lacava y diniz - la represion policial en brasil

Upload: matias-bailone

Post on 01-Mar-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    1/16

    REVISTA DE

    DERECHO PENALY CRIMINOLOGADELITOS ECONMICOS CONTRAVENCIONAL

    GARANTAS CONSTITUCIONALES PROCESAL PENAL

    EJECUCIN DE LA PENADIRECTOR

    EUGENIO RAL ZAFFARONI

    REA PROCESAL

    MIGUEL . ALMEYRA

    COMIT ACADMICO

    EDUARDO AGUIRRE OBARRIO (ARGENTINA 1923-2011)CARLOS JULIO LASCANO (ARGENTINA)LOLA ANIYAR DE CASTRO (VENEZUELA)

    LUIS ARROYO ZAPATERO (ESPAA)DAVID BAIGN (ARGENTINA 1926-2015)

    NILO BATISTA (BRASIL)ROBERTO BERGALLI (ARGENTINA)

    JORGE DE LA RUA (ARGENTINA 1942-2015)EDGARDO ALBERTO DONNA (ARGENTINA)

    LUIGI FERRAJOLI (ITALIA)JOS LUIS GUZMN DALBORA (CHILE)

    JULIO B. J. MAIER (ARGENTINA)SERGIO MOCCIA (ITALIA)

    FRANCISCO MUOZ CONDE (ESPAA)ESTEBAN RIGHI (ARGENTINA)

    GLADYS ROMERO (ARGENTINA 1933-2014)NORBERTO SPOLANSKY (ARGENTINA)

    JUAREZ TAVARES (BRASIL)JOHN VERVAELE (HOLANDA)JOS SAEZ CAPEL (ESPAA)

    COORDINADORES

    MATAS BAILONERODRIGO CODINO

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    2/16

    GABRIEL IGNACIO ANITUA

    FERNANDO ARNEDO

    RICARDO BASLICO

    VERNICA BILCZYK

    MARA LAURA BHM

    JOS ANGEL BRANDARIZ GARCA

    LEONARDO BROND

    CARLOS CARAMUTI

    ROBERTO MANUEL CARLS

    CARLOS CHIARA DAZMELINA DE BAIROS MOURA

    JAVIER DE LUCA

    HORACIO DIAS

    MATAS EIDEM

    DANIEL ERBETTA

    NADIA ESPINA

    ADRIN FERNNDEZ

    RUBN E. FIGARIMARIANO GUTIRREZ

    JUAN MANUEL LEZCANO

    MANUEL MAROTO CALATAYUD

    JULIANA OLIVALORENA PADOVAN

    JORGE PALADINES RODRGUEZMARCELA PAURA

    GABRIEL PREZ BARBERJONATHAN POLANSKY

    PABLO QUALINA

    RODRIGO M. RASKOVSKY

    MARCELO RIQUERT

    GUIDO RISSO

    CRISTINA SNCHEZ HENRQUEZ

    MXIMO SOZZOPABLO TELLO

    VALERIA VEGH WEIS

    MYRNA VILLEGAS DAZJONATAN WAJSWAJN

    VERNICA YAMAMOTODIEGO ZYSMAN QUIRS

    ISSN: 0034-7914

    REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: EN TRMITE

    IMPRESO EN LA ARGENTINA - Propiedad de La Ley Sociedad Annima - Tucumn 1471 - CP1050AAC - Ciudad Autnomade Buenos Aires - Argentina - Tel.: (005411) 4378-4841

    Nota de la Direccin: las opiniones vertidas en los comentarios firmados son privativas de quienes las emiten.

    Criterios uniformes para el envode colaboraciones

    Los trabajos de doctrina y/o comentarios jurisprudenciales deben ser remitidos va e-mail a [email protected] mismos deben ir acompaados del curriculum vitae del autor ysus datos de contacto.

    COMIT DE REDACCIN

    CON EL AUSPICIO DE

    ASOCIACIN LATINOAMERICANA DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGA (ALPEC)

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    3/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa iii

    DERECHO PENAL

    DOCTRINA

    Suspensin del juicio a prueba. El escribano es funcionario pblico?PorCarlos Llera.......................................................................................................................... 3

    Ius absurdus.La hipertrofia del Derecho penal y su especial incidencia en los delitos contrala seguridad vialPor Ignacio Esteban Fernndez............................................................................................... 8

    El resurgimiento de los viejos estigmas en la moderna codificacin. A propsito delartculo 39 del Cdigo Civil y Comercial

    PorYanina Di Blasio.................................................................................................................. 22

    Juicio por jurados al genocidio argentinoPorCamilo J. Curi Antun........................................................................................................... 27

    NOTA A FALLO

    La reparacin integral del perjuicio (art. 59, inc. 6, Cd. Penal) alcanza a los delitos tribu-tarios en la provincia de Buenos Aires?Por Marcelo A. Riquert.............................................................................................................. 50

    EXTINCIN DE LA ACCIN PENAL / Sobreseimiento. Reparacin del perjuicio. Aplicabi-

    lidad del art. 59 del Cd. Penal. Interpretacin de la ley. Delitos tributarios (CGarantas enlo Penal, La Plata) ....................................................................................................................... 50

    SUMARIO

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    4/16

    iv Derecho Penal y Criminologa- AO vi N 05 JUNiO 2016

    CRIMINOLOGA

    DOCTRINA

    Genocidio, jurisdiccin universal y criminologa cautelarPorMatas Bailone......................................................................................................................... 63

    GARANTAS CONSTITUCIONALES

    DOCTRINA

    Reflexiones superficiales sobre las profundas restricciones a la autonoma por lo lcito-ilcito:colisin de deberes, espacio libre de derecho, Estado, toleranciaPor Matheus Almeida Caetano.................................................................................................... 73

    Traicin a la patria y corrupcin. Garanta constitucional y la necesidad de su instrumentacinPor Armando Rafael Aquino Britos............................................................................................. 89

    Derecho penal y orden pblicoPor Guillermo J. Yacobucci........................................................................................................... 107

    EJECUCIN DE LA PENA

    DOCTRINA

    La pena segn Zygmunt BaumanPorRal F. Elhart........................................................................................................................... 117

    Hacer vivir. Una reflexin acerca de la evolucin del antiguo derecho de espadaPor Nicols Laino y Leandro Fernndez..................................................................................... 127

    Mediacin penitenciaria, una alternativa para la reduccin de la violencia intramuros. Proyec-

    ciones en la ArgentinaPor Mara Cecilia Toro................................................................................................................... 133

    POLTICA CRIMINAL

    DOCTRINA

    Entre Junios: de las protestas urbanas hasta los mega-eventos. El crecimiento de la repre-sin policialPor Luiza Lacava y Eduardo Diniz............................................................................................... 143

    Sobre las ideologas actuales en las reformas penalesPorMariano H. Gutirrez.............................................................................................................. 154

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    5/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa v

    DERECHO COMPARADO

    DOCTRINA

    Procesos de reforma penal en Chile. Aproximaciones desde el campo del Derecho Penal PolticoPorMyrna Villegas Daz................................................................................................................ 169

    El agente encubierto en la investigacin de delitos de pornografa infantil. Su inclusin en laLey de Enjuiciamiento Criminal de Espaa. Necesidad de legislarlo en nuestro pasPor Hugo A. Vaninetti.................................................................................................................... 191

    ACTUALIDAD

    DOCTRINA

    Consideraciones sobre la operacin lava jato. Rgimen legal del arrepentido, prisin pre-ventiva e impeachment en el BrasilPorGabriel Gonzlez Da Silva..................................................................................................... 201

    Manifiesto por una nueva poltica criminal en materia de espacio y orden pblicosGrupo de Estudio en Poltica Criminal (Espaa)....................................................................... 214

    PGINAS CLSICAS

    DOCTRINA

    Delito imposible y putativo (su determinacin conceptual)Por Blasco Fernndez De Moreda............................................................................................... 219

    BIBLIOGRAFA

    Revisin de la cosa juzgada (rrita y fraudulenta), por Osvaldo A. Gozani. Comentado porGuido Croxatto............................................................................................................................... 249

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    6/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa 143

    DOCTRINADPyC POlticA crimiNAl

    Ene Junos: de as poesas ubanas hasa os

    ega-eenos. E eeno de a epesn poaPORLUIZA LACAVA y EDUARDO DINIZ

    Sumario: I. Introduccin. II. La criminalizacin de los movimien-tos sociales y su herencia histrica en Brasil. III. Los nuevos mo-vimientos sociales y la actualidad en Brasil. IV. Las Jornadas deJunio y la represin de las manifestaciones. V. Entre Junios: elcrecimiento de la represin policial y los mega-eventos en Brasil. VI. Conclusin.

    I. Introduccin

    El 12/7/2014, el da anterior a las finales delMundial de Ftbol, la polica de Ro de Janeirohizo 37 arrestos de personas presuntamente re-lacionadas con manifestaciones programadaspara el fin del evento; la operacin moviliz a 80policas e incluso un avin.

    De estas, 26 se realizaron por orden de prisintemporal, 2 por prisin en flagrancia y 16 prisio-

    nes para investigacin, modalidad no receptadapor la Constitucin vigente y rescatada del pero-do de la dictadura militar en el pas. Junto con lasdetenciones, que abarcaron periodistas, profeso-res, locutores y mediticos, se incautaron objetoscomo peridicos, revistas y banderas de los mo-vimientos sociales, los que segn la polica seransuficientes para demostrar su participacin enlas manifestaciones, algunas de ellas acusadas deformacin de milicia armada (1) (art. 228, Cd.Penal brasileo).

    Hace un ao se produjo en el pas la mayorola de protestas en dcadas; la llegada de losmega-eventos es tambin la representacin deun mejoramiento de los sistemas punitivos y elrecrudecimiento del aparato represivo del Es-tado. En un Estado Democrtico de Derecho,cmo garantizar las libertades constitucionalesy asegurar el derecho a la manifestacin pblica?Cuando el estado de excepcin es, de hecho, laregla (Benjamin, 2005), el derecho de circulacin

    (1) BBC BRASIL, Prises na vspera da final da Copadespertam crticas, disponible en www.bbc.co.uk/portu-guese/noticias/2014/07/140712_wc2014_prisoes_rio_jp(acceso 20/10/2014).

    y los derechos de propiedad se superponen a lasgarantas fundamentales, se crean, de esta forma,trucos para la desmovilizacin y la neutraliza-cin de las demandas populares.

    En este ensayo, nos proponemos examinarcmo la accin del Estado brasileo por su apa-rato represivo interfiere en la garanta de losderechos fundamentales y deja espacio para lacreacin de un estado de excepcin permanen-te en la concepcin Giorgio Agamben. Segn el

    filsofo, el estado de excepcin se establece enla fina frontera entre el derecho pblico y hechopoltico, entre el orden jurdica y la situacin so-cial, o en palabras del autor, es la forma jurdicade aquello que no puede tener forma jurdica(Agamben, 2004). Es el resultado de una situa-cin excepcional, en teora, limitado en el tiem-po y en el espacio, es parte y se integra el cuerpodel derecho vigente, lo que perpeta las prcti-cas circunstanciales y acaba por establecerse enel Estado Constitucional. Lo que fue concebidocomo una prctica de emergencia, cuando esaplicado habitualmente a la administracin dela vida se eleva al nivel de paradigma guberna-mental en los Estados democrticos (2). Comobase terica, Agamben utiliza los conceptos delEstado de Excepcin de Carl Schmitt y WalterBenjamin.

    Si tiene la intencin de determinar en qumedida las prcticas excepcionales promovidaspor el Estado reflejan en el mantenimiento y la

    (2) LUIZ, J. V. R., Estado de exceo como regra: o im-passe contemporaneo resistncia poltica no pensamen-to de Giorgio Agamben, disponible en www.estig.ipbeja.pt/~ac_direito/jose_luiz_33.pdf (acceso 12/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    7/16

    144 Derecho Penal y Criminologa- AO vi N 05 JUNiO 2016

    DOCTRINADPyC POLTICA CRIMINAL

    garanta del Estado Democrtico de Derecho. Elconcepto, aqu, es entendido desde la perspecti-va de Jos Afonso da Silva, como la juncin entre

    el Estado de Derecho, que requiere que todos losciudadanos por igual respeten la ley; y el Esta-do Democrtico, garante de la ciudadana, de ladignidad humana, del pluralismo poltico y de laparticipacin social efectiva. El Estado Democr-tico de Derecho se presenta como una organiza-cin poltica, segn lo dispuesto en el art. 1 de laConstitucin Federal de 1988.

    ratamos de establecer una genealoga de larepresin estatal en el pas, centrndose princi-palmente en los movimientos sociales y en lasmanifestaciones de carcter urbano, para final-mente analizar el comportamiento del aparatorepresivo en dos momentos distintos: las protes-tas en junio de 2013 y en el Mundial de Ftbol. Elmtodo utilizado fue la sntesis histrica combi-nada con el anlisis de reportes, no slo periods-ticos, sino tambin de las personas involucradasen el conflicto.

    II. La criminalizacin de los movimientossociales y su herencia histrica en Brasil

    Marcado por la famosa declaracin del lti-mo presidente republicano, Washington Luis,La cuestin social es un asunto de la polica (3),el perodo de la Primera Repblica (finales delsiglo XIX y principios del XX) vio la aparicin delos primeros movimientos sociales organizadosen Brasil, surgidos en el campo y en las nuevasestructuras de los centros urbanos. En gran parte,fueron fruto de las malas condiciones de vida enlas ciudades, la concentracin de la tierra y la ex-plotacin de mano de obra en el campo y un pro-

    ceso general de marginacin social, heredado dela poca imperial y mantenido por los gobiernosrepublicanos. A diferencia de los movimientos delcampo, que eran de carcter ms disperso y enmuchos casos vinculados a factores religiosos, losmovimientos urbanos se basaban en el crecimien-to de la economa industrial, que dio lugar a la for-macin de una clase obrera en las ciudades.

    El carcter anarco-sindicalista era fomentadopor el liderazgo de los inmigrantes de origen ita-liana, el movimiento obrero protagoniz en So

    (3) ESADO, Acervo, Washington Lus, disponible enhttp://acervo.estadao.com.br/noticias/personalidades,washington-luis,566,0.htm (acceso 20/10/2014).

    Paulo y en la antigua capital Ro de Janeiro unaola de huelgas por mejores condiciones de tra-bajo, entre los aos 1917 y 1920, siendo la ms

    grande la huelga general en 1917. Como ocurrien los movimientos sociales rurales, las huelgasfueron severamente reprimidas por el aparatoestatal. Las crceles se llenaron de obreros pre-suntamente anarquistas; se les impidi el fun-cionamiento de las organizaciones laborales; lasviviendas fueron invadidas y cerca de 200 traba-jadores murieron en la represin (oledo, 2007).En el marco jurdico, se destaca en 1921 aproba-cin parlamentaria de dos leyes de instrumen-talizacin de la represin: la primera permiti la

    expulsin de los extranjeros cuya conducta fueraconsiderada daina (condujo a la deportacinde muchos de los lderes); y la segunda se dirigia combatir el anarquismo, considerando delitoslas conductas que amenazasen el orden pblico(Fausto, 1994).

    En la Era Vargas, perodo posterior a las re-pblicas oligrquicas, hay un cambio estratgicoen los medios represivos contrarios a la movili-zacin social. Mientras la Repblica ignoraba lasdemandas de los trabajadores y la respuesta del

    Estado siempre llegaba en la forma de represiny violencia fsica, Vargas empez una poltica deasignacin de derechos y un estricto control delos sindicatos y organizaciones de trabajadores.En un intento por adelantarse a la izquierda y ga-rantizar la lealtad de los trabajadores, se estable-ci una amplia legislacin laboral y del bienestarsocial, tales como la regularizacin del trabajo demujeres y menores de edad; la concesin de lalicencia y el lmite de 8 horas para la jornada detrabajo (Fausto, 1994).

    La nueva estructura fue administrada bajo unestricto control del Ministerio de rabajo, quelegitimaba los sindicatos e impona sus agentes(apodados de pelegos) en posiciones de lide-razgo, lo que minimizaba la accin de los acti-vistas sindicales independientes en gran partecomunistas y anarcosindicalistas (Skidmore,1967). Por lo tanto, Vargas pudo establecer ungobierno de carcter paternalista y controlarlos movimientos obreros urbanos. Sin embargo,una salvedad es necesaria en cuanto a los movi-

    mientos del campo, cuyas demandas no fueronen absoluto contempladas por el presidente. Lastres dcadas que siguieron al gobierno de Vargasfueron marcadas por la restriccin del derecho

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    8/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa 145

    Luiza Lacava y Eduardo DinizDPyC

    de huelga y por la frgil aceptacin de los parti-dos de izquierda, que recurrentemente salan yregresaban a la ilegalidad.

    En el perodo de la dictadura militar (1964-1985) se observ en Brasil y en muchos pases la-tinoamericanos un gran aumento de la represinfsica en contra movimientos organizados y sec-tores de la sociedad pro democracia. Esta radica-lizacin extrema de la represin estuvo marcadapor los crmenes ms brutales contra la huma-nidad y la dignidad humana; los secuestros, lastorturas y las muertes de militantes eran hechoscomunes durante el rgimen. En este perodo; larepresin tena como base ideolgica la llamadaDoctrina de Seguridad Nacional, difundida porlos Estados Unidos en el contexto de la GuerraFra por una supuesta contencin al avance co-munista y reproducido por los militares brasile-os en el contexto nacional (Fernandes, 2009).La materializacin de esta teora ocurri en 1967por la Ley de Seguridad Nacional, diseada parapermitir, dentro de la ideologa militar, la protec-cin del Estado contra el enemigo interno.

    En 1968, bajo el gobierno del general Arthur da

    Costa e Silva, tuvo lugar el ms represivo de losactos institucionales del perodo dictatorial, elacto institucional N 5 (AI-5). Entre las medidasse encontraban el cierre temporal del Congreso;la facultad a los ribunales Militares para juzgardelitos civiles y la medida que permiti el llama-do terrorismo del Estado: la suspensin delhbeas corpus (Fausto, 1994). En conjunto, estasmedidas legales dieron subsidios a una de lasmayores masacres de la historia de Brasil; talescomo el movimiento conocido como la Guerri-

    lla del Araguaia movimiento armado de mili-tantes de izquierda (en su mayora jvenes estu-diantes) en la regin de Araguaia, al norte de Bra-sil que culmin en una confrontacin directacon las fuerzas militares, causando la muerte deunos 70 militantes, adems de las desapariciones(Miranda, iburcio, 2008). Al final de la dictadu-ra militar (1983) se promulg la ltima y ms re-ciente Ley de Seguridad Nacional, en vigor hastael da de hoy.

    En 1985; el desgaste del rgimen militar y las

    diversas demandas populares de elecciones di-rectas (movimiento conocido como EleccionesDirectas Ya!) inici el proceso de nueva demo-cratizacin, marcado por una serie de reivindi-

    caciones sociales, como el movimiento por laamnista amplia, general e irrestricta y el regresode los exiliados polticos. En este contexto surge

    en el ao 1988, como resultado de una AsambleaConstituyente, la Constitucin Federal de 1988,llamada de Constitucin Ciudadana. De hecho,la CF/88 ha trado varias garantas sociales y dederechos fundamentales, consolidadas en suart. 5; es importante destacar, sin embargo, queaunque muchos temas han recibido tratamientoprogresivo, este no fue el caso en la relacin entreciviles y militares (Zaverucha, 2005).

    En este contexto, se mantuvieron varias disposi-

    ciones legales del rgimen militar, como el Esta-tuto de los Extranjeros, que prohbe la participa-cin de los residentes extranjeros en la vida polti-ca y en los negocios pblicos del pas; las polticasde desarrollo para la Amazona, que atienden agrandes proyectos de minera y energa, sin con-siderar las aspiraciones de proteccin ecolgicay ambiental; la mayor parte de los reglamentosadministrativos, que profundizaron la divisinentre la administracin directa (organismosdependientes de los ministerios) y la indirecta(autoridades y fundaciones), lo que dificulta laparticipacin ciudadana en la gestin pblica;y la Ley de los Medios, que hoy crea obstculosa la labor de los periodistas y los medios de co-municacin. El mayor legado, sin embargo, es elmantenimiento de una polica militar en Brasil,lo que garantiza la perpetuacin de la ideologamilitar en el aparato represivo del Estado, dandolugar a una de las policas ms violentas y mort-feras del mundo.

    Segn el informe de la Oficina de Reclamacio-

    nes de la Polica de So Paulo, entre los aos 2005y 2009 la polica de la ciudad mat ella sola un 6%ms que toda la polica en los EE.UU. junta. Enigual sentido, el informe: Fuerza Letal - Violen-cia Policial y Seguridad Pblica de Ro de Janeiroy So Paulo, lanzado en diciembre de 2009 porla ONG internacional Human Rights Watch, indi-ca que la tasa de muertes en arrestos hechos porla polica de So Paulo es 108 veces ms grandeque toda la polica estadounidense (4). Entre los

    (4) INSIUO BRASILEIRO DE CINCIAS CRIMINAIS,Em 5 anos, PM de So Paulo mata mais que todas as po-lcias dos EUA, disponible en http://www.ibccrim.org.br/noticia/13905-Em-cinco-anos,-PM-de-Sao-Paulo-mata-mais-que-todas-as-policias-dos-EUA (acceso 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    9/16

    146 Derecho Penal y Criminologa- AO vi N 05 JUNiO 2016

    DOCTRINADPyC POLTICA CRIMINAL

    mecanismos que legitiman estos ndices est elllamado auto de resistencia o resistencia se-guida de muerte, modo no contemplado en el

    Cdigo de Procedimiento Penal, utilizado paraenmascarar y obstaculizar la investigacin de lasejecuciones sumarias, protegiendo a los agentesagresores.

    En los aos que siguieron al rgimen militar,confirmando una tendencia econmica inter-nacional, ha sido adoptado por el gobierno deFernando Henrique Cardoso el modelo neolibe-ral, visto como la nica opcin para la aperturaeconmica del pas tras el proteccionismo delrgimen militar. En consecuencia, gradualmen-te, hubo un desguace de las estructuras sociales ysectores vulnerables de la sociedad se quedarondesprotegidos (Noble, 2013). En este escenario,se destacaron los movimientos sociales rurales,con nfasis en el Movimiento de los Sin ierra(MS), que alcanz su pice de articulacin na-cional durante los aos 90; con el mayor nmerode expropiaciones de fincas (Stdile; Fernandes,2012). El perodo, sin embargo, se caracteriz porun importante recrudecimiento de las relacionesentre el Estado y los movimientos rurales, dan-

    do espacio a masacres como el de Eldorado dosCarajs (1996), en el cual 19 militantes sin tierramurieron en un enfrentamiento con la polica.

    A pesar de las particularidades que marcaroncada poca histrica brasilea, perdura la inca-pacidad por parte del Estado de establecer undilogo efectivo con los movimientos socialesy las demandas populares. Desde el inicio de laRepblica hasta la nueva democratizacin, lahistoria est impregnada por episodios violentosy represiones severas, presentando claramente

    la tendencia del gobierno a utilizar el aparatode poder en la resolucin de conflictos, ya seanrurales o urbanos. Esta mentalidad punitiva y lafalta de comunicacin con los movimientos so-ciales, aunque revisada, no han sufrido grandescambios en el modus operandidel Estado brasi-leo actual.

    III. Los nuevos movimientos sociales y la ac-tualidad en Brasil

    El perodo de la nueva democratizacin y las

    libertades recin adquiridas, castradas en Lati-noamrica durante las dictaduras (como la liber-tad de pensamiento, de expresin y la libertad dereunin), han trado consigo movimientos socia-

    les de distinto carcter. Los nuevos movimientossociales (5) desvan el enfoque de las demandashistricas de clase, vinculados a las fuerzas pol-

    ticas (o sea partidos polticos) y el poder sindical;y permitieron el surgimiento de nuevos agentespolticos, vinculados a cuestiones de identidad(reconocimiento de gnero, etnia y orientacinsexual) y ocupacin del espacio urbano; movi-mientos de vivienda, el transporte y el acceso ala educacin (John, 2002). Si bien las cuestionespartidistas y de proyecto poltico dieron lugar areclamaciones individuales y colectivas de ca-rcter a menudo difusos y multifactico, fueronampliando tambin los medios de participacin

    poltica y los formatos originales de las deman-das sociales.

    Difundidos y modificados los medios de repre-sentacin, tambin lo hubo de ser el medio de larepresin y el control social. Si antes se observa-ba la represin basada en: a) el aislamiento pol-tico, b) la cooptacin de lderes y c) la represinpura (Sauer, 2008), fue necesario redisear losinstrumentos de control para que se adecuaranen una sociedad en que los nuevos medios decomunicacin hacen que sea imposible el aisla-miento, el liderazgo es difuso o inexistentes y larepresin tradicional ya no puede contener lasmanifestaciones.

    Una vez intensificada la represin en su formapura, especialmente con respecto a la conten-cin de las revueltas urbanas, la nuevas formasde represin social se caracterizan por la crimi-nalizacin por parte de la opinin pblica, la ma-nipulacin por parte de los grandes medios decomunicacin, la criminalizacin de la pobreza y

    la marginacin de la poblacin, la militarizacinde territorios y el uso del sistema judicial para lacreacin de condiciones legales legitimadoras dela represin fsica, que restringen el acceso a laspolticas pblicas y dirigen las acciones discrimi-natorias de los tribunales.

    Entre las nuevas formas de represin adopta-das por el Estado para mantener el orden socialy las diversas manifestaciones que han surgidoen diferentes partes del mundo, desde la Prima-

    (5) Matrizes ericas dos Novos Movimentos Sociais(NMS): Da escola de Frankfurt: Teodor W. Adorno,Jrgen Habermas. Do idealismo contemporneo: FlixGuattari, Gilles Deleuze, Michel Foucault.

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    10/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa 147

    Luiza Lacava y Eduardo DinizDPyC

    vera rabe en 2010, podemos destacar algunosfactores comunes. El descreimiento en el pro-ceso tradicional de la participacin poltica, en

    gran parte, sostenido por los grandes mediosde comunicacin, llev a una descalificacin dela poltica y de los propios agentes polticos; elllamado system blame (SOUZA, 1988), lo quecontribuy en gran medida a que las demandaspuntuales evolucionaren a la crtica del sistemapoltico. Las reclamaciones por lo tanto no sedetiene cuando se alcanza el objetivo principal;mostrando el carcter estructural que conllevalas manifestaciones (Zizek, 2013). Unido a estose encuentra la crisis de representacin sufrida

    por los viejos medios de comunicacin: aunquepermanezcan como el vehculo de transmisinde informacin ms grande, pierden espacio yprotagonismo con gran velocidad por los mediosalternativos. En este contexto de cada y ascensode nuevos actores sociales, surgen las manifesta-ciones brasileas de junio de 2013, que se con-virtieron en cada vez ms frecuentes protestas enel pas.

    IV. Las Jornadas de Junio y la represin delas manifestaciones

    El 6/6/2013, 5.000 manifestantes cerraron laAvenida Paulista en So Paulo, en protesta contrael aumento de la tarifa del autobs en la ciudad,de R $ 3,00 a R $ 3,20. Menos de un mes despus,1,5 millones de personas tomaron las calles endiferentes ciudades del pas, multiplicando noslo la adhesin, sino tambin las reivindicacio-nes, que extrapolan mucho la cuestin del trans-porte urbano (6). Sorprendidos por la repentinaola de movilizacin nacional y sin preparacinpara trabajar en manifestaciones a gran escala,

    los gobernantes y el aparato represivo funciona-ron como los principales factores que aseguraronlas proporciones de las ahora llamadas jornadasde junio.

    Convocadas por el Movimiento Pasaje Libre(MPL), una organizacin compuesta principal-mente por jvenes estudiantes, que defiende latasa cero para el transporte pblico y la inclusinsocial a travs de la movilidad urbana, las prime-

    (6) G1, Resultados das manifestaes de junho. Vejaquais foram as principais demandas, a linha do tempodos protestos e como os poderes reagiram a eles, disponi-ble en http://g1.globo.com/brasil/linha-tempo-manifesta-coes-2013/platb (acceso 20/9/2014).

    ras protestas que dieron origen a las manifesta-ciones tenan baja adherencia de la poblacin yla falta de apoyo del pblico, que se coloc en

    contra los actos de vandalismo cometidos porlos manifestantes, como el saqueo de la propie-dad pblica y privada, especialmente de las prin-cipales instituciones en el sistema financiero,tales como sucursales bancarias y cajeros auto-mticos (acto tipificado por art. 163, Cd. Penalbrasileo, como delito de daos).

    En la semana decisiva para el curso de las pro-testas, el movimiento convoc cinco actos (7) enlos cuales hubo una intensificacin progresiva dela actividad policial. En el 13 de junio, un enfren-tamiento entre las tropas de choque de la policamilitar y los manifestantes result en ms de 200detenidos y 4 acusados de vandalismo, destruc-cin del patrimonio y formacin de banda (8). Lautilizacin indiscriminada de una gran variedadde armas de letalidad baja, como balas de goma ygases lacrimgenos, result en miles de manifes-tantes heridos, incluidos periodistas y miembrosde la prensa. En gran parte debido a los mediosde comunicacin alternativos, imgenes y videosde la violencia policial tomaron las redes sociales

    del pas y llegaron a la prensa internacional, loque oblig al pblico a reconsiderar su posicin.La violencia policial antes selectiva y restringidaa los barrios y barriadas marginales indign a lapoblacin cuando fue dirigida a jvenes de clasemedia, y luego de unos das, el pas asisti a lams grande movilizacin pblica en dcadas.

    En un Estado Democrtico de Derecho, es cier-to que constantemente se contraponen derechosy garantas fundamentales, a menudo nublan-

    do la frontera entre la garanta del derecho y lalesin de otro. Cmo conciliar la garanta fun-damental de la seguridad pblica (art. 144 de laConstitucin) y el derecho de ir y venir (art. 5,Seccin XV), el derecho constitucional de reu-nin y de libre expresin del pensamiento (art. 5,tulo II, secciones XVI y IV de la Constitucin)?A pesar de este aparente impasse, es posible dis-tinguir y poner freno a las conductas que restrin-gen las libertades y son ofensivas para los dere-

    (7) G1, Resultados..., cit.

    (8) G1, Quatro continuam detidos aps protesto destaquinta feira em SP, disponible en http://g1.globo.com/sao-paulo/noticia/2013/06/cinco-permanecem-detidos-apos-protesto-de-quinta-em-sp.html (acceso 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    11/16

    148 Derecho Penal y Criminologa- AO vi N 05 JUNiO 2016

    DOCTRINADPyC POLTICA CRIMINAL

    chos promovidas por el Poder Pblico. La iden-tificacin de estos comportamientos es esencial,ya que busca impedir la formacin de un estado

    punitivo, y la estructuracin de un derecho ba-sado en la garanta social mnima, pero penali-zacin mxima. Se analizan aqu algunos de losdispositivos legales utilizados para tipificar con-ductas de participantes de las manifestaciones,sindolos la asociacin criminal para la creacinmilicias privadas (art. 288-A, Cd. Penal), la Leyde Seguridad Nacional y la prisin para investi-gacin.

    Para la interpretacin correcta del tipo de aso-

    ciacin delictuosa para creacin de milicia pri-vada (art. 288-A, Cd. Penal), no es posible de-jar de considerar el contexto poltico y social quedio origen a su formulacin, o sea, la contencindel trfico y la proteccin de la poblacin vulne-rable en las Vilas de pobreza de Ro de Janeiro.ratando de comprender el fenmeno de lasmilicias privadas, Ignacio Cano (2008) llev acabo la investigacin Seis por media docena?Un estudio exploratorio de las milicias en Ro deJaneiro que resalta sus principales caractersti-

    cas: a) dominio territorial de las zonas de vulne-rabilidad de la poblacin por grupos armados;b) la coaccin de los residentes; c) el afn delucro individual; d) el discurso de legitimacinrelativa a la liberacin del trfico de drogas. Estpresente la interpretacin amplia incrimina-toria al aplicar el tipo penal, que se configuracomo uno de los crmenes colectivos de penasms severas del sistema, a los manifestantes, enlesiones evidentes a los principios de proporcio-nalidad y razonabilidad, y vehemente desprecio

    del contexto en el que debera ser aplicado (9).El propsito de la tipificacin de formacin demilicias privadas es precisamente la proteccinde la paz pblica, y se dirige a los delitos msgraves, incongruente, todava, cuando se apli-ca a los miembros de los movimientos socialescuyos crmenes generalmente son de pequeopotencial ofensivo, tales como los delitos de da-os. En el mismo sentido se muestran sin pro-psito las acusaciones contra los militantes por

    (9) JUNIOR, A. P. - GOMES, E. X. - SILVESRE, F. G. -SILVA, N. M., A utilizao do Direito Penal como ferramentapoltica na represso de manifestaes pblicas, disponibleen www.ammp.org.br/inst/artigo/Artigo-86.pdf (acceso13/9/2014).

    los delitos de conspiracin (art. 299, Cd. Penal)y formacin de milicias armadas (art. 288, p-rrafo nico, Cd. Penal) que tambin ocurrie-

    ron durante las manifestaciones (10).

    La Ley de Seguridad Nacional antes mencio-nada, promulgada en diciembre de 1983 por ladictadura militar, fue resucitada recientementecomo una forma de contener las protestas. Susfundamentos son relativos a geopoltica (nacincomo el nico proyecto del Estado), la bipolari-dad (maniquesmo y polarizacin del mundo en-tre el Occidente democrtico y bloque comunis-ta) y la guerra total (la lucha contra el enemigo dela nacin debe movilizar a todos los sectores de lasociedad), constituyendo as instrumento de de-fensa del Estado contra el ciudadano (Comblin,1978). El dispositivo, que ni siquiera fue revisa-do, ofrece muy altas penas como la restriccin dela libertad de hasta cuatro aos por incitar a laanimosidad entre las fuerzas armadas y las clasessociales y 10 aos por sabotear los medios decomunicacin. Lo ms preocupante, sin embar-go, son las acusaciones, basadas en dispositivosextremadamente abiertos y de alta subjetividad,como el uso de la violencia en contra del orden

    y incitar a la subversin del orden nacional, quedan lugar a diversas arbitrariedades, establecien-do, as, la inseguridad jurdica.

    El dispositivo ms anacrnico utilizado paracriminalizar las manifestaciones fue, sin embar-go, la prisin para investigacin. Usado duranteel rgimen dictatorial y no admitida por la Cons-titucin de 1988, la normativa ya superada jus-tific la detencin de ms de 150 manifestantesen una jornada de protesta, a pesar de la Consti-tucin Federal y el Cdigo de Procedimiento Pe-

    nal admitieran penas de prisin slo en casos deflagrancia, o por orden expresa de la autoridadjudicial, o durante el procedimiento penal,en virtud de la detencin preventiva o tempo-ral (art. 5, LXI, CF., y art. 283, Cd. Proc. Penal).Fue resaltado por los ministros Celso de Mello eCelso Bastos (11) que la detencin para inves-

    (10) O GLOBO, Irmos presos em manifestao con-fessam e so indiciados por quadrilha armada, disponi-ble en http://oglobo.globo.com/rio/irmaos-presos-em-manifestacao-confessam-sao-indiciados-por-quadrilha-armada-10476826 (acceso 20/9/2014).

    (11) CANOILHO, J. J. G. - MENDES, G. F. - SARLE, I.- SRECK, L., Comentrios a Constituio do Brasil, Ed.Saraiva, So Paulo, 2013.

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    12/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa 149

    Luiza Lacava y Eduardo DinizDPyC

    tigacin slo es posible en una situacin en lacual se suspenden las garantas constitucionalespara la defensa del poder del estado o estado de

    sitio, as, de qu manera es posible admitir suuso para la detencin de manifestantes en las ca-lles, en ejercicio de su derecho constitucional enel Estado Democrtico de Derecho?

    En el mismo sentido de las detenciones in-constitucionales tambin se vio el surgimientode la modalidad cmica de prisin por poseervinagre, artefacto utilizado por los manifestantespara neutralizar los efectos de ardor en los ojos yla garganta, producidos por las bombas de gas la-

    crimgeno lanzados por la polica. En la protestadel 13 de junio, en So Paulo, marcada por el ma-yor recrudecimiento policial hasta el momento,40 personas fueron llevadas a las comisaras depolica, incluso antes del acto, por motivos deposesin de vinagre (12).

    Adems de los tipos penales desplegados paracontener a los manifestantes, es necesario llamarla atencin sobre cmo se llev a cabo la repre-sin de las protestas en s. El uso indiscriminado

    de baja letalidad (como gas pimienta, gas lacri-mgeno y balas de goma) y la falta de legislacinen el pas que rija el uso de tales municiones ori-gin a muchos abusos. Hay casos emblemticoscomo la bala de goma que afect el ojo de la pe-riodista Giuliana Vallone cuando cubra el actode 13 de junio (13), y la no tan noticiada muertede la basurera Cleonice Vieira de Moraes debidoa la intoxicacin de gas lacrimgeno durante lajornada de protesta del 21 del mismo mes (14)muestran la falta de preparacin de las tropas dechoque de la polica militar para contener mani-festaciones que, por regla general, se iniciaron deuna manera pacfica.

    (12) CARA CAPIAL, Em So Paulo, vinagre d cadeia,disponible en www.cartacapital.com.br/politica/em-sao-paulo-vinagre-da-cadeia-4469.html (acceso 13/9/2014).

    (13) UOL NOCIAS, Reprter da V Folha atingidano olho por bala de borracha durante protesto em SP, dis-ponible en http://noticias.uol.com.br/cotidiano/ultimas-noticias/2013/06/13/reporter-da-tv-folha-e-atingida-no-olho-por-bala-de-borracha-durante-protesto-em-sp.htm(acceso 13/9/2014).

    (14) ESADO, Morre em Belm gari que inalou gs lacri-mogneo em protesto, disponible en http://brasil.estadao.com.br/noticias/geral,morre-em-belem-gari-que-inalou-gas-lacrimogeneo-em-protesto,1045335 (acceso 20/9/2014).

    Esta imagen se acenta ya que la ley 10.826 de2003, que legisla sobre el uso de armas en Brasil,slo se ocupa de las armas de fuego, dejando un

    vaco normativo sobre las llamadas armas noletales, quedando slo a los cdigos de buenaconducta, editados por la polica militar de losestados, y la dejando ms difcil de investigar losabusos cometidos (15). Aunque su uso sea unintento de neutralizar las amenazas sin utilizararmas de fuego, y por lo tanto reducir el nmerode muertes en enfrentamientos con la polica, lainsuficiente formacin dispensada a los agen-tes sobre el manejo y uso de los dispositivos, ascomo el rastreo y la investigacin, ya precarios,

    de la forma y de las circunstancias en las que seemplearon da lugar para que la municin noletal se convierta en algo igualmente ofensivo.Adems de no regulados, muchos de los artefac-tos utilizados tambin tenan fecha de caducidadultrapasada y el riesgo, por tanto, incierto parala poblacin, como el gas lacrimgeno, comodenuncia de la agencia de periodismo ReprterBrasil, en el momento de las protestas (16).

    Muy usados en manifestaciones urbanas, losarmamentos de baja letalidad fueron disea-

    dos principalmente para uso en grandes conflic-tos. Por ejemplo la bomba de gas lacrimgeno,desarrollada durante la Segunda Guerra Mundialy considerada arma qumica por las ONG inter-nacionales Amnista Internacional y Fsicos porlos Derechos Humanos, y el gas pimienta, quetiene su utilizacin prohibida en las guerras porla Convencin sobre Armas Qumicas (1993 - art.1), visto como mtodo tortura. A pesar de la faltade regulacin legal y su potencialmente letal yademostrada durante las protestas de junio, Bra-sil se ha convertido en un importante productormundial de las armas no letales. La compaaCondor SA, industria qumica titular de la manu-factura en el pas de estas armas, fue responsablede proveer la mayor parte del gas lacrimgenoutilizado en urqua en las protestas de 2013,

    (15) CARA CAPIAL. IZABEL, omaz Amorim, No-vos mercados da violncia no Brasil, disponible en http://negrobelchior.cartacapital.com.br/2013/08/28/novos-mercados-da-violencia-no-brasil-as-armas-nao-letais(acceso 13/9/2014).

    (16) REPRER BRASIL, Em So Paulo, PM usa bom-bas de gs vencidas contra manifestantes, disponible enhttp://reporterbrasil.org.br/2013/06/em-sao-paulo-pm-usa-bombas-de-gas-vencidas-contra-manifestantes (acce-so 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    13/16

    150 Derecho Penal y Criminologa- AO vI N 05 JUNIO 2016

    DOCTRINADPyC POLTICA CRIMINAL

    durante la primavera rabe, y es el proveedor l-der de los armamentos que se utilizarn durantela realizacin de los grandes eventos en Brasil,

    Mundial de Ftbol y los Juegos Olmpicos (17).

    V. Entre Junios. El crecimiento de la repre-sin policial y los mega-eventos en Brasil

    Durante los preparativos para los Juegos Olm-picos y el Mundial de Ftbol en Sel y Corea delSur (1988 y 2002 respectivamente), se estima quems de 720.000 personas han sido retiradas desus hogares, un total de aproximadamente el15% de los residentes en la ciudad (18). En 2010,cuando fue sede del Mundial, Sudfrica vio la re-mocin de 20.000 personas (19). De acuerdo conestimaciones de la Coordinacin Nacional de losComits Populares de la Copa (ANCOP), unaorganizacin diseada para vigilar los abusoscometidos durante el evento en Brasil, el n-mero de remociones, en su mayora forzadas eirregulares, puede llegar a 220.000 en el pas. Apesar de los esfuerzos de embellecimiento pro-movidos por los gobiernos, los mega-eventoscomo una regla ocultan una faceta de drstica

    violacin a los derechos humanos y el despre-cio por la Constitucin de los pases recepto-res, comnmente locales de legislacin pococonsolidada y, por lo tanto, ms vulnerables alas exigencias de la organizacin de los eventos.En Brasil, el legado ms importante del Mundialparece ser una mejora del aparato coercitivo y laexpansin de la ya extensa zona de suspen-sin de derechos (20).

    (17) AGENCIA PBLICA DE REPORTAGEM E JORNA-LISMO INVESTIGATIVO, Bomba brasileira na pele turca,

    disponible en http://apublica.org/2013/06/gas-lacrimo-geneo-brasileiro-utilizado-pela-policia-na-turquia (acce-so 13/9/2014).

    (18) CATHOLIC INSTITUTE FOR INTERNATIONALRELATIONS, Disposable People: Forced Evictions inSouth Korea, Catholic Institute for International Rela-tions, London, 1988, p. 56.

    (19) BBC BRASIL, Copa pode provocar despejo de 250mil pessoas, afirmam ONGs, disponible en www.bbc.co.uk/portuguese/noticias/2013/06/130614_futebol_des-pejos_cm_bg (acceso 20/9/2014).

    (20) INSTITUTO MOREIRA SALLES, ARANTES, Paulo,

    Democracia de baixa intensidade militariza gesto so-cial, Quatro perguntas para Paulo Arantes, disponible enwww.blogdoims.com.br/ims/legado-da-copa-e-mecanis-mos-de-repressao-quatro-perguntas-para-paulo-arantes(acceso 13/9/2014).

    En su libro Estado de excepcin, Giorgio Agam-ben explora los lmites de dichas situaciones ex-cepcionales, como la guerra, estado de sitio y los

    eventos de movilizacin mundial, y el potencialde perpetuar sus prcticas ms all del efectotemporal, creando un tipo de jurisprudenciamuda, que aunque no se establezca claramente,es seguida de manera efectiva (21). En palabrasde Agamben: Delante del avanzo de lo que fuedefinido como una guerra civil mundial, el esta-do de excepcin tiende siempre ms a ponersecomo un paradigma de gobierno dominante enla poltica contempornea. Ese cambio de unamedida pasajera y excepcional hacia una tcnica

    de gobierno amenaza con cambiar mucho y,de hecho, ya cambi la estructura y el sentidode la distincin tradicional entre diversos tiposde constitucin.

    En Brasil, estas excepciones se verificaronen la forma de aprobacin de leyes que abrie-ron verdaderos abismos en la Constitucin parapermitir la implementacin de mega-eventos,de acuerdo con los requisitos de las entidadesinternacionales. La conocida como Ley Generalde la Copa (LGC) 12.663/2012, resultado de un

    acuerdo entre el gobierno brasileo y la FIFA,institucin privada, tiene varias disposicionesque entran en conflicto con la legislacin na-cional y violan abiertamente la soberana,como la restriccin del derecho de huelga desdetres meses antes del evento, la creacin de zo-nas limpias de comercio exclusivo de la FIFArestringiendo el comercio popular, la responsa-bilidad de la Unin por los daos causados porterceros y fenmenos de la naturaleza, la exen-cin de la institucin y sus subsidiarias para pa-

    gar los costos y gastos legales, entre otras deter-minaciones. A un mes del inicio del Mundial, laCorte Suprema cedi a la presin poltica y des-estim la accin directa de inconstitucionalidad(ADI) 4976, escrita por la Procuradura General

    y que cuestion la validez de diversas disposi-ciones de la ley, lo que permite que ella se apli-que en su totalidad antes del 31/12/2014. A pe-sar de la Ley General, las ciudades donde hubo

    juegos fortalecieron su legislacin para aprobarleyes de seguridad, exencin de impuestos, la

    (21) FOLHA DE S. PAULO. SAFATLE, Vladimir, Legadopara no esquecer, disponible en www1.folha.uol.com.br/colunas/vladimirsafatle/2014/07/1486026-legado-pa-ra-nao-esquecer.shtml (acceso 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    14/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 - Derecho Penal y Criminologa 151

    Luiza Lacava y Eduardo DinizDPyC

    transferencia de potencial constructivo y limi-tacin territorial (22).

    La privatizacin de los espacios pblicos y laproteccin de los activos dan lugar a la compren-sin de que es necesario promover el manteni-miento del orden, constantemente alimentadopor la estructura social moderna que promue-ve la inseguridad como un principio de orga-nizacin de la vida colectiva, los intercambioseconmicos y el comportamiento individual(Wacquant, 2006). Este sentimiento de insegu-ridad general contribuye a conferir legitimidadsocial y dar lugar a la formulacin de normas que

    restringen la libertad. En este sentido, en diciem-bre de 2013, el Ministerio de Defensa public eldecreto 3.461/ D, titulado Garanta de Ley y Or-den. El documento establece las situaciones enlas que se puede accionar los militares para lasoperaciones de seguridad pblica, a pesar de queesta asignacin no est prevista en el art. 144 dela Constitucin Federal relativo a la institucin.Entre las amenazas estn las diferentes formasde manifestaciones y protestas sociales, ampliaspara cualquier situacin considerada como des-orden que legitima la convocatoria y la conten-

    cin por parte del Ejrcito, la Marina y la FuerzaArea.

    A principios de 2014, aprovechando la histeriasocial causada por la muerte del periodista San-tiago Andrade, alcanzado por un cohete duranteuna manifestacin contra el aumento de tarifasen Ro de Janeiro, el Senado volvi a examinar elproyecto de ley 499/2013, la Ley contra el erro-rismo. Mientras que todos los delitos previstosen el proyecto de ley ya estn sancionados en el

    Cdigo Penal (como el secuestro, el asesinato, laapologa al delito), que aparecen en el proyectovinculado con un delito donde no lo hay, el delitode terrorismo. Con redaccin abierta y genri-ca, el proyecto de ley que criminaliza la accinterrorista da lugar al autoritarismo de las fuerzasde seguridad y permite la persecucin poltica,marcando un enorme retroceso para los logrosdemocrticos. La discusin del proyecto planteaun doble oportunismo: por un lado, la falsa ga-ranta de la seguridad pblica, en un ao electo-

    (22) G1, Visando Copa, PMs aumentam estoque dearmas no letais, disponible en http://g1.globo.com/bra-sil/noticia/2014/05/visando-copa-pms-aumentam-esto-que-de-armas-nao-letais.html (acceso 13/9/2014).

    ral, por el recrudecimiento de los tipos delictivos;la otra, la expansin de la criminalizacin, ade-cuado para la proximidad de los mega-eventos

    en el pas.

    Aun as, el legado ms tangible del Mundialde Ftbol ha sido, sin duda, la mejora de apa-rato coercitivo. Segn el Ministerio de Defensa,el gobierno asignar el valor de 2320 millonespara la seguridad de los mega-eventos, inclu-yendo la compra de equipos, construccin denuevas instalaciones y la capacitacin de losagentes (23). La inversin, que se divide entre laCopa del Mundo 2014 y los Juegos Olmpicos de2016, es compatible con la llamada innovacinde gestin, programado para la seguridad p-blica. Nuevos rganos como los Centros de In-tegracin de Comando y Control y la SecretaraEspecial de Seguridad Pblica para los GrandesEventos garantizan la interconexin de los apa-ratos coercitivos, y stos con las fuerzas arma-das, por no hablar de los equipos tecnolgicosantidisturbios que se estn comprados en bultopara la ocasin. Segn la investigacin llevadaa cabo por el Ejrcito, la Unin adquiri de laCompaa Condor $ 46,5 millones en armas me-

    nos letales para las ciudades sede del Mundial,distribuidos en Kits Operativos, que contienenlas maletas armadas de bala de goma, bombasde gases lacrimgenos y paralizantes, armas deelectrochoque, entre otros dispositivos. Segnla encuesta, la municin qumica y no letal ad-quirida sera suficiente para hacer 797 disparosde bala de goma y 819 lanzamientos de grana-das de gas al da entre junio de 2013 y julio de2014, fecha del Mundial (24).

    El 30/6/2013, cuando tuvo lugar en la ciudadde Ro de Janeiro la final de la Copa de las Con-federaciones, la Unin tuvo la oportunidad deponer en prctica lo que fue la mayor operacinde seguridad prevista hasta ahora para un even-to deportivo en la historia del pas. Se moviliz

    (23) OBSERVARIO DAS MERPOLES, Segurana p-blica nos megaeventos do Rio, disponible en http://www.ob-servatoriodasmetropoles.net/index.php?option=com_k2&view=item&id=263%3Aseguran%C3%A7a-p%C3%BAblica-nos-megaeventos-do-rio&Itemid=164&lang=pt (acceso 13/9/2014).

    (24) G1, Visando Copa, PMs aumentam estoque dearmas no letais, disponible en http://g1.globo.com/bra-sil/noticia/2014/05/visando-copa-pms-aumentam-esto-que-de-armas-nao-letais.html (acceso 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    15/16

    152 Derecho Penal y Criminologa- AO vi N 05 JUNiO 2016

    DOCTRINADPyC POLTICA CRIMINAL

    a 10.000 policas (siendo 1200 del comando an-tidisturbios) y otros 7.400 militares del Ejrcito,distribuidos en puntos estratgicos de la ciudad,

    as como vehculos blindados, helicpteros y lacaballera (25).

    Contrariamente a lo esperado, las cifras de laPolica Militar mostraron la presencia de slo5.000 manifestantes en la maana, y 1.200 du-rante el juego, en las dos protestas programadaspara el da. Sin embargo la desproporcin de casi3 oficiales para cada manifestante la noche deljuego estuvo marcada por una intensa represinpor los agentes con el uso irrazonable de las ar-mas qumicas, lo que permiti a los jugadoresdecir ms tarde que habran sentido los efectosde los gases en el interior del estadio Maracandurante el partido (26).

    Realizada la prueba, y con el fin de alcanzar losestndares de seguridad establecidos por la FIFA,las autoridades consideraron necesario casi tripli-car el nmero de hombres para la seguridad p-blica durante el Mundial de Ftbol con relacina la Copa de las Confederaciones, alcanzando170.000 agentes (27). Las protestas, sin embargo,

    demostraron una vez ms la desproporcin entreel aparato represivo y la amenaza real. El 12 dejunio, prevista para la ceremonia de apertura delMundial en So Paulo, las manifestaciones conta-ron con poco ms de 700 personas (28). Aunqueempezaron pacfica, las protestas terminaroncon 31 detenidos y varios heridos, entre ellos las

    (25) ESADO, Rio mobiliza 10 mil policiais para segu-rana na final do Maracan, disponible en http://espor-tes.estadao.com.br/noticias/futebol,rio-mobiliza-10-mil-policiais-para-seguranca-na-final-no-maracana,1048157

    (acceso 13/9/2014).(26) Eu e outros jogadores estvamos com os olhos

    queimando. Perguntei se tinham espirrado algum sprayde pimenta por ali, declarou o atacante Hulk em entrevis-ta para o jornal O Estado de S. Paulo, disponible en http://esportes.estadao.com.br/noticias/futebol,rio-mobiliza-10-mil-policiais-para-seguranca-na-final-no-maraca-na,1048157 (acceso 13/9/2014).

    (27) GAZEAWEB, Segurana na Copa: 170 mil homense investimento de R$ 1,9 bilhes, disponible en http://ga-zetaweb.globo.com/mobile/noticia.php?c=362043&e=3(acceso 13/9/2014).

    (28) IG, Policiais e manifestantes contrrios Copa en-tram em confronto na Lapa, disponible en < http://odia.ig.com.br/noticia/rio-de-janeiro/2014-06-12/policiais-e-manifestantes-entram-em-confronto-na-lapa.html (acce-so 20/9/2014).

    periodistas Shasta Darlington y Barbara Arvani-tidis, corresponsales de CNN en Brasil, que sevieron afectadas por la metralla de las bombas

    lacrimgenas (29). La falta de preparacin de losagentes pblicos para contener las manifestacio-nes que se proponen pacficas, y el uso indiscri-minado de la fuerza aliada a las armas antidis-turbios constituyen un escenario de aumento yequipamiento de los sistemas de coercin cen-trados a la contencin y la represin de la mani-festacin popular.

    VI. Conclusin

    La participacin popular en la vida polticadel pas aparece como una piedra angular en laconstruccin del Estado Democrtico de Dere-cho. Desde los aos 80, con la eliminacin de losregmenes autoritarios en Amrica Latina, la pre-sencia de los ciudadanos en la toma de decisionespblicas y la garanta de los derechos constitucio-nales establecidos como una herramienta parapromover la democracia, as como una salva-guardia contra el abuso de poder del Estado (30).El Estado tiene el deber de dar los medios parapotenciar y motivar esta participacin, tal comose expresa Jos Afonso da Silva: Este [el EstadoDemocrtico de Derecho] tiene como funcin elprincipio de la soberana popular, que impone laparticipacin efectiva y real del Pueblo en todolo que es pblico, participacin que no terminaen la formacin de las instituciones del Estado,que sin embargo representan una parte impor-tante del Estado Democrtico, no constituyen sutotalidad.

    La capacidad y la garanta del derecho a di-

    sentir, expresar libremente la opinin y resistira las fuerzas represivas del Estado son condicio-nes necesarias para la democracia. La libre ex-presin en una sociedad pluralista permite unamejor distribucin del poder entre los grupos depresin, permitiendo cada segmento de recla-

    (29) G1, Protestos contra abertura da Copa deixam feri-dos e detidos em SP, disponible en http://g1.globo.com/sao-paulo/noticia/2014/06/protestos-contra-abertura-da-copa-deixam-feridos-e-detidos-em-sp.html (acceso 13/9/2014).

    (30) PARENE, Lygia Bandeira de Mello, Participaosocial como instrumento para a construo da democracia:a interveno social da administrao pblica brasileira,Braslia, 2006, disponible en http://portal2.tcu.gov.br/por-tal/pls/portal/docs/2054994.PDF (acceso 13/9/2014).

  • 7/26/2019 Lacava y Diniz - La Represion Policial en Brasil

    16/16

    AO vi N 05 JUNiO 2016 Derecho Penal y Criminologa 153

    Luiza Lacava y Eduardo DinizDPyC

    mar derechos sociales y mejoras sociales (31). Enrelacin con el derecho penal, su funcin princi-pal es asegurar que se penaliza con mayor rigor

    delitos que obstaculicen o impidan el ejerciciode esos derechos y el logro de los objetivos de unEstado democrtico, es decir, la funcin del de-recho penal objetiva como una herramienta depromocin de la democracia, no como un pro-blema y un factor criminalizacin (32).

    La acusacin formal de los manifestantes pordelitos colectivos de alto contenido punitivo, laausencia de pruebas de lastre y el desconoci-miento del contexto que establece el tipo penal

    correspondiente, el uso de tipos arcaicos de ca-rcter excepcional para el marco de delitos co-munes y el uso excesivo de la fuerza para conte-ner las manifestaciones populares muestra unatendencia a criminalizar los movimientos polti-cos y del aumento del aparato represor, un retro-ceso en la maduracin del rgimen democrtico.Esta tendencia sigue teniendo el efecto perjudi-cial de causar desaliento e incredulidad cuanto a

    (31) MERLIN, Meigla Maria Arajo, O Municpio e oFederalismo, Mandamentos, Belo Horizonte, 2004.

    (32) FOSCARINI, atiana, A criminalizao dos Movi-mentos Sociais e o Sistema Judicirio, en: MOSRA DEPESQUISA DA PS-GRADUAO - PUC-RS, III, 2008,disponible en www.pucrs.br/edipucrs/online/IIImostra/CienciasCriminais/62784%20-%20LEIA%20AIANA%20FOSCARINI.pdf (acceso 13/9/2014).

    la eficacia de las manifestaciones pacficas, ame-nazando un medio importante de peticin popu-lar y el aumento de los riesgos de radicalizacin,

    incluso por grupos pequeos. Esa herramientaentonces se convierte en potencial agresor de lasinstituciones y amenaza la estabilidad social.

    La individualizacin de las conductas y la in-vestigacin completa de la autora de los crme-nes deben estar presentes en la investigacin delas acciones emprendidas tanto por civiles comopor agentes pblicos. No es aceptable, en ningnmomento, que se emplee ms o menos rigor enla bsqueda de la responsabilidad. Del mismomodo, no se puede aceptar que los tipos pena-les de carcter amplio sean empleados con el finde suprimir las acciones sin caracterizacin ade-cuada de las circunstancias y el contexto en quese produjeron.

    Por ltimo, nunca est de ms sealar que lalegislacin vigente ya establece la caracteriza-cin necesaria para prevenir y castigar los actosde violencia cometidos intencionalmente duran-te las protestas pblicas, y, en la mayora de loscasos, los intentos innecesarios y oportunistas

    del legislativo. Es imprescindible, s, que el Esta-do permita espacios a los reclamos de la pobla-cin y pueda garantizar los derechos constitucio-nales y la estructuracin de una fuerza policialque promueve la ciudadana y la participacinpopular.u