lineamintos drogas

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Lineamientos tØcnicos y metodolgicos para la implementacin de los artculos 96 y 97 de la ley orgÆnica contra el trÆfico ilcito y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrpicas PONENTE: Milet muæoz

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lineamientos programa drogas

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Lineamientos técnicos y metodológicos para la

implementación de los artículos 96 y 97 de la ley

orgánica contra el tráfico ilícito y consumo de

sustancias estupefacientes y psicotrópicas

PONENTE: Milet muñoz

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ÁMBITO LABORAL

Es un ámbito estratégico dentro de la Oficina Nacional

Antidrogas, el cual promueve el desarrollo de la calidad de

vida de los trabajadores y trabajadoras de la República

Bolivariana de Venezuela, a través de la implementación de

programas y proyectos de prevención integral del consumo

de drogas, sin hacer distinción en los niveles jerárquicos de

los mismos, tanto en el sector público como en el privados.

ÁMBITO LABORAL

OBJETIVO:

Contribuir en la definición de un conjunto de acciones que

se enmarcan en las estrategias preventivas, las cuales

apunten hacia un abordaje efectivo de la población laboral

del país.

Plan Nacional Antidrogas 2008 - 2013

PREVENCIÓN LABORALINDICADORES PARA UNA INTERVENCIÓN PREVENTIVA EN EL ÁMBITO LABORAL

Porcentaje de aumento de los actores claves y líderes de

organizaciones que propicien la participación de los trabajadores

en los programas y proyectos de prevención del consumo de

drogas.

Porcentaje de aumento del personal de recurso humano

capacitado en el marco de las gestiones preventivas.

ÁMBITO LABORAL

PREVENCIÓN LABORALINDICADORES PARA UNA INTERVENCIÓN PREVENTIVA EN EL ÁMBITO LABORAL

Porcentaje de aumento en la presentación de programas y

proyectos de prevención del consumo de drogas por parte de las

empresas, tanto públicas como privadas.

Porcentaje de aumento de incorporación de organizaciones no

gubernamentales en la gestión preventiva en el ámbito laboral.

ÁMBITO LABORAL

ÁMBITO LABORAL

¿QUIENES ESTÁN SUJETOS A CUMPLIR CON

ESTOS PROGRAMAS?

Todas aquellas empresas públicas y privadas que

tengan 50 o más trabajadores. (Art. 96 de la LOCTICSEP)

Plan Nacional Antidrogas 2008 - 2013

PREVENCIPREVENCIÓÓN LABORALN LABORAL

Es un conjunto de acciones que conllevan a un proceso

continuo, permanente y dinámico, enmarcado en un Plan

y/o Programa de Prevención, desarrollado por una

empresa, dirigido a sus trabajadores, trabajadoras y entorno

socio familiar, y a su vez exprese el desarrollo de la

seguridad y salud laboral, a través de una política

preventiva empresarial en materia de drogas.

QUEREMOS LOGRAR A TRAVÉS DE LA PREVENCIÒN

LABORAL

Sensibilización y conocimiento del problema.

Conformación de los Comités de Promoción en la

Siembra de Valores para la Vida en el Ámbito Laboral.

Adquisición y desarrollo de las habilidades para la vida.

Sostenibilidad en el tiempo de las estrategias

preventivas en el marco de los Planes y/o Programas.

QUEREMOS LOGRAR A TRAVÉS DE LA

PREVENCIÒN LABORAL

Corresponsabilidad social empresarial para el efectivo

abordaje preventivo de los trabajadores, trabajadoras y entorno socio familiar en materia de drogas.

Actualización y formación permanente de los equipos de

trabajo conformados en los Comité de Promoción en la

Siembra de Valores para la Vida dentro de las empresas.

Plan y/o Programas Preventivos que contemplen actividades creativas e innovadoras que permitan la promoción de estilos

de vida saludables dentro de las empresas públicas y

privadas del país.

PREVENCIÓN LABORAL

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos

para la Presentación de los Programas de

Prevención en el Ámbito Laboral�

Artículo 96.-Previsión Presupuestaria para Programas Obligatorios de Información,

Formación y Capacitación de sus trabajadores.-

Las personas jurídicas, públicas y privadas que ocupen cincuenta trabajadores o más,

destinarán el uno por ciento (1%) de su ganancia neta anual, a programas de prevención

integral social contra el tráfico y consumo de drogas ilícitas, para sus trabajadores y

entorno familiar, y de este porcentaje destinaran el cero coma cinco por ciento (0,5%)

para los programas de protección integral a favor de niños, niñas y adolescentes, a los

cuales les darán prioridad absoluta. Las personas jurídicas pertenecientes a grupos

económicos se consolidarán a los fines de cumplir con esta previsión.

Las personas jurídicas a las que se refiere este artículo están obligadas a la

correspondiente declaración, y pago anual dentro de los primeros quince días continuos

siguientes a cada año calendario. El producto de este aporte estará destinado al órgano

desconcentrado en la materia para la ejecución de los programas y proyectos que

establece este artículo�.

Para el cumplimiento de este artículo, las personas jurídicas, públicas y

privadas, deberán además de cumplir con lo dispuesto los �Lineamientos

Técnicos y Metodológicos para la Presentación de los Programas de

Prevención en el Ámbito Laboral� diseñado por la Oficina Nacional

Antidrogas, elaborados por la Oficina Nacional Antidrogas � ONA -, deberán:

1.- Someter a la evaluación técnica por parte de la ONA los

programasorientados a sus trabajadores y los de protección integral contra el

tráfico y consumo de drogas ilícitas a favor de niños, niñas y adolescentes, a fin

de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo in comento.

INSTRUCTIVO PARA SU APLICACIÓN.

2.- Acatar los lineamientos impartidos por la Oficina Nacional Antidrogas para

ejecución de los programas de protección integral contra el tráfico y consumo de

drogas ilícitas a favor de niños, niñas y adolescentes.

3.- Los programas de protección integral a que alude este artículo, estarán

dirigidos a los trabajadores y entorno familiar y a los niños, niñas y adolescentes

de las comunidades en general.

4.- Una vez ejecutados los Programas Preventivos, las personas jurídicas,

públicas y privadas someterán para su consideración y aprobación por parte de la

Oficina Nacional Antidrogas el Informe de Resultado, elaborado de acuerdo al

formato diseñado por dicha Oficina.

INSTRUCTIVO PARA SU APLICACIÓN.

Las empresas deberán nombrar un Coordinador Enlace y su Suplente con la Oficina

Nacional Antidrogas � ONA- , y notificarán a través de un oficio dirigido al Presidente de

esta Oficina, donde se evidencien datos tales como: Nombres y Apellidos, Cédula de

Identidad, Números de Teléfonos donde se ubiquen, Correo electrónico, Dirección de la

Empresa, RIF y Código Postal. Es importante resaltar que en este mismo acto

administrativo, deberán indicar la fecha de su ejercicio fiscal, ya que dependerá de esto las

fechas de entrega de sus Planes y/o Programas y sus Informes de Ejecución.

Los Planes y/o Programas preventivos deben contemplar un conjunto de acciones que

conlleven a un proceso continuo, permanente y dinámico, dirigido a los trabajadores y su

entorno socio familiar en materia de drogas.

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Presentación de

los Programas de Prevención en el Ámbito Laboral

Los Planes y/o Programas preventivos (relacionados con el 1%) deberán ser entregados

ante la Oficina Nacional Antidrogas, según su año fiscal, es decir, luego de haber realizado

el debido pago de Impuesto Sobre La Renta, y diseñando el mismo con lo presupuestado

en el 1% según lo establecido en el artículo 96 de la Ley. El mismo deberá ser

presentado bajo el formato establecido por esta Oficina Nacional.

Es importante destacar, que el programa presentado ante la ONA, deberá contener

anexo copia de la Planilla de pago de impuesto emitida por el SENIAT.

En caso de que no se hayan generado las ganancias, las empresas públicas y privadas

deberán consignar copia legible de su pago de Impuesto Sobre La Renta, Balance Visado

por un Contador Público debidamente colegiado, y un oficio dirigido al presidente de la

ONA, informando la situación.

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Presentación

de los Programas de Prevención en el Ámbito Laboral�

A partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el

Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, publicada en la Gaceta Oficial Nº

38.337 del 16 de diciembre de 2005; aquellas empresas que no hayan cumplido con su

obligación del 1% establecido en el artículo 96 de la citada ley, podrán hacer uso de éste

recurso para la ejecución de programas en el área de Reducción de la Demanda,

previamente aprobados por la ONA.

No se establecerán prórrogas para la presentación y ejecución de los programas y

proyectos.

Los Planes y/o Programas preventivos deben ser ejecutados por una organización o

persona natural debidamente inscritas en el Registro Nacional Antidrogas, a fin de

garantizar la coherencia, pertinencia y actualización de los contenidos y mensajes de las

estrategias implementadas de investigación, información y promoción, formación y

capacitación (Artículo 98 de la Ley).

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Presentación

de los Programas de Prevención en el Ámbito Laboral�

Para garantizar la sostenibilidad de los Planes y/o Programas preventivos dentro de las

empresas públicas y privadas, las mismas deberán conformar una estructura preventiva, la

cual será la responsable del diseño e implementación de los programas, con el

acompañamiento de un asesor externo debidamente certificado por la ONA, bien sea bajo

la figura jurídica (ONG´s, Fundaciones, Asociaciones Civiles, entre otras) o la figura natural

(personas reconocidas por su capacitación y experiencia comprobada en el área). Esta

estructura llevará por nombre Comité de Promoción en la Siembra de Valores para la

Vida en el Ámbito Laboral.

Todos los Planes y/o Programas de prevención integral del consumo de alcohol, tabaco y

otras drogas, deberán estar sustentados en un diagnóstico previo, el cual arroje los

indicadores necesarios para el diseño e implementación de estrategias específicas para el

grupo de trabajadores a impactar. Debe estar anexo al programa entregado.

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Presentación de

los Programas de Prevención en el Ámbito Laboral

Deben fomentar la salud y la seguridad integral en materia de prevención del consumo

de alcohol, tabaco y otras drogas para sus trabajadores, la cual se vea expresada en el

diseño e implementación de una política preventiva en la materia que nos ocupa.

La salud y la seguridad se pondrán de manifiesto a través de los componentes de

investigación; Promoción e Información; Formación y Capacitación; recreación,

cultura y deportes.

Se debe impactar a todos los trabajadores y trabajadoras de los diferentes niveles

jerárquicos, abordando también a los sindicatos de las empresas.

Una vez culminada la ejecución de sus Programas Preventivos, deberán enviar a la

Oficina Nacional Antidrogas, el respectivo Informe de Gestión, bajo el formato establecido

para tal fin.

�Lineamientos Técnicos y Metodológicos para la Presentació

de los Programas de Prevención en el Ámbito Laboral

Convocar a las diferentes gerencias y/o departamentos que conforman la empresa, en

caso de que en la empresa se cuente con la figura del Sindicato, también deberá ser

convocado a formar parte del Comité.

Puede estar liderizado por cualquiera de las gerencias y/o departamentos de la

empresa.

No se distinguen en las profesiones que deben tener los que lidericen y formen parte

del Comité de Promoción en la Siembra de Valores para la Vida.

Los miembros del comité deben ser reconocidos por los trabajadores y trabajadoras de

las empresas.

Se recomienda que sólo uno de los miembros del Comité de Prevención de Salud y

Seguridad Laboral forme parte de éste Comité, a fin de permitir la articulación entre

ambos y de igual forma, se incorporen a las actividades.

Conformación del Comité de Promoción en la Siembra de

Valores para la Vida en el Ámbito Laboral

Mantenerse actualizados y formados en el tema de la prevención integral del

consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.

Diseñar, implementar y evaluar, de manera conjunta con su asesor externo

bien sea persona natural y/o jurídica, debidamente certificada por esta Oficina

Nacional, las estrategias propias de prevención integral, las cuales se verán

reflejadas en su programa preventivo.

Ejercer un liderazgo en cuanto a la aplicación de estrategias propias de

prevención integral.

Tener acceso a todos los niveles jerárquicos de la empresa.

Funciones del Comité de Promoción en la Siembra de Valores para la

Vida en el Ámbito Laboral

� Facilitar los espacios y tiempos para la participación de todos los trabajadores

en las actividades a desarrollar en el marco de programa preventivo.

� Identificar los recursos con los cuales se cuentan para el diseño e

implementación del programa preventivo.

Funciones del Comité de Promoción en la Siembra de Valores para la

Vida en el Ámbito Laboral

APLICACIÓN DEL ARTICULO 97 DE LA LEY

ORGANICA CONTRA EL TRAFICO Y

CONSUMO DE SUSTANCIAS

ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS..

Articulo 97.- Aporte Especial Derivado del Principio de la

Responsabilidad Social.-

�Las personas jurídicas fabricantes de bebidas alcohólicas, tabaco y sus

mezclas, como el chimó, o importadores de estas sustancias, están

obligados en función de su responsabilidad social, a destinar un aporte del

dos por ciento (2%) de sus ganancias netas anuales a la creación,

construcción, restauración, mantenimiento, fortalecimiento y

funcionamiento de centros de prevención, desintoxicación, tratamiento,

rehabilitación y readaptación de personas consumidoras de alcohol,

tabaco y sus mezclas, como el chimó, así como apoyo a programas de

prevención social integral elaborados por el Ejecutivo Nacional.

Este aporte especial será administrado por el órgano desconcentrado en la

materia, quien trabajará de manera integrada con los ministerios con competencia

en la materia. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con multa

equivalente a sesenta mil unidades tributarias (60.000U.T) y, en caso de

reincidencia, con la suspensión de sus actividades por el lapso de un año.

Las personas jurídicas a las que se refiere este artículo están obligadas a la

correspondiente declaración, y pago anual dentro de los primeros quince días

continuos siguientes a cada año calendario. El producto de este aporte estará

destinado al órgano desconcentrado en la materia para la ejecución de los

programas y proyectos que establece este artículo�.

Elementos claves para entender el artículo:

Empresas fabricantes de bebidas alcohólicas, tabaco y sus mezclas, como el

chimó, o importadores de estas sustancias.

Destinar un aporte del dos por ciento (2%) de sus ganancias netas anuales.

Aporte especial será administrado por el órgano desconcentrado en la materia.

Multa equivalente a sesenta mil unidades tributarias (60.000U.T) y, en caso de

reincidencia, con la suspensión de sus actividades por el lapso de un año.

El producto de este aporte estará destinado al órgano desconcentrado en la

materia para la ejecución de los programas y proyectos que establece este artículo.

Designar un Coordinador Enlace entre la empresa y la Oficina Nacional

Antidrogas, señalando Nombres y Apellidos, Cédula de Identidad, Números de

Teléfonos donde se ubiquen, Correo electrónico, Dirección de la Empresa,

RIF y Código Postal. Es importante resaltar que en este mismo acto

administrativo, indicar la fecha de su ejercicio fiscal.

Asistir a las diferentes actividades que programe la Oficina Nacional

Antidrogas para el cabal cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica.

Realizar a partir de la fecha que se mencione en el instrumento jurídico

respectivo, el depósito de los aportes indicados en la normativa del artículo

97.

INSTRUCTIVO PARA SU APLICACIÓN.

Elaborar un Plan y/o Programa de Prevención del Consumo de Alcohol,

Tabaco y Otras Drogas dirigidos a sus trabajadores y entorno socio familiar,

tomando para ello, los lineamientos establecidos por esta Oficina Nacional.

Estar atentos a los nuevos lineamientos que emita la Oficina Nacional

Antidrogas en cuanto al aporte del 2% que establece la Ley en su artículo 97.

INSTRUCTIVO PARA SU APLICACIÓN.

Practicar la prevención laboral es

sencillamente promover estilos de vida

saludables en nuestros espacios laborales, y

de esta manera Sembramos Valores para la

Vida y fortalecemos a las familias

venezolanas � Es que invertir en nuestros

trabajadores es invertir en nuestro mejor

recurso

MUCHAS

GRACIAS POR

SU ATENCIÓN