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MATEMÁTICAS APLICADAS A LAS CIENCIAS SOCIALES II: EJERCICIOS RESUELTOS 54026

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Page 1: J,:~'1~;.¡tf:'~*,..EI ano Pág.199043 Supremos/DS 00… · 2001, de la Embajada de la República de Bolivia en Ministro de Relaciones Exteriores Lima; De conformidad con lo dispuesto

I"ima,miércoles2Idctebrerode2001 ..'('J;~\J,:~'1~;.¡tf:'~*,..EI ano Pág.199043

Reconocen Vicecónsul de Bolivia en, 3°,- I:-a pre~~nte R~solución no da derecho a ex;onera-L ' cIón o hberacIOn de Impuestos aduaneros de mnguna

I ma clase o denominación.

RESOLUCIÓN SUPREMA Regístrese, comuníquese y publíquese,~ 090-2001-RE :, Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao

L ' 20 d ti b d 2001 Presidente Constitucional de la RepúblicaIma, e e rero e

JAVIER PÉREZ DE CUÉLLARVista la Nota NO126-031 de fecha 9 de febrero del año Presidente del Consejo de Ministros y

2001, de la Embajada de la República de Bolivia en Ministro de Relaciones ExterioresLima;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118., 18630inciso 13), de la Constitución Política del Perú, así comode la Convención de Viena sobre Relaciones Consularesde 1963; y, Autorizan viaje de funcionario

Estando a lo ac~rdadO; diplomático para participar en eventos

SE RESUELVE, sobre gobierno y gobernabilidad, a

, 1°,- Reconocer,a~ señor, Natalio Peña Toledo, como realizarse en ItaliaVIcecónsul de BohvIa en LIma,

2°,- Extenderle el exequátur correspondiente, RESOLUCIÓN SUPREMA~ 092-2001-REf Regístrese, comuníquese y publíquese,

, Lima, 20 de febrero de 2001Rúbrica del Dr, Valentín Paniagua Corazao , , , , ,Presidente Constitucional de la República DebIendo reahzarse el Semmano de EntrenamIento

sobre el Gobierno y el Tercer Forum Global sobre Gober-JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR nabilidad, en la ciudad de Nápoles, República Italiana,Presidente del Consejo de Ministros y del 12 al, 17 de marzo ~el año 2001; , ,Ministro de Relaciones Exteriores ConsIderando lo dIspuesto en la ?oja, de Trá~Ite

(GAC) NO0452, del Gabmete de CoOrdmacIÓn del senor18629 Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio-

res, de 14 de febrero del año 2001;De conformidad con el inciso b) del Artículo 12. del

A t ' , , d f ' , d I Decreto Legislativo N" 894, Ley del Servicio DiplomáticoU orlzan viaje e unclonarlo e a de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m)Of 'lc 'lna de Promoc 'lo' n Econo ' m ' ca del del Artículo 5. del Decreto Ley NO26112, LeyOrgánica

I del Ministerio de Relaciones Exteriores de 24 de diciem-

Ministerio a Italia en comisión de brede1992;el~íc~1010delDecretoSup~emoNO.163-, , ' , 81-EF, de 24 de juho de 1981 y su mOdIficatorla, el

servicios Decreto Supremo N" 031-89-EF, de 20 de febrero de1989; el Decreto Supremo N. 135-90-PCM, de 26 de

RESOLUCIÓN SUPREMA octubre de 1990;~ 091-2001-RE SE RESUELVE:

Lima, 20 de febrero de 2001 1°,- Autorizar el viaje del Embajador en el ServicioDiplomático de la República, don Alberto Gutiérrez La

Debiendo viajar el Ministro de Economía y Finan- Madrid,Directord~~laneamien~yEyaluaciónde~gra-zas doctor Javier Silva Ruete a la República Federal mas, para que. partIcipe en el SemInanode Entrenamientode Alemania ya la República Italiana, para tratar sobre el ~bIernO y e~ el Tercer F<!rum Global sobre

I temas relacionados a la Deuda Bilateral y Coopera- Gob~m,ab1llda~, a realIzarse en la cIudad d~ Nápoles,ción para el Desarrollo, del 27 de febrero al6 de marzo Rep~bhca Italiana, del ~2 al 17 de m,ar~o del ano 2001,del año 2001; 2 ,- El ~asto que ocasIone el c~~phmIento de la presen-

De conformidad con el inciso b) del Artículo 12. del te R;esoluclón, po~ concepto de Vlátlcos U~~ 1 8~0,00, seráDecreto Legislativo NO894, Ley del Servicio Diplomático c~bIerto por ~l Phego Presupuesta! del Mlmsteno de Rela-d IR ' bl . d 24 d d' . b d 1996 1 ' , ) cIones Extenores.

e a epu Ica, e e IcIem re e; e mclso m 3° L t R 1 'ó d d hd 1 Art ul ° d 1 D L N . L O ' ,- a presen e eso UCI n no a erec O a exonera-

e, í~ o ~ e ecre.to ey 2~112, ey rgámc.a ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna

del MmIsterIo de Relaciones Extenores, de 24 de di- clase o denominaciónciembre de 1992; el Artículo 1° del Decreto Supremo N" ,

163-8¡-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Regístrese, comuníquese y publíquese.Decreto Supremo N° 031-89-EF, de 20 de febrero de, .,1989; el Decreto Supremo N" 135-90-PCM, de 26 de ~ub~ca delPr, V:ale~tín Pamagua ~or~zaooctubre de 1990; y, el Decreto Supremo N° 037-91-PCM, PresIdente ConstItuciOnal de la Repubhcade 1 de febrero de 1991; JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR

~ Presidente del Consejo de Ministros ySE RESUELVE: Ministro de Relaciones Exteriores

1°,- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el 18631Servicio Diplomático de la República, don Eric Ander-son ~achado, Director de Promoción Comercial de la i

SALUDOficma de Promoción Económica, para que acompañe ial señor Ministro de Economía y Finanzas y participeen las r,eunione.s con las autoridades pertinentes de Modifican el Re g lamento para el Reg is-Alemama e Itaha, del 27 de febrero al 6 de marzo del

C I V Saño 2001, tro ontro y igilancia anitaria de2°,- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la p 'd F ' , Af'

presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 2 ro uctos armaceutlcos y Ines331,34, viáticos US$ 2 340,00 y tarifa por uso deaeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego DECRETO SUPREMOPresupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- ~ 006-2001-SAres, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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P~. 199044 (I -peruano ..\[ll;~,'J':~...~ ~tf:, ~ *'.. Lima, miércoles 21 de febrero de 2001.

CONSIDERANDO: ción a que se refieren los literales a), b), d), g) y I)precedentes."

Que por Decreto Supremo N° 004-2000-SA, se modi-ficÓ el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Articulo 3°.. El presente Decreto Supremo seráSanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines, aproba- refrendado por el Presidente del Consejo de Minis-do por Decreto Supremo N° 010-97-SA: tros y los Ministros de Economía y Finanzas y de

Que es necesario precisar el texto de los Artículos 6° Salud, y rige a partir del día siguiente de su publica-y 27" del Decreto Supremo N° 004-2000-SA; ción.

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26842y los Decretos Legislativos N"s. 560 y 584; Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los veinte

Estando a lo previsto en el Artículo 118°, inciso 8). de días del mes de febrero del afto dos mil un~.la Constitución Política deJ Perú;

DECRETA. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO.Presidente Constitucional de la República

Articulo 1°.- Sustitúyase el texto del Artículo 94-8 É Éque fuera adicionado por el Artículo 6° del Decreto JA ~ER P REZ DE ~U L~Supremo N° 004-2000-SA, al Reglamento para el Regis- PresIdente del Consejo de MInIstros

tro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farma-céuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo N° 010- JAVIER SILVA RUETE97-SA, en los siguientes términos: Ministro de Economía y Finanzas

cJ"Artículo 94-8.- Se otorgará Registro Sanitario como EDUARDO PRETELL ZARATE ~

Producto Dietético a aquel que contenga Vitamina "A"en Ministro de Saluddosis iguales o menores a 10,000 UI/día, o Vitamina "D"en dosis iguales o menores a 800 UI/día o que contenga 18616 ~Cu++, Mn, P, Cr, Se, Mo o Zn en dosis iguales o inferiores ~a los re;querimientos máximos establecidos en el NEA- citii ,~"~c¡;"NO (NIvel ~e Efect~ Adverso No Observado) y por la 1 TRABA JO y

..NMEAO (NIvel MínImo de Efecto Adverso Observado) iiestablecidos por la United States Optimal Daily Dietary pc ROMOCIO '

N SOCIALAllowances (U .S. ODA).También se registrarán como productos dietéticos cii

aquellos productos que contengan cualquier otra D . t t d I M ' ,tvitamina, mineral u oligoelemento que se encuentren eslgnan represen an e e Inls ro

regi~trados y se co~ercialicen en el país expor~a.doro ante comisión encar gada de estu-fabrIcante como ahmentos o suplementos nutrIcIona-les." diar y elaborar informe sobre situa-

Articulo 2°.- Modificase el Artículo 92° del clón de regímenes previsionales deReglamento para el Registro, Control y Vigilancia loS D D L L NQs 19990 20530Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines, apro- y

bado por Decreto Supremo N° 010-97-SA, que fuera Ósustituido a su vez por el Artículo 27" del Decreto RESOLU~I N MINISTERIALSupremo N° 004-2000-SA, el cual quedará redactado N 020-2001-TR

en los siguientes términos: L . 6 d ti b d 200Ima, 1 e e rero e 1

"Artículo 92°.- El rotulado de los envases mediato e'inmediato de los productos naturales de uso en salud CONSIDERANDO:deberá consignar lo siguiente: .Que, medIante Decreto Supremo N° 003-2001-TR, se

a) Nombre de marca y/o común o científico del produc- crea la Comisión Especial encargada de estudiar y elabo-to. r.ar un informe sob~e la situación de los regímenes previ-

b) F F é t .sIonales comprendIdos en los Decretos Leyes N" 19990 y -:..orma armac u Ica. N° 20530 y otros a cargo del Estado; .~

c) Composición cualitativa y expresión cuantitativa Que, el Artículo 2° de la referida norma establece que .~\en peso del recurso natural utilizado, usando el sistema la Comisión Especial estará integrada por el Ministro de I c

centesimal, según la forma farmacéutica. Trabajo y Promoción Social o su representante, entred) Vía de administración. otros miembro~; .

De conformidad con lo establecIdo en el Decreto Su-e) Contraindicaciones y advertencias si tuviese. premo N° 003-2001-TR, el literal d) del Artículo 11° delf) Contenido neto por envase. Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriog) No b í d II b t ... b . t I t .de Trabajo y Promoción Social, aprobado por Resolución

m reypa s e a ora orIola ncan eo ogo IpO. Ministerial N° 012-93-TR.h) Número de lote y fecha de expiración o vencimien- ,

to. SE RESUELVE:i) Se deberá consignar las siguientes leyendas: "Man-

téngase fuera del alcance de los niftos", y cuando corres- Artículo Unico.- Designar al seftor FERNANDOponda "Guardar en lugar fresco y seco", "Protejase de la VELASCO CORDOV A, Asesor Técnico de la Asesoríaluz". Técnica Especializada de la Alta Dirección, como

j) Los productos importados deberán consignar el representante del Ministro de Trabajo y Promociónnombre y la di~e~ción del importador. Social ante la Comisión Especial encargada de estu-

k) Uso tradIcIonal recomendado. diar y elaborar un informe sobre la situación de losI) Dosificación, frecuencia de administración. regímenes previsionales comprendidos en los Decre-m) Número de Registro Sanitario. tos Leyes N° 19990 y N° 20530 y otros a cargo deln) Condición de venta. Estado. ,

Los productos naturales importados de uso en salud,cuyo rotulado no contenga los requisitos antes descritos Regístrese, comuníquese y publíquese.podrán adherir etiquetas acompaftando la informaciónsolicitada. JAIME ZAVALA COSTA

Los envases inmediatos que por su tamaño no puedan Ministro de Trabajo y Promoción Socialcontener toda la información a que se refiere la presentedisposición deberán consignar cuando menos, la informa- 18577