Consejo del EITI]. Esto requiere una consideración previa por parte de cada grupo sobre cómo definir a los candidatos que reúnen los requisitos necesarios: (i) para que sean elegidos como representantes; y (ii) para que participen en el proceso de selección”. Para ayudar a los grupos y los subgrupos en este proceso, el Consejo del EITI acordó en su reunión de 2011 aplicar los principios siguientes:

a. Los procesos que siguen los diferentes grupos deben ser abiertos y transparentes.

b. Se debe ofrecer información sobre los procesos en el sitio web del EITI, incluyendo el nombre de una persona de contacto para cualquier parte interesada que desee participar.

c. El proceso debe ser flexible y abierto a nuevos miembros. Los grupos han de tener en cuenta la necesidad de equilibrar la continuidad con la necesidad de renovación y ampliación de la apropiación del EITI.

d. Dado el importante papel que desempeña el Consejo del EITI en el EITI, debe promoverse la representación de los países y organizaciones con personas de alta jerarquía.

e. Los grupos deben recordar la importancia de que la Asociación y el Consejo del EITI representen a todas las partes interesadas. Por ejemplo, se espera que estén representados países de diferentes regiones así como empresas y organizaciones de la sociedad civil que tengan claros vínculos con diferentes regiones. A pesar de que puede no ser posible exigir que exista paridad de género en un grupo internacional como el Consejo del EITI, se anima a los grupos a que garanticen la representación adecuada de ambos sexos.

f. Asimismo, los grupos deben tener en cuenta que es positivo identificar el abanico de competencias que beneficiará al grupo y a la organización más en general y procurar incorporar miembros del Consejo que aporten las competencias que sean más necesarias.

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Los procesos para acordar nominaciones varían considerablemente según los grupos:

El grupo de…

… se divide en… … los cuales realizan sus procesos de nominaciones de la manera siguiente:

Países Países implementadores, subdivididos en 6 regiones

Se celebran elecciones en cada región, y cada país tiene la posibilidad de votar por determinados candidatos para que trabajen en el Consejo. El Secretariado Internacional respalda el proceso.

Países que respaldan, subdivididos en 4 grupos

Los países que respaldan cuentan en el seno de sus subgrupos rotaciones acordadas y se van turnando. Algunos de los subgrupos de los países que respaldan, han acordado que los miembros del Consejo deben abandonar su puesto después de un año, dejando paso a otro representante de otro país que respalda.

Empresas Petróleo y gas “Todos los subgrupos tendrán la potestad de decidir de forma discrecional los miembros del subgrupo que vayan a ser miembros del Consejo del EITI, o suplentes. Pueden formalizar el procedimiento de elección… o solicitar un procedimiento informal”.

En caso de que haya más candidatos para los puestos del Consejo que puestos del Consejo disponibles para el subgrupo de petróleo y gas, y de que los candidatos no puedan ponerse de acuerdo respecto a los candidatos que vayan a ser nominados como miembros del Consejo de pleno derecho o miembros del Consejo suplentes, el subgrupo designará a una persona, que no sea candidata, para facilitar una votación a fin de ocupar los puestos del Consejo disponibles. Dicha persona designada establecerá los procedimientos de la votación, organizará la votación (a través de correo electrónico) y anunciará los resultados de la votación a todo el subgrupo, además de distribuir la lista oficial de los nominados a miembros del Consejo al subgrupo de empresas de petróleo y gas, al grupo más amplio y al Secretariado Internacional del EITI.

Empresas mineras El Consejo Internacional de Minería y Metales (ICMM) acordó facilitar la selección de los representantes al Consejo del subgrupo de minería y metales. Si existen más nominaciones que puestos por ocupar, el ICMM organizará una convocatoria entre los nominados con el propósito de alcanzar el consenso sobre la representación en el Consejo. Si no se puede alcanzar el consenso sobre la representación en el Consejo, el ICMM organizará una votación. Hasta la fecha no ha sido necesaria dicha votación, pero si en algún caso lo fuere, el ICMM organizará una “campaña electoral” con todas las empresas participantes y, a continuación, tendrá lugar una votación. El ICMM anunciará los resultados de la votación a todo el subgrupo y distribuirá la lista oficial con los nominados a miembros del Consejo al subgrupo de empresas de minería y metales, al grupo más amplio y al Secretariado del EITI.

Inversores En caso de que haya más candidatos para los puestos

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El grupo de…

… se divide en… … los cuales realizan sus procesos de nominaciones de la manera siguiente:

institucionales del Consejo de inversores institucionales que puestos del Consejo disponibles para el subgrupo y que los candidatos no puedan ponerse de acuerdo respecto a los candidatos que vayan a ser nominados como miembros del Consejo de pleno derecho o miembros del Consejo suplentes, el subgrupo designará a una persona, que no sea candidata, para facilitar una votación a fin de ocupar los puestos del Consejo disponibles. Dicha persona designada establecerá los procedimientos de la votación, organizará la votación (a través de correo electrónico) y anunciará los resultados de la votación a todo el subgrupo, además de distribuir la lista oficial de los nominados a miembros del Consejo al subgrupo de inversores institucionales, al grupo más amplio y al Secretariado del EITI. Los candidatos al Consejo deben proceder de una organización de inversores que respalde el EITI.

Sociedad civil

-- Publiquen Lo Que Pagan (PLQP) funciona como un organismo coordinador del proceso de nominaciones de la sociedad civil. De conformidad con la estructura de gobernanza de PLQP, el Consejo Mundial es responsable de elaborar los criterios además de supervisar el proceso que se ejecuta mediante un Comité de Nominaciones.

Se realiza una convocatoria pública de nominaciones. Puede presentarse cualquier representante de la sociedad civil. Se realiza una primera ronda de selección, tomando como base un sistema de votación en relación con los criterios. Se acuerda un grupo encargado de la selección. Los miembros del grupo encargado de la selección entrevistan a los candidatos seleccionados y seguidamente los clasifican. Cada Comité toma una decisión final, aprobada por el Consejo Mundial. Se elabora un informe público que documenta el proceso y el resultado.

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3 Coordinadores de los grupos

Preguntas que se deben considerar:

7. ¿Cree que debe fomentarse que cada grupo tenga un coordinador asignado específicamente? ¿Debería esto ser un requisito? (Esto podría requerir cambios en los estatutos).

8. ¿Debe haber también personas de contacto en los subgrupos?

9. En caso afirmativo, ¿qué proceso cree usted que debe seguir su (sub)grupo para nominar a su coordinador/persona de contacto?

10. ¿Los coordinadores de los grupos deberían ser miembros del Consejo del EITI?

11. ¿Tiene algún otro comentario sobre los coordinadores de los grupos?

Antecedentes

Los grupos son fundamentales en la estructura de gobernanza del EITI. Los coordinadores de los grupos pueden contribuir a garantizar que haya una representación apropiada en los Comités del Consejo del EITI y que existan sistemas adecuados para la coordinación y la comunicación en el seno de los (sub)grupos y con sus miembros. Asimismo, proporcionaría al presidente, a los otros grupos y al Secretariado una persona de contacto a la cual recurrir en busca de asesoramiento sobre cuestiones relacionadas con ese (sub)grupo.

La revisión de gobernanza que se llevó a cabo en 2015 encontró en general “buenos niveles de coordinación y comunicación en el seno de cada uno de los grupos, así como entre los miembros del Consejo y los miembros de su grupo, los cuales participan en el EITI pero no ocupan un puesto en el Consejo”. El informe añadió que “la mayoría de grupos celebra periódicamente reuniones o teleconferencias con el propósito de consultarse sobre cuestiones que están siendo consideradas por el Consejo y, en algunos casos, por comités clave; estos procesos son dignos de elogio”. Asimismo, la revisión recomendó la nominación de coordinadores de grupos y el Consejo debatió este tema en su reunión de diciembre de 2015. El Consejo señaló que “es positiva la idea de que en cada (sub)grupo haya una persona de contacto/responsable nominal que coordine cuestiones generales”, y añadió que “cada uno de los (sub)grupos podría seleccionar un miembro del Consejo entre ellos, posiblemente la persona que haya trabajado durante más tiempo en el Consejo y/o con arreglo a los criterios definidos por el grupo”. Contar con una persona claramente identificada que coordine las actividades del grupo podría ser ventajoso en algunos aspectos como, por ejemplo, el de facilitar la toma de decisiones ya que esta persona podría reunirse con otros coordinadores de grupos antes de cada una de las reuniones del Consejo.

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Algunos grupos y subgrupos disponen de mecanismos de coordinación. Las directrices para grupos de la sociedad civil facilitadas antes de la última Junta de Miembros afirman que “Publiquen Lo Que Pagan (PLQP) sirve como organismo coordinador del proceso de nominaciones de la sociedad civil”. De igual modo, las directrices del subgrupo de la minería afirman que “El ICMM ha acordado facilitar la selección de representantes del consejo del subgrupo de minería y metales para que trabajen en el Consejo del EITI”. Los países implementadores también han explorado la posibilidad de contar con personas de contacto regionales para facilitar la comunicación en el seno de sus grupos.

El Fondo Mundial de lucha contra el VIH/sida, la tuberculosis y la malaria exige a los grupos que identifiquen a los “coordinadores de los grupos” y considera que su trabajo es “vital para el proceso de compartir e intercambiar información correctamente en el seno de los grupos”, y finalmente añade que “todo el énfasis que se ponga en la importancia de esta función es poco”. De conformidad con las “Directrices sobre los procesos de los grupos” del Fondo, los coordinadores de los grupos deben “ crear una extensa red de contactos, entre ellos los coordinadores designados dentro del grupo, para garantizar que la información relacionada con el Fondo Mundial se distribuye ampliamente; [...] garantizar que todas las comunicaciones del Consejo y la Secretaría del Fondo Mundial se distribuyen a todos los contactos del grupo; [...] actuar como catalizadores y depositarios de las opiniones y posturas del grupo respecto a cuestiones del Fondo Mundial...”, entre otras cosas.

Como ya se ha apuntado, se espera que los grupos sean amplios e inclusivos. Si no hay ningún tipo de coordinación, puede resultar difícil que el grupo funcione de manera coordinada, y puede ser problemático para el EITI relacionarse de forma significativa con la amplia variedad de partes interesadas que constituyen un grupo. Al mismo tiempo, las personas o las organizaciones que voluntariamente coordinan el trabajo del grupo tienen procesos para asegurar que dicho trabajo sea considerado como legítimo y representativo de la mayoría. La institucionalización de los coordinadores de grupos y/o personas de contacto en los subgrupos puede solventar este problema otorgando carácter oficial a la práctica. ¿Qué inconvenientes hay? ¿Podría ser excesivo exigirlo?

Otra pregunta es si los coordinadores de los grupos deben ocupar un puesto en el Consejo del EITI. Actualmente, hay coordinadores de grupos y subgrupos que no ocupan un puesto en el Consejo. Por ejemplo, el ICMM para empresas y PLQP para la sociedad civil. El Fondo Mundial de lucha contra el VIH/sida, la tuberculosis y la malaria, por ejemplo, ofrece la orientación siguiente a los grupos: “En muchos casos el coordinador procede de un país u organización del miembro del Consejo, aunque, en algunos casos, el coordinador es un representante de una organización que ayuda en la gestión del proceso del grupo. La práctica actual indica que es útil que el coordinador sea alguien cercano al miembro del Consejo bien como parte de la misma oficina o bien que se encuentre en el mismo país. En cualquier caso, el criterio principal debe ser el del acceso a una infraestructura de comunicaciones fiable”.

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4 Responsabilidad de los miembros del Consejo de cara a sus grupos

Preguntas que se deben considerar:

12. ¿Se debe alentar a los grupos a que expliquen en sus directrices cómo se debe consultar a sus grupos y cómo se les debe informar de los debates que celebra el Consejo del EITI que pudieran afectar a sus intereses?

13. ¿Existen cuestiones importantes que sean específicas al país (por ejemplo, decisiones sobre la Validación) o sobre políticas estratégicas (por ejemplo, cambios propuestos en el Estándar EITI) o sobre gobernanza (por ejemplo, cambios propuestos en los estatutos del EITI) en las que idealmente sería mejor que los miembros del Consejo solo contribuyeran después de las consultas con los grupos?

14. ¿Debe el propio EITI, es decir, el Secretariado, prestar una mayor asistencia para facilitar las consultas con los grupos?

15. ¿Tiene algún otro comentario sobre la responsabilidad de los miembros del Consejo de cara a sus grupos?

Antecedentes

De conformidad con la legislación noruega, los miembros del Consejo tienen una responsabilidad personal ante la Asociación EITI, es decir, tienen una obligación de adoptar sus propias posturas como individuos, y actuar en consecuencia, independientemente del mandato otorgado por las partes interesadas que representan. En su tercera reunión del Consejo, en 2007, el Consejo del EITI acordó que los miembros del Consejo serían “personas concretas que representan a sus organizaciones”. Así, los miembros del Consejo no son países, ni organizaciones ni empresas, sino personas, y de ellas depende encontrar la mejor manera de representar los intereses de su grupo.

La revisión de gobernanza de 2015 contiene el texto siguiente:

“La constitución del Consejo del EITI es muy diferente de la que encontramos en la mayoría de organizaciones y, a los miembros del Consejo, les crea una triple tensión de lealtades, a saber: entre sus obligaciones con la organización que les promociona (es decir, el gobierno concreto, la empresa o el grupo de la sociedad civil, si se da el caso, que les emplea); su grupo más amplio; y la Asociación EITI en su conjunto. Hacemos esta observación porque varias de las tensiones que existen en el seno del EITI han surgido como consecuencia de que la división de lealtades no está bien equilibrada: algunos creen que ofrecen poca lealtad a su grupo; algunos creen que su grupo les exige demasiada lealtad a expensas de sus opiniones y obligaciones personales; otros creen que se toman decisiones sin tener muy en cuenta el bienestar general del EITI; y algunos creen que sus obligaciones de cara al EITI como conjunto implican

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defender los intereses de su grupo, puesto que lo que quiere el EITI es lograr el equilibrio entre tres perspectivas diferentes.

Estos conflictos de lealtad siempre existirán en órganos de gobierno con múltiples partes interesadas y la mejor manera en que una organización como el EITI puede gestionarlas es recordando periódicamente a los miembros del Consejo los deberes generales que tienen todos los directores del Consejo en todas partes, a saber:

- prestar atención y ser diligentes, es decir, leer documentos y representar las opiniones que en ellos constan en persona, en lugar de a través de mediadores; garantizar la asistencia, o lo que es lo mismo, estar presente en todas las reuniones del Consejo y de los comités;

- ser deliberativo, es decir, tomar decisiones basándose en datos correctos, debates y sin conflicto de intereses; y

- respetar la confidencialidad.

La mayoría de organizaciones cuenta con variaciones de estas normas de conducta u obligaciones de forma estándar. El EITI las refleja en la introducción que se proporciona al inicio de un nuevo periodo de mandato del Consejo[1] así como en el Código de Conducta de la Asociación EITI.[2]”[2]”

Las consultas se realizan de manera distinta según los distintos grupos; algunos las hacen de manera periódica y sobre diversas cuestiones, y otros no tanto. Por ejemplo, el grupo de la sociedad civil lleva a cabo consultas extensas y amplias, lo que incluye hacer un uso activo de listas de envío de correos masivos para informar por adelantado al grupo más general sobre los temas que se debatirán en las reuniones del Consejo y, posteriormente, de su resultado. Los subgrupos de empresas a menudo organizan teleconferencias en abierto. Los representantes de los países implementadores del África francófona se reúnen periódicamente antes de las reuniones del Consejo para consensuar un enfoque común; los representantes de los países implementadores de la región 6 realizan consultas periódicas a través de la plataforma recientemente presentada y que lleva por nombre Zoom, mediante videoconferencias.

5 Mandatos del Consejo

Preguntas que se deben considerar:

16. ¿Cree que debería haber alguna limitación para el mandato de los miembros del Consejo? En caso afirmativo:

a. ¿Debería esta limitación del mandato afectar a las personas o a las entidades (país/empresa/organización) que representan?

b. ¿Debería ser la limitación del mandato obligatoria, o algo que decidan los propios grupos? (Esto requeriría cambios en los estatutos).

[[1] https://eiti.org/files/roles-and-responsibilities-eiti-board-members.pdf[2]”[2] https://eiti.org/sites/default/files/documents/Code_of_Conduct_FINAL_ES_0.pdf

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17. ¿Debe pedirse a los miembros del Consejo que cumplan mandatos completos? (Esto podría requerir cambios en los estatutos, si se convierte en obligatorio).

18. ¿Tiene algún otro comentario sobre la responsabilidad de los miembros del Consejo de cara a sus grupos?

Antecedentes

De conformidad con el artículo 8.1(i), los miembros del Consejo y el presidente del EITI son elegidos por la Junta de Miembros, que se celebra periódicamente como mínimo cada tres años (artículo 7.3). Los estatutos reflejan que el mandato del presidente del EITI puede ser renovado una vez (artículo 11.1). El artículo 9.3 establece que “Todos los miembros del Consejo abandonarán su cargo al concluir la reunión ordinaria de la Junta de Miembros celebrada tras su nombramiento, pero podrán ser reelegidos en la Junta de Miembros”. Por tanto, actualmente no existe ninguna limitación sobre el número de mandatos que puede desempeñar un miembro del Consejo o su suplente.

La revisión de gobernanza del EITI de 2015 recomendaba que el Consejo estudiara la adopción de algún tipo de limitación para el mandato de los miembros del Consejo, teniendo en cuenta la necesidad de encontrar un equilibrio entre la experiencia y el compromiso, por una parte, y el deseo de ofrecerse a nuevos representantes en el Consejo, por otra. Este tipo de limitaciones podría ser obligatorio y reflejarse en los estatutos o bien incorporarse en las directrices de los grupos. Asimismo, las limitaciones podrían atribuirse a personas u organizaciones. Al mismo tiempo, la revisión de gobernanza señaló que existía cierta frustración con la decisión por parte de ciertos subgrupos de rotar periódicamente a su representante en el Consejo a fin de que distintos miembros tuvieran la oportunidad de ocupar este puesto. La revisión de gobernanza “disuadió enérgicamente” que los miembros del Consejo desempeñen su puesto durante menos tiempo del que implica su mandato (es decir, el periodo entre dos conferencias del EITI, normalmente tres años).

El Consejo del EITI consideró la recomendación de la revisión de gobernanza en su reunión de diciembre de 2015 y apuntó que “el grupo de la sociedad civil ya ha establecido un límite de dos mandatos”. El Consejo concluyó que “puede haber razones de peso que respalden las distintas decisiones en el seno de distintos grupos” y valoró si los estatutos debían “exigir directamente que estas cuestiones se consideren en las directrices de los grupos”.

De nuevo, el Comité de Gobernanza del EITI consideró la cuestión de las limitaciones del mandato antes de la reunión del Consejo del EITI en octubre de 2016. El Comité acordó recomendar a las partes interesadas a través de esta consulta “que un miembro del Consejo no puede desempeñar su cargo más de dos mandatos consecutivos” y que, además, existe un límite de un mandato o bien ningún límite para la cantidad de mandatos que la misma persona puede desempeñar como suplente antes y después de haber ocupado un puesto de miembro del Consejo”.

6 Requisitos para la participación por parte de los miembros del Consejo

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Preguntas que se deben considerar:

19. ¿Cree que las directrices de los grupos deben establecer consecuencias si la asistencia en el Consejo es inferior a un determinado nivel? En caso afirmativo, ¿qué deberían tener en cuenta?

20. ¿Cree que las directrices de los grupos deben establecer consecuencias si los miembros del Consejo no participan activamente en al menos un Comité del Consejo? En caso afirmativo, ¿qué deberían tener en cuenta?

21. ¿Se debe exigir a los candidatos al Consejo que la organización que les ha nominado confirme por escrito que dichos candidatos disponen de los recursos disponibles para cumplir las responsabilidades como miembro del Consejo o suplente?

22. ¿Tiene algún otro comentario sobre la responsabilidad de los miembros del Consejo de cara a sus grupos?

Antecedentes

La revisión de gobernanza de 2015 identificó que la participación por parte de los miembros del Consejo del EITI era un tema de preocupación para la gobernanza del EITI. La revisión recomendaba diversas maneras de abordar esta situación, entre ellas, añadir nuevas disposiciones a los estatutos que permitieran a los grupos retirar y sustituir a un miembro del Consejo si su tasa de asistencia está por debajo de determinado nivel y recomendar que sea obligatorio que los miembros del Consejo ocupen un puesto en un Comité como mínimo. En especial, la revisión hacía hincapié en la falta de participación de los países implementadores, sobre todo por la ausencia de fondos disponibles para financiar su participación en las reuniones del Consejo.

Como resultado de la recomendación de la revisión de gobernanza de 2015 se enmendaron los estatutos con la frase siguiente: “Si un miembro del Consejo no asiste a tres reuniones consecutivas del Consejo, el Consejo puede, tras consultar con su grupo, exigir al grupo sustituir a ese miembro del Consejo” (artículo 9.5). En su reunión de diciembre de 2015, el Consejo del EITI también consideró la recomendación de que todos los miembros del Consejo ocupen un puesto en como mínimo un Comité del Consejo, lo cual, en opinión de la revisión “permitiría contar con... un mejor entendimiento por parte de todos los miembros del Consejo sobre las operaciones de la organización en su conjunto... mayores oportunidades de participación en deliberaciones de múltiples partes interesadas fuera de las principales reuniones del Consejo, [y] un aumento de la probabilidad de que la constitución de las reuniones de los comités sea válida y estas puedan formular recomendaciones al Consejo”. El Consejo señaló que “vista la diversidad de los grupos, es posible que sea mejor que se decida la representación apropiada y adecuada de cada Comité a nivel de grupo más que a nivel de Consejo”.

Corresponde a los miembros del Consejo y a sus suplentes garantizar, mediante la confirmación de la organización que les ha nominado, que tienen los recursos adecuados y el tiempo necesario para llevar a cabo sus funciones. Los miembros del Consejo y sus suplentes que representan a organizaciones de la

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sociedad civil de países que no pertenecen a la OCDE reciben apoyo financiero del EITI. Un creciente número de miembros del Consejo y sus suplentes han indicado al Secretariado que tienen dificultades a la hora de obtener fondos para participar en reuniones del Consejo. Por ello, y con el fin de ayudar a los posibles miembros del Consejo y al EITI, sería útil si desde el principio la organización que nomina al miembro confirma por escrito la disponibilidad de recursos para desempeñar el trabajo en el Consejo.

Para el Consejo del EITI, exigir a un grupo que sustituya a un miembro del Consejo es una decisión importante. Una opción es que el Consejo, a través de su presidente, escriba al miembro del Consejo en cuestión recomendándole que renuncie al puesto si no asiste a tres reuniones consecutivas de acuerdo con el artículo 9.5 de los estatutos.

La mayoría, sino todos, los miembros del Consejo participan en, como mínimo, uno de los Comités del Consejo, pero algunos miembros del Consejo no asisten a las reuniones frecuentemente ni participan activamente de otro modo. Al Consejo le interesan las opiniones de las partes interesadas sobre la manera en la que el EITI puede alentar a los miembros del Consejo inactivos a fin de que sean más activos y sobre las sanciones que se consideran razonables, si procede.

Para abordar el reto de que los miembros del Consejo no participen en las reuniones del Consejo como consecuencia de la falta de fondos, se ha sugerido que, por ejemplo, se exija a los gobiernos que confirmen los fondos antes de acordar una nominación. Debe alentarse a los grupos que incluyan en sus directrices disposiciones por las cuales se indique que “Es responsabilidad del miembro del Consejo y de su suplente garantizar que cuentan con los recursos y el tiempo adecuados para llevar a cabo sus funciones. Todo aquel que desee ser candidato al Consejo debe obtener de su país respectivo o de la organización que lo nomina una confirmación por escrito de que se pondrán a disposición los recursos adecuados”.

7 Vacantes en el Consejo

Preguntas que se deben considerar:

23. ¿Deben existir directrices más claras en relación con los procedimientos sobre cómo los grupos acuerdan las nominaciones para el Consejo entre Juntas de Miembros? En caso afirmativo, ¿cuál debería ser su contenido?

24. ¿Tiene algún otro comentario sobre las vacantes en el Consejo?

Antecedentes

Cuando ha habido una vacante, el grupo a menudo ha realizado un proceso de consulta más limitado antes de acordar una nominación en comparación con antes de las Juntas de Miembros. En los casos en los que el miembro del Consejo ha renunciado a su puesto, no siempre ha ocurrido que el suplente haya tomado el relevo, sino que simplemente el grupo ha nombrado a alguien que representa a la organización del mismo modo que anteriormente. Por ejemplo, en el caso del grupo de países implementadores, en ocasiones se

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ha consultado el resultado de la votación más reciente, y la persona que había quedado en segundo lugar en las elecciones previas a la última Junta de Miembros recibía la nominación. La cuestión es si los grupos deben contar con directrices más claras para el proceso de acordar las nominaciones entre Juntas de Miembros, y, en caso afirmativo, si el EITI debe formular recomendaciones a los grupos sobre la mejor manera de llevarlo a cabo.

8 Resolución de disputas en el seno de los grupos

Preguntas que se deben considerar:

25. ¿Qué fallos, de haberlos, puede identificar en los mecanismos existentes de resolución de disputas en el grupo? ¿Cómo cree que se puede mejorar el mecanismo existente?

26. ¿Debe el EITI alentar a los grupos a que elaboren procedimientos más perfeccionados en sus directrices del grupo sobre la resolución de disputas? ¿Cuáles deben ser las características fundamentales de un mecanismo de resolución de disputas a nivel de grupos?

27. ¿Tiene algún otro comentario sobre la resolución de disputas en el seno de los grupos?

Antecedentes

Los estatutos otorgan al Consejo del EITI potestad para “cesar a cualquier miembro de la Asociación EITI si: i) el miembro… no cumple con [estos] estatutos; o ii) el miembro… ha realizado sus actividades de un modo que se considere perjudicial o contrario a los Principios del EITI” (artículo 5.5). El artículo 6 añade que “de conformidad con el artículo 5.5, los miembros podrán apelar cualquier resolución del Consejo del EITI ante la Junta de Miembros, que tomará la decisión final”.

Como órgano de gobierno del EITI, la Junta de Miembros tiene la última palabra en cualquier disputa. Parece apropiado que los grupos en sus propias directrices establezcan varios procedimientos sobre cómo se deben resolver las disputas internas del grupo.

Para otro tipo de agravios, el EITI cuenta con distintos procedimientos que las partes interesadas pueden utilizar en función de si el agravio atañe a la implementación del Estándar EITI, a una decisión adoptada por el Consejo del EITI, a una infracción del Protocolo sobre participación de la sociedad civil o a una infracción del Código de Conducta del EITI. Por ejemplo, el Código de Conducta del EITI afirma:

“Quienes ocupan cargos en el EITI y tienen una inquietud relacionada con la interpretación, la implementación o la posible violación de este Código de Conducta deberán informar esos problemas al órgano inmediato del EITI. Cuando se informen problemas al Consejo del EITI, el Consejo considerará las circunstancias y determinará si es necesario tomar medidas de acuerdo con los Principios del EITI, el Estándar del EITI y los estatutos. Cualquiera que se sienta incómodo como para plantear este tipo de inquietudes al órgano inmediato del EITI puede

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transmitirlas al Consejo del EITI a través de su Comité de Gobernanza [y Supervisión] y su presidente”.

Los mecanismos de resolución de agravios se explican más detalladamente en el sitio web del EITI.

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